Opinion 148-2015 - Osce - Reajustes

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  • 8/17/2019 Opinion 148-2015 - Osce - Reajustes

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    Dirección Técnico NormativaOpinión

    T.D.: 7155448

    OPINIÓN Nº 148-2015DTN

    Solicitante: JICOR E.I.R.L.

    Asunto: Pago de reajustes en obras ejecutadas bajo el sistema a sumaalada

    Re!erencia: Comunicación recibida el "#.J$%.&'"(

    1. !NT"#"D"NT"$

    )ediante el documento de la re!erencia* la +erente de JICOR E.I.R.L. realia ,ariasconsultas respecto al pago de reajustes en obras ejecutadas bajo el sistema a sumaalada.

    Antes de iniciar el desarrollo del presente an-lisis* es necesario precisar ue lasconsultas ue absuel,e este Organismo Super,isor son auellas re!eridas al sentido /alcance de la normati,a de contrataciones del Estado* planteadas sobre temasgen0ricos / ,inculados entre s1* sin 2acer alusión a asuntos concretos o espec1!icos*de con!ormidad con lo dispuesto por el literal j3 del art1culo (# de la Le/ deContrataciones del Estado* aprobada mediante 4ecreto Legislati,o %5 "'"6 7enadelante* la 8Le/93* / la Segunda 4isposición Complementaria inal de su

    reglamento* aprobado mediante 4ecreto Supremo %5 "#;

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    &.".& Sin perjuicio de ello* debe indicarse ue el primer p-rra!o del numeral &3 delart1culo ;? del Reglamento establece ue 8 En el caso de contratos de obras

     pactados en moneda nacional, las Bases establecerán las fórmulas de reajuste. Las valorizaciones que se efectúen a precios originales del contrato y susampliaciones serán ajustadas multiplicándolas por el respectivo coeficiente de

    reajuste !" que se obtenga de aplicar en la fórmula o fórmulas polinómicas,los #ndices $nificados de %recios de la &onstrucción que publica el 'nstituto (acional de Estad)stica e 'nformática * '(E', correspondiente al mes en quedebe ser pagada la valorización.9 7El subra/ado es agregado3.

    Como se aprecia* el re!erido numeral establece* adem-s de la obligación de laEntidad de incluir en las @ases las !órmulas de reajuste en los contratos de obracu/o pago debe realiarse en moneda nacional* ue las ,aloriacionesrealiadas deben ser ajustadas multiplic-ndolas por el coe!iciente B ue seobtenga de aplicar en la !órmula o !órmulas polinómicas* los ndices$ni!icados de Precios de la Construcción Dpublicados por el Instituto %acional

    de Estad1stica e In!orm-tica 7I%EI3D* correspondientes al mes en ue debe ser  pagada la ,aloriación.

    4e lo epuesto* puede in!erirse ue la obligación de reajustar las ,aloriacionestiene por objeto act,a/iar  e/ va/or  de los elementos ue inter,ienen en laejecución de una obra a la !ec2a correspondiente al mes de pago de la,aloriación D toda ,e ue su ,alor original puede 2aber ,ariado desde ue secontrajo la obligaciónD para* de esta manera* mantener el euilibrio económicodel contrato.

    &.".> Asimismo* es importante seFalar ue el art1culo "?# del Reglamento precisaue  En el caso de obras, dado que los #ndices $nificados de %recios de la&onstrucción son publicados por el 'nstituto (acional de Estad)stica e

     'nformática * '(E' con un mes de atraso, los reajustes se calcularán en base al coeficiente de reajuste +!+ conocido a ese momento. %osteriormente, cuando

     se conozcan los #ndices $nificados de %recios que se deben aplicar, secalculará el monto definitivo de los reajustes que le corresponden y se

     pagar#n con la $alorización m#s cercana posterior o en la liquidación final 

     sin reconocimiento de intereses. 7El resaltado es agregado3.

    4e esta manera* considerando ue los ndices $ni!icados de Precios de la

    Construcción se publican con un mes de atraso / ue dic2os 1ndices sonnecesarios para calcular el coe!iciente de reajuste B* el monto de!initi,o delreajuste para cada ,aloriación se calcula / se paga en la ,aloriación posterior m-s cercana o* en su de!ecto* en la liuidación !inal de obra.

    A ma/or abundamiento sobre la !orma de realiar el c-lculo del coe!iciente Bue se obtiene de aplicar en la !órmula o !órmulas polinómicas* los ndices$ni!icados de Precios de la Construcción correspondientes al mes en ue debeser pagada una ,aloriación* debe acudirse a las disposiciones del 4ecretoSupremo %5 '""

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     bajo las condiciones normati,as / contractuales aplicables al contrato* uetiene por !inalidad determinar* principalmente* el costo total de la obra / elsaldo económico* ue puede ser a !a,or o en contra del contratista o de laEntidad.

    As1* la liuidación de un contrato de obra debe contener todas las,aloriaciones* /o+ rea3,+te+ * los ma/ores gastos generales* la utilidad / losimpuestos ue a!ectan la prestación* conceptos ue siempre !orman parte delcosto total de la obra. 4el mismo modo* tambi0n puede incorporar otrosconceptos autoriados por la normati,a de contrataciones del Estado como las

     penalidades aplicables al contratista* los adelantos otorgados / susamortiaciones* entre otros conceptos ue se inclu/en al cumplirsedeterminados supuestos / ue determinan el saldo económico a !a,or de una delas partes>.

    En esa medida* la liuidación de un contrato de obra deber1a incorporar todos

    los reajustes e!ectuados sobre las ,aloriaciones de la obra* incluidos auellos pendientes de pago.

    &.".( inalmente* debe precisarse ue la contratación de una obra bajo el sistema asuma alada no impide ni proscribe el reajuste de las ,aloriaciones ue serealicen durante su ejecución* debido a ue el sistema de contratación regula*

     principalmente* la !orma en ue deben elaborarse las ,aloriaciones;  7lasmismas ue se e!ectHan a precios originales del contrato3 en cambio* losreajustes se aplican con posterioridad* sobre los montos /a ,aloriados.

    En consecuencia* independientemente del sistema de contratación bajo el cualse ejecuta una obra* se debe calcular el reajuste de cada ,aloriación deri,adade un contrato de obra ejecutado en moneda nacional* debiendo pagarse con la,aloriación m-s cercana o en la liuidación !inal de obra.

    2.2 ) En el presente caso, ¿de qu% manera el &ontratista puede reclamar el pagode sus reintegros por liquidación de obra, cuando se le ha emitido una

    resolución que no le reconoce este pago, cuando ha sido aprobado

    anteriormente por las #reas t%cnicas correspondientes"* 7sic3.

    En este punto* debe reiterarse ue las consultas ue absuel,e este Organismo

    Super,isor son auellas re!eridas al sentido / alcance de la normati,a decontrataciones del Estado* planteadas sobre temas gen0ricos / ,inculados entres1* sin 2acer alusión a asuntos concretos o espec1!icos* moti,o por el cual esteOrganismo Super,isor no puede pronunciarse sobre la manera en ue se debesolicitar el pago de los reajustes en una situación en particular.

    Lima: Instituto de la Construcción / +erencia 7IC+3* &''>* &5 edición* p-g. ;;.

    >  El mismo criterio puede apreciarse en las Opiniones %= "';4K%* entreotras.

    ;

     En e!ecto* el tercer p-rra!o del art1culo "?6 del Reglamento establece ue  En el caso de las obrascontratadas bajo el sistema a suma alzada, durante la ejecución de la obra, las valorizaciones se formularán en función de los metrados ejecutados contratados con los precios unitarios del valor referencial, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales y utilidad del valor referencial. El subtotal as) obtenido se multiplicará por el factor de relación, calculado asta laquinta cifra decimal/ a este monto se agregará, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al  'mpuesto 0eneral a las entas.

    >

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    Sin perjuicio de ello* debe seFalarse ue toda discrepancia o contro,ersiarespecto a la liuidación de obra 7incluidos los conceptos ue la integran3* seresuel,en mediante conciliación /o arbitraje* de con!ormidad con el numeral(&.& del art1culo (& de la Le/ / los art1culos &""* &"; / &"( del Reglamento.

    2. ) 'ajo el sistema de modalidad de Suma Alzada para la Ejecución de (brase)isten o se aplican los reajustes de precios utilizando la fórmula

     polinómica, ¿la entidad est# obligada a pagar este reintegro"* 7sic3.

    4e con!ormidad con lo seFalado al absol,er las consultas anteriores*independientemente del sistema de contratación bajo el cual se ejecuta unaobra* las ,aloriaciones ue se e!ectHen a precios originales del contrato debenser ajustadas multiplic-ndolas por el respecti,o coe!iciente de reajuste 8B9 uese obtenga de aplicar en la !órmula o !órmulas polinómicas* los ndices$ni!icados de Precios de la Construcción ue publica el Instituto %acional deEstad1stica e In!orm-tica < I%EI* correspondiente al mes en ue debe ser 

     pagada la ,aloriación.

    As1* considerando ue el reajuste de las ,aloriaciones tiene por objetoactualiar el ,alor de los elementos ue inter,ienen en la ejecución de una obraa la !ec2a correspondiente al mes de pago de la ,aloriación* la aplicación delcoe!iciente de reajuste B sobre cada ,aloriación puede generar un derec2ode cr0dito en el contratista o en la Entidad* en !unción a si los 1ndices con loscuales se calcula dic2o coe!iciente se 2an incrementado o reducido.

    . #ON#&%$ION"$

    >." Independientemente del sistema de contratación bajo el cual se ejecuta unaobra* se debe calcular el reajuste de cada ,aloriación deri,ada de un contratode obra ejecutado en moneda nacional* debiendo pagarse con la ,aloriaciónm-s cercana o en la liuidación !inal de obra.

    >.& Considerando ue el reajuste de las ,aloriaciones tiene por objeto actualiar el,alor de los elementos ue inter,ienen en la ejecución de una obra a la !ec2acorrespondiente al mes de pago de la ,aloriación* la aplicación del coe!icientede reajuste B sobre cada ,aloriación puede generar un derec2o de cr0dito enel contratista o en la Entidad* en !unción a si los 1ndices con los cuales se

    calcula dic2o coe!iciente se 2an incrementado o reducido.JesHs )ar1a* &> de septiembre de &'"(

    $!ND6O "6N(ND" DI"Director Técnico Normativo

    CGP.

    ;