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2016
ASSERTUS Inc.
1/1/2016
Manual Del Empleado
2
Manual Del Empleado 2016
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCION ............................................................................................................................... 4
A. IGUALDAD DE OPORTUNIDAD DE EMPLEO ......................................................................... 4
B. BASE LEGAL .......................................................................................................................... 4
C. ORGANIZACIÓN ................................................................................................................... 4
D. APLICABILIDAD .................................................................................................................... 4
CLASIFICACION Y RETRIBUCION ...................................................................................................... 5
A. PLAN DE CLASIFICACION ...................................................................................................... 5
B. PLAN DE RETRIBUCION ........................................................................................................ 6
RECLUTAMIENTO Y SELECCION ....................................................................................................... 7
A. AVISO PUBLICO DE LAS OPORTUNIDADES DE EMPLEO ...................................................... 7
B. PROCESAMIENTO DE SOLICITUDES ..................................................................................... 7
C. ENTREVISTA Y EVALUACION DEL CANDIDATO .................................................................... 8
D. REGISTRO DE ELEGIBLES ...................................................................................................... 8
E. CERTIFICACION Y SELECCIÓN ............................................................................................... 8
NOMBRAMIENTOS Y CAMBIOS ....................................................................................................... 9
A. NOMBRAMIENTOS .............................................................................................................. 9
B. CAMBIOS DE PERSONAL .................................................................................................... 10
ASISTENCIA .................................................................................................................................... 12
A. JORNADA REGULAR DE TRABAJO ...................................................................................... 12
B. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS ........................................................................................... 12
LICENCIAS ...................................................................................................................................... 15
A. LICENCIAS DE VACACIONES REGULARES ........................................................................... 15
B. LICENCIA DE ENFERMEDAD ............................................................................................... 18
C. LICENCIA MILITAR .............................................................................................................. 18
D. LICENCIAS POR MUERTE FAMILIAR ................................................................................... 19
E. LICENCIAS PARA FINES JUDICIALES ................................................................................... 19
F. LICENCIA DE MATERNIDAD ............................................................................................... 20
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Manual Del Empleado 2016
G. LICENCIA SIN SUELDO ........................................................................................................ 21
H. LICENCIA PARA USO PERSONAL ........................................................................................ 21
I. DIAS FERIADOS .................................................................................................................. 22
J. DISPOSICIONES GENERALES .............................................................................................. 23
EVALUACION DEL PERSONAL ........................................................................................................ 24
A. EVALUACION DEL PERSONAL ............................................................................................ 24
B. USOS DE LA EVALUACION .................................................................................................. 25
FORMULARIO DE EVALUACION PERIODICA .............................................................................. 26
RELACIONES DE PERSONAL ........................................................................................................... 29
A. ORIENTACION .................................................................................................................... 29
B. BENEFICIOS MARGINALES ................................................................................................. 29
C. DEBERES Y RESPONSABILIDADES ....................................................................................... 29
D. PROHIBICIONES ................................................................................................................. 30
E. MEDIDAS DISCIPLINARIAS ................................................................................................. 30
F. ADIESTRAMIENTO ............................................................................................................. 36
G. CONSEJERIA ....................................................................................................................... 36
DISPOSICIONES ESPECIALES .......................................................................................................... 37
A. VESTIMENTA Y APARIENCIA .............................................................................................. 37
B. Instalación de Software ..................................................................................................... 37
C. Estacionamiento ................................................................................................................ 37
D. Varios ................................................................................................................................. 37
E. Enmiendas ......................................................................................................................... 38
F. Vigencia ............................................................................................................................. 38
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Manual Del Empleado 2016
INTRODUCCION
ASSERTUS es una corporación con fines de lucro organizada bajo las leyes del Estado Libre Asociado
de Puerto Rico. Entre los objetivos y propósitos que lleva a cabo está, prestar servicios de facturación
médica, consultoría y venta de sistemas de información de salud, procesamiento de transacciones,
desarrollo de programación y servicio de apoyo.
Dentro de su programa de acción incluye el desarrollo, establecimiento e implantación de normas y
reglamentos para atender los aspectos administrativos, entre otros el sistema de Administración de
Personal para los empleados de la Corporación. Los empleados de ASSERTUS, se regirán por los
sistemas de administración de personal que en ley cada cual posee.
En el descargo de la responsabilidad de atender el sistema de Administración de Personal, ASSERTUS
Inc., adoptó su sistema incluido en este manual.
A. IGUALDAD DE OPORTUNIDAD DE EMPLEO
Se respetarán y protegerán los Derechos Civiles de los empleados, aspirantes a empleo y
beneficiarios, según establecido por las disposiciones y estatutos locales y federales en cuanto a no
discriminación.
B. BASE LEGAL
La ley general de Corporaciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico Faculta a las
corporaciones a establecer sus propios reglamentos.
C. ORGANIZACIÓN
Este Manual se organiza por capítulos para atender los asuntos de personal en ASSERTUS Inc. Su
contenido está en armonía con la reglamentación local y federal de posible aplicación. Las
disposiciones de este Manual son independientes y separables a cualquier sección, párrafo, oración
o cláusula que fuera declarada nula por algún Tribunal o entre en conflicto con alguna Ley, no
afectará la validez de ninguna otra sección, párrafo, oración o cláusula del mismo.
D. APLICABILIDAD
Las reglas contenidas en este Manual aplicarán a los empleados de ASSERTUS Inc. Cualquier
acción de cualquier empleado que atente contra en buen funcionamiento de ASSERTUS Inc., será
sancionado siguiendo las sanciones que disponga la autoridad nóminadora.
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Manual Del Empleado 2016
CLASIFICACION Y RETRIBUCION
A. PLAN DE CLASIFICACION
El Plan de Clasificación de Puestos es el sistema mediante el cual los puestos se agrupan por clases
a base de los deberes y responsabilidades de los mismos. Cada clase de puestos se designa con un
título descriptivo y se establece una definición del concepto que abarca ese título a través de su
naturaleza del trabajo, aspectos distintivos, ejemplos típicos, conocimientos, habilidades y destrezas
mínimas, preparación y experiencia mínima y periodo probatorio.
El Plan de Clasificación refleja la situación de todos los puestos en el mismo, o sea, es un
inventario de los puestos autorizados en todo momento. Para lograr que el Plan de Clasificación
resulte un instrumento de trabajo adecuado y efectivo en la administración de personal, se
mantendrá al día mediante el registro de los cambios que ocurran, de forma que en todo momento el
Plan refleje exactamente los hechos y condiciones reales presentes en dicho inventario de puestos.
Es además, un instrumento dinámico y cambiante por lo cual es necesario para que no pierda su
efectividad ni su utilidad, que se mantenga a la par con los cambios que ocurran.
Algunas de las ventajas que ofrece el Plan de Clasificación, además de facilitar los procesos de
administración de personal, simplifica la confección del presupuesto y es un recurso para la
solución de los problemas que puedan surgir.
1. Reclasificación
El término "reclasificación de puestos", según se usa en este Manual, significará la
determinación de que un puesto asignado a una clase específica pertenece a una clase distinta.
CAUSAS PARA LA RECLASIFICACION DE PUESTOS
a. Cambio sustancial y permanente en los deberes, autoridad y responsabilidad. Este
tipo de reclasificación surge cuando la autoridad nóminadora introduce cambios
sustanciales y permanentes que motiven que el puesto se asigne a una clase distinta,
ya sea en un nivel igual, superior o inferior. Un cambio de tal naturaleza equivale a
la eliminación del puesto original y a la creación de uno nuevo en su lugar.
b. Creación, división, alteración o abolición de una clase de puestos o la combinación
de varias clases. Esto se conoce como una modificación al Plan de Clasificación
y surge por iniciativa propia de ASSERTUS en su función de mantener la estructura
del Plan de Clasificación al día.
En la reclasificación por modificación al Plan de Clasificación, los empleados
afectados tienen derecho a continuar en sus puestos. Al así disponerlo se reconoce
que en estos casos no hay cambio de deberes y responsabilidades, sino un enfoque
nuevo y una ordenación de las clases de puestos.
c. La determinación de que un puesto está incorrectamente clasificado. Esta
determinación puede resultar de las investigaciones que por propia iniciativa realiza
el Oficial de Personal. A los empleados que sean reclasificados por estas razones
tienen derecho a continuar en sus puestos.
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Manual Del Empleado 2016
2. Creación de Puestos
Cuando surja la necesidad de eliminar y crear un nuevo puesto, el Oficial de Personal
someterá la petición incluyendo sus justificaciones correspondientes al Gerente General o al
Presidente de ASSERTUS. Este, podrá autorizar al Oficial de Personal a clasificar el puesto
y determinará el sueldo que le corresponde en escala. Todo nuevo puesto creado será
ubicado en la escala mínima y siguiendo lo establecido en el Manual.
B. PLAN DE RETRIBUCION
El Plan de Retribución persigue un tratamiento equitativo a los empleados en la fijación de algún
elemento que pueda afectar su paga, se simplifica la confección del presupuesto y es un recurso
para atender varios problemas de personal.
1. Administración del Plan de Retribución
Las siguientes disposiciones regirán la aplicación de las escalas de sueldos a las acciones del
personal:
a. Nombramientos
Toda persona que reciba nombramiento original en el servicio, percibirá retribución
al tipo mínimo de la escala correspondiente, excepto según se disponga más
adelante.
b. Ascensos
Todo ascenso conllevará aumento de retribución, acorde con la escala
correspondiente al puesto que pasa a ocupar el empleado.
c. Traslados
El traslado necesariamente no conllevará rebaja en el sueldo del empleado ni como
norma general, tampoco conllevará aumento de sueldo, excepto en el que resultare
de asignarle al empleado una retribución igual al tipo mínimo de la escala aplicable
al puesto que pase a ocupar.
d. Aumentos de Sueldo por Mérito
El Gerente General podrá conceder aumentos de sueldo por méritos dentro de la
escala a los empleados cada doce meses de servicio satisfactorio. Los aumentos de
sueldo por méritos serán moderados. Sin embargo los empleados que reúnan
méritos sobresalientes podrán recibir aumentos mayores.
e. Ajuste
A los empleados que devenguen sueldos que no coincidan con uno de los tipos en la
escala, se los podrá conceder la fracción necesaria para ajustar su sueldo a la escala.
f. Diferenciales
En caso de que no se tenga alternativa para cubrir determinado puesto o retener
personal bajo las normas de retribución contenidas en este Manual, el Gerente
General podrá solicitar sueldos mayores que los dispuestos para casos de
nombramientos y ascensos. Se considerarán condiciones extraordinarias tales como;
dificultad en reclutamiento o retención, condiciones de empleo.
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Manual Del Empleado 2016
RECLUTAMIENTO Y SELECCION
El Departamento de Personal de ASSERTUS, su presidente y gerente general son responsables de
establecer y mantener un sistema que asegure el reclutamiento del personal más apto e idóneo, para
cubrir las vacantes. Se prestará especial atención a la comunidad servida.
A. AVISO PUBLICO DE LAS OPORTUNIDADES DE EMPLEO
1. Las vacantes pueden ser de conocimiento general a discreción de la compañía. Podrán
utilizarse medios tales como: Oficinas de empleo de instituciones universitarias y otras
oficinas de empleo como son los "Head-Hunters". Según el caso, pueden especificarse
condiciones del empleo, sueldos y requisitos deseables.
2. Contenido del Aviso:
a. Título del Puesto
b. Sueldo
c. Requisitos del Puesto
d. Condiciones del Empleo
e. Fecha Límite para la radicación de la Solicitud de Empleo
f. Cómo solicitar
g. Declaración de que ASSERTUS promueve la igualdad oportunidad de empleo
3. El formulario de solicitud estará disponible y asequible a todo interesado.
4. Cuando la convocatoria prescriba períodos o fechas determinadas para el recibo de
solicitudes se observarán las siguientes normas:
a. El aviso público referente a cada vacante, el Oficial de Personal podrá especificar el
período de tiempo durante el cual habrán de aceptarse solicitudes. Se aceptarán
solicitudes a discreción de la empresa.
b. En caso de que no reciba un número suficiente de solicitudes, se podrá extender el
período para el recibo de solicitudes, enmendar o cancelar la convocatoria.
B. PROCESAMIENTO DE SOLICITUDES
Las solicitudes se procesarán conforme a las siguientes disposiciones:
1. El Oficial de Personal determinará las solicitudes recibidas que deben ser aceptadas o
rechazadas como resultado de los avisos hechos.
2. Se rechazarán las solicitudes por cualquiera de las siguientes causas:
a. radicación tardía
b. no reunir los requisitos mínimos establecidos para desempeñar el puesto
c. tener conocimiento formal de que los solicitantes están física o mentalmente
incapacitados para desempeñar las funciones del puesto
d. han incurrido en conducta deshonrosa
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Manual Del Empleado 2016
e. han sido convictos por delito grave o por cualquier delito que implique depravación
moral
f. son adictos al uso habitual o excesivo de sustancias controladas o bebidas
alcohólicas
g. han realizado o intentado realizar engaño o fraude en la información sometida en la
solicitud
C. ENTREVISTA Y EVALUACION DEL CANDIDATO
1. Los candidatos cualificados serán citados para que comparezcan a entrevista. Dependiendo
del reclutamiento, la entrevista la realizara el Oficial de Personal, cualquier ejecutivo o
supervisor autorizado por el presidente de ASSERTUS o en forma conjunta.
2. Se establecerán los criterios de evaluación.
3. Se podrán utilizar los servicios de funcionarios a cargo de unidades para determinar algún
conocimiento o criterio a utilizarse en la entrevista para tomarse en consideración al momento
de reclutamiento de personal.
D. REGISTRO DE ELEGIBLES
1. Se establecerán registros de elegibles por clases de puestos que contendrán los nombres de las
personas cualificadas.
2. Aquellas personas cualificadas que no hayan sido seleccionadas para cubrir una vacante
permanecerán en un registro de elegibles.
E. CERTIFICACION Y SELECCIÓN
1. Para cubrir un puesto vacante, el Oficial de Personal preparará certificará a los candidatos
elegibles.
2. Esta certificación se remitirá al presidente de ASSERTUS, quien tendrá la responsabilidad de
tomar acción final y autorizará el inicio del trámite de contratación.
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Manual Del Empleado 2016
NOMBRAMIENTOS Y CAMBIOS
A. NOMBRAMIENTOS
Se otorgará nombramiento para cubrir aquellos puestos vacantes y aprobados en el presupuesto de
ASSERTUS Inc. El Oficial de Personal hará constar por escrito los nombramientos y cambios. Se
seguirá el procedimiento establecido en Notificación.
Es requisito que la fecha de efectividad del nombramiento sea prospectiva. Su nombramiento
estará ubicado en los puestos clasificados y se le fijará el salario mínimo establecido en la
estructura retributiva.
1. Notificación
El Oficial de Personal, notificará oficialmente al seleccionado y se citará para que asista a
una reunión de orientación y adiestramiento. Esta incluirá todo lo relacionado con sus
deberes y responsabilidades del puesto que ocupará, derechos y beneficios, y la organización
y propósito de ASSERTUS Inc.
2. Expediente de Empleado
a. Simultáneamente con el nombramiento se iniciará la preparación de un expediente
personal para cada empleado que contendrá los siguientes documentos:
1) Solicitud de Empleo
2) Certificado de Salud de fecha reciente
3) Evidencia de preparación académica o su equivalente en los casos que se
requiera
4) Certificado de Conducta expedido por la Policía de Puerto Rico, de fecha
reciente
5) Un retrato 2" x 2" para fines de identificación
6) Copia de la Tarjeta del Seguro Social
7) Formulario 499-R "Certificado de Exención para la Retención de
Contribución sobre Ingresos"
8) Certificado de Nacimiento
9) Descripción de tareas en original
10) Evidencia Residencia de E.U. (si aplica)
11) Evaluaciones periódicas
12) Otros
b. Los expedientes individuales de los empleados tendrán carácter confidencial y
podrán ser examinados únicamente por la gerencia. Los custodios de los
expedientes serán responsables de la confidencialidad y el uso o divulgación en
forma escrita u oral de la información contenida en los expedientes.
c. Todo empleado tendrá derecho a examinar su expediente particular en compañía del
Oficial de Personal.
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Manual Del Empleado 2016
3. Período Probatorio
Todo nombramiento conllevará un período probatorio de tres (3) meses desde la fecha
de contratación del seleccionado.
Durante este término se realizarán entrevistas periódicas con el empleado y se realizará
una evaluación final al terminar el período probatorio.
Luego de ser debidamente orientado y adiestrado, si se determina que su progreso o
adaptabilidad no han sido satisfactorios, el empleado podrá ser separado de su puesto
en el transcurso o al finalizar el período probatorio.
La separación deberá efectuarse mediante una comunicación oficial verbal o escrita.
B. CAMBIOS DE PERSONAL
Cualquier movimiento de personal siguiente al nombramiento se conoce como cambio de personal.
Para fines de este Manual, los cambios se definen en la siguiente forma:
1. Ascenso
Es el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase de nivel
superior para el cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más alto. Un ascenso es
un reconocimiento a los méritos de un empleado. La razón principal que motive este cambio
será la competencia del empleado y la probada capacidad para realizar las funciones de un
puesto a nivel superior.
2. Traslado
Será el cambio de un puesto a otro en el mismo nivel de clasificación.
3. Reinstalación
Será el regreso de un empleado que haya estado temporalmente fuera de su puesto. Tiene
derecho a la reinstalación aquel empleado que está en uso de licencia de maternidad, ascenso
transitorio, suspensión o cualquier otra. La reinstalación solamente procede cuando media
una separación temporal del empleado.
4. Renuncia
Será la separación voluntaria y definitiva de un empleado. El empleado presentará su
renuncia por escrito con no menos de quince (15) días calendario de antelación a su último
día de trabajo.
5. Cesantía
Será la separación involuntaria del empleado por falta de fondos, falta de trabajo o que
se determine incapacidad física o mental. Cuando sea necesario decretar cesantías por falta
de fondos o falta de trabajo. También podrá decretarse cesantía cuando se determine que un
empleado está física y/o mentalmente incapacitado para desempeñar las funciones y
deberes de supuesto.
6. Suspensión
Será la separación temporal de un empleado por causa justificada.
7. Abandono de Servicio
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Manual Del Empleado 2016
Incurrirá en abandono de servicio, todo empleado que permanezca ausente de su trabajo
durante tres (3) días consecutivos sin autorización. Tal abandono del servicio será causa
justificada para que se suspenda o destituya al empleado.
8. Cambio de Sueldos
Son las variaciones en el salario del empleado por motivo de mérito, reclasificaciones,
ascensos, revisión de escalas o concesión de diferenciales.
9. Destitución
Significará la separación definitiva de un empleado por causa justificada. Se destituirá
empleados cuando tal acción se justifique. Los motivos para destitución de un empleado son,
entre otros, los siguientes:
a. Incapacidad manifiesta o ineptitud en el desempeño de sus funciones
b. Descuido o negligencia en el desempeño de sus funciones
c. Insubordinación
d. Conducta desordenada, incorrecta o lesiva al buen nombre de ASSERUS, Inc.
e. Soborno o conducta inmoral
f. Ausentismo
g. Abandono del Servicio
h. Acumulación de faltas descritas en este Manual
10. Descenso
Es el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un puesto en otra clase inferior en
clasificación o tipo mínimo de retribución, a solicitud del empleado o por incapacidad del
empleado a llevar a cabo las funsiones requeridas, falta de fondos, trabajo u otro que
justifique la acción.
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Manual Del Empleado 2016
ASISTENCIA
La asistencia puntual al trabajo es fundamental para que se puedan lograr los objetivos de la empresa. Es
imprescindible prestarle a este asunto la importancia que requiere por lo que se llevará un control diario
de la asistencia de todos sus empleados.
A. JORNADA REGULAR DE TRABAJO
1. La jornada regular de trabajo para los empleados será de 40 horas sobre la base de cinco (5)
días laborables a la semana, y dos (2) de descanso salvo disposiciones especiales que
indiquen lo contrario.
2. Se le concederá a los empleados los dos (2) días de descanso por cada jornada regular de
trabajo, que normalmente serán sábado y domingo. El Oficial de Personal podrá variar los
días de descanso para un empleado y/o grupo de empleados, cuando las necesidades del
servicio lo requieran.
3. La jornada diaria será de 8 horas.
4. Durante la jornada regular diaria se le concederá a todos los empleados una (1) hora para
tomar alimentos. La misma deberá comenzar a disfrutarse no antes de concluida la tercera
hora, ni después de terminada la quinta hora consecutiva de trabajo.
B. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
El registro y control de la asistencia se llevará en una forma acumulativa. Esta permitirá la
aprobación y denegación de licencias, y ayudará en la evaluación de los empleados para los
aumentos de sueldo, ascensos y adopción de medidas disciplinarias en aquellos casos en que el
empleado no cumpla con las disposiciones de este Manual.
1. Registro
a. Todos los empleados no exentos registrarán su asistencia, diariamente, haciendo
constar las horas de entrada y salida en la mañana y en la tarde.
b. La autoridad nóminadora podrá excluir de la disposición anterior aquel personal que
considere pertinente.
c. Ningún supervisor tolerará o permitirá que sus empleados registren la hora de
entrada y/o salida de otros empleados. Los empleados a su vez, no deberán permitir
que otro empleado registre o anote sus horas de entrada y/o salida.
d. Constituirá una violación a las normas establecidas en este Manual, el que cualquier
empleado no exento incurra en la negligencia de no registrar su asistencia diaria.
e. El tiempo reflejado antes o después del horario de entrada y salida no será
acreditado, a menos que medie la autorización escrita del supervisor inmediato.
2. Control
a. El control diario de asistencia se llevará a cabo a través del mecanismo que disponga
la empresa, el cual puede ser cambiante de tiempo en tiempo.
b. El Oficial de Personal vigilará que el mecanismo de asistencia, sea utilizado
correctamente y hará las anotaciones u observaciones necesarias.
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Manual Del Empleado 2016
c. En el registro de asistencia de cada empleado registrará diariamente sus horas de
entrada y salida.
d. Los empleados que trabajen algunos días fuera de la oficina, deberán comunicarse
con su supervisor tan pronto llegue a su destino si es Metro (hora de entrada) si es
isla deberá comunicarse a la hora habitual de entrada, tan pronto salga del mismo (si
fuese hora salida).
e. Todas las ausencias y tardanzas deben figurarse en el registro de asistencia el mismo
día en que ocurren.
f. El mecanismo de asistencia estará accesible a todos los empleados.
g. Se llevará un Récord de Licencias Anual para cada empleado. El balance de
licencia regular se revisará en cada período de pago, para evitar pagos indebidos por
sobregiros de licencias.
3. Ausencias
a. Un empleado se considerará ausente cuando no comparezca personalmente a su sitio
de trabajo durante el horario oficial establecido para la jornada regular diaria de
trabajo.
b. Todo empleado será responsable de notificar a su Supervisor, con anticipación
suficiente, cuando espera ausentarse de su trabajo. Si razones Justificadas
imposibilitaran el notificar la ausencia conforme lo establecido, el empleado deberá
informar el motivo de la misma por el medio de comunicación más rápido y efectivo
durante la primera hora de la mañana del día en que se ausente. Al retornar a su
trabajo el empleado deberá solicitar la autorización de su supervisor.
c. Cuando el empleado se ausente por razones de enfermedad por un período de dos
(2) días laborables o más, deberá presentar un certificado médico al efecto. Sin
embargo, será discrecional del Supervisor requerirle al empleado certificado médico
hasta por sólo un día de ausencia por alegada enfermedad.
d. Las ausencias sin autorización serán aquellas en las que a juicio del supervisor
inmediato se consideren sin causa justificada y/o cuando se incurra en la ausencia
sin previa autorización.
e. Un empleado incurrirá en abandono de servicio cuando no comparezca a su área de
trabajo por un período de tres (3) días laborables o más consecutivos, sin
autorización previa de su supervisor inmediato. Tal abandono del servicio será
causa justificada para la destitución del empleado.
4. Tardanzas
a. Será responsabilidad de cada empleado observar fielmente el horario regular de
trabajo establecido. No obstante, en aquellos casos en los cuales por circunstancias
fuera de su control, al empleado no le sea posible cumplir con esta norma, se le
concederá un período de gracia de diez (10) minutos en la hora de entrada
establecida por la mañana y por la tarde en caso de horario regular y a la entrada en
caso de turnos rotativos.
b. La utilización excesiva de este privilegio puede dar margen a que se tome acción
disciplinaria.
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Manual Del Empleado 2016
c. Las entradas después de las 8:10 de la mañana, serán descontadas del salario de esa
semana, sin menoscabo de la acción disciplinaria que amerite cada caso por el uso
indebido e indiscriminado de ésta.
d. Será responsabilidad de cada empleado informar a su supervisor inmediato tan
pronto llegue a su oficina, el motivo de su tardanza.
e. Las tardanzas frecuentes sin justificación aceptable deben ser motivo de acción
disciplinaria. Cada acción que se tome, debe hacerse por escrito y formará parte del
expediente personal del empleado.
f. La falta de interés del empleado, después de varias advertencias, puede dar margen a
destitución, previa formulación de advertencia.
5. Tiempo Extra
a. Tiempo extra comprenderá todo el tiempo durante el cual se le requiera al empleado
prestar servicios o permanecer en el recinto de trabajo o en un lugar de trabajo
determinado, y todo el tiempo durante el cual se le ordene o autorice expresamente
realizar trabajo. De conformidad con esto, se considerará tiempo extra trabajado,
aquellos períodos de tiempo que le empleado consume en la prestación de servicios
en exceso de la jornada regular diaria, semanal, o durante días feriados o de
descanso.
b. El programa de trabajo de ASSERTUS se formulará, de tal manera, que se reduzca
al mínimo la necesidad de trabajo en exceso de las horas regulares de trabajo
establecidas para los empleados. Los supervisores deberán tomar las medidas
pertinentes y no deberán permitir o tolerar al empleado que trabaje tiempo extra sin
autorización expresa. No obstante, cuando la naturaleza de los servicios a prestarse
o alguna situación de emergencia lo ameriten, el Oficial de Personal podrá requerir a
los empleados que presten servicios en exceso de su jornada de trabajo diario o
semanal. En estos casos el Oficial de Personal deberá aprobar la autorización
correspondiente.
6. Pago de Nómina
a. El pago de nómina será bisemanal y se efectuará el viernes de la semana
correspondiente.
b. El corte se hará el viernes de la semana anterior al pago de la misma.
c. El pago se efectuará en cheque o depósito directo a la cuenta del empleado, según la
disponibilidad del servicio.
d. Al pago nómina se le harán los descuentos correspondientes según estipulado por
ley, en adición a cualquier otro descuento por beneficios solicitados por el
empleado, tales como plan médico, plan de ahorro, plan de retiro, etc.
15
Manual Del Empleado 2016
LICENCIAS
Es una política justa y razonable que todos los empleados de ASSERTUS tengan un período de descanso
anual.
A. LICENCIAS DE VACACIONES REGULARES
1. La Licencia de vacaciones regulares es la autorización con paga concedida al empleado para
ausentarse del trabajo con el propósito de reponerse física y/o mentalmente del cansancio
causado por el continuo desempeño de sus funciones.
2. Los empleados acumularán licencia de vacaciones regulares a razón de uno punto cincuenta
(1.50) días por cada mes de servicio, para un total de dieciocho (18) días por año. Los
empleados a jornada parcial acumularán licencia de vacaciones en forma proporcional al
número de horas en que presten servicios regularmente. Los empleados en disfrute de
licencia sin sueldo, no acumularán este tipo de licencias.
3. Todo empleado tendrá derecho al disfrute de su licencia regular acumulada por un período
no mayor de dieciocho (18) días laborables durante cada año.
4. El Oficial de Personal, en coordinación con sus empleados, elaborará un Plan de Vacaciones
Anual. Este se elaborará de la forma más compatible con las necesidades del servicio. El
Plan de Vacaciones estará en vigor al comenzar cada año. Será responsabilidad del gerente
en su defecto del supervisor del departamento la implantación de dicho plan, de tal forma,
que todos los empleados del departamento disfruten durante el año de sus vacaciones y no
pierdan licencia regular acumulada.
5. Todo empleado que se separe del servicio por cualquier causa incluyendo destitución, tendrá
derecho a recibir paga hasta un máximo de dieciocho (18) días laborables por concepto de
licencia regular que tenga acumulada a la fecha de separación.
6. Si la separación del servicio del empleado fuera motivada por la muerte del empleado, se le
pagará a sus beneficiarios legales, la suma que le hubiera correspondido, por razón de
licencia regular, no utilizada, conforme lo dispuesto en el artículo anterior.
7. Los empleados acumularán licencia regular durante el tiempo que disfruten de este tipo de
licencia, siempre y cuando se reinstalen al servicio al finalizar el disfrute de la misma. El
crédito se efectuará cuando el empleado regrese al trabajo.
8. Los empleados deberán radicar la solicitud de licencia con treinta (30) días de anticipación a
la fecha de comienzo. El Oficial de Personal estudiará la solicitud conforme al balance
acumulado y el Plan de Vacaciones aprobado. Se determinará el período de extensión de
licencia a base de días laborables.
9. Queda a discreción de ASSERTUS el aprobar o no la fecha de comienzo de vacaciones, de
acuerdo a las necesidades de la compañía.
10. Todo empleado deberá utilizar el documento oficial de la empresa para este propósito.
11. Para solicitar vacaciones deberá haber cumplido un año como empleado regular de la
empresa.
12. Deberá tener acumulados los días de vacaciones solicitados, al momento de solicitar. No se
harán proyecciones de los días que tendrá acumulados, ni se aprobarán tomando en cuenta
éstos.
16
Manual Del Empleado 2016
13. El empleado tendrá respuesta a su solicitud dentro de las próximas dos (2) semanas de haber
entregado su solicitud.
14. Para cada periodo solicitado de vacaciones es obligatorio incluir una fecha alterna. De lo
contrario no se considerará la solicitud.
15. Se recomienda que no se hagan planes hasta tanto se aprueben las vacaciones. De esta
manera evitará tener que hacer cancelaciones o cambios de última hora.
16. Se aprobarán un máximo de diez (10) días laborables consecutivos.
17. Se podrán solicitar en un mismo formulario las vacaciones a tomar durante el año.
18. La aprobación del periodo de vacaciones solicitado, estará sujeto a que no se afecte la
operación normal de la empresa.
Reglas para las acumulaciones de días de la Licencia Vacaciones Regulares
Empleado Regular No Exento (por hora) – Acumula 144 horas de vacaciones al año
(12 horas mensuales), con un tope de 288 horas.
Empleado Regular Exento (asalariado) - Acumula 144 horas de vacaciones al año (12
horas mensuales), con un tope de 144 horas.
Empleado Part-Time - Acumula 90 horas de vacaciones al año (7.5 mensuales), con un
tope de 180 horas (según las horas que trabaje, siempre y cuando trabaje más de 115
horas al mes).
Tipo de Empleado Vacaciones
(Anual) Tope de
Vacaciones No Exento 144 horas 288 horas Exento 144 horas 144 horas Part-Time 90 horas 180 horas
17
Manual Del Empleado 2016
SOLICITUD Y APROBACIÓN DE VACACIONES
Info
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Nombre Departamento Fecha
Seguro Social Posición Fecha de comienzo en la empresa
Otros datos:
Días de Vacaciones Disponibles:
A la Fecha:
Pe
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de
Va
cac
ion
es
Primera Opción Segunda Opción
De A Autorización De A Autorización
Firma del Empleado: Fecha:
UNA VEZ CUMPLIMENTADA LA SOLICITUD, DEVUELVA EL FORMULARIO A SU SUPERVISOR PARA SU APROBACIÓN.
Días de Vacaciones Aprobadas
Días de Vacaciones Restantes
COMENTARIOS
Firma del Supervisor Inmediato:
Posición: Fecha:
Firma de Recursos Humanos: Fecha:
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Manual Del Empleado 2016
B. LICENCIA DE ENFERMEDAD
1. Los empleados acumularán licencia por enfermedad a razón de un día y un cuarto (1.25) por
cada mes de servicio. Esta licencia se utilizará exclusivamente, en caso de enfermedad o
incapacidad del empleado y encaso de que éste estuviera expuesto a una enfermedad
contagiosa. Se requiere certificado médico después del segundo día de ausencia por
enfermedad.
2. La licencia por enfermedad se podrá acumular hasta un máximo de quince días por año. En
casos de enfermedad prolongada, una vez agotada la licencia por enfermedad, los empleados
podrán solicitar al Oficial de Personal la concesión de licencia de vacaciones por la cantidad
de días acumulados.
3. Se acreditará licencia por enfermedad a todo empleado por el tiempo que esté utilizando este
tipo de licencia, siempre y cuando se reinstale a su puesto una vez termine la misma. Este
crédito se hará después de que el empleado regrese a su trabajo; nunca antes de concederse
la licencia ni mientras esté disfrutando de la misma.
4. Licencia de Cuidador – El empleado puede utilizar la licencia de enfermedad para el cuido
de un familiar inmediato, entiéndase hijo(a), conyuge o persona mayor de 60 años que esté
bajo su tutela. Podrá tomar un máximo de 5 días de enfermedad consecutivos o al año como
Cuidador. Tiene que tener más de 5 días de enfermedad acumulados y que le quede un
balance mínimo de 5 días acumulados luego de tomar la licencia de Cuidador. Si la ausencia
fue por dos(2) días o más, se requiere que el empleado presente un certificado médico, para
reincorporarse a sus labores.
Reglas para la acumulación de la Licencia por Enfermedad
Empleado Regular No Exento y Exento - Acumula 120 horas de Licencia por
Enfermedad al año (10 horas mensuales), con un tope de 240 horas.
Empledo Part-Time - Acumula hasta 75 horas de Licencia por Enfermedad al año,
siempre y cuando trabaje +115 horas al mes, con un tope de 150 horas.
Tipo de Empleado Enfermedad
(Anual) Tope de
Enfermedad No Exento 120 horas 240 horas Exento 120 horas 240 horas Part-Time 75 horas 150 horas
C. LICENCIA MILITAR
Se concederá licencia militar a los empleados en las siguientes situaciones:
1. Adiestramiento de la Reserva o de la Guardia Nacional
El derecho a licencia militar, establecido por Ley y la Sección 231 del Código Militar de
Puerto Rico, Ley Núm. 62 del 23 de junio de 1969. Se concederá licencia militar con
sueldo hasta un máximo de 30 días laborables por cada año a los empleados que
pertenezcan a la Guardia Nacional de Puerto Rico y a los Estados Unidos de América.
Esta licencia se concederá durante los períodos en los cuales el empleado estuviere
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Manual Del Empleado 2016
prestando servicios militares como parte de un entrenamiento anual o cuando asista
a escuelas militares, si así ha sido ordenado o autorizado en virtud de las disposiciones
de las leyes de los Estados Unidos de América o del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico.
Cuando dicho servicio militar activo, federal o estatal fuera en exceso de treinta (30)
días, el empleado podrá completar tal período de entrenamiento anual o en escuela
militar con cargo a la licencia de vacaciones acumuladas a que tenga derecho, y de no
tener crédito de licencia a su favor, se le podrá conceder licencia sin sueldo.
2. Llamadas a Servicio Militar Activo Estatal
Se concederá licencia militar con sueldo, en los casos de empleados que pertenezcan a
la Guardia Nacional de Puerto Rico y sean llamados por el Gobernador a servicio militar
activo estatal, cuando la seguridad pública lo requiera, en situaciones de desastres
causados por la naturaleza, o cualquier otra situación de emergencia, conforme a las
disposiciones del Código Militar (Ley Núm. 62 del 23 de junio de 1969) por el período
autorizado.
3. Servicio Militar Activo Federal
Se le concederá licencia militar sin sueldo a cualquier empleado que ingrese a prestar
servicio militar activo en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América,
conforme a las disposiciones de la Ley de Servicio Selectivo Federal, por el período de
tiempo que comprenda el juramento inicial de la rama de las Fuerzas Armadas de los
Estados Unidos de América al cual ingrese. Si el empleado extiende voluntariamente el
servicio militar, luego de finalizar el período de servicio que su juramento inicial le
requiere, se entenderá que renuncia a su puesto. El empleado no acumulará licencia
regular ni por enfermedad, mientras disfruta de esta licencia.
Al solicitar una licencia militar el empleado deberá someter conjuntamente con su
solicitud del licencia, evidencia oficial acreditativa de la orden de servicio militar en que
basa su solicitud o cualesquiera otra evidencia requerida por el Oficial de Personal.
D. LICENCIAS POR MUERTE FAMILIAR
1. El empleado tendrá derecho a dos (2) días de licencia con sueldo en caso de muerte familiar
directo (padres, hijos, hermanos y abuelos).
2. En caso del empleado necesitara días adicionales, se le otorgará licencia de vacaciones
sujeto a la disponibilidad de días acumulados.
3. De no tener los días acumulados por vacaciones o de agotarlos durante la muerte familiar,
podrá optar por una licencia sin sueldo sujeto a aprobación por parte del Departamento de
Recursos Humanos de ASSERTUS.
4. Del el empleado necesitar ausentarse por muerte familiar no directo según se indica
anteriormente u otra relación no familiar, la licencia a utilizar será la de vacaciones sujeto a
la disponibilidad del balance de días acumulados. De no tener los días acumulados aplican
los mismos términos del punto anterior (#3).
E. LICENCIAS PARA FINES JUDICIALES
5. Cualquier empleado que sea citado, oficialmente, para comparecer ante cualquier tribunal de
justicia, fiscalía u organismo administrativo, tendrá derecho a disfrutar de licencia con paga
por el tiempo que se ausente de su trabajo con motivo de tales citaciones.
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Manual Del Empleado 2016
6. Cuando el empleado es citado como acusado o como parte interesada de la defensa en
ejercicio de un derecho en su carácter personal, tales como demandado o demandante en una
acción civil, o peticionario interventor en una acción civil o administrativa; no se le
concederá este tipo de licencia. No obstante, el tiempo utilizado por el empleado para estos
fines, se cargará a la licencia regular.
7. Se le otorgará licencia judicial con paga a una empleado cuando medie una de las siguientes
situaciones:
a. Cuando sea citado para servir como testigo, en casos donde el empleado no sea el
acusado.
b. Cuando el empleado tenga que comparecer como demandado en su carácter oficial.
c. Cuando el empleado, a requerimiento de cualquier Tribunal de Justicia, tenga que
comparecer por uno o varios días a prestar servicio como jurado.
8. Otras Consideraciones
a. Cuando un empleado está prestando servicios como Jurado y el Tribunal decrete un
receso en sus funciones como tal, por uno o varios días, el empleado deberá
reintegrarse a sus labores. No obstante, cuando el empleado no puede reintegrarse a
sus labores por agotamiento o cansancio causado por tensiones de larga duración o
nocturnas, las ausencias correspondientes a tales períodos se le cargarán a la licencia
regular acumulada.
b. El empleado que disfrute la Licencia Judicial no tendrá que rembolsar cualquier
suma de dinero recibido por servicio de Jurado o Testigo; ni se le reducirá su pago
por dicho concepto.
F. LICENCIA DE MATERNIDAD
1. La Licencia de Maternidad comprenderá el periodo de descanso prenatal y post natal a que
tiene derecho toda mujer embarazada.
2. Toda empleada tendrá derecho a un período de descanso de cuatro (4) semanas antes y
cuatro (4) semanas después del alumbramiento. Durante este período devengará la totalidad
de su sueldo.
3. La empleada podrá optar por tomar desde sólo una (1) semana de descanso prenatal y
extender hasta siete (7) semanas de descanso post parto a que tiene derecho. En estos casos
la empleada deberá someter una certificación médica acreditando que está en condiciones de
prestar servicios hasta una semana antes del alumbramiento.
4. En casos en que ocurra el alumbramiento antes de transcurridos cuatro (4) semanas de haber
comenzado la empleada embarazada a disfrutar de éste, la empleada tendrá opción a
extender el descanso post parto por un período de tiempo equivalente al que dejo de disfrutar
de descanso prenatal.
5. La empleada podrá solicitar que se le reintegre a su trabajo antes de expirar el período de
descanso post parto, mediante la radicación de un certificado médico acreditado de que está
en condiciones de ejercer sus funciones. En este caso se entenderá que la empleada
renuncia al balance correspondiente de licencia por maternidad sin disfrutar al que tiene
derecho.
6. Cuando se estime erróneamente la fecha probable de alumbramiento y la empleada haya
disfrutado de las cuatro (4) semanas de descanso pre natal, sin sobrevenirle el
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Manual Del Empleado 2016
alumbramiento, tendrá derecho a que se extienda el período de descanso prenatal, a la
totalidad de su sueldo, hasta que sobrevenga el parto. En este caso la empleada conservará
su derecho a disfrutar de las cuatro (4) semanas de descanso post parto a partir de la fecha
del alumbramiento.
7. En caso de parto prematuro, la empleada tendrá derecho a disfrutar de las ocho (8) semanas
de licencia por maternidad a partir de la fecha de parto.
8. La empleada que sufra un aborto podrá reclamar los mismos beneficios de que goza la
empleada que tiene su alumbramiento normal. Sin embargo, para ser acreedora a tales
beneficios, el aborto debe ser uno de tal naturaleza que le produzca los mismos efectos
fisiológicos que regularmente surge como consecuencia del parto, de acuerdo al dictamen y
certificación del médico que la atienda durante el aborto.
9. En casos de que la empleada le sobrevenga alguna complicación posterior al parto que le
impida regresar al trabajo al terminar el disfrute del período de descanso post parto, se le
concederá licencia por enfermedad mediante previa certificación médica que indique el
tiempo que se estima durará tal condición. Si la empleada no tuviera licencia acumulada por
enfermedad, se le concederá licencia de vacaciones. La combinación de estas licencias no
excederá el período de alumbramiento.
10. La licencia de maternidad no se concederá a empleados que estén en disfrute de cualquier
otro tipo de licencia. Se exceptúa de esta disposición a las empleadas a quienes se les haya
autorizado licencia regular o por enfermedad.
11. La empleada embarazada tiene la obligación de notificar con anticipación, al Oficial de
Personal sobre sus planes para el disfrute de su licencia de maternidad y sus planes de
reintegrarse al trabajo al finalizar de ésta.
G. LICENCIA SIN SUELDO
Este tipo de licencia se concederá solamente en casos de enfermedad prolongada, después que el
empleado haya agotado su balance de licencia por enfermedad y de licencia regular de vacaciones.
Durante el período cubierto por la licencia sin sueldo el empleado no acumulará licencia regular ni
por enfermedad.
H. LICENCIA PARA USO PERSONAL
ASSERTUS no porvee una licencia para uso personal. En caso de que el empleado necesite
ausentarse de sus labores por razones personales (no enfermedad), utilizará sus días acumulados de
vacaciones, siempre y cuando tenga balance de días de vacaciones acumulados. De no tener los
días acumulados, quedará a discreción del supervisor y el gerente de recusos humanos, autorizar la
ausencia sin sueldo.
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Manual Del Empleado 2016
I. DIAS FERIADOS
Durante este año, se observarán los días feriados que se detallan a continuación:
Feriado Día Fecha
Año Nuevo Viernes 1 de enero
Día de Reyes Miércoles 6 de enero
Día de los Presidentes Lunes 15 de febrero
Viernes Santo Viernes 25 de marzo
Día de la Recordación Lunes 30 de mayo
Día de la Independencia EU Lunes 4 de julio
Día de la Constitución del ELA Lunes 25 de julio
Día del Trabajo Lunes 5 de septiembre
Día de las Elecciones Generales Martes 8 de noviembre
Receso de Acción de Gracias Jueves y viernes 24 de noviembre y
25 de noviembre
Navidad Domingo* 25 de diciembre
(rojo) Feriados oficiales
(negro) Feriados seleccionados para el 2016
*Cuando la celebración de un día feriado coincidiera con el día domingo, la celebración del mismo se observará el
día siguiente (lunes). Si así se estipula.
**Cuando la celebración de un día feriado coincidiera con el día sábado, el mismo no se observará.
Los días feriados a observar, se revisarán todos los años con el propósito de distribuirlos de la mejor manera
posible para disfrute de los empleados.
(rojo) Feriados oficiales
(negro) Feriados seleccionados
Assertus, Inc. se reserva el derecho de efectuar cambios en los días feriados a observar, en cualquier momento.
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Manual Del Empleado 2016
J. DISPOSICIONES GENERALES
1. Los días de descanso y días feriados no se considerarán para efectos del cómputo de
licencia.
2. El Oficial de Personal velará porque los empleados no utilicen los diferentes tipos de
licencias a los cuales tienen derecho para propósitos diferentes a los establecidos por este
reglamento.
3. Si un empleado hiciera uso indebido de cualquiera de las licencias se le podrán poner
sanciones disciplinarias.
4. Los empleados acumularán licencia regular y por enfermedad durante el tiempo que
disfruten de cualquier tipo de licencia con sueldo, siempre y cuando se reinstalen a sus
labores al finalizar el disfrute de la licencia correspondiente. El crédito de licencia, en estos
casos, se efectuará cuando el empleado regrese al trabajo.
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Manual Del Empleado 2016
EVALUACION DEL PERSONAL
A. EVALUACION DEL PERSONAL
El Gerente General se asegurará de que cada empleado de ASSERTUS sea evaluado por su
supervisor inmediato al terminar el período probatorio y el último mes de cada año.
El proceso de evaluación consta de tres etapas:
1. Registro de Incidentes Significativos
2. Evaluación al terminar el período probatorio
3. Evaluación anual
1. Registro de Incidentes Significativos:
Se le preparará un archivo a cada empleado para registrar los incidentes significativos. En
éste se acumularán los siguientes documentos:
a. Tareas oficiales asignadas al empleado
b. Evaluaciones
c. Contestaciones y planteamientos del Supervisor
d. Cartas de reconocimientos y advertencia
e. Otros...
El supervisor se asegurará de que el archivo se mantenga al día en su contenido. En todo
momento debe asegurarse la participación del supervisado en un ambiente adecuado.
Responsabilidades del Supervisor en el Proceso: El supervisor tomará medidas para…
a. Contribuir a la superación del supervisado.
b. Reconocer los méritos del trabajo realizado
c. Identificar niveles pobres en la ejecución y hacer sus recomendaciones
d. Hacer los ajustes necesarios para la mejor utilización de los conocimientos,
destrezas y habilidades del supervisado
2. Evaluación del Período Probatorio:
Las ejecutorias del empleado, al cumplir su período probatorio se evaluarán a la luz de
la conducta esperada y de su contribución a la realización de las metas u objetivos de
ASSERTUS.
Para dar cumplimientos a esta norma, se observarán las siguientes disposiciones:
a. El Oficial de Personal o la persona en quién él delegue, conducirá una evaluación
inicial del personal bajo su supervisión al transcurrir el período probatorio y el
segunda al finalizar el año.
b. Se llevará un Registro de Incidentes, para fines de evaluación del empleado como se
indica en la parte A. Registro de Incidentes Significativos.
25
Manual Del Empleado 2016
c. La información recopilada en el Registro de Incidentes de cada empleado se tomará
en consideración al redactar las conclusiones de la Evaluación del período
probatorio.
d. Se utilizará un formulario de "Evaluación Periódica de Empleados" escribiendo
"Período Probatorio" en el espacio correspondiente.
3. Evaluación Anual:
Al realizar esta evaluación se utilizarán las disposiciones generales establecidas para evaluar
el período probatorio.
El formulario "Evaluación Periódica del Empleado" se utilizará para esos fines, escribiendo
"Evaluación Anual" en el espacio correspondiente al período evaluado.
De existir una evaluación de período probatorio, se tomará en consideración al realizar la
evaluación anual.
B. USOS DE LA EVALUACION
1. La evaluación de empleados tiene varios usos, a saber:
2. Reconocer labor meritoria
3. Determinar necesidades de adiestramientos
4. Determinar la reubicación de los empleados para mejor utilización de sus conocimientos y
habilidades
5. Determinar elegibilidad para concesión de aumentos por mérito
6. Determinar la concesión de licencias con o sin sueldo
7. Determinar cesantías y/o eliminación de puestos
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Manual Del Empleado 2016
FORMULARIO DE EVALUACION PERIODICA
DE LOS EMPLEADOS DE
ASSERTUS, INC.
_______________________________ _______________________________
Nombre del Empleado Puesto que Ocupa
_______________________________ _______________________________
Departamento Período Evaluado
Escribir en el espacio provisto la puntuación a cada uno de los criterios a evaluar.
(a = 3), (b = 2), (c = 3)
I. La cantidad de trabajo que realiza el empleado:
____ a. excede la esperada en un empleado al nivel de clasificación de su puesto.
____ b. es satisfactorio en términos de la cantidad esperada por un empleado al nivel de
clasificación de su puesto.
____ c. está por debajo de lo normal y su labor es pobre para un empleado de este nivel.
Comentarios adicionales
II. La calidad de trabajo que realiza el empleado:
____ a. es excepcional y excede lo esperado a un empleado a este nivel.
____ b. compara satisfactoriamente con la calidad de trabajo realizado por un empleado a
este nivel.
____ c. es deficiente en relación a la calidad de trabajo que debe realizar un empleado a
este nivel.
Comentarios adicionales
III. El empleado demuestra conocimiento del trabajo:
____ a. plenamente y colabora eficazmente hacia el logro de los objetivos de ASSERTUS.
____ b. que le permite desempeñarse satisfactoriamente y colaborar hacia la consecución
de los objetivos de ASSERTUS.
____ c. muy pobre y colabora poco hacia la consecución de los objetivos de ASSERTUS.
Comentarios adicionales
27
Manual Del Empleado 2016
IV. El empleado aprende a ejecutar sus deberes:
____ a. rápidamente y con el mínimo de errores normalmente.
____ b. necesita instrucciones adicionales y comete errores ocasionalmente.
____ c. necesita instrucciones detalladas y específicas y comete errores frecuentemente.
Comentarios adicionales
V. El empleado cumple con su horario de trabajo:
____ a. siempre y su asistencia y puntualidad son casi perfectas.
____ b. generalmente y sus ausencias o tardanzas son ocasionales.
____ c. pobremente y sus ausencias y tardanzas son frecuentes.
Comentarios adicionales
VI. El empleado:
____ a. establece mantiene buenas relaciones con los demás.
____ b. normalmente no tiene problemas con sus compañeros y supervisores.
____ c. a menudo provoca conflictos con sus compañeros y supervisores.
Comentarios adicionales
VII. El empleado coopera:
____ a. consistentemente y va más allá de lo normal colaborando para lograr los
objetivos de ASSERTUS.
____ b. siempre y cuando lo requieren sus deberes aunque a veces va más allá de lo normal.
____ c. rara vez está dispuesto a cooperar más allá de lo requerido por sus deberes.
Comentarios adicionales
VIII. El empleado:
____ a. hace uso de sus talentos y capacidades poniéndolos a disposición de ASSERTUS.
____ b. ocasionalmente pone a disposición de ASSERTUS sus talentos y capacidades.
____ c. no se interesa en poner a la disposición de ASSERTUS sus talentos y capacidades.
Comentarios adicionales
IX. La capacidad del empleado para captar y seguir instrucciones, asumir responsabilidades y
realizar sus tareas:
____ a. es consistente, excelente y funciona con un mínimo de supervisión.
28
Manual Del Empleado 2016
____ b. generalmente es buena, sigue instrucciones y funciona bajo la supervisión
normal.
____ c. es pobre, requiere supervisión constante.
Comentarios adicionales
______: Total de puntos
______: Promedio de puntuación obtenida por el empleado, es igual a la suma del total de puntos entre
el total de criterios evaluados. (a = 3),(b = 2),(c = 1)
Comentarios del Supervisor:
Conclusión y Determinación del Supervisor a raíz de los resultados de esta evaluación:
Comentarios del empleado:
________________________________ _______________
Firma del empleado Fecha
________________________________ _______________
Firma del supervisor Fecha
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Manual Del Empleado 2016
RELACIONES DE PERSONAL
El Oficial de Personal es responsable de mantener un clima de trabajo que contribuya a la satisfacción y
motivación del empleado. Además es responsable de desarrollar en el empleado plena conciencia de sus
deberes y responsabilidades y un sentido de libertad y pertenencia hacia ASSERTUS Inc.
A. ORIENTACION
1. La orientación a los empleados, debe comenzar al éste ser nombrado. Se le debe
orientar sobre:
a. Filosofía y Valores de ASSERTUS Inc.
b. Funciones de la Gerencia y demás empleados
c. Funciones que va a llevar a cabo como empleado de ASSERTUS Inc.
d. Manuales, reglas y normas que gobiernan a ASSERTUS Inc., relacionados con:
1) Beneficios marginales
2) Deberes y responsabilidades
3) Otros
B. BENEFICIOS MARGINALES
Constituye responsabilidad primordial de ASSERTUS Inc. el mantener a sus empleados
debidamente informados y orientados sobre los beneficios marginales y los términos y condiciones
que rigen su disfrute.
Estos son:
1. Licencia regular
Todo empleado tendrá derecho a disfrutar de una licencia regular de hasta un máximo de
quince (15) días al año. Cada empleado acumulará a base de 1.25 días por mes trabajado.
2. Licencia por enfermedad
Todo empleado tendrá derecho a acumular quince (15) días por licencia por enfermedad
durante un año. Acumulará a base de 1.25 días por mes de trabajo.
3. Compensación por desempleo
Compensación que aporta el patrono y administra el departamento del trabajo y Recursos
Humanos según se establece en Ley.
4. Compensación por accidentes en el trabajo
Cubierta otorgada por el Fondo del Seguro del Estado y pagada su prima por ASSERTUS.
5. Seguro Choferil
C. DEBERES Y RESPONSABILIDADES
Todo empleado tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:
1. Asistir al trabajo con regularidad y puntualidad y cumplir con la jornada de trabajo
establecida.
30
Manual Del Empleado 2016
2. Observar normas de comportamiento correcto, cortés y respetuoso en sus relaciones con sus
supervisores, compañeros de trabajo y clientes.
3. Realizar eficientemente y con diligencia las tareas y funciones asignadas a su puesto y otras
compatibles con éstas que se le asignen.
4. Acatar aquellas órdenes e instrucciones de sus supervisores, compatibles con la autoridad
delegada en éstos y con las funciones y objetivos de ASSERTUS, Inc., donde trabaja.
5. Mantener la confidencialidad de aquellos asuntos relacionados con su trabajo, a menos que
reciba un requerimiento o permiso de la autoridad competente que así lo requiera. Nada de lo
anterior menoscabará el derecho de los ciudadanos a no tener acceso a los documentos y otra
información de carácter público.
6. Realizar tareas durante horas no laborables cuando la necesidad del servicio así lo exija
previa la notificación correspondiente, con antelación razonable.
7. Vigilar, conservar y salvaguardar documentos, bienes e intereses de ASSERTUS que estén
bajo su custodia.
D. PROHIBICIONES
Los empleados no podrán:
1. Aceptar recompensa en efectivo de ningún cliente o persona que de alguna manera pueda
estar ligada a la compañía.
2. Observar conducta incorrecta, inmoral o lasciva al buen nombre de ASSERTUS Inc.
3. Nepotismo
E. MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Cuando la conducta del empleado no se ajuste a las normas de conducta de ASSERTUS Inc. podrá
tomar medidas correctivas.
Es obligación del Oficial de Personal instruir a los empleados de lo que considera conducta
impropia, mantenerlo al tanto de sus obligaciones y evaluarlo a base de las mismas. Además, debe
mantenerlo atento a cualquier violación de las normas establecidas para tomar o recomendar la
medida que corresponda.
Las medidas correctivas al alcance del supervisor pueden ser, entre otras:
Amonestación verbal
La reprimenda por escrito
La suspensión de empleo y sueldo
La destitución
1. Amonestación Verbal
La amonestación verbal se utiliza grandemente. Es una medida efectiva, ya que le da la
oportunidad al empleado, al instante, de exponer las razones por su conducta. La
amonestación verbal debe hacerse en privado para que surta efecto y estará presente el
supervisor y/o el Oficial de Personal (se guardará constancia de la misma).
31
Manual Del Empleado 2016
La amonestación como todas las demás medidas, debe ser de carácter correctivo más que
punitivo. Por tal razón, debe analizarse con el empleado el problema de su conducta y se le
debe advertir o recordar al o a los empleados que existen otras medidas para los casos de
reincidencia.
2. Reprimenda por Escrito
El supervisor tiene la responsabilidad ineludible de comunicar al empleado sus fallas. La
reprimenda por escrito es una medida que no se utiliza a cabalidad, sin embargo, es una
medida efectiva. A ningún empleado le gusta que le amonesten por escrito. La misma es
efectiva para casos de comisiones, omisiones, tardanzas, ausencias y problemas de actitudes.
Copia de dicha reprimenda va al expediente del empleado. El empleado podrá contestar la
reprimenda y solicitar evaluación del caso al Oficial de Personal.
3. Suspensión de Empleo y Sueldo
Es la separación temporera de un empleado, mediante formulación de cargos, debido a una
falta cometida.
Por motivos disciplinarios, se podrá suspender de empleo y sueldo a cualquier empleado
regular o probatorio por el período que considere apropiado, siempre que no exceda de treinta
(30) días en cualquier período de doce (12) meses. Un empleado que sea suspendido de
empleo y sueldo, quedará separado de sus deberes y privado de su sueldo.
Una vez la autoridad nóminadora compruebe que un empleado ha cometido una falta que
amerite una suspensión, enviará a éste una carta indicándole la sanción disciplinaria impuesta
y la fecha de su efectividad. En la carta se le indicarán, claramente, los hechos que motivaron
la suspensión. El Oficial de Personal deberá informar al empleado en su derecho de apelar
ante el Presidente junto con el Supervisor.
Este solicitará el expediente del empleado y recibirá un informe sobre el caso del Supervisor
del empleado. Podrá dar audiencia al empleado y pasar juicio por la acción tomada. El
empleado deberá solicitar audiencia inmediatamente reciba la carta (antes de 24 horas). El
presidente deberá de actuar en estos casos con brevedad.
4. Destitución
Significará la separación definitiva de un empleado por causa justificada.
Se autoriza a la autoridad nóminadora a destituir a empleados cuando tal acción se justifique.
5. Procedimiento
La notificación de destitución podrá ser de manera escrita o verbal, y la misma será efectiva
inmediatamente a menos que las dos partes lleguen a un acuerdo de separación. Cualquier
empleado destituido de su puesto no podrá ser reclutado en ninguna capacidad.
6. Expediente del caso
Las comunicaciones enviadas al empleado, advertencia que se haya hecho, resultados de
investigaciones, declaraciones y otra información relevante, debe formar parte del expediente
del caso.
7. Hostigamiento Sexual o de cualquier otro tipo
Todo tipo de hostigamiento deberá ser reportado de inmediato a la gerencia.
8. Normas de Conducta y Acciones Disciplinarias
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Manual Del Empleado 2016
Las Faltas a las Normas de Conducta y Acciones medidas disciplinarias aplicables al personal
de ASSERTUS, Inc. serán:
Norma Faltas a las Normas Primer
Incidente
Segundo
Incidente
Tercer
Incidente
Cuarto
Incidente
1. Estar presente realizando nuestras funciones en el
lugar de trabajo de acuerdo
con el horario asignado. Registrar la asistencia diaria
correctamente.
a. Ausencias o tardanzas excesivas, ya sean justificadas o no, tener un patrón determinado de ausencias, como por ejemplo,
antes o después de un día feriado, o ciertos días de la semana,
o ciertos periodos del año.
Advertencia escrita
Advertencia escrita final
Separación de empleo
-
b. No comunicar al supervisor dentro de la primera hora de haber
comenzado el turno cualquier ausencia o tardanza. La acción
a tomar se ajustará al impacto en la operaciones y a mejor interés de la empresa y sus clientes.
Reprimenda
verbal o
escrita
Advertencia
escrita o
separación de empleo
Separación
de empleo
-
c. Ausentarse por tres días consecutivos sin comunicarse con el supervisor.
Separación de empleo
- - -
d. No registrar correctamente la asistencia diaria utilizando el
mecanismo provisto por la empresa.
Reprimenda
verbal
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
e. Registrar la asistencia de otro empleado o permitir que otro lo
haga por uno.
Reprimenda
verbal
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
f. Incurrir en horas extras sin autorización previa. Advertencia escrita
Advertencia escrita final
Separación de empleo
-
g. Negarse a trabajar horas extras sin causa justificada siempre
que sea razonable y necesario para la empresa.
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
-
h. Dormir o realizar otras actividades no relacionadas con el
trabajo en el lugar de empleo, ya sea durante horas laborables
o fuera de ellas.
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
-
2. Trabajar eficientemente conforme a las normas de
calidad de la institución y a
las instrucciones impartidas por el supervisor.
Demostrar interés y sentido
de responsabilidad en el desempeño del trabajo.
a. No realizar las funciones con el mayor interés, agilidad, prontitud, responsabilidad o eficiencia.
Advertencia escrita
Advertencia escrita final
Separación de empleo
-
b. No seguir las instrucciones verbales o escritas impartidas por
el supervisor.
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
- -
c. Actuar fuera del marco de autoridad delegada. Advertencia
escrita final
o separación de empleo
Separación
de empleo
- -
3. Observar una conducta
correcta, de respeto y
cortesía hacia clientes,
suplidores, supervisores y
empleados.
a. Alentar o aconsejar a otros empleados a insubordinarse, a
desobedecer instrucciones emitidas por el supervisor, a no
realizar sus labores o deberes, o a no cumplir con las
instrucciones operacionales.
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
-
b. Incurrir en conducta desordenada, juegos de mano, uso de lenguaje abusivo, amenazante, provocador u obsceno contra un
compañero, supervisor, cliente, suplidor o cualquiera otra
persona.
Separación de empleo
- - -
c. Faltar el respeto o no observar una conducta correcta hacia el
supervisor, compañeros de trabajo, clientes, suplidores o
cualquier otra persona.
Separación
de empleo
- - -
33
Manual Del Empleado 2016
d. Incurrir en actos amenazantes, riñas, peleas, actos indecentes u
obscenos, agresión o provocación por cualquier motivo en las inmediaciones de la compañía o fuera de ésta, si el motivo
surge por razones vinculadas con el empleo.
Separación
de empleo
- - -
4. Se guardarán en estricta confidencialidad todos los
datos los asuntos de la
empresa, en particular la información relacionada con
los clientes.
a. Divulgar u ofrecer información de naturaleza oficial o confidencial a clientes, empleados o personas ajenas a la
empresa, sin estar debidamente autorizado.
Separación de empleo
- - -
b. Utilizar los sistemas de información para fines personales o para transferir, comunicar o divulgar su contenido a otros
empleados o personas ajenas a la compañía.
Advertencia escrita final
o separación
de empleo
Separación de empleo
- -
5. Cumplir y velar con el cumplimiento de las reglas
de seguridad de la empresa.
a. No observar las reglas de seguridad y de salud aplicables. Contribuir, mediante acción u omisión, a crear una situación
peligrosa o que atente contra la salud y la seguridad.
Advertencia escrita final
o separación
de empleo
Separación de empleo
- -
b. Fumar dentro de las áreas no autorizadas de la compañía,
edificio, cliente u otra no autorizada por ley.
Reprimenda
verbal
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
c. No cumplir con las reglas del dueño del edificio para el tránsito y estacionamiento de vehículos.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la falta.
d. Permitir que personas no empleadas o no autorizada por la
empresa permanezcan en las áreas de trabajo, incluyendo familiares.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
6. Mostrar una apariencia que
refleje la imagen profesional que se espera de todas las
personas que laboramos en
la empresa.
a. No cuidar la apariencia personal o vestir de forma inadecuada. La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
b. No utilizar el uniforme completo cuando éste no sea requerido. Reprimenda
verbal
Advertencia
escrita
Advertencia
escrita final
Separación
de empleo
7. No portar, guardar o usar armas durante horas
laborables sin la debida
autorización.
a. Portar, guardar o usar armas durante horas laborables sin la debida autorización.
Advertencia escrita final
o separación
de empleo
Separación de empleo
- -
8. No está permitido usar (salvo prescripción médica),
poseer, transportar o vender
sustancias controladas.
a. Usar sin prescripción médica, poseer, vender o transportar sustancias controladas.
Separación de empleo
- - -
9. No está permitido ingerir,
poseer o vender bebidas
alcohólicas en los predios de la compañía, salvo con
previa autorización.
Tampoco está permitido asistir al trabajo bajo efecto
de bebidas alcohólicas.
a. Asistir al trabajo bajo los efectos de bebidas alcohólicas. Advertencia
escrita final
o separación de empleo
Separación
de empleo
- -
b. Vender, poseer o ingerir bebidas alcohólicas durante horas
laborables, sin autorización previa.
Advertencia
escrita final
o separación
de empleo
Separación
de empleo
- -
10. Durante horas laborables o
dentro de los o dentro de los predios de la empresa no se
podrá vender o comprar
bienes o servicios, solicitar fondos para actividades no
autorizadas por la empresa o
a. Solicitar fondos o matrícula para cualquier propósito, sin la
debida autorización de la empresa.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
b. Comprar o dedicarse a la venta de bienes o servicios dentro de
la empresa.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
c. Distribuir o fijar avisos o material empresa, o administrar La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
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Manual Del Empleado 2016
fijar o distribuir avisos o
material impreso, salvo
autorización previa.
cuestionarios sin la debida autorización de la empresa. falta.
d. Realizar, autorizar o promover rifas, sorteos o apuestas dentro
de los predios de la institución sin autorización previa.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
11. Asegurarse de que cualquier
actividad llevada a cabo,
incluyendo las prestaciones de servicios dentro y fuera
de la empresa, no provoque
un conflicto de intereses con ASSERTUS, Inc.
a. Tener negocios o desempeñarse en empleos conflictivos con
su trabajo o con los intereses de ASSERTUS, Inc., o llevar a
cabo actividades contrarias al lealtad o intereses de la empresa.
Separación
de empleo
- - -
b. Recibir o procurar comisiones u otras compensaciones no
autorizadas, con relación a alguna transacción o negocio de la
empresa.
Separación
de empleo
- - -
c. Dedicarse en su carácter personal a dar préstamos de dinero
cobrando intereses.
Separación
de empleo
- - -
d. Efectuar negocios propios durante horas de trabajo. La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la falta.
e. Hacer declaraciones falsas, maliciosas o dañinas sobre la
empresa, cliente o empleados.
Separación
de empleo
- - -
f. Derivar beneficios personales de la relación con clientes y
suplidores.
Advertencia
escrita final
o Separación
de empleo
Separación
de empleo
- -
g. Llevar a cabo actividades que identifiquen a la empresa con candidatos o partidos políticos.
Separación de empleo
- - -
h. Realizar o promover actividades sociales, recreativas,
políticas, religiosas, cívicas o deportivas dentro de los predios de la empresa, sin la debida autorización.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
12. Desempeñarse con
integridad y honestidad evitando cometer fraude,
malversación u otro delito
público, o hacer intento de ello, contra ASSERTUS,
Inc., clientes, suplidores,
relacionados, empleados o familiares o contra cualquier
otra entidad.
a. Cometer fraude, malversación u otro delito público, o hacer
intento de ello, contra ASSERTUS, Inc., clientes, suplidores, relacionados, empleados o familiares o contra cualquier otra
entidad.
Separación
de empleo
- - -
b. Solicitar el reembolso de gastos que no sean de carácter oficial o autorizado.
Advertencia escrita final
o
Separación de empleo
Separación de empleo
- -
c. Sustraer activos de la empresa para beneficio propio o tercero. Separación
de empleo
- - -
d. Participar en juegos ilícitos. Separación
de empleo
- - -
e. Falsificar, alterar, omitir o dar información incorrecta, ya sea verbal o por escrito, con la relación a cualquier formulario o
documento provisto por la empresa u otro información
requerida por la empresa. Esto incluye, pero no se limita a, aquellos informes relacionados con reclamaciones
comprobantes médicos, licencia por enfermedad, vacaciones y
otras licencias, plan médico, incapacidad y otros planes, solicitud de reembolso por gastos, la solitud de empleo,
nóminas y verificación de empleo.
Separación de empleo
- - -
13. Cuidar y proteger la a. No mantener el área de trabajo limpia y ordenada. No cuidar La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
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Manual Del Empleado 2016
propiedad de la empresa y
utilizarla sólo para los fines designados y autorizados.
el equipo de trabajo, el de otros compañeros, personas o
clientes.
falta.
b. Llevar el equipo de trabajo fuera de la empresa sin la debida
autorización.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
c. Utilizar equipo, vehículos de motor u otra propiedad de la empresa para propósitos diferentes a los designados y
autorizados.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la falta.
d. Conducir los vehículos de le empresa negligentemente o no cumplir con las leyes de tránsito
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la falta.
14. Cumplir con las siguientes
políticas establecidas por la
institución: Hostigamiento sexual
No fumar en el trabajo
Sustancias controladas Uso de sistemas de info.
Igual oportunidad de
empleo Código de ética
a. Incurrir en violación a cualquiera de las políticas mencionadas. La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
15. Cumplir con las leyes y
reglamentos aplicables a la empresa y a cada empleado
como miembro de la
comunidad.
a. No cumplir con cualquier ley, reglamento u orden del
gobierno federal o estatal, incluyendo pero no limitándose a, la convicción por cualquier delito grave o menos grave.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la
falta.
16. No incurrir en cualquier otra actuación que pueda tener el
efecto de interrumpir el buen y normal
funcionamiento de la
empresa, aún cuando dicha
actuación no esté
contemplada en este Manual
como una falta.
a. Incurrir en cualquier otra actuación que pueda tener el efecto de interrumpir el buen y normal funcionamiento de la empresa,
aún cuando dicha actuación no esté contemplada en este Manual como una falta.
La acción disciplinaria dependerá de la gravedad de la falta.
El Gerente General podrá reducir o aumentar cualquier medida disciplinaria tomando en consideración la
gravedad de la misma, el impacto en la operación y los mejores intereses de la empresa y sus clientes. La
frecuencia de las faltas hasta ser aplicable la destitución serán acumuladas indefinidamente a discreción
de la empresa; disponiéndose que esto no aplica cuando la destitución es la acción tomada en la primera
infracción.
Cualquier actuación de un empleado que no esté contemplado en este Reglamento, pero que atente
contra la seguridad, orden, moral, respeto mutuo y que pueda ser clasificada como conducta impropia de
un empleado será sancionada según lo disponga la empresa.
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Manual Del Empleado 2016
F. ADIESTRAMIENTO
Es responsabilidad de ASSERTUS Inc. capacitar, adiestrar y desarrollar su personal basado en sus
necesidades y prioridades.
Para tales propósitos, desarrollara un plan de adiestramiento y estudios basado en las necesidades
del servicio y de los empleados, el cual deberá ser canalizado a través de la oficina del Gerente
General.
El prestar atención prioritaria al desarrollo para mantenerse al día en las profesiones mejora la
calidad de su trabajo y del servicio. Se debe mantener un historial de los adiestramientos y
actividades con fines de mejoramiento profesional en que participan los empleados, de modo que
puedan utilizarse para tomar decisiones relativas al ascenso, asignaciones de trabajo, evaluaciones y
otras acciones de personal.
G. CONSEJERIA
En la oficina de personal se deben establecer unos mecanismos de comunicación efectiva con todo
el personal y demostrar que pueden solucionar los conflictos que surjan entre los empleados.
Las querellas de los empleados deben recibir pronta y justa consideración. ASSERTUS debe
proveer los mecanismos para recibir las querellas y rápidamente evaluarlas y proceder sobre las
mismas.
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Manual Del Empleado 2016
DISPOSICIONES ESPECIALES
A. VESTIMENTA Y APARIENCIA
1. DAMAS
Se incurre en una falta si la vestimenta y/o apariencia de las damas, no es adecuada para
trabajo de oficina.
No se permiten tatuajes visibles, “body piercing” visibles, escotes exagerados, zapatos
deportivos, mini faldas exageradas, mahones y/o T-Shirts. Podrán utilizarse, camisas polos
debidamente identificadas con el logo de la compañía.
Falta de higiene y apariencia personal adecuada, tal como cabello desarreglado, uñas sucias,
descuidadas y/o exageradamente largas.
2. CABALLEROS
Se incurre en una falta si la vestimenta y/o apariencia de los caballeros, no es adecuada para
trabajo de oficina.
Solamente se permitirán zapatos cerrados, medias, pantalón de vestir casual, correa, camisa
de vestir, manga larga o corta, corbata, y chaqueta de ser solicitado. Podrán utilizarse,
camisas polos debidamente identificadas con el logo de la compañía. No podrán utilizarse
mahones, T-Shirts ni medias deportivas.
Falta de higiene y apariencia personal adecuada, tal como: cabello desarreglado, barba y
bigote desordenado y apariencia sucia.
El no seguir el código de vestimenta antes indicado implicará acciones disciplinarias en contra del
empleado.
B. Instalación de Software
Ningún empleado está autorizado a instalar ningún programa, sin la debida autorización expresa de
la gerencia, sean “freeware”, “shareaware” o convencional), esto incluye pero no se limita a
“wallpapers”, “screen-Saversn y otros.
C. Estacionamiento
La compañía no es responsable de proveer estacionamiento a sus empleados.
D. Varios
1. Todo empleado destacado en ASSERTUS Inc. estará bajo la supervisión del Gerente General
o Supervisor inmediato, sus puestos responderán a las estructuras de administración
establecidas.
2. Todos los representantes independientes de ASSERTUS Inc., vendrán obligados a darle fiel
cumplimiento al Manual que rige todo lo relacionado con el personal mientras este ejerciendo
funciones en el nombre de ASSERTUS Inc.
3. El Gerente General podrá requerir al Presidente de ASSERTUS Inc. acuerdos que permitan
establecer medidas especiales para el más amplio entendimiento en la administración de
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Manual Del Empleado 2016
personal sin afectar lo establecido en este Manual. Estos acuerdos podrán incluirse como
"addendum" en este documento.
4. Se considerarán en este Manual todos aquellos asuntos relacionados con personal que puedan
incorporarse en cualquier contrato que ASSERTUS, disponiéndose que siempre se velará
porque el Manual de Administración de Personal de los empleados de la Corporación no se
vean afectados.
5. Una vez promulgado este Manual deja sin efecto cualquier reglamento previamente aprobado
sobre el mismo asunto.
E. Enmiendas
1. Este Manual podrá enmendarse en cualquier momento en que ASSERTUS así lo creyere
conveniente, en beneficio a los mejores intereses de la compañía.
2. Las enmiendas que puedan realizarse solo afectarán el capítulo correspondiente y el resto del
Manual se mantendrá vigente.
F. Vigencia
Este Manual empezará inmediatamente después de la aprobación y firma de los principales
ejecutivos.
José A. Lázaro
Vice-presidente
Michael O. Jiménez
Presidente