Manual Residus Especials Cs

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MANUAL DE GESTIN DE LOS RESIDUOS ESPECIALES DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONA

MANUAL DE GESTIN DE LOS RESIDUOS ESPECIALES DE LA UNIVERSIDAD DE BARCELONANatalia Daz Pealver, Facultat de Geologia. Universitat de Barcelona Albert Moyano Baldoire, Direccin y Coordinacin. Facultat de Qumica y OSSMA. Universitat de Barcelona

Publicacions

UUNIVERSITAT DE BARCELONA

B

BIBLIOTECA DE LA UNIVERSITAT DE BARCELONA. Dades catalogrfiquesDaz Pealver, Natalia Manual de gestin de los residuos especiales de la Universidad de Barcelona Bibliografia ISBN: 84-475-2487-6 I. Moyano Baldoire, Albert, dir. 1. Universitat de Barcelona 2. Tractament de residus 3. Residus perillosos

PUBLICACIONS DE LA UNIVERSITAT DE BARCELONA, 2000 Gran Via, 585; 08007 Barcelona; Tel. 93 404 54 42; Fax 93 403 54 46; [email protected]; http://www.ub.es/spub/sipub.htm Diseo de la cubierta: Cesca Simn Diseo de la maqueta interior: Nuria Ferrer Impresin: Grficas Rey, S.L. Depsito legal: B.-50.841-2000 ISBN: 84-475-2487-6 Todos los derechos de esta publicacin (incluido el diseo de la cubierta) PUBLICACIONS DE LA UNIVERSITAT DE BARCELONA Impreso en Espaa/Printed in Spain

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PA P E R E C O L G I C

Queda rigurosamente prohibida la reproduccin total o parcial de esta obra. Ninguna parte de esta publicacin, incluido el diseo de la cubierta, puede ser reproducida, almacenada, transmitida o utilizada por ningn tipo de medio o sistema, sin la autorizacin previa por escrito del editor.

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PRLOGO

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1. DEFINICIONES Y PRINCIPIOS BSICOS ............................................................ 1.1. Introduccin .................................................................................................. 1.2. Clasificacin de los residuos. Definiciones .................................................... 1.3. Caractersticas de peligrosidad de un residuo ................................................ 1.4. Principios bsicos en la gestin de residuos .................................................. 1.5. Residuos generados en la UB ........................................................................ Bibliografia ................................................................................................................ 2. NORMAS BSICAS DE SEGURIDAD EN LA GESTIN DE RESIDUOS ESPECIALES ........................................................................................................ 2.1. Introduccin .................................................................................................. 2.2. Identificacin y caracterizacin de los residuos.............................................. 2.3. Equipos de proteccin individual (EPIs) ........................................................ 2.4. Condiciones generales de seguridad y salud en los lugares y espacios de trabajo .................................................................................... 2.4.1. Condiciones generales de seguridad .................................................. 2.4.2. Sealizacin de seguridad y salud ...................................................... 2.5. Manipulacin .................................................................................................. 2.5.1 Manipulacin de productos .................................................................. 2.5.2 Manipulacin de bidones y otros ........................................................ 2.6. Almacenaje .................................................................................................... 2.7. Medidas generales de actuacin .................................................................... 2.8. Medidas especficas ...................................................................................... 2.8.1. Accidentes personales. Primeros auxilios ............................................ 2.8.2. Accidentes por derrames de productos................................................ 2.9. Formacin e informacin................................................................................ 2.10. Normas bsicas de actuacin ...................................................................... Bibliografia ................................................................................................................ 3. GESTIN DE RESIDUOS QUMICOS.................................................................... 3.1. Introduccin .................................................................................................. 3.2. Clasificacin y gestin de los residuos qumicos .......................................... 3.3. Informacin adicional .................................................................................... 3.4. Propiedades ideales de la tcnica de destruccin .......................................... 3.4.1. Informacin aportada en cada procedimiento de destruccin .............. 3.5. Procedimientos de eliminacin de los residuos qumicos en el mismo laboratorio.................................................................................. 3.5.1. cidos inorgnicos y orgnicos y sus disoluciones ..............................

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3.5.2. Bases inorgnicas, sales bsicas y sus disoluciones .......................... 3.5.3. Hidrocarburos ...................................................................................... 3.5.4. Disolventes halogenados .................................................................... 3.5.5. Hidrocarburos aromticos policclicos .................................................. 3.5.6. Carburo de calcio ................................................................................ 3.5.7. Compuestos orgnicos halogenados .................................................. 3.5.8. Alcoholes y fenoles.............................................................................. 3.5.9. teres .................................................................................................. 3.5.10. Haloteres ........................................................................................ 3.5.11. Aminas aromticas primarias (procedimiento genrico)...................... 3.5.12. Aminas aromticas ............................................................................ 3.5.12.1. Bromuro de etidio ................................................................ 3.5.13. 2-Metilaziridina .................................................................................. 3.5.14. Azidas ................................................................................................ 3.5.15. Hidrazinas .......................................................................................... 3.5.16. Amiduro de sodio .............................................................................. 3.5.17. Cianuros y bromuro de ciangeno .................................................... 3.5.18. Nitrilos orgnicos .............................................................................. 3.5.19. Mercaptanos y sulfuros inorgnicos .................................................. 3.5.20. Disulfuro de carbono .......................................................................... 3.5.21. Sulfato de dimetilo y compuestos relacionados .................................. 3.5.22. Aldehdos y cetonas .......................................................................... 3.5.23. Carbonilos metlicos .......................................................................... 3.5.24. Haluros de cido y anhdridos............................................................ 3.5.25. Haluros metlicos reactivos con agua ................................................ 3.5.26. Haluros y haluros de cido no metlicos............................................ 3.5.27. steres del cido carbmico .............................................................. 3.5.28. -propiolactona .................................................................................. 3.5.29. Carboxamidas .................................................................................... 3.5.30. N-nitroso compuestos: nitrosamidas .................................................. 3.5.31. N-nitroso compuestos: nitrosaminas .................................................. 3.5.32. Azo y azoxi compuestos y tetracenos ................................................ 3.5.33. Perxidos .......................................................................................... 3.5.34. Trifluoruro de boro y fluoruros inorgnicos ........................................ 3.5.35. Clorometilsilanos................................................................................ 3.5.36. Fsforo y pentxido de fsforo .......................................................... 3.5.37. Nitrocompuestos ................................................................................ 3.5.38. 4-Nitrobifenilo .................................................................................... 3.5.39. cido pcrico ...................................................................................... 3.5.40. Hidruros complejos metlicos ............................................................ 3.5.41. Hidruros de elementos no metlicos .................................................. 3.5.42. Metales alcalinos .............................................................................. 3.5.43. Cromo ................................................................................................ 3.5.44. Compuestos organometlicos sensibles al aire o al agua .................. 3.5.45. Compuestos organomercricos .......................................................... 3.5.46. Tetraxido de osmio .......................................................................... 3.5.47. Compuestos de arsnico, plomo, selenio y talio ................................ 3.5.48. Compuestos de bario ........................................................................ 3.5.49. Alquilos y arilos no metlicos ............................................................ Bibliografa ................................................................................................................ 4. GESTIN DE RESIDUOS SANITARIOS ................................................................ 4.1. Introduccin ..................................................................................................

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Gestin de residuos sanitarios ...................................................................... Residuos sanitarios no especficos (Grupo II) ................................................ Residuos sanitarios especficos (Grupo III).................................................... Residuos citotxicos (Grupo IV) .................................................................... 4.5.1. Clasificacin de los agentes cancergenos .......................................... 4.6. Agentes biolgicos y niveles de bioseguridad ................................................ 4.6.1. Clasificacin de los agentes biolgicos................................................ 4.6.2. Medidas de contencin ........................................................................ 4.6.3. Medidas higinicas de prevencin ...................................................... Bibliografa ................................................................................................................ 5. GESTIN DE RESIDUOS RADIACTIVOS.............................................................. 5.1. Introduccin .................................................................................................. 5.2. Conceptos bsicos ........................................................................................ 5.3. Definiciones de material radiactivo y de desclasificacin .............................. 5.4. Riesgos y normas de proteccin tanto para los generadores de residuos...... 5.4.1. Vas de recepcin de dosis .................................................................. 5.4.2. Criterios de proteccin radiolgica ...................................................... 5.5. Gestin en origen de los residuos radiactivos. Vas de desclasificacin ........ 5.5.1. Gestin de los residuos lquidos .......................................................... 5.5.1.1. Lquidos acuosos .................................................................... 5.5.1.2. Lquidos orgnicos.................................................................. 5.5.2. Gestin de los residuos slidos .......................................................... 5.5.3. Criterios generales de gestin de los residuos radiactivos .................. 5.6. Gestin en Espaa de los residuos radiactivos de media y baja actividad .... Bibliografa ................................................................................................................ 6. GESTIN DE RESIDUOS PROCEDENTES DE ANIMALES DE EXPERIMENTACIN 6.1. Introduccin .................................................................................................. 6.2. Gestin de residuos ...................................................................................... 6.3. Riesgo biolgico en los laboratorios con animales de experimentacin.......... 6.4. Medidas preventivas ...................................................................................... 6.4.1. Niveles de bioseguridad...................................................................... Bibliografa ................................................................................................................ 7. GESTIN DE RESIDUOS DE LABORATORIOS FOTOGRFICOS........................ 7.1. Introduccin .................................................................................................. 7.2. Proceso fotogrfico ........................................................................................ 7.3. Riesgos debidos a la exposicin a los productos qumicos empleados .......... 7.4. Medidas preventivas ...................................................................................... 7.5.Gestin de los residuos especficos de los laboratorios fotogrficos .............. Bibliografa ................................................................................................................ 8. LEGISLACIN........................................................................................................ 8.1. Legislacin general en materia de seguridad i salud en el trabajo ................ 8.2. Legislacin especfica .................................................................................... 8.2.1. Sealizacin de seguridad y salud en el trabajo .................................. 8.2.2. Pantallas de visualizacin .................................................................... 8.2.3. Utilizacin de equipos de trabajo ........................................................ 8.2.4. Equipos de proteccin individual (EPIs) .............................................. 8.2.5. Enfermedades profesionales ................................................................ 8.2.6. Incendios ............................................................................................ 8.2.7. Aparatos, mquinas e instalaciones ....................................................

4.2. 4.3. 4.4. 4.5.

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8.2.8. Electricidad .......................................................................................... 8.2.9. Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas........................ 8.3. Legislacin general sobre seguridad con agentes qumicos, fsicos y biolgicos (Substancias y preparados peligrosos) ...................................... 8.3.1. Agentes qumicos, fsicos y biolgicos ................................................ 8.3.2. Agentes biolgicos .............................................................................. 8.3.3. Agentes cancergenos.......................................................................... 8.3.4. Plomo .................................................................................................. 8.3.5. Amianto................................................................................................ 8.3.6. Cloruro de vinilo .................................................................................. 8.3.7. Benzeno .............................................................................................. 8.3.8. PCBs y PCTs .................................................................................... 8.3.9. Radiaciones ionizantes (Proteccin radiolgica) .................................. 8.3.10. Ruido ................................................................................................ 8.4. Legislacin general sobre medio ambiente .................................................... 8.4.1. Legislacin sobre residuos especficos ................................................ 8.4.1.1. Residuos txicos y peligrosos ................................................ Amianto .............................................................................................. Cadmio ................................................................................................ Cloruros alcalinos ................................................................................ Hexaclorociclohexano .......................................................................... Policlorobifenilos (PCB) y policloroterfenilos (PCT) ............................ Aceites usados .................................................................................... Pilas y acumuladores .......................................................................... 8.4.1.2. Residuos sanitarios y anatmicos .......................................... 8.4.1.3. Residuos radiactivos ..............................................................

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PRLOGO

Actualmente existe una consciencia social que propugna la defensa del medio ambiente, de forma que el posicionamiento de una persona, una institucin o una empresa delante de los temas ambientales es cada vez ms un valor utilizado para juzgar su comportamiento. Por otro lado, para cumplir las exigencias legales es necesaria la implantacin de un modelo de gestin planificada y organizada de los residuos. Esta motivacin para introducir o mejorar la gestin de los residuos no ha de ser nicamente el cumplimiento de la legislacin vigente. Tambin existe una responsabilidad de las empresas o de las instituciones respecto al medio ambiente, es decir, stas deben realizar sus actividades de forma que no ocasionen daos a su entorno. La implantacin de una gestin segura de los residuos hace que, en la mayora de los casos, se deban analizar los procedimientos de trabajo y el comportamiento de las personas. Como consecuencia de este anlisis se pueden producir mejoras en los rendimientos, en la seguridad de las personas, en los niveles de calidad; tambin puede haber una disminucin de los costos de operacin, as como una disminucin del volumen y de la peligrosidad de los residuos generados si se aplican criterios de minimizacin, reduccin, etc. Por otro lado, cabe recordar que el objetivo bsico de la Universidad como institucin es la generacin y la transmisin de conocimientos al ms alto nivel. Por este motivo no se puede olvidar el carcter pedaggico formativo hacia las actuales y las futuras generaciones de alumnos que suponga un comportamiento respetuoso con el medio ambiente. As mismo, la responsabilidad que la Universidad de Barcelona tiene hacia el medio ambiente debe plasmarse en la confeccin y la puesta en marcha de un programa de gestin de residuos. Con este motivo, ya en el ao 1993 se firm un convenio marco de colaboracin entre la UB y la Junta de Residuos de la Generalitat de Catalunya. En este convenio la UB se compromete a elaborar un programa general de gestin de residuos en la Universidad, mientras que la Junta de Residus participara suministrando el soporte tcnico y legal necesario. La Universidad de Barcelona, en el ao 1994, inici la realizacin de planes parciales para la gestin de residuos peligrosos y a recopilar datos sobre la generacin de residuos especiales en sus instalaciones. Esta recopilacin, llevada a cabo por Jordi Alsina i coordinada por Mrius Rubiralta y Ernest Trias, se materializ con la realizacin de un Manual de tractament de Residus Txics i Perillosos (1994) y de una edicin actualizada, en castellano (1996). En 1997, la UB encarg a una empresa externa la confeccin de un plan de gestin de residuos generales. La redaccin de dicho plan se encuentra finalizada y actualmente est en fase de implantacin. Ahora, en el ao 1999, se publica un nuevo manual, en este caso con un mbito de aplicacin ms amplio, sobre la gestin de residuos especiales. Se han incluido tanto los residuos txicos y peligrosos como los residuos sanitarios, radiactivos, de animales de experimentacin, etc., que en los manuales anteriores no quedaban suficientemente definidos ni tratados. El texto est organizado de la forma siguiente: Residuos qumicos: por lo que se refiere a volumen y a distribucin, son los ms importantes en nuestra comunidad universitaria.

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Residuos sanitarios: hasta ahora no haban estado recogidos en los manuales anteriores, pero se generan tambin en volmenes importantes y presentan caractersticas muy especficas, lo que obliga a una gestin muy cuidadosa. Residuos radioactivos: a causa de su especificidad, tanto su uso como su gestin son muy restringidos. De hecho su tratamiento debe ser obligatoriamente externo, a cargo de la empresa autorizada. Residuos de animales de experimentacin: aunque su volumen no es muy importante se ha credo conveniente dedicarles un captulo especfico. Residuos de laboratorios fotogrficos: hasta ahora no se haban tenido en cuenta, pero a pesar de que su volumen es pequeo, su especificidad y su amplia distribucin han aconsejado incluirlos en el manual. Tambin se ha credo oportuno incluir un captulo introductorio con todas las clasificaciones y definiciones de los diferentes tipos de residuos segn la normativa vigente en cada caso, adems de un captulo especfico para cada tipo de residuos, as como un captulo referente a las normas y las medidas de seguridad a tener en cuenta durante el proceso de la gestin de los residuos. No se han incluido en este manual los datos meramente estadsticos de cantidades y volmenes de residuos generados por cada instalacin. Con la publicacin de este manual actualizado, tanto el Comit de Seguridad y Salud de la UB como la Oficina de Seguridad, Salud y Medio Ambiente (OSSMA) disponen ya de las herramientas necesarias para poder confeccionar un plan de gestin de residuos especiales de la Universitat de Barcelona, que se pueda implantar paralelamente al Plan de Gestin de Residuos Generales. La reestructuracin, actualizacin y revisin del manual han sido realizadas por Natalia Daz, gracias a una beca de colaboracin de la Universidad de Barcelona, durante el periodo de noviembre de 1997 y diciembre de 1999. Rosa Tur (OSSMA) ha revisado los captulos de normas bsicas de seguridad en la gestin de residuos especiales y el captulo de legislacin, adems Josep Bar (OSSMA) ha revisado el captulo de residuos radiactivos y Glria Pladellorens (OSSMA) todo el libro bajo la perspectiva medioambiental. La direccin y coordinacin del manual ha sido llevada a cabo por Albert Moyano.

Mrius Rubiralta Vicerector de Investigacin Barcelona, abril de 2000

1. DEFINICIONES Y PRINCIPIOS BSICOS

1.1 INTRODUCCINLos residuos especiales exigen, en funcin de sus caractersticas fsicas, qumicas o biolgicas, un proceso de tratamiento o eliminacin especial. Aunque estadsticamente se conoce que la contribucin de los residuos generados por los laboratorios qumicos es nicamente del 1% respecto a todos los residuos generados por la actividad humana, no por esto su impacto puede considerarse negligible. Segn la nueva Ley de residuos (Ley 10/1998, BOE de 21 de abril de 1998), se consideran residuos peligrosos aquellos que figuran en la lista de residuos peligrosos, aprobada en el Real Decreto 952/1997 (BOE de 5 de julio de 1997), los recipientes y los envases que los hayan contenido, as como los que hayan estado calificados como peligrosos por la normativa comunitaria y los que el gobierno pueda aprobar de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en convenios internacionales de los que Espaa forme parte. Por otro lado, la Agencia de Proteccin Mediambiental (Environmental Protection Agency, EPA) de los Estados Unidos define los residuos peligrosos como aquellos residuos o combinacin de residuos que presentan un determinado riesgo, ya sea actual o potencial, para la salud humana o para otros organismos vivos, a causa de alguno de los cuatro motivos genricos siguientes: a) b) c) d) no-degradabilidad y persistencia en el lugar de vertido; posibilidad de efectos nocivos por efecto acumulativo; posibilidad de sufrir transformaciones biolgicas con agravamiento de sus efectos; contenido elevado de componentes letales.

Existen diversas causas considerables como fundamentales para que ciertos materiales sean clasificados como residuos a eliminar, sin impedir que puedan ser objeto de operaciones que lleven a recuperarlos, reciclarlos, reutilizarlos o bien utilizarlos para usos alternativos: 1. Productos caducados, que se rechazan sin haber analizado si conservan o no intactos sus propiedades originales. 2. Materiales o productos que se han deteriorado accidentalmente (vertidos, etc.). 3. Sustancias que han perdido parte de sus caractersticas requeridas. 4. Residuos procedentes de los procesos habituales del laboratorio. 5. Productos sin uso, que ahora ya no se utilizan porque son inadecuados. Los residuos generados en los laboratorios se caracterizan en general por su variedad (composiciones muy heterogneas) y porque se suelen generar en cantidades bajas y muy variables a lo largo del tiempo. Adems, en la mayora de los casos estos residuos acostumbran a presentar una toxicidad y/o una peligrosidad elevadas, lo que dificulta su gestin.

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La Universidad de Barcelona (UB), como entidad pblica dedicada al desarrollo de la investigacin y de la docencia, se plantea la cuestin de la gestin de residuos que genera su actividad para intentar responder a la necesidad de proteccin del medio ambiente y de mejora de la salud en el trabajo. En este contexto se inici una serie de acciones con el objetivo de garantizar que los residuos se gestionaban correctamente, y as mismo mejorar la consciencia ambiental de todos sus miembros y realizar una labor educativa sobre las nuevas generaciones de profesionales responsables del futuro de la gestin de residuos. Como muestra de la concienciacin en este tema, el ao 1993 se firmo un convenio marco de colaboracin entre la UB y la Junta de Residus de la Generalitat de Catalunya. En este convenio, la UB se comprometa a elaborar un programa general de gestin de residuos en la Universidad, mientras que la Junta de Residus participara proveyendo soporte tcnico y legal, supervisando las operaciones de gestin y la preparacin e implantacin del programa. Uno de los primeros aspectos a desarrollar para afrontar el problema de la gestin de residuos es conocer la situacin real de los residuos de esta Universidad. Por este motivo, el ao 1994 se inici la elaboracin de una memoria sobre el estado de los residuos en la UB con el fin de poder llevar a cabo un plan de gestin interna mediante la eliminacin de la caracterstica peligrosa de los residuos, el acondicionamiento y transporte y, en el caso de que esto no fuera posible, poder acudir a un proceso de gestin externa con plenas garantas de seguridad mediante un etiquetado y un envasado correctos. Esta memoria dio lugar a la publicacin de un Manual de tractament de residus txics i perillosos de la Universitat de Barcelona el ao 1996.

1.2 CLASIFICACIN DE LOS RESIDUOS. DEFINICIONESSegn la Ley 6/1993 (DOGC de 28 de julio de 1993) se define: Productor: cualquier persona, fsica o jurdica, cuya actividad produzca residuos como productor inicial y cualquier persona, fsica o jurdica, que efecte operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composicin de estos residuos. Poseedor: el productor de los residuos o la persona fsica o jurdica que los tenga en posesin y no tenga la condicin de gestor de residuos. Gestin: la recogida, el transporte, el almacenamiento de los residuos, la valoracin, la disposicin del rechazo y la comercializacin de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones y de los lugares de descarga una vez clausurados o cerrados. No se considera gestin de residuos la operacin de reciclaje en origen de los residuos que se reincorporen al proceso productivo que los ha generado. Recogida: la operacin consistente en recoger, clasificar y/o agrupar residuos para transportarlos. Transporte: la operacin de traslado de los residuos desde el lugar de recogida hasta las plantas de reciclaje, tratamiento o disposicin del rechazo. Almacenamiento: la operacin de depsito temporal de los residuos, previa a las operaciones de reciclaje, tratamiento o disposicin del rechazo. Comercializacin: la operacin de venta o transferencia de subproductos y materia o sustancias recuperables para reincorporarlas al proceso productivo. Subproductos: los residuos que se pueden utilizar directamente como materias primas de otras producciones o como substitutos de productos comerciales y que son recuperables sin necesidad de someterlos a operaciones de tratamiento. Reciclaje: las operaciones de recuperacin de subproductos de los residuos. Tratamiento: la operacin o el conjunto de operaciones de cambio de caractersticas fsicas, qumicas o biolgicas de un residuo para reducir o neutralizar las sustancias peligrosas

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que contiene, recuperar materias o sustancias valorizables, facilitar su uso como fuente de energa o favorecer la disposicin del rechazo. Por otro lado, la definicin de residuos, segn la Ley 6/93 (DOGC de 28 de julio de 1993) es amplia: se considera residuo cualquier material u objeto del que su poseedor se desprenda o tenga la intencin u obligacin de desprenderse. El concepto clsico de residuo como material que su propietario destina al abandono se aplica a la definicin de rechazo, que es el residuo, o a la fraccin de ste, no valorizable. Con esta diferenciacin entre residuo y rechazo, el concepto de residuo incluye todos los materiales producidos como consecuencia no deseada de cualquier actividad humana, independientemente de su contenido econmico, su posibilidad de comercializacin o su destino final. As mismo, y a efectos de su gestin, la Ley 6/93 (DOGC de 28 de julio de 1993) hace una primera clasificacin de los residuos utilizando su origen como criterio de diferenciacin. De esta forma encontramos: Residuo municipal: los residuos domsticos y tambin los residuos de comercios, de oficinas y servicios y otros residuos que, por su naturaleza o composicin, pueden asimilarse a los residuos domsticos (residuos asimilables a urbanos). Residuo industrial: cualquier sustancia u objeto resultante de un proceso de produccin, de transformacin, de utilizacin, de consumo o de limpieza, del cual el productor o poseedor se desprenda o tenga la intencin de desprenderse.

Por otro lado, y a efectos de disposicin del rechazo y atendiendo a sus caractersticas, clasifica los residuos en: Residuos especiales: todo residuo comprendido en el mbito de aplicacin de la Directiva 91/689/CEE (DOCE de 31 de diciembre de 1991). Residuos no especiales: todo residuo que no sea clasificado como especial o como inerte. Residuos inertes: se considera residuo inerte el residuo que, una vez depositado en un vertedero, no experimenta transformaciones fsicas, qumicas o biolgicas significativas y que cumple los criterios de lixiviacin determinados por el reglamento.

En el Decreto legislativo 2/1991 (DOGC de 27 de setiembre de 1991) se definen los residuos industriales especiales como cualquier residuo industrial o comercial que, por sus caractersticas txicas o peligrosas o por causa de su grado de concentracin, requiere un tratamiento especfico y un control de sus efectos nocivos potenciales Por otro lado, se excluyen del mbito de aplicacin de este Decreto legislativo los residuos siguientes, actualizados por la Ley 6/93 (DOGC de 28 de julio de 1993), reguladora de los residuos, y por las diferentes disposiciones legales aplicables a cada subgrupo: los residuos hospitalarios y clnicos (Decreto 27/99 DOGC de 26 de febrero de 1999, sobre ordenacin de la gestin de los residuos sanitarios); los residuos resultantes de la prospeccin, la extraccin, el tratamiento y el almacenamiento de recursos minerales y de la explotacin de canteras; los residuos radiactivos; los explosivos desclasificados; los residuos no industriales derivados de actividades agrcolas y ganaderas; los efluentes gaseosos emitidos a la atmsfera; los residuos que se gestionan como aguas residuales. Las razones de esta exclusin las hemos de encontrar en las especificidades de estos residuos y en la existencia de legislacin sectorial reguladora* (ver captulo 8).

Por otro lado, y dentro del mbito de los residuos industriales, se pueden establecer las definiciones siguientes para los residuos no especiales o inertes:

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Residuos asimilables a urbanos: son aquellos cuyas caractersticas les permiten ser gestionados conjuntamente con los residuos slidos urbanos, siempre que no contengan ningn resto de residuos txicos. Fundamentalmente estn constituidos por papel, cartn, plsticos, material textil, maderas, gomas, etc. Residuos banales o inertes: se caracterizan por su inocuidad y estn constituidos por chatarra, vidrios, escorias, cenizas, escombros, abrasivos, polvos metlicos, arenas de moldeo, refractarios, lodos inertes, etc. Son aquellos que en condiciones de vertedero no experimentan transformaciones fsicas, qumicas o biolgicas. Como no presentan condiciones adversas para el medio ambiente, son susceptibles de ser utilizados en obras pblicas como relleno, en vertederos, etc.

Por otro lado, la Ley 6/93 (DOGC de 28 de julio de 1993), reguladora de los residuos, establece la libertad para que el productor o poseedor de un residuo lo gestione por si mismo, o lo transfiera a un gestor autorizado. Se exceptan los poseedores de residuos que estn adscritos a un servicio pblico de recepcin obligatoria de residuos, por ejemplo los residuos domsticos, que han de ser admitidos obligatoriamente por los servicios municipales de recogida. As mismo, declara servicio pblico el tratamiento de ciertos residuos especiales: frigorficos y aparatos que contengan CFCs, pilas, tubos fluorescentes y lmparas de vapor de mercurio y aceites usados. Complementariamente al marco definido en la ley, se ha publicado en el DOGC el Catlogo de residuos de Catalunya (Decreto 92/1999, DOGC de 12 de abril de 1999), que especifica para cada residuo el tipo (especial, no especial o inerte) y las alternativas de valorizacin y tratamiento. Por otro lado, en la Orden de 1 de junio de 1995 (DOGC de 30 de junio de 1995), relativa a la acreditacin de laboratorios para la determinacin de las caractersticas de los residuos, se especifican, adems, en sus anexos 3 a 7, los criterios a seguir en la toma de muestras y en el anlisis de residuos y sus lixiviados, haciendo referencia a mtodos normalizados de anlisis (ASTM, EPA, ISO, DIN, etc.).

1.3 CARACTERSTICAS DE PELIGROSIDAD DE UN RESIDUOLa Directiva 92/32/CEE (DOCE L de 5 de junio de 1992) sobre clasificacin, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas hace las definiciones siguientes: Sustancias: los elementos qumicos y sus compuestos en estado natural o los obtenidos mediante cualquier proceso de produccin, incluidos los aditivos necesarios para conservar la estabilidad del producto y las impurezas que resulten del proceso empleado. Quedan excluidos los disolventes que puedan separarse sin afectar la estabilidad ni modificar la composicin. Preparados: las mezclas o soluciones compuestas por dos o ms sustancias. En esta misma Directiva se establece la siguiente clasificacin de las sustancias y los preparados peligrosos en funcin de sus caractersticas de peligrosidad: Explosivo (E): sustancias y preparados que, incluso en ausencia de oxgeno en el aire pueden reaccionar de forma exotrmica y rpida y pueden explotar. Corresponde a sustancias de tipo explosivo. Comburente (O): substancias y preparados que, en contacto con otras sustancias, especialmente con inflamables, producen una reaccin fuertemente exotrmica. Corresponde a sustancias de tipo comburente. Extremadamente inflamable (F+): sustancias que se inflaman muy fcilmente por la accin de una fuente de energa, incluso por debajo de 0C. Corresponde a sustancias de tipo extremadamente inflamable.

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Fcilmente inflamable (F): sustancias que se encienden en presencia de una llama, de una fuente de calor o por una chispa. Corresponde a sustancias de tipo fcilmente inflamable. Inflamable: sustancias y preparados lquidos cuyo punto de ignicin sea bajo. Corresponde a sustancias de tipo inflamable. Muy txico (T+) y txico (T): sustancias y preparados que, por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea en pequeas cantidades, pueden provocar efectos agudos o crnicos o incluso la muerte. Corresponde a sustancias de tipo txico, muy txico, carcinognico, mutagnico y txico para la reproduccin. Nocivo (Xn): sustancias y preparados que, por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea, pueden provocar efectos agudos o crnicos o incluso la muerte. Corresponde a sustancias de tipo nocivo, sensibilizante, carcingeno (cancergeno), mutagnico y txico para la reproduccin. Corrosivo (C): sustancias y preparados que, en contacto con tejidos vivos, pueden ejercer una accin destructiva sobre stos. Por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea en pequeas cantidades pueden provocar efectos agudos o crnicos o incluso la muerte. Corresponde a sustancias de tipo corrosivo. Irritante (Xi): sustancias y preparados no corrosivos que, en contacto con la piel o las mucosas, pueden provocar una reaccin inflamatoria. Por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea en pequeas cantidades pueden provocar efectos agudos o crnicos o incluso la muerte. Corresponde a sustancias de tipo irritante y sensibilizante. Peligroso para el medio ambiente (N): sustancias y preparados que puedan presentar un peligro inmediato o futuro para el medio ambiente. Por inhalacin, ingestin o penetracin cutnea pueden provocar efectos agudos o crnicos o incluso la muerte. Corresponde a sustancias de tipo peligroso para el medio ambiente. Aunque una misma clase nos indica diferentes sustancias y/o preparados peligrosos, los hay que no tienen una especfica. Son los: Sensibilizantes: sustancias y preparados que, por inhalacin o penetracin cutnea, pueden ocasionar una reaccin de hipersensibilizacin, de forma que una exposicin posterior a esta sustancia o preparado de lugar a efectos negativos caractersticos. Carcingenos: sustancias y preparados que, por inhalacin, ingestin y penetracin cutnea, pueden producir cncer o aumentar la frecuencia. Mutagnicos: sustancias y preparados que, por inhalacin, ingestin y penetracin cutnea, pueden producir defectos genticos hereditarios o aumentar la frecuencia. Txicos para la reproduccin: sustancias y preparados que, por inhalacin, ingestin y penetracin cutnea, pueden producir efectos negativos no hereditarios en la descendencia, o aumentar la frecuencia, o afectar de forma negativa la funcin o capacidad reproductora masculina o femenina. La Directiva 98/24/CE (DOCE L de 5 de mayo de 1998), relativa a la proteccin de la salud y de la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes qumicos durante el trabajo, define como agente qumico peligroso: los agentes qumicos clasificados como sustancias peligrosas en las Directivas 67/548/CEE (DOCE L de 27 de junio de 1967) y 88/379/CEE (DOCE L de 7 de junio de 1988). cualquier agente qumico que pueda representar un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores, a causa de sus propiedades fsico-qumicas, qumicas o toxicolgicas y de la forma en que se utiliza en el lugar de trabajo. Por otro lado, y por lo que respecta a los residuos especiales no recogidos en la Ley 6/83 (DOGC de 20 de abril de 1983) y la Ley 6/93 (DOGC de 28 de julio de 1993), pertenecientes a subgrupos con normativa especfica, se establecen las definiciones siguientes:

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Residuos radiactivosSegn la Ley 40/1994 (BOE de 31 de diciembre de 1994) de ordenacin del sistema elctrico nacional, que modifica en su disposicin adicional quinta la Ley 25/1964 (BOE de 4 de mayo de 1964), se define residuo radiactivo como cualquier material o producto de rechazo, para el cual no est previsto ningn uso, que est contaminado con radionclidos o los contenga en concentraciones o niveles de actividad superiores a los establecidos por el Ministerio de Industria y Energa previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear. Estos valores lmite no han sido an establecidos, pero la fecha mxima fijada por la Directiva 96/29/EURATOM (DOCE L de 29 de julio de 1996) para establecerlos es el mes de mayo del ao 2000.

Residuos sanitariosSe definen residuos sanitarios, segn el Decreto 27/99 (DOGC de 26 de febrero de 1999) de ordenacin de la gestin de los residuos sanitarios, como los residuos generados por actividades de atencin a la salud, ya sean asistenciales, preventivas o de investigacin, que hayan entrado en contacto directo o indirecto con pacientes. Estos residuos se pueden clasificar en: a) Residuos sin riesgo o inespecficos: Grupo I: Son residuos municipales que por su naturaleza y composicin son inertes y no especiales y no requieren exigencias especiales de gestin ni dentro ni fuera del centro generador. Este tipo de residuos incluyen materiales como el cartn, papel, material de oficinas y despachos, cocinas, bares, comedores, talleres, jardinera, y en general los residuos que no deriven directamente de una actividad sanitaria. Grupo II: Son residuos inertes y no especiales que no plantean exigencias especiales en su gestin fuera del centro generador, y pueden ser considerados como residuos asimilables a municipales. Dentro del centro generador s que pueden suponer un riesgo de infeccin si no son manipulados correctamente. Este tipo de residuos incluyen material de curas, yesos, ropas y material de un solo uso manchados con sangre, secreciones y/o excreciones, as como otros residuos no englobados dentro de la categora de los residuos sanitarios de riesgo. b) Residuos de riesgo o especficos: Grupo III: Son residuos especiales que requieren la adopcin de medidas de prevencin en la recogida, el almacenamiento, el transporte, el tratamiento y disposicin del rechazo, tanto dentro como fuera del centro generador, ya que pueden generar un riesgo para la salud laboral y pblica. Estos residuos son la sangre y hemoderivados en forma lquida, agujas y material punzante y cortante, vacunas vivas y atenuadas, residuos anatmicos (excepto cadveres y restos humanos con entidad suficiente procedentes de abortos, mutilaciones y operaciones quirrgicas), cultivos y reservas de agentes infecciosos, residuos de animales de investigacin y/o experimentacin inoculados biolgicamente, y el resto de residuos sanitarios infecciosos. Se consideran a este efecto residuos sanitarios infecciosos los residuos capaces de transmitir alguna de las enfermedades infecciosas que figuran en el anexo de este Decreto (ver captulo 5), y todos los residuos procedentes de enfermos que por necesidades de aislamiento, y a criterio del centro generador, pueden ser incluidos en este grupo. Grupo IV: Son los residuos especiales no incluidos en el grupo III y los residuos citotxicos, es decir, los compuestos por restos de medicamentos citotxicos y todo el material que est en contacto con ellos que presente propiedades cancergenas, mutagnicas y teratognicas, como tambin los restos de sustancias qumicas, los medicamentos caducados, los

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aceites minerales, los residuos de laboratorios radiolgicos y los residuos radioactivos, objeto de regulacin en otras normas especficas. Para su gestin estos residuos estn sujetos a requerimientos especiales desde el punto de vista higinico y medioambiental, tanto dentro como fuera del centro generador. Los residuos radiactivos que se almacenan en el centro sanitario mismo, una vez descalificados como radiactivos debern ser gestionados atendiendo a su tipologa (ver captulo 6).

1.4 PRINCIPIOS BSICOS EN LA GESTIN DE RESIDUOSEn la gestin de los residuos industriales los aspectos ms importantes a tener en cuenta, segn la normativa vigente, son: Los residuos industriales slo se pueden entregar a tratadores autorizados expresamente por la Junta de Residus para la gestin del tipo de residuos de que se trate. Es productor de un residuo el titular de la actividad que lo genera, y cualquiera que efecte una manipulacin de los residuos que ocasione un cambio en su naturaleza o composicin. El productor de un residuo es responsable de los perjuicios que pueda causar el residuo, incluso si los ha entregado a un tratador autorizado en caso de que ste no pueda atender dicha responsabilidad. El productor es responsable del envasado y el etiquetado de los residuos y ha de vigilar el transporte hasta las instalaciones del tratador. El productor tiene la obligacin de minimizar la produccin de residuos. Est obligado a mantener un registro de todos los transportes de residuos que realice y ha de presentar una declaracin anual en la cual consten las cantidades de residuos producidas, el tratamiento y el destino final.

Por lo que respecta a los residuos de los laboratorios, su gestin presenta una problemtica diferenciada de los residuos industriales ya que se generan en pequeas cantidades, presentan una gran variedad y una elevada peligrosidad tanto desde el punto de vista fsico-qumico como toxicolgico y para el medio ambiente. Si no se tratan y se acumulan en el laboratorio generan productos qumicos peligrosos innecesarios. Adems, a menudo no suelen estar adecuadamente envasados, identificados y almacenados. Por lo tanto la gestin de este tipo de residuos constituye un aspecto fundamental en la aplicacin de criterios de calidad y gestin ambiental en el laboratorio, y adems es una de las exigencias de aplicacin de las buenas prcticas de laboratorio (BPL). Su gestin debe basarse en los principios de minimizacin, reutilizacin, tratamiento y eliminacin segura. Para gestionarlos correctamente se debe establecer un programa de gestin de residuos en el laboratorio que recoja todos los residuos generados, sean banales o peligrosos, incluyendo los reactivos caducados, los reactivos no caducados pero innecesarios, los materiales de un slo uso contaminados o no, los patrones y todos aquellos materiales o productos que se hayan utilizado o generado en el laboratorio, como medicamentos, papel, guantes, etc. Los aspectos que pueden influir en la eleccin de un procedimiento de eliminacin de residuos y que se deben tener en cuenta en el momento de elaborar el programa de gestin son, entre otros, los siguientes: el la la la el volumen de residuos generados; periodicidad de generacin; facilidad de neutralizacin; posibilidad de recuperacin, reciclaje o reutilizacin; coste del tratamiento y de otras alternativas;

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la valoracin del tiempo disponible.

Se deber tener en cuenta, tambin, diferentes aspectos en funcin del tipo de laboratorio y de la actividad que se realiza: actividad del laboratorio (investigacin, docencia, etc.); relacin de productos utilizados; tcnicas instrumentales utilizadas; relacin de operaciones y determinaciones analticas que se efecten en el laboratorio; organizacin del laboratorio.

As, un programa de gestin de residuos que incluya todos los residuos generados en el laboratorio debe incluir los apartados siguientes: Inventario. Se debe confeccionar una relacin de todos los residuos generados y mantenerla actualizada. Se debe conocer tambin la periodicidad de generacin para poder establecer unos plazos de recogida y tratamiento razonables, con el fin de racionalizar el volumen de residuos acumulados y evitar costes suplementarios. Recogida selectiva. El sistema de recogida selectiva se establecer en funcin de los grupos establecidos con provisin de contenedores adecuados a las caractersticas de los residuos y identificacin y etiquetado de los envases y los contenedores. Caracterizacin, seleccin y clasificacin. La recogida y la seleccin de los residuos son bsicas en un programa de gestin y se deben evitar los riesgos debidos a una manipulacin, un transporte o un almacenaje inseguros. As mismo facilita el tratamiento que ha de efectuarse para su eliminacin. Todos los productos considerados como residuos deben estar clasificados e identificados en funcin de su peligrosidad (caractersticas fsico-qumicas, incompatibilidades, riesgos especficos y/o tratamiento y eliminacin posteriores). De acuerdo con esto, todos los residuos han de ser etiquetados de forma que la etiqueta contenga suficiente informacin para garantizar una manipulacin segura hasta en su disposicin final: cdigo de identificacin, nombres qumicos de los componentes principales, fecha de acumulacin, riesgos que presenta el residuo mediante pictogramas... Minimizacin/reduccin/recuperacin. Se han de valorar las opciones ms adecuadas de recuperacin (existen muchos procesos de recuperacin de productos), de reciclaje o de reutilizacin de los productos qumicos del laboratorio (experimentos consecutivos con los subproductos o bien utilizacin en otros centros mediante la generacin de bolsas de subproductos de laboratorio); tratamiento adecuado en el mismo laboratorio o bien racionalizacin de las compras (optimizacin de los stocks), con el fin de reducir al mximo la generacin de residuos. Tambin pueden disearse experimentos de docencia o investigacin a escala ms reducida, o bien seleccionar reactivos de menos toxicidad. Almacenaje. Los residuos nunca deben almacenarse en el mismo laboratorio, ya que esto aumentara el riesgo. Por tanto, se debe disponer de un espacio separado del laboratorio destinado a almacn de residuos y equipado con los elementos de seguridad y extincin de incendios necesarios. Adems, se debe de disponer de recipientes especiales que permitan la recogida posterior en condiciones de seguridad. Los aspectos que ha de cumplir un envase son: resistencia al ataque qumico, cierres seguros y pequeos y no ms de 200 L de capacidad. Este almacenamiento ha de realizarse de acuerdo con los grupos establecidos, evitando incompatibilidades y otras situaciones peligrosas que puedan incrementar el riesgo. Han de tenerse en cuenta aquellos residuos que exigen una gestin diferenciada, como los cancergenos y los radiactivos. En el almacn se ha de llevar un registro, donde se

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han de anotar las fechas de entrada y salida, y no se debe admitir ningn residuo si no est adecuadamente etiquetado. Normas y medidas de seguridad. El programa de gestin ha de incluir todas las informaciones relativas a la peligrosidad de los productos, las condiciones de manipulacin, los tipos de envases, las incompatibilidades y las actuaciones en caso de derrames, vertidos o incendios y las emergencias, as como las medidas de proteccin tanto colectivas como individuales adecuadas a los productos a tratar. Estas normas deben estar recogidas por escrito y deberan seguirse estrictamente para prevenir posibles riesgos. Actuaciones en caso de accidente/incidentes. Se han de dar todas las instrucciones de actuacin en caso de vertidos o derrames, o de cualquier incidente que pueda producirse. As mismo han de indicarse las pautas de actuacin si hay una emergencia.

Adems, el programa de gestin deber contener los aspectos siguientes: Responsable o responsables que supervisen y comprueben la correcta aplicacin y la ejecucin del programa e informen a la direccin del departamento, la unidad o el servicio. Nivel de recursos necesarios. Se debe conocer y evaluar el coste del programa incluyendo todas las operaciones de gestin externa: recogida, transporte (ha de realizarse con una furgoneta que disponga de los dispositivos de seguridad necesarios), almacenaje en estaciones de transferencia y posterior tratamiento final (incineracin, tratamiento fsico-qumico o bien vertido controlado). Formacin y informacin sobre el programa. Todo el personal ha de conocer la existencia y las caractersticas del programa de gestin de residuos adoptado, su ejecucin y la responsabilidad que se derive. La informacin sobre el programa deber proporcionarse por escrito. Vigilancia sobre el proceso. Es obligacin del productor de residuos, cuando estos estn destinados a tratamiento y/o gestin externa, comprobar que tanto la empresa encargada del transporte como la empresa tratadora estn reconocidas y autorizadas como tales por la Administracin y que se cumplen todos los requisitos administrativos (hojas de seguimiento, declaraciones de residuos, etc.).

Por otro lado existen unos grupos de residuos afectados por disposiciones legales especficas, como los residuos radiactivos, los residuos sanitarios, los residuos biolgicos y los residuos con agentes cancergenos. Esto implica que estos residuos han de gestionarse de forma diferenciada de acuerdo con las prescripciones legislativas especficas para cada tipo, ya que han de tener una identificacin propia que permita reconocerlos claramente. Estas consideraciones especficas debern estar recogidas en el programa de gestin de residuos. En el caso de los residuos radiactivos, nicamente pueden ser gestionados por una empresa autorizada por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), que en nuestro pas es ENRESA, directamente o indirectamente. En el caso de los residuos biolgicos se deben aplicar las directrices de la Directiva 90/679/CEE (DOCE L de 31 de diciembre de 1990) y sus modificaciones posteriores y del Real Decreto 664/1997 (BOE de 24 de mayo de 1997), sobre proteccin de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin a agentes biolgicos. Si son generados en un centro sanitario se deben aplicar las disposiciones relativas a los residuos sanitarios, que se deben de gestionar de acuerdo con el Decreto 27/99 (DOGC de 26 de febrero de 1999). En el caso de los residuos de productos cancergenos se deben aplicar las directrices de la Directiva 90/394/CEE (DOCE L de 26 de julio de 1990) y el Real Decreto 665/1997 (BOE de 24 de mayo de 1997), relativos a la proteccin de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicin a agentes cancergenos durante el trabajo.

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Por lo que respecta a los residuos procedentes de restos de animales de experimentacin muertos, estos han de ser gestionados por el Servei Municipal de Recollida dAnimals Morts, dependiente de Parcs i Jardins en Barcelona, y a travs del hospital de Bellvitge, en LHospitalet. Otro grupo de residuos que merece una consideracin especial es el formado por los gases a presin, sometidos a la reglamentacin relativa a aparatos a presin. No obstante, si se dispone de una bombona o una botella que no se piense utilizar o est caducada, se debe retornar al suministrador si es el propietario o, si es propiedad del laboratorio, se debe vaciar con las debidas precauciones, lavarla y llenarla de agua para que resulte inutilizable y gestionarla como un recipiente metlico. Este procedimiento slo se puede realizar con gases no txicos y no corrosivos. Por otra parte, se debe contactar con el proveedor o con una empresa especializada. As mismo, se deben de considerar los residuos provenientes de pilas, fluorescentes y aceites usados, ya que a pesar de que su produccin no es demasiado abundante su gestin es muy especfica y est recogida como servicio pblico en la Ley 6/1993 (DOGC de 28 de julio de 1993). Los aceites usados estn regulados por diferentes normativas, tanto comunitarias (Directiva 75/439/CEE, DOCE L de 25 de julio de 1975 y modificaciones) como estatales (Orden de 28 de febrero de 1989, BOE de 8 de marzo de 1989) o autonmicas (Orden de 6 de setiembre de 1988, DOGC de 14 de octubre de 1988). Con respecto a pilas y acumuladores, su gestin est regulada por la Directiva 91/157/CEE (DOCE L de 26 de marzo de 1991).

1.5 RESIDUOS GENERADOS EN LA UBDentro del contexto en el cual se inscribe este escrito, los residuos producidos por las diferentes instalaciones de las instituciones universitarias se pueden clasificar en: a) Residuos asimilables a urbanos: son aquellos cuyas caractersticas les permiten ser gestionados conjuntamente con los residuos slidos urbanos, siempre que no contengan ningn resto de residuos txicos. Fundamentalmente estn constituidos por papel, cartn, plsticos, vidrios, material textil, maderas, gomas, etc. b) Residuos banales o inertes: se caracterizan por su inocuidad, estando constituidos por determinados tipos de chatarra, escorias, cenizas, escombros, abrasivos, polvos metlicos, arenas de moldeo, refractarios, lodos inertes, etc. Como no presentan condiciones adversas para el medio ambiente, son susceptibles de ser utilizados en obras pblicas como relleno, en vertederos, etc. c) Residuos especiales: son considerados como tales aquellos que se definen en la Ley bsica como residuos txicos y peligrosos, o que se especifican en el Reglamento que desarrolla la Ley, o finalmente aquellos que pueden ser incluidos en las revisiones sucesivas de las directivas correspondientes de la CEE. Estos residuos y an otros que, no siendo especficamente txicos y peligrosos, pueden llegar a serlo en determinadas combinaciones, cantidades o concentraciones exigen, en funcin de sus caractersticas fsicas, qumicas o biolgicas, un proceso de tratamiento o eliminacin especial. Se incluyen tambin aquellos residuos con legislacin especfica, como los radioactivos, los sanitarios, etc. Por otro lado, los residuos especiales generados en la Universidad de Barcelona tambin se pueden clasificar, segn su composicin, en: residuos qumicos; residuos sanitarios, incluyendo los biosanitarios y los residuos de animales de experimentacin; residuos radiactivos.

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Merecen una consideracin aparte un grupo de residuos, los generados en los laboratorios fotogrficos, que se tratan en un captulo especfico (captulo 7) por sus caractersticas de generacin y/o gestin. Tambin se han de considerar los residuos procedentes de restos de pinturas y barnices y los aceites residuales; por un lado, estn los procedentes de la actividad docente y de investigacin y, por otro, los generados en el servicio de mantenimiento. El volumen ms importante de residuos generados en las instalaciones de la UB est constituido por los residuos qumicos. Prcticamente se generan en todos los laboratorios de la Divisin III (Ciencias Experimentales y Matemticas: Facultades de Qumica, Biologa, Fsica y Geologa) y de la Divisin IV (Ciencias de la Salud: Facultades de Medicina, Farmacia, Psicologa y Escuelas de Enfermera, Odontologa y Podologa), en algunos laboratorios de la Divisin I (Ciencias Humanas y Sociales: Facultad de Bellas Artes y Laboratorio de Paisaje de la Facultad de Geografa), de la Divisin V (Ciencias de la Educacin: Departamento de Ciencias Experimentales y Matemticas) y en los laboratorios de los servicios cientfico-tcnicos. Excepto los residuos que se pueden neutralizar y tratar en el mismo laboratorio donde se generan (ver captulo 3), siempre en pequeas cantidades, la mayor parte se gestiona mediante un tratador externo. El segundo grupo de residuos, en funcin de su volumen, lo constituye los residuos sanitarios y contaminados por agentes biolgicos y/o cancergenos (grupos III y IV de residuos sanitarios). La mayor parte de estos residuos se genera en los diferentes centros de la Divisin IV (Ciencias de la Salud), incluyendo tanto los generados en los laboratorios de investigacin, los generados por la docencia y los originados en las diferentes clnicas que posee la UB (Odontologa, Podologa). En este apartado tambin se deben incluir algunos de los residuos generados por los servicios cientfico-tcnicos y la Facultad de Biologa (Divisin III). Los residuos radiactivos, a pesar de que no se generan en volmenes considerables, merecen un tratamiento especial, ya que por sus caractersticas de peligrosidad requieren unas medidas de seguridad muy cuidadosas. Los principales centros donde se generan residuos radiactivos son: la Divisin IV (Ciencias de la Salud), los laboratorios experimentales de la Divisin III (Ciencias Experimentales y Matemticas) y los servicios cientfico-tcnicos. Las instalaciones radiactivas existentes son las siguientes: instalacin instalacin instalacin instalacin instalacin instalacin instalacin radiactiva de la Facultad de Biologa, radiactiva de las Facultades de Qumica y Fsica, radiactiva de la Facultad de Farmacia, radiactiva de la Facultad de Medicina (campus Casanova), radioactiva del campus de Bellvitge, de rayos x de la Clnica Odontolgica, de rayos x de la Clnica Podolgica.

Por lo que respecta a los residuos de animales de experimentacin, stos se generan en los diferentes estabularios que hay en los centros de la Divisin IV (Ciencias de la Salud: estabularios del campus Casanova-Facultad de Medicina, campus de Bellvitge, Facultad de Farmacia y Facultad de Psicologa) y a la Facultad de Biologa de la Divisin III (Ciencias Experimentales y Matemticas). Los residuos de laboratorios fotogrficos son un caso aparte, porque se generan en muy poca cantidad pero en un nmero muy grande de pequeas unidades de revelado fotogrfico diseminadas por los diferentes centros de la UB. Por otro lado hay que remarcar tambin que la gestin de pilas y fluorescentes no se ha incluido en este manual, pero lo estar en el Plan de residuos generales de la Universidad de Barcelona.

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2. NORMAS BSICAS DE SEGURIDADEN LA GESTIN DE RESIDUOS ESPECIALES

2.1. INTRODUCCINEs importante en un programa de gestin de residuos la seguridad y la salud de los trabajadores encargados de la eliminacin y traslado de estos residuos hasta los almacenes intracentro, de donde sern posteriormente transportados por empresas reconocidas para su gestin ulterior. En muchos procesos de trabajo se utilizan materiales que por sus caractersticas toxicolgicas y fsico-qumicas, pueden ser peligrosos para la salud o el medio ambiente y tambin pueden provocar incendios o explosiones. Estos productos peligrosos para la salud o el medio ambiente los encontramos en diferentes lugares de trabajo: en el almacn, el taller, el laboratorio, la oficina, etc. Durante su utilizacin los podemos encontrar como materia prima, como nueva sustancia, preparado o producto comercializado, o bien ya como residuo generado. Durante la manipulacin de los residuos producidos los riesgos a los que estn sometidos los trabajadores pueden ser debidos a factores intrnsecos: por tener determinadas propiedades fsico-qumicas o de reactividad qumica, determinantes de su peligrosidad; o bien, debidos a factores externos por la inseguridad con que se manipulan estos residuos, ya sea por fallos en las instalaciones o equipos, por problemas organizativos, o bien por un comportamiento humano inadecuado, a causa bsicamente del desconocimiento de la peligrosidad del residuo y as como, por una falta de formacin en relacin con el procedimiento de trabajo a seguir durante la manipulacin de los productos utilizados. Las buenas condiciones del espacio y el entorno de los lugares de trabajo evitan muchas situaciones inseguras y, por tanto, un buen diseo preventivo, as como una evaluacin previa de los posibles riesgos permitir unas medidas preventivas eficaces que nos ayudar en la reduccin y control de los posibles riesgos. Los medios de prevencin o proteccin contra incendios irn encaminados a reducir las posibilidades de inicio del incendio y a evitar su propagacin y reducir al mnimo sus consecuencias. Estos medios de proteccin podrn ser: estructurales de los edificios de deteccin y alarma de extincin de evacuacin

Una correcta sealizacin es una buena tcnica complementaria de las medidas de seguridad adoptadas y no dispensar, en ningn caso, de la adopcin de las medidas de prevencin que correspondan. La informacin que d esta sealizacin deber ser clara y unvoca. El uso de una sealizacin eficaz ha de atraer la atencin de los destinatarios y suministrar una indicacin relativa a la seguridad de personas y/o bienes.

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Finalmente, el correcto almacenaje de los materiales evitar tambin posibles riesgos y las consecuencias que se pudiesen derivar, o al menos reducir sus efectos. Por otro lado, los equipos de proteccin individual sirven para minimizar las consecuencias que se derivan de las situaciones de riesgo y por tanto para proteger de los posibles daos a la salud de los trabajadores.

2.2. IDENTIFICACIN Y CARACTERIZACIN DE LOS RESIDUOSTodos los residuos que deban ser eliminados debern disponer de una correcta identificacin donde consten los datos sobre su peligrosidad y su destinacin final, para facilitar su gestin y consecuentemente minimizar situaciones de riesgo. Debern estar correctamente etiquetados de acuerdo con la legislacin vigente sobre clasificacin, envasado y etiquetado de productos y sustancias qumicas (Real Decreto 363/1995, BOE de 5 de junio de 1995, y Real Decreto 1078/1993, BOE de 9 de setiembre de 1993). La primera informacin que recibe el usuario y que le permite identificar la sustancia, el producto o el residuo generado, y sus riesgos es la etiqueta. Esta etiqueta ha de estar escrita al menos en el idioma oficial del estado (en nuestro caso, el castellano).El etiquetado condicionar toda la gestin de residuos

El etiquetado de los productos qumicos juntamente con las fichas de datos de seguridad es una herramienta imprescindible para una utilizacin segura y ha de alcanzar no slo los productos adquiridos o destinados a su comercializacin si no tambin los generados en las diferentes unidades, departamentos y servicios de la Universidad, as como los residuos que se produzcan. En estos casos la informacin contenida en la etiqueta ha de hacer referencia fundamentalmente a la identificacin del producto y sus riesgos. Los envases o contenedores de estas sustancias, productos o residuos generados, debern ser adecuados a cada tipo de residuo, considerando su estado fsico, sus propiedades y la destinacin final. Por lo que se refiere a la sealizacin de recipientes y envases que contengan sustancias y preparados peligrosos, el Real Decreto 485/1997 (BOE de 23 de abril de 1997) indica: Los recipientes que contengan o puedan contener productos a los que sea de aplicacin la normativa sobre comercializacin de sustancias y preparados peligrosos debern ser etiquetados segn lo dispuesto en la misma. Se podrn exceptuar los recipientes utilizados durante un tiempo corto y aquellos cuyo contenido cambie a menudo, siempre que se tomen las medidas alternativas adecuadas, fundamentalmente de formacin e informacin, que garanticen un nivel de proteccin equivalente. Las etiquetas se pegarn, fijarn o pintarn en lugares visibles de los recipientes. Las caractersticas intrnsecas y condiciones de utilizacin de las etiquetas debern ajustarse, cuando proceda, a lo dispuesto para los paneles en los apartados 1.3. y 2. del anexo III de este Real Decreto. La informacin de la etiqueta podr complementarse con otros datos, como el nombre o frmula de la sustancia o preparado peligroso o detalles adicionales sobre el riesgo. El etiquetado podr ser sustituido por las seales de advertencia contempladas en el anexo III, con el mismo pictograma o smbolo; en el caso del transporte de recipientes dentro del lugar de trabajo, podr sustituirse o complementarse por seales

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en forma de paneles de uso reconocido, en el mbito comunitario, para el transporte de sustancias o preparados peligrosos.

2.3. EQUIPOS DE PROTECCIN INDIVIDUAL (EPIS)Aunque muchas de las operaciones que se realizan sean de corta duracin o espordicas, debido al alto riesgo que puede suponer el uso de determinadas sustancias, materiales o aparatos, es necesario utilizar equipos de proteccin individual (EPI). Desde el punto de vista prevencionista, siempre se ha de anteponer la proteccin colectiva a la proteccin individual. Las protecciones individuales son sencillamente elementos de uso directo sobre el cuerpo del trabajador, que por si solas no eliminan ni corrigen el factor de riesgo, y constituyen un medio de defensa para el trabajador delante de los riesgos que implica el trabajo que realiza. Segn el Real Decreto 773/1997 (BOE de 30 de mayo de 1997) se define equipo de proteccin individual como cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que lo proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, as como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Se excluyen de esta definicin: La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estn especficamente destinados a proteger la salud o la integridad fsica del trabajador. Los equipos de los servicios de socorro y salvamento. Los equipos de proteccin individual de los militares, policas y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden. Los equipos de proteccin individual de los medios de transporte por carretera. El material deportivo. El material de autodefensa o de disuasin. Los aparatos porttiles para la deteccin y sealizacin de los riesgos y de los factores de molestia.

Estos equipos debern utilizarse cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios tcnicos de proteccin colectiva o mediante medidas, mtodos o procedimientos de organizacin del trabajo. Debern proporcionar una proteccin eficaz frente a los riesgos que motiven su uso, sin ocasionar o suponer por s mismos riesgos adicionales ni molestias innecesarias. Debern: Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo. Tener en cuenta las condiciones anatmicas y fisiolgicas y el estado de salud del trabajador. Adecuarse al portador, despus de los ajustes necesarios.

Cualquier operacin de manipulacin o transporte de residuos deber iniciarse con la utilizacin de los equipos de proteccin que se hayan definido en los procedimientos o protocolos de actuacin. En el caso de la eliminacin de residuos se considerar como equipo de proteccin individual mnimo: Gafas: es absolutamente obligatorio emplear gafas cerradas para protegerse de salpicaduras en la manipulacin de los residuos. Guantes: se debern utilizar guantes para proteger la piel de contactos con sustancias, productos y preparados peligrosos, y evitar as las salpicaduras. Estos guantes

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debern ser resistentes y proporcionar la proteccin necesaria segn los tipos de productos manipulados. Mscaras, se utilizarn cuando se deban manipular compuestos voltiles de alta toxicidad. Las mscaras de proteccin llevarn filtros homologados para la sustancia de que se trate. Sern adecuadas a los productos a manipular. En cualquier caso se tendrn en cuenta las caractersticas fisiolgicas de la persona que los ha de utilizar, ya que algunos equipos pueden reducir el campo de visin o bien pueden ser pesados. El trabajador tendr la posibilidad de eleccin del equipo a utilizar. Delantales y en general ropa determinada en funcin del tipo de residuo a manipular, eliminar o transportar. Botas con punteras metlicas que protejan de la cada de objetos o herramientas (botellas y/o envases en general). Y aquellos otros que puedan ser necesarios en funcin de la peligrosidad del residuo a manipular, eliminar o transportar.

Por otro lado, y como instrucciones bsicas de utilizacin, almacenaje y mantenimiento de los equipos de proteccin individuales, tenemos: Los EPI han de mantenerse siempre en perfectas condiciones para su utilizacin y limpiarlos cuando sea conveniente. Todo EPI que presente una deficiencia ha de ser rechazado. Se han de vigilar peridicamente las fechas de caducidad de los EPI. Cuando no se utilicen, las mscaras han de permanecer en una caja o envoltorio impermeable, slido y que cierre hermticamente. Las gafas, pantallas, etc., se han de guardar de manera que queden protegidas delante de posibles deterioros. Los EPI que puedan contaminarse por materias radiactivas han de ser controlados despus de ser utilizados, y se ha de confirmar la ausencia de contaminacin. La utilizacin, el almacenaje, el mantenimiento, la limpieza, la desinfeccin y la reparacin de los EPI deber efectuarse de acuerdo con las instrucciones bsicas del fabricante. Los equipos de proteccin individual estarn destinados, en principio, a un uso personal. Si por cualquier motivo diversas personas tuvieran que utilizar un mismo equipo, se adoptarn las medidas necesarias para que esto no origine ningn problema de salud o de higiene a los diferentes usuarios.

2.4. CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS LUGARES Y ESPACIOS DE TRABAJO2.4.1. CONDICIONES GENERALES DE SEGURIDADEn el Real Decreto 486/1997 (BOE de 14 de abril de 1997) se establecen las disposiciones mnimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo, entendiendo como tales las reas del centro de trabajo, edificadas o no, en donde los trabajadores han de permanecer o a las que puedan acceder por razn de su trabajo. Cuando hablamos de la gestin de residuos, el lugar de trabajo del que se habla en el apartado anterior corresponder tanto a los lugares o espacios de trabajo donde se generen los residuos, como al recorrido hasta al destino temporal de almacenaje de estos residuos, y el espacio destinado en cada edificio como almacn de residuos.

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Todos estos espacios debern cumplir las condiciones generales de seguridad del anexo y del mencionado Real Decreto. Entre otras:

Vas y salidas de evacuacinLas vas y salidas de evacuacin debern permanecer expeditas y desembocar lo ms directo posible al exterior o a una zona de seguridad. Todas las salidas, sean o no de emergencia, estarn localizadas y sealizadas. En caso de peligro, los trabajadores debern poder evacuar todos los lugares de trabajo rpidamente y en condiciones de mxima seguridad. Las puertas situadas en los recorridos de las vas de evacuacin debern estar sealizadas de manera adecuada. Se debern poder abrir en cualquier momento desde el interior sin ayuda especial. Esta sealizacin deber fijarse en los lugares adecuados y ser duradera. Las vas y salidas de evacuacin, as como las vas de circulacin que den acceso a ellas, no debern estar obstruidas por ningn objeto de forma que puedan utilizarse sin impedimentos y se debern abrir hacia el exterior. Las puertas de emergencia no se debern cerrar con llave. En caso de avera del sistema elctrico, las vas y salidas de evacuacin que lo requieran debern estar equipadas con iluminacin de seguridad que permitan una visibilidad suficiente.

Proteccin contra incendiosLos lugares de trabajo debern estar equipados con dispositivos adecuados para combatir los incendios. Por lo que respecta a los medios de proteccin contra incendios, estos debern satisfacer las siguientes condiciones: Los dispositivos no automticos de lucha contra los incendios debern ser de fcil acceso y manipulacin. Existirn extintores adecuados para los diferentes tipos de fuego que se puedan producir. Deber formarse al personal para atender las posibles eventualidades que se puedan producir.

Instalacin elctrica La instalacin elctrica no deber comportar riesgos de incendio o explosin. Los trabajadores debern estar debidamente protegidos contra los riesgos de accidente causados por contactos directos o indirectos. La instalacin elctrica y los dispositivos de proteccin debern tener en cuenta la tensin y los factores externos condicionantes.

Los medios contra accidentes debern disponer de duchas de seguridad, lavaojos y equipos de primeros auxilios, y se deber conocer su localizacin. El personal deber tener cuidado del correcto funcionalmente de los equipos de emergencia, vigilando el mantenimiento y el uso de los medios correspondientes. Se dispondr de un plan de emergencia y evacuacin que deber conocer el personal responsable.

2.4.2. SEALIZACIN DE SEGURIDAD Y SALUDLa entrada a los lugares donde se manipulen o se almacenen residuos debern tener visibles las seales de peligro que correspondan, as como las indicaciones de los EPI a emplear, segn el Real Decreto 485/1997 (BOE de 23 de abril de 1997), sobre sealizacin de seguridad y salud en el trabajo.

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reas de almacenajeLas zonas, locales o recintos utilizados para almacenar cantidades importantes de sustancias o preparados peligrosos debern identificarse mediante la seal de advertencia adecuado, de las indicadas en el anexo III del mencionado Real Decreto, o mediante la etiqueta que corresponda, de acuerdo con la normativa mencionada en el apartado 4.1., de este Real Decreto, colocadas, segn sea el caso, cerca del lugar de almacenaje o en la puerta de acceso al mismo. Esto no ser necesario cuando las etiquetas de los diferentes envases y recipientes, hagan posible por s mismas dicha identificacin. El almacenaje de diferentes sustancias o preparados peligrosos puede indicarse mediante la seal de advertencia peligro en general.

Equipos de proteccin contra incendios Los equipos de proteccin contra incendios debern ser de color rojo o predominantemente rojo, de forma que se puedan identificar fcilmente por su propio color. El emplazamiento de los equipos de proteccin contra incendios se sealizar mediante el color rojo o por una seal en forma de paneles de los indicados en el apartado 3.4, del anexo III del mencionado Real Decreto. Cuando sea necesario, las vas de acceso a los equipos se mostrarn mediante las seales indicativas adicionales especificadas en el mencionado anexo.

Medios y equipos de salvamento y socorroLa sealizacin para la localizacin y identificacin de las vas de evacuacin y de los equipos de salvamento o socorro se realizar mediante seales en forma de paneles de los indicados en el apartado 3.5. del anexo III de dicho Decreto.

Situaciones de emergenciaLa sealizacin dirigida a alertar a los trabajadores o a terceros de la aparicin de una situacin de peligro y de la consiguiente y urgente necesidad de actuar de una forma determinada o de evacuar la zona de peligro, se realizar mediante una seal luminosa, una seal acstica o una comunicacin verbal. A igualdad de eficacia podr optarse por cualquiera de las tres; tambin podr emplearse una combinacin de una seal luminosa con una seal acstica o con una comunicacin verbal.

2.5. MANIPULACIN2.5.1. MANIPULACIN DE LOS PRODUCTOSEl contacto con agentes qumicos mediante su manipulacin durante el proceso de eliminacin de los residuos y/o durante su trasvase y transporte, puede producir daos al cuerpo humano. El dao que una sustancia txica puede producir en un organismo depende de la dosis y del tiempo que tarda en administrarse esta dosis. Por tanto, ser necesario establecer medidas preventivas para eliminar o reducir el riesgo y conseguir unas condiciones de trabajo seguras. Por esta razn es importante seguir una serie de normas mientras se realice esta manipulacin.

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Disponer de la ficha de datos de seguridad de los productos utilizados permite establecer procedimientos de trabajo seguros y tomar medidas para el control y reduccin del riesgo, y facilita a los trabajadores informacin y datos complementarios a los contenidos en la etiqueta. La ficha de datos de seguridad (FDS) de los productos es una fuente de informacin que complementa la contenida en la etiqueta y constituye una herramienta de trabajo muy til, especialmente en el campo de la prevencin de los riesgos laborales. Segn la normativa vigente sobre clasificacin, envasado y etiquetado de productos peligrosos, esta ficha se ha de facilitar obligatoriamente con la primera entrega de un producto qumico peligroso. En caso de que la persona encargada de la gestin de residuos no est asignada en ninguna unidad o servicio donde se generen estos residuos y, por tanto, no tenga a su alcance las fichas de seguridad, deber solicitarlas y mantener su propio archivo de las fichas correspondientes a las sustancias, productos o preparados que tenga que manipular, que debern facilitarle los generadores de los residuos. Desde el punto de vista preventivo las fichas de datos de seguridad han de: Proporcionar datos que permitan identificar el producto y al responsable de su comercializacin, as como un nmero de telfono donde efectuar consultas de emergencia. Informar sobre los riesgos y peligros del producto respecto a inflamabilidad, estabilidad y reactividad, toxicidad, posibles lesiones o daos por inhalacin, ingestin o contacto drmico, primeros auxilios y ecotoxicidad. Formar al usuario del producto sobre el comportamiento y las caractersticas del producto, la correcta utilizacin (manipulacin, almacenaje, eliminacin, etc.) los controles de exposicin, los medios de proteccin (individual o colectiva) a utilizar en caso de que el control no fuese del todo eficaz o en caso de emergencia, las actuaciones a realizar en caso de accidente tales como extintores adecuados contra incendio, control y neutralizacin de vertidos, etc.

2.5.2. MANIPULACIN DE ENVASES Y DE OTROSLos envases, que debern estar sealizados adecuadamente, debern ser manipulados de forma que no provoquen riesgos para los trabajadores. Ser necesario, por tanto, tener en cuenta lo que se establece en el Real Decreto 487/97 (BOE de 23 de abril de 1997) sobre Manipulacin de cargas. Se intentar tomar las medidas necesarias para evitar la manipulacin manual de cargas, en especial mediante la utilizacin de equipos para su manipulacin mecnica. Para mover las bombonas o bidones se utilizarn carretillas manuales adecuadas a la carga a llevar.

2.6. ALMACENAJEEl almacenaje de residuos se ha de hacer en un lugar separado del laboratorio y provisto de los elementos de seguridad necesarios. Tendr ventilacin, la iluminacin deber estar protegida, de acuerdo con las caractersticas de los productos almacenados y deber cumplir los requisitos de la reglamentacin sobre almacenaje de productos. Se tendrn en cuenta las incompatibilidades entre residuos en el momento de su ubicacin dentro del almacn. Igualmente se tendrn en cuenta otras situaciones de peligrosidad que puedan incrementar el riesgo.

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Se segregarn claramente aquellos residuos que por sus caractersticas exigen una gestin separada como los radioactivos, biosanitarios o cancergenos. Los productos inflamables se han de separar del resto. Los lquidos voltiles se mantendrn alejados de las fuentes de calor, las luces y los interruptores elctricos. Se ha de evitar guardar botellas abiertas. Igualmente se deber comprobar la estanqueidad total del recipiente a emplear. Los productos que desde hace tiempo no se empleen sern devueltos al productor o eliminados como residuo. En el caso de gases a presin y de acuerdo con la reglamentacin vigente si se dispone de una botella o bombona que no vaya a ser utilizada o que est caducada se deber retornar al suministrador si es de su propiedad o, en otro caso, vaciarla con las debidas precauciones, lavarla y llenarla de agua para que quede inutilizable y gestionarla como un recipiente metlico en su eliminacin. Se llevar un registro, anotando las fechas de entrada y salida, y no se aceptar ningn residuo que no est etiquetado. En el caso que se haya perdido la etiqueta original se tendr que, o bien hacer una nueva identificacin, o bien eliminarlo como residuo muy peligroso si no se sabe que es.

2.7. MEDIDAS GENERALES DE ACTUACINEn laboratorio y en los almacenes de productos o de residuos, se han de cumplir las siguientes normas de seguridad: Papeles de filtro, trapos, guantes sucios u otras materias impregnables o impregnadas no se tirarn al recipiente de basuras normales, ya que al estar impregnados se consideran residuo especial. No est permitido comer ni beber ya que existe la posibilidad de que los alimentos o bebidas se hayan contaminado con productos peligrosos. Hay que lavarse siempre las manos despus de manipular los productos o residuos y antes de salir del laboratorio o almacn. Est prohibido fumar en los laboratorios y en los almacenes, por razones higinicas y de seguridad. No inhalar, probar u oler productos o residuos si no se est debidamente informado.

Por lo que respecta a la manipulacin de productos qumicos se ha de tener en cuenta los siguientes aspectos: Los productos qumicos pueden ser peligrosos por sus propiedades txicas, corrosivas, inflamables o explosivas. Todos los productos qumicos han de ser manipulados con mucho de cuidado. El peligro ms grande es el FUEGO. La mayora de productos qumicos orgnicos queman en presencia de una llama, particularmente los disolventes, que son altamente inflamables. Se ha de evitar la presencia de llamas abiertas siempre que sea posible. No inhalar los vapores de los productos o residuos y trabajar siempre que sea posible en vitrinas extractoras, especialmente al manipular productos txicos, irritantes, corrosivos o lacrimgenos. Evitar el contacto de los residuos con la piel especialmente de los que son txicos o corrosivos. En estos casos se recomienda la utilizacin de guantes de un slo uso. No coger nunca un residuo de un recipiente no etiquetado.

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2.8. MEDIDAS ESPECFICAS2.8.1. ACCIDENTE