Upload
others
View
13
Download
0
Embed Size (px)
Citation preview
1
MONITOREOREGULATORIOSEGUIMIENTO A LA PRODUCCIÓN REGULATORIA DESDE EL 01 AL 15 DE FEBRERO DEL 2019.
ELABORADO POR LA ASOCIACIÓN DE CONTRIBUYENTES DEL PERÚ
2
TRIBUTOS/INFRAESTRUCTURA
GESTIÓN PÚBLICA / INFRAESTRUCTURA
DECRETO SUPREMO Nº 039-2019-EF Aprueban normas reglamentarias y complementarias del Saneamiento Financiero de la deuda tributaria de las Empresas Prestadoras Municipales a que se refiere el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1359.
DECRETO SUPREMO Nº 006-2019-VIVIENDA
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS
Con el Decreto Legislativo N° 1359 se establecieron medidas para el saneamiento financiero sobre las deudas de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento. Entre sus disposiciones se incluye una referida al saneamiento de la deuda tributaria por concepto de impuesto a la renta generada como consecuencia de la(s) transferencia(s) a título gratuito de infraestructura de saneamiento que recibieron las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado municipal hasta el ejercicio 1999, así como las multas generadas por el incumplimiento de obligaciones vinculadas a dicho concepto. Este Reglamento desarrolla las disposiciones para dicho fin.
En la medida en que el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, determinó nuevas funciones, competencias y actividades a cargo del OTASS, estableciendo su estructura orgánica básica, disponiendo que la estructura detallada de su
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas
Publicación: 03 de febrero del 2019Entidad: Vivienda
MONITOREO DE NORMAS
organización y funciones se señalen en su Reglamento de Organización y Funciones – ROF, el Ministerio de Vivienda ha aprobado este nuevo ROF, a fin de dotar a la entidad de una nueva estructura orgánica y funciones, que le permita cumplir con las responsabilidades asignadas.
3
GESTIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA N° 003-2019-PCM/SGP
Modifican “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”
La Secretaría de Gestión Pública plantea la modificación de la Directiva N° 001-2018-SGP “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado” con el fin de concordar sus disposiciones, en lo que resulte aplicable, con lo dispuesto en los Decretos Supremos N° 123-2018-PCM (que aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública) y 131-2018-PCM (que modifica diversos artículos de los Lineamientos de Organización del Estado).
Publicación: 04 de febrero del 2019Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros
TRABAJO
DECRETO SUPREMO N° 013-2019-PCM
Decreto Supremo que aprueba elReglamento del Decreto Legislativo N° 1405, Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar, para el sector público.
Esta norma establece la posibilidad de ejecutar el fraccionamiento del descanso vacacional de los servidores del Estado, bajo cualquier régimen de contratación laboral. Así, a solicitud escrita del servidor, la entidad podrá autorizar el fraccionamiento del goce vacacional. Asimismo, la norma contempla la posibilidad de que el servidor pueda solicitar el adelanto de los días de descanso vacacional antes de cumplir el año, siempre y cuando el servidor haya generado días de descanso en proporción al número de días a utilizar en el respectivo año calendario.
Publicación: 05 de febrero del 2019Entidad: Presidencia del Consejo de Ministros
4
COMPETITIVIDAD / TRABAJO
FINANCIERO/COMPETITIVIDAD
Decreto Supremo N° 002-2019-TR
Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1405, Decreto Legislativo que establece regulaciones para que el disfrute del descanso vacacional remunerado favorezca la conciliación de la vida laboral y familiar, para el sector privado.
RESOLUCIÓN SBS Nº 0480-2019
Reglamento General De Las Cooperativas De Ahorro Y Crédito No Autorizadas A Captar Recursos Del Público
Publicación: 05 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Trabajo
Publicación: 06 de febrero del 2019Entidad: SBS
Esta norma habilita a los trabajadores a solicitar a sus empleadores el uso de su descanso vacacional por adelantado o de manera fraccionada. Así:I) El empleador y el trabajador pueden acordar, previamente y por escrito, el adelanto de días de descanso a cuenta del período vacacional que se genere a futuro; incluso por un número de días mayor a la proporción del récord vacacional generado a la fecha del acuerdo;II) Mientras subsista el vínculo laboral, los días de descanso adelantado se compensan con los días del descanso vacacional una vez cumplido el récord. En caso de cese, la liquidación de beneficios sociales detalla la compensación de los días de descanso adelantado con los días que componen las vacaciones truncas.III) En cuanto al fraccionamiento vacacional, se aplica con las siguientes consideraciones: a) Un primer bloque de al menos 15 días calendario, que se goza de forma ininterrumpida o puede distribuirse en dos periodos de los cuales uno es de al menos 7 días y el otro de al menos 8 días calendario ininterrumpidos; b) El resto del descanso vacacional puede gozarse en periodos mínimos de 1 día calendario.
Esta resolución aprueba el reglamento aplicable a las cooperativas no autorizadas a captar recursos del público. En este cuerpo normativo se desarrollan, principalmente, las definiciones, la estructura del gobierno corporativo, la responsabilidad de la entidad y sus encargados, como también los límites a su actuación.Asimismo, se destaca del reglamento un apartado dirigido a la regulación de los créditos para Mipymes.
5
LABORAL/COMPETITIVIDAD
COMPETITIVIDAD
RESOLUCIÓN N° 61-2019-SUNAFIL
Crean el “Comité de Criterios en materia legal aplicables al Sistema de Inspección del Trabajo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL”
RESOLUCIÓN: 0009-2019/SEL-INDECOPI
Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en el inciso 6.1 del artículo 6 de la Ordenanza Nº 1814-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima
Publicación: 07 de febrero del 2019Entidad: SUNAFIL
Publicación: 08 de febrero del 2019Entidad: INDECOPI
El objetivo del Comité es establecer criterios de interpretación unitarios para la aplicación de la normativa laboral. Además, esta será integrada por un miembro de las siguientes instituciones: Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, que lo preside, la
La ordenanza establece el pago de aportes reglamentarios por concepto de Renovación Urbana del 2%, Desarrollo Urbano del 5% y Programa Metropolitano de Vivienda Popular del 1%, respecto del predio sujeto a un proceso de habilitación urbana con fines industriales. Sin embargo, la Norma TH.030 del Reglamento Nacional de Edificaciones establece un tope máximo del 2% por la suma de estos tres conceptos. Por lo tanto, no superan el test de ilegalidad.
Más información: [email protected] - 01 3379619
Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo, la Intendencia Nacional de Prevención y Asesoría, y la Oficina General de Asesoría Jurídica.
6
COMPETITIVIDAD
RESOLUCIÓN: 0022-2019/SEL-INDECOPI
Declaran barrera burocrática ilegal lo dispuesto en las Ordenanzas Nºs. 232-ML y 141 de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Publicación: 08 de febrero del 2019Entidad: INDECOPI
La municipalidad no observa el artículo 13 de la Ley General de Salud, la cual proscribe la exigencia de carné sanitario como condición para el desarrollo de las actividades económicas. Asimismo, la Sala aclara que las municipalidades podrán fiscalizar posteriormente la salubridad de los recintos.
PENSIONES
DECRETO SUPREMONº 045-2019-EF
Establecen disposiciones reglamentarias de la Ley N° 30907, Ley que establece la equivalencia de la Unión de Hecho con el Matrimonio para acceder a la Pensión de Sobrevivencia.
Publicación: 09 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas
El decreto establece que para acceder a la pensión de sobrevivencia solo es necesaria la inscripción de la unión de hecho (notarial o judicial) en el Registro de Personas.
7
TRABAJO
RESOLUCIONES DE SUPERINTENDENCIA N° 70 y 71-2019-SUNAFIL
Aprueban Protocolo denominado “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL MODELO ESTRATÉGICO DE FISCALIZACIÓN LABORAL: PERÚ FORMAL URBANO Y RURAL
Publicación: 10 de febrero del 2019Entidad: SUNAFIL
La resolución precisa los parámetros de actuación que deberán observar los inspectores de Sunafil durante la actividad fiscalizadora. Asimsimo, la inteligencia previa es el enfoque adoptado, bajo el cual primará la identificación de trabajadores no registrados, para luego ordenar su inscripción en planilla.
INMOBILIARIO
DECRETO SUPREMON° 008-2019-VIVIENDA
Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2000-MTC.
Publicación: 12 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Vivienda
Se extiende la figura de Verificadores Ad Hoc para supervisar que ninguna construcción vulnere patrimonio nacional.
Más información: [email protected] - 01 3379619
8
TRIBUTARIO
LABORAL
LEY Nº 30915
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY 27613, LEY DE LA PARTICIPACIÓN EN RENTA DE ADUANAS, MODIFICADA POR EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 30878
RESOLUCIÓN SBS Nº 0480-2019
Reglamento General De Las Cooperativas De Ahorro Y Crédito No Autorizadas A Captar Recursos Del Público
Publicación: 14 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Publicación: 14 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo
Se debe destinar un 10% de la Participación en Renta de Aduanas para la creación de un Fondo Educativo. La diferencia será repartida equitativamente al gobierno del callo y distritales.
Las personas que tengan bajo su cuidado a una persona enferma o en estado de dependencia, estas tienen derecho a licencia para asistir a sus rehabilitaciones y consultas. Esta norma se aplica para el sector público y privado.
9
LABORAL
MERCADO LABORAL
RESOLUCIÓN N° 61-2019-SUNAFIL
Disponen pre publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para el Otorgamiento de Ajustes Razonables a las personas con discapacidad, en el lugar de trabajo, así como los criterios para una carga desproporcionada o indebida, para el sector público”
03881/2018-CR
LEY QUE PRECISA RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR ANTE SUPUESTOS DE PRECARIEDAD LABORAL E INCUMPLIMIENTO DE NORMAS SOCIO LABORALES
Publicación: 14 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Se busca delimitar un marco de actuación para los trabajadores con discapacidad en el sector público. En consecuencia, garantizar un desempeño adecuado de acuerdo a sus capacidades.
El proyecto de ley define los conceptos de precariedad laboral, contratación fraudulenta y simulación contractual e incumplimiento de normas laborales. Por otro lado, precisa que las funciones de SUNAFIL y las municipalidades respecto a la fiscalización y sanción no son excluyentes. Asimismo, señala que en caso se produzca una reparación por daños, esta no podrá ser fijada por debajo de lo que pudiese haber establecido la autoridad administrativa. Además, determina que los pronunciamientos con carácter de cosa juzgada o decidida que determinan la situación precaria, fraudulenta o simulada, es medio probatorio suficiente para generar responsabilidad del encargado de recursos humanos o de las contrataciones en la empresa. Finalmente, en el sector público, propone registrar a los responsables de las infracciones en un registro especial. Respecto al pago de daños, estos serán devueltos por el funcionario responsable de la infracción a la entidad estatal. Ello tiene como finalidad mantener el equilibrio presupuestario.
MONITOREO DE PROYECTOS DE LEY
10
ENERGÍA
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
03876/2018-CR
Ley que reconoce derechos a los usuarios del servicio público de gas natural.
03880/2018-CR
LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 31 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y ESTABLECE EL VOTO FACULTATIVO.
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Este proyecto busca reconocer los derechos de los usuarios de gas natural, de manera que tengan un acceso oportuno, justo y sin exclusiones. Entre los derechos reconocidos se establecen: que los usuarios residenciales tienen derecho al mecanismo de promoción en los costos de las instalaciones domiciliarias de gas natural; de las MYPES y artesanos al acceso al mismo mecanismo de promoción, en el marco de las Leyes N° 28015 y 29073; de los usuarios residenciales, MYPES y artesanos a la aplicación de subsidios directos y cruzados en la tarifa de gas natural. También se reconoce una tarifa social del servicio y el mecanismo de promoción de las instalaciones a comedores populares, centros materno infantiles, albergues y similares.Los recursos para la masificación del uso de gas natural se obtienen del FISE.
El proyecto apunta a una reforma constitucional para reemplazar la obligatoriedad del voto, por el voto facultativo, es decir, el voto podrá ser ejercido de manera opcional. El congresista argumenta que la obligatoriedad del voto no es garante de una mejor democracia, sino, que la puede perjudicar.
11
TRANSPARENCIA
ENERGÍA
03884/2018-CR
Ley que propone modificar los artículos 19 y 25 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, a fin de fortalecer su control institucional.
03876/2018-CR
Ley que propone reconocer a los usuarios del servicio público de gas natural derechos que les permitan acceder a este servicio de manera oportuna, justa y sin exclusión.
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
El proyecto de ley pretende modificar los artículos 19 y 25 de la 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República”. El proyecto establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) de la propia Contraloría sea designado por el Congreso de la República (a través de su Consejo Directivo), de acuerdo al artículo 25.
El proyecto de ley busca establecer una serie de obligaciones al Estado, referidas a la implementación de ductos de gas natural a todos los ciudadanos, con especial énfasis a las MYPE. Asimismo, determina una tarifa social para ciertas asociaciones con propósitos sociales, por ejemplo, comedores populares.
12
INFRAESTRUCTURA/SANEAMIENTO
RECURSOS PÚBLICOS
03887/2018-CR
Ley que propone adicionar en el Capítulo II Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales de la Ley 21710 Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado.
03891/2018-CR
Ley que propone planificar, gestionar, orientar y regular la ocupación, el uso sostenible y para promover el desarrollo del territorio en armonía con el uso racional de sus recursos naturales.
Publicación: 04 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Publicación: 06 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
El proyecto establece que la Municipalidad de Lima y Callao podrán proponer dos miembros, uno cada entidad, al FONAFE para integrar el Directorio de Sedapal. Ello lo conseguirán añadiendo una segunda disposición complementarias a la Ley 27170 “Ley de FONAFE”
El proyecto busca establecer una lista, no taxativa, de principios orientados a la gestión del territorio, con un enfoque económico y socio-cultural. Para cumplir con ese propósito, el proyecto contempla la creación de las siguientes instituciones: a) Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial (SINOT), b) Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial (INOT) y c) El Consejo Descentralizado para el Ordenamiento Territorial (CDOT).Finalmente, insta a los gobiernos locales y regionales a fomentar la creación planes estratégicos con los lineamientos desarrollados en el proyecto
13
INFRAESTRUCTURA
03893/2018-CR
Ley que propone la priorización de un Sistema Nacional de Gestión del Uso del Suelo y del Subsuelo en el Espacio Público - SINAGUS, para que la Presidencia del Consejo de Ministros formule los principios, normas, procedimientos y lineamientos que permitan una gestión coordinada del uso del suelo y del subsuelo en el espacio público.
Publicación: 06 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
El proyecto declara de necesidad pública la priorización de un Sistema de Gestión y Uso del Suelo y Subsuelo en el Espacio Público (SINAGUS) y el Centro Único de Atención de Notificaciones de Excavaciones, dependiente de la Coordinadora Nacional para la Gestión de Infraestructura de Servicios Públicos.Asimismo, en el cuarto apartado, obliga, a quienes realicen excavaciones que puedan afectar espacios público, al trámite de notificación y respuesta positiva del Centro Único para poder operar.
INVERSIÓN PÚBLICA
03901/2018-CR
Ley que asegura la cancelación oportuna de las obligaciones de pago contraída por entidades públicas, en el rubro bienes y servicios, cuya fuente de financiamiento proviene, entre otras, de recursos directamente recaudados.
Publicación: 08 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Existe un grave problema con el pago de las entidades administrativas a favor de sus proveedores, en especial, las municipales. Es por dicha razón que el presente proyecto de ley pretende agilizar la cancelación de la deuda a los contratistas. En el artículo 36 agregan el supuesto de responsabilidad solidaria del encargado de las contrataciones, en caso no pague oportunamente. Es necesario resaltar que este supuesto aplica únicamente si la fuente de financiamiento proviene de recursos directamente recaudados.
14
TRIBUTARIO
LABORAL
LEY Nº 30915
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3 DE LA LEY 27613, LEY DE LA PARTICIPACIÓN EN RENTA DE ADUANAS, MODIFICADA POR EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 30878
RESOLUCIÓN SBS Nº 0480-2019
Reglamento General De Las Cooperativas De Ahorro Y Crédito No Autorizadas A Captar Recursos Del Público
Publicación: 14 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Publicación: 14 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo
Se debe destinar un 10% de la Participación en Renta de Aduanas para la creación de un Fondo Educativo. La diferencia será repartida equitativamente al gobierno del callo y distritales.
Las personas que tengan bajo su cuidado a una persona enferma o en estado de dependencia, estas tienen derecho a licencia para asistir a sus rehabilitaciones y consultas. Esta norma se aplica para el sector público y privado.
15
LABORAL
LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
RESOLUCIÓN N° 61-2019-SUNAFIL
Disponen pre publicación del “Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos para el Otorgamiento de Ajustes Razonables a las personas con discapacidad, en el lugar de trabajo, así como los criterios para una carga desproporcionada o indebida, para el sector público”
03881/2018-CR
LEY QUE PRECISA RESPONSABILIDAD LEGAL DEL EMPLEADOR ANTE SUPUESTOS DE PRECARIEDAD LABORAL E INCUMPLIMIENTO DE NORMAS SOCIO LABORALES
Publicación: 14 de febrero del 2019Entidad: Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo
Publicación: 01 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Se busca delimitar un marco de actuación para los trabajadores con discapacidad en el sector público. En consecuencia, garantizar un desempeño adecuado de acuerdo a sus capacidades.
El proyecto de ley define los conceptos de precariedad laboral, contratación fraudulenta y simulación contractual e incumplimiento de normas laborales. Por otro lado, precisa que las funciones de SUNAFIL y las municipalidades respecto a la fiscalización y sanción no son excluyentes. Asimismo, señala que en caso se produzca una reparación por daños, esta no podrá ser fijada por debajo de lo que pudiese haber establecido la autoridad administrativa. Además, determina que los pronunciamientos con carácter de cosa juzgada o decidida que determinan la situación precaria, fraudulenta o simulada, es medio probatorio suficiente para generar responsabilidad del encargado de recursos humanos o de las contrataciones en la empresa. Finalmente, en el sector público, propone registrar a los responsables de las infracciones en un registro especial. Respecto al pago de daños, estos serán devueltos por el funcionario responsable de la infracción a la entidad estatal. Ello tiene como finalidad mantener el equilibrio presupuestario.
MONITOREO DE PROYECTOS DE LEY
16
PENSIONES
Ley 03910/2018-CR
Ley que modifica el pago de comisiones en favor de Administradora Privada de Fondos de Pensiones (AFP), estableciendo el pago de comisión por rendimiento de inversión.
Publicación: 13 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
Este proyecto plantea que las comisiones de las AFP se cobren solo en base a la rentabilidad efectiva que generen de los fondos. Adicionalmente, se define que las AFP definen libremente el monto que desean cobrar por sus servicios (cuando hay rentabilidad para el cliente). Finalmente, el proyecto plantea que las AFP someterán a consulta semestral a los afiliados respecto a la diversificación de sus inversiones, así como la priorización de los instrumentos de sus inversiones.
MERCADO LABORAL
Ley 03908/2018-CR
Ley que deroga el Decreto Supremo 345-2018-EF, que aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad.
Publicación: 13 de febrero del 2019Entidad: Congreso de la República
El proyecto tiene como finalidad dos cosas: a) Derogar el decreto supremo de la política nacional laboral y b) Declarar de interés nacional la participación de los trabajadores.
Esta propuesta resulta riesgosa para los empleadores, debido a que, al tomar en cuenta los requerimientos de sindicatos de empleados, los costos laborales podrían aumentar, dificultando la contratación, y restando competitividad, precisamente.
Asociación de Contribuyentes del Perú
Monterrey 373, Oficina 901 - Lima (01) 3379619www.tucontribuyes.com