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|1 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA CONSOLIDADA DE CARÁCTER NACIONAL ELECTRÓNICA N° LA-021000999-E18-2016 “SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERÍA Y MENSAJERÍA NACIONAL E INTERNACIONAL” Oficialía Mayor Dirección General de Administración Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales

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REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN DE LA LICITACIÓN PÚBLICA CONSOLIDADA DE

CARÁCTER NACIONAL ELECTRÓNICA N° LA-021000999-E18-2016

“SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERÍA Y MENSAJERÍA NACIONAL E INTERNACIONAL”

Oficialía Mayor Dirección General de Administración

Dirección General Adjunta de Recursos

Materiales y Servicios Generales

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Licitación Pública Consolidada de Carácter Nacional Electrónica LA-021000999-E18-2016

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ÍNDICEAPARTADO I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN: ................................................................................................................ 3 1.1. Datos de la convocante ..................................................................................................................................................................................................... 4 1.2. Licitación Pública de carácter Nacional electrónica .......................................................................................................................................................... 4 1.3. Número de identificación de la Licitación .......................................................................................................................................................................... 4 1.4. Periodo de contratación ..................................................................................................................................................................................................... 4 1.5. Ejercicio Fiscal de la contratación ..................................................................................................................................................................................... 4 1.6. Idioma ................................................................................................................................................................................................................................ 4 1.7. Recursos para la contratación ........................................................................................................................................................................................... 4 1.8. Forma de pago................................................................................................................................................................................................................... 5 APARTADO II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN ......................................................................................................................................................... 6 2.1 Descripción de los servicios .............................................................................................................................................................................................. 6 2.2 Partida que integra la presente licitación ........................................................................................................................................................................... 6 2.3 Adjudicación ....................................................................................................................................................................................................................... 6 2.4 Normas Oficiales................................................................................................................................................................................................................ 6 2.5 Modelo de Contrato ........................................................................................................................................................................................................... 6 APARTADO III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE ESTE PROCEDIMIENTO..................................................................... 6 3.1 Reducción de plazos. ........................................................................................................................................................................................................ 6 3.2 Calendario de eventos. ...................................................................................................................................................................................................... 7 3.3 Visitas a instalaciones ....................................................................................................................................................................................................... 7 3.4 Lugar en donde se llevarán a cabo los actos públicos de la licitación. ............................................................................................................................. 7 3.5 Actos de la licitación. ......................................................................................................................................................................................................... 7 3.5.1 Junta de aclaración a la Convocatoria. ............................................................................................................................................................................. 7 3.5.2 Modificaciones a la Convocatoria ...................................................................................................................................................................................... 9 3.5.3 Acto de Presentación y Apertura de la Propuesta. ........................................................................................................................................................... 9 3.5.4 Acto de Fallo. ................................................................................................................................................................................................................... 10 3.6 Vigencia de Proposiciones .............................................................................................................................................................................................. 10 3.7 Propuestas Conjuntas ..................................................................................................................................................................................................... 11 3.8 Proposiciones para esta licitación ................................................................................................................................................................................... 11 3.9 Forma de presentar la propuesta .................................................................................................................................................................................... 12 3.10 Acreditación legal ............................................................................................................................................................................................................ 12 3.11 Indicaciones respecto al Fallo y a la firma del contrato ................................................................................................................................................... 12 3.12 Garantía de cumplimiento ................................................................................................................................................................................................ 14 3.13 Anticipo. ........................................................................................................................................................................................................................... 14 3.14 Garantía del anticipo ........................................................................................................................................................................................................ 14 3.15 Cadenas productivas. ...................................................................................................................................................................................................... 14 3.16 Pena convencional y/o deducciones. .............................................................................................................................................................................. 15 3.17 Rescisión del contrato. .................................................................................................................................................................................................... 15 3.18 Terminación Anticipada ................................................................................................................................................................................................... 15 3.19 Controversias. .................................................................................................................................................................................................................. 16 Apartado IV. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR ........................................................................................................ 16 4.1 Indicaciones ..................................................................................................................................................................................................................... 16 4.1 Requisitos indispensables ............................................................................................................................................................................................... 17 APARTADO V. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO......................................................... 18 5.1 Criterios de evaluación .................................................................................................................................................................................................... 18 5.2 Descalificación de los Licitantes. ..................................................................................................................................................................................... 19 5.3 Declaración desierta de Licitación. .................................................................................................................................................................................. 19 5.4 Cancelación de la Licitación. ........................................................................................................................................................................................... 19 APARTADO VI. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LAS PROPUESTAS ENVIADAS A TRAVÉS DE COMPRANET. ................................................ 19 6.1 Documentación Legal y Administrativa, Propuesta Técnica y Propuesta Económica (obligatorio). ............................................................................... 19 6.1.1 Documentos Legal y Administrativa, su presentación es de carácter obligatorio. .......................................................................................................... 21 6.1.2 Documentos de la Propuesta Técnica, su presentación es de carácter obligatorio. ...................................................................................................... 21 6.1.3 Documentos de la Propuesta Económica, su presentación es de carácter obligatorio. ................................................................................................. 22 6.1.4 Documentación complementaria que no afecta la solvencia de la propuesta. ............................................................................................................... 22 6.1.5 Propuestas conjuntas……………………………………………………………………………………………………………………….……………………..20 APARTADO VII. INCONFORMIDADES. ...................................................................................................................................................................................... 23 APARTADO VIII. FORMATOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES. ...................................... 23 NOTA INFORMATIVA 1: REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LAS FACTURAS ...................................................................................................................... 73 NOTA INFORMATIVA 2: OCDE .................................................................................................................................................................................................... 74 NOTA INFORMATIVA 3: SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS…………………………. ......................................................................... 76 NOTA INFORMATIVA 4: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN…82 DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET. .............................................................. 87

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GLOSARIO CONVOCATORIA: Documento que se pone a disposición de los interesados y el cual contiene los aspectos, las

especificaciones del servicio, objeto de la licitación y los requisitos y condiciones de participación.

CONSEJO: (CPTM) El Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C. V. IMSS: El Instituto Mexicano del Seguro Social. LA SECRETARÍA: La Secretaría de Turismo LEY: La Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA: En la cual exclusivamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet,

se utilizarán medios de identificación electrónica. LICITANTE: La persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública. LICITANTE GANADOR: La persona a quien se adjudique el contrato. MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA: Los dispositivos tecnológicos para efectuar transmisión de

datos e información a través de computadoras, líneas telefónicas, enlaces dedicados, microondas y similares.

OIC: El Órgano Interno de Control en la Secretaría de Turismo y en el Consejo de Promoción

Turística de México, S.A. de C.V. PRECIO NO ACEPTABLE: es aquél que derivado de la investigación de mercado realizada, resulte superior en un diez

por ciento al ofertado respecto del que se observa como mediana en dicha investigación o en su defecto, el promedio de las ofertas presentadas en la misma licitación.

PROPOSICIÓN: Conjunto de documentos que conforman la propuesta técnica y económica. REGLAMENTO: El reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. REPRESENTANTE: El apoderado legal de cada licitante. SAT El Servicio de Administración Tributaria. SFP: La Secretaría de la Función Pública. SHCP: La Secretaría de Hacienda y Crédito Público. SIAFF: Sistema Integral de Administración Financiera Federal.

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APARTADO I. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN:

1.1. Datos de la convocante La Secretaría de Turismo de manera conjunta con la Corporación de Servicios al Turista Ángeles Verdes en lo sucesivo “La Secretaría”, y el Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., en lo sucesivo “Consejo”, en cumplimiento a las disposiciones que establece el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Título Segundo “De los procedimientos de contratación” de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en lo sucesivo “La Ley”, artículos 17, 26 fracción I, 26 bis, fracción II, 27, y 28, fracción I de “La Ley”; y los correlativos de su Reglamento en lo sucesivo “Reglamento”; y demás disposiciones relativas vigentes aplicables en la materia, a través de la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales, sita en el edificio de Viaducto Miguel Alemán número 81, 2° Piso, Colonia Escandón, Código Postal 11800, Delegación Miguel Hidalgo, de la Ciudad de México, con número telefónico 30 02 69 00 ext. 5252 y 5254, realiza la:

1.2. Licitación Pública de carácter Nacional Electrónica

En la presente Licitación Pública de carácter Nacional Electrónica, únicamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet, utilizando medios de identificación electrónica. Los Licitantes, deberán participar en forma electrónica en la o las juntas de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el acto de fallo, conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio del año 2011.

1.3. Número de identificación de la Licitación

El número de la presente licitación es LA-021000999-E18-2016, para la contratación del “Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional”.

1.4. Periodo de contratación

Período de contratación: Del 01 de abril al 31 de diciembre de 2016.

1.5. Ejercicio Fiscal de la contratación

Esta contratación se realizará con recursos fiscales del ejercicio 2016.

1.6. Idioma

El español será el idioma en el que se presentarán las proposiciones. 1.7. Recursos para la contratación

“La Secretaría”, cuenta con los recursos para esta contratación conforme con la suficiencia presupuestal número SSG-022 de fecha 29 de febrero de 2016, con número de reserva 00069 bajo la partida presupuestal 31801 “Servicio Postal”. Estableciendo para esta contratación un monto mínimo de $480,000.00 (Cuatrocientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.), y un monto máximo de $1’200,000.00 (Un millón doscientos mil pesos 00/100 M.N.). Incluyendo el impuesto al valor agregado.

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El “Consejo”, cuenta con los recursos para esta contratación conforme a la requisición de compra con folio número 127 de fecha 18 de febrero de 2016, bajo la partida presupuestal 31801 “Servicio Postal”. Estableciendo para esta contratación un monto mínimo de $280,000.00 (Doscientos ochenta mil pesos 00/100 M.N.), y un monto máximo de $700,000.00 (Setecientos mil pesos 00/100 M.N.). Incluyendo el impuesto al valor agregado. 1.8. Forma de pago La Secretaría: La contraprestación del servicio se pagará mediante mensualidades vencidas previa conciliación, dentro de los veinte días naturales posteriores a la entrega de la factura correspondiente que reúna todos los requisitos fiscales y prestación del servicio, a entera satisfacción de “la Secretaría”, debidamente autorizadas por la Dirección de Administración y Finanzas de la Corporación de Servicios al Turista Ángeles Verdes y la Subdirección de Servicios Generales de la Secretaría de Turismo, previa formalización del contrato. Conforme a lo establecido en el Artículo 51 de la “La Ley” y considerando lo señalado en el último párrafo del artículo 84 del “Reglamento”. El Consejo El pago que haga el “Consejo” al “PROVEEDOR” se hará sobre Servicios devengados, dentro de los veinte días naturales posteriores a la entrega de la factura correspondiente, debidamente autorizada por la Coordinación de Administración, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, previa recepción de los Servicios a entera satisfacción del “Consejo”. El “PROVEEDOR” deberá entregar para validación de los Servicios en la Coordinación de Administración, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas del “Consejo”, las facturas originales que emita, así como el soporte de los servicios objeto de este Contrato. Dichas facturas deberán estar emitidas de conformidad con la legislación fiscal vigente, e indicar el nombre del “PROVEEDOR” e importe de cada factura. Hecho lo anterior, la Coordinación de Administración adscrita a la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas turnará la factura a la Dirección de Recursos Financieros del “Consejo” para que esta última verifique que la misma cumpla con los requisitos fiscales conducentes. Si los datos son correctos, continuará con el procedimiento de pago de los servicios dentro del término señalado. El pago de los Servicios prestados será cubierto en moneda nacional, y se pondrá a disposición del “PROVEEDOR” mediante transferencia electrónica para abono en cuenta del mismo. A tal efecto, el “PROVEEDOR” deberá proporcionar al “Consejo”, por escrito y a la firma de este instrumento, los siguientes datos para el pago de la contraprestación pactada en este instrumento: i) nombre de la Institución Bancaria, plaza y número de la sucursal; ii) El número de cuenta y iii) el número de la CLABE Bancaria a 18 dígitos; asimismo, deberá entregar en la Dirección de Recursos Financieros del “Consejo” copia de la carátula del estado de cuenta bancario o bien del contrato de apertura de la propia cuenta. En caso de detectar algún error en la facturación, la Dirección de Recursos Financieros, o en su caso, los responsables de la validación o seguimiento de los Servicios designados por el “Consejo”, remitirán al “PROVEEDOR” los documentos y/o facturas con las observaciones correspondientes dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su recepción, mismos que deberá corregir y presentar de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago, por lo que el tiempo que transcurra por este motivo no se computará para efectos del plazo inicial de los 20 (veinte) días naturales que se tenían para el pago, de conformidad con el Artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El “Consejo” solamente pagará los Servicios objeto de este Contrato si los mismos hubiesen sido efectuados debidamente.

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El “Consejo” solamente pagará los servicios objeto de este Contrato, si los mismos hubiesen sido efectuados conforme a lo convenido. APARTADO II. OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Descripción de los servicios La presente convocatoria contempla la contratación del Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional. De acuerdo con lo solicitado en las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO de “La Secretaria” y del “Consejo” respectivamente.

2.2 Partida que integra la presente licitación

Esta Licitación consta de una partida para “La Secretaria” y para el “Consejo”: de conformidad con el ANEXO UNO.

2.3 Adjudicación

“La Secretaría” y el “Consejo” adjudicará a un sólo proveedor, que cumplan con todas y cada una de las características y especificaciones solicitadas en el ANEXO UNO de esta convocatoria. Se adjudicará de entre los Licitantes, a aquel cuya propuesta resulte solvente más baja, porque reúne conforme a los criterios de evaluación establecidos en la convocatoria de licitación, las condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas requeridas por la convocante, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. 2.4 Normas Oficiales

No aplica para esta contratación. 2.5 Modelo de Contrato

Los modelos de contratos de “La Secretaría” y del “Consejo”, podrán ser modificados y/o adecuados sin limitación alguna, a fin de ser ajustado a las características y especificaciones que considere pertinentes para su formalización con la persona física o moral que resulte ganadora del procedimiento de contratación respectivo ANEXO DOS. APARTADO III. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE ESTE PROCEDIMIENTO Para esta contratación se efectuará de conformidad con lo previsto en el Título Segundo “De Los Procedimientos de Contratación”, Capítulo Segundo “de la Licitación Pública” de “La Ley”, y los correlativos aplicables del “Reglamento”.

3.1 Reducción de plazos.

No se aplicará reducción de plazos, ajustándose a lo establecido en el artículo 32 de la “La Ley”

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3.2 Calendario de eventos.

Evento Fecha Hora

Publicación de Convocatoria 11 de marzo de 2016

Junta de Aclaraciones 18 de marzo de 2016 10:00 AM

Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones 28 de marzo de 2016 10:00 AM

Acto de Fallo 29 de marzo de 2016 05:00 PM

Fecha estimada de formalización del contrato A más tardar el 12 de abril de 2016

3.3 Visitas a instalaciones

No habrá visita a las instalaciones.

3.4 Lugar en donde se llevarán a cabo los actos públicos de la licitación.

Todos los actos se realizarán a través de CompraNet y sin la presencia de los licitantes en dichos actos, mismos que se llevarán a cabo en la sala de juntas ubicada en el 2° piso del edificio de Viaducto Miguel Alemán No. 81, Colonia Escandón, C.P. 11800, Ciudad de México. En las fechas antes señaladas en el numeral 3.2 de la presente convocatoria.

En esta licitación no se aceptarán propuestas por medio de servicio postal o mensajería. Únicamente se permitirá la participación de los licitantes a través de CompraNet. Los licitantes aceptan que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contenga las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante.

3.5 Actos de la licitación.

Los actos que forman parte del procedimiento de esta licitación, se realizarán puntualmente el día, hora y lugar que se indican en esta Convocatoria, levantándose en cada uno de ellos acta circunstanciada, las cuales serán firmadas por los servidores públicos que hubieran asistido e incorporadas en el sistema CompraNet al concluir dichos actos, en la sección de difusión al público en general, como se establece en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet”. Por tratarse de un procedimiento electrónico, queda bajo la responsabilidad de los licitantes darse de alta en el sistema CompraNet para poder participar.

3.5.1 Junta de aclaración a la Convocatoria.

El primero de los actos públicos será la Junta de Aclaraciones, la cual se desarrollará en los tiempos y conforme lo establecen los Artículos 33, 33 Bis y 37 Bis de “La Ley” así como los Artículos 45 y 46 del “Reglamento”, tratándose de un Licitación Pública de carácter Nacional Electrónica.

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Las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria, deberán enviar un escrito, en el que expresen su interés en participar en la Licitación por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, de conformidad con lo señalado en el artículo 48, fracción V del “Reglamento”. Las solicitudes de aclaración, deberán enviarse a través de CompraNet en formato editable (Word, o PDF editable, no imagen) a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la Junta de Aclaraciones.

Las personas que manifiesten su interés en participar en la Licitación Pública mediante el escrito antes mencionado, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración en relación con la convocatoria a la licitación. Dichas solicitudes deberán remitirse a la convocante acompañadas del escrito señalado. La convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante, la que registre CompraNet al momento de su envío. Las solicitudes de aclaración deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la licitación pública, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona. Las solicitudes que no cumplan con los requisitos señalados, podrán ser desechadas por la convocante. Las solicitudes de aclaración recibidas con posterioridad al plazo arriba señalado no serán contestadas por resultar extemporáneas, de conformidad con el artículo 46 fracción VI del “Reglamento.” El acto será presidido por el Director General Adjunto de Recursos Materiales y Servicios Generales, servidor público designado por la convocante, representante del área contratante, el cual solventará las preguntas de carácter Legal, Administrativo y Económico, quién será asistido por los servidores públicos que sean designados, quienes solventaran de forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los licitantes relacionados con los aspectos técnicos contenidos en la convocatoria.

La convocante procederá a enviar, a través de CompraNet las respuestas a las solicitudes de aclaración recibidas a partir de la hora y fecha señaladas. Cuando en razón del número de solicitudes de aclaración recibidas o algún otro factor no imputable a la convocante y que sea acreditable, el servidor público que presida la junta de aclaraciones, informará a los licitantes si éstas serán enviadas en ese momento o si se suspenderá la sesión para reanudarla en hora o fecha posterior a efecto de que las respuestas sean remitidas. Con el envío de las respuestas a que se refiere el párrafo anterior, los licitantes contarán con el plazo que para el efecto señale la convocante en el Acta de la Junta de Aclaraciones, dicho plazo no podrá ser inferior a seis ni superior a cuarenta y ocho horas para formular las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas, dicho plazo se contabilizará a partir de que se publique el inicio del acta de aclaraciones en CompraNet. Una vez recibidas las preguntas por CompraNet, la convocante informará a los licitantes el plazo máximo en el que enviará las contestaciones correspondientes.

La Convocante, levantará el Acta de la Junta de Aclaraciones correspondiente, la cual será transmitida a través de CompraNet, para efectos de notificación a los licitantes participantes. Será responsabilidad de los licitantes enterarse del contenido de la misma, a través del medio señalado, toda vez que cualquier modificación a la convocatoria de la Licitación, derivada del resultado de la Junta de Aclaraciones, será considerada como parte integrante de la presente Convocatoria. Con fundamento en el artículo 37 Bis de “La Ley”, una vez finalizado el acto de aclaración a la Convocatoria, la Convocante fijará un ejemplar de la misma en los estrados del Segundo Piso del edificio sede de la Secretaría sita en Viaducto Miguel Alemán número 81, Colonia Escandón, Código Postal 11800, Delegación Miguel Hidalgo, de la Ciudad de México, por un término no menor de cinco días hábiles.

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3.5.2 Modificaciones a la Convocatoria

Cualquier modificación a la convocatoria, derivada de la (s) junta (s) de aclaraciones, formará parte integrante de la misma y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

Las modificaciones en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. 3.5.3 Acto de Presentación y Apertura de la Propuesta. En el Segundo Acto, denominado Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones se actuará conforme a lo establecido en los artículos 34, 35 de “La Ley” y 47,48 y 50 del “Reglamento”, se llevará a cabo en el día, lugar y hora previstos en la convocatoria a la licitación. El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará sin la presencia de los licitantes. Una vez recibidas las proposiciones a través de CompraNet, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido. Tomando en consideración que el presente procedimiento se lleva a cabo por medio electrónico, con fundamento en los artículos 26 Bis, fracción II y 35, fracción II de “La Ley”, la rúbrica de la totalidad de los documentos que integran las proposiciones no se llevará a cabo, ya que las propuestas se encuentran resguardadas en el servidor del sistema CompraNet, por lo que únicamente se imprimirán las listas de precios (propuestas económicas) de los licitantes, las cuales serán rubricadas por los servidores públicos participantes, lo cual garantiza la integridad de las proposiciones y se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto, en la que se harán constar el importe de cada una de ellas; se señalará lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación.

Para la evaluación técnica correspondiente, el servidor público que presida el evento, proporcionará al área requirente en medio electrónico (disco magnético CD), las propuestas técnicas presentadas por los licitantes, a fin de que se realice la evaluación correspondiente, mismo que se integrará en el expediente respectivo. En este acto, no se llevará a cabo la evaluación de las proposiciones, por lo que aún en caso de que algún licitante omitiere la presentación de documentos en su proposición, o les faltare algún requisito, ésta no será desechada en ese momento; en su caso, los documentos faltantes al momento de realizar la Apertura de Proposiciones, serán tenidos como no localizados o faltantes en ese momento lo que se hará constar en el formato de recepción de los documentos (Formato 8) que integran la proposición que al efecto se recabe para cada licitante. Los licitantes deberán enviar sus proposiciones preferentemente en formato PDF.

En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública (SFP) o de “La Secretaría” y del “Consejo”, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, en base a lo establecido en el acuerdo. Para la presentación y firma de proposiciones, o en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los licitantes deberán utilizar la FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a lo establecido en el artículo 50 primer párrafo del “Reglamento”.

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CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones, una vez iniciada la apertura de presentación de proposiciones, no se aceptará proposición alguna. “La Secretaría” y el “Consejo”, levantarán un acta en la que hará constar la documentación enviada a través de CompraNet en forma cuantitativa, así como las propuestas y el importe de cada una de ellas para su posterior análisis y evaluación, el acta será firmada por los servidores públicos de “La Secretaría” y del “Consejo”, que asistan al evento, la cual será transmitida a través de CompraNet, para efectos de notificación a los licitantes participantes. Será responsabilidad de los licitantes enterarse del contenido de la misma, a través del medio señalado.

Con fundamento en el artículo 37 Bis de “La Ley”, una vez finalizado el acto de Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, la Convocante fijará un ejemplar de la misma en los estrados del Segundo Piso del edificio sede de “La Secretaría” sita en Viaducto Miguel Alemán número 81, Colonia Escandón, Código Postal 11800, Delegación Miguel Hidalgo de la Ciudad de México, por un término no menor de cinco días hábiles. “LA SECRETARÍA” Y EL “CONSEJO”, TENDRÁN COMO NO PRESENTADAS SUS PROPOSICIONES Y, EN SU CASO, LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LA UNIDAD COMPRADORA, CUANDO EL ARCHIVO ELECTRÓNICO EN EL QUE SE CONTENGAN LAS PROPOSICIONES Y/O DEMÁS INFORMACIÓN NO PUEDA ABRIRSE POR TENER ALGÚN VIRUS INFORMÁTICO O POR CUALQUIER OTRA CAUSA AJENA A LA MISMA. 3.5.4 Acto de Fallo. En el tercer acto público, se dará a conocer el Fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de “La Ley” y 55 del “Reglamento”. La convocante en esta etapa comunicará el resultado del Dictamen del Análisis Cualitativo, y en el acta que para ese efecto se levante -debidamente fundada y motivada-, se señalarán detalladamente las propuestas que fueron desechadas y las que no resultaron aceptadas, indicándose, en su caso, las que hayan cumplido con la totalidad de los requisitos legales y administrativos, técnicos y económicos solicitados en los Requisitos de Participación, al igual que las especificaciones requeridas por la convocante respecto de los servicios de la licitación, así como el nombre del licitante que ofertó las mejores condiciones en cuanto a precio, dando a conocer el importe respectivo. A los licitantes, se les enviará por correo electrónico un aviso informándoles que el acta del Fallo se encuentra a su disposición en CompraNet. Lo anterior de conformidad con el artículo 37, quinto párrafo de “La Ley”. Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en la fecha y términos señalados en el fallo. La Convocante fijará un ejemplar del acta de fallo en los estrados del Segundo Piso del edificio sede de “La Secretaría” sita en Viaducto Miguel Alemán número 81, Colonia Escandón, Código Postal 11800, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet. 3.6 Vigencia de Proposiciones

Una vez recibidas las proposiciones de los licitantes en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de esta licitación hasta su conclusión.

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3.7 Propuestas Conjuntas En este procedimiento se aceptarán propuestas conjuntas. Dos o más personas podrán presentar conjuntamente una proposición sin necesidad de constituir una sociedad, o una nueva sociedad en caso de personas morales; para tales efectos, en la proposición y en el contrato se establecerán con precisión las obligaciones de cada una de ellas, así como la manera en que se exigirá su cumplimiento. En este supuesto la proposición será firmada por el representante común que para ese acto haya sido designado por el grupo de personas, ya sea autógrafamente o por los medios de identificación electrónica establecidos por la SFP. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio. Las personas que integran la agrupación deberán celebrar entre todas, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:

a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, señalando, en su caso, los datos de los instrumentos públicos con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y, de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;

b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas, señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;

c) Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado

con la proposición y con el procedimiento de licitación pública;

d) Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona integrante, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones;

e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de contratación y del contrato, en caso de que se les adjudique el mismo, y

Asimismo, el representante común que se haya designado en el citado convenio por el grupo de personas, deberá contar con el certificado digital vigente expedido por la SFP, que utilizará como medio de identificación electrónica, en sustitución de la firma autógrafa. Dicho convenio deberá apegarse a lo dispuesto por la Ley Federal de Competencia Económica en Materia de Prácticas Monopólicas y Concentraciones. Con fundamento en el artículo 48, fracción VIII del “Reglamento”, los licitantes que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán enviar en forma individual los escritos señalados en los incisos a) al g) del numeral 6.1.1 Documentación Legal, cuya presentación es de CARÁCTER OBLIGATORIO, por lo que la falta de alguno de ellos será motivo de descalificación.

3.8 Proposiciones para esta licitación

Los licitantes sólo podrán presentar una proposición para esta Licitación Pública.

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3.9 Forma de presentar la propuesta

Las propuestas técnica y económica, deberán ser firmadas por los medios de identificación electrónica (FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA) que emite el Servicio de Administración Tributaria (SAT); autorizados por la SFP, por la persona que tenga facultades para ello. Asimismo, ambas propuestas deberán estar foliadas en todas y cada una de las hojas que las integren, enumerándose de manera individual cada una de ellas, conforme a lo dispuesto en el artículo 50 del “Reglamento”. Los documentos distintos a las propuestas también se foliarán. Para esta licitación, no aplica la revisión preliminar de la documentación distinta a las propuestas técnica y económica

3.10 Acreditación legal

Los licitantes podrán acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante un escrito en el que el firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o su representada, a través de CompraNet. Para este caso podrá utilizarse el Formato 1. Para el caso de personas morales, lo deberán acreditar con el acta constitutiva y/o poder notarial y en su caso las modificaciones en donde acredite su existencia legal y personalidad jurídica y señalar en el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden contratar. Para el caso de personas físicas, lo deberán acreditar con el acta de nacimiento, copia del Formato de Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y Curriculum Vitae, en el que se constate que el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden contratar. a) Del Licitante: Registro Federal de Contribuyentes, nombre y domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante. Tratándose de personas morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa, identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas morales así como el nombre de los socios, y b) Del representante legal del Licitante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas.

Para agilizar la evaluación de las proposiciones, los licitantes que estén inscritos en el Registro Único de Proveedores, podrán anexar la constancia del Registro Único de Proveedores (RUPC) del Sistema CompraNet, que opera la SFP o citar el número de su inscripción y manifestar mediante escrito bajo protesta de decir verdad que en el RUPC la información se encuentra completa y actualizada, en su caso, deberá cumplir con lo señalado en el numeral 6.1.1 inciso a) e inciso b) Indistintamente deberá presentar el Formato 1 y Formato 2. 3.11 Indicaciones respecto al Fallo y a la firma del contrato Con la notificación del fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo dentro de los 15 días naturales siguientes, con fundamento en el Artículo 46 de “La Ley” para “La Secretaría” en las oficinas de la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales, sita en el edificio de Viaducto Miguel Alemán Número 81, 2º. Piso, Colonia Escandón, Código Postal 11800, Delegación Miguel Hidalgo, de la Ciudad de México, con número de teléfono. 30.02.69.00 ext. 5252, y para el “Consejo” en las oficinas de la Dirección de Recursos Materiales; ubicadas en Viaducto Miguel Alemán 105, Col. Escandón, Delegación: Miguel Hidalgo, Ciudad de México, C.P., 11800, en la fecha y hora señaladas en el fallo, para ello el licitante

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ganador deberá entregar la documentación que a continuación se detalla, de lo contrario se reportará al Órgano Interno de Control.

El Licitante adjudicado deberá presentar a la convocante previo a la firma del contrato, el documento vigente expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, prevista en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015. Si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, la Convocante, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del diez por ciento, de conformidad con lo asentado en el fallo correspondiente, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación. Aunado a lo anterior deberán presentar:

Para personas morales:

1. Carta de aceptación del servicio de acuerdo con lo solicitado en las especificaciones técnicas establecidas en los ANEXO UNO de la convocatoria, la cual deberá incluir el nombre y número de la licitación, fecha de emisión, vigencia e importe de la contratación;

2. Original para su cotejo y copia simple del acta constitutiva y sus modificaciones estatutarias, en donde acredite su existencia legal y personalidad jurídica, mismas que deberán contener y señalar en el objeto social el cumplimiento con la naturaleza de los bienes.

3. Original para su cotejo y copia simple del poder notarial del representante legal, en donde demuestre tener facultades para la firma del documento.

4. Original para su cotejo y copia simple del comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses. 5. Original para su cotejo y copia simple de la Cédula de identificación Fiscal. 6. Original para su cotejo y copia simple de Identificación oficial vigente (pasaporte, credencial para votar, licencia para

conducir o cédula profesional) del representante legal que suscribirá el Pedido. 7. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar el

“Acuse de recibo” actualizado, expedido por el Sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita opinión positiva de estar al corriente de sus obligaciones fiscales, previsto en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015.

8. Documento actualizado expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se emita opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social en términos del acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de Febrero de 2015.

9. Para efectos de pago último estado de cuenta bancario con su clabe estandarizada para darle de alta ante el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF). Para personas físicas:

1. Carta de aceptación de los servicios conforme a lo solicitado en las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO de la convocatoria, la cual deberá incluir el nombre y número de la licitación, fecha de emisión, vigencia e importe de la contratación;

2. Original para su cotejo y copia simple del Acta de Nacimiento; 3. Original para su cotejo y copia simple de la Cédula de identificación Fiscal: 4. Original para su cotejo y copia simple de Clave Única de Registro de Población (CURP); 5. Curriculum vitae detallando las actividades que realice debidamente firmado.

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6. En su caso, original para su cotejo y copia simple de poder notarial del representante legal, en donde demuestre tener facultades para la firma del documento.

7. Para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, deberá presentar el “Acuse de recibo” actualizado, expedido por el Sistema del Servicio de Administración Tributaria (SAT), en el que se emita opinión positiva de estar al corriente de sus obligaciones fiscales, previsto en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015.

8. Documento actualizado expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se emita opinión positiva sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social en términos del acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su anexo único, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de Febrero de 2015.

9. Original para su cotejo y copia simple de Identificación Oficial vigente (pasaporte, credencial para votar, licencia para conducir o cédula profesional) del representante legal que suscribirá Pedido.

10. Original para su cotejo y copia simple del comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses; y 11. Para efectos de pago último estado de cuenta bancario con su clabe estandarizada para darle de alta ante el Sistema

Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF).

3.12 Garantía de cumplimiento El licitante adjudicado deberá constituir garantía de cumplimiento una a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición de la Secretaría de Turismo y otra a nombre del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. Para lo cual deberá garantizar el cumplimiento del contrato mediante fianza expedida por una compañía afianzadora mexicana legalmente constituida, por un importe del 10% del monto total de cada uno de los contratos sin incluir el I.V.A, misma que deberá ser presentada dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato. La garantía de cumplimiento para efectos jurídicos no será divisible atendiendo a la naturaleza jurídica de este servicio. En la fianza se deberá establecer que surte efecto a partir de la fecha de la firma del contrato conforme al texto del Formato 11. 3.13 Anticipo.

No se otorgará anticipo en esta Licitación. 3.14 Garantía del anticipo No aplica para esta Licitación

3.15 Cadenas productivas. De conformidad con las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, vigentes, “La Secretaría” deberá sujetarse al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., y dar de alta en el mismo la cuenta por pagar a sus proveedores, apegándose a las disposiciones generales aplicables a dicho Programa.

“La Secretaría” requerirá a los proveedores y contratistas su afiliación al Programa de Cadenas Productivas y deberán tomar en cuenta mecanismos que promuevan la realización de los pagos correspondientes a través de dicho Programa.

El licitante ganador, a efecto de estar en posibilidades de adelantar cobro de facturas, una vez entregado el servicio a entera satisfacción del área usuaria, deberá incorporarse al programa de cadenas productivas establecido por Nacional

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Financiera, S.N.C., cubriendo los requisitos que se establecen en el documento denominado “SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS” (NOTA INFORMATIVA 3) 3.16 Pena convencional y/o deducciones.

Las penas convencionales y/o deducciones que se aplicarán conforme a las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO de la convocatoria, por atraso en la prestación del servicio conforme a lo establecido en los artículos 53, 53 Bis de “La Ley”, 95, 96 y 97 del “Reglamento”, por incumplimiento parcial o deficiente, serán los siguientes:

En los contratos que el proveedor presente garantía de cumplimiento, la aplicación de la pena convencional y/o las deducciones no podrán ser superiores al 10%, conforme a lo señalado en el punto 3.12 de la presente convocatoria.

La pena convencional será del 1% por cada día natural de retraso en la prestación de cada evento solicitado.

Las deducciones serán del 1% por cada día natural que el proveedor tarde en subsanar la entrega parcial lo deficiente del servicio correspondiente. La aplicación será proporcional al servicio no prestado.

El área requirente será la responsable de calcular la sanción, y solicitar al Titular de la Dirección General de Administración su aplicación.

Para poder determinar el monto de la pena convencional por los servicios no recibidos, invariablemente en la cotización del proveedor desagregará los conceptos que integran el servicio conforme al Formato 7 de estos requisitos, para que se aplique el 1% únicamente a los servicios no recibidos.

3.17 Rescisión del contrato. “La Secretaria” y el “Consejo” podrán rescindir el contrato sin responsabilidad para sí misma, cuando el proveedor incurra en incumplimiento de las obligaciones a su cargo, conforme a lo señalado en el artículo 54 de “La Ley”, siendo los siguientes supuestos:

Será causa de rescisión si incurre en alguna de las causales establecidas en el contrato.

Si después del fallo de la licitación se comprueba que hubo acuerdo de los licitantes para elevar los precios.

En caso de que “La Secretaría” y el “Consejo” rescindan el contrato, se le podrá adjudicar a la empresa que haya presentado la siguiente propuesta económica más baja de las que participaron en la licitación, siempre que no exceda del 10% del precio ofertado por la primera y su propuesta se considere solvente. En caso de rescisión del contrato, la aplicación de la garantía será por el monto total de la obligación garantizada de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.12 y con relación a lo dispuesto en los artículos 81, fracción II y 100 párrafo segundo del “Reglamento”. 3.18 Terminación Anticipada

“La Secretaría” y el “Consejo” se reservan el derecho de terminar anticipadamente el contrato sin responsabilidad para ella, cuando concurran razones de interés general, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas,

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se ocasionaría algún daño o perjuicio al estado, o, cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos del procedimiento, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la SFP, sin responsabilidad alguna para la convocante y mediante dictamen, ésta sustentará tales razones o las causas justificadas que dieron origen a la misma, así como en su caso, en estos supuestos la convocante reembolsará al licitante ganador, los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el procedimiento. 3.19 Controversias. Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para la formalización del contrato a lo establecido en “La Ley”, el “Reglamento” y demás disposiciones aplicables en la materia y supletoriamente al Código Civil Federal, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y al Código Federal de Procedimientos Civiles.

Apartado IV. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUBRIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR 4.1 Indicaciones

a) Enviar la documentación o información a que se refiere el apartado VI de esta licitación a través de CompraNet y en las horas señaladas en el calendario de eventos del Apartado III, punto 3.2.

b) Cumplir con todos los requerimientos señalados en los presentes requisitos. c) No podrán participar aquellos licitantes que se encuentren en alguno de los supuestos que señalan los artículos

50 y 60 de “La Ley”.

d) Para el envío de las propuestas (documentación legal, propuesta técnica y propuesta económica), el licitante deberá utilizar exclusivamente CompraNet.

e) Para esta Licitación, será obligatorio el uso de la Firma Electrónica para el envío de Documentos, por lo cual los licitantes participantes deberán remitir los documentos que integran su propuesta con firma electrónica por persona facultada para ello.

f) La Documentación Legal y Administrativa, proposición técnica y económica que el licitante envíe por medios

remotos de comunicación electrónica deberá elaborarse conforme a lo señalado en la presente convocatoria, así como contener los documentos señalados en el Apartado VI. Numerales 6.1. Documentos que deben contener las propuestas enviadas a través de CompraNet de esta convocatoria, en formatos Word para Windows versión 97-2010, Excel para Windows versión 97-2010, PDF y ZIP.

g) Preferentemente, deberán identificarse, cada una de las páginas que integran las Propuestas técnica y económica de los licitantes, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de Licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible.

h) Los licitantes deberán concluir el envío de sus proposiciones y contar con el acuse de recibo Electrónico que emita la SFP a través de CompraNet.

i) Los licitantes para efecto de su participación en esta Licitación, aceptan que se tendrán por no presentadas sus proposiciones y demás documentación requerida por la convocante, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante, cuando así lo determine mediante dictamen el responsable informático de “La Secretaría”.

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j) Los sobres serán generados mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, de tal forma que sea inviolable, mediante CompraNet.

k) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuestas, por causas ajenas a CompraNet o de la convocante, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la convocante difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto, lo anterior de acuerdo a lo previsto en el artículo único, numeral Trigésimo del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2011.

4.2 Requisitos indispensables Los requisitos solicitados se utilizarán para: comprobar la legalidad de su documentación, que la descripción de los servicios ofertados sean acordes a lo solicitado en el ANEXO UNO de la convocatoria, así como que los licitantes no estén impedidos para participar en esta licitación.

Los requisitos que se consideran indispensables, los cuales se mencionan en el Numeral 6.1 Documentos de la propuesta, son: Documentación Legal y Administrativa

a. Acreditación de la existencia legal (Los licitantes deberán enviar el acta constitutiva y/o poder notarial y en su caso

las modificaciones, en caso de personas físicas acta de nacimiento).

b. Formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y curriculum en las que se constate que el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden adquirir) así como el escrito establecido en el Formato 1.

c. Escrito de Nacionalidad, de acuerdo al Formato 2.

d. Declaración bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse de los supuestos de los artículos 50 y 60 de “La Ley”. Formato 3

e. Declaración de Integridad y manifestación de interés en participar en la Licitación. Formato 4

f. Escrito de Estratificación de la empresa. Formato 5

g. Declaración escrita en la que manifiesten los licitantes que conocen y aceptan todos los requerimientos y condiciones establecidas en los requisitos de participación. Formato 6

h. Documentación e información de su propuesta técnica y económica, que debe clasificarse como reservada, confidencial y/o comercial reservada en términos de lo establecido de los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Formato 9.

i. En caso de que el domicilio fiscal del Licitante no se encuentre dentro de la Ciudad de México o su área metropolitana, éste deberá presentar por escrito un domicilio convencional para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionados con el procedimiento o en caso de resultar adjudicado lo relativo a la contratación. Formato 10.

Propuesta Técnica

a. Propuesta técnica que contenga:

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1. La descripción de los servicios y demás especificaciones conforme a lo solicitado en las especificaciones técnicas establecidas en el ANEXO UNO, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 Forma de presentar la propuesta, y al apartado VI, Documentos que deben contener las propuestas enviadas a través de CompraNet, de esta convocatoria.

Propuesta Económica

a) Propuesta económica Formato 7, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 Forma de presentar la propuesta, de esta convocatoria.

APARTADO V. CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 5.1 Criterios de evaluación

Evaluación de las proposiciones.

Los siguientes criterios se aplicarán para la evaluación de las propuestas presentadas por los licitantes y para la adjudicación del contrato de conformidad con el artículo 36 de “La Ley”:

a) Para la evaluación de la Documentación Legal y Administrativa “La Secretaría” y el “Consejo” respectivamente, verificarán que presente la documentación solicitada, por lo que la falta de algunos de los requisitos solicitados será motivo de descalificación

b) El área usuaria para evaluar las propuestas técnicas presentadas, utilizará el criterio de evaluación binario, en virtud de que las especificaciones técnicas de los servicios a adquirir están perfectamente determinadas y son estandarizadas, por lo que para la evaluación de las propuestas se realizará una tabla comparativa de “CUMPLE”/“NO CUMPLE”.

c) Para efectos de proceder a la evaluación de la proposición económica, “La Secretaría” y el “Consejo” considerarán el promedio que se obtenga del ponderado del formato a) Nacional y el ponderado del formato b) Internacional. Cuando se detecte un error de cálculo en alguna proposición podrá llevar a cabo su rectificación, cuando la corrección no implique la modificación del precio unitario, de conformidad con el artículo 55 del “Reglamento”.

Las propuestas técnicas serán evaluadas por parte de “La Secretaría” a través de la Subdirección de Servicios Generales y por el Consejo será la Dirección de Recursos Materiales y la Gerencia de Servicios Generales y Control de Archivo, respecto de todos los requisitos solicitados en la convocatoria de la presente Licitación. La documentación legal, administrativa y propuesta económica, serán evaluadas por “La Secretaría”, la Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales y por el Consejo la Dirección de Recursos Materiales y la Gerencia de Servicios Generales y Control de Archivo.

Con base en el resultado de la tabla comparativa de las propuestas económicas y otras que se elaboren en su caso, se elegirá en igualdad de circunstancias, aquella que ofrezca el precio más económico a “La Secretaría” y el “Consejo” respectivamente.

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Si en esta licitación se presentara igualdad de condiciones entre las propuestas de dos o más licitantes, con fundamento en lo señalado en el Artículo 36 Bis de “La Ley”, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.

En caso de que cumplidos los requisitos de la licitación se tengan precios iguales, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que se desarrollará en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada, los que serán depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, con fundamento en el artículo 54 del “Reglamento”. 5.2 Descalificación de los Licitantes. Se descalificará a los licitantes que incurran en alguna de las siguientes situaciones:

a) Si no cumplen con alguno de los requisitos y especificaciones solicitados en los presentes requisitos, que afecten la solvencia de la propuesta.

b) Si se incurre en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de “La Ley”.

c) Si se comprueba que tiene acuerdo con otro u otros licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de la licitación.

d) Cualquier violación a “La Ley” y su “Reglamento” o a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento.

Para estos casos se incluirán las observaciones que correspondan en el acta respectiva al acto de presentación y apertura de proposiciones y/o fallo.

5.3 Declaración desierta de Licitación. La convocante procederá a declarar desierta la licitación cuando:

a) Al revisar el Sistema de Contrataciones Gubernamentales (CompraNet), no se encuentra alguna propuesta enviada por medios remotos de comunicación electrónica.

b) La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos solicitados,

c) Los precios del servicio ofertado no resulten aceptables.

5.4 Cancelación de la Licitación.

La convocante podrá cancelar la Licitación por caso fortuito o de fuerza mayor, cuando existan circunstancias debidamente justificadas que provoquen la extinción de la necesidad para adquirir los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a “La Secretaría” o al “Consejo” respectivamente.

APARTADO VI. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LAS PROPUESTAS ENVIADAS A TRAVÉS DE COMPRANET. 6.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, PROPUESTA TÉCNICA Y PROPUESTA ECONÓMICA

(OBLIGATORIO).

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Los licitantes deberán enviar la documentación a través de CompraNet, por lo que su presentación es obligatoria, la falta de algunos de estos será motivo de descalificación.

Las propuestas deberán cumplir con lo señalado en el numeral 3.9 solicitados en los presentes requisitos de participación.

6.1.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, SU PRESENTACIÓN ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO

La Documentación Legal y Administrativa será enviada a través del Sistema CompraNet (firmada electrónicamente); por lo que la falta de este requisito será motivo de descalificación.

a) ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE

Para acreditar la existencia legal y la personalidad jurídica e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante deberá enviar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada.

Para el caso de personas morales, lo deberán acreditar con el acta constitutiva y/o poder notarial y en su caso las modificaciones en donde acredite su existencia legal y personalidad jurídica, en las que se constate que el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden adquirir. Para el caso de personas físicas, lo deberán acreditar con el acta de nacimiento, copia del Formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y Curriculum vitae, en las que se constate que el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden adquirir. Se evaluará verificando que el documento se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad, así como con la documentación respectiva, respetando el contenido del Formato 1.

b) ESCRITO DE NACIONALIDAD

Los Licitantes deberán acreditar su nacionalidad, mediante documentación oficial: pasaporte, acta constitutiva o documentación, equivalente, según corresponda, lo cual deberán manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad. Formato 2.

c) DECLARACIÓN ESCRITA DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Declaración escrita en papel membretado bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la “La Ley”. Se evaluará verificando que el documento contenga los mismos términos y condiciones del Formato 3 y se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal.

d) DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Y MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Presentar declaración de Integridad en la que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, en Formato 4 que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

e) ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN A fin de dar cumplimiento al artículo 34 del “Reglamento” y artículo 3 fracción III de La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, deberán presentar escrito donde manifiesten bajo protesta de decir verdad la clasificación que guarda, si es micro, pequeña o mediana, conforme al acuerdo por el

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que se establece la estratificación de este tipo de empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2009 Formato 5.

f) DECLARACIÓN DE CONOCER Y ACEPTAR LAS CONDICIONES DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Declaración escrita en la que manifiesten los licitantes que conocen y aceptan todos los requerimientos y condiciones establecidas en los requisitos de participación. Formato 6.

g) PROPUESTAS CONJUNTAS (Solo en caso de presentar Propuestas conjuntas) En caso de propuestas conjuntas deberán ser presentadas conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de “La Ley”, 44 y 48, fracción VIII, último párrafo del “Reglamento”

6.1.2 Documentos de la Propuesta Técnica, su presentación es de carácter obligatorio. La Propuesta Técnica se deberá enviar a través de CompraNet, por lo que la falta de este será motivo de descalificación.

a. PROPUESTA TÉCNICA

La Propuesta técnica deberá contener la descripción de los servicios y demás especificaciones conforme a lo solicitado en el ANEXO UNO, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 Forma de presentar la propuesta, de esta convocatoria.

Los licitantes deberán incluir en su propuesta técnica, la siguiente documentación:

1) Escrito manifestando contar con el personal suficiente para la ejecución, operación y supervisión continúa de los servicios.

2) Escrito mediante el cual garantice la calidad de los servicios a realizar, señalando que cuenta con la infraestructura necesaria, los recursos, técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados, para el tipo de servicio solicitado, para cumplir con el servicio a satisfacción de la Convocante, durante la vigencia del contrato que se derive de esta Licitación.

3) Escrito mediante el cual el licitante manifieste su capacidad instalada indicando que cuenta con presencia en las ciudades y localidades de los domicilios de la Convocante a nivel nacional e internacional, señalados en el ANEXO UNO, estructura y capacidad de transporte (terrestre y/o aéreo) e instalaciones operativas y de distribución.

4) Escrito mediante el cual el licitante manifieste que cuenta con una página de rastreo con acceso a los clientes en la cual se pueden consultar en tiempo real el estatus de todos y cada uno de los envíos realizados a nivel nacional e internacional, así como una aplicación de consulta del licitante, mediante la cual envíe a la Financiera las confirmaciones electrónicas de la entrega de sus envíos con firma digital del licitante.

5) Escrito mediante el cual se compromete en caso de resultar adjudicado a asignar un ejecutivo de cuenta con las facultades para tomar decisiones y resolver problemas que surjan con motivo de los servicios contratados, señalando que deberá estar equipado con los medios de comunicación -radio-localizador, celular, teléfono de oficina, correo electrónico-, etc., se deberá indicar en la propuesta el nombre del ejecutivo y números telefónicos; así como datos de contacto, en caso de emergencias.

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6) El licitante deberá acreditar que ha proporcionado servicios con características similares, acreditándolo con hojas del contrato donde se establezca el número de contrato, objeto, vigencia y firmas, que se haya suscrito en un periodo no mayor a dos años contados a partir de la publicación de la presente convocatoria, adjuntando la carta de satisfacción del cliente de dicho contrato.

7) Escrito mediante el cual se compromete en caso de resultar adjudicado a presentar copia de la póliza de seguro

contra robo, daños o extravío de los envíos, destrucción o pérdida de la documentación o paquetería que reciba para su transportación y entrega, dentro de los 15 días naturales siguientes a la firma del contrato.

6.1.3 Documentos de la Propuesta Económica, su presentación es de carácter obligatorio. La Propuesta Económica se deberá enviar a través del sistema CompraNet, por lo que la falta de este será motivo de descalificación.

PROPUESTA ECONÓMICA. Formato 7, que contenga la descripción de los servicios y demás especificaciones conforme a lo solicitado en las especificaciones técnicas del ANEXO UNO, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 Forma de presentar la propuesta, de esta convocatoria.

6.1.4 Documentación complementaria que no afecta la solvencia de la propuesta.

La documentación complementaria que no afecte la solvencia de la propuesta enviada por el licitante, o su omisión no será motivo de descalificación. La documentación que enviará el licitante, según su elección y que contenga las proposiciones técnicas, será la siguiente:

a) Cédula de Identificación Fiscal.

b) Identificación Oficial de quien presenta la propuesta, como credencial para votar, pasaporte o licencia de conducir.

c) Requisitar la dirección de correo electrónico del licitante, en caso de contar con la misma, en el Formato 1. d) Manifestación del licitante en la que se indique bajo protesta de decir verdad, que es un persona física con

discapacidad, o bien tratándose de empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad en la proporción que establece dicho precepto legal, el aviso de alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción XXI del Artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

e) REGISTRO ÚNICO DE PROVEEDORES (RUPC)

Los licitantes que estén inscritos en el Registro Único de Proveedores, podrán anexar la constancia del Registro Único de Proveedores (RUPC) del Sistema CompraNet, que opera la SFP o citar el número de su inscripción y manifestar mediante escrito bajo protesta de decir verdad que en el RUPC la información se encuentra completa y actualizada, (Formato Libre), indistintamente deberá cumplir con lo señalado en el numeral 6.1.1 inciso a) e inciso b) y deberá presentar el Formato 1 y Formato 2.

f) ESCRITO EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 113 Y 116 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. El licitante deberá señalar la documentación e información de su propuesta técnica y económica, que debe clasificarse como reservada, confidencial y/o comercial reservada en términos de lo establecido de los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Formato 9.

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g) DOMICILIO CONVENCIONAL En caso de que el domicilio fiscal del Licitante no se encuentre dentro de la Ciudad de México o su área metropolitana, éste deberá presentar por escrito un domicilio convencional para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionados con el procedimiento o en caso de resultar adjudicado lo relativo a la contratación. Formato 10.

6.1.5 Propuestas Conjuntas

En caso de presentar propuestas conjuntas, el licitante deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 34 de “La Ley”, 44 y 48, fracción VIII, último párrafo del “Reglamento” y numeral 3.7 de la presente convocatoria. Con fundamento en el artículo 48, fracción VIII del “Reglamento”, los licitantes que decidan agruparse para presentar una proposición conjunta, deberán presentar en forma individual los escritos señalados en los incisos a) al g) del el numeral 6.1.1 Documentación Legal, cuya presentación es de CARÁCTER OBLIGATORIO, por lo que la falta de alguno de ellos será motivo de descalificación.

APARTADO VII. INCONFORMIDADES. La inconformidad deberá presentarse por escrito, directamente en las oficinas de la SFP ubicadas en el edificio identificado con el No. 1735, de la Av. de los Insurgentes Sur, Col. Guadalupe Inn, en Ciudad de México. o a través de CompraNet (www.compranet.gob.mx), en los términos y plazos establecidos en los Artículos 65, 66 y demás aplicables de “La Ley”. APARTADO VIII. FORMATOS QUE FACILITEN Y AGILICEN LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES. La relación de los documentos que deben presentar los participantes en el procedimiento de Licitación Pública de carácter Nacional Electrónica, será verificada en el acto de presentación y apertura de proposiciones, de acuerdo al Formato 8. Los formatos que se incluyen en esta licitación deben considerarse solo como una guía en la licitación, por lo que la adecuada presentación de las propuestas es responsabilidad exclusiva de los licitantes. XIX. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN MATERIA DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Y OTORGAMIENTO Y PRÓRROGA DE LICENCIAS, PERMISOS, AUTORIZACIONES Y CONCESIONES. En cumplimiento a lo dispuesto por el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones, emitido por la SFP y publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Jueves 20 de agosto de 2015, la Convocante informa a los particulares, lo siguiente, no obstante que el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se realiza por medios electrónicos y por lo tanto, sin la presencia de los licitantes: a) Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el Protocolo contenido en el Acuerdo arriba

citado, mismo que puede ser consultado en la página de internet de la SFP. b) Que las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos videograbados. Dicha

información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de las contrataciones públicas y ser utilizada como elemento de prueba;

c) Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y

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d) El particular tiene el derecho de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control en la Coordinación Nacional, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto con los servidores públicos.

Se protegerán los datos personales de los particulares, siendo el propósito de recabarlos el que la Convocante pueda verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente invitación y para el caso del licitante que resulte adjudicado llevar a cabo la formalización de la contratación y contar con el soporte legal que de las declaraciones asentadas en el Contrato Abierto, por lo expuesto se solicitará a quienes participen en el procedimiento de contratación, su consentimiento de manera expresa, por escrito o cualquier medio de autenticación, para el caso de que terceras personas accedan a dichos datos. Se entenderá como “Contacto con particulares” a las comunicación a través de cualquier medio entre particulares y los servidores públicos sujetos a dicho Protocolo. El contacto con particulares, de ser el caso y necesario, se llevará a cabo a través de los medios de comunicación que provea la Coordinación Nacional, salvo en los casos señalados en el numeral 15 del citado Protocolo. El contacto con particulares se efectuará preferentemente por escrito (en medios físicos o electrónicos) con la finalidad de que exista constancia del asunto, sin perjuicio de lo señalado por las disposiciones jurídicas aplicables. Los servidores públicos llevarán un registro de las comunicaciones telefónicas y reuniones, en el cual consignarán por lo menos: fecha, hora, el objeto de la reunión o comunicación telefónica y, en su caso, lugar de la reunión o número telefónico del servidor público en que se recibió la comunicación.

FORMATOS QUE DEBERÁN UTILIZAR LOS PARTICULARES PARA MANIFESTAR VÍNCULOS Y POSIBLES CONFLICTOS DE INTERÉS

En el presente procedimiento de contrataciones, los particulares deberán presentar un manifiesto de sus vínculos o relaciones de negocios, personales o familiares, así como de posibles conflictos de interés, con los servidores públicos que tengan los cargos que a continuación se indican, incluyendo a sus cónyuges y parientes en primer grado:

I. Presidente de la República; II. Secretarios de Estado; III. Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal; IV. Procurador General de la República; V. Subprocuradores o Titulares de Fiscalías Especializadas; VI. Titulares de los Órganos Reguladores Coordinados; VII. Subsecretarios; VIII. Consejeros Adjuntos; IX. Oficiales Mayores; X. Titulares de Unidad; XI. Directores Generales; XII. Titulares de órganos administrativos desconcentrados; XIII. Directores Generales, Gerentes, Subgerentes, Directores o integrantes de los órganos de gobierno o de los

comités técnicos de entidades paraestatales y Empresas Productivas del Estado, y XIV. Los que intervienen en las contrataciones públicas, frente a los particulares, incluidos en el Registro que al

efecto lleva la SFP.

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La presentación del manifiesto de vínculos o relaciones incluirá a los servidores públicos que desempeñen un puesto, cargo, comisión o funciones equivalentes, homólogos o adjuntos a los referidos en las fracciones VII a XII de este artículo. El manifiesto de vínculos o relaciones deberá presentarse cuando por sí, o a través de su representante legal, las personas físicas o morales, intervengan en la presente contratación pública. El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará previo al inicio de los procedimientos señalados en las fracciones anteriores y será solicitado por los servidores públicos encargados de tramitarlos. Quienes formulen el manifiesto de vínculos o relaciones deberán declarar bajo protesta de decir verdad, el vínculo o la relación personal, de parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el primer grado, o de negocios con servidores públicos de mando medio o superior en la Administración Pública Federal, y en especial con los servidores públicos de las dependencias y entidades inscritos en el registro que la SFP lleva de quienes participan en las contrataciones públicas, y las personas siguientes:

I. El propio declarante y su cónyuge, ascendientes y descendientes; II. Los integrantes del consejo de administración o administradores de la persona moral que representa; III. Director o gerente general o funcionario de los tres niveles inferiores a cualquiera de éstos, o IV. Las personas físicas que posean directa o indirectamente el control de al menos el 10% de los títulos

representativos del capital social de la persona moral que representa.

En el caso de los representantes de las personas morales que intervengan en el presente procedimiento de contratación, la manifestación de vínculos o relaciones la realizarán con base en la información recabada por la administración o dirección de la persona moral que representen. El manifiesto de vínculos o relaciones se presentará mediante el formato e instructivo determinado por la SFP. El formato se encontrará disponible a través de la dirección electrónica www.manifiesto.gob.mx, siendo este medio remoto de comunicación electrónica el único para presentarlo ante la SFP. Los servidores públicos que estén a cargo de la asignación o resolución del presente procedimiento, deberán tomar en consideración la opinión razonada que sobre el manifiesto realice la Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflictos de Interés

NINGUNA DE LAS CONDICIONES CONTENIDAS EN LA CONVOCATORIA DE LICITACIÓN, ASÍ COMO LAS PROPUESTAS PRESENTADAS POR LOS LICITANTES PODRÁN SER NEGOCIADAS.

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ANEXO UNO

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ANEXO UNO: ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO INTEGRAL DE PAQUETERÍA Y MENSAJERÍA NACIONAL E INTERNACIONAL PARA LA SECRETARÍA DE TURISMO, EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

1.- DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS.

El servicio consiste en la recolección, transporte, traslado y entrega de paquetes y documentos sin valor monetario o restringido, a cualquier punto de las 32 entidades federativas de la República Mexicana y de los países y ciudades del extranjero señalados en el presente ANEXO UNO.

La documentación y paquetería deberá estar perfectamente resguardada en su traslado y la entrega se realizará de persona a persona o en su caso, en la oficialía de partes de la empresa o institución destinataria, en un plazo no mayor a: dos días hábiles para envíos nacionales; tres días hábiles, dependiendo del destino, en el caso de Norteamérica y Europa; y de cinco días hábiles para el resto del mundo. Dichos plazos comenzarán a computarse a partir de la entrega de la documentación o paquetería en las oficinas de la Secretaría de Turismo (La Secretaría) y/o del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. (El Consejo)

Por ningún motivo la documentación o paquetería será entregada en buzones, a menos que se haga una petición verbal o por escrito del área remitente de La Secretaría y/o de El Consejo.

Para el control y seguimiento en la entrega de la documentación y paquetería, el personal de La Secretaría y/o de El Consejo entregará debidamente requisitada y con las autorizaciones internas necesarias, al personal autorizado por La Secretaría y/o de El Consejo, a efecto de que éste proceda al registro, control, recolección, clasificación y elaboración de la guía (o documento necesario) para la transportación de los envíos.

Con la finalidad de darle seguimiento a los envíos, el licitante ganador deberá contar con una página en Internet, que se utilice para conocer el estatus y/o localización de los envíos realizados y la situación de entrega de los mismos en cualquier momento, así como los números telefónicos de atención a clientes.

En el caso de que la documentación y paquetería llegue a su destino en malas condiciones la guía no será cobrada y se bonificará con nota de crédito, asimismo, si el contenido de la documentación y paquetería resulte dañada por causas imputables al licitante ganador, este contará con una póliza de seguros para cubrir los daños.

El licitante ganador será responsable de los daños que La Secretaría y/o de El Consejo sufra por el extravío, destrucción o pérdida de la documentación y paquetería que reciba para su traslado y entrega, que sean imputables a él.

La mensajería y paquetería deberá estar debidamente ensobretada o conforme al embalaje para transportación que proporcione el proveedor (bolsas, cintas, sobres, cajas, etc.).

La entrega de documentación y paquetería se realizará invariablemente en el domicilio de los destinatarios, salvo que medie una petición verbal o por escrito del área remitente de La Secretaría y/o de El Consejo.

Si el destinatario no se encuentra en su domicilio, el licitante ganador deberá realizar un segundo intento o visita para la entrega al día hábil siguiente. Si no se localiza al destinatario o el domicilio no sea el correcto, el licitante ganador dará aviso al Consejo, a efecto de que se corrija el nombre del destinatario o su domicilio, o se manifieste la causa por la cual no se entregó el envío.

En el caso de devolución de documentos y paquetería se notificara previamente al área remitente, así como a La Secretaría o El Consejo, por vía telefónica o correo electrónico, indicando las causas que motivaron la devolución, sin costo adicional para La Secretaría y El Consejo.

En el servicio Internacional, el licitante ganador proporcionará la asesoría, colaboración y ayuda para los trámites aduanales, de exportación o cualquier otro trámite requerido dependiendo el país de destino y su normatividad.

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ANEXO UNO

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2. VIGENCIA Y LUGAR DE RECOLECCIÓN Y ENTREGA.

La vigencia del contrato será del 1 de abril al 31 de diciembre de 2016. La recolección de mensajería y paquetería deberá realizarse en los siguientes domicilios:

PARA LA SECRETARÍA

SECRETARIA DE TURISMO

OFICINA UBICACIÓN

SECTUR

Presidente Masaryk N° 172, Colonia Bosques de Chapultepec, C.P. 11580, Delegación Miguel Hidalgo,. Ciudad de México.

Viaducto Miguel Alemán, N° 81, Segundo Piso, Col. Escandón, Delegación: Miguel Hidalgo, C.P. 11800, Ciudad de México.

CORPORACIÓN DE SERVICIOS AL TURISTA ANGELES VERDES

OFICINA UBICACIÓN

AGUASCALIENTES CALLE 30 DE JULIO NO. 1702, FRACCIONAMIENTO MORELOS II, C.P. 20298, AGUASCALIENTES, AGUASCALIENTES.

BAJA CALIFORNIA GARITA INTERNACIONAL MESA DE OTAY, OFICINAS GUBERNAMENTALES, C.P. 22508, TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.

BAJA CALIFORNIA SUR

BOULEVARD AGUSTÍN OLACHEA, ENTRE BOULEVARD LUIS DONALDO COLOSIO Y CALLE CHECEN S/N, COL. ARBOLEDAS, C.P. 23070, LA PAZ, BAJA CALIFORNIA SUR.

CAMPECHE PLAZA MOCH-COUCH, AV. RUIZ CORTINES Y 16 DE SEPTIEMBRE, COL. CENTRO, C.P. 24000, CAMPECHE, CAMPECHE.

CIUDAD DE MÉXICO

VIADUCTO MIGUEL ALEMÁN, N° 81, PRIMER PISO, COL. ESCANDÓN, DELEGACIÓN: MIGUEL HIDALGO, C.P. 11800, CIUDAD DE MÉXICO.

COAHUILA BOULEVARD GENERAL FRANCISCO COSS Y MANUEL ACUÑA S/N, ZONA CENTRO, C.P. 25000, SALTILLO, COAHUILA.

COLIMA BOULEVARD COSTERA MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, NO. 875-A, C.P. 28869, MANZANILLO, COLIMA.

CHIAPAS 9ª SUR ORIENTE ESQ. DR. SAMUEL LEÓN BRINDIS, 1ER PISO, COL. MEXICABIDAD CHIAPANECA, C.P. 29070, TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS.

CHIHUAHUA AV. TECNOLÓGICO NO. 5888, COL. AMPLIACIÓN AEROPUERTO, LT.17 MZ.67 C.P. 32651, CD. JUAREZ, CHIHUAHUA.

DURANGO BOULEVARD MIGUEL ALEMÁN NO. 250 ORIENTE, COL. LAS ROSAS, C.P. 35090, GOMEZ PALACIOS, DURANGO.

GUANAJUATO BOULEVARD POZUELOS S/N CASA MATA, COL. POZUELOS, C.P. 36000, GUANAJUATO, GUANAJUATO.

GUERRERO CALLE HORNITOS NO. 7, COL. CENTRO, C.P. 39300, ACAPULCO, GUERRERO.

HIDALGO DGT DEL GOBIERNO DEL ESTADO, BOULEVARD FELIPE ANGELES S/N, COL. LA VENTA, EDIFICIO 1B, PLANTA BAJA, COL. LA VENTA PRIETA, C.P. 42080, PACHUCA, HIDALGO.

JALISCO MORELOS NO. 102, TERCER NIVEL, PLAZA TAPATÍA, COL. CENTRO, C.P. 44100, GUADALAJARA, JALISCO.

ESTADO DE MÉXICO

JILOTEPEC NO. 200, COL. SANCHEZ TOLUCA (SOR JUANA INÉS DE LA CRUZ), C.P. 50040, TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO.

MICHOACÁN AV. MIL CUMBRES NO. 19, FRACC. LOMAS DEL TECNOLÓGICO, C.P. 58117, MORELIA, MICHOACÁN.

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ANEXO UNO

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CORPORACIÓN DE SERVICIOS AL TURISTA ANGELES VERDES OFICINA UBICACIÓN

MORELOS AV. MORELOS SUR NO. 50, COL. EL POLVORÍN, AUTOPISTA MÉXICO – ACAPULCO, C.P. 62076, CUERNAVACA, MORELOS.

NAYARIT CARRETERA TEPIC – MIRAMAR KM 01, C.P. 63114, TEPIC, NAYARIT.

NUEVO LEÓN AV. NUEVO MÉXICO NO. 500, EDIFICIO FSTSE, COL. NUEVO MORELOS, C.P. 64180, MONTERREY, NUEVO LEÓN.

OAXACA AV. JUAREZ NO. 703, COL. CENTRO, C.P. 68000, OAXACA, OAXACA

PUEBLA TLAHUAPAN NO. 18 BIS, COL. LA PAZ, C.P. 72160, PUEBLA, PUEBLA.

QUERÉTARO AV. CONSTITUYENTES NO. 102 ORIENTE, INT. 15 COL. QUINTAS DEL MARQUES, C.P. 76047, QUERÉTARO, QUERÉTARO.

QUINTANA ROO SUPER MANZANA 68, LT 13, MZ 12, MPIO. BENITO JUAREZ, C.P. 77520, CANCÚN QUINTANA ROO

SAN LUIS POTOSI AV. REFORMA NO. 206, COL. CENTRO, C.P. 78000, SAN LUIS POTOSÍ, SAN LUIS POTOSÍ.

SINALOA EMILIO BARRAGÁN Y PROLONGACIÓN CARNAVAL S/N, 2º PISO, FRACC. PLAYA SUR, C.P. 82040, MAZATLÁN, SINALOA.

SONORA SANALONA NO. 57, ESQ, MOCUZARI, COL. RANCHITO, C.P. 83050, HERMOSILLO, SONORA.

TABASCO AV. PERIFÉRICO CARLOS PELLICER CÁMARA NO. 2908 – A, FRACC. PAGÉS LLERGO, C.P. 86150, VILLAHERMOSA, TABASCO.

TAMAULIPAS CALLE BERRIOZABAL NO. 1738, ESQ. FRACCIONAMIENTO DE LA GARZA, COL. MORELOS, C.P. 97050, CD. VICTORIA, TAMAULIPAS.

TLAXCALA CALLE NOGAL NO. 20, 1ERA SECCIÓN DE SANTA MARIA ACUITLAPILCO, C.P. 90110, TLAXCALA, TLAXCALA.

VERACRUZ 5 DE MAYO ESQ, RAYÓN PALACIO FEDERAL ALTOS, COL. CENTRO, C.P. 91700, VERACRUZ, VERACRUZ.

YUCATÁN CALLE 14 NO. 102, CIRCUITO COLONIAS, COL. MORELOS ORIENTE, C.P. 97174, MÉRIDA, YUCATÁN.

ZACATECAS BOULEVARD HÉROES DE CHAPULTEPEC, UNIDAD DEPORTIVA NORTE, COL LA ESCONDIDA, C.P. 98057, ZACATECAS, ZACATECAS.

Nota: Los nombres de los servidores públicos responsables en cada entidad, serán proporcionados al proveedor adjudicado el día hábil siguiente de la firma del contrato.

PARA EL CONSEJO

Viaducto Miguel Alemán, N° 105, Col. Escandón, Delegación: Miguel Hidalgo, C.P. 11800, Ciudad de México y/o en oficinas en el extranjero.

3.- HORARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

La recolección de la documentación y paquetería se realizará de lunes a viernes de las 13:00 a las 14:30 horas. Por necesidades del servicio, La Secretaría y El Consejo podrán requerir que el servicio se preste fuera del horario señalado, en cuyo caso la recolección de la documentación y paquetería deberá realizarse en un lapso no mayor de 90 minutos, contados a partir de la solicitud del servicio vía telefónica o correo electrónico, sin costo adicional para La Secretaría y El Consejo.

4.- ENTREGABLES.

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ANEXO UNO

|29

Se deberá presentar reporte mensual a La Secretaría y El Consejo en los siguientes correos electrónicos [email protected] [email protected] y [email protected], o bien de forma impresa; respecto de los siguientes conceptos:

Fecha, No. De Guía, Origen, Destino, Peso, Importe, Impuesto al valor agregado, Importe total, Tarifa aplicada,

5.- COBERTURA EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.

NACIONAL La documentación y paquetería será distribuida en las 32 entidades federativas de la República Mexicana, conforme a la tabla de zonificación, que de forma enunciativa más no limitativa se enuncian a continuación:

ZONA 1 HASTA 250 KM

ZONA 2 251 – 500 KM

ZONA 3 501 – 1,000 KM

Ciudad de México Cuernavaca Morelia Pachuca Puebla Querétaro Tlaxcala Toluca

Acapulco León Oaxaca San Luís Potosí Veracruz

Aguascalientes Ciudad Victoria Durango Guadalajara Manzanillo Monterrey Puerto Vallarta Saltillo Tampico Tepic Torreón Zacatecas

ZONA 4 1,001 – 1,600

ZONA 5 1,601 – 2,200

ZONA 6 2,201 – 2,800

Campeche Chihuahua Culiacán Matamoros Mazatlán Mérida Nuevo Laredo Reynosa

Cancún Ciudad Juárez Hermosillo

Nogales

ZONA 7 MAS DE 2,800

Tijuana

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ANEXO UNO

|30

Fórmula para calcular el peso volumétrico: si el peso volumétrico excede el peso físico del envío, se aplicara la siguiente fórmula:

Largo (cm) X alto (cm) X ancho (cm) 5000

El licitante cobrará el peso mayor que resulte entre el peso real y el peso volumétrico.

INTERNACIONAL

Con objeto de estandarizar las propuestas económicas de los licitantes, se zonifican los países conforme a la tabla que se presenta más adelante. Asimismo, el licitante deberá comprometerse a que la documentación y paquetería será distribuida en: Norteamérica, Europa, Latinoamérica, Asia y África; principalmente en los domicilios que de forma enunciativa más no limitativa se enuncian a continuación:

NORTEAMÉRICA: ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ

Estado/Oficina Domicilio

Washington, / Dirección Ejecutiva de Turismo de Reuniones

2829 16 Street N.W. 4rd. FLOOR, Washington, D.C. 20009

Chicago Midwest Usa, 225N, Michigan Ave. Ste. 1800, Chicago Illinois, 60601

Houston 4507, San Jacinto, Suite 308, 77004 Houston, Texas, E.U.A.

Los Ángeles 2401 West 6th St. 4to. Piso , Los Angeles, California 90057

Nueva York 152 Madison Ave. suite 1800 New York, NY 10016

Los Ángeles 2401 West 6th St. 4to. Piso , Los Angeles, California 90057

San Diego 1549 India St. San Diego CA 92101

Miami 1399 SW 1st. Ave. 3rd. Floor Miami, FL. 33130, USA

Atlanta 1700 Chantilly Drive Northeast, Atlanta, GA 30324

Toronto 2 Bloor Street West, Suite 1502, Toronto, Ontario, M4W 3E2, Canadá

Vancouver United Kingdom Building, 658 - 409 Granville St. Vancouver, BC Canadá V6C 1T2

Montreal 1, Place Ville Marie, Suite 1931, Montreal, Quebec, H3B 2C3, Canadá

EUROPA

Estado/Oficina Domicilio

Madrid / Oficina regional para Europa

Carrera de San Jerónimo no. 46, Segunda planta Madrid 28014

Londres 41 Trinity Square Wakefield House, Londres EC3N 4DJ, Inglaterra

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ANEXO UNO

|31

Berlín Klingelhöferstrasse 3-10785, Berlín, Alemania

Paris 4 Rue Notre Dame Des Victories, 75002 París, Francia

Roma Via Lazzaro Spallanzani 16, 00161 Roma, Italia

Moscu Kalashnyy Per. 12 Moscu, Federación de Rusia

LATINOAMÉRICA

Estado/Oficina Domicilio

Buenos Aires Calle Basavilbaso 1350, Piso 10 Oficina 0, Ciudad Autônoma de Buenos Aires Argentina

Sao Paulo Alameda Ministro Rocha Azevedo 882 Conjunto 31, Tercer andar, CEP: 01410-002 Sao Paulo, Brasil

Bogota Calle 113 No. 7-21 Torre A Oficina 204, Edificio Teleport Business Park, Bogota Colombia

ASIA

Estado/Oficina Domicilio

Tokio 2-15-2-3F Nagata-Cho, Chiyoda-Ku, Tokio, 100-0014, Japón

Beijing San Li Tun Dongwujie 5, Chaoyang 100600 Beijing, Republica Popular China

Seul 93, Dokseodang-ro (33-6 Hannam-dong), Yongsan-gu, Seúl, 140-885, República de Corea

TABLA DE ZONIFICACIÓN INTERNACIONAL:

Zona1

Canadá Estados Unidos

Zona 2

Anguila Antigua Argentina Aruba Bahamas Barbados Barbuda Belice Bermudas Bolivia Donaire Brasil Chile Colombia Costa Rica

Curacao Dominica Ecuador El Salvador Granada Guadalupe Guatemala Guayana Guayana Francesa Haití Honduras Islas Caimán Islas Vírgenes Británicas Islas Vírgenes de EUA Jamaica Martinico

Paraguay Perú Puerto Rico República Dominicana Saba San Bartolomé San Cristóbal y Nevis San Eustaquio San Martín San Vicente Santa Lucía Surinam Trinidad y Tobago Turcos y Caicos Uruguay

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ANEXO UNO

|32

Zona 2

Cuba Montserrat Nicaragua Panamá

Venezuela

Zona 3

Alemania Andorra Austria Bélgica Ciudad del Vaticano Dinamarca Escocia España

Finlandia Francia Gales Grecia Groenlandia Holanda Inglaterra Irlanda Irlanda del Norte Islas Faroe

Italia Liechtenstein Luxemburgo Malta Mónaco Noruega Portugal Reino Unido San Marino Suecia Suiza.

Zona 4

Australia Brunei Corea del Sur China

Filipinas Hong Kong Indonesia Japón Macao Malasia

Myanmar Nueva Zelanda Taiwán Vietnam Singapur Tailandia.

Zona 5

Albania Angola Arabia Saudita Argelia Armenia Azerbaiyán Bahrein Bangladesh Benin Bielorrusia Bosnia Botswana Bulgaria Burkina Faso Burundi Bután Cabo Verde Camboya Camerún Congo Costa de Marfil Croacia Chad Chipre Djibouti Egipto Emiratos Árabes Unidos Eritrea Eslovenia Estonia Etiopía Fidji Gabón

Guam Guinea Guinea Ecuatorial Hungría India Isla Reunión Islandia Islas Cook Islas del Canal Islas Marshall Israel Jordania Kazajstán Kenia Kirguizistán Kuwait Laos Latvia Lesoto Líbano Liberia Lituania Macedonia Madagascar Malaui Maldivia Mali Marruecos Mauricio Mauritania Micronesia Moldavia Mongolia Mozambique

Omán Palaos Palestina Papua Nueva Guinea Paquistan Polinesia Francesa Polonia Qatar República Checa República de Georgia República Dem. Del Congo República Eslovaca Ruanda Rumanía Rusia Saipán Samoa Americana Senegal Seychelles Siria Somalia Sri Lanka Suazilandia Sudáfrica Sudán Tanzania Togo Turkmenistán Turquía Ucrania Uganda Uzbekistán Vanuatu

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ANEXO UNO

|33

Zona 5

Gambia Ghana Gibraltar

Namibia Nepal Níger Nigeria Nueva Caledonia

Wallis y Futuna Yemen Zâmbia Zimbabwe

6.- DISTRIBUCIÓN DE ENVÍOS POR PESO Y DESTINO.

Para efecto de la obtención de la tarifa ponderada más baja se considera la distribución promedio de envíos por peso y destino contenidos en el cuadro siguiente:

DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE ENVÍOS POR PESO Y DESTINO

NACIONAL

Kg.

KILÓMETROS

Totales 1 2 3 4 5 6 7

0–250 251–500 501–1,000 1,001 -1,600 1,601- 2,200 2,201-2,800 Más de 2,800

0.5 11.83 % 17.49 % 20.87 % 13.32 % 8.11 % 8.77 % 80.39 %

1.0 1.75 % 1.75 % 1.32 % 1.32 % 0.88 % 1.32 % 8.34 %

1.5 0.88 % 1.32 % 0.88 % 0.88 % 0.44 % 0.88 % 5.28 %

2.0 0.44 % 0.44 % 0.44 % 0.44 % 0.22 % 0.44 % 2.42 %

2.5 0.18 % 0.26 % 0.26 % 0.09 % 0.09 % 0.18 % 1.06 %

3.0 0.35 % 0.31 % 0.53 % 0.31 % 0.09 % 0.18 % 1.77 %

3.5 0.09 % 0.13 % 0.18 % 0.13 % 0.53 %

4.0 0.09 % 0.04 % 0.13 %

4.5 0.00 %

5.0 0.00 %

Más de 5.0

0.04 % 0.04 % 0.08 %

Totales 15.61 % 21.78 % 24.48 % 16.53 % 9.83 % 0.00 % 11.77 %| 100.00 %

Porcentaje mensual de envíos peso-zonificación nacional

INTERNACIONAL

Kg

ZONA GEOGRAFICA

TOTAL 1 2 3 4 5

EU -CANADA

CENTRO SUDAMERICA Y

EL CARIBE EUROPA

ASIA PACIFICO

RESTO DEL

MUNDO

0.5 44.75 % 8.03 % 30.48 % 3.22 % 0.32 % 86.80 %

1.0 0.80 % 1.20 % 0.16 % 0.48 % 2.64 %

2.0 0.32 % 0.40 % 0.16 % 0.88 %

3.0 0.32 % 0.64 % 0.16 % 0.16 % 1.28 %

4.0 0.08 % 0.08 %

5.0 0.16 % 0.16 % 0.32 %

5 a 10 0.00 %

10 a 50 0.80 % 0.80 % 1.28 % 2.88 %

50 a 100 0.48 % 1.92 % 2.40 %

100 a 200 0.80 % 0.48 % 0.16 % 1.44 %

Más de 200

0.48 % 0.80 % 1.28 %

Totales 48.99 % 11.07 % 35.44 % 4.18 % 0.32 % 100.00 %

Porcentaje mensual de envíos peso-zonificación internacional

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ANEXO UNO

|34

Fórmula para calcular el peso volumétrico: si el peso volumétrico excede el peso físico del envío, se aplicara la siguiente fórmula:

Largo (cm) X alto (cm) X ancho (cm)

5000

El licitante cobrará el peso mayor que resulte entre el peso real y el peso volumétrico.

7.- PERSONAL.

El personal que realice la recolección de la documentación y paquetería, deberá portar uniforme de la Empresa y gafete que lo identifique como empleado.

El licitante ganador reconoce y acepta que su personal estará sujeto a revisiones por el personal de seguridad de La Secretaría y de El Consejo, tanto en su persona como en sus pertenencias. Asimismo, estarán obligados a observar y respetar las medidas preventivas establecidas por La Secretaría y El Consejo en materia de seguridad e higiene y a conducirse con respeto dentro de las instalaciones de La Secretaría y de El Consejo, así como entregar con oportunidad los acuses de recibo de las áreas de La Secretaría y de El Consejo.

8.- EJECUTIVO DE CUENTA.

Para la prestación del servicio el licitante ganador asignará a un Ejecutivo de Cuenta, con las facultades para tomar decisiones y resolver problemas que surjan con motivo de los servicios, así como con todo personal del proveedor asignado para la prestación del servicio con un año mínimo de experiencia. Asimismo, será la persona que tendrá contacto con los enlaces designados por la Secretaría y El Consejo para proporcionar el estatus de los envíos, así como la recepción de los mismos. Además, para verificar todos los temas relativos a facturación, descuentos, o bonificaciones.

El Ejecutivo de Cuenta deberá estar equipado con alguno de los medios de comunicación que a continuación se enlistan: radio localizador, correo electrónico, teléfono celular y teléfono de oficina, indicando en la propuesta el nombre del Ejecutivo y sus datos de contacto.

Aún y cuando el licitante ganador no está subordinado a La Secretaría ni al Consejo, se compromete a tomar en consideración y seguir las recomendaciones que éste le haga a través de la Subdirección de Servicios Generales y de la Gerencia de Servicios y Control de Archivo o la Subgerencia de Servicios Generales y Suministros respectivamente, relativas al cumplimiento de este anexo.

9.- INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO REQUERIDOS.

El licitante ganador proporcionará, suministrará y operará los insumos, materiales, vehículos y demás elementos que sean necesarios para la correcta prestación de los servicios solicitados.

La entrega de la mensajería y paquetería deberá realizarse con los medios de transportación terrestre y aéreos requeridos para asegurar su oportuna entrega.

El personal que recolecte la documentación y paquetería, deberá contar con una báscula para calcular el peso y proceder a la generación de la guía y envío correspondiente.

El licitante ganador deberá señalar las características del sistema informático que utilizará para el seguimiento de los envíos, a fin de conocer el estatus y la situación de entrega de la mensajería y paquetería en cualquier momento, así como proporcionar una cuenta a La Secretaría y al Consejo para monitorear el estatus del envío.

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ANEXO UNO

|35

10.- MATERIALES.

El licitante ganador deberá proporcionar a La Secretaría y al Consejo los materiales e insumos necesarios para realizar los envíos, tales como: Guías en blanco o preimpresas, bolsas y demás elementos requeridos, sin costo adicional para La Secretaría los cuales serán entregados en los domicilios establecidos para tal efecto.

11.- PÓLIZA DE SEGUROS.

El licitante ganador deberá contar con un seguro contra robos, daños o extravío de los envíos, destrucción, o pérdida de la documentación y paquetería que reciba para su transportación y entrega, sobre el valor declarado del bien.

Una copia de esa póliza deberá entregarse a La Secretaría y otra al Consejo dentro de los quince días naturales siguientes a la firma del contrato.

12.- REPORTES. El licitante ganador deberá entregar un reporte mensual a través del siguiente correo electrónico: [email protected],mx, [email protected] y [email protected] de los servicios realizados, el cual deberá contener como mínimo los siguientes conceptos: Fecha, número de guía, origen, peso, destino, tarifa aplicada e importe total. Este reporte deberá adjuntarse a la factura que será entregada a mes vencido para su revisión y en su caso trámite del pago correspondiente.

En caso de existir cualquier duda o aclaración respecto de alguno de los servicios consignados en la factura el licitante desde este momento expresa su conformidad en no suspender por ningún motivo el servicio. Lo anterior estando en el entendido que una vez aclarados y resueltos los servicios objeto de duda o aclaración, se realizarán los ajustes correspondientes según sea procedente de conformidad con el contacto responsable de la evaluación de los servicios del Consejo.

13.- REQUISITOS: CUMPLE O NO CUMPLE.

1. Escrito manifestando contar con el personal suficiente para la ejecución, operación y supervisión continúa de los servicios.

2. Escrito mediante el cual garantice la calidad de los servicios a realizar, señalando que cuenta con la infraestructura necesaria, los recursos,

técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados, para el tipo de servicio solicitado, para cumplir con el servicio a satisfacción de la Convocante, durante la vigencia del contrato que se derive de esta Licitación.

3. Escrito mediante el cual el licitante manifieste su capacidad instalada indicando que cuenta con presencia en las ciudades y localidades de los

domicilios de la Convocante a nivel nacional e internacional, señalados en el ANEXO UNO, estructura y capacidad de transporte (terrestre y/o aéreo) e instalaciones operativas y de distribución.

4. Escrito mediante el cual el licitante manifieste que cuenta con una página de rastreo con acceso a los clientes en la cual se pueden consultar

en tiempo real el estatus de todos y cada uno de los envíos realizados a nivel nacional e internacional, así como una aplicación de consulta del licitante, mediante la cual envíe a la Financiera las confirmaciones electrónicas de la entrega de sus envíos con firma digital del licitante.

5. Escrito mediante el cual se compromete en caso de resultar adjudicado a asignar un ejecutivo de cuenta con las facultades para tomar decisiones y resolver problemas que surjan con motivo de los servicios contratados, señalando que deberá estar equipado con los medios de comunicación -radio-localizador, celular, teléfono de oficina, correo electrónico-, etc., se deberá indicar en la propuesta el nombre del ejecutivo y números telefónicos; así como datos de contacto, en caso de emergencias.

6. El licitante deberá acreditar que ha proporcionado servicios con características similares, acreditándolo con hojas del contrato donde se establezca el número de contrato, objeto, vigencia y firmas, que se haya suscrito en un periodo no mayor a dos años contados a partir de la publicación de la presente convocatoria, adjuntando la carta de satisfacción del cliente de dicho contrato.

7. Escrito mediante el cual se compromete en caso de resultar adjudicado a presentar copia de la póliza de seguro contra robo, daños o extravío

de los envíos, destrucción o pérdida de la documentación o paquetería que reciba para su transportación y entrega, dentro de los 15 días naturales siguientes a la firma del contrato.

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ANEXO DOS

|36

ANEXO DOS: MODELOS DE CONTRATOS

MODELO DE CONTRATO PARA “LA SECRETARIA”

CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO C.XXX.2016, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE TURISMO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ LA “SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR ____________, EN SU CARÁCTER DE _____________________, CON LA INTERVENCIÓN CONJUNTA DE ________________, EN SU CARÁCTER DE _____________________ Y ______________, EN SU CARÁCTER DE _____________________; POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA “______________________”, REPRESENTADA POR EL/LA _____________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE/APODERADO(A) LEGAL, ADMINISTRADOR ÚNICO A QUIEN EN LO SUCESIVO, SE LE DENOMINARÁ EL “PROVEEDOR” Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE CONTRATO CUANDO ACTÚEN O SE DENOMINEN CONJUNTAMENTE LAS “PARTES”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

DECLARA LA SECRETARÍA POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES, QUE:

I.1 Es una dependencia del Ejecutivo Federal, con las atribuciones y facultades que le confieren los artículos: 1, 2 fracción I, 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley General de Turismo y demás disposiciones legales aplicables.

I.2 _______________ fue designado(a) como _______________, el _ de _______ de 201_, mediante nombramiento expedido por ______________, por lo que en ejercicio de las facultades conferidas conforme a lo dispuesto en el artículo _________ del Reglamento Interior de la Secretaria de Turismo y _____________del “ACUERDO por el que se delegan diversas facultades a los servidores públicos que se indican”, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 24 de enero de 2014 (en caso de que le aplique), cuenta con las facultades legales suficientes y necesarias para suscribir el presente instrumento.

I.3 La ______________ cuenta con los recursos correspondientes, según la Solicitud/Modificación de Suficiencia Presupuestaria número ____, del _ de

_____ de 201_, aprobada con número de Reserva _______, mismos que serán destinados para la contratación del “Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional”, en términos de lo dispuesto por el artículo 25, primer párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público.

I.4 El presente contrato se adjudicó mediante licitación pública, con fundamento en lo previsto en los artículos , , , de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público; al que se le asignó el número de procedimiento LA-021000999-E_-201_, a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet versión 5.0, para llevar a cabo la contratación del servicio de “(nombre del servicio)”, conforme a los términos, condiciones y características, que se establecen en el presente contrato y en el Anexo uno: Así mismo mediante Alta de solicitudes de autorización, emitida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, con folio electrónico número ______________, de fecha de impresión _ de _____ de 201_, se autoriza la presente contratación plurianual.

I.5 Se asignó al PROVEEDOR, la contratación para llevar a cabo el “Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional”, soportado

en el acta de fallo de fecha __ de _____ de 201_; y en el escrito de aceptación a dicha adjudicación, del PROVEEDOR de fecha __ de _____ de 201_.

I.6 Señala como domicilio para efectos de este contrato, el ubicado en Avenida Presidente Masarik número 172, Colonia Bosques de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11580, Ciudad de México; y refiere estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes con clave: STU750101H22.

I. DECLARA EL PROVEEDOR A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE/APODERADO(A), ADMINISTRADOR ÚNICO LEGAL, QUE:

II.1 Es una ____________________, legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, bajo la denominación “____________”, según consta en la escritura pública número _________, otorgada el _ de ____ de __, ante el Notario Público No. __ de ____, licenciado _______________ e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, bajo el folio mercantil No. _________.

II.2 El/La ___________, se identifica con credencial para votar emitida por el Instituto Federal Electoral, con número (el número que viene al reverso de la credencial), y acredita su carácter de ___________ de la empresa “_______________”, mediante escritura pública No. _____, de fecha _ de ______ de _____, pasada ante la fe del Notario Público No. _____ de ______, licenciado _______________________, en la que consta que se le otorgó poder general para, por lo que cuenta con las facultades suficientes para la suscripción del presente contrato y obligarse en sus términos.

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“Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional”

ANEXO DOS

|37

Asimismo, manifiesta que a la fecha esos poderes y facultades, no le han sido revocados, modificados, ni limitados en forma alguna, por lo que comparece a la celebración de este contrato, del cual conoce a la perfección su objeto, por lo que está enterado de las necesidades de la SECRETARÍA, y en condiciones de solventarlas oportunamente a través de su representada.

II.3 Tiene como objeto social, entre otras actividades: _____________________________________.

II.4 Cuenta con la capacidad técnica, los recursos humanos y financieros para la prestación de los servicios objeto del presente contrato.

II.5 Ante la solicitud de la SECRETARÍA, bajo protesta de decir verdad y mediante escrito de fecha _ de julio de 2014, suscrito por _____________, Representante/Apoderado(a) Legal, Administrador Único, manifiesta que su representada no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en las fracciones del artículo 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que no tiene impedimento legal alguno para celebrar el presente contrato.

II.6 Presentó la “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales”, expedida por el Servicio de Administración Tributaria, con número de folio _______________, del _ de ____ de 201_, en la cual se señala que en el momento en que se realizó la revisión, el PROVEEDOR se encontró al corriente con sus obligaciones relacionadas con la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes, la presentación de declaraciones y no se registraron créditos fiscales firmes a su cargo, por lo que se emitió la opinión Positiva. Lo anterior, en términos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, en relación con lo establecido en la Regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicada en el DOF el 23 de diciembre de 2015, y demás ordenamientos legales que sean aplicables. por lo que está al corriente de sus obligaciones fiscales. Asimismo presentó la opinión positiva del cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social, con número de folio ______________ de fecha __ de ____ de 2016, con base al Acuerdo del Consejo Técnico, relativo a las reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social.

II.7 De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, por escrito de fecha _ de ____ de 201_, manifiesta bajo protesta de decir verdad, que su empresa se ubica en el rango de una Empresa __________.

II.8 Señala como domicilio para efectos de este contrato, el ubicado en ______, número ____, Colonia _______, Delegación ________, ___________, C.P. ______, así como refiere contar con el Registro Federal de Contribuyentes con clave: ____________.

En virtud de las Declaraciones precedentes, las PARTES otorgan sus respectivos consentimientos, para establecer lo que consignan en las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO.- Durante la vigencia del presente contrato, el PROVEEDOR se obliga con la SECRETARÍA a proporcionar el “Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional”, conforme a los términos, condiciones y características que se establecen en el presente contrato y en el Anexo uno, los cuales debidamente firmados por las PARTES se integran al presente instrumento legal, para formar parte del mismo.

La prestación del servicio deberá realizarse y ejecutarse por el PROVEEDOR, de conformidad con lo determinado en el Anexo uno y en las Clausulas Séptima y Décima Novena y por ello, se obligan a atender oportunamente las observaciones que por escrito y para una mejor consecución del objeto de este contrato, le dé la SECRETARÍA por conducto del ENLACE que al efecto designa posteriormente.

SEGUNDA. VIGENCIA.- El PROVEEDOR se obliga a prestar el servicio objeto de este contrato, dentro de la vigencia, que comprenderá a partir del _ de ____ al _ de _____ de 201_.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 1807 y demás relativos del Código Civil Federal, las PARTES convienen en que los efectos de este contrato, quedaron formalizados en el momento en que la SECRETARÍA recibió del PROVEEDOR la aceptación de la contratación del servicio; por lo que aun cuando la vigencia del presente contrato corre a partir del __ de _____ de 201_, y las PARTES lo suscriben en fecha posterior, ambas establecen que sus recíprocos derechos y obligaciones, tienen efectos retroactivos desde la fecha que antes se señala como de inicio de la vigencia del contrato.

TERCERA. MONTO.- El importe que la SECRETARÍA cubrirá al PROVEEDOR como contraprestación por el servicio objeto de este contrato y durante su vigencia, será por la cantidad de $___,___.__ (Señalar la cantidad con letra pesos__/100 M.N.), el “PROVEEDOR” deberá considerar como importe para los Servicios: las siguientes cantidades: Un mínimo de $------------------.00 (------------------ pesos 00/100) M.N., incluido el Impuesto al Valor Agregado, y un Máximo de $--------------.00 (--------------------- pesos 00/100) M.N., incluido el Impuesto al Valor Agregado, que se pagarán, por Servicios devengados de conformidad con la “Propuesta Técnica y Económica”, ofrecida por el “PROVEEDOR”, y que se incorpora al presente Contrato como Anexo Dos, conforme a lo siguiente:

En consecuencia, ambas PARTES convienen que es fijo el precio de la cantidad total antes estipulada, hasta su total conclusión por lo que bajo ninguna circunstancia el PROVEEDOR podrá exigir mayor retribución que la cantidad total antes establecida, por los servicios que preste en cumplimiento del presente contrato.

CUARTA. FORMA DE PAGO.- La SECRETARÍA se obliga a pagar al PROVEEDOR el importe señalado en la cláusula anterior, sobre servicios devengados y dentro de los 20 días naturales contados a partir de la fecha en que sea entregada y aceptada la factura, a entera satisfacción de la SECRETARÍA, previa formalización del contrato y entrega de la garantía de cumplimiento.

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ANEXO DOS

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La SECRETARÍA rechazara cualquier documento de facturación o justificación de gastos de aquellos servicios que no estén debidamente reportados fundamentos y considerados con base a lo establecido en el presente contrato.

Las facturas que el PROVEEDOR expida a la SECRETARÍA, con motivo de los pagos que ésta le efectué, deberán entregarse para su trámite a la Dirección General de Administración, a través del ENLACE designado posteriormente, y deberán cumplir con los requisitos que establece el artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Si las facturas a que se refiere esta Cláusula, no se ajustan a lo antes establecido, la SECRETARÍA indicará por escrito al PROVEEDOR, los errores deficiencias que deberá corregir, dentro de los 3 (tres) días siguientes a su recepción, mismos que deberá corregir y presentar de nueva cuenta para reiniciar el trámite de pago y el término no implicará responsabilidad alguna para la SECRETARÍA, ni se computará para efectos del artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

QUINTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO.- El PROVEEDOR se obliga a obtener y entregar a la SECRETARÍA, una póliza de fianza para garantizar el cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivadas de este contrato, en acatamiento de las instrucciones que para el mejor cumplimiento del objeto del mismo le dé la SECRETARÍA, en términos de lo establecido en la Cláusula Séptima posterior y para garantizar la buena calidad de los servicios que preste, por lo que también responderá de la baja o mala calidad y defectos de los mismos, así como de los vicios ocultos. Dicha póliza de fianza deberá expedirse por una Institución de Fianzas de nacionalidad mexicana, especificando como beneficiaria a la Tesorería de la Federación, por un importe del 10% del monto total señalado en la Cláusula Tercera precedente (verificar), sin incluir el importe correspondiente al impuesto al valor agregado (IVA). Dicha fianza deberá ser expedida por una Institución de Fianzas de Nacionalidad Mexicana, a favor de la Tesorería de la Federación y a disposición de la Secretaría de Turismo; la cual deberá entregarse a la SECRETARÍA en un plazo máximo de 10 días naturales contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de firma de este instrumento jurídico y que ampare el periodo de su vigencia. Debiendo contener las especificaciones que se señalan a continuación:

i. Ser expedida a favor del de la SECRETARÍA. ii. Señalar la denominación o nombre del “PROVEEDOR”. iii. Indicar el importe total garantizado con número y letra. iv. Indicar el número, objeto y fecha del Contrato. v. Referir que se otorga para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo. vi. Que se otorga en términos del Contrato de referencia y sus anexos. vii. Que se otorga para responder del debido cumplimiento del Contrato garantizado y sus anexos, así como de cualquier responsabilidad

que resultare a cargo del fiado con motivo de la ejecución del mismo. viii. Que en caso de prórroga del Contrato, automáticamente la vigencia de la fianza se prorrogará en concordancia con dicha prórroga. ix. Que sólo podrá ser cancelada mediante aviso por escrito de la SECRETARÍA. x. Que la Institución Afianzadora acepta expresamente sujetarse a lo dispuesto por los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de las

Instituciones de Fianzas en vigor; para la efectividad de la presente garantía y por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

xi. Que la Institución Afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.

xii. Que permanecerá en vigor desde la fecha en que se expida, durante la vigencia del contrato y durante la substanciación de todos los recursos o juicios legales que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones.

El PROVEEDOR se obliga a mantener vigente la fianza, hasta que la SECRETARÍA le otorgue el finiquito del contrato por cumplimiento a todas sus obligaciones y ello lo comunique a la Tesorería de la Federación, para que proceda a ordenar su liberación. La fianza únicamente se podrá cancelar mediante comunicación escrita de la SECRETARIA. Por lo anterior, la fianza deberá garantizar el cumplimiento total de las obligaciones durante la vigencia del Contrato, así como con posterioridad al mismo, en el supuesto de quedar alguna obligación pendiente a consideración de la SECRETARIA. En el supuesto de que el monto originalmente pactado en el presente contrato se incremente, en un plazo máximo de 10 días naturales, el PROVEEDOR se obliga a solicitar y obtener de la institución que haya otorgado la fianza, el que ésta se incremente en la misma proporción; así como a entregarle a la SECRETARÍA el endoso de aceptación de esa institución de fianzas. En el contrato para la expedición sistemática de fianzas que el PROVEEDOR celebre con la afianzadora que se la otorgue y en la póliza de fianza que expida ésta, se deberá estipular que acepta obligarse a que la fianza estará vigente en sus términos, aun cuando la SECRETARÍA le otorgue prórrogas al PROVEEDOR o celebre convenios relativos al cumplimiento de sus obligaciones pactadas en el presente contrato, no obstante que éste o la SECRETARÍA hubieran omitido darle aviso del convenio respectivo y la Afianzadora por su parte no hubiera otorgado expresamente su consentimiento para su celebración; asimismo, se establecerá que la afianzadora expresamente renuncia a los beneficios que le concede el artículo 119 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y que ésta expresamente se somete al procedimiento de reclamación previsto en el artículo 95 de la invocada Ley y en su Reglamento.

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ANEXO DOS

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En términos de lo estipulado en la Cláusula Décima Octava de este contrato, se establece que en caso de que las PARTES convengan prorrogarlo en las mismas condiciones y a los mismos precios, conforme a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el PROVEEDOR se obliga a solicitar y obtener de la institución de fianzas que la haya otorgado, la expedición del endoso por el que acepte y garantice el cumplimiento de la ampliación del contrato, el cual entregará a la SECRETARÍA dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que el convenio modificatorio haya sido firmado por las PARTES, siempre y cuando la SECRETARÍA no haya hecho la reclamación de la garantía de cumplimiento a que esta cláusula se refiere. Las PARTES se obligan a que la vigencia de este contrato se prorrogará automáticamente por el tiempo que se requiera en el caso de que existiera alguna reclamación en contra del PROVEEDOR por parte de la SECRETARÍA, hasta que la reclamación mencionada quede resuelta, por lo que ello no implicará costo adicional alguno, ni ninguna responsabilidad para la SECRETARÍA. En caso de que las PARTES consideren convenir la prórroga del contrato y si la SECRETARÍA hubiese hecho reclamación de la fianza a la institución de fianzas otorgante, el PROVEEDOR se obliga a obtener una nueva fianza por el importe del monto acordado en la cláusula correspondiente del convenio modificatorio, en cuyo caso se obliga a entregar a la SECRETARÍA la póliza respectiva dentro de los 10 días siguientes a la fecha en que haya sido firmado por las PARTES dicho convenio. Una vez que el PROVEEDOR haya dado cabal cumplimiento a las obligaciones estipuladas en el presente contrato y a entregar a entera satisfacción del área usuaria los servicios, la SECRETARÍA procederá a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio a los trámites de cancelación de la garantía de cumplimiento del contrato. El texto de esta cláusula deberá aparecer en la póliza de fianza que expida la afianzadora que la otorgue, y deberá estarse también a lo establecido en el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. SEXTA. OBLIGACIONES FISCALES.- Cada parte se obliga a dar cumplimiento a las obligaciones fiscales y tributarias que les correspondan y que se encuentren en vigor a la fecha de su exigibilidad. SÉPTIMA. SUPERVISIÓN.- La SECRETARÍA supervisará y vigilará a través del ENLACE que designe, que los servicios objeto del presente instrumento se le estén prestando en los términos establecidos y, en consecuencia, podrá dar al PROVEEDOR las instrucciones escritas que estime convenientes para una mejor ejecución de los servicios, a efecto de que se ajuste a las necesidades, requerimientos, características y especificaciones relativas que le establezca la SECRETARÍA y sin que ello implique modificaciones a las obligaciones del PROVEEDOR. Hasta en tanto no se lleve a cabo la verificación de las especificaciones y aceptación de los servicios por parte de la SECRETARÍA, el PROVEEDOR está de acuerdo que estos no se tendrán por aceptados, de conformidad con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 84 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el PROVEEDOR acepta y conviene que en cualquier tiempo la Secretaría de la Función Pública podrá verificar que los servicios se presten conforme a lo establecido por la Ley mencionada o en otras disposiciones aplicables, y por tanto, la Secretaría de la Función Pública podrá realizar las visitas e inspecciones que considere necesarias al PROVEEDOR, así como éste deberá mostrarle la documentación, datos e informes, que se le soliciten y se relacionen con este contrato. La SECRETARÍA sólo recibirá los servicios objeto del presente contrato, si los mismos hubiesen sido proporcionados conforme a los términos establecidos al efecto, en el presente contrato y su Anexo uno, así como a las modificaciones que por ajustes a las características y especificaciones, en su caso las PARTES convengan, por lo que en caso de incumplimiento a ello, la SECRETARÍA procederá a hacer efectiva la garantía de cumplimiento estipulada en la Cláusula Quinta que antecede. OCTAVA. GARANTÍA DE SERVICIOS.- El PROVEEDOR garantiza que la prestación de los servicios objeto del presente contrato, los realizará en forma óptima y oportuna, así como de manera ininterrumpida durante su vigencia, a la entera satisfacción de la SECRETARÍA, conforme a las características señaladas en el Anexo uno de este contrato. El PROVEEDOR garantiza que responderá de los defectos y vicios ocultos de los bienes y de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que pudiera incurrir, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. NOVENA. SUSPENSIÓN.- Cuando en la prestación del servicio se presente caso fortuito o fuerza mayor, la SECRETARÍA podrá suspender la prestación del servicio, sin que ello implique la terminación del mismo, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados.

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ANEXO DOS

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Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a la SECRETARÍA, previa petición y justificación del PROVEEDOR, ésta reembolsará al PROVEEDOR los gastos no recuperables que se originen durante el tiempo que dure esta suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 55 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En cualquiera de los casos previstos en este artículo, tanto la SECRETARÍA como el PROVEEDOR pactarán el plazo de suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del contrato, o bien, una vez que haya desaparecido la causa que motivó la suspensión, el contrato podrá volver a producir sus efectos legales. La suspensión de la prestación de servicios que se refiera a caso fortuito o de fuerza mayor, se sustentará mediante dictamen que precise las razones o las causas justificadas que den origen a las mismas, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 102 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DÉCIMA. TERMINACIÓN ANTICIPADA.- La SECRETARÍA se reserva el derecho de terminar anticipadamente el presente contrato sin responsabilidad para ella, cuando concurran razones de interés general como podría ser el que no tuviera disponibilidad presupuestal o los recursos presupuestarios fueran insuficientes, o que ocurriera una variación en la asignación presupuestal por la conformación y monto del presupuesto que aprobara el Poder Legislativo para realizar el objeto del presente contrato, durante su vigencia; o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o cuando se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, sin responsabilidad alguna para la SECRETARÍA y mediante dictamen, ésta sustentará tales razones o las causas justificadas que dieron origen a la misma, así como en su caso, en estos supuestos la SECRETARÍA rembolsará al PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con este contrato. Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a hacer la devolución a la SECRETARÍA, a más tardar el tercer día hábil siguiente al de la fecha de notificación de la terminación, de los recursos aún no amortizados que de ella tuviere en su poder, en razón de que se le hubiesen hecho pagos en demasía, los cuales deberá reintegrar junto con el importe de las penas convencionales en que a esa fecha se hubiera hecho acreedor el PROVEEDOR y que aún no hubiera pagado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Si el PROVEEDOR incurriera en mora en la entrega de los recursos, servicios o derechos, a que se refiere el párrafo que antecede, pagará a la SECRETARÍA intereses que se calcularán conforme el procedimiento establecido en la Ley de Ingresos de la Federación, como si se tratara de la tasa de recargos por prórroga para el pago de créditos fiscales, los cuales se aplicarán sobre las cantidades no pagadas y se computarán por días naturales desde que venció el plazo antes establecido, hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de la SECRETARÍA, como se establece en el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y correlativos aplicables del Reglamento de la Ley invocada. En el supuesto de que cuando ocurriera alguna de las hipótesis establecidas en los párrafos que anteceden y la SECRETARÍA tuviera algún adeudo pendiente con el PROVEEDOR, en virtud de los efectos de este contrato y éste a su vez adeudara alguna cantidad derivada de la aplicación de penas convencionales a que se hubiera hecho acreedor y, en su caso, de los intereses moratorios de éstas, por su falta de pago oportuno o por cualquier otro concepto; las PARTES otorgan su consentimiento para que la SECRETARÍA realice el cálculo y aplique la compensación de ambos adeudos, a fin de que a quien le resulte saldo a favor, lo reciba a la brevedad. El procedimiento para la terminación anticipada del presente contrato, se llevará a cabo mediante notificación por escrito que la SECRETARÍA le realice al PROVEEDOR, contando previamente con la justificación de la unidad administrativa responsable de la contratación, conforme a lo previsto en el artículo 54 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 102 de su Reglamento. DÉCIMA PRIMERA. CESIÓN DE DERECHOS.- El PROVEEDOR se obliga a no ceder o a transmitir de manera alguna a terceras personas, físicas o morales, sus derechos y obligaciones derivados de este contrato. La transmisión por cualquier acto jurídico de los derechos de cobro por la prestación de los servicios objeto de este contrato, requerirá de previo consentimiento por escrito de la SECRETARÍA y de la Institución que le otorgó la fianza. DÉCIMA SEGUNDA. NULIDAD.- Las PARTES establecen que si resultare falsa, total o parcialmente, la manifestaciones hechas por el PROVEEDOR en sus Declaraciones, tendrá como consecuencia la nulidad de este contrato, en términos de lo dispuesto por los artículos 1940, 1941 y demás relativos del Código Civil Federal; lo anterior, sin perjuicio de las sanciones que en su caso correspondan, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. DÉCIMA TERCERA. RELACIONES LABORALES.- El presente Contrato no pretende crear, y nada de lo en él previsto debe interpretarse en el sentido que crea, una relación jurídica de representación o asociación, una relación laboral, de patrón y empleado o socio o asociado, joint venture o de cualquier otra forma distinta a lo específicamente señalado en el presente Contrato entre “LA SECRETARÍA” y el “PROVEEDOR”.

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ANEXO DOS

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El PROVEEDOR se obliga a asumir todas las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y de seguridad social, así como a responder de cualquier controversia o litigio que en lo sucesivo sus trabajadores o empleados, sin importar la naturaleza de la relación laboral (de planta, de confianza, eventual, por tiempo determinado, por obra determinada, etc.); presenten en su contra o en contra de la propia SECRETARÍA y en caso de que por laudo ejecutoriado, ésta fuera condenada a pagar o indemnizar a alguien, el PROVEEDOR dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha en que la SECRETARÍA le haga de su conocimiento el requerimiento de que haya sido objeto de la ejecución, se obliga con ésta a proporcionarle los recursos líquidos necesarios para cumplimentar el laudo relativo. El PROVEEDOR en todo lo relacionado con la prestación de los Servicios se considerará como un contratista independiente y no un empleado de la SECRETARIA, y nadie que pertenezca al personal del PROVEEDOR estará facultado para recibir cualquier tipo de compensación, beneficios o cualquier otra percepción o prestación otorgada a los empleados de la SECRETARIA. El PROVEEDOR será responsable de todo tipo de impuestos y otros gastos surgidos de la relación de contratista independiente o de empleo entre “a SECRETARIA y su personal y de la prestación de los Servicios bajo este Contrato por dicho personal, así como de todas las obligaciones y responsabilidades patronales en materia fiscal, laboral y de seguridad social (incluyendo, sin limitar, las afiliaciones, bajas y aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y las de Sistemas de Ahorro para el Retiro), manifestando que cuenta con recursos suficientes y propios para cumplir con dichas obligaciones y responsabilidades, motivo por el cual la SECRETARIA se obliga a sacar en paz y a salvo a LA SECRETARÍA de cualquier conflicto individual de trabajo que en contra de este último instauren dichas personas en relación con el trabajo que las mismas desempeñen para el PROVEEDOR, así como de cualquier requerimiento y/o emisión de créditos por parte del IMSS en contra de la SECRETARIA. Asimismo, el PROVEEDOR se obliga a reembolsar dentro de las 24 horas siguientes a que lo solicite la SECRETARIA, cualquier cantidad que éste tuviere que erogar en relación con cualquier conflicto, incluyendo sin limitar honorarios razonables de abogados o cualquier cantidad que la SECRETARIA se viere obligado a erogar por virtud de laudo ejecutoriado o indemnización laboral. Las PARTES expresamente reconocen que, en virtud de que los recursos del PROVEEDOR en ningún momento estarán bajo la dirección de la SECRETARIA, no estarán obligados a presentar la información a que se refiere el artículo 15-A de la Ley del Seguro Social. Además, el PROVEEDOR no podrá contratar con terceros la prestación total o parcial de los Servicios objeto del presente Contrato, y por lo tanto, será la única responsable ante la SECRETARIA por la prestación de los Servicios en los términos aquí establecidos. DÉCIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES.- Durante la vigencia del presente contrato, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 81, fracción VII, 86 y 91 de su Reglamento, la SECRETARÍA podrá imponer penas convencionales al PROVEEDOR, por atraso en la prestación del servicio o deducciones por incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respectivamente. La SECRETARÍA podrá optar entre promover su rescisión o exigir el cumplimiento del mismo, sin necesidad de intervención judicial al efecto. 1. Las penas convencionales se aplicarán por la SECRETARÍA, cuando el PROVEEDOR incurra en retraso en el cumplimiento oportuno de la

prestación del servicio, en cuyo se aplicará un porcentaje del 1% por cada día natural de retraso sobre el valor de los Servicios no prestados a tiempo y hasta por el 10% del monto total de los servicios no prestados oportunamente.

2. Las deducciones se aplicarán cuando el PROVEEDOR incurra en incumplimiento parcial o deficiente en la prestación del servicio conforme a los

requerimientos de calidad, contenidos y especificaciones técnicas señaladas en el contrato y su Anexo uno.

3. Para aplicar las penas convencionales a que se refiere esta Cláusula, la SECRETARIA le formulará una notificación por escrito a el PROVEEDOR, que le será entregada mediante correo certificado o entrega personal en su domicilio con acuse de recibo, con efectos de requerimiento, en la que señalará el incumplimiento en que haya incurrido y las penas convencionales a que se ha hecho acreedor. el PROVEEDOR en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la recepción del requerimiento, deberá subsanar su incumplimiento, manifestando en su caso, lo que a su derecho convenga. Hecho lo anterior, la SECRETARIA resolverá aplicando, en su caso, las penas convencionales que correspondan, las cuales deberán ser comunicadas a el PROVEEDOR mediante escrito fundado y motivado, en el que se le requerirá que en un plazo no mayor a diez días hábiles presente nota de crédito, la que se le descontará en las facturas pendientes de pago.

4. Si persiste el incumplimiento por parte del PROVEEDOR, o bien una vez que se hubiere agotado el monto límite de aplicación de penas

convencionales, la SECRETARIA podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente instrumento, conforme a lo previsto en la Cláusula Décima Sexta.

Para el supuesto de las deducciones el límite de incumplimiento será hasta por dos ocasiones, y hasta por un máximo del 5% en cada vez, cuando el PROVEEDOR no cumpla con el plazo establecido, a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente los conceptos no entregados, o bien rescindir el contrato en los términos de lo establecido en la Cláusula Décima Quinta del presente instrumento. Los montos a deducir se deberán aplicar en la factura que el PROVEEDOR presente para su cobro, una vez que el área usuaria haya cuantificado la deducción correspondiente.

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ANEXO DOS

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Las penas convencionales se aplicarán con base en la parte proporcional de la garantía de cumplimiento del monto total del presente contrato. La aplicación de las penas convencionales y deducciones no son excluyentes la una de la otra, esto es, pueden aplicarse simultáneamente y no excederán en su conjunto al monto de la fianza de garantía de cumplimiento; por lo tanto, no serán acumulativas, para los efectos de la rescisión administrativa prevista por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y el artículo 98 de su Reglamento. Además de las anteriores sanciones mencionadas, serán aplicables las estipuladas en el artículo 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y en el artículo 109 de su Reglamento. Las penas convencionales serán determinadas por la SECRETARÍA, por conducto del ENLACE designado en este contrato por el área usuaria, en función de los servicios no prestados oportunamente o por incumplimiento parcial o deficiente. Para efectos de lo anterior, el área usuaria responsable de la contratación, implementará un formato o registro en el que se establezcan los periodos en los cuales se ha cumplido con las obligaciones contraídas por el PROVEEDOR, así como las que no llegare a cumplir; por lo cual tendrá que establecer una bitácora o registro que deberá ser firmada tanto por el ENLACE referido en la Cláusula Décima Novena del presente contrato, como por el PROVEEDOR, por lo que en el supuesto caso de detectar un incumplimiento durante el periodo que transcurra, se tomará como un servicio no realizado y se descontará de la factura correspondiente, el 100% del precio unitario del servicio de que se trate. En el supuesto de persistir en el incumplimiento del contrato por parte del PROVEEDOR, se observará lo estipulado en los párrafos tercero y cuarto de la presente cláusula y se aplicará en lo conducente el procedimiento para la aplicación de las penas convencionales señalado a continuación: En caso de que el PROVEEDOR se atrase en el cumplimiento de la prestación del servicio, la SECRETARÍA por conducto del ENLACE designado en este contrato por el área usuaria, le girará oficio con efectos de notificación, informándole en qué consiste el retraso o el incumplimiento que lo motiva, asimismo, le requerirá a efecto de que cumpla de inmediato con sus obligaciones en caso de que haya incurrido en retraso, o bien, a efecto de que corrija el incumplimiento, señalando detalladamente éste e indicando la fecha en que se inició el incumplimiento y por lo cual se hará acreedor a la aplicación de la pena convencional pactada. Dentro de las 24 horas siguientes a que el PROVEEDOR reciba el citado oficio de notificación, deberá corregir su retraso o dar debido cumplimiento a las obligaciones reclamadas o bien, si considera que no ha incurrido en el incumplimiento que se le imputa, manifestará por escrito lo que a su derecho convenga, aportando las pruebas relativas y solicitando día y hora para la celebración de una reunión con el ENLACE o área usuaria, para dirimir las diferencias, misma que se llevará a cabo a más tardar dentro de las 48 horas siguientes de haber recibido la SECRETARÍA el escrito del PROVEEDOR en que niegue el incumplimiento y presente pruebas de ello, por lo que de determinarse que no existe incumplimiento por parte del PROVEEDOR, el mencionado ENLACE representante de la SECRETARÍA, establecerá que queda sin efecto dicho oficio de notificación de incumplimiento, levantándose al efecto el Acta Administrativa. En caso de que el PROVEEDOR no desacredite el imputado incumplimiento de las obligaciones señaladas en el oficio de notificación y requerimiento que se le hizo llegar, dentro de un plazo de 72 horas a partir de que se haya efectuado la reunión a que se refiere el párrafo anterior, el ENLACE o el área usuaria dirigirá oficio a la Dirección General de Administración, solicitando le aplique la pena convencional, atendiendo a los criterios de imposición que establece el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, al que adjuntará fotocopia del aludido oficio de notificación del incumplimiento al PROVEEDOR, de la indicada Acta Administrativa de la reunión y, en su caso, del Acta Administrativa Circunstanciada que previamente y con motivo del incumplimiento, se haya elaborado. De los citados documentos se marcará copia al Órgano Interno de Control en la SECRETARÍA y a la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA, para su conocimiento y efectos procedentes. Ninguna actuación podrá ser invalidada, si al PROVEEDOR se le concedió su derecho de audiencia cuando fuese oportuna y legalmente citado a comparecer al acto de que se trate, y sin causa justificada no hubiera comparecido a la respectiva reunión, a expresar lo que a su derecho convenga. Al efecto, la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA, girará oficio de requerimiento del pago del importe de la pena convencional impuesta al PROVEEDOR, señalando su importe hasta esa fecha, fundándolo en esta cláusula y motivándolo en el incumplimiento en que incurrió, en términos del contenido del citado artículo 53 de la Ley invocada, otorgándole un plazo de tres 3 días hábiles para hacer el pago, contado a partir del día siguiente de la fecha en que sea recibido dicho requerimiento por el PROVEEDOR, al cual le acompañará fotocopias de los documentos que la mencionada área usuaria le anexó a su oficio de solicitud para la aplicación y cobro de esa pena convencional. El pago antes establecido lo deberá hacer el PROVEEDOR, mediante la entrega de cheque certificado o de caja a nombre de la Tesorería de la Federación, en el domicilio que la SECRETARÍA determinó para efectos del presente contrato, en la Declaración que precede. La pena convencional se continuará causando y procederá su aplicación, hasta en tanto el PROVEEDOR no haya cumplido fielmente con sus obligaciones, por lo que en caso de que el monto máximo de la pena convencional se agotara hasta el 10%, la SECRETARÍA podrá ejercer el derecho que le otorga el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y el artículo 98 del Reglamento de la Ley antes citada, para rescindir administrativamente este contrato.

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ANEXO DOS

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De conformidad con lo previsto en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, en caso de un cumplimiento parcial o deficiente de los Servicios por parte de EL PROVEEDOR respecto a los conceptos que integran el presente Contrato, la SECRETARIA aplicará a EL PROVEEDOR deductivas al pago del Servicio, de conformidad con lo siguiente:

i. Por el retraso en la comprobación de los Servicios prestados, se aplicará una deducción al pago del 0.5% (cero punto cinco por ciento) diario por cada día hábil de retraso sobre el valor de los servicios no comprobados a tiempo, sin incluir el impuesto al valor agregado.

ii. Pena deductiva correspondiente al 1% (uno por ciento) del monto total de los honorarios mensuales del PROVEEDOR por reporte no entregado.

Las deducciones económicas a las cuales se hace referencia en este apartado, en ningún momento podrán ser superiores al 10% (diez por ciento) del monto máximo del presente acuerdo de voluntades. Para aplicar las deducciones al pago a que se refiere esta Cláusula, la SECRETARIA, seguirá el procedimiento descrito para la aplicación de penas convencionales referido en esta Cláusula. La aplicación de las penas convencionales y deducciones convenidas por las PARTES, es independiente del derecho de la SECRETARÍA para solicitar se haga exigible la fianza otorgada por el PROVEEDOR en garantía del cumplimiento de este contrato, por lo que después de agotado el monto de la fianza se rescindirá el contrato sin responsabilidad alguna para la SECRETARÍA, conforme a lo previsto en el artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el que se prevé que el pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el PROVEEDOR deba efectuar por concepto de penas convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas, al hacer efectiva la garantía de cumplimiento. El anterior procedimiento convencional no requerirá de previa reclamación judicial, para obtener el pago de las penas convencionales aplicables al PROVEEDOR y en las que llegare a incurrir por el incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Ambas PARTES reconocen y aceptan que las penas convencionales y deducciones que aquí se pactan, se ajustan a lo dispuesto por los artículos 53 y 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que sus firmas en el presente contrato, implicará su aceptación y sometimiento expreso al procedimiento convencional estipulado anteriormente y en términos del artículo 11 del ordenamiento invocado, convienen en aplicar supletoriamente lo dispuesto por los artículos 1840, 1844, 1846 y demás relativos del Código Civil Federal. DÉCIMA QUINTA. CAUSAS DE RESCISIÓN.- La SECRETARÍA podrá rescindir administrativamente el presente contrato, sin responsabilidad alguna para ella y sin la necesidad de intervención judicial, conforme a las causas que de manera enunciativa más no limitativa, a continuación se enumeran: 1) Si el PROVEEDOR no presta oportunamente los servicios dentro de los periodos convenidos y conforme a los términos y especificaciones

establecidos en este contrato y su Anexo uno;

2) Si el PROVEEDOR incurre en incumplimiento parcial o deficiente respecto del servicio derivado de este contrato, así como conforme a los términos establecidos en éste y su Anexo uno;

3) Si el PROVEEDOR suspende injustificadamente los servicios; 4) Por incumplimiento del PROVEEDOR a cualquiera de los términos, características, condiciones y demás obligaciones derivadas de este

contrato y su Anexo uno; 5) Cuando no corrija, modifique, sustituya, ejecute o cumplimente el objeto del presente contrato, de los servicios que la SECRETARÍA no

acepte y que por deficientes se le hayan rechazado;

6) Cuando se agote el límite de penas convencionales.

7) Si el PROVEEDOR no otorga las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los Servicios;

8) Si el PROVEEDOR proporciona información falsa y/o actúa con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en la celebración del contrato o durante su vigencia;

9) En caso de que la autoridad competente declare al PROVEEDOR en concurso mercantil o exista alguna situación que afecte su patrimonio,

en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones.

10) Por contravenir los términos y condiciones del presente Contrato o de las disposiciones de la ley, su reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.

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ANEXO DOS

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11) Por otras causas previstas en las disposiciones legales aplicables.

En caso de rescisión, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. En caso de que la SECRETARÍA rescinda el contrato se le podrá adjudicar a la empresa que haya presentado la segunda propuesta económica más baja de las que participaron en dicho procedimiento, siempre que no exceda del 10% del precio ofertado por la primera y su propuesta se considere solvente. DÉCIMA SEXTA. PROCEDIMIENTO PARA LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, si el PROVEEDOR incurre en alguna de las causas previstas en la cláusula anterior o en el incumplimiento de sus obligaciones, la SECRETARÍA podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, conforme al procedimiento siguiente:

I. Se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes;

II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, la SECRETARÍA contará con un plazo de 15 días naturales para resolver considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer el PROVEEDOR;

III. La determinación de rescindir o no el contrato, deberá estar debidamente fundada, motivada y comunicada al PROVEEDOR, dentro de los

15 días naturales a que refiere la fracción II de esta Cláusula; y,

IV. Cuando se rescinda el contrato se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar la SECRETARÍA por concepto del cumplimiento de los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.

En caso de iniciar un procedimiento de conciliación, en los términos que señala la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la SECRETARÍA bajo su responsabilidad, podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión. La Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales, dependiente de Dirección General de Administración de la SECRETARIA, efectuará una conciliación con el PROVEEDOR para tal efecto, para la cual realizará las siguientes actividades:

i. Revisión de facturas pagadas; ii. Revisión de factura pendientes de pago; iii. Revisión de facturas en trámite; y iv. Saldo pendiente de pago conforme al presupuesto asignado en el Contrato.

La Dirección General Adjunta de Recursos Materiales y Servicios Generales,, dependiente de ------------------------- de la SECRETARIA, conjuntamente con el “PROVEEDOR”, realizará una reunión en la que se levantará una Acta de entrega de los Servicios objeto del Contrato, así como del no adeudo de los pagos, misma que se turnará para conocimiento de la Dirección de Recursos Financieros, con la copia de las conciliaciones a que se refiere la presente Cláusula. Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se hiciere la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de la SECRETARÍA de que continúa vigente la necesidad de los mismos aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes. La SECRETARÍA podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que dicha rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, deberá elaborar un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes. Al no dar por rescindido el contrato, la SECRETARÍA establecerá con el PROVEEDOR un plazo de 20 días hábiles a efecto de que subsane el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. Conforme a lo establecido en la cláusula Décima Cuarta, la SECRETARÍA podrá efectuar deducciones al pago de los servicios con motivo del incumplimiento parcial o deficiente en que pudiera incurrir el PROVEEDOR respecto a los conceptos que conforman el contrato, estableciéndose como límite del incumplimiento hasta por dos ocasiones a partir del cual se podrán cancelar total o parcialmente los conceptos no entregados, o bien tendrá el derecho de rescindir el contrato en los términos del artículo 54 de la Ley mencionada.

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ANEXO DOS

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En caso de que se determine la rescisión administrativa de este contrato, la SECRETARÍA en función del interés público y para evitar mayores quebrantos patrimoniales al Estado, podrá contratar con un tercero, la prestación de los servicios objeto del mismo. Cuando por motivo del atraso en la prestación de los servicios o el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que hubiere sido adjudicado el presente contrato, la SECRETARÍA podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo modificarse la vigencia del contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley referida, se considerará nulo. Cuando la SECRETRIA determine no dar por rescindido el Contrato, porque ello le ocasione algún daño o afectación mayor, el establecimiento de otro plazo para subsanar el incumplimiento será sin defecto de la aplicación de las penas a las que se hubiera hecho acreedor el “PROVEEDOR” por incumplimiento. La firma de las PARTES en el presente contrato, implicará su aceptación y sometimiento expreso al procedimiento de rescisión administrativa estipulado anteriormente. DÉCIMA SÉPTIMA. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR.- El incumplimiento a lo establecido en el presente contrato, originado por caso fortuito o fuerza mayor, no será causa de responsabilidad contractual para ninguna de las PARTES, por lo tanto ambas tendrán derecho a suspender las obligaciones contenidas en este contrato, previa notificación por escrito, y reanudará sus efectos una vez que cese la causa que motivó la suspensión, lo cual también notificará por escrito, al menos que sea definitiva. Asimismo, las PARTES convienen en apego a lo consagrado en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, que previo al vencimiento de la fecha de cumplimiento estipulada originalmente, a solicitud expresa del PROVEEDOR o de la SECRETARÍA, y por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a la SECRETARÍA, las PARTES podrán modificar el contrato a efecto de prorrogar la fecha para la prestación de los servicios. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no dando lugar a la aplicación de las penas convencionales por atraso del PROVEEDOR. En el supuesto de que el PROVEEDOR solicite la prórroga establecida en el párrafo anterior y no la obtenga porque la causa le sea imputable, se hará acreedor a la aplicación de las penas convencionales o deducciones de pago establecidas en la cláusula Décima Cuarta. DÉCIMA OCTAVA. MODIFICACIONES AL CONTRATO.- Cualquier modificación a los derechos y obligaciones de las PARTES derivados del presente contrato, la deberán convenir y formalizar por escrito; por lo que cualquier modificación en contrario, no surtirá efecto alguno entre las PARTES. Las PARTES convienen en que se podrá ampliar el monto pactado en la Cláusula Tercera de este contrato o la cantidad de servicios, siempre y cuando dicha ampliación no rebase en conjunto el 20% del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente en este contrato y el precio de los servicios sea igual al pactado originalmente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, mediante la celebración del Convenio Modificatorio correspondiente. Esta modificación sólo podrá llevarse a cabo cuando ocurra antes del vencimiento de la vigencia de este contrato y se cuenten con los recursos presupuestarios para el ejercicio en que se vayan a ejercer y, en su caso, se obtenga previamente la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. DÉCIMA NOVENA. ENLACES PARA EJECUCIÓN DEL CONTRATO.- Las PARTES designan como enlaces responsables de la ejecución del presente contrato, a los siguientes: Por parte de la SECRETARÍA: Al/La Titular de la _________________. Por parte del PROVEEDOR: El/La __________________, Representante/Apoderado(a) Legal, Administrador Único. VIGÉSIMA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento de este contrato, las PARTES voluntaria y expresamente se someten al ámbito de las leyes federales, así como a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, por lo que de igual manera renuncian a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su domicilio presente o futuro. VIGÉSIMA PRIMERA.- CONFIDENCIALIDAD.- Conforme a lo dispuesto en los artículos 13, fracciones IV y V, 14, fracciones III, IV y VI, y 18 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la información que le sea proporcionada al PROVEEDOR está clasificada como confidencial y reservada, en virtud de contener, entre otros, datos personales de los servidores públicos que integran la estructura orgánica de la SECRETARÍA, así como información sobre expedientes administrativos sujetos al proceso deliberativo de los servidores públicos, y en virtud de su propia y especial naturaleza. El PROVEEDOR se obliga a mantener la confidencialidad de los documentos y la información ya existentes que le sean proporcionados para realizar sus labores de asesoría, y de los que resulten de la prestación de sus servicios. Asimismo, se obliga a no entregar bajo ninguna circunstancia a

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ANEXO DOS

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persona ajena a la SECRETARÍA datos, documentos o información en los que obre información clasificada relacionada con la SECRETARÍA y el presente contrato, con excepción de los datos e informes que en su caso se le requieran, en apego a lo previsto por el artículo 57, tercer párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El PROVEEDOR se obliga a devolver a la SECRETARÍA íntegramente, y sin alteraciones la información que haya recibido de ésta para la consecución del objetivo de la reestructura organizacional de la SECRETARÍA. Finalmente El PROVEEDOR asumirá la responsabilidad total en caso de que al prestar los servicios a la SECRETARÍA, infrinja Patentes, Marcas, viole Registros de Derechos de Autor, o cualquier otro ordenamiento durante la ejecución del servicio. Si el PROVEEDOR incumple con la obligación de guardar confidencialidad y reserva, éste se obliga a reparar los daños y a indemnizar por los perjuicios que por ello cause a la SECRETARÍA, o a cualquier otro tercero. La obligación de confidencialidad a que se refiere la presente Cláusula no será aplicable en los siguientes supuestos:

i. Si la información considerada como confidencial pasa a ser del dominio público, antes o después de la firma del presente instrumento por causa distinta al incumplimiento del PROVEEDOR a lo establecido en la presente Cláusula;

ii. Si la información es divulgada por un tercero quien no tenga obligación de confidencialidad alguna derivada del presente Contrato; iii. Si la información es solicitada por cualquier autoridad mediante el mandamiento judicial que corresponda; o iv. Si la información es solicitada de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Gubernamental. Independientemente de lo establecido en la presente Cláusula, y sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro derecho o acción que pudiere corresponderle, las PARTES manifiestan que conocen y saben de las penas en que incurre una persona por revelación de secretos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 213 del Código Penal para el Distrito Federal, así como a las sanciones establecidas en el artículo 223 fracciones IV, V y VI de la Ley de la Propiedad Industrial. En caso de terminación, anticipada o no, del presente Contrato, el PROVEEDOR deberá devolver a la SECRETARIA los instrumentos u objetos que incorporan dicha Información Confidencial a más tardar 5 días hábiles después de la terminación del Contrato. VIGÉSIMA SEGUNDA. DESAVENENCIA.- En caso de desavenencia debidamente acreditada derivada del presente contrato o relacionada con él, las PARTES se comprometen a discutir y considerar las medidas que estimen pertinentes para llegar a un acuerdo mutuo; de no llegar a éste, las PARTES podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública la solicitud de conciliación, conforme a lo establecido en el artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

UNA VEZ QUE LAS PARTES LEYERON Y ENTENDIERON EL CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL DEL PRESENTE CONTRATO, MANIFIESTAN SU CONFORMIDAD CON EL MISMO, POR LO QUE PARA CONSTANCIA LO SUSCRIBEN Y FORMALIZAN EN ORIGINAL POR QUINTUPLICADO, EN CIUDAD DE MÉXICO, EL DÍA _ DE _____ DE 201_; QUEDÁNDOSE UN EJEMPLAR EN PODER DEL PROVEEDOR Y LOS DEMÁS EN PODER DE LA SECRETARÍA, PARA QUE REALICEN EL ADECUADO SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS EFECTOS DEL PROPIO CONTRATO.

POR LA SECRETARÍA

POR EL PROVEEDOR

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN FORMAN PARTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Nº _____, CELEBRADO POR EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE TURISMO Y LA EMPRESA “________________”, Y CONSTA DE VEINTIDÓS CLÁUSULAS.

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ANEXO DOS

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MODELO DE CONTRATO PARA EL CONSEJO.

CONTRATO ABIERTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO 00/2016, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL CONSEJO

DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V., (“EL CONSEJO”), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL M.A. RAÚL

GONZÁLEZ VALADEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN

INTERNACIONAL Y REPRESENTANTE LEGAL, Y POR LA OTRA, LA EMPRESA --------------------------- (EL“PROVEEDOR”); Y

CONJUNTAMENTE CON “EL CONSEJO”, (LAS “PARTES”), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. -----------------------------

--, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I. Declara “EL CONSEJO”, que:

I.1 Es una empresa de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública Federal, constituida mediante Escritura

Pública Número 39,873, de fecha 11 de octubre de 1999, pasada ante la fe del Notario Público Número 32 del Distrito Federal,

Licenciado Francisco Jacobo Sevillano González, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el folio

mercantil número 257,243, de fecha 9 de diciembre de 1999; con las atribuciones y facultades que le confieren los artículos

38 a 41 de la Ley General de Turismo; que tiene dentro de su objeto social el relativo a operar campañas de promoción

turística a nivel nacional e internacional, y celebrar todos los actos y contratos necesarios para el cumplimento de sus fines.

I.2 El M.A. Raúl González Valadez acredita su personalidad con el testimonio del Poder Notarial Número 60,132, de fecha 11 de

marzo de 2013, pasado ante la fe del Notario Público Número 32, del Distrito Federal, Lic. Francisco Jacobo Sevillano

González, por lo que cuenta con las facultades legales para representar a “EL CONSEJO” en actos de administración,

mismas que no le han sido revocadas o limitadas de forma alguna.

I.3 Firma el presente Contrato de prestación de Servicios (el “Contrato”) en su carácter de Director General Adjunto de

Administración y Coordinación Internacional de conformidad con el artículo 45, fracciones XVI y XXIX del Estatuto Orgánico

del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., designando para su administración y verificación al C.P. Salvador

Domínguez Díaz, Director Ejecutivo de Administración y Finanzas de “EL CONSEJO”, conforme a lo previsto en el penúltimo

párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

I.4 Este Contrato se adjudicó mediante Dictamen, emitido por “EL CONSEJO” el día ----- de -------- de 2015, con No. de oficio:

DRM/---------/2015, en el procedimiento de Licitación Pública Consolidada Nacional Consolidada No. LA-021W3J001-N__-

2016, relativa al Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional e Internacional., con fundamento en los artículos 26,

fracción II, 26 bis, fracción II, 27, 28 fracción I, 42, 43 y 47 de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector

público y demás relativos de su reglamento, procedimiento que se incorpora al presente Contrato como Anexo Uno, formando

parte integral del mismo.

I.5 Cuenta con la asignación presupuestaria y con la disponibilidad de recursos suficientes para el pago de los Servicios objeto

de este Contrato, conforme a la Requisición de Compra con número de folio ----- emitida por “EL CONSEJO” así como con la

“Comunicación Oficial del Presupuesto de Egresos de la Federación y Calendarios para el ejercicio fiscal 2015”, emitida por

la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio No. 307-A.-4797 de fecha 17 de diciembre de 2014.

I.6 Su Registro Federal de Contribuyentes es CPT-991022-DE7 y, tiene su domicilio ubicado en Viaducto Miguel Alemán 105,

Colonia Escandón, Código Postal 11800, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

II. Declara el “PROVEEDOR”, que:

II.1 Es una empresa legalmente constituida y debidamente registrada conforme a las leyes mexicanas, según se hace constar en

la escritura pública número ---------, de fecha ---- de ------- de ---------, otorgada ante el la fe del Notario Público número ----- de

-----------------, Lic. --------------------------------------- e inscrita en el Registro Público de Comercio de ----------------------- en el folio

mercantil número ---------------- de fecha ---- de --------- de -------.

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ANEXO DOS

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II.2 Conforme al instrumento notarial antes citado, tiene como objeto social entre otros, ------------------------------------------------------

-------------------------------------------------------------------

II.3 Su representante legal, se identifica con ------------------- número ---------------- expedida a su favor por -------------------------, y

acredita su personalidad con la escritura pública número ------ de fecha ----- de ---------- de ------------, otorgada ante el la fe del

Notario Público número ----- de -----------------------, Lic. ------------------------, por lo que está investido de las facultades legales

suficientes para representar al “PROVEEDOR” en la suscripción del presente Contrato.

II.4 Que su representada tiene capacidad jurídica y cuenta con los elementos propios y suficientes para cumplir con las

obligaciones que se deriven del presente Contrato, en forma eficiente, oportuna y en las mejores condiciones para “EL

CONSEJO”, manifestando asimismo que conoce las características técnicas y alcances del Servicio objeto de este Contrato.

II.5 Bajo protesta de decir verdad manifiesta que no se encuentra en alguno de los supuestos previstos en los artículos 50 y 60

de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

II.6 Para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “PROVEEDOR”, entregó a “EL CONSEJO” opinión

favorable del cumplimiento de obligaciones fiscales, expedida por el Servicio de Administración Tributaria, con Folio No. -----

----------, de fecha ------ de ---------- de 201--, conforme a la Regla I.2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014,

publicada en el Diario Oficial de la Federación.

II.7 Conoce plenamente la calidad, características, requisitos, mecanismos, procedimientos y necesidades del objeto del presente

Contrato, que ha considerado todos los factores que intervienen en su celebración y que cuenta con la toda la información y

conocimientos suficientes para desarrollar eficazmente su labor.

II.8 Su Registro Federal de Contribuyentes es ----------------- y señala como domicilio para todos los efectos legales del presente

Contrato, el ubicado en: ----------------------------------, C.P. 50200, -------------.

Expuestas las Declaraciones que anteceden y reconocida por las “PARTES” la personalidad con que se ostentan tanto ellas como sus

representantes, convienen sujetar sus compromisos al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA. OBJETO. El “PROVEEDOR” se obliga a prestar a “EL CONSEJO” el Servicio Integral de Paquetería y Mensajería Nacional

e Internacional, para el Consejo de Promoción Turística S. A. de C.V., conforme a la “Propuesta Técnica y Económica”, ofrecida por el

“PROVEEDOR” que se incorpora en el Anexo Dos de este Contrato, Servicios que deberán desarrollarse de acuerdo con las

especificaciones contenidas en el Anexo Técnico de la Convocatoria emitida por “EL CONSEJO”.

SEGUNDA. VIGENCIA. La vigencia de este Contrato será del ---- de ------- al 31 de diciembre de 2015.

TERCERA. MONTO. El “PROVEEDOR” deberá considerar como importe para los Servicios: las siguientes cantidades: Un mínimo de

$------------------.00 (------------------ pesos 00/100) M.N., incluido el Impuesto al Valor Agregado, y un Máximo de $--------------.00 (---------

------------ pesos 00/100) M.N., incluido el Impuesto al Valor Agregado, que se pagarán, por Servicios devengados de conformidad con

la “Propuesta Técnica y Económica”, ofrecida por el “PROVEEDOR”, y que se incorpora al presente Contrato como Anexo Dos.

El importe establecido en el párrafo anterior, compensa plenamente a el “PROVEEDOR” por sus honorarios, materiales y tiempo

empleado y, en general, por cualquier contraprestación a que tenga derecho con motivo de la prestación de sus Servicios, por lo que

éste, no podrá exigir o solicitar de “EL CONSEJO”, mayor retribución que la aquí pactada, por ningún concepto.

Todas las cantidades referidas en esta Cláusula deben ser entendidas con todos los impuestos que genere la prestación de los Servicios

contratados. Por lo tanto, cada una de las “PARTES” se obliga a dar cumplimiento a las obligaciones fiscales que les correspondan.

Queda expresamente establecido que el precio de los Servicios de la presente contratación es fijo hasta su total conclusión y por la

vigencia del Contrato, por lo que no estarán sujetos a ajustes de ningún tipo y bajo ninguna circunstancia.

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ANEXO DOS

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CUARTA. FORMA DE PAGO. El pago que haga “EL CONSEJO” al “PROVEEDOR” se hará sobre Servicios devengados, dentro de

los veinte días naturales posteriores a la entrega de la factura correspondiente, debidamente autorizada por la Dirección de Recursos

Materiales, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, previa recepción de los Servicios a entera satisfacción

de “EL CONSEJO”.

QUINTA. PAGO DE LOS SERVICIOS. El “PROVEEDOR” deberá entregar para validación de los Servicios en la Dirección de Recursos

Materiales, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas de “EL CONSEJO”, de las 10:00 a las 14:00 horas en

días hábiles, las facturas originales que emita, así como el soporte de los Servicios objeto de este Contrato. Dichas facturas deberán

estar emitidas de conformidad con la legislación fiscal vigente, y de indicar el nombre del “PROVEEDOR”, número de Contrato e importe

de cada factura.

El pago de los Servicios prestados será cubierto en moneda nacional, y se pondrá a disposición del “PROVEEDOR” mediante

transferencia electrónica para abono en cuenta del mismo.

A tal efecto, el “PROVEEDOR” deberá proporcionar a “EL CONSEJO”, por escrito y a la firma de este instrumento, los siguientes datos

para el pago de la contraprestación pactada en este instrumento: i) nombre de la Institución Bancaria, plaza y número de la sucursal;

ii) El número de cuenta y iii) el número de la CLABE Bancaria a 18 dígitos; asimismo, deberá entregar en la Dirección de Recursos

Financieros de “EL CONSEJO” copia de la carátula del estado de cuenta bancario o bien del contrato de apertura de la propia cuenta.

SEXTA. FACTURACIÓN Y COMPROBACIÓN. Para el trámite de pago, el “PROVEEDOR” deberá presentar las facturas originales

con las comprobaciones correspondientes, en los términos y condiciones establecidos en la “Propuesta Técnica y Económica” que se

adjunta al presente Contrato como Anexo Dos, y que una vez firmado por las “PARTES”, forma parte integral del mismo.

“EL CONSEJO” se reserva el derecho de rechazar cualquier documento comprobatorio, facturación o justificación de gastos en los que

no se hubiere emitido de conformidad con la legislación aplicable o que no estén debidamente desglosadas las características y

atributos de los Servicios realizados.

En caso de detectar algún error en la facturación, la Dirección de Recursos Financieros, o en su caso, los responsables de la validación

o seguimiento de los Servicios designados por “EL CONSEJO” remitirán al “PROVEEDOR” los documentos y/o facturas con las

observaciones correspondientes dentro de los 3 (tres) días siguientes a su recepción, mismos que deberá corregir y presentar de nueva

cuenta para reiniciar el trámite de pago, por lo que el tiempo que transcurra por este motivo no se computará para efectos del plazo

inicial de los 20 (veinte) días naturales que se tenían para el pago de conformidad con el Artículo 51 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “EL CONSEJO” solamente pagará los Servicios objeto de este Contrato si los mismos

hubiesen sido efectuados debidamente.

Las facturas, deberán desglosar los conceptos, las características detalladas de los Servicios y los costos unitarios. Los precios de los

Servicios serán presentados por el “PROVEEDOR” en términos netos.

SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL CONTRATO. Las modificaciones que, por razones fundadas, pudieran realizarse al presente

Contrato deberán invariablemente formalizarse por escrito mediante la celebración del Convenio Modificatorio correspondiente, atento

a lo previsto por el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

OCTAVA. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. Cuando en la prestación del Servicio se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “EL

CONSEJO”, bajo su responsabilidad, podrá realizar las gestiones conducentes a la suspensión de los Servicios, en cuyo caso

únicamente se pagarán aquellos Servicios que hubiesen sido efectivamente prestados.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “EL CONSEJO”, éste cubrirá los gastos no recuperables durante el tiempo que

dure esta suspensión. Dichos gastos serán aquéllos que se generen por la suspensión y siempre que estén comprobados y se

relacionen directamente con el objeto del Contrato. En ningún caso se pagarán Servicios que no estén vinculados con el Contrato.

El plazo de suspensión de los Servicios materia del Contrato deberá pactarse entre ambas partes, conforme al artículo 55 bis de la Ley

de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En caso de continuar con la suspensión, podrá iniciarse la terminación

anticipada del Contrato.

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ANEXO DOS

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NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. “EL CONSEJO” podrá dar por terminado anticipadamente el presente

Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés

general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los Servicios originalmente contratados por medio

del presente Contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño

o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al Contrato, con motivo de la resolución de

una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.

En estos supuestos, “EL CONSEJO” reembolsará al “PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que

éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y los mismos se relacionen directamente con el presente Contrato.

DÉCIMA. PRÓRROGAS. En casos excepcionales, por caso fortuito o de fuerza mayor o por causas atribuibles a “EL CONSEJO”,

previa solicitud por escrito del “PROVEEDOR”, “EL CONSEJO” podrá otorgar prórroga para la prestación de los Servicios o su

comprobación. Para tal efecto, el “PROVEEDOR” deberá justificarlo por escrito, con anticipación al vencimiento de las fechas pactadas

en el presente Contrato.

Una vez agotado el plazo de prórroga y si no se hubieren prestado los Servicios de conformidad con el presente Contrato, “EL

CONSEJO” procederá a aplicar las penas convencionales o deducciones al pago establecidas en las cláusulas Décima Quinta y Décima

Sexta de este Contrato.

DÉCIMA PRIMERA. CAUSALES DE RESCISIÓN. “EL CONSEJO” podrá rescindir administrativamente el presente Contrato, sin

necesidad de intervención judicial, en caso de que se presente cualquiera de los siguientes supuestos:

i. Si el “PROVEEDOR” no proporciona los Servicios en las fechas convenidas.

ii. Si el “PROVEEDOR” suspende injustificadamente los Servicios.

iii. Si el “PROVEEDOR” no sustituye los Servicios que le hubieren sido rechazados.

iv. Cuando se agote el límite de penas convencionales.

v. Si el “PROVEEDOR” no otorga las facilidades y datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de los Servicios.

vi. Si el “PROVEEDOR” proporciona información falsa y/o actúa con dolo o mala fe en algún procedimiento de contratación, en

la celebración del Contrato o durante su vigencia.

vii. En caso de que la autoridad competente declare al “PROVEEDOR” en concurso mercantil o exista alguna otra situación que

afecte su patrimonio, en forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones.

viii. Por contravenir los términos y condiciones del presente Contrato o de las disposiciones de la ley, su reglamento y los demás

ordenamientos legales que resulten aplicables.

DÉCIMA SEGUNDA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. La rescisión administrativa del Contrato se llevará a cabo conforme al

procedimiento siguiente:

i. Se iniciará a partir de que le sea comunicado al “PROVEEDOR” por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para

que en un término de 5 (cinco) días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que

estime pertinentes.

ii. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere

hecho valer.

iii. La determinación de dar o no por rescindido el Contrato deberá ser debidamente fundada y motivada y deberá ser comunicada

al “PROVEEDOR”, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a lo señalado en la fracción “i.” de esta Cláusula.

iv. Cuando se rescinda el Contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba

efectuar “EL CONSEJO” por concepto de los bienes recibidos o los Servicios prestados hasta el momento de la rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido el presente Contrato, se hiciere la prestación de los Servicios, el procedimiento

iniciado queda sin efecto, previa aceptación y verificación de “EL CONSEJO” de que continúa vigente la necesidad de los mismos,

aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.

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ANEXO DOS

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“EL CONSEJO” podrá determinar no dar por rescindido el Contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del

Contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “EL CONSEJO”

elaborará un dictamen, en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del

Contrato resultarían más inconvenientes.

Al no dar por rescindido el Contrato, “EL CONSEJO” establecerá con el “PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el

incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento.

En su caso, deberá elaborarse el convenio modificatorio correspondiente que para la prórroga de los Servicios, mismo que deberá

atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público.

Cuando por motivo del atraso en la prestación de los Servicios, o el procedimiento de rescisión se ubique en un ejercicio fiscal diferente

a aquél en que hubiere sido adjudicado el Contrato, “EL CONSEJO” podrá recibir los Servicios, previa verificación de que continúa

vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, debiendo

modificarse la vigencia del Contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en esta Cláusula

se considerará nulo.

Cuando “EL CONSEJO” determine no dar por rescindido el Contrato, porque ello le ocasione algún daño o afectación mayor, el

establecimiento de otro plazo para subsanar el incumplimiento será sin defecto de la aplicación de las penas a las que se hubiera hecho

acreedor el “PROVEEDOR” por incumplimiento.

DÉCIMA TERCERA. FINIQUITO DEL CONTRATO. La Dirección de Recursos Materiales, dependiente de la Dirección Ejecutiva de

Administración y Finanzas de “EL CONSEJO”, efectuará una conciliación con “EL PROVEEDOR” para tal efecto, para la cual realizará

las siguientes actividades:

v. Revisión de facturas pagadas;

vi. Revisión de factura pendientes de pago;

vii. Revisión de facturas en trámite; y

viii. Saldo pendiente de pago conforme al presupuesto asignado en el Contrato.

La Dirección de Recurso Materiales, dependiente de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas de “EL CONSEJO”,

conjuntamente con el “PROVEEDOR”, realizará una reunión en la que se levantará una Acta de entrega de los Servicios objeto del

Contrato, así como del no adeudo de los pagos, misma que se turnará para conocimiento de la Dirección de Recursos Financieros, con

la copia de las conciliaciones a que se refiere la presente Cláusula.

DÉCIMA CUARTA. CONFIDENCIALIDAD. Las “PARTES” convienen que toda la información que cada una de las “PARTES”

proporcione a la otra parte con motivo del presente Contrato, tendrá el carácter de confidencial (“Información Confidencial”). Dicha

Información Confidencial conservará tal carácter por todo el tiempo que el presente Contrato esté vigente y por un periodo de 2 (dos)

años contados a partir de la fecha de terminación del mismo.

El “PROVEEDOR”utilizará la Información Confidencial únicamente para los fines establecidos en el presente Contrato, por lo que no

podrá divulgarla a terceros ajenos al presente Contrato, salvo autorización expresa de “EL CONSEJO”.

Asimismo, el “PROVEEDOR”se compromete a guardar absoluta confidencialidad respecto de los Servicios materia de este Contrato y,

por ende, a no divulgar ni dar a conocer a terceros distintos de “EL CONSEJO”, documentación y/o información relacionada con el

Servicio, así como de los resultados finales que se generen con motivo de sus Servicios, con excepción de los datos e informes que

en su caso se le requieran, en apego a lo previsto por el artículo 57, tercer párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y

Servicios del Sector Público.

La obligación de confidencialidad a que se refiere la presente Cláusula no será aplicable en los siguientes supuestos:

v. Si la información considerada como confidencial pasa a ser del dominio público, antes o después de la firma del presente instrumento por causa distinta al incumplimiento de el “PROVEEDOR” a lo establecido en la presente Cláusula;

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ANEXO DOS

|52

vi. Si la información es divulgada por un tercero quien no tenga obligación de confidencialidad alguna derivada del presente Contrato;

vii. Si la información es solicitada por cualquier autoridad mediante el mandamiento judicial que corresponda; o viii. Si la información es solicitada de conformidad con lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información

Pública Gubernamental.

Independientemente de lo establecido en la presente Cláusula, y sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro derecho o acción que

pudiere corresponderle, las “PARTES” manifiestan que conocen y saben de las penas en que incurre una persona por revelación de

secretos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 213 del Código Penal para el Distrito Federal, así como a las sanciones establecidas

en el artículo 223 fracciones IV, V y VI de la Ley de la Propiedad Industrial.

En caso de terminación, anticipada o no, del presente Contrato, el “PROVEEDOR” deberá devolver a “EL CONSEJO” los instrumentos

u objetos que incorporan dicha Información Confidencial a más tardar 5 días hábiles después de la terminación del Contrato.

DÉCIMA QUINTA. PENAS CONVENCIONALES. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como el 81, fracción VII, 86 y 91 de su Reglamento, cuando el “PROVEEDOR” se

atrase en la fecha de la prestación de los Servicios o incumpla con sus obligaciones por causas imputables a él, se hará acreedor a la

aplicación de penas convencionales, conforme a lo siguiente:

i. En el caso de atrasos en la prestación de los Servicios en las fechas pactadas, se aplicará una pena convencional del 1% (uno por ciento) diario por cada día hábil de retraso sobre el valor de los Servicios no prestados a tiempo, sin incluir el impuesto al valor agregado.

ii. Las penas convencionales que se apliquen no podrán rebasar un monto máximo equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total de los Servicios contratados.

iii. La Dirección de Recursos Materiales, por conducto de la Gerencia de Servicios, será la responsable de determinar y realizar el cálculo de la pena convencional, mismas que serán turnadas a la Dirección de Recursos Financieros para que se aplique mediante nota de crédito en la factura de pago correspondiente.

iv. El pago de los Servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el “PROVEEDOR” deba efectuar por penas convencionales a las que se haga acreedor, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el presente Contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones, ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.

v. Para aplicar las penas convencionales a que se refiere esta Cláusula, “EL CONSEJO” le formulará una notificación por escrito a el “PROVEEDOR”, que le será entregada mediante correo certificado o entrega personal en su domicilio con acuse de recibo, con efectos de requerimiento, en la que señalará el incumplimiento en que haya incurrido y las penas convencionales a que se ha hecho acreedor. el “PROVEEDOR” en un plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la recepción del requerimiento, deberá subsanar su incumplimiento, manifestando en su caso, lo que a su derecho convenga. Hecho lo anterior, “EL CONSEJO” resolverá aplicando, en su caso, las penas convencionales que correspondan, las cuales deberán ser comunicadas a el “PROVEEDOR” mediante escrito fundado y motivado, en el que se le requerirá que en un plazo no mayor a diez días hábiles presente nota de crédito, la que se le descontará en las facturas pendientes de pago.

vi. Si persiste el incumplimiento por parte del “PROVEEDOR”, o bien una vez que se hubiere agotado el monto límite de aplicación de penas convencionales, “EL CONSEJO” podrá iniciar el procedimiento de rescisión del presente instrumento, conforme a lo previsto en la Cláusula Décima Segunda.

DÉCIMA SEXTA. DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO. De conformidad con lo previsto en los artículos 53 Bis de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 97 de su Reglamento, en caso de un cumplimiento parcial o deficiente

de los Servicios por parte de “EL PROVEEDOR” respecto a los conceptos que integran el presente Contrato, “EL CONSEJO” aplicará

a “EL PROVEEDOR” deductivas al pago del Servicio, de conformidad con lo siguiente:

iii. Por el retraso en la comprobación de los Servicios prestados, se aplicará una deducción al pago del 0.5% (cero punto cinco por ciento) diario por cada día hábil de retraso sobre el valor de los servicios no comprobados a tiempo, sin incluir el impuesto al valor agregado.

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ANEXO DOS

|53

iv. Pena deductiva correspondiente al 1% (uno por ciento) del monto total de los honorarios mensuales del “PROVEEDOR” por reporte no entregado.

Las deducciones económicas a las cuales se hace referencia en este apartado, en ningún momento podrán ser superiores al 10% (diez

por ciento) del monto máximo del presente acuerdo de voluntades.

Para aplicar las deducciones al pago a que se refiere esta Cláusula, “EL CONSEJO”, seguirá el procedimiento descrito para la aplicación

de penas convencionales referido en la Cláusula anterior.

DÉCIMA SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente

contrato, el “PROVEEDOR”, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma de este Contrato, deberá entregar a “EL CONSEJO”

una fianza por el 10% (diez por ciento) del monto total máximo establecido en la Cláusula TERCERA, sin incluir el impuesto al valor

agregado (IVA). Dicha fianza deberá ser expedida por una Institución de Fianzas de Nacionalidad Mexicana, a favor del Consejo de

Promoción Turística de México, S.A. de C.V., o bien una Carta de Crédito emitida por una Institución Bancaria internacional o extranjera

pagadera en México por una Institución Nacional o filial del Banco emisor del documento a favor del Consejo de Promoción Turística

de México S.A. de C.V., por el 10% (diez por ciento) del monto total del Contrato sin incluir el impuesto al valor agregado IVA), debiendo

contener las especificaciones que se señalan a continuación:

xiii. Ser expedida a favor del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.

xiv. Señalar la denominación o nombre del “PROVEEDOR”.

xv. Indicar el importe total garantizado con número y letra.

xvi. Indicar el número, objeto y fecha del Contrato.

xvii. Referir que se otorga para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.

xviii. Que se otorga en términos del Contrato de referencia y sus anexos.

xix. Que se otorga para responder del debido cumplimiento del Contrato garantizado y sus anexos, así como de cualquier

responsabilidad que resultare a cargo del fiado con motivo de la ejecución del mismo.

xx. Que en caso de prórroga del Contrato, automáticamente la vigencia de la fianza se prorrogará en concordancia con dicha

prórroga.

xxi. Que sólo podrá ser cancelada mediante aviso por escrito del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.

xxii. Que la Institución Afianzadora acepta expresamente sujetarse a lo dispuesto por los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley

Federal de las Instituciones de Fianzas en vigor; para la efectividad de la presente garantía y por pago extemporáneo del

importe de la póliza de fianza requerida.

xxiii. Que la Institución Afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de México, Distrito

Federal, renunciando a cualquier fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.

xxiv. Que permanecerá en vigor desde la fecha en que se expida, durante la vigencia del contrato y durante la substanciación

de todos los recursos o juicios legales que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que

su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones.

En el supuesto de que se acuerden incrementos en la cantidad de los Servicios solicitados, conforme a lo previsto en la Cláusula

SEPTIMA del presente Contrato, el “PROVEEDOR” se obliga a elevar el importe de la garantía de cumplimiento en igual proporción

que el incremento otorgado.

La vigencia de la fianza deberán comprender hasta que el objeto del Contrato se cumpla en forma plena a satisfacción por escrito de

“EL CONSEJO”, es decir, hasta que considere se hayan cumplido todas y cada una de las obligaciones contractuales contraídas. La

fianza únicamente se podrá cancelar mediante comunicación escrita de “EL CONSEJO”.

Por lo anterior, la fianza deberá garantizar el cumplimiento total de las obligaciones durante la vigencia del Contrato, así como con

posterioridad al mismo, en el supuesto de quedar alguna obligación pendiente a consideración de “EL CONSEJO”.

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ANEXO DOS

|54

DÉCIMA OCTAVA. LIBERACIÓN DE LA GARANTÍA. Únicamente se podrá liberar la garantía de cumplimiento del Contrato, a través

de la Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas, previa solicitud por escrito de la Dirección de Recursos Materiales de “EL

CONSEJO”, por la que confirme el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato.

DÉCIMA NOVENA. VICIOS OCULTOS. El “PROVEEDOR” quedará obligado ante “EL CONSEJO” a responder de los defectos y vicios

ocultos y de la calidad de los Servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido durante la prestación de

los mismos, en los términos señalados en el presente Contrato y en la legislación aplicable.

Para efectos del presente instrumento, se entiende por vicios ocultos, los defectos que existan en los Servicios proporcionados, que

los hagan impropios para los usos previstos en este Contrato.

VIGÉSIMA. SUPERVISIÓN. “EL CONSEJO” tendrá en todo tiempo libre acceso a toda la documentación relacionada con la prestación

de los Servicios derivados de este Contrato y que se encuentren en poder del “PROVEEDOR”.

Lo anterior, sin perjuicio del derecho que tiene “EL CONSEJO” de efectuar revisiones en cualquier momento de la vigencia de este

Contrato, por conducto de su Dirección General, Dirección General Adjunta, del Director Ejecutivo de Administración y Finanzas, del

Titular del Órgano Interno de Control en “EL CONSEJO” o por las personas que sean designadas para tal efecto, para constatar la

aplicación de los recursos, la comprobación de los mismos y los beneficios que proporcione el “PROVEEDOR” para “EL CONSEJO”.

VIGÉSIMA PRIMERA. RELACIONES LABORALES. El presente Contrato no pretende crear, y nada de lo en él previsto debe

interpretarse en el sentido que crea, una relación jurídica de representación o asociación, una relación laboral, de patrón y empleado o

socio o asociado, joint venture o de cualquier otra forma distinta a lo específicamente señalado en el presente Contrato entre “EL

CONSEJO” y el “PROVEEDOR”.

El “PROVEEDOR” será exclusivamente responsable respecto de cualquier obligación de tipo laboral de conformidad con lo dispuesto

por las leyes laborales mexicanas aplicables en relación con cualquier empleado o trabajador que emplee o contrate para cumplir sus

obligaciones bajo el presente Contrato y asume plena responsabilidad por el cumplimiento de sus obligaciones laborales con respecto

a los mismos.

El “PROVEEDOR” en todo lo relacionado con la prestación de los Servicios se considerará como un contratista independiente y no un

empleado de “EL CONSEJO”, y nadie que pertenezca al personal del “PROVEEDOR” estará facultado para recibir cualquier tipo de

compensación, beneficios o cualquier otra percepción o prestación otorgada a los empleados de “EL CONSEJO”. El “PROVEEDOR”

será responsable de todo tipo de impuestos y otros gastos surgidos de la relación de contratista independiente o de empleo entre “EL

PROVEEDOR” y su personal y de la prestación de los Servicios bajo este Contrato por dicho personal, así como de todas las

obligaciones y responsabilidades patronales en materia fiscal, laboral y de seguridad social (incluyendo, sin limitar, las afiliaciones,

bajas y aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social (“IMSS”) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los

Trabajadores y las de Sistemas de Ahorro para el Retiro), manifestando que cuenta con recursos suficientes y propios para cumplir con

dichas obligaciones y responsabilidades, motivo por el cual el “PROVEEDOR” se obliga a sacar en paz y a salvo a “EL CONSEJO” de

cualquier conflicto individual de trabajo que en contra de este último instauren dichas personas en relación con el trabajo que las mismas

desempeñen para el “PROVEEDOR”, así como de cualquier requerimiento y/o emisión de créditos por parte del IMSS en contra de “EL

CONSEJO”. Asimismo, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar dentro de las 24 horas siguientes a que lo solicite “EL CONSEJO”,

cualquier cantidad que éste tuviere que erogar en relación con cualquier conflicto, incluyendo sin limitar honorarios razonables de

abogados o cualquier cantidad que “EL CONSEJO” se viere obligado a erogar por virtud de laudo ejecutoriado o indemnización laboral.

Las “PARTES” expresamente reconocen que, en virtud de que los recursos del “PROVEEDOR” en ningún momento estarán bajo la

dirección de “EL CONSEJO”, no estarán obligados a presentar la información a que se refiere el artículo 15-A de la Ley del Seguro

Social.

VIGÉSIMA SEGUNDA. SUBCONTRATACIÓN. El “PROVEEDOR” no podrá contratar con terceros la prestación total o parcial de los

Servicios objeto del presente Contrato, y por lo tanto, será la única responsable ante “EL CONSEJO” por la prestación de los Servicios

en los términos aquí establecidos.

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ANEXO DOS

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VIGÉSIMA TERCERA. CESIÓN. Los derechos y obligaciones que se deriven del Contrato no podrán cederse en forma parcial ni total

en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de

“EL CONSEJO”.

VIGÉSIMA CUARTA. ENTREGABLES. Se deberá presentar reporte mensual a través de la Gerencia de Servicios y Control de Archivo o Subgerencia de Servicios Generales y Suministros en los correos electrónicos señalados en la Cláusula VIGÉSIMA QUINTA del presente Contrato, o bien de forma impresa; respecto de los siguientes conceptos: Fecha, Guía, Destino, Kg, Importe, Impuesto al Valor Agregado, Importe Total y Tarifa aplicada.

VIGÉSIMA QUINTA. ENLACES Y COMUNICACIONES. Las “PARTES” convienen en que las personas encargadas de la ejecución,

supervisión y seguimiento de los Servicios, así como las direcciones y contactos para cualquier comunicación en relación con el

presente Contrato son las siguientes:

i. Para “EL CONSEJO”, las comunicaciones se harán a través del C. Eduardo A. Arizmendi Granados, Gerente de Servicios de

la Dirección de Recursos Materiales, a los siguientes correos electrónicos: [email protected] y

[email protected] , y/o por correo con acuse de recibo al domicilio de “EL CONSEJO” mencionado en la

declaración I.6 del presente Contrato y se entenderán realizadas el día de su recepción por parte del destinatario, previa

comprobación o confirmación.

ii. Para el “PROVEEDOR”, las comunicaciones se harán a través del Representante Legal, al correo electrónico [email protected] y/o al domicilio del “PROVEEDOR” señalado en la declaración II.8 del presente Contrato y se entenderán realizadas el día de su recepción por parte del destinatario.

En el supuesto de que cualquiera de las “PARTES” modifique o incorpore números telefónicos o direcciones electrónicas, bastará una

notificación por escrito a la otra parte, con cuando menos cinco días naturales de anticipación, para quedar debidamente formalizado

el cambio. En caso de no dar aviso de cambio de domicilio, todas las notificaciones y comunicaciones que se realicen de conformidad

con esta Cláusula se tendrán por efectuadas.

VIGÉSIMA SEXTA. CONCILIACIÓN. En cualquier momento las “PARTES” podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública

solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del presente Contrato, de conformidad con el procedimiento

establecido en el artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público y del Capítulo Segundo del

Procedimiento de Conciliación de su Reglamento.

En el supuesto de que las “PARTES” lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el Convenio respectivo obligará a las mismas, y su

cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial correspondiente. La Secretaría de la Función Pública dará seguimiento a los

acuerdos de voluntades, para lo cual las “PARTES” deberán remitir un informe sobre el avance de cumplimiento del mismo, en términos

del artículo 135 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamiento y Servicios del Sector Público.

En caso de no existir acuerdo de voluntades, las “PARTES” podrán optar por cualquier vía de solución a su controversia.

VIGÉSIMA AÉPTIMA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento de este

Contrato, las “PARTES” se someten expresamente a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público y su Reglamento y, en caso de controversia sobre su interpretación y cumplimiento, las “PARTES” se someterán a la jurisdicción

y competencia de los Tribunales Federales, sitos en el Distrito Federal, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles

por razón de su domicilio o nacionalidad presentes o futuros.

VIGÉSIMA OCTAVA. ANEXOS. Las “PARTES” reconocen que el presente Contrato se encuentra integrado por veintiocho (28)

Cláusulas y 2 (dos) Anexos, mismos que firmados por las “PARTES” se agregan a este Contrato y se describen a continuación:

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ANEXO DOS

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ANEXO CONTENIDO

UNO

DOS

Leído que fue por las partes el presente contrato y enteradas las mismas de su contenido y alcance legal, lo firman por triplicado el

día __ de _____ de 2016.

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Formato 1: Acreditación de existencia y personalidad jurídica

SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

En cumplimiento al artículo 48, fracción V del “Reglamento”, (nombre del representante legal) manifiesto bajo protesta de decir verdad, que cuento con las facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada en la Licitación Pública Consolidada de carácter Nacional Electrónica, ____________________________, denominada _______________________ y que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, conforme a lo siguiente:

______________________________________________________________________________________________ Razón o Denominación social de la Empresa. Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio: Calle y número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo Electrónico No. de Escritura Pública en la que consta el Acta Constitutiva: Fecha: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se dio fe de la misma: No. de folio mercantil y fecha de su inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio: Relación de accionistas Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Descripción del objeto social: Reformas al acta constitutiva en su caso:

Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Nombre, número y lugar del Notario Público ante el cual se otorgó:

Lugar y fecha

Protesto lo necesario

(__________________________________________) Firma del representante legal del licitante

NOTAS: 1. El presente formato podrá ser reproducido por cada participante, debiendo respetar su contenido preferentemente,

en el orden incluido. 2. En el caso de tratarse de persona física con actividad empresarial suscribo por propio derecho. 3. El licitante deberá presentar acta constitutiva, y en su caso las modificaciones, en las que se constate que el objeto

social es acorde con los servicios que se pretenden adquirir.

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Formato 2: Manifestación Nacionalidad

Fecha: _____________(1)__________________ SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E

Nombre o Razón Social manifiesto bajo protesta de decir verdad, que la empresa que represento tiene el interés de

participar en la Licitación Pública Consolidada de carácter Nacional Electrónica N° ______________________,

denominada _____________________________

Asimismo, para dar cumplimiento al Artículo 35 del “Reglamento” manifiesto bajo protesta de decir verdad que la

EMPRESA es de NACIONALIDAD MEXICANA.

A T E N T A M E N T E

(__________________________________________) Firma del representante legal del licitante Nombre y Firma del Representante Legal

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FORMATO 3: Manifestación de los artículos 50 y 60 de “La Ley”

Fecha: _______________________________ SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E

A fin de participar en el procedimiento de Licitación Pública Consoloidada de carácter Nacional Electrónica N°

______________________, denominada __________________________________, nos permitimos manifestar que

conocemos la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y aceptamos participar con

estricto apego a sus preceptos, y específicamente declaramos bajo protesta de decir verdad, no encontrarnos dentro de

los supuestos que establecen los Artículos 50 y 60 de dicha Ley.

_______________________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal

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Formato 4: Declaración de integridad y manifestación de interés de participar en la Licitación

Fecha: _______________________________ SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E

Nombre o Razón Social manifiesto que la empresa que represento tiene el interés de participar en la Licitación Pública

Consolidada de Carácter Nacional Electrónica N° ___________________, denominada

__________________________________.

Nombre o Razón Social del Licitante ______________________________ manifiesto bajo protesta de decir verdad que

por mí mismo o a través de interpósita persona, me abstendré de adoptar conductas para que los Servidores Públicos de

la Dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos

que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

_______________________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal

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Formato 5: Manifestación de Estratificación de la Empresa SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles, así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la administración pública federal.

______de___________de_____________(1)

_________(2)______________ Presente. Me refiero al procedimiento de Licitación Pública Consolidada de Carácter Nacional Electrónica N°

______________________, denominada __________________________________.

Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los "Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", declaro bajo protesta decir verdad, que mi representada pertenece al sector _______(6)_______, cuenta con _________(7)_____________empleados de planta registrados ante el IMSS y con ______(8)________ personas subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de __________(9)_____________ obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa _______(10)__________ atendiendo a lo siguiente:

Estratificación

Tamaño (10)

Sector (6) Rango de número de trabajadores (7) + (8)

Rango de monto de ventas anuales (mdp) (9)

Tope máximo combinado

Micro Todas Hasta 10 Hasta $4 4.6

Pequeña Comercio 11 hasta 30 Desde $4.01 hasta $100 93

Industria y Servicios Desde 11 hasta 50 Desde $4.01 hasta $100 95

Mediana

Comercio, Desde 31 hasta 100 $100.01 Hasta $250

235 Servicios Desde 51 hasta 100

Industria Desde 51 hasta 250 $100.01 Hasta $250 250 *Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%) (7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8)

(10) El Tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Asimismo, manifiesto, bajo protesta de .decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es: ____(11)_______.

_______________________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

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Formato 6: Manifiesto de conocer y aceptar todos los requisitos de participación SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E (Nombre del representante legal) manifiesto que conozco y acepto todos los requerimientos y condiciones

establecidas en los requisitos de participación, de la Licitación Pública Consolidada de carácter Nacional Electrónica

N° ______________________, denominada __________________________________.

_______________________________________________ Nombre y Firma del Representante Legal

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Formato 7: Propuesta Económica

SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

Formato de propuesta económica en Excel, el cual deberá adjuntarse a la Propuesta Económica que se presente en forma escrita, respetando el formato de su contenido, en caso de diferencias prevalecerá la propuesta presentada en forma escrita. El archivo en Excel estará disponible en el Sistema CompraNet.

a) SERVICIO DE MENSAJERÍA Y PAQUETERÍA NACIONAL.

Distancia en

Km.Kg 0.5 1 1.5 2 2.5 3 3.5 4 4.5 5 Más de 5

Tarifa

Ponderada

Tarifa sin IVA

Peso 0.1183 0.0175 0.0088 0.0044 0.0018 0.0035 0.0009 0.0009 0.0000 0.0000 0.0000

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.1749 0.0175 0.0132 0.0044 0.0026 0.0031 0.0013 0.0004 0.0004

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.2087 0.0132 0.0088 0.0044 0.0026 0.0053 0.0018

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.1332 0.0132 0.0088 0.0044 0.0009 0.0031 0.0013 0.0004

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.0810 0.0088 0.0044 0.0022 0.0009 0.0009

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.0877 0.0132 0.0088 0.0044 0.0018 0.0018

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa

Ponderada0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

De 501 a 1000

4De 1001 a

1600

1 De 0 a 250

2 De 251 a 500

Z

o

n

a

G

e

o

g

r

á

f

i

c

a

7 Más de 2,800

5de 1601 a

2200

6de 2201 a

2800

3

Nota: Las cotizaciones deberán realizarse en moneda nacional y sin IVA El impuesto al valor agregado, será considerado al facturar. Se deben cotizar todos los destinos y pesos (kg) solicitados, de lo contrario la proposición se desechará.

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b) SERVICIO DE MENSAJERÍA Y PAQUETERÍA INTERNACIONAL.

Zona Kg 0.5 1 2 3 4 5 5 a 10 10 A 50 50 A 100 100 A 200 Más 200Tarifa

Ponderada

Tarifa sin IVA

Peso 0.4475 0.0080 0.0032 0.0032 0.0008 0.0016 0.0000 0.0080 0.0048 0.0080 0.0048

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.0803 0.0120 0.0040 0.0064 0.0000 0.0080

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.3048 0.0016 0.0000 0.0016 0.0000 0.0016 0.0128 0.0192 0.0048 0.0080

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.0322 0.0048 0.0016 0.0016 0.0016

Tarifa ponderada 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Tarifa sin IVA

Peso 0.0032

Tarifa ponderada 0.00 0.00

Tarifa

Ponderada0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00

Z

o

n

a

G

e

o

g

r

á

f

i

c

a

4 Asia Pacífico

5Resto del

Mundo

2

Centro

SudAmér

Caribe

3 Europa

1 EU - Canadá

Nota: Todos las tarifas deben incluir el costo de los trámites y permisos aduanales que correspondan, así como cotizarse en moneda nacional y sin IVA. El impuesto al valor agregado, será considerado al facturar. Se deben cotizar todos los destinos y pesos (kg) solicitados, de lo contrario la proposición se desechará. CUADRO RESUMEN:

SERVICIO TARIFA PONDERADA

a) SERVICIO DE MENSAJERÍA Y

PAQUETERÍA NACIONAL.

b) SERVICIO DE MENSAJERÍA Y

PAQUETERÍA INTERNACIONAL.

TOTAL

Nota: Todos las tarifas deben incluir el costo de los trámites y permisos aduanales que correspondan, así como cotizarse en moneda nacional y sin IVA. El impuesto al valor agregado, será considerado al facturar. DEBERÁ INDICAR LO SIGUIENTE:

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LA VIGENCIA DE LA PROPUESTA DEBERÁ SER POR UN PERÍODO NO MENOR A SESENTA DÍAS. LOS PRECIOS SERÁN FIJOS DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO LA CONFORMIDAD A LAS CONDICIONES DE PAGO ESTABLECIDAS EN ESTA CONVOCATORIA. PORCENTAJE DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IMPORTE DE LA OFERTA CON LETRA)

_______________________________________________

Nombre y Firma del Representante Legal

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FORMATO 8: Recepción de documentos

Fecha:__________________

SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

Nombre o Razón Social, se relacionan los documentos que deben presentar los participantes en el procedimiento de Licitación Pública Consolidada de carácter Nacional electrónica N° _________________, denominada _____________________.

6.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL, PROPUESTA TÉCNICA Y PROPUESTA ECONÓMICA SU PRESENTACIÓN ES DE CARÁCTER OBLIGATORIO.

Numeral 6.1.1

Documentación Legal, cuya presentación es de CARÁCTER OBLIGATORIO, por lo que la falta de alguno de ellos será motivo de descalificación

Presenta No

presenta

a)

ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL LICITANTE Para acreditar la existencia legal y la personalidad jurídica e intervenir en el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, el licitante deberá enviar un escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o a nombre de su representada, respetando el contenido del Formato 1. Para el caso de personas morales, lo deberán acreditar con el acta constitutiva y/o poder notarial y en su caso las modificaciones en donde acredite su existencia legal y personalidad jurídica en las que se constate que el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden adquirir. Para el caso de personas físicas, lo deberán acreditar con el acta de nacimiento, copia del Formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y Curriculum vitae, en las que se constate que el objeto social es acorde con los servicios que se pretenden adquirir. Se evaluará verificando que el documento se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad, así como con la documentación respectiva.

b)

ESCRITO DE NACIONALIDAD Los Licitantes deberán acreditar su nacionalidad, mediante documentación oficial: pasaporte, acta constitutiva o documentación, equivalente, según corresponda, lo cual deberán manifestar por escrito bajo protesta de decir verdad. Formato 2

c)

DECLARACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Declaración escrita en papel membretado bajo protesta de decir verdad, de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la “La Ley”. Se evaluará verificando que el documento contenga los mismos términos y condiciones del Formato 3 y se encuentre firmado bajo protesta de decir verdad por el representante o apoderado legal.

d)

DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Y MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN Presentar declaración de integridad en la que el licitante manifieste bajo protesta de decir verdad, en Formato 4 que por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, firmada por el licitante o su representante legal. Se evaluará verificando que el documento se encuentre firmado por el representante o apoderado legal.

e)

ESCRITO DE ESTRATIFICACIÓN A fin de dar cumplimiento al artículo 34 del “Reglamento” y artículo 3 fracción III de La Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, deberán presentar escrito donde manifiesten bajo protesta de decir verdad la clasificación que guarda, si es micro, pequeña o mediana, conforme al acuerdo por el que se establece la estratificación de este tipo de empresas publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2009 Formato 5.

f)

DECLARACIÓN DE CONOCER Y ACEPTAR LAS CONDICIONES DE LOS REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Declaración escrita en la que manifiesten los licitantes que conocen y aceptan todos los requerimientos y condiciones establecidas en los requisitos de participación. Formato 6

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g)

PROPUESTAS CONJUNTAS (Solo en caso de presentar Propuestas conjuntas)

En caso de propuestas conjuntas deberán ser presentadas conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de “La

Ley”, 44 y 48 fracción VIII, último párrafo del “Reglamento”.

Numeral 6.1.2

Documentos de la Propuesta Técnica, cuya presentación es de CARÁCTER OBLIGATORIO, por lo que la falta de este será motivo de descalificación

Presenta No

presenta

a.

PROPUESTA TÉCNICA La Propuesta técnica deberá contener la descripción de los servicios y demás especificaciones conforme a lo solicitado en el ANEXO UNO, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 Forma de presentar la propuesta, de esta convocatoria.

1) Escrito manifestando contar con el personal suficiente para la ejecución, operación y supervisión

continua de los servicios.

2) Escrito mediante el cual garantice la calidad de los servicios a realizar, señalando que cuenta con la infraestructura necesaria, los recursos, técnicas, procedimientos y equipos suficientes y adecuados, para el tipo de servicio solicitado, para cumplir con el servicio a satisfacción de la Convocante, durante la vigencia del contrato que se derive de esta Licitación.

3) Escrito mediante el cual el licitante manifieste su capacidad instalada indicando que cuenta con presencia en las ciudades y localidades de los domicilios de la Convocante a nivel nacional e internacional, señalados en el ANEXO UNO, estructura y capacidad de transporte (terrestre y/o aéreo) e instalaciones operativas y de distribución.

4) Escrito mediante el cual el licitante manifieste que cuenta con una página de rastreo con acceso a los clientes en la cual se pueden consultar en tiempo real el estatus de todos y cada uno de los envíos realizados a nivel nacional e internacional, así como una aplicación de consulta del licitante, mediante la cual envíe a la Financiera las confirmaciones electrónicas de la entrega de sus envíos con firma digital del licitante.

5) Escrito mediante el cual se compromete en caso de resultar adjudicado a asignar un ejecutivo de cuenta con las facultades para tomar decisiones y resolver problemas que surjan con motivo de los servicios contratados, señalando que deberá estar equipado con los medios de comunicación -radio-localizador, celular, teléfono de oficina, correo electrónico-, etc., se deberá indicar en la propuesta el nombre del ejecutivo y números telefónicos; así como datos de contacto, en caso de emergencias.

6) El licitante deberá acreditar que ha proporcionado servicios con características similares, acreditándolo con hojas del contrato donde se establezca el número de contrato, objeto, vigencia y firmas, que se haya suscrito en un periodo no mayor a dos años contados a partir de la publicación de la presente convocatoria, adjuntando la carta de satisfacción del cliente de dicho contrato.

7) Escrito mediante el cual se compromete en caso de resultar adjudicado a presentar copia de la póliza de seguro contra robo, daños o extravío de los envíos, destrucción o pérdida de la documentación o paquetería que reciba para su transportación y entrega, dentro de los 15 días naturales siguientes a la firma del contrato.

Numeral 6.1.3

Documentos de la Propuesta Económica, cuya presentación es de CARÁCTER OBLIGATORIO, por lo que la falta de este será motivo de descalificación

Presenta No

presenta

a)

PROPUESTA ECONÓMICA. Formato 7, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.9 Forma de presentar la propuesta, de esta convocatoria.

Numeral 6.1.4

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA QUE NO AFECTA LA SOLVENCIA DE LA PROPUESTA, POR LO TANTO, SU OMISIÓN NO SERÁ MOTIVO DE DESCALIFICACIÓN.

Presenta No

presenta

a) Cédula de Identificación Fiscal. (En su caso, Comprobante Fiscal Digital que incluya los archivos .XML y .PDF)

b) Identificación oficial de quien presenta la propuesta, como credencial para votar, pasaporte o licencia de conducir (original y copia).

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c) Requisitar la dirección de correo electrónico del licitante, en caso de contar con la misma, en el Formato 1

d)

Manifestación del licitante en la que se indique bajo protesta de decir verdad, que es un persona física con discapacidad, o bien tratándose de empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad en la proporción que establece dicho precepto legal, el aviso de alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social y una constancia que acredite que dichos trabajadores son personas con discapacidad en términos de lo previsto por la fracción XXI del Artículo 2 de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

e)

Los licitantes que estén inscritos en el Registro Único de Proveedores, podrán anexar la constancia del Registro Único de Proveedores (RUPC) del Sistema CompraNet, que opera la Secretaría de la Función Pública o citar el número de su inscripción y manifestar mediante escrito bajo protesta de decir verdad que en el RUPC la información se encuentra completa y actualizada, (Formato Libre), indistintamente deberá cumplir con lo señalado en el numeral 6.1.1 inciso a) e inciso b) y deberá presentar el Formato 1 y Formato 2.

f)

ESCRITO EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 113 Y 116 DE LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. El licitante deberá señalar la documentación e información de su propuesta técnica y económica, que debe clasificarse como reservada, confidencial y/o comercial reservada en términos de lo establecido de los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Formato 9

g)

DOMICILIO CONVENCIONAL.- En caso de que el domicilio fiscal del Licitante no se encuentre dentro de la Ciudad de México o su área metropolitana, éste deberá presentar por escrito un domicilio convencional para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionados con el procedimiento o en caso de resultar adjudicado lo relativo a la contratación. Formato 10.

Numeral

6.1.5 Propuestas Conjuntas Presenta

No presenta

a) En caso de presentar propuestas conjuntas, el licitante deberá cumplir lo dispuesto en el artículo 34 de “La Ley”, 44 y 48, fracción VIII, último párrafo del “Reglamento” y numeral 3.7 de la presente convocatoria.

El servidor público que suscribe, certifica haber recibido la documentación original referida para su cotejo, la cual fue devuelta en este mismo acto al concursante, quedándose en poder de la copia respectiva. Asimismo, manifiesta haber recibido los documentos originales contenidos en los demás puntos.

_____________________________________

Nombre y Firma

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FORMATO 9. Escrito en términos de lo establecido en los artículos 113 y 116 de la

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Descripción del Procedimiento: _____________________________________________________________________

Ciudad de México, _____ de ___________ de 201_______.

A nombre de mi representada y en términos de lo establecido en los artículos 113 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se describe la documentación e información de mi documentación legal y administrativa, propuesta técnica y económica, que debe clasificarse como reservada, confidencial y/o comercial reservada.

I. Información Legal y Administrativa

Información

Clasificación (marque con una x)

Motivo Reservada Confidencial

Comercial Reservada

II. Información Técnica

Información

Clasificación (marque con una x)

Motivo

Reservada Confidencial Comercial Reservada

III. Información Económica

Información

Clasificación (marque con una x)

Motivo Reservada Confidencial

Comercial Reservada

________________________________ Nombre y firma del Representante Legal

Nota: El licitante podrá señalar en cada rubro y de manera específica la información que considere reservada, confidencial y/o confidencial reservada.

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Licitación Pública de Carácter Nacional e Internacional Electrónica Consolidada LA-021000999-E18-2016

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FORMATOS

Formato 10: Escrito Domicilio Convencional

Fecha: ____________________

SECRETARÍA DE TURISMO CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V.

P R E S E N T E

Nombre o Razón Social manifiesto que la empresa que represento, cuenta con el domicilio convencional para oír y recibir todo

tipo de notificaciones y documentos relacionadas con el procedimiento o en caso de resultar adjudicado lo relativo a la contratación de la Licitación Pública Consolidada de carácter Nacional Electrónica N° ___________________, denominada __________________________________, siguiente:

DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES Y DOCUMENTOS

Calle y Número:

Colonia:

Delegación o Municipio:

Entidad Federativa:

Código Postal:

Número Telefónico

A T E N T A M E N T E

________________________________ Nombre y firma del Representante Legal

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FORMATOS

IX. INFORMACIÓN ADICIONAL

FORMATO 11: Texto de la fianza para garantizar el cumplimiento del contrato

Para la Secretaría LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ....... (nombre de la Afianzadora), EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE LE OTORGO EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO, SE CONSTITUYE COMO FIADORA DE .....(nombre del contratista, prestador de servicios, empresa o similar), POR LO QUE EXPIDE ESTA FIANZA A FAVOR DE LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN Y A DISPOSICIÓN DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A FIN DE GARANTIZAR POR UN MONTO MÁXIMO DE $...............(cantidad según lo establecido en el contrato o convenio), EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DEL FIADO Y QUE APARECEN CONSIGNADAS EN EL CONTRATO NUMERO........, ASÍ COMO LA BUENA CALIDAD DEL OBJETO PACTADO EN EL CONTRATO Y QUE FUE CELEBRADO EL DÍA .....( fecha en que fue firmado) ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL, A TRAVÉS E LA SECRETARIA DE TURISMO REPRESENTADA POR …………………………y ………; Y POR (nombre del fiado (por su propio derecho si es persona física y si es persona moral denominación de la empresa) REPRESENTADA POR (nombre y cargo de quien representa a la persona moral en su caso), RESPECTIVAMENTE, CONTRATO QUE TIENE POR OBJETO (objeto del contrato o convenio); POR LO QUE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA PAGARA EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES PREVISTAS EN DICHO CONTRATO (O CONVENIO) Y DE LOS ANEXOS QUE LO INTEGRAN ASÍ COMO SU BUENA CALIDAD Y HASTA POR EL MONTO DEL IMPORTE DE ESTA FIANZA. PARA LA CANCELACIÓN DE ESTA FIANZA ES REQUISITO INDISPENSABLE LA AUTORIZACIÓN EXPRESA Y POR ESCRITO DE LA SECRETARÍA DE TURISMO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE, PARA LA EFECTIVIDAD DE LA PRESENTE GARANTÍA, AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 282 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS, DE LOS PROCEDIMIENTOS DE FIANZAS AL QUE TAMBIÉN SE SUJETARÁ PARA EL CASO DE COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE PREVÉ EL ARTÍCULO 282 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL, POR PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. LA PRESENTE FIANZA SE EXPIDE EN CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DISPUESTO POR EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE LAS INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR Y SU REGLAMENTO Y RENUNCIA EXPRESAMENTE A LOS BENEFICIOS QUE LE OTORGA EL ARTICULO 119 DE LA MISMA LEY POR LO QUE ACEPTA EXPRESAMENTE LAS MODIFICACIONES, LA OBLIGACIÓN AFIANZADA, LAS PRORROGAS O ESPERAS QUE LA SECRETARIA DE TURISMO CONCEDA A SU FIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO (O CONVENIO), ASÍ COMO LOS CONVENIOS MODIFICATORIOS QUE EL FIADO Y LA SECRETARIA DE TURISMO CELEBREN, AUN CUANDO CUALQUIERA DE ELLOS OMITIERA DARLE AVISO Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS NO HUBIESE OTORGADO EXPRESAMENTE SU CONSENTIMIENTO PARA LAS PRORROGAS O LAS MODIFICACIONES AL CONTRATO O CONVENIO. LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR DESDE LA FECHA EN QUE SE EXPIDE, DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO O CONVENIO QUE LAS PARTES CELEBREN, Y EN SU CASO, DURANTE LA O LAS PRORROGAS QUE LAS PARTES EN EL CONTRATO PACTEN Y DURANTE EL TIEMPO QUE LLEVE LA SUSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE.

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FORMATOS

PARA EL CONSEJO Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, el “PROVEEDOR”, dentro de los diez días naturales siguientes a su firma, deberá entregar al “CONSEJO” una fianza por el 10% (diez por ciento) del monto total máximo establecido en la cláusula Tercera, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser expedida por una institución de fianzas de nacionalidad mexicana, de acuerdo con las especificaciones que se señalan a continuación:

i. Ser expedida a favor del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. ii. Señalar la denominación o nombre del “PROVEEDOR”. iii. Indicar el importe total garantizado con número y letra. iv. Indicar el número, objeto y fecha del Contrato. v. Referir que se otorga para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo. vi. Que se otorga en términos del Contrato de referencia y sus anexos. vii. Que se otorga para responder del debido cumplimiento del Contrato garantizado y sus anexos, así como de cualquier

responsabilidad que resultare a cargo del fiado con motivo de la ejecución del mismo. viii. Que en caso de prórroga del Contrato, automáticamente la vigencia de la fianza se prorrogará en concordancia con dicha

prórroga. ix. Que sólo podrá ser cancelada mediante aviso por escrito del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V. x. Que la Institución Afianzadora acepta expresamente sujetarse a lo dispuesto por los artículos 178, 282 y 283 de la Ley de

Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor; para la efectividad de la presente garantía y por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

xi. Que la Institución Afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales federales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.

xii. Que permanecerá en vigor desde la fecha en que se expida, durante la vigencia del contrato y durante la substanciación de todos los recursos o juicios legales que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato principal o fuente de las obligaciones.

La fianza deberá garantizar el cumplimiento total de las obligaciones durante la vigencia del Contrato, así como con posterioridad al mismo, en el supuesto de quedar alguna obligación pendiente a consideración del “CONSEJO”

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NOTAS INFORMATIVAS

NOTA INFORMATIVA 1: REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LAS FACTURAS

I. Contener impreso el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida, tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, deberán señalar en los mismos el domicilio del local o establecimiento en que se expidan los comprobantes.

II. Contener pre-impreso el número de folio.

III. Lugar y fecha de expedición.

IV. Clave del Registro Federal de Contribuyentes de la persona a favor de quien se expida.

V. Cantidad y clase de mercancías que ampare.

VI. Valor unitario consignado en número o importe total consignado en número o letra así como el monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse, en su caso.

VII. Fecha de impresión y datos de identificación del impresor autorizado. (R.F.C., nombre, domicilio y teléfono del impresor).

Los comprobantes deberán señalar la fecha de vigencia para la utilización de los mismos. La cual es de dos años a partir de la fecha de impresión.

Para poder deducir o acreditar fiscalmente con base a los comprobantes, quien los utilice deberá cerciorarse de que el nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de contribuyentes de quien aparece en los mismos son los correctos.

Asimismo quienes expidan los comprobantes referidos deberán asegurarse de que el nombre, denominación o razón social de la persona a favor de quien se expidan dichos comprobantes correspondan con el documento con el que acrediten la clave del R.F.C., que se asienta en los comprobantes.

En apego a la modificación de la Miscelánea publicada en el Diario Oficial del 3 de marzo de 1999, que a la letra dice: “además de los datos señalados en el artículo 29-a del código fiscal los comprobantes deberán contener impreso lo siguiente:

a) Sobre la impresión de la Cedula de Identificación Fiscal, no podrá efectuarse anotación alguna que impida su lectura. b) La leyenda: “la reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones

fiscales”. c) La fecha de impresión.

Se especifica que el Impuesto al Valor Agregado debe venir desglosado en todas las facturas. Las operaciones aritméticas deben estar correctas. Es importante hacer de su conocimiento que las facturas que no reúnan los requisitos antes señalados serán devueltas para su corrección y/o sustitución. Notas: El presente formato podrá ser reproducido por cada participante, debiendo respetar su contenido.

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NOTAS INFORMATIVAS

NOTA INFORMATIVA 2: OCDE

Nota informativa para participantes de países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del Gobierno Federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales , hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores públicos y privados. Esta convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada-en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la convención.

El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:

Profundizar las reformas legales que inicio en 1999.

Difundir las recomendaciones de la convención y las obligaciones de cada uno de las actores comprometidos en su cumplimiento

Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición) Las responsabilidades del sector privado contemplan:

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorías externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.

Los contadores públicos: realizar auditorías; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.

Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la convención (imprimir el carácter vinculatorio entre esta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la convención, implican entre otras, privacidad de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido.

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NOTAS INFORMATIVAS

En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el cumplimiento de las recomendaciones de la convención y por lo tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquier otra

dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y II El que de manera espontánea de u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la

fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones. Al que cometa el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrá de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dadiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el distrito federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dadivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 BIS Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo de conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o de, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquier otra dadiva, ya sea en bienes o servicios: I A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos

relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión; II A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del

ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión. o III A cualquier personas para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación

o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último. Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacional. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 de este código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.

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NOTAS INFORMATIVAS

NOTA INFORMATIVA 3: SOLICITUD DE AFILIACIÓN A CADENAS PRODUCTIVAS

¿Cadenas productivas? Es un programa que promueve el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes o servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.

¿Afiliarse?

Afiliarse a cadenas productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más dependencias o entidades de la Administración Pública Federal.

Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el sistema de cadenas productivas que corre en internet. A través de cadenas productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos.

Cadenas productivas ofrece:

Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico Obtener liquidez para realizar más negocios Mejorar la eficiencia del capital de trabajo Agilizar y reducir los costos de cobranza Realizar las transacciones desde la empresa en un sistema amigable y sencillo, www.nafin.com.mx Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 50 89 61 07 y 01800 NAFINSA

6234672

Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita

Recibir información

Formar parte del directorio de compras del Gobierno Federal

Características descuento o factoraje electrónico:

Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)

Descuento aplicable a tasas preferenciales

Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales

Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 horas, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia

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NOTAS INFORMATIVAS

Directorio de Compras del Gobierno Federal ¿Qué es el directorio de compras? Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las dependencias y entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios. Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las dependencias y entidades que requieren sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones. Dudas y comentarios vía telefónica, Llámenos al teléfono 5089 6107 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas. Dirección oficina matriz de Nacional Financiera S.N.C., Av. Insurgentes Sur 1971 – Col Guadalupe Inn – 01020, Ciudad de México. Lista de documentos para la integración del expediente de afiliación Al programa de cadenas productivas

1.- Carta requerimiento de afiliación. • Debidamente firmada por el área usuaria compradora

2.- **Copia simple del acta constitutiva (escritura con la que se constituye o crea la empresa).

• Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. • Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

3.- **Copia simple de la escritura de reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)

• Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc., • Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. • Completa y legible en todas las hojas.

4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los poderes y facultades del representante

legal para actos de dominio. • Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. • debe anexarse completa y legible en todas las hojas.

5.- Comprobante de Domicilio Fiscal

• Vigencia no mayor a 2 meses • Comprobante de domicilio oficial (recibo de agua, luz, teléfono fijo, predio) • Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.

6.- Identificación oficial vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio

• Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros) • La firma deberá coincidir con la del convenio

7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones

• Formato R-1 ó R-2 En caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) • En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.

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NOTAS INFORMATIVAS

8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, hoja azul)

9.- Estado de cuenta bancario donde se depositaran los recursos

• Sucursal, plaza, clabe interbancaria • Vigencia no mayor a 2 meses • Estado de cuenta que emite la institución financiera y llega su domicilio.

La documentación arriba descrita, es necesaria para que la Promotoria genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:

a) Pedido de descuento automático cadenas productivas • Firmado por el representante legal con poderes de dominio. • 2 Convenios con firmas originales

b) Contratos originales de cada intermediario financiero.

• Firmado por el representante legal con poderes de dominio. (** Únicamente, para personas morales) Usted podrá contactarse con la Promotoria que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) ó al 50-89-61-07; o acudir a las oficinas de Nacional Financiera en: Av. Insurgentes Sur no. 1971, Col Guadalupe Inn, C.P. 01020, Delegación Álvaro Obregón, en el edificio anexo, nivel jardín, área de atención a clientes.

Guía para incorporar a dependencias y entidades al Programa de Cadenas Productivas

http://www.nafin.com.mx/portalnf/content/cadenas-productivas/cadenas_pef.html

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NOTAS INFORMATIVAS

NOTA INFORMATIVA 4: ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS DISPOSICIONES QUE SE DEBERÁN OBSERVAR PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL DENOMINADO COMPRANET.

SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA

ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.

SALVADOR VEGA CASILLAS, Secretario de la Función Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37, fracciones XIX y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 27 y 34 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 28 y 36 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, y 6 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, y

CONSIDERANDO

Que corresponde a la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus atribuciones, establecer normas, políticas y lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas de la Administración Pública Federal;

Que en términos de los artículos 56, segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, la administración del sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, denominado CompraNet, está a cargo de la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Política de Contrataciones Públicas;

Que el sistema electrónico a que alude el considerando anterior tiene como fines el contribuir a la generación de una política general en la Administración Pública Federal en materia de contrataciones; propiciar la transparencia y seguimiento de las adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público, así como de las contrataciones de obras públicas y servicios relacionados con las mismas, y generar la información necesaria que permita la adecuada planeación, programación y presupuestación de las contrataciones públicas, así como su evaluación integral;

Que para garantizar la inalterabilidad y conservación de la información contenida en CompraNet, es indispensable que esta Secretaría establezca los controles necesarios, he tenido a bien emitir el siguiente:

ACUERDO

Artículo Único.- Se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado COMPRANET.

Objeto y ámbito de aplicación.

1.- Las presentes disposiciones tienen por objeto regular la forma y términos para la utilización del sistema electrónico de información pública gubernamental, denominado CompraNet, por parte de los sujetos a que se refieren los artículos 1 fracciones I a VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 1 fracciones I a VI de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como de los licitantes, proveedores y contratistas, de conformidad con lo previsto en dichos ordenamientos legales.

Las menciones que se hagan a las dependencias y entidades o a las convocantes, se entenderán hechas, en lo conducente, a las entidades federativas, los municipios y los entes públicos de unas y otros.

El registro para la utilización de CompraNet implica la plena aceptación de los usuarios a sujetarse a las presentes disposiciones y a las demás que regulen la operación de dicho sistema.

Definiciones.

2.- Para los efectos de estas disposiciones, en adición a las definiciones contenidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y en sus respectivos reglamentos, se entenderá por:

I. Ley de Adquisiciones: la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

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NOTAS INFORMATIVAS

II. Ley de Obras: la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas;

III. Operador y/o Administrador: al servidor público que ha certificado sus capacidades para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet;

IV. OSD: las ofertas subsecuentes de descuentos a que se refiere el artículo 2 fracción VIII de la Ley de Adquisiciones;

V. PASOP: el módulo de CompraNet en el que se contienen los programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias y entidades y los programas anuales de obras públicas y servicios relacionados con las mismas de las dependencias y entidades;

VI. RUPC: el módulo de CompraNet en el que se contienen el Registro Único de Proveedores y el Registro Único de Contratistas;

VII. Unidad compradora: el área de las dependencias o entidades que ha sido registrada y autorizada por la UPCP para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet, a la cual le es asignada una clave de identificación. Dicha Unidad estará a cargo del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o del servidor público que éste designe, y

VIII. UPCP: la Unidad de Política de Contrataciones Públicas de la Secretaría de la Función Pública.

Disposiciones generales.

3.- Las adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas a que se refieren las presentes disposiciones son los comprendidos en el artículo 3 de la Ley de Adquisiciones y en los artículos 3 y 4 de la Ley de Obras, respectivamente.

4.- Para la realización de licitaciones públicas, invitaciones a cuando menos tres personas y adjudicaciones directas, con independencia de su carácter nacional o internacional, cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para el Distrito Federal, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, deberá utilizarse CompraNet, con las salvedades previstas en la Ley de Adquisiciones o en la Ley de Obras, según corresponda.

5.- Corresponderá a la Secretaría de la Función Pública, a través de la Unidad de Normatividad de Contrataciones Públicas, previa opinión de la UPCP, la interpretación para efectos administrativos de las presentes disposiciones, así como la resolución de los casos no previstos en las mismas.

De los requisitos técnicos.

6.- El sistema CompraNet opera en ambiente Web por lo que los requerimientos tecnológicos mínimos recomendados para su uso son:

a. Computadora con microprocesador con arquitectura x86 de séptima generación o equivalente con una capacidad de 512 MB de memoria en RAM y 20 GB de memoria libre en disco duro;

b. Versiones actualizadas de navegador para Internet;

c. Instalación de software JAVA en su última versión, y

d. Conexión a Internet con un ancho de banda de 512 Kbps.

7.- La inalterabilidad y conservación de la información contenida o remitida a través de CompraNet, está garantizada por el uso de protocolos de seguridad alineados a los estándares internacionales, no obstante, los usuarios de dicho sistema deberán observar las medidas de seguridad que garanticen que los documentos electrónicos que incorporen al mismo se encuentren libres de virus informáticos.

Del registro y acreditación de unidades compradoras, operadores y administradores.

8.- Para obtener el registro y autorización de Unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, el alta de la misma y designar a los servidores públicos que serán capacitados como operadores y/o administradores de esa Unidad compradora, especificando su perfil de usuarios para la operación de CompraNet, de acuerdo con lo señalado en la guía de usuario que la UPCP pondrá a su disposición en el propio sistema.

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NOTAS INFORMATIVAS

Para obtener su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, los servidores públicos previamente designados por ésta, deberán acreditar estar capacitados para la operación en CompraNet, de conformidad con los programas de capacitación y actualización que sean definidos por la UPCP y difundidos a través de CompraNet.

La UPCP podrá incluir en CompraNet programas para la capacitación o actualización en línea, los cuales generarán al finalizar el curso, un reporte que acreditará que los servidores públicos cuentan, en su caso, con las habilidades y conocimientos necesarios para realizar operaciones y llevar a cabo procedimientos de contratación en CompraNet.

Cuando se extinga la necesidad de contar con alguna Unidad compradora, el titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe deberá solicitar, mediante oficio a la UPCP, la baja de esa Unidad Compradora. Dicha solicitud deberá presentarse con quince días naturales de anticipación a la fecha en que se pretenda que la Unidad compradora deje de realizar operaciones y procedimientos de contratación.

9.- A los servidores públicos que obtengan su registro como operadores y/o administradores de una Unidad compradora, la UPCP les asignará una clave de usuario única e intransferible que les permitirá operar en CompraNet únicamente para la Unidad compradora que hubiere solicitado su acreditación.

Dicho registro se mantendrá vigente para los operadores o administradores que acrediten estar capacitados para la operación en CompraNet, conforme a los programas de actualización correspondientes.

10.- La Unidad compradora que se encuentre registrada y autorizada por la UPCP para operar en CompraNet, estará obligada a utilizar dicho sistema para todos sus procedimientos de contratación cuyos montos sean superiores a la cantidad equivalente a trescientas veces el salario mínimo general diario vigente para la Ciudad de México.

11.- Será responsabilidad del titular del área contratante o del área responsable de la contratación a nivel central o el servidor público que éste designe, solicitar a la UPCP la baja de algún operador y/o administrador de la Unidad compradora para efectos de cancelar su clave de usuario. Dicha solicitud deberá presentarse mediante oficio, en el que se precisará la fecha a partir de la cual se requiere se efectúe la baja del operador y/o administrador.

De los programas anuales.

12.- La UPCP dará a conocer a través de CompraNet, los formularios y requerimientos para la integración, difusión y actualización de los programas anuales previstos en la Ley de Adquisiciones y en la Ley de Obras en el PASOP.

13.- Los programas anuales a que alude la disposición anterior y, en su caso, sus actualizaciones deberán ser incorporados en el PASOP, el cual generará el acuse de recibo respectivo.

Del acceso y uso de CompraNet para los proveedores y contratistas.

14.- Para que los potenciales licitantes tengan acceso a CompraNet, será necesario que los mismos capturen los datos solicitados en los campos que se determinan como obligatorios en el formulario de registro que está disponible en CompraNet. Si los potenciales licitantes lo estiman conveniente podrán capturar, en ese momento o con posterioridad, la totalidad de la información prevista en dicho formulario.

El medio de identificación electrónica para que los potenciales licitantes nacionales, ya sean personas físicas o morales, hagan uso de CompraNet, será el certificado digital de la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

Cuando se trate de potenciales licitantes extranjeros, el medio de identificación electrónico para que hagan uso de CompraNet se generará por el propio sistema, previo llenado de los formatos que para tal efecto se encuentren establecidos en el mismo y la entrega de la documentación que a continuación se señala o de su equivalente, la cual de presentarse en idioma distinto al español deberá acompañarse de su correspondiente traducción a este idioma. Dicha documentación deberá remitirse debidamente legalizada o, en su caso, apostillada por las autoridades competentes, en términos de las disposiciones aplicables, a través de CompraNet, de manera digitalizada:

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NOTAS INFORMATIVAS

Persona Física Persona Moral

1. Acta de Nacimiento.

2. Identificación oficial con fotografía del país de

origen (por ejemplo pasaporte vigente).

3. Cédula de identificación fiscal.

4. Clave única de registro de población, si existe en

el país de origen.

En caso de que el trámite lo realice a través de apoderado, adicionalmente:

1. Documento que acredite el otorgamiento de

dicha representación.

2. Identificación oficial con fotografía.

3. Cédula de identificación fiscal (opcional).

1. Testimonio de la escritura pública con la que se

acredite su existencia legal, así como las facultades de su representante legal o apoderado, incluidas sus respectivas reformas.

2. Identificación oficial con fotografía del

representante legal o apoderado (ejemplo pasaporte vigente).

3. Cédula de identificación fiscal de la persona moral

y, de manera opcional, la de su representante legal o apoderado.

4. Clave única de registro de población del

representante legal o apoderado.

CompraNet emitirá un aviso de recepción de la información a que alude este numeral.

15.- Una vez que el potencial licitante, nacional o extranjero, haya capturado correctamente los datos determinados como obligatorios en el formulario de registro a que alude el primer párrafo del numeral anterior, CompraNet le hará llegar dentro de los ocho días naturales posteriores, una contraseña inicial de usuario registrado, la cual deberá modificar de manera inmediata con la finalidad de salvaguardar la confidencialidad de la información que remita a través de CompraNet.

16.- Para la presentación y firma de proposiciones o, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, los licitantes nacionales deberán utilizar la firma electrónica avanzada que emite el Servicio de Administración Tributaria para el cumplimiento de obligaciones fiscales.

En el caso de los licitantes extranjeros, para la presentación y firma de sus proposiciones y, en su caso, de inconformidades a través de CompraNet, deberán utilizar los medios de identificación electrónica que otorgue o reconozca la Secretaría de la Función Pública, de conformidad con las disposiciones emitidas al efecto.

CompraNet emitirá un aviso de la recepción de las proposiciones o, en su caso, de las inconformidades a que se refieren los párrafos anteriores.

Por medio de identificación electrónica se considerará al conjunto de datos y caracteres asociados que permiten reconocer la identidad de la persona que hace uso del mismo, y que legitiman su consentimiento para obligarse a las manifestaciones que realice con el uso de dicho medio.

17.- La UPCP pondrá a disposición de los usuarios de CompraNet, a través de dicho sistema, la información necesaria para el uso eficiente del mismo.

Registro Único de Proveedores y de Contratistas.

18.- Para su inscripción en el Registro Único de Proveedores o en el de Contratistas, según corresponda, el proveedor o contratista interesado deberá incorporar en CompraNet los datos que le sean aplicables de entre los contenidos en el formulario disponible en dicho sistema, los cuales en términos de los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley de Obras, son:

I. Nombre o razón social, nacionalidad y domicilio;

II. Información relativa al número de escritura constitutiva, sus reformas y datos de su inscripción en el Registro Público correspondiente;

III. Relación de socios, conforme a lo dispuesto en los artículos 50 fracción VII de la Ley de Adquisiciones o 51 fracción VI de la Ley de Obras, según corresponda, y el artículo 73 de la Ley General de Sociedades Mercantiles;

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NOTAS INFORMATIVAS

IV. Nombre de los representantes legales del proveedor o contratista, así como la información relativa a los documentos públicos que los acrediten como tales y sus datos de inscripción en el Registro Público de Comercio;

V. Especialidad del proveedor o contratista y la información relativa a los contratos que según el caso, lo acrediten;

VI. Experiencia del proveedor o contratista y la información de los contratos que según el caso, la acreditan, y

VII. Información referente a la capacidad técnica, económica y financiera del proveedor o contratista.

Una vez que el proveedor o contratista adjudicado haya completado el formulario a que se refiere el párrafo anterior, la Unidad compradora validará la información proporcionada y en su caso lo inscribirá en el RUPC dentro de los dos días hábiles posteriores a que se haya completado el formulario. CompraNet hará llegar al proveedor o contratista su número de inscripción, dentro de los dos días hábiles posteriores a ésta. La fecha de inscripción en el RUPC, será la que se considere como el inicio del historial del proveedor o contratista para efectos de lo dispuesto en los artículos 48 de la Ley de Adquisiciones y 86 de su Reglamento, así como en los artículos 48 de la Ley de Obras y 90 de su Reglamento.

El proveedor o contratista será responsable de mantener actualizada la información a que se refiere este numeral, para efectos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción VI del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 61, fracción VII del Reglamento de la Ley de Obras, para lo cual utilizará el medio de identificación electrónica con el que tiene acceso a CompraNet.

19.- Corresponderá a las unidades compradoras incorporar a CompraNet, los datos relativos a los contratos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas y a su cumplimiento, con el propósito de integrar el historial de proveedores o contratistas a que hacen referencia los artículos 105 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 43 del Reglamento de la Ley de Obras, según corresponda.

20.- La inscripción en el RUPC sólo se realizará en una ocasión. Cuando una Unidad compradora reciba la solicitud de inscripción de algún proveedor o contratista que ya se encuentre registrado en el RUPC, le comunicará a éste de tal circunstancia y le solicitará verificar que su información contenida en dicho registro se mantenga actualizada.

21.- La clave y contraseña que la Unidad compradora utilizará para capturar y validar la información del RUPC le será proporcionada por la UPCP, previa solicitud que realice conforme al procedimiento difundido a través de CompraNet.

La clave y contraseña a que se refiere el párrafo anterior, serán diferentes de las que utilizan los operadores y/o administradores de la Unidad compradora para realizar los procedimientos de contratación en el CompraNet.

22.- La información relativa al RUPC permanecerá en CompraNet aun cuando el proveedor o contratista solicite su baja del mismo.

23.- Una vez concluido el contrato, la Unidad compradora que capturó los datos relevantes del mismo, deberá incorporar en CompraNet, con base en la información que le proporcione el administrador del contrato o el área responsable de la ejecución de los trabajos, los datos relativos al cumplimiento de dicho contrato para el efecto de que dicho sistema asigne una puntuación al proveedor o contratista, según corresponda, a partir de menor incidencia de los siguientes factores:

● Aplicación de penas convencionales;

● Deducciones al pago o retenciones;

● Ejecución de garantías de cumplimiento, de anticipo, de vicios ocultos, o cualesquiera otra; 5

● Inhabilitación en la dependencia o entidad convocante, en términos de los artículos 50 fracción III de la Ley de Adquisiciones o 51 fracción III de la Ley de Obras, según corresponda, y

● Rescisión administrativa.

El grado de cumplimiento de un proveedor o contratista se determinará por el promedio aritmético de la puntuación de cada uno de los contratos que tenga registrados en CompraNet.

Cualquier Unidad compradora tendrá acceso a la información relativa al historial de cumplimiento de los proveedores y contratistas, con base en la cual podrán reducir los montos de garantía de cumplimiento, en términos de lo dispuesto en los Lineamientos expedidos al efecto por la Secretaría de la Función Pública.

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NOTAS INFORMATIVAS

CompraNet sólo considerará totalmente integrado un expediente (carpeta virtual), una vez que la Unidad compradora incorpore en dicho sistema la información a que se refiere el primer párrafo de este numeral respecto del o los contratos derivados de un procedimiento de contratación.

De la operación de CompraNet.

24.- Para dar inicio a un procedimiento de contratación en CompraNet, se requiere la creación previa de un expediente (carpeta virtual) el cual contendrá toda la información que derive de dicho procedimiento. Para la creación del expediente, CompraNet cuenta con plantillas preconfiguradas que consideran los diferentes requerimientos de información, según el tipo de procedimiento que se pretenda llevar a cabo.

25.- Los contratos que deriven de un procedimiento de contratación deberán reportarse, a más tardar dentro de los 5 días hábiles posteriores al fallo, con independencia de la fecha en que se firmen, utilizando el formulario que para el reporte de información relevante del contrato se encuentra disponible en CompraNet. Cualquier modificación a la información proporcionada, deberá reportarse dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que ésta ocurra.

26.- Las actas relativas a la junta de aclaraciones, al acto de presentación y apertura de proposiciones, y a la junta pública en la que se dé a conocer el fallo, se deberán incorporar en CompraNet al concluir dichos actos, en la sección de difusión al público en general.

27.- La Unidad compradora que permita la recepción de proposiciones en forma documental y por escrito durante un procedimiento de contratación mixto o presencial, deberá incorporar dicha información a CompraNet utilizando al efecto la guía que se encuentra disponible en el propio sistema, con objeto de analizar el comportamiento de las contrataciones públicas.

La información generada por cualquier Operador y/o Administrador en CompraNet, será considerada documento público en términos del Código Federal de Procedimientos Civiles, por lo que su reproducción a través de dicho sistema tendrá pleno valor probatorio.

28.- CompraNet cuenta con un Clasificador Único de las Contrataciones Públicas, denominado CUCOP, el cual permitirá, entre otras funcionalidades, optimizar el análisis de la información relativa a los bienes, servicios y obras públicas que contratan las dependencias y entidades. El CUCOP será utilizado por:

a. Los potenciales licitantes, al momento en que se registren en la plataforma para clasificar los bienes o servicios de su especialidad, y

b. Las unidades compradoras, al configurar cada expediente de contratación y durante la captura de los datos relevantes del contrato.

29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad compradora, recabarán de los licitantes su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.

30.- Cuando por causas ajenas a CompraNet o a la Unidad compradora, no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada, hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto la Unidad compradora difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que iniciará o reanudará el acto.

De las Ofertas Subsecuentes de Descuentos.

31.- Para utilizar la modalidad OSD en un procedimiento de licitación pública electrónica, la Unidad compradora tendrá que seleccionar la plantilla correspondiente a esta modalidad al momento de crear el expediente.

32.- La participación en un procedimiento de licitación pública electrónica, bajo la modalidad OSD, implica la previa acreditación de los licitantes interesados en el uso de la herramienta OSD, a tal efecto, la UPCP mantendrá en CompraNet a disposición de cualquier interesado, la información necesaria para su capacitación y/o acreditación en el uso de dicha herramienta.

33.- El servidor público que acredite su capacitación para el uso de CompraNet en términos de lo dispuesto en el numeral 8 de las presentes disposiciones, estará certificado para llevar a cabo procedimientos de licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD.

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NOTAS INFORMATIVAS

34.- La Unidad compradora estará autorizada para realizar la licitación pública electrónica bajo la modalidad de OSD cuando el servidor público designado como operador y/o administrador cumpla lo dispuesto en el numeral anterior.

35.- La clave de acceso o certificado digital para que los licitantes participen en procedimientos de contratación bajo la modalidad de OSD serán los mismos que recibieron al inscribirse al CompraNet, de conformidad con los numerales 14 y 15 de las presentes disposiciones.

Transitorios

PRIMERO.- El presente Acuerdo y las disposiciones contenidas en el mismo entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, se abrogan las disposiciones y se dejan sin efectos los oficios que a continuación se indican:

● Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 9 de agosto de 2000.

● Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que éstos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de abril de 1997.

● Oficio No. SP/100/del 610 al 635/2004 de fecha 23 de agosto de 2004, emitido por el Secretario de la Función Pública, relativo a la información que debe remitirse al Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales (COMPRANET)

Oficio SP/100/336/09 de fecha 23 de septiembre de 2009, emitido por el Secretario de la Función Pública, mediante el cual se indica que deberán subirse al Sistema CompraNet los contratos con un monto mayor a 300 veces el Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal sin considerar IVA.

TERCERO.- A partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo, la versión de CompraNet que se encuentra activa desde el año 2000, dejará de ser el sistema electrónico de información pública gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas. La información contenida en dicha versión no será migrada a la nueva plataforma y sólo se mantendrá disponible para consulta, así como para los efectos previstos en el párrafo siguiente. Los procedimientos de contratación que las dependencias y entidades hayan iniciado en la versión activa de CompraNet a que se refiere el párrafo anterior, deberán concluirse utilizando esa versión.

CUARTO.- Hasta en tanto se encuentre disponible la funcionalidad en CompraNet para realizar el sorteo por insaculación previsto en el último párrafo del artículo 54 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, dicho sorteo se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los párrafos segundo y tercero del citado precepto.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

Ciudad de México, a los dieciséis días del mes de junio de dos mil once.- El Secretario de la Función Pública, Salvador Vega Casillas.- Rúbrica.