63
Conferencia en la Universidad EAN Agradecimientos a los estudiantes del Postgrado de la Especialización en Gerencia en SSST

Requisitos normativos de la resolución 1409 claves en la priorización del SGSST para la EAN

Embed Size (px)

Citation preview

Conferencia en la

Universidad EAN Agradecimientos a los estudiantes del

Postgrado de la

Especialización en Gerencia en SSST .

Red Colombiana de Coordinadores de Alturas

y Riesgos Asociados:

Trabajo en Alturas – Espacios Confinados – Excavaciones

T. Eléctricos – T. en Caliente – Otras críticas

[email protected]

Puede apoyarnos en el grupo de Linkedin y Facebook

CUMPLIMIENTO LEGAL RESOLUCIÓN 1409 JULIO 23 DE 2012

Reglamento de seguridad para protección

contra caídas en trabajo en alturas.

Socializar los principales avances en el

tema de alturas con la Resolución 1409

del 2012.

…condiciones de tarea y

procedimientos

Como:

• Ascenso

• Descenso

• Detención de caídas

• Posicionamiento

• Rerstriccion

• Izamiento

• Transporte de personal

• Salvamento y rescate

Un electricista tropieza y cae por el

borde de un balcón sin protección.

Un instalador de antenas parabólicas

se resbala y cae por el borde de un

techo inclinado.

Un instalador de paredes de yeso que

acarrea un panel de yeso da un paso

dentro de una abertura en el piso sin

protección.

ENFOQUE INTEGRAL

PRIMICIAS DE LA GESTIÓN EN SST

SER HUMANO/SOCIAL

LEGAL

ECONÓMICO

T. Eléctrico/T. en

caliente

Trabajo en

Alturas

T. Excavaciones

T. Espacios

Confinados

Tareas de Alto

Riesgo y Críticas

INTERACCIÓN Y RIESGOS POTENCIALES

EN TAREAS DE ALTO RIESGO

Ley 1562/2012, Dto. 1443/2014 SG-SST, rEso 2400-2413/79, otras

rEso 1409/2012

Legislación nacional no

específica

Proyecto Guía de Trabajo

Seguro en Excavaciones

RETIE/2013 Riesgo Inminente

rEso 1903/2013

rEso 3368/2014

OSHA 29 CFR 1926. 650-652

OSHA 2226

Legislación nacional no

específica

Proyecto Reglamento

Trabajo Seguro en

Espacios Confinados

OSHA 29-CFR 1910-146

rEso 1401/2007 Ley 1610/2013 Riesgo Inminente

rEso 1348/2009

OSHA 29 CFR 1926.21

(b)(6)

Gestión del Conocimiento en el blog:

www.obraconseguridad.wordpress.com [email protected]

MEDIDAS

PROTECCION

MEDIDAS DE

PREVENCION

CONTENIDO

PROGRAMA

PP

OBLIGACIONES Y

REQUERIMIENTOS

DEFINICIONES

DISPOSICIONES

FINALES

OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

RESOLUCIÓN 1409 DE 2012 Establecer el Reglamento de Seguridad para Protección Contra Caídas en Trabajo en

Alturas. Se entenderá su obligatoriedad en todo trabajo en el que exista el riesgo de

caer a 1,50 m o más sobre un nivel inferior.

Labor o desplazamiento por encima de 1.5 metros.

Parágrafo 2º. Si en el análisis de riesgo que realice el coordinador de

trabajo en alturas o el responsable del programa de salud ocupacional

denominado actualmente Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en

el Trabajo (SG-SST) de la empresa, se identifican condiciones peligrosas

que puedan afectar al trabajador en el momento de una caída, tales

como áreas con obstáculos, bordes peligrosos, elementos salientes,

puntiagudos, sistemas energizados, máquinas en movimiento, entre

otros, incluso en alturas inferiores a las establecidas en este

Reglamento, se deberán establecer medidas de prevención o protección

contra caídas que protejan al trabajador.

OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN

Parágrafo 3º. Se exceptúan de la aplicación de la presente resolución, las

siguientes actividades:

1. Actividades de atención de emergencias y rescate; y

2. Actividades lúdicas, deportivas, de alta montaña o andinismo y artísticas.

Parágrafo 4º. Para las actividades mencionadas en el parágrafo 3º del presente

artículo, se deberán seguir estándares nacionales y en su ausencia, se deberán

aplicar estándares internacionales, con equipos certificados y personal con

formación especializada.

44. Trabajo ocasional:

Son las actividades que no realiza regularmente el trabajador o que son

esporádicos o realizados de vez en cuando.

45. Trabajo rutinario:

Son las actividades que regularmente desarrolla el trabajador, en el

desempeño de sus funciones.

…COORDINADOR

DE ALTURAS

10. Certificación de equipos:

Documento que certifica que un determinado elemento cumple con las

exigencias de calidad de un estándar nacional que lo regula y en su ausencia,

de un estándar avalado internacionalmente. Este documento es emitido

generalmente por el fabricante de los equipos.

11. Certificado de competencia laboral:

Documento otorgado por un organismo certificador investido con autoridad

legal para su expedición, donde reconoce la competencia laboral de una

persona para desempeñarse en esa actividad.

12. Certificado de capacitación:

Documento que se expide al final del proceso en el que se da constancia

que una persona cursó y aprobó la capacitación necesaria para

desempeñar una actividad laboral. Este certificado no tiene vencimiento.

13. Certificación para trabajo seguro en alturas:

Certificación que se obtiene mediante el certificado de capacitación de

trabajo seguro en alturas o mediante el certificado en dicha competencia

laboral.

36. Persona calificada:

Ingeniero con experiencia certificada mínimo de 2 años para calcular

resistencia materiales, diseñar, analizar, evaluar, autorizar y certificar

puntos de anclaje y elaborar especificaciones de trabajos, proyectos o

productos acorde con lo establecido en la presente resolución. La

persona calificada es la única persona que da la autorización a un punto

de anclaje sobre el cual se tengan dudas.

Fuerza = Masa X aceleración

Aceleración = 9.8 m/s2 ≈ 10 m/s2 .

Fuerza = 1 kg X 10 m/s2

F = 10 N

F = 1 daN = 1 kg-f

ROLES PARA GESTIÓN DEL RIESGO

EN ALTURAS

…existe una relación directa entre la diferencias de alturas en el trabajo y el riesgo de

alturas … Energía Potencial

18. Entrenador en trabajo seguro en alturas:

Persona con formación en el nivel de

entrenador, certificado en la norma de

competencia laboral para trabajo seguro en

alturas vigente.

24. Evaluador de competencias laborales en

protección contra caídas para trabajo seguro

en alturas:

Persona certificada como evaluador de

competencias laborales y con certificación

vigente en la norma de competencia laboral que

va a evaluar y debe estar certificado en el nivel

de entrenador.

Trabajador Autorizado

15. Coordinador de trabajo en alturas: Trabajador designado por el empleador,

denominado antiguamente persona competente en la normatividad anterior, capaz de

identificar peligros en el sitio en donde se realiza trabajo en alturas, relacionados con

el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene su autorización para aplicar medidas

correctivas inmediatas para controlar los riesgos asociados a dichos peligros. Y

Firmar los PERMISOS DE TRABAJO

Debe tener certificación en la norma de competencia laboral vigente para trabajo

seguro en alturas, capacitación en el nivel de coordinador de trabajo en alturas y

experiencia certificada mínima de un año relacionada con trabajo en alturas.

…inspeccionar los sistemas de

acceso para trabajo en

alturas.…mínimo una vez al año.

Los requisitos de certificación, capacitación y experiencia del coordinador de trabajo

en alturas, serán exigidos a partir de los dos años siguientes a la expedición de la

presente resolución, mientras que transcurre dicho tiempo deben contar como

mínimo con el certificado de capacitación del nivel avanzado en trabajo en alturas o

certificación de dicha competencia laboral.

La designación del coordinador de trabajo en alturas no significa la creación de un

nuevo cargo, ni aumento en la nómina de la empresa, esta función puede ser llevada a

cabo por ejemplo por el coordinador o ejecutor del programa de salud ocupacional o

cualquier otro trabajador designado por el empleador.

Art. 19. …Parágrafo. La selección y uso específicos de cada sistema de acceso para

trabajo en alturas, y de los sistemas de prevención y protección contra caídas aplicables,

debe ser avalado por escrito por el coordinador de trabajo en alturas y/o una persona

calificada y debe atender a las instrucciones y especificaciones dadas por el fabricante.

Estabilidad

Amarre superior

1 m

6. Ayudante de Seguridad:

Trabajador autorizado o designado por el empleador para verificar las condiciones

de seguridad y controlar el acceso a las áreas de riesgo de caída de objetos o

personas. Debe tener una constancia de capacitación en protección contra caídas

para trabajo seguro en alturas en nivel avanzado o tener certificado de competencia

laboral para trabajo seguro en alturas.

42. Trabajador autorizado:

Trabajador que posee el certificado de capacitación de trabajo seguro en alturas o

el certificado de competencia laboral para trabajo seguro en alturas.

Centro de Entrenamiento

SENA Amazonas

46. Unidades Vocacionales de Aprendizaje en Empresas (UVAE):

Las empresas, o los gremios en convenio con estas, podrán crear Unidades

Vocacionales de Aprendizaje, las cuales son mecanismos dentro de las empresas que

buscan desarrollar conocimiento en la organización mediante procesos de

autoformación, con el fin de preparar, entrenar, reentrenar, complementar y

certificar la capacidad del recurso humano para realizar labores seguras en trabajo

en alturas dentro de la empresa. La formación que se imparta a través de las UVAEs

deberá realizarse con los entrenadores para trabajo seguro en alturas.

Para que la empresa, o los gremios en convenio con estas, puedan crear una UVAE

deberán cumplir en las instalaciones de las empresas o en la obra de construcción

con los requisitos para el trabajo seguro en alturas establecidos en la presente

resolución.

…COMPETENCIA LABORAL Y

REENTRENAMIENTOS ANUALES RESOLUCION 1903/2013

PROGRAMA DE PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS

PERSONA CALIFICADA

MÉDICO ESST

ENTRENADOR/EVALUADOR

EYUDANTE SEGURIDAD

ABORDAJE INTEGRAL

COORDINADOR DE ALTURAS

Artículo 3º. Obligaciones del empleador

Evaluaciones médicas ocupacionales, Resoluciones 2346 de 2007 y 1918/2009

Los sistemas de protección contra caídas deben

ser inspeccionados por lo menos una vez al año Incluir en el SG-SST el programa de protección

contra caídas acompañamiento permanente de una persona

que esté en capacidad de activar el plan de

emergencias Designar el coordinador de trabajo en alturas,

trabajadores autorizados y ayudante. Incluir en su Plan de Emergencias un procedimiento

para la atención y rescate en alturas Garantizar la recertificación o

reentrenamin¡ento mínimo una vez al año… Asumir los costos de la capacitación y verificar

la certifcacion al inicio de las labores. …nuevo, o cambie de tipo de trabajo en alturas o

haya cambiado las condiciones Las empresas podrán compartir recursos

técnicos

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Artículo 4º. Obligaciones de los trabajadores. Cualquier trabajador que desempeñe

labores en alturas debe:

1. Asistir a las capacitaciones programadas por el empleador y aprobar

satisfactoriamente las evaluaciones, así como asistir a los reentrenamientos;

2. Cumplir todos los procedimientos de salud y seguridad en el trabajo establecidos por el

empleador;

3. Informar al empleador sobre cualquier condición de salud que le pueda generar

restricciones, antes de realizar cualquier tipo de trabajo en alturas;

4. Utilizar las medidas de prevención y protección contra caídas que sean implementadas

por el empleador;

5. Reportar al coordinador de trabajo en alturas el deterioro o daño de los sistemas

individuales o colectivos de prevención y protección contra caídas; y,

6. Participar en la elaboración y el diligenciamiento del permiso de trabajo en alturas, así

como acatar las disposiciones del mismo.

Trabajadores en

alturas

(Trabajador

Autorizado)

Los mandos medios y altos que no

coordinan directamente el trabajo en

alturas pero que toman decisiones

al respecto

Curso Básico

operativo

(8 horas)

Utilización de sistemas de acceso seguros

(Escaleras y plataformas con barandas,

entre otros).

Actividades de reparación o construcción de

nuevas edificaciones protegidas por barandas.

Curso

Avanzado

operativo

(40 horas)

Labores en alturas que implique

desplazamientos horizontales y/o verticales

superiores a 1.5 metros en alturas, incluidas

las actividades en suspensión

Empleadores, jefes,

supervisores, entre

otros

Curso básico

Administrativo

(8 horas)

Entrenador

Curso de

coordinador

(80 horas)

Certificado en competencias laborales (24 meses)

Licencia vigente en salud ocupacional

Experiencia certificada mínima de 6 meses en

protección contra caída en alturas

Evaluador de

Competencias

laborales

Curso de

evaluador

Persona con formación en el nivel de entrenador

Certificado en competencias laborales (12 meses)

Experiencia certificada mínima de 6 meses en

protección contra caída en alturas.

Coordinador

Trabajo en

alturas

Curso de

entrenador

(120 horas)

Persona con formación en el nivel de

coordinador

Certificado en competencias

laborales/avanzado

Experiencia certificada mínima de 1 año en

protección contra caída en alturas

E

n

t

e

s

A

u

t

o

r

i

z

a

d

o

s

Empresas por

autoformación a

través de la UVAE

Instituciones Técnicas,

Tecnológicas o Universidades

Instituciones de Formación para el

Trabajo y Desarrollo Humano

Personas Jurídicas

o naturales con

licencia SO

Art. 12 Parágrafo 3: No certificarán

centros de entrenamiento.

Cumplir los requisitos del reglamento.

Entrenadores en alturas

SENA

Programas propios o

los del SENA,

cumpliendo el contenido

mínimo establecido en

la 1409.

•Certificado de existencia y representación

legal o RUT

•Licencia de SO

•Centros de entrenamiento autorizados por el

SENA

•Programa de capacitación del SENA

ENTRENADORES

EN ALTURAS

EVALUACION

SENA

Entidades

autorizadas

por la ONAC

EVALUADORES DE

COMPENTENCIAS

CENTROS DE

ENTRENAMIENTOS

CERTIFICADOS

EVALUADORES DE

COMPENTENCIAS (1

año de plazo)

Ser entrenador en trabajo

en alturas

Experiencia de 6 meses en

trabajo en alturas

Curso de evaluador de

competencias laborales

Certificado competencia

laboral vigente

Certificados por

el SENA

Art. 23 Elementos de Protección personal para trabajo en alturas

Los elementos de protección individual deben estar certificados y suministrados por el

empleador, sin perjuicio de que primero aplique las medidas de prevención y protección

contra caídas, de que trata esta resolución. Serán seleccionados de acuerdo con la

actividad económica y la tarea a desarrollar.

El Trabajador autorizado debe inspeccionar los Equipos de Protección Contra Caídas

(EPCC ) y EPP al iniciar cada labor.

Artículo 20. Trabajo en suspensión.

Los trabajos en suspensión con duración de más de cinco (5) minutos,

deberán ser realizados utilizando una silla para trabajo en alturas, que esté

conectada a la argolla pectoral del arnés y al sistema de descenso.

Tabla 9.5 Factores de

riesgo mas comunes

RETIE: 9.3 Factores de Riesgos

Se entenderá como instalación provisional aquella que se hace para suministrar el servicio de energía a un proyecto en construcción, con un tiempo de vigencia hasta la energización definitiva de la construcción o la terminación de Ll construcción.

RETIE, Artículo 28.2

Instalaciones provisionales

Implantaciones Colectivas y Sistemas de

Acceso

Implantaciones colectivas y Sistemas de

Acceso

Suministro, verificación, instalación y certificación de anclajes, sistemas de acceso,

líneas de vida y soluciones personalizadas con sus memorias de cálculo.

Inspección anual de

equipos, arneses y

sistemas, por persona

competente.

Instaladores competentes

y certificados

! AHORA pongámosle COLOR a la OBRA !

Guías Técnicas

Vigilancia, control y

sanciones

Plazo para

certificacíon

Cumplimiento del

reglamento

Vigencia y derogatorias

Fecha de

publicación

[email protected]

Ya somos ricos…

IMPACTO EN PROSPECTIVA

DEL DECRETO 472 DEL 2015 vs RESOL

1409/12

Cuándo aumentamos la probabilidad de

oprimir el BOTÓN ROJO?

rEso 1401/07

CÓMO PLANIFICO MI ACTUACIÓN EFECTIVA ANTE

EL NUEVO RÉGIMEN SANCIONATORIO ?

Normas en SST Riesgos Laborales

TAREAS

CÓMO PLANIFICO MI ACTUACIÓN EFECTIVO ANTE

EL NUEVO RÉGIMEN SANCIONATORIO ?

TAREAS

PARAFRASEANDO TÉRMINOS RELEVANTES

Criterios de graduación

Inobservancia

Multas o sanciones por violación…

Clausura ó cierre

Paralización o prohibición INMEDIATA

Riesgo Grave o INMINENTE

Garantías para el debido proceso

Sujetos objeto de investigación administrativa

Condiciones que pongan en PELIGRO la vida

Integridad y seguridad personal

Oficinas especiales de Mintrabajo

Unidad de investigaciones especiales

Principio de igualdad, imparcialidad, moralidad

Eficacia y deficiencia de las actividades

Gravedad de la falta

Grado de prudencia y diligencia

DAÑO o peligro generado

Incumplimiento de los correctivos y recomendaciones

MUERTE del trabajador

Sanción a los empleadores

Planes de mejoramiento

Acto administrativo

Actividades concretas a desarrollar y personas responsables

PARAFRASEANDO TÉRMINOS RELEVANTES

Subsanar definitivamente

Potestad de policía administrativa

Imposición de sellos oficiales

Análisis de hechos y pruebas

Superadas las infracciones

Autoridades de policía

PARAFRASEANDO TÉRMINOS RELEVANTES

CARLOS VIDAL ARIZA Ing. Especialista en SST

Cel. 313 336 9782

[email protected]

@carlosvidalSST http://OBRAconSeguridad.wordpress.com Carlos Vidal Ariza

Puede apoyarnos en el grupo de Linkedin y Facebook