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Nota informativa Página 1 de 19 Canal de Isabel II, S.A. inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al Tomo 29.733, Folio 86, Sección 8, Hoja M-534929 e Inscripción 1ª, NIF A86488087, Domicilio Social: C/ Santa Engracia, 125, 28003 Madrid RELACIÓN DE DEFECTOS SUBSANABLES DE LA DOCUMENTACIÓN DE CRITERIOS DE SELECCIÓN CUALITATIVA DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS APORTADA POR LOS LICITADORES PARA EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN DEL CONTRATO N.º 109/2019 PARA OBRAS REFERIDAS A ACTUACIONES URGENTES DE RENOVACIÓN Y REPARACIÓN EN LA RED DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y EN LA RED DE AGUA REGENERADA DE CANAL DE ISABEL II, S.A. Durante el plazo concedido al efecto han presentado ofertas las siguientes empresas: 1 UTE SACYR AGUA, S.L. - SACYR INFRAESTRUCTURAS, S.A. (Lotes 1 a 12) - 2 UTE ACSA OBRAS E INFRAESTRUCTURAS, S.A.U. - AQUATEC, PROYECTOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U. (Lotes 1 a 12) - 3 UTE OPS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS HIDRÁULICOS, S.L. - MARTIN CASILLAS, S.L.U. (Lotes 1 a 12) - 4 UTE VIAS Y CONSTRUCCIONES, S.A. - SOCAMEX, S.A.U. (Lotes 1 a 12) - 5 UTE ORTIZ CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. - ASTEISA TRATAMIENTO DE AGUAS, S.A.U. (Lotes 1 a 12) - 6 UTE CANALIZACIONES TADOP, S.L. - ARTERIEGO, S.L. AVANCE Y DESARROLLO DE OBRAS, S.L. (Lotes 1 a 12) - 7 UTE GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. INYMA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. (Lotes 1 a 12) - 8 UTE AQUAMBIENTE, SERVICIOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U. - CONSTRAULA, ENGINYERIA I OBRES, S.A. (Lotes 1 a 12) - 9 UTE OCIDE CONSTRUCCIÓN, S.A. - CANALIZACIONES CIVILES, S.A. (Lotes 1 a 12) - 10 UTE LICUAS, S.A. SAGLAS, S.A. LICERANZU, S.A. (Lotes 1 a 12) - 11 DRAGADOS, S.A. (Lotes 1 a 12) A15139314 12 SUMINISTROS Y MONTAJES INDUSTRIALES, S.A. (Lotes 1 a 12) A28009389 13 IMESAPI, S.A. (Lotes 1 a 12) A28010478 14 FERROVIAL AGROMAN, S.A. (Lotes 1 a 12) A28019206 15 ULLASTRES, S.A. (Lotes 1 a 12) A28051597 16 INSERCON, S.A. (Lotes 1 a 12) A28545242

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RELACIÓN DE DEFECTOS SUBSANABLES DE LA DOCUMENTACIÓN DE CRITERIOS DE

SELECCIÓN CUALITATIVA DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS APORTADA POR LOS

LICITADORES PARA EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN DEL CONTRATO N.º 109/2019 PARA

OBRAS REFERIDAS A ACTUACIONES URGENTES DE RENOVACIÓN Y REPARACIÓN EN LA RED

DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE Y EN LA RED DE AGUA REGENERADA DE CANAL DE

ISABEL II, S.A.

Durante el plazo concedido al efecto han presentado ofertas las siguientes empresas:

1 UTE SACYR AGUA, S.L. - SACYR

INFRAESTRUCTURAS, S.A. (Lotes 1 a 12) -

2

UTE ACSA OBRAS E INFRAESTRUCTURAS, S.A.U. -

AQUATEC, PROYECTOS PARA EL SECTOR DEL

AGUA, S.A.U. (Lotes 1 a 12)

-

3

UTE OPS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS

HIDRÁULICOS, S.L. - MARTIN CASILLAS, S.L.U.

(Lotes 1 a 12)

-

4 UTE VIAS Y CONSTRUCCIONES, S.A. - SOCAMEX,

S.A.U. (Lotes 1 a 12) -

5

UTE ORTIZ CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A.

- ASTEISA TRATAMIENTO DE AGUAS, S.A.U. (Lotes 1

a 12)

-

6

UTE CANALIZACIONES TADOP, S.L. - ARTERIEGO,

S.L. – AVANCE Y DESARROLLO DE OBRAS, S.L.

(Lotes 1 a 12)

-

7

UTE GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. – INYMA

CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A. (Lotes 1 a

12)

-

8

UTE AQUAMBIENTE, SERVICIOS PARA EL SECTOR

DEL AGUA, S.A.U. - CONSTRAULA, ENGINYERIA I

OBRES, S.A. (Lotes 1 a 12)

-

9 UTE OCIDE CONSTRUCCIÓN, S.A. -

CANALIZACIONES CIVILES, S.A. (Lotes 1 a 12) -

10 UTE LICUAS, S.A. – SAGLAS, S.A. – LICERANZU, S.A.

(Lotes 1 a 12) -

11 DRAGADOS, S.A. (Lotes 1 a 12) A15139314

12 SUMINISTROS Y MONTAJES INDUSTRIALES, S.A.

(Lotes 1 a 12) A28009389

13 IMESAPI, S.A. (Lotes 1 a 12) A28010478

14 FERROVIAL AGROMAN, S.A. (Lotes 1 a 12) A28019206

15 ULLASTRES, S.A. (Lotes 1 a 12) A28051597

16 INSERCON, S.A. (Lotes 1 a 12) A28545242

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17 COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, S.A. (Lotes 1

a 12) A46146387

18 ELECNOR, S.A. (Lotes 1 a 12) A48027056

19 INESCO, S.A. (Lotes 1 a 12) A78315850

20 FCC AQUALIA, S.A. (Lotes 1 a 12) A26019992

21 ACCIONA AGUA, S.A. (Lotes 1 a 12) A95113361

22 PACSA SERVICIOS URBANOS Y DEL MEDIO

NATURAL, S.L. (Lotes 1 a 12) B85187292

Los defectos subsanables encontrados en la documentación de criterios de selección cualitativa de los

operadores económicos correspondiente al sobre Nº1 son los siguientes:

UTE SACYR AGUA, S.L. - SACYR INFRAESTRUCTURAS, S.A.

En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (en adelante

PCAP) se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente en

países diferentes de España).

Subsanación: deben aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

UTE OPS INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS HIDRÁULICOS, S.L. - MARTIN CASILLAS, S.L.U.

PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

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“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente en

países diferentes de España), sino que presenta unos datos del INE para acreditar los 300.000 habitantes

obtenidos de internet.

Subsanación: deben aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“6. Medios que deben adscribirse a la ejecución del contrato:

(…)

b) El licitador deberá comprometerse a que, en caso de ser adjudicatario, todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio en servicio, y un vehículo para cada brigada en servicio.

En todas las áreas de Conservación, los vehículos deberán tener las etiquetas ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública. Los vehículos deberán estar identificados de acuerdo con el Anexo VII del Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“b) Declaración responsable relativa a que todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio y un vehículo para cada brigada en servicio”.

Defecto: la UTE licitadora no presenta compromiso de que los vehículos tengan las etiquetas ambientales

exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública.

Subsanación: deben aportar el mencionado compromiso para acreditar lo dispuesto en el

apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP.

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TERCERO.- En el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un almacén que se encuentre en una localización geográfica que permita transportar las piezas requeridas en cada momento en un plazo máximo de 90 minutos hasta la avería o punto de obra, en cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente”.

Defecto: el compromiso de adscripción de almacén de material aportado por la UTE licitadora, no cubre

toda la vigencia del contrato, incluida la eventual prórroga.

Subsanación: deben aportar el mencionado compromiso por la totalidad de la vigencia del

contrato, eventual prórroga incluida, para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.3.1 del Anexo I

del PCAP.

CUARTO.- En el apartado 5.3.2 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un taller de calderería en una localización geográfica que permita acceder al mismo en un plazo máximo de 90 minutos desde cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente, disponible las 24 horas del día todos los días del año, y que cuente con seis (6) años de experiencia en trabajos de reparación con soldadura en campo”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta declaración responsable o compromiso firmado por la UTE y la

entidad que pone a su disposición el taller de calderería durante la vigencia del contrato, eventual prórroga

incluida.

Subsanación: deben aportar el mencionado compromiso firmado por ambas partes, por la

totalidad de la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, para acreditar lo dispuesto en el

apartado 5.3.2 del Anexo I del PCAP.

UTE VIAS Y CONSTRUCCIONES, S.A. - SOCAMEX, S.A.U.

En el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un almacén que se encuentre en una localización geográfica que permita transportar las piezas requeridas en cada momento en un plazo máximo de 90 minutos hasta la avería o punto de obra, en cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta compromiso por parte del arrendador del almacén de materiales

para toda la vigencia del contrato, incluida la eventual prórroga.

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Subsanación: deben aportar el mencionado compromiso por la totalidad de la vigencia del

contrato, eventual prórroga incluida, para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.3.1 del Anexo I

del PCAP.

UTE CANALIZACIONES TADOP, S.L. - ARTERIEGO, S.L. – AVANCE Y DESARROLLO DE OBRAS, S.L.

PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente en

países diferentes de España).

Subsanación: deben aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 5.3.2 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un taller de calderería en una localización geográfica que permita acceder al mismo en un plazo máximo de 90 minutos desde cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente, disponible las 24 horas del día todos los días del año, y que cuente con seis (6) años de experiencia en trabajos de reparación con soldadura en campo”.

Defecto: la UTE licitadora no acredita que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán de un taller de

calderería para toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida.

Subsanación: deben aportar la documentación que acredite la disposición de dicho taller en el

caso de resultar propuesto como adjudicatario, por la totalidad de la vigencia del contrato,

eventual prórroga incluida, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 5.3.2 del Anexo I del PCAP.

UTE GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. – INYMA CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.A.

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PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 2 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“2. Experiencia en la ejecución de obras análogas: los licitadores deberán haber realizado obras análogas a las del presente Contrato ejecutadas en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

a) 1 reparación de tuberías de abastecimiento de agua potable de diámetro igual o superior a 600 mm”.

Defecto: el certificado aportado por la UTE licitadora no es de reparación en tubería de abastecimiento

de diámetro igual o superior a 600 mm, sino que es de instalación.

Subsanación: deben aportar certificado de reparación de tubería de abastecimiento de diámetro

igual o superior a 600 mm para acreditar el apartado 5.1 B) 2 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 5.2 B) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“La integración de solvencia en la forma prevista en el artículo 75 de la LCSP (Integración de la solvencia con medios externos) se admitirá siempre y cuando el licitador demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de la solvencia y medios de la entidad con la que integre su solvencia. La entidad a la que recurra el licitador no podrá estar incursa en una prohibición de contratar. Cuando un licitador desee recurrir a las capacidades de otras entidades demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades”.

Defecto: GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. aporta un compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con las empresas SAUR, S.A.S. y NUINSA INVERSIONES, S.L., que a su vez participan en un 33% cada una en la empresa mixta de aguas de Las Palmas (EMALSA). En el compromiso se indica que GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. dispondrá efectivamente de la solvencia y los medios de SAUR, S.A.S. y NUINSA INVERSIONES, S.L. para toda la duración del contrato y posibles prórrogas. Sin embargo, en el compromiso no se indican los medios de los que dispondrá GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. En el mismo sentido, GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. aporta un compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con la empresa SERCANARIAS. En el compromiso se indica que GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. dispondrá efectivamente de la solvencia y los medios de la entidad SERCANARIAS que se describen en el mismo. Sin embargo, en el compromiso no se indican los medios de la entidad SERCANARIAS de los que dispondrá GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. Subsanación: deben aportar compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con SAUR, S.A.S. y NUINSA INVERSIONES, S.L. indicando expresamente los medios (medios materiales, humanos, procedimientos de actuación…etc.) que dichas entidades pondrán a disposición de GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. En el mismo sentido, deben aportar compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con SERCANARIAS indicando expresamente los medios (medios materiales, humanos, procedimientos de actuación…etc.) que dicha entidad pondrá a disposición de GESTIÓN Y TÉCNICAS DEL AGUA, S.A. En concreto, dichos compromisos deberán contener los siguientes puntos:

- Gestión de personal y vehículos.

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- Metodología en la gestión del mantenimiento preventivo. - Metodología en la gestión del mantenimiento correctivo. - Metodología en prelocalización y detección de fugas en la red de abastecimiento. - Metodología en la gestión de una red sectorizada.

TERCERO.- En el apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Un Encargado de Obras con dedicación exclusiva al contrato y al menos seis (6) años de experiencia en obras de abastecimiento y reparación de averías de redes de abastecimiento en los últimos 16 años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org)”.

Defecto: el currículum del Encargado aportado por la UTE licitadora no acredita experiencia en

reparación de averías en redes de abastecimiento.

Subsanación: deben aportar currículum del Encargado donde se acredite la experiencia en

reparación de averías en redes de abastecimiento tal y como establece el apartado 5.1 B) 5 del

Anexo I del PCAP.

CUARTO.- En el apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“6. Medios que deben adscribirse a la ejecución del contrato:

(…)

b) El licitador deberá comprometerse a que, en caso de ser adjudicatario, todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio en servicio, y un vehículo para cada brigada en servicio.

En todas las áreas de Conservación, los vehículos deberán tener las etiquetas ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública. Los vehículos deberán estar identificados de acuerdo con el Anexo VII del Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“b) Declaración responsable relativa a que todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio y un vehículo para cada brigada en servicio”.

Defecto: la UTE licitadora no presenta compromiso de que los vehículos tengan las etiquetas ambientales

exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública.

Subsanación: deben aportar el mencionado compromiso para acreditar lo dispuesto en el

apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP.

QUINTO.- En el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

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“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un almacén que se encuentre en una localización geográfica que permita transportar las piezas requeridas en cada momento en un plazo máximo de 90 minutos hasta la avería o punto de obra, en cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente”.

Defecto: la reserva de almacén aportada por la UTE licitadora expira el día 31 de julio de 2020.

Subsanación: deben aportar compromiso de disposición de almacén por la totalidad de la vigencia

del contrato, eventual prórroga incluida, para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.3.1 del Anexo

I del PCAP.

SEXTO.- En la cláusula 11 del PCAP se dispone lo siguiente:

“Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas”.

Defecto: el compromiso de taller de calderería aportado por la UTE licitadora no es original ni fotocopia compulsada. Este documento -si no se aporta el original o fotocopia compulsada- será admitido si se acompaña de una declaración responsable firmada en nombre de la empresa licitadora por persona con poder suficiente para ello, donde se declare estar en posesión del original de dicho/s documento/s y que, en cualquier caso, se compromete a presentarlo ante Canal de Isabel II, S.A. en el momento en que le sea requerido para su comprobación.

Subsanación: deben aportar la declaración responsable mencionada de estar en posesión del original de dicho documento o, en su defecto, aportar original, copia notarial o fotocopia compulsada de dicho compromiso.

SÉPTIMO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente en

países diferentes de España).

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Subsanación: deben aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

UTE AQUAMBIENTE, SERVICIOS PARA EL SECTOR DEL AGUA, S.A.U. - CONSTRAULA,

ENGINYERIA I OBRES, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.2 B) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“La integración de solvencia en la forma prevista en el artículo 75 de la LCSP (Integración de la solvencia con medios externos) se admitirá siempre y cuando el licitador demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de la solvencia y medios de la entidad con la que integre su solvencia. La entidad a la que recurra el licitador no podrá estar incursa en una prohibición de contratar. Cuando un licitador desee recurrir a las capacidades de otras entidades demostrará que va a disponer de los recursos necesarios mediante la presentación a tal efecto del compromiso por escrito de dichas entidades”.

Defecto: AQUAMBIENTE aporta un compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con la entidad aguas municipalizadas de Alicante empresa mixta (AMAEM). En el compromiso se indica que AQUAMBIENTE dispondrá efectivamente de la solvencia y los medios de la entidad AMAEM que se describen en el mismo. Sin embargo, en el compromiso no se indican los medios de la entidad AMAEM de los que dispondrá AQUAMBIENTE. Se solicita que se requiera a AQUAMBIENTE la aportación del compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con AMAEM indicando expresamente los medios de AMAEM que dicha entidad pondrá a disposición de AQUAMBIENTE. Subsanación: deben aportar compromiso para la integración de la solvencia con medios externos suscrito con AMAEM indicando expresamente los medios (medios materiales, humanos, procedimientos de actuación…etc.) que dicha entidad pondrá a disposición de AQUAMBIENTE. En concreto, dicho compromiso deberá contener los siguientes puntos:

- Gestión de personal y vehículos. - Metodología en la gestión del mantenimiento preventivo. - Metodología en la gestión del mantenimiento correctivo. - Metodología en prelocalización y detección de fugas en la red de abastecimiento. - Metodología en la gestión de una red sectorizada.

SEGUNDO.- En el apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Un Encargado de Obras con dedicación exclusiva al contrato y al menos seis (6) años de experiencia en obras de abastecimiento y reparación de averías de redes de abastecimiento en los últimos 16 años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org)”.

Aclaración: se solicita aclaración de la duración de las reparaciones de las averías realizadas por el

Encargado para el Ayuntamiento de Palencia, ya que se atribuye una duración de un mes para cada

reparación. Debe aclarar la mencionada cuestión para poder acreditar la experiencia requerida en

el apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP.

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TERCERO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la UTE licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente en

países diferentes de España).

Subsanación: deben aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

DRAGADOS, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la empresa licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente

en países diferentes de España).

Subsanación: debe aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

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SEGUNDO.- En el apartado 5.2 B) 5 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Para el Jefe de Servicio y el encargado, relación con currícula con la experiencia referida en el

apartado 5.1 B) 5 anterior para el perfil correspondiente. En el caso del Jefe de Servicio también

se aportará la titulación, que debe ser una de la indicadas en el apartado 5.1 B) 5 anterior para

dicho perfil. Tanto los currículos como el título del Jefe de Servicio deberán permitir la

identificación de los titulares de los mismos mediante nombre y apellidos”.

Defecto: no se especifica el cargo a desempeñar por las personas a las que corresponden los CV

presentados por la empresa licitadora.

Subsanación: debe aportar dichos CV donde se especifique el cargo a desempeñar por cada una

de las personas para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP.

TERCERO.- En el apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“6. Medios que deben adscribirse a la ejecución del contrato:

(…)

b) El licitador deberá comprometerse a que, en caso de ser adjudicatario, todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio en servicio, y un vehículo para cada brigada en servicio.

En todas las áreas de Conservación, los vehículos deberán tener las etiquetas ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública. Los vehículos deberán estar identificados de acuerdo con el Anexo VII del Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“b) Declaración responsable relativa a que todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio y un vehículo para cada brigada en servicio”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta compromiso de que los vehículos tengan las etiquetas

ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública.

Subsanación: debe aportar el mencionado compromiso para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP.

CUARTO.- En el apartado 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4.-Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del Contrato.

Las empresas licitadoras deberán acreditar que las mismas ostentan la habilitación empresarial

o profesional exigida conforme al ordenamiento jurídico vigente para realizar las prestaciones

objeto del Contrato.

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En este sentido, los licitadores (y/o los subcontratistas correspondientes) al menos deberán estar

inscritos en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) conforme a lo establecido en

el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas

de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

Para acreditar el requisito mencionado anteriormente, los licitadores (y/o los subcontratistas

correspondientes) deberán presentar la ficha actualizada de inscripción presentada en el Registro

de empresas con riesgo de amianto (RERA)”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta certificado de inscripción en el RERA.

Subsanación: debe aportar certificado de inscripción en el RERA para acreditar lo dispuesto en el

apartado 4 del Anexo I del PCAP.

SUMINISTROS Y MONTAJES INDUSTRIALES, S.A.

En el apartado 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4.-Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del Contrato.

Las empresas licitadoras deberán acreditar que las mismas ostentan la habilitación empresarial

o profesional exigida conforme al ordenamiento jurídico vigente para realizar las prestaciones

objeto del Contrato.

En este sentido, los licitadores (y/o los subcontratistas correspondientes) al menos deberán estar

inscritos en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) conforme a lo establecido en

el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas

de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

Para acreditar el requisito mencionado anteriormente, los licitadores (y/o los subcontratistas

correspondientes) deberán presentar la ficha actualizada de inscripción presentada en el Registro

de empresas con riesgo de amianto (RERA)”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta certificado de inscripción en el RERA.

Subsanación: debe aportar certificado de inscripción en el RERA para acreditar lo dispuesto en el

apartado 4 del Anexo I del PCAP.

IMESAPI, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un almacén que se encuentre en una localización geográfica que permita transportar las piezas requeridas en cada momento en un plazo máximo de 90 minutos hasta la avería o punto de obra, en cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente”.

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Defecto: la empresa licitadora no aporta compromiso de disposición de almacén de material que cubra

toda la vigencia del contrato, incluida la eventual prórroga.

Subsanación: debe aportar el mencionado compromiso por la totalidad de la vigencia del contrato,

eventual prórroga incluida, para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En la cláusula 11 del PCAP se dispone lo siguiente:

“Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas”.

Defecto: el contrato presentado de la disposición de almacén aportado por la empresa licitadora no es original ni fotocopia compulsada. Este documento -si no se aporta el original o fotocopia compulsada- será admitido si se acompaña de una declaración responsable firmada en nombre de la empresa licitadora por persona con poder suficiente para ello, donde se declare estar en posesión del original de dicho/s documento/s y que, en cualquier caso, se compromete a presentarlo ante Canal de Isabel II, S.A. en el momento en que le sea requerido para su comprobación.

Subsanación: debe aportar la declaración responsable mencionada de estar en posesión del original de dicho documento o, en su defecto, aportar original, copia notarial o fotocopia compulsada de dicho contrato. FERROVIAL AGROMAN, S.A.

En el apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“6. Medios que deben adscribirse a la ejecución del contrato:

(…)

b) El licitador deberá comprometerse a que, en caso de ser adjudicatario, todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio en servicio, y un vehículo para cada brigada en servicio.

En todas las áreas de Conservación, los vehículos deberán tener las etiquetas ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública. Los vehículos deberán estar identificados de acuerdo con el Anexo VII del Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“b) Declaración responsable relativa a que todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio y un vehículo para cada brigada en servicio”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta compromiso de que los vehículos tengan las etiquetas

ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública.

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Subsanación: debe aportar el mencionado compromiso para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP.

ULLASTRES, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Un Encargado de Obras con dedicación exclusiva al contrato y al menos seis (6) años de experiencia en obras de abastecimiento y reparación de averías de redes de abastecimiento en los últimos 16 años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org)”.

Aclaración: según el currículum del Encargado aportado por la empresa licitadora, el mismo no

pertenece en la actualidad a la plantilla de ULLASTRES, S.A. ni hay compromiso de adscripción a dicha

empresa. Debe aclarar la mencionada cuestión para poder acreditar la experiencia requerida en el

apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la empresa licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente

en países diferentes de España).

Subsanación: debe aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

INSERCON, S.A.

En el apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

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“6. Medios que deben adscribirse a la ejecución del contrato:

(…)

b) El licitador deberá comprometerse a que, en caso de ser adjudicatario, todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio en servicio, y un vehículo para cada brigada en servicio.

En todas las áreas de Conservación, los vehículos deberán tener las etiquetas ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública. Los vehículos deberán estar identificados de acuerdo con el Anexo VII del Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“b) Declaración responsable relativa a que todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio y un vehículo para cada brigada en servicio”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta compromiso de que los vehículos tengan las etiquetas

ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública.

Subsanación: debe aportar el mencionado compromiso para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP.

COBRA INSTALACIONES Y SERVICIOS, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4. Experiencia en la ejecución de trabajos análogos: los licitadores deberán haber realizado trabajos análogos a las del presente Contrato ejecutados en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…)

La población según el último censo del I.N.E. (u organismo oficial equivalente en países diferentes de España) en los municipios en los que haya gestionado la red con dicho contrato será al menos de 300.000 habitantes”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 4 del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“(…) Finalmente, la población se justificará mediante certificado del I.N.E. (u organismo oficial

equivalente en países diferentes de España)”.

Defecto: la empresa licitadora no aporta certificado de población de INE (u organismo oficial equivalente

en países diferentes de España).

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Subsanación: debe aportar el mencionado certificado para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 4 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 5.3.2 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un taller de calderería en una localización geográfica que permita acceder al mismo en un plazo máximo de 90 minutos desde cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente, disponible las 24 horas del día todos los días del año, y que cuente con seis (6) años de experiencia en trabajos de reparación con soldadura en campo”.

Defecto: el documento de la disposición de taller de calderería aportado por la empresa licitadora no es original ni fotocopia compulsada. Este documento -si no se aporta el original o fotocopia compulsada- será admitido si se acompaña de una declaración responsable firmada en nombre de la empresa licitadora por persona con poder suficiente para ello, donde se declare estar en posesión del original de dicho/s documento/s y que, en cualquier caso, se compromete a presentarlo ante Canal de Isabel II, S.A. en el momento en que le sea requerido para su comprobación.

Subsanación: debe aportar la declaración responsable mencionada de estar en posesión del original de dicho documento o, en su defecto, aportar original, copia notarial o fotocopia compulsada de dicho documento. Aclaración: además, en el Anexo X, para los trabajos subcontratados con la empresa DEFRASA, existe una contradicción con el certificado del taller de calderería, pues el Anexo X indica que “No se incluyen en ningún caso trabajos de reparación urgente de tuberías, piezas y elementos hidráulicos”. Debe aclarar la mencionada contradicción. ELECNOR, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.1 B) 2 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“2. Experiencia en la ejecución de obras análogas: los licitadores deberán haber realizado obras análogas a las del presente Contrato ejecutadas en los dieciséis (16) últimos años anteriores a la fecha de publicación del PCAP en el perfil de contratante de Canal de Isabel II, S.A., (www.madrid.org), con las siguientes unidades mínimas:

(…) c) Limpieza de 4 depósitos de agua potable de más de 2.000 m3 o 1 de 18.000 m3”.

Defecto: la empresa licitadora no acredita la limpieza de 4 depósitos de agua potable de más de 2.000

m3 ni al menos uno de más de 18.000 m3.

Subsanación: debe aportar la documentación exigida en el apartado 5.2 B) 2 del Anexo I del PCAP

que acredite lo dispuesto en el apartado 5.1 B) 2 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Los licitadores deberán presentar documentación que acredite que en caso de resultar adjudicatarios dispondrán durante toda la vigencia del contrato, eventual prórroga incluida, de un almacén que se encuentre en una localización geográfica que permita transportar las piezas

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requeridas en cada momento en un plazo máximo de 90 minutos hasta la avería o punto de obra, en cualquier punto del Área de Red (zona geográfica) a la que pertenezca el Lote correspondiente”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta contrato, precontrato o cualquier otro título válido en derecho

que acredite la disposición de almacén de material que comprenda toda la vigencia del contrato, incluida

la eventual prórroga.

Subsanación: debe aportar el mencionado compromiso por la totalidad de la vigencia del contrato,

eventual prórroga incluida, para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.3.1 del Anexo I del PCAP.

TERCERO.- En el apartado 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“4.-Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del Contrato.

Las empresas licitadoras deberán acreditar que las mismas ostentan la habilitación empresarial

o profesional exigida conforme al ordenamiento jurídico vigente para realizar las prestaciones

objeto del Contrato.

En este sentido, los licitadores (y/o los subcontratistas correspondientes) al menos deberán estar

inscritos en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) conforme a lo establecido en

el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas

de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

Para acreditar el requisito mencionado anteriormente, los licitadores (y/o los subcontratistas

correspondientes) deberán presentar la ficha actualizada de inscripción presentada en el Registro

de empresas con riesgo de amianto (RERA)”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta certificado de inscripción en el RERA.

Subsanación: debe aportar certificado de inscripción en el RERA para acreditar lo dispuesto en el

apartado 4 del Anexo I del PCAP.

FCC AQUALIA, S.A.

PRIMERO.- En el apartado 5.2 B) 5 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“Para el Jefe de Servicio y el encargado, relación con currícula con la experiencia referida en el

apartado 5.1 B) 5 anterior para el perfil correspondiente. En el caso del Jefe de Servicio también

se aportará la titulación, que debe ser una de la indicadas en el apartado 5.1 B) 5 anterior para

dicho perfil. Tanto los currículos como el título del Jefe de Servicio deberán permitir la

identificación de los titulares de los mismos mediante nombre y apellidos”.

Defecto: no se especifica el cargo a desempeñar por las personas a las que corresponden los CV

presentados por la empresa licitadora.

Subsanación: debe aportar dichos CV donde se especifique el cargo a desempeñar por cada una

de las personas para acreditar lo dispuesto en el apartado 5.1 B) 5 del Anexo I del PCAP.

SEGUNDO.- En el apartado 4 del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

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“4.-Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del Contrato.

Las empresas licitadoras deberán acreditar que las mismas ostentan la habilitación empresarial

o profesional exigida conforme al ordenamiento jurídico vigente para realizar las prestaciones

objeto del Contrato.

En este sentido, los licitadores (y/o los subcontratistas correspondientes) al menos deberán estar

inscritos en el Registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) conforme a lo establecido en

el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas

de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de amianto.

Para acreditar el requisito mencionado anteriormente, los licitadores (y/o los subcontratistas

correspondientes) deberán presentar la ficha actualizada de inscripción presentada en el Registro

de empresas con riesgo de amianto (RERA)”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta certificado de inscripción en el RERA.

Subsanación: debe aportar certificado de inscripción en el RERA para acreditar lo dispuesto en el

apartado 4 del Anexo I del PCAP.

ACCIONA AGUA, S.A. En la cláusula 11 del PCAP se dispone lo siguiente:

“Con carácter general todos los documentos deberán ser originales, copias notariales o fotocopias compulsadas”.

Defecto: el compromiso presentado de la disposición de taller de calderería aportado por la empresa licitadora no es original ni fotocopia compulsada. Este documento -si no se aporta el original o fotocopia compulsada- será admitido si se acompaña de una declaración responsable firmada en nombre de la empresa licitadora por persona con poder suficiente para ello, donde se declare estar en posesión del original de dicho/s documento/s y que, en cualquier caso, se compromete a presentarlo ante Canal de Isabel II, S.A. en el momento en que le sea requerido para su comprobación.

Subsanación: debe aportar la declaración responsable mencionada de estar en posesión del original de dicho documento o, en su defecto, aportar original, copia notarial o fotocopia compulsada de dicho compromiso.

PACSA SERVICIOS URBANOS Y DEL MEDIO NATURAL, S.L.

En el apartado 5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se dispone lo siguiente:

“6. Medios que deben adscribirse a la ejecución del contrato:

(…)

b) El licitador deberá comprometerse a que, en caso de ser adjudicatario, todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio en servicio, y un vehículo para cada brigada en servicio.

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En todas las áreas de Conservación, los vehículos deberán tener las etiquetas ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública. Los vehículos deberán estar identificados de acuerdo con el Anexo VII del Pliego de Prescripciones Técnicas”.

Asimismo, en el apartado 5.2 B) 6 b) del Anexo I del PCAP se establece lo siguiente:

“b) Declaración responsable relativa a que todos los vehículos destinados a los trabajos objeto del contrato deberán contar con una antigüedad inferior a cinco (5) años, desde su matriculación y, al menos, se dispondrá de un vehículo para cada mando intermedio y un vehículo para cada brigada en servicio”.

Defecto: la empresa licitadora no presenta compromiso de que los vehículos tengan las etiquetas

ambientales exigidas por los ayuntamientos para poder circular y estacionar en la vía pública.

Subsanación: debe aportar el mencionado compromiso para acreditar lo dispuesto en el apartado

5.1 B) 6 b) del Anexo I del PCAP.

Por favor, presenten la documentación antes de las 14.00 horas del tercer día hábil computado a

partir del día hábil siguiente a la publicación en el tablón de anuncios electrónico del Portal de la

Contratación Pública de la Comunidad de Madrid en la Subdirección de Contratación, Calle Santa

Engracia, 125. Edif. 9 planta baja, 28003, Madrid. Si las deficiencias no fueran subsanadas, no será

tomada en consideración la oferta presentada en el presente procedimiento de licitación. Tfno.

91.545.10.00

Madrid a 10 de julio de 2020

La Secretaria de la Mesa de Contratación

El presente documento ha sido aprobado por el procedimiento establecido al efecto en la fecha

referida en el mismo.