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7/25/2019 Valpara So http://slidepdf.com/reader/full/valpara-so 1/50 Valpara so , quince de febrero de dos mil diecis is. Vistos: 1ero. Que a fojas 1 comparece don Waldo Andrés Sánche !árque, en representaci"n de don #oart$n !anuel Sánche %rte&a , in&eniero comercial ' contador auditor, ambos con domicilio en calle (onatello )*+-, erro #ar"n, comuna ' ciudad de Valpara$so, e interpone demanda de rei/indicaci"n en juicio ordinario en contra de do0a race Smith Amparan , abo&ada, domiciliada en calle 2as )ie/es )*3435, (epto. 156, comuna de Vitacura, ciudad de Santia&o, a 7n que se declare que pertenece a su representado el dominio e8clusi/o del inmueble que se rei/indica ubicado en calle (omin&o %tae&ui, !anana %, 2ote )*4, #alneario de 2a&una Verde, comuna ' ciudad de Valpara$so, ' condene a la demandada a la restituci"n de dicho bien ra$ una /e ejecutoriada la sentencia, con la correspondiente indemniaci"n de perjuicios ' e8presa condena en costas, en /irtud de los antecedentes de hecho ' derecho que a continuaci"n se e8ponen: !ediante escritura p9blica de fecha 63 de ma'o de 6--1, otor&ada ante el )otario 9blico de Valpara$so, don )aael ;iquelme <spinoa, su representado celebr" un contrato de compra/enta con do0a )isser <lena Scirica, en cu'a /irtud esta /endi", cedi" ' trans7ri" a don #oart$n !anuel Sánche %rte&a, quien compr", adquiri" ' acept" para s$, el inmueble materia de =35>=6-13 autos, ubicado en calle (omin&o %tae&ui, !anana %, 2ote )*4, #alneario de 2a&una Verde, comuna de Valpara$so e indi/idualiado en el plano a&re&ado bajo el )*4-4, en el ;e&istro de (ocumentos de 1?5>, del onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so, cu'os deslindes son: Al norte, en 6- metros con calle (omin&o %tae&ui pro'ectada@ Al sur, en 6- metros con lote )*5 de la misma manana %@ Al oriente, 3 metros 5- cent$metros con A/enida )orte pro'ectada@ ' Al poniente, en 3 metros con lote )*3 de la misma manana %, encerrando una super7cie apro8imada de 45 metros cuadrados. (icho predio lo adquiri" cerrado en el per$metro, pero sin sus cercos medianeros por el precio de >.+--.---, cantidad que su representado pa&" en el mismo acto ' al contado, declarando la parte /endedora haberlo recibido a su entera satisfacci"n, ra"n por la

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Valpara so, quince de febrero de dos mil diecis is.Vistos:1ero.Que a fojas 1 comparece don Waldo Andrés Sánche

!árque, en representaci"n de don#oart$n !anuel Sánche%rte&a, in&eniero comercial ' contador auditor, ambos condomicilio en calle (onatello )*+-, erro #ar"n, comuna ' ciudadde Valpara$so, e interpone demanda de rei/indicaci"n en juicioordinario en contra de do0arace Smith Amparan, abo&ada,domiciliada en calle 2as )ie/es )*3435, (epto. 156, comuna deVitacura, ciudad de Santia&o, a 7n que se declare que pertenece a surepresentado el dominio e8clusi/o del inmueble que se rei/indicaubicado en calle (omin&o %tae&ui, !anana %, 2ote )*4,#alneario de 2a&una Verde, comuna ' ciudad de Valpara$so, 'condene a la demandada a la restituci"n de dicho bien ra$ una /eejecutoriada la sentencia, con la correspondiente indemniaci"n deperjuicios ' e8presa condena en costas, en /irtud de los antecedentesde hecho ' derecho que a continuaci"n se e8ponen:!ediante escritura p9blica de fecha 63 de ma'o de 6--1,otor&ada ante el )otario 9blico de Valpara$so, don )aael;iquelme <spinoa, su representado celebr" un contrato de

compra/enta con do0a )isser <lena Scirica, en cu'a /irtud esta/endi", cedi" ' trans7ri" a don #oart$n !anuel Sánche %rte&a,quien compr", adquiri" ' acept" para s$, el inmueble materia de=35>=6-13autos, ubicado en calle (omin&o %tae&ui, !anana %, 2ote )*4,#alneario de 2a&una Verde, comuna de Valpara$so eindi/idualiado en el plano a&re&ado bajo el )*4-4, en el ;e&istrode (ocumentos de 1?5>, del onser/ador de #ienes ;a$ces deValpara$so, cu'os deslindes son: Al norte, en 6- metros con calle(omin&o %tae&ui pro'ectada@ Al sur, en 6- metros con lote )*5 de

la misma manana %@ Al oriente, 3 metros 5- cent$metros conA/enida )orte pro'ectada@ ' Al poniente, en 3 metros con lote )*3de la misma manana %, encerrando una super7cie apro8imada de45 metros cuadrados.(icho predio lo adquiri" cerrado en el per$metro, pero sin suscercos medianeros por el precio de >.+--.---, cantidad que surepresentado pa&" en el mismo acto ' al contado, declarando la parte/endedora haberlo recibido a su entera satisfacci"n, ra"n por la

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cual lo dio por $nte&ramente pa&ado.<l t$tulo traslaticio de dominio fue inscrito a nombre de don#oart$n !anuel Sánche %rte&a a fojas 6>1 )*35>4, del ;e&istrode ropiedad del onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so,correspondiente al a0o 6--1 ' 7&ura con el ;ol A/al9o Biscal

)*?-1>=. Sin embar&o, la demandada pretendiéndose poseedora 'due0a del inmueble antes aludido, ha ejercido actos que importandesconocer el derecho de dominio de su representado ' que ho' end$a lo tienen pri/ado de la posesi"n material de dicho bien ra$.<n efecto, la demandada quien también se atribu'e el dominiodel sitio )*3, con el cual colinda el terreno del Sr. Sánche %rte&a,apro/echándose de la circunstancia que éste /isitaba el predio demanera esporádica ' que aquel fue adquirido cerrado en elper$metro, pero sin cercos medianeros que lo separen /isiblementedel lote )*3, se ha apoderado material e ile&$timamente del mismo,=35>=6-13impidiendo que el actor pueda usar, &oar ' disponer libremente delbien de su propiedad, pues junto con haber eliminado el anti&uoport"n de madera que e8ist$a en el costado oriente del sitio de mimandante, sustitu'éndolo sin autoriaci"n al&una por otro dematerial s"lido que ella mando a construir, el mismo tienecerraduras que imposibilitan al Sr. Sánche %rte&a poder in&resar asu predio ' se ha ne&ado a restituirlo en las diferentes ocasiones enque ha sido instada a ello.A lo anterior a&re&a que la demandada también ha plantadosobre el terreno una serie de plantas tipo Cores ' arbustos, sin

permiso del due0o, ni t$tulo que la a/ale.Ar&u'e que elaccionarde la demandada se enmarca en lose0alado en el art$culo +? del c"di&o i/il, que declara que Dsial&uien, de mala fe, se da por poseedor de la cosa que se rei/indicasin serlo, será condenado a la indemniaci"n de todo perjuicio queeste en&a0o ha'a resultado al actorD, pues desde el a0o 6-->

apro8imadamente que el demandante no puede usar, &oar 'disponer libremente de su bien ra$, época desde la cual lademandada ha hecho uso ' disfrute del misma sin pa&ar renta al&unaa este respecto, todo lo cual perjudica a su mandante, a quien sedebe resarcir debidamente por aquello.Ar&u'e que el demandado debe considerarse poseedor de malafe, debido a que se ha ne&ado a restituir el inmueble a sabiendas deno ser el due0o, ' por tener justo temor de que el inmueble en su

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poder sufra deterioros ' se des/alorice.<n /irtud de lo se0alado ' de las normas le&ales aducidas en supresentaci"n, solicita tener por interpuesta demanda derei/indicaci"n en juicio ordinario en contra de do0a race SmithAmparan, 'a indi/idualiada, admitirla a tramitaci"n, aco&erla en

=35>=6-13todas sus partes ' en de7niti/a, declarar el dominio e8clusi/o de don#oart$n !anuel Sánche %rte&a sobre la propiedad inscrita a fojas6>1 )*35>4, del ;e&istro de ropiedad del onser/ador de #ienes;a$ces de Valpara$so, correspondiente al a0o 6--1, ' que lademandada no tiene derecho de dominio al&unosobretal inmueble,condenándola a lo si&uiente:aE ;estituir el inmueble sublite, dentro de tercero d$a, desdeque quede ejecutoriada la sentencia de7niti/a, bajo apercibimientode ser lanada de ella con au8ilio de la fuera p9blica, inclu'endo atodos los demás ocupantes.bE Que la demandada debe restituir todos los frutos naturales 'ci/iles de la cosa, como asimismo todos los que el demandantehabr$a podido obtener con mediana inteli&encia ' acti/idad, sihubiera tenido el bien ra$ en su poder, desde el d$a en que fuepri/ado de la posesi"n material de la propiedad, debiéndoseleconsiderar poseedora de mala fe para todos los efectos le&ales.cE Que la demandada debe indemniar a su representado losdeterioros que, por su hecho o culpa, ha sufrido la cosa, incluida la

des/aloriaci"n que pudiera ser sujeta la propiedad en su poder,reser/ándose el demandante el derecho de pedir la determinaci"n delos frutos, da0os ' deterioros indicados precedentemente en la épocadel cumplimiento del fallo.dE Que la demandada debe pa&ar todas las costas de la causa.6do.A fojas 31 comparece la demandada do0arace FsabelSmith Amparán, chilena, soltera, de profesi"n abo&ada, domiciliada

en calle 2as )ie/es )*3435, departamento 156, comuna deVitacura, Santia&o, ' contesta la demanda de autos solicitando sutotal rechao.=35>=6-13<8plica que en el a0o 1?5, don <dGard Smith Hennin&s, supadre,Q.<..(.,particip" en un remate de bienes ra$ces situados en

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2a&una Verde, comuna de Valpara$so, que pertenec$an a laBundaci"n (omin&o %tae&ui, terreno ubicado espec$7camente en lamanana D%D, parcela ?-1>, que considera los sitios n9meros uno,dos, tres, cuatro, cinco, /eintid"s ' /eintitrés, colindantes entre s$ 'que conforman un sitio de super7cie rectan&ular cu'os deslindes del

terreno total son: al )orte con la calle (omin&o %tae&ui en unae8tensi"n apro8imada de +5 metros, al %riente con la A/. )orte enuna e8tensi"n de > metros, al oniente con la calle 5 )orte en unae8tensi"n de > metros, ' al Sur, con sitios de otros /ecinos en unae8tensi"n de +5 metros, apro8imadamente.Ar&u'e que dicho predio les pertenece materialmente desde ela0o 1?5, 'a que su familia ha habitado ' cuidado dicho terreno,primero por su padre, ' lue&o, desde principios de los no/enta, enforma personal en forma tranquila, pac$7ca, ininterrumpida, ' dep9blico conocimiento desde esa época.<n cuanto al sitio )*4, materia de la demanda de marras,se0ala que pre/iamente al remate de 1?5, hab$a sido /endido por laBundaci"n %tae&ui a don ;afael #udnicI #orodad, en el a0o 1?4>mediante un contrato de compra/enta sujeto a modalidades,condiciones, prohibiciones ' plao estipulados en su cláusula

 Jercera Kcomo cerrar por su cuenta en su totalidad el sitio )*4@edi7car en él una casadentrode un plao de entre uno ' tres a0osmá8imo, plao que se iniciar$a a contar de la fecha de la escritura, esdecir diciembre de 1?4>@ concretar las obras de urbaniaci"n, del

sitio )*4 como instalaci"n de a&ua, lu eléctrica, desa&Les, etc.E, lasque el comprador referido no cumpli" oportunamente,fallando as$la condici"n ' el plao por lo que el contrato jamás se perfeccion",=35>=6-13no obstante haber sido inscrito en el onser/ador de #ienes;a$ces de Valpara$so en ese a0o.<8pone que la Bundaci"n %tae&ui, con posterioridad al plaoestipulado en el contrato, 1?4?, reali" un remate en el a0o 1?5, en2a&una Verde, en el sitio 2os asta0os, remate en el cual don

<dGard Smith Hennin&s, ' se adjudic", entre otros, el lote )*4 de lamanana D%D, por un /alor puntual de >.6--.A&re&a que el remate celebrado por 2a Bundaci"n %tae&ui, selle/" a cabo 11 a0os después de la celebraci"n del contrato sujeto acondici"n entre el Sr. #udnicI ' la Bundaci"n, hecho que demuestraque para el /endedor en ese contrato jamás se perfeccion" ' elderecho de dominio sobre el predio no se trans7ri", 'a que conposterioridad, deb$an suscribirse las escrituras p9blicas de las

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compra/entas sobre los inmuebles rematados, lo que la Bundaci"nposter&" ' no formali".Se0ala que su padre, don <dGard Smith Hennin&s 'posteriormente sus hijos, realiaron /arias &estiones infructuosaspara conse&uir las escrituras pertinentes a tra/és de la Bundaci"n

%tae&ui ' lue&o formaliar las respecti/as inscripciones ante elonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so.<n torno al a0o 1??5, concurri" ante el !inisterio de Husticia,para que le proporcionara al&9n antecedente que me permitieraubicar a los directores de la Bundaci"n %tae&ui, oportunidad en queel subsecretario de Husticia, don <duardo Hara !iranda, respondi" atra/és del ordinario )*16 en el que informa que dicha Bundaci"ndesde el a0o 1?1?, fecha en que se le otor&" la personalidad jur$dica,no dio cumplimiento a lo pre/enido en el (ecreto Supremo )* 11-,de 1??, al no haber acompa0ado !emorias, #alances ' copias de=35>=6-13actas que acreditasen la composici"n de su onsejo deAdministraci"n.<l mismo a0o, en diciembre de 1??5 solicit" al onser/adorde #ienes ;a$ces de Valpara$so un certi7cado de dominio /i&enterespecto de los siete sitios que adquiri" su padre en remate en ela0o1?5, todos lotes de la manana D%D, entre los que se indicabanlos sitios )* 1,6,3,4,5,66 ' 63 parcela ?-1>.<l onser/ador de #ienes ;a$ces respondi" certi7cando quelos sitios indicados a9n pertenec$an a la Bundaci"n (omin&o%tae&ui.

<n 1??5 contrat" los ser/icios de ;aeto ' ;aeto, empresacontratista que trabajaba para el !inisterio de #ienes )acionales dela V ;e&i"n, donde entre&" a don Bred' #ecerra la documentaci"nrequerida para que iniciaralare&ulariaci"n de los siete sitios. Amás de un a0o de dicha solicitud, se le inform" que no podr$acontinuar con dicha &esti"n porque hab$a prohibici"n de laFntendencia de la V ;e&i"n para que se re&ulariara cualquier sitioubicado en 2a&una Verde, que 7&urara a nombre de la Bundaci"n

%tae&ui.on la con/icci"n de que en 1?5 se adquiri" l$citamente lossiete sitios, perse/er" con acciones que ten$an por 7nalidad lare&ulariaci"n de los sitios, presentando solicitudes a entidadesadministrati/as como el Ser/icio ;e&ional !inisterial, en dosoportunidades, para la re&ulariaci"n de dichos terrenos que hasta lafecha no hemos podido lo&rar.<l a0o 6-->, pidi" una entre/ista personal con el abo&ado del

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!inisterio, don Hosé F&nacio Salaar, quien en /irtud de losantecedentes que hab$an lle&ado a su poder, le se0al" a lademandada que no habr$an impedimentos en &estionar la=35>=6-13re&ulariaci"n de los sitios, para lo cual se deb$a acercar a

cualquiera de las empresas que prestaban ser/icios al !inisterio,indicadas en un listado.or lo que contrat" a la empresa contratista B. #ecerraonsultores, donde se le ad/irti" que no perdiera tiempo ni dinerocon el se0or Bred' #ecerra porque él nunca hab$a podido re&ulariarun sitio en 2a&una Verde.<8pone que en /irtud de la 2e' de Jransparencia obtu/ieronantecedentes actualiados sobre la Bundaci"n %tae&ui ' se lesinform" queconfecha + de ma'o de 6--+ ésta nue/amenteconform" su (irectorio, sin embar&o no se han pronunciadorespecto a los requerimientos de la demandada.Se0ala que la Bundaci"n %tae&ui, desde 1?5, nunca hademandado al padre de la demandada porque e8iste el Acta de;emate en que consta que este remat" ' pa&" el precio de los sietesitios referidos de la !anana %, 2a&una Verde, Valpara$so.)o obstante lo anterior, estima que el hecho de no poseer lost$tulos inscritos, no es moti/o su7ciente que faculte al Jribunal ai&norar los derechos adquiridos por la demandada desde el a0o1?5, le&almente consa&rados en el art$culo -- ' si&uientes del

"di&o i/il.A&re&a que en el a0o 6-->, don #oart$n Sánche %rte&a,interpuso querella por delito de usurpaci"n de terreno en contra de lademandada en estos autos, 'a que en febrero del a0o 6--1, se&9n eldemandante, don #oart$n Sánche %rte&a, éste habr$a adquirido elsitio )*4, uno de los siete sitios rematados por <dGard Smith

 Hennin&s en 1?5.Además se0ala que do0a )isser <lena Scirica, supuesta/endedora del sitio )*4 al demandante, durante los cinco a0os=35>=6-13

pre/ios a la /enta referida, entre octubre de 1??> ' ma'o de 6--1,tampoco interpuso nin&una acci"n judicial en contra de do0a raceSmith Amparán, quien pose$a el sitio en cuesti"n desde muchos a0osantes de 1??>, en que do0a )isser Scirica habr$a comprado el sitio)*4.Se0alaques"lo en abril de 6--> es noti7cada de Querella por

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Msurpaci"n de Jerreno por el supuesto nue/o propietario del sitio)*4, don #oart$n Sánche %rte&a, ' partir de dicha noti7caci"n sehan descubierto paulatinas compra/entas fantasmas que in/olucranal demandante ' a di/ersas personas que dicen tener relaci"n con elsitio )*4@ conocida por el 6* Hu&ado de arant$a de Valpara$so,

;FJ 1--=6--> N ;M )*->---3+66?=, caratulados SO)P<con S!FJP, causa en la que se declar" el sobreseimiento temporalen /irtud de los art$culos 11 ' 656 letra aE del "di&o rocesalenal.osteriormente, en junio de 6--, don #oartin Sánche%rte&a, interpone demanda de ser/idumbre de demarcaci"n,cerramiento ' medianer$a, caratuladosSO)P<NS!FJP, ;%2 =13+-=6--, conocida por el rimer Hu&ado i/il de Valpara$so, encontra de la Srta. Smith Amparán.2ue&o, contin9a e8plicando el procedimiento se&uido en elrimer Hu&ado i/il de Vi0a del !ar.KsicE.<n cuanto a la demanda:<l 63 de ma'o de 6--1 el demandante habr$a celebrado porescritura p9blica contrato de compra/enta sobre el inmueble encuesti"n con do0a )isser <lena Scirica, quien habr$a sido propietariadel mismo entre octubre de 1??> ' febrero de 6--1, en /irtud de unacompra/enta que habr$a realiado con ;afael #udnicI #orodad, el=35>=6-13que a su /e habr$a adquirido el inmueble en el a0o 1?4>

mediantecompra/enta celebrada con la Bundaci"n %tae&ui.Si bien el Sr. #udnicI #orodad 7rm" ' lo&r" inscribir el t$tuloante el onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so, en 1?4>,dichocontrato no se perfeccion" por haber resultado fallidas lascondiciones ' plaos estipulados en dicho contrato, obli&acionescontra$das entre las partes, #udnicI #orodad ' Bundaci"n%tae&ui. Sin embar&o dicho contrato result" inscrito en elonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so.

Se0ala que en la cláusula tercera del contrato de compra/enta,el Sr. #udnicI, se compromete a cumplir lo estipulado en el contratode compra/enta sujeto a modalidades, condiciones, prohibiciones, 'un plao de tres a0os, resultando la condici"n fallida, pues no se/eri7c" lo estipulado en él dentro del plao de tres a0os con/enido,entre 1?4> ' el a0o 1?4?.<n 1?5, la Bundaci"n %tae&ui, teniendo plena certea de que

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el sitio, )*4, de la manana D%D, de 2a&una Verde, hab$a /uelto a supatrimonio, ocho a0os más tarde los sac" a remate, al cual concurredon <dGard Smith Hennin&s, padre de la demandada, rematando enesa oportunidad un total de siete sitios, lotes )*1=6=3=4=5=66 ' 63colindantes entre s$, que conforman una super7cie rectan&ular, todos

de la manana D%D, parcela ?-1>, situada en 2a&una Verde, comunade Valpara$so, por los cuales pa&" su precio ' obtu/o la posesi"nmaterial de los sitios, incluido el sitio )*4As$ los hechos, desde 1?5, primero por don <dGard Smith

 Hennin&s, ' lue&o personalmente, la demandada ha estado enposesi"n tranquila, ininterrumpida ' de p9blico conocimiento de supropiedad ubicada en 2a&una Verde, habitándola, sembrándola condi/ersas especies, cuidándola siempre, como lo hace un /erdadero=35>=6-13se0or ' due0o, ' 7nanciando los ser/icios de terceros cuidadores delpredio, peque0a parcela cu'os deslindes son al )orte con la calle(omin&o %tae&ui en una e8tensi"n apro8imada de +5 metros, al%riente con la A/. )orte en una e8tensi"n de > metros,apro8imadamente, al oniente con la calle 5 )orte en una e8tensi"nde > metros, apro8imadamente, ' al Sur, con sitios de otros /ecinosen una e8tensi"n de +5 metros, apro8imadamente@Al haber resultado fallido en 1?4?, el contrato de compra/entaque Bundaci"n %tae&ui ' don ;afael #udnicI #orodad hab$a7rmado en 1?4>,estima que el comprador nunca obtu/o derechos

sobre el sitio en cuesti"n, por lo que don ;afael #udnicI no pod$atransferir derecho al&uno a do0a )isser Scirica en la compra/entacelebrada entre ambos en 1??>. Además, a&re&a que en dichocontrato se indi/iduali" al /endedor como soltero, siendo este enrealidad casado.<stima que la direcci"n que se se0ala como domicilio del se0or#udnicI en la escritura de compra/enta, es incorrecta, 'a que se0alaque lanumeraci"n

correspondiente es 3?3- ' no 6?3- como seindic"@ menciona también que la inscripci"n del t$tulo de dominioori&inal está inscrito en el onser/ador de #ienes ;a$ces deValpara$so )*46? del ;e&istro de ropiedades del a0o 1?4>, sinembar&o, en la referida escritura de compra/enta se0ala que su t$tulode dominio está inscrito a fojas 3--- /uelta )*436 del ;e&istro deropiedad de Valpara$so del a0o 1??>.<l sitio )*4, nunca ha sido urbaniado.

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S"lo cuenta con su cierre perimetral al i&ual que el resto delterreno que remat" <dGard Smith Hennin&s en 1?5, ' poseedi/ersas /ariedades de plantas ornamentales. Fncluso el a&ua queposee el terreno, que inclu'e se obtiene de un poo que está=35>=6-13

construido en la ubicaci"n del sitio )*3, poo que sir/e a la totalidaddel terreno rematado por don <dGard Smith, considerando los sietesitios colindantes que lo conforman ' que fue inscrito en el ;e&istrode solicitudes de derechos de apro/echamiento de a&uas de fecha 11de maro de 1??+ del !inisterio de %bras 9blicas=(irecci"neneral de A&uas@ la lu eléctrica la contrat" personalmente conhilquinta en no/iembre de 1??5, trámite a nombre de lademandada ' cuentas emitidas por hilquinta a su nombre desde esemismo a0o@ el 9nico sistema de desa&Les e8istente en el terrenorematado corresponde a un poo séptico, construido cuando sehabilit" la caba0a que está ubicada en el sitio )*3@ el cerco quecierra elper$metrototal del terreno, que inclu'e los siete peque0ossitios, lo instal" su padre entre el 1?5 ' 1?>-.A0ade que la r9brica correspondiente a don ;afael #udnicI #.,de 1?4> que 7&ura en la escritura en que éste compra a la Bundaci"n%tae&ui, comparada con la otra que 7&ura en la escritura en que elSr. #udnicI 7&ura /endiéndole a do0a )isser <lena Scirica, sone/identemente diferentes, tanto en sus elementos que la componen,traos, e8tensi"n, como en la forma de car&ar el lápi.

<n se&undo lu&arse0ala que al 63 de ma'o de 6--1, fecha enque el demandante, #oart$n Sánche %rte&a, habr$a celebradocontrato de ompra/enta sobre el inmueble en cuesti"n, sitio )*4!anana %, situado en 2a&una Verde, comuna de Valpara$so, condo0a )isser <lena Scirica, reconoce que en esa época el sitio )*4 seencontraba cercado en el per$metro, pero no as$ en los cercosmedianeros ' era ocupado por la demandada.A&re&a que el cerco perimetral del sitio )*4 formaba ' formaparte del cerco perimetral instalado por el padre de la demandada

sobre un terreno que consideraba un total de siete sitios colindantes=35>=6-13entre s$ que el Sr. Smith remat" en 1?5, cerco perimetral que supadre constru'", consiste en rejas de alambres ' cerco naturalconformado por especies nati/as de la ona, en el cual además, seinstalaron dos portones de acceso a la propiedad, el primero, ubicadoal costado %rientepor

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calle (omin&o %tae&ui, ' el se&undo,ubicado al costado )orte por A/. )orte, ambos con sus respecti/ascerraduras, chapas con lla/es, ' candados.Se0ala que para res&uardar la propiedad el anti&uo port"ndebi" ser sustituido por otro port"n en febrero de 6--5, también de

madera, más peque0o ' li/iano.<n tercer lu&ar,e8pone que el demandante se0ala que el 63 dema'o de 6--1, habr$a celebrado contrato de compra/enta sobre elsitio )*4, inmueble en cuesti"n, con do0a )isser <lena Scirica, peroincomprensiblemente informaque ha ejercido actos de se0or 'due0o sobre el mismo, desconociendo desde siempre el derecho dedominio del demandante, pri/ándole su acceso 'nada se0ala sobrelo sucedido con la demandada entre febrero de 6--1 ' junio de6-->.Ar&u'e que es de p9blico conocimiento en 2a&una Verde,desde 1?5, que don <dGard Smith Hennin&s, padre de lademandada, habitaba esa propiedad, un terreno de super7cierectan&ular, de la manana D%D, 2a&una Verde. As$ los hechos,desde aquel a0o, primero por su padre, don <dGard Smith Hennin&s,' lue&o personalmente la demandada ha estadoen posesi"ntranquila, pac$7ca, ininterrumpida ' de p9blico conocimiento de supropiedad ubicada en 2a&una Verde, habitándola, sembrándola, '

cuidándola siempre de buena fe. Jerreno que les pertenece porhaberse adquirido en el a0o 1?5 por medios le&$timos, e8entos de=35>=6-13fraude, de todo otro /icio, siendo este un hecho de p9blicoconocimiento.<n cuarto lu&ar, de acuerdo al art$culo 16 del "di&o i/il,se0ala que es el demandante quien en el a0o 6--6 ', a tra/és deltercero, intent" tomar posesi"n del sitio )*4 por medios /iolentos, loque fue descubierto por el cuidador del predio KHor&e !eneses

 JapiaE ' denunciado por la demandada a arabineros de 2a&unaVerde. <n dicha oportunidad se identi7c" a Sebastián Sal$s F., comouno de los j"/enes que in&resaron /iolentamente con palos al lu&ar.<n cuanto al estudio de t$tulo:2a demandada se0ala queel 9nico fundamento deldemandante para interponer la acci"n de autos es el t$tulo inscritoa fojas -6>1 )*-35>4 del ;e&istro de ropiedad de Valpara$so

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del a0o 6--1 ' a&re&ando que dicho t$tulo no es /álido porquepro/iene de un contrato il$cito que se &ener" de otro contrato nulo,'a que al haber fallado la condici"n ' el plao en él estipulados,este jamás se perfeccion".Se0ala que un estudio de t$tulos consiste en un e8amen

acucioso de todos los antecedentes de un inmueble para determinarsu situaci"n jur$dica ' la de los derechos que en él recai&an. <srealiado por el abo&ado del /endedor proporcionar los antecedentesnecesarios para ello.Se re7ere al objeti/o del estudio de t$tulo ' los antecedentesque se deben analiar a fojas 5- ' si&uientesdesu presentaci"n. ita

 jurisprudencia.<stima que el Jribunal debe considerar objeti/amente lahistoria de la propiedad ra$ sitio )*4 de la manana D%D, parcela?-1>, de 2a&una Verde, teniendo además especial consideraci"n enel principio de la buena fe, 'a que el demandante esper" más de=35>=6-13cinco a0os para ejercer la primera acci"n en contra de la demandadaquedando de mani7esto su falta de dili&encia al dejar pasar tantosa0os sin tomar posesi"n material del sitio que Dsupuestamente lepertenecer$aD, ' sin ejercer actos de /erdadero se0or ' due0o en lapropiedad encuesti"n@ ' porque e/identemente en susdeclaraciones, en la absoluci"n de posiciones de las demandas

anteriores, permiten concluir su mani7esta falta de dili&encia alcomprar el sitio )*4, 'a que no hio el estudio pertinente, ' más a9npor haberlo adquirido con terceros poseedores.As$, hubiese constatado que los t$tulos anteriores estaban/iciados 'a que do0a )isser <lena Scirica jamás podr$a habertransferido derechos que nunca obtu/o, 'a que el contrato ori&inaldel Sr. #udnicI, no se perfeccion" conforme a derecho al no/eri7carse el acontecimiento estipulado dentro del plao se0alado ensu cláusula tercera, no haberse cumplido con las modalidades,condiciones, ' plaos en él estipulados.

<8pone que el demandante no cumple con los supuestos paraque proceda la acci"n rei/indicatoria, 'a que el actor no tienederechodepropiedad de la cosa que pretende rei/indicar porque elt$tulo que lo ampara pro/en$a de un contrato de compra/enta nulo.A&re&a que el actor ostenta un Rt$tulo de papelR, ine7capara atribuir la posesi"n de un inmueble porque su inscripci"n de

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febrero de 6--1 data de una fecha mu' posterior al a0o 1?5,fecha en que se inicia la posesi"n que mantiene la demandada.<8plica que entre el a0o 6--1 ' abril de 6--> el demandanteno intent" realiar actos de se0or ' due0o en forma licita ' por ello,conforme a lo se0alado ' a las normas le&ales es&rimidas en su

presentaci"n, solicita tener por contestada la demanda de autos ' se=35>=6-13rechace no todas sus partes por carecer de derecho le&$timo lapretensi"n del demandante sobre el objeto del juicio, con costas.3ero.A fojas >5 consta lademanda recon/encional deprescripci"n adquisiti/a e8traordinariade dominio es&rimida porla demandada de autos sobre el inmueble objeto del juicio principal'prescripci"n e8tinti/a de las accionesque podr$a intentar eldemandado recon/encional o terceros en contra de don #oart$nSánche %rte&a, 'a indi/idualiado, de conformidad a losantecedentes 'a enunciadas en la demanda principal, los que se danpor reproducidos.4to.A lo principal defojas+5 ' si&uientes consta la réplica

e/acuada por el actor ' en el primer otros$ la contestaci"n a lademanda recon/encional, quien e8pone lo si&uiente:<n cuanto al primer requisito consistente en que el actor seadue0o de la cosa que rei/indica, se0ala querola a fa/or del dominio' posesi"n inscrita de su representado, la e8istencia de un t$tulotraslaticio de dominio como es el contrato de compra/entacelebrado con fecha 63 de ma'o de 6--1, entre don #oart$n!anuel Sánche %rte&a ' do0a )isser <lena Scirica, medianteescritura p9blica otor&ada ante el )otario 9blico de Valpara$so,

don )aael ;iquelme <spinoa ' un modo de adquirir como es latradici"n efectuada mediante la inscripci"n de dicho t$tulo a fojas6>1 )*35>4, del ;e&istro de ropiedad del onser/ador de#ienes ;a$ces de Valpara$so correspondiente al a0o 6--1,habiendo cumplido tanto el t$tulo como el modo de adquirir contodos los requisitos que la le' e8i&e para producir los efectos quele son propios.<n efecto, el predio materia de estos autos pertenec$a a la

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Bundaci"n <scuela Fndustrial ' A&r$cola (omin&o %tae&ui, quien lo=35>=6-13adquiri" por herencia de don (omin&o %tae&ui, se&9n inscripci"nde fojas >5 /uelta )*?46, del ;e&istro de ropiedad del(epartamento de Valpara$so correspondiente al a0o 1?6-.

osteriormente, dicha fundaci"n /endi" tal terreno a don;afael #udnicI #orodad, mediante escriturap9blicade 6> dediciembre de 1?4>, otor&ada ante el )otario 9blico de Valpara$so,don Alfredo !ar$n !anubens, la que se inscribi" a fojas 3.-??/uelta )*4.36, del ;e&istro de ropiedad del onser/ador de#ienes ;a$ces de Valpara$so correspondiente al a0o 1??>.2ue&o, don ;afael #udnicI #orodad /endi" el mismo retaode terreno a do0a )isser <lena Scirica, mediante escritura p9blica defecha - de octubre de 1??>, otor&ada ante el )otario 9blico deSantia&o, don ;a9l Mndurra&a 2aso, la que se inscribi" a fojas 3,361/uelta )*4.53, del ;e&istro de ropiedad del onser/ador de#ienes ;a$ces de Valpara$so correspondiente al a0o 1??>.Binalmente, do0a )isser <lena Scirica /endi" dicho inmueblea don #oart$n Sánche %rte&a, mediante escritura p9blica de 63 dema'o de 6--1, otor&ada ante el )otario 9blico de Valpara$so, don)aael ;iquelme <spinoa e inscrita a fojas 6.>1 /uelta )*3.554,del ;e&istro de ropiedad del onser/ador de #ienes ;a$ces deValpara$so correspondiente al a0o 6--1.<stima que resulta claro que su representado es poseedor

inscritodel predio cu'a rei/indicaci"nse reclama'consecuentemente due0o del mismo, al menos presunti/amente,pues la inscripci"n conser/atoria in/ocada junto con materialiar latradici"n que si&ui" a la compra/enta celebrada con do0a )isser<lena Scirica, quien a su /e hab$a adquirido del mismo modo de supredecesor en el dominio, ha de entenderse como reCejo de laposesi"n que ineludiblemente

pasoa sus manos, sin que para estos=35>=6-13efectos ten&a rele/ancia la supuesta posesi"n por más de 5 a0osale&ada por la contraria, cu'a aceptaci"n se traducir$a en unae/idente ' peli&rosa falta de se&uridad jur$dica si la posesi"n inscritase perdiera por el simple apoderamiento material de una cosa conánimo de se0or ' due0o.

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A&re&a también que cumple con otros requisitos para lainterposici"n de una acci"n rei/indicatoria, cuales son que el actorno tiene la posesi"n de la cosa que rei/indica ' que aquella es unaespecie sin&ular.5to.

A fojas ?4 la demandada e/acua su duplica ' en el otros$de su presentaci"n replica la demanda recon/encional.<8pone que el actor ha omitido la ra"n por la cual el se0orSmith Hennin&s ' lue&o la demandada han pose$do materialmente elpredio en cuesti"n en forma pac$7ca, tranquila, ininterrumpida ' dep9blico conocimiento desde el a0o 1?5, 'a que su parte poseet$tulos lue&o de haber participado en un remate que reali" laBundaci"n de #ene7cencia 9blica <scuela Fndustrial ' A&r$cola(omin&o %tae&ui, a tra/és de la cual el padre de la demandadaremat" siete sitios colindantes entre s$ de la manana R%Rcorrespondientes a la parcela ?-1> en 2a&una Verde, comuna deValpara$so.ita doctrina ' jurisprudencia.;eitera las ale&aciones efectuadas en la contestaci"n de lademanda, solicitando se rechace la pretensi"n del actor.<n cuantoala réplica de la demanda recon/encional deprescripci"n adquisiti/a, reitera sus ale&aciones ' solicita que este

 Jribunal ordene la cancelaci"n de la inscripci"n de dominio que rolaa fojas -6>1 )*-35>4 del ;e&istro de ropiedad del onser/ador

de #ienes ;a$ces de Valpara$so del a0o 6--1.=35>=6-13>to.A fojas 16? se tiene por e/acuada la duplicarecon/encional en rebeld$a del actor principal de autos.mo.A fojas 136 se lle/a a cabo audiencia de conciliaci"n 'esta no se produce debido a la rebeld$a de la demandante.+/o.A fojas 134 se recibi" la causa a prueba.

?no.Se cit" a las partes a o$r sentencia a fojas 6?>.%)SF(<;A)(%:rimero:(e la acci"n principal:Que a fojas 1 se interpone demanda de rei/indicaci"n en juicio

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ordinario en contra de do0a race Smith Amparán, respecto del bienra$ ubicado en calle %tae&ui, manana R%R, lote )*4, 2a&unaVerde, Valpara$so.Se se0ala que dicha propiedad se encuentra inscrita a nombredel demandante en el ;e&istro de ropiedad del onser/ador de

#ienes ;a$ces de Valpara$so, a fojas 6>1 )* 35>4 del a0o 6--1 'fue adquirido mediante compra/enta celebrada el fecha 63 de ma'ode 6--1,otor&adaante el )otario 9blico de Valpara$so, don )aael;iquelme <spinoa, con do0a )isser <lena Scirica, en cu'a /irtudesta /endi", cedi" ' trans7ri" a don #oart$n !anuel Sánche%rte&a, quien compr", adquiri" ' acept" para s$, el inmueble materiade autos.)o obstante lo anterior la demandada de marras ha pose$domaterialmente dicho inmueble, impidiendo el uso, &oce 'disposici"n de su due0o, cambiando portones ' cerraduras, as$ comoplantando di/erso tipo de Cores ' arbustos, sin permiso del due0o nit$tulo que la a/ale, considerándola poseedora de mala fe. onformea lo se0alado, solicita se declare el dominio e8clusi/o deldemandante respecto del bien ra$ ubicado en calle %tae&ui,manana R%R, lote )*4, 2a&una Verde, Valpara$so, inscrita a fojas=35>=6-136>1 )* 35>4 del a0o 6--1 del ;e&istro de ropiedad delonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so, ' se condene a lademanda a lo si&uiente:

aE;estituir el inmueblesublite, dentro de tercero d$a, desdeque quede ejecutoriada la sentencia de7niti/a, bajo apercibimientode ser lanada de ella con au8ilio de la fuera p9blica, inclu'endo atodos los demás ocupantes.bE Que la demandada deberestituir todos los frutos naturales' ci/iles de la cosa, como asimismo todos los que el demandante

habr$a podido obtener con mediana inteli&encia ' acti/idad,sihubiera tenido el bien ra$ en su poder, desde el d$a en que fuepri/ado de la posesi"n material de la propiedad, debiéndoseleconsiderar poseedora de mala fe para todos los efectos le&ales.cE Quela demandada debe indemniar a su representado losdeterioros que, por su hecho o culpa, ha sufrido la cosa,

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incluida lades/aloriaci"n que pudiera ser sujeta la propiedad en su poder,reser/ándose el demandante el derecho de pedir la determinaci"n delos frutos, da0os ' deterioros indicados precedentemente en la épocadel cumplimiento del fallo, estimándola hallarse de mala fe.

dE Que la demandada debe pa&ar todas lascostasde la causaSe reproduce las demás ale&aciones de esta demanda desde laparte e8positi/aSe&undo: (e la contestaci"n:Que fojas 31 comparece la demandada, do0a race SmithAmparán, 'a indi/idualiada, ne&ando todas las ale&aciones de lademandante ' e8poniendo que en 1?5 su padre, <dGard Smith

 Hennin&s adquiri" de la Bundaci"n %tae&ui di/ersos terrenos ubicadoen la manana R%R de 2a&una Verde, incluso el lote )*4, aludido enestos autos.=35>=6-13<8plica que dicho inmueble fue /endido por la Bundaci"n%tae&ui a don ;afael #udnicI #orodad en 1?4> mediante uncontrato sujeto a modalidades, condiciones, plao ' prohibiciones,que el comprador no cumpli" oportunamente,porlo que el contrato

 jamás se perfeccion", no obstante haber sido inscrito en elonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so ese a0o.

or ello, la Bundaci"n en 1?5 reali" un remate en el cual supadre se adjudic", entre otros, el lote )*4 de la manana R%R por un/alor de >.6--.)o obstante lo anterior, se0ala que mediante di/ersas &estioneshaintentado obtener las escrituras pertenecientes a la Bundaci"n%tae&ui e inscribir la propiedad a su nombre, infructuosamente.Binalmente, estima que desde el a0o 1?5, primero por supadre ' lue&o personalmente, la demandadaha estado en posesi"n

tranquila, paci7ca, ininterrumpida ' de p9blico conocimiento dellote )*4 de la manana R%R, 2a&una Verde, por lo que solicita serechace la demanda interpuesta en su contra por carecer de derechole&$timo la pretensi"n del demandante, con costas.Se reproduce en lo demás las ale&aciones de esta contestaci"ndesde la parte e8positi/a.

 Jercero: (e la demanda recon/encional

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Que reiterando los fundamentos en /irtud de los cuales lademandada contesta la acci"n principal, a fojas >5 demandarecon/encionalmente la prescripci"n adquisiti/a e8traordinaria dedominio sobre el inmueble objeto del juicio principal, sitio )*4,manana R%R, 2a&una Verde, Valpara$so, ' se reproduce al efecto lo

e8puesto en la parte e8positi/a.=35>=6-13Que, a fojas +5 el demandante e/acua réplica, reiterando en lofundamental lo e8puesto en la demanda de autos, por lo que se danpor reproducidos sus fundamentos 'a desarrollados en la partee8positi/a de este fallo.Quinto: ontestaci"n de la demanda recon/encional.Que a fojas +? el demandante principal solicita el rechao dela demanda recon/encional, estimando que aquella resultainadmisible 'a que su parte re9ne todos los requisitos deprocedencia de la acci"n rei/indicatoria.;eitera en lo fundamental los ar&umentos es&rimidos en lademanda, los que se dan por reproducidos en la parte e8positi/a deesta sentencia.Se8to: (e la duplica a la acci"n rei/indicatoria KprincipalE.Que a fojas ?4 la demandada principal se remite a lo e8presadoen la contestaci"n de la acci"n principal ' rebate lo se0alo por elactor en su réplica, indicando que este no cumple con los requisitospara que prospere su acci"n rei/indicatoria, se&9n 'a se hadesarrollado latamente.Séptimo: (e la réplica ' d9plica a la demanda

recon/encional.Que a fojas 11> do0a race Smith Amparán e/acu" réplica dela demandada recon/encional de prescripci"n adquisiti/ae8traordinaria de dominio sobre el inmueble objeto del juicioprincipal.A este respecto, solicita se ten&a por ampliada su demandarecon/encional, solicitando se ordene cancelarlainscripci"n dedominio que rola a fojas -6>1 )*-35>4 del ;e&istro de ropiedad

=35>=6-13del onser/ador de #ienes ;a$ces del a0o 6--1 por (ecreto Hudicial, en orden a que cese la posesi"n inscrita del demandadorecon/encional.<n cuanto a la d9plica en la demanda recon/encional, el actorprincipal ' demandado recon/encional Sr. #oartin Sánche qued"rebelde en e/acuarla.%cta/o: (ocumental del actor.

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Que para acreditar la efecti/idad de los hechos en quefundamenta su acci"n, el demandante #oart$n !anuel Sánche%rte&a rindi" prueba documental ' testimonialA.= Se&9n fojas 155:1. ontrato de compra/enta celebrado entre la /endedora do0a

)isser <lena Scirica ' el comprador don #oartin !anuel Sánche%rte&a mediante el cual la primera /ende cede ' trans7ere a don#oartin Sánche la propiedad lote )*4 de la manana R%R, 2a&unaVerde, Valpara$so, suscrito el 63 de ma'o de 6--1.6. Fnforme técnico realiado por el Fn&eniero eomensor do0aAlicia once Astudillo.3. opia de acta de inspecci"n personal del Jribunal realiadapor la Hue Jitular ' Secretaria Subro&ante del rimer Hu&ado i/ilde Valpara$so el -> de ma'o de 6-11 en otra causa.4. lano de fojas 154 acompa0ado al 1er. Hu&ado i/il deValpara$so en causa 13+-=6--.5. erti7cado de a/al9o 7scal emitido por el Ser/icio deFmpuestos Fnternos;ol)*-?-1>=----, respecto de la propiedadubicada en (. %tae&ui ! %SJ 4, al primer semestre de 6-15.>. erti7cado de a/al9o 7scal emitido por el Ser/icio deFmpuestos Fnternos ;ol )*-?-1>=---->, respecto de la propiedadubicada en (. %tae&ui ! %SJ 3, al primer semestre de 6-15.=35>=6-13. (etalle de contribuciones impa&as emitido por el Ser/icio

de Fmpuestos Fnternos el -4 de ma'o de 6-15.+.opia autoriada de inscripci"n de dominio practicada en ela0o 1?6- a fa/or de la Bundaci"n de #ene7cencia <scuela Fndustrial' A&r$cola (omin&o %tae&ui, otor&ada el 13 de ma'o de 6-15, porel onser/ador del Archi/o )acional de hile.?. opia autoriada de la inscripci"n de dominio referente alpredio sublite, practicada el a0o 1??>, a fa/or de don ;afael#udnicI #orodad, otor&ada con fecha -5 de ma'o de 6-15, por elonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so,

1-. opia autoriada de la inscripci"n de dominio referente alpredio ubicado en el lote 4, manana R%R de 2a&una Verde,practicada el a0o 1??>, a fa/or de do0a )isser <lena Scirica,otor&ada con fecha -5 de ma'o de 6-15, por el onser/ador de#ienes ;a$ces de Valpara$so.11. opia autoriada de la inscripci"n de dominio /i&entereferente al predio sublite, practicada el a0o 6--1, a fa/or de don#oart$n !anuel Sánche %rte&a, otor&ada con fecha -4 de ma'o de

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6-15, por el onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so,16.omprobantesdepa&o de las contribuciones referentes alinmueble sub=lite, efectuados durante los a0os 6--1, 6--6, 6--3,

6--4, 6--5, 6-->, 6--, 6--+, ' 6--?, todos emitidos por la Jesorer$a eneral de ;ep9blica,13. erti7cados de mo/imiento correspondientes al pa&o delas contribuciones relacionadas con el inmueble sub=lite, efectuadosdurante los a0os 6--4, 6--5, 6--, 6--?, 6-1-, 6-11, 6-16, 6-13 '6-14. Jodos emitidos por la Jesorer$a eneral de ;ep9blica.14. erti7cado de con7rmaci"n, emitido el -5 de enero de6-15, por la instituci"n bancaria ScotiabanI, mediante el cual se de=35>=6-13cuenta que desde el a0o 6-11 el demandante esta aco&ido al sistemade pa&o automático de las contribuciones correspondientes a lapropiedad materia de estos autos@#.= , a partir de fs. 1+1:1. opia autoriada de plano del balneario de 2a&una Verdeaprobado por decreto )*13+ de fecha + de ma'o de 1?4>, )* 161.6. opia simple de contrato de prestaci"n de ser/icioscelebrado entre don #oart$n Sánche ' Péctor Sol$s el 16 defebrero de 6--6.3. opia simple de autoriaci"n de don #oart$n !anuelSánche %rte&a para que don Péctor Sol$s para construir ' le/antarun cerco en el deslinde poniente de su propiedad con el lote )*3,

emitida el 1? de febrero de 6--6.4. Set de 1- foto&raf$as.5. Poja manuscrita con aparente rendici"n de cuentas.>. opia autoriada de inscripci"n dedominioa nombre dedon ;afael #udnicI #orodad, respecto de la propiedad ubicada en el2ote uatro, !anana R%R, 2a&una Verde, Valpara$so,inscrita afs.3-?? /ta. )*436 del a0o 1??>

. <n la inscripci"n constasubinscripci"n a nombre de )isser Scirica.. opia autoriada de inscripci"n de dominio a nombre dedo0a )isser <lena Scirica, respecto de la propiedad ubicada en el2ote uatro, !anana R%R, 2a&una Verde, Valpara$so, inscrita afs.3361 )*453 del a0o 1??>.<n la inscripci"n constasubinscripci"n de transferencia a nombre de #oart$n Sánche

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%rte&a.+. opia autoriada de inscripci"n hipotecaria que do0a )isser<lena Scirica constitu'" a fa/or del #anco %RPi&&ins sobre el lote4, manana R%R, 2a&una Verde, Valpara$so el 6- de diciembre 1??>.=35>=6-13

?. opia autoriada de inscripci"n hipotecaria que do0a )isser<lena Scirica constitu'" a fa/or del #anco %RPi&&ins sobre el lote4, manana R%R, 2a&una Verde, Valpara$so el 15 de enero 1??+.1-. erti7cado de a/al9o 7scal a nombre de #oart$n !anuelSánche %rte&a, /álido para el se&undo semestre de 6--?, emitidopor el Ser/icio de Fmpuestos Fnternos.11. arta emitida por el Ser/icio de Fmpuestos Fnternos a don#oart$n !anuel Sánche.)o/eno: Jestimonial de la demandante:1. A fojas 1?? comparece donPéctorAndrés Sol$s aman,quien e8pone:Al punto de prueba )*3, e8pone: <fecti/amente ella Kdo0arace Smith AmparánE ha ne&ado el in&reso a dicha propiedadpermanentemente tanto de don #oart$n como a él mismo, 'a queeste Kel primeroE le encar&" cerrar la propiedad que le pertenece. Arace la conoce hace a0os, es una familia de 2a&una Verde, ' a don#oart$n se lo presentaron para ejecutar el trabajo que estabapidiendo. <l terreno ha sufrido al&unos cambios desde que se

pretend$a cerrar hasta la fecha, dentro de él se instalaronplantaciones que no hab$a antes ' se cambi" un port"n de maderapor uno más s"lido.Aclara que en el a0o 6--1 se le encomend" hacer un cierreperimetral del terreno, autoriado ante )otario, a lo cual do0a raceSmith no le permiti" nunca in&resar. <l predio en cuesti"n es el )* 4' hab$a que hacer un cierre perimetral de los sitios 3 ' 5. )o hab$anplantas en el sitio ' la puerta o port"n era de madera, no era s"lido.2as plantaciones se hicieron después del a0o 6--1 por lapersona que cuida el predio, mandada por do0a race, ' el cambio

=35>=6-13de port"n desconoce quién lo hio@ pero, fue también por mandatode race.2o se0alado le consta 'a que ten$a unos /i/eros colindantes alterreno de race, el cual iba constantemente a /er ' por lo mismo/e$a los cambios que se hac$an en el sector. Vi/i" en 2a&una Verdepor treinta a0os hasta el6-13.

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Al punto de prueba )* 5, se0ala que cree que do0a raceSmith no ha pose$do en forma tranquila, paci7ca, ininterrumpida 'sin clandestinidad el inmueble de marras porque ella sab$a que elterreno ten$a due0o, de hecho, en los sitios > ' , también tu/oproblemas con los due0os. Al due0o ori&inal no lo conoci", pero si

al due0o ori&inal que compr" ' le /endi" a don #oart$n, que fue lase0ora )isser Scirica. uando le encar&aron cerrar la propiedad, ledieron copia de la escritura ' un poder notarial en donde se leautoriaba a cerrar el terreno. (ej" una constancia en carabinerosprecisamente cuando se le ne&" el in&reso al terreno.6. A fojas 6-1 comparece don;odri&o <nrique Arancibia;i/ero, quien e8pone al tenor del punto de prueba )*3: <8presa quele consta que desde el momento de la compra del terreno por el Sr.Sánche, lo acompa0" en /arias ocasiones a /isitar dicho terreno@ enél hab$a un cerco t$pico de campo, con alambres ' madera, 'trasladaron materiales de cierre al lu&ar ' un candado para dejar enclaro que la propiedad tiene un due0o. Sin embar&o después del6--5, ha' un cambio en el sitio ' la estructura de cerco no era tal,aparece un port"n con una base más s"lida ' con una serie deplantas alrededor, con el port"n cerrado, impidiendo el acceso alterreno. Jodos esos materiales se perdieron, malla, candado, tododesapareci". 2a Sra. race fue quien planto las plantas ' puso el=35>=6-13port"n, lo que es e/idente porque el sitio )*4 esta colindante con el

patio de ella ' da la impresi"n que quiso ampliar ese patio de su casausando esas plantas ' cercando, lo que se puede obser/arabiertamente.Se0ala que le consta que la Sra. race Smith ha pri/ado al Sr.Sánche de la posesi"n material del predio )*4 porque le haimpedido el in&reso.<l Sr. Sánche compro el terreno el a0o 6--1, en esa época elterreno estaba /ac$o, con pastiales, desocupado. A&re&a que entreel a0o 6--1 ' el a0o 6--5 /isit" el inmueble en /arias ocasiones,alrededor de cinco /eces por a0o. eriodo en que no hab$a problema

en acceder al lote )*4.Sin embar&o, a partir del a0o 6--5 se le impide el acceso al Sr.Sánche al lote )* 4 por la se0ora race Smith ' eso se mantienehasta ho', 'a que se constru'" un port"n de base s"lida ' conrefueros, además de un cierre perimetral con arbustos ' arbolitos.A0ade que con anterioridad al a0o 6--5 la Sra. Smith no hab$aejecutado nin&9n acto material respecto el lote )*4.Al punto de prueba )*5: <8presa que no es efecti/o que do0a

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race Smith ha pose$do en forma tranquila, paci7ca, ininterrumpida' sin clandestinidad el inmueble de marras, por lo 'a e8presadoanteriormente.Pa' un periodo entre la adquisici"n del terreno, entre el 6--1' el 6--5, en que no hubo obstáculo para in&resar al terreno. <s más

se ejecutaron acciones tendientes a res&uardarlo, que fue lainstalaci"n de uncercoperimetral ' su refuero por parte del Sr.Sánche.=35>=6-13(écimo:onfesional de la demandante en que cita aabsol/er posiciones a la parte demandada.A fojas 1- comparece la demanda do0arace SmithAmparán, quien absuel/e posiciones de conformidad al plie&oacompa0ado a fojas 1>+.Se0ala que personalmente no ha suscrito acto o contrato decompra/enta en relaci"n con el inmueble ubicado en calle (omin&o%tae&ui, manana R%R, lote )*4, 2a&una Verde, Valpara$so, pero supadre si, don <dGard Smith Hennin&s, en el a0o 1?5 con laBundaci"n (omin&o %tae&ui.Se suscribi" una escritura pri/ada en esa época, por un acto deremate que reali" la Bundaci"n %tae&ui en el a0o 1?5, donde el

Sr. Smith remat" siete sitios correspondientes a la manana R%R,parcela ?-1> de 2a&una Verde, entre los cuales están los sitios 1, 6,3, 4, 5, 66 ' 63, los que son colindantes entre si ' que forman unasuper7cie rectan&ular ' que están ubicados en la intersecci"n de lacalle (omin&o %tae&ui con A/da. )orte conforme al plano de laépoca porque ho' la A/da. )orte tiene otro nombre. )o e8isteescritura p9blica ' si e8iste un acta de remate donde constan laspersonas que participaron en él ' lo que pa&" el se0or Smith porcada uno de ellos.Se0ala que no efectu" inscripci"n en el re&istro de propiedad

del onser/adorde#ienes ;a$ces de Valpara$so en relaci"n a dichoinmueble ' al parecer su padre tampoco, intento hacerlo enreiteradas oportunidades en la Bundaci"n.;econoce que el predio )*4siempre ha estado cercado enel per$metro porque corresponde a una parte de los sitios se0alados

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anteriormente que fueron cercados por el Sr. Smith, no tiene cercosmedianeros, nunca ha tenido.=35>=6-13Se0ala como efecti/o que el sitio en &eneral, que comprendesiete lotes, tiene dos accesos, uno por la A/da. )orte ' otro por

(omin&o %tae&ui, ' las lla/es siempre han estado en poder de lafamilia.<8pone que el Sr. Sánche nunca le ha solicitado o ha tenidocontacto con ella para entrar al sitio, ' no tu/o una citaci"n o unadenuncia ante carabineros del lu&ar antes de la querella deusurpaci"n de terreno que se noti7c" el a0o 6-->.Se0ala que los actos que ha ejercido sobre el predio )*4 soncercar perimetralmente el terreno con mallas de alambre, postes, ho'tiene cierre natural con árboles que colindan el terreno, tiene árbolesfrutales, jard$n, un poo de a&ua inscrito en el !inisterio de %bras9blicas, tiene lu eléctrica, ser/icio de e/acuaci"n de a&uasser/idas, la construcci"n de una caba0a, ' mantener un cuidador enforma permanente.Se0ala que nunca se han pa&ado contribuciones por esos sitiosa su nombre, los que lle&an son a nombre de la Bundaci"n. ;eiteraser propietaria ' poseedora de los sietesitiosdesde el a0o 1?5,entre los cuales está el )* 3. Se adquiri" a tra/és del remate de laBundaci"n %tae&ui en 1?5. )o se encuentra inscrita en elonser/ador de #ienes ;a$ces, contin9a inscrito a nombre de la

Bundaci"n %tae&ui.onclu'e se0alando que su familia detenta ' ocupa el prediodesde el a0o 1?5, el Sr. Sánche podr$a in&resar como lo hio enuna oportunidad a tra/és de terceros, saltando la reja, en forma/iolenta, tratando de instalar los cercos medianeros sin habersolicitado formalmente a la demandada el in&reso al sitio. )o puede=35>=6-13in&resar al sitio porque a él solo pueden in&resar quienes son losdue0os tienen las lla/es de los portones.Mndécimo: Fnspecci"n ersonal del Jribunal.

Queafojas 6?- consta la inspecci"n personal del Jribunal,realiada el 6 de ma'o de 6-15 en calle %tae&ui, !anana R%R,2ote )*4 de 2a&una Verde, comuna de Valpara$so, dili&enciapracticada a solicitud de la demandante de autos.<n ella se ha hecho constar que se trata de una propiedadubicada en 2a&una /erde, ' se realia en la llamada A/enida )orte

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o inco )orte, en un acceso que da al sitio uatro. <ste forma untodo con los sitios 3, 6 ' 1, con una dimensi"n app de 4- mts. (efondo por 6- de frente que da a la calle (omin&o %tae&ui.<l port"n de acceso es de madera con postes de concreto 'piedra por los costados@ mismo que

semantiene con lla/e que porta' maneja la demandada presente en la dili&encia.Se deja constancia que se&9n e8presa ésta las plantas fueronpuestas all$ por ella, no ha' a&ua potable ni alcantarillado. <ldesa&Le de residuos /a a una fosa séptica.Se constat" la e8istencia de una /i/ienda, pero en el sitio olote 3. <l cerco del sitio o lote 4 está compuesto s"lo por alambres 'postes de una altura app de 1,>- mts.(e esta inspecci"n personal del tribunal se pudo constatarentonces que quien ocupa materialmente este lote o sitio 4 es lademandada Sra. Smith.(uodécimo: %7cio al Ser/icio de Fmpuestos Fnternos.=35>=6-13Que a solicitud del actor, se o7ci" al Ser/icio de FmpuestosFnternos a 7n este or&anismo informe quien re&istra comopropietario del inmueble ubicado en (omin&o %tae&ui, mananaR%R, 2ote )*4, 2a&una Verde, Valpara$so, a quien se la ha hechoe8i&ible el pa&o de contribuciones.onsta el o7cio )* 166? de 1- de junio de 6-15 a fojas 6?1 deautos e indica lo si&uiente:

R<l inmueble en comento corresponde al rol de a/al9o)*?-1>= de la comuna de Valpara$so@ a contar del 6? de ma'o de6--6 don #oart$n Sánche %rte&a se re&istra como propietario dedicho bien ra$ en conformidad a la inscripci"n conser/atoria defojas 6>1 )*35>4 del ;e&istro de ropiedad del a0o 6--1 delonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so.A&re&a que hasta el a0o 6--1 7&urabaensus re&istros comopropietario don ;afael #udnicI sin datos de inscripci"n

conser/atoria.R(écimo Jercero:rueba instrumental de la demandada:1. opia autoriada de certi7cado de nacimiento de do0arace Fsabel Smith Amparan.6. opia autoriada de certi7cado de matrimonio)*115-?6 celebrado el 4 de diciembre de 1?53 entre don ;afael#udnicI #orodad ' do0a 2uciana Sera7na Jauber Torein

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3. opia autoriada de certi7cado de defunci"n )*1>4+36?3de don ;afael #udnicI #orodad de fecha 6+ de febrero de 6--1.4. opia autoriada de certi7cado de matrimonio)*1>-34?5 celebrado entre don !i&uel On&el aredes (onoso 'do0a )isser <lena Scirica, celebrado el 64 de junio de 6---.

=35>=6-135. opia autoriada de acta de remate Bundaci"n de#ene7cencia 9blica, <scuela Fndustrial ' A&r$cola (omin&o%tae&ui, e8tensi"n Pijuela 2as asas del Bundo 2a 2a&una.>. opia autoriada de compra/enta celebrada entre don<rnesto Visca'a, en representaci"n de la Bundaci"n <scuelaFndustrial ' A&r$cola (omin&o %tae&ui, como /endedor, ' comocomprador don ;afael #udnicI #orodad quien adquiere para s$ ellote )*4 de la manana R%R, 2a&una Verde, el 6> de diciembre de1?4>.. erti7cado de dominio /i&ente )*443--+ de lainscripci"nde fojas 3-?? /uelta )*436 correspondiente al ;e&istro deropiedad del a0o1??>del onser/ador de #ienes ;a$ces deValpara$so.+. opia autoriada de compra/enta celebrada entre do0a)isser <lena Scirica, como compradora, ' don ;afael #udnicI#orodad, como /endedor de la propiedad correspondiente al lote)*4 de la manana R%R, 2a&una Verde, Valpara$so, el de octubre

de 1??>.?. opia autoriada del lano de oni7caci"n de 2a&unaVerde1-. (os croquis del sitio )*4, manana R%R, 2a&una Verde,Valpara$so.11. opia autoriada de certi7cado de dominio /i&ente de lapropiedad correspondiente a fojas >5 /ta. )* ?46 del a0o 1?6-emitido por el onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so al -5 dediciembre de 1??5 respecto de los lotes n9meros 1 a 5 ,+,1+,1?,6-,66,63,64,65,6>,6,6+,6? ' 3-, todos de la manana R%R,

emitida al -5 de diciembre de 1??5.=35>=6-1316. opia autoriada de o7cio %rd. )* 16 emitido por don<duardo Hara !iranda, Subsecretario de Husticia a do0a race SmithAmparan.13. opias autoriadas de dos 2istados de empresascontratistas pertenecientes al ;e&istro )acional de contratistas del!inisterio de #ienes )acionales.

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14. opia autoriada de poder simple otor&ado por lademandada a don %cta/io Sando/al essler para que realice latramitaci"n de saneamiento de predios de 2a&una Verde, de fecha63 de ma'o de 6--615. opia autoriada de Solicitud de re&ulariaci"n de la

propiedad de lademandadaubicada en 2a&una Verde, Valpara$so,efectuada por %cta/io Sando/al essler.1>. opia autoriada de carta diri&ida al obernador ro/incialde Valpara$so, don F/án de la !asa, suscrita por el abo&ado %cta/ioSando/al essler, el 64 de no/iembre de 6--4.1. opia autoriada de carta diri&ida a aula Quintana!elénde, Seremi de #ienes )acionales de Valpara$so, suscrita porrace Smith Amparan a 1 de maro de 6--5.1+. opia autoriada de %rd. )*-13-5 emitido por laSecretar$a ;e&ional !inisterial de #ienes )acionales V ;e&i"n deValpara$so, aula Quintana !elénde, a do0a race Smith Amparanel 6? de abril de 6--5.1?. opia autoriada de carta diri&ida a ;odri&o Mribe#arahona, Seremi de #ienes )acionales, suscrita por race SmithAmparan el de a&osto de 6-->.6-. opia autoriada de correo de correo electr"nico en/iadopor Hosé Salaar KjsalaarcUmbienes.cl E a do0a race Smith

Amparán el -? de no/iembre de 6-->.=35>=6-1361. opia autoriada de %rd. --1114 emitida por Alfredo)ebreda 2e ;o', Secretario ;e&ional !inisterial de Husticia ;e&i"nde Valpara$so, a don abriel Sil/a de 14 de no/iembre de 6--+.66. opia autoriada de carta diri&ida a los directores deBundaci"n de #ene7cencia <scuela Fndustrial ' A&r$cola (omin&o%tae&ui, suscrita por race Smith Amparan a 6 de maro de 6--?.63. erti7cado de residencia )*>3653> que da cuenta que lademandada de autos reside en (omin&o %tae&ui sNn, sector 2a&una

Verde, Valpara$so, emitido por la 1era. omisaria Sur de 2a&unaVerde el 16 de no/iembre de 1??5.64. erti7cado de residencia )*4>4--5 que da cuenta que lademandada de autos reside en (omin&o %tae&ui, arcela )*?-1>,sector 2a&una Verde, Valpara$so, emitido por la 1era. omisaria Surde 2a&una Verde el 6+ octubre 6--6.65. opia autoriada de factura )*16?14>, más ocho boletasemitida por hilquinta S.A. a nombre del cliente race Smith

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Amparan respecto de la propiedad ubicada en (. %tae&ui arceemitida el 1- de enero de 1??>.6>. opia autoriada de re&istro de solicitudes deapro/echamiento a la (irecci"n eneral de A&uas donde consta laefectuada por la demandada el 15 de diciembre de 6--5.

6. opia autoriada de cotiaci"n de presupuesto efectuadapor 2ionel Vial (onoso, <structuras !etálicas para trabajo enport"n por 3>+.---, emitida el 1+ de febrero de 6--+ a nombre dela demandada.6+. opia simple de la sentencia dictada por la <8ma. orteSuprema sobre causa rol 13+-=6-- caratulada RSánche con SmithRse&uida ante el 1* Hu&ado i/il de Valpara$so, dictada el 3- deenero de 6-13.=35>=6-136?. opia simple de sentencia de sobreseimiento de7niti/odictado en Hu&ado de arant$a de Valpara$so en causa ;it 1--=6-->, el 15 de octubre de 6-13.(écimouarto: ercepci"n documental.Que a fojas 1?> tu/o lu&ar una audiencia de percepci"ndocumental con la sola asistencia de la demandada ' en rebeld$a deldemandante.<n ella se tu/o por incorporado a los autos el documento quecontiene el correo electr"nico recibido por la demandada de parte dedon Hosé F&nacio Salaar astillo, del !inisterio de #ienes)acionales el ? de no/iembre de 6-->, se&9n consta a fojas 1?> '

si&uiente.(écimo Quinto: Jestimonial de la demandada:1. A fojas 614 comparece don

 Hor&e <nrique Pemmelmann,'a indi/idualiado en autos, quien e8pone:Al punto de prueba )*1: 2o desconoce. Sabe del juicio porquea la Sra. Smith el papá de ella compr" el terreno hace mucho tiempoatrás ' ella está /i/iendo en ese terreno.onoce a la demandada de toda la /ida, siempre iban a

/eranear a 2a&una Verde cuando eran chicos, e indica que su abueloles /endi" un terreno a su papá. A&re&a que la casa de la Sra. Smithse ubica en calle (omin&o %tae&ui con la calle )orte, en una casade tres dormitorios, tiene su reja por todos lados, tiene árbolesfrutales, plantas, rosas, es una de las mejores de ese lu&ar. <stá biencuidada.2a casa propiamente tal desde el a0o 1??-, pero le consta queel terreno lo compr" el papá en un remate a la Bundaci"n %tae&ui,

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porque su abuelo en ese mismo remate, remat" su mismo terreno, 'en esa época el se0or !unchme'ereranlos que recib$an las platas=35>=6-13

de esos remates, mucha &ente remat" las propiedades en esa época,se remataron todas, al&una en un cien por ciento como su abuelo 'otras con un porcentaje.2a &ente fue pa&ando mensualmente hasta que el se0or!unchme'er se muri" ' nunca le dio cuenta a la Bundaci"n %tae&uide los dineros, ' de ah$ empe" el problema de los terrenos de2a&una Verde, sin t$tulo.Al punto de prueba )* 6: Se0ala que ella Krace SmithAmparánE es la due0a de ese terreno, lo que le consta por las raonese8presadas anteriormente.<s efecti/o que do0a race ha pose$do el terreno en formapac$7ca, ininterrumpida ' sin clandestinidad desde el a0o 1??- a lomenos. Antes lo compr" su padre desde las década de los 5- ' desdeentonces estaba cerrado con el cerco que hio su padre, que era el9nico que e8ist$a en esa manana, además del de su abuelo.6. A fojas 61+ comparece do0a<lena !ar$a %ssand"nSuáre,'a indi/idualiada en autos quien e8pone al tenor del autode prueba de fs. 134.Al punto de prueba )*1: Se0ala que no conoce al se0or

#oart$n Sánche, la propiedad está en 2a&una Verde.Al punto de prueba )* 6: <s efecti/o, desde que era chicasab$a que le pertenec$an a ella, esto desde el a0o 1?+ o 1??, de lossetenta. uando su familia lle&o allá, la de ella 'a estaba. 2a Sra.Smith o su familia tiene el sitio en cuesti"n hace apro8imadamentedesde hace unos cuarenta a0os a lo menos. 2e consta que ella es ladue0a, siempre la ha /isto ah$.=35>=6-13Al punto de prueba )* 3: (esconoce a don #oart$n, ' nuncaha /isto que ejera acciones. 2a&una Verde es un pueblo chico '

todo se sabe, que ella ejera acciones en contra de al&una persona.Al punto de prueba )* 4: <s una propiedad que está bienmantenida, está bien cercada, es un terreno &rande con bonito jard$n,siempre he /isto a una persona que cuida, esto desde hace a0os.Siempre la ha /isto a ella o miembros de su familia, su /eh$culo, susperros.Al punto de prueba )*5: <s efecti/o, ella /i/e en formapac$7ca ' tranquila con su familia desde a lo menos los a0os -.

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Se0ala que le consta lo se0alado porque pasa por la calle de ella que/i/e más lejos, pasa por su esquina. A&re&a que la se0ora raceSmith Amparan /i/e en la calle %tae&ui con la calle )orte, frente alas caba0as Sel/a )e&ra, es un sitio esquina.3. A fojas 66- comparece a continuaci"n don

 Hor&e ;olandoVie'ra into, 'a indi/idualiado en autos quien e8pone.Al punto )*1: Se0ala que no ubica a don #oart$n Sánche.

 Jrabaja en 2a&una Verde ' /eranea hace muchos a0os en ese lu&ar.Al punto de prueba )*6: <8pone que ubica a la Sra. race, enese lu&ar la ha /isto, no ha /isto a otra persona all$ e8cepto a lapersona que le cuida el terreno'su caba0a. Brecuenta pasar por ah$,conoce el sector, su parcela ' su casa. A0ade que la Sra. Smith /i/een la calle (omin&o %tae&ui con A/enida )orte. <s una esquina queda a tres calles.Al punto de prueba )* 4: Se0ala que todo lo contrario, el lu&arse /e con mucha /e&etaci"n, siempre ha' una persona haciéndole elaseo, tiene árboles frutales, está mu' bien cuidado para lo que es la=35>=6-13ona, el sector, el terreno está cerrado en su contorno por árboles,arbustos, un cerco, ' se /e bien.Al punto de prueba )*5: <8pone que ubica a la familia porquesu hermana ' su cu0ado son conocidos@ desde hace /einte o

/einticinco a0os ella ha ocupado ese lu&ar en forma pac$7ca ' a la/ista de todos, ' en forma ininterrumpida sin tener problemas connadie.(écimo Se8to: ausa a la /ista.Que, también se tu/o a la /ista la causa rol =13+-=6-- delrimer Hu&ado i/il de Valpara$so, caratulado RSánche conSmithR ' en ella consta que en la misma don #oart$n !anuelSánche %rte&a demand" a race Smith Amparán por demarcaci"n,cerramiento ' medianer$a respecto del lote 4 de la manana R%R de2a&una Verde.

<n ella se hio presente que esta 9ltima es due0a del sitio 3 dela misma manana.<sta demanda fue aco&ida por el tribunal de 1. Fnstancia ' seorden" a las partes a demarcar con si&nos o hitos /isibles el l$miteponiente del denominado lote 4. <l fallode-+ de a&osto de 6-11 enel onsiderando (<F!% S<M)(% establece que se trata de dos

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predios colindantes el de distintos due0os, con lo cual reconoce queSánche es el due0o del lote 4, reconociendo en el (<F!%

 J<;<;% que el actor de esta ' aquella causa, está amparado porel mismo t$tulo que ha in/ocado en estos antecedentes.A fojas 461 consta que la Fltma. orte de Apelaciones de

Valpara$so en fallo de 6+ de diciembre de 6-11 con7rm" lasentencia anterior.=35>=6-13

  a fojas 46 consta que la <8cma. orte Suprema de Husticiain/alid" de o7cio la sentencia del Jribunal de Alada@ ' la sentenciade reemplao re/oc" la sentencia apelada ' recha" la demanda defojas -1 de los autos, esencialmente por cuanto se estim"principalmente por dicho <8cmo. Jribunal que si se hab$ademandado instalar mojones en las l$neas de demarcaci"n estaacci"n no correspond$a pues ello procede s"lo cuando taldemarcaci"n no e8iste. (e otra parte, sostiene que en este caso setrataba de una /erdadera acci"n de dominio disfraada dedemarcaci"n.(e esta causa, en lo demás, nada consta que pueda hacermodi7car la forma como se ha decidido resol/er el presente liti&iose&9n se e8pondrá a continuaci"n.(écimo Séptimo: Pechos.Que de acuerdo con el mérito de las probanas rendidas,le&almente rendidas ' apreciadas con

orme se dirá, resulta posibledar por establecidos los si&uientes hechos:1. ;ola a fojas 636 ' 633 copia de la inscripci"n de fojas 3-??/uelta )*436 correspondiente al ;e&istro de ropiedad del a0o1??> del onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so, en cu'a/irtud el 16 de septiembre de 1??> don ;afael #udnicI #orodad sehace constar que es due0o del lote )*4, manana R%R del #alneariode 2a&una Verde, comuna de Valpara$so, terreno que adquiri" porcompra que hio a la Bundaci"n <scuela Fndustrial ' A&r$cola(omin&o %tae&ui@ ', que aquello consta de la escritura otor&adaante el )otario de Valpara$so don Alfredo !ar$n !anubens de 6> de

diciembre de 1?4>, cu'o t$tulo anterior de dominio consta inscrito afojas >5 /ta. )*?46 del ;e&istro de ropiedad del a0o 1?6-, t$tuloque se acompa0a a fojas 636.=35>=6-13Además, cabe hacer presente = desde lue&o = que en la causa,en parte al&una se ha demostrado que este t$tulo fuere injusto,an"malo o bien que la escritura correspondiente ' la inscripci"n

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consecuencial ha'an sido declaradas nulas por la e8istencia de al&9n/icio que las pri/e de sus le&ales efectos, o bien como se sostienepor la demandada que se ha'an producido incumplimientosconforme su contenido ' lo que no se ha hecho constar as$ se ha'adeterminado en juicio o se ha'a declarado as$ por la /oluntad de las

partes Bundaci"n %tae&ui ' Sr. ;afael #udnicI #orodad ' o susherederos osucesoresen los derechos que sobre este inmueblerecaen.ara estos efectos, la demandada principal es un tercero ajeno alos derechos ' acciones que las partes de dicho contrato ejercieron opudieron ejercer en funci"n de lo estipulado en ese contrato.arece, en consecuencia, la parte de do0a race SmithAmparán, de le&itimaci"n como demandada en esta causa = paraformular ale&aciones de nulidad en este juicio respecto de uncontrato del que no ha sido parte, de modo que = desde lue&o = debea7rmarse que sus ale&aciones defensi/as apo'adas en dichosar&umentos no podrán ser consideradas.6. Que, cronol"&icamente debe darse por justi7cado querespecto de do0a )isser <lena Scirica, el -? de octubre de 1??>,consta inscrito el dominio del mismo lote o sitio -4 de la mananaR%R por compra/enta que le hio el anterior don ;afael #udnicI#orodad@ lo que moti/" la inscripci"n de fojas 3361 ) 453 del;e&istro de ropiedad del a0o 1??> del onser/ador de #ienes;a$ces de Valpara$so a fa/or de do0a )isser Scirica, haciéndose

constar que el anterior t$tulo de dominio a fa/or de su /endedor es=35>=6-13precisamente el de fojas 3-?? /ta. n9mero 436 del ;e&istro deropiedad de 1??>.3. Que el 63 de ma'o de 6--1, ante el )otario 9blico deValpara$so don )aael ;iquelme <spinoa, do0a )isser <lenaScirica, como /endedora, ' don #oart$n !anuel Sánche %rte&a,como comprador, celebraron un contratodecompra/enta respecto

de este bien ra$ consistente en el lote 4 de la manana R%R,2a&una Verde, Valpara$so.A&re&a la escritura que la /endedora adquiri" dicho inmueblede compra que hio a don ;afael #udnicI #orodad el de octubrede 1??> habiendo estado inscrita la propiedad a nombre de este9ltimo se&9n fojas 3361 n9mero 453 del ;e&istro de ropiedad delonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so.3. Que consta en autos que dicha compra/enta rola inscrita a

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nombre del actor a fojas 6>1 )*35>4 del ;e&istro de ropiedad dela0o 6--1 del onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so haciendoconstar que aquella es la escritura de 63 de ma'o de 6--1, 'amencionada por la que don #oart$n Sánche %rte&a compr" ado0a )isser <lena Scirica el lote )*4, manana R%R, #alneario de

2a&una Verde, comuna de Valpara$so.4. Que en s$ntesis, la sucesi"n cronol"&ica ' concatenada desdeahora hacia el pasado demuestra:Que el demandante Sr. #oart$n Sánche %rte&a posee t$tulode dominio inscrito sobre la propiedad consistente en el lotecuatro, !anana %, #alneario 2a&una Verde, comuna deValpara$so, de acuerdo con inscripci"n de fojas 6>1 )*35>4 del;e&istro de ropiedad del onser/ador de #ienes ;a$ces deValpara$so del a0o 6--1.=35>=6-13Que adquiri" el dominio del anterior due0o, do0a )isser <lenaScirica el 63 de ma'o de 6--1.Que, a su /e do0a )isser <lena Scirica hab$aadquiridoestamisma propiedad del anterior due0o, don ;afael #udnicI #orodadel de octubre de 1??>. que a su /e este anterior due0o Sr.#udnicI lo adquiri" de la Bundaci"n %tae&ui el 14 de abril del a0o1?61.5. Que, por su parte, de acuerdo con lo e8puesto por lasmismas partes, ' conforme las testi7cales rendidas por ambas partes

resulta ser un hecho justi7cado claramente que el demandanteprincipal ' demandado recon/encional don #oart$n Sánche%rte&a, carece del ejercicio de la posesi"n material sobre este lote,puesto que as$ lo declaran tanto los propios testi&os del actor comolos de la demandada, ' as$ lo demuestra la abundante pruebadocumental especialmente presentada por la demandada, sinperjuicio de que la posesi"n inscrita obra a fa/or del demandante, 'ha obrado desde el a0o 1?6- a fa/or de sus antecesores en eldominio, lo que lo con/ierte en actual due0o no poseedor ' a su /ela demandada es poseedora Kmaterial E ' no due0a, como se detalla a

continuaci"n.>. Que respecto de la demandada principal ' demandanterecon/encional R de acuerdo con las pruebas rendidas@ testi7cales,documental e inspecci"n personal del jue, se ha justi7cadoefecti/amente que es poseedora material del inmuebleporque ahora R estoes, actualmente,ejerce sobre él la mera tenencia con el ánimus

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respecti/o, se&9n informan detalladamente sus propios testi&osse0or Sol$s aman a fojas 1??, do0a %ssand"n Suáre a fojas61+,etc., ' que a esta posesi"n debe a&re&ar ' sumarse todas las épocasen que este predio fue pose$do por su se0or padre don <dGard Smith

=35>=6-13 Hennin&s, habiéndose acreditado por lo demás que ella tiene lacalidad de hija del mismo, ' conforme lo ordenan los arts. 65-- '1 del "di&o i/il, hecho probado, entonces, ' todo lo que seprolon&a desde el a0o 1?5.. Que de lo anterior Cu'e que el actor principal ' demandadorecon/encional es efecti/amente due0o no poseedor ' por su parte lademandada principal ' demandante recon/encional es poseedora 'no due0a, en términos = esto 9ltimo = se&9n inscripci"n /i&ente dedominio a su fa/or, respecto del lote o sitio 4 de la manana R%R dela ciudad balneario de 2a&una Verde, de la omuna ' ro/incia ';e&i"n de Valpara$so.+. Que, en consecuencia /ienen a ser hechos pac$7cos ' nocontro/ertidos, que el actor principal tiene una inscripci"n dedominio /i&ente a su fa/or,se&9n ha sostenido ' probado@retrucando sobre este hecho la demandada principal al sostener quese trata de un t$tulo de papel ' que el mismo justo t$tulo no es porqueno pudo haber inscrito el actor el dominio a su fa/or ni susantecesores dado que el contrato entre la Bundaci"n %tae&ui ' el Sr.#udnicI #orodad conten$a una serie de obli&aciones ' condiciones

que una de las partes, especialmente este comprador, no cumpli".Sobre esta base, la demandada se ha opuesto a la demandane&ando sus fundamentos@ ', además ' por su parte ha demandadorecon/encionalmente, por un lado la prescripci"n adquisiti/a a sufa/or ' de otro lado ha ale&ado que e8iste prescripci"n e8tinti/a delos derechos del actor sobre este predio, ar&umento que se ajusta a lare&la del art. 651 del "di&o i/il, sin perjuicio de lo que estimará' hará constar el tribunal en cuanto a su criterio sobre la posibleprescripci"nadquisiti/a

sobreunpredio'ainscritocompetentemente en el re&istro conser/atorio de propiedad.=35>=6-13?. Que resulta rele/ante para la acertada decisi"n del juicio

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tener a la /ista que el t$tulo inscrito del demandante se encuentra enclara concatenaci"n o como resultado de una sucesi"n de poseedoresinscritos anteriores, que se fueron trans7riendo el dominio de esteinmueble de marras, ' hallándose probado por las sucesi/asinscripciones re&istrales de naturalea dominical que se alar&an

desde el a0o 1?6-, ' en cambio la posesi"n que ha ale&ado 'probado en su fa/or la parte demandada pro/iene s"lo desde el a0o1?5 R se&9n inclusi/e sus propios dichos R dado que fue este a0ocuando el padre de la Sra. Smith se adjudic" en un remate K que nose ha dicho ni menos probado que nunca lle&are a perfeccionarsecon la respecti/a inscripci"n en el ;e&istro de ropiedad delonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$soEefectuado por laBundaci"n%tae&ui, comenando en esa época su posesi"n material,

 juntamente con la de otros lotes.<n conclusi"n, los derechos de dominio sucesi/amenteinscritos que lle&an hasta el Sr. #oart$n Sánche, actor principal deeste juicio, por ahora, puede decirse que se inician no después dela0o 1?6-, ' por ende son anteriores a la posesi"n de la demandada.(e ello, ha de concluirse entonces que cuando la demandada entr" adetentar materialmente este bien ra$, lote o sitio 4 de la mananaR%R de 2a&una Verde, este inmueble 'a ten$a o contaba con unle&$timo poseedor inscrito, que era el Sr. #udnicI #oradad,antecesor de )isser Scirica ' a su /e antecesora de #oart$n

Sánche %rte&a, el actor principal.(écimo %cta/o: Análisis de pruebas rendidas ' primerasconclusiones.=35>=6-13Que de lo anterior Cu'e ser necesario atender a los ar&umentosde la demandada en cuanto se e8cepciona ante la demandarei/indicatoria sosteniendo que dada su posesi"n, tranquila 'pac$7ca no es efecti/o que el actor sea un /erdadero due0o, por ladejaci"n ' abandono en que ha mantenido el predio ' dadas lasfalencias que hace constar e8isten en el t$tulo primiti/o del Sr.

#udnicI #orodad R en anomal$as que estima se prolon&an hasta queel actor #oart$n Sánche adquiere el lote del anterior propietario, 'a0adiendo que su propia posesi"n K material E de su parte, que conla a&re&aci"n se0alada se e8tiende por más de 5 a0os asufa/or, 'que además por tener la posesi"n ' haber transcurrido todo estetiempo ' reuniéndose los demás requisitos le&ales tiene derecho a

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que se declare la prescripci"n adquisiti/a en su fa/or.A7rma que cumple con los requisitos le&ales porque se haopuesto siempre a las pretensiones del actor principal dado quemantiene la con/icci"n que sus derechos sobre el sitio en cuesti"nson reales porque su padre los adquiri" de forma licita, pa&" el

precio, adquiri" el inmueble K en remate E de buena fe@ ' ella ' él lohan pose$do materialmente desde 1?5, prote&iendo el terreno concercos perimetrales, sembrándolo ' urbaniándolo.Que, asimismo cabe tener en consideraci"n que para el actor lademandada se encuentra de mala fe, porque siempre supo que élhab$a adquirido este inmueble ' estando consciente de este hecho noha querido restituirlo buenamente ' además porque desde que él loadquiri" en 6--1 ' hasta la fecha, ha intentado /arias formas paralo&rar la restituci"n, sin lo&rarlo, lo que por lo demás la mismademandada reconoce, esto es, en cuanto a la e8istencia de juiciospenales entre las partes, ' un juicio de demarcaci"n ante el 1er.

 Hu&ado i/il de Valpara$so.=35>=6-13(écimo )o/eno: (e la relaci"n entre ambos tipos deprescripci"n.Que en cuanto a la prescripci"n e8tinti/a del derecho del Sr.#oart$n que a7rma la demandada sobre esteinmuebleello no es

más que corolario de lo que se resuel/a sobre la usucapi"n, dado queel art. 651 del "di&o i/il mencionado dispone:RJoda acci"n por la cual se reclama un derecho se e8tin&ue por laprescripci"n adquisiti/a del mismo derechoR.Vi&ésimo: Sobre la demanda recon/encional primeramente.Que en la demanda recon/encional se solicita la declaraci"n dela prescripci"n adquisiti/a del inmueble de marras en fa/or de ' porla parte demandada@ al respecto cabe se0alar = como se dirá más ene8tenso = que los requisitos de toda prescripci"n adquisiti/a son enesencia los si&uientes: posesi"n K que, como se /erá tiene un doble

aspecto: como posesi"n inscrita en cuanto a los inmuebles 'también como mero hecho material de la tenencia de una cosa con elánimus correspondiente E ' transcurso del tiempo@ ', para laordinaria, además, la e8istencia de un justo t$tulo.Vi&ésimo rimero:<fectos de los hechos fundamentalesacreditados.

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Que la parte demandada si bien lo&r" acreditar la posesi"nmaterial del inmueble, con documental, testi7cales e incluso con lainspecci"n personal del tribunal de fojas 6?-, de otro lado no pudo

 justi7car que se hubiese cancelado la inscripci"n de dominio de 16de septiembre de 1??> en la que don ;afael #udnicI #orodad

adquiri" el 2ote uatro de la !anana R%R del #alneario de 2a&unaVerde, conforme a sus ale&aciones de que dichocontratode=35>=6-13compra/enta estaba sujeto a condiciones ' que al no cumplirse estasel contrato se habr$a anulado.2a prescripci"n e8traordinaria contra t$tulo inscrito, como laale&ada en este caso podr$a tener lu&ar cuando la posesi"n seairre&ular, cuando el t$tulo no sea justo, cuando ha'a sido adquiridade mala fe@ ' los t$tulos injustos tienen la /irtud de cancelar lainscripci"n anterior ' conferir la posesi"n@ ' en este caso siendo laposesi"n irre&ular, por el t$tulo injusto, la prescripci"n a que deori&en ha de ser la e8traordinaria.ero, en este caso ' de acuerdo con las ale&aciones defensi/asde la demandada, no se justi7c" que el t$tulo del actor no sea justot$tulo ni que por los /icios o defectos que se le atribu'en por faltade cumplimiento de las obli&aciones contractuales entre #udnicI#orodad ' la Bundaci"n %tae&ui,no ha'a efecti/amenteconstituido dominio a su fa/or o que este deba ser considerado mero

t$tulo de papel, debiendo tenerse presente por consecuencia que nopuede resultar afectado por prescripci"n adquisiti/a ni a9ne8traordinaria, como se /erá en detalle, porque e8iste t$tulo inscritodel demandante principal.Vi&ésimo Se&undo: Acci"n de dominio.Que as$ las cosas, se tiene a la /ista que el art. ++? del "di&oi/il dispone que:R2a rei/indicaci"n o acci"n de dominio es la que tiene el due0o deuna cosa sin&ular de que no estáen

posesi"n, para que el poseedor de ellasea condenado a restitu$rselaR.

 , especialmente = entonces, si bien aqu$ se ha acreditadouna posesi"n material de más de 5? a0os en fa/or de la demandadaprincipal, por el tiempo que lle/a ella actuando ella misma como=35>=6-13poseedora ' que ha mantenido sobre este inmueble su tenencia

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material con el tiempo a&re&ado que detent" lo mismo su Sr. adre,a la de ella misma, no ha resultado justi7cado que la misma cuentecon el requisito de un justo t$tulo inscrito@ ' /iene a tener aplicaci"nla re&la del "di&o i/il que dispone que contra t$tulo inscrito notendrá lu&ar la prescripci"n adquisiti/a de bienes ra$ces, sino en

/irtud de otro t$tulo inscrito, conforme su art. 65-5, ' este t$tuloinscrito de esta parte demandada principal no se ha dicho ni justi7cado que e8ista.Vi&ésimo Jercero:Que, se ha dado por establecido que elactor posee t$tulo inscrito respecto del inmueble de la demanda ' demarras ' que es el de fojas 6>1 )* 35>4 del ;e&istro de ropiedaddel onser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so del a0o 6--1.

 , que el actor adquiri" este predio por compra que hio ado0a )isser <lena Scirica el lote )*4, manana R%R, #alneario de2a&una Verde, comuna de Valpara$so.Que a su /e do0a )isser <lena Scirica adquiri" del anteriordue0o don ;afael #udnicI #orodad el de octubre de 1??>. que asu /e este anterior due0o lo adquiri" de la Bundaci"n %tae&ui el 14de abril del a0o 1?61, siendo el t$tulo de esta Bundaci"n del a0o1?6-.

 Jambién es un hecho establecido que la demandada con laa&re&aci"n de la tenencia material de este predio por parte de su Sr.adre, hace ocupaci"n de este inmueble desde el a0o 1?5 cuandoeste se lo adjudicara en un remate de la Bundaci"n (omin&o%tae&ui, pero sin lo&rar obtener a su fa/or una inscripci"n

conser/atoria hasta ahora, como lo e8presa en su propia contestaci"n' demanda recon/encional.=35>=6-13abe tener presente que en la recon/enci"n la demandada, a su/e, dedujo acci"n de prescripci"n adquisiti/a ordinaria del terrenorei/indicado ', en subsidio, la prescripci"n adquisiti/ae8traordinaria, ante lo que la demandada recon/encional solicit" elrechao de dicha acci"n ar&umentando, en resumen, que en el casosub lite no se da nin&uno de los requisitos que har$an procedentedicho modo de adquirir el dominio a fa/or de la actora

recon/encional.Que, para el Jribunal,el predio objeto de la acci"n derei/indicaci"n, se encuentra plenamente indi/idualiado 'corresponde al que se re7eren sus t$tulos ' que es el sitio o lote 4 dela manana R%R de la ciudad balneario de 2a&una Verde, conformeel plano 4-4 del ;e&istro de (ocumentos de 1?5> del onser/adorde #ienes ;a$ces de Valpara$so, encontrándose sus deslindes '

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medidas claramente determinados ' establecidos en sus t$tulos ' enel respecti/o plano archi/ado en el ;e&istro de (ocumentos delonser/ador de #ienes ;a$ces de Valpara$so de 1?5>, bajo el ).4-4 ' que el Jribunal tiene precisamente a la /ista K donde constaque en la manana R%R aparece el sitio o lote 4 en una esquina entre

A/enida )orte con calle (omin&o %tae&ui ' teniendo por /ecinos allote 3 ' al lote 5, ' que indica que fue elaborado por Vicenteollo/ich, Arquitecto, el a0o 1?4? ' aprobado por (ecreto 13+ dela Alcald$a de fecha -+ de ma'o de 1?4> conforme el acuerdo )>+? de la F !unicipalidad de abril de 1?4>, ' suscrito por amilo!o'a #., (irector de %bras = ' en él consta que el que se analia escopia autoriada del ori&inal ' que este fue protocoliado bajo el ).4-4 de ;e&istro de (ocumentos de 1?5> del onser/ador de #ienes;a$ces de Valpara$so, ' que está referido a la inscripci"n de fojas>5 /ta., ). ?46 del ;e&istro de ropiedad de 1?6- E ' que se&9n=35>=6-13inscripciones sucesi/as a fa/or del demandante ' de los dosanteriores propietarios estos t$tulos se alar&an se&9n estosantecedentes hasta el a0o 1?6-, ' mismos que obran a fojas 636 a63+ de estos autos@ de modo que ha de a7rmarse que el demandantees due0o inscrito del predio sin&ular antes nombrado@ ' por otrolado, ha resultado posibleestablecerR como 'a se adelantara = que lademandada es poseedora KmaterialE del inmueble cu'arei/indicaci"n, ' asimismo usucapi"n, se reclaman.

Ahora bien, como se dijo, para adquirir la prescripci"n de unbien es necesario que concurran como presupuestos: la posesi"n 'eltranscursodeltiempo.Sobre lo primero, conforme el art$culo 64 del "di&o i/il,lainscripci"n en el ;e&istro del onser/ador de #ienes ;a$ces es el 9nicomedio para adquirir la posesi"n de los inmuebles

, ' por ende la partedemandada carece del primero de los requisitos que le habilitar$apara adquirir por prescripci"n, puesto que no tiene el requisitobásico de procedencia de este modo de adquirir, cual es la posesi"ninscrita del bien, lo que lle/a a la con/icci"n de que s"lo caberechaar los ar&umentos de prescripci"n adquisiti/a planteados.Vi&ésimo uarto:Que en /irtud de lo e8puesto pre/iamente

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se debe tener presente en cuanto a la procedencia de la acci"nrei/indicatoria ejercida en autos, que el art$culo ++? del "di&oi/il, dispone que la rei/indicaci"n o acci"n de dominio es la quetiene el due0o de una cosa sin&ular, de que no está en posesi"n, paraque el poseedor de ella sea condenado a restitu$rsela ' que se&9n su

art. 64?6 la prescripci"n es un modo de adquirir las cosas ajenas, ode e8tin&uir las acciones ' derechos ajenos, por haberse pose$do lascosas o no haberseejercidodichas acciones ' derechos durante=35>=6-13cierto lapso de tiempo, ' concurriendo los demás requisitos le&ales,de lo que emana que la interpretaci"n arm"nica de estas le'es lle/aa dar por determinado = en este caso = la e8istencia de lospresupuestos fácticos de procedencia de la acci"n de dominioprincipal ' no R por la in/ersa = de los que se in/ocan para obteneruna sentencia declarati/a de prescripci"n adquisiti/a en fa/or de lademandada ' demandante recon/encional de este juicio.Vi&ésimo Quinto:Que la tesis de la demandada principal 'demandante recon/encional que se desestima, en el fondo sesostiene sobre la posibilidad de que pueda aco&erse como decisi"nfa/orable a que se pueda adquirir por prescripci"n e8traordinaria uninmueble inscrito, sin contar con t$tulo inscrito@ ' frente a ello el/alor o fuera que tiene la posesi"n K meramente material ' noinscrita E, en este caso en un juicio rei/indicatorio en que se ha

ale&ado por /$a de acci"n recon/encional K o incluso cuando esale&ado como e8cepci"n E = la prescripci"n adquisiti/a del bien ra$objeto de la acci"n de dominio.<n este conte8to, como se dijo R ri&en los art$culos ++? del"di&o i/il, 'a referido@ ', el art. 64 del mismo cuerpo de le'espor el que si la cosa es de aquellas cu'a tradici"n deba hacerse porinscripci"n en el ;e&istro del onser/ador,nadie podrá adquirir laposesi"n de ella sinopor

este medio. Jambién, debe considerarse en esta contro/ersia de derecho,que el art$culo 65-5 del mismo te8to dispone quecontra t$tuloinscrito no tendrá lu&ar la prescripci"n adquisiti/a de bienes ra$ces, o dederechos reales constituidos en éstos, sino en /irtud de otro t$tulo inscrito, niempeará a correr sino desde la inscripci"n del se&undo.

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=35>=6-13Que, a juicio de este jue, es dable consi&nar que la ma'or$ade los tratadistas sostienen que contra t$tulo inscrito no procedela prescripci"n ordinaria ni la e8traordinaria, sino en /irtud deotro t$tulo inscrito, de manera que el mandato del art$culo 65-5 es

absoluto ' no reconoce e8cepciones, dado que esta norma noefect9a distinci"n al&una, para lue&o el le&islador s$ efectuar lamisma Ktal distinci"n E en el art. si&uiente, ' su ubicaci"n en el X6 del J Y2FF del 2. FV del "di&o i/il demuestra que dn. Andrés#ello fue hilando los conceptos en estudio desde lo más &eneral alo particular, de modo que la re&la del art. 65-5 ha de entenderseaplicable a toda prescripci"n, pues lue&o pasa a distin&uir laordinaria de la e8traordinaria.

  la re&la del art. 651-que re&ula la prescripci"n e8traordinaria,contempla la prescripci"n de toda clase de bienes, muebles e inmuebles, 'en cambio el art. 65-5 s"lo se re7ere a los bienes ra$ces inmuebles,' por eso dice relaci"n s"lo con las propiedades ra$ces que hanentrado al ré&imen de la propiedad inscrita.abe concluir quepara adquirir por prescripci"n es necesario serposeedor del bien ra$ ' la 9nica manera de adquirir la posesi"n R como sedemostrará es mediante la inscripci"n, lo que no ocurre en la situaci"n

en que se encuentra la demandada Sra. Smith. Jambién, el art$culo 6+ Kinc. 6*E dispone quemientras lainscripci"n subsista, el que se apodera de la cosa a que se re7ere el t$tuloinscrito, no adquiere posesi"n de ella ni pone 7n a la posesi"n anterior, loque si&ni7ca que el simple apoderamiento u ocupaci"n de uninmueble inscrito no da posesi"n, ' sin posesi"n no se puede lle&ara adquirir por prescripci"n.=35>=6-13

(e este modo, no se ad/ierte contradicci"n entre los arts. 6+' 65-5 del "di&o i/il sino más bien que estas le'es secomplementan, especialmente porque la primera de estas normasKinc. 1*E ordena que para que cese la posesi"n inscrita, es necesarioque la inscripci"n se cancele, sea por /oluntad de las partes, o poruna nue/a inscripci"n en que el poseedor inscrito trans7ere suderecho a otro, o por decreto judicial.Vi&ésimo Se8to:

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Que el art. 6> del "di&o i/il en cu'a/irtud se indica que se deja de poseer una cosa desde que otro seapoderadeella con ánimo de hacerla su'a, si se entendiera aplicable

a inmuebles, utiliando el criterio &eneralmente aceptado lle/a adecir que no tiene aplicaci"n a este caso dado que /ersa respecto deinmuebles no inscritos.

 , por su parte, el art. 6? del "di&o i/il hace referencia ala aplicaci"n de /iolencias o clandestinidad en el apoderamiento deun inmueble no inscrito, caso en el que ten$a la posesi"n la pierde@mas,precisamente, en estas normas el le&isladorse re7ereasimismo a inmuebles que no tienen inscripciones pre/ias, cu'o noes el caso.Vi&ésimo Séptimo: Que en su !ensaje, el redactor del "di&oi/il R e8presa:R2a inscripci"n es la que da la posesi"n real efecti/a@ 'mientras ella no se ha cancelado, el que no ha inscrito su t$tulo, no posee, esun mero tenedorR.(on Andrés #ello a/ioraba que con el sistema creado por el"di&o i/il se obtendr$an los si&uientes bene7ciosos resultados:R.caminando aceleradamente a una época en que inscripci"n, posesi"n '

propiedad ser$an términos idénticosR.

 , más adelante, el !ensaje claramente e8presa:=35>=6-13RJoda posesi"n es amparada por la le'@ pero s"lo la posesi"n re&ularpone al poseedor en el camino de la prescripci"n adquisiti/aR.

 , precisamente, el art. -6 e8presa que se llamaposesi"nre&ular a la que procede de justo t$tulo ' ha sido adquirida de buenafe@ aunque la buena fe no subsista después de adquirida la posesi"n,

' que se puede ser = por consi&uiente = poseedor re&ular ' de malafe, como /ice/ersa, el poseedor de buena fe puede ser poseedorirre&ular.

  a0ade la le' en cuesti"n.RSi el t$tulo es translaticio de dominio,es también necesaria la tradici"nR.onsta en estos antecedentes que el t$tulo del actor fue inscrito@no se ha hecho constar que el t$tulo que se0ala tener la demandada

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de rei/indicaci"n ' demandante recon/encional de prescripci"n queser$a el acta del remate por el que su padre se habr$a adjudicado elpredio en cuesti"n, que menciona, ha'a cumplido con el trámite dela tradici"n, ' siendo esta la inscripci"n en el respecti/o re&istroconser/atorio,

ha de darse por posesi"n re&ular s"lo la deldemandante principal ' no la de la demandada principal.<l inc. 7nal de esta norma reitera la necesidad de tradici"n queha de efectuarse por inscripci"n, en re&la que el art. 64 determina =sin admitir más interpretaci"n que su literalidad:RSi la cosa es de aquellas cu'a tradici"n deba hacerse por inscripci"nen el re&istro del onser/ador,nadiepodrá adquirir la posesi"n Kinscrita Ede ella sino por este medio.R<n conclusi"n, se&9n el sistema del "di&o i/il, as$ comopor un lado ha de aco&erse laacci"nrei/indicatoria del actor, ha dene&arse la defensa ' la acci"n rei/indicatoria de la demandada en=35>=6-13cuanto a que a su respecto habr$a que reconocer que la demandacarece de fundamentos ' que ha &anado por prescripci"n adquisiti/ael dominio sobre el inmueble de este liti&io, sitio 4 de la mananaR%R del lu&ar 2a&una Verde.Vi&ésimo %cta/o:

Que corresponde aclarar que ante elejercicio de la acci"n rei/indicatoria' conforme las re&lasestudiadas, este fallo se fundamenta, asimismo, en el hecho de quela demandada de rei/indicaci"n no es poseedora inscrita ' por endere&ular, sin dejar de reconocer que en todo caso = como se ha dadopor establecido es poseedora material o irre&ular en los términosdados por aplicaci"n del art.-- del "di&o i/il Kque se re7ere atodo tipo de cosas E en cuanto a la tenencia material que se detentacon el ánimus correspondiente, as$ como por aplicaci"n del art. -3

del "di&o i/il en cu'a /irtud se es poseedor irre&ular si secarece de uno o más de los requisitos, precisamente del art. -6 delmismo te8to le&al,' por ello la acci"n rei/indicatoria se ha podidoejercer en su contra conforme los arts. ++? ' ss., 'a mencionados' asimismo de acuerdo con el art. +?5 del "di&o i/il, en cuantola acci"n de dominio se diri&e contra el actual poseedor Ken estecaso, meramente poseedor material ' asimismo irre&ular

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deunbien inmuebleE.

 Jambién, debe precisarse que habiendo acreditado el actorprincipal su calidad de due0o del inmueble de marras, se encuentra

en la de7nici"n del art. ++? ' más a9n si se ha acreditado que en laespecie, el inmueble a rei/indicar es unacosa sin&ularK ' mu' biendelimitado ' determinado como se ha demostrado más arriba E ' dela que no está en posesi"n K material, sino s"lo inscrita E, para que elposeedor K material e irre&ular E sea condenado a restitu$rsela.=35>=6-132a cosa es corporal ' ra$, ' la puede rei/indicar el Sr.#oart$n Sánche dado que tiene la propiedadplenasobre esteinmueble, se&9n sus t$tulos que = prolon&ados en el tiempo haciaatrás desde sus antecesores en el dominio, se prolon&an a épocasanteriores a cuando el padre de la demandada inicia su posesi"nmaterial sobre el inmueble de marras.Vi&ésimo )o/eno:Que además, en apo'o de esta tesis cabetener presente que el art. >?> del mismo c"di&o establece quelost$tulos cu'a inscripci"n se precept9a en los art$culos precedentes,

entreellos el >+> =K por el que :RSe efectuará la tradici"n del dominio delos bienes ra$ces por la inscripci"n del t$tulo en el ;e&istro delonser/adorR.E,no darán ni transferirán la posesi"n efecti/a delrespecti/o derecho, mientras la inscripci"n no se efect9e de la manera que

en dichos art$culos se ordena.<l actor Sr. Sánche ha cumplido con ello@ la demandada Sra.Smith, no.

 Jambién, fuera de todo lo anterior, el art. 3- inc. 6* pre/ienequeno ha' adquisici"n ni pérdida de la posesi"n sin la competenteinscripci"n, ' que con todo

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, si el que tiene la cosa en lu&ar ' a nombre deun poseedor inscrito, se da por due0o de ella ' la enajena, no se pierde poruna parte la posesi"n ni se adquiere por otra, sin la competente inscripci"n.<sta competente inscripci"n, en el caso de marras, ampara

al actor principal ' no a la demandada principal.Asimismo, ' en materia de prueba, en el art. ?64 se estableceuna presunci"n de derecho al declarar la le' quela posesi"n de losderechos reales inscritos se prueba por la inscripci"n, ' mientras estasubsista, ' con tal que ha'a durado un a0o completo, no es admisiblenin&una prueba de posesi"n con que se pretenda impu&narla.=35>=6-13<l Sr. #oart$n ha tenido por subsistente su inscripci"n pormucho más lapso que un a0o.(e este modo, frente a esta norma, el derecho real de dominioque por un lado ha quedado probado por la competente inscripci"npracticada por el actor principal, ' sus antecesores dominicales, ' endesmedro de la pretensi"n contraria = justi7ca plenamente elejercicio ' la aco&ida de la acci"n rei/indicatoria@ ' por la partecontraria demandada que = si bien ha rendido prueba documental 'testi7cal K e incluso la Fnspecci"n ersonal del Hue lo demuestra Etendiente a demostrar su posesi"n K material E ' que con la a&re&adade su Sr. adre suma muchos a0os de tenencia material delinmueble, Kjusti7cado documental ' testimonialmente E,sin

embar&o, en realidad de /erdad, esta prueba no puede de formarcon/icci"n al&una en cuanto a que sir/a de fundamento para lle&ar aentender que tiene una posesi"n K re&ular E que le habilitar$a paraprescribir, puesto quelas mismas no pueden impu&nar la posesi"ninscrita del titular, Sr. #oart$n Sánche %rte&a.<l rofesor don Pumberto Jrucco hab$a sostenido en sudoctrina de la Rinscripci"n=7cci"nR K a pesar de que su Jeor$a noacepta la distinci"n entre posesi"n material e inscrita E :)o ha' prescripci"n, porque el fundamento preciso de toda

prescripci"n adquisiti/a es la posesi"n, ' 'a ten$a dicho en los arts.>?>, 6+, 6?, etc., que sin inscripci"n no ha' posesi"n posible.K(istin&uiendo este Hue, eso s$, entre posesi"n re&ular adquirida porla tradici"n ' no la meramente material que, en &eneral, de7ne elart. -- del "di&o i/il E.=35>=6-13<n conclusi"n,este

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fallo debe declarar la imprescriptibilidaddel inmueble inscrito de marras al no haberse in/ocado en su contraun t$tulo inscrito.

 Jri&ésimo:Que, como 'a se ha dicho, para adquirir la

posesi"n re&ular de un inmueble inscrito cuando se in/oca un t$tulotranslaticio de dominio, es indispensable la inscripci"n, 'a que esaes la 9nica forma de hacer la tradici"n de los inmuebles, sal/o elcaso de las ser/idumbres@ ' siendo la tradici"n requisitoindispensable de la posesi"n re&ular conforme al art$culo 6+ del"di&o i/il, la posesi"n inscrita se conser/a mientras subsista lainscripci"n ' se pierde s"lo por la cancelaci"n de la misma,entendiendo que ello ocurre 9nicamente por /oluntad de las partes@por una nue/a inscripci"n en que el poseedor inscrito trans7ere suderecho a otro, ' por decreto judicial@ ' el actor no se ha /isto,se&9n los antecedentes de autos, enfrentado a nin&una de estassituaciones.

 Jri&ésimo rimero: (eclaraci"n de mala fe demandada.Que conforme lo e8puesto se hará lu&ar a la demandarei/indicatoria de lo principal de fojas -1, ' se tendrá enconsideraci"n que la demandada no se halla de mala fe por cuanto,si bien el art. +? del "di&o i/il declara que si al&uien de mala fese da por poseedor de la cosa que se rei/indica sin serlo quedaobli&ado a la indemniaci"n@ mas, este no es el caso, porque elfundamento para permitir ' aco&er el ejercicio de la acci"n dedominio

esprecisamente la atribuci"n a la demandada de que esposeedora Kmaterial e irre&ular, pero con el ánimus respecti/o E delinmueble que ocupa, ' por lo tanto, no cabe estimarla que seencuentra dentro de la hip"tesis del art. +? del "di&o i/il.=35>=6-13Además, ella misma ha justi7cado con su prueba que seencuentra de buena fe ocupando el inmueble por el que su padrecelebr" una transferencia a su fa/or, adjudicándose en un remate elsitio 4 de la manana R%R de marras, de 2a&una Verde, junto con

otros, sin que esta parte K de la demandada E hubiera lo&radomaterialiar = al 7n, dichos actos en una inscripci"n de dominio@ ',por ende, no se ad/ierte que deba ser condenada a pa&ar perjuiciosindemniables a causa de su acusada mala fe, porque no se haencontrado en esta situaci"n pre/ista por el le&islador, lo que ha demoti/ar el rechao de la demanda en este punto, puesto que noresulta posible declararla poseedora de mala fe.Que, además, conforme el art. -> del "di&o i/il, la buena

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fe es la conciencia de haberse adquirido el dominio de la cosa pormedios le&$timos, e8entos de fraude ' de todo otro /icio, lo que = eneste caso R supone, asimismo, la persuasi"n de haberse recibido lacosa de quien ten$a la facultad de enajenarla ' de no haber habidofraude ni otro /icio en el acto o contrato.

Que, sin duda la demandada se encuentra en estos casos porquesu padre compr" en remate el sitio 4 junto con otros, al que constabaser su due0o, la Bundaci"n %tae&ui, aunque después no hio lonecesario él por s$ mismo o e8i&iéndolo foradamente a tra/és delejercicio de acciones judiciales para lo&rar perfeccionar dicho acto' lle&ar a inscribir el dominio a su nombre, ' más a9n, si un justoerror en materia de hecho no se opone a la buena fe.Que, por lo anterior, no resulta posible declarar que en sutenencia material sobre este bien de parte de la demandada ella seha'a encontrado de mala fe, porque la buena fe se presume ' no se=35>=6-13ha probado que en su conducta ha'a estado de mala fe, de acuerdocon el art. - del "di&o i/il.Que la demandada entonces, s$ deberá ser condenada arestituir el inmueble de autos al demandante principal, ' en cuanto arestituir los frutos naturales ' ci/iles quedará obli&ada a ello s"lodesde la época de la contestaci"n de la demanda de acuerdo con elart. ?- inc. 3 del "di&o i/il@ ' en cuanto a indemniar al actorprincipal por los deterioros sufridos por la cosa, s"lo podrá serobli&ada a la indemniaci"n sino en cuanto se hubiere apro/echadode ellos conforme el art. ?-> inc. 6* del "di&o i/il, todo lo que

deberá determinarse posteriormente, dada reser/a de derechos sobreeste punto efectuada por el demandante Sr. Sánche, ' para la épocade cumplimiento del fallo conforme la re&la del art. 13 inc.6* del"di&o de rocedimiento i/il.

 Jri&ésimo Se&undo: Sobre cierta prueba.Que en cuanto al resto de la prueba documental acompa0adapor la demandada, a partir de fojas 1>-, debe dejarse e8presaconstanciaque el certi7cado de nacimiento que adjunta s"loacredita ser ella misma hija de su padre.

<l certi7cado de matrimonio del Sr. #udnicI, antecesor en eldominio del actor principal, ' su certi7cado de defunci"n, nadapuede incidir en estos antecedentes, dado que no es ni ha sido parteliti&iosa en la causa.Asimismo, en cuanto al certi7cado de matrimonio de la Sra.)isser Scirica debe hacerse la misma apreciaci"n que en el párrafoanterior.=35>=6-13

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2a copia del Acta de ;emate de la Bundaci"n %tae&ui, en lamedida que no se lo&r" inscribir en el onser/ador de #ienes ;a$cesde Valpara$so no tiene /alor probatorio en contra de los t$tulos delactor principal.2os documentos de los )os. >,, +, 11, justi7can lo que obra

en autos en fa/or de la demanda del Sr. #oart$n ' no en fa/or dequien pro/ee estos antecedentes pues justi7can su actual calidad dedue0o.2os demás documentos de los n9meros 16 a 66 soncomunicaciones de respuesta a &estiones de la demandada Sra.Smith ante or&anismos de la administraci"n tendientes a que sere&ularice el lote 4 a su fa/or, sin que de ellos emane nin&9nelemento que permita resol/er de un modo distinto a lo 'a decididoen esta sentencia.2a carta del )* 63 es una nota que diri&e a la Bundaci"n%tae&ui la misma demandada principal sin que pueda ella tenerma'or /alor probatorio dado que emana de s$ misma, sal/o en lo quepudiera afectarle, pero no a la contraria.<l certi7cado del )* 64 que es la acreditaci"n de residencia dela demandada en 2a&una Verde no permite modi7car lo 'a decididoresol/er en autos, puesto que es irrele/ante que ten&a o no domicilioall$ dado que la posesi"n puede detentarse incluso sin tener al&unoresidencia en el lu&ar donde se encuentra lo pose$do.<l documento 65 sobre cuentas de ser/icio eléctrico justi7ca elconsumo eléctrico en el lu&ar desde 1??5, pero no incide en la formacomo resol/er esta causa.

=35>=6-13<l instrumento )* 6> sobre apro/echamiento de a&uas, sere7ere a un conjunto de sitios donde se halla el lote o sitio 4, peroesto es un hecho reconocido por el fallo, en cuanto a que si la Sra.Smith es poseedora material del inmueble es natural que ha'aejercido acciones acu$feras.<l instrumento )* 6 se re7ere a la construcci"n de un nue/oport"n, hecho reconocido en autos.2a copia del fallo de la <8cma. orte Suprema de Husticia,instrumento 6+, /iene a ser sobreabundante porque el Jribunal 'a

ha ponderado la misma al tener a la /ista la causa del 1er. Hu&adoi/il de Valpara$so, rol 13+-=6-- .<l documento 6? es copia del fallo ;FJ 1--=6--> del Hu&adode arant$adeValpara$so por el que se sobrese'" querella de don#oart$n en contra de la Sra. race, por usurpaci"n de terreno, de 15de octubre de 6-13, lo que no incide de manera al&una en la

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resoluci"n de estos antecedentes, puesto que en los juicios ci/ilespodrán hacerse /aler las sentencias dictadas en un proceso criminalsiempre que condenen al procesado, K ho' debe leerse : imputado Ede acuerdo con el art. 1+ del "di&o de rocedimiento i/il, ' elsobreseimiento entonces nada puede si&ni7car a los efectos de este

 juicio. Jambién, cabe consi&nar que de la audiencia de percepci"ndocumental de fs. 1?> nada Cu'e a fa/or de la pretensi"n de lademandante recon/encional ' demandada principal Sra. Smith.Que por su parte, de la absoluci"n de posiciones de lademandada principal de fojas 1- ' ss., consta que la demandadareconoce que su padre celebr" con Bundaci"n %tae&ui una escritura=35>=6-13pri/ada como Acta de ;emate de una serie de sitios de la !ananaR%R de 2a&una Verde, dentro de los que se halla el 2ote 4. ,colindantes entre s$, reconociendo ampliamente la falta de escriturap9blica.

  que su padre intent" hacer la inscripci"n, ' que tal lote 4 estácercado en su per$metro ' que as$ ha estado siempre, ' ha' dosaccesos, por A/da. )orte ' por (omin&o %tae&ui ' que las lla/eshan estado siempre en poder de la familia.)o reconoce haber pri/ado al Sr. #oart$n de su posesi"nmaterial sobreestepredio, porque se0ala que le conoci" recién en ela0o 6-- con moti/o de la querella por usurpaci"n de terreno ' que

fue su padre quien instal" cerco ' portones. )o han tenido contactopara entrar al sitio.

  se0ala una serie de actos que ha ejecutado en el terreno demarras.2ue&o hace referencia la cabida ' deslindes ' metrajes de esteloto.Fndica que no pa&a contribuciones por este sitio K ni por el )*3E ' que no lle&an los impuestos a su nombre sino a nombre de laBundaci"n. <8plica que es propietaria ' poseedora de estos sitiosdesde 1?5, dentro de los que está el sitio 3, pero que no ha'

inscripciones en el onser/ador de #ienes ;a$ces.Ar&umenta de que el actor principal Sr. #oart$n no puedeentrar a estos terrenos sin su permiso porque ha perdido dos juiciosque le si&ui" por él, ' que una /e trat" de entrar en forma /iolenta,por medio de terceros ' saltando una reja.=35>=6-13(e lo anterior, no consta que de este medio probatorio puedae8traerse al&9n antecedente o hecho que permita modi7car la forma

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como 'a se ha decidido resol/er este liti&io.Atendido el mérito de autos ' /isto además lo dispuesto en losart$culos 5>5, 5>>, 5>+, 5+6, 5++, >-, -- ' ss ., ' en especial-6, -3, -4, -5, ->, 64, 6+, ++? ' ss., +?3, +?5, +? ' ss,

?-4, ?->, ' ?-, ?64, 1>?+, 1?3 ' ss, 64?6, 64?4, 64?+ ' ss.,65--, 65-5, 65->, 65-, 651- ' si&uientesde"di&o i/il,art$culos 144, 1-, 13 inc. 6*, 654, 341 ' ss., 34>, 3+4, 4-3 ' ss.,del "di&o de rocedimiento i/il, , se declara:F.= Que se aco&e la demanda rei/indicatoria de lo principalde fojas -1 de autos, entablada por don #oart$n Sánche %rte&a,a quien se estima due0o e8clusi/o del inmueble sub judice, sitio 4de la manana R%R de 2a&una Verde, comuna de Valpara$so,indi/idualiado en el libelo,en contra de do0a race SmithAmparan.FF.= Que se ordena la restituci"n material del inmueblemateria de la litis por la demandada principal Sra. Smith en fa/ordel actor principal Sr. Sánche, a más tardar dentro de 1-* d$a de7rme ' ejecutoriado este fallo, bajo apercibimiento de ser lanadacon el au8ilio de la fuera p9blica.FFF.= Que se nie&a lu&ar a las e8cepciones perentorias de lademandada principal Sra. Smith formuladas en su contestaci"nde fojas 31 ' si&uientes.

FV.= Que para la aplicaci"n de los art$culos ?-4 ' si&uientesdel "di&o i/il, la demandada debe ser considerada poseedora debuena fe, ' no de mala fe como demandaba el actor principal.é=35>=6-13V.= Que se declara reser/ado el derecho del actor principal adiscutir sobre la especie ' monto de los frutos ' perjuiciosindemniables en la etapa de ejecuci"n del fallo, sujeto eso s$ a lae8presa declaraci"n de que la demandada era poseedora materialde buena fe ' quedando

sujetala restitución de frutos eindemniaci"n de deterioros a las re&las de los arts. ?-> inc. 6 '?- inc. 3 del "di&o i/il.VF.= Que se rechaa la demanda de declaraci"n deprescripci"n adquisiti/a a fa/or de la demandada planteada comoacci"n recon/encional por la demandada Sra. Smith en contradel actor principal Sr. Sánche, de fojas 3.

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VFF.= Que se absuel/e de las costas a la demandada principalpor no haber sido totalmente aco&ida la demanda de fojas -1, 'estimarse que ha liti&ado por moti/os plausibles.An"tese, re&$strese, notif$quese, ' en su oportunidadarch$/ese.

(ict" don #ernardo Joro Villarroel, Hue del 4* Hu&adoi/il de Valpara$so ' autoria do0a 2astenia utiérre !u0o,Secretaria KSE.Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso 7nal delart. 1>6del ... en Valparaiso, quince de Bebrero de dos mil diecis is-153?>4?6631=35>=6-13