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THE NEW MARKETING MIX 1 LEGAL Legal 1. DEFINICIÓN: Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad, inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. 2. CONCEPTO: Es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales. Conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto sin tener en cuenta si es o no justa; es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, existe la norma sea justa o no lo sea. 3. CASO DE ÉXITO: 11 de Julio del 2005. Argentina. La semilla legal garantiza el éxito del cultivo. Para coronar una producción acorde con los objetivos, la simiente debe ser la correcta y poseer una excelente sanidad. El éxito de cualquier producción agrícola depende de numerosos factores que deben tenerse en cuenta para que su resultado productivo y, por ende, económico, sean los esperados. El esfuerzo realizado en todas las etapas productivas puede ser en vano si se descuida o se pone poco énfasis en algunas de ellas. Cualquier ciclo productivo comienza con la elección correcta de la semilla y de la calidad y sanidad que esta posee en su interior. Una semilla de calidad es un factor determinante para poder llevar a cabo una agricultura eficiente y que pueda garantizar el desarrollo efectivo del cultivo para obtener una cosecha que pueda satisfacer la creciente demanda de alimentos y de otros productos derivados de las especies vegetales en toda la tierra. En la región del Noa y en Tucumán, especialmente, se realizan producciones de diferente índole. Todos los años hace falta gran cantidad de semillas para aquellas actividades centradas en cultivos de especies anuales y también las semillas o propágulos para las perennes. Producciones de soja, de maíz, de trigo, de poroto, de sorgo, de tabaco, de frutilla y de hortalizas, en general, son actividades que requieren todos los años nuevas semillas para el ciclo productivo. Los cultivos como cítricos, especies forestales, caña de azúcar y cualquier especie frutal requieren de semillas una sola vez en su etapa productiva, pero esta debe guardar tal calidad y sanidad que asegure al productor rindes satisfactorios en todos los años de su ciclo productivo. Cualquier semilla que se lleva a la tierra debe asegurar y garantizar al productor que lo que se implanta es realmente lo que se dice que es. Significa confiar en que tiene la sanidad y la calidad necesarias para llevar al ciclo productivo al éxito deseado, si se cumplen con todos los manejos y trabajos necesarios en el ciclo productivo. La pureza varietal, el poder germinativo, su potencia de nacimiento, su sanidad y la libre presencia de plagas y enfermedades son factores que siempre se deben tener en cuenta. Es por ello que, para que la garantía funcione y el productor este protegido como corresponde, deben utilizarse semillas de origen sexual o asexual como plantas, yemas, tubérculos, bulbos o estacas que se encuentren certificadas y que cumplan con un efectivo sistema de fiscalización por parte del Estado, si la semilla es comercializada. Además, deben contar con la garantía de calidad y de sanidad por la empresa obtentora (creadora). En este sentido, el Estado tiene un rol trascendente que debe cumplir y lo realiza a través de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247. El Estado promueve y otorga todos los medios para una eficiente actividad de creación, multiplicación y comercialización de semillas, la protección de la propiedd de nuevos cultivares para los creadores y, a la vez, asegura a todos los productores

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LEGAL Legal 1. DEFINICIÓN: Es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad, inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. 2. CONCEPTO: Es el conjunto de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos interpersonales. Conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social. Esto sin tener en cuenta si es o no justa; es decir que si se ha llevado a cabo el procedimiento adecuado para su creación, existe la norma sea justa o no lo sea. 3. CASO DE ÉXITO: 11 de Julio del 2005. Argentina. La semilla legal garantiza el éxito del cultivo. Para coronar una producción acorde con los objetivos, la simiente debe ser la correcta y poseer una excelente sanidad. El éxito de cualquier producción agrícola depende de numerosos factores que deben tenerse en cuenta para que su resultado productivo y, por ende, económico, sean los esperados. El esfuerzo realizado en todas las etapas productivas puede ser en vano si se descuida o se pone poco énfasis en algunas de ellas. Cualquier ciclo productivo comienza con la elección correcta de la semilla y de la calidad y sanidad que esta posee en su interior. Una semilla de calidad es un factor determinante para poder llevar a cabo una agricultura eficiente y que pueda garantizar el desarrollo efectivo del cultivo para obtener una cosecha que pueda satisfacer la creciente demanda de alimentos y de otros productos derivados de las especies vegetales en toda la tierra. En la región del Noa y en Tucumán, especialmente, se realizan producciones de diferente índole. Todos los años hace falta gran cantidad de semillas para aquellas actividades centradas en cultivos de especies anuales y también las semillas o propágulos para las perennes. Producciones de soja, de maíz, de trigo, de poroto, de sorgo, de tabaco, de frutilla y de hortalizas, en general, son actividades que requieren todos los años nuevas semillas para el ciclo productivo. Los cultivos como cítricos, especies forestales, caña de azúcar y cualquier especie frutal requieren de semillas una sola vez en su etapa productiva, pero esta debe guardar tal calidad y sanidad que asegure al productor rindes satisfactorios en todos los años de su ciclo productivo. Cualquier semilla que se lleva a la tierra debe asegurar y garantizar al productor que lo que se implanta es realmente lo que se dice que es. Significa confiar en que tiene la sanidad y la calidad necesarias para llevar al ciclo productivo al éxito deseado, si se cumplen con todos los manejos y trabajos necesarios en el ciclo productivo. La pureza varietal, el poder germinativo, su potencia de nacimiento, su sanidad y la libre presencia de plagas y enfermedades son factores que siempre se deben tener en cuenta. Es por ello que, para que la garantía funcione y el productor este protegido como corresponde, deben utilizarse semillas de origen sexual o asexual como plantas, yemas, tubérculos, bulbos o estacas que se encuentren certificadas y que cumplan con un efectivo sistema de fiscalización por parte del Estado, si la semilla es comercializada. Además, deben contar con la garantía de calidad y de sanidad por la empresa obtentora (creadora). En este sentido, el Estado tiene un rol trascendente que debe cumplir y lo realiza a través de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247. El Estado promueve y otorga todos los medios para una eficiente actividad de creación, multiplicación y comercialización de semillas, la protección de la propiedd de nuevos cultivares para los creadores y, a la vez, asegura a todos los productores

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agrarios usuarios de esas semillas la identidad y la calidad garantizada. Es por ello que para avalar lo enunciado, no sólo hace falta una correcta aplicación de la norma por parte de las autoridades de aplicación sino también que el productor sea conciente que para que todos los años se pueda disponer de la mejor simiente y la mejor variedad, use siempre las semillas legales aptas para cada una de las zonas y regiones productivas. Actualmente crear, descubrir y desarrollar las mejores semillas para cualquier producción en cualquier parte del mundo requiere de muchos años de investigación, ensayos, cruzamientos, selección, análisis comparativos de muchos investigadores y técnicos de las empresas obtentoras, dedicadas a esta actividad. Hoy existe una notable evolución productiva y un rápido progreso de los sistemas para obtener rendimientos impensados por unidad de superficie en diferentes situaciones de cultivo. Esto se logró gracias a los esfuerzos de investigación fuertemente vinculados con la tecnología y con la biotecnología utilizada. Esos esfuerzos deben ser recompensados como corresponde y esto sólo se logra con el uso de semilla legal y pagando el correspondiente derecho de autor o royalty. Este derecho finalmente va en beneficio del productor, ya que año tras año aparecen nuevos cultivares o variedades que se adaptan a las necesidades de cada una de las zonas productoras. Cumplir con la ley de semillas reviste de gran importancia para que el sistema de provisión se semillas continúe funcionando. No sólo es función del Estado sino también de los usuarios. Del cumplimiento de esa premisa depende tener en el país y en la región las mejores semillas que se obtienen día a día en en mundo. 4. CASO DE FRACASO: Argentina.Mayo del 2006. El fracaso del Napster legal. Parece que el cambio de plataforma de intercambio de archivos "piratas" a una "empresa de venta de música por descargas" no fue la mejor decisión de Napster. De hecho, han vuelto a dar un giro de tuerca en su modelo para ofrecer una versión gratuita en streaming con anuncios. La idea es que el usuario pueda elegir que canciones quiera escuchar del catálogo de Napster, pero con el límite de poder hacerlo sólo hasta cinco veces por cada una. A la sexta la idea es que el cliente "pique" y la compre o se haga suscriptor. Partiendo de que es gratuito, el nuevo Napster viene a ser una especie de radio bajo demanda con la limitación del número de veces que se puede escuchar la misma obra. Lees una buena crítica de un grupo, pues que mejor que ir a Napster y escucharles gratis antes de adquirir la música por otra vía o ir a un concierto. Leyes 1. DEFINICIÓN: Es una norma jurídica dictada por el legislador. 2. CONCEPTO: Un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia, y para el bien de los gobernados. Su incumplimiento trae aparejada una sanción. 3. CASO DE ÉXITO: A un año de haberse aprobado. Para Marcelo Ebrard dicha legislación como política de salud pública ha sido una estrategia adecuada. 22/04/2008 | Notimex.-México. El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Marcelo Ebrard, calificó como un éxito la aplicación de la ley de interrupción legal del embarazo, a un año de haberse aprobado, toda vez que reduce los riesgos para las personas que toman esa decisión. Entrevistado al término de la presentación de la Coordinación de Cultura Deportiva Física y de Salud, el mandatario local consideró que dicha legislación como política de salud pública ha sido una estrategia adecuada y adelantó que en este tema se aplicarán una serie de medidas que posteriormente se darán a conocer. A su vez, el secretario de Salud del Distrito Federal, Manuel Mondragón y Kalb, señaló que hasta el momento se han recibido 11 mil 402 solicitudes, de las cuales

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en siete mil 776 casos se ha practicado la interrupción del embarazo con un registro de .04 por ciento de complicaciones. El funcionario local destacó que el ciento por ciento de las pacientes que se acercan para informarse del tema se van con la información necesaria sobre los cuidados en la vida sexual. Recordó el caso de la menor que falleció cuando se le practicaba la interrupción del embarazo y aseguró que el médico responsable fue cesado por incumplir con las disposiciones del reglamento. 4. CASO DE FRACASO: 4 de Julio del 2007.Fracaso de la reforma migratoria.El fracaso del proyecto de ley de reforma migratoria en el Senado de Estados Unidos es un duro revés para millones de inmigrantes en Estados Unidos y para su comunidad hispana que esperaban que el gobierno federal le diera una respuesta a la creciente crisis generada por una década de flujos migratorios sin precedentes en la historia del país. Hoy en día, el porcentaje de residentes nacidos en el extranjero supera el 13% de la población, es decir más de 37 millones de personas, nivel que no se veía desde las primeras décadas del siglo pasado. De estos, unos 15 millones son latinoamericanos. Se calcula que 12 millones de extranjeros viven en el país en forma ilegal, de los cuales 60% podrían ser mexicanos. El proyecto se derrumbó cuando el grueso de los senadores republicanos no apoyaron una moción para terminar con el debate y someter el proyecto final a votación, moción que requería del aval de 60 de los 100 miembros de la Cámara Alta. La estrategia republicana, hostil al acuerdo que habían estructurado senadores moderados de ambos partidos, era de insistir en presentar enmiendas adicionales tendientes a destruir el frágil consenso que contempla dos elementos claves: un camino para regularizar la situación legal de inmigrantes indocumentados, al tiempo que estructura mecanismos para legalizar la mano de obra extranjera con programas de trabajo temporal y nuevos criterios para la inmigración legal. Para la mayoría de los republicanos, cualquier mecanismo de regularización de la situación de los indocumentados que contempla posibilidades de postular a una residencia permanente o a la ciudadanía es equivalente a una "amnistía" para delincuentes y no merece de apoyo, sin considerar los complejos problemas logísticos que se presentarían con cualquier esfuerzo tendiente a expulsar a millones de indocumentados del territorio nacional, para no hablar de los atropellos a los derechos fundamentales de las personas que de seguro ocurrirían si se contemplara tal acción, y el enorme vacío que generaría en la fuerza laboral de la nación la ausencia de personal en sectores claves de la economía. Con el fracaso de la ley también desaparecen iniciativas que son de especial importancia para la comunidad hispana más allá del tema crucial de la regularización del estado legal de los emigrantes -como el Dream Act- que permite que hijos de indocumentados que han sobresalido en sus estudios secundarios puedan seguir estudios universitarios. También quedan en el tintero reformas al sistema de trabajadores temporales y cambios al sistema de calificaciones para obtener residencia. Los optimistas creen que el proyecto de ley podría revivir en los meses venideros. Ellos señalan que no son sólo los hispanos que apoyan la reforma sino que también los sindicatos ligados al Partido Demócrata que han cambiado en forma dramática su política en temas migratorios -de hostilidad al inmigrante por amenazar plazas laborales de ciudadanos- a una bienvenida al inmigrante que ha pasado a ocupar un lugar prominente en los grandes sindicatos de una economía de servicios, que han reemplazado a los desaparecidos sindicatos de una otrora economía industrial que se ha visto transplantada a otras latitudes del mundo. Al mismo tiempo, el sector privado, más cercano al Partido Republicano, ve con consternación el serio déficit que enfrenta el país con una población laboral que envejece. Pero por muy potentes que sean estas fuerzas políticas es dudoso que se pueda

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avanzar antes de la elección presidencial en este tema por crucial que sea por dos razones. En primer lugar, el colapso del paquete migratorio es una gravísima derrota para el presidente Bush, que esperaba que con ella podría mejorar un legado histórico empañado por la guerra en Irak y una percepción generalizada de incompetencia política. Pero es precisamente porque Bush, con grados de aprobación de apenas 30%, ha perdido su liderazgo que no pudo disciplinar a su propia bancada para lograr lo que él mismo dice que es una medida de vital importancia. Es probable que los historiadores del futuro no sean muy caritativos con este presidente. Él pudo y debió presentar la reforma migratoria cuando tenía un alto grado de popularidad y un fuerte ascendiente en su propio partido y cuando podía argumentar que la solución al tema de 12 millones de indocumentados era necesaria por razones de seguridad nacional después del 11 de septiembre. Pero por ser tan partidista y rígido nunca quiso correr el riesgo de embarcarse en un proyecto donde tendría que ejercer verdadero liderazgo doblegando a su propio partido, al tiempo que procuraba armar una coalición mayoritaria con el grueso del muy vilipendiado partido opositor. Y eso nos lleva al segundo factor. Al privilegiar a los sectores duros de su propio partido en desmedro de un esfuerzo por crear consensos más amplios de centro, Bush contribuyó a una creciente polarización del país. Esa es la mayor tragedia del fracaso de la reforma migratoria: que proyectos que buscan cómo generar consensos mayoritarios basados en posiciones más bien centristas se ven desarticulados por una polarización extrema que permite que impere el statu quo que todos aborrecen, sin poder llegar a los consensos que todos ven como fundamentales. Desgraciadamente este fenómeno subsiste no sólo en Estados Unidos. Reglamentos 1. DEFINICIÓN: Es una norma jurídica de carácter general dictada por el poder ejecutivo. Su rango en el orden jerárquico es inmediatamente inferior a la ley, y generalmente la desarrolla. 2. CONCEPTO: Su dictación corresponde tradicionalmente al Poder Ejecutivo, aunque los ordenamientos jurídicos actuales reconocen potestad reglamentaria a otros órganos del Estado. Por lo tanto, según la mayoría de la doctrina, se trata de una de las fuentes del Derecho, formando pues parte del ordenamiento jurídico. La titularidad de la potestad reglamentaria viene recogida en las constituciones. 3. CASO DE ÉXITO: Septiembre del 2008.Aprueban reglamento de ecología aprueba el Ayuntamiento de Solidaridad cobrar una multa a los propietarios de predios baldíos que sean limpiados por personal del Ayuntamiento.PLAYA DEL CARMEN, MX.- El Cabildo de Solidaridad aprobó un Reglamento del Equilibrio Ecológico y Protección ambiental en Solidaridad, así como el cobro de limpieza que realice el Ayuntamiento a propietarios de predios baldíos. En la XI Sesión de Cabildo, el alcalde Román Quian Alcocer dijo que con el nuevo reglamento ecológico se busca adaptar las leyes a los nuevos criterios de sustentabilidad, ya que databa de 1999 y no incluía a la ley federal y estatal de equilibrio ecológico. De igual manera, el Cabildo aprobó determinar una multa que se cobre a los propietarios predios baldíos que sean limpiados por el Ayuntamiento de Solidaridad. La sanción será de 6 pesos con 50 centavos por metro cuadrado de limpieza que se realiza en predio. Finalmente, en asuntos generales el regidor Noel Crespo propuso reglamentar el servicio de los café internets, para evitar que menores de edad accedan a sitios web con contenidos pornográficos. (Con información del Ayuntamiento de Solidaridad) 4. CASO DE FRACASO: 19 de Noviembre del 2007.Motos ignoran

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reglamento. Diariamente 191 motociclistas son detenidos por violar el Reglamento de Tránsito Metropolitano (RTM). La SSP-DF informó que del 10 de septiembre del presente año, fecha de inicio del operativo, al 17 de noviembre fueron detenidos y revisados 15 mil 55 conductores de motocicleta. “Del total de detenidos, 13 mil 19 están relacionados principalmente con faltas al RTM, de éstos 5 mil 32 han sido infraccionados porque sus tripulantes no usaban casco. “Pero hay 7 mil 987 que fueron remitidos al depósito vehicular por carecer de tarjeta de circulación o por no contar con la licencia”, detalló la dependencia. La tercera conducta más sancionada fue la de circular por carriles centrales de vías rápidas. Normas 1. DEFINICIÓN: Es una regla u ordenación del comportamiento dictada por autoridad competente, cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción 2. CONCEPTO: Son aquellas, que son dictadas por una tercer parte y tienen como características ser: heteronomas, externas, bilaterales y coercibles. 3. CASO DE ÉXITO: 13 de Marzo del 2008.La Asociación Mexicana de Franquicias (AMF) anunció que durante el segundo trimestre de 2008 comenzará a operar la norma de calidad para el sector, cuando se espera por lo menos la incursión de alrededor de 250 marcas. En conferencia de prensa, el presidente del organismo, Carlos Roberts y los ex presidentes del mismo, Ferenz Feher y Juan Manuel Gallástegui, anunciaron que con este método que se aplica en casi todo el mundo, el sector franquicias otorgará seguridad a las inversiones. En su momento, Juan Manuel Gallástegui detalló que la norma de calidad para las franquicias garantizará la permanencia en el mercado y abarcará requisitos indispensables para la formalidad de las franquicias. Comentó que esta certificación dará mayor certeza a quienes inviertan en franquicias y permitirá a México evolucionar en el contexto internacional. Por su parte, el presidente de la AMF, Carlos Roberts, informó que se buscará que el costo de la certificación no exceda los 15 mil pesos anuales y apoyará la elevación de México en el Consejo Mundial de Franquicias, World Franchise Council (WFC). Para que las marcas obtengan la certificación tendrán que contar con un buen programa de asistencia técnica y soporte corporativo; la totalidad de las disposiciones legales y permanente comunicación con los franquiciatarios, entre otras disposiciones. Señaló que se trata de una norma "delgada" para que cualquier marca opere en orden, y con apego a la ley y las disposiciones de su quehacer como franquicia. La norma es elaborada por la AMF y será avalada por la Asociación Mexicana de Certificadores. Asimismo, la AMF dio a conocer a los ganadores del Premio Nacional de Franquicias 2008 que se otorgó a Beleki de México, Laboratorio Médico Polanco,Zurich, Pica Limón, Casalud, Dental Perfect, Bisquets de Obregón e Interlingua. Además, informó que este año se otorgó el Premio Juan Huerdo a la Secretaría de Economía (SE) por su valioso aporte a favor del sector franquicias 4. CASO DE FRACASO: 24 de Enero del 2008. Violan bancos normas al activar tarjetas de crédito sin autorización de usuarios. Las instituciones bancarias incurren en faltas a la normatividad emitida por el Banco de México en materia de tarjetas de crédito al activar automáticamente los plásticos sin autorización de los usuarios. Así lo dio a conocer la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), al señalar que dichas reglas establecen que los mecanismos de activación de éstas se debe realizar por el titular del mismo y no por el banco.

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En un comunicado, la Condusef dijo que con frecuencia se han detectado casos en los que el usuario está registrado en el Buró de Crédito con claves negativas por adeudos de tarjetas de crédito que nunca tuvieron en sus manos. Cobro de comisiones por plásticos no solicitados Por consiguiente no les llegó un estado de cuenta, pero al realizar la revisión del reporte especial en el Buró de Crédito, éste señala que deben entre 200 y 400 pesos, producto de comisiones de tarjetas de crédito que no pidieron. La Conducef detalla que lo anterior se debe a que los bancos envían tarjetas de crédito, las cuales llevan una calcomanía que advierte que si el plástico no se activa antes de los tres o cuatro días siguientes a la fecha de recepción, se activará en automático. Adeudos indebidos e incorporación al Buró de Crédito Sin embargo, la mayoría de las veces éste no llega a su destinatario y la tarjeta se activa, lo que provoca adeudos para el cliente derivando en la negación de créditos para la compra de algún bien o servicios por estar dentro del buró de crédito. Por ese motivo la Condusef recomienda solicitar un Reporte de Crédito Especial y analizar el problema, presentar una reclamación ante el Buró de Crédito con el argumento principal de que desconoce el adeudo, toda vez que nunca se firmó un contrato de tarjeta de crédito. Asimismo, si por alguna razón no se pudo corregir su situación, la persona puede presentar una reclamación en la Condusef para resolver la controversia o en su caso, demandar en los Tribunales Civiles exigiendo el pago de daños y perjuicios. Finalmente, agregó que en caso de recibir una tarjeta que no fue solicitada, el cuentahabiente debe comunicarse lo antes posible con la institución a fin de cancelarla y así evitar la posibilidad de generar un adeudo. Marcas 1. DEFINICIÓN: Es todo aquello que los consumidores reconocen como tal. Es un producto al que se ha revestido de un ropaje tan atractivo que consigue que el producto se desee, se pida, se exija , con preferencia a otros productos. 2. CONCEPTO: Es el nombre, término, símbolo o diseño, o una combinación de ellos, asignado a un producto o un servicio, por el que es su directo responsable. Ésta es quien debe darlo a conocer, identificar y diferenciar de la competencia; debe garantizar su calidad y mejora constante. 3. CASO DE ÉXITO: 8 de Mayo del 2006. APPLE COMPUTER CONTRA APPLE CORPS. La manzana de Steve Jobs gana en los tribunales a la manzana de los Beatles Los jueces británicos han determinado que Apple Computer, la empresa que lanzó la tienda de música 'on line' iTunes, no infringe ningún derecho de marca en el negocio de la venta de canciones por la Red. Gana así una demanda que interpuso contra ella Apple Corp., el sello discográfico propiedad del mítico grupo The Beatles, que quería en exclusiva la marca Apple en el negocio musical. 08 May 2006- Apple Corps., propiedad de Paul McCartney, Ringo Starr, Yoko Ono (viuda de John Lennon) y los herederos de George Harrison, argumentaba en su demanda que la compañía informática de Steve Jobs había violado un acuerdo de marcas que databa de 1991, al lanzar la tienda de música por Internet iTunes. Por su parte, Apple Computer alegó ante el tribunal de Londres que iTunes es sobre todo un servicio de transmisión de datos a través de la Red, algo que el documento firmado hace ya 15 años permite. El acuerdo firmado en 1991, que incluía una cláusula de pago de 26 millones de dólares por parte de la empresa de Jobs, determinaba qué áreas de negocio con la marca Apple serían exclusivas para cada empresa. 4. CASO DE FRACASO: Cisco pierde los derechos sobre la marca iPhone Los derechos de Cisco perdieron la validad por falta de uso. El proceso judicial de Cisco contra Apple por culpa del móvil revolucionario móvil+iPod - el iPhone - puede finalmente, no resultar: los derechos podrían ya no existir.

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17 Ene 2007 | T.MÓVILES La comunicación social norteamericana llamó rápidamente la atención sobre este asunto, cuya polémica estalló debido a unas informaciones del United States Patent and Trademark Office que apuntan a que Cisco no ha usado la marca iPhone de forma continua. Siendo así, los derechos habrían perdido su validez hace un año. Tal situación explicaría, según algunos analistas, la razón por la que Apple no negoció esta cuestión con Cisco. De hecho, habría incluso varias empresas intentando obtener los derechos sobre la marca iPhone, una de las cuales (Ocean Telecom Services) estaría relacionada con la de Steve Jobs. Patentes 1. DEFINICIÓN: Es un conjunto de derechos exclusivos garantizados por un gobierno o autoridad al inventor de un nuevo producto (material o inmaterial) susceptible de ser explotado industrialmente para el bien del solicitante de dicha invención (como representante por ejemplo) durante un espacio limitado de tiempo (generalmente veinte años desde la fecha de solicitud). 2. CONCEPTO: Son un privilegio legal que conceden los gobiernos a los inventores, con la finalidad de prohibir a cualquier otra persona fabricar, utilizar o vender el producto, procedimiento o método patentado a cambio de divulgar un modo de realización del producto, procedimiento o método. 3. CASO DE ÉXITO: Febrero,29, 2008 Nokia gana primera batalla en guerra de patentes. Nokia ganó la primera batalla en la llamada “guerra de las patentes” contra el fabricante de microchips estadounidense Qualcomm, después de que la Comisión de Comercio Internacional de EEUU (ITC, siglas en inglés) desestimara una demanda interpuesta por la compañía californiana. Según informó el viernes el diario económico Taloussanomat, la ITC estimó que Nokia no violó tres de las patentes GSM/GPRS/Edge propiedad de Qualcomm, como sostenía el fabricante estadounidense en una demanda interpuesta en 2006.De esta forma, la ITC refrendó el fallo emitido en diciembre pasado por el juez norteamericano Paul Luckern, quien sostenía que Nokia no infringió los derechos de la propiedad intelectual de Qualcomm. La resolución de la Comisión de Comercio Internacional pone fin a la primera batalla en la guerra legal que mantienen Nokia, el primer fabricante mundial de teléfonos móviles, y Qualcomm, la compañía líder en la fabricación de microchips para telecomunicaciones. Ambas empresas comenzaron a cooperar en 2001 mediante un acuerdo de intercambio de patentes tecnológicas que caducó el pasado mes de abril. Aunque no se conocen las cifras exactas, los expertos creen que durante este período Nokia pagó a Qualcomm unos 500 millones de dólares anuales en concepto de licencias para poder utilizar las patentes de la firma estadounidense. Sin embargo, el desarrollo de nuevas patentes de telefonía de tercera generación (UMTS) y el presunto abuso cometido por Qualcomm a la hora de establecer sus cánones desató una guerra legal entre ambas compañías. Qualcomm exige al gigante finlandés el pago de cientos de millones de dólares por usar sus patentes de tecnología CDMA y WCDMA, mientras que Nokia, junto a otros fabricantes, sostiene que las condiciones de concesión de licencias de la empresa estadounidense no son equitativas ni razonables. Actualmente, ambas compañías tienen interpuestas diversas demandas legales en tres continentes por presunta violación de su propiedad intelectual. 4. CASO DE FRACASO: 27 de Febrero del 2007. Multa millonaria a Microsoft por violar patentes del MP3. Multa millonaria a Microsoft por violar patentes del formato MP3. Alcatel-Lucent recibirá 1.156 millones de euros por los derechos de Bell Labs. Microsoft deberá pagar a Alcatel-Lucent unos 1.156 millones de euros por haber

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violado dos patentes de la compañía franco-estadounidense sobre el formato de audio MP3 en su reproductor multimedios, Windows Media Player, según un tribunal de San Diego (EEUU) hecha pública ayer. La multinacional de la informática alegó que ya había pagado por usar la licencia al instituto alemán Fraunhofer-Gesellschaft y a la empresa francesa Thomson, a los que consideraba propietarios del formato más popular para comprimir música. La disputa legal sobre patentes --algo habitual en EEUU donde los programas son patentables-- la inició Lucent en el año 2003, contra fabricantes de PC como Dell y Gateway, y Microsoft se añadió voluntariamente a los acusados asegurando que la demanda afectaba a su sistema operativo Windows XP, lo que restringió el litigio solo contra ellos. Lucent defendía los intereses de Bell Labs, una compañía que acababa de comprar, y que había participado en la investigación europea. GUERRA PERDIDA. Microsoft promueve en su reproductor su propio formato, Windows Media Audio (WMA), para incluir programas que regulan los derechos de autor (DRM) y también para evitar los litigios sobre el MP3, el formato más popular porque carece de protección. La multa impuesta por el tribunal se basa en una tasa estimada para cada sistema operativo que Microsoft tiene en el mercado y representan los ingresos de la compañía durante seis semanas. Microsoft, que ya ha anunciado que apelará la sentencia, contraatacó anteayer con otra demanda a Alcatel-Lucent sobre supuestas infracciones de patentes en programas que integran funciones del ordenador en los teléfonos móviles. Ambas compañías mantienen otros litigios sobre televisión para internet. Textos legales 1. DEFINICIÓN: Se refiere a la inclusión del nombre del producto, registro sanitario, nombre del fabricante y el distribuidor con su dirección completa, contenido en volumen o peso, ingredientes. Leyenda o texto informativo que describe el contenido de un producto o la explicación de este. Un cuerpo de leyes que regulan una determinada materia o al conjunto de leyes de un país. 2. CONCEPTO: Es la ley que se ha promulgado (o "aprobado") por una legislatura u otra Administración. El término puede referirse a una única ley, o el órgano colectivo de promulgada la ley, mientras que "los Estatutos" también se utiliza para referirse a una única ley. Antes de un tema de la legislación se convierte en ley puede ser conocida como un proyecto de ley, que suele ser también conocido como "legislación", mientras que le sigue en estudio. La legislación puede tener muchos propósitos: para regular, autorizar, ofrecer (los fondos), para sancionar, conceder, de declarar o restringir. Ejemplo: Leyenda de derecho de autor o aviso de derecho de autor es el texto requerido en algunos casos por la ley para colocarse en alguna parte visible de una obra, como un libro, disco compacto, etc. Para el copyright o derecho de autor se utiliza ©, y para fonogramas (p). En lugar de estos símbolos puede usarse (c) y (p). En el caso de las marcas se llama leyenda de marca y puede usarse o requerirse en los productos que la lleven. El usar la leyenda en un producto cuando la marca no está registrada aún puede constituir una infracción. Hoy en día si una obra no tiene alguna de estas leyendas no se pierde la protección. En todo caso puede constituir una infracción en materia de derecho de autor. Hasta hace algunos años, en algunos países la falta de la leyenda implicaba que la obra estaba en el dominio público. Tal es el caso de Estados Unidos hasta el año 19xx. Ejemplo discos compactos: México :Este fonograma es un producto intelectual protegido en favor de su

productor <nombre de la cía. S.A. de C.V.> La titularidad de los derechos del fonograma se encuentran reconocidos en la Ley Federal del Derecho de Autor. Se prohíbe su producción, reproducción, importación, almacenamiento, transporte, distribución, comercialización, venta o arrendamiento, así como su

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adaptación o transformación y comunicación directa al público, sin la previa autorización por escrito del titular. La violación a esta prohibición constituye un delito y una infracción, sancionados conforme a los artículos 424 fracción III del código Penal para el D.F. en materio de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal; 231 fracción I de la Ley Federal del Derecho de Autor.

3. CASO DE ÉXITO: Claves para la redacción de textos sobre productos de venta libre Cómo personalizar sin usar nombre ni apellido. Las piezas de comunicación de marketing farmacéutico, de los productos de venta libre, pueden lograr una mayor personalización en Sus mensajes. ¿Cómo?. Teniendo en cuenta ciertas claves que ayudan a humanizar más los textos. Los términos que más impactan en la gente son aquellos que tienen que ver con sus ideas, sus problemas, sus sueños, su vida cotidiana. Son sólo palabras, y son nada más y nada menos que palabras. Para conocerlas o encontrarlas, hay ciertos caminos directos. Usar palabras pertinentes. Cada enfermedad o malestar trae asociada una serie de palabras que el

redactor debe descubrir, capturar y usar.A modo de ejemplo, mientras algunos profesionales de la salud hablan de “temperatura”, las personas llaman a ese síntoma, simplemente, “”fiebre”. ¿No sería más conveniente hacer uso de este término?. ¿Y por qué no “el problema de los piojos” o “piojos” en vez de “peduculosis”?

Usar expresiones pertinentes.Los fanáticos de la raza canina Schnauzer no hablan de un pelaje “blanco con pequeñas manchas negras”, sino que se refieren a él como “sal y pimienta”.Quienes realmente saben de ópera, dicen “Pagliacci” y no “I Pagliacci”, título original de la obra de Ruggiero Leoncavallo.

Aquí, la diferencia, aparentemente nimia o mínima, es tan trascedente como en el caso anterior.Como puede verse, a veces no es sólo la palabra aislada la que toma protagonismo, sino también las que la rodean, sus sinónimos, sus sustitutas.

Emplear términos sencillos.En un mundo lleno de jerga y neologismos, utilizar palabras comunes, de uso habitual, es una forma de acercarse al lector.Marcelo di Marco, cuentista argentino, poeta y profesor de escritura creativa, recuerda los inicios de Hemingway: “Mucho antes de alzarse con el Premio Nobel de literatura en 1954, el joven Ernest Hemingway descubrió un tesoro. Tenía 18 años y acababa de ingresar en el diario Kansas City Star. En cada uno de los escritorios de los periodistas, el jefe de redacción había dejado un papelito bajo la cubierta de vidrio. Decía, sencillamente: -Escriba con frases claras y concisas. No se haga el artista.-”.

Definir con la mayor precisión el público objetivo.Hay muchas maneras y todas ayudan a hacerse una idea más precisa de la persona a la que se le habla a través del texto. Una de ellas es la del experto argentino en investigación social y consultor en comunicación Rubén Rojas Breu. En su método de posicionamiento o segmentación vincular, define cuatro tipologías de consumidor: materno-filial, paterno-filial, pragmático y simbolista. Cada una requiere un lenguaje diferenciado.

No temerle al ridículo. Un caso concreto: el lenguaje vinculado con los niños está plagado de diminutivos. Esto, que a primera vista puede parecer una forma ridícula de hablar y escribir, sin embargo entra en el campo de experiencia de las madres de los chicos. Si se hace un uso moderado de este recurso, las lectoras se sentirán más identificadas con el medicamento anunciado.

Hablar de lo que el producto hará por el consumidor. Siempre es menos conveniente decir “Estudie inglés” que “Aprenda inglés”. ¿Por qué?. Porque el beneficio debe ocupar un primer plano y no la característica. Por ejemplo, “Alivia tu dolor de cabeza” suena más como un hecho que la frase “Para el dolor de cabeza”. A menos que, como en el famoso slogan para el shampoo Valet

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“Para la caspa”, ese “para” sea una ambigüedad positiva, ya que se lo puede interpretar como una conjugación del verbo “parar” o como la preposición.

Personalizar los verbos y los artículos. La frase “Devuelve el equilibrio natural del intestino” se podría expresar también así: “Le devuelve a tu intestino su equilibrio natural”. Un poco como hizo el queso untable Casancrem en su packaging. En él cada imagen correspondiente a los distintos usos del producto está subrayada por frases como “Tus tartas”, “Tus pastas”, “Tus ensaladas”. Sin embargo, esta pauta no es aplicable con ciertas molestias como la micosis. Decir “El fin de tus hongos” no suena muy decoroso.

Tener en cuenta los tratamientos de “usted” o de “vos”. Si en una campaña se utiliza el voseo, el sitio web y las piezas de marketing directo deben responder a ese mismo criterio. Además habrá que considerar el tono elegido para la comunicación. Cuando el medicamento esté dirigido a personas mayores, el “usted” se impone. En los demás segmentos etáreos, el uso del “vos” ya está ampliamente admitido.

Aunque parezca que la imagen lo es todo en la comunicación, son las palabras lo que le da sentido, las que anclan los significados. Por eso son tan importantes, Bill Gates comentó: “Todos sabemos que hubo avances en cosas como el audio y el video digital. Pero el principal medio de comunicación para la raza humana es el texto”. El redactor publicitario argentino Carlos Tescione escribe: “La palabra no está desapareciendo: está cambiando. Quizás nunca en la historia se hayan leído tantas palabras escritas como ahora, ya que son ellas las que invaden los monitores en los mensajes de e-mail o en las páginas de Internet”. Por su lado, el periodista argentino especializado en publicidad Alberto Borrini, afirma: “Se suele menospreciar el poder de las palabras, sobre todo en esta época dominada por las imágenes, pero en rigor son muy importantes y, a menudo, decisivas. Una palabra basta para acabar con una amistad, un negocio, un romance; a la inversa, puede ser el principio de todo esto”. Elegir una palabra u otra no es cuestión trivial, un detalle. En el reino de la comunicación, no hay detalles. Todo tiene su peso. Y lo más pequeño para el anunciante puede ser lo más grande para el consumidor. 4. CASO DE FRACASO: 20 de Julio del 2008. Ciudad Alfaro. Ridículo error. A última hora la mayoría oficialista de la Asamblea Constituyente consiguió introducir en el borrador de la nueva Constitución una propuesta tan absurda que no comprendemos cómo se la pudo aprobar. Seguramente las maratónicas jornadas de trabajo y el sueño consiguiente explican un desliz así de grueso. Dice lo resuelto: “Si en el referéndum no se aprueba la Constitución… termina el receso de los diputados y diputadas, principales y suplentes, elegidos el 15 de enero del 2006?”. ¿Qué galimatías es este? ¿Un texto legal que ordena lo que se hará si él no entra en vigencia? ¿Lo que nunca existió mandando sobre el país? ¿La nada proclamándose autoridad? Lo que deba hacerse si no se aprueba la nueva Constitución deberá resolverse en otra instancia legal. Ojalá que para bien del país, pero al menos sin apelar a la sinrazón y a esa irresistible vocación de hacer el ridículo que ronda a veces por Montecristi. Mercantil 1. DEFINICIÓN: Conjunto de normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión. 2. CONCEPTO: Es el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos; en términos amplios, es la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio. Uno de sus

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fundamentos es el comercio libre. 3. CASO DE ÉXITO: 13 de Febrero del 2002. Aprueban la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles para el DF. 42 votos a favor y 12 en contra fueron suficientes para que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal ratificara el dictamen a la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles. De este modo se dió un revés a las propuestas del Jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, en distintos ramos de lo que se regula mediante esta Ley. Miguel Ángel Toscano, presidente de la Comisión de Fomento Económico, dijo que la nueva ley prohibe y sanciona la discriminación de cualquier tipo y obliga a los dueños de establecimientos que requieran licencia tipo "B" a colocar un letrero donde se garantice ese derecho. Además, establece medidas de protección a la salud e integridad de los niños, prohíbe la venta de bebidas alcohólicas y cigarros a menores de edad, así como cualquier forma que fomente la prostitución infantil. En materia de salud pública, explicó el diputado panista, quedarán prohibidas las barras libres, así como la entrada a negocios de personas en estado de ebriedad. Los legisladores rechazaron la propuesta gubernamental de que la Secretaría de Gobierno del DF mantuviera la facultad de decidir sobre los horarios de funcionamiento de los establecimientos que requieren licencia, los cuales quedaron plasmados en la ley. Para los giros con licencia tipo A, como salones de fiesta, restaurantes, hoteles, teatros, auditorios y cines, los horarios de servicio son permanentes. Para los giros con licencia tipo B, en los que se incluyen bares, salones de baile, discotecas y cabarets, su horario de servicio deberá concluir a las 04:00 horas y la venta de bebidas alcohólicas deberá concluir a las 03:30 horas. La Ley de Establecimientos Mercantiles dispone también la cancelación de la barra libre o una modalidad similar en los establecimientos nocturnos y establece que la entrada a estos lugares tendrá que ser continua, conforme lleguen los clientes, esto para evitar la discriminación. En establecimientos como bares discotecas y cabarets será obligatorio de los propietarios pedir una identificación a los jóvenes para garantizar que sean mayores de edad. También se prohíbe y se sanciona la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años. En otro capítulo de la ley se establece una nueva disposición para los establecimientos públicos, pues se modifica el cobro de tarifas al fraccionarlas cada 15 minutos desde la primera hora de servicio. Además establecimientos como cines, centros comerciales y tiendas departamentales tendrán la obligación de proporcionar tarifas preferenciales a sus clientes y en caso de estancias prolongadas como en hospitales deberá haber una cuota máxima de cobro, con esto se pretende proteger a los usuarios ante posibles abusos en el cobro, pues autoriza tarifas fraccionadas. También establece que los negocios con videojuegos no podrán establecerse a menos de 300 metros de escuelas. Sin embargo a pesar de estar aprobada, todavía falta que el gobierno capitalino la publique en la Gaceta Oficial del DF para que entre en vigor al día siguiente, sin embargo, no hay en la legislación capitalina ninguna disposición que obligue al Ejecutivo local a publicar en un plazo corto la ley. El panista Miguel Ángel Toscano señaló que si el Ejecutivo local se tarda en publicar la nueva ley, la Asamblea podría hacerle un extrañamiento por no respetar las disposiciones del órgano legislativo. Reconoció que aunque el Jefe de Gobierno no publique en la Gaceta esta legislación, no tendría él ninguna sanción. 4. CASO DE FRACASO: 13 de Febrero del 2003. El presidente de la telefónica afirmó que cuentan con amparo definitivo. La demanda de concurso mercantil interpuesta por Nortel México en contra de Unefon es improcedente, aseguró Moisés Saba, presidente de la empresa de telefonía celular. Además, aclaró, de que Unefon cuenta con un amparo definitivo. "El concurso mercantil no tiene ninguna razón de ser", remarcó. Explicó que Unefon ha

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querido pagar a Nortel por la adquisición de un mobiliario por un monto de 250,000 pesos, pero ésta "nunca nos ha mandado a cobrar y luego dicen: "Unefon no nos pagó". En este sentido, añadió, "hay una regla en Concurso Mercantil donde se especifica que para que el concurso mercantil se lleve a cabo debe haber más de dos proveedores y que el valor de la deuda sume determinada cantidad de dinero que no permita a la empresa ser viable financieramente". Además de ello, expuso, hay una deuda de Unefon con Nortel Internacional por 300 millones de dólares, por contratos de provisión de equipo, pero ésta se vence en un par de años, la cual "se va a pagar". Ante ello, remarcó, "no hay razón de ser" de la demanda. Saba afirmó que en este momento sólo esperan el arbitraje en Estados Unidos dentro del conflicto con Nortel ante la corte de Nueva York, por un adeudo de 900 millones de dólares, el cual se encuentra en proceso de litigio. En este sentido, reconoció que desde diciembre de 2002 hasta el momento "no ha habido ningún avance". Unefon anunció el lanzamiento de su servicio "Club Unefon", mediante el cual proporcionarán una "comunicación local ilimitada" a través de un sistema de membresías vía una tarjeta prepagada. Civil 1. DEFINICIÓN: Es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium. 2. CONCEPTO: En términos generales, como las normas y principios que regulan las relaciones más generales y cotidianas de la vida de las personas, considerando a las personas en cuanto a tal, como sujeto de derecho, o como aquél que rige al hombre como tal, sin consideración de sus actividades peculiares; que regla sus relaciones con sus semejantes y con el Estado, cuando este actúa en su carácter de simple persona jurídica y en tanto esas relaciones tengan por objeto satisfacer necesidades de carácter genéricamente humanas. 3. CASO DE ÉXITO: Agosto del 2008. Aprueba ALDF identidad legal para transgéneros y transexuales.Ciudad de México dejarán de ser ilegales en su propio país, pues ya podrán solicitar un acta de nacimiento acorde a su identidad, toda vez que hoy la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó diversas modificaciones a los códigos Financiero, Civil y de Procedimientos civiles locales. Tras una acalorada discusión, la concordancia sexo-genérica fue aprobada con 37 votos a favor y 17 en contra por parte de la fracción del Partido Acción Nacional (PAN), fuerza política que intentó frenar la discusión con una moción suspensiva que promovió el diputado José Antonio Zepeda al inicio de la sesión, la cual fue desechada por la mayoría de los asambleístas. Ya en la discusión, Zepeda argumentó que su partido político está en contra de todo tipo de discriminación; sin embargo, brindar certeza jurídica a los y las transexuales “es una aberración jurídica”, ya que el acta de nacimiento es irremplazable e insustituible. El legislador blanquiazul advirtió que la aprobación de estas reformas a la ley de la ciudad generarán mayores problemas sociales y jurídicos, tales como la duplicidad de actas de nacimiento y credenciales de elector, la afectación a derechos de terceros y más discriminación hacia quienes no promueven el cambio de sexo, el cual, dijo, no es un acto natural. A su vez, la diputada Leticia Quezada , del Partido de la Revolución Democrática , dijo que “los derechos no se negocian”, por eso, sus correligionarios se pusieron de acuerdo con la Coalición Parlamentaria de Izquierdas, la Coalición Parlamentaria Socialdemócrata , la fracción del Revolucionario Institucional y Nueva Alianza, para sacar adelante un procedimiento jurídico certero y acorde a

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los derechos humanos. El legislador José Carlos Díaz Cuervo, primer promotor de dicho aparato jurídico, celebró la aprobación; no obstante, lamentó que “las izquierdas no supimos convencer a las izquierdas” en materia del derecho a la salud para las personas transgenéricas y transexuales, que queda como “asignatura pendiente”. Tras calificar a la ALDF como progresista, el integrante de la Coalición de Izquierdas y del Partido Socialdemócrata, aseguró que presentará una iniciativa en materia de salud para quienes tienen una identidad de género diversa. Según Emilio Álvarez Icaza Longoria, presidente de la Comisión de Derechos Humanos del DF, quien acudió al máximo órgano legislativo de la ciudad para brindarle su apoyo a la comunidad transexual, la rectificación jurídica es un primer paso. “Permite subsanar vacíos jurídicos, pero hay temas pendientes como el de salud. Estamos fortaleciendo el Estado democrático de derecho y le vamos quitando terreno a una herencia autoritaria”. Por su parte, Gloria Hazel Davenport, activista y asesora del Centro Nacional para la Prevención y Control del VIH/sida (Censida), expresó emocionada que “hoy es un día de luto para la misoginia y la transfobia en el DF. Ahora falta que a nivel federal se apruebe una ley similar. Aproximadamente, en un año las personas transexuales de la ciudad contaremos con una nueva realidad, pero las hermanas y hermanos de otros estados de la República no tendrán acceso a documentos”. En tanto, la politóloga Irina Layevska Echeverría declaró a NotieSe que “hoy tenemos el derecho a existir. Los derechos no se suplican. Podremos votar y ser votadas. Es el punto de partida para otros estados. Ya no voy a ser indocumentada. Somos ciudadanas y ciudadanos mexicanos. A partir de hoy dejo de ser transexual, hoy soy mujer”. Enoé Uranga, ex diputada local y promotora de la Ley de Sociedades de Convivencia, comentó que la “situación de ellas y ellos es menos mala. Falta mucho por hacer para que sus derechos estén completos”. El decreto se enviará al Jefe de Gobierno capitalino, Marcelo Ebrard, para que realice las adecuaciones jurídicas administrativas necesarias en un plazo de 60 días, y entrará en vigor después de un mes de su publicación en la Gaceta Oficial del DF, de manera que la Ciudad de México será la primera entidad de la República en garantizar la identidad legal para transgéneros y transexuales. 4. CASO DE FRACASO: 17 de Enero del 2008. Las estadísticas son implacables: se dispara tanto el número de divorcios como el tiempo mínimo en que acontecen. Según el último informe anual del Instituto Nacional de Estadísticas (INE) sobre nulidades, separaciones y divorcios, en 2006 hubo 126.952 divorcios, con un incremento del 74,3% respecto al año anterior, en el que los divorcios fueron 64.028. El número de matrimonios rotos antes de un año de convivencia se incrementa un 330,6% respecto a 2005, y la duración media de los 145.919 matrimonios disueltos en 2006 fue de 15,1 años. En total, 145.919 matrimonios se disolvieron en 2006, un 6,5% más que en el año anterior. De todas esas rupturas, sólo 18.793 fueron separaciones. Tras la reforma de la Ley del Divorcio del 10 de julio de 2005 -y sin entrar en su valoración jurídica, en sus consecuencias en el Derecho civil matrimonial y patrimonial o en cómo afecta a las relaciones jurídicas con terceros y a la estabilidad y seguridad legal que requiere cualquier ordenamiento- destaca, por una parte, el contar la mayoría de los matrimonios rotos (51,3%) con hijos menores de edad (el 29,8% tienen un hijo y el 29,8% más de un hijo) y, por otro, el que más del 20% de los matrimonios se rompan en menos de un año de convivencia. Dos datos, la rápida quiebra de la unión conyugal y la presencia de hijos en las parejas, en los que España está a la cabeza de Europa. Y que, salvo casos de malos tratos, dolo (en ambas acepciones jurídicas, canónica y civil), error de cualidad en la persona, psicopatologías profundas (como, por ejemplo, además de las sevicias físicas o psíquicas, la doble vida, el narcisismo, la ninfomanía, el donjuanismo o la inmadurez crónica) o alguna otra alteración grave que afecte intrínseca y esencialmente la unión conyugal, reflejan un

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fracaso personal, familiar y social. Fracaso personal, porque cuando una mujer y un hombre declaran su mutuo amor y consentimiento ante el Estado o la Iglesia (el matrimonio canónico y, también, en forma religiosa judía, protestante o islámica, tiene efecto civil) apuestan libre y voluntariamente por entregarse y aceptarse en una comunidad estable de vida y amor, con un proyecto y una visión de futuro compartidos en el tiempo desde la recíproca y madura donación. Cada divorcio, con independencia de las circunstancias (en ocasiones dramáticas, se insiste, como en los maltratos físicos o mentales) o culpabilidades (donde la casuística jurídica es casi infinita), conlleva el dolor de un fracaso personal, tanto para cada uno de los consortes como -lo más importante- para la prole. Un dolor y, además, una señal de alerta cuando la ruptura acontece en tiempo tan breve como menos de un año en tantas parejas. Asimismo, cada divorcio representa un fracaso familiar en el que las víctimas son, siempre, los hijos y, por lo general, los cónyuges, padres, parientes y allegados. Hasta en los dolorosos casos en los que el divorcio es remedio civil necesario para garantizar la seguridad del otro cónyuge y la prole (como en los abusos y sevicias físicas o psíquicas) las secuelas afectivas y psicológicas que en un niño produce el divorcio de sus padres serán irreversibles y definitivas (drama infantil y adolescente que también atañe a las uniones more uxorio). Porque siempre el divorcio es la ruptura y separación de la madre y el padre que un niño necesita para su formación y desarrollo integral. Y el divorcio es un fracaso social porque cuando una sociedad no es capaz de tener en la institución familiar la estabilidad necesaria para garantizar su presente, entonces su futuro es incierto. No es normal que tantas parejas se divorcien al primer problema que surja en su convivencia, descubran en unos meses que no tiene sentido la relación matrimonial, pierdan la fuerza del amor para superar las dificultades externas o internas de la convivencia o no sepan valorar y asumir palabras como sacrificio, entrega, confianza y generosidad, sobre todo cuando hay hijos por medio. Y, en especial, no es lógico que tantas personas no ponderen y sean capaces de vivir las cargas y deberes de la institución matrimonial ni siquiera durante un año. O no han entendido lo que significa la palabra matrimonio o no son hábiles para un pacto tan importante como es la mutua donación en el amor que es la unión conyugal. En estas cifras da la impresión de que nuestra sociedad cosecha lo que han sembrado el materialismo, el relativismo, la incultura, la telebasura o la ausencia de criterio en una población en la que palabras como amor, lealtad, fidelidad y familia han sido vaciadas de deberes y obligaciones y metamorfoseadas en un conjunto de ilusiones egoístas de sólo derechos y autosatisfacciones. Esta cantidad de divorcios express, como se ha denominado la reforma de la Ley del Divorcio del 2005, son un fracaso personal, familiar y social de nuestra decadente cultura. O, quizá, el inicio del triunfo del amor verdadero allende la sociedad como la conocemos. Penal 1. DEFINICIÓN: Es el conjunto de normas juridicas que regulan la potestad punitiva del estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena o medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica. 2. CONCEPTO: No se reduce solo al listado de las conductas consideradas delitos y la pena que a cada uno corresponde, sino que fundamentalmente su misión es proteger a la sociedad. Esto se logra a través de medidas que por un lado llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo necesario, a la par que se reincorpora al medio social a aquellos que no lo son mediante el tratamiento adecuado en cada caso para lograr esta finalidad. 3. CASO DE ÉXITO: 4 de Julio del 2007. Aprueban en Veracruz reformas al

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código penal. Incluyen las modificaciones los “juicios orales” como parte del sistema de impartición de justicia de la entidad. Aprueban en Veracruz reformas al código penalAprueban en Veracruz reformas al código penal 17:39 El pleno del Congreso del Estado aprobó reformas al Código de Procedimientos Penales, mediante la cuales se incluyen los “juicios orales” –como se realizan en Estados Unidos y varios países latinoamericanos- en el sistema judicial de Veracruz. Al aprobarse esta reforma propuesta por el Ejecutivo Estatal, se podrán incluir en esos juicios orales a casi el 60 por ciento de los supuestos de delito que enumera el Código Penal. La aplicación de los Juicios Orales Sumarios se podrá llevar a cabo 120 días después de que dichas reformas sean publicadas en la Gaceta Oficial del Estado. Por lo que según el dictamen aprobado por los diputados, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado expedirá, en un plazo no mayor a 90 días del inicio de la vigencia de esta Ley, el Reglamento de Juicios Orales Sumarios, que tendrá aplicación supletoria en la materia regulada por esta reforma. De tal forma que ahora se incorpora al sistema judicial que en una sola audiencia se pueda interrogar y contrainterrogar tanto a los testigos como a los peritos, con lo cual se dirimirían con mayor claridad y acierto las pretensiones de las partes y los alcances probatorios de sus afirmaciones. La nueva reforma establece muy breves términos para la realización de las audiencias, lo que explica el éxito de los juicios orales en otros países, dado –explicó el Ejecutivo Estatal- que por su propia finalidad deben ser procesos dinámicos y de gran celeridad. Las modificaciones establecen que ahora se atenderán mediante los Juicios Orales Sumarios los delitos cuya media aritmética no rebase los 6 años, además de los casos de flagrancia y de confesión plena de la responsabilidad del inculpado y siempre que no exista rechazo a ese procedimiento por parte del mismo. La intención es que gradualmente se vaya incorporando al modelo otros delitos, cuya peligrosidad y daño social obligan por ahora a una atención más rigurosa por parte de las instituciones judiciales. 4. CASO DE FRACASO: 6 de Septiembre del 2008. Abren proceso penal contra mujer en coma. Esto a consecuencia de un choque del que aparece como presunta responsable. Autoridades judiciales abrieron ayer un proceso penal en contra de una joven mujer que se encuentra grave y en estado de coma, a consecuencia de un choque del que aparece como presunta responsable. En cumplimiento a la ley un tribunal de Garantía se constituyó ayer en el área de Terapia Intensiva del Hospital General de Zona número 35 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) donde convalece la acusada, Eunice Cervantes Mendoza, de 22 años de edad. Al término de la diligencia, el juez de Garantía a cargo, Lorenzo Villar Chavarría, ordenó la suspensión del proceso, debido a que Cervantes Mendoza no se encuentra en condiciones de hacer valer sus derechos constitucionales, aun estando representada por su abogado defensor, Alejandro Téllez Rodríguez. En el desarrollo de la audiencia, la agente del Ministerio Público, Enid Ochoa, expuso que alrededor de las 21:40 horas del martes pasado Cervantes Mendoza conducía un vehículo Ford Windstar, modelo 1993, con matrículas del estado de Chihuahua y al circular por la Avenida Tecnológico perdió el control y se impactó contra otro automotor. La mujer circulaba en sentido de sur a norte por dicha avenida y al llegar al cruce con la calle Plan de Ayala dio una vuelta a la izquierda y provocó ser golpeada por un automóvil Concord, modelo 1999, con placas fronterizas 706SHX-5, guiado por María Trinidad Barraza Robles. “Por el impacto el vehículo de Cervantes Mendoza perdió el control y golpeó a otro vehículo. Fue detenida a las 00:10 horas del miércoles tres de septiembre”, dijo la fiscal. Con esos datos el juez Villar Chavarría, declaró legal la detención de la mujer. Enseguida, el resolutor le pidió al jefe de Medicina Interna y de Terapia

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Intensiva, Nelson Lechuga Varela, que explicara la situación médica de la acusada. El especialista dijo que Cervantes Mendoza ingresó al área de Terapia Intensiva a las 02:30 de la mañana del tres de septiembre, policontundida y una lesión pulmonar que le ocasionó contenido de líquido y sangre en el pulmón derecho. “La situación de la paciente posteriormente fue desfavorable, hubo necesidad de colocarle un tubo en la garganta, en la traquea, con la finalidad de aportar un apoyo ventilatorio. También se colocó una sonda para drenar el líquido y contenido de sangre de la función pulmonar”, explicó el galeno al Tribunal. “La evolución del paciente al día de hoy (viernes) ha sido desfavorable se ha presentado una contingencia que en medicina se llama ‘síndrome de ausencia respiratoria progresiva al adulto’, lo que quiere decir que su pulmón está en shock. Es una lesión que en cualquier paciente que tenga un traumatismo es grave, y cuando se establece esta lesión, el pronóstico se hace sombrío, puede ser desfavorable, tiene una mortalidad de más del 60 por ciento en los casos”, refirió. Lechuga Varela agregó que la acusada estaba imposibilitada para tener conocimiento de cualquier acto y no puede hablar, pues con el suministro de medicamentos le fue inducido un estado de coma para buscar su recuperación. Al continuar la diligencia la agente del Ministerio Público pidió permiso al juez para formular los cargos, pero el resolutor le negó la autorización al indicar que el estado de salud de Cervantes Mendoza la imposiblita para conocer el proceso. “Ella no está en aptitud de hacer uso de sus derechos constitucionales, esto es contestar al cargo que le formula el Ministerio Público, pedir la duplicidad de término y todos los derechos inherentes a la audiencia de resolución jurídica de dictar o no el auto de vinculación a proceso o no. Dado que el médico explicó que la imputada está bajo un coma inducido, esto es, que su sistema se encuentra en el más bajo nivel de operación para que responda a la medicación, como ha quedado señalado”, dijo el juzgador. El juez citó una tesis jurisprudencial emitida por la Segundo Tribunal Colegiado para fundamentar su determinación de suspender el proceso penal. “La suspensión del plazo constitucional debe ordenarse si el indiciado se encuentra imposibilitado para rendir declaración preparatoria ... puesto que el dictar formal prisión sin desahogar tal diligencia se violan las formalidades esenciales que rigen el procedimiento de prescripción pues la infracción afecta la defensa del justiciado, así como vulneran su garantías de seguridad jurídica”, refirió. El juez aplicó el Artículo 290 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Chihuahua que habla de la suspensión del proceso penal cuando el acusado presente una enfermedad mental transitoria. “No nos encontramos una situación de transtorno mental transitorio, pero sí puede ser equiparable la situación médica que guarda la paciente y por lo tanto es de aplicarse analógicamente la tesis que fue leída y también llevar a cabo la suspensión del procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 290 fracción IV del Código de Procedimiento Penales vigente en el Estado”, declaró.Finalmente el resolutor ordenó al médico Lechuga Varela que sin demora informe al Tribunal de la recuperación médica de Eunice Cervantes Mendoza, para retomar el proceso judicial. Laboral 1. DEFINICIÓN: Es una rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena. 2. CONCEPTO: Presta atención a la actividad realizada por un humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia (productividad), y cuyos frutos son atribuidos libre y directamente a un tercero. 3. CASO DE ÉXITO: CELEBRAN ESTADO DE MEXICO Y CAMARA DE COMERCIO DE CANADA REUNION DE COOPERACION. México D.F., 06 de agosto 2008.- La Cámara de Comercio de Canadá en México (CANCHAM) celebró esta

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mañana una reunión de trabajo entre sus miembros y los representantes y funcionarios del Gobierno del Estado de México, encabezados por el Gobernador Constitucional de la entidad, Enrique Peña Nieto. Durante el evento la presidenta de la Cámara, Rosalind Wilson, resaltó la importancia del evento y destacó la relación exitosa y de estrecha colaboración que hay entre las distintas provincias de Canadá y el Estado de México. “Claramente, bajo su liderazgo el estado está cumpliendo con los proyectos estratégicos como son los proyectos de infraestructura, transporte y logística. Hoy en día el Estado de México está bien conectado con Canadá por avión, vía terrestre e incluso a través de ferrocarril”, apuntó la también directora de Canadian Pacific Railways en México. En presencia del Exmo. Embajador de Canadá en México, Guillermo Raschinski, la presidenta de CANCHAM agregó que el Estado de México es la entidad líder en términos del número de trabajadores temporales que apoyan a Canadá. Añadió que actualmente casi el 20 por ciento de los más de 14 mil trabajadores temporales que año con año cubren las fuentes de empleo que se abren en ese país provienen de su entidad, y año con año esta cifra también reporta incrementos. La relación con las tres provincias más importantes cubre varios sectores y representa importantes oportunidades de inversión. 4. CASO DE FRACASO: "Abuso" de Arizona, decomisar remesas de migrantes domingo, 10 de agosto de 2008 Frente a la decisión del Tribunal de Arizona de decomisar las remesas que envían los migrantes a sus familias, por "financiar el tráfico de indocumentados", criterio que ya comparten otros estados como Georgia, consejeros del Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME) exigieron a los gobernadores fronterizos de ambos países su inmediata intervención para frenar "esta amenaza al derecho laboral de miles de trabajadores honrados". En carta abierta dirigida a los gobernadores de Arizona, Janet Napolitano; California, Arnold Schwarzenegger; Nuevo México, Bill Richardson, y Texas, Rick Perry, 51 consejeros del IME acusaron al Tribunal Superior de Arizona de exceder su autoridad al decomisar unilateralmente el dinero que los migrantes envían a su familias en México. "Las transferencias monetarias son una opción segura, conveniente y popular para que millones de migrantes envíen de nuevo con frecuencia dinero a México para apoyar a sus familias y comunidades de su ciudad natal. Los asimientos de Arizona han tenido un efecto desproporcionado e injusto en un segmento de la población de ambos países que de por sí es atacado por la histeria antihispana", afirma la misiva. El gobierno de Arizona comenzó a decomisar las remesas que los mexicanos envían al estado mexicano de Sonora, desde el 6 de julio. Las autoridades de ese estado carecen de una estimación actualizada sobre el dinero que será decomisado, pero un análisis interinstitucional de 2001 calculó que en ese entonces el volumen de esas remesas sumaba 17 millones de dólares mensuales. "Distinguidos miembros de la 26 conferencia de los gobernadores fronterizos, estamos escribiendo para llamar su atención urgente a un abuso que amenazan el derecho legal y el bienestar económico de miles de migrantes mexicanos trabajadores y de sus familias. "Apoyamos fuertemente la meta de terminar con el devastador tráfico de personas, el contrabando y de droga, pero no podemos aceptar un programa que pisotee el derecho constitucional de la gente", añade la carta dirigida también a los gobernadores fronterizos de México que asistirán a la conferencia anual a realizarse los días 26 y 27 de septiembre en Puerto Peñasco, Sonora. Por último, destaca que la libertad económica de millones de ciudadanos mexicanos y americanos depende de lo que puedan hacer durante el encuentro para que esta medida sea revertida y los migrantes continúen enviando la ayuda económica a sus familias

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Agrario 1. DEFINICIÓN: Conjunto de normas, teorías y prácticas, que se refieren a lo típicamente jurídico enfocado hacia el cultivo del campo y al sistema normativo que lo regula, la organización territorial rústica y a las explotaciones que determinen como agrícola, ganadero y forestal. 2. CONCEPTO: Parte del sistema jurídico que regula la organización territorial rústica. todo lo relacionado con las explotaciones y aprovechamientos que el sistema considera como agricolas, ganaderos y forestales y algunos otros aprovechamientos colaterales así como la mejor forma de llevarlos a cabo. 3. CASO DE ÉXITO: Portugal. Agosto del 2004. Los logros de la Reforma Agraria: mucho más que la distribución de tierras. Se consiguieron crear 550 unidades colectivas de producción en las que trabajaban alrededor 25.000 de los antiguos campesinos y otros 70.000 nuevos. Se crearon puestos de trabajo remunerados en mejores condiciones que el trabajo en los latifundios que permitió : trabajo justo y comida, consiguiendo una gran mejora del nivel de vida rural de 200.000 productores agrarios. Se consiguió también un aspecto con sentido muy importante para la población rural: la libertad, para tomar decisiones y llevar las riendas del propio destino, y salir del yugo de la opresión de la dictadura. En los antiguos latifundios cerealistas en secano, se realizaron mejoras productivas con la introducción del regadío, de nuevos cultivos (maíz, tabaco, árboles frutales) y de nuevas especies de ovinos, bovinos y porcinos. Se creó una Oficina Mecánica en cada municipio, para la asistencia técnica de la maquinaria agraria de las cooperativas, la cual también daba servicio a otros pequeños campesinos de la zona. Se crearon otros servicios sociales como jardines de infantes para permitir que las mujeres con hijos trabajen y asilos para los retirados. Con el fin de poner en marcha un plan de desarrollo integral del sector rural, se creó también una central de comercialización, llamada Cooperativa de la Reforma Agraria, y se puso en funcionamiento, tanto en las ciudades como en los pueblos, mercados para comercializar la producción agrícola. La Reforma Agraria en Portugal no representó solamente la distribución de tierras de los grandes latifundistas. La reforma agraria significó pasar de una estructura latifundista improductiva con un fuerte porcentaje de campesinos empobrecidos a un sector rural productivo, equitativo, dinámico y participativo. La base de la Reforma Agraria: la organización social y la conciencia colectiva de lucha La Reforma Agraria se desarrolló con el apoyo del Estado, pero la iniciativa surgió desde los movimientos de base, mediante la movilización de los campesinos y agricultores que venían organizando la lucha social desde hace varias décadas atrás. Sin embargo, los campesinos portugueses reivindicaban un acceso colectivo a la propiedad de la tierra y mas no a título privado o individual, ya que de esta última forma sería un fracaso por no tener acceso a los demás medios productivos (financiamiento, maquinaria, apoyo técnico). 4. CASO DE FRACASO: 7 de Febrero del 2006.El gobierno Lula fracasó en la Reforma Agraria. Controversia sobre números no es ninguna novedad cuando se trata de reforma agraria. Quien sigue la política agraria en Brasil debe recordar varias situaciones donde este hecho ya ocurrió.Le ha llegado el turno al gobierno Lula. En el gobierno Figueiredo, a finales del periodo dictatorial, hubo controversia sobre los números de la reforma. En aquella época, finales de 1984, se anunció oficialmente la emisión del millonésimo documento de títulos de tierra. El gobierno de entonces apuntaba este hecho como una evidencia de que estaba en curso en el país el mayor programa de reforma agraria del mundo. Los periódicos publicaron varios análisis. Me manifesté al respecto en un artículo publicado por la Folha de São Paulo en la época: El millón de títulos anunciados se refieren a una serie de documentos, entre los que se incluyen títulos de

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propiedad definitivos para agricultores sin tierra, para posseiros que ya ocupaban la tierra y títulos con derecho a ocupación provisional. Evidentemente, la llamada mayor reforma agraria del mundo, y de los militares, no se realizó. Es necasario también recordar lo óbvio, o sea, los movimientos sociales fueron perseguidos y reprimidos en este periodo negro de la historia. Llegamos al gobierno Lula. En un principio hubo una esperanza en la concretización de la deseada reforma agraria. Fue encomendada una propuesta de Plano Nacional de Reforma Agraria (PNRA). Su objetivo era desencadenar el proceso tan necesario de cambio estructural en favor de la población vulnerable al modelo vigente y revertir el proceso de concentración fundiaria. La propuesta no se aceptó. En su lugar, el gobierno anunció el II PNRA. Más tímido en sus metas, significó el abandono de la pretensión de instalar un proceso de cambio de la absurda estructura agraria brasileña. A pesar de todo, hubo colaboración por parte de los movimientos en el sentido de acordar con el gobierno un conjunto de metas que significasen una política fundiaria aceptable. El 22 de diciembre pasado, después de anunciar que la meta anual había sido superada, el gobierno emite una nota en respuesta a la crítica recibida del MST por carta en octubre, durante la Asamblea Popular, en Brasilia. Entre otras afirmaciones, dice que Brasil superó la meta de asentamientos prevista en el II PNRA... el mejor resultado de reforma agraria de toda la historia. Rebate además las contestaciones del MST afirmando que el Movimiento hace una crítica liviana e intenta establecer un debate con el gobierno sin ninguna seriedad. El análisis de los datos disponibles confirma la crítica al gobierno. De las 127,5 mil familias consideradas asentadas en 2005, sólo el 45,7 % lo fueron en áreas de reforma agraria. El 54,3 % restante se refiere a asentamientos o reordenación de asentamientos en tierras públicas. Los datos también muestran que gran parte de los asentamientos se crean en áreas de frontera agrícola, siguiendo el comportamiento de gobiernos anteriores. El geógrafo Bernardo Mançano, de la USP, con las informaciones del Banco de Datos de la Lucha por la Tierra, prueba que en los tres años de gobierno Lula sólo un 25 % de familias fueron asentadas en tierras expropiadas. La reforma agraria en el gobierno Lula no tiene capacidad para alterar la estructura fundiaria. Los únicos resultados positivos se refieren al Pronaf (Programa Nacional de Fortalecimineto de la Agricultura Familiar), lo que es poco para sustentar la afirmación de que la reforma agraria de calidad está siendo realizada. Lo que aún diferenciaba el gobierno Lula de los demás era su postura en relación a los movimientos sociales. Ahora, ni esto. Su política es inócua al latifundio. No afecta al monopolio de la tierra. Corporativo 1. DEFINICIÓN: La rama del derecho empresarial que estudia y regula la gran empresa y su incidencia en las ramas del derecho. 2. CONCEPTO: Regula a las sociedades comerciales y el comportamiento de éstas frente a los demás agentes económicos. Dentro de nuestra firma el manejo de este tipo de negocios es de gran inportancia en su manejo, gestión y ejecución. Es uno de los puntos claves para las empresas que requieren, técnicamente hablando, de una "reingeniería", ya que consolida una mayor solidez y mejor funcionamiento interno, abriendo nuevas y mejores posibilidades de crecimiento y una mejor posición dentro del mercado. 3. CASO DE ÉXITO: 26 de Marzo del 2007. Oracle demanda a SAP por espionaje y robo de información corporative. Acusa a la empresa alemana de hacerse pasar por clientes para conseguir programas.La férrea competencia que libran Oracle y SAP en el mercado informático se eleva a los tribunales. El fabricante estadounidense de programas para empresas acaba de demandar a la alemana, líder del sector, por presunto espionaje y robo a gran escala de material protegido por el derecho de propiedad intelectual. De esta manera, podía ofrecer servicios de mantenimiento más baratos y atraer a nuevos clientes. La demanda

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fue presentada la tarde del jueves ante un tribunal en San Francisco (California). La documentación entregrada por Oracle, con sede en Redwood City, acusa a SAP y su filial TomorrowNow de "robar" de su portal de servicio de venta en Internet "miles de productos protegidos por el copyright". Para ello, explica que SAP se hacía pasar por clientes reales. El material, alega, era después transferido a su propio servidor. Oracle, tercer fabricante de programas informáticos para empresas, detectó el fraude en noviembre pasado, por la actividad anormalmente elevada en la descarga de dos de sus líneas de productos, PeopleSoft y JD Edwards. La compañía comenzó a investigar a los clientes que estaban conectados a su portal y constataron que utilizaban una dirección de Internet Protocol (IP) que pertenecía a SAP. "El acceso ilícito era sistemático", alega. La demanda precisa que se realizaron más de 10.000 descargas no autorizadas en un periodo de cuatro meses, entre septiembre de 2006 y el pasado enero. Oracle explica que los empleados de SAP usaban direcciones de correo electrónico falsas, números de teléfono ficticios e identidades de usuarios de Oracle para poder acceder a su sistema "bajo falso pretexto". En ese portal se ofrece documentación y actualizaciones de los programas informáticos. La compañía estadounidense acusa por ello a su rival de fraude y competencia desleal. "Se trata de un caso de robo de información corporativa a gran escala", reza la demanda. SAP evitó ayer pronunciarse sobre la demanda hasta que no tenga estudiadas las alegaciones presentadas por la firma estadounidense en las 44 páginas de la demanda. 4. CASO DE FRACASO: 25 de Enero del 2000. Imatec pierde el juicio antes de empezar. Hay una empresa, de la que os hemos hablado alguna vez, que tiene la mala costumbre de vivir del cuento. Llevan años diciendo que Apple les copió conscientemente una tecnología propia para sacar ColorSync. Con los daños gigantescos que pedían por el presunto plagio como todo activo (su tecnología ya está muy atrasada y no tiene licenciatarios), Imatec consiguió mantener el atractivo de sus acciones durante mucho tiempo, lo que ha hecho relativamente ricos a los cuentistas (la empresa valía unos 500 millones en Bolsa la última vez que cotizó... sobre una demanda por daños de billones, lo que da una idea de su credibilidad en el mercado).Pero todas las historias se acaban. Ayer, el juzgado del distrito sur de Nueva York decidió desestimar la demanda. Ahora los dos únicos empleados de Imatec se plantean cómo recurrir la decisión, porque no tienen otro modo de seguir operando. Aunque quizá no lleguen ni a eso: el presidente de la empresa ha vendido ya el 95% de sus acciones. Aunque no tienen ingresos, siguen gastando entre los dos casi 150 millones de pesetas al año, con lo que acabarán con las reservas en un par de años más... lo justo para recurrir, supongo. Internacional 1. DEFINICIÓN: Es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los estados, y otros sujetos de derecho internacional, y que son representados por su servicio diplomático. 2. CONCEPTO: Un conjunto integrado por acuerdos entre estados –tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas), memorándum o memoranda (según sea el caso), intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos, protocolos de tratados–, por la costumbre internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por los principios generales del derecho. Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar. En ambos casos, bilateral o multilateral, el nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas nacionales.

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3. CASO DE ÉXITO: Jueves 27 de marzo de 2008 EL DERECHO INTERNACIONAL LE GANA AL INTERÉS DE LAS TRANSNACIONALES En cuanto a la victoria de nuestra PDVSA sobre la norteaméricana EXXON MOBIL, es evidente que se demostró que el interés nacional de cualquier país es más importante que los intereses de cualquier transnacional. Exxon Mobil, no conforme con haber disfrutado por años de esas regalías bajas y sus altísimas ganancias, demanda al Estado Venezolano, por éste nacionalizar un recurso natural legítimo. Pero aquí le tenemos un video, sobre lo que se esconde detrás de La Exxon Mobil... 4. CASO DE FRACASO: EE.UU. viola Derecho Internacional al sabotear transmisiones radiales y televisivas de Cuba. DECLARACIÓN DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DE CUBA. El pasado 20 de mayo de 2003, el Gobierno de los Estados Unidos de América llevó a cabo nuevas acciones que constituyen una escalada en la agresión radiolectrónica y televisiva que viene llevando a cabo contra la Revolución Cubana desde hace décadas. La emisora de radio creada y operada por el Gobierno estadounidense con el objetivo de promover la subversión en Cuba, pérfida y ultrajantemente bautizada con el nombre de José Martí, salió ese día al aire utilizando cuatro nuevas frecuencias, hecho que provocó interferencias y afectaciones a las transmisiones radiales cubanas. Estos actos constituyen una franca y grosera violación del Derecho Internacional y las normas y regulaciones establecidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), organización internacional con sede en Ginebra, que fuera constituida con el objetivo de promover el buen funcionamiento de las telecomunicaciones en todo el mundo y, en particular, a su Reglamento de Radiocomunicaciones. En horas de la tarde del mismo día, la señal televisiva transmitida con iguales propósitos hacia Cuba por los servicios oficiales de propaganda norteamericanos, salió al aire de seis a diez de la noche, utilizando canales y sistemas asignados legalmente a estaciones cubanas de televisión e inscritas debidamente en la ya citada organización internacional. Esta acción es también violatoria del Derecho Internacional y de las normas acordadas por todos los Estados en el marco de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, en especial del numeral 23.3 de su Reglamento de Radiocomunicaciones, que prohíbe las transmisiones televisivas más allá de los límites nacionales. En virtud del numeral 15.34 del propio Reglamento, la agresión televisiva de Estados Unidos constituye una interferencia perjudicial, provocada por una estación de televisión operando en el canal 13 de VHF (210 a 216 MHz), que afectó severamente servicios de televisión cubanos debidamente registrados en dicho canal. El propio preámbulo de la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones establece la importancia creciente de las telecomunicaciones para la salvaguardia de la paz y el desarrollo económico y social de todos los Estados y, por tanto, declara la necesidad de facilitar el buen funcionamiento de las telecomunicaciones, mediante la cooperación internacional para la realización plena de los objetivos antes expuestos. Las agresiones radiales y televisivas de Estados Unidos contra Cuba evidencian el total desprecio de dicho gobierno por las normas que rigen las relaciones internacionales. La agresión radial y televisiva de los Estados Unidos contra Cuba no es un fenómeno nuevo. Cada semana, emisoras radicadas en el territorio de los Estados Unidos transmiten hacia nuestro país más de 2220 horas de programación contrarrevolucionaria, promoviendo la subversión contra el orden constitucional que se diera libre y soberanamente nuestro pueblo. Son 24 las frecuencias que se destinan a programaciones exclusivamente con esos fines.En esta ocasión, la violación del Derecho Internacional y, en particular, de las normas internacionales que regulan el uso de las frecuencias de radiocomunicaciones, se ha visto

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agravada por varios factores. Más allá de la premeditación y la hipocresía que guiaron el diseño y la instrumentación de las acciones descritas, destaca el hecho de que las transmisiones subversivas fueron dirigidas hacia Cuba desde un avión de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos en un horario estelar de la programación nacional, interfiriendo su normal difusión a través de bandas de frecuencia utilizadas por las emisoras radiales y televisivas cubanas. Licencias 1. DEFINICIÓN: Es, en Derecho, un contrato mediante el cual una persona recibe de otra el derecho de uso de varios de sus bienes, normalmente de carácter no tangible o intelectual, a cambio del pago de un monto determinado por el uso de los mismos. 2. CONCEPTO: Derecho que adquiere una empresa para explotar un invento, una marca o una tecnología determinada. La empresa adquiere la licencia a través del pago de un monto a la persona natural o jurídica a cuyo nombre está inscrito el invento, la marca o tecnología. Licenciar mediante un procedimiento legal la transferencia de los derechos de fabricar, mercadear o distribuir solamente un producto de una marca determinada en otro mercado u otro país. 3. CASO DE ÉXITO: Reglamentará Escobedo licencias para alcohol Martes, 24 de Junio de 2008. Para evitar que la concesión de licencias para vender alcohol pueda ser usada con fines particulares y oscuros, el municipio de Escobedo plantea reformas al Reglamento de Expendio y Consumo de las mismas. A la comisión de gobernación y reglamentación del cabildo fue turnada un dictamen para solicitar el cambio en el reglamento, de tal suerte que limita y especifique todo lo referente a la expedición de permisos temporales, factor del cual habrían existido muchos abusos. El regidor Danilo Domínguez Vera explicó que el reglamento actualmente brinda facultades para que los temporales sean licencias de facto que habrían pasado no por las manos del cabildo sino exclusivamente de la presidencia, factor que se puede convertir en ficha de cambio para fines políticos. "Como está actualmente no es posible cerrar el paso a lagunas jurídicas para hacer uso y abuso, que pueden acontecer, dado que no hay limite en la cantidad de permisos que pueda entregar a un establecimiento. Al abrirse la puerta a que esto sea indefinidamente, se trata de una licencia vestida de permiso y se evita que el ayuntamiento autorice licencias correspondientes" comentó el edil. Esta modificación, dice, iría más allá de lo escrito en la Ley Estatal de Prevención del abuso del Alcohol, que no emite una diferencia entre licencia y permiso además de que permite "a la autoridad competente" entregar licencias, sin especificar si es el cabildo, la presidencia u otra representación. Además de especificar en las fracciones 21 y 22 del artículo 2 del reglamento qué es una licencia y qué es un permiso, se acordaría delimitar la entrega de la segunda concesión, con el fin de "evitar el disimulo y la discrecionalidad en medio de un reglamento amañado y discrecional" para que las peticiones de permiso menores a 15 días sean otorgadas por la alcaldesa, tal cual está escrito actualmente, y aquellos mayores a 15 días y menores de 30 sean concedidas por el ayuntamiento, añadiendo que la máxima cantidad de permisos que se puedan conceder a un establecimiento sea de tres en el lapso de un año. 4. CASO DE FRACASO: 20 de Octubre del 2006.Vecinos de Lomas de Chapultepec y Polanco anunciaron que interpondrán una denuncia penal contra quien resulte responsable de la construcción irregular de las torres de Reforma 115, Palmas 405 y Lamartine 737, propiedad de Ariel y José Bromberg. Respecto al edificio de Lamartine, que todavía no está terminado, buscarán que Gabriela Cuevas lo clausure, ya que todavía continúan las obras pese a que se ha probado que viola diversos ordenamientos.

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“No queremos que todo esto quede impune, estamos buscando la manera de que las autoridades tomen acciones y esta empresa deje de hacerse millonaria tras su red de corrupción”, dijo Elia Goth, vecina de Lomas de Chapultepec. Además, exigieron ayer al Gobierno del Distrito Federal (GDF) realizar una investigación de oficio sobre todos los permisos irregulares que la delegación Miguel Hidalgo y la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (Seduvi) han otorgado a la empresa Inmobiliaria Brom a lo largo del sexenio. Esto, luego de que Crónica dio a conocer que esa empresa, ha construido al menos tres torres de lujo en esa demarcación violando los planes de desarrollo urbano de dichas colonias, así como el reglamento de construcción del DF y las licencias de construcción otorgadas por las autoridades. Los colonos consideraron que existe una red de corrupción entre el gobierno local y la empresa inmobiliaria que en 2005 aportó casi dos millones de pesos al PRD en 2005. “Esa es la prueba de que a cambio de que las autoridades perredistas les han permitido de todo y se han hecho de la vista gorda a la hora de aplicar las sanciones correspondientes, a cambio de que financien sus campañas”, reclamó Eduardo Ochoa, vecino de Polanco. También pidieron que la Seduvi y la delegación, ahora encabezada por Gabriela Cuevas, realizar verificaciones a estas construcciones, aunque ya estén terminadas, y aplicar las sanciones que debieron hacer desde hace dos años, cuando Fernando Aboitiz era el titular de la demarcación. Permisos 1. DEFINICIÓN: Licencia o consentimiento para hacer o decir algo, se usa para decidir si la persona, programa o dispositivo X tiene permiso para acceder al dato, funcionalidad o servicio Y. 2. CONCEPTO: Acto o documento a través del cual se permite a una persona realizar aquello que solicita, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por las leyes para cada caso. Como podrá apreciarse en esta sección, se detallarán las características generales de los trámites de permisos previos y de certificados de origen (ver certificados de origen y permisos de importación y exportación). El permiso previo es una regulación no arancelaria que sirve para importar legalmente al país, los productos que están controlados. La lista de productos sujetos al requisito de permiso de importación y exportación está publicada en el Diario Oficial de la Federación y también se puede consultar en nuestra sección de normatividad. A menudo, en el momento de la creación de la empresa, se requieren algunos permisos para poder operar actividades sujetas a normas o leyes particulares, entonces para obtener los permisos, los servicios contables pueden hacerles salvar tiempo y dolores de cabeza considerables. Aquí tienes nuestros servicios de solicitudes de permisos legales: Permisos de sanidad e higiene: De acuerdo al tipo de actividad que desarrolle

su empresa está obligada a cumplir con determinadas reglamentaciones en materia de instalaciones sanitarias, manipulación de alimentos, transporte de alimentos, etc.

Permisos ambientales: Si su establecimiento ó actividad genera emisiones atmosféricas de ruido como las discotecas, terrazas, manejo de los productos contaminantes o vertimientos de residuos, entre otros, o si cuenta con publicidad exterior visual, debe solicitar los permisos y licencias respectivas.

Permisos y certificados ante los bomberos: Su establecimiento debe cumplir con las regulaciones mínimas de seguridad señaladas por los bomberos.

Permisos de registro sanitario:Si la actividad de su establecimiento de comercio es fabricar o comercializar localmente o como exportador/importador de alimentos, medicamentos, productos de aseo, bebidas alcohólicas, farmacéuticas o cosméticos, debe obtener el registro sanitario respectivo.

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Existen diversos permisos en México, desde importación, exportación, portación de armas etc… 3. CASO DE ÉXITO: Total gana el permiso de exploración de Otway en el sur de Chile11:42 - 21/11/2007Colonial pedirá permiso en la junta para emitir deuda por 4.000 millones)Mapfre abandona su alianza con Cattolica por no recibir permiso de las autoridades italianas (15/11)Mapfre y Cattolica abandonan su alianza al no recibir permiso regulador (14/11) París, 21 nov (EFECOM).- El grupo petrolero francés Total anunció hoy que ha ganado, en la licitación lanzada por el Gobierno chileno, la atribución del permiso de exploración de hidrocarburos de Otway, en el extremo sur del país. Total señaló en un comunicado que tendrá el 100 por 100 de la participación en ese bloque de Otway, que cubre una superficie de 5.965 kilómetros cuadrados al norte del Estrecho de Magallanes. El bloque se encuentra al oeste de la ciudad de Punta Arenas y a unos 160 kilómetros de las instalaciones que el gigante petrolero tiene en Tierra del Fuego, en Argentina. El contrato, que debe ser suscrito en los próximos meses, establece una primera fase de exploración que se lanzará el año próximo y cubrirá 1.500 kilómetros cuadrados que serán sometidos a una evaluación sísmica, y donde se procederá a la perforación de dos pozos. Total destacó que su entrada en Chile "está en línea" con su estrategia de "diversificación de sus intereses en la exploración".En Sudamérica, la compañía está presente esencialmente en Argentina -donde es uno de los grandes extractores de gas natural- y en Venezuela -en la franja del Orinoco-, pero también en Bolivia, Colombia, Brasil y Trinidad.En conjunto, en esa región su producción el pasado año fue del equivalente de unos 225.000 barriles diarios. EFECOM 4. CASO DE FRACASO: 15 de Febrero del 2006. Polaris World no obtiene permiso para construir un complejo de turismo residencial en Alhama de Murcia. El Pleno del Ayuntamiento de Alhama de Murcia rechazó anoche, en sesión extraordinaria la aprobación del plan parcial denominado ‘Condado de Alhama. Sector I’, promovido por Polaris World, que suponía la construcción de más de 12.000 viviendas en un desarrollo que abarcaba cinco hectáreas de terreno. Fueron los votos de la oposición los que tumbaron el proyecto de Polaris, repitiéndose el mismo escenario que en el pasado Pleno de enero, en el que se acordó aplazar este tema. Y es que el equipo de Gobierno municipal del PP presentó el mismo proyecto anteriormente rechazado, sin modificaciones, por lo que PSOE, IU y la edil transfuga del PP, Teresa Hernández, reprodujeron el ‘no’ que ya dieron hace unas semanas. El portavoz del PSOE, José Espadas, no logró que se debatiera su propuesta alternativa, que básicamente pedía que la actuación afectara sólo a una hectárea, construyéndose entre 2.000 y 2.500 viviendas, en aras de un desarrollo “racional” del muncipio De esta forma, Polaris World no podrá desarrollar su proyecto urbanístico de turismo residencial en Alhama de Murcia, lo que, según la promotora, conllevará la pérdida de más de 3.000 puestos de trabajo. Por su parte, el Ayuntamiento alhameño recibió 1,8 millones de euros en concepto de sustitución del 10% del aprovechamiento municipal, que tendrá que devolver a la empresa. Además, el consistorio se queda sin las contrapestaciones pactadas con Polaris, como una escuela de hostelería, mejora ambiental en los Saladares del Guadalentín, equipamiento para las escuelas deportivas o una escuela de golf, ni con el edificio para servicios municipales que iba a construir la promotora. Registros 1. DEFINICIÓN: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de actividades desempeñadas. 2. CONCEPTO: Inclusión por el organismo de evaluación, en un registro o lista apropida, de las características del suministrador y del campo de actividad

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cuya capacidad ha sido evaluada. 3. CASO DE ÉXITO: México - Agrovet Market logra nuevo registro ante SAGARPA: Proxifen 23 L.A. 03/09/2008 México - Agrovet Market logra nuevo registro ante SAGARPA: Proxifen 23 L.A. Agrovet Market Animal Health a través de su representante exclusivo para México Vetermex Animal Health S.A. de C.V. obtuvo su tercer registro ante la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA). El producto registrado fue Proxifen 23 L.A., el cual es un antibiótico de amplio espectro (en un vehículo de acción prolongada) asociada a un antiinflamatorio de última generación, no narcótico, no esteroide (y como tal no abortivo) con propiedades antipiréticas, y analgésicas. indicado para la prevención y tratamiento de todos los procesos infecciosos con reacción inflamatoria, dolorosa y febril, tanto en infecciones sistémicas como locales, bronconeumonías, mastitis, enteritis, artritis, osteoartritis, infecciones del tracto urinario, prostatitis, pododermatitis, queratoconjuntivitis, infecciones inespecíficas y bacterianas secundarias a enfermedades víricas. Ambas empresas Agrovet Market Animal Health y Vetermex Animal Health agradecieron y felicitaron a su equipo técnico tanto en Perú como en México respectivamente por el logro obtenido. 4. CASO DE FRACASO: Montebalito pierde 7,6% dos días tras registro Cartera Meridional18:25 - 3/11/2006 Economía/Finanzas.- Montebalito se desmarca de los registros a su máximo accionista, Sociedad Cartera Meridional (3/11) Madrid, 3 nov (EFECOM).- Los títulos de la inmobiliaria Montebalito han perdido un 7,60 por ciento en los últimos dos días, tras el registro realizado ayer por la Guardia Civil y la Agencia Tributaria en la sociedad Cartera Meridional, principal accionista de esa empresa. Las acciones de Montebalito -que ayer cayeron más de un cuatro por ciento- bajaron hoy al cierre del mercado un 3,47 por ciento, hasta 15,56 euros, aunque en lo que va de año aún acumulan una revalorización próxima al 73 por ciento. Según los analistas consultados por EFE, la caída de Montebalito es un recorte más que lógico si se tiene en cuenta que su principal accionista, Cartera Meridional, es el auténtico propietario de la empresa y todavía se desconocen tanto los pormenores como las consecuencias de la operación policial. No obstante, la compañía Montebalito -en un comunicado remitido a la CNMV- ha reiterado que las pesquisas policiales se refieren únicamente a una operación de ampliación de capital llevada a cabo en el primer trimestre de este año "y que, tal como se acreditó durante el registro, se realizó cumpliendo todos los requisitos legales y fiscales". Montebalito ha insistido en que el registro a Cartera Meridional no le afecta y reitera que su negocio y su actividad "no se ha visto afectada de ninguna manera por estas actuaciones y mantenemos la previsión de ingresos y resultados para este ejercicio 2006". Cartera Meridional es la cabecera de un "holding" de empresas de inversión, inmobiliarias, y de pesca y alimentación, cuyo principal accionista, con un 89,5 por ciento del capital, es el empresario gallego José Alberto Barreras. El registro de la compañía Cartera Meridional ha sido uno de los llevados a cabos por la Guardia Civil, la Agencia Tributaria y la Fiscalía Anticorrupción en varias sedes del portugués banco Espírito Santo, de la aseguradora Cahispa y del francés BNP-Paribas en España, en una operación contra el blanqueo de capitales. EFECOM. Contribuciones 1. DEFINICIÓN: Son los gravámenes que establece la ley a cargo de las personas que tienen el carácter de contribuyentes o sujetos pasivos, de conformidad con las disposiciones legales, y se clasifican en: impuestos, aportaciones a seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Desde el

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análisis de las transferencias, son los recursos que específicamente se otorgan a instituciones de seguridad social como el IMSS y el ISSSTE. 2. CONCEPTO: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador, beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto debe tener un destino ajeno a la financiación de la s obras o actividades que constituyen el presupuesto de la obligación. 3. CASO DE ÉXITO: 16 de Noviembre del 2008. Greg Kroah, uno de los kernel developers publicó en su blog, un estudio acerca de las contribuciones del kernel de GNU/Linux, quien expuso esto mismo en un evento denominado “Linux Plumbers Conference”, en Portland, Oregon. Si bien se trataron estadísticas acerca de la contribución de este núcleo, sorprendieron los aportes de Canonical, empresa fundadora de la distribución más popular hoy por hoy, Ubuntu. A todo este conjunto de aplicaciones que vemos en el gráfico (X.org, Kernel, Man Pages, Gcc, AlSA, etc.), se lo denomina plumbing, lo que traducido al español seria algo como “fontaneria”. Bien de esta forma podemos analizar la cantidad de líneas empleadas en el desarollo de las distintas aplicaciones del sistema GNU/Linux, podemos notar un gran desarollo en el kernel, con el 40% de las contribuciones, en el compilador de GNU Gcc, X.org, en los tres primeros puestos. Tres utilidades primordiales para el desarollo de este sistema, el corazón (núcleo), tuvo muchisimas contribuciones, por que no vemos cuantos paths hicieron los kernel developers: Los developers del kernel han contribuido con 99324 parches desde la versión del núcleo de Linux 2.6.15 hasta 2.6.27-rc6, lo cual realmente no representa mucho tiempo, por lo cual, demuestran un trabajo enorme para realizar su tarea, un orgullo. Canonical, una empresa fundada por el sudafricano Mark Shuttleworth, solo contribuyo con 100 parches en el mismo periodo de tiempo, desde la versión de Linux 2.6.15 hasta 2.6.27-rc6 lo que estadísticamente representa: Para ser una de las distribuciones (si no es la mas), usada actualmente un pequeño 00.1% representa muy poco en cuanto a contribuciones, ya que su cantidad de usuarios es realmente muy alta como para coolaborar tan poco. Si evaluamos a esto por las distribuciones que más coolaboran, Canonical representaria a todos sus productos (Ubuntu, Kubuntu, Xubuntu, Edubuntu, etc.), las contribuciones siguen siendo las mismas. Veamos en mas detalle esto mismo: Podemos notar la presencia de Red Hat en el segundo puesto de la Lista, de Novell con su distribución Suse y OpenSuse, y un poco más abajo con 288 parches, Debian. Canonical con 100 parches, (como dijimos antes), se ubica en el puesto Nº 81. Podemos notar también a Gentoo, una distribución que esta teniendo diferentes problemas en cuanto a su equipo humano, increiblemente a aportado 288 parches. Si queremos ver detalladamente quien realizo las contribuciones: Amateurs contribuyen con el 17.0% de las contribuciones para el kernel de GNU/Linux, algo maravilloso, Red Hat, una empresa la cual mantuvo su presencia desde hace mucho tiempo en este mundo, con un 11.9%, y desconocidos ¿quienes seran?, un 8.3%. En cuantro a las contribuciones de X.org el servidor gráfico de muchos sistemas Unix-Like, Debian a coolaborado con 171 parches, Gentoo con 57 parches, y Canonical con 10 parches, lo que representa un 0.0466% del total. En cuanto a lsa contribuciones de el compilador libre de GNU, Gcc, gana nuevamente los amateurs con el 37% de las contribuciones. Es notable la presencia de Google, el gigante de los buscadores con un 6%, y más abajo: Intel y AMD compartiendo ambos el octavo puesto con un pequeño 2% de contribuciones.

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Intel una empresa que habia declarado apostar por el software libre, solo un pequeño 2%. Canonical dos not contribute to Linux plumbing 4. CASO DE FRACASO: 21 de Mayo del 2002. El Concello de Monforte pierde 61.000 euros por el cobro irregular de contribuciones. Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza invalida el reparto de las cuotas por la urbanización de la calle Sarria. Por segunda vez en lo que va de año, el Tribunal Superior de Xustiza obligó al Concello de Monforte a renunciar al ingreso de contribuciones especiales por obras. Tras anular el cuadro de reparto de la última fase de las reformas en el Cardenal, la sala de lo contencioso administrativo invalida ahora las cuotas asignadas a los propietarios por la urbanización de la calle Sarria. La sentencia supone que el Concello debe desistir del cobro de 49.741 euros (8,28 millones de pesetas) y pagar otros 12.020 euros (2,00 millones de pesetas) por costas. Entre los beneficiados por el fallo están el concejal José Carlos Pérez y el secretario municipal. Los propietarios de la calle Sarria que ingresaron las contribuciones comenzaron a exigir su devolución ALBERTO LÓPEZ Al igual que sucedió con el recurso presentado por los vecinos del Cardenal, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia entiende que en la tramitación del cuadro de reparto de las contribuciones especiales de la calle Sarria se produjeron irregularidades que implican la «indefensión» de los propietarios. En este último caso, detalla la sentencia, se decreta la nulidad de la imposición por «no haber contado con el inicial acuerdo de ordenación adoptado con las formalidades legalmente exigibles». La sala de lo contencioso administrativo entiende que el reparto individualizado de las contribuciones precisaba «de un acto o acuerdo de ordenación adoptado por el pleno». Al ser adoptado directamente por el alcalde, dice la sentencia, «el mismo está viciado o incurso en causa de nulidad». El fallo advierte que para aplicar las contribuciones especiales por la urbanización de la calle Sarria «no bastaban los escuetos términos» del correspondiente acuerdo ratificado por la comisión de gobierno. En este sentido, se echaron en falta «los trámites de elaboración, aprobación provisional, reclamaciones y consiguiente resolución, aprobación definitiva y consiguiente publicación y entrada en vigor». El acuerdo que invalida el Tribunal Superior de Xustiza ni pasó por la aprobación del pleno ni tuvo la publicidad necesaria en el Boletín Oficial de la Provincia. Origen/Calidad 1. DEFINICIÓN: Más que un certificado de calidad para exportar, la ley de denominación de origen permite diversificar la producción y generar diferencias notables. 2. CONCEPTO: Es un tipo de indicación geográfica aplicada a un producto agrícola o alimenticio cuya calidad o características se deben fundamental y exclusivamente al medio geográfico en el que se produce, transforma y elabora. En otras palabras, es una calificación que se emplea para proteger legalmente ciertos alimentos que se producen en una zona determinada, contra productores de otras zonas que quisieran aprovechar el buen nombre que han creado los originales, en un largo tiempo de fabricación o cultivo. Los productores que se acogen a la denominación de origen, se comprometen a mantener la calidad lo más alta posible y a mantener también ciertos usos tradicionales en la producción, como por ejemplo, en el caso del vino, en ciertas zonas se exige utilizar la uva tradicional de la zona. Asimismo, suele existir un organismo público regulador de la denominación de origen, que autoriza exhibir el distintivo a los productores de la zona que cumplen las reglas. La ventaja fundamental de la denominación de origen es que garantiza al consumidor un nivel de calidad más o menos constante y unas características

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específicas. A cambio, los productores obtienen una protección legal contra la producción o elaboración de tales productos en otras zonas, aunque se utilicen los mismos ingredientes y procedimientos, que les permite influir sobre el precio final de éstos. También se señala que esta figura fomenta la organización del sector productivo y facilita el acceso de productores a mercados nacionales e internacionales. 3. CASO DE ÉXITO: 11 de Abril del 2008.El maní va por más calidad y denominación de origen. Se conoce que la calidad del maní Argentino es diferente a la del resto del mundo. Pero esa calidad no ha sido técnicamente descripta ni tampoco se saben cuales son los propiedades químicas que hacen que nuestro maní tenga esa característica diferencial. Durante cuatro años se recolectaron, en promedio, 190 muestras por año provenientes de la zona productora de maní de Argentina, y se les determinó el contenido de Ácidos Grasos (O/L), Materia Grasa; Proteínas; Azúcares, Tocoferoles, Macro y Micronutrientes. En esta caracterización se obtuvo un mayor contenido de Calcio y de Azúcares totales (Glucosa, Fructosa y Sacarosa) y una buena proporción de proteínas ademas de contener macro y micronutrientes de importancia nutricional como hierro, zinc, magnesio y manganeso. Esto constituye la base fundamental para determinar una “calidad diferencial” respecto del maní producido por el resto del mundo y la prueba suficiente para determinar una “Denominación de Origen” para el maní producido en Argentina. Se destaca que este trabajo es un hecho inédito ya que es la primera vez, desde el comienzo de la producción de maní tipo confitería, que se logró una descripción de estas características. 4. CASO DE FRACASO: 27 de Mayo del 2007. «Precaución» ante la nueva Denominacion de Origen «Aceite de Navarra» En noviembre está previsto que el aceite con denominación de origen de Nafarroa pueda comercializarse bajo ese etiquetado. Aportará calidad y mejorará los ingresos de los productores. Además, garantizará el futuro de los olivos en ese herrialde. El Gobierno de Nafarroa ya ha puesto fecha a la comercialización de la nueva Denominación de Origen Aceite de Navarra. Será el próximo noviembre y comprenderá a un total de 135 municipios. Los agricultores del sector llevaban mucho tiempo esperando la medida, pero son cautelosos y apuestan «por dar pasos poco a poco». No olvidan los precedentes del vino y del espárrago. Según aclaró el Gobierno de Nafarroa en la presentación de la nueva Denominación de Origen Protegida del Aceite de Navarra el objeto de ésta es «ofrecer una garantía de calidad y colocar el aceite virgen extra de Navarra en el mercado de los aceites de calidad. Ya que, para ello el herrialde cuenta con una variedad autóctona, la oliva Arroniz, de gran calidad y «personalidad». «Aceite de Navarra» se empezará a comercializar en noviembre y contará con un grupo de trabajo de los implicados en el sector, como productores, técnicos y personal del Departamento de Agricultura del Gobierno de Nafarroa, que seguirán todo el proceso. Los principales implicados, los agricultores, han acogido la noticia con agrado, no en vano llevaban varios años esperando a la denominación, «lo necesitamos», señala en este sentido Mario Gomara gerente de la Casa del Aceite de Cascante. Para Natxo Larrainzar, responsable de EHNE-Nafarroa, la nueva denominación de origen (DO) también será positiva para el sector. «Nos parece muy bien que surja esta iniciativa y que haya gente dispuesta a atenerse a una normativa que favorezca la calidad de los productos», explica. Pero los problemas surgidos en torno a la producción vitivinícola en Nafarroa por la Denominación de Origen hacen que desde EHNE se pida que la denominación «no se convierta en una herramienta a favor de la agricultura industrializada, sino que sirva para mantener los puestos de trabajo o crear más, y que suponga una salida para

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determinadas explotaciones familiares que están en dificultades para continuar», aclara Larrainzar. Pedro Luis González, presidente del Trujal Mendia de Arroniz, almazara que produce la mitad del aceite de Nafarroa, mira con «precaución» a la nueva DO. «Lo que pasa es que en Navarra somos muchos agricultores y muchos de autoconsumo, a esa gente quizá la denominación no le merezca la pena, pero si mirando en el conjunto eso va a hacer que el cultivo del olivo siga adelante, que sea un complemento a las explotaciones agrícolas, lo veré con buenos ojos»», señala. Tabla nutrimental (tabla nutricional) 1. DEFINICIÓN: información sobre el contenido de nutrimentos de sus productos. 2. CONCEPTO: Es una tabla que muestra la cantidad de los componentes de un alimento, sus factores nutricionales, es decir, muestra cuánto tiene su producto de Grasa, Proteína, Carbohidratos y Calorías, lo cual le permite a sus consumidores obtener información sobre los beneficios y calidad que aporta el producto en su dieta e igualmente permite que comparen entre los productos y elijan según sus preferencias o necesidades. 3. CASO DE ÉXITO: TABLAS COMPARATIVAS NUTRIMENTALES DE ALIMENTOS Y BEBIDAS (enlatados vs cocidos) Frijoles Negros refritos. Se puede observar que no se presenta gran variación entre los macrocomponentes cuando se comparan los productos enlatados con el frijol cocido. La excepción fue el contenido de grasa para una de las marcas comerciales que obtuvo un valor significativamente elevado incrementando el promedio presentado. El contenido de micronutrimentos es muy similar para los frijoles enlatados y los no enlatados, aunque el contenido de calcio es mayor en los frijoles enlatados (8.43 vs 7.57 mg/100 g) que el cocido. Lo anterior indica que el proceso de enlatado no altera la composición del frijol. El contenido de macronutrimentos es similar en la piña en almíbar enlatada y la cocida, a excepción de la proteína cuyo promedio (0.55%) es mayor en el producto enlatado. Los contenidos de zinc, hierro y calcio de la piña en almíbar enlatada, son mayores que en la piña en almíbar sin enlatar. El contenido de macronutrimentos del jugo de piña enlatado es muy similar al del jugo fresco. La vitamina C es mayor en el jugo de piña enlatado (34.57 mg/100g). Los contenidos de hierro y zinc son similares en ambos alimentos. En promedio el contenido de proteína, fibra cruda y carbohidratos es muy parecido en ambos alimentos. El porcentaje de grasa es menor en el puré enlatado (0.08%). El contenido de hierro, zinc, calcio y acido fólico en el puré de tomate enlatado es mayor al cocido (0.99, 0.30, 3.48 y 0.05 mg/100g respectivamente). Los chícharos con zanahorias enlatados en comparación con los no enlatados, muestran en promedio mayor contenido de proteína y fibra cruda (5.83% y 2.67%). El contenido de zinc (1.82 mg/ 100g), calcio (11.42 mg/100g) y ácido fólico (0.28 mg/100g) es mayor en el alimento enlatado, el de hierro es similar en ambos productos. En promedio el porcentaje de proteína es mayor en los champiñones enlatados (3.36%, vs 2.95%). El porcentaje de fibra cruda e hidratos de carbono es similar en ambos productos. Los champiñones enlatados tienen más cantidad de minerales como calcio (1.62 mg/100g), acido fólico (0.01 mg/100g) y zinc (0.75 mg/100g) que los no enlatados. El promedio del porcentaje de proteína en ambos productos es muy similar; el contenido de cenizas es menor en el atún enlatado (1.49%). El atún cocido presentó valores menores para la grasa que los productos enlatados, estos valores se deben muy probablemente que para el cocido se empleó únicamente filete. Los micronutrimentos encontrados en el atún en agua enlatado son

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superiores al atún cocido, como el hierro (8.04 vs 0.77 mg/100g) y calcio (7.98 vs 0.0 mg /100 g). Nota: Las cenizas y el calcio se encuentran en general en mayores concentraciones en los productos enlatados. Se explica por la adición de sales para mejorar o retener textura. * Cocidos tomando en cuenta procedimientos caseros y asegurando las buenas prácticas en la manufactura en el departamento de alimentos y biotecnología de la facultad de química de la UNAM. POR TODAS LAS VENTAJAS DE LOS ALIMENTOS ENLATADOS Y PORQUE NO CONTIENEN CONSERVADORES ARTIFICALES, SUGERIMOS EL CONSUMO DE ESTOS ALIMENTOS, YA QUE SON NUTRITIVOS Y ADEMÁS PODEMOS INCLUIRLOS EN LA DIETA, YA SEA EN EL DESAYUNO, EN LA COMIDA Y EN LA CENA POR SER PRÁCTICOS Y ECONÓMICOS! 4. CASO DE FRACASO: En los últimos años ha habido una gran crecimiento en el mercado de los productos light, éstos tienen la finalidad de ayudar a las personas que desean reducir el consumo de kilocalorías, grasa, sodio, etcétera de su dieta diaria y la verdad es que son de gran ayuda, sin embargo, algunos fabricantes han desvirtuado a este tipo de productos sacando al mercado algunos productos fraude. Es por eso que es muy importante el saber identificar correctamente cuáles son los productos que nos pueden ayudar realmente y cuáles son los que nos quieren engañar, aquí te presentamos algunos consejos para hacer tus compras y te aseguramos que de esta forma sacarás el mejor partido de éstas. * Identifica que es lo que buscas de un producto, es decir, define que es lo que deseas como: controlar tu peso, disminuir tu grasa corporal, bajar el consumo de sodio, etc. De esta forma te será más fácil encontrar lo que buscas. * Busca la información nutrimental, si el producto no la tiene es mejor que busques otra marca que si la tenga pues por regulación legal, todos los alimentos empacados deben tener esa información. * Usa la lógica, muchos alimentos mencionan por ejemplo que cada porción equivale a 100 gramos de producto, sin embargo el producto contiene más de lo que marca la porción, eso quieres decir que todos los datos que te están dando son correctos, pero tu consumirás más de todo. Por ejemplo si un yogurt para beber señala que contiene 71 kilocalorías por cada 100 gramos y te piensas tomar todo el producto de 250 gramos, quiere decir que el aporte calórico será de 177.5 kcal. Ten cuidado con frases engañosas ya que muchos productos exageran sus

propiedades. Por ejemplo el término “Sin colesterol” lo utilizan como especificación de muchos alimentos que no lo contienen naturalmente, es importante saber que sólo los alimentos de origen animal contienen colesterol como la carne, huevo, pollo, pescado, etc. El pan de caja no está preparado con leche, huevo o mantequilla, por lo que no contiene colesterol.

Compara con otras marcas cual es la que te ofrece los nutrimentos que buscas, mayor cantidad de producto y a mejor precio.

Lee la lista de los ingredientes ya que el primer nombre que se menciona siempre será el ingrediente principal, es decir, el que tiene mayor cantidad que cualquier otro y así conforme se vayan enlistando irán bajando su cantidad, por lo que debes tener cuidado nuevamente, por ejemplo muchos “jugos” se venden como tales y el principal ingrediente no es pulpa de fruta sino agua, así que no son jugos, son agua de fruta.

Si un producto se vende como: “Sin azúcar” y está endulzado con fructosa, debes saber que ésta es el azúcar de la frutas y al momento de asimilarla el organismo la transformará (al igual como lo hace con el azúcar) en glucosa que pondrá a circular en sangre y si alguien padece diabetes, corre el riesgo de elevar sus niveles de glucosa, lo cual es peligroso para la salud de las personas con esta condición.

No le tengas miedo al aspartame. Mucha gente ha tratado de desprestigiarlo

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debido a intereses económicos muy fuertes, pero la verdad es que no es un producto dañino, ha sido probado por más de 30 años en diversos campos científicos como metabólico, farmacológico, toxicológico, teratogénico, mutagénico y clínico. Además está aprobado por la FDA (Food and Drug Administration) como endulzante de alimentos desde 1981. Actualmente se encuentra aprobado como endulzante general de alimentos por la Organización Mundial de la Salud, por el Comité Científico de Alimentos de la Comunidad Económica Europea, por la Secretaría de Salud de México y por prominentes organizaciones reguladoras en más de 105 países.

Cuidado. Algunos de los grupos a quienes se dirige publicidad nutrimental falsa y engañosa son fundamentalmente ancianos, deportistas, obesos y los que sufren enfermedades crónicas.

Agentes aduanales 1. DEFINICIÓN: Persona autorizada por la aduana o habilitada ante ésta por la autoridad competente, para despachar mercaderías por cuenta ajena. También llamado Agente Aduanal o Aduanero, Despachante de Aduana, Corredor Aduanero. 2. CONCEPTO: Persona que ofrece facilitación, asesoría, bajos costos, tecnología a tu favor, seguridad en el despacho de tus mercancías y entrega al destinatario final. 3. CASO DE ÉXITO: Realizan con éxito programa Observador Externo Lunes, 01 de Octubre de 2007 RECIBEN CONSTANCIA Lilia Barrera es una de las destacadas estudiantes de la Universidad Autónoma de Tamaulipas que recibió su constancia de manos del Lic. Cornelio Zamudio Covarrubias, secretario técnico de la UAT. Estudiantes del séptimo semestre de la Carrera de Comercio Exterior de la Universidad Autónoma de Tamaulipas y de la Universidad Valle del Bravo culminaron su servicio social en el programa Observador Externo y los cursos de la Ley Aduanera y SAAIM3, efectuados de febrero a agosto del presente año Por tal motivo, el día 18 de septiembre se realizó una entrega de reconocimientos y constancias en la Asociación de Agentes Aduanales (AAA). Presidió la ceremonia el Agente Aduanal CP Mario A. Sanmiguel Hernández, encargado del Comité del Observador Externo y estuvo organizada por la Lic. Miriam Guajardo Rico y Brenda Avelino Pérez, del Departamento de Recursos Humanos de la AAA. Asistieron como invitados de honor por parte de la UAT el Lic. José Gerardo Rodríguez Herrera, director; Ing. Luis H. Lope Díaz, secretario administrativo; Lic. Cornelio Zamudio Covarrubias, secretario técnico, y CP Sara Mendoza Juárez. También, Lic. Miguel Ángel Aguilar Fabela, sub-administrador de Operación Aduanera, en representación del Lic. Rodolfo Ponce Díaz, administrador de la Aduana de Nuevo Laredo; AA Lic. José Guadalupe Bautista Montoya, vicepresidente del Consejo Directivo, en representación del Lic. Mario Alberto Sánchez Montemator, presidente del Consejo Directivo de la Asociación de Agentes Aduanales; AA Lic. Santiago C. Aréchiga Guajardo, secretario del Consejo Directivo de la Asociación de Agentes Aduanales, y AA Mariano Gamboa Rodríguez, pro-secretario del Consejo Directivo de la Asociación de Agentes Aduanales. De igual manera estuvieron presentes los agentes aduanales Lic. Francisco R. Partida Robledo, Lidia B. Silva Alejo, Olga Vázquez de Cadena, Enrique Reséndez Cuéllar, Víctor Ordóñez Martínez, Yvette Bazán Múzquiz, Luis Edmundo González Elizondo y los licenciados Ramón Rodríguez Rosete, asesor jurídico del Consejo Directivo de la AAA ; David Segura Gómez, supervisor de plataforma de la AAA , y Norma Gelia García Romo, observador externo de la AAA. Concluyeron la capacitación Laura Guadalupe Argumedo Moreno, Mónica Ávila Moreno, Lilia Barrera González, María del Pilar Gómez Valdez, Carolina Leticia Jasso Cruz, Cinthya Maldonado Vázquez.

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Karla Corina Nájera Alonso, Daría Lizeth Olguín Sánchez, Raquel Ponce García, Mónica Leticia Sánchez Fuentes, Ronald Cid Rohrman, Julio César Díaz Espinoza y Mario Alfonso López Colunga. Posterior a la entrega de reconocimientos se degustó una deliciosa cena y se convivió gratamente por espacio de varias horas, con motivo de festejar tan importante ocasión. 4. CASO DE FRACASO: 2 de Julio del 2008. México. Desacuerdo de los agentes aduanales con la CFC .Julio Reyna Quiroz . La Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales (CLAA) manifestó este martes su desacuerdo con la opinión de la Comisión Federal de Competencia (CFC) sobre comercio exterior, emitida en mayo, en la que advierte que existe un monopolio de los agentes aduanales. La organización difundió un estudio en el que participaron los institutos de investigación Jurídica y Económica de la UNAM, para demostrar que la opinión de la CFC fue hecha “a la ligera”, afirmó este martes Luis Silva y Gutiérrez, vicepresidente de la confederación. Desafortunadamente, dijo, la CFC no abordó con profundidad ni seriedad el tema de los agentes aduanales, y destacó la competencia que existe en esta área. Según Silva y Gutiérrez no se puede eliminar la obligatoriedad de utilizar un agente aduanal, como recomendó la CFC, porque habría 80 mil contribuyentes “tocando las puertas de las aduanas”. Otra opinión que no sería recomendable aplicar es la de permitir que estos agentes pudieran ofrecer servicios en cualquiera de las 49 aduanas del país, lo que significaría un movimiento “fuera de control” para las autoridades fiscales. Por ello, señaló, debe mantenerse la política de que un agente opere en su adscripción y en tres más. Un tercer punto que señaló es que la CFC sugiere que los apoderados aduanales representen a terceros, pero confunde las figuras jurídicas. Pedimentos 1. DEFINICIÓN: Un pedimento es una especie de declaración fiscal relativa al cumplimiento de obligaciones tributarias en materia de comercio exterior, por medio del cual el importador o exportador manifiestan a la aduana, la mercancía a importar o exportar. 2. CONCEPTO: Es la declaración fiscal a través de la cual el contribuyente informa a la autoridad aduanera el destino que dará a las mercancías y comprueba el cumplimiento de obligaciones fiscales así como de regulaciones y restricciones no arancelarias que de conformidad con los diferentes regímenes aduaneros, deberán cumplirse. 3. CASO DE ÉXITO: 6 de Septiembre del 2008. El 24% de la provincia de Jujuy estaría bajo pedimentos mineros. Jujuy - El sector de Autoconvocados de Tilcara, en defensa del ambiente amenazado por la minería, denunció que a mayo del 2007, el Juzgado de Minas de Jujuy, Argentina, reconoció oficialmente que más de 1 millón 200 mil hectáreas de la provincia, estaban bajo pedimentos mineros. Remo Leaño, vocero del sector entrevistado por Noemí Tapia por Radio 2, denunció también la búsqueda de uranio. Leaño definió como “perverso” al propósito de quienes quieren obtener ganancias de la minería, sin importarles la contaminación de las aguas, la tierra ni la vida de las personas. Se refirió principalmente a las zonas supuestamente protegidas del Patrimonio de la Humanidad, en la Quebrada de Humahuaca y “esto es mucho peor aún –dijo- si hablamos de la Puna”. Haciendo referencia a fuentes internacionales, destacó que Argentina es por ahora uno de los países que tiene las mayores reservas de agua potable del planeta. “En la Puna hay agua a 3 metros de la superficie y la gente, sin embargo, tiene que emigrar de esos lugares, porque no puede cultivar una tierra que es posible de trabajar, porque no hay una política del gobierno de sacar esa agua, para que la pequeña producción agrícola y ganadera, siga prosperando,

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como parte de nuestra idiosincracia”. Remo Leaño defendió por eso la pureza del agua de la provincia y denunció los millones de litros por día que contamina la explotación minera de las grandes empresas. Destacó que “necesitamos el agua para vivir, no para hacer casas u otros usos industriales y comerciales, y eso se está obviando. Cuando el gobierno dice que la minería es lo único que nos puede dar recursos a la provincia y productos a la nación, no tiene en cuenta que lo que tiene Jujuy es nuestro patrimonio y como los recursos mineros no se renuevan, una vez que se fueron…se terminaron”. Desde otra visión alternativa, propuso emprendimientos “sustentables y adecuados a nuestras necesidades y estilo de vida, como la producción agroganadera y frutihortícola, que no tiene fin”. Fundamentando esa visión recordó las culturas milenarias de Jujuy, que en 10 mil años, “cuidaron esos lugares para que hoy los tengamos como están y mientras vemos cómo en 10 ó 15 años, las explotaciones a cielo abierto los van degradando de una manera total”. Consultado sobre el movimiento social que partiendo de Tilcara interpuso una medida cautelar efectiva para impedir la contaminación ambiental con uranio y torio en la Quebrada y otros sitios de la provincia, Leaño se refirió al impacto que causó la palabra “uranio” en la población del departamento. Calificó a la reacción “de mucho temor, en cuando el Gobierno empezó a otorgar los permisos de cateo, como parte de sus políticas”. Recordó que “siempre negaron que buscaban uranio y torio, que son dos minerales altamente radiactivos y nos calificaron de ignorantes y exagerados. Pero nosotros teníamos un conocimiento efectivo, porque habíamos ingresado en las web en inglés y alemán de las empresas y allí lo dicen claramente que vienen por el uranio”. En su relato, Remo Leaño dijo que “se acercaron personas que tenían conocidos por la zona de Yacoraite. Fueron a mi casa, porque ya Tilcara tiene antecedentes de otras luchas”, como cuando querían instalar a lo largo de la Quebrada un electroducto de 152.000 vatio para que sirviera a la minería y cuando no se hacía el gasoducto entre Purmamarca y Tilcara, con más de un millón de dólares que había otorgado la Empresa NorAndino para esos fines. Definió que a los autoconvocados en defensa del ambiente y los recursos, al cabo de unos meses y “después de decirnos que éramos unos loquitos extremistas, ahora nos tienen que dar la razón, como la dio la justicia en el Tribunal Contencioso Administrativo y como se comprueba en todo el país, porque esta problemática se diseminó por muchas provincias”. “Nos convocamos un día en el Hotel de Turismo de Tilcara, a una reunión que no tenía que ver con la minería, sino con el Patrimonio de la Humanidad. Ahí –señaló- empezó a aparecer gente que dijo: yo vi, yo sé, había un expediente y a partir de allí nos empezamos a manejar de una manera autónoma en otros lugares y horarios, lo que inevitablemente nos llevó a profundizar los estudios e instalar esta problemática en toda la provincia. Sabemos que aquí hay toda una historia minera, a la cual no le vamos a cambiar simplemente el maquillaje, sino que como todo cambió mucho, exigimos cambios. Y otra cosa que nos toca hacer es aclarar a quiénes estamos defendiendo, con todo esto que venimos planteando. Sí, todo empezó por la palabra “uranio”. En la Quebrada de Humahuaca, los autoconvocados de Tilcara contabilizan 98 pedimentos mineros de reciente data y “sin tocar la Puna en donde los pedimentos son por áreas excesivamente grandes por lo que a mayo del 2007, el Juzgado de Minas admitía que por lo menos el 24% de la provincia (y estamos hablando de 1.200.000 hectáreas) estaban bajo de algún tipo de pedimento minero”. Remo Leaño concluyó su entrevista con Noemí Tapia, por Radio 2, refiriéndose a la explotación minera de El Aguilar y Pirquitas. Sobre esta última enfatizó sobre su actual proyecto de explotación del estaño y plata a cielo abierto, que definió la canadiense Sunshine. En cuanto a Mina El Aguilar alertó sobre “los recursos que

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se van de Jujuy y el país de la mano de un trimillonario estadounidense . Estos y otros temas similares serán debatidos por todos los interesados, este sábado, durante la visita del fiscal general de UFIMA, Antonio Gustavo Gómez. A las 9,30, convocado por La Huella Gaucha, disertará en el Hotel Panorama sobre “Derecho Penal Ambiental y Delitos”, con entrada y participación libre y a las 17, en el Salón Parroquial de Lavalle y Rivadavia, en Tilcara. Dentro del mismo tema, el fiscal Gómez enfatizará en los derechos que tienen las comunidades aborígenes, para accionar en defensa de su patrimonio y de los recursos naturales, tal como se hiciera oportunamente en Tucumán, con éxito. 4. CASO DE FRACASO: 4 de Diciembre del 2008. Alerta Aduana sobre falsos pedimento. Ante la aparición de falsos pedimentos, la Aduana de Matamoros recomienda a las personas interesadas en adquirir un auto usado verificar la autenticidad del documento que ofrecen los vendedores, “pues podrían ser balines”. Carlos Ramírez Escoto, administrador de la Aduana local, dijo que en estos últimos días, en los puentes internacionales y garita del kilómetro 22 de la carretera a Victoria, “ya se detectaron un total de 6 pedimentos falsos”. “Algunos de los pedimentos fueron elaborados en Nuevo Laredo, Reynosa e inclusive en Matamoros, donde los compradores dicen haberlos adquiridos en lotes de autos usados de estas tres ciudades fronterizas”, comentó. Es por ello, insistió, que las personas antes de cerrar un trato con los vendedores de vehículos usados, es mejor que verifiquen la autenticidad del pedimento, ya sea en la Oficina Fiscal del Estado o bien en la propia Aduana local. De este modo, dijo, la persona estará segura de que no está cayendo en un delito, “ya que al ser sorprendido, mientras se realizan las averiguaciones, son detenidos y presentados ante el Agente del Ministerio Público de la Federación”. Ramírez Escoto recomendó a las personas no acudir a cualquier comercializadora, sino aquellas que realmente estén establecidas y que por años se dediquen a este oficio, “y lo mejor sería que ellos mismos verifiquen la autenticidad”. Por último y en el caso de los paisanos, dijo que lo mejor sería solicitar los servicios de un agente aduanal al llegar al Puente “Los Tomates”, “y no hacer negocios con las supuestas comercializadoras de los Estados Unidos”. Registro importador 1. DEFINICIÓN: Es un trámite que deben cumplir los importadores, observando el cumplimiento de los requisitos señalados en las Resoluciones. 2. CONCEPTO: Es una herramienta creada por la Superintendencia de Administración Tributaria a fin de agilizar el comercio Internacional y establecer controles efectivos; que iniciará con el proceso de registro correspondiente, el cual a partir el 1 de julio de 2003, será indispensable para poder operar como importador y gozar de los beneficios que ello conlleva. 3. CASO DE ÉXITO: 2007. Los ingresos de la industria cervecera en el mercado doméstico aumentaron 7.4% en el cuarto trimestre de 2007 contra igual lapso del año anterior, al alcanzar los 16,727 millones de pesos. La razón principal de este avance fue que ambas cerveceras ajustaron sus precios a finales del año pasado; en el caso de Modelo, el precio por hectolitro subió en términos reales 0.2% mientras que Femsa lo hizo en 1.0%. A ello se le agrega un sólido consumo de cerveza en México y la buena gestión de ingresos, administración y actividad promocional. Fundado en 1925 Grupo Modelo es líder en la elaboración, distribución y venta de cerveza en México, con una participación de mercado total (nacional y exportación) de más de 60%. Cuenta con siete plantas cerveceras en la república mexicana, con una capacidad instalada de 60 millones de hectolitros anuales de cerveza. Actualmente tiene 12 marcas, entre las que destacan Corona Extra, Modelo Especial, Victoria, Pacífico y Negra Modelo. Es el importador en México de las marcas Budweiser y Bud Light de la compañía estadounidense Anheuser-Busch.

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Además, importa la cerveza China Tsingtao y la danesa Carlsberg. A través de una alianza estratégica con Nestlé Waters, produce y distribuye en México las marcas de agua embotellada Santa María y Nestlé Pureza Vital, entre otras. Por su parte Femsa es la empresa integrada de bebidas con mayores ventas en América Latina con un portafolio de marcas líderes de cerveza y refrescos. Su plataforma de bebidas está comprendida por Coca-Cola FEMSA, el más grande embotellador de Coca-Cola en América Latina y el segundo más grande en el mundo; Femsa Cerveza, la cervecera más innovadora en México, presente también en Brasil, y un importante exportador de cerveza a Estados Unidos y otros países del mundo con marcas como Tecate, Dos Equis y Sol; y Femsa Comercio, la cual opera OXXO, la cadena de tiendas de conveniencia más extensa y con mejor cobertura en México con más de 5,000 establecimientos. 4. CASO DE FRACASO: 15 de Diciembre del 2006.Defraudación: Bolivia pierde $us 150 millones. El Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE) dio cuenta que el Estado boliviano pierde 150 millones de dólares anuales en tributos no recaudados, a consecuencia del ilícito de la defraudación aduanera que se da en las mercancías de importación. El presidente del IBCE, Hans Hartmann Rivera, explicó que el delito de defraudación aduanera puede originarse en varias causales que no necesariamente implican una subvaloración de las mercancías de importación, entendiendo que la "subvaloración" corresponde a una "reducción intencionada del precio de las mercancías con el fin de pagar menos tributos de los que realmente corresponden". También explicó que se comete acto de defraudación aduanera cuando se declara pesos o cantidades menores a las que realmente se importan, o cuando se declara falsamente el origen de una determinada mercancía para acogerse a un tratamiento tributario preferencial que no corresponde. La defraudación tributaria estimada por subvaloración de mercancías habría alcanzado en el año 2005 los 154 millones de dólares, que representan el equivalente al 8 por ciento de la Renta Interna que el pasado año fue de 1.885 millones de dólares, según cifras del Banco Central de Bolivia. La renta aduanera perdida por subvaloración se estima en 35 millones de dólares para el año 2005, cerca del 35 por ciento de la renta aduanera nacional de ese año. Hartmann Rivera dio cuenta también que en el estudio de contrabando como de importación de ropa usada no existe un registro de importadores. Refirió que debido a esta falencia se hace débil el sistema de control sobre estas actividades tomando en cuenta que estos sistemas son diseñados para realizar estudios posteriores a la importación. Registro exportador 1. DEFINICIÓN: Es un trámite que deben cumplir los exportadore, observando el cumplimiento de los requisitos señalados en las Resoluciones 2. CONCEPTO: Toda transacción de mercancías con compradores del extranjero está respaldada por un registro del vendedor o exportador (artesano o comercializador de artesanías) en el Registro Nacional de Exportadores, especialmente si se aspira al beneficio de los incentivos a las exportaciones (obsérvese que este registro es diferente del registro nacional de productores, el cual fue simplificado y unido al de oferta exportable y solicitud de determinación de origen para el caso particular de exportación de artesanías) 3. CASO DE ÉXITO: Amplían el registro de exportadores Desde ayer podrán ser incluidos en los cupos de exportación de carnes vacunas aquellas empresas que estaban al margen por no tener registradas operaciones entre el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre del mismo año, como lo disponía la resolución 935 del Ministerio de Economía, que fue prorrogada ayer

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hasta fines de año con esa modificación. Esa resolución, del 29 de noviembre de 2006 que tenía vigencia hasta anteayer, disponía un cupo de exportación mensual equivalente al 50 por ciento del promedio mensual del período comprendido entre el 1° de enero de 2005 y el 31 de diciembre del mismo año. La nueva resolución (367/2007, publicada ayer en el Boletín Oficial) indica que la Secretaría de Agricultura (órgano de aplicación por intermedio de la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario -Oncca-) podrá incluir a aquellos exportadores que no hubieran registrado operaciones en aquel período a los fines de establecer los cupos, siempre que se trate de titulares de establecimiento faenadores con despostes autorizados para vender al exterior y habilitación sanitaria para cada destino proyectado. 4. CASO DE FRACASO: 12 de Diciembre del 2003. Fracasa registro exportadores en EU. México, DF.- El gobierno de Estados Unidos anunció que será hasta el 12 de agosto de 2004 cuando se deberán acatar “por completo” las reglas de la Ley contra el Bioterrorismo, que entra en vigor hoy y ofreció que “ningún alimento importado o traído de fuera entre el 12 de diciembre y el 12 marzo próximo será rechazado para su entrada”. Bruce J. Zanin, director de la oficina Comercial y Agricultura de la embajada del gobierno de Washington en México, precisó que tanto la Administración de Alimentos y Medicinas (FDA por sus siglas en inglés) como el Servicio de Aduanas “responderán” a las violaciones que pudieran presentarse con amplia información a las empresas.Refirió que la medida entrará en funciones en dos etapas. La primera que va del 12 de diciembre y hasta el 12 de marzo de 2004, periodo en el cual se profundizará en la información a través de las embajadas de los países que envían alimentos a EU.Del 12 de marzo al 12 de mayo del próximo año será un periodo en el cual se aplicará con “mayor vigor” la Ley, por lo que la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) impondría penalidades civiles o monetarias a las firmas que no acaten las reglas, cuya violación a éstas sea repetitiva, intencional o flagrante. El funcionario comentó que de los 120 mil exportadores al mercado estadounidense, alrededor de 50 por ciento se inscribió al padrón. Japón es el que más registro lleva, y México está en sexto lugar con dos mil 950. Incluso de las 120 mil empresas estadounidenses que abastecen este mercado, sólo se han registrado 50 mil. Estados Unidos importa alrededor de 50 mil millones de dólares de productos agroalimentarios, de los cuales México les abastece con 15 por ciento.Zanin aclaró que ayer la FDA y la CBP enviaron un comunicado mediante el cual anunciaron la prórroga y en el que mencionan la medida que tomarán en los próximos ocho meses. Es decir, recopilarán datos para rastrear el acatamiento de los requisitos de aviso previo y determinar cómo aprovechar mejor los recursos para informar y capacitar a la industria y al público; darán seguimiento a los tres primeros meses de educación y alcances a fin de evitar penalidades contra violaciones, y proveer a la industria y al público información sobre el nivel del cumplimiento. El diplomático desestimó eventuales aglomeraciones en la frontera cuando entre en vigor la Ley.