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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMÓN FACULTAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGÍA CARRERA DE INGENIERIA CIVIL PROYECTO CONSTRUCCION DE CARRETERA CON PAVIMENTO FLEXIBLE TRAMO PUENTE ARCE-AIQUILE Materia: SISTEMAS DE INGENIERIA Docente: MSc. ING. SACA VENTURA OSCAR Estudiantes: UNIV. CORDOVA CORDOVA JAIME MARCELO UNIV. SENZANO GARCIA JOSE LUIS UNIV. TERRAZAS MERCADO MICAELA Fecha de entrega: 3 DE DICIEMBRE DE 2012 COCHABAMBA - BOLIVIA CONSTRUCCION DE CARRETERA CON PAVIMENTO FLEXIBLE TRAMO PUENTE ARCE-AIQUILE

proyecto construccion puente arce

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PAVIMENTO FLEXIBLE TRAMO PUENTE ARCE-AIQUILE

PAVIMENTO FLEXIBLE TRAMO PUENTE ARCE-AIQUILESISTEMAS DE INGENIERIA

UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMNFACULTAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGACARRERA DE INGENIERIA CIVIL

PROYECTO CONSTRUCCION DE CARRETERA CON PAVIMENTO FLEXIBLE TRAMO PUENTE ARCE-AIQUILE

Materia: SISTEMAS DE INGENIERIA

Docente: MSc. ING. SACA VENTURA OSCAR

Estudiantes: UNIV. CORDOVA CORDOVA JAIME MARCELOUNIV. SENZANO GARCIA JOSE LUISUNIV. TERRAZAS MERCADO MICAELA Fecha de entrega: 3 DE DICIEMBRE DE 2012

COCHABAMBA - BOLIVIA

CONSTRUCCION DE CARRETERA CON PAVIMENTO FLEXIBLE TRAMO PUENTE ARCE-AIQUILE

1. Antecedentes del proyecto Localizacin del proyecto (usar Google Earth)

Nombre de la empresa ejecutante La Empresa constructora ejecutante es AVICONS S.A. que a su vez con otras 3 empresas forman parte de la empresa Consorcio Aiquile/S&L Ingenieros. Entidad licitante La entidad licitante de este proyecto es la Administradora Boliviana De Carreteras (ABC) Fotografas y video del proyecto Las fotografas y el video se presentara en los anexos de este proyecto Fotografa de presencia de todos los integrantes del grupo en la obra 2. Gestin administrativa Como est organizado la empresa

La empresa constructora AVICONS S.A. se organiza por:I. Parte tcnica del proyectoi. Ingenierosii. Tcnicosiii. Laboratoristas, etc.II. Parte administrativo/econmicoi. Contadoresii. Administradoresiii. Almaceneros III. Parte operativai. Maquinaria y herramientas de trabajo manual. Como llevan el inventariado de sus equipos y herramientas La empresa cuenta con un encargado del equipo y maquinaria necesaria para la realizacin de este proyecto, quien hace el inventario de la maquinaria y o herramientas faltantes. Cules son las tareas que le corresponde a su personal Las tareas que les corresponden a cada uno del personal de la empresa encargada de la obra son:I. Ingeniero Residente: Es el encargado de la obraII. Ingeniero en control de calidad del Hormign: Es el encargado de lo que son todos los trabajos en hormign (obras de arte, alcantarillas, muros de contencin badenes, etc).III. Ingeniero Ambiental: Es el que realiza estudios para que la obra no afecte el ambiente del lugar donde se realizara la obra.IV. Administrador de Obra: Encargado de la contabilidad del monto econmico destinado a la obra.V. Encargado Jefe de Maestranza: Esta encargado mas que todo del funcionamiento de la maquinaria. Que paquetes usan en la preparacin de sus precios unitarios El paquete que usan para la preparacin de sus precios unitarios es Microsoft Excel . Para presentarse a las licitaciones, como verifican los precios de los materiales, equipos y herramientas. Mediante un sondeo basado en una revista de precios unitarios llamado Presupuesto & Construccin. De donde y a qu precio se alquilan los equipos pesados. La mayora de los equipos son de propiedad de la empresa constructora AVICONS S.A. Conclusiones y que recomendaciones les daran a la empresa en cuanto a su gestin administrativa. Se pudo notar una falta de seriedad de la constructora debido al desfase que tiene la obra, ya que debera ser entregada a fines de este ao. Se recomienda a la empresa tener mas seriedad.

3. Gestin del tiempo Como controlan el tiempo de duracin de cada actividad. LA EMPRESA CONTROLA LA DURACION DE CADA ACTIVIDAD MEDIANTE UN CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PREVIA ADJUDICACION DEL PROYECTO, SE COMIENZA HACIENDO UN RECONOCIMIENTO DEL TERRENO EN EL CUAL SE EJECUTARA EL PROYECTO. Como hacen el seguimiento de la precedencia de actividades EL SEGUIMIENTO DE LA PRECEDENCIA DEPENDE LA CUADRILLA DE TRABAJO QUE SE TENGA Y SUS RENDIMIENTOS EN CASO DE LAS MAQUINARIAS. Cmo definen el nmero de sus obreros LA EMPRESA CONSTRUCTORA AVICONS PARA ESTA OBRA Y PARA LA ETAPA DEL PROYECTO DEL QUE ESTA ENCARGADO DEFINE EL NUMERO DE OBREROS CADA 150 M/DIA DE LA SIGUIENTE FORMA:

ESTO EN CUANTO AL MANEJO DE MAQUINARIA PESADA, TAMBIEN SE CUENTA CON:

TAMBIEN SE CUENTA CON EQUIPO DE ACARREO SEGN A LAS PRODUCTIVIDADES QUE SE CALCULAN DE LOS DEMAS EUIPOS PESADOS. LA PARTE ADMINISTRATIVA ES LA QUE SE ENCARGA DE LA CONTRATACION DEL PERSONAL DE TRABAJO.

Que herramientas de gestin del tiempo usar para verificar la duracin del proyecto Microsoft Project Cmo se encuentran en relacin a la fecha de entrega del proyecto EL PROYECTO TIENE 54 KM DE LOS QUE LA EMPRESA CONSORCIO AIQUILE ESTA ENCARGADO Q ESTA DIVIDIDO EN 4 PARTES CON 4 EMPRESAS CONSTRUCTORAS CADA UNA, LA EMPRESA CONSTRUCTORA AVICONS ESTA ENCARGADA DE 23 KM, CON UNA EJECUCION HASTA LA FECHA DE UN 95%. EL PROYECTO DE LOS 54 KM. TIENE QUE SER ENTREGADO HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE ESTE AO PERO CALCULANDO UN PROMEDIO DE LAS 4 EMPRESAS ENCARGADS SE TIENE UN DESFACE POR BAJO RENDIMIENTO Y MUCHAS OTROS PROBLEMAS QUE SE PRESENTAN. Conclusiones y que recomendaciones les daran a la empresa en cuanto a la gestin del tiempo. Para evitar retrasos en la ejecucin de obras futuras, se recomienda a la empresa tener un mejor seguimiento de la duracin de cada tem y verificarlo con el software debido.

4. Gestin del personal Como consiguen contratistas. PARA CONSEGUIR CONTRATISTAS LA EMPRESA Consorcio Aiquile/S&L Ingenieros VE PRIMERO LA MANO DE OBRA CALIFICADA, EN REALIDAD LLEGARIAN A SER SUBCONTRATISTAS, ESPECIFICAMENTE PARA OBRAS DE DRENAJE, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y POSIBLEMENTE PAARA OBRAS DEL MEDIO AMBIENTE, ETC.

Modelo de contrato de ejecucin de obras con el contratista. EL SUPERINTENDENTE ENCARGADO DE LA OBRA AL IGUAL QUE EL INGENIERO RESIDENTE NOS DIJERON QUE EL MODELO DE CONTRATO LO HALLARIAMOS EN LA PAGINA DE LA ABC Y EN SICOES, EL MODELO QUE SE ENCONTRO EN LA PAGINA DE LA ABC Y EL QUE SE ENCONTRO EN LA PAGINA DE SICOES SE LO PRESENTAMOS EN LOS ANEXOS

Problemas frecuentes en la obra con el Contratista, los obreros y como los resuelven. EN ESTE CASO LA EMPRESA NO TIENE PROBLEMAS NI CON LOS CONTRATISTAS NI CON LOS OBREROS YA QUE TANTO LA EMPRESA COMO LOS CONTRATISTAS TIENE SU PROPIO PERSONAL QUE DEBIDO AL TIEMPO QUE TRABAJAN, QUE SON AOS, YA SON DE CONFIANZA Y CONOCIDOS Y CADA UNO YA ES ENCARGADO DE SU PERSONAL Y CONTRALAN QUE CUMPLAN CON SUS DEBERES. Conclusiones y que recomendaciones les daran a la empresa en cuanto a la gestin de su personal La empresa no pudo darnos el numero exacto de la cantidad de personal, debido a que no realiza ningn contrato escrito con su personal, todo contrato realizado es de palabra5. Gestin de los materiales de construccin De donde compran los materiales LOS MATERIALES SE COMPRAN DE LAS CIUDADES YA QUE ES MAS BARATO QUE COMPRARLOS EN AIQUILE. A que precio los compran LA EMPRESA COMPRA LOS MATERIALES EN LAS CIUDADES CON UN 10% MENOS DE LO QUE COMPRARIA EN AIQUILE Con que anticipacin los compran EL MATERIAL SE COMPRA CON 2 SEMANAS DE ANTICIPACION QUE EN ESTE CASO SE COMPRA DESDE SUCRE. Quin los compra EXISTE UN INGENIERO ENCARGADO EN LA COMPRA DEL MATERIAL. Cmo minimizan el costo de compra MINIMIZAN EL PRECIO DE LA COMPRA AL COMPRAR DIRECTAMENTE DEL PRODUCTOR Y/O COMPRANDO POR CANTIDAD Como resuelven el transporte EL TRANSPORTE LO RESUELVEN TRANSPORTANDO ELLOS MISMOS EN SUS CAMIONETAS O EN LAS VOLQUETAS DE LA EMPRESA DE SER NECESARIO PARA MINIMIZAR COSTOS Conclusiones y que recomendaciones les daran a la empresa en cuanto a la gestin de los materiales de construccin. La empresa para prevenir la falta de material compra los materiales con dos semanas de anticipacin directamente de la fbrica que se encuentra en Sucre. Se recomienda un mejor control ambiental para los desechos de asfalto.6. Gestin econmica Como gestionan sus boletas de garanta SIENDO LAS BOLETAS DE GARANTIA UN TEMA MAS LEGAL DENTRO LA EMPRESA ESTA NOS PUDO DAR MUY POCA INFORMACION, COMO QUE SE LAS REALIZAN ANTES DEL PROCEDER DE LA OBRA, LAS SERIES DE BOLETAS QUE DEBEN CUMPLIR. Cmo y cuanto pagan a su personal y cada cuanto tiempo. DEPENDE AL CONTRATO UTILIZAN TRES TIPOS DE PAGO:ESTAJO, AVANCE DE OBRA Y JORNAL. EL PAGO ES REALIZADO POR QUINCE, MES Y JORNAL. Cmo controlan el rendimiento de los materiales ES CONTROLADO EN FORMA DIARIA, VIENDO CUANTO ENTRA DE AGREGADOS, DE CEMENTO Y DEMS.

Precios unitarios El rendimiento actual de cada material por actividad (por ejemplo kilos de cemento por m3 de hormign armado para columnas, etc., todo ello medir en obra)

Conclusiones y que recomendaciones les daran a la empresa en cuanto a la gestin econmica. La empresa debera contratar personal por contrato ya que por jornal la mano de obra requiere de ms presupuesto.7. Gestin de calidad Especificaciones tcnicas LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DE LA OBRA VAN DESDE LO MAS PEQUEO HASTA LO MAS GRANDE O DE MAYOR IMPORTANCIA, EJM: COMO SE DEBE HACER EL DESGLOSE PARA UNCONTROL DE CALIDAD AMIENTAL, COMO SE DEBE HACER EL VACIADO DE UN PUENTO EN CUANTO SE REFIERE AL CONTROL DE CALIDAD DEL HORMIGON, PASANDO POR TODAS LAS ACTIVIDADES QUE SE ENCUENTRAN EN EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES. LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL AMBIENTE DE LA OBRA SE DAN EN EL DOCUMENTO BASE DE CONTRATACION MOSTRADOS EN LOS ANEXOS.

Sistema constructivo que usan Como controlan la calidad de los materiales LA EMPRESA CONSTRUCTORA AVICONS CONTROLA LA CALIDAD DE LOS MATERIALES QUE USA COMPRANDO EL MATERIAL NECESARIO DE EMPRESAS CERTIFICADAS O MATERIALES QUE TENGAN CERTIFICACION DE CALIDAD, EJM: CON CERTIFICACION IMNORCA, ISO 9001,ETC. MEDIANTE ENSAYOS DE LABORATORIO, SACANDO NUCLEOS, CILINDROS, PARA LA RUPTURA Y VER LA RESISTENCIA DE LOS HORMIGONES. Conclusiones y que recomendaciones les daran a la empresa en cuanto a la gestin de calidad. De acuerdo a especificaciones tcnicas cada ensayo debe estar dentro del rango de error admitido, por ejemplo para los cimientos de los muros de contencin no de exceder un -5% del ensayo a compresin de los testigos.8. Trabajo de Gabinete Presentar el cronograma de las actividades del proyecto en planilla Excel (Diagrama de Gantt). Preparar y presentar el cronograma de las actividades del proyecto con el software Microsoft Project.ANEXOS La salida de los resultados debe mostrar la descripcin de las actividades, precedencia y duracin. Encontrar la ruta crtica. Interpretar los resultados.

9. Metodologa de trabajoConsiderando que Usted se est presentando a una licitacin de construccin, le piden que presente la siguiente informacin (de su proyecto de seguimiento):

Metodologa de trabajo Mtodos constructivos a usar Organizacin del personal

10. Sugerencias y recomendaciones del o los profesionales entrevistadosMencionar sugerencias, recomendaciones y opinin de los profesionales entrevistados con respecto al contenido del presente proyecto. EL INGENIERO RESIDENTE DE OBRA NOS CONTO QUE CUANDO EL INGRESO AL PROYECTO HACE 9 MESES LO MAS DIFICIL PARA SU PERSONA FUE NO SABER CON EXACTITUD COMO SE MANEJO O REALIZO EL PROYECTO HASTA ESE MOMENTO, YA QUE ANTES ESTABA OTRA INGENIERO COMO RESIDENTE DE OBRA. TAMBIEN NOS DIJO QUE COMO INGENIEROS NOS TOCA ASUMIR RESPONSABILIDADES GRANDES Y MUCHAS MAS ESTANDO A CARGO DE UN GRAN GRUPO DE PERSONAS NOSOTROS COMO INGENIEROS ENCARGADOS DEBEMOS MOSTRAR: DISCIPLINA, PUNTUALIDAD, RESPONSABILIDAD, ETICA PROFESIONAL, COMPROMISO LABORAL, ENTRE OTROS, TAMBIEN NOS DIJO QUE DEBEMOS MOSTRAR NUESTRO AMOR AL TRABAJO PARA INCULCAR LO MISMO A TODO EL PERSONAL. SE DEBE TENER MUCHO CUIDADO CON LA MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS QUE SE UTILIZARAN EN UNA OBRA PARA QUE NO EXISTAN PROBLEMAS NI MUCHO MENOS UN DESFACE EN EL CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES.

11. Conclusiones y recomendaciones Conclusiones y recomendaciones del grupo en cuanto a experiencias adquiridas en obra. Qu aspectos innovativos de organizacin sugeriran a la empresa? El uso del software PRESCON para el manejo de precios unitarios Conclusiones del grupo con respecto a la prctica (si les sirvi la prctica, sugerencias y recomendaciones que sern de utilidad para futuras versiones del presente proyecto).

12. Anexos

MODELO DE CONTRATO

MINUTA DE CONTRATOSEOR NOTARIO DE GOBIERNO DEL DISTRITO ADMINISTRATIVO DE _______(Registrar el lugar donde ser protocolizado el Contrato, si corresponde)En el registro de Escrituras Pblicas a su cargo se servir usted insertar el presente Contrato de Obras, para ________________(Registrar el tipo de obra a ser ejecutada y el lugar), sujeto a las siguientes clusulas:1. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATOPRIMERA.- (PARTES CONTRATANTES). Dir usted que las partes CONTRATANTES son:______ (Registrar de forma clara y detallada el nombre o razn social de la Entidad CONTRATANTE), representado por______________ (registrar el nombre y el cargo de los funcionarios competentes y responsables de la suscripcin del Contrato de Obra) designado(s) por _____________ (Registrar la Resolucin o documento de designacin por autoridad competente), que en adelante se denominar el CONTRATANTE y la _________(registrar la Razn Social de la empresa Constructora o asociacin accidental que ejecutar la obra), legalmente representada por __________ (Registrar el nombre completo y nmero de Cdula de Identidad del representante legal habilitado para la firma del Contrato en representacin de la empresa contratista), en virtud del Testimonio de Poder N _______ (Registrar el numero) otorgado ante __________________ (Registrar el N de Notaria de Fe Pblica ante la cual fue otorgada el Poder), el __________ (Registrar la fecha - da, mes, ao) en la __________ (Registrar el lugar donde fue otorgado el Poder), que en adelante se denominar el CONTRATISTA, quienes celebran y suscriben el presente Contrato de Obra.SEGUNDA.- (ANTECEDENTES LEGALES DEL CONTRATO) Dir usted que el CONTRATANTE, mediante Licitacin Pblica No. ______________(registrar el nmero de la Licitacin), convoc a empresas Constructoras interesadas a que presenten documentos administrativos, legales y propuesta tcnica y econmica, de acuerdo con los trminos del Documento Base de Contratacin aprobado mediante Resolucin Administrativa N _____ de ____ (Registrar el nmero y fecha de la R.A. de aprobacin del Documento Base de Contratacin) proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratacin establecidas en las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios aprobadas por Decreto Supremo N 29190 de 11 de julio de 2007 y su Reglamento.Que la Comisin de Calificacin de la Entidad CONTRATANTE, luego de efectuada la apertura de propuestas presentadas realiz el anlisis y evaluacin de las mismas, habiendo emitido Informe de Calificacin y Recomendacin al Responsable del Proceso de Contratacin de la obra objeto del presente Contrato, el mismo que fue aprobado y con base en el cual se pronunci la Resolucin Administrativa de Adjudicacin N ___________(Registrar el nmero y la fecha de la Resolucin), resolviendo adjudicar la ejecucin de la obra a ________________________(Registrar la razn social de la empresa o Asociacin de empresas adjudicatarias del servicio), por haber sido calificada en primer lugar, al cumplir su propuesta con todos los requisitos de la Convocatoria y ser la ms conveniente a los intereses de la Entidad CONTRATANTE.

(Si el RPC en caso excepcional decide adjudicar la obra un proponente que no sea el recomendado por la Comisin de Calificacin, deber adecuarse este hecho en la redaccin de la presente clusula).TERCERA.- (OBJETO DEL CONTRATO) El CONTRATISTA se compromete y obliga por el presente Contrato, a ejecutar todos los trabajos necesarios para la _____________________(Describir de forma detallada la obra que ser ejecutada e identificar de forma clara el lugar de su emplazamiento) hasta su acabado completo, con estricta y absoluta sujecin a las condiciones, precio, dimensiones, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de ejecucin estipulado y caractersticas tcnicas establecidas en el presente contrato y en los documentos que forman parte del presente instrumento legal. En adelante el objeto del contrato se denominar LA OBRA.

Para garantizar la correcta ejecucin y conclusin de la OBRA hasta la conclusin del contrato, el CONTRATISTA se obliga a ejecutar el trabajo, a suministrar equipo, mano de obra y materiales, as como todo lo necesario de acuerdo con los documentos de Licitacin y Propuesta presentada.CUARTA.- (PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRA) El CONTRATISTA ejecutar y entregar la obra satisfactoriamente concluida, en estricto acuerdo con los tems de la propuesta adjudicada, los planos del diseo final, la validacin del lugar de la obra, las especificaciones tcnicas y el Cronograma de Ejecucin de Obra en el plazo de __________ (Registrar en forma literal y numeral el plazo de ejecucin de la obra) calendario, que sern computados a partir de la fecha en la que el SUPERVISOR expida la Orden de Proceder, por orden del CONTRATANTE. En caso de otorgarse anticipo, la Orden de Proceder no podr ser emitida antes de que se haga efectivo el desembolso total del anticipo.

Emitida la Orden de Proceder, que constar en el Libro de rdenes, comenzar a correr el plazo de ejecucin de la obra. El plazo para la movilizacin del CONTRATISTA, realizando los trabajos de instalacin de faenas, facilidades para la SUPERVISIN y propias, que ser de _________________(Registrar en forma literal y numeral el plazo previsto para el efecto) das calendario, forma parte del plazo total de ejecucin de la obra, por lo que tambin se computa a partir de la emisin de la Orden de Proceder.

El plazo de ejecucin de la obra, establecido en la presente clusula, podr ser ampliado en los siguientes casos:

a) Cuando el CONTRATANTE as lo determine de acuerdo con el procedimiento establecido en la Clusula Trigsima, por incremento en los volmenes de obra o modificaciones en la obra que incidan en el plazo, lo que ser consignado en la respectiva Orden de Cambio o Contrato Modificatorio b) Por demora en el pago de planillas de avance de obrac) Por otras de las causales previstas en este Contrato y documentos que forman parte del mismo.

El CONTRATISTA deber efectuar el trmite de reclamo en su favor, cumpliendo el procedimiento pertinente, el que ser analizado por el SUPERVISOR para luego emitir informe y recomendacin respectiva al FISCAL, a efectos de la emisin de la Orden de Cambio que establezca la ampliacin de plazo.QUINTA.- (MONTO DEL CONTRATO) El monto total propuesto y aceptado por ambas partes para la ejecucin del objeto del presente Contrato es de __________ (Registrar en forma literal y numeral el monto del Contrato, en bolivianos establecido en la Resolucin de Adjudicacin) (En licitaciones internacionales, el monto del contrato podr ser en moneda extranjera, en caso de que el precio total contratado fuese en moneda extranjera se debe dejar expresamente establecido que el pago se realizar en moneda nacional y al tipo de cambio oficial de venta establecido por el Banco Central de Bolivia en el da de la facturacin).

El precio o valor final de la OBRA ser el resultante de aplicar los precios unitarios de la propuesta adjudicada, en base de las cantidades de obra que se han establecido en el Formulario de Propuesta.

Queda establecido que los precios unitarios consignados en la propuesta adjudicada incluyen la provisin de materiales de calidad, equipos, instalaciones auxiliares, herramientas, andamiajes y todos los dems elementos, sin excepcin alguna, que sean necesarios para la realizacin y cumplimiento de la ejecucin de la obra, mismos que deben estar de acuerdo con lo sealado en las especificaciones tcnicas. Este precio tambin comprende todos los costos de referidos a salarios, incidencia en ellos por leyes sociales, impuestos, aranceles, daos a terceros, reparaciones por trabajos defectuosos, gastos de seguro de equipo, maquinaria y de accidentes personales, gastos de transporte y viticos y todo otro costo directo o indirecto incluyendo utilidades que pueda tener incidencia en el precio total de la obra, hasta su acabado satisfactorio y posterior entrega definitiva.

Es de exclusiva responsabilidad del CONTRATISTA, efectuar los trabajos contratados dentro del precio establecido de la obra ya que no se reconocern ni procedern pagos por trabajos que hiciesen exceder dicho importe, a excepcin de aquellos autorizados expresamente por escrito mediante los instrumentos tcnico-legales previstos en este Contrato.

SEXTA.- (ANTICIPO). Despus de ser suscrito legalmente el Contrato, con objeto de cubrir gastos de movilizacin, el CONTRATANTE a solicitud expresa del CONTRATISTA, entregar un anticipo hasta mximo del veinte por ciento (20%) del monto total del contrato, contra entrega de una Garanta de Correcta Inversin de Anticipo por el 100% del monto entregado. El importe del anticipo ser descontado en ___________ (indicar el numero de planillas o certificados de pago acordados entre ambas partes CONTRATANTES) planillas, hasta cubrir el monto total anticipado.El importe de la garanta podr ser cobrado por el CONTRATANTE en caso de que el CONTRATISTA no haya iniciado la obra dentro de los __________ (Registrar en forma literal y numrica, el plazo previsto al efecto en el Documento Base de Contratacin) das establecidos al efecto, o en caso de que no cuente con el personal y equipos necesarios para la realizacin de la obra estipulada en el contrato, una vez iniciado ste.Esta garanta original, podr ser sustituida peridicamente deducindose el monto amortizado y ser emitida por el saldo que resta por amortizar. Las garantas substitutivas debern mantener su vigencia en forma continua y hasta el plazo originalmente previsto, por lo que el CONTRATISTA realizar las acciones correspondientes a este fin oportunamente.El SUPERVISOR llevar el control directo de la vigencia y validez de esta garanta, en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliacin al CONTRATISTA, o solicitar al CONTRATANTE su ejecucin.

(En caso de no existir anticipo, la entidad contratante deber eliminar la presente clusula del contrato)SPTIMA.- (GARANTAS). El CONTRATISTA garantiza la correcta y fiel ejecucin del presente CONTRATO en todas sus partes con la __________ (Registrar el tipo de garanta otorgada) N ___________ emitida por __________ (Registrar el nombre de la Entidad emisora de la garanta) el _______ de ___________ de 20____, con vigencia hasta el ______ de _______ de 20 _____, a la orden de ___________________ (Registrar el nombre o razn social de la Entidad CONTRATANTE), por el siete por ciento (7%) del valor del CONTRATO, que corresponde a _____________ (Registrar el monto en forma literal) (registrar el monto en forma numrica, entre parntesis).(Cuando la propuesta econmica sea menor en ms del quince por ciento (15%) del precio referencial, deber adicionarse a la garanta constituida una garanta adicional del 7% sobre la diferencia entre el valor de la propuesta econmica y el ochenta y cinco por ciento (85%) del precio referencial establecido para la contratacin).

El importe de dicha garanta en caso de cualquier incumplimiento contractual incurrido por el CONTRATISTA, ser ejecutado en favor del CONTRATANTE sin necesidad de ningn trmite o accin judicial, a su solo requerimiento.Empero, si se procediera a la Recepcin Definitiva de la Obra dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se har constar mediante el Acta correspondiente, suscrita por ambas partes CONTRATANTES, dicha garanta ser devuelta despus de la Liquidacin del Contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.EL CONTRATISTA, tiene la obligacin de mantener actualizada la Garanta de Cumplimiento de Contrato cuantas veces lo requiera el SUPERVISOR, por razones justificadas, quien llevar el control directo de vigencia de la misma bajo su responsabilidad. El SUPERVISOR llevar el control directo de la vigencia de la garanta en cuanto al monto y plazo, a efectos de requerir su ampliacin al CONTRATISTA, o solicitar al CONTRATANTE su ejecucin.Las garantas de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversin de Anticipo, estarn bajo custodia de la unidad administrativa del CONTRATANTE, lo que no exime la responsabilidad del SUPERVISOR. OCTAVA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIN). Cualquier aviso o notificacin que tengan que darse las partes bajo este Contrato y que no estn referidas a trabajos en la obra misma, ser enviada:Al CONTRATISTA:_____________________(registrar el domicilio que seale el CONTRATISTA especificando calle y nmero del inmueble donde funcionan sus oficinas)_____________________(registrar la ciudad)Al CONTRATANTE:_____________________(registrar el domicilio de la Entidad CONTRATANTE, especificando calle y nmero del inmueble donde funcionan sus oficinas)_____________________(registrar la ciudad)NOVENA.- (VIGENCIA DEL CONTRATO). El presente Contrato entrar en vigencia una vez que haya sido suscrito por ambas partes, debiendo cumplirse con los siguientes trmites:0. Otorgarse el Anticipo, cuando sea solicitado.0. Ser protocolizado, cuando corresponda.0. Ser registrado en la Contralora General de la Repblica.

La falta de realizacin de estos trmites no afecta la validez y eficacia del presente documento contractual.

DCIMA.- (DOCUMENTOS DE CONTRATO). El presente documento, las especificaciones tcnicas, planos y toda otra documentacin referente a la Obra, constituyen parte esencial de los Documentos de Contrato y tienen por finalidad complementarse mutuamente:10.1. Documento Base de Contratacin y enmienda al Documento Base de Contratacin (si existieren).0. Especificaciones Tcnicas.0. Proyecto a Diseo Final.0. Otros documentos necesarios para la ejecucin de la obra, como ________ (sealar los que correspondan).10.2. Documentos completos de propuesta del CONTRATISTA, incluyendo el Formulario de Propuesta Econmica, detalle de personal y equipo asignado a la ejecucin de la obra, Cronograma y Mtodo de Ejecucin.10.3. Fotocopias legalizadas de: NIT Certificado de Inscripcin, en el Registro de Empresas Constructoras, emitido por la entidad competente (excepto para contrataciones de obras hasta Bs8.000.000.- (Ocho MILLONES 00/100 Bolivianos) Poder General del Representante del CONTRATISTA.10.4. Originales de: Certificado de Actualizacin de Matricula, expedido por el Registro de Comercio de Bolivia. Certificado de Informacin sobre Solvencia con el Fisco, emitido por la Contralora General de la Repblica. Contrato de Asociacin Accidental (si corresponde). Resolucin Administrativa de Adjudicacin. Garanta de Cumplimiento de Contrato y Correcta Inversin de Anticipo.En el caso de Asociaciones Accidentales, cada asociado tiene la obligacin de presentar la documentacin anterior.DCIMA PRIMERA.- (IDIOMA). El presente Contrato, toda la documentacin aplicable al mismo y la que emerja de la ejecucin de la obra, debe ser elaborado en idioma espaol.

DCIMA SEGUNDA.- (LEGISLACIN APLICABLE AL CONTRATO) El presente contrato es un Contrato Administrativo, por lo que est sujeto a la normativa prevista en la Ley N 1178 de Administracin y Control Gubernamentales, en los aspectos de su ejecucin y resultados. Asimismo, el contrato se interpretar de conformidad con las leyes de la Repblica de Bolivia.DCIMA TERCERA.- (DERECHOS DEL CONTRATISTA). El CONTRATISTA, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisin del CONTRATANTE, o por falta de pago de la obra ejecutada, o por cualquier otro aspecto consignado en el presente Contrato.

Tales reclamos debern ser planteados por escrito y de forma documentada, a la SUPERVISIN de la obra, hasta treinta (30) das hbiles posteriores al suceso que motiva el reclamo.

El SUPERVISOR, dentro del lapso impostergable de diez (10) das hbiles, de recibido el reclamo, lo analizar y emitir su informe - recomendacin al CONTRATANTE a travs del FISCAL, para que en el plazo de diez (10) das hbiles pueda aceptarlo, solicitar su aclaracin o rechazar la recomendacin, lo que realizar por escrito, a los fines de la respuesta al CONTRATISTA.

En los casos que as corresponda por la complejidad del reclamo, la FISCALIZACIN o la dependencia responsable del seguimiento de la obra, podr solicitar el anlisis del reclamo y del informe - recomendacin a las dependencias tcnica, financiera o legal, segn corresponda, a objeto de procesar la respuesta a la SUPERVISIN y de sta al CONTRATISTA.

Todo proceso de respuesta a reclamos, no deber exceder los veinticinco (25) das hbiles, computables desde la recepcin del reclamo documentado por la SUPERVISIN.

(Si el plazo de ejecucin de la obra es corto, los plazos previstos pueden ser reducidos en concordancia con el plazo de contrato).

La SUPERVISIN, FISCALIZACIN y el CONTRATANTE, no atendern reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta clusula.

13.1Eventos compensables de plazoLos siguientes eventos sern Eventos Compensables de plazo:

a) El CONTRATANTE no permite el acceso a alguna parte de la Zona donde se ejecutar la Obra en la Fecha de ejecutar la Orden de Proceder.b) El SUPERVISOR de Obra provoca una demora o no emite oportunamente los planos, especificaciones o instrucciones requeridas para ejecucin de la Obra.c) El SUPERVISOR de Obra ordena al CONTRATISTA poner al descubierto o realizar pruebas adicionales respecto de trabajos que se comprueba no tienen defecto alguno.d) El SUPERVISOR de Obra niega sin razn la aprobacin para efectuar una subcontratacin, prevista en la propuesta.e) Las condiciones del terreno son mucho peores de lo que razonablemente cabra haber supuesto antes de la emisin de la Carta de Aceptacin, tomando como base la informacin proporcionada a los licitantes (incluidos los Informes de Investigaciones de la Zona de Obras), informacin que es de dominio pblico y la que se obtenga de una inspeccin ocular de la Zona de Obras.f) El SUPERVISOR de Obra imparte instrucciones para resolver una situacin imprevista causada por el CONTRATANTE, o por otros trabajos adicionales necesarios por razones de seguridad u otros motivos.g) Autoridades pblicas, empresas de servicios pblicos o el CONTRATANTE no trabajan entre las fechas y otras restricciones estipuladas en el Contrato y ocasionan demoras o costos adicionales al CONTRATISTA.h) El Anticipo se paga con atraso.i) Los efectos sobre el CONTRATISTA de cualquiera de los riesgos del CONTRATANTE.j) El SUPERVISOR de Obra demora ms all de lo razonable la emisin del Certificado de Recepcin Final.k) Otros Eventos Compensables que constan en el Contrato o que el SUPERVISOR de Obra determina que son aplicables.

Si un Evento Compensable impide que los trabajos se concluyan en la Fecha Prevista de Terminacin, se prolongar la fecha prevista de conclusin (entrega provisional), segn la evaluacin y determinacin de la SUPERVISIN tcnica.

Tan pronto como el CONTRATISTA proporcione informacin sobre los efectos de cada Evento Compensable en el plazo previsto, el SUPERVISOR de Obra evaluar el requerimiento y si corresponde solicitar la ampliacin del plazo del Contrato correspondiente. El CONTRATISTA no tendr derecho a compensacin en tiempo si este no hubiera dado aviso dentro de los cinco (5) das hbiles a la SUPERVISIN de haberse suscitado un Evento Compensable a su favor.DCIMA CUARTA.- (ESTIPULACIONES SOBRE IMPUESTOS). Correr por cuenta del CONTRATISTA el pago de todos los impuestos vigentes en el pas, a la fecha de presentacin de la propuesta.

En caso de que posteriormente, el Gobierno de Bolivia implantara impuestos adicionales, disminuyera o incrementara, mediante disposicin legal expresa, el CONTRATANTE y el CONTRATISTA, estarn obligados al cumplimiento de las mismas a partir de su vigencia.DCIMA QUINTA.- (CUMPLIMIENTO DE LEYES LABORALES). El CONTRATISTA deber dar estricto cumplimiento a la legislacin laboral y social vigente en la Repblica de Bolivia y ser tambin responsable de dicho cumplimiento por parte de los SUBCONTRATISTAS que pudiera contratar.El CONTRATISTA ser responsable y deber mantener al CONTRATANTE exonerado contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infraccin de dicha legislacin laboral o social.

DCIMA SEXTA.- (REAJUSTE DE PRECIOS). No procede ningn reajuste de precios.DCIMA SPTIMA.- (PROTOCOLIZACIN DEL CONTRATO). La presente minuta, ser protocolizada con todas las formalidades de Ley por el CONTRATANTE. El importe que por concepto de protocolizacin debe ser pagado por el CONTRATISTA. Esta protocolizacin contendr los siguientes documentos: Minuta del Contrato (Original). Instrumento legal de Designacin de la MAE de la entidad CONTRATANTE y poder de representacin legal del CONTRATISTA (fotocopias legalizadas). Garantas (fotocopia simple).

En caso de que por cualquier circunstancia, el presente documento no fuese protocolizado, servir a los efectos de Ley y de su cumplimiento, como documento suficiente a las partes.(Esta Clusula deber aplicarse conforme lo previsto en el Artculo 35 de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios aprobadas por Decreto Supremo 29190.DCIMA OCTAVA.- (SUBCONTRATOS). Cuando esta previsin de subcontrato estuviese contemplada en el Documento Base de Contratacin, siempre que el SUPERVISOR autoriza la subcontratacin para la ejecucin de alguna fase de la obra, el CONTRATISTA podr efectuar subcontrataciones que acumuladas no debern exceder el veinticinco por ciento (25%) del valor total de este Contrato, siendo el CONTRATISTA directo y exclusivo responsable por los trabajos, su calidad y la perfeccin de ellos, as como tambin por los actos y omisiones de los subcontratistas y de todas las personas empleadas en la obra.En ningn caso el CONTRATISTA podr pretender autorizacin para subcontratos que no hubiesen sido expresamente previstos en su propuesta.Ningn subcontrato o intervencin de terceras personas relevar al CONTRATISTA del cumplimiento de todas sus obligaciones y responsabilidades emergentes del presente Contrato.DCIMA NOVENA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO). El CONTRATISTA bajo ningn ttulo podr, ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.VIGSIMA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO). Con el fin de exceptuar al CONTRATISTA de determinadas responsabilidades por mora durante la vigencia del presente contrato, el SUPERVISOR tendr la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecucin del CONTRATO.

Se entiende por fuerza mayor al obstculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraa al hombre y con tal medida impide el cumplimiento de la obligacin (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales).Se entiende caso fortuito al obstculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligacin deba ser cumplida (ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos, revoluciones, etc.).

Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificacin de impedimento en el proceso de ejecucin de la obra o de demora en el cumplimiento de lo previsto en el Cronograma de trabajos en obra, dando lugar a retrasos en el avance y/o entrega de ella, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso, el CONTRATISTA deber recabar del FISCAL DE OBRA un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) das hbiles de ocurrido el hecho, sin el cual, de ninguna manera y por ningn motivo podr solicitar luego al SUPERVISOR por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliacin del plazo del Contrato o la exencin del pago de penalidades.

En caso de que la ampliacin sea procedente, el plazo ser extendido mediante una Orden de Cambio procesada conforme se ha estipulado en la Clusula Trigsima.

En ningn caso y bajo ninguna circunstancia, se considerar como causa de Fuerza Mayor el mal tiempo que no sea notablemente fuera de lo comn en el rea de ejecucin de la Obra, por cuanto el CONTRATISTA ha tenido que prever este hecho al proponer su cronograma ajustado, en el perodo de movilizacin.

Asimismo, tampoco se considerarn como fuerza mayor o caso fortuito, las demoras en la entrega en la obra de los materiales, equipos e implementos necesarios, por ser obligacin del CONTRATISTA tomar y adoptar todas las previsiones necesarias para evitar demoras por dichas contingencias.VIGSIMA PRIMERA.- (TERMINACIN DEL CONTRATO). El presente contrat concluir bajo una de las siguientes modalidades:21.1Por Cumplimiento de Contrato: De forma normal, tanto el CONTRATANTE como el CONTRATISTA, darn por terminado el presente Contrato, una vez que ambas partes hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en l, lo cual se har constar por escrito.21.2Por Resolucin del Contrato: Si es que se diera el caso y como una forma excepcional de terminar el contrato a los efectos legales correspondientes, el CONTRATANTE y el CONTRATISTA, voluntariamente acuerdan dentro del marco legal vigente en Bolivia, el siguiente procedimiento para procesar la resolucin del Contrato:21.2.1Resolucin a requerimiento del CONTRATANTE, por causales atribuibles al CONTRATISTA.El CONTRATANTE, podr proceder al trmite de resolucin del Contrato, en los siguientes casos:a) Por incumplimiento en la iniciacin de la obra, si emitida la Orden de Proceder demora ms de quince (15) das calendario en movilizarse a la zona de los trabajos (en caso de obra de corta duracin, este plazo puede ser reducido)b) Disolucin del CONTRATISTA (sea empresa Constructora o Asociacin de empresas Constructoras).c) Por quiebra declarada del CONTRATISTA.d) Por suspensin de los trabajos sin justificacin, por__________ (registrar los das en funcin del plazo total de la obra que se ejecuta) das calendario continuos, sin autorizacin escrita del SUPERVISOR.e) Por incumplimiento en la movilizacin a la obra, de acuerdo a Cronograma, del equipo y personal ofertados.f) Por incumplimiento injustificado del Cronograma de Ejecucin de Obra sin que el CONTRATISTA adopte medidas necesarias y oportunas para recuperar su demora y asegurar la conclusin de la obra dentro del plazo vigente.g) Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de las especificaciones, planos, o de instrucciones escritas del SUPERVISOR.h) Por subcontratacin de una parte de la obra sin que esta haya sido prevista en la propuesta y/o sin contar con la autorizacin escrita del SUPERVISOR.i) Cuando el porcentaje de atraso en la ejecucin de obras, alcance el diez por ciento (10%) -decisin optativa-, o el veinte por ciento (20%) de atraso en la ejecucin de obras de forma obligatoria.2.2.2. Resolucin a requerimiento del CONTRATISTA por causales atribuibles al CONTRATANTE.El CONTRATISTA, podr proceder al trmite de resolucin del Contrato, en los siguientes casos:a) Por instrucciones injustificadas emanadas del CONTRATANTE o emanadas del SUPERVISOR con conocimiento del CONTRATANTE, para la suspensin de la ejecucin de obras por ms de treinta (30) das calendario.b) Si apartndose de los trminos del contrato el CONTRATANTE a travs del SUPERVISOR, pretende efectuar aumento o disminucin en las cantidades de obra sin emisin de la necesaria Orden de Cambio o Contrato Modificatorio, que en el caso de incrementos garantice el pago.c) Por incumplimiento injustificado en el pago de un certificado de avance de obra aprobado por el SUPERVISOR, por ms de sesenta (60) das calendario computados a partir de la fecha de remisin del certificado o planilla de avance de obra por el FISCAL a la Entidad.

21.3 Resolucin por causas de fuerza mayor o caso fortuito que afecten al CONTRATANTE. Si en cualquier momento antes de la terminacin de la prestacin de la obra objeto del CONTRATO, el CONTRATANTE se encontrase con situaciones fuera de control de las partes que imposibiliten la ejecucin o conclusin de la obra, o vayan contra los intereses del Estado, el CONTRATANTE en cualquier momento, mediante carta notariada dirigida al CONTRATISTA, suspender los trabajos y resolver el CONTRATO total o parcialmente. A la entrega de dicha comunicacin oficial de resolucin, el CONTRATISTA suspender el trabajo de acuerdo a las instrucciones que al efecto emita en el Libro de Ordenes el SUPERVISOR.

El CONTRATISTA conjuntamente con el SUPERVISOR, procedern con la medicin del trabajo ejecutado hasta la fecha de suspensin, el avalo de los materiales en obra que pudieran ser empleados posteriormente, la evaluacin de los compromisos que el CONTRATISTA tuviera pendiente por compra y otros debidamente documentados.Asimismo el SUPERVISOR liquidar los costos proporcionales que demandase el levantamiento de las instalaciones, desmovilizacin de maquinaria / equipo y algunos otros gastos que a juicio del SUPERVISOR fueran considerados sujetos a reembolso.Con estos datos el SUPERVISOR elaborar la planilla de medicin final para el correspondiente pago, en caso que corresponda.

21.4 Reglas aplicables a la Resolucin: Para procesar la Resolucin del Contrato por cualquiera de las causales sealadas, las garantas deben estar plenamente vigentes y el CONTRATANTE o el CONTRATISTA darn aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intencin de resolver el CONTRATO, estableciendo claramente la causal que se aduce.

Si dentro de los quince (15) das hbiles siguientes de la fecha de notificacin, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo de los trabajos y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requeriente de la resolucin expresa por escrito su conformidad a la solucin, el aviso de intencin de resolucin ser retirado.

En caso contrario, si al vencimiento del trmino de los quince (15) das no existe ninguna respuesta, el proceso de resolucin continuar a cuyo fin el CONTRATANTE o el CONTRATISTA, segn quin haya requerido la resolucin del contrato, notificar mediante carta notariada a la otra parte, que la resolucin del contrato se ha hecho efectiva.

Esta carta dar lugar a que: cuando la resolucin sea por causales imputables al CONTRATISTA se consolide en favor del CONTRATANTE la garanta de Cumplimiento de CONTRATO mantenindose pendiente de ejecucin la garanta de correcta Inversin del Anticipo hasta que se efectu la conciliacin de saldos, si an la vigencia de dicha garanta lo permite, caso contrario si la vigencia est a finalizar y no se ampla, ser ejecutada con cargo a esa liquidacin.

El SUPERVISOR a solicitud del CONTRATANTE, proceder a establecer y certificar los montos reembolsables al CONTRATISTA por concepto de trabajos satisfactoriamente ejecutados y de los materiales, equipamiento e instalaciones temporales aptos para su utilizacin en la prosecucin de los trabajos si corresponde.

En este caso no se reconocer al CONTRATISTA gastos de desmovilizacin de ninguna naturaleza. Con base en la planilla o certificado de cmputo final de volmenes de obra, materiales, equipamiento, e instalaciones temporales, emitida por el SUPERVISOR, el CONTRATISTA preparar la planilla o Certificado Final, estableciendo saldos en favor o en contra para su respectivo pago o cobro de las garantas pertinentes.

Solo en caso que la resolucin no sea originada por negligencia del CONTRATISTA ste tendr derecho a una evaluacin de los gastos proporcionales que demande el levantamiento de la instalacin de faenas para la ejecucin de la obra y los compromisos adquiridos por el CONTRATISTA para su equipamiento contra la presentacin de documentos probatorios y certificados.

El CONTRATANTE quedar en libertad de continuar la Obra a travs de otro CONTRATISTA; preferentemente podr efectuar consulta al proponente calificado en segundo lugar en la licitacin, para establecer si mantiene su propuesta y as sucesivamente, siempre que dichas propuestas sean aceptables en precio y plazo.

VIGSIMA SEGUNDA.- (SOLUCIN DE CONTROVERSIAS). En caso de surgir controversias entre el CONTRATANTE y el CONTRATISTA, las partes estn facultadas para acudir a la va judicial, bajo la Jurisdiccin Coactiva Fiscal.

VIGSIMA TERCERA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO). Los trminos y condiciones contenidas en este Contrato no podrn ser modificados unilateralmente, excepto en los casos y mediante los instrumentos previstos de forma expresa en el presente Contrato.II. CONDICIONES PARTICULARES DEL CONTRATOVIGSIMA CUARTA.- (REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA). EL CONTRATISTA designa como su representante legal en obra, al SUPERINTENDENTE, profesional calificado en la propuesta, titulado, con suficiente experiencia en la direccin de Obras similares, que lo califiquen para llevar a cabo de forma satisfactoria la ejecucin de la obra, el mismo que ser presentado oficialmente antes del inicio de los trabajos, mediante comunicacin escrita dirigida a la FISCALIZACIN, para que sta comunique y presente al SUPERINTENDENTE a la SUPERVISIN.

EL SUPERINTENDENTE de obra tendr residencia en el lugar en que se ejecuta la obra, prestar servicios a tiempo completo y est facultado para:a) Dirigir la realizacin de la obra.b) Representar al CONTRATISTA en la ejecucin de la obra durante toda su vigencia.c) Mantener permanentemente informada a la SUPERVISION sobre todos los aspectos relacionados con la obra.d) Mantener coordinacin permanente y efectiva con la Oficina Central del CONTRATISTA.e) Presentar el Organigrama completo del personal del CONTRATISTA, asignado a la obra.f) Es el responsable del control de asistencia, as como de la conducta y tica profesional de todo el personal bajo su dependencia, con autoridad para asumir medidas correctivas en caso necesario.

En caso de ausencia temporal de la obra, por causas emergentes del presente contrato, u otras de fuerza mayor o caso fortuito, con conocimiento y autorizacin del CONTRATANTE a travs de la SUPERVISIN; asumir esas funciones el profesional inmediato inferior, con total autoridad para actuar en legal representacin del CONTRATISTA.Esta Suplencia ser temporal y no debe exceder los treinta (30) das hbiles, salvo casos de gravedad, caso contrario el CONTRATISTA deber proceder a sustituir al SUPERINTENDENTE, presentando a consideracin del CONTRATANTE una terna de profesionales de similar o mejor calificacin que el que ser reemplazado.Una vez que el CONTRATANTE acepte por escrito al nuevo SUPERINTENDENTE, ste recin entrar en ejercicio de la funcin, cualquier acto anterior es nulo.VIGSIMA QUINTA.- (LIBRO DE RDENES DE TRABAJO). Bajo su responsabilidad y en la obra, el CONTRATISTA llevar un Libro de rdenes de Trabajo con pginas numeradas y dos copias, el mismo que deber ser aperturado con participacin de Notario de Fe Pblica en la fecha en que el CONTRATISTA reciba la Orden de Proceder.

En este libro el SUPERVISOR anotar las instrucciones, rdenes y observaciones impartidas al CONTRATISTA, que se refieran a los trabajos. Cada orden llevar fecha y firma del SUPERVISOR y la constancia firmada del Superintendente de Obra de haberla recibido.

El Superintendente de Obra tambin podr utilizar el Libro de rdenes para comunicar al SUPERVISOR actividades de la obra, firmando en constancia y el SUPERVISOR tomar conocimiento registrando tambin su firma y respuesta o instruccin si corresponde. Si el CONTRATISTA desea representar una orden escrita en el Libro de Ordenes, deber hacerla conocer al CONTRATANTE por intermedio del SUPERVISOR en forma escrita en el Libro de Ordenes, dentro de dos (2) das subsiguientes a la fecha de dicha orden, en caso contrario, quedar sobreentendido que el CONTRATISTA acepta tcitamente la orden sin derecho a reclamacin posterior.

Asimismo, el CONTRATISTA esta facultado para hacer conocer al SUPERVISOR mediante el Libro de rdenes, los aspectos del desarrollo de la obra que considere relevantes, como por ejemplo en el caso de los das de lluvia que puedan afectar la ruta crtica del cronograma de ejecucin de la obra, el da en que suceda el hecho a efectos de que el SUPERVISOR se pronuncie de forma objetiva.

El original del Libro de rdenes, ser entregado al CONTRATANTE a tiempo de la Recepcin Definitiva de la obra, quedando una copia en poder del SUPERVISOR y otra del CONTRATISTA. Las comunicaciones cursadas entre partes, slo entrarn en vigor cuando sean efectuadas y entregadas por escrito, a travs del Libro de rdenes o notas oficiales.

El CONTRATISTA tiene la obligacin de mantener el Libro de rdenes en el lugar de ejecucin de la obra, salvo instruccin escrita del SUPERVISOR con conocimiento del FISCAL DE OBRA.VIGSIMA SEXTA.- (FISCALIZACIN Y SUPERVISIN DE LA OBRA)26.1FISCALIZACIN: Los trabajos materia del presente CONTRATO estarn sujetos a la FISCALIZACIN permanente del CONTRATANTE, quien nombrar como FISCAL DE OBRA a un ____________(registrar la especialidad del profesional) quien tendr a su cargo:a) Exigir a travs del SUPERVISOR el cumplimiento del Contrato de Obra.b) Exigir directamente el cumplimiento del Contrato de SUPERVISIN TCNICA, realizando seguimiento y control de los actos del SUPERVISOR en la SUPERVISIN Tcnica de la Obra.c) Exigir el buen uso de los recursos asignados a la Obra.d) Tomar conocimiento y en su caso pedir aclaraciones pertinentes sobre los Certificados de Obra aprobados por el SUPERVISOR.e) Coordinar todos los asuntos relacionados con los Contratos de Construccin y SUPERVISIN.

El FISCAL tiene funciones diferentes a las del SUPERVISOR, por lo que no est facultado para suplantar en el ejercicio de sus especficas funciones y responsabilidades al SUPERVISOR.

26.2 Reemplazo del FISCAL DE OBRAS y SUPERVISOR En caso de renuncia o muerte del FISCAL DE OBRAS, o en caso de que el CONTRATANTE y el CONTRATISTA coincidieran en que el FISCAL DE OBRA y/o SUPERVISOR no est cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, un nuevo FISCAL DE OBRA y/o SUPERVISOR ser nombrado por el CONTRATANTE.

26.3 SUPERVISIN TCNICA: La SUPERVISIN de la Obra ser realizada por _________________(Registrar si se trata de un Consultor individual, una Firma Consultora o Asociacin de Firmas Consultoras) contratada para el efecto, denominada en este Contrato el SUPERVISOR, con todas las facultades inherentes al buen desempeo de las funciones de SUPERVISIN e inspeccin tcnica, teniendo entre ellas las siguientes a ttulo indicativo y no limitativo:a) Organizar y dirigir la oficina regional del SUPERVISOR en el mismo lugar de la Obra.b) Estudiar e interpretar tcnicamente los planos y especificaciones para su correcta aplicacin por el CONTRATISTA.c) Exigir al CONTRATISTA la disponibilidad permanente del Libro de rdenes de Trabajo, por el cual comunicar al CONTRATISTA la iniciacin de obra y el proceso de ejecucin.d) Exigir al CONTRATISTA los respaldos tcnicos necesarios, para procesar planillas o certificados de pago.e) En caso necesario, podr proponer y sustentar la introduccin de modificaciones en las caractersticas tcnicas, diseo o detalles de la Obra, que puedan originar modificaciones en los volmenes o montos de los presupuestos, formulando las debidas justificaciones tcnicas y econmicas, en Orden de Cambio o en Contrato Modificatorio, para conocimiento y consideracin del CONTRATANTE a efectos de su aprobacin.f) Realizar mediciones conjuntas con el CONTRATISTA de la obra ejecutada y aprobar los Certificados o Planillas de avance de obra. g) Llevar el control directo de la vigencia y validez de las garantas, a los efectos de requerir oportunamente al CONTRATISTA su ampliacin (en monto y plazo), o para solicitar al CONTRATANTE a travs del FISCAL, la ejecucin de estas cuando corresponda.

Las atribuciones Tcnicas de la SUPERVISIN tambin estn establecidas en sus Trminos de Referencia o Especificaciones Tcnicas, por lo que deben ser ejercidas por el SUPERVISOR.

Para el eficiente cumplimiento de las tareas del SUPERVISOR, el CONTRATISTA deber prestarle todas las facilidades sin restriccin ni excepcin alguna y pondr a su disposicin, todo lo que se indica en los Servicios de Campo del SUPERVISOR, en los documentos de Licitacin.

La SUPERVISIN controlar tcnicamente el trabajo del CONTRATISTA y le notificar los defectos que encuentre. Dicho control no modificar de manera alguna las obligaciones del CONTRATISTA. La SUPERVISIN, podr ordenar al CONTRATISTA que localice un defecto y que exponga y verifique cualquier trabajo que considerare que puede tener algn defecto. En el caso de localizar un defecto la SUPERVISIN ordenar la correccin del citado defecto.

Ser responsabilidad directa de la SUPERVISIN, el control de calidad y el cumplimiento de las especificaciones del contrato.

26.4 Conformidad de la obra con los planos: Todos los trabajos ejecutados, debern en todos los casos estar de acuerdo con los detalles indicados en los planos, excepto en los casos dispuestos de otro modo por escrito por la SUPERVISIN.

26.5 Trabajos topogrficosConsiste en la ejecucin de todos los trabajos topogrficas destinados a la ejecucin, medicin y verificacin de los trabajos de construccin de la obra, as como en la preservacin, conservacin y reposicin de los mojones, estacas u otros elementos que sirven de referencia planimtrica o altimtrica del diseo de la obra.

La SUPERVISIN proceder a la ejecucin y control de los trabajos topogrficos iniciales consistentes en el replanteo de ejes, nivelacin y levantamientos, que servirn de base para la elaboracin de rdenes de trabajo.

Los trabajos topogrficos sern considerados como una obligacin subsidiaria a la ejecucin del contrato por parte del CONTRATISTA, por lo tanto, su costo esta considerado en los precios unitarios contractuales de los temes de obra que lo utilizan, por lo que, el CONTRATISTA est obligado a realizar los trabajos topogrficos necesarios para la ejecucin de las actividades que as lo ameriten, en caso de divergencia con el SUPERVISOR, el FISCAL DE OBRA definir la alternativa correcta.

26.6 Inspeccin de la calidad de los materiales. Todos los materiales a ser utilizados en la Obra debern cumplir estrictamente con las Especificaciones Tcnicas pertinentes y estarn sujetos a la inspeccin, examen y ensayos dispuestos por la SUPERVISIN en cualquier momento y en los lugares de produccin y/o utilizacin en la obra, antes de su incorporacin a la misma. Los costos para la realizacin de ensayos estn a cargo del CONTRATISTA.

26.7 Suministro de materiales, fuentes de origen. El CONTRATISTA deber proveer todos los materiales requeridos para la realizacin del Contrato, de fuentes de su eleccin. Todos los materiales debern llenar las exigencias de las Especificaciones Tcnicas y el CONTRATISTA deber cerciorarse personalmente en forma satisfactoria con respecto a la clase y volumen de trabajo que pueda ser necesario para el aprovisionamiento y transporte de dicho material. Este costo deber estar considerado en el clculo del precio unitario del tem correspondiente.

26.8 Cumplimiento de Especificaciones Tcnicas. Es responsabilidad del CONTRATISTA cumplir con las especificaciones del Contrato en cualquier fase de los trabajos, garantizando la correcta ejecucin de la OBRA.

26.9 Almacenamiento y acopio de materiales. Los materiales de construccin debern acopiarse en zonas limpias y aprobadas por la SUPERVISIN, de forma tal que se asegure a preservacin de su calidad y aceptabilidad para la OBRA. Los materiales almacenados, sern inspeccionados y aprobados por la SUPERVISIN antes de su uso en la Obra, para verificar si cumplen los requisitos especificados en el momento de ser utilizados. El sitio de almacenamiento de materiales, cuando se haya completado la, utilizacin del material acumulado, la superficie del terreno natural deber ser reacondicionada en la mejor forma posible para que pueda recuperar su condicin original, corriendo los gastos por cuenta del CONTRATISTA.

26.10 Inspeccin de la calidad de los trabajos1. La SUPERVISIN ejercer la inspeccin y control permanente en campo, exigiendo el cumplimiento de las especificaciones tcnicas, en todas las fases del trabajo y en toda o cualquier parte de la obra.1. El CONTRATISTA deber proporcionar rpidamente y sin cargo adicional alguno, todas las facilidades razonables, mano de obra y materiales necesarios para las inspecciones y ensayos que sern efectuados, de tal manera que no se demore innecesariamente el trabajo.1. La SUPERVISIN estar autorizada para llamar la atencin del CONTRATISTA sobre cualquier discordancia del trabajo con los planos o especificaciones, para suspender todo trabajo mal ejecutado y rechazar material defectuoso. Las instrucciones u observaciones verbales de la SUPERVISIN debern ser ratificadas por escrito, en el Libro de rdenes que para el efecto deber tener disponible el CONTRATISTA.1. Ningn trabajo ser cubierto o puesto fuera de vista sin la previa aprobacin de la SUPERVISIN. El CONTRATISTA estar obligado a solicitar dicha aprobacin dando aviso a la SUPERVISIN con al debida anticipacin cuando los trabajos se encuentren listos para ser examinados. La infraccin de esta condicin obligar al CONTRATISTA a realizar por su parte todos los trabajos que la SUPERVISIN considere necesarios para verificar la calidad de la Obra cubierta sin su previa autorizacin.1. Es responsabilidad del CONTRATISTA cumplir con las especificaciones del Contrato por lo que la presencia o ausencia extraordinaria de la SUPERVISIN en cualquier fase de los trabajos, no podr de modo alguno, exonerar al CONTRATISTA de sus responsabilidades para la ejecucin de la Obra de acuerdo con el contrato.26.11 Pruebas Si la SUPERVISIN ordena al CONTRATISTA realizar alguna prueba que no est contemplada en las especificaciones a fin de verificar si algn trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el costo de la prueba y las muestras sern de cargo del CONTRATISTA. Si no encuentra ningn defecto, la prueba se considerar un evento compensable. Una vez determinados los trabajos con defecto, el CONTRATISTA deber proceder a corregirlos a satisfaccin de la SUPERVISIN.

26.12 Correccin de defectos Dentro del plazo de ejecucin de obra, cada vez que se notifique un defecto, el CONTRATISTA lo corregir dentro del plazo especificado en la notificacin de la SUPERVISIN. Toda parte de la Obra que no cumpla con los requerimientos de las especificaciones, planos u otros documentos del Contrato, ser considerada trabajo defectuoso. Cualquier trabajo defectuoso observado antes de la recepcin definitiva, que sea resultado de mala ejecucin, del empleo de materiales inadecuados, deterioro por descuido o cualquier otra causa, ser removido y reemplazado en forma satisfactoria para la SUPERVISIN. La SUPERVISIN notificar al CONTRATISTA todos los defectos que tenga conocimiento antes de la recepcin provisional de la obra para que estos sean reparados. Si los defectos no fuesen de importancia y se procediese a la recepcin provisional, estas observaciones constarn en el acta respectiva para que sean enmendadas o subsanadas dentro de un plazo de hasta noventa (90) das, previos a la recepcin definitiva.

26.13 Defectos no corregidos. Si el CONTRATISTA no ha corregido el defecto dentro del plazo especificado en la notificacin de la SUPERVISIN durante la ejecucin de la Obra, antes de la recepcin provisional o antes de la recepcin definitiva, la SUPERVISIN podr estimar el precio de la correccin del defecto para ser pagado por el CONTRATISTA, o rechazar la recepcin provisional o la recepcin definitiva, segn corresponda.VIGSIMA SPTIMA.- (MEDICIN DE CANTIDADES DE OBRA). Para la medicin de las cantidades de Obra ejecutada mensualmente por el CONTRATISTA, ste notificar al SUPERVISOR con dos (2) das hbiles de anticipacin y preparar todo lo necesario para que se realice dicha labor, sin obstculos y con la exactitud requerida.

Los resultados de las mediciones efectuadas conjuntamente y los clculos respectivos se consignarn en una planilla especial que ser elaborada por el CONTRATISTA en dos ejemplares, uno de los cuales ser entregado con fecha, en versin definitiva al SUPERVISOR para su control y aprobacin.

El CONTRATISTA preparar el certificado de pago o planilla mensual correspondiente en funcin de las mediciones realizadas conjuntamente con el SUPERVISOR. Las obras debern medirse netas, excepto cuando los documentos de Contrato prescriban un procedimiento diferente.

No se medirn volmenes excedentes cuya ejecucin no haya sido aprobada por escrito por el SUPERVISOR.VIGSIMA OCTAVA.- (FORMA DE PAGO). El pago ser paralelo al progreso de la obra, a este fin mensualmente y dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes a cada mes vencido, el CONTRATISTA presentar al SUPERVISOR, para su revisin en versin definitiva, una planilla o certificado de pago debidamente firmado, con los respaldos tcnicos que el SUPERVISOR requiera, con fecha y firmado por el Superintendente de obra, documento que consignar todos los trabajos ejecutados a los precios unitarios establecidos, de acuerdo a la medicin efectuada en forma conjunta por el SUPERVISOR y el CONTRATISTA.

De no presentar el CONTRATISTA la respectiva planilla dentro del plazo previsto, los das de demora sern contabilizados por el SUPERVISOR y/o el FISCAL, a efectos de deducir los mismos del lapso que el CONTRATANTE en su caso pueda demorar en ejecutar el pago de la citada planilla.

El SUPERVISOR, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes, despus de recibir en versin definitiva el certificado o planilla de pago indicar por escrito su aprobacin o devolver el certificado para que se enmienden los motivos de rechazo, debiendo el CONTRATISTA, en este ltimo caso, realizar las correcciones necesarias y volver a presentar el certificado, con la nueva fecha.

El certificado aprobado por el SUPERVISOR, con la fecha de aprobacin, ser remitido al FISCAL DE OBRA, quien luego de tomar conocimiento del mismo, dentro del trmino de tres (3) das hbiles subsiguientes a su recepcin o lo devolver al SUPERVISOR si requiere aclaraciones, o lo enviara a la dependencia pertinente del CONTRATANTE para el pago, con la firma y fecha respectivas. En dicha dependencia se expedir la orden de pago dentro del plazo mximo de cinco (5) das hbiles computables desde su recepcin.

En caso que el certificado de pago fuese devuelto al SUPERVISOR, para correcciones o aclaraciones, el CONTRATISTA dispondr de hasta (5) das hbiles para efectuaras y con la nueva fecha remitir los documentos nuevamente al SUPERVISOR y este al FISCAL DE OBRA.

El pago de cada certificado o planilla mensual de avance de obra se realizar dentro de los treinta (30) das hbiles siguientes a la fecha de remisin del FISCAL a la dependencia prevista del CONTRATANTE, para el pago.El CONTRATISTA, recibir el pago del monto certificado menos las deducciones que correspondiesen.

Si el pago del certificado mensual no se realizara dentro de los cuarenta y cinco (45) das hbiles computables a partir de la fecha de remisin del FISCAL a la dependencia prevista del CONTRATANTE, para el pago; el CONTRATISTA tendr derecho a reclamar por el lapso transcurrido desde el da cuarenta y seis (46) hasta el da en que se haga efectivo el pago, la ampliacin de plazo por da de demora.

Si en ese lapso, el pago que se realiza es parcial, solo podr reclamar la compensacin en tiempo por similar porcentaje al le que falta recibir en pago.

Si la demora de pago parcial o total, supera los sesenta (60) das calendario, desde la fecha de aprobacin de la planilla de pago por el SUPERVISOR, el CONTRATISTA tiene el derecho de reclamar el pago de un inters equivalente a la tasa promedio pasiva anual del sistema bancario, por el monto no pagado, valor que ser calculado dividiendo dicha tasa entre 365 das y multiplicndola por el nmero de das de retraso que incurra el CONTRATANTE, como compensacin econmica, independiente del plazo.

En caso de que se hubiese pagado parcialmente la planilla o certificado de avance de obra, el reclamo corresponder al porcentaje que resta por ser pagado.

A este fin el CONTRATISTA deber hacer conocer al CONTRATANTE la demora en el pago (en das), mediante nota dirigida al SUPERVISOR dentro de los cinco (5) das hbiles subsiguientes a la fecha de haberse hecho efectivo del pago parcial o total de la planilla, quien pondr de inmediato a conocimiento del CONTRATANTE, para que disponga el pago del monto resultante de esta demora y establezca las causas para que asuma los ajustes correspondientes a los efectos de las responsabilidades administrativa y/o civil que emerjan.

En cada caso, el Informe del SUPERVISOR consignar tambin la deduccin de los das de demora en la presentacin de la planilla en que en su caso hubiese incurrido el CONTRATISTA.

En caso de que el CONTRATISTA, no presente al SUPERVISOR la respectiva planilla de avance de obra hasta treinta (30) das posteriores al plazo previsto en la presente clusula, el SUPERVISOR deber elaborar la planilla en base a los datos de la medicin que le cupo efectuar en forma conjunta con el CONTRATISTA y la enviar a este para la firma del Superintendente, con la respectiva llamada de atencin por este incumplimiento contractual, advirtindole de las implicaciones posteriores de esta omisin.

El procedimiento subsiguiente de pago a ser aplicado, ser el establecido precedentemente.

VIGSIMA NOVENA.- (FACTURACIN). El CONTRATISTA emitir la factura correspondiente a favor del CONTRATANTE una vez que cada planilla de avance de obra haya sido aprobada por el SUPERVISOR. En caso de que no sea emitida la factura respectiva, el CONTRATANTE no har efectivo el pago de la planilla.Durante la ejecucin de la obra es necesario que el licitante beneficiado con la preferencia nacional emita las facturas correspondientes, segn el avance de obra y pagos, hasta alcanzar una cifra acumulada total, que a la conclusin de la obra sea igual al monto porcentual de contrato correspondiente a su participacin en la asociacin accidental o consorcio, por lo que debern tomar las previsiones necesarias, para el efecto.TRIGSIMA.- (MODIFICACIN DE LAS OBRAS).30.1 La modificacin de obras objeto del presente Contrato podr efectuarse siempre que se sujete a la aplicacin del Artculo 36 de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios aprobadas por Decreto Supremo 29190 y cuando no afecten la esencia del presente Contrato.30.2 En el marco legal citado precedentemente, queda establecido que de forma excepcional, por causas plenamente justificadas (tcnica, legal y financiera), el SUPERVISOR, con la autorizacin expresa del CONTRATANTE, durante el perodo de ejecucin de la obra, podrn efectuar modificaciones y/o ajustes necesarios al diseo de la obra, (que modifiquen el plazo o el monto de la obra), a efectos que la misma cumpla con el fin previsto.30.3 El SUPERVISOR, previo el trmite respectivo de aprobacin podr introducir modificaciones que consideren estrictamente necesarias y con tal propsito, tendr la facultad para ordenar por escrito al CONTRATISTA y ste deber cumplir con cualquiera de las siguientes instrucciones:a) Efectuar ajustes de rutina o especiales en el desarrollo cotidiano de la obra.b) Incrementar o disminuir cualquier parte de la obra prevista en el Contrato.c) Ejecutar trabajos adicionales inherentes a la misma obra, que sean absolutamente necesarios, aunque no cuenten con precios unitarios establecidos en el Contrato.30.4. El SUPERVISOR con conocimiento del CONTRATANTE, puede ordenar las modificaciones a travs de los siguientes instrumentos:a) Mediante una Orden de Trabajo Cuando la modificacin est referida a un ajuste o redistribucin de cantidades de obra, sin que ello signifique cambio sustancial en el diseo de la obra, en las condiciones o en el monto del Contrato. Estas rdenes sern emitidas por el SUPERVISOR, mediante carta expresa, o en el Libro de Ordenes, siempre en procura de un eficiente desarrollo y ejecucin de la obra. La emisin de rdenes de Trabajo, no debern dar lugar a la emisin posterior de Orden de Cambio para el mismo objeto. b) Mediante Orden de Cambio La orden de cambio se aplicar cuando la modificacin a ser introducida implique una modificacin del precio del contrato o plazos del mismo, donde se pueden introducir modificacin de volmenes o cantidades de obra (no considerados en la licitacin), sin dar lugar al incremento de los precios unitarios, ni crear nuevos temes. Una orden de cambio no puede modificar las caractersticas sustanciales del diseo. El incremento o disminucin mediante Orden de Cambio (una o varias sumadas) solo admite el mximo del cinco por ciento (5%) del monto total de Contrato. El documento denominado Orden de Cambio que tendr nmero correlativo y fecha del da de emisin, ser elaborado con los sustentos tcnicos y de financiamiento (disponibilidad de recursos), por el SUPERVISOR y ser puesto a conocimiento y consideracin del FISCAL, quien con su recomendacin enviar a la________________ (registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento de la Obra en la Entidad), para el procesamiento de su emisin. La Orden de Cambio ser firmada por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firmo el contrato original. Una vez formulada la Orden de Cambio por el SUPERVISOR, el proceso de aprobacin y suscripcin de la misma debe durar como mximo quince (15) das calendario.En el caso de SUSPENSIN DE LOS TRABAJOS, el SUPERVISOR elaborar una Orden de Cambio de acuerdo con el procedimiento establecido en la clusula TRIGSIMA SEXTA del presente contrato, en este caso, no se considerar el monto por suspensin como parte del cinco por ciento (5%) establecido en el presente inciso.c) Mediante Contrato Modificatorio Solo en caso extraordinario en que la obra deba ser complementada o por otras circunstancias de Fuerza Mayor o Caso Fortuito que determinen una modificacin significativa en el diseo de la obra y que signifique un decremento o incremento independiente a la emisin de Ordenes de Cambio, el SUPERVISOR podr formular el documento de sustento tcnico-financiero que establezca las causas y razones por las cuales debiera ser suscrito este documento. Esta modalidad de modificacin de la obra solo es admisible hasta el diez por ciento (10%) del monto original del contrato, e independiente de la emisin de Orden (es) de Cambio. Los precios unitarios producto de creacin de nuevos temes debern ser consensuados entre el CONTRATANTE y el CONTRATISTA, no se podrn incrementar los porcentajes en lo referido a Costos Indirectos. En el caso que signifique una disminucin en la obra, deber concertarse previamente con el CONTRATISTA, a efectos de evitar reclamos posteriores. El SUPERVISOR, ser responsable por la elaboracin de las Especificaciones Tcnicas de los nuevos temes creados. El informe-recomendacin y antecedentes debern ser cursados por el SUPERVISOR al FISCAL, quien luego de su anlisis y con su recomendacin enviar dicha documentacin a la ______________(registrar el nombre de la dependencia responsable del seguimiento de la obra en la Entidad), para el procesamiento de su anlisis tcnico legal y formulacin del Contrato, antes de su suscripcin, considerando lo establecido en el Artculo 36 de las Normas Bsicas del Sistema de Administracin de Bienes y Servicios. Recibida la recomendacin e informe la MAE podr instruir la conformacin de una comisin tcnica que analizar el informe y emitir recomendacin, considerando aspectos tcnicos, financieros y de aprobacin del Sistema Nacional de Inversin Pblica. Aprobado el mismo la MAE instruir el procesamiento de su emisin. El Contrato Modificatorio ser firmado por la misma autoridad (o su reemplazante si fuese el caso) que firm el contrato original.

30.5 La orden de Trabajo, la Orden de Cambio o el Contrato Modificatorio, deben ser emitidos y suscritos de forma previa a la ejecucin de los trabajos por parte del CONTRATISTA, en ninguno de los casos constituye un documento regularizador de procedimiento de ejecucin de obra, excepto en casos de emergencia declarada para el lugar de emplazamiento de la obra. 30.6 Una vez formulado el Contrato Modificatorio, el proceso de aprobacin y suscripcin del mismo debe durar como mximo veinte (20) das calendario.30.7 En todos los casos son responsables por los resultados de la aplicacin de los instrumentos de modificacin descritos, el FISCAL DE OBRA, SUPERVISOR y CONTRATISTA.TRIGSIMA PRIMERA.- (PAGO DE TRABAJOS ADICIONALES). Los trabajos adicionales ordenados conforme a una de las modalidades descritas en la clusula trigsima.- Modificacin de las obras, sern pagados segn los precios unitarios de la propuesta aceptada y adjudicada, o de acuerdo con lo expresamente establecido en el Contrato Modificatorio, cuando se trate de tems de nueva creacin.Mensualmente el CONTRATISTA consignar los volmenes ejecutados en el certificado o planilla de pago por avance de obra.TRIGSIMA SEGUNDA.- (MOROSIDAD Y SUS PENALIDADES). Queda convenido entre las partes CONTRATANTES, que una vez suscrito el presente contrato, el Cronograma de Ejecucin de Obra propuesto ser ajustado en funcin de la fecha de emisin de la Orden de Proceder, dentro de los quince (15) das calendario subsiguientes a la emisin de la Orden de Proceder y ser presentado para su aprobacin al SUPERVISOR. En caso de que el CONTRATISTA no cumpla con la presentacin en el plazo determinado se tomar como valido el Cronograma de ejecucin de obra de su propuesta el cual ser actualizado por el SUPERVISOR en un plazo de cinco (5) das calendario.

Una vez, aprobado o validado, el Cronograma de ejecucin de obra por el SUPERVISOR, - segn sea el caso - y aceptado por el CONTRATANTE, constituye un documento fundamental del presente Contrato a los fines del control mensual del AVANCE DE LA OBRA para la aplicacin de las retenciones parciales (o multa) correspondiente, as como de control del plazo total.

A los efectos de aplicarse morosidad en la ejecucin de la obra, el CONTRATISTA y el SUPERVISOR debern tener muy en cuenta el plazo estipulado en el Cronograma de ejecucin de obra, si se presentase morosidad y atraso respecto al Cronograma de ejecucin de obra, se constituir en mora sin necesidad de ningn previo requerimiento del CONTRATANTE obligndose por el slo hecho del incumplimiento al Cronograma de Ejecucin de Obra a pagar, una retencin parcial por cada periodo de atraso acumulativo equivalente a:

a) El 10% del porcentaje de avance no ejecutado.

El monto de cada retencin se aplica a la planilla de cada periodo de atraso y ser acumulativa en caso de persistir el atraso en funcin a los plazos establecidos en el Cronograma de ejecucin de obra. Esta retencin podr ser recuperada por el CONTRATISTA, cuando este recupere el porcentaje de atraso acumulado. De establecer el SUPERVISOR un atraso acumulado en el avance de obras mayor al 10% antes de concluir el plazo de ejecucin de obras, el SUPERVISOR tendr la obligacin de definir la acciones a seguir con el Contrato, a efectos del procesamiento estas podrn ser la Paralizacin de las obras en caso de que el atraso en las obras no sean causadas por el SUPERVISOR o el CONTRATISTA, la ampliacin del porcentaje de subcontratacin hasta un mximo de 20% del monto del contrato adicionales a lo estipulado en la clusula DECIMA OCTAVA o la resolucin del Contrato, si corresponde, conforme a lo estipulado en este mismo documento.

El objetivo de la ampliacin del porcentaje de subcontratacin solo se aplicara cuando el SUPERVISOR considere que esta decisin servir para recuperar el porcentaje de atraso y concluir la ejecucin de obras en el plazo establecido contractualmente.

Para la ampliacin del porcentaje de subcontratacin, el CONTRATISTA en un plazo no mayor a 10 das (10) calendario propondr una terna de Empresas Constructoras al SUPERVISOR para su evaluacin, en caso de incumplimiento en el plazo determinado la terna ser propuesta por el SUPERVISOR y con la respectiva evaluacin segn sea el caso- ser puesta a conocimiento del CONTRATANTE para su aprobacin y autorizacin, la subcontratacin podr realizarse a una o mas Empresas Constructoras, el SUPERVISOR es el directo responsable de la subcontratacin y el cumplimiento del objetivo de la misma.

En caso de Resolucin del Contrato cuando el porcentaje de atraso es mayor o igual al 10% el SUPERVISOR comunicar oficialmente esta situacin al CONTRATANTE y las retenciones parciales se convierten en multa irreversible.

Si el plazo total fenece sin que se haya concluido la Obra en su integridad y en forma satisfactoria con un porcentaje de atraso menor o igual al 10% el SUPERVISOR comunicara oficialmente esta situacin al CONTRATANTE y la retencin parcial se convertir en multa irreversible y adicionalmente se aplicaran multas por incumplimiento al contrato hasta la Entrega Provisional, para lo cual se aplicara una multa equivalente a:

a) Equivalente al 0.7 por mil del monto total del Contrato por cada da (calendario) de atraso hasta la Entrega Provisional.

Las retenciones parciales y/o multas sern cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el SUPERVISOR, bajo su directa responsabilidad, de los Certificados o Planillas de pago mensuales o del Certificado de liquidacin final, sin perjuicio de que el CONTRATANTE ejecute la garanta de Cumplimiento de Contrato y proceda al resarcimiento de datos y perjuicios por medio de la accin coactiva fiscal por la naturaleza del Contrato, conforme lo establecido en el Art. 47 de la Ley 1178TRIGSIMA TERCERA.- (RESPONSABILIDAD Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA)33.1 El CONTRATISTA y su representante en la obra estn obligados a conocer minuciosamente los planos, instrucciones, especificaciones tcnicas y dems documentos de la Obra que le fueron proporcionados.33.2 En caso existir dudas, har inmediata y oportunamente una consulta al SUPERVISOR, quin le responder dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes a la recepcin de la solicitud. Esta consulta si es necesaria, se har antes de proceder a la ejecucin de cualquier trabajo.33.3 En caso de no actuar en la forma indicada anteriormente, corrern por cuenta del CONTRATISTA todos los gastos necesarios para subsanar los inconvenientes ocasionados.33.4 EL CONTRATISTA no podr entregar obra defectuosa o mal ejecutada aduciendo errores, defectos y omisiones en los planos y especificaciones tcnicas, debiendo el trabajo errneo o defectuoso ser subsanado y enmendado por su exclusiva cuenta.33.5 Cuando el CONTRATISTA incurra en negligencia durante la ejecucin de los trabajos o no efecte la correccin de los mismos dentro del tercer da calendario de recibida la orden correspondiente, el SUPERVISOR podr proceder a hacer subsanar las deficiencias observadas con cargo y a cuenta del CONTRATISTA, deduciendo su costo del importe de los certificados de avance de obra o la liquidacin final, segn corresponda. 33.6 Queda tambin establecido que el CONTRATANTE podr retener el total o parte del importe de las planillas por avance de obra para protegerse contra posibles perjuicios por trabajos defectuosos de la obra y no corregidos oportunamente pese a las instrucciones del SUPERVISOR. Desaparecidas las causales anteriores, el CONTRATANTE proceder al pago de las sumas retenidas siempre que, para la solucin de ellas no se haya empleado parte o el total de dichos fondos.33.7 Esta retencin no crear derechos en favor del CONTRATISTA para solicitar ampliacin de plazo, ni intereses.33.8 Durante el tiempo que demanda la ejecucin de la Obra el CONTRATISTA deber mantener en el sitio de la misma al Superintendente de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato), el personal tcnico y la mano de obra necesaria de acuerdo a sus propuestas, con aprobacin del SUPERVISOR. 33.9 El Superintendente de Obra (o Ingeniero Residente, si corresponde por el monto del contrato) deber ser necesariamente el profesional, calificado en la propuesta, con experiencia en ejecucin de obras similares a las previstas en el presente Contrato y representar al CONTRATISTA en el sitio de la ejecucin de la obra.33.10 Sin embargo, esta previsin de ningn modo relevar al CONTRATISTA de sus responsabilidades contractuales especficas y generales bajo el presente CONTRATO.33.11 Personal.- El CONTRATISTA deber emplear el personal tcnico clave mencionado en su propuesta y Datos del Contrato, para llevar a acabo las funciones especificadas. El FISCAL DE OBRA aprobar el reemplazo del personal clave slo cuando la calificacin, capacidad y experiencia de ellos sean iguales o superiores a las del personal propuesto en la oferta del CONTRATISTA. Si el SUPERVISOR solicita la remocin de un miembro del personal o integrante de la fuerza laboral del CONTRATISTA, indicando las causas que motivan el pedido, el CONTRATISTA se ocupar de que dicha persona se retire de la Zona de Obras dentro de siete das y no tenga ninguna otra participacin en los trabajos relacionados con el contrato.33.12 Otros CONTRATISTAS.- El CONTRATISTA deber cooperar y compartir la zona de obras con otros CONTRATISTAS, autoridades pblicas, empresas de servicios y con el CONTRATANTE en los periodos especificados en la lista de otros CONTRATISTAS. El CONTRATANTE podr modificar la lista de Otros CONTRATISTAS, y notificar al CONTRATISTA.33.13 EL CONTRATISTA deber instalar uno o dos letreros en la obra (segn corresponda). En el letrero se registrar que la obra es realizada por el CONTRATANTE (registrar el nombre de la Entidad y el origen de los recursos que financia la obra), tendr las dimensiones y caractersticas de acuerdo al modelo proporcionado por el CONTRATANTE a travs del SUPERVISOR.33.14 El CONTRATISTA custodiar todos los materiales, equipo y todo trabajo ejecutado, hasta la Recepcin Definitiva de la obra, por el CONTRATANTE.33.15 El CONTRATISTA mantendr permanentemente barreras, letreros, luces y sealizacin adecuada y en general todo medio de seguridad en el lugar de la Obra, que prevenga a terceros del riesgo de accidentes. Dichos elementos sern retirados por el CONTRATISTA, a la terminacin de la Obra.33.16 (Cuando corresponda por el tipo de obra se podr insertar el presente numeral) El CONTRATISTA proteger de posibles daos a las propiedades adyacentes a la Obra. En caso de que stos se produzcan debern ser resarcidos bajo su exclusiva responsabilidad, debiendo indemnizar por daos causados por las obras del CONTRATISTA a los propietarios vecinos de la Obra y de toda lesin causada a terceras personas como resultado de sus trabajos.33.17 (Cuando corresponda por el tipo de obra se podr insertar el presente numeral)EL CONTRATISTA precautelar de daos a caeras, rboles, conductores, torres y cables de instalacin elctrica, debiendo reparar cualquier dao o desperfecto ocasionado por su propia cuenta y riesgo.33.18 El CONTRATISTA mantendr el rea de trabajo libre de obstculos y desperdicios; a la terminacin de la obra remover todos los obstculos y materiales dejando la obra en estado de limpieza y esmero, a satisfaccin del SUPERVISOR y del CONTRATANTE.33.19 El CONTRATISTA esta obligado a dar cumplimiento a las obligaciones emergentes del pago de las cargas sociales y tributarias contempladas en su propuesta, en el marco de las leyes vigentes, y presentar a requerimiento de la entidad, el respaldo correspondiente.TRIGSIMA CUARTA.- (SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES Y RESPONSABILIDAD CIVIL).Sern riesgos del CONTRATISTA los riesgos por lesiones personales, muerte y prdida o dao a la propiedad (incluyendo sin limitacin alguna, las obras, Planta, materiales y Equipo) desde la fecha de inicio hasta la emisin del certificado de correccin de defectos

El CONTRATISTA deber contratar seguros a nombre conjunto del CONTRATISTA y del CONTRATANTE para cubrir eventualidades durante el periodo comprendido entre la fecha de iniciacin y el vencimiento del periodo de responsabilidad por defectos, por los montos totales y sumas deducibles, para los siguientes eventos que son de riesgo del CONTRATISTA:

34.1Seguro de la obra: Durante la ejecucin de la obra, el CONTRATISTA deber mantener por su cuenta y cargo una Pliza de Seguro adecuada, para asegurar contra todo riesgo, las obras en ejecucin, materiales, instalaciones del SUPERVISOR, equipos que estime convenientes, vehculos, etc.34.2Seguro contra accidentes personales: Los empleados y trabajadores del CONTRATISTA, que trabajan en la Obra, debern estar asegurados contra accidentes personales, incluyendo los riesgos de muerte, invalidez parcial y total o permanente, por montos que sean por lo menos equivalentes al mnimo de las compensaciones exigidas en la Ley Boliviana por accidentes de trabajo.34.3Seguro de responsabilidad civil: El CONTRATISTA, antes de iniciar la ejecucin de la Obra, deber sin que esto limite sus obligaciones y responsabilidad obtener a su propio costo, coberturas de seguro sobre daos a terceros.Dicho seguro deber ser obtenido bajo los trminos establecidos en este Contrato para ser aprobados por el SUPERVISOR, por un valor no inferior al uno por ciento (1 %) del monto total del Contrato.El CONTRATISTA deber entregar al SUPERVISOR o al FISCAL DE OBRA, para su aprobacin, las plizas y los certificados de seguro antes de la fecha de iniciacin especificada. Dichos seguros debern proporcionar compensacin pagadera en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la prdida o perjuicio ocasionado.Si el CONTRATISTA no proporciona las plizas y los certificados exigidos, el CONTRATANTE podr contratar los seguros referidos y recuperar las primas pagadas de los pagos que se adeuden al CONTRATISTA, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del CONTRATISTA.1. Las plizas de seguro no podrn modificarse sin la aprobacin del SUPERVISOR o el FISCAL DE OBRA.1. Ambas partes deber cumplir con las condiciones de las plizas de seguro.TRIGSIMA QUINTA.- (INSPECCIONES) El CONTRATISTA deber permitir al SUPERVISOR Tcnico, al FISCAL DE OBRA y al personal tcnico del CONTRATANTE o financiador, y a cualquier persona autorizada por ste, el acceso a la Zona de Obras y a todo lugar donde se estn realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato.

El CONTRATANTE entregar al CONTRATISTA la posesin de la totalidad de la Zona de Obras. Si no se entregara la posesin de alguna parte en la fecha del desembolso del anticipo, se considerar que el CONTRATANTE ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un Evento Compensable.TRIGSIMA SEXTA.- (SUSPENSIN DE LOS TRABAJOS) EL CONTRATANTE est facultado para suspender temporalmente los trabajos en la obra en cualquier momento por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o convenientes a los intereses del Estado, para lo cual notificar al CONTRATISTA por escrito, por intermedio del SUPERVISOR, con una anticipacin de cinco das calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable. Esta suspensin puede ser parcial o total.

En este caso el CONTRATANTE reconocer en favor del CONTRATISTA los gastos en que ste incurriera por conservacin y mantenimiento de la obra, cuando el lapso de la suspensin sea mayor a los diez (10) das hbiles. A efectos del pago de estos gastos el SUPERVISOR llevar el control respectivo de personal y equipo paralizado, del que realice labores administrativas y elaborar la respectiva Orden de Cambio conteniendo el importe y plazo que en su caso corresponda, para que se sustente el pago y la ampliacin del plazo, en ningn caso se reconocer el pago por equipa paralizado.

Asimismo, el SUPERVISOR podr ordenar la suspensin temporal de la obra por condiciones meteorolgicas excepcionalmente desfavorables, por la inseguridad total de las obras o de una parte de las mismas o si se presentan situaciones de Fuerza Mayor. Esta suspensin puede ser parcial o total. En este caso, cuando el trabajo fuera totalmente suspendido por ms de diez (10) das hbiles y la(s) actividad(es) suspendida(s) se encontrar en la ruta crtica del cronograma vigente, el nmero de das en que los trabajos se encuentren suspendidos se aadir al plazo del CONTRATO, a cuyo efecto el SUPERVISOR preparar la respectiva Orden de Cambio.

Para efectos de la elaboracin de la Orden de Cambio, se computarn los costos a partir de transcurridos lo diez (10) das hbiles establecidos para el efecto.

Tambin el CONTRATISTA puede comunicar al SUPERVISOR o al CONTRATANTE la suspensin o paralizacin temporal de los trabajos en la obra, por causas atribuibles al CONTRATANTE que afecten al CONTRATISTA en la ejecucin de la obra.

Si los trabajos se suspenden parcial o totalmente por negligencia del CONTRATISTA en observar y cumplir correctamente condiciones de seguridad para el personal o para terceros o por incumplimiento de las rdenes impartidas por el SUPERVISOR o por inobservancia de las prescripciones del Contrato, el tiempo que los trabajos permanezcan suspendidos, no merecer ninguna ampliacin de plazo para la entrega de la Obra, ni corresponder pago alguno por el mantenimiento de la misma.

TRIGSIMA SPTIMA.- (COMISIN DE RECEPCIN DE OBRAS) Una Comisin de Recepcin, tendr actuacin obligatoria en todos los procesos de recepcin de obras, designada de modo especfico para cada proceso de recepcin, en razn de la naturaleza de la contratacin y la especialidad tcnica requerida por los miembros que la constituyan.

La Comisin de Recepcin designada por la Mxima Autoridad Ejecutiva, estar conformada por personal de lnea de la entidad y segn su propsito y estar integrada por:1. El fiscal asignado a la obra.1. Un representante del rea Administrativa1. Un representante tcnico del rea Solicitante.1. Uno o ms servidores pblicos que la Mxima Autoridad Ejecutiva considere necesarios.

La Comisin de Recepcin tiene la responsabilidad de efectuar la recepcin, provisional y/o definitiva de las obras contratadas, en concordancia con lo establecido en el Documento Base de Contratacin, debiendo dar su conformidad luego de