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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIORUNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PROGRAMA DE FORMACION DE GRADO DE ESTUDIOS JURIDICOSALDEA UNIVERSITARIA ANTONIO JOSE DE SUCRE
II SEMESTRE
ORATORIA JURIDICA Y DISCURSO JURIDICO
PARTICIPANTES: JULIO CÉSAR CAPÓ LEÓN CI V.4.634.456
MANUEL A. DURAN H CI V.2.808.551
SAN CRISTOBAL, 27 DE ABRIL DE 20111
“Ojo por ojo, y el mundo quedará ciego”
1
Mahatma Gandhí
(Porbandar 1.869-1.948)
“El que pide con timidez
se expone a que le nieguen lo que pide sin convicción”
Robespierre, 1758 - 1794
INTRODUCCION
La oratoria y el discurso jurídico son fundamentales en el profesional del Derecho
con la finalidad de exponer con éxito las ideas ya argumentos que se requieren
comunicar ante el juez, cliente o publico, o en el campo académica. La voz es en
la esfera de las habilidades comunicativas, el poderoso puente a través del cual
podemos trasladar nuestros relatos, alegatos, argumentos, etc.
En las siguientes paginas se abordara el análisis de la oratoria y el discurso en el
campo juridico
INDICE
Introducción.
Oratoria Jurídica.
Discurso Jurídico.
Conclusión.
Glosario.
Bibliografía.
ORATORIA JURÍDICA
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REGLAS:
Los Especialistas Coinciden en señalar tres:
1) Las cualidades del orador
2) La materia del discurso
3) El estilo.
1) Las cualidades del orador: Todo ser humano tiene la capacidad de persuadir,
pero no todos son elocuentes, se tiene que poseer una buena dicción,
entonación rítmicamente balanceadas para causar una buena impresión. Se
tiene que tener una preparación personal, nadie informa de la misma manera.
Hay que tomar en cuenta al destinatario, es decir, el tribunal respectivo.
Elaborar tres planes para el petitorio o la demanda respectiva, los cuales
deben contener tres partes: introducción, desarrollo del tema, y cierre.
Eligiendo los puntos a tratar en el debate oral. Hacer uso de la doctrina y
jurisprudencia.
2) La materia del discurso: aplicar las disposiciones abstractas y generales de la
Ley en materia civil, penal o de otra índole, establecida en la Legislación
Venezolana vigente. Se tiene que influir sobre la razón y la inteligencia del juez,
si se optan los argumentos lógicos, legales, positivos y personales, se recurre a
la ELOCUENCIA con el propósito de sensibilizar, se tiene que preparar la
intervención no obviar ningún detalle aunque parezca no tener relevancia, se
debe ser conciso.
3) El estilo: Aplicar la técnica de la RETORICA, disponiendo de un vocabulario
variado y amplio. La exposición será formal, cortes, objetiva, precisa, concisa y
clara, el orador debe dominar la escena con elegancia, apangándose a la ética
del abogado.
PRESENTACIÓN Y EXPOSICIONES ORALES:
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En el discurso jurídico se aprecian 4 partes:
1) Exordio o presentación
2) Proposición
3) Confirmación
4) Epilogo
1) Exordio: Cicerón y Omitiliano establecieron 4 tipos de presentaciones: a)
sencilla, b) insinuante, c) pomposo y d) exabrupto.
a) Sencilla: se enuncian pensamientos iniciales, relativo al tema a desarrollar.
b) Insinuante: cuando uno observa que los oyentes están predispuestos en mi
contra, se abordan las personas con cautela, para que se pongan a nuestro
favor.
c) Pomposo: desde el principio se expone el tema con elocuencia, belleza del
lenguaje con el objeto de cautivar y causar admiración.
d) Confirmación: es la parte esencial del discurso se demuestra con pruebas
y argumentos lo que se ha afirmado en la proposición y si hay que refutar las
objeciones y las pruebas.
Las siguientes son de 4 clases:
1) Lógicos
2) Positivos
3) Legales
4) Personales
1) Lógicos: Resultan de la deducción o la inducción.
2) Positivos: se basan en los principios científicos, en la verdad que todos
aceptan, en los usos y costumbres de la sociedad.
3) Legales: se apoya en lo establecido en la Legislación Vigente.
4) Personales: se contra ataca o se convence.
Se debe ser conveniente al utilizar los argumentos, los cuales se presentan
en una gradación hasta llegar al decisivo, no reforzar el argumento con frases que
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se transforman en nuestra contra hay que se ordenado y no mezclar las pruebas.
Primero hay que convencer antes de persuadir, se logra dominando
intelectualmente el auditorio.
Y finalmente el epilogo, es una síntesis de los puntos principales del
discurso, acompañados de reflexiones sin tratar detalles secundarios, de esta
manera se logra reforzar la memoria del receptor.
EL ORADOR, LA ORADORA (PARTE GESTUAL, PRESENTACIÓN
PERSONAL)
El orador o la oradora jurídica o forense se deben comunicar con eficiencia
y claridad pero la comunicación no solo se establece con palabras y estás
representan el 7% de la capacidad de influir en los demás, el resto se divide en
gestos, movimientos, tonos de voz, por tal motivo hay que saberlo expresarlo.
Se tiene que adoptar una postura sin que esta revele inseguridad, rabia, ira,
desanimo estando de pie, sentado, detrás de una tribuna, la parte gestual debe
transmitir lo que se dice con las palabras y efecto que se desea y para lograrlo, los
movimientos de la cabeza, cuello y mano tiene que estar acorde con el discurso, el
gesto, movimiento del rostro no tiene que ver con la deformación del gesto natural,
el mismo revela nuestros pensamientos, despierta la atención e inspira simpatía.
Se ha de poner en énfasis en la sinceridad el sincronismo, exactitud y la
diversidad.
En la sinceridad, se manifiesta la concordancia entre lo que se siente y lo
que se revela a través del gesto.
Con el sincronismo, aparece en el momento preciso con lo que se dice, en
la exactitud, se hace en el momento oportuno.
En la diversidad, para no ser respectivo, y en la sencillez al ser natural, tal
cual uno o una es.
La mirada, precede a la expresión gestual, debe ser viva.
Tipos de mirada: huidiza, fija, cohibida, semifija.
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Mirada huidiza: no mira al público sino por encima de las cabezas. (Se debe
evitar).
Mirada fija: solo mira a una persona (se debe evitar).
Mirada cohibida: teme mirar al público, le perderán el respeto (se debe evitar).
Mirada semifija: es la mirada ideal, en la cual se mira a todos por igual, se tiene
que hacer una secuencia, primero al lado derecho, luego al centro y finalmente a
la izquierda con un movimiento suave, debe ir acompañada de una cálida sonrisa.
Presentación personal:
Con la manera de vestir se indica la posición social, quien sé es, lo que
pretenden, y lo que van a pesar de uno.
Se debe utilizar estilos y colores que favorezcan y con los cuales se esté a
gusto, se debe ser homogéneo, vestirse como se vestirán la mayoría se cumplen
normas de etiqueta, se debe estar bien peinado a peinada, guardar las normas de
higiene respectivas.
DOTES Y CUALIDADES DEL ORADOR
Hay personas que tienen esos dones desde su infancia de saber
expresarse y de convencer a los demás con respeto y con veracidad se debe
guardar lo moral diciendo siempre la verdad.
Tener virtudes de entendimiento: inteligencia o habilidad para juzgar,
sabiduría o capacidad para alcanzar hasta los últimos fundamentos de la verdad
procesal.
Virtud de voluntad: prudencia al actuar para resolver casos muy difíciles.
Cualidades intelectuales: se tiene que tener una agudeza de ingenio para tener
una visión panorámica de todos los aspectos para que cuando se haga una
pregunta la sepa contestar acertadamente.
Poseer capacidad de retención, para recordar todos los datos y exponer
con fluidez el tema.
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Cualidades físicas: la buena presentación es un complemento, poseer un buen
tono de voz sonoro, los oradores y oradoras que declaman tendrán siempre en
ellos puesta la atención.
V VOCACIÓN DEL ORADOR U ORADORA JURÍDICA:
Es una atracción que debe consolidarse posteriormente con una reflexión más
profunda sobre las cualidades o aptitudes que exige la profesión del orador
jurídico. Existe ya ese atractivo, una “llamada” a una misión personal.
El orador tiene que ser un profesional perito en derecho, capaz de hacer
aplicación de sus conocimientos teóricos en la defensa de los derechos e
intereses de los ciudadanos y las colectividades y con sensibilidad social para
saber y entender dónde comienza y termina el derecho de cada quien. Por ello,
requiere de las destrezas metodológicas necesarias para adquirir constantemente
los conocimientos científicos técnicos, morales y éticos necesarios para poder
cumplir con su rol en la sociedad.
Por tal motivo se debe perfeccionar en el arte de la oratoria jurídica y seguir
las reglas y normas para convertirse en un excelente disertante capaz de tener
éxito en la defensa de su tesis que sea entendida por el juez que sigue la causa.
VI MEMORIA DEL ORADOR:
Los conocimientos y las ideas no bastan; es necesaria la meditación, el
pensamiento creador y analizador, y calcular en todas sus fases, su unión para
lograr el efecto deseado. Según esto, el estudio reúne los materiales y la reflexión
los aprovecha, los arregla y los aplica.
Existen personas que tienen una memoria prodigiosa todo lo recuerdan y lo
mantienen en el tiempo y otras no tienen esa capacidad natural, por tal motivo
deben recurrir a reglas sicotécnicas para ser usadas en el momento preciso
cuando esta exponiendo el discurso jurídico.
DISCURSO JURIDICO
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La habilidad para hablar en público es fundamental para alcanzar el éxito
profesional o social, y así presentar con éxito las ideas y conceptos a los demás.
El abogado como profesional de las leyes tiene que dominar las técnicas de
oratoria y a través del discurso argumentar el contenido de los fundamentos del
derecho en el debate oral de lo jurídico ante los jueces o colegas con claridad,
sencillez y firmeza.
CONCEPTO
El discurso jurídico es un tipo de juego de lenguaje, utilizado por los profesionales
del derecho que contiene determinadas reglas y procedimientos que lo guían y
que le son propias a su naturaleza como discurso,
El discurso jurídico y/o la lógica jurídica, para Barros (1994), es un metalenguaje
dedicado a observar el correcto funcionamiento de la actividad argumental en el
ámbito del razonamiento jurídico, en consecuencia, en el ámbito de la aplicación
de la ley, de la administración de justicia y de la elaboración de las leyes.
CARACTERÍSTICAS
El discurso jurídico está orientado a exponer con claridad y precisión las ideas y
contenido de los informes orales de jueces, fiscales y abogados.
Es propio de los profesionales del derecho y se emplea en ambientes cerrados y
con reducido publico dentro de la sala pudiendo ser transmitido en señal abierta.
TIPOS Y FORMAS
Leído:
Cuando el abogado o el fiscal trae el texto escrito y procede a su lectura delante
del tribunal o sala. Se aplica cuando hay que leer contenidos de normas jurídicas o
citar aspectos doctrinales del derecho o jurisprudencia. Puede ser preparado con
lujo de detalles antes del juicio
Memorizado:
Llamado también discurso recitado pues el orador lo aprende de memoria -párrafo
por párrafo- y luego lo recita ante el juez, magistrado y la audiencia. Con esta
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modalidad corremos el riesgo de olvidarnos todo el discurso o parte de él, lo cual
resultaría arriesgado en la argumentación del caso.
Espontáneo:
Implica exponer un informe, alegatos y/o argumentos con palabras propias del
léxico jurídico del expositor. Es un discurso “natural” pues el orador no se sujeta a
un libreto establecido, sino a un esquema genérico del discurso para no perder la
ilación de sus pensamientos.
Mixto:
Es una combinación de la modalidad espontánea y memorizada; consiste en
aprenderse de memoria la parte inicial del discurso y el resto hacerlo en forma
“improvisada” y amena. Es una forma efectiva de brindar un mensaje,
recomendable para los aprendices y estudiantes del derecho.
ESTRUCTURA
La estructura del discurso jurídico tiene una importancia vital ya que si no cuenta
con esta se corre el riesgo que este puede derrumbarse durante su desarrollo.
Esta debe ser firme y consistente y al no tomarse en cuenta puede resultar
confuso e inconsistente ante el juez o jurado.
ELEMENTOS DE UN DISCURSO. Son el FONDO y la FORMA.
EL FONDO
Es el mensaje o pensamiento, que se desea transmitir a la audiencia y depende
de la materia que trate el orador.
LA FORMA es el plan del discurso, que consta de cuatro partes:
1. PREÁMBULO. Es la introducción, debe ser interesante y no muy extensa, ya
que tiene por finalidad atraer la atención y la simpatía del auditorio al tema básico
del discurso.
2. PROPOSICIÓN. Es la exposición del asunto fundamental, y debe hacerse en
forma clara, concreta y precisa para su mejor comprensión.
3. CONFIRMACIÓN y REFUTACIÓN. Ambos son argumentos; en el primero se
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demuestra la veracidad y bondad de su tesis, comprobando las ideas
fundamentales; en el segundo se combaten los argumentos y las ideas opuestas a
su verdad (aquí ha de brillar la elocuencia del orador, su convicción y persuasión).
4. EPÍLOGO y PERORACIÓN. El primero es el resumen de los principales puntos
del discurso; el segundo, cuando dicho resumen es vehemente, sentimental o
apasionado. En esta parte se ha de lucir el orador con su conocimiento jurídico,
literario, filosófico, etc., para concluir en forma emotiva y dejar grata impresión en
el auditorio.
La primera y la última parte son fundamentales. Cuando se está preparando el
discurso en su estructura hay que dedicar un tiempo a pulirlo y rematarlo para
disponer de un dominio sobre su contenido.
Algunas recomendaciones dignas de tenerse en cuenta en el desarrollo del
discurso jurídico son las siguientes:
Documentarse jurídica y ampliamente sobre el caso a debatir.
• Cerciorarse de la veracidad de los datos y pruebas a exponerse, no sea que nos
refuten y nos hagan pasar un mal momento.
• Elaborar un pequeño esquema de las ideas principales a presentarse.
• Citar ejemplos, anécdotas, cifras y/o casos reales relacionados con el tema o
caso para hacerlo más didáctico.
• Y sobre todo, hacer un discurso ameno y no muy extenso.
NATURALEZA DEL DISCURSO JURÍDICO
En términos generales el discurso jurídico es una actividad argumental, las
cuestiones fundamentales se deciden bajo el ámbito de acción de la razón, esto
es, bajo la fuerza del mejor argumento.
Un argumento es un tipo de interacción humana a través de la cual se formulan y
debaten tramos de razonamiento, es decir, secuencias de razones encadenadas
que establecen el contenido y fuerza de la proposición que el hablante esgrime en
favor de una pretensión específica.
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En todas las diversas esferas del argumento se articula una lógica, ya que en cada
esfera del argumento se despliega una racionalidad. La argumentación es básica
para pensar como abogado y razonar jurídicamente.
EFICACIA DE LOS DISCURSOS Y EL EJERCICIO DEL PODER
La eficiencia de la argumentación consiste en el modo con que se realiza, lo
impactante de la tesis argumentada tiene que cobrar una vitalidad decisiva, la que
debe ser expuesta mediante razones convincentes, de tal modo que conduzca a
un camino de lo que se busca.
Uno de los méritos del orador es elegir la palabra apropiada, acertar con el
adjetivo. Todo orador debe saber escribir con cierta soltura, única forma de
adueñarse del pensamiento analizarlo y sintetizarlo. El hábito de escribir
proporciona facilidad para construir las frases y colocar cada palabra en el lugar
que le corresponde. El poder de las palabras trasciende a la búsqueda de
objetivos que garanticen el convencimiento del mensaje transmitido, para obtener
ventaja competitiva sobre la otra parte.
El púlpito de la Iglesia, la cátedra de la Universidad, el estrado judicial en el
Tribunal, el escenario del Auditorio, son focos, espejos y caleidoscopios:
instrumentos de expresión y de comunicación y constituyen, al mismo tiempo,
símbolos de poder, y es allí donde se demuestra el talento del orador.
EL DISCURSO DEL DERECHO, SU SENTIDO TELEOLÓGICO Y LAS
RELACIONES SOCIALES.
Hablar bien en público es una necesidad naturalmente sentida de un modo
constante a través de la historia. Es fundamental en la actividad judicial, en la
política democrática del ejercicio del poder y en determinadas ocasiones de la
relación social. Además, en el discurso publicitario, adquiere una relevancia
insoslayable.
El orador ha de tener presente que los problemas, las dificultades, las limitaciones,
las convenciones sociales, los prejuicios culturales y los hábitos de
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comportamiento determinan unos modos diferentes de pensar, de sentir y de
actuar.
La profesión influye, a veces de manera decisiva, en el modo de ver la vida y en la
forma de enfocar los problemas. Los productores agropecuarios, por ejemplo,
poseen una mentalidad, una actitud y un comportamiento propios, diferentes de
los marineros, de los mecánicos, de los administrativos, de los profesores, de los
médicos o de los abogados. Un discurso o una conferencia es un acto social. La
temperatura agradable, la audición cómoda y la visibilidad pueden favorecer o
impedir la recepción de los discursos.
DISCURSO ARGUMENTATIVO
La argumentación jurídica resulta importante porque permite suplir la falta de
prueba fehaciente respecto a la veracidad o falsedad del objeto de la
argumentación. Constituye también parte de la necesidad social de comunicación
al servicio de la actividad cognoscitiva y práctica, ya que constituye objeto de la
argumentación un hecho, un acto, un fenómeno, etc., que pueda generar puntos
de visto a favor y en contra.
La argumentación jurídica tiene como finalidad conseguir que la declaración de los
hechos expuestos sea admitida por el juez. La argumentación está orientada
específicamente a persuadir a los demás sobre lo que dice el argumentante –en
este caso el abogado – y si fuere el caso, lograr que se obre de acuerdo a lo que
se persuadió.
El objetivo del discurso oratorio - la persuasión- se alcanza cuando se produce
una conexión física, emocional y racional, se logra un verdadero encuentro
interpersonal. El orador se da a los oyentes y éstos aceptan al orador. El orador
debe asumir que los oyentes son distintos a él y, al mismo tiempo, iguales que él;
con su imagen, con sus expresiones, con sus tonos y con sus palabras tiene que
demostrar los oyentes le merecen todo su respeto.
El que habla ha de reconocer explícitamente ante quien se dirige, en este caso el
abogado hacia su defendido, para obtener la mayor información de los hechos que
le permita analizarlos. Su discurso como interlocutor es establecer un diálogo que
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puede aceptar sus mensajes o contradecirlos, discutirlos o matizarlos,
enriquecerlos o empobrecerlos.
DISCURSO DESDE LA VISIÓN DEL PLURALISMO JURÍDICO
El discurso oratorio es intención y es racionalidad pero también posee algo de
intuición, de magia y. por lo tanto, de irracionalidad. La recepción de un discurso
es también un proceso racional e irracional. Suele resultar difícil de explicar por
qué vibramos al escuchar determinados discursos, en especial cuando vienen de
juristas que imparten sus conocimientos que tiene que enfocar desde diferentes
perspectivas tanto políticas como legales y dirigidos a un público heterogéneo
pero con sentido muy crítico a cerca del mensaje jurídico que pudiera orientarlo en
la búsqueda de una solución particular o comunitaria.
El campo de acción del abogado cada día es más amplio y es fundamental tener
la capacidad y la herramientas para dirigirse a un público actual con gran acceso a
la información por diferentes medios de comunicación, que con gran sentido crítico
evalúa la calidad del mensaje del orador jurídico cuando este expone sus razones
de aplicabilidad del derecho dentro de la realidad social general o particular.
En el campo jurídico y, en particular, en los sistemas de justicia que contemplan
diversas instancias orales en el proceso, como en el Venezolano en el área penal,
con el juicio oral y público, los actores intervinientes deben contar con un conjunto
de competencias y habilidades para diseñar estrategias, establecer diálogos,
narrar los hechos de manera clara y verosímil, participar en el examen de las
pruebas, realizar interrogatorios y contrainterrogatorios, estructurar sus
intervenciones, exponer convenientemente los fundamentos de derecho en los
que ha basado su teoría del caso refutar los argumentos de la parte contraria y
producir alegatos comprensibles y persuasivos.
SI bien la oralidad tiene la ventaja de que pone a las partes frente a frente para
que le hablen directamente al órgano juzgador - juez, tribunal o jurado- sin
Intermediarios, la formación del abogado tiende, en general, a soslayar el
entrenamiento en el uso y perfeccionamiento del discurso oral por considerar que
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las dotes oratorias constituyen una habilidad natural en todo aquél que ha
abrazado la carrera de abogado.
CONCLUSIÓN
Ante la vigencia del Código Orgánico Procesal Pena en el cual el juicio oral es el
momento culminante del proceso penal acusatorio, el fiscal, los abogados
defensores y el mismo juez, hacen uso del discurso bien sea para presentar sus
informes, conducir interrogatorios o intervenir en el proceso con comentario
jurisprudenciales o citas. Aquí es donde la oratoria y las capacidades del abogado
juegan un papel fundamental en el esclarecimiento de los hechos y la búsqueda
de la verdad en el desarrollo del proceso penal.
En tal sentido es fundamental hoy el dominio de técnicas para lograr exponer los
argumentos jurídicos ante el juez y el público
GLOSARIO
ORAR: es hablar en público para persuadir y convencer a los oyentes o mover
su ánimo.
ORATORIA: es el uso de las reglas aplicadas a la expresión oral las cuales
surgieron del estudio de la naturaleza humana y de análisis de estudios de los
grandes oradores de la historia, desde la antigua Grecia hasta nuestros días.
ORATORIA JURÍDICA: es la aplicada en los juicios orales por el magistrado, el
juez, el fiscal, los abogados, donde cada uno de ellos investigando, exponen y
defienden su tesis.
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ORATORIA: es el arte de hablar con elocuencia y también un género literario que
se concreta en distintas formas como son: el discurso, la disertación, la
conferencia, el sermón.
DISERTACIÓN: disertar del latín disertarse, que significa razonar, discurrir
detenida y metodológicamente sobre alguna materia, bien para exponerla, bien
para refutar la contraparte.
CONFERENCIA: del latín conferentia, plática entre dos o más personas para
tratar de algún punto doctrinal.
SERMÓN: del latín sermo, onis, discurso cristiano que predica el sacerdote ante
los fieles para la enseñanza de la doctrina.
RETÓRICA: es el arte que estudia y emplea el lenguaje con fines persuasivos.
RETÓRICA: es el arte de bien decir, de dar al lenguaje escrito o hablado eficacia
para deleitar, persuadir o conmover.
FORENSE: adjetivo derivado de foro.
FORO: del latín fórum: m, plaza donde se trataba en Roma los negocios públicos
y donde el pretor celebraban los juicios.
ELOCUENCIA: es la persona que al hablar tiene la facultad de deleitar y persuadir
pronunciando bien las palabras, los gestos bien las palabras, los gestos bien
estudiados para el logro de un fin, teniendo una buena dicción, entonación
rítmicamente balanceados para causar una buena impresión y el efecto deseado
ante el juez y demás miembros del tribunal.
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BIBLIOGRAFÍA
- Diccionario de la real academia española en su versión www. rae.com. 15-
04-2011.
- Manual de retorica, oratoria y liderazgo, Democrático – propiedad intelectual
144.531, Chile, Autor: Ricardo Ormazábal Sánchez.
- Enfoque del éxito – Autor: Daniela de León.
- http: // www. icalba.com / index-php?view=articlefid=79:lenguaje forense –
15-04-2.011 hora: 10:15 Am.
- http//www.redinternacional.com.br-15-04-2.011 Hora: 10:30Am
- http://www.monografias.com/trabajos7/orat/orat2.html. 15-04-2.011 hora:
11:00Am.
- CARNEGIE, Dale, como hablar bien en público, editorial sudamericana, 47
a edición: Buenos Aires 1989.
- Ciceron, el orador perfecto, ediciones UNAM, Mexico, 1999, pagina 26.
- http:// afraboschi.freeservers.com/arete.html 15-04-2.011 Hora: 12:00 pm.
- PEREZ SARMIENTO, Manual de Derecho Procesal penal, Vadell
Hermanos Editores, C.A. 3ra. Edicion Mayo 2009. Caracas, Venezuela.
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