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Massey Abogados Expediente No : Especialista : Cuaderno : Principal Escrito No : 1 Sumilla : Demanda Obligación de Dar Suma de Dinero. AL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE BREÑA .- xxxxxxxxxxx S.R.L., con RUC No. xxxxx, debidamente representada por su Gerente General Ing. xxxxxxx, identificado con DNI No. xxxxx, con domicilio real en Jr. xxxxxx No. xxx, xxxxx, Lima; y, señalando domicilio procesal en la CASILLA No. 6625 del Servicio de Casillas del Colegio de Abogados de Lima, sede Miraflores, a Usted atentamente decimos: I. PETITORIO : Que, nos apersonamos a la instancia e interponemos DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en contra de la empresa xxxxxxxx E.I.R.L., a la que deberá notificársele la presente en su domicilio sito en JR. xxxx No. xxx (ALTURA CUADRA xx DE LA AVENIDA xxxxx), LIMA; a fin de que cumpla con pagarnos la suma de US $. 166,60 (CIENTO SESENTA Y SEIS Y 60/100 DÓLARES AMERICANOS), más los intereses correspondientes que devenguen desde el día 02 de julio de 2004, fecha de emisión de la factura no pagada, hasta la fecha de liquidación para su pago, más costas y costos del proceso conciliatorio previo, más costas y

MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO

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Page 1: MODELO DE DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO

Massey Abogados Expediente No :

Especialista : Cuaderno : Principal Escrito No : 1

Sumilla : Demanda Obligación de Dar Suma de Dinero.

AL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE BREÑA.-

xxxxxxxxxxx S.R.L., con RUC No. xxxxx, debidamente representada por su

Gerente General Ing. xxxxxxx, identificado con DNI No. xxxxx, con domicilio

real en Jr. xxxxxx No. xxx, xxxxx, Lima; y, señalando domicilio procesal en la

CASILLA No. 6625 del Servicio de Casillas del Colegio de Abogados de Lima,

sede Miraflores, a Usted atentamente decimos:

I. PETITORIO: Que, nos apersonamos a la instancia e interponemos

DEMANDA DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO en contra de la

empresa xxxxxxxx E.I.R.L., a la que deberá notificársele la presente en su

domicilio sito en JR. xxxx No. xxx (ALTURA CUADRA xx DE LA AVENIDA

xxxxx), LIMA; a fin de que cumpla con pagarnos la suma de US $. 166,60

(CIENTO SESENTA Y SEIS Y 60/100 DÓLARES AMERICANOS), más los

intereses correspondientes que devenguen desde el día 02 de julio de 2004,

fecha de emisión de la factura no pagada, hasta la fecha de liquidación para su

pago, más costas y costos del proceso conciliatorio previo, más costas y costos

del presente proceso judicial, según los fundamentos siguientes:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO:

1.- Con fecha 02 de junio de 2004, la empresa solicitada para conciliar nos

compró 20 barniz UV BRILL 6162 (6162H80/513120)-1 KG, con código

BT6162H805131; la forma de pago era al contado, según consta de la

Nota de Pedido No. 007730 y de la Guía de remisión No. 0009580

ambos cuyos originales anexamos a la presente.

2.- Despachado el pedido, entregado y aceptado por la compradora,

nuestra empresa procedió a emitir la factura No. 0055374, por la suma

de US$ 166,60 (CIENTO SESENTA Y SEIS Y 60/100 DÓLARES

AMERICANOS), incluido IGV.

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3.- Es el hecho señor(a) Juez de Paz Letrado que no habiendo la empresa

obligada cumplido con honrar su deuda hasta la fecha, es que nos

vemos en la necesidad de interponer la presente acción a fin de

procurarnos judicialmente el pago.

4.- Conforme a ley, previamente procedimos a solicitar se cite a Audiencia

de Conciliación Extrajudicial, a fin de intentar llegar a una solución de la

obligación pendiente de pago en instancia alternativa a la vía judicial;

procedimiento que concluyó con la inasistencia de la contraria.

Por las razones expuestas, pedimos al Juzgado se sirva amparar la presente

demanda y en su oportunidad declararla FUNDADA, con expresa condena de

costas y costos.

III. FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Amparamos nuestra demanda en lo expresamente normado por e artículo 1219

del Código Civil, cuyo inciso primero establece que es efecto de las

obligaciones autorizar al acreedor para emplear la medidas legales necesarias

a fin de que el deudor le procure aquello a que esta obligado.

IV. VÍA PROCESAL, COMPETENCIA y CUANTÍA:

Estando a lo expresamente normado en el artículo 546 numeral 7 del Código

Procesal Civil, que establece la vía procesal pertinente, la que corresponde al

presente caso es la del PROCESO SUMARISIMO, siendo competente para

conocer el (la) JUEZ(A) DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE BREÑA.

Sólo para efectos de fijar la cuantía de la pretensión señalamos que la suma

puesta a cobro equivale a S/. 563,19 al cambio de 3,38 por dólar americano.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

Ofrecemos en calidad de medios probatorios los siguientes:

1.- El mérito de la Nota de Pedido No. 007730.

2.- El mérito de la Guía de remisión No. 0009580.

3.- El mérito de la factura no cancelada No. 0055374.

4.- El mérito de la exhibición que deberá efectuar la empresa demandada

de su Libro de Compras correspondiente al año 2004, a fin de acreditar

si nuestra factura fue ingresadas en su contabilidad para justificar el

supuesto gasto aún pendiente de pago.

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5.- El mérito de la declaración de parte que deberá prestar la representante

legal de la empresa demandada, de manera personalísima, con arreglo

al segundo párrafo del artículo 214° del Código Procesal Civil y de

acuerdo al pliego de preguntas que se acompaña en sobre cerrado.

Pedimos al Juzgado se sirva admitir en especial el presente medio

probatorio, el que deberá actuarse de manera personalísima, por

cuanto es fundamental para crear certeza al Juzgado respecto de los

puntos controvertidos antes señalados.

VI. ANEXOS:

1-A.- Copia simple del DNI del Gerente General de la empresa xxxxxx S.R.L

1-B.- La Nota de Pedido No. 007730.

1-C.- La Guía de remisión No. 0009580.

1-D.- La factura No. 0055374.

1-E.- La copia certificada del Acta de conciliación levantada por la Conciliadora

autorizada señora Dra. xxxxx, con Registro xxxx.

1-F.- El sobre cerrado que contiene el pliego de preguntas que deberá absolver

el Gerente General de la empresa demandada.

1-G.- La vigencia de poder del Representante Legal.

1-H.- La copia simple del Estatuto de la empresa xxxxxxxxxxx

1. I.- El comprobante de pago de la tasa Arancel Judicial por concepto de

ofrecimiento de pruebas.

POR TANTO: Al Juzgado pedimos se sirva admitir a trámite la presente

demanda luego de verificar y calificar la concurrencia de los requisitos formales

de ley; y, en su oportunidad, pedimos se sirva declararla FUNDADA con

expresa condena de intereses correspondientes, y costos y costas del

procedimiento conciliatorio previo y de este proceso judicial.

PRIMER OTROSI: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 133°

del Código Procesal Civil, cumplimos con adjuntar copias del presente escrito

de demanda y de sus anexos, así como cédulas de notificación suficientes.

SEGUNDO OTROSÍ:

Que, de conformidad con el artículo 80° del Código Procesal Civil otorgamos las

facultades generales de representación contenidas en el artículo 74° del

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acotado cuerpo de leyes a favor del Dr. Oscar Massey Samaniego, con Registro

del Colegio de Abogados del Lima No. 20700, dejando expresamente

establecido que nos encontramos perfectamente instruidos de los alcances de

la representación que otorgamos. Asimismo, cumplimos para los efectos con

ratificar nuestro domicilio real y legal sito en Jr. XXXXX No. XX, XXXX, Lima 01.

Lima, 13 de diciembre de 2005.

---------------------------------------------------------------------------------XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX S.R.L

XXXXXXXXXXGerente GeneralDNI No. XXXXX

OSCAR MASSEY S.REG. CAL. 20700