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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN Secretaría de Protección Civil del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN Noviembre de 2015 2015

Secretaría de Protección Civil del Estado de Veracruz de

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

Secretaría de Protección Civil del Estado de Veracruz de

Ignacio de la Llave

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

Noviembre de 2015

2015

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

ÌNDICE ÌNDICE ........................................................................................................................................................... I

PRESENTACIÓN .......................................................................................................................................... II

ANTECEDENTES ........................................................................................................................................ IV

MARCO JURÍDICO ....................................................................................................................................... V

ATRIBUCIONES ......................................................................................................................................... VII

ESTRUCTURA ORGÁNICA. ........................................................................................................................ X

DESCRIPCIÓN DE PUESTOS. ................................................................................................................ 1

Secretario de Protección Civil. .................................................................................................................. 2

Jefe de la Unidad Administrativa. ............................................................................................................. 6

Director Jurídico. ..................................................................................................................................... 11

Jefe de la Unidad de Género. ................................................................................................................. 15

Jefe de la Unidad de Acceso a la Información Pública. .......................................................................... 18

Director General de Planeación y Regulación. ....................................................................................... 21

Director General de Administración y Atención de Emergencias. .......................................................... 25

Subdirector de Atención de Emergencias y Fenómenos Socio-Organizativos. ..................................... 29

Subdirector de Enlace Regional y Estrategia. ........................................................................................ 32

Director General de Prevención de Riesgos. .......................................................................................... 35

Subdirector de Políticas Preventivas. ..................................................................................................... 38

Subdirector de Difusión de la Cultura de la Autoprotección. .................................................................. 41

Director General de Capacitación y Adiestramiento de Protección Civil. ............................................... 44

Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos....................................................... 47

Subcoordinador de Pronóstico Meteorológico y Estacional. .................................................................. 50

Subcoordinador de Fenómenos Atmosféricos. ....................................................................................... 53

Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres. .................... 56

Subcoordinador de Estudios para la Reducción del Riesgo de Desastres. ............................................... 59

Subcoordinador de Proyectos del Sistema Estatal de Protección Civil. ................................................. 63

DIRECTORIO .......................................................................................................................................... 68

II

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

PRESENTACIÓN

De conformidad con los lineamientos establecidos en los artículos 12 fracción XVI y 13 de la Ley Número 58 Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, el cual enmarca la obligación de elaborar los “Manuales de Organización, Procedimientos y Servicios al Público”, y acorde con los objetivos presentados dentro del Plan Veracruzano de Desarrollo 2011-2016, a continuación se presenta el MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN. El presente documento normativo refleja la estructura orgánica, funciones y coordinaciones que servidores públicos de esta dependencia deben atender para alcanzar los programas y metas institucionales establecidos. El objetivo es contribuir a que el ejercicio de las atribuciones se realice de una manera ágil, eficiente y transparente mediante la delimitación precisa de responsabilidades, ámbito de competencia y relaciones de coordinación entre las diversas áreas que conforman esta dependencia.

III

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

De manera breve, a continuación se menciona el contenido de los apartados que conforman el presente documento: Antecedentes.- Comprende una breve descripción de cómo se originó la Secretaria. Marco Jurídico.- Enuncia los ordenamientos y disposiciones legales que norman las actividades de la Secretaría. Atribuciones.- Se hace referencia a las funciones encomendadas a la Secretaria de conformidad en el artículo 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Estructura Orgánica.- Muestra la estructura orgánica autorizada con fecha 2 de julio del 2015 y con la cual la Secretaría realiza las funciones encomendadas. Descripción de puestos.- Se consideran cada uno de los puestos contenidos en la Estructura Orgánica autorizada que permiten a la cumplir con sus funciones. Directorio.- Menciona el nombre y el puesto de los titulares de cada una de las áreas que conforman la Secretaría. Firmas de Autorización.- Se registra la firma de la Secretaría, la de los Directores Y Coordinadores, así como el número de Acuerdo de Consejo con el que se faculta su aplicación.

IV

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

ANTECEDENTES

En el año de 1991 se dio inicio a la creación de las bases para el establecimiento del Consejo Estatal de Protección Civil en el Estado. En el año de 1992, en la Gaceta Oficial de fecha 13 de junio, se crea el Consejo Estatal de Protección Civil en el Estado, quedando a cargo de la Subsecretaría de Gobierno en la Coordinación Técnica de la Unidad Estatal de Protección Civil que era en ese año. En 1995 se promulga la Ley Número 92 de Protección Civil para el Estado de Veracruz-Llave, regulándose así las acciones en dicha materia. En el mes de diciembre de 1998 la Unidad de lo que era la Subsecretaría de Gobierno, pasa a ser Dirección General, quedando integrada a la Subsecretaría de Seguridad Pública, de acuerdo al artículo 5, fracción V inciso C del Reglamento Interior de Gobierno. En el mes de junio del año 2001 la Subsecretaría de Seguridad Pública se convierte en Secretaría de Seguridad Pública; y la Dirección General de Protección Civil en Subsecretaría de Protección Civil. Posteriormente se expide la Ley de Protección Civil Número 256, que entra en vigor el 20 de Diciembre del 2001. En el mes de febrero de 2008, entra en vigor la Ley Número 226 de Protección Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, mediante la cual se instituye la Secretaría de Protección Civil. En Enero de 2012, derivado de los cambios en la Estructura Orgánica y Reglamento Interior de la Secretaría de Protección Civil se lleva a cabo una reingeniería administrativa. La presente administración estatal, que encabeza el Dr. Javier Duarte de Ochoa, consideró necesario la creación de la Ley No. 856 de Pensiones del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, siendo sometida al H. Congreso del Estado, el cual la aprueba y es publicada en Gaceta Oficial número extraordinario 288 de fecha 21 de Julio de 2014. Por ello, hoy se cuenta con una Ley mas apegada a las exigencias reales en materia de Protección Civil en el Estado de Veracruz.

V

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

MARCO JURÍDICO

CONSTITUCIÓN Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz. LEYES Ley 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastre para el Estado de Veracruz. Ley 226 de Protección Civil para el Estado de Veracruz (Abrogada). Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz. Ley de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz 2011. Ley de Planeación del Estado de Veracruz. Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado de Veracruz. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz. Ley Estatal del Servicio Civil. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo 2013. Ley Orgánica del Municipio Libre. Ley de Pensiones del Estado. CÓDIGOS Código de Derechos. Deroga con todos sus capítulos el Titulo Segundo “De los Derechos”, del Libro Tercero “De los Ingresos Estatales” del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como cualquier otra disposición que contravenga a este Código”). Código de Procedimientos Administrativos para el Estado de Veracruz Código Financiero del Estado de Veracruz. Código de Conducta. DECRETOS Decreto por el que se declara el año “2014, Centenario de la Defensa Heroica del Puerto de Veracruz”. Decreto que Reforma Ley Orgánica de Municipio Libre. Decreto de Código de Ética.

VI

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

REGLAMENTOS Reglamento de la Ley de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres. Reglamento Interior de la Secretaría de Protección Civil, 2012. Lineamientos para la Constitución y Organización de las Brigadas Comunitarias y Lineamientos para la Elaboración de Mapas Comunitarios de Riesgo. Reglas de operación del Programa Techo Seguro Adelante. ACUERDOS Acuerdo que establece los lineamientos para el funcionamiento de la alerta temprana denominada Alerta Gris en el Estado de Veracruz. Acuerdo por el que se ordena desarrollar las Unidades de Acceso a la Información Pública de los Sujetos Obligados. FE DE ERRATAS Fe de Erratas del Reglamento Ley 241 de Desarrollo Urbano, Ordenamiento Territorial y Vivienda para el Estado de Veracruz. Fe de Erratas del Reglamento de la Ley Número 856 de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastre. Fe de erratas Reglamento Interior Secretaría de Protección Civil. OTROS Programa Veracruzano de Lluvias y Ciclones Tropicales 2015. Protocolo de Atención a Emergencias. Lluvias y Ciclones. Manual de Políticas para el Trámite y Control de Viáticos y Pasajes.

VII

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

ATRIBUCIONES

I. Integrar, coordinar y supervisar el Sistema Estatal de Protección Civil para garantizar,

mediante la adecuada planeación, la prevención, auxilio y recuperación de la población y de su entorno ante situaciones de emergencia o desastre, incorporando la participación activa de la ciudadanía, tanto en lo individual como en lo colectivo.

II. Proponer políticas y estrategias para el desarrollo de programas estatales, regionales, municipales, internos de protección civil;

III. Por acuerdo del Titular del Ejecutivo, representar al Gobierno del Estado, en la firma de convenios de coordinación, colaboración y apoyo con las dependencias y entidades del Gobierno Federal, en materia de protección civil;

IV. Participar, en coordinación con las dependencias y entidades responsables, en el ordenamiento territorial y de los asentamientos humanos y la planeación del desarrollo regional y urbano en los términos que lo dispone la Ley de Desarrollo Regional y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

V. Participar en el establecimiento de medidas de protección del medio ambiente;

VI. Emitir dictámenes sobre la reubicación de los asentamientos humanos en zonas de riesgo;

VII. Participar en la formulación de las declaratorias de zonas de riesgo, en términos de lo que dispone la Ley de Desarrollo Urbano Regional y Vivienda para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave;

VIII. Participar en las comisiones que normen, regulen, limiten o prohíban la ocupación de las zonas de riesgo, en términos de lo que dispone la ley de la materia;

IX. De conformidad a lo dispuesto en esta Ley Orgánica y en el Reglamento Interior de la Secretaría, crear las instancias, mecanismos, instrumentos y procedimientos de carecer técnico operativo, de servicios y logística que permitan prevenir y atender la eventualidad de un desastre;

VIII

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

X. Investigar, estudiar y evaluar riesgos y daños provenientes de elementos, agentes

naturales o humanos que puedan dar lugar a desastres, integrando y ampliando los conocimientos de los fenómenos perturbadores en coordinación con las dependencias y entidades federales, estatales y municipales;

XI. Difundir entre las autoridades correspondientes y a la población en general, los resultados de los trabajos que realice, así como toda aquella información que permita la generación, desarrollo y consolidación de una cultura fundamentalmente preventiva de la protección civil;

XII. Asesorar y apoyar a las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal y a otras instituciones de carácter social y privado, en materia de protección civil;

XIII. Instrumentar y en su caso operar redes de detección, monitoreo, pronóstico y medición de riesgos, en coordinación con las dependencias responsables;

XIV. Participar en la evaluación y cuantificación de los daños ocasionados por fenómenos perturbadores, cuando así lo determinen las disposiciones específicas aplicables;

XV. Presentar al Ejecutivo Estatal las solicitudes que deberán formularse en términos de Ley, para que sean emitidas las correspondientes declaratorias de emergencia y desastre;

XVI. Desarrollar y actualizar el Atlas Estatal de Riesgos;

XVII. Gestionar ante las autoridades correspondientes, la incorporación de la materia de protección civil en el sistema educativo público y privado; XVIII. Coordinar la participación de los brigadistas comunitarios, comités científicos, comités locales de ayuda mutua, organizaciones civiles y de los grupos voluntarios, en la atención a las emergencias, así como en el restablecimiento de la normalidad, conforme a la normatividad que emita el Consejo Estatal de Protección Civil;

XVIII. Establecer los planes y programas básicos de atención, auxilio y apoyo al restablecimiento de la normalidad, frente a los desastres provocados por los diferentes tipos de agentes perturbadores;

IX

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

XIX. Emitir los dictámenes técnicos de vulnerabilidad y riesgo de instalaciones sanitarias

públicas y privadas, existentes y futuras; (REFORMADA, G.O. 14 DE DICIEMBRE DE 2010);

XX. Participar en la elaboración de programas y desarrollo de acciones tendientes a la solución de los problemas ambientales y del manejo de residuos sólidos urbanos y los que requieren manejo especial, en términos de lo que dispongan las leyes y reglamentos aplicables;

XXI. Participar en coordinación con el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, en la elaboración de los programas, establecimiento de las medidas y aplicación de las acciones, que permitan mejorar la calidad de vida de las personas con capacidades diferentes; y

XXII. Las demás que la Ley le señale o le asignen el Gobernador del Estado y el Consejo Estatal de Protección Civil.

X

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

ESTRUCTURA ORGÁNICA.

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

DESCRIPCIÓN DE PUESTOS.

2

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION Nombre del puesto Jefe Inmediato Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Secretario de Protección Civil. Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave. Jefe de la Unidad Administrativa. Director Jurídico. Jefe de la Unidad de Género. Jefe de la Unidad de Acceso a la Información Pública. Director General de Planeación y Regulación. Director General de Administración y Atención de Emergencias. Dirección General de Prevención de Riesgos. Dirección General de Capacitación y Adiestramiento de Protección Civil. Coordinación del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos. Coordinación de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres. De acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interno de la Secretaria de Protección Civil en el art. :::::::

DESCRIPCIÓN GENERAL El titular de este puesto es responsable de proveer los recursos humanos, materiales y tecnológicos, necesarios que coadyuven al buen funcionamiento de las áreas de la Secretaría; de vigilar el cumplimiento de lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios, así como de supervisar la realización de manuales administrativos, reglamentos y toda la normatividad bajo la cual se rige la Dependencia.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

FECHA DE AUTORIZACIÓN

ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA. UNIDAD

ADMINISTRATIVA. SECRETARIA DE

PROTECCIÒN CIVIL.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Coordinar en la esfera de su competencia y por acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo, la política gubernamental y ejercer sus atribuciones en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, demás legislación aplicable y este reglamento;

2. Disponer la elaboración de los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones legales sobre los asuntos de la competencia de la Secretaría, y someterlos a la consideración del Titular del Poder Ejecutivo;

3. Coordinar la elaboración del Programa Sectorial, los Programas Regionales y Especiales de la Secretaría, previstos en el Plan Veracruzano de Desarrollo y someterlos a la consideración del Titular del Poder Ejecutivo; así como orientar las acciones necesarias para su instrumentación, seguimiento y evaluación con la participación que corresponda, en su caso, en las dependencias y entidades;

4. Proponer al titular del Poder Ejecutivo las solicitudes de declaratoria de emergencia o de desastre, en términos de lo dispuesto por la normatividad aplicable;

5. Establecer, previo acuerdo con el C. Gobernador del Estado, la coordinación necesaria con la Coordinación Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, Dirección General para la Gestión del Riesgo, el Centro Nacional de Prevención de Desastres y con todas aquellas dependencias y entidades federales, estatales y municipales que convergen en la materia;

6. Coordinar las actividades de las entidades sectorizadas a la Secretaría, en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado;

7. Integrar, coordinar y supervisar el Sistema Estatal de Protección Civil, para garantizar, mediante la planeación, la prevención y auxilio, la recuperación de la población y de su entorno ante situaciones de emergencia o desastre, incorporando la participación activa de la sociedad civil;

8. Asegurar el correcto funcionamiento del Sistema Estatal de Protección Civil y dictar los lineamientos generales para coordinar las labores en beneficio de la población, sus bienes y entorno, induciendo y conduciendo la participación de los diferentes sectores y grupos de la sociedad en el marco de la Gestión Integral de Riesgos;

9. Promover la incorporación de la Gestión Integral de Riesgos en la planeación del desarrollo estatal, regional y municipal, estableciendo estrategias y políticas basadas en el análisis de los riesgos, con el fin de evitar la construcción de riesgos futuros y la realización de acciones de intervención para reducir los riesgos existentes;

10. Fungir como Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Protección Civil y del Comité Estatal de Emergencias presidiéndolos cuando así lo determine el Titular del Ejecutivo;

11. Someter al acuerdo del Titular del Poder Ejecutivo, los asuntos encomendados a la Secretaría y desempeñar las comisiones y funciones especiales que él le confiera;

12. Emitir las disposiciones, lineamientos, reglas, normas técnicas, términos de referencia y bases de carácter general, para el ejercicio de las atribuciones que las leyes otorgan a la Secretaría;

13. Informar al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, acerca del riesgo de afectación que pueda sufrir la población por la presencia de algún fenómeno perturbador natural o antropogénico;

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

14. Realizar en el ámbito de su competencia, las acciones de auxilio que se requieran a fin de proteger la vida de la población y sus bienes, la planta productiva y el medio ambiente, así como para evitar o mitigar los efectos del impacto y garantizar el funcionamiento de los servicios estratégicos a fin de proteger y salvaguardar a la población de la entidad ante la eventualidad de un fenómeno perturbador, informando de inmediato al Gobernador del Estado;

15. Supervisar la ejecución de los planes y programas básicos de prevención, mitigación, auxilio y apoyo al restablecimiento de la normalidad, frente a los desastres provocados por los diferentes tipos de fenómenos perturbadores;

16. Fomentar en la población una cultura de protección civil y de reducción del riesgo de desastres; y, con ese fin, emitir o aprobar los programas necesarios, que propicien en la sociedad un sentido de prevención y autoprotección y la hagan más resiliente;

17. Coordinar el cumplimiento de las responsabilidades inherentes al Gobierno del Estado, en relación con el Plan de Emergencia Radiológica Externo;

18. Someter a la consideración y autorización del Gobernador del Estado, los mecanismos de coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil;

19. Apoyar al Titular del Poder Ejecutivo en el ejercicio de sus atribuciones como Presidente del Consejo Estatal de Protección Civil y del Comité Estatal de Emergencias;

20. Celebrar todo tipo de acuerdos y convenios en el ámbito de su competencia, previa autorización del Gobernador del Estado;

21. Aprobar el proyecto de presupuesto de egresos de la dependencia, así como sus modificaciones y remitirlo a la Secretaría de Finanzas y Planeación;

22. Comparecer ante el Congreso del Estado, en los términos y bajo las condiciones establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, para informar sobre el estado que guardan los asuntos competencia de la Secretaría;

23. Aprobar los Manuales de Organización, Procedimientos, Políticas, Trámites y Servicios de la Secretaría y ordenar su publicación;

24. Imponer sanciones de carácter administrativo a los servidores públicos de la Secretaría en los términos de la ley de la materia;

25. Otorgar y revocar los poderes necesarios para la atención de los asuntos de la Secretaría que así lo requieran;

26. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este reglamento, así como los casos no previstos en el mismo; y

27. Las demás que expresamente le atribuyan con carácter de no delegables la demás legislación aplicable, así como las que expresamente le confiera el Gobernador del Estado.

5

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Gobernador Constitucional del Estado de

Veracruz de Ignacio de la Llave.

2. El personal subordinado.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, proporcionar información, así como coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Las Dependencias y Entidades Federales,

Estatales y Municipales.

2. Congreso del Estado.

3. Las Instituciones educativas y de investigación.

4. Las organizaciones y asociaciones del sector

privado y social.

5. Los organismos internacionales.

6. Los proveedores diversos.

1. Todo lo relacionado con las actividades propias

de la Secretaría.

2. Comparecer e informar del estado que guardan los asuntos de competencia de la Secretaría.

3. Promover convenios de investigación en

relación a fenómenos naturales para difusión de medidas preventivas.

4. Promover acciones en materia de Protección

Civil.

5. Promover estudios relacionados con fenómenos naturales para difusión de medidas preventivas.

6. Adquisición de materiales o equipo para apoyo a la población en caso de emergencia.

6

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Jefe de la Unidad Administrativa. Secretario de Protección Civil. Jefe de Departamento de Recursos Humanos. Jefe de Departamento de Recursos Financieros. Jefe de Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales. Jefe del Departamento de Tecnologías de la Información. El servidor público que designe el Jefe de la Unidad Administrativa.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El titular de este puesto es responsable de proveer los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios que coadyuven al buen funcionamiento de las áreas de la Secretaría; de vigilar el cumplimiento de lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios, supervisar la realización de manuales administrativos, así como vigilar la estricta aplicación de la normatividad presupuestal y programática que rige a la Administración Pública Estatal y, en su caso, Federal.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

FECHA DE AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

SECRETARIA DE PROTECCIÒN CIVIL.

7

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Presentar a la aprobación del Secretario, las políticas, bases y lineamientos necesarios para el ejercicio y rendimiento eficiente de los recursos humanos, materiales y financieros, así como de los servicios generales de la Secretaría;

2. Organizar, coordinar y dirigir las funciones administrativas de la dependencia;

3. Elaborar, con la intervención correspondiente de las áreas de la dependencia, el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Secretaría, de acuerdo con la normatividad de la materia y los lineamientos que emita la Secretaría de Finanzas y Planeación, así como someterlo a la consideración del Secretario y supervisar el correcto ejercicio del mismo;

4. Analizar y opinar sobre las modificaciones que se propongan en la estructura orgánica, funcional y ocupacional de la Secretaría;

5. Controlar y mantener actualizada la plantilla de personal a partir de la estructura autorizada, así como supervisar los perfiles correspondientes a los puestos y cargos integrados a la Secretaría;

6. Vigilar la asignación y aplicación de sueldos al personal de la Secretaría, además de establecer los mecanismos que permitan supervisar el control de asistencia, corrección disciplinaria, estímulos, incapacidades, promociones, permisos y licencias;

7. Llevar el control de los movimientos de personal y aplicar su operación en el sistema de pagos correspondiente;

8. Integrar, archivar y resguardar los expedientes del personal de la dependencia;

9. Coordinar y supervisar la integración y actualización del inventario de mobiliario y equipo de la Secretaría, así como de los resguardos correspondientes e informar oportunamente a la Secretaría de Finanzas y Planeación los movimientos que se realicen para su registro en el inventario general;

10. Resguardar el archivo de concentración y semiactivo de la Secretaría, de acuerdo a la clasificación que cada área proporcione;

11. Proporcionar al Secretario, con la periodicidad requerida, los informes relativos a la situación presupuestal de la Secretaría, y elaborar mensualmente un estado de egresos consolidado en el que se comparen el gasto presupuestado con su ejercicio, y custodiar su documentación;

12. Llevar el control presupuestal y contable de la Secretaría, y custodiar su documentación, en cumplimiento a los lineamientos que emita la Secretaría de Finanzas y Planeación;

13. Presentar ante la Secretaría de Finanzas y Planeación en tiempo y forma, los reportes de avance presupuestal, estados financieros, y el cierre presupuestal y contable de la dependencia;

14. Realizar las afectaciones, transferencias y recalendarizaciones presupuestales de acuerdo a los lineamientos establecidos por la Secretaría de Finanzas y Planeación;

15. Integrar y remitir a la Secretaría de Finanzas y Planeación con apoyo de la Dirección Jurídica, los expedientes de rescisión de contratos en los que se hayan otorgado garantías de cumplimiento a favor del Gobierno del Estado para el requerimiento del pago correspondiente;

8

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

16. Integrar, elaborar y presentar el programa anual de adquisiciones de la Secretaría, y someterlo a consideración del Subcomité de Adquisiciones y Obras Públicas;

17. Planear, ejecutar y controlar el programa de arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, enajenación, baja, almacenamiento, control de inventarios y en general, todo acto relacionado con bienes muebles de propiedad estatal asignados a la Secretaría;

18. Evaluar y autorizar previo acuerdo con el Secretario, las solicitudes de recursos humanos, materiales y financieros de las áreas operativas de la dependencia;

19. Revisar y aprobar la documentación comprobatoria del gasto, de modo que corresponda a las diferentes partidas presupuestales asignadas a la dependencia;

20. Diseñar y proponer al Secretario, los métodos y las técnicas necesarios para revisar y mejorar los mecanismos de control administrativo interno, de acuerdo con las áreas de la Secretaría;

21. Coordinar las acciones de Desarrollo Institucional, para la elaboración de los proyectos de Manuales de Organización, Procedimientos, Trámites y Servicios al Público, así como su actualización, para someterlos a la consideración del Secretario;

22. Autorizar los pagos de las adquisiciones, arrendamientos y prestación de servicios de acuerdo con las bases y normas aplicables;

23. Tramitar por conducto de la Secretaría de Finanzas y Planeación, la autorización de los casos de enajenación de bienes muebles;

24. Autorizar y llevar el control de las adquisiciones, asignaciones, arrendamiento, conservación, uso, destino, afectación, enajenación, baja, almacenamiento, control de inventarios, de maquinaria, vehículos y transportes asignados a la Secretaría, y en general, todo acto relacionado con los bienes muebles de propiedad estatal;

25. Proporcionar y controlar los servicios generales que requieran las distintas áreas de la Secretaría para el cumplimiento de sus atribuciones, incluyendo los servicios de informática;

26. Celebrar contratos de prestación de servicios y de arrendamientos de bienes muebles e inmuebles, previa validación de la Dirección Jurídica, ajustándose en todo momento a la normatividad aplicable;

27. Presidir el Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Enajenación de Bienes Muebles de la Secretaría, de conformidad con la normatividad aplicable;

28. Formular el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Secretaría, así como los requerimientos de operaciones consolidadas con la Secretaría de Finanzas y Planeación;

29. Coordinar, programar, tramitar y ejecutar las acciones y procedimientos, con base en las normas y políticas aplicables, para realizar la adquisición de bienes muebles, la contratación del arrendamiento de bienes inmuebles y servicios de cualquier naturaleza, siempre que no se trate de operaciones consolidadas;

30. Conocer e integrar los expedientes respectivos sobre el incumplimiento en que incurran los proveedores de bienes y los prestadores de servicios en los procedimientos de adquisición en los que hayan intervenido, dando vista a la Dirección Jurídica para el trámite correspondiente.

9

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

31. Analizar y revisar en forma periódica, en coordinación con la Dirección General de Planeación y Regulación, la estructura ocupacional y la eficiencia de los servicios administrativos que proporciona la dependencia, y proponer al Secretario medidas para su mejoramiento;

32. Verificar que el manejo y aplicación de los recursos humanos, materiales y financieros, se realicen bajo criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria;

33. Desarrollar y mantener en óptimas condiciones los sistemas informáticos, que permitan la automatización de las tareas y la información veraz y oportuna para la toma de decisiones;

34. Dar a los equipos informáticos de la dependencia el soporte técnico de carácter preventivo o correctivo que se requiera;

35. Fomentar el uso de tecnologías de información y redes de comunicación electrónica y dirigir los programas de informática de la Secretaría conforme a los lineamientos de la Secretaría de Finanzas y Planeación;

36. Ejecutar el cambio de adscripción del personal de la Secretaría, cuando las necesidades del servicio lo requieran;

37. Realizar el registro, control y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles asignados o bajo el resguardo de la Secretaría;

38. Promover la integración y actualización de los manuales administrativos de la Dependencia;

39. Vigilar que la actuación de los integrantes de la Secretaría en el ejercicio de las facultades y obligaciones que tienen encomendadas se rija por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.;

40. Representar a la dependencia en coordinación con la Dirección Jurídica ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Servicio de Administración Tributaria, para la realización de trámites administrativos fiscales; y

41. Las demás que le atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales aplicables, así como las que le sean conferidas por el Secretario.

10

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. Las áreas de la Secretaria.

3. El personal subordinado.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información y

coordinar actividades.

2. Intercambiar información y coordinar actividades.

3. Proporcionar instrucciones, solicitar información y coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Las Dependencias y Entidades Federales,

Estatales y Municipales.

2. Los proveedores y prestadores de servicios.

1. Todo lo relacionado con las actividades propias

de la Secretaría de Protección Civil.

2. Solicitar material y/o prestación de servicios para el desarrollo de las actividades de la Secretaría de Protección Civil.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Director Jurídico. Secretario de Protección Civil. Analista Jurídico. El servidor público que designe el Secretario de Protección Civil.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El titular de este puesto es responsable de representar al Instituto ante las autoridades públicas y privadas, y respaldar actos que garanticen una mejor defensa de sus intereses, así como la seguridad jurídica de su patrimonio y la mayor atención a las demandas laborales de su personal.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN JURÍDICA.

SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Asesorar jurídicamente al Secretario, representar legal y formalmente a la Secretaría en los juicios en que sea parte, y en las reclamaciones de carácter jurídico que puedan afectar los derechos de la Dependencia;

2. Organizar la elaboración y revisión de los proyectos de iniciativa de leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, lineamientos y disposiciones en las materias competencia de la Secretaría, en coordinación con las diversas áreas administrativas que la integran;

3. Brindar la asesoría jurídica que soliciten las diferentes áreas y órganos administrativos que integran la Secretaría, para el mejor desempeño de sus funciones;

4. Emitir opinión, conforme a las disposiciones aplicables respecto a las consultas que en materia jurídica le formulen las instancias de la Secretaría, las dependencias y organismos auxiliares del Poder Ejecutivo, así como las autoridades municipales, en materia de protección civil;

5. Establecer los criterios generales respecto de la interpretación y aplicación del marco jurídico, los cuales tendrán el carácter de obligatorios para las áreas administrativas de la Secretaría;

6. Determinar el criterio jurídico prevaleciente, cuando dos o más áreas u órganos administrativos de la Secretaría, emitan opiniones contradictorias entre sí;

7. Proponer medidas para la aplicación de las disposiciones legales, compilar y divulgar las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares, lineamientos, tesis jurisprudenciales, así como otras disposiciones legales relacionadas con la competencia de la Secretaría;

8. Representar legalmente y dar seguimiento a los juicios o controversias, en cualquier de sus instancias, en los que sea parte la Secretaría o se involucre a servidores públicos de la dependencia, con motivo del desempeño estricto de sus funciones, con apego a las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, excepto en los casos de procedimientos disciplinarios administrativos o de responsabilidades;

9. Someter a la consideración del Secretario, la solución de las consultas legales que sobre asuntos concretos realicen los particulares en materia de protección civil ;

10. Validar los convenios, acuerdos, contratos de cualquier naturaleza en los que sea parte la Secretaría, así como llevar el registro correspondiente;

11. Desahogar y determinar las quejas civiles, que presenten particulares, entes públicos o privados ante la Secretaría en los términos que fije la Ley de Protección Civil para el Estado y demás disposiciones aplicables;

12. Presentar conforme al marco legal y normativo, demandas, recursos, incidentes, denuncias, acusaciones, querellas y ratificarlas, en asuntos que afecten a la Secretaría, tramitar la reparación del daño y la restitución en el goce de sus derechos;

13. Intervenir ante los órganos jurisdiccionales, comparecer ante todo tipo de autoridades federales, estatales o municipales en representación de la Secretaría en las controversias y asuntos en que sea parte;

14. Intervenir en los juicios de amparo, cuando el Titular de la Secretaría o de las unidades administrativas de ésta, tengan el carácter de autoridad responsable o tercero interesado, supervisar todas las etapas del proceso y suscribir los informes previos y con justificación, así como realizar promociones, concurrir a

13

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

audiencias, rendir pruebas, formular alegatos, desistirse, previo acuerdo del Titular, y promover los incidentes y recursos, cuando la Secretaría o las unidades administrativas tengan el carácter de quejosas o de terceros interesados y en general ejercitar todos los actos procesales inherentes que a dicha materia se refiera, hasta su conclusión;

15. Asesorar a las áreas administrativas de la Secretaría, para la atención de asuntos laborales relativos a su personal, incluso en la práctica y levantamiento de constancias y actas administrativas en esta materia;

16. Instruir el procedimiento laboral procedente del personal de la Secretaría cuyas funciones sean de carácter administrativo u operativo y proyectar la resolución que en derecho proceda;

17. Coadyuvar con el Ministerio Público Federal o con la Fiscalía General del Estado en representación de la Secretaría;

18. Representar a los servidores públicos de la Secretaría, en los trámites oficiales jurisdiccionales en que éstos sean parte con motivo del desempeño de sus facultades o funciones;

19. Certificar los documentos que obran en los archivos y expedientes de la dependencia a petición de los titulares de las diversas áreas que comprenden la Secretaría, terceros interesados y autoridades competentes;

20. Coordinarse con las áreas jurídicas de las diferentes dependencias y entidades, de la Administración Pública tanto Federal, Estatal o Municipal en asuntos de su competencia;

21. Participar en la elaboración de los manuales, circulares, instructivos y otras disposiciones reglamentarias de carácter administrativo que competan a la Secretaría, así como emitir opinión sobre las formalidades y fundamentos jurídicos de los documentos oficiales de la misma;

22. Observar la integración de los Consejos Municipales de Protección Civil, y llevar el registro de las Actas de Instalación y seguimiento de los acuerdos, orientándoles en aquellos casos en que lo soliciten;

23. Tramitar y sustanciar los asuntos en estado de resolución de los recursos administrativos interpuestos en contra de los actos y resoluciones de los titulares de las unidades de la Secretaría;

24. Aplicar las sanciones administrativas procedentes jurídicamente con motivo de las violaciones que realicen los particulares o instituciones públicas o privadas a las disposiciones establecidas en la Ley y Reglamento de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres, derivado de los procedimientos administrativos que realicen las áreas correspondientes y que estas le remitan debidamente fundados y motivados;

25. Atender y dar seguimiento hasta su conclusión a las quejas interpuestas ante organismos públicos de protección y defensa de los derechos humanos, y en su caso proveer el cumplimiento de las recomendaciones emitidas a la Secretaría;

26. Integrar y mantener actualizado el Registro Estatal de Organizaciones Civiles y Grupos Voluntarios;

27. Ejecutar las acciones y procedimientos legales para la recuperación de los bienes propiedad de la Secretaría que se encuentren consignados o depositados ante las autoridades competentes;

28. Realizar las tareas que le encomiende el Secretario relativas al Fondo de Desastres Naturales; y

29. Las demás que le atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales y normativas aplicables, así como las que le sean conferidas por el Secretario.

14

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. La Secretario de Protección Civil.

2. Las áreas de la Dependencia.

3. El Personal Subordinado.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Dar solución a consultas jurídicas planteadas.

3. Proporcionar instrucciones, solicitar información y coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Los Tribunales.

2. El Congreso del Estado.

1. Dar seguimiento a los asuntos jurídicos.

2. Aprobar e interpretar las leyes.

15

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Jefe de la Unidad de Género. Secretario de Protección Civil. Analista Administrativo. El servidor público que designe el Secretario de Protección Civil.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El titular de este puesto es responsable de diseñar, implementar y evaluar la participación equilibrada de mujeres y hombres, con acciones que permitan proporcionar las mismas condiciones y oportunidades para ejercer plenamente sus derechos humanos, sin importar su sexo ni identidad de género, y en general asesorar a la Secretaría en todas las acciones tendientes a disminuir la desigualdad de género entre hombres y mujeres.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

UNIDAD DE GÈNERO.

SECRETARIA DE

PROTECCIÒN CIVIL.

16

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Promover la inclusión de la perspectiva de género en los procesos de planeación, programación,

presupuestación y operación de la Secretaría;

2. Identificar posibles situaciones de desigualdad y vulnerabilidad de género en el ámbito de competencia de la Secretaría, y proponer medidas de prevención, atención y, en su caso, corrección;

3. Fortalecer la equidad de género y la erradicación de la violencia y, para ello, formar en la Secretaría el comité promotor respectivo y vigilar su adecuado funcionamiento

4. Realizar acciones enfocadas a generar una cultura de equidad de género en la Secretaría;

5. Hacer acopio de información, generar estadísticas y elaborar diagnósticos sobre la situación de las mujeres que laboran en la Secretaría;

6. Representar a la Secretaría, promover convenios de colaboración y coordinar acciones con el Instituto Veracruzano de las Mujeres y con todos aquellos organismos especializados en la materia, públicos o privados, dentro o fuera del Estado;

7. Elaborar y someter a la autorización del Secretario el Programa Anual de Trabajo de la Unidad; y

8. Las demás que le atribuyan este reglamento, la Ley de la materia y otras disposiciones legales y normativas aplicables, así como las que le sean conferidas por el Secretario.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. Los Directores Generales de la Secretaria.

3. Los Jefes de Departamento.

4. El Personal Subordinado.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Proporcionar información y coordinar actividades.

3. Proporcionar información y coordinar actividades.

4. Proporcionar instrucciones, solicitar información y coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Instituto Veracruzano de las Mujeres.

2. Secretaría de Finanzas y Planeación.

3. Unidades de Género de otras Dependencias.

4. El Órgano Interno de Control en el IPE.

5. Solicitar y proporcionar información, así como

coordinar actividades.

6. Solicitar y proporcionar información, así como coordinar actividades.

7. Solicitar y proporcionar información, así como

coordinar actividades.

8. Atender las auditorías, evaluaciones y demás intervenciones.

18

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Jefe de la Unidad de Acceso a la Información Pública. Secretario de Protección Civil. Ninguno. El servidor público que designe el Secretario de Protección Civil.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El titular de este puesto es responsable de recabar y difundir la información pública de la Institución, así como recibir, tramitar, resolver, notificar y ejecutar las peticiones que en materia de acceso a la información formulen los interesados.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA. UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÒN PÚBLICA.

SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL.

19

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Recabar, difundir y actualizar de forma permanente la información clasificada como pública a que se

refiere a las leyes y lineamientos de transparencia y derecho a la información, garantizando el derecho a la vida privada y la protección de los datos personales;

2. Recibir y atender dentro del plazo establecido en la ley, las solicitudes de acceso a la información pública;

3. Orientar a los particulares que lo soliciten, en la búsqueda y consulta de la información institucional de la Secretaría, y en su caso, sobre las dependencias o entidades u otro organismo que pudieran contar con la información que solicitan;

4. Entregar o negar la información requerida, fundando y motivando su resolución en los términos de la Ley de la materia;

5. Diseñar procedimientos que faciliten la tramitación y adecuada atención a las solicitudes de acceso a la información de la Secretaría;

6. Aplicar los criterios y lineamientos prescritos por Ley en materia de ordenamiento, manejo, clasificación y conservación de los documentos, registros y archivos;

7. Solicitar a las áreas de la Secretaría la información requerida por los particulares; y

8. Las demás que le atribuyan este reglamento, la ley de la materia y otras disposiciones legales aplicables, así como las que le sean conferidas por el Secretario, necesarias para garantizar y agilizar el flujo de información entre la Secretaría y los particulares.

20

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil

2. Funcionarios de Enlace.

3. Encargado Sistema INFOMEX.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Para solicitar y/o proporcionar información para coordinar actividades.

3. Para solicitar y/o proporcionar información para coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Instituto Veracruzano de Acceso a la

Información.

1. Remitir un informe semestral de las actividades

que realice, relativas a la información consignada en la fracción XI del artículo 29.

21

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Director General de Planeación y Regulación. Secretario de Protección Civil. Jefe de Departamento de Regulación y Supervisión. Jefe de Departamento de Vinculación Interinstitucional. Jefe de Departamento de Planeación y Estadística. El servidor público que designe el Director General de Planeación y Regulación.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El Titular de este puesto es responsable de dirigir, coordinar e implementar estrategias y acciones de Planeación y Regulación en materia de Protección Civil, apoyar al Secretario en la propuesta de la Dependencia para la elaboración del Plan Veracruzano de Desarrollo, coordinar las acciones para la elaboración del programa sectorial, del Informe de Gobierno, participar en la elaboración del Informe Sectorial de la Dependencia, expedir lineamientos para la elaboración y evaluación de programas de la Secretaría, coordinar a las diferentes áreas en la elaboración del Programa Operativo Anual, emitir Dictámenes Técnicos, realizar el procedimiento de la autoevaluación de la Secretaría, etc.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÒN GENERAL DE PLANEACIÒN Y REGULACIÒN.

SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL.

22

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Auxiliar al Secretario en la realización de las acciones inherentes a la planeación y regulación en la materia;

2. Coordinar la integración de la propuesta en materia de Protección Civil para la elaboración del Plan Veracruzano de Desarrollo, y su actualización de ser el caso, así como la elaboración del Programa Sectorial de la dependencia;

3. Proponer, diseñar y coordinar las acciones para la planeación y programación en materia de protección civil y gestión integral de riesgo, en las que se observe el uso racional y eficiente de los recursos asignados para el cumplimiento de las atribuciones de la Secretaría;

4. Asesorar y coordinar a las diferentes áreas de la Secretaría, en la elaboración y actualización, en su caso, de los Programas Presupuestarios y Actividades Institucionales, así como en la formulación de los indicadores de desempeño correspondientes, y proponerlos a la aprobación del Secretario;

5. Integrar y difundir los lineamientos y criterios técnicos para la planeación, el control y la evaluación de los Programas Presupuestarios y Actividades Institucionales, así como de los diferentes programas específicos o preventivos de la Secretaría;

6. Asesorar a las diferentes áreas de la Secretaría, en actividades de planeación de las acciones bajo su responsabilidad;

7. Coordinar con las diferentes áreas de la Secretaría, la elaboración de los Programas Presupuestarios y Actividades Institucionales además de proponer al Secretario su autorización;

8. Solicitar a las áreas que integran la Secretaría, los informes de avance y cumplimiento de objetivos y metas de los Programas Presupuestarios y Actividades Institucionales, para la evaluación correspondiente, y coordinar las acciones para participar en la realización del Programa Anual de Evaluación que implementa la Secretaría de Finanzas y Planeación;

9. Analizar y coordinar las respuestas a las observaciones o recomendaciones derivadas de la evaluación programática-presupuestal que realiza la Contraloría General periódicamente;

10. Participar en la elaboración del Informe Sectorial de la dependencia, para reportar la Cuenta Pública Consolidada del Ejercicio que se trate;

11. Coordinar el desarrollo e integración del Sistema de Información Estadística de la Secretaría;

12. Coordinar con las diferentes áreas de la Secretaría, la elaboración de la información que se presenta anualmente para la integración del Informe de Gobierno del ejercicio que corresponda;

13. Proponer al Secretario los proyectos de normas técnicas y lineamientos complementarios, los términos de referencia, especificaciones, condiciones y parámetros para el desarrollo de actividades o acciones en materia de Protección Civil;

14. Supervisar y verificar que las instalaciones públicas y privadas cumplan con las disposiciones de protección civil y la reducción del riesgo de desastres establecidas en la Ley y demás ordenamientos aplicables;

23

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

15. Emitir dentro del ámbito de competencia de la Secretaría dictámenes técnicos de riesgo, pliegos de

recomendaciones o medidas de seguridad de las instalaciones e inmuebles públicos y privados; dictámenes de riesgo por uso del suelo y aquellos referentes a la reubicación de los asentamientos humanos establecidos en zonas de riesgo y los relativos a la prohibición de la ocupación de dichas zonas, además de las opiniones técnicas que correspondan;

16. Coordinar con dependencias estatales, federales y municipales, la integración de la información técnica,

para obtener y sustentar los datos que formen parte integral de los dictámenes de riesgo que emita la Secretaría;

17. Supervisar, coordinar y dictaminar con las dependencias y entidades competentes, que las obras destinadas a la creación de nuevos asentamientos humanos, cumplan con las disposiciones normativas en materia de Protección Civil y reducción del riesgo de desastres;

18. Participar, en coordinación con las dependencias y entidades competentes en la materia, en el ordenamiento territorial y de los asentamientos humanos, en la planeación del desarrollo regional y urbano, y en la formulación de las declaratorias de zonas de riesgo en los términos de la normatividad aplicable;

19. Analizar las solicitudes, verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los términos de la normatividad, comunicar la aceptación o rechazo, previo acuerdo con el Titular de la dependencia y mantener actualizados los registros estatales autorizados relativos a:

a) Asociaciones y colegios de profesionales vinculados a la Protección Civil; y

b) Terceros acreditados para la emisión de análisis de riesgos, elaboración de programas internos y especiales e impartición de cursos de capacitación en la materia;

20. Coordinar la integración de un grupo de trabajo formado por las áreas de competencias vinculantes de la

Secretaría para el análisis de los expedientes de solicitudes presentadas, con el objeto de otorgar o negar el registro a los terceros acreditados que se mencionan en la fracción anterior;

21. Promover, registrar y supervisar la instalación de las unidades internas de Protección Civil y su programa correspondiente en los sectores público y privado;

22. Concurrir previo acuerdo con el Secretario, en los comités que se instalen en la entidad a propuesta nacional, estatal o municipal, con el fin de impulsar la difusión de una cultura de prevención;

23. Verificar que las empresas cuyas actividades se consideren de mediano o alto riesgo, de acuerdo con el listado definido en el Reglamento de la Ley, la Norma Oficial Mexicana y los Tratados Internacionales aplicables cumplan con las disposiciones de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres establecidas en la Ley y demás ordenamientos aplicables;

24. Orientar a las unidades municipales de Protección Civil en la elaboración de sus Programas Municipales de Protección Civil, llevar su registro y validar los contenidos propuestos, asesorándolos sobre las modificaciones que sean necesarias y de aquellos programas especiales que se requieran; y

25. Las demás que les atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales aplicables, así como las que les sean conferidas por el Secretario.

24

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. El personal subordinado.

3. Las diferentes áreas de la Secretaría.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, solicitar información y coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Dependencias y Entidades Federales,

Estatales y Municipales.

2. Organizaciones y Asociaciones de los Sectores privado y público.

1. Coordinar actividades de acuerdo a las

funciones y responsabilidades de la Dirección General de Planeación y Regulación.

2. Promover y difundir las acciones en materia de

Protección Civil en el ámbito de su competencia.

25

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Director General de Administración y Atención de Emergencias. Secretario de Protección Civil. Subdirector de Atención de Emergencias y Fenómenos Socio-Organizativos. Subdirector de Enlace Regional y Estrategia. El servidor público que designe el Director General de Administración y Atención de Emergencias. DESCRIPCIÓN GENERAL

El Titular de este puesto es responsable de organizar y operar las actividades de protección civil en la Emergencias brindando apoyo a los Municipios; informar de las acciones y comisiones encomendadas por el Titular del Ramo; coordinar en cada Emergencia que se presenta, la participación de las Dependencias de los tres niveles de Gobierno.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÒN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS.

SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL.

26

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Coordinar previo acuerdo con el Secretario, las acciones para la identificación y atención de emergencias,

cuando se afecten los servicios estratégicos del Estado, se prevea que la acción de los agentes perturbadores puedan afectar dos o más municipios, o se vea superada la capacidad de respuesta de los ayuntamientos, en este último caso se actuará a solicitud expresa de dichas autoridades;

2. Alertar a las Unidades Municipales de Protección Civil y a la población en general acerca de la presencia de agentes perturbadores en su demarcación territorial, orientándolos a efecto de que se tomen las medidas de seguridad a que haya lugar;

3. Coordinar la participación de los comités locales de ayuda mutua, organizaciones civiles, de los grupos voluntarios y los brigadistas comunitarios en la atención de las emergencias, así como en el restablecimiento de la normalidad;

4. Coordinar el monitoreo de información y recabar los reportes relacionados con el estado que guardan los servicios vitales, los sistemas estratégicos en general en la entidad, durante todas las horas y días del año;

5. Organizar y dirigir a través del área responsable de la Subdirección de Enlaces Regionales y Estrategia, la participación de éstos en la identificación y atención de emergencias, así como en la determinación y aplicación de sus actividades;

6. Operar el Centro de Comunicaciones;

7. Coordinar con la Unidad Administrativa, el diseño de los Sistemas Informáticos para los Directorios de Emergencias;

8. Coordinar acciones con los Consejos Municipales y las Unidades de Protección Civil Municipales, para atender y ejecutar los trabajos necesarios ante la inminencia, alta probabilidad o presencia de un fenómeno perturbador;

9. Realizar en coordinación con las unidades municipales de Protección Civil, los reportes relativos a daños causados por agentes perturbadores que permita la evaluación de daños y análisis de necesidades;

10. Establecer los puestos de coordinación necesarios en situaciones de emergencia o desastres;

11. Asesorar, evaluar y en su caso coordinar acciones con las Unidades Internas de Protección Civil de las dependencias y entidades de los tres órdenes de Gobierno que lleven a cabo, eventos que reciban afluencia de personas o concentraciones masivas, en beneficio de la población;

12. Asesorar, evaluar y en su caso coordinar acciones con los responsables de la seguridad y manejo de eventos, que presenten afluencia de personas o concentraciones masivas, y que organicen empresas particulares u organismos no gubernamentales;

13. Mantener informado al Secretario, de manera constante y previa verificación, con la síntesis de los asuntos a que se hace mención en las fracciones anteriores;

14. Apoyar a la Dirección General de Prevención de Riesgos en la elaboración y actualización del Atlas Estatal de Riesgos, a través del informe de datos recabados en operativos de emergencia;

27

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

15. Coordinar con las instituciones correspondientes, el establecimiento y operación de las instalaciones que

se determinen para funcionar como refugios temporales, almacén de reservas estratégicas, cocinas comunitarias y otras acciones, en prevención del impacto de fenómenos perturbadores;

16. Coordinar la integración y registro de las organizaciones civiles especializadas y no especializadas, de los Comités Locales y Regionales de Ayuda Mutua;

17. Coordinar a los Enlaces Regionales en la operación de los planes de emergencias, de acuerdo a la temporalidad de los fenómenos perturbadores o calamidades que se presenten en los municipios en riesgo o bajo amenaza en la región a su cargo;

18. Supervisar las actividades de los Enlaces Regionales, a efecto de dar seguimiento al cumplimiento de sus programas de trabajo;

19. Integrar y mantener actualizado el Directorio Estatal de Titulares de las Unidades Municipales de Protección Civil;

20. Coordinar con las autoridades municipales de Protección Civil, las acciones de prevención, mitigación de riesgos, auxilio de la población y la implementación de las medidas de seguridad, durante la presencia de fenómenos perturbadores;

21. Coordinar a los Enlaces Regionales, con la finalidad de brindar el apoyo necesario a las Unidades Municipales de Protección Civil, en el buen desarrollo de sus actividades;

22. Coadyuvar en el registro de la integración de los Consejos Municipales;

23. Coadyuvar con las instituciones públicas y privadas en la elaboración de sus Programas Internos de Protección Civil, en coordinación con la Dirección General de Planeación y Regulación;

24. Mantener informada permanentemente a la superioridad, de los sucesos que se presenten en la circunscripción territorial de competencia de cada Enlace Regional;

25. Coordinar a la Fuerza de Tarea 87 en el Plan de Emergencia Radiológica Externo;

26. Coadyuvar en el desarrollo del operativo de un incendio forestal, efectuando acciones que se inscriben en la normatividad del Comité Estatal de Incendios Forestales y Manejo del Fuego en Veracruz; y

27. Las demás que les atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales aplicables, así como las que les sean conferidas por el Secretario.

28

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. Secretario de Protección Civil.

2. El personal subordinado.

3. Las Diferentes áreas de la Secretaría.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Trasmitir instrucciones, proporcionar información coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Las Dependencias y Entidades Municipales,

Estatales y Federales.

2. Los Grupos Voluntarios, Asociaciones Civiles y otros organismos.

1. Participar en la atención a las emergencias, en

los sitios donde hayan ocurrido, previa anuencia o instrucción del Titular de la Secretaría.

2. Organizar la respuesta y aplicación en medidas

preventivas locales o en su área de Influencia.

29

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subdirector de Atención de Emergencias y Fenómenos Socio-Organizativos. Director General de Administración y Atención de Emergencias. Jefe de Departamento de atención de Emergencias. Jefe de Departamento de Atención a Incendios Forestales. El Servidor Público que designe el Director General del área, previo acuerdo con el Secretario de Protección Civil. DESCRIPCIÓN GENERAL

Coordinar las actividades de Protección Civil ante una emergencia e implementar las medidas de seguridad para la población con los a Ayuntamientos e informar a sus superiores eficaz y oportunamente para que estos tomen las decisiones correspondientes.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

AUTORIZACIÓN ELABORÓ REVISÓ AUTORIZÓ

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y ATENCIÓN DE

EMERGENCIAS.

SECRETARIA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

DEPARTAMENTO DE

ATENCIÓN A INCENDIOS

FORESTALES.

OFICINA DE ATENCIÓN AL PLAN

DE EMERGENCIA RADIOLÓGICA

EXTERNA.

DEPARTAMENTO DE

ATENCIÓN DE

EMERGENCIAS.

OFICINA DEL CENTRO DE

COMUNICACIONES.

DIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN Y

ATENCIÓN DE EMERGENCIAS.

SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN

DE EMERGENCIAS Y

FENÓMENOS SOCIO

ORGANIZATIVOS.

OFICINA DE ATENCIÓN Y

COORDINACIÒN A FENÓMENOS

SOCIO ORGANIZATIVOS

OFICINA DE ATENCIÓN A

EMERGENCIAS Y PLANES DE

EVACUACIÓN.

30

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Coordinar las actividades de Protección Civil, ante una Emergencia, así como los trabajos para el

restablecimiento a la normalidad;

2. Revisar y elaborar los informes correspondientes y tener informado a sus superiores;

3. Organizar y convocar a las fuerzas de trabajo para darle seguimientos a los trabajos durante la Emergencia;

4. Informar a los Alcaldes del comportamiento de la Emergencia;

5. Coordinar los reportes que emite el CECOM para integrar el informe general de los trabajos realizados

durante la Emergencia;

6. Tener informados al Titular de la Secretaria y al Director General de las actividades realizadas durante la Emergencia;

7. Realizar los trabajos de los programas que de manera especial que determine, y encomiende el Titular

de la Secretaría, con el fin de coadyuvar al buen desempeño de las atribuciones que le confiere la Ley a la Secretaría.

31

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Director General de Administración y

Atención de Emergencias.

2. El Jefe de Departamento de Atención de de Emergencias.

3. El Jefe de Atención de Incendios Forestales.

4. El Jefe de la Oficina del Centro de Comunicaciones.

5. La Unidad Interna de acceso a la información.

6. Los diferentes Órganos de la Secretaría.

7. Lo que determinen las autoridades con actividades complementarias.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información y

coordinar actividades.

2. Trasmitir instrucciones, solicitar información.

3. Trasmitir instrucciones, solicitar información coordinar actividades.

4. Trasmitir instrucciones, solicitar información

coordinar actividades.

5. Atender y canalizar solicitudes.

6. Intercambiar información y coordinar.

7. Operarlas actividades que se indiquen dentro de las funciones articuladas de Protección Civil.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Las Dependencias y Entidades Federales.

2. Las diversas Dependencias Estatales que nos

articula en diversas acciones.

3. Los Presidentes municipales.

4. Los Enlaces Regionales.

5. Los directores Municipales de Protección civil y el Regidor encargado del ramo.

6. Responsables de las Fuerzas de Trabajo.

1. Organizar y/o participar en la atención a las

emergencias, en los sitios en donde haya ocurrido, previa anuencia o instrucciones del Titular de la secretaría.

2. Organizar y/o participar en las acciones que se

indiquen o sean de apoyo y7o control ante una emergencia en los centros de mandos que se instalen, bajo instrucciones del Titular de la Secretaría o del Jefe inmediato.

3. Organizar los trabajos bajo el Programa de

Protección Civil y asistencia técnica de asesoría para los distintos fines relacionados a la atención de Emergencia.

4. Coordinar y organizar los trabajos que cada uno

de ellos desempeña ante una Emergencia.

5. Coordinar y organizar actividades de Protección Civil y apoyar en la consecución de apoyos para la población afectada.

6. Coordinar la fuerza de trabajo cumpliendo con los protocolos ante una Emergencia.

32

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subdirector de Enlace Regional y Estrategia. Director General de Administración de Emergencias. Jefe de Enlaces Regionales del Estado. Enlaces Regionales. Jefe de Enlace con Directores municipales de Protección Civil, Grupos Voluntarios y Brigadistas Comunitarios. El Servidor Público que designe el Director General de Administración y Atención a Emergencias.

DESCRIPCIÓN GENERAL

Coordinar las actividades de los Enlaces Regionales de prevención, mitigación, de riesgos, auxilio a la población y la implementación a las medidas de seguridad antes, durante y después de la emergencia, así como coordinar las acciones del programa “Techo Seguro Adelante” y lo que el Director General indique.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA ÓRGANICA

AUTORIZÓ ELABORÓ REVISÓ APROBÓ

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

DIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN Y

ATENCIÓN DE EMERGENCIAS.

SUBDIRECCIÓN DE ENLACE

REGIONAL Y ESTRATEGIA.

OFICINA DE ENLACES CON LA

DIRECCIONES MUNICIPALES,

GRUPOS VOLUNTARIOS Y BRIGADISTAS.

OFICINA DE ENLACES

REGIONALES.

ENLACES REGIONALES.

33

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Coordinar la participación de los enlaces Regionales, en la identificación y atención de emergencias, así

como en la participación de la elaboración y aplicación de los planes Regionales de Protección Civil en apoyo a la población hasta la vuelta a la normalidad;

2. Colaborar con la Dirección General de Prevención de Riesgos en la elaboración y actualización del atlas

Estatal de Riesgos a través de proporcionar los datos recabados en los operativos y así enriquecer este instrumento de trabajo;

3. Mantener actualizado el riesgo de los Brigadistas Comunitarios, Comités Científicos, Comités locales de

ayuda mutua, organizaciones civiles y grupos voluntarios, con el fin de que la Secretaria este debidamente informada y tener conocimiento de cuantos grupos existen en el estado;

4. Coordinar los trabajos de los brigadistas Comunitarios, Comités científicos, Comités locales de ayuda

mutua, organizaciones civiles y grupos voluntarios en la atención de las emergencias, así como en los trabajos para el restablecimiento de la población a la normalidad;

5. 5 Operar el Programa operativo anual, así como coadyuvar en los trabajos con los municipios que se

encuentren de la zona;

6. Coordinar los trabajos con las dependencias de los tres niveles de gobierno que participan en una emergencia o desastre;

7. Mantener actualizados en cada Municipio, los Refugios Temporales y tenerlos georeferenciados, con la

finalidad de que esta secretaría tenga conocimiento del número de refugios con los que se cuenta en el estado;

8. Promover en todos los municipios los beneficios del programa “Techo Seguro Adelante”;

9. Recibir y revisar las solicitudes de los municipios beneficiados con el programa “Techo Seguro Adelante”;

10. Supervisar los trabajos de entrega de las láminas del Programa “Techo Seguro Adelante”;

11. 11.- Recibir la comprobación de los beneficiados con el programa “Techo Seguro Adelante” y llevar el

control de estos;

12. Apoyar en los trabajos de esta Dirección y mantener informado a su Director General de las acciones que se realicen, para que este a su vez pueda informar a sus superiores;

13. Realizar todas aquellas actividades que coadyuven al correcto desempeño de sus funciones;

34

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Director General de Administración y

Atención de Emergencias.

2. El personal Subordinado.

3. El jefe de la unidad de Acceso a la información Pública.

4. Los diferentes Órganos de la Secretaría.

5. Los enlaces regionales que determinen las

autoridades con actividades complementarias.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, solicitar información y coordinar información.

3. Atender y canalizar solicitudes.

4. Intercambiar información y coordinar

actividades.

5. Operar las actividades que se indiquen dentro de las funciones articuladas de protección civil.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Las Dependencias Estatales y Entidades

federales.

2. Los presidentes Municipales.

3. Los Directores Municipales de Protección Civil. Y los demás ediles comisionados del ramo.

4. Los brigadistas Comunitarios, las

organizaciones civiles y grupos voluntarios.

5. Comités locales de ayuda mutua y Comités científicos.

1. Organizar y/o participar en la atención a las

emergencias, en los sitios en donde haya ocurrido una emergencia, previa anuencia o instrucción del Titular de la Secretaría.

2. Organizar los trabajos bajo el Programa

Municipal de Protección Civil y asistencias técnicas de asesoría para los distintos fines relacionados.

3. La organización y asesoría en la toma de

decisiones en asuntos de protección civil así como asesorar en el desarrollo de sus funciones a nivel municipal.

4. Organizar los trabajos en sus áreas

correspondientes y promover su participación en difusión de la cultura de Protección Civil.

5. Promover convenios de investigación en la

relación a los fenómenos naturales para tomar las medidas preventivas.

35

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Director General de Prevención de Riesgos. Secretario de Protección Civil. Subdirector de Políticas Preventivas. Subdirector de Difusión de la Cultura de la Autoprotección. El servidor público que designe el Director General de Prevención de Riesgos.

DESCRIPCION GENERAL

El titular de este puesto es responsable de coordinar actividades para la identificación de riesgos, utilizando la información histórica y del atlas de riesgos, para fomentar en la población en general la cultura de la prevención y autoprotección, a través de medidas, actividades y funciones, con la finalidad de mitigar los efectos de los fenómenos naturales y evitar o minimizar los daños de las calamidades a la población del Estado de Veracruz.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO REALIZÒ REVISÓ APROBÓ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

36

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Coordinar la elaboración del Atlas Estatal de Riesgos y su constante actualización, así como fomentar lo

que corresponde al ámbito municipal, con el fin de identificar la presencia de riesgos potenciales; prever escenarios de riesgo y apoyar la planeación de medidas de prevención, mitigación, preparación, auxilio, recuperación y reconstrucción en casos de desastre;

2. Determinar las zonas y los índices de riesgo en el Estado, apoyando en análisis de vulnerabilidad y determinación de factores de peligro, para generar los modelos de riesgo;

3. Proporcionar capacitación especializada y apoyo a los municipios, en el uso de la Plataforma Informática del Atlas Estatal de Riesgos para la actualización de los Atlas Municipales de Riesgo;

4. Participar en coordinación con las dependencias y entidades competentes, en la elaboración y difusión de los programas resultantes de la gestión integral del riesgo;

5. Diseñar y divulgar los programas específicos enunciados por la Ley de la materia;

6. Ejecutar los programas especiales en la materia, previa autorización de los mismos;

7. Diseñar e implementar en coordinación con la Dirección General de Capacitación y Adiestramiento de Protección Civil, campañas encaminadas a la difusión de la autoprotección, con la finalidad de concientizar a la población sobre su actuación en las acciones de prevención y auxilio en situaciones de emergencia;

8. Coadyuvar con los consejos municipales de Protección Civil en la elaboración de sus Programas Municipales de Protección Civil;

9. Promover, coordinar y supervisar la construcción y el mantenimiento de las redes de monitoreo y alertamiento;

10. Retroalimentar los estudios relacionados con la evaluación de los riesgos y daños provocados por agentes perturbadores, en coordinación con instituciones de investigación, academias, dependencias y entidades de los órdenes de gobierno federal, estatal y municipal;

11. Elaborar diagnósticos relativos al impacto social, económico y ecológico de los riesgos que conllevan los agentes perturbadores mediante estudios de vulnerabilidad;

12. Coadyuvar acciones con la Dirección General de Capacitación y Adiestramiento en Protección Civil, sobre los contenidos en materia de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo;

13. Emitir recomendaciones y sugerencias en materia de prevención de riesgos a las diferentes instancias públicas y privadas e incluso a los Ayuntamientos en cada inicio de temporada, así como en caso de que exista riesgo inminente; y

14. Las demás que les atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales aplicables, así como las que les sean conferidas por el Secretario.

37

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. El personal subordinado.

3. Los diferentes órganos de la Secretaría.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, solicitar información y coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar actividades.

COORDINACION EXTERNA CON PARA

1. Las dependencias y entidades federales,

estatales y municipales.

2. Las instituciones educativas y de investigación.

3. Las organizaciones y asociaciones del sector

privado y social.

4. Organismos internacionales.

1. Todo lo relacionado con las actividades propias

de la Secretaría.

2. Promover convenios de investigación en relación a fenómenos naturales para difusión de medidas preventivas.

3. Promover las acciones en materia de Protección Civil.

4. Promover estudios relacionados con fenómenos naturales.

38

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subdirector de Políticas Preventivas. Director General de Prevención de Riesgos. Departamento de Estudios de Riesgos. Departamento de Prevención de Riesgos y Planeación. El servidor público que designe el Director General de Prevención de Riesgos.

DESCRIPCION GENERAL

El Titular de este puesto es responsable de coordinar los trabajos para llevar a cabo la actualización de los Atlas de Riesgos, usando para ello sistemas de información geográfica, así como el manejo de base de datos y su integración a cartografía digital.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO REALIZO REVISO APROBO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN GENERAL DE

PREVENCIÓN DE RIESGOS.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

DIRECCIÓN

GENERAL DE

PREVENCIÓN DE

RIESGOS

DEPARTAMENTO

DE ESTUDIO DE

ATLAS DE

RIESGOS

DEPARTAMENTO

DE PREVENCIÓN

DE RIESGOS Y

EVALUACIÓN

OFICINA DE

DIFUSIÓN DE

PROGRAMAS

SOCIALES

SUBDIRECCIÓN DE

POLÍTICAS

PREVENTIVAS

SUBDIRECCIÓN DE

DIFUSIÓN DE LA

CULTURA DE LA

AUTOPROTECCIÓ

N

DEPARTAMENTO

DE GENERACIÓN

DE PROGRAMAS DE DIFUSIÓN

39

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Adecuar y diseñar la simbología y los formatos para inventario de riesgos para la actualización del Atlas

de Riesgos, con el propósito de contar con los documentos base adecuados para el levantamiento físico de la información en cada uno de los municipios;

2. Capacitar al personal que participará en la recopilación de la información, con el fin de que el personal

que desarrolle estas actividades esté informado del objetivo y alcance del proyecto de actualización del Atlas de Riesgos;

3. Concentrar la información con el propósito de conservar ordenadamente la información obtenida

previamente por los investigadores de campo;

4. Coordinar el proceso de captura de la información de campo, en el sistema de cómputo programado especialmente para este proyecto, con el propósito de que el procesamiento de la información tenga las características que se desean;

5. Coordinar la edición del proyecto terminado en documentos y en medios informáticos con el fin de que los

sectores públicos, privados y sociales consulten el documento;

6. Apoyar a las áreas de esta Secretaría en la elaboración de trabajos especiales, con el propósito de que se cumpla con los objetivos encomendados en materia de Protección Civil;

7. Atender a instituciones y público en general que soliciten información sobre diferentes calamidades, con

el propósito de que la población, esté enterada de los diferentes peligros que le rodean e integre a su vida cotidiana la cultura de la Protección Civil;

8. Tramitar la donación de material didáctico relacionado con la Protección Civil, así como el intercambio del

mismo con otras Instituciones con el fin de mantener actualizado el centro de información para la investigación de instituciones y público en general;

9. Coordinar la elaboración e impresión de cartografías con los datos precisos solicitados por el Director

General de Prevención de Riesgos, atendiendo las peticiones de las diferentes áreas de la Secretaría de Protección Civil, con el propósito de brindar apoyo en las diversas actividades en la materia;

10. Realizar todas aquellas actividades que coadyuven al correcto desempeño de sus funciones.

40

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACION INTERNA

CON PARA

1. El Director General de Prevención de Riesgos.

2. Los diferentes órganos de la Secretaría.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Intercambiar información y coordinar actividades.

COORDINACION EXTERNA

CON PARA

1. Dependencias y entidades federales, estatales

y municipales.

2. Instituciones educativas y de investigación.

3. Organizaciones y asociaciones del sector privado y social.

1. Todo lo relacionado con las actividades propias

de la Dirección.

2. Promover convenios de investigación en relación a fenómenos naturales para difusión de medidas preventivas.

3. Promover las acciones en materia de Protección Civil.

41

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subdirector de Difusión de la Cultura de la Autoprotección. Director General de Prevención de Riesgos. Departamento de Estudios de Riesgos. Departamento de Prevención de Riesgos y Planeación. El servidor público que designe el Director General de Prevención de Riesgos.

DESCRIPCION GENERAL

El Titular de este puesto es responsable de coordinar las actividades para la integración de diagnósticos, diseño y formulación de políticas públicas en materia preventiva, tomando en consideración los niveles de vulnerabilidad de la población y bienes expuestos, orientadas a evitar la generación de nuevos riesgos de desastres, reducir los existentes o minimizar el impacto de estos ante la ocurrencia de los diferentes fenómenos perturbadores en la entidad.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO REALIZO REVISO APROBO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN GENERAL DE

PREVENCIÓN DE RIESGOS.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

DIRECCIÓN GENERAL

DE PREVENCIÓN DE

RIESGOS.

SUBDIRECCIÓN DE

DIFUSIÓN DE LA

CULTURA DE LA

AUTOPROTECCIÓN.

OFICINA DE DIFUSIÓN

DE PROGRAMAS

SOCIALES.

DEPARTAMENTO DE

GENERACIÓN DE

PROGRAMAS DE

DIFUSIÓN.

DEPARTAMENTO DE

PREVENCIÓN DE

RIESGOS Y EVALUACIÓN.

DEPARTAMENTO DE

ESTUDIO DE ATLAS

DE RIESGOS.

SUBDIRECCIÓN DE

POLÍTICAS

PREVENTIVAS.

42

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Promover la elaboración de propuestas de prevención entre los diferentes sectores de la sociedad;

2. Elaborar diagnósticos de riesgo de desastres sectoriales y regionales en coordinación con otras

instituciones;

3. Coordinar la realización de programas para la gestión integral del riesgo de desastres;

4. Promover entre los ayuntamientos la incorporación de la gestión integral del riesgo en sus políticas de desarrollo municipal;

5. Coordinar acciones para la identificación de riesgos de desastres, con la participación de los sectores de la sociedad;

6. Coordinar la operación, monitoreo, seguimiento y, en su caso, actualización de los atlas estatal, municipales y sectoriales de riesgos;

7. Coordinar el monitoreo y seguimiento de los atlas municipales y sectoriales de riesgo en la entidad;

8. Diseñar e instrumentar esquemas de colaboración y coordinación con instituciones de los sectores público, privado y social;

9. Diseñar estrategias orientadas al fortalecimiento de mecanismos de medición, monitoreo, pronóstico, alertamiento ante riesgos de desastres;

10. Proponer recomendaciones para reducir el riesgo a los ayuntamientos y dependencias que integran el Sistema Estatal de Protección Civil;

11. Coordinar los procesos de la entrega de la información para la integración de los programas de gestión de riesgos por sector y fenómeno perturbador;

12. Emitir opinión sobre los diferentes programas emitidos por los integrantes del Sistema Estatal.

43

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACION INTERNA

CON PARA

1. Director General de Prevención de Riesgos.

2. Personal subordinado.

3. Áreas de la Secretaría.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, solicitar información y coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar

actividades.

COORDINACION EXTERNA

CON PARA

1. Integrantes del Sistema Estatal de Protección

Civil.

1. Promover el trabajo conjunto y la coordinación

de acciones para fortalecer al Sistema Estatal y a sus integrantes, mediante el diseño y formulación de políticas públicas para reducir el riesgo de desastres.

44

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Director General de Capacitación y Adiestramiento de Protección Civil. Secretario de Protección Civil. Jefe de Departamento de Programas Pedagógicos en Materia de Protección Civil. Jefe de Departamento de Capacitación y Desarrollo en Materia de Protección Civil. El servidor público que designe el Director General de Prevención de Riesgos.

DESCRIPCION GENERAL

Programar y orientar la capacitación que se otorga a las entidades del sector público, privado y social que han conformado su Unidad Interna de Protección Civil; así mismo coordinar las acciones de capacitación que de manera conjunta se realizan con otras instituciones públicas. Impulsar los convenios de cooperación con organismos públicos y privados con el fin de facilitar los procesos de capacitación. Promover la profesionalización del personal adscrito a la Secretaría de Protección Civil y al personal que colabora en el Sistema Estatal de Protección Civil.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO ELABORO REVISO APROBO

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

DIRECCIÓN GENERAL DE

CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DE PROTECCIÓN CIVIL.

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL.

45

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Elaborar los Planes y Programas de Capacitación y Adiestramiento de Protección Civil y la Gestión

Integral del Riesgo de Desastre, que se habrán de aplicar entre los miembros del Sistema Estatal de Protección Civil;

2. Elaborar, Promover y Coordinar el Programa Estatal de Capacitación, relativo a la Protección Civil y la Gestión Integral del Riesgo de Desastre;

3. Coordinar con la Escuela Nacional de Protección Civil dependiente del Centro Nacional de Prevención de Desastres, acciones con la finalidad de fortalecer, compartir, colaborar y promover actividades de capacitación con los miembros del Sistema Nacional de Protección Civil y con organismos internacionales en beneficio del Sistema Estatal;

4. Promover y colaborar en el desarrollo de cursos, talleres, conferencias y diversos modelos pedagógicos en materia de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo de Desastre para la formación del capital humano del Sistema Estatal;

5. Promover e impulsar la capacitación, entrenamiento y actualización en materia de Protección Civil y la Gestión Integral del Riesgo de Desastres entre los miembros de Sistema Estatal y la población en general;

6. Contribuir a la promoción de estudios, la investigación y la capacitación en materia de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo de Desastre;

7. Coordinar acciones con la Dirección General de Prevención de Riesgos, sobre los contenidos del material de difusión, electrónico, impreso o audiovisual que coadyuve a las acciones en materia de Protección Civil y la Gestión Integral del Riesgo de Desastre;

8. Gestionar previo acuerdo con el Titular de la Dependencia, ante la Secretaría de Educación del Estado, la incorporación de contenidos relativos a la Protección Civil y la Gestión Integral del Riesgo de Desastre en los diversos niveles educativos, participando en los grupos de trabajo técnico – pedagógicos;

9. Elaborar programas de capacitación y entrenamiento especializados para fortalecer a las áreas que conforman la Fuerza de Tarea del Sistema Estatal;

10. Impulsar en coordinación con el Subcomité de Capacitación del Plan de Emergencia Radiológica Externo del Centro Nacional de Prevención de Desastres, la capacitación y actualización del personal de la Fuerza de Tarea 87 que participa en el PERE;

11. Realizar con la Coordinación de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres, la capacitación de las Brigadas Comunitarias de Protección Civil en el Estado;

12. Realizar jornadas de capacitación en las regiones del Estado, en coordinación con la Dirección General de Administración y Atención de Emergencias;

13. Gestionar ante instancias educativas la acreditación y certificación de los programas de capacitación de la Secretaría, para que obtengan valor curricular; y

14. Las demás que les atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales aplicables, así como las que les sean conferidas por el Secretario.

46

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACION INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. El Director General de Planeación y

Regulación.

3. El Director General de Prevención de Riesgos.

4. El Director General de Administración de Emergencias.

5. El Director Jurídico.

6. El jefe de la Unidad Administrativa.

7. El Jefe de la Unidad de Acceso a la

Información Pública.

8. El Jefe de Departamento de Enlace y Estrategia Regional.

9. El Jefe de Departamento de Normatividad y

Supervisión.

10. Los Diferentes Órganos de la Secretaría.

11. El Personal Subordinado.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Proporcionar información, coordinar actividades e implementación y avance de indicadores.

3. Proporcionar información y coordinar

actividades.

4. Propiciar información y coordinar actividades.

5. Coordinación para la elaboración de convenios.

6. Coordinar actividades para equipamiento, soporte y solicitud de viáticos.

7. Atender y canalizar solicitudes.

8. Coordinarse con los Representantes Regionales

de la Secretaría.

9. Registro de Capacitadores.

10. Intercambiar información y coordinar actividades.

11. Transmitir instrucciones, solicitar información y

coordinar actividades.

COORDINACION EXTERNA

CON PARA

1. Las Dependencias y entidades Federales,

Estatales y Municipales.

2. Las Instituciones educativas y de investigación.

3. Las empresas del sector privado.

1. Actualizar sus conocimientos y profesionalicen

los cuadros de emergencia.

2. Promover las acciones en materia de Protección Civil.

3. Colaborar con la actualización y conocimientos de las unidades internas de Protección Civil.

47

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos. Secretario de Protección Civil. Subcoordinador de Pronóstico Estacional y Meteorológico. Subcoordinador de Fenómenos Atmosféricos. El servidor público que designe el Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos.

DESCRIPCION GENERAL

El titular de este puesto es responsable de coordinar y salvaguardar las actividades y/o productos climatológicos y meteorológicos para informar al sistema estatal de Protección Civil y público en general sobre los fenómenos meteorológicos que pueden afectar al Estado de Veracruz, así como investigar el cambio climático en Veracruz.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO ELABORO REVISO APROBO

UNIDAD ADMINISTRATIVA.

CENTRO DE ESTUDIOS Y

PRONÓSTICOS METEREOLÓGICOS.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

48

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Gestionar la instrumentación, instrumentar y en su caso operar redes de detección, monitoreo, pronóstico

y alerta temprana por fenómenos meteorológicos, en coordinación con las instituciones especializadas;

2. Impulsar, consolidar y operar el Sistema Estatal de Alerta Meteorológica;

3. Vigilar las condiciones meteorológicas y climáticas a corto, mediano y largo plazo, con atención a posibles amenazas para el Estado y mantener informadas a las distintas instancias que integran el Sistema Estatal de Protección Civil y a la población en general;

4. Desarrollar, promover y fomentar los estudios, la capacitación y la implementación de tecnología para coadyuvar en la prevención y acciones a efectuar ante los efectos de agentes perturbadores de origen meteorológico y climático;

5. Evaluar e informar al Titular de la Dependencia para que se establezcan las líneas de atención y coordinación dirigidas a prevenir, atender y mitigar los riesgos ocasionados por la presencia de fenómenos perturbadores de carácter meteorológico, climático e hidrológico;

6. Analizar los factores y procesos, a escala sinóptica y regional, que generen situaciones de peligro en las cuencas hidrológicas del Estado, con la finalidad de coadyuvar para mejorar su predicción;

7. Dar seguimiento y evaluación de variables meteorológicas, principalmente precipitación pluvial y temperatura;

8. Emitir alertamientos respecto de la presencia de fenómenos perturbadores de origen meteorológico o climático, potencialmente peligrosos;

9. Coordinar la relación con organizaciones académicas nacionales e internacionales, con la finalidad de establecer vínculos de cooperación, intercambio y actualización de conocimientos técnicos y científicos;

10. Hacer acopio y analizar los datos históricos para elaborar políticas de adaptación al cambio climático; y

11. Las demás que les atribuyan este reglamento y otras disposiciones legales aplicables, así como las que les sean conferidas por el Secretario.

49

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACION INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. El titulas de la Unidad Administrativa.

3. El Director General de Prevención de

Riesgos.

4. El Centro de Comunicaciones de la Secretaría de Protección Civil.

5. El Director General de Administración de

Emergencias.

6. Secretario Técnico.

7. Director Jurídico.

8. Coordinador de asesores.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información y

coordinar actividades.

2. Gestionar recursos.

3. Intercambiar información.

4. Proporcionar información.

5. Proporcionar información, identificar necesidades.

6. Proporcionar información.

7. Recibir asesoría, proporcionar y recibir información.

8. Discutir estrategias, proporcionar y recibir información.

COORDINACION EXTERNA

CON PARA

1. Los Sistemas Estatal y Nacional de Protección

Civil.

2. Los Medios de comunicación.

3. Instituciones de investigación nacional y extranjeras.

1. Informar y alertar sobre las condiciones actuales

y pronóstico del tiempo.

2. Informar al público en general sobre el pronóstico de tiempo a corto y mediano plazo y cambio climático.

3. Intercambiar información y Técnicas de manejo de información y pronóstico y elaboración de escenarios climáticos y capacitación.

50

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÒN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subcoordinador de Pronóstico Meteorológico y Estacional. Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos. Analistas de Pronóstico Meteorológico y Estacional. El Servidor Público que designe el Subcoordinador de Pronóstico Meteorológico y Estacional, previo acuerdo con el Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El titular de este puesto es responsable de supervisar y salvaguardar las actividades y/o productos meteorológicos para informar al sistema estatal de Protección Civil y públicos en general sobre los fenómenos meteorológicos que pueden afectar al Estado.

UBICACIÒN EN LA ESTRCUTURA

AUTORIZACIÒN ELABORÒ REVISÒ AUTORIZÒ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

CENTRO DE ESTUDIOS Y

PRONÒSTICOS METEOROLÒGICOS.

SECRETARÌA DE

PROTECCIÒN CIVIL.

SUBCOORDINACIÒN

DE PRONÒSTICOS

METEOROLÒGICOS Y

ESTACIONAL.

SECRETARÌA DE

PROTECCIÓN CIVIL

COORDINACIÒN DEL

CENTRO DE ESTUDIOS

Y PRONÒSTICOS

METEOROLÓGICOS.

SUBCOORDINACIÒN

DE FENÒMENOS

ATMOSFÈRICOS.

51

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Supervisar e instrumentar en la prevención, atención y mitigación de los riesgos ocasionados por la

presencia de agentes perturbadores de carácter meteorológico para informar y alertar al Sistema Estatal de Protección Civil y público en general;

2. Verificar y revisar la información que va a contener los boletines meteorológicos para informar al Sistema

Estatal de Protección Civil y al público en general el comportamiento de la atmosfera a corto y mediano plazo, con el fin de prevenir y alertar ante eventos extremos o adversos;

3. Validar y acordar con otros organismos gubernamentales la información relativa a los fenómenos

meteorológicos a efecto de enriquecer y aumentar las fuentes de información;

4. Participar dentro del Comité de Meteorología del Estado de Veracruz;

5. Realizar todas aquellas actividades que coadyuven al correcto desempeño de sus funciones.

52

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. El titular de la Unidad Administrativa.

3. El Director General de Prevención de Riesgos.

4. El Centro de Comunicaciones de la Secretaria

de Protección Civil.

5. El Director General de Administración de Emergencias.

6. Secretario Técnico.

7. Director Jurídico.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Gestionar recursos.

3. Intercambiar información.

4. Proporcionar información.

5. Proporcionar información, identificar necesidades.

6. Proporcionar información.

7. Recibir asesoría, proporcionar y recibir información.

8. Discutir estrategias, proporcionar y recibir información.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Los Sistemas Estatal y Nacional de Protección Civil.

2. Los Medios de comunicación.

3. Instituciones de investigación nacional y extranjeras.

1. Informar y alertar sobre las condiciones

actuales y pronóstico del tiempo.

2. Informar al público en general sobre el pronóstico de tiempo a corto y mediano plazo y cambio climático.

3. Intercambiar información y Técnicas de manejo de información y pronóstico y elaboración de escenarios climáticos y capacitación.

53

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÒN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subcoordinador de Fenómenos Atmosféricos. Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos. Analistas de Pronóstico Meteorológico y Estacional. El Servidor Público que designe el Subcoordinador de Pronóstico Meteorológico y Estacional, previo acuerdo con el Coordinador del Centro de Estudios y Pronósticos Meteorológicos.

DESCRIPCIÓN GENERAL

El titular de este puesto es responsable de analizar y vigilar continuamente la situación meteorológica para prevenir de forma oportuna al Sistema Estatal de Protección Civil y público en general de los efectos de fenómenos atmosféricos que puedan afectar al Estado de Veracruz. Asimismo instrumentar y en su caso operar redes para mejorar el sistemas de pronóstico y alertamiento, en coordinación con las dependencias responsables e incorporando los esfuerzos de otras redes de monitoreo públicas y privadas.

UBICACIÒN EN LA ESTRCUTURA

AUTORIZACIÒN ELABORÒ REVISÒ AUTORIZÒ

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

CENTRO DE ESTUDIOS Y

PRONÒSTICOS METEOROLÒGICOS.

SECRETARÌA DE

PROTECCIÒN CIVIL.

SUBCOORDINACIÒN

DE PRONÒSTICOS

METEOROLÒGICOS Y

ESTACIONAL.

SECRETARÌA DE

PROTECCIÓN CIVIL

COORDINACIÒN DEL

CENTRO DE ESTUDIOS

Y PRONÒSTICOS

METEOROLÓGICOS.

SUBCOORDINACIÒN

DE FENÒMENOS

ATMOSFÈRICOS.

54

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Dar seguimiento a las condiciones atmosféricas y su interacción con la geografía estatal para mantener

informada a la población y autoridades correspondientes de posibles riesgos hidrometeorológicos;

2. Mantener actualizada la bitácora diaria de los fenómenos meteorológicos;

3. Realizar los informes de los fenómenos atmosféricos relevantes que afectaron al Estado;

4. Realizar la previsión del tiempo diariamente y pronósticos especiales en caso de situaciones de eventos meteorológicos o climatológicos extremos para emitirlos oportunamente a las autoridades estatales y municipales;

5. Participar como integrante del Comité de Meteorología y del Comité Técnico de Operación de Obras

Hidráulicas Región Golfo Centro;

6. Coordinarse con la Dirección Jurídica para la solicitud de declaraciones de Emergencia y/o Desastre por fenómenos hidrometeorológicos;

7. Además de las que le sean instruidas por el Coordinador del Centro.

55

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. El Secretario de Protección Civil.

2. El titular de la Unidad Administrativa.

3. El Director General de Prevención de Riesgos.

4. El Centro de Comunicaciones de la Secretaria

de Protección Civil.

5. El Director General de Administración de Emergencias.

6. Secretario Técnico.

7. Director Jurídico.

8. Coordinador de Asesores.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información

y coordinar actividades.

2. Gestionar recursos.

3. Intercambiar información.

4. Proporcionar información.

5. Proporcionar información, identificar necesidades.

6. Proporcionar información.

7. Recibir asesoría, proporcionar y recibir información.

8. Discutir estrategias, proporcionar y recibir información.

COORDINACIÓN EXTERNA

CON PARA

1. Los Sistemas Estatal y Nacional de Protección Civil.

2. Los Medios de comunicación.

3. Instituciones de investigación nacional y extranjeras.

1. Informar y alertar sobre las condiciones

actuales y pronóstico del tiempo.

2. Informar al público en general sobre el pronóstico de tiempo a corto y mediano plazo y cambio climático.

3. Intercambiar información y Técnicas de manejo de información y pronóstico y elaboración de escenarios climáticos y capacitación.

56

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres. Secretario de Protección Civil. Subcoordinador de Estudios para la Reducción de Riesgos de Desastres. Subcoordinador de Proyectos del Sistema Estatal de Protección Civil. El servidor público que designe el Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres.

DESCRIPCION GENERAL

El titular de este puesto es responsable de desarrollar herramientas y estrategias para la reducción de riesgos y manejo de los desastres a nivel comunitario. Así como identificar, supervisar y dar seguimiento a las zonas potenciales por riesgos geológicos como deslaves, erosión, socavamientos, licuefacción.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO ELABORO REVISO APROBO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

SUBCOORDINACION DE ESTUDIOS PARA LA

REDUCCION DEL RIESGO.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

SECRETARÌA DE

PROTECCIÓN CIVIL

COORDINACIÒN DE ESTUDIOS

Y PROYECTOS PARA LA

GESTIÓN INTEGRAL DEL

RIESGO DE DESASTRES.

SUBCOORDINACIÒN DE

ESTUDIOS PARA LA

REDUCCIÓN DEL RIESGO

DE DESASTRES.

SUBCOORDINACIÒN DE

PROYECTOS DEL

SISTEMA ESTATAL DE

PROTECCIÓN CIVIL.

57

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Representar a la Secretaría ante el Sistema Estatal de Protección Civil y apoyar la Coordinación del

mismo;

2. Actualizar y dar seguimiento al Programa Estatal de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres, y presentar los informes de avance respectivos;

3. Preparar la reunión anual ordinaria del Sistema Estatal de Protección Civil y de las extraordinarias que ordene el Ejecutivo;

4. Diseñar y realizar acciones encaminadas a la identificación, análisis, evaluación control y reducción de los riesgos de origen geológico como deslizamiento de laderas, hundimientos, socavamientos, subsidencia, entre otros;

5. Recomendar y proponer políticas públicas que protejan la vida, integridad, salud, patrimonio y entorno de las personas expuestas;

6. Apoyar la conformación de Brigadas Comunitarias para la reducción del riesgo de desastres e integrar el Registro de la Red Estatal respectivo;

7. Fomentar entre las comunidades la elaboración de mapas comunitarios de riesgo, con la finalidad de identificar peligros, recurrencia, vulnerabilidades, recursos de autoprotección y sistemas de alertamiento comunitario;

8. Integrar el sistema de información de riesgos geológicos en el Estado;

9. Identificar y gestionar la asignación de recursos de organismos públicos o privados, estatales, nacionales o extranjeros para apoyar la reconstrucción de zonas afectadas por fenómenos perturbadores;

10. Dar seguimiento a los programas del Sistema Estatal de Protección Civil para la reubicación de familias y la reconstrucción de viviendas afectadas por fenómenos perturbadores; y

11. Las demás que le atribuyan este reglamento, la ley de la materia y otras disposiciones legales y normativas aplicables, así como las que le sean conferidas por el Secretario.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÓN INTERNA

CON PARA

1. Secretario de Protección Civil.

2. El personal subordinado.

3. Los Diferentes áreas de la Secretaría.

1. Recibir instrucciones, proporcionar Información

y coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, proporcionar información, coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar actividades.

COORDINACIÓN EXTERNA CON PARA

1. Las Dependencias y Entidades Municipales,

Estatales y Federales.

2. Brigadas Comunitarias.

1. Participar en la reducción del riesgo geológico

y atención de emergencias, previa anuencia o instrucción del Titular de la Secretaría.

2. Organizar, capacitar y conformar de respuesta y aplicación en medidas preventivas locales o en su área de Influencia.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACION

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subcoordinador de Estudios para la Reducción del Riesgo de Desastres. Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres. 4 Inspectores de Riesgos geológicos. 1 Analista de proyectos. El servidor público que designe el Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres.

DESCRIPCION GENERAL

El Titular de este puesto es responsable de desarrollar herramientas y estrategias para la reducción de riesgos y manejo de los desastres a nivel comunitario. Así como identificar, supervisar y dar seguimiento a las zonas potenciales por riesgos geológicos como deslaves, erosión, socavamientos, licuefacción.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO ELABORO REVISO APROBO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

SUBCOORDINACION DE ESTUDIOS PARA LA

REDUCCION DEL RIESGO.

SECRETARÍA DE

PROTECCIÓN CIVIL.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Generar un Sistema Estadísticos y Geográfico histórico de los deslizamientos que ocurren en el estado,

a través de la información generada por el Centro de Comunicaciones (CECOM) y reportes periodísticos recabados por el área de Comunicación Social;

2. Coadyuvar con la Dirección General de Emergencias para implementar un Sistema Estadístico y Geográfico de Riesgos geológicos;

3. Capacitar a las Unidades de Protección Civil Municipal en la instalación testigos para el monitoreo comunitario de las zonas potenciales a deslizamientos, con la finalidad tomar medidas preventivas y reactivas;

4. En coordinación con la Dirección de Capacitación y Adiestramiento en Protección Civil, llevar a cabo talleres, para el conocimiento de los diferentes tipos de deslizamientos, sus precursores, las acciones para reducirlos y mitigarlos, así como que hacer en caso de que se presenten;

5. Promover acciones en materia de reducción de riesgos por deslizamiento, con las instituciones competentes en el Marco del Sistema Estatal de Protección Civil;

6. Desarrollar programas de monitoreo en regiones con antecedentes de inestabilidad de laderas;

7. Desarrollar cedulas de evaluación para la identificación de los peligros geológicos;

8. En coordinación con las unidades de protección civil y los enlaces regionales, organizar y desarrollar talleres de capacitación en las comunidades, para que reconozcan los riesgos de su entorno, el grado de exposición frente a cada una de ellos, y los recursos con los que cuentan;

9. Coadyuvar con los enlaces regionales y las unidades de protección civil municipales, para elaborar los mapas comunitarios de riesgos;

10. Orientar y asesorar a las autoridades municipales para la integración de Brigadas Comunitarias, y fomentar entre las comunidades la conformación de las brigadas;

11. Crear un sistema para el registro de las Brigadas Comunitarias y con ello actualizar la Red Estatal de Brigadistas Comunitarios;

12. Promover la participación de las comunidades en la reducción del Riesgo desastres, mediante la formación de habilidades en los procesos de toma de decisiones y responsabilidades;

13. Promover medidas de adaptación y resiliencia en las comunidades;

14. Crear y actualizar los lineamientos generales para la elaboración de los Mapas Comunitarios de Riesgos y la conformación de Brigadas Comunitarias;

61

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

15. Coadyuvar con la Dirección de Capacitación y Adiestramiento en Protección Civil, para generar

capacidades a las brigadas comunitarias en materia de prevención, mitigación y auxilio;

16. Elaborar las guías para la elaboración de los Mapas Comunitarios de Riesgos y la conformación de Brigadas Comunitarias;

17. Desarrollar herramientas y estrategias para la reducción de riesgos y manejo de los desastres a nivel comunitario;

18. Coadyuvar con la Dirección General de Planeación en la elaboración de estudios geológicos, los cuales servirán de apoyo para los dictámenes;

19. Coadyuvar con la Unidad de género para incorporar una cultura de equidad de género a nivel comunitario;

20. Coordinar con El Sistema Estatal de Protección Civil y los Municipios para realizar acciones para la reducción y mitigación de los riesgos identificados mediante el Mapa Comunitario de Riesgos.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACION INTERNA

CON PARA

1. El Coordinador.

2. El personal subordinado.

3. Los diferentes órganos de la Secretaria.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información y

coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, solicitar y proporcionar información, así como coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar actividades.

COORDINACION EXTERNA

CON PARA

1. Los Municipios y las comunidades.

2. Las Instituciones que conforman el Sistema

Estatal de Protección Civil.

1. Trabajar a nivel comunitario en la enseñanza de

los riesgos, y promover la elaboración de mapas Comunitarios de Riesgos y conformación de Brigadas Comunitarias.

2. Tratar asuntos relacionados con los peligros

identificados en las comunidades.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

IDENTIFICACIÓN

Nombre del Puesto: Jefe inmediato: Subordinados inmediatos: Suplencia en caso de ausencia temporal:

Subcoordinador de Proyectos del Sistema Estatal de Protección Civil. Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres. 2 Dictaminadores de riesgo. 1 Analista de proyectos. 1 Inspector de riesgo geológico. 1 Analista estadístico. El servidor público que designe el Coordinador de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres.

DESCRIPCION GENERAL

Titular de este puesto fungirá como enlace interinstitucional entre los integrantes del Sistema Estatal y las direcciones generales y coordinaciones de la propia Secretaría de Protección Civil, así mismo, se apoyarán las solicitudes de las coordinaciones regionales ante la gestión que requieran con los integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil.

UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA

AUTORIZO ELABORO REVISO APROBO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA.

SUBCOORDINACIÓN DE

PROYECTOS DEL SISTEMA ESTATAL DE PREOTECCIÓN

CIVIL.

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

FUNCIONES

1. Identificar riesgos y promover la Elaboración de estudios y proyectos para la prevención del riesgo de

desastres y mitigar los riesgos existentes, en colaboración con los integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil;

2. Identificar y evaluar proyectos preventivos para mitigar los efectos del impacto de fenómenos perturbadores, en colaboración con los integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil;

3. Dar seguimiento a las recomendaciones emitidas en los Dictámenes de Riesgo elaborados por la Dirección General de Planeación y Regulación y/o Terceros Acreditados para proyectos preventivos de reubicaciones de familias que habitan en zonas de riesgo;

4. Participar en las reuniones de Coordinación Interinstitucional con las dependencias integradas al Sistema Estatal en temas de reordenamiento territorial, identificación y seguimiento de proyectos preventivos;

5. Promover con los Presidentes Municipales y Directores de obras públicas y de protección civil, la

introducción de los servicios básicos de infraestructura, en los predios ya adquiridos para la reubicación de viviendas en zonas de riesgo;

6. Gestionar con las autoridades Municipales, la realización del trámite ante el Congreso del Estado para la debida autorización de la Donación de lotes a los beneficiarios del Programa;

7. Darle seguimiento ante el Congreso del Estado y la Consejería de Asuntos Legales del Despacho del Gobernador, respecto a las solicitudes de autorización de donación de lotes que realicen los municipios;

8. Coadyuvar en la contratación de consultores y/o expertos para la realización de estudios, proyectos, evaluación de proyectos, sobre distintos fenómenos o riesgos como: geológicos, de microzonificación sísmica, entre otros;

9. Apoyar a la entrega de insumos en comunidades afectadas consideradas en las declaraciones de emergencia y desastre;

10. Promover la cultura de la Protección Civil a través de conferencias y la realización de publicaciones relacionadas con la Gestión Integral del Riesgo;

11. Promover que los Integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias, den privilegio a la Gestión Integral del Riesgo, en sus presupuestos y programas operativos anuales, en las políticas públicas y en la planeación de un desarrollo sostenible;

12. Realizar un Directorio General de los Integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil, el cual es actualizado periódicamente, para hacer las convocatorias a las reuniones con los integrantes del Sistema Estatal, que comprende Poder legislativo y Judicial, organizaciones sociales y privadas, dependencias y entidades de la administración pública estatal y federal, sistemas municipales, las organizaciones de la sociedad civil, grupos voluntarios y vecinales, los cuerpos de bomberos, los medios de comunicación y los centros de investigación, educación y desarrollo tecnológico;

65

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

13. Se realizara un Directorio General de las Unidades Municipales de Protección Civil, el cual es actualizado

periódicamente, para hacer las convocatorias a las reuniones regionales y estatales;

14. Se apoyará a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Estatal de Protección Civil para que los titulares de las dependencias y de los organismos públicos y privados nombren a un Coordinador de Enlace ante el Sistema Estatal de Protección Civil, con un nivel jerárquico de director o equivalente, este registro se estará actualizando permanentemente;

15. El Coordinador de Enlace, con la asesoría de la Coordinación de Estudios y Proyectos para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres, será el encargado de elaborar el Programa de la dependencia o institución, bajo los lineamientos de la Gestión Integral del Riesgo de Desastres, para integrarlo al Programa General del Sistema Estatal de Protección Civil;

16. Impulsar la actualización del Programa General del Sistema Estatal de Protección Civil con la participación de todos los integrantes del Sistema;

17. Se realizarán reuniones con los Coordinadores de Enlace del Sistema en donde se dará asesoría para la integración del Programa Especial;

18. Se dará seguimiento, a través de reportes trimestrales y el reporte anual, a las atribuciones y responsabilidades de los Coordinadores de Enlace, para revisar, ajustar y mejorar el Programa Especial del Sistema Estatal de Protección Civil y la Reducción del Riesgo de Desastres permanentemente;

19. Integrar el documento del Reporte Anual de Acciones del Sistema Estatal de Protección Civil que comprende las actividades de sus integrantes con la información proporcionada por los Coordinadores de Enlace del Sistema, para la evaluación anual de la actuación del Sistema Estatal;

20. Se promoverá y difundirá entre los integrantes del Sistema Estatal, a cursos de capacitación, diplomados, conferencias, talleres, presentación de publicaciones que convocan la Dirección General de Capacitación y Adiestramiento y otras áreas, como: de Gestión Integral del Riesgo y Protección Civil, Equidad de Género, Técnico Básico en Gestión Integral del Riesgo, Jornada Estatal de Simulacros, Análisis de Riesgos y Vulnerabilidad, Unidades y Programas Internos de Protección Civil, Plan Familiar de Protección Civil, Feria infantil de Protección Civil, así como a reuniones regionales con los Comités Locales de Ayuda Mutua (CLAM), entre otros;

21. Se impulsa la creación de Comités de Protección Civil en los diferentes sectores del Sistema Estatal a través de la Gestión Integral para la Reducción de Riesgo de Desastres, como: Comités locales de Ayuda Mutua (CLAM), Comité de Abasto Privado en Situaciones de Emergencia, Comité de Gestión del Riesgo Escolar, Comité Interinstitucional para la Protección Civil de Palacio de Gobierno, Comité de Vivienda y regionales como el Comité de manejo de presas, entre otros;

66

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

22. Integrar las Guías para la Actualización del Programa General del Sistema Estatal de Protección Civil, el

Reporte Anual de Acciones del Sistema Estatal, el Reporte Trimestral de Actividades, tanto para los integrantes del Sistema Estatal, como para los Consejos Municipales de Protección Civil y las Unidades Municipales de Protección Civil;

23. Apoyo a la Secretaría para la reunión con Secretarios en la presentación del Sistema Estatal de Protección Civil y el requerimiento de acciones para la Gestión Integral del Riesgo, establecimiento y seguimiento de acuerdos;

24. Apoyo para llevar a cabo reuniones sectoriales con las dependencias en la presentación del Sistema Estatal y la difusión de la cultura de la protección civil y la Gestión Integral del Riesgo, establecimiento y seguimiento de acuerdos;

25. Apoyo a la Secretaría para la coordinación de reuniones con Delegados y Representantes Federales en el Estado en la presentación del Sistema Estatal de Protección Civil y el requerimiento de acciones para la Gestión Integral del Riesgo, así como lo que viene realizando cada dirección y coordinación de la Secretaría, establecimiento y seguimiento de acuerdos;

26. Promover la coordinación transversal y permanente entre los integrantes del Sistema Estatal de Protección Civil, que requiere el Programa General del Sistema Estatal;

27. Se le da seguimiento a las acciones realizadas por las Unidades Municipales de Protección Civil en acciones de la Gestión Integral del Riesgo, en conjunto con los Enlaces Regionales de la Secretaría de Protección Civil a través de reportes trimestrales e informes especiales;

28. Se promoverá que el Programa Municipal de Protección Civil este alineado a la Gestión Integral del Riesgo de Desastres y al Plan Municipal de Desarrollo.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

COORDINACIÒN INTERNA

CON PARA

1. El Coordinador.

2. El personal subordinado.

3. Los diferentes órganos de la Secretaria.

1. Recibir instrucciones, proporcionar información y

coordinar actividades.

2. Transmitir instrucciones, solicitar y proporcionar información, así como coordinar actividades.

3. Intercambiar información y coordinar

actividades.

COORDINACIÒN EXTERNA

CON PARA

1. Las Instituciones que conforman el Sistema

Estatal de Protección Civil.

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

DIRECTORIO

LIC. YOLANDA DEL C. GUTIEREZ CARLIN SECRETARIA DE PROTECCION CIVIL

L.A.E. MARCO ANTONIO MAGAÑA VILASEÑOR JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

LIC. ANDRES VAZQUEZ GONZÀLEZ DIRECTOR JURÍDICO

LIC. ALEJANDRA ROSALÍA BONILLA GALVAN

JEFA DE LA UNIDAD DE GÉNERO

LIC. JOSÉ ANTONIO FRANYUTTI LOYA JEFE DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

LIC. HARRY WARD JACKSON SOSA DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

ING. RICARDO ENRIQUE MAZA LIMÓN DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y ATENCION DE EMERGENCIAS

ARQ. DAVID ORTIZ IZAGUIRRE DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y REGULACIÓN

M.V.Z. VICTOR HUGO CERÓN LÓPEZ DIRECTOR GENERAL DE CAPACITACIÓN Y ENSEÑANZA

EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL

DR. SAUL MIRANDA ALONSO COORDINADOR DEL CENTRO DE ESTUDIOS

Y PRONÓSTICOS METEOROLÓGICOS

DR. MIGUEL AGUILAR HERNÁNDEZ COORDINADOR DE ESTUDIOS Y PROYECTOS PARA LA

GESTIÒN INTEGRAL DEL RIESGO DE DESASTRES

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

REVISARON

LIC. ANDRES VAZQUEZ GONZÀLEZ DIRECTOR JURÍDICO

_____________________________________ LIC. ALEJANDRA ROSALÍA BONILLA GALVAN

JEFA DE LA UNIDAD DE GÉNERO

LIC. JOSÉ ANTONIO FRANYUTTI LOYA JEFE DE LA UNIDAD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

LIC. HARRY WARD JACKSON SOSA

DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

ING. RICARDO ENRIQUE MAZA LIMÓN DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y

ATENCION DE EMERGENCIAS

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

ARQ. DAVID ORTIZ IZAGUIRRE

DIRECTOR GENERAL DE PLANEACIÓN Y REGULACIÓN

M.V.Z. VICTOR HUGO CERÓN LÓPEZ DIRECTOR GENERAL DE CAPACITACIÓN Y ENSEÑANZA

EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL

DR. SAUL MIRANDA ALONSO COORDINADOR DEL CENTRO DE ESTUDIOS

Y PRONÓSTICOS METEOROLÓGICOS

DR. MIGUEL AGUILAR HERNÁNDEZ COORDINADOR DE ESTUDIOS Y PROYECTOS PARA LA

GESTIÒN INTEGRAL DEL RIESGO DE DESASTRES

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MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN

ELABORÓ

C.P. MARCO ANTONIO MAGAÑA VILASEÑOR JEFE DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

AUTORIZÓ

LIC. YOLANDA DEL C. GUTIEREZ CARLIN SECRETARIA DE PROTECCIÓN CIVIL