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Universidad Nacional Experimental de Guayana Vice-Rectorado Académico Coordinación General de Pre-Grado Proyecto de Carrera: Educación ención !en"ua y !iteratura C#tedra: !e"islación Educativa Pro$esora: Alumnas: ota% Carolina Amarista% &'oanis  (etancourt% ) eni$er  a"o% Gines*a Rodr+"ue,% aniel*is Ciudad (ol+var% .eptiem/re de 0123 4ndice

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sobre la ley orgánica de educación

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Universidad Nacional Experimental de Guayana

Vice-Rectorado Académico

Coordinación General de Pre-Grado

Proyecto de Carrera: Educación ención !en"ua y !iteraturaC#tedra: !e"islación Educativa

Pro$esora: Alumnas:

ota% Carolina Amarista% &'oanis

  (etancourt% )eni$er

  a"o% Gines*a

Rodr+"ue,% aniel*is

Ciudad (ol+var% .eptiem/re de 0123

4ndice

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Pp5

Introducción

Contenido:

1. El ejercicio de la profesión docente desde el ámbito jurídico ………………04

2. e!uisitos constitucionales le"ales# $ re"lamentos para el ejercicio de la

 profesión docente ....…………………………………………………………04

%. &a estabilidad laboral del docente en la constitución $ en la le$ especial..…0'

4. (e las condiciones de trabajo de los profesionales de la docencia# del perfeccionamiento profesional del docente…………………………...….…0)

*. El derec+o de la pensión $ jubilación del docente………………….…….…0,

'. -bli"aciones del estado…………………………………………………..…11

. (isposiciones jurídicas !ue re"ulan las faltas# clases de sanciones $ procedimientos………………………………………………………………1'

Conclusión…………………………………………………………………….…......2'

eferencias biblio"ráficas………………………………………………...…………2

6ntroducción

2

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El estado /eneolano es un ente social con una ordenación estable $

 permanente# al considerarse una institución con un ordenamiento !ue abraa $

absorbe su or"aniación $ estructura# debería entonces manifestarse tal $ como es

 presentado $ establecido en la actual Constitución de la epublica oli/ariana deeneuela 3C....# es decir como un estado democrático# social de derec+o $

 justicia.

El punto de partida de un estado democrático5social# es la consolidación de

/alores fundamentales# basados en el derec+o natural de todo ser +umano. El estado

democrático entonces# es lo !ue fundamenta toda or"aniación política de la nación#

en los principios fundamentales# es social por!ue tiene como objeti/o buscar la

 justicia $ el bienestar social# así pues !ue# el marco de la le"alidad esta bajo la tuteladel estado# siendo entonces este el !ue debe responder por los derec+os !ue

corresponden al área educati/a# de i"ual forma de su mano tambi6n son se7alados los

deberes u obli"aciones correspondientes al área $ personal desempe7ado en la rama

educati/a.

&a Constitución de la epublica oli/ariana de eneuela 3C....# &e$

-r"ánica del 8rabajo 3&.-.8# &e$ (el 9e"uro 9ocial# &e$ -r"ánica de Educación

3&.-.E# e"lamento del Ejercicio de la rofesión (ocente# es el marco le"al !ue

re"ula la materia educati/a en eneuela# las cuales deberían permitir !ue reinara la

 justicia# el orden $ la se"uridad de !ue todo lo tipificado en dic+as le$es $

re"lamentos se debería de cumplir# pero la realidad !ue /i/e el estado eneolano#

está mu$ alejado del deber ser. ;demás !ue no +a +abido reformas importantes en

dic+as le$es !ue beneficien de forma total al trabajador en el área educati/a# siendo

entonces la carrera más abundante en el país $ una de las poco remuneradas.

27 El e8ercicio de la pro$esión docente desde el #m/ito 8ur+dico

%

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9e"<n lo tipificado en el artículo => 4 del e"lamento del Ejercicio de la

rofesión (ocente# se7ala lo si"uiente:

El ejercicio profesional de la docencia constitu$e una carrera#inte"rada por el cumplimiento de funciones# en las condiciones#cate"orías $ jerar!uías establecidas en este e"lamento. &a carreradocente estará a car"o de personas de reconocida moralidad $ deidoneidad docente comprobada# pro/istas del título profesionalrespecti/o.

El artículo# antes se7alado declara !ue# para ser docente el indi/iduo 3a debe

estar acreditado con un título !ue se7ale la /eracidad de la profesión# además#

dependerá de los a7os de ser/icio !ue se ten"a desempe7ando la carrera docente# para

ad!uirir al"una jerar!uía en cuanto a car"os desempe7ados dentro de la institución

educati/a donde se preste lose ser/icios# de la misma manera# el docente deberá "oar 

de 6tica profesional intac+able en el medio donde se est6 desempe7ando# cu$o

re!uisito le permitirá ad!uirir un ma$or $ mejor estatus en el ámbito educati/o.

07 Re9uisitos constitucionales le"ales% y re"lamentos para el e8ercicio de la

pro$esión docente

El artículo => * del e"lamento del Ejercicio de la rofesión (ocente# se7ala lo

si"uiente:

&a prestación del ser/icio del personal docente !ue act<e concarácter de ordinario o de interino se re"irá por lo establecido en la&e$ -r"ánica de Educación# por el presente e"lamento $ demásdisposiciones le"ales relati/as al ejercicio profesional docente# en el?inisterio de Educación# Cultura $ (eportes# en los Estados#?unicipios $ demás entidades del sector oficial@ $ en cuanto leresulte aplicable# a los profesionales de la docencia !ue presten

ser/icio en el sector pri/ado.

9e encuentra claramente indicado en lo !ue rea el artículo antes se7alado !ue#

todo personal !ue se desempe7e como docente deberá re"irse por lo establecido en la

&e$ -r"ánica de Educación 3&.-.E $ el presente re"lamento.

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9i"uiendo el mismo orden de ideas El ;rtículo => % del e"lamento del

Ejercicio de la rofesión (ocente# indica !ue:

Este e"lamento se aplicará a !uienes ejeran la profesión docente en

funciones de ense7ana# orientación# planificación# in/esti"ación#eAperimentación# e/aluación# dirección# super/isión $ administración#en el campo educati/o# con eAcepción del ni/el de educación superior.

&a &e$ -r"ánica de Educación 3&.-.E# antes de su reforma indicaba lo si"uiente:

8ítulo I de la rofesión (ocente

Art+culo ;: El ejercicio de la profesión docente estará funda mentadoen un sistema de normas $ procedimientos relati/os a in"resos#rein"resos# traslados# promociones# ascensos# estabilidad#remuneración# pre/isión social# jubilaciones $ pensiones# sanciones $demás aspectos relacionados con la prestación de ser/icios profesionales docentes# todo lo cual se re"irá por las disposiciones dela presente le$# de las le$es especiales $ de los re"lamentos !ue alefecto se dicten.

Art+culo : El personal docente estará inte"rado por !uienes ejeranfunciones de ense7ana# orientación# panificación# in/esti"ación#eAperimentación# e/aluación# dirección# super/isión $ administraciónen el campo educati/o $ por los demás !ue determinen las le$esespeciales $ los re"lamentos. 9on profesionales de la docencia los

e"resados de los institutos uni/ersitarios peda"ó"icos# de las escuelasuni/ersitarias con planes $ pro"ramas de formación docente $ de otrosinstitutos de ni/el superior# entre cu$as finalidades est6 la formación $el perfeccionamiento docentes. &a le$ especial de la educaciónsuperior $ los re"lamentos respecti/os determinarán los re!uisitos $demás condiciones relacionadas con este artículo.

&os artículos antes eApuestos# se7alan los re!uisitos !ue deberán ser cumplidos

 por los profesionales del área educati/a# aclarando un punto de importancia# !ue todo

a!uel !ue ejera la profesión docente deberá estar formado en pro"ramas o institutos

educati/os peda"ó"icos !ue ten"an la finalidad de la formación $ el

 perfeccionamiento en el campo de la docencia# es decir !ue si al"una persona

e"resada de al"<n pro"rama o instituto con una carrera sin fines educati/os# para

*

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 poder ejercer como docente deberá tener un componente peda"ó"ico en formación

docente.

<7 !a esta/ilidad la/oral del docente en la constitución y en la ley especial5

&a estabilidad laboral es un derec+o !ue "arantia el estado /eneolano $ se

demuestra en la constitución # en la &-E $ en el re"lamento de ejercicio docente

donde se establecen "arantías de su in"reso# promoción# $ estabilidad dentro del

sistema educati/o# dándole al docente se"uridad de !ue su trabajo $ su car"o estarán

en manos del estado.

&a C en el ;rtículo 104:

&a educación estará a car"o de personas de reconocida moralidad $ de

comprobada idoneidad acad6mica. El estado estimulara suactualiación permanente $ les "arantiara la estabilidad en elejercicio de la carrera docente@ bien sea p<blico o pri/ado# atendiendoa está constitución $ a la le$# en un r6"imen de trabajo $ ni/el de /idaacorde con su ele/ada misión. El in"reso# promoción $ permanenciaen el sistema educati/o# serán establecidos por le$ $ responderá acriterios de e/aluación de m6ritos# sin injerencia partidista o de otranaturalea no acad6mica.

En este artículo la C nos dice !ue el estado estará a car"o de la idoneidad

acad6mica de cada docente $ de su actualiación permanente# donde se les da aentender !ue cada docente estará bajo el control $ /i"ilancia del estado para !ue

estos est6n de acuerdo a su ni/el de trabajo correspondientes# dándoles "arantía de

!ue se les reconocerán sus estudios $ se les remunerara de acuerdo a su ni/el

apo$ándose tambi6n en le$es correspondientes al docente "arantiando de !ue el

estado les dará estabilidad laboral.

En la &-E# el ;rtículo 41 declara !ue:

9e "arantia a los $ las profesionales de la docencia# la estabilidad enel ejercicio de sus funciones profesionales# tanto en el sector oficialcomo pri/ado@ "oaran del derec+o a la permanencia en los car"os !uedesempe7an con la jerar!uía# cate"oría# remuneración $ beneficiosocioeconómico en correspondencia con los principios establecidos enla constitución de la rep<blica# en esta le$ $ en la le$ especial.

'

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 &a le$ le "arantia a cada docente estabilidad independientemente del sector en

!ue se encuentren# dándoles la oportunidad tambi6n de ejercer su car"o se"<n su

ni/el acad6mico correspondientes al re"lamento de ejercicio de la profesión docente#

está le$ /a apo$ada de lo !ue es la constitución como re"lamento principal no solo la&-E B C# le "arantian estabilidad al docente sino tambi6n el re"lamento de

ejercicio docente.

En el e"lamento de ejercicio de la profesión docente# en el artículo ,4 dice:

9e entiende por estabilidad en el ejercicio de la profesión docente# elderec+o a "oar de la permanencia en los car"os !ue desempe7en# conla jerar!uía# cate"oría# remuneración $ "arantías económicas $sociales !ue lo correspondan de acuerdo con la constitución de laep<blica# la le$ or"ánica de educación# la le$ or"ánica del trabajo#

el presente re"lamento# las clausulas contenidas en la contratacióncolecti/a $ demás normati/a le"ales /i"entes.

 

El artículo antes destacado# indica !ue de la estabilidad docente nos dice !ue

todo docente debe ser remunerado se"<n sea su jerar!uía $ cate"oría se"<n la le$#

tambi6n este re"lamento presenta otros artículos donde dice !ue esto será

correspondiente a las autoridades# como lo son# la comisión nacional de estabilidad#

la comisión re"ional de estabilidad $ la jurisdicción contencioso5 administrati/a#

tambi6n está le$ eAi"e !ue se +a"a una comisión se estabilidad donde se buscara el bien tanto para el estado $ para el docente dándole una mejor estabilidad resol/iendo

las eAi"encias !ue presenten los docente. Está comisión debe estar conformada por 

docente $ está formada se"<n la le$ lo establece.

&a finalidad de estas le$es de estabilidad docente no es más !ue el bien para las

 personas !ue ejeran está profesión $a !ue busca !ue se cumpla con todos los

derec+os !ue este puede tener# !ue se ten"a una remuneración adecuada $ !ue el

docente siempre este en constante desarrollo no solo para su beneficio sino tambi6n

 para la comunidad estudiantil# tambi6n se les da la oportunidad de !ue el docente /ea

!ue una parte fundamental en la sociedad $ !ue el estado /ela por todos sus

 beneficios

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=7 e las condiciones de tra/a8o de los pro$esionales de la docencia% delper$eccionamiento pro$esional del docente5

En el e"lamento de ejercicio de la profesión docente# ;rtículo ,2 eApresa:

&a autoridad educati/a correspondiente establecerá# en las normas $tablas !ue dicten al efecto# un sistema de remuneración para los profesionales de la docencia# !ue comprenderá:

5 n sueldo de acuerdo a la cate"oría acad6mica5 &a prima correspondiente a la jerar!uía administrati/a de docente

coordinador 5 &a prima correspondiente a la jerar!uía administrati/a de docente

directi/o# la cual será establecida de acurdo a la clasificación del plantel

5 &a prima# correspondiente a la jerar!uía administrati/a del docentesuper/isor 

5 rima por +o"ar# +ijos# residencia# lu"ar de trabajo en ona indí"ena $fronteria# anti"Dedad en la cate"oría docente I cual!uier otra !ue pudiera ser establecida por la autoridad competente.

5 onificaciones: de fin de a7o# de trabajo nocturno# /acaciones#alimentación# trasporte $ cual!uier otro !ue pudiera ser establecido por la autoridad competente.

En este artículo nos dice !ue la remuneración del docente no será i"ual para

todos sino !ue dependerá del ni/el acad6mico# lu"ar de trabajo# anti"Dedad# de !ue

clasificación ten"a la institución donde ejera entre otras cosas# dándonos a entender 

!ue cada docente puede tener diferentes primas dependiendo de al"unos factores !ue

lo determinan. &as condiciones de trabajo de los profesionales de la docencia tambi6n

está /inculado a la estabilidad laborar donde las comisiones !ue están dentro de esta

son las !ue a$udan a determinar los beneficios.

En la &-E en el artículo 41 dice !ue dependiendo de su car"o# el docente será

remunerado $ tendrá sus beneficios correspondientes# tomando en cuenta !ue en la

&-E no +a$ un artículos !ue se enfo!uen a los beneficios del docente si no al proceso

educati/o si se menciona /a"amente !ue el docente será remunerado de acuerdo a su

ni/el.

&e$ or"ánica del trabajo# ;rtículo 1*:

)

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El trabajo se lle/ara a cabo en condiciones di"nas $ se"uras# !ue permitan a los trabajadores $ trabajadoras el desarrollo de sus potencialidades# capacidad creati/a $ plena respecto a sus derec+os+umanos# "arantiando:

; ;l desarrollo físico# intelectual $ moral. El ambiente saludable de trabajoC &a protección a la /ida# la salud $ la se"uridad laboral.( &a pre/ención $ las condiciones necesarias para e/itar toda forma de

+osti"amiento o acoso seAual $ laboral.

 &as condiciones de trabajo debe estar de acuerdo al trabajo !ue se ejera en

este caso de la profesión docente como lo dice en este artículo de la le$ del trabajo

deben ser condiciones donde se pueda desempe7ar todas las condiciones para dar una

 buena ense7ana# como por ejemplo aulas acordes a la cantidad de alumnos donde seten"a un buen +i"iene# aulas !ue les proporcione tanto al alumno como al docente

se"uridad !ue no les permita correr ries"os. &a finalidad de esta le$ es !ue el

trabajador se desarrolle de manera eficiente en su ámbito de trabajo# en el caso del

docente !ue tanto el alumno como el docente se sientan a "usto en lu"ar de ense7ana

37 El derec'o de la pensión y 8u/ilación del docente5

&a norma !ue consa"ra el derec+o a la jubilación es el ;rtículo )0 de la

Constitución de la ep<blica oli/ariana !ue rea: “ Las pensiones y jubilaciones

otorgadas mediante el sistema de seguridad social no podrán ser inferiores al salario

mínimo urbano. A los ancianos y ancianas se les garantizará el derecho a un trabajo

acorde a aquellos y aquellas que manifiesten su deseo y estén en capacidad para

ello”. $ el Códi"o Ci/il en su artículo 1.,)0# /aticina un lapso de tres 3% a7os para

reclamar o solicitar la ubilación. Es decir# !ue el derec+o a la jubilación puede

reclamarse por un período de +asta tres 3% a7os# contados a partir de la fec+a de

terminación de la relación laboral.El 9e"uro 9ocial es un modelo de protección !ue solamente cubre las

necesidades e impre/isiones de los trabajadores# la &e$ del Estatuto sobre el 6"imen

de ubilaciones $ ensiones al referirse en su ;rt. 1# al tema de las jubilaciones# dice:

“la presente Ley regula el derecho a las jubilaciones y pensiones de los funcionarios

,

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 y empleados de los organismo a que se refiere el artículo F# $ es precisamente en el

;rt. %# en el cual se encuentra delimitado los diferentes ór"anos $ entes del Estado# el

cual refiere a las personas jurídicas de derec+o p<blico con forma de 9ociedades

;nónimas.9e"<n la =ue/a &e$ -r"ánica de Educación en las elaciones de trabajo $

 jubilación:

Art+culo =05 El personal docente ad!uiere el derec+o de jubilacióncon /einticinco a7os de ser/icio acti/o en la educación# con un montodel cien por ciento del sueldo $ de conformidad con lo establecido enla le$ especial.

na de las mejoras !ue contiene el nue/o instrumento le"al para los docentes es

la jubilación completa aumentando el sueldo de oc+enta por ciento# como lo

establecía la le$ de 1,)0 a un cien por ciento@ en el cual se puede recordar !ue el

capítulo I# desarrollaba ) artículos sobre las pensiones $ jubilaciones# !ue era

dele"ada en una le$ especial. e"ulaba además las pensiones en caso de incapacidad#

se establecía un a7o $ % meses por cada a7o efecti/o de ser/icio a los fines del

cómputo del tiempo de ser/icio. EApresando literalmente en su ;rtículo 10':

El personal docente ad!uiere el derec+o de jubilación con /einticincoa7os de ser/icio acti/o en la educación $ con un monto de oc+enta por ciento del sueldo de referencia. or cada a7o de ser/icio adicional este porcentaje se incrementara en un dos por ciento del sueldo dereferencia +asta alcanar un máAimo del ciento por ciento de dic+osueldo

En el re"lamento del ejercicio de la profesión docente@ 8G8&- I# Capítulo II#

(e la ubilación del ersonal (ocente# nos rea el ;rtículo 1,1:

&a jubilación $ pensiones del personal docente constitu$en un derec+oirrenunciable e imprescriptible $ una obli"ación para el Estado. ElHondo de ubilaciones $ ensiones del personal docente re"ulará todolo relati/o a la concesión $ disfrute de este derec+o.

En este artículo se pone en manifiesto el derec+o !ue tienen los docentes a las

 pensiones $ las jubilaciones# manifestándose como un acto !ue no pierde /alide $ la

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/e no puede ser objeto de renuncia# siendo obli"ación del estado cumplir con tal

re!uisito.

En el re"lamento del ejercicio de la profesión docente:

Art+culo 2>0: &os profesionales de la docencia podrán ser desi"nadosasesores em6ritos de los ser/icios oficiales respecti/os o contratados para funciones especiales en el ser/icio educati/o. En este sentido# el?inisterio de Educación# Cultura $ (eportes estimulará laor"aniación de un ser/icio permanente !ue# ten"a como objeti/ofundamental propiciar la participación $ /inculación del jubilado# al proceso# $ sistema educati/os.

9e"<n lo tipifica el artículo# se +ace referencia !ue un docente una /e jubilado

o retirado de su car"o pueden cumplir ciertas funciones siempre $ cuando est6n

dentro del ser/icio educati/o $ !ue por eso el ?inisterio +a debido propiciar ser/icios

!ue inte"ren al jubilado a los distintos procesos educati/os de forma permanente.

En el re"lamento del ejercicio de la profesión docente# en su ;rtículo 1,%: &os

derec+os económicos ori"inados por las jubilaciones $ pensiones de los profesionales

de la docencia son transferibles a sus causa+abientes# de conformidad con la

normati/a le"al.

En el presente artículo# se articula !ue el pa"o pro/eniente de las jubilaciones$o pensiones de los docentes es un derec+o !ue puede ser transferido a sus

causa+abientes# es decir un +eredero a !uien el beneficiario así decida# !ue puede ser 

lle/ado a cabo por causa de muerte mortis causa o actos inter/i/os.

;7 ?/li"aciones del estado5

-bli"aciones del estado# 9e"<n lo declarado en la C....# en su ;rtículo 102:

&a educación es un derec+o +umano $ un deber social fundamental# esdemocrática# "ratuita $ obli"atoria. El Estado la asumirá como funciónindeclinable $ de máAimo inter6s en todos sus ni/eles $ modalidades# $como instrumento del conocimiento científico# +umanístico $ tecnoló"icoal ser/icio de la sociedad. &a educación es un ser/icio p<blico $ estáfundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento# con lafinalidad de desarrollar el potencial creati/o de cada ser +umano $ el

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 pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basadaen la /aloración 6tica del trabajo $ en la participación acti/a# consciente $solidaria en los procesos de transformación social# consustanciados conlos /alores de la identidad nacional $ con una /isión latinoamericana $

uni/ersal. El Estado# con la participación de las familias $ la sociedad# promo/erá el proceso de educación ciudadana# de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución $ en la le$.

;rtículo 10% de la C...:

8oda persona tiene derec+o a una educación inte"ral de calidad# permanente# en i"ualdad de condiciones $ oportunidades# sin máslimitaciones !ue las deri/adas de sus aptitudes# /ocación $ aspiraciones.&a educación es obli"atoria en todos sus ni/eles# desde el maternal +astael ni/el medio di/ersificado. &a impartida en las instituciones del Estado

es "ratuita +asta el pre"rado uni/ersitario. ; tal fin# el Estado realiaráuna in/ersión prioritaria# de conformidad con las recomendaciones de la-r"aniación de las =aciones nidas. El Estado creará $ sostendráinstituciones $ ser/icios suficientemente dotados para ase"urar el acceso# permanencia $ culminación en el sistema educati/o. &a le$ "arantiarái"ual atención a las personas con necesidades especiales o condiscapacidad $ a !uienes se encuentren pri/ados o pri/adas de su libertado carecan de condiciones básicas para su incorporación $ permanenciaen el sistema educati/o.&as contribuciones de los particulares a pro$ectos$ pro"ramas educati/os p<blicos a ni/el medio $ uni/ersitario seránreconocidas como des"ra/ámenes al impuesto sobre la renta se"<n la le$respecti/a.

C...% ;rtículo 104: 

&a educación estará a car"o de personas de reconocida moralidad $ decomprobada idoneidad acad6mica. El Estado estimulará su actualiación permanente $ les "arantiará la estabilidad en el ejercicio de la carreradocente# bien sea p<blica o pri/ada# atendiendo a esta Constitución $ a lale$# en un r6"imen de trabajo $ ni/el de /ida acorde con su ele/adamisión. El in"reso# promoción $ permanencia en el sistema educati/o#serán establecidos por le$ $ responderá a criterios de e/aluación dem6ritos# sin injerencia partidista o de otra naturalea no acad6mica.

9e"<n la &-E# ;rtículo *:

El Estado docente es la eApresión rectora del Estado en Educación# encumplimiento de su función indeclinable $ de máAimo inter6s comoderec+o +umano uni/ersal $ deber social fundamental# inalienable#irrenunciable $ como ser/icio p<blico !ue se materialia en las políticas

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educati/as. El Estado docente se ri"e por los principios de inte"ralidad#cooperación# solidaridad# concurrencia $ corresponsabilidad. En lasinstituciones educati/as oficiales el Estado "arantia la idoneidad de lostrabajadores $ las trabajadoras de la educación# la infraestructura# la

dotación $ e!uipamiento# los planes# pro"ramas# pro$ectos# acti/idades $los ser/icios !ue ase"uren a todos $ todas i"ualdad de condiciones $oportunidades# $ la promoción de la participación prota"ónica $corresponsable de las familias# la comunidad educati/a $ lasor"aniaciones comunitarias# de acuerdo con los principios !ue ri"en la presente &e$. El Estado ase"ura el cumplimiento de estas condiciones enlas instituciones educati/as pri/adas autoriadas.

Competencias del Estado docente# en la &-E# ;rtículo ':

El Estado# a tra/6s de los ór"anos nacionales con competencia en materia

Educati/a# ejercerá la rectoría en el 9istema Educati/o. En consecuencia:25 Garanti,a: a. El derec+o pleno a una educación inte"ral# permanente#continua $ de calidad para todos $ todas con e!uidad de "6nero eni"ualdad de condiciones $ oportunidades# derec+os $ deberes.  b. &a "ratuidad de la educación en todos los centros e institucioneseducati/asc. El acceso al 9istema Educati/o a las personas con necesidadeseducati/as o con discapacidadd. El desarrollo institucional# permanencia $ óptimo funcionamiento delas misiones educati/as en sus distintas modalidades. e. &a continuidad de las acti/idades educati/as# en cual!uier tiempo $lu"ar f. &os ser/icios de orientación# salud inte"ral# deporte# recreación# cultura$ de bienestar a los $ las estudiantes !ue participan en el procesoeducati/o en corresponsabilidad con los ór"anos correspondientes. ". &as condiciones para la articulación entre la educación $ los medios decomunicación# con la finalidad de desarrollar el pensamiento crítico $refleAi/o+. El uso del idioma castellano en todas las instituciones $ centroseducati/os# sal/o en la modalidad de la educación intercultural bilin"Deindí"ena# la cual deberá "arantiar el uso oficial $ paritario de losidiomas indí"enas $ del castellano.i. Condiciones laborales di"nas $ de con/i/encia de los trabajadores $ lastrabajadoras de la educación j. Jue a nin"<n o nin"una estudiante# representante o responsable# se lecobre matrícula $ ser/icios administrati/os# como condición para elin"reso# permanencia $ e"reso de las instituciones educati/as oficiales. K. Jue a nin"<n o nin"una estudiante# representante o responsable# se lereten"a la documentación acad6mica personal# se le cobre intereses por 

1%

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insol/encia de pa"o o se tomen otras medidas !ue /iolen el derec+o a laeducación $ el respeto a su inte"ridad física# psí!uica $ moral.  l. espeto $ +onores obli"atorios a los símbolos patrios.

05 Re"ula% supervisa y controla: a. &a obli"atoriedad de la educación $establece los mecanismos para eAi"ir a las comunidades# familias# padres#madres# representantes o responsables# el cumplimiento de este deber social. b. El funcionamiento del subsistema de educación uni/ersitaria en cuantoa la administración eficiente de su patrimonio $ recursos económicosfinancieros asi"nados se"<n la &e$ de resupuesto para el EjercicioHiscal $ sus normas de "obierno de acuerdo con el principio de lademocracia participati/a $ prota"ónicac. El obli"atorio cumplimiento de la educación en la doctrina de nuestro&ibertador 9imón olí/ar# el idioma castellano# la +istoria $ la "eo"rafía

de  eneuela@ $ el ambiente en las instituciones $ centros educati/osoficiales $ pri/ados# +asta la educación media "eneral $ media t6cnica.;sí como la obli"atoria inclusión# en todo el 9istema Educati/o de laacti/idad física# artes# deportes# recreación# cultura# ambiente#a"roecolo"ía# comunicación $ salud.d. &a creación $ funcionamiento de las instituciones educati/as oficiales$ pri/adas $ la idoneidad de las personas naturales o jurídicas para elcumplimiento de los re!uisitos 6ticos# económicos# acad6micos#científicos# de probidad# eficiencia# le"itimidad $ procedencia de losrecursos para fundar $ mantener instituciones educati/as pri/adas.e. &a calidad de la infraestructura educati/a oficial $ pri/ada de acuerdocon los parámetros de uso $ dise7o dictados por las autoridadescompetentes.f. &os procesos de in"reso# permanencia# ascenso# promoción $desempe7o de los $ las profesionales del sector educati/o oficial $ pri/ado.". &a "estión de centros e instituciones educati/as oficiales $ pri/adas#con la participación prota"ónica de toda la comunidad educati/a.+. &a idoneidad acad6mica de los $ las profesionales de la docencia !uein"resen a las instituciones# centros o espacios educati/os oficiales $ pri/ados del subsistema de educación básica.i. El r6"imen de fijación de matrícula# monto# incremento# aranceles $ser/icios administrati/os !ue cancelan los $ las estudiantes# susrepresentantes o responsables# en las instituciones educati/as pri/adas.9e pro+íbe el empleo de fi"uras o modos como fundaciones# asociacionesci/iles# sociedades mercantiles# o cual!uier otro mecanismo para ejercer coerción# en la cancelación de montos superiores a los establecidos por elór"ano rector $ demás entes !ue re"ulan la materia. j. &os pro"ramas $ pro$ectos educati/os# la creación de fundacionesdestinadas a apo$arlos e instituciones en el sector educati/o de carácter 

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oficial# pri/ado# nacional# estadal# municipal $ en las demás instancias dela administración p<blica descentraliada.<5 Plani$ica% e8ecuta% coordina pol+ticas y pro"ramas:a. (e formación# orientados +acia el desarrollo pleno del ser +umano $ su

incorporación al trabajo producti/o# cooperati/o $ liberador. b. ara la inserción producti/a de e"resados uni/ersitarios $ e"resadasuni/ersitarias en correspondencia con las prioridades del lan de(esarrollo Económico $ 9ocial de la =ación.c. (e territorialiación de la educación uni/ersitaria# !ue facilite lamunicipaliación# con calidad $ pertinencia social en atención a los/alores culturales# capacidades $ potencialidades locales.d. (e desarrollo socio5co"niti/o inte"ral de ciudadanos $ ciudadanas#articulando de forma permanente# el aprender a ser# a conocer# a +acer $ acon/i/ir# para desarrollar armónicamente los aspectos co"niti/os#afecti/os# aAioló"icos $ prácticos.

e. ara alcanar un nue/o modelo de escuela# concebida como espacioabierto para la producción $ el desarrollo endó"eno# el !ue+acer comunitario# la formación inte"ral# la creación $ la creati/idad# la promoción de la salud# la lactancia materna $ el respeto por la /ida# ladefensa de un ambiente sano#  se"uro $ ecoló"icamente e!uilibrado# lasinno/aciones peda"ó"icas# las comunicaciones alternati/as# el uso $desarrollo de las tecnolo"ías de la información $ comunicación# laor"aniación comunal# la consolidación de la pa# la tolerancia# lacon/i/encia $ el respeto a los derec+os +umanos. f. (e e/aluación $ re"istro nacional de información de edificacioneseducati/as oficiales $ pri/adas# de acuerdo con la normati/a establecida.". (e actualiación permanente del currículo nacional# los teAtosescolares $ recursos didácticos de obli"atoria aplicación $ uso en todo elsubsistema de educación básica.+. ara la acreditación $ certificación de conocimientos por eAperienciacon base en el diálo"o de saberes.i. Jue desarrollen el proceso educati/o en instituciones $ centroseducati/os oficiales $ pri/ados# nacionales# estadales# municipales. j. &a creación de una administración educati/a eficiente# efecti/a# efica#desburocratiada# transparente e inno/adora# fundamentada en los principios de democracia participati/a# solidaridad# 6tica# +onestidad#le"alidad# economía# participación# corresponsabilidad# celeridad#rendición de cuentas $ responsabilidad social.l. (e in"reso de estudiantes a las instituciones de educación uni/ersitarianacionales $ pri/adas.=5 Promueve% inte"ra y $acilita la participación social:a. ; tra/6s de una práctica social efecti/a de relaciones de cooperación#solidaridad $ con/i/encia entre las familias# la escuela# la comunidad $ lasociedad.

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 b. (e las diferentes or"aniaciones sociales $ comunitarias en elfuncionamiento $ "estión del 9istema Educati/o.c. (e las familias# la escuela# las or"aniaciones sociales $ comunitariasen la defensa de los derec+os $ en el cumplimiento de los deberes

comunicacionales para la educación inte"ral de los ciudadanos $ lasciudadanas.d. En la defensa de la soberanía# la identidad nacional e inte"ridadterritorial.35 Promueve la inte"ración cultural y educativa re"ional y universala. En el intercambio de teorías $ prácticas sociales# artísticas# deconocimientos# eAperiencias# saberes populares $ ancestrales# !uefortalecan la identidad de nuestros pueblos latinoamericanos# caribe7os#indí"enas $ afrodescendientes. b. (esde una concepción de la inte"ración !ue pri/ile"ia la relación"eoestrat6"ica con el mundo# respetando la di/ersidad cultural.

c. En el reconocimiento $ con/alidación de títulos $ certificadosacad6micos eApedidos.d. ara la independencia $ cooperación de la in/esti"ación científica $tecnoló"ica.e. En la creación de un nue/o orden comunicacional para la educación.f. En la autoriación# orientación# re"ulación# super/isión $ se"uimiento alos con/enios multilaterales# bilaterales $ de financiamiento con entesnacionales e internacionales de carácter p<blico $ pri/ado# para laejecución de pro$ectos educati/os a ni/el nacional.

7 isposiciones 8ur+dicas 9ue re"ulan las $altas% clases de sanciones yprocedimientos5

9e"<n la &-E# (isposiciones 8ransitorias# (ero"atoria $ Hinal

Primera: Lasta tanto se dicten las le$es !ue se deri/en de la presente&e$# !ueda transitoriamente en /i"encia el si"uiente r6"imensancionatorio para el subsistema de educación básica:25 (urante el procedimiento de a/eri"uación $ determinación de las faltascometidas por las personas a !ue se refiere esta &e$ $ a los fines de ladecisión correspondiente# el ?inisterio del oder opular concompetencia en materia de Educación# instruirá el eApediente respecti/o#en el !ue +ará constar todas las circunstancias $ pruebas !ue permitan laformación de un concepto preciso de la naturalea del +ec+o.05  ara "arantiar los principios establecidos en la Constitución de laep<blica $ en la presente &e$# el ?inisterio del oder opular concompetencia en materia de Educación# podrá clausurar o eAi"ir lareor"aniación de las instituciones educati/as pri/adas en los cuales seatente contra ellos. &os propietarios o propietarias# directores odirectoras# educadores o educadoras# !ue resulten responsables de tales

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+ec+os serán in+abilitados +asta por die a7os para el ejercicio de car"osdocentes o administrati/os en cual!uier tipo de plantel# lapso durante elcual no podrán fundar ni diri"ir por sí ni por interpuestas personas nin"<nestablecimiento educati/o.

<5 &os propietarios o propietarias# directores o directoras de los planteles pri/ados# se"<n el caso# incurren en falta:<5a5 or omitir o eApresar indebidamente en la sede del plantel $ en losdocumentos emanados del mismo# la indicación de !ue son plantelesinscritos o re"istrados en el ni/el respecti/o.<5/5 or infrin"ir la si"uiente obli"ación: los institutos pri/ados !ueimpartan educación inicial# educación básica $ educación media $uni/ersitaria# así como los !ue se ocupen de la educación indí"ena $ deeducación especial# sólo podrán funcionar como planteles pri/adosinscritos.<5c5 or clausurar cursos durante el a7o escolar +abiendo aceptado

estudiantes re"ulares# sal/o en casos plenamente justificados# pre/iaautoriación del ?inistro del oder opular con competencia en materiade Educación $ a!uellos !ue se se7alen en las le$es especiales# mediantela adopción de medidas !ue protejan los intereses de los $ las estudiantes#$ del personal docente.<5d5or no mantener la calidad re!uerida en la ense7ana $ los ser/iciosde bibliotecas# laboratorios# educación física# orientación escolar $eAtensión cultural eAi"idos por el ór"ano rector con competencia enmateria de Educación.<5e5or incumplir en forma reiterada las obli"aciones laborales# le"ales ocontractuales con los trabajadores o trabajadoras a su ser/icio.<5$5 or /iolar reiteradamente las disposiciones $ orientacionesimpartidas por las autoridades educati/as competentes.<5$5=5 &as faltas a !ue se refiere el numeral anterior serán sancionadas conmultas entre doscientos cincuenta $ !uinientas unidades tributarias# sin perjuicio de las acciones le"ales !ue puedan deri/arse del +ec+o.<5$535 &os miembros del personal docente incurren en falta "ra/e en lossi"uientes casos:<5$535a5 or aplicación de casti"os corporales o afrentosos a los $ lasestudiantes.<5$535/5 or manifiesta ne"li"encia en el ejercicio del car"o.<5$535c5 or abandono del car"o sin +aber obtenido licencia# o antes de+aber +ec+o entre"a formal del mismo a !uien debe reemplaarlo oreemplaarla a la autoridad educati/a competente.<5$535d5 or la inasistencia $ el incumplimiento reiterado de lasobli"aciones !ue le corresponden en las funciones de e/aluación escolar.<5$535e5 or obser/ar conducta contraria a la 6tica profesional# a la moral#a las buenas costumbres o a los principios pre/istos en la Constitución dela ep<blica $ demás le$es.

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<5$535$5or la a"resión física# de palabra u otras formas de /iolenciacontra sus compa7eros o compa7eras de trabajo<5$535"5or utiliar medios fraudulentos para beneficiarse de cual!uierade los derec+os !ue acuerde la presente &e$.

<5$535'5or coad$u/ar a la comisión de faltas "ra/es cometidas por otrosmiembros de la comunidad educati/a<5$535i.or reiterado incumplimiento de obli"aciones le"ales#re"lamentarias o administrati/as.<5$53585or inasistencia injustificada durante tres días +ábiles en el períodode un mes.<5$53585;5 8ambi6n incurren en falta "ra/e los profesionales o las profesionales de la docencia en ejercicio de car"os de dirección osuper/isión de la educación# cuando /iolen la estabilidad de loseducadores o educadoras o dieren lu"ar a la aplicación de medidasile"ales contra 6stos.

<5$535855&as faltas "ra/es serán sancionadas por el ?inistro del oder opular con competencia en materia de Educación se"<n su "ra/edad#con la separación del car"o durante un período de uno a tres a7os.<5$53585@5&as faltas le/es en !ue incurran los miembros del personaldocente podrán ser sancionadas con amonestación escrita# o conseparación temporal del car"o +asta por un lapso de once meses.<5$53585>5El lapso !ue dure una sanción no será remunerado niconsiderado como tiempo de ser/icio.<5$53585215&os $ las estudiantes !ue incurran en faltas de disciplina# sesometerán a medidas alternas de resolución de conflictos# producto de lamediación $ conciliación !ue adopten los $ las inte"rantes de lacomunidad educati/a# res"uardando siempre el derec+o a la educación $a la le"islación de protección a ni7os# ni7as $ adolescentes.<5$53585225Contra las sanciones impuestas por el ?inistro concompetencia en materia de Educación# se oirá recurso contenciosoadministrati/o.<5$53585205Juienes dirijan medios de comunicación social están obli"adosaprestar su cooperación a la tarea educati/a $ ajustar su pro"ramación para el lo"ro de los fines $ objeti/os consa"rados en la Constitución de laep<blica $ en la presente &e$. 9e pro+íbe la publicación $ di/ul"aciónde impresos u otras formas de comunicación social !ue producan terror en los ni7os# ni7as $ adolescentes# inciten al odio# a la a"resi/idad# laindisciplina# deformen el len"uaje $ atenten contra los sanos /alores del pueblo /eneolano# la moral $ las buenas costumbres# la salud mental $física de la población.<5$535852<5&a reincidencia en cual!uiera de las faltas pre/istas en losnumerales anteriores será sancionada con el doble de la sanciónimpuesta.

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<5$535852=58odo lo relati/o a faltas $ sanciones en lo !ue respecta ainstitutos de educación superior uni/ersitaria# será determinado en la le$correspondiente.

9e"<n el e"lamento del Ejercicio de la profesión (ocente: (el 6"imen(isciplinario del ersonal (ocente Capítulo I# (isposiciones Menerales

Art+culo 2=0: &as disposiciones del presente capítulo re"irán para losmiembros del personal docente en ser/icio acti/o# en los distintos ni/eles$ modalidades del sistema educati/o# eAcepto el de educación superior.

Art+culo 2=<:  &os miembros del personal docente !ue incurran enincumplimiento de sus deberes# serán sancionados disciplinariamenteconforme a lo pre/isto en la &e$ -r"ánica de Educación# el presente

e"lamento $ demás normati/a jurídica sobre la materia# sin perjuicio delas responsabilidades penales# ci/iles $ administrati/as !ue pudieranderi/arse de los mismos +ec+os $ de la sanción !ue le correspondiere por efecto de otras le$es.Art+culo 2==: En el caso en !ue un docente incurra en más de una falta#se +ará la in/esti"ación conforme al procedimiento pre/isto para la falta!ue mereca la sanción más "ra/e# pero abarcará todas las faltascometidas.Art+culo 2=3: &os miembros del personal docente están en la obli"aciónde comunicar a la autoridad !ue corresponda# los +ec+os !ue merecansanciones disciplinarias conforme a la &e$ $ de los cuales ten"aconocimiento con ocasión del ejercicio de su car"o.Art+culo 2=;: ara la aplicación de toda sanción se tomarán en cuentalos antecedentes del docente# la naturalea de la falta# la "ra/edad de los perjuicios causados $ las demás circunstancias relati/as al caso. =in"<n docente podrá ser sancionado disciplinariamente sino una sola/e por una misma causa.Art+culo 2=:  &a Comisión =acional de Estabilidad $ la Comisióne"ional de Estabilidad competente tienen el deber de cuidar la debidaelaboración de los eApedientes en casos de +ec+os !ue dieren lu"ar a laaplicación de sanciones disciplinarias.Art+culo 2=@: El ?inistro de Educación Cultura $ (eportes# el (irector Meneral del ?inisterio# elefe o (irector de la Nona Educati/a# el (irector de Educación# el9uper/isor efe de (istrito# el 9uper/isor efe de 9ector# o el (irector del plantel o ser/icio educati/o# son los funcionarios competentes paraordenar# con los recursos disponibles en su ni/el o en los ni/eles jerár!uicos inferiores# la apertura de a/eri"uaciones de +ec+os !ue pudieran ser calificados como causales de sanción disciplinaria.

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Capítulo II# (e las Haltas $ de las 9anciones 9ección rimera# (e las Haltas:

Art+culo 2=>: ; los efectos de aplicación de sanciones disciplinarias las faltas

cometidas por el personal docente se clasifican en "ra/es $ le/es.

Art+culo 231: &os miembros del personal docente incurren en falta "ra/een los si"uientes casos:

5 or aplicación de casti"os corporales o afrentosos a los alumnos.5 or manifiesta ne"li"encia en el ejercicio del car"o.5 or abandono del car"o sin +aber obtenido licencia o antes de +aber 

+ec+o entre"a formal del mismo a !uien deba reemplaarlo o a laautoridad educati/a competente# sal/o !ue medien moti/os de fuerama$or a casos fortuitos.

5 or la inasistencia $ el incumplimiento reiterado de las obli"aciones !ue le

corresponden en las funciones de e/aluación del rendimiento estudiantil.5 or obser/ar conducta contraria a la 6tica profesional.5 or /iolencia de +ec+o o de palabras contra sus compa7eros de trabajo.5 or utiliar medios fraudulentos para beneficiarse de cuales!uiera de los

derec+os !ue acuerde la &e$ -r"ánica de Educación $ el presentee"lamento.

5 or coad$u/ar a la comisión de faltas "ra/es cometidas por otros miembros dela comunidad educati/a.

5 or reiterado incumplimiento de obli"aciones le"ales re"lamentarias oadministrati/as.

5 or inasistencia injustificada durante tres días +ábiles o seis turnos de trabajoen el período de un mes.

Art+culo 232: 8ambi6n incurren en falta "ra/e los profesionales de ladocencia en ejercicio de car"os de dirección o super/isión de laeducación# cuando /iolen o amenacen la estabilidad de los educadores odieren lu"ar a la aplicación de medidas le"ales contra 6stos.Art+culo 230: &os miembros del personal docente incurren en falta le/een los si"uientes casos:

5 etardo reiterado en el cumplimiento del +orario de trabajo.5 Inasistencia injustificada al trabajo durante dos 32 días +ábiles en el

t6rmino de un mes.5 Incumplimiento de las normas de atención debida a los miembros de la

comunidad educati/a.5 Incumplimiento reiterado de las acti/idades docentes relati/as a la

 planificación# desarrollo de la ense7ana# $ uso $ mantenimiento de lasa$udas peda"ó"icas en el aula.

5 etardo injustificado en la entre"a de los recaudos relati/os a laadministración escolar.

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e las .anciones Art+culo 23<: &as sanciones disciplinarias aplicables alos miembros del personal docente son:

5 ;monestación oral.5 ;monestación escrita.

5 9eparación temporal del car"o#5 (estitución e in+abilitación para el ejercicio de la profesión docente.e las AmonestacionesArt+culo 23=: &a amonestación oral consiste en la represión !ue +ace elsuper/isor inmediato# en el lu"ar de trabajo# personal $ pri/adamente# aldocente objeto de la sanción.Art+culo 233: 9on causales de amonestación oral:

5 etardo injustificado $ reiterado en el +orario de trabajo.5 etardo en la entre"a de recaudos de la planificación ense7ana o

e/aluación de los alumnos.5 Halta de cortesía en el trato con miembros de la comunidad educati/a.

Art+culo 23;:  &a amonestación escrita consiste en la represión !ue#eAtendida por escrito# +ace el funcionario de ma$or jerar!uía dentro delser/icio o plantel# al docente objeto de la sanción.Art+culo 23: 9on causales de amonestación escrita:

5 8res amonestaciones orales en el t6rmino de un a7o.5 &a inasistencia injustificada al trabajo durante un 31 día +ábil# o dos

turnos de trabajo# en el t6rmino de un mes.5 &a inasistencia injustificada al trabajo durante dos 32 días +ábiles en el

 plao de seis 3' meses# o durante tres 3% días +ábiles en el plao de una7o.

Art+culo 23@:  8res amonestaciones escritas constitu$en causal deseparación del car"o# cuando se producan dentro del plao de un a7o.(e la (estituciónArt+culo 23>: &a destitución consiste en la separación definiti/a delcar"o o car"os !ue /enía desempe7ando el docente# con in+abilitación para el ser/icio en car"os docentes# durante un período de tres a cincoa7os# por decisión moti/ada del ?inistro de Educación# Cultura $(eportes.(e la 9eparación del car"o# ;rtículo 1'0:  &a separación del car"oconsiste en la pri/ación temporal de su ejercicio# sin remuneración niconsideración de tiempo de ser/icio.Art+culo 2;2: El abandono injustificado del trabajo durante dos 32 días+ábiles constitu$e causal de separación del car"o por un mes# cuando se produca en el plao de treinta 3%0 días continuos. &a reincidencia escausal de separación por tres 3% meses# si se produce en el plao de una7o.Art+culo 2;0: 9on causales de separación del car"o +asta por un lapso deonce 311 meses# las si"uientes:Laber sido objeto de tres 3% amonestaciones escritas en el t6rmino de una7o.

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Incumplir en forma injustificada $ reiterada con el tiempo destinado parael lo"ro de los objeti/os pro"ramáticos.Incumplimiento injustificado en la entre"a de los recaudos de laadministración escolar.

Insubordinación reiterada a la autoridad educati/a competente.Art+culo 2;<: &a suspensión con "oce de sueldo terminará# además de lo pre/isto en el artículo anterior# por re/ocatoria de la medida# o si sedictare decisión de sobreseimiento# o absolución en la a/eri"uaciónefectuada# o si al funcionario le fuere impuesta una sanción con moti/odel procedimiento disciplinario iniciado.Art+culo 2;=: &as faltas "ra/es serán sancionadas por el ?inisterio deEducación# Cultura $(eportes se"<n la "ra/edad# con la separación del car"o durante un periodo de uno 31 a tres 3% a7os.&a reincidencia en la comisión de falta "ra/e será sancionada con

destitución e in+abilitación para elEjercicio en car"os docentes o administrati/os durante un período de tres3% a cinco 3* a7os.Art+culo 2;3: &os miembros del personal docente !ue incurran en faltasle/es# !uedan sujetos a las si"uientes sanciones disciplinarias:;monestación oral.;monestación escrita.9eparación temporal del car"o sin "oce de sueldo# +asta por un lapso deonce 311 meses.;rtículo 1'': &a amonestación oral $ la amonestación escrita seránsancionadas por el (irector del plantel# efe de (istrito# efe o (irector de Nona Educati/a# o efe del 9er/icio Educati/o o dependenciaadministrati/a a la cual est6 adscrito el docente sancionado. &a sanciónde separación del car"o será aplicada mediante esolución moti/ada# por el ?inistro de Educación# Cultura $ (eportes# !uien establecerá# por la"ra/edad de la falta# el t6rmino de la sanción# de la si"uiente manera:Lasta por once 311 meses en los casos de reincidencia o los pre/istos enlos numerales 1 $ 2 del artículo 1'1# $ +asta por seis 3' meses los pre/istos en los numerales 2 $ 4# del mismo artículo 1'1 de estee"lamento.Contra las sanciones impuestas por faltas le/es los docentes podránintentar los recursos de reconsideración $ jerár!uico establecidos en la&e$ -r"ánica de rocedimientos ;dministrati/os.

.ección .e"unda% e los Procedimientos isciplinarios y de la6nstrucción de ExpedientesArt+culo 2;: Cuando un docente presuntamente +ubiere incurrido en un+ec+o !ue amerite amonestación oral# su superior inmediato# oído eldocente# decidirá sobre su responsabilidad $ aplicará la sanción si laconsiderare procedente.

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Art+culo 2;@:  Cuando se +ubiere cometido un +ec+o !ue ameriteamonestación escrita# el funcionario de ma$or jerar!uía dentro delser/icio o plantel educati/o# oirá al docente# pre/ia participación /erbaldel +ec+o !ue se le impute. -ído el funcionado se emitirá un informe !ue

contendrá una relación sucinta de los +ec+os $ de las conclusiones a !uese +a$a lle"ado. 9i resultase la responsabilidad del docente# se aplicará lasanción procedente.Art+culo 2;>: ealiada la amonestación oral o escrita# se comunicará por escrito a la -ficina deersonal $ al Comit6 de 9ubstanciación respecti/o# para su re"istro en laLoja de 9er/icio del docente sancionado.Art+culo 21: El funcionario facultado para aplicar la sanción podrásolicitar la colaboración de la-ficina de ersonal $ de la Contraloría Interna del ?inisterio deEducación@ Cultura $ (eportes# se"<n sea el caso# en la práctica de las

dili"encias !ue fueren necesarias para realiar la in/esti"ación.Art+culo 22:  En a!uellos casos en !ue# atendida la "ra/edad o lanaturalea de la infracción# un docente presuntamente +ubiere incurridoen +ec+os !ue ameriten la separación del car"o#destitución e in+abilitación# el ?inistro de Educación# Cultura $(eportes# el (irector Meneral del ?inisterio# el efe o (irector de laNona Educati/a# el (irector de Educación# el 9uper/isor efe de (istrito#el 9uper/isor efe de 9ector# o el (irector de plantel o ser/icio educati/o#ordenará lle/ar a cabo la respecti/a a/eri"uación administrati/a inicial# lacual deberá realiarse dentro de un lapso de treinta 3%0 días +ábiles a partir de la fec+a en !ue se imparta la orden# prorro"ables por una sola/e si fuere necesario.Art+culo 20:  El funcionario desi"nado para realiar la a/eri"uaciónelaborará un eApediente# foliado en letras $ n<meros# !ue contendrá lasdeclaraciones del docente in/esti"ado# las actuaciones practicadas $# en"eneral# todo el material probatorio para +acer constar los +ec+os# contodas las circunstancias !ue puedan influir en su calificación. En elinforme final de la a/eri"uación se especificará $ moti/ará lasconclusiones sobre la participación del docente en los +ec+os# !ue puedan dar ori"en a la apertura de eApediente disciplinado.Art+culo 2<:  ara la a/eri"uación $ determinación de faltas presuntamente cometidas por miembros del personal docente# a los finesde la decisión correspondiente# se instruirá el eApediente respecti/o# deacuerdo al si"uiente procedimiento:El (irector de Educación o de la Nona Educati/a# al tener conocimientodel resultado de una a/eri"uación administrati/a inicial# en la !ue resulte presuntamente responsable de la comisión de faltas un docente# procederá a ordenar la emisión del ;cta de roceder# $ desi"nará alInstructor 

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Especial para !ue dirija la a/eri"uación del caso# suministrándole toda lainformación $ documentos pertinentes. El (irector del plantel#9uper/isor del sector# efe de (istrito# de 9er/icio o (irector de Nona o(irector de Educación# son los funcionarios competentes para emitir el

;cta de roceder !ue da inicio al procedimiento disciplinario.Art+culo 2=: &a oleta de Citación deberá contener:Identificación del or"anismo del ?inisterio de Educación# Cultura $(eportes !ue lle/e a cabo la instrucción del eApediente.Identificación precisa $ completa del docente citado a comparecer.&apso no inferior a cinco 3* días +ábiles en el cual debe comparecer eldocente citado.El inicio del lapso de comparecencia no podrá fijarse antes del tercer día+ábil si"uiente a la citación personal# $ a los !uince 31* días +ábiles sifuere +ec+a mediante cartel publicado en prensa de amplia circulación en

la re"ión del plantel o ser/icio en el cual se desempe7a el a/eri"uado.Lorario de oficina dispuesto para el lapso de comparecencia.Hormulación completa $ precisa de los +ec+os $ car"os !ue se imputan aldocente citado.Indicación al citado de !ue puede contestar# aclarar o informar sobre los+ec+os# $ sobre su responsabilidad en ellos# en el mismo acto decomparecencia# o dentro de un nue/o lapso de die310 días +ábiles a contar desde el día de la comparecencia.Indicación al citado de !ue puede ne"arse a declarar conforme alrincipio Constitucional !ue lo prote"e# contestar los car"os /erbalmenteen el momento de la comparecencia# o presentar un escrito# o solicitar una prórro"a por el mismo lapso de comparecencia para presentar unescrito de respuesta# rec+ao# aceptación o descar"o.&u"ar# fec+a $ +ora de elaboración de la oleta de Citación.Identificación $ firma del Instructor Especial.Art+culo 23: &a citación del docente deberá +acerse personalmente# ensu dependencia de trabajo o en su domicilio# en +orario +ábil para elejercicio de la docencia.Art+culo 2: 9i el docente in/esti"ado no compareciere dentro del lapsofijado en la oleta de Citación o en el Cartel publicado# se dejaráconstancia de ello en el eApediente instruido.Art+culo 2@:  El día +ábil si"uiente a la terminación del lapso decomparecencia# el Instructor Especial procederá a fijar en el eApediente el;uto de ;pertura del lapso robatorio dentro del procedimiento. El lapsode promoción de pruebas# en el cual el in/esti"ado podrá promo/er osolicitar las dili"encias !ue considere necesarias $ pertinentes# será dedie 310 días +ábiles. B el lapso para e/acuar las pruebas promo/idas# enel cual tambi6n podrá presentar nue/os informes o documentos# será de!uince 31* días +ábiles.

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http://slidepdf.com/reader/full/trabaj-final-568e0f071938c 25/27

Art+culo 2>: El Instructor Especial deberá /elar por el cumplimientoestricto de los lapsos $ procedimientos probatorios $ dará todas lasfacilidades posibles al docente a/eri"uadoArt+culo 2@1:  Concluido el lapso probatorio# el Instructor Especial

 procederá a fijar# para el !uinto3*O día +ábil si"uiente# el ;cto de Informe# en el cual el interesado podráconsi"nar escritos con las conclusiones $ análisis sobre los +ec+osreco"idos en el EApediente# !ue puedan ilustrar sobre el reconocimientode la causa.Art+culo 2@2:  El Instructor Especial le/antará un ;cta Hinal con elresumen de todas las circunstancias contenidas en el eApediente $ dejaráconstancia moti/ada de su opinión sobre la procedencia de medidasdisciplinarias# con la fundamentación le"al $ re"lamentariacorrespondientes.Art+culo 2@0: El docente a/eri"uado tendrá acceso al eApediente !ue se

est6 instru$endo en todo momento $ etapas del proceso# pudiendo leer $obtener copias certificadas por el Instructor. En todas sus actuaciones eldocente podrá estar asistido de ;bo"ado de su confiana.Art+culo 2@<: Concluidas todas las actuaciones# el Instructor Especialre/isará el eApediente# cuidando !ue est6 debidamente foliado en letras $n<meros# ordenado cronoló"icamente $ firmadas $ selladas todas las;ctas $ recaudos.Art+culo 2@=:  En a!uellos casos en !ue se desprenda la presuntaresponsabilidad de un docente en faltas !ue ameriten sancióndisciplinaria con separación del car"o# destitución e in+abilitación para elejercicio profesional# el Instructor Especial elaborará el Informe Hinal $remitirá el eApediente al ?inistro de Educación# Cultura $ (eportesArt+culo 2@3: &os miembros del personal docente !ue +ubieren sidosancionados de conformidad con las pre/isiones de la &e$ -r"ánica deEducación $ el presente e"lamento# podrán ejercer el recurso dereconsideración contra las sanciones impuestas por el ?inistro deEducación# Cultura $ (eportes $ el recurso jerár!uico.

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Conclusión

eneuela es un estado democrático social de derec+o $ justicia# así# lo

establece la constitución por lo tanto todos los ciudadanos tienen el derec+o deutiliar los ór"anos competentes !ue les permitan +acer /aler sus derec+os $ cumplir 

sus deberes. Es de /ital importancia para el profesional de la educación conocer el

contenido de las le$es !ue les permitirán conocer sus deberes $ tambi6n sus derec+os#

dando continuidad entonces a los principios enmarcados en la constitución# los cuales

se7alan los /alores# moral# 6tica $ buenas reputación !ue debe poseer el educador.

En tiempos actuales se +an incrementado las políticas educati/as en todos los

ni/eles $ modalidades !ue permite la inclusión de todos los /eneolanos# en todas lasedades# reli"iones# etnias# sin distinción política $ así lo"rar una educación inte"ral.

or lo cual es necesario acotar !ue los artículos de las le$es $ re"lamentos se7alados

en la presente in/esti"ación# permiten +acer del conocimiento al trabajador en el área

de educación de !ue manera# forma $ tiempo deberá proceder dependiendo el caso

!ue se le presente. (e la misma manera es importante acotar !ue las necesidades de

un pueblo "eneran nue/as le$es $ normas para poder tratarlas $ adaptarlas# por lo !ue

las mismas tienen de acuerdo a la situación político5social !ue atra/iese el país# las

mismas serán reformadas o abolidas.

&a educación es uno de los pilares fundamentales !ue sustenta cual!uier nación#

 por lo tanto si la misma no es de calidad# tendremos tristemente un país pobre en

conocimiento# !uedara de parte del estado mejorar las condiciones laborales de los

educadores para !ue la misma pueda posicionarse como es debido dentro de la

sociedad# e impartirse de la forma adecuada# libre $ estrat6"ica# sin tener tildes

 políticos !ue la manipulen# $a !ue todo educador debería ser autónomo en su espacio#

 por!ue la transmisión del conocimiento es diferente para cada indi/iduo# $ coneducación es posible combatir muc+os terrenos 3inse"uridad# salud# política# etc…

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Re$erencias (i/lio"r#$icas

  Maceta -ficial =O *.4*%.  !onstituci"n de la #ep$blica %oli&ariana de

'enezuela. 'enezuela. 24 de maro de 2000

  Maceta -ficial =O *.4,'. #eglamento del (jercicio de la )rofesi"n *ocente.

(ecreto 1.011. %1 de octubre de 2000. 'enezuela.

  Maceta -ficial =O %'.). Ley +rgánica de (ducaci"n. (ecreto =O %1%. 1* de

septiembre de 1,,,. 'enezuela.

  ,aceta +ficial - /.0/. &e$ -r"ánica del 8rabajo.01 de junio de 0112.

'enezuela.

Maceta -ficial =O *.),1. &e$ (el 9e"uro 9ocial. %1 de julio de 200). 'enezuela.