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SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRADO Código: DO-DET-08
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PLAN DE EMERGENCIA Fecha: 25/11/2020
Revisión N°: 01
Los documentos exhibidos en forma digital son controlados. Al imprimir este documento es una copia NO CONTROLADA
ELABORADO POR: Claudio Acevedo
Asesor de prevención de riesgos
Fecha: 23/11/2020
REVISADO POR: Jorge Soto Jefe HSEC
Fecha: 25/11/2020
APROBADO POR: Henry Barnett
Gerente Corporativo Zona Sur
Fecha: 25/11/2020
Firma Firma Firma
DO-DET-08 PLAN DE EMERGENCIA
Revisión Fecha Modificaciones
- 02/01/2019 - Emisión del documento
00 22/01/2020 - Incorporación del documento en formato nuevo
01 25/11/2020 - Incorporación numero de emergencia Centro de Control Carretera en
el punto 6.4. (matriz de notificación de llamados en emergencia)
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1. OBJETIVO
Identificar y establecer un criterio de evaluación frente a emergencias que se puedan producir en la entrega del servicio de transporte de personal y dentro de las instalaciones de la empresa TANDEM que puedan provocar daños a las personas, equipos, materiales y medio ambiente. 2. ALCANCE El presente plan de emergencias aplica a todas las instalaciones, dependencia y/o recintos de trabajos donde esté presente personal de Tandem.
El personal ajeno a la organización (visitas, contratistas) deberá seguir las instrucciones del personal interno de planta al momento de declararse una emergencia. 3. DOCUMENTOS RELACIONADOS
Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (Resolución Exenta N°156 SUSESO).
SGSSO-P-007 Plan de Preparación y respuesta ante emergencias.
GDR-GRL-RE-006 Reglamento de Emergencia Rajo Sur.
SMM-UPECO-P-001 Procedimiento en caso de Emergencia en Área la Junta.
Plan de Emergencia Proyecto VP-NNM.
Plan de Emergencia Instalaciones Coya.
IN-DET-25 Instructivo operación invierno.
IN-DET-26 Instructivo actuación en caso de incendio.
IN-DET-28 Instructivo remediación ambiental por emergencia.
IN-DET-34 Instructivo emergencias sociales.
IN-DET-35 Instructivo incidente de tránsito. 4. DEFINICIONES
Incidente: Es todo acto acción que tiene el potencial de generar daño, lesión o pérdida.
Accidente: Es toda lesión, daño o pérdida que ocurre a causa de un proceso normal de trabajo.
Accidente del Trabajo: es toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.
Enfermedad profesional: Es aquella que es causada de manera directa por el ejercicio del trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Emergencia: Cualquier suceso que produzca directa o indirectamente una interrupción del proceso normal del desarrollo de la operación, lesiones a las personas, daños a la propiedad y medio ambiente.
Plan de emergencia: Procedimiento y actividad que se deben seguir durante el transcurso de una emergencia.
Evento de alto impacto: Eventos de riesgos, que tienen su origen en sucesos extraordinarios (en algunos casos casi improbables) y que, por su magnitud, implican una elevada pérdida en los daños que ocasionan en la seguridad y salud ocupacional, equipos e instalaciones y continuidad operacional.
Siniestro: Es una emergencia de grandes proporciones debido a causas naturales u operaciones de la cual pueden originar serias consecuencias, tanto en lo referido a las personas, a activos físicos, producción y ambiente en general.
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Zona de Seguridad: Es aquel lugar físico de la infraestructura que posee una mayor capacidad de protección masiva frente a los riesgos derivados de una emergencia y que además ofrece las mejores posibilidades de abandono definido de un recinto.
5. RESPONSABILIDADES 5.1. Gerente de Contrato
Generar las coordinaciones en terreno con el personal involucrado en la emergencia y establecer las comunicaciones iniciales para el control de la emergencia.
5.2. Administrador de Contrato
Coordinar la comunicación directa hacia el Administrador de contrato, por otra parte, deberá revisar y controlar la metodología de este documento, es el responsable de entregar y gestionar las herramientas o recursos necesarios para las medidas de control de las actividades realizadas.
5.3. Jefe de Prevención de Riesgos
Generar las directrices y acciones aplicar en el control de las emergencias ejercer las coordinaciones preliminares con personal de la emergencia y comenzar con las acciones necesarias para recopilación de antecedentes para generar los reportes requeridos de información, considerando los registros y procedimientos requeridos.
5.4. Supervisor
Líder de la emergencia, persona responsable de liderar la contingencia una vez que está en marcha, asignar las responsabilidades dentro de su espacio de supervisión, determinar los recursos necesarios, mantener comunicación constante con los procesos de apoyo, además de velar por el desarrollo de las prácticas según los parámetros establecidos.
5.5. Trabajadores
Informar inmediatamente cualquier emergencia. Colaborar y seguir instrucciones emitidas. Participar en los simulacros de emergencias del presente.
6. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO 6.1. Identificación y evaluación de las emergencias Las situaciones de emergencia se pueden presentar o tener relación en cualquiera de los siguientes ámbitos las cuales para el servicio de transporte de personal se clasifican en:
6.1.1. Emergencias industriales
Actividad Nombre Documento Código Documento
Emergencias durante el transito
del móvil Instructivo incidente de tránsito IN-DET-35
Incendio en instalaciones de
Tándem y/o equipos
Instructivo actuación en caso de
incendio IN-DET-26
Emergencia en instalaciones
Caletones
Plan para enfrentar una
emergencia en Caletones GFUN-GRL-P007
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6.1.2. Impactos ambientales
Actividad Nombre Documento Código
Documento
Emergencias Ambientales Instructivo remediación ambiental por
emergencia IN-DET-28
6.1.3. Emergencias naturales
Actividad Nombre Documento Código
Documento
Conducción bajo condiciones
climáticas adversas Instructivo Operación Invierno IN-DET-25
6.1.4. Emergencias antrópicas
Actividad Nombre Documento Código
Documento
Movilizaciones sociales que
se generan en forma externa Instructivos Emergencias Sociales IN-DET-34
6.1.5. Emergencias Gerencia de Desarrollo Sewell Rajo Sur
Actividad Nombre Documento Código
Documento
Emergencias Rajo Sur Reglamento de Emergencias Rajo Sur GDR-GRL-RE-006
6.2. Evacuación de móviles
En caso de presentarse este tipo de emergencia y que impida el normal desalojo de un móvil se
podrán utilizar las siguientes salidas de emergencia para la evacuación correspondiente:
6.2.1. Buses a) Salida de Emergencia por ventanas
Primero, la persona deberá retirar la tapa roja de plástico que cubre al martillo, golpeándola.
Para romper el vidrio, éste deberá ser golpeado con la punta del martillo, esto logra que el vidrio se desgrane por completo, originando la salida de emergencia. Según las necesidades de la emergencia se podrá romper cualquier ventana.
b) Salida de emergencia por escotilla
La persona deberá quebrar el plástico rojo que cubre a la platina negra, golpeándolo.
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Luego deberá tirar la platina negra hacia el lado derecho (en dirección a la flecha ubicada
en la figura) y simultáneamente deberá empujar la escotilla con fuerza hacia arriba,
originando la salida de emergencia.
c) Salida de Emergencia por puerta de acceso principal
La persona deberá accionar el botón rojo ubicado al lado inferior derecho de la pisadera,
tirándolo hacia afuera, de esa manera la puerta despichará todo el aire (referencia de
orientación descendiendo de la máquina).
Luego, deberá empujar la puerta con fuerza hacia el exterior y de esa manera obtendrá la
salida de emergencia para evacuar la máquina.
6.2.2. Taxibuses
a) Salida de emergencia por ventanas
Primero, la persona deberá retirar la tapa roja de plástico que cubre al martillo, golpeándola, Los martillos se encuentran ubicados bajo el portaequipaje.
Para romperlo, éste deberá ser golpeado con la punta del martillo, esto logra que el vidrio se desgrane por completo, originando la salida de emergencia. Según las necesidades de la emergencia se podrá romper cualquier ventana.
b) Salida de Emergencia por puerta de acceso principal
La persona deberá accionar el botón rojo ubicado al lado superior derecho de la pisadera,
tirándolo hacia afuera, de esa manera la puerta despichará todo el aire (referencia de
orientación descendiendo de la máquina).
Luego, deberá empujar la puerta con fuerza hacia el exterior y de esa manera obtendrá la salida de emergencia para evacuar la máquina.
6.3. Señalización
La señalización instalada al interior de los móviles será regulada según indica Ley de Transito 18.290 y Manual Señalización del Transito - CONASET
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6.4. Comunicación ante ocurrencia de emergencias.
Ante la ocurrencia de una situación de emergencia todo conductor o trabajador de TANDEM S.A. deberá activar las comunicaciones mediante el uso el teléfono celular o radio transmisor del equipo siguiendo la presente matriz de notificación de llamados la activación de los involucrados será de acuerdo a la identificación de la emergencia:
6.5. Matriz de evaluación de emergencia Para las operaciones del servicio de transporte personal y de acuerdo a la experiencia en el transporte se establecen las siguientes situaciones que presentan un potencial de ocurrencia en las operaciones de transporte de personal para todos los contratos adjudicados por Tandem S.A con la División el Teniente y la Vicepresidencia de Proyectos del Nuevo Nivel Mina, y que pueden afectar tanto a los trabajadores como las instalaciones mencionadas. (Anexo N°4) 6.6. Equipos de Emergencia Todos los móviles contaran con 1 extintor portátil tipo PQS de 10 Kg, salvo los móviles tipo taxi, los cuales portaran extintores tipo PQS de 1 KG. 6.7. Gestión de incidentes operacionales con consecuencias ambientales Esta actividad define las tareas necesarias para efectuar los trabajos y actividades de remediación ambiental y cómo actual en incidentes operacionales con consecuencias ambientales, en el caso que se produzcan, el detalle de las acciones se describe en instructivo de emergencia y remediación ambiental.
N° Numero
1 72 2 212039 / +56 9 93198626
2 131
3 132
4 133
5 +56 9 56284423
6 +56 9 42897597
7 + 56 9 84480316
8 72 2 297230
9 72 2 295230
10 72 2 294230
11 72 2 293230
12 72 2 290657
13 72 2 296794
14 72 2 296530
15 72 229 8000Centro de Control Carretera - Teléfono de Emergencia X X
X
MATRIZ DE NOTIFICACION DE LLAMADOS EN EMERGENCIA
Evento
Interior DET Exterior DETOrganismo
IST
Ambulancia
Bomberos
X
X
X
X
X
X
X
Carabineros
Administrador de Contrato
Jefe Prevencion de Riesgos
Jefe de Operaciones
Posta Coya
-
-
-
-
X
X
X
X
X
X
Posta Sub 6
Posta Sub 5
X
X
X
X
X
X
X
Posta Colon Bajo
Posta Sewell (enfermero)
Posta Rajo
X
X
X
Posta Caletones
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6.8. Eliminación de residuos peligrosos Esta actividad define las tareas necesarias para efectuar los trabajos y actividades de remediación ambiental en el caso que se produzcan emergencias que afecten al ambiente, el detalle de las acciones se describe en instructivo de emergencia y remediación ambiental. 6.9. No conformidades, auditorias y reporte de situaciones de emergencias 6.9.1. Emergencias en instalaciones de División el Teniente y/o Vicepresidencia de Proyectos Ante cualquier emergencia que ocurra en las instalaciones de la División El Teniente y/o Vicepresidencia de Proyectos, ya sea en la mina (modulo 5) cómo en los distintos campamentos del área, la empresa deberá acogerse a los distintos planes de respuesta ante emergencias establecidos por la División El Teniente y/o VP-NNM, a fin de enfrentar las posibles emergencias del área en cumplimiento con la normativa y protocolos definidos. Principalmente las emergencias que pudiesen ocurrir en la División tienen que ver con un eventual accidente de tránsito en cualquiera de los tramos donde se realicen los servicios de Tandem S.A, para lo cual existen procedimientos de la División El Teniente y/o VP-NNM, que señalan en forma acotada los protocolos que deben cumplirse, tanto de comunicación como de respuesta a una posible emergencia, además de los internos establecidos como empresa, los cuales se identifican y describen en el presente procedimiento. 6.9.2. No Conformidades Cada vez que se produzca una situación de emergencias esta dará origen a la generación de un incumplimiento normativo el cual será reportado por los medios formales al Administrador de contrato de TANDEM, para mantener informado sobre las causas y las acciones de mitigación que originaron el incidente. 6.9.3. Auditorias Las auditorías al siguiente procedimiento de emergencias estarán asociados al programa anual de simulacro comprometido al servicio de transporte el que dará cumplimiento a todas las acciones propuestas, de esta auditoria se generará de manera interna un informe con recomendaciones y acciones aplicar. 6.9.4. Reporte de situaciones de emergencias Cuando ocurra una situación de emergencia el involucrado notificará de manera inmediata al Supervisor de TANDEM quien tendrá la responsabilidad de informar al encargado de la emergencia para evaluar las acciones a seguir de acuerdo a diagrama actuación en caso de emergencia (Anexo Nº1). Para los casos en que se requiera la atención medica del personal de conductores se seguirá la misma secuencia de pasos incluyendo la coordinación con personal Administrador de Contrato Codelco o Vicepresidencia de proyecto según corresponda, para generar el ingreso de éste a Posta de primeros auxilios, mientras se realizan las coordinaciones necesarias para realizar el ingreso del trabajador Organismo Administrador para su atención según lo dictamine la Posta respectiva. Finalmente se generará la comunicación respectiva del incidente por los canales formales dispuestos por TANDEM comunicando al Administrador de Contrato las acciones y cuál será el protocolo de investigación.
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6.9.5. Consideraciones especiales en emergencias Dentro del procedimiento general de emergencias se definirán los siguientes aspectos que se deberán considerar en las emergencias identificadas:
Lesión a las personas o Avisar al administrador de contrato TANDEM S.A. de la ocurrencia del incidente. o Informar a su vez de la situación al mandante y llamar a personal de emergencia si es
necesario (ABC, IST, Brigada de emergencia de la División, etc.), si es necesario. o Si el incidente corresponde a caída desde altura, el afectado puede ser movido
solamente por personal capacitado y proceder según indica Resolución Exenta N°156. o Acompañar en todo el momento al lesionado. o Aplicar técnicas de primeros auxilios si es necesario. o Se debe acompañar al accidentado hasta el policlínico y tendrá la obligación de informar
al administrador de contrato. o El asesor en prevención de riesgos del contrato, entregara informe preliminar y final de
la investigación de incidente. o Una vez terminada la investigación y de corresponder a accidente del trabajo, el experto
deberá confeccionar la DIAT (denuncia individual de accidente del trabajo) que será enviada a la mutualidad respectiva.
6.9.6. Activación en caso de accidente grave o fatal, Resolución Exenta N° 156 Para el manejo de la emergencia se debe basar en Resolución Exenta N° 156 de 05 de marzo de 2018, en su Libro IV, Título I, letra D, sobre obligaciones en caso de accidentes fatales y graves, que aprueba el Compendio del Seguro Social de la Ley N° 16.744, respecto de las obligaciones impuestas a las empresas por los incisos cuarto y quinto del artículo 76 de la ley N° 16.744, en virtud de lo establecido en la ley N° 20.123. En lo que se refiere a las comunicaciones y coordinación con grupos de apoyo tales como Brigadas, Bomberos, Carabineros, SAMU, etc. En conformidad con lo dispuesto en la Ley 16.744, si ocurre un accidente fatal o grave se deberá cumplir con las siguientes obligaciones: Suspender en forma inmediata las faenas afectadas y, de ser necesario, permitir a los trabajadores evacuar el lugar de trabajo. Informar inmediatamente de lo ocurrido a la Inspección del Trabajo (Inspección) y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI) que corresponda. Para los efectos de las obligaciones antes señaladas, se establecen las siguientes definiciones, de acuerdo con el concepto de accidente del trabajo previsto en el inciso primero del artículo 5° de la Ley N°16.744: - Accidente del trabajo fatal Es aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o como consecuencia directa del accidente. - Accidente del trabajo grave Es aquel accidente que genera una lesión, a causa o con ocasión del trabajo, y que: Provoca en forma inmediata (en el lugar del accidente) la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo.
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Se incluyen aquellos casos que produzcan, además, la pérdida de un ojo; la pérdida total o parcial del pabellón auricular; la pérdida de parte de la nariz, con o sin compromiso óseo; la pérdida de cuero cabelludo y el desforramiento de dedos o extremidades, con y sin compromiso óseo. - Obliga a realizar maniobras de reanimación Debe entenderse por éstas, el conjunto de acciones encaminadas a revertir un paro cardiorrespiratorio, con la finalidad de recuperar o mantener las constantes vitales del organismo. Estas pueden ser básicas (no se requiere de medios especiales y las realiza cualquier persona debidamente capacitada); o avanzadas (se requiere de medios especiales y las realizan profesionales de la salud debidamente entrenados). - Obliga a realizar maniobras de rescate Son aquellas destinadas a retirar al trabajador lesionado cuando éste se encuentre impedido de salir por sus propios medios o que tengan por finalidad la búsqueda de un trabajador desaparecido. - Ocurra en condiciones hiperbáricas
Como por ejemplo aquellas que ocurren a trabajadores que realizan labores de buceo u operan desde el interior de cámaras hiperbáricas. Involucra un número tal de trabajadores que afecten el desarrollo normal de las faenas. Las anteriores definiciones no son de carácter clínico ni médico legal, sino operacional y tienen por finalidad que el empleador reconozca con facilidad cuándo debe proceder según lo establecido en este Capítulo I. - Faena afectada Corresponde a aquella área o puesto de trabajo en que ocurrió el accidente, pudiendo incluso abarcar la totalidad del centro de trabajo, dependiendo de las características y origen del siniestro y en la cual, de no adoptar la entidad empleadora medidas correctivas inmediatas, se pone en peligro la vida o salud de otros trabajadores. - Obligaciones del empleador 1. Cuando ocurra un accidente del trabajo fatal o grave en los términos antes señalados, el empleador deberá suspender en forma inmediata la faena afectada y, además, de ser necesario, evacuar dichas faenas, cuando en éstas exista la posibilidad que ocurra un nuevo accidente de similares características. El ingreso a estas áreas, para enfrentar y controlar los riesgos presentes, sólo deberá efectuarse con personal debidamente entrenado y equipado. La obligación de suspender aplica en todos los casos en que el fallecimiento del trabajador se produzca en las 24 horas siguientes al accidente, independiente que el deceso haya ocurrido en la faena, durante el traslado al centro asistencial, en la atención pre hospitalario, en la atención de urgencia, las primeras horas de hospitalización u otro lugar. La obligación de informar y suspender la faena no aplica en los casos de accidentes de trayecto. 2. El empleador deberá informar inmediatamente de ocurrido cualquier accidente del trabajo fatal o grave a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud que corresponda al domicilio en que éste ocurrió. Esta comunicación se realizará por vía telefónica al número único 600 42 000 22 o al que lo reemplace para tales fines.
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En caso que el empleador no logre comunicarse a través del medio indicado precedentemente, deberá notificar a la respectiva Inspección del Trabajo y a la SEREMI de Salud, por vía telefónica, correo electrónico o personalmente. La nómina de direcciones, correos electrónicos y teléfonos que deberán ser utilizados para la notificación a los fiscalizadores, está contenida en el Anexo N°1 "Contacto de entidades fiscalizadoras". La información de contacto para la notificación se mantendrá disponible en las páginas web de las siguientes entidades: - Dirección del Trabajo Ministerio de Salud El deber de notificar a los organismos fiscalizadores antes señalados, no modifica ni reemplaza la obligación del empleador de denunciar el accidente mediante el formulario de Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT) a su respectivo organismo administrador, en el que deberá indicar que corresponde a un accidente del trabajo fatal o grave. Tampoco lo exime de la obligación de adoptar todas las medidas que sean necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de todos los trabajadores, frente a la ocurrencia de cualquier accidente del trabajo. 3. Cuando el accidente del trabajo fatal o grave afecta a un trabajador de una entidad empleadora contratista o subcontratista, la entidad empleadora correspondiente deberá cumplir lo establecido en los números 1 y 2 precedentes. 4. A su vez, si el accidente del trabajo fatal o grave afecta a un trabajador de una empresa de servicios transitorios, será la empresa usuaria la que deberá cumplir las obligaciones señaladas en los puntos 1 y 2 precedentes. 5. En caso de tratarse de un accidente del trabajo fatal o grave que le ocurra a un estudiante en práctica, la entidad en la que ésta se realiza deberá cumplir lo establecido en los números 1 y 2 precedentes. En estos casos sólo correspondería realizar la DIAT si se cotiza por las labores que realiza el estudiante. 6. La entidad responsable de notificar, deberá entregar, al menos, la siguiente información relativa al accidente: nombre y RUN del trabajador, razón social y RUT del empleador, dirección donde ocurrió el accidente, el tipo de accidente (fatal o grave), la descripción de lo ocurrido y los demás datos que le sean requeridos. 7. En aquellos casos en que la entidad responsable, no pueda, por razones de fuerza mayor notificar a la Inspección del Trabajo y a la SEREMI de Salud, podrá hacerlo en primera instancia a la entidad fiscalizadora sectorial competente en relación con la actividad que desarrolla (DIRECTEMAR, SERNAGEOMIN, entre otras) y luego, cuando las condiciones lo permitan, notificar a la Inspección del Trabajo y la SEREMI de Salud. Las entidades fiscalizadoras sectoriales que reciban esta información, deberán comunicarla directamente a la Inspección y la SEREMI que corresponda, mediante las vías establecidas en el número 2 precedente, de manera de dar curso al procedimiento regular. 8. El empleador podrá requerir el levantamiento de la suspensión de las faenas, a la Inspección del Trabajo o a la SEREMI de Salud, que efectuó la fiscalización y constató la suspensión (auto suspensión), cuando hayan subsanado las deficiencias constatadas y cumplido las medidas inmediatas instruidas por la autoridad y las prescritas por su organismo administrador.
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9. La reanudación de faenas sólo podrá ser autorizada por la entidad fiscalizadora, Inspección del Trabajo o SEREMI de Salud, que efectuó la fiscalización y constató la suspensión, sin que sea necesario que ambas la autoricen. Las entidades fiscalizadoras verificarán el cumplimiento de las medidas inmediatas u otras que estimen pertinentes y entregarán al empleador un respaldo de la referida autorización. 10. Frente al incumplimiento de las obligaciones señaladas en los números 1 y 2 precedentes, las entidades infractoras serán sancionadas por los servicios fiscalizadores con la multa a que se refiere el inciso final del artículo 76 de la Ley N°16.744, sin perjuicio de otras sanciones. 11. Corresponderá al empleador, mediante su Comité Paritario de Higiene y Seguridad, realizar una investigación de los accidentes del trabajo que ocurran, debiendo actuar con la asesoría del Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales cuando exista, pudiendo requerir la asistencia técnica del organismo administrador de la Ley Nº16.744 a que se encuentre afiliada o adherida y de acuerdo a lo establecido en su respectivo Reglamento Interno de Higiene y Seguridad. 12. En casos de empresas con trabajadores en régimen de subcontratación, corresponderá al Comité de Faena realizar las investigaciones de los accidentes del trabajo que ocurran, cuando la empresa a que pertenece el trabajador accidentado no cuente con Comité Paritario de Higiene y Seguridad en esa faena, debiendo actuar con la asesoría del Departamento de Prevención de Riesgos de Faena o del Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales de dicha empresa. Si no existiese Departamento de Prevención de Riesgos de Faena y la empresa a la que pertenece el trabajador accidentado no cuenta con Departamento de Prevención de Riesgos Profesionales, deberá integrar el Comité de Faena un representante de la empresa siniestrada y un representante de sus trabajadores elegidos por éstos para tal fin, pudiendo requerir la asistencia técnica del organismo administrador de la Ley N°16.744 a que se encuentre afiliada o adherida dicha empresa. 13. El empleador y los trabajadores deberán colaborar en la investigación del accidente, cuando esta sea desarrollada por parte de su organismo administrador de la Ley N°16.744 y facilitar la información que le sea requerida por este último. En caso de ocurrencia de incidente, accidente y emergencia, se debe actuar de la siguiente manera:
Aplicar el procedimiento, por el cual el personal del Servicio ha sido Instruido, conforme al tipo de emergencia ocurrida.
Se debe dar aviso a Administrador de contrato de TANDEM de acuerdo a la activación de Matriz de Notificación de llamados de emergencias.
El Administrador de contrato del servicio, coordinará el manejo de la emergencia con Administrador DET si corresponde y solicitando apoyo a las respectivas áreas de acuerdo a la naturaleza y lugar de la emergencia.
6.9.7. Capacitación y entrenamiento Anualmente TANDEM realizará un reforzamiento al personal de conductores del servicio de transporte de personal de acuerdo a lo definido el plan anual de capacitaciones. A los trabajadores nuevos se les debe dar a conocer Plan de Emergencia en su inducción. Se realizará simulacros de acuerdo a programación establecida en formulario R-411. 6.10. Seguridad y salud ocupacional
Las actividades descritas en este instructivo presentan riesgos que afectan la seguridad y salud ocupacional, los cuales se describen en la tabla que se muestra a continuación:
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ACTIVIDAD PELIGROS MEDIDAS DE CONTROL
Prestación del servicio
Conducción no autorizada de vehículos
- Contar con licencia de conducir municipal vigente
- Realizar curso de Conducción Segura en alta montaña,
- Licencia interna para conducir vehículos livianos.
Conducción de vehículos a exceso de velocidad
- Respetar las velocidades máximas en carreteras. En caminos secundarios conducir a la defensiva.
- Vehículos equipados con control de velocidad GPS.
- Conductores con examen Psicosensotécnico vigente.
- Vehículo con barra antivuelco interna, externa y frenos ABS.
- Instruir al personal sobre Plan de fatiga.
Vehículos en malas condiciones mecánicas (frenos, dirección, neumáticos en mal estado, etc.
- No conducir vehículos en malas condiciones mecánicas
- Verificación diaria del vehículo (check list vehículos).
- Cumplir con mantenciones programadas del vehículo (Programa de mantención de vehículos).
- Instruir al personal sobre Procedimiento de Conducción.
Conducir sin usar cinturón de seguridad
- Cumplir la legislación vigente, con respecto al uso obligatorio del cinturón de seguridad para todos los pasajeros.
Conducción con mala visibilidad por polvo, neblina, reflexión solar en contra
- Mantener distancia de 30 metros o más entre vehículos. Conducir con luces encendidas (luces bajas). Detener la conducción si es necesario.
Conducir bajo los efectos de alcohol, drogas, medicamentos o sueño
- Descansar adecuadamente e informar si no se ha descansado lo necesario. No conducir si ha consumido alcohol, estupefacientes o drogas.
- Control aleatorio de alcotest. Avisar a supervisores y APR, cuando el conductor se encuentre con tratamiento médico y uso de medicamentos (fármacos).
- En trayectos extensos de conducción, utilizar dispositivo de somnolencia.
- Realizar encuesta de Fatiga y Somnolencia antes de salir a los servicios dispuestos.
Cruce descuidado con caminos principales (carreteras)
- Aplicar normas de manejo defensivo. Respetar señalización de tránsito en cruces.
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Conducir por caminos y accesos con curvas cerradas
- Coordinación radial con otros Conductores que sean usuarios del mismo camino.
- Tocar bocina en caminos con curvas cerradas sin visibilidad
- Adecuar la conducción y velocidad a las características del camino.
- Realizar verificación periódica del estado de los neumáticos.
6.11. Seguridad vial La aplicación de este plan presenta riesgos que afectan la seguridad vial, entre el que se destaca el siguiente: Accidentes de tránsito: entre las medidas preventivas se encuentra la conducción a la defensiva y el cumplimiento a cabalidad de cada punto mencionado en este plan. 6.12. Medio ambiente Las actividades descritas en este instructivo presentan riesgos que afectan el medio ambiente, los cuales se describen en la tabla que se muestra a continuación:
ACTIVIDAD ASPECTO AMBIENTAL MEDIDA DE CONTROL
Prestación del servicio Derrame de combustible.
Asistencia mecánica en ruta. Kit de emergencia para contención de derrame.
8. REGISTROS R-411 Programa de simulacros SIGO-F-002 Matriz de eventos de alto impacto 9. ANEXOS - Anexo Nº1. Diagrama por incidente en ruta. - Anexo Nº2. Diagrama de accidente grave o fatal. - Anexo Nº3. Programa de simulacros. - Anexo Nº4. Matriz
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Anexo Nº1. Diagrama de emergencia por incidente en ruta
DIAGRAMA CONTROL EMERGENCIA
Ocurre la emergencia
Conductor comunicaa Jefe de Operaciones
Jefe de Operacionescomunica a Adm. de
Contrato
Aplicar Matriz denotificación llamados
emergencia
Adm. Contrato evalua emergencia
Necesita ayuda parael control
Control emergenciacon medios propios
Coordinación con equipos de emergencias
Control del incidente
Aplicaciónprocedimiento
remediación ambiental
SI
NO
Requiere atención medica
Aplicar Matriz denotificación llamados de
Emergenica
SI
NO
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRADO Código: DO-DET-08
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PLAN DE EMERGENCIA Fecha: 25/11/2020
Revisión N°: 01
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Anexo Nº2. Diagrama de accidente grave o fatal, Resolución Exenta N°156.
DIAGRAMA ACCIDENTE GRAVE O FATAL Resolución Exenta N° 156
Supervisor informa al Adm Ctto y Gerente
Contrato
Administrador de contrato avisa a Adm
Ctto DET
Notificar a asesor en prevenicón del
accidente ocurrido
Informar al ABC de la situación
Si la gravedad del accidente lo amerita activar según
Resolución Exenta N° 156
Informar asesor RAC de Codelco por
intermedio de Adm Contrato TANDEM
Asesor en prevención notifica:
Inspección del Trabajo
Seremi de SaludSernageomin
Se realizaprocedimiento
estipulado según según Resolución
Exenta N° 156
Supervisor asiste al lugar para mantener
información concreta
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRADO Código: DO-DET-08
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PLAN DE EMERGENCIA Fecha: 25/11/2020
Revisión N°: 01
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Anexo Nº3. Programa de simulacro transporte de servicio personal
R-411
Fecha: 1-11-2016
Versión: 1
Pag: 1 de 1
E F M A M J J A S O N D
1 Evento de Fatiga & Somnolencia Jorge Soto GSem
3
Sem
33°
Sem
3
2 Incendio al interior del Movil Jorge Soto GSem
3
3 Documental Jorge Soto GSem
3
4 Incidente Móvil en Carretera Jorge Soto GSem
3
5Derrame de Petroleo en Ruta y
GasesJorge Soto G
Sem
3
Fecha de elaboración: 02-01-20
Prog 1 1 0 1 0 1 1 1 0 1 1 0 8
Real 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Avance %(%) 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0% 0%
Nombre centro de trabajo Division/Proyecto: División El Teniente
Programa de Simulacros 2020
Gerencia de Servicios
PROGRAMACIÓN AÑO - MES - (SEMANA Insertar Comentario)
Nombre de Gerencia: Servicios/ Superintendencia Ingenieria y Movilización
Nombre del Proceso: Transporte de Personal
Identificación Simulacro
Preparado por: Jorge Soto G. Aprobado por : Rodrigo González
Nº Nombre Proceso Situación de Emergencia ObservacionesResponsableAño 2020
Servicio de enlace
transporte de personal
División El Teniente
Simulacros pueden
sufrir modificacion de
fecha pero no el
numeros de ellos
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRADO Código: DO-DET-08
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PLAN DE EMERGENCIA Fecha: 25/11/2020
Revisión N°: 01
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Anexo Nº4. Matriz de eventos de alto impacto
10. PROTOCOLO PARTICIPACIÓN DE TRABAJADORES
Nombre Cargo Rut Firma
Codigo: SIGO-F-002
Fecha: 02/01/2019
Personas Instalaciones ProcesosMedio
AmbienteComunidades C P
Medidas de control
preventivasResponsable
Medidas de control
preventivas
(De acuerdo al Plan
de emergencias)
Responsable
Accidente con lesionados
severos, multiples lesionados o
muertes por Choque, Colision,
Volcamiento o
desbarrancamiento.
Traslado de personal y
de equipos dentro y
fuera de la División
X X X
Carretera Alta
Montaña/tránsito en
ciudad
8 4 Alto
Elaboración de ART en hoja de
servicio, Observación de
Conducta Capacitacion en
Conduccion defensiva ECF N°4, 21
Aplicación Riesgo critico N°10
(Choques, colisiones, atropellos y
volcamientos por conducción de
vehículos), Difusion Programa de
Emergencia, Gestión de la
Emergencia
Supervisor y
conductores
Activar Matriz de
notif icación de
emergencias
Adm. Contrato
Contingencias climaticas
(Lluvias, Nevazones,
temporales, aluviones,
avalanchas, tormentas
electricas)
Periodo Invierno/
Operación invierno (1°
Mayo/ 30° Septiembre)
X X X X XCarretera Alta
Montaña8 2 Alto
Elaboración de ART en hoja de
servicio, Observación de
Conducta Capacitacion Plan
operación invierno, Aplicación
Riesgo critico N°10 (Choques,
colisiones, atropellos y
volcamientos por conducción de
vehículos), Difusion Programa de
Emergencia, Gestión de la
Emergencia
Supervisor y
conductores
Activar Matriz de
notif icación de
emergencias
Adm. Contrato
Sismos y terremotosPermanencia en áreas
industriales X X X X DET 8 2 Alto
Difusion de plan de emergencia,
Conocimiento de las areas de
emerencias o puntos de
encuentros. Difusión respuesta
ante emergencia
Supervisor y
conductores
Activar Matriz de
notif icación de
emergencias
Adm. Contrato
IncendioPermanencia en áreas
industriales X X X DET 8 2 Alto
Difusion de plan de emergencia,
Conocimiento de las areas de
emerencias o puntos de
encuentros. Difusión respuesta
ante emergencia
Supervisor y
Supervisor
Activar Matriz de
notif icación de
emergencias
Adm. Contrato
Evento de origen social
(Huelgas o paralizaciones,
atentados, sabotajes)
Traslado de personal y
de equipos dentro y
fuera de la División
X X X
Carretera Alta
Montaña/tránsito en
ciudad
8 4 Alto
Difusion de plan de emergencia,
Instructivo manifestacionaes
sociales
Supervisor y
Supervisor
Activar Matriz de
notif icación de
emergencias
Adm. Contrato
MATRIZ DE EVENTOS DE ALTO IMPACTO
Identificacion Área: División El TenienteGerencia: Gerencia de Servicios
Controles críticos preventivos
(Controles en Procesos)
Controles críticos reactivos
(Controles durante la emergencia)
Evaluación de
Riesgo Magnitud del
Riesgo
(Aceptable,Medio,
Alto)
Nombre del Evento
potencial de Alto Impacto
Proceso asociado al
Evento potencial de
Alto Impacto
Alcance
Lugar