resumen ley jones

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  • 7/27/2019 resumen ley jones

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    http://www.enciclopediapr.org/esp/article.cfm?ref=09072205Autor:Grupo Editorial EPRL26 de agosto de 2010

    Ley Jones

    El 2 de marzo de 1917 el presidente Woodrow Wilson firm la Ley Jones Shafroth o Segunda Ley Orgnica de Puerto Rico, la cual

    sustitua la Primera Ley Orgnica o Ley Foraker de 1900. La Ley Jones reestructur el gobierno central de la Isla en tres ramas de

    gobierno, estableci una declaracin de derechos y le concedi a los puertorriqueos la ciudadana estadounidense. Sin embargo,

    mantena muchas de las disposiciones establecidas en la Ley Foraker, tales como las relativas al comercio libre, la moneda, los

    aranceles y la defensa, entre otras cosas.

    La Ley Jones estipul que los poderes legislativos locales residiran en una Asamblea Legislativa bicameral (senado y cmara de

    representantes) cuyos miembros seran elegidos por el pueblo de Puerto Rico en elecciones a celebrarse cada cuatro aos. El

    senado tendra 19 miembros, de los cuales cinco seran elegidos por acumulacin; ste cuerpo asumi los poderes legislativosque antes ostentaba el Consejo Ejecutivo.

    La cmara de representantes tendra 39 miembros, de los cuales cuatro seran elegidos por acumulacin. Tambin, estipul que

    habra un Consejo Ejecutivo de 11 miembros, cuya funcin se limitara a fungir de gabinete del gobernador. El presidente de

    Estados Unidos se encargara de designar a cuatro de los miembros: el procurador general, el auditor, el comisionado de

    educacin y el gobernador. Con la aprobacin del senado, designara a los ocho miembros restantes. El pueblo, tambin, elegira

    al comisionado residente, quien ocupara el puesto por un trmino de cuatro aos.

    El gobernador tendra el poder de vetar cualquier legislacin que decretara la asamblea legislativa, pero si dos terceras partes de

    cada cmara convenan en aprobar el proyecto, ste se enviara al Gobernador, quien lo remitira al presidente de Estados

    Unidos.Todas las leyes decretadas por la Asamblea Legislativa seran comunicadas al Congreso, el cual se reservara la facultad

    de anularlas.

    Al conceder la ciudadana de Estados Unidos a los puertorriqueos se daba la alternativa de mantener la ciudadana

    puertorriquea. La persona que optara por retener la ciudadana de Puerto Rico contara con seis meses, a partir de la aprobacinde la ley, para renunciar a la ciudadana estadounidense. Hubo 288 personas que as lo hicieron.

    En todos los aspectos no relacionados con el gobierno central, la Ley Jones mantuvo las disposiciones establecidas en la Ley

    Foraker de 1900, es decir, los asuntos fiscales, militares, econmicos, entre otros, estaban en manos del gobierno de Estados

    Unidos. Los gastos en que incurriera el gobierno de Puerto Rico se sufragaran, principalmente, con los aranceles sobrebienes

    importados y por los impuestos sobre ciertos productos puertorriqueos vendidos en Estados Unidos. Tambin, se mantena la

    disposicin que restringa a 500 acres los terrenos que las corporaciones pudiesen adquirir. No hubo cambios en el sistema

    judicial, las disposiciones de inmigracin, las comunicaciones y el comercio.

    En 1947, una enmienda a la Ley Jones hizo electivo el cargo del gobernador insular. Por primera vez, desde la llegada de los

    estadounidenses a la Isla, el pueblo elegira al primer ejecutivo local.

    En 1950, el Congreso aprob la Ley 600 que autoriz la redaccin de una constitucin de carcter autonmico para Puerto Rico,

    lo que result en la Constitucin del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el 25 de julio de 1952. Sin embargo, la Ley Jones

    permaneca vigente, con la excepcin de muchas de las disposiciones relacionadas con el gobierno central y se conocera a partir

    de entonces como Ley de Asuntos Federales con Puerto Rico.

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    http://www.enciclopediapr.org/esp/article.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/article.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205http://www.enciclopediapr.org/esp/print_version.cfm?ref=09072205