Random House vs. Rosetta Books

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  • 8/3/2019 Random House vs. Rosetta Books

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    RANDOM HOUSE V. ROSETI'A BOOKS, LLC1Medida Prejudicial Precautoria.Tribunal del Estado de Nueva York (segundo distrito).2001.

    Antecedentes.

    Durante el afro 2000, y a comienzos de 2001, Rosetta Books celebrecontratos con diversos autores (entre ellos Kurt Vonnegut, William Styrony Robert B. Parker), que otorgaban a esta una licencia para ofrecer, atraves de Internet, versiones digitalizadas de dichas obras (conocidascorrientemente como ebooks) (...). El 26 de febrero de 2001, Rosetta Booksinauguro su pagina web, donde ofrecia la transmision de obras literarias.Al dia siguiente, la editorial Random House interpone una demand a porviolacion de derechos de Propiedad Intelectual en contra de Rosetta Books,y por inteferir en los contratos que Random House tenia previamente condichos autores. Solicito, adernas, una medida prejudicial precuatoria" queimpidiese a Rosetta Books funcionar, en virtud de esta infraccion a la leyde propiedad intelectual.

    El argumento principal de Random House versaba en los contratosque los autores mencionados habian celebrado con esta antes que conRosetta Books. En estos contratos se determinaba claramente que RandomHouse tenia el derecho de "Imprimir, Publicar y vender una obra literariaen la forma de libro". De esta manera, por 10 tanto, se vulneran losderechos de la demandante, protegidos, en especifico, por el titulo 17,parag'rafo 502(a) de la Ley de Propiedad intelectual Estadounidense, por

    1 La siguiente es una traducci6n libre y resumida de la sentencia. Su texto completo, en idiomaoriginal, se encuentra disponible [en linea] http://www.law.comell.edu/copyrightlcases/ebooks.htm(consulta: 4 de marzo de 2008).2 En el derecho americana se contempla una acci6n procesal conocida como injuction,consistente en una orden del tribunal a una parte para realizar, 0 abstenerse de realizar, ciertosactos. AI presentar caracteristicas similares, ha sido traducida como medida precautoria.

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    http://www.law.comell.edu/copyrightlcases/ebooks.htmhttp://www.law.comell.edu/copyrightlcases/ebooks.htm
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    cuanto la puesta a disposicionde obras literarias a traves de Internet es underechoque lecorrespondia a esta y no a Rosetta Books.

    Rosetta Book,en su defensa, alega que la oferta de obras literarias atraves de las redes digitales no afecta de ninguna manera aquellosderechos otorgados por los autores a Random House, por cuanto loscontratos celebrados por esta no incluian una licencia de derechoselectronlcos0digitales.

    Decision.

    Aeste caso no le son aplicables las normas deDerechodeAutor, porcuanto los contratos de licencia, en Estados Unidos, se encuentran sujetosa las reglas de derecho contractual, diversas en cada Estado, ademasporque ninguna de las partes 10 ha invocado, ni 10 ha utilizado en susrespectivosargumentos.

    Random House alega poseer los derechos en cuestion,adquirtendolos a traves de un contrato de licencia exclusiva con losautores ( ) Los acuerdos de licencia son materia de DerechoContractualEstatal ( ) Esta solicitud, por 10 tanto, solopuede resolverse a traves de ladeterminacion de las obligaciones contractuales de cada parte. En estesentido, no resultan aplicables la ley de derecho de autor, ya seansustantivas 0 procedimentales.

    En materia de derecho contractual, toea al juez interpretar lasolauaulas de ambiguas de este, en atencion a la intencion de las partesclaramente establecidas en este, tratando de lograr la mayor armoniaposibleentre las distintas partes del contrato. Asi, las leyes contractualesdel Estado de Nueva York determinan que todo escrito debe serinterpretado en atencion a la intencion de las partes al momento de

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    suscribirlo, de acuerdo a 10 expresado en este, debiendose interpretar lalicencia en su totalidad para evitar contradicciones entre sus clausulas.

    Respecto a las licencias, la cuesti6n principal radica en sf el contratocelebrado entre Random House y los autores anterior menteindividualizados podia extenderse a los nuevos canales de mercado, que eldesarrollo tecno16gico hacia posible.

    Para determinar la cobertura de una licencia respecto de las nuevasformas de explotaci6n de una obra, este Tribunal se encuentra legalmenteobligado a respetar los precedentes establecidos en Boosey v. Walt Disney;y Bartsch v. Metro Goldwyn Mayer.

    En el caso Bartsch, el autor de la obra "Maytime", concedi6 a HarryBartsch los derechos para adaptar la obra al medio cinematografioo,incluyendo para grabar, reproducir y exhibir la obra cinematog'rafica. En1958 MGM concedi6 una licencia para la transmisi6n de esta obra portelevisi6n, provocando una demanda por parte de Bartsch, alegando que elderecho para transmitir la obra por televisi6n no le habia sido entregado aMGM. La Corte sentenci6 en esta oportunidad que de acuerdo a 10pactadopor Bartsch y MGM, el contrato era 10suficientemente amplio como paraincluir nuevos usos, rechazando, por tanto, la demanda.

    En el caso Boosey, el asignatario de los derechos de autor delcompositor Igor Stravinsky licenci6 los derechos de la obra, "El Rito de laPrimavera", para ser sincronizados dentro de la obra cinematog'raficaFantasia. En 1991, Disney sac6 a la venta Fantasia en formato VHS, 10queprovoc6 que Boosey demandara, alegando que la licencia concedida noabarcaba al formato de video. En este caso, la Corte tambien determin6 queel nuevo usa de la obra caia dentro de la licencia otorgada, al ser esta deuna naturaleza amplia.

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    (...) A traves de una interpretacion armonica del contrato, y, enespecial de la clausula que otorga a Random House los derechos para"imprimir, publicar y comercializar la obra en forma to de libro", no resultaaplicable la licencia celebrada por esta respecto de la publicacion de lasobras literarias en formato de ebook. En esta determinacion, este tribunaltomo en cuanta la definicion de libro, como "una obra escrite 0impresa, deficci6n 0no, plasmada en hojas de papel que se encuentran unidas entresf". Que a su vez, la palabra forma es definida como "le apariencia externade un area claramente definida, y que distingue pot: su color material 0figura, ya sea de una cosa 0persona".

    (... ) Manifiestamente, los contratos entre Random House y losautores otorgaban a esta la facultad para publicar en forma exclusiva lasobras literarias en cuestion, determinando, mas adelante que esta incluiala facultad para imprimir versiones completas de la obra, reimprimirlas,publicar versiones resumidas, y en sistema Braille. Este nivel detalle noseria necesario, si la frase "en forma de libro" incluida en las licencias,incluyera todos los tipos de libros. Este par'rafo acota explicitamente quederechos le otorgaba el autor a la editorial, 10 que, a contrario sensu, llevaa concluir que la licencia tenia un caracter estricto a en cuanto a lospermisos que otorgaba.

    En su defensa, Random House sefiala que la frase "en forma delibro", significa reproducir fielmente el texto del autor, de manera tal deotorgar al lector una experiencia completa de la obra literaria, y que,cumpliendo los ebooks la misma miston, estaria transgrediendo derechosque le son propios. De esta manera, Random House sefiala que cuando laexperiencia es la misma, el derecho debe ser el mismo. Sin embargo, deacuerdo a la interpretacion del contrato, las individualizaciones que haceRandom House se refieren tambien a un mismo tipo de experiencia

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    (versiones eompletas, abreviadas, Braille), eon 10 que queda demostradoque la intencion de los lieeneiantes era otorgar la faeultad de explotar laobra de eiertas maneras, entregaran 0no el mismo tipo de experieneianarrativa C . . . ) .

    No eorresponde apliear la clausula de no eompeteneia, estableeidasen las lieeneias, por euanto se trataba de un tema de ineumplimiento deeontrato y no de dereehos de autor. Random House sefiala que en virtud deeste paeto de no eompeteneia, los autores se eneontraban inhibidos deeelebrar eualquier tipo de eontrato que pudiese dafiar las ventas de lasobras eomereializadas por ella, por 10 que, de haber eorrespondido unanueva lieeneia para la transmision de estas obras a traves de las redesdigitales, esta se le debio haber otorgado a Random House. Sobre esto no leeorresponde opinar a este Tribunal, por no tratarse del tema en estudioC ) .

    En definitiva, eoncluimos que de la leetura del eontrato no se puededeterminar que la lieeneia incluya mas explotaeiones que aquellasestrietamente sefialadas por las partes, sefialando que los usos editorialesreservan la frase "en forma de libro" estrietamente para la publicacion deedieiones en formato de papel, negando en definitiva, la solieitud deRandom House.

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