45
“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso” MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2018 - … · Durante la aplicación de eventos evaluativos, se requisarán los celulares según criterio del profesor a cargo, devolviendo estos equipos,

Embed Size (px)

Citation preview

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

2018

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

Manual Convivencia Escolar Comunidad Escuela Fronteriza 2018

Directora Sra. Sylvana Schweitzer V. Inspector

General Sr. Alejandro Inostroza M. Orientador

Sr. Eduardo Fernández C.

Unidad Técnica Pedagógica Sra. Noemi Jara R. Encargado

Convivencia Escolar Psicólogo Claudio Díaz L.

Damos a conocer a ustedes la Normativa de Convivencia Escolar, instrumento que

considera los elementos necesarios para conseguir un buen “con-vivir” al interior de

nuestra escuela durante el período escolar 2018. Solicitamos sea leído detenidamente y se

interiorice de él, a fin de que sea un referente para la vida escolar. Entiéndase DCE como

DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR (Directora, Encargado de convivencia escolar,

orientador, Inspector general, psicólogo).

I- CONDUCTO REGULAR

Para el tratamiento de cualquier situación que se presente, en lo referido a aspectos

pedagógicos y/o disciplinarios, el apoderado y los alumnos deberán ceñirse a proceder con el

siguiente orden establecido:

1° Profesor de asignatura. 2°

Profesor Jefe.

3° Encargado de Convivencia Escolar 4°

Jefe UTP (Aspectos Pedagógicos)

4° a.- Coordinador PIE (Aspectos pedagógicos PIE) 5°

Inspector General

6° Directora

El fundamento de la comunicación Escuela hogar, será en primera instancia siguiendo el

conducto regular establecido, por tal razón el apoderado obligatoriamente deberá

presentarse a entrevista cada vez que sea citado.

II- DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS ESTUDIANTES Y/O APODERADOS

1. Ser escuchado(a).

2. Conocer las observaciones que los profesores ingresen en su hoja de vida del libro de

clases.

3. Que se reconozca su buen comportamiento, su dedicación al estudio y

compromiso estable con el colegio.

4. Recibir un trato digno y respetuoso por parte de sus educadores(as), personal auxiliar,

administrativo, compañeros y compañeras.

5. Solicitar una entrevista privada con algún miembro de la comunidad escolar (fuera del

horario de clases) siguiendo el conducto regular

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

Art. 1. Del uniforme escolar

Es condición que los (as) estudiantes cumplan con los siguientes requerimientos,

respecto de su uniforme tradicional y deportivo:

DAMAS: VARONES: EDUCACION FISICA

Falda azul marino.

Pantalón azul marino o

gris de tela o cotelé,

corte recto.

Polera oficial del

establecimiento.

Chaleco o polar azul

marino.

Zapatos negros

Calcetas azules

o ballerinas azules

Parka azul marino.

Pantalón plomo de

tela.

Polera oficial del

establecimiento.

Chomba, polar

o Chaleco azul

marino.

Zapatos negros

colegial, sin adornos.

Parka azul marino.

Buzo deportivo oficial

de la escuela o azul

marino.

Polera blanca deportiva

oficial o polera blanca, sin

diseño.

Zapatillas deportivas, con

planta de goma.

El uso de vestuario tales como

calzas, short, su color u otros

quedarán sujetos a criterio de

los profesores de la asignatura

para ser utilizados sólo en su

hora de clases.

Art. 2. Consideraciones generales sobre el uso del uniforme

2.1. Para los estudiantes de Pre-Kinder y Kinder, el uniforme es el buzo oficial de la escuela

o el buzo entregado por el establecimiento.

2.2. Los estudiantes de 1º a 8º Básico Medio, deberán asistir con buzo solamente el día que

tengan clase de Educación Física, talleres deportivos u otros eventos autorizados.

2.3. La camiseta que se use bajo la polera oficial debe ser blanca.

2.4. Los útiles y el uniforme tradicional y deportivo, deberán estar debidamente

marcados con el nombre, apellido y curso.

Art 3. De la presentación personal

Las y los estudiantes durante la jornada escolar no podrán hacer uso de, aretes,

piercing, collares, cadenas, pulseras, uñas pintadas de colores, cabellos teñidos con

tonalidades extravagantes, faldas muy cortas, o cualquier otro elemento que no

corresponda al uniforme escolar. En primera instancia se les pedirá a las y los alumnos no

volver a utilizar lo mencionado anteriormente, mientras que en una segunda

oportunidad se dará aviso a la madre, padre y/o apoderado con el fin de establecer

compromisos de presentación personal.

Art. 4. De la puntualidad, asistencia y salida

El estudiante de la comunidad escuela fronteriza, es una persona responsable de sus

compromisos y busca los medios para cumplir con lo que se compromete. Este hábito se

adquiere con la preocupación constante, tanto de la familia como de la Escuela.

4.1. Las clases (jornada de la mañana) se inician a las 08:30 hrs. hasta las 13:30 hrs.

Almuerzo de 13:30 a 14.25 hrs. Jornada de la tarde de 14:30 a 16:00 hrs.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

4.2. Se pasará asistencia al inicio de cada jornada y de cada hora, la cual quedará

consignada en el libro de clases.

4.3. En caso de ausencia del estudiante a clases, el apoderado deberá justificar por escrito,

a través de la agenda o mediante certificado médico, el día que el estudiante se reintegre.

4.4. No se permitirá el ingreso de estudiantes durante la jornada escolar, que se

presenten exclusivamente con el objetivo de rendir pruebas o entregar trabajos,

quedará sujeto a criterio de la Inspectoría general, permitiendo el ingreso con la

debida justificación del apoderado y/o certificado médico.

4.5. Se autorizará la salida del estudiante fuera del establecimiento sólo cuando el

apoderado se presente personalmente a retirar a su pupilo (excepto salidas

autorizadas en horarios de almuerzo); si posterior al retiro tiene calendarizada una

evaluación, deberá presentar certificado médico y rendir dicho instrumento

inmediatamente después de terminada su Licencia médica.

4.6. Las salidas de los estudiantes quedarán registradas en el libro de salidas y

firmadas por el apoderado en Inspectoría, o persona que retira (previa autorización del

apoderado), se solicitará la cédula de identidad por motivos de seguridad del alumno.

Art. 5. De la normativa de los espacios comunes

5.1. De las salas de clases: los alumnos(as), durante cada periodo de recreo, deberán hacer

abandono de la sala, dejándola ordenada y en condiciones óptimas para la llegada del

próximo periodo de clases o hasta el otro día (se incluyen las clases de reforzamiento); esta

instancia corresponde ser supervisada por el profesor a cargo de la clase (cada sala deberá

contar con una pala y una escoba adquirida por la directiva de curso). El profesor jefe

determinará semanalmente dos personas a cargo de promover el orden, la limpieza y la

ventilación de las salas. Solo con las supervisión o autorización de un docente o funcionario

del establecimiento los alumnos podrán permanecer en la sala de clases.

5.2 Del patio abierto: este espacio, es de uso comunitario; las normativas generales para

éste son:

5.2.1. Ningún alumno o alumna o grupo de estudiantes, podrán tomar como derecho

propio el uso del patio. Inspectoria General determinará el uso de este recinto, según

disponibilidad de los espacios.

5.3. Deportes que conllevan a la disrupción del periodo de recreo: quedará prohibido el

desarrollo de actividades deportivas que alteran la sana convivencia, durante este periodo,

debido al entusiasmo con la que ésta pudiera desarrollarse. Los cursos sólo podrán realizar

actividades con materiales livianos y sin sentirse dueño de los espacios. Se permitirá el

desarrollo libre de deportes y actividades que mantengan el buen clima recreativo, sin

perjuicio y con el resguardo de la integridad de todas las personas que transitan por el lugar.

5.4. De las relaciones afectivas: Si bien el “pololeo” es un acto de libertad personal, las parejas

deberán, abstenerse de demostrar conductas afectivas excedidas, esto con la intención de

evitar “manifestaciones excesivas de cariño” que sirvan de ejemplos equívocos a

nuestros alumnos menores que comparten espacios comunes. Demostraciones

afectivas impropias en cualquier lugar de la escuela, serán motivo

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

para que la Inspectoría General según la circunstancia cite a los alumnos y los

apoderados si es que la situación lo amerita.

5.5 De los baños: este espacio, tendrá una asignación separada por género. No se

permitirán acciones disruptivas dentro de estos espacios, como: esconderse,

desperdiciar el agua, jugar con ella, quedarse al momento de la clase dentro de estas

dependencias, entre otra acciones negativas que determine la Inspectoría general. De ser

sorprendido en algunas de las acciones descritas será el inspector general quien tome la

decisión de informar y buscar acuerdos con el apoderado de la o el estudiante.

5.6. De la llegada a clases a la vuelta de recreo: no se permitirán atrasos al retorno de los

recreos, los alumnos deberán justificar y solicitar pase en inspectoría. Al momento de

llegar a la sala, debe ser en condiciones adecuadas de higiene personal, esta situación

quedará a criterio del profesor presente.

Art.. 6. De los atrasos

6.1. Los alumnos atrasados deberán presentarse en la oficina de Inspectoría donde se

registrará su falta en la planilla de control, autorizándose su ingreso a través de la agenda

o pase de ingreso.

6.2. El estudiante de 1° a 8° básico, que reincide en los atrasos, deberá ser justificado por su

apoderado, personalmente, desde el 4° atraso.

Por consiguiente se citara a la madre, padre y/o apoderado del estudiante con el fin de

justificar los atrasos reiterados y además de generar compromisos y acuerdos con el fin de

disminuir os atrasos en los estudiantes. La conversación será realizada con dirección y/o

inspector general. Cabe destacar que la puntualidad debe ser una cualidad que debe

fortalecer la familia en el estudiante.

Art. 7. De la promoción y asistencia

7.1. Se debe recordar que para ser promovido(a), el estudiantes deberá asistir, a lo menos,

al 85% de las clases y actividades establecidas en el Calendario Escolar Anual.

Art. 8. De los objetos de valor y tecnológicos

8.1. La escuela no se hace responsable de la pérdida o deterioro de los objetos de valor

que los estudiantes porten, incluidas joyas, relojes, celulares, cámaras digitales, de video,

notebook, netbook, tablet, dinero, u otros.

8.2. Celulares, notebook, netbook, tablet, podrán ser usados para fines pedagógicos y

siempre que un docente lo autorice. Los celulares, deben mantenerse en modo silencio

o apagados durante las actividades escolares. El uso de objetos de valor o tecnológicos

podrá ser consensuado con los estudiantes, siempre y cuando el docente o profesional del

establecimiento así lo amerite ya que, la utilización de estos en algunos casos puede

perjudicar el proceso de enseñanza aprendizaje o sana convivencia.

8.3. Las llamadas telefónicas podrán realizarse fuera de horario de clases, o

autorizados por el docente y/o profesional a cargo de la clase. Jugar con artefactos

tecnológicos u objetos distractores será causal para que el docente y/o profesional a cargo

de la clase pueda requisar el objeto distractor, quedando; la primera vez en Inspectoría,

hasta el término de la jornada; la segunda vez, se citará y retira el apoderado y la

tercera vez, se le requisará, no devolviéndose el equipo retenido sino hasta el término del

semestre al apoderado según acordado con apoderado.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

8.4. Queda estrictamente prohibido, fotografiar, grabar o transmitir audio o escenas de

video al y desde el interior de la escuela, por cualquier medio, sin expresa autorización

de algún docente o de Inspectoría. En caso que se hiciese sin la debida autorización, será

considerado una falta gravísima.

8.5. Durante la aplicación de eventos evaluativos, se requisarán los celulares según criterio

del profesor a cargo, devolviendo estos equipos, al finalizar la actividad evaluativa.

8.6 Se considera adecuado el uso de correos electrónicos personales, debidamente

establecidos y/o grupos de trabajo en redes sociales con uso pedagógico. No

considerándose oficiales las comunicaciones vías redes sociales informales, facebook y otros

que pudieran vincular a estudiantes, apoderados y/o con el personal de la escuela.

Art. 9. De los reconocimientos

Con el fin de reforzar las conductas positivas de los estudiantes que destaquen, se

otorgarán los siguientes incentivos por su buen comportamiento, hábitos y valores,

asociados al perfil del estudiante de nuestra escuela:

9.1 Observación Positiva: Consignada por cualquier profesor(a) en el libro de clases, para

estimular positivamente al estudiante que se destaca por su gran espíritu de

colaboración y trabajo en equipo, responsabilidad, respeto, compañerismo, solidaridad,

etc.; en las distintas actividades del establecimiento o en representación fuera de éste.

(Refuerzo Positivo).

Art. 10. De las faltas y sanciones

Debido proceso

El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos

los involucrados a: I- que sean escuchados; II- que sus argumentos sean considerados;

III- que se presuma su inocencia; y, IV- que se reconozca su derecho a apelación.

En todos los casos, a la hora de tomar sanciones a un alumno/a por faltas al manual de

convivencia, se tendrá en cuenta:

A- Que se le siga el debido proceso según las faltas cometidas.

B- Que sea tratada(o) con el debido respeto inherente al principio de la dignidad

humana.

C- Que la familia sea informada sobre su situación que corresponde (académica,

disciplinaria), las acciones a seguir y sobre los derechos que tiene.

D- Que la decisión esté precedida de un proceso de acompañamiento personal

(Profesor jefe, Profesor a fines, Equipo Multidisciplinario, etc) mediante el cual se

indaguen las razones que llevaron al estudiante a transgredir las normas.

E- Que sea escuchada (o) para hacer sus respectivos descargos con relación a las faltas que

se le imputen, disciplinarias o académicas, ante cada instancia del Conducto

Regular.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

F- Que los padres y/o apoderados sean notificados oportunamente sobre la

situación del estudiante, y la posible sanción de la falta cometida en este

manual de convivencia.

G- Que el estudiante sancionado o su familia puede manifestar su apelación de forma

oral o escrita. Admitiendo todos los medios de pruebas que se considere pertinentes

para su defensa.

La comunidad educativa Fronteriza se preocupa de que todos sus estamentos

internalicen actitudes, normas y valores heredados de nuestro PEI.

Se entiende por «falta» cualquier comportamiento individual o colectivo que dificulte o

entorpezca el proceso educativo o la convivencia escolar, ya sea en el orden moral, social,

como en el pedagógico y/o disciplinario.

Este comportamiento no se limita sólo a las horas de clases, sino que debe reflejarse en

cualquier actividad que se esté desarrollando en el establecimiento educacional o en

cualquier lugar, en que el estudiante, padres y/o apoderados y miembros de la

comunidad educativa estén representando al Establecimiento.

Se tomarán las medidas disciplinarias con los miembros de la comunidad que han caído

en falta y se citará a los responsables, cuando proceda, tantas veces como sea necesario.

Toda entrevista realizada, de índole reflexiva disciplinaria, deberá quedar registrada en el

libro de clases y/o ficha de registro convivencia escolar, indicando la causa de ésta y los

acuerdos tomados, firmando el responsable el registro respectivo.

A continuación, se gradúan las faltas por intensidad, es decir: leves, graves y gravísimas,

reiteración de faltas graves y/o gravísimas.

A. Faltas Leves: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no

involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.

10.1. Llegar atrasado(a) a las actividades escolares.

10.2. Entrar a clases sin la autorización de Inspectoría o profesor, después de iniciada la

jornada escolar.

10.3. Presentarse sin justificativo o licencia médica que acredite la inasistencia.

10.4. Presentarse con buzo en días que tiene que venir con el uniforme o viceversa.

10.5. Presentarse con el uniforme incompleto y/o desaseado.

10.6. Llegar a la escuela sin equipo de Educación Física o sin materiales, en general.

10.7. Usar accesorios que no son propios del uniforme (joyas, pulseras, pearcing,

polainas, jockeys).

10.8. En los varones: descuido de la presentación personal: accesorios no acorde a la

presentación personal

10.9. En las damas, teñidos con diferentes y/o llamativos colores, uso excesivo de

accesorios, joyas, etc.

10.10. No portar la agenda de la Escuela.

10.11. Traer sin firmar las comunicaciones.

10.12. No usar el uniforme correctamente.

10.13. Comer o beber durante las actividades académicas.

10.14. Hacer uso inadecuado y/o no respetar el horario de colación.

10.15. No asistir a pruebas fijadas con antelación sin justificación. 10.16. Atrasos reiterados.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

10.17. Hacer uso de objetos tecnológicos y objetos distractores durante horario de clases.

Una reiteración de faltas leves puede conducir a que se aplique las sanciones correspondientes a faltas graves.

B. Faltas Graves: Son actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad

psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como

acciones deshonestas que afectan la convivencia. Ejemplos: dañar el bien común, agredir

a otro miembro de la comunidad educativa, ofender o intimidar a un docente o asistente de

la educación, falsear o corregir calificaciones, etc.

10.18. Presentar una conducta disruptiva, actitud de desatención y/o displicencia

frente al profesor.

10.19. Usar en la escuela elementos que perturben el normal desarrollo de la clase (se

requisarán los elementos potencialmente peligrosos).

10.20. Manifestaciones exageradas de relaciones afectivas de pareja (besos, abrazos).

10.21. No cumplir con las sanciones.

10.22. Hacer mal uso de las autorizaciones dadas.

10.23. Copiar durante las evaluaciones (ver reglamento interno de evaluación).

10.24. Provocar desorden que altere el normal desarrollo de las actividades intra y extra

aula. Durante las jornadas de recreo se prohibirá también el desarrollo de actividades

que entorpezcan el clima de éste (juegos violentos y/o deportivos que pudiesen provocar

alteraciones), además de los globos para “bombas de agua”

10.25. Escabullirse, esconderse y/o faltar a horas de clase, pruebas o evaluaciones, charlas

y/o cualquier otro evento organizado.

10.26. Usar un lenguaje soez o hiriente en forma oral, escrita o kinésico.

10.27. Utilizar insignias o símbolos de sectas o pandillas.

10.28. Salir de la sala o del establecimiento durante el horario de clases, sin la

autorización correspondiente.

10.29. No rendir pruebas estando dentro del establecimiento.

10.30. Organizar y/o participar en desórdenes que alteren el normal funcionamiento de

nuestra institución.

10.31. Consumir y/o portar bebidas energéticas durante los periodos escolares y/o

actividades pedagógicas.

Una reiteración de faltas graves puede conducir a que se aplique las

sanciones correspondientes a faltas gravísimas. C. Faltas muy graves:

Son actitudes y comportamientos que atentan contra la integridad física y psicológica de

otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas

tipificadas como delito. Demostrar actitudes deshonestas que afectan a la sana convivencia.

Ejemplos: robos, abuso sexual, tráfico de drogas, o el acoso escolar o “bullying”, alteración y/o

destrucción de instrumentos u objetos institucionales etc.

10.32. Posesión, consumo y/o venta de sustancias legales e ilegales en la Escuela, salidas a

terreno: Bebidas alcohólicas, cigarros de tabaco, drogas de todo tipo y marihuana,

entre otros.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

10.33. Faltar el respeto y/o amenazar o atentar contra la dignidad de las personas

(Bullying o acoso escolar), verbalmente, en forma escrita o por medios electrónicos

(intimidar, publicar ofensas, audio y/o imágenes degradantes). 10.34. Agredir físicamente a otra persona. 10.35. Causar daños o destruir la infraestructura, los bienes del establecimiento o la

propiedad ajena.

10.36. No responsabilizarse por reparar los daños ocasionados.

10.37. Acoso sexual, físico, psicológico u otro, entre estudiantes y/o hacia el personal del

establecimiento.

10.38. Falsificar firmas, ya sea del profesor o del apoderado.

10.39. Atacar, ofender o insultar los símbolos patrios y los de la Escuela.

10.40. Portar, vender, promocionar o abrir páginas de Internet con material

pornográfico.

10.41. Portar elementos potencialmente peligrosos que atenten contra la seguridad

escolar (elementos corto punzantes, armas de fuego, etc). Se requisarán estos

elementos y/o se avisará a la autoridad pública para que tome el control de la

situación.

10.42. Sustraer o adulterar material pedagógico: libro de clases, pruebas, trabajos, etc.

10.43. Robar especies: dinero, bienes, etc.

10.44. Usar el nombre de algún funcionario, sin su autorización. Art 11. Mecánica de la sanción

La aplicación de sanciones debe permitir que los y las estudiantes tomen conciencia de las

consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos

genuinos de reparación del daño ocasionado.

Procedimiento de evaluación de faltas y aplicación de sanciones:

11.1. Falta Leve: (Art. 10.1 – 10.17)

Dialogo personal del funcionario que detecte la falta.

Aviso a Profesor Jefe.

Aviso a la familia por parte del Profesor Jefe y/o Encargado Convivencia Escolar 11.2. Falta Grave: (Art. 10.18 – 10.31)

Registro en el libro de clases.

Entrevista y reflexión del estudiantes con Encargado de convivencia escolar, a fin de

analizar en conjunto las motivaciones de éste(a) para incurrir en la falta y

posteriormente, determinar la sanción.

Citación del apoderado con el estudiante, a fin de informar de lo ocurrido y lo

determinado por el ECE. De ser necesario, se reunirá al Consejo de Profesores para sugerir

otro tipo de acciones.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

Entre las posibles sanciones, se consideran las siguientes: actividad reparatoria acorde

a la falta, u otra que determine Dirección.

Registro de lo ocurrido (Ficha Convivencia Escolar) además de deben generar

acuerdos y/o compromisos con el estudiante y la madres, padres y/o apoderados.

11.3. Falta Muy Grave: (Art. 10.32 – 10.44)

Registro en el libro de clases. Entrevista y reflexión del estudiantes con Encargado de Convivencia Escolar, Inspector General y Dirección.

Citación del apoderado con el estudiante, a fin de informar de lo ocurrido y lo

determinado por los especialistas del establecimiento.

De ser necesario, se reunirá al Consejo de Profesores para sugerir otro tipo de acciones.

Entre las posibles sanciones, se consideran las siguientes: suspensión por media jornada,

en donde él o la estudiante podrá asistir a los dos primeros periodos de clases mientras que

en el resto de la jornada el o la estudiante debe ser retirado por la madres, padre y/o

apoderado y/o actividad reparatoria acorde a la falta, u otra que determine Dirección.

En caso de ser un estudiante de 8º básico quien incurra durante el transcurso del año en más

de una oportunidad en una falta muy grave el consejo de profesores junto a directivos

evaluara su participación en la ceremonia de licenciatura. Para dar cumplimiento a lo

anterior debe existir un justo proceso y el estudiante debe haber incurrido por segunda

vez en una falta grave.

Art. 12. Acciones disciplinarias reparatorias

Las medidas reparatorias que se consideran en esta normativa, son gestos y acciones que “un

agresor” puede tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de

haber infringido un daño. Estas acciones restituyen el daño causado y deben surgir del

diálogo, del acuerdo y de la toma de conciencia del daño ocasionado, no de la

imposición externa, porque pierde el carácter formativo. La medida reparatoria no es

un acto mecánico, tiene que ver con un sentido de reconocimiento y una voluntad de

enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y

comprensión por la víctima.

Estas prácticas reparatorias, permiten:

Enriquecer la formación de los estudiantes y desarrollar la empatía.

Cerrar los conflictos, por tanto, “liberar” a las partes involucradas y enriquecer las

relaciones.

Asumir la responsabilidad de las partes en conflicto y reparar el vínculo.

Reforzar la capacidad de los involucrados para resolver conflictos.

Restituir la confianza en la comunidad.

Mediacion Escolar (se establecen reflexiones compromisos y/o acuerdos), en

conjunto estudiante, familia y escuela.

* Medidas disciplinarias: En particular, se podrá aplicar a quien incurra en conductas

contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato,

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

alguna o algunas de las siguientes medidas: Entre las posibles medidas disciplinarias, se

consideran las siguientes:

12.1. Diálogo personal pedagógico y correctivo, que deberá ser efectuado por todo

profesor o educadora frente a situaciones específicas que requieran ser corregidas

preventivamente. Es una reflexión personal con el estudiante sobre las dificultades que

genera(n) su actitud y/o acciones y que perturban el trabajo escolar, haciéndole ver lo que

se espera de él(ella). Es una advertencia y un compromiso para enmendar la conducta

deficiente.

12.2. Diálogo reflexivo con grupo involucrado o el curso si fuera necesario, que

efectuará un profesor o directivo cuando la situación lo amerite.

12.3. Amonestación verbal, que efectuará el profesor, inspector u otro directivo,

dialogando personalmente con el alumno frente a situaciones específicas de menor

significación.

12.4. Amonestación por escrito, que efectuará cualquier educador o directivo, ante

situaciones específicas que no revistan gravedad y dejando constancia en el libro de clases.

Si el hecho fuera grave o reiterado, deberá ser puesto de inmediato en conocimiento

de la Dirección.

12.5. Citaciones a instancias de orientación a cargo del orientador o de un profesor que

pudiera designar el equipo de convivencia escolar o Dirección.

12.6. Comunicación o citación al apoderado, cuando a juicio del Inspector General fuera

necesario informar o representar a éste alguna de las medidas anteriores.

12.7. Derivación a algún especialista, que se podrá aplicar preventivamente o frente a

situaciones concretas cuando el alumno evidencie trastornos que hicieren necesario su

tratamiento. Esta medida será aplicada por el Encargado de Convivencia Escolar,

Inspector General con el acuerdo de la Directora y se la pondrá en conocimiento al

apoderado inmediatamente.

12.8. Servicios reparatorios a la víctima, como disculpas públicas, reconocimiento del error,

compromisos de cambio, cambio de curso, reposición de útiles o elementos dañados,

etc., o servicios comunitarios escolares, tales como apoyos a otros alumnos en el evento que

el alumno se destaque en alguna área, apoyo en talleres o en actividades de carácter

institucional, etc.

12.9. Suspensión de participación en actividades de escuela, el alumno y alumna quedara

suspendido de forma temporal o definitiva de las actividades deportivas, artística,

académica, recreativa etc. La suspensión de estas actividades se trabajarán en conjunto con los

docentes y/o funcionarios responsables de las actividades, dirección, familia y alumna (o) 12.10 Citación por faltas de responsabilidad y/o respeto en horario regular. 12.10.1 Trabajo Comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad

educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través

del esfuerzo personal. Ejemplos: limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos,

gimnasio, su sala, mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor

edad, ordenar materiales en la biblioteca, etc.

12.10.2 El DCE en acuerdo con el profesor jefe o profesor de asignatura citará a trabajo

comunitario a los estudiantes que, pese a las acciones preventivas, no enmienden su

conducta disruptiva. Esta medida se aplicará para aquellos estudiantes que han caído en

falta, o que registren observaciones conductuales negativas o por faltas de

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

responsabilidad. Los estudiantes deberán presentarse con su uniforme escolar o buzo, según

la indicación del DCE serán acompañados por algún docente o por algún miembro del

establecimiento que designe la Dirección.

12.10.3 Cada vez que un estudiante sea citado, debe quedar registrado en el libro de clases

y/o fichas de atención estudiantes.

12.10.4 Servicio Pedagógico: Contempla una acción en tiempo libre del o la estudiante que,

asesorado por un docente, realiza actividades como: recolectar o elaborar material para

estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o

más clases, según sus aptitudes, clasificar textos en la biblioteca según su contenido, apoyar a

estudiantes menores en sus tareas, etc.

12.11 Consideraciones de instancias reparatorias: Las acciones reparatorias pueden ser

variadas, dependiendo del tipo de conflicto, de las características de los involucrados y

de la comunidad educativa en general. Entre otras, se pueden mencionar:

12.11.1 Acciones para reparar o restituir el daño causado: su punto de partida es el

reconocimiento de haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de

diálogo, mediada por un adulto/a de la comunidad educativa establecido previamente. La

acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria: la obligatoriedad en este tipo de

medida la hace perder su sentido, dado que lo que se pretende es que una de las partes se

responsabilice de su acción. El acto de restitución debe estar relacionado y ser proporcional

con el daño causado. Por ejemplo, restituir un bien o pedir disculpas públicas, si el daño fue

causado por un rumor o comentario mal intencionado.

12.11.2 Servicios en beneficio de la comunidad: Implica la prestación de un servicio a favor de

la comunidad que ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño causado.

Por ejemplo: hermosear o arreglar dependencias del establecimiento.

12.12 Estudiantes enviados fuera de clases en forma: 12.12.1 Momentánea: Permanece por algunos minutos fuera de la sala, para sostener

conversación con orientador de la escuela. Se establecen acuerdos y el alumno es

reincorporado a la sala de clases.

12.12.2. El Consejo de Profesores podrá reunirse en forma extraordinaria, con el fin de

analizar y sugerir estrategias, respecto a aquellos estudiantes que reinciden en las faltas.

Si es necesario, se derivarán a Orientación y/o Psicólogo, con el objetivo de mejorar los

aspectos valóricos deficitarios y/o psicológicos, según corresponda,

independientemente de la sanción a la que sean sometidos.

Mediación Escolar Comunidad Escuela Fronteriza

Definición Mediación Escolar

La mediación es un proceso que invita a las partes involucradas a dialogar y buscar

en conjunto una solución al conflicto, reconstruyendo la relación de colaboración y

confianza que debe existir entre todos los miembros de la comunidad educativa, bajo los

principios de voluntariedad, confidencialidad e imparcialidad de un mediador externo al

conflicto. Es un procedimiento de resolución en donde las partes involucradas encuentran de

forma cooperativa una solución a un conflicto o dificultad.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

Es un proceso voluntario que facilita la comunicación entre las partes y reconoce su

capacidad para alcanzar un acuerdo mutuamente aceptable.

El sentido de la Mediación es que todos los involucrados puedan desarrollar

aprendizajes y experiencias que permitan el compromiso empático con el proceso de

formación y la continuidad de la trayectoria educacional de los estudiantes.

Mediación como instancia de aprendizaje

El uso de la Mediación Escolar como método de resolución de conflictos permite

desarrollar en todos los miembros de la comunidad educativa:

- Competencias dialógicas necesarias para la vida cotidiana

- Pensamiento crítico

- Autoestima

- Comprensión de sí mismo y de los demás (Empatía)

- Aceptación de la diversidad

- Habilidades para identificar, comprender y analizar las situaciones de conflicto

- Capacidad transformadora de la realidad el ejercicio de la ciudadanía y de los

valores éticos

Protocolo de actuación Mediación Escolar: 1- Cualquier miembro de la comunidad educativa podrá solicitar servicios de

mediación escolar.

2- Serán objeto de mediación todas las situaciones entre los miembro de la

comunidad educativa que afecten a la convivencia entre los mismos.

3- Las solicitudes de un mediador se presentarán ante la dirección del

establecimiento, inspector general, orientador, jefa de UTP Y y/o encargado de

convivencia escolar. En ese momento se le indicará el motivo de la mediación así

como todos los datos necesarios para llevarla a cabo.

4- Directivos fijarán la persona encargada de llevar a cabo la mediación

5- Ante un problema entre alumnos, cualquier docente podrá solicitar que los

alumnos afectados acudan ante una mediación, con el fin de dar respuesta al

conflicto presentado. Quien podrá realizar mediación escolar son, dirección,

inspector general, orientador, jefe UTP, encargado convivencia escolar y/o

docente colaborador del área convivencia escolar.

6- A- Si entre los personas a mediar figuran madres, padres y/o apoderados de

alumnos se buscará que la mediación sea llevada a cabo por uno o más de los

siguientes funcionarios, dirección, inspector general, orientador, docente,

encargado de convivencia escolar y/o representante centro general de padres

madres y/o apoderados de nuestra comunidad educativa .

B- Si las personas entre las que hay que mediar son alumnos se buscará a uno o más de

los siguientes funcionarios, dirección, inspector general, orientador, docente,

encargado de convivencia escolar y/o represente gobierno estudiantil de nuestra

comunidad educativa.

C- Si las personas entre las que hay que mediar son funcionarios del

establecimiento será dirección junto a inspector general serán quienes decidan quién

o quienes tomaran el caso.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

D- todo miembro de la comunidad educativa que sea parte de un proceso de

mediación deberá respetar tres normas fundamentales, las cuales son, dialogar de

forma adecuada (Sin agresiones y/o descalificaciones de otros), respetar turnos de

habla y frente a soluciones encontradas en conjuntos estas deben ser respetadas en

el tiempo.

7- Frente a cada proceso de mediación se dejara registro de esta, tomando nota del

motivo de la mediación, las reflexiones alcanzadas y los compromisos y/o acuerdos

tomados en la sesión. Los acuerdos serán firmados por las partes involucradas y

por quien realiza el proceso de mediación.

8- Del acuerdo alcanzado entre alumnos se informara a la madre, padre y/o

apoderado para el seguimiento del cumplimiento de los acuerdos alcanzados.

9- En caso de que los acuerdos entre los estudiantes no sean respetados, se

restablecerán nuevas reflexiones y acuerdos. Pero en un tercera oportunidad serán

las madres, padres y/o apoderados quienes serán citados al establecimiento

para generar acuerdos definitivos y/o establecer medidas formativas.

10- Las madres, padres y/o apoderados podrán acercarse al establecimiento para

solicitar información con respecto a los procesos de mediación.

Nota: En el caso de dificultades entre alumnos en donde fue necesario resolver por vías de

mediación escolar, será importante el refuerzo positivo de superación por parte de las

familias con el fin de potenciar las reflexiones alcanzadas.

ARTÍCULOS QUE REGLAMENTAN LA CONVIVENCIA EN LA COMUNIDAD ESCOLAR 1. CUANDO SE TRATA Y RELACIONA CON EL BULLYING Y CIBERBULLYING.

DEFINICIONES:

CONCEPTO DE BULLYING:

Conductas, tratos y prácticas, generalmente reiteradas en el tiempo, consistentes en

agresiones, verbales, físicas o psicológicas o inclusive abusos sexuales o bien en ofensas,

vejaciones, chantajes escarnios o burlas, o bien en intimidación o amenaza, o bien finalmente,

en acciones de discriminación, segregación o exclusión, que se realizan en el ámbito

escolar por parte de uno o más miembros de la comunidad educativa en contra de otro

que es víctima de su hostigamiento, sustentándose en un sentimiento o posición de

superioridad y poder de forma repetida y duradera en el tiempo.

CONCEPTO DE CIBERBULLYING:

Manifestaciones de acoso escolar que se produce mediante plataformas virtuales y

herramientas tecnológicas, tales como chats, blogs, fotologs, mensaje de texto para

aparatos celulares, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan vídeos y

fotografías, páginas web, teléfonos otros medios tecnológicos.

El bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras

expresiones de violencia:

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

a) se produce entre pares;

b) existe abuso de poder;

c) es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un periodo de tiempo

indefinido.

Manifestaciones de violencia se encuentran:

a) Violencia psicológica:

b) Violencia física:

c) Violencia sexual:

d) Violencia por razones de género

e) Violencia a través de medios tecnológicos El artículo 175 letra e del código Procesal Penal dispone que están obligadas a

denunciar “los directores, inspectores y profesores del establecimientos educacionales de

todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el

establecimiento.

El artículo 176 del Código Procesal Penal prescribe que los directores, inspectores o

profesores “deberán hacer la denuncia dentro de las 24 horas siguientes al momento en que

tomaren conocimiento del hecho criminal”

Las denuncias se pueden presentar indistintamente ante cualquier de los siguientes

órganos: Ministerio Público (fiscalía); Las Policías (carabineros de Chile e

Investigaciones) y/o Tribunales con competencia penal (Juzgado de Garantía y

Tribunales del Juicio Oral en lo Penal.

2. PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN SITUACIONES DE BULLYING Y FALTAS GRAVÍSIMAS

La entidad encargada del área de la convivencia será la Coordinación General en conjunto

con Inspectoría y profesor jefe, quiénes deberán velar frente a la vulneración de derechos,

bullying, ciber bullying.

1. La víctima se puede dirigir a cualquier docente o funcionario del establecimiento,

incluso a otro apoderado y estos tienen la obligación de comunicarse con la dirección del

establecimiento para la toma de conocimiento de la situación ocurrida. Si cualquiera

de los mencionados ha sido observador de la situación, tiene la misma obligatoriedad.

Desde ese momento Inspectoría general asume el problema como propio y toma las

acciones de emergencia que fuesen necesarias.

2. Entrevista a alumna/s y los que corresponda (involucrados, profesor jefe,

apoderado, orientadora, reúne antecedentes anteriores…)

3. Con los antecedentes deriva a Intervención Psicológica para realizar el diagnóstico

correspondiente (Bullying)

a) Se emplea un formato tipo de derivación

b) Se evalúa desde la especialidad, en aspecto personal, familiar y Comunitario.

c) Se emite un informe a Inspectoría.

4. Acciones reparatorias:

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

a) Intervenciones externas: evaluación médica, apoyo psicológico, orientación familiar, entre

otros.

b) Apoyo intra-colegio: profesor jefe, orientador, psicóloga y profesor del subsector.

El seguimiento al cumplimiento de las acciones estará a cargo de Inspectoría:

definiendo a) y/o b) con los registros y periodicidad conveniente a cada situación,

durante un plazo NO mayor que un trimestre.

5. Reunión/entrevista de evaluación: la encargada convoca a las personas necesarias.

3. DE LOS DELITOS CONTEMPLADOS EN LA LEY PENAL ADOLESCENTE

1. Los directivos y docentes frente a delitos al interior del establecimiento que

afectaren a los miembros de la comunidad escolar efectuarán las denuncias a

carabineros.

4. PROCEDIMIENTOS PARA ACTUAR EN CASO DE ALUMNAS EMBARAZADAS

En estos casos la comunidad escuela fronteriza se regirá por lo establecido en el inciso 3° del

artículo 2° de la Ley N° 18.962 que regula el estatuto de las alumnas en situación de embarazo

y maternidad.

1.- Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tienen los mismos derechos que los

demás alumnos y alumnas en relación a su ingreso y permanencia en los

establecimientos educacionales.

2.- Las autoridades directivas y el personal del establecimiento a que asistan las

alumnas en situación de embarazo o maternidad, deberán tener por éstas respeto por su

condición.

3.- La dirección del establecimiento educacional deberá otorgar las facilidades

académicas necesarias para que las alumnas en situación de embarazo o maternidad asistan

regularmente durante todo el período de embarazo al Establecimiento

5.- Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tendrán derecho a participar en

organizaciones estudiantiles, así como en cualquier ceremonia que se realice en la que

participen los demás alumnos y alumnas.

6.- Las alumnas en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los

procedimientos de evaluación establecidos en el Reglamento del establecimiento

educacional.

7.- La comunidad escuela fronteriza no exigirán a las alumnas en estado de embarazo o

maternidad el 85% de asistencia a clases durante el año.

8.- La comunidad escuela fronteriza deberá otorgar a las alumnas facilidades para

compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el período de

lactancia.

5. PROCEDIMIENTO EN CASO DE DETECTAR POSIBLE AGRESION FISICA HACIA

ALUMNOS Y ALUMNAS

1.- Si se observan signos evidentes de maltrato físico (moretones, marcas,

quemaduras, rasguños, etc.) conversar con el alumno/a referente a lo sucedido.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

2.- Pedir la compañía de otro profesor, coordinador, orientador para observar las

lesiones y corroborar la versión del alumno.

3.- Determinar entre ambos posible gravedad de lesiones y veracidad del discurso del niño.

4.- Comunicar a dirección lo observado y determinar pasos a seguir: llamada a familiar directo,

de preferencia padres.

5.- Tomar la decisión de ir de inmediato a constatar lesiones al hospital.

6.- En caso que no se pudiera comunicar a dirección de inmediato y, de ser lesiones graves

se tomará la decisión entre los profesores que están presentes para constatar lesiones.

7.- Los funcionarios de la escuela deberán estar atentos a observar:

7.1 signos para sospechar maltrato infantil (Maltrato físico, Maltrato emocional, Abuso

sexual, Abandono físico, Abandono emocional: Maltrato etc.)

8.- Denunciar a la autoridad competente

6. PROCEDIMIENTO EN CASO DE AGRESION ENTRE FUNCIONARIOS DEL

ESTABLECIMENTO.

1. El o la funcionario(a) que se sienta intimidado(a) por otro colega, deberá informar al

encargado de convivencia escolar.

2. El encargado de convivencia escolar dejará por escrito el relato del o la

funcionario(a) afectado en ficha de atención funcionarios.

3. El encargado de convivencia deberá informar a dirección, a fin de que esta inicie una

investigación discreta y objetiva de evidencias que sostengan las acciones que la víctima

denuncia.

4. La Dirección dispondrá el inicio de una investigación interna para el esclarecimiento de los

hechos y para acreditar la responsabilidad de los involucrados. En dicha investigación

se deberá respetar la dignidad de las personas y el debido y justo procedimiento,

debiendo escuchar a las partes, quienes podrán aportar todos los elementos de juicio que

consideren necesarios para aclarar los hechos y acreditar las responsabilidades que

correspondan. Durante el trascurso de la investigación se deberán tomar las medidas

necesarias que aseguren la confidencialidad, el respeto y dignidad de las personas

comprometidas en el caso. De cada entrevista y/o procedimiento investigativo llevado a

efecto, deberá quedar registro escrito.

5. El equipo psicosocial deberá brindar contención emocional a los funcionarios

afectados mientras dura la investigación.

6. El Encargado Convivencia Escolar o quien esté a cargo de la investigación, deberá de manera

reservada citar a entrevista a los involucrados o testigos de un hecho de acoso laboral para

recabar antecedentes.

7. La Dirección, deberá dejar constancia en la hoja de vida u otro instrumento, de las

sanciones aplicadas a los docentes y/o funcionarios que hubiese cometido algún acto de

acoso laboral.

NOTA: Si la situación continúa en el tiempo, con los antecedentes recopilados en la

investigación, el docente afectado puede concurrir a realizar denuncia por acoso laboral

a inspección del trabajo.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

7. PROCEDIEMIENTO EN CASO DE AGRESION DE UN DOCENTE O FUNCIONARIO A UNA O

UN ESTUDIANTE

1. El docente, asistente de la educación o funcionario que vea alguna manifestación de

agresión física o psicológica de un adulto a un estudiante, deberá de manera inmediata

informar al encargado de Convivencia Escolar y registrar tal situación para el posterior

informe a la autoridad escolar que corresponda. En el caso que un estudiante vea o sea víctima

de la agresión, este deberá informar a su profesor jefe, quien posteriormente informará al

encargado de convivencia escolar. En el caso que padres, madres y/o apoderados realicen

una denuncia de hechos de agresión de un adulto a un estudiante, deberán informar al

encargado de convivencia escolar, quien deberá dejar un registro escrito de lo declarado

por el apoderado.

2. El encargado de convivencia escolar al tomar conocimiento de esta situación, deberá

informar a la brevedad a dirección del establecimiento.

3. La Dirección dispondrá el inicio de una investigación interna para el esclarecimiento de los

hechos y para acreditar la responsabilidad de los involucrados. En dicha investigación

se deberá respetar la dignidad de las personas y el debido y justo procedimiento,

debiendo escuchar a las partes, quienes podrán aportar todos los elementos de juicio que

consideren necesarios para aclarar los hechos y acreditar las responsabilidades que

correspondan. Durante el trascurso de la investigación se deberán tomar las medidas

necesarias que aseguren la confidencialidad, el respeto y dignidad de las personas

comprometidas. De cada entrevista y/o procedimiento investigativo, deberá quedar

registro escrito.

4. Encargado de Convivencia Escolar o quien esté a cargo de la investigación, deberá de

manera reservada citar a entrevista a los involucrados o testigos de un hecho de violencia

escolar para recabar antecedentes.

5. Los padres de los alumnos involucrados deberán ser informados permanentemente de la

situación que afecta a sus hijos, quedando constancia de ello a través del registro en la Hoja de

Entrevistas que existe al efecto.

6. La Dirección, deberá dejar constancia en la hoja de vida u otro instrumento, de las

sanciones aplicadas a los docentes y/o funcionarios que hubiese cometido algún acto de

agresión contra un estudiante.

7. En caso de agresión física, constitutiva de delito, se procederá de acuerdo a lo

dispuesto en los artículos Artículo 175 y 176 del Código Procesal Penal. Si como

resultado de la investigación de los hechos, aparecen indicios de la comisión de un delito,

la Dirección cumplirá con la obligación de denunciar en los términos del artículo 175 y 176 del

Código Procesal Penal.

8. PROCEDIMENTO EN CASO DE AGRESION ENTRE ESTUDIANTES

1. Frente a este tipo de agresión, el funcionario del establecimiento intervendrá lo más rápido

y seguro para sí mismo y las o los estudiantes en conflicto.

2. El Inspector General o personal competente en primeros auxilios, verifica si existen

lesiones en alguno de ellos, que implique asistencia y/o traslado a alguna unidad médica

profesional.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

3. Si hubiera lesionados se procede a hacer declaración de accidente escolar y el o los

traslados al Hospital de Lonquimay, acompañados siempre por el inspector o adulto

responsable.

4. Se procede a llamar a sus apoderados para evaluar situación y posibles derivaciones a

profesionales para ser intervenidos con planes individuales.

5. Como estas acciones ameritan acuerdos y sanciones, se procede de acuerdo a

normativa del Manual de Convivencia Escolar.

6. Dependiendo de la edad y gravedad de las lesiones se procederá a dar aviso a

carabineros.

7. De existir más involucrados se procederá a hacer un plan de intervención Psicosocial

individual y grupal.

9. PROCEDIMIENTO EN CASO DE AGRESION DE UN FUNCIONARIO HACIA UN

APODERADO Y/O DE APODERADO HACIA UN FUNCIONARIO.

9.1 Agresión por parte de un apoderado a hacia un funcionario

1. Funcionario agredido informa a dirección del establecimiento, quedando registro de la

denuncia.

2. El funcionario, puede solicitar la no atención del Apoderado, y la solicitud de no

relacionarse con el agresor en Reuniones con los padres del curso, lo que puede

significar la solicitud de Cambio de representante del estudiante en su formación

(Apoderado), el cual accederá a dejar su condición de apoderado de manera inmediata,

cuando dirección y/o sostenedor del establecimiento se lo solicite, dejando como apoderado

principal, al apoderado suplente en la ficha de matrícula, u otro que estime conveniente,

siempre y cuando sea mayor de edad.

9.2 Agresión física por parte de Apoderado a Funcionario.

1. Ante situación de agresión física por parte de un Apoderado a un Funcionario del

Establecimiento, se dejará constancia escrita de tal situación, el cual estará a cargo del

Inspector General del Establecimiento, quién deberá dejar firmado y timbrado lo

ocurrido, además de solicitar la firma del funcionario agredido.

2. Dirección del Establecimiento en conjunto con el Funcionario agredido, deberá

denunciar cualquier acción que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la

comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, entre otros. Se deberá denunciar a

Carabineros de Chile, La policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o

los Tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento

del hecho.

9.3 Agresión verbal por parte de un Funcionario hacia el Apoderado. 1. Si existiese la situación de agresión verbal por parte de un Funcionario del

Establecimiento Educacional hacia un Apoderado, se notificará con una carta de

amonestación escrita en la hoja de vida. (lo anterior previo a una investigación)

2. Se solicitará que el Apoderado deje por escrito tal situación, en Libro de Reclamos del

establecimiento

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

3. Se solicitará al Funcionario, que sostenga entrevista con el Apoderado, en la cual, pedirá

disculpas por su accionar.

4. Si ocurriese el hecho que el Funcionario repita su conducta, podrá evaluarse poner a

disposición del departamento de educación.

9.4 Agresión física por parte de Funcionario hacia el Apoderado.

1. Si existiese la situación de agresión física por parte de un Funcionario hacia un

Apoderado del Establecimiento, el funcionario quedara a disposición del departamento

de educación, haciendo entrega de la información recopilada.

2. Se solicitará que el Apoderado deje constancia escrita por tal situación ocurrida en Libro

de Reclamos del Establecimiento.

3. En caso que el Apoderado decida hacer una denuncia por el hecho ocurrido, será

responsabilidad del mismo llevarla a cabo a las entidades pertinentes

10. PROCEDIMIENTO EN CASO DE DETECTAR POSIBLE ABUSO SEXUAL HACIA

ALUMNOS

Definición:

Se entenderá por Abuso sexual infantil cuando se involucra a un niño niña en

actividades sexuales de cualquier tipo, mediante el uso de maniobras coercitivas por parte

del abusador, tales como la seducción, la manipulación , la amenaza, el engaño, el chantaje o

el uso de la fuerza. Siempre implica una relación de desigualdad de poder y abuso de

autoridad de quien lo comete. Se puede manifestar sin contacto físico (acoso verbal,

exhibicionismo, exposición o utilización del niño en material pornográfico, conductas

voyeristas, etc.) o con contacto físico (tocamientos, penetración).

10.1. Ante una sospecha o certeza de abuso que ha sucedido en el pasado:

a. Comentar situación a cualquier funcionario de la comunidad educativa.

Posteriormente éstos se encargarán de comunicarlo a Dirección.

b. La Dirección deberá buscar en la red personal del niño un adulto protector que pueda

hacerse cargo de su cuidado y al que se le pueda aconsejar en la búsqueda de ayuda. Esto es

porque cuando se denuncia un abuso y sobre todo si es intrafamiliar hay que buscar la

contención del niño(a) en el hogar de una persona capaz de protegerlo si estalla una

crisis.

c. La institución escolar debe derivar y/o denunciar a: OPD, SENAME, Centros

regionales de Atención a Víctimas de Delitos Violentos de la Corporación de Asistencia Judicial

o Ministerio Público - Fiscalía.

d. Ante la certeza de que el alumno fue víctima reciente de un abuso hacerse

acompañar por un docente, orientador o psicólogo, informar a dirección y acudir

inmediatamente a constatar lesiones al hospital y denuncia a carabineros.

10.2. El funcionario debe: a. Acoger

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

b. Tranquilizar

c. Creerle

d. Decirle que él/ella no es responsable del abuso

e. Decirle que solo se le contará a quienes puedan ayudarlo

f. Resguardar su intimidad e identidad

g. No “interrogar” inadecuadamente e insistentemente.

10.3 En caso de que un o una estudiante denuncie un posible abuso por parte de un

funcionario del establecimiento, en un plazo no mayor a 24 horas se dispondrá una

investigación interna para luego ser denunciada a la autoridad competente.

a. Informar de inmediato a la familia del o la estudiante afectada (o)

b. Investigar la situación

c. Denunciar a la autoridad competente.

11. DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES Y ALUMNOS ENFERMOS EN HORARIO ESCOLAR

PROCEDIMIENTO:

A) En el caso de alumnos(as) accidentados:

1. Se darán los primeros auxilios pertinentes.

2. Se informará al apoderado y se toman acuerdos.

3. En caso de accidentes graves, la inspectora acudirá con documento de seguro de

accidentes escolares y el alumno de forma inmediata al hospital donde el apoderado, una

vez informado, deberá presentarse en el lugar.

B) En el caso de alumnos(as) enfermos(as):

1. Se informará al apoderado desde secretaria o inspectoría general

2. Se prestarán los primeros auxilios.

3. En el caso de una situación grave de enfermedad se recurrirá en forma inmediata al

hospital y, una vez informado el apoderado deberá presentarse en éste.

12. INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN INSTITUCIONALES

- Consejo Escolar

- Centro General de Madres Padres y/o Apoderados

- Micro centros de Madres Padres y/o Apoderados por curso.

- Gobierno Estudiantil

- Consejo de Profesores

- Celebraciones Importantes Comunidad Escuela Fronteriza.

- 13. PROTOCOLO DE ACCION EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES

La Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o con ocasión del desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia, básica y media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio. En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la actividad escolar, se procederá de la siguiente manera: En caso de enfermedad o accidente menos graves: El alumno será llevado a inspectoría de pasillo o general y se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se le dará agua de hierbas. Importante recordar que la escuela NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Se evaluara si el alumno es reintegrado a clase. Inspectoría llamará a los padres y enviará una comunicación si fuese necesario. En caso de accidentes leves: En los casos que el accidente requiera atención médica, el alumno(a) será trasladado a la urgencia del hospital de la comuna, acompañado de un adulto responsable del establecimiento y con la ficha de accidente escolar. Inspectoría dará aviso a los padres y/o apoderado. En caso de accidentes graves: En todos los casos que el accidente sea grave, se llamará inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes lo trasladarán a la urgencia del hospital. Simultáneamente Inspectoría dará aviso a los padres, ellos podrán tomar la decisión de trasladar al alumno a otro servicio. Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de emergencia en la agenda y ficha personal del alumno. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos actualizados. 14. PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE ACCIDENTES CLASES DE EDUCACION FISICA Y/O

TALLERES DEPORTIVOS Frente a la ocurrencia de un accidente, el alumno(a) afectado, sus compañeros o cualquier funcionario que lo detecte, por leve o sin importancia que parezca, deberá dar cuenta de inmediato al docente a cargo de la actividad deportiva (Clases de Educación Física, Competencias deportivas, Actividades recreativas, caminatas, salidas a terreno, salidas pedagógicas, otras actividades) Detectado un accidente, se procederá de acuerdo a lo siguiente:

1. Ubicación y aislamiento del accidentado. 2. Evaluación de la lesión y de acuerdo al grado de ella, se determinará la necesidad de mantener al accidentado(a) en el mismo lugar o trasladarlo a otro lugar. 3. Realizar los primeros auxilios correspondientes. 4. En aquellos accidentes que requieran de asistencia médica inmediata, como heridas sangrantes por cortes profundos, fracturas expuestas, pérdida del conocimiento por golpe en la cabeza, inmovilidad por golpes en la espalda, quemaduras, u otros, se requerirá la ambulancia al Servicio de Urgencia del Hospital de la Comuna. De no ser posible su concurrencia, el Docente a cargo, tomará la decisión de traslado en vehículo particular. Igualmente se deberá poner en alerta de la situación al Director del establecimiento o quien lo subrogue. 5. Simultáneamente a la prestación de los primeros auxilios, se dará aviso vía telefónica al apoderado correspondiente, dando cuenta del hecho y se le comunicará que su pupilo(a) será trasladado(a) al Hospital de la Comuna. 6. Un adulto responsable del establecimiento procederá a elaborar el formulario correspondiente para el uso de la ley sobre Seguro de Accidente Escolar. 7. El alumno(a) que sea trasladado al Hospital, será acompañado en el recinto por el adulto responsable del establecimiento, quien deberá permanecer en el Hospital con el alumno hasta la llegada de sus padres o apoderados. 8. En caso de traslado urgente al Hospital de Victoria o Regional de Temuco y ante la ausencia de los Padres u/o Apoderado, el Alumno(a) será acompañado por un adulto

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

responsable del establecimiento. 9. El alumno(a) nunca debe quedar solo.

15. PROTOCOLOS DE ACTUACION ANTE SALIDAS PEDAGOGICAS.

Indicaciones Generales: Se entiende por salida pedagógica o a terreno toda actividad, que en virtud de una planificación curricular, implica la salida de los y las estudiantes fuera del establecimiento, dentro o fuera de la comuna (Lonquimay), para complementar el desarrollo curricular en una asignatura y/o taller determinado. Por lo mismo, la salida pedagógica debe ser una experiencia académica práctica que ayude al desarrollo de las competencias y habilidades de todos los alumnos y alumnas, constituyendo experiencias académicas irreemplazables para el desarrollo y complemento de las distintas asignaturas. Protocolo de actuación 1. El/la docente a cargo de la salida presentará la solicitud de salida pedagógica a la Dirección, jefa de UTP y/o Inspector general según corresponda con a lo menos 30 días de anticipación, indicando lo siguiente: Profesor/a encargado/a y/o profesor/a y/o asistentes de la educación acompañantes. Apoderados/as, si lo hubiere. Curso, días, horario de salida y llegada, lugar, ubicación, objetivos de la salida, medidas de seguridad. (Los horarios de salida y llegada están sujetos a una aproximación) Con estos antecedentes el establecimiento informará a Departamento de Educación Municipal y a la Secretaría Regional de Educación la salida pedagógica vía oficio, a lo menos con 5 días de anticipación. 2. El/la docente a cargo enviará el documento de autorización de salida a los/as apoderados/as, los cuales deberán devolverla firmada a los menos dos días antes de la salida. 3. El/la alumno/a que no presente dicha autorización, no podrá salir del establecimiento. 4. En caso de producirse la suspensión de alguna salida, el/la profesor/a a cargo, deberá informar con anticipación de esta situación a la Dirección del Establecimiento, apoderados/as y alumnos/as. 5. El/la docente a cargo será el responsable de la salida pedagógica, desde su inicio hasta su término o regreso al establecimiento, y deberá firmar y registrar en la ficha de salida la actividad, tomando todas las medidas de seguridad pertinentes, que minimice los riesgos de accidentes para los/as estudiantes.

6. El/la docente a cargo de la salida pedagógica, profesores/as y/o asistentes de la educación acompañantes, deberán dejar la actividad de suplencia a los cursos que quedarán sin su atención, ya sea con guías, trabajos o ejercicios del texto de estudio. Entregar este material a jefa de UTP. 7. Las salidas pedagógicas se encuentran cubiertas por el Seguro Escolar de acuerdo a las disposiciones de la Ley N°16.744 D.S.N°313, por tanto, en caso de sufrir un accidente, el/la alumno/a, deberá concurrir al Servicio de Salud Pública más cercano, donde indicará las circunstancias del accidente y que se encuentra cubierto por el Seguro Escolar. Si el/la estudiante al momento de sufrir el accidente no contara con la Declaración Individual de Accidente Escolar, deberá concurrir, dentro de las 24 horas de ocurrido el accidente al establecimiento, para que le sea entregado y pueda presentarlo en el Servicio de Salud Pública en que fue atendido.

8. Durante las salidas pedagógicas, los/as alumnos/as deberán mantener un

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

comportamiento adecuado a las disposiciones del Reglamento de Convivencia, del lugar visitado. 9. En caso de algún alumno/a manifestara conductas que transgredan las normas del establecimiento, se procederá a la aplicación del Reglamento de Convivencia Escolar y se evaluará las suspensión de otras salidas pedagógicas para esos alumnos/as. PROTOCOLO SALIDAS A TERRENO Las actividades en terreno podrán ser de visita, paseo, excursión, clase de educación física, investigación en terreno, asistencia a algún espectáculo, función; de carácter pedagógica, deportiva, competitiva, vocacional, social y/o artística. 1. El(la) profesor(a) o profesores a cargo de la salida deberán programar dicha actividad con al menos 7 días de anticipación, informando en primera instancia a dirección, jefa de UTP y/o al Inspector general según corresponda. 2. Una vez que los estudiantes se dispongan a salir del establecimiento el(la) profesor(a) dejara registro de la ficha salida a terreno. 3. Las salidas tendrán una duración de horas o jornadas completas de lunes a viernes, pudiéndose extender el horario lectivo del establecimiento. 4. Cualquier acción de indisciplina como comportamiento inadecuado y el no seguimiento de las instrucciones asignadas para la actividad, será motivo para cancelar la salida y/o entablar conversación con el apoderado con el fin de informar los hechos ocurridos y toma de medidas formativas según nuestro manual de convivencia escolar.

16. DE LAS AUTORIZACIONES O SALIDAS A TERRENO

1. Se extenderá una autorización para salidas del establecimiento válida para el año escolar, firmada por el apoderado, para participar de visitas académicas, deportivas, culturales, artísticas, sociales etc. programadas fuera del establecimiento. 2. El apoderado que no autorice una determinada salida a terreno, deberá enviar una comunicación vía agenda, para que su pupilo permanezca en el establecimiento.

17. DE LA REVISIÓN DEL MANUAL

La Dirección, el Consejo de Profesores, centro general de madres, padres y/o

apoderados y el gobierno estudiantil podrá modificar, si fuere necesario el presente

Manual de Convivencia durante el año escolar. El presente manual será revisado al finalizar

el año 2018

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

Cualquiera situación no considerada en este Manual durante el año escolar en curso, será

resuelta, por la Dirección del Establecimiento.

18. TITULO FINAL:

Es responsabilidad de toda la Comunidad Escolar de la Escuela Básica Fronteriza velar por el fiel

cumplimiento de este Reglamento de Convivencia Escolar.

Cada funcionario de la escuela tiene el deber de conocer, cumplir y respetar el

presente Reglamento.

Toda situación no prevista o no contempladas en este Reglamento de convivencia

Institucional serán resueltas por:

1. Lo que estipula la ley N° 20.501 Calidad y Equidad en la Educación.

2. Lo que estipula el Reglamento tipo de Convivencia entregado por el Gobierno de

Chile, Ministerio de Educación, que propone que: El presente Reglamento Tipo

tiene por objeto servir de pauta y orientación para que cada establecimiento

educacional pueda aplicarlo directamente, o bien para ajustar, complementar o

modificar su respectiva normativa interna sobre convivencia escolar.

3. Las situaciones no contempladas en el presente Reglamento serán resueltas por la

Dirección del establecimiento, instancia que, si fuese necesario, se hará asesorar por

quien lo estime pertinente.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

ANEXO MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COMUNIDAD ESCUELA FRONTERIZA 2018 ROLES Y FUNCIONES EQUIPO DE GESTION

DIRECTORA DESCRIPCIÓN DE LA FUNCIÓN La Directora es la autoridad máxima de la escuela y es la responsable de su gestión ante la comunidad educativa, la Dirección de Educación Municipal y el Ministerio de Educación de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes. Es la responsable de la Dirección, Planificación, Coordinación, Orientación, Supervisión y Evaluación de las funciones generales del Establecimiento. FUNCIONES GENERALES 1. Dirigir, organizar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades curriculares,

administrativas y financieras de la Escuela, para que sean concordantes con el Proyecto Educativo, los requerimientos de la comunidad escolar y las normativas emanadas de la SUPEREDUC, DEM y del MINEDUC.

2. Propiciar las condiciones para cumplir la Misión y visión de la Escuela y el logro de sus objetivos, procurando la existencia de un clima organizacional estimulante del trabajo y de la participación activa y responsable.

CONDUCTAS ESPERADAS 1. Representar a la Escuela ante la comunidad escolar y local y las autoridades

comunales, ministeriales y nacionales. 2. Elaborar la cuenta pública de la Escuela. 3. Dirigir la elaboración de la Programación Anual de la Escuela. 4. Realizar el Plan Anual Operativo de la Dirección. 5. Dirigir los Consejos de profesores, de Equipo de Gestión, el Consejo Escolar y otros a

los que le obligue su autoridad. 6. Participar en las reuniones de consejo Escolar, y comunicar a través de profesor asesor

los acuerdos de estas reuniones al Consejo de Profesores. 7. Supervisar el funcionamiento del Comité Paritario de Higiene y Seguridad, y de

cualquier comité, comisión u organización creada por disposiciones legales o necesidades emanadas del PEI.

8. Arbitrar las medidas para que se realicen normalmente las visitas de subvención, de supervisión del MINEDUC como del DEM.

9. Supervisar y evaluar el desarrollo de funciones y tareas del personal Directivo Docente, Docente Técnico y Asistente de la educación.

10. Dirigir y dar cuenta anual de la administración de los recursos financieros de la Escuela.

11. Remitir al DEM y al MINEDUC, según corresponda, toda la información y documentación establecida en las normativas vigentes y las que le sean requeridas por el ejercicio de la autoridad comunal o ministerial.

12. . Supervisar el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de los Proyectos adjudicados por la Escuela.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

13. Mantener informada al DEM sobre el desarrollo del proceso curricular, administrativo y financiero, como también del funcionamiento general de la Escuela.

14. Supervisar el cumplimiento de las horas contratadas tanto del personal docente como asistentes de la educación.

15. Tramitar los procesos de investigación por quejas o hechos que pueden constituir falta de algún docente o asistentes de la educación, denunciados o informados responsablemente.

16. Informar a las autoridades pertinentes de los accidentes laborales y de los accidentes escolares.

17. Apoyar la gestión de Inspectoría especialmente en lo referido a aplicación de medidas disciplinarias a alumnos.

18. Velar porque los conductos regulares se respeten. 19. En el ámbito administrativo: Organizar, supervisar y evaluar el trabajo de los docentes

y del personal regido por la ley Nº 19.464. 20. Promover una adecuada convivencia en el establecimiento. Liderar y mantener buena

convivencia con la comunidad escolar en materias educacionales y culturales. 21. Recepcionar y administrar los recursos con que cuenta la Escuela. 22. Dirigir todas las actividades sociales, culturales, pedagógicas, etc., del Establecimiento. 23. Fijar y controlar horarios de funcionamiento de la Escuela, Internado y funcionarios de

todos los estamentos. 24. Informar y actualizar oportuna y periódicamente al personal de las normas legales

vigentes y sus actualizaciones. 25. Estimular, facilitar y actualizar el perfeccionamiento de su personal. 26. Dar cumplimiento a las normas e instrucciones emanadas de las autoridades

educacionales. 27. Remitir dentro del año escolar todos los documentos que por reglamentación sean

exigidos. 28. Informar y proponer proyectos de implementación de acuerdo a necesidades del

Establecimiento. 29. Gestionar proyectos de mejoramiento educativo y buscar redes de apoyo. INSPECTOR GENERAL DESCRIPCIÓN DE LA FUNCIÓN Es el Docente Directivo responsable de planificar, organizar, coordinar y supervisar todas las materias referentes a los estudiantes, tanto desde el punto de vista de conducta estudiantil y personal como de sus registros académicos, de los docentes y asistentes de la educación en cuanto al cumplimiento de sus horarios y sus funciones y tareas administrativas y la relación y atención de los apoderados en concordancia con el Proyecto Educativo del establecimiento y su Plan Estratégico. FUNCIONES GENERALES 1. Planificar, organizar, coordinar y supervisar en su sector y jornada, todas las acciones

necesarias para que las actividades de la escuela se desarrollen en un ambiente de orden, respeto y disciplina colaborando con el buen clima organizacional.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

2. Planificar, organizar y controlar en coordinación con sus pares, el desarrollo de las actividades y acciones culturales, sociales y recreativas que impliquen a la comunidad escolar.

3. Promover y coordinar en conjunto con sus pares, la participación de los alumnos en actividades deportivas, culturales, artísticas y sociales, facilitando los medios y recursos y medios necesarios para hacer efectiva la participación tanto dentro del establecimiento como fuera de él.

4. Colaborar con el Director y el Subdirector en las funciones de estos que tengan relación con las funciones y tareas específicas de la Inspectoría General.

CONDUCTAS ESPERADAS 1. Controlar la disciplina del alumnado exigiendo respeto en su relación con sus

compañeros, profesores, funcionarios y personas que se encuentren al interior del establecimiento.

2. Promover y coordinar las actividades extraprogramáticas y en coordinación con sus pares de la Escuela.

3. Coordinar horarios y lugares físicos en las que se realizarán actividades extraprogramáticas.

4. Autoriza y coordina actividades del subcentro de padres. 5. Atender a los alumnos en sus peticiones de documentación e información

administrativa, en las demandas de sus derechos y en casos de accidentes escolares. 6. Controlar el comportamiento del alumnado durante toda su permanencia en la

Escuela. 7. Autorizar la salida extraordinaria de alumnos fuera de la escuela de acuerdo a

normativa y controlar su llegada o las instrucciones de regreso a sus casas. 8. Controlar la puntualidad y presentación al ingreso y salida de los alumnos en los

horarios establecidos. 9. Supervisar el cumplimiento de las obligaciones de disciplina escolar contenidas en el

Reglamento Interno del Alumno. 10. Coordinar, organizar y controlar las labores de los asistentes de la educación de su

sector. 11. Controlar el libro de firma de clases de los docentes. 12. Supervisar el uso y manejo del Libro de Clases por docentes y asistentes de

inspectoría, con especial énfasis, en el cumplimiento de las normas de subvención. 13. Controlar el cumplimiento, de acuerdo a horarios, de los docentes en sus clases

sistemáticas y en sus horas de colaboración 14. Organizar y supervisar la mantención actualizada de las nóminas de alumnos por

curso, de los registros de matrícula, de sus fichas y antecedentes personales y académicos.

15. Controlar el uso y mantención de las salas de clases y su mobiliario y de las distintas dependencias utilizadas por alumnos y docentes en la actividad pedagógica.

16. Controlar el aseo, ornato e higiene del local escolar. 17. Participar con sus pares y la UTP en la organización y control de los procesos de

admisión y matricula. 18. Elaborar en coordinación con la UTP los horarios de clases y de actividades curriculares

del personal docente en función de los requerimientos pedagógicos del proceso de enseñanza – aprendizaje.

19. Mantener informada a la comunidad en temas que les sean atingentes.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

JEFE UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA DESCRIPCIÓN DE LA FUNCIÓN El Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica es el docente técnico responsable de asesorar al Director en la programación y organización de las actividades curriculares y de la coordinación, supervisión y evaluación de las mismas; y encargado de organizar, coordinar y supervisar todo los procesos evaluativos de todos los sectores y subsectores. Diseñar y asesorar a la Dirección en los procesos evaluativos del sistema al interior del establecimiento. FUNCIONES GENERALES 1. Planificar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades correspondientes al

proceso de enseñanza aprendizaje para que éstas sean coherentes con el Proyecto Educativo de la Escuela, con su Plan Estratégico y las políticas comunales.

2. Organizar, coordinar y supervisar todos los procesos evaluativos del establecimiento, especialmente, los referidos a la evaluación de los aprendizajes.

3. Encargado de organizar, coordinar y supervisar todos los aspectos del desarrollo del currículo de la escuela en conformidad a los Planes y Programas vigentes, bases curriculares y al PEI.

TAREAS DEL CARGO 1. Supervisar el rendimiento escolar de los alumnos. 2. Asesorar y supervisar a los docentes en su planificación, organización y desarrollo del

proceso de enseñanza- aprendizaje, procurando su optimización. 3. Asesorar y supervisar la integración tanto horizontal como vertical de las

planificaciones curriculares de los distintos sectores y subsectores del plan de estudio y/ o bases curriculares.

4. Asesorar y supervisar a los docentes en la planificación, organización, programación y desarrollo de la evaluación de los aprendizajes.

5. Cautelar que el desarrollo de las actividades de planificación, evaluación y orientación sean coherentes con los planes y programas vigentes/ bases curriculares y poseer medios de verificación física (cronogramas y planificaciones).

6. Programar, coordinar y supervisar las horas curriculares no lectivas. 7. Planificar y supervisar planes y programas especiales. 8. Asesorar y supervisar a los integrantes de la comunidad en la elaboración de proyectos

curriculares. 9. Coordinarse y asesorarse con las instancias técnicas de la DEM y/ o de la Dirección

Provincial cuando lo requieran las circunstancias. 10. Planificar, organizar y supervisar las actividades curriculares de finalización del año

escolar- 11. Elaborar el calendario Anual de Actividades de la Escuela. 12. Participar en la elaboración del horario de clases. 13. Asesorar y supervisar las unidades y departamentos bajo su dependencia. Programar y

coordinar las actividades de colaboración, de educación extraescolar y Biblio- Cra.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

14. Asesorar y supervisar las actividades de sector o subsector de enseñanza. 15. Planificar, organizar y dirigir los Consejos Técnicos. 16. Promover el perfeccionamiento y actualización de los docentes. Programar acciones

referidas a perfeccionamiento y/o capacitación del personal. 17. Supervisar el uso del libro de clases por los docentes, especialmente, en lo referente a

contenidos acordes al plan y a la planificación curricular, calificaciones, evaluaciones, desarrollo del Consejo de Curso y Orientación.

18. Asesorar al Director en el proceso de elaboración del plan de actividades curriculares de la Escuela.

19. Supervisar los instrumentos de evaluación. 20. Acompañar y/o monitorear a los Docentes en el desarrollo de las actividades

curriculares. 21. Cautelar que siempre los alumnos estén atendidos con actividades pedagógicas. 22. Velar por el óptimo rendimiento escolar: dirigiendo, organizando, programando y

evaluando el desarrollo del proceso educativo. 23. Evaluar durante el proceso y al finalizar las acciones curriculares, con el fin de verificar

el nivel de logro y tomar las decisiones pertinentes. 24. Participar en la determinación de la adquisición, recepcionar, distribuir e inventariar

todo el material pedagógico que tiene y adquiere la escuela. 25. Resguardar el uso pedagógico de Biblio-Cra. 26. Asesorar a los docentes de aula en la organización, programación y desarrollo de los

procesos de evaluación de los aprendizajes de sus asignaturas. 27. Cautelar la calidad técnica de los instrumentos de evaluación, especialmente, en

cuanto a validez y confiabilidad. 28. Evaluar los instrumentos de evaluación cuando los resultados indiquen porcentajes

iguales o superiores al 20% de no logro de aprendizajes. 29. Supervisar y apoyar a los docentes de aula en la elaboración de pruebas de nivel. 30. Asesorar en la congruencia y validez de las acciones, procedimientos e instrumentos

evaluativos de los Planes Anuales Operativos de las unidades y de todo proyecto, programa o plan generado en la Escuela.

31. Participar en la planificación de los procesos de curriculares de todos los sectores y subsectores de asignaturas.

32. Asesorar a la Dirección en el diseño y evaluación del currículo de la escuela en concordancia con el Marco Curricular y el P.E.I.

33. Colaborar en la planificación escolar, distribución del alumnado, cursos y docentes por asignatura y niveles.

34. Proponer estrategias de implementación de recursos metodológicos y de medios acordes a la realidad de la escuela y de su P.E.I.

35. Coordinar y asesorar a los docentes de aula en cuanto a la utilización de recursos metodológicos.

ORIENTADOR DESCRIPCIÓN DE LA FUNCIÓN El orientador es el docente técnico responsable de los procesos de Orientación Pedagógica y de los programas especiales del establecimiento vinculadas con orientación a nivel grupal e individual. FUNCIONES GENERALES

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

1. Planificar anualmente, organizar, coordinar y supervisar las actividades de orientación que se realizan en el establecimiento.

2. Apoyar la gestión de las unidades de Inspectoría General y U.T.P en su relación pedagógica y administrativa con los alumnos y los cursos.

TAREAS DEL CARGO 1. Entrevistar a los alumnos de los cursos a su cargo que presenten problemas. 2. Atender y prestar apoyo de orientación a los alumnos con problemas de rendimiento

o problemas comportamentales, registrando su atención e informando a Inspectoría General, a U.T.P. y al profesor(a) jefe(a).

3. Asesorar vocacional, especialmente, a los alumnos de octavo, en forma grupal e individual.

4. Asesorar y supervisar el trabajo de orientación de los profesores jefes según plan y programa de orientación.

5. Asesorar y supervisar y colaborar en el trabajo de Orientación de los profesores de asignatura.

6. Entrevistar a los apoderados de alumnos con algún tipo de dificultad y a los apoderados que soliciten entrevista.

7. Organizar, coordinar y supervisar programas especiales de orientación dirigidos ya sea a alumnos, profesores y/ o apoderados.

8. Coordinar y evaluar la instalación y el trabajo de los objetivos transversales y de aquellos objetivos valóricos definidos en nuestro Proyecto Educativo.

9. Participar de los Consejos Técnicos. 10. Elaborar y entregar Plan Anual Operativo en concordancia con el Plan Estratégico del

P.E.I. 11. Trabajar en forma coordinada con los profesores jefes, respaldando el desarrollo de

objetivos transversales. 12. Hacer uso de redes como el Servicio Nacional de Salud, Hospital de Lonquimay para lo

que es salud mental donde participan Doctores, Sicólogos, Asistente Social, con Universidades, O.P.D., SENAME, Centro de Padres, Delegado Escolar de Carabineros y otros.

13. Entrevistar a los alumnos y Apoderados, para superar dificultades detectadas. 14. Derivar a especialista aquellos alumnos cuya situación lo requiera. 15. Orientar la labor pedagógica de la Escuela con los docentes, profesores jefes,

aprovechando al máximo las técnicas de relaciones humanas y de orientación, para lograr el mutuo conocimiento y la sana convivencia entre los que formamos la comunidad educativa.

16. Desarrollar y afianzar en los alumnos hábitos sociales y técnicas de estudio que posibiliten la adaptación a su vida escolar.

17. Reforzar el conocimiento de sí mismo y el desarrollo de la autoestima de los alumnos. 18. Informar a los alumnos acerca de las posibilidades de continuidad de estudios,

Coordinar el proceso de validación de estudios. 19. Realizar visitas a los alumnos, apoderados en sus hogares cuando sea necesario. 20. Solucionar conflictos de los alumnos a través de la mediación con: Profesor Jefe,

Apoderados, Subdirector, Jefe de U.T.P., Director y con el apoyo de: Sicólogo, Asistente Social, u otros si fuese necesario.

21. Gestionar y realizar diferentes talleres para los alumnos, Profesores y Apoderados, con el fin de mantener una sana convivencia escolar.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

22. Coordinar y gestionar la seguridad de los alumnos, personal e infraestructura del establecimiento.

ENCARGADO DE LA DISTRIBUCION DE LA ALIMENTACION JUNAEB Es la persona encargada de la recepción, manejo y entrega de los alimentos provenientes de la JUNAEB Funciones: 1. Será responsable del cumplimiento de las minutas diarias y del informe mensual de

alimentación. 2. Deberá llevar el control y mantenimiento de la bodega en lo referente a víveres y

abarrotes. 3. Mantener la despensa en condiciones óptimas de higiene y aseo. 4. Cautelar que los alimentos se manipulen de acuerdo a minuta y normas de higiene. ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DESCRIPCIÓN DE LA FUNCIÓN Es el responsable de diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión, además es el encargado de diseñar en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de trabajo (por niveles, por cursos, etc.) y la estrategia de implementación del Plan de Gestión. En conjunto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión y sistemáticamente informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación del Plan de Gestión y a la Comunidad Educativa, los avances en la promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia. FUNCIONES GENERALES Atribuciones del Encargado de convivencia escolar: 1. Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un

clima escolar sano.

2. Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.

3. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.

4. Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

5. Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes. FUNCIONES DEL COORDINADOR PIE

1. Coordinar la elaboración, ejecución y evaluación de las distintas etapas y

actividades comprometidas en el PIE.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

2. Conocer la normativa vigente y preparar las condiciones en el establecimiento para

el desarrollo del PIE.

3. Conformar los equipos técnicos y establecer las funciones y responsabilidades de

cada uno de los integrantes del PIE.

4. Informarse de los diversos programas que el establecimiento se encuentra

implementando y colaborar con el equipo de gestión para articular el PIE con dichos

planes y programas (PME).

5. Gestionar el buen uso del tiempo, de los espacios y los materiales comprometidos

en la planificación, liderando la instalación de una cultura de colaboración en el

establecimiento.

6. Asegurar la inscripción de los profesionales en el “Registro Nacional de

Profesionales de la Educación Especial para la Evaluación y Diagnóstico”, de acuerdo

con las orientaciones del MINEDUC y la normativa vigente.

7. Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con

NEE permanentes y/o transitorias.

8. Conocer y difundir el Formulario Único y otros protocolos disponibles a través de la

página web: www.educacionespecial.mineduc.cl

9. Asegurar que el Plan de Apoyo Individual (PAI) del estudiante considere los

resultados de la evaluación diagnóstica registrada en el Formulario Único.

10. Establecer una relación de colaboración con el Departamento Provincial de

Educación y mantenerse informado.

11. Velar por la confidencialidad y buen uso de la información de los alumnos y sus

familias.

12. Monitorear permanentemente los aprendizajes de los estudiantes.

13. Asesorar y hacer seguimiento al uso del Registro de Planificación y Evaluación PIE.

14. Participar en los equipos de observación de clases, retroalimentar, etc.

15. Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE, implementando, entre

otras medidas, estrategias para conocer la satisfacción de los usuarios.

16. Coordinar acciones de capacitación, a partir de las necesidades detectadas en las

comunidades educativas, en función de las NEE de los estudiantes.

17. Cautelar el cumplimiento del número de horas profesionales que exige la

normativa, asegurando las 3 horas cronológicas destinadas al trabajo colaborativo

para los profesores que se desempeñan en cursos con estudiantes en PIE.

18. Disponer sistema de comunicación con la familia, para que éstas cuenten con

información oportuna sobre la implementación de estrategias coherentes con las NEE

que presenten sus hijos e hijas. Además, estén informadas y participen en el Plan de

Apoyo Curricular Individual (PACI) de su hijo/a.

19. Liderar y coordinar procesos de demostración de la práctica pedagógica asociada

al PIE (estrategias de trabajo colaborativo; evaluación diagnóstica integral de calidad)

a fin de difundir buenas prácticas, y como medio de capacitación de otros docentes

del establecimiento y de otros establecimientos.

COORDINADOR SUBVENCIÓN ESCOLAR PREFERENCIAL

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

DESCRIPCIÓN OBJETIVO DEL CARGO: 1. Coordinar y procurar la entrega de apoyo técnico pedagógico y velar por la

implementación efectiva del Plan de Mejoramiento Educativo de la Escuela.

DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES: 2. Lidera en conjunto con jefa de UTP el diagnostico, la elaboración, implementación

y evaluación de PME del establecimiento.

3. Mantiene informado al equipo de gestión sobre la implementación.

4. Mantiene registro actualizado de los alumnos Prioritarios del establecimiento.

5. Mantiene catastro actualizado de resultados del establecimiento de las

evaluaciones diagnosticas, intermedias y finales de establecimiento.

6. Atiende y orienta a profesores, personal SEP, apoderados y estudiantes, con tal de

responder consultas referentes a la SEP.

7. Se responsabiliza de revisar, aprobar, y/o rechazar toda adquisición solicitada por el

Establecimiento acorde a lo considerado en sus respectivo PME y a la normativa legal

vigente.

8. Cumple con otras tareas encomendadas por la jefatura, inherentes a su función.

ROLES Y FUNCIONES DE LOS DOCENTES 1. DESCRIPCIÓN DEL DOCENTE DE AULA El docente es el profesional de la educación responsable de la conducción del proceso de enseñanza aprendizaje al interior del aula y el principal promotor de los aprendizajes de los alumnos. Para cumplir con esta misión se espera que cumpla con las siguientes características: 1. Ser una persona moralmente íntegra, culta y comprometida con su labor educativa. 2. Interesado en un perfeccionamiento permanente como docente y ser humano. 3. Tener espíritu participativo con todo su quehacer pedagógico. 4. Manifestar una actitud de respeto y apertura a los principios básicos que conforman la

sociedad. 5. Adherir a los valores, visión y misión de la Escuela propuestos en el Perfil del Proyecto

Educativo

PERFIL DEL PROFESOR DE NUESTRA ESCUELA.

Docentes: 1.- Docente reflexivo, innovador, autocrítico, con iniciativa y abierto al cambio. 2.- Profesor con dominio, apropiación y aplicación del Marco curricular, Marco para la Buena Enseñanza, Marco para la buena Dirección. 3.- Profesor con dominio, apropiación, aplicación y compromiso con el PEI, PME, PIE, Reglamento de Convivencia, Reglamento de Evaluación, Plan de Seguridad, Proyecto de Jornada escolar completa. 4.- Profesor en constante auto-perfeccionamiento y perfeccionamiento.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

5.- Profesor que atienda las diferencias y necesidades individuales en el modelo Instruccional y Evaluativo. 6.- Profesor leal y con un alto compromiso con las metas institucionales del P.E.I., PME Y PIE. 1.1. SOBRE LOS DERECHOS 1. Ser respetado en su integridad personal (física y psicológica) por parte de todos los

miembros de la comunidad. 2. Ser respetado en su vida privada, la que no deberá interferir en aspectos de desarrollo

profesional. 3. Ser valorado, respetado y reconocido por su desempeño profesional, tanto en la

percepción social, como en el fortalecimiento de su autoridad. 4. Tener las condiciones para desarrollarse en su profesión, potenciando sus capacidades

en pro de la calidad del desempeño profesional y su directa incidencia en las prácticas docentes.

5. Tener acceso a los espacios y recursos que ofrece la institución, con fines pertinentes a la labor docente.

6. Disponer del multicopiado de pruebas y Guías de estudio, con fines pertinentes a la labor docente.

7. Gozar de los permisos administrativos legales para ausentarse de la función docente, cuando lo solicite.

8. Ser atendido con respeto al presentar sus quejas e inquietudes ante las autoridades de la Escuela, siguiendo el conducto regular.

9. Recibir información de manera oportuna por parte de la instancia que corresponda de las distintas decisiones y actividades, sean estas de tipo administrativo, pedagógico y/o de seguridad.

10. Ser informado oportunamente por la autoridad pertinente de toda situación que involucre el cuestionamiento a su quehacer profesional y/o a su dignidad personal, cualquiera sea su origen.

11. Ser informado acerca de los procesos de evaluación docente en cuanto a su programación, organización, planificación y resultados, en conformidad a las pautas oficiales del MINEDUC

12. Tener acceso al debido proceso de investigación, apelación y reparación, en relación a los procesos de Evaluación Docente, al cuestionamiento de su quehacer profesional y a su dignidad personal.

13. Tener derecho a la información de los procesos internos de evaluación y/o decisiones de carácter administrativos, en especial en situaciones de conflicto con alumnos y apoderados.

14. Ser informado acerca de aspectos administrativos tales como: remuneraciones, bonos, asignaciones, asuntos contractuales y otros por parte de la autoridad pertinente.

15. Participar en la toma de decisiones que involucren aspectos disciplinarios y evaluativos que afecten a los alumnos.

16. Participar en la toma de decisiones de asuntos pedagógicos y de buen funcionamiento del establecimiento, donde los roles y funciones estén claramente definidos.

17. Tomar decisiones pertinentes a la función docente específica del proceso de aprendizaje en cuanto a la metodología, tipo de evaluaciones, contenidos u otros, respetando la programación y políticas del establecimiento.

18. Participar en reuniones de carácter gremial, técnico pedagógicas y administrativas cuando la situación lo amerite.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

19. Tener asignación de horas para ejercer eficientemente al cargo de docente de aula, profesor jefe.

20. “Los profesionales de la educación tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo tienen derecho a que se respete, su integridad física psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios degradantes o maltrato psicológico por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio incluyendo lo tecnológicos y cibernéticos, en contra de los profesionales de la educación, tendrán atribuciones para tomar medidas administrativas y disciplinarias para imponer el orden en la sala, pudiendo solicitar el retiro de alumnos, la citación del apoderado y solicitar modificaciones al reglamento interno escolar que establezca sanciones al estudiante para propender al orden del establecimiento” Articulo N° 8 de La Ley N° 20.501 Calidad y equidad en la educación en vigencia a partir del 26 de febrero de 2011.

21. A participar del Consejo de profesores, con voz y voto 22. A desarrollar libremente sus actividades pedagógicas respetando las normas

establecidas en el Marco curricular, Marco de la buena enseñanza, Marco de la buena dirección y Proyecto Educativo del Establecimiento.

23. A impetrar beneficios económicos y alimenticios en los cometidos o comisiones de servicio efectuados fuera de su lugar de origen.

1.2. SOBRE LOS DEBERES 1. Realizar diligentemente el trabajo docente con el fin de lograr que el Establecimiento

pueda cumplir con los fines de la educación. 2. Respetar al alumno en sus distintas etapas de desarrollo, favoreciendo su desarrollo

integral. 3. Colaborar con el respeto a las normas y la sana convivencia dentro de la sala de clases

y el establecimiento en general. 4. Mantener trato respetuoso y deferente con todos los integrantes de la comunidad

educativa, respetando su calidad de personas y sus respectivos roles. 5. Proteger los derechos de los alumnos cuando estos sean vulnerados al interior de la

familia y/o del establecimiento, informando oportunamente a las autoridades pertinentes de la escuela.

6. Mantener sobriedad y corrección en su presentación personal. 7. Respetar y cumplir con la carga horaria y jornada de trabajo asignadas de acuerdo con

la normativa vigente, en conformidad con el nombramiento que posea. 8. Asistir y participar puntual y responsablemente en las actividades a las que fuere

convocado, que tengan directa relación con la función docente y competencia del cargo dentro de la jornada laboral.

9. Asistir a Consejos de Profesores y reuniones técnicas, participar del debate, análisis de las materias que se traten y en la toma de decisiones técnico-pedagógicas.

10. Conservar la debida confidencialidad de toda aquella información relacionada con los acuerdos de los Consejos de Evaluación, Consejos de Profesores u otras instancias semejantes.

11. Iniciar y terminar puntualmente sus clases de acuerdo a horario establecido. 12. Realizar las clases de acuerdo a una planificación curricular de aula concordante con la

planificación curricular de la asignatura, las técnicas y métodos de enseñanza. 13. Registrar en el libro de clases, los objetivos de aprendizaje, contenidos, sistema

metodológico y evaluativo a aplicar en la asignatura.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

14. Registrar en el Libro de clases oportunamente objetivos y/o actividades realizadas en el curso asignado y con coherencia con los objetivos de aprendizaje.

15. Registrar en el libro de clases al inicio de la sesión, junto con su firma, la asistencia de los alumnos.

16. Evaluar con los procedimientos e instrumentos técnicos pertinentes el aprendizaje de los alumnos.

17. Informar a los alumnos y registrar en el libro de clases en un plazo de diez (10) días hábiles las calificaciones obtenidas por ellos en las distintas instancias evaluativos, ya sea orales, escritas, individuales o grupales.

18. Analizar los resultados de las evaluaciones con el curso, explicar las respuestas o pautas de especificaciones, atender y resolver las dudas y reclamos en un marco de respeto mutuo.

19. Registrar en la hoja personal del alumno ubicada en el libro de clases, las observaciones que estime relevantes para el conocimiento del desarrollo actitudinal y valórico que forman parte del perfil del PEI.

20. Mantener actualizados los registros académicos y administrativos de acuerdo a las fechas y plazos establecidos por UTP e Inspectoría General.

21. Atender individualmente a los alumnos y a sus apoderados cuando lo estime conveniente o cuando le sea solicitado por uno de ellos, en el horario establecido para ese fin.

22. Asumir Jefaturas de Curso y/o de comisiones cuando sea nominado. 23. En caso de requerir permiso administrativo, cursar en Dirección, por lo menos con 24

horas de anticipación. 24. Avisar y justificar oportunamente a dirección o Inspectoría General sus atrasos y/o

inasistencias. 25. Comunicar a secretaria de Dirección todo cambio de domicilio, número telefónico,

correo electrónico u otro antecedente de importancia para el buen funcionamiento de la Escuela.

26. Cuidar y promover en los alumnos el cuidado de las instalaciones del Establecimiento (Biblioteca, Sala de computación, salas de clases, sala de profesores, etc.)

27. Solicitar en UTP la autorización para el multicopiado de Guías y evaluaciones de acuerdo a formato institucional, con al menos 24 horas de anticipación.

28. Participar en reuniones técnicas, de reflexión pedagógica y planificación especifica de su función.

29. Mantener comunicación permanente con los Padres y Apoderados de sus alumnos en reuniones de sub-centro, proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso Enseñanza-Aprendizaje, disciplina y orientación de sus hijos y/o pupilos.

30. Asumir una acción conciliadora en comportamiento contradictorio entre los alumnos y con sus profesores.

2. DESCRIPCIÓN DEL PROFESOR DE TURNO: El profesor de turno es el docente responsable de resguardar la disciplina del establecimiento en concordancia con los principios y normativas contenidas en el manual de convivencia escolar. 2.1 SOBRE LOS DERECHOS: 1. Trabajar de acuerdo al horario establecido.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

2. Solicitar al personal Asistente de la Educación, cuando la situación lo amerite, la mantención de la limpieza y orden del establecimiento.

3. Informar a la Dirección, la ausencia de un Profesor para que el curso sea atendido por una persona competente.

4. A ser apoyado en la toma de decisiones y respetado por toda la comunidad educativa. 5. A ser informado de la ausencia de un profesor 2.2 SOBRE LOS DEBERES: 1. Deberá llegar 10 minutos antes de la jornada de inicio de clases. 2. Velar por la mantención: aseo, limpieza y cuidado de la infraestructura del

Establecimiento. 3. Cautelar que el juego de los niños durante los recreos sean en forma sana y

disciplinada. 4. Los turnos serán cada 6 semanas, participando 4 docentes en cada turno, asumiendo

uno en forma titular y los otros como ayudante de turno. 5. Acompañar desayunos y almuerzos. 6. El docente titular del turno debe liderar la formación de inicio de semana. Organizar

los días lunes un breve acto interno y entregar recomendaciones generales, destacando algunas efemérides y hechos relevantes, apoyado por sus compañeros de turno.

3. PERFIL O DESCRIPCIÓN DEL PROFESOR JEFE El profesor Jefe de Curso es el docente responsable de la organización y conducción de un grupo curso y de sus apoderados en concordancia con los principios y normativas contenidas en el manual de convivencia escolar. Para cumplir con esta misión se espera que cumpla con las siguientes características: 1. Liderazgo 2. Ejercer autoridad de manera reflexiva, respetuosa y pacífica. 3. Compromiso con el trabajo con alumnos, apoderados, Orientación, equipo de

convivencia escolar e Inspectoría General. 3.1. SOBRE LOS DERECHOS 1. Recibir apoyo permanente de parte de la dirección del establecimiento. 2. Contar con asesoría/apoyo de profesionales cuando lo requiera su función de

profesor jefe. 3. Contar con el apoyo permanente de la Inspectoría General correspondiente a su curso

para el manejo de aspectos disciplinarios. 4. Recibir notas y/o evaluaciones de las diferentes asignaturas de los alumnos de su

curso para poder entregarlos en reuniones de apoderados. 3.2. SOBRE LOS DEBERES 1. Desarrollar el programa de orientación y consejo de curso y asesorar a la directiva

conforme a los lineamientos entregados en Orientación y/ UTP. 2. Asistir a entrevistas o reuniones citadas por dirección para revisar situaciones

personales o grupales de su curso.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

3. Al inicio del año escolar, recoger antecedentes personales y familiares de sus alumnos y registrarlos en el Libro de clases.

4. Organizar y conducir el grupo curso para promover el desarrollo individual de los alumnos como miembro de un grupo y de una comunidad educativa.

5. Organizar y conducir a los apoderados en sus tareas de apoyo a sus pupilos y a la labor educativa del establecimiento.

6. Organizar al curso para promover el desarrollo de los valores definidos en el PEI y elevar el nivel académico de los alumnos para responder a las exigencias académicas contenidas en el PEI.

7. Cautelar el rendimiento y conducta de los alumnos a través de un seguimiento periódico de los registros del Libro de Clases y de la Ficha Personal del alumno.

8. Entrevistar al inicio del año a cada alumno de su curso, con su apoderado y dejar constancia en la ficha escolar a fin de recabar información que permita un buen trabajo con el alumno.

9. Informar y/ o derivar a Inspectoría General, UTP, Orientación o departamento de convivencia escolar, según corresponda a los alumnos con problemas que superen sus funciones y responsabilidades.

10. Elaborar o controlar según sea necesario los registros académicos de término y de final de año y los informes correspondientes al curso.

11. Preparar y entregar puntualmente informe semestral de su curso para ser analizado en Consejo de Evaluación.

12. Promover en los apoderados la formación del subcentro de apoderados del curso. 13. Realizar las reuniones ordinarias de apoderados de acuerdo al calendario interno y las

extraordinarias a las que cite o le sean solicitadas por la Directiva del Subcentro previo informe y autorización de espacio por Inspectoría General.

14. Informar y comentar con los apoderados el PEI, el Manual de Convivencia y todas aquellas informaciones y normas referidas a los alumnos y que sean relevantes para los apoderados, dejando su registro en el Libro de Clases.

15. Informar a los apoderados de decisiones tomadas respecto de su pupilo en función del Manual de Convivencia.

16. Ser mediador, cuando sea necesario, entre alumnos de su curso y profesores de asignatura.

ROLES Y FUNCIONES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN 1. PERFIL O DESCRIPCIÓN DEL ASISTENTE DE LA EDUCACION 1 Asistente respetuoso, acogedor y comprometido con alumnos, profesores, apoderados, sus pares y comunidad en general. 2.- Asistente con gran disponibilidad a los quehaceres que se le encomienden. 3.- Asistente partícipe en la labor formativa y educativa. 4.- Asistente con un Vocabulario acorde con la labor educativa. 5.- Asistente con buena presentación personal. 6.- Asistente que respete y valore la cultura mapuche u otras Etnias DESCRIPCIÓN DEL ASISTENTE DE LA EDUCACION DE INSPECTORIA El Asistente de Inspectoría de la Escuela es un funcionario dependiente de Inspectoría General, colaborador de las actividades docentes y administrativas inherentes a la

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

docencia. Tiene como responsabilidad apoyar el proceso de enseñanza aprendizaje del establecimiento, en labores relacionadas con Inspectoría y Secretaría. Para cumplir con este cargo, se espera que tenga las siguientes cualidades relacionadas con el perfil de nuestro PEI. 1.1. SOBRE LOS DERECHOS 1. A un trato digno y respetuoso de parte de todos los integrantes de la Unidad

Educativa. 2. A realizar sus actividades en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia. 3. A ser escuchado. 4. Contar con las condiciones de trabajo óptimas, tales como oficina, baños, material de

apoyo y otros. 5. Tener acceso a los espacios y recursos que ofrece la institución, con fines pertinentes a

la labor de asistencia de la educación. 6. Gozar de permiso administrativo con 24 horas de anticipación para ausentarse de sus

funciones, cuando lo solicite. 7. Ser atendido con respeto al presentar sus quejas e inquietudes ante las autoridades de

la Escuela, siguiendo el conducto regular. 8. Recibir información de manera oportuna por parte de la instancia que corresponda de

las distintas decisiones y actividades, sean estas de tipo administrativo, pedagógico y/o de seguridad.

9. Ser informado oportunamente por la autoridad pertinente de toda situación que involucre el cuestionamiento a su quehacer profesional y/o a su dignidad personal, cualquiera sea su origen.

10. Tener derecho a la información de los procesos internos de evaluación y/o decisiones de carácter administrativos, en especial en situaciones de conflicto con los alumnos y apoderados.

11. Ser informado acerca de aspectos administrativos tales como: remuneraciones, bonos, asignaciones, asuntos contractuales y otros por parte de la autoridad pertinente.

12. Participar –en la instancia pertinente- de la elaboración y actualización del Manual de Convivencia.

1.2. SOBRE LOS DEBERES

1. Hacer buen uso del material y bienes de la Institución 2. Velar por el buen uso de los timbres y otros sellos propios de la Escuela. 3. Velar por la mantención del aseo y presentación de las dependencias del

establecimiento. 4. Timbrar, firmar, marcar, libro o reloj control al inicio y término de su jornada. 5. Atender en forma respetuosa y amable a todos los miembros de la comunidad

educativa y público en general. 6. Dar aviso dentro de las 24 hrs. a la Inspectora General que corresponda si está

enfermo o imposibilitado de asistir a sus labores. En ausencia de Inspector General acudir a dirección.

7. Los asistentes de la educación que cumplen funciones en la Inspectoría general, tienen a su cargo la supervisión de los recreos de los alumnos. Al término de éste o al cambio de hora despejarán los patios para que los alumnos reinicien sus actividades oportunamente.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

8. El asistente encargado del piso deberá revisar todas sus dependencias e informar a la Inspectoría General las irregularidades detectadas al inicio de la jornada (aseo mal realizado, desperfecto o pérdida).

9. Atender en la inspectoría a los alumnos solo por problemas inherentes a sus funciones.

10. Preocuparse de los cursos sin profesor/a e informar a Inspectoría General. 11. No entregar libros de clases y planillas a los alumnos. 12. Colaborar en forma rápida y efectiva con Inspectoría General, en caso de

emergencia. 13. Controlar la entrada y salida de los alumnos del establecimiento 14. No podrá hacer abandono de su lugar de trabajo o de sus funciones sin la

autorización previa de su jefe directo. En su ausencia acudirá al Docente Superior que corresponda.

15. Según ley 20.105. Artículo 10.- Se prohíbe fumar en el establecimiento de educación prebásica, básica y media.

16. Cumplir su horario de trabajo. Si por algún motivo llega atrasado/a o falta a sus labores no podrá recuperar el tiempo perdido.

17. Asistir a las citaciones que la autoridad realice: Consejos Generales, reuniones de trabajo, otras.

18. Colaborar y participar en las actividades académicas relacionadas con su función, organizadas por la institución dentro del horario de trabajo.

19. Respetar a todos los miembros de la comunidad, en cuanto su calidad de personas y a sus respectivos roles, asimismo respetar a la institución con sus símbolos y ceremonias.

20. Proteger los derechos de los alumnos cuando estos sean vulnerados al interior de la familia y/o del establecimiento, informando oportunamente a las autoridades pertinentes de la Escuela.

21. Conservar la debida confidencialidad de toda aquella información relacionada con miembros de la comunidad escolar.

22. Cultivar una buena relación con los alumnos y apoderados, manteniendo la formalidad y apego a las normas establecidas en el manual de convivencia escolar.

23. Comunicar a Dirección o Inspectoría General del Establecimiento, según proceda, todo cambio de domicilio, número telefónico u otros datos de importancia para el buen funcionamiento de la Escuela.

24. Conocer, respetar y cumplir los acuerdos contenidos en el Manual de Convivencia 3. ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN DEPENDIENTES DE UTP 3.1. DESCRIPCIÓN DEL ENCARGADO DE BIBLIOTECA Es el funcionario (a) administrativo (a) responsable de atender y controlar los Servicio de la Biblioteca y del Centro de Recursos de Aprendizaje. 1. FUNCIONES GENERALES 1. Atiende los servicios de biblioteca para alumnos, funcionarios y apoderados de

acuerdo a las normativas emanadas de la DEM y de la Dirección del establecimiento. 2. Controla el uso de los servicios de biblioteca al interior de la misma y el estado de la

devolución en situaciones de uso fuera de la biblioteca.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

3. Controla el egreso y salida de equipos del C.R.A solicitados por funcionarios o por alumnos respaldados por un profesor o por un directivo que asume la responsabilidad del equipo.

2. TAREAS 1. Facilita textos y equipos para uso de alumnos, profesores y apoderados en la

biblioteca de acuerdo a normativa vigente. 2. Facilita textos para uso fuera de biblioteca de acuerdo a normas vigentes. 3. Emite y/ actualiza carné de biblioteca al inicio del año escolar. 4. Controla el adecuado uso de los textos y equipos en la biblioteca. 5. Facilita equipos del CRA a profesores o alumnos respaldados por un profesor o

directivo, quien asume la responsabilidad final. 6. Recepciona y controla estado de textos y equipos facilitados. 7. Administra el servicio de impresión y rinde ingresos a Jefatura Administrativa. 8. Supervisa e informa oportunamente de las necesidades de biblioteca y del CRA para su

normal funcionamiento. 9. Mantiene un registro de prestaciones y usos de la Biblioteca y del CRA. 10. Controla las autorizaciones para trabajar en Biblioteca durante horas de clase. 11. Realiza un informe semestral y anual del servicio de Biblioteca y CRA. 12. Realiza el Plan Anual Operativo de Biblioteca y CRA. 3.2. DESCRIPCIÓN DEL ENCARGADO DE CENTRAL DE APUNTES Es la funcionaria administrativa responsable del fotocopiado y central de apuntes. Depende del Jefe de UTP en el ámbito pedagógico; y de Inspectoria general en el ámbito administrativo. 1. FUNCIONES GENERALES

1. Imprime, fotocopia y multicopia con la más absoluta privacidad instrumentos evaluativos, guías u documentos de apoyo pedagógico autorizados por la UTP.

2. Imprime y multicopia documentos y circulares emanados de la Dirección.

2. TAREAS DEL CARGO 1. Imprime, fotocopia o multicopia instrumentos evaluativos autorizados por la UTP o

la Dirección. 2. Imprime, fotocopia o multicopia guías o documentos de apoyo pedagógico

autorizados por la UTP 3. Mantiene un registro de insumos solicitados y ocupados. 4. Informa a jefatura pedagógica de insumos y mantenciones requeridos. 5. Informa semestralmente y anualmente del trabajo realizado. 6. Entrega un inventario anual.

3.3. DESCRIPCIÓN DEL COORDINADOR DE COMPUTACIÓN Es un especialista en computación responsable de la coordinación y mantenimiento de los equipos computacionales al interior de la Escuela. Este funcionario depende directamente del Jefe de UTP, en el ámbito pedagógico y de inspectoria general en el ámbito administrativo.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

1. FUNCIONES GENERALES

1. Coordina los servicios computacionales de las diversas unidades y dependencias de la escuela.

2. Administra el uso de los laboratorios donde el computador es el recurso central para el trabajo pedagógico con los alumnos.

3. Controla el mantenimiento de los equipos computacionales de la escuela. 4. Propone a la dirección la adquisición o renovación de equipos de hardware y

software para un óptimo servicio pedagógico y administrativo. 5. Promueve y asesora, especialmente, entre los docentes el uso de la computación

como recurso de apoyo a la docencia y al trabajo administrativo entre los demás funcionarios.

2. TAREAS DEL CARGO 1. Programa y coordina el uso del laboratorio de computación por los profesores. 2. Investiga y se informa de nuevos usos y recursos computacionales de apoyo a la

docencia y a la mayor eficiencia administrativa de los equipos. 3. Asesora a los profesores antes y durante el uso de los laboratorios. 4. Controla conjuntamente con el profesor el adecuado uso de los equipos por los

alumnos. 5. Coordina y administra el mantenimiento y perfecto estado de uso de los equipos del

laboratorio y del establecimiento en su conjunto. 6. Propone los ajustes técnicos para la racionalización y eficiente uso de los equipos. 7. Asesora, propone y actúa como contrapartida técnica respecto de la adquisición,

renovación, adecuación y reparación de equipos. 8. Elabora el Plan Anual Operativo del laboratorio de computación. 9. Capacita a docentes y administrativos en el manejo de recursos computacionales. 4. AUXILIARES ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN 4.1 DESCRIPCIÓN El auxiliar de servicios menores del establecimiento es funcionario dependiente de Inspectoría General, responsable directo de la vigilancia, cuidado y mantenimiento de los muebles, instalaciones del local escolar y demás funciones subalternas de índole similar. 4.2. SOBRE LOS DERECHOS 1. A ser respetados en su calidad de funcionarios por todos los integrantes de la

comunidad educativa 2. A ser escuchados en sus requerimientos relativos a su función. 3. Contar con los materiales y recursos necesarios para realizar su función en forma

óptima. 4.3 SOBRE LOS DEBERES 1. Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en todas las dependencias del

establecimiento. 2. Abrir o cerrar dependencias del establecimiento. 3. Retirar, repartir mensajes, correspondencia y otros. 4. Realizar reparaciones e instalaciones menores del local. 5. Cuidar y velar por el uso, conservación de materiales, útiles, herramientas y máquinas

del establecimiento.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

6. Desempeñar cuando proceda, atención de portería teniendo como responsabilidad específica: Regular, y vigilar entradas y salidas de las personas al establecimiento.

7. Informar previamente a su superior la solicitud de ingreso de personas, antes de autorizar su entrada.

8. Realizar otras tareas de apoyo a la marcha del establecimiento cuando solicite la Dirección, U. T. P, Inspectoría General.

9. Colaborar en el mantenimiento del orden y el aseo en todas las dependencias del establecimiento.

10. Mantener en todo momento una actitud de respeto, honestidad, y lealtad para con sus superiores: Director, Inspectoría General, U.T.P, Docentes, como asimismo con sus pares, alumnos y Apoderados.

11. Usar un vocabulario acorde al nivel utilizado en un establecimiento educacional. ENCARGADA DE LA DISTRIBUCION DE LA ALIMENTACION JUNAEB. 1. ENCARGADA DE LA DISTRIBUCION DE LA ALIMENTACION JUNAEB Es la persona encargada de la recepción, manejo y entrega de los alimentos provenientes de la JUNAEB 1.1 SOBRE LOS DERECHOS: 1. Derecho a consumir una ración de Escuela, dentro de su jornada de trabajo, según

corresponda. 2. A contar con el apoyo de la Dirección en el desempeño de su función. 3. A ser respetado y controlar el personal que trabaja en el sector a su cargo

(Manipuladoras). 4. A recibir apoyo de todos los estamentos de la Escuela. 1.2 SOBRE LOS DEBERES: 5. Será responsable del cumplimiento de las minutas diarias y del informe mensual de

alimentación. 6. Deberá llevar el control y mantenimiento de la bodega en lo referente a víveres y

abarrotes. 7. Mantener la despensa en condiciones óptimas de higiene y aseo. 8. Cautelar que los alimentos se manipulen de acuerdo a minuta y normas de higiene. FUNCIONES DE ASISTENTES DE SALA: Las asistentes de sala son aquellas personas que asumen actividades de nivel técnico y administrativo complementarias a la labor educativa del profesor dirigida a apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de los diversos departamentos del establecimiento de acuerdo a instrucciones entregadas por el jefe directo. (Profesor del curso – asignatura y/o equipo directivo - directora) Tareas y responsabilidades del cargo:

1. Realizar tareas administrativas de atención a los alumnos y apoderados, organización

de documentación, elaboración de documentación, registros varios, etc.

2. Apoyar en la elaboración y construcción de materiales didácticos, de apoyo para el

trabajo en el aula u otras herramientas de apoyo a la gestión educativa del profesor.

“ Crear Oportunidades es nuestro Compromiso”

3. Apoyar en la formación valórica, pueden corregir actitudes de disciplina, higiene,

puntualidad, dentro y fuera de del aula.

4. Asistir al docente en el desarrollo de clases, actividades de aprendizaje en terreno,

comedor escolar, patios escolares, etc.

5. Colaborar en eventos, ceremonias, levantamientos de escenografías, exposiciones, etc.

6. Cumplir con turnos de atención a los alumnos en comedor escolar, patios, portería,

otros.

7. Administrar los recursos materiales y equipamientos que le sean asignados, salas de

apoyo pedagógico, fotocopias u otros.

8. Colaborar con los docentes en los aspectos técnicos de computación, biblioteca u otras

especialidades.

9. Asumir tareas de control y monitoreo que le sean asignadas: atrasos, asistencias, etc.

10. Apoyar en trabajo en sala de clases en ausencia momentánea de profesores,

orientados y guiados por el Jefe de UTP y/Sub dirección.

11. Realizar tareas que le asigne la dirección dentro o fuera del establecimiento.

12. Informar a sus superiores situaciones irregulares que afecten el desempeño de su

función, de su ámbito de trabajo y/o al establecimiento para la búsqueda de soluciones.

13. Cumplir con el horario indicado en función de la atención de los alumnos.

14. Respetar conductos regulares.