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República Bolivariana de Venezuela Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez Núcleo: Caricuao Curso: Finanzas e Impuestos Sección: “A” Participante: Ascanio Ingrid Duque Enid Garcia Denis Rodriguez Cesar Rodriguez Clara Facilitadora: Lic. Oneida Marcano Caracas, 08/2013

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República Bolivariana de Venezuela

Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez

Núcleo: Caricuao

Curso: Finanzas e Impuestos

Sección: “A”

Participante:

Ascanio Ingrid

Duque Enid

Garcia Denis

Rodriguez Cesar

Rodriguez Clara

Facilitadora:

Lic. Oneida Marcano

Caracas, 08/2013

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Impuestos

Es un tributo que se paga a la

Administración pública y al Estado para

soportar los gastos. Son obligatorios tanto

para las personas naturales como jurídicas.

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Clasificación de los Impuestos

Impuestos DirectosSon aquellos que

recaen sobre la persona,

bien sea natural o jurídica. Impuestos IndirectosSon aquellos que no

recaen sobre la persona

sino sobre los bienes y

servicios.

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Clasificación de los Impuestos

Cotizaciones Sociales

Son cuotas que los

trabajadores y empleadores

deben ingresar al Estado en

concepto de aportación.

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Sistema Tributario en Venezuela

El Sistema Tributario en Venezuela es de suma

importancia, ya que le permite al régimen fiscal del

país poseer una solidez y eficiencia absoluta a la

hora de poner en práctica una planificación que

implique una recolección del tributo a nivel

nacional.

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Registro Estadístico Fiscal

Es el órgano encargado de recopilar,

organizar, analizar e interpretar la información

fiscal suministrada por los poderes públicos,

Institutos Autónomos y Empresas tanto del

ámbito público como privado.

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Objetivo del Registro Estadístico Fiscal

Su principal objetivo es que a través del Ministerio del

Poder Popular para las Finanzas se ponga a disposición

del público en general información correspondiente a

estadísticas fiscales, deuda pública, resultados de

subastas e indicadores económicos, así como datos

sobre cooperación técnica y financiamiento multilateral.

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Seniat

Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria o

(SENIAT) es una institución autónoma, pero sin

personalidad jurídica, adscrito al Ministerio de

Finanzas, encargado de la recaudación de los

tributos.

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Objetivo del Seniat

Su objetivo es la recaudación

y control de tributos para sufragar

los gastos públicos. Esto se debe a

que antes de que existiera este

servicio, (año 1994), el estado

venezolano sólo subsistía con

los ingresos provenientes de larenta petrolera.

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Organización del Seniat

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Tributos

Son “Las prestaciones en dinero que el Estado

exige en ejercicio de su poder de imperio en virtud

de una ley y para cubrir los gastos que le demanda

el cumplimiento de sus fines”.

Dentro de los diferentes tributos podemos

encontrar:

Tributos

Nacionales

Tributos

Estadales

Tributos

Municipales

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Tributos Nacionales

Los Tributos Nacionales comprende un conjunto

de tareas que tienen por finalidad instar a los

contribuyentes a cumplir su obligación tributaria.

Entre ellos podemos encontrar:

ISLR IVASucesiones y

Donaciones

Cigarrillos,

Manufacturas

Tabaco, Licores,

especies

alcohólica

Hidrocarburos y

Minas

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Tributos Municipales

Los municipios a través de su poder, tienen la potestad

de crear sus propias ordenanzas, que han sido asignadas

por la constitución, así lo expresa la Ley Orgánica del

Poder Público Municipal, en su artículo 159.

UrbanosTransacciones

Inmobiliarias

Sobre

Espectáculos

Sobre

Vehículos

Juegos y

Apuestas Licitas

Publicidad y

Propaganda Comercial

Actividades

Económicas

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Tributos Estadales

Los Tributos Estadales comprenden la organización,

recaudación, control y administración de los

ramos tributarios propios, según las disposiciones de las

leyes nacionales y estadales.

Timbres

FiscalesPeaje

Contribuciones

Especiales

Ventas

Minoristas

Transmisiones

Patrimoniales y

Actos Jurídicos

Documentados

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Disposiciones Legales de los Tributos

Dentro de las disposiciones legales se puede

hacer mención a las contempladas en la

Constitución Nacional de la Republica

Bolivariana de Venezuela, en sus artículos:

Art. 133

Art. 156 Numerales: 12 ,13,14

Art. 164 Numeral: 4

Art. 179 Numeral: 2,3,5

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Fuentes de Financiamiento del Sector

Público

Los ingresos públicos pueden definirse de

manera general y sencilla como todas aquellas

entradas de dinero que recibe el Estado y que le

permiten financiar la satisfacción de necesidades

de la colectividad, es decir, que le permiten

financiar el gasto público y cumplir su función

dentro de la sociedad.

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Clasificación de las Fuentes de

Financiamiento del Sector Público

Ingresos Ordinarios

Son aquellos que el

Estado recibe en forma

periódica.

Ingresos

Extraordinarios

Son aquellos que el

Estado no recibe en

forma periódica.

Otros Ingresos Públicos No

Tributarios

Son aquellos que se

obtienen sin que el Estado

procure su recaudación.

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Disposiciones Legales

Tributos Nacionales

Art. 133. Toda persona tiene el deber de

coadyuvar a los gastos públicos mediante el

pago de impuestos, tasas y contribuciones

que establezca la ley.

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Disposiciones Legales

Tributos Nacionales

Art. 156. Num. 12: La creación, organización, recaudación,

administración y control de los impuestos sobre la renta, sobre

sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la

producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los

gravámenes a la importación y exportación de bienes y servicios,

los impuestos que recaigan sobre el consumo de licores,

alcoholes, y demás especies alcohólicas, cigarrillos y demás

manufacturas del tabaco, y los demás impuestos, tasas y rentas

no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución y

la Ley.

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Disposiciones Legales

Tributos Nacionales

Art. 156. Num. 13: La legislación

para garantizar la coordinación y

armonización de las distintas

potestades tributarias, definir

principios, parámetros y

limitaciones, especialmente para

la determinación de los tipos

impositivos o alícuotas de los

tributos estatales y municipales,

así como para crear fondos

específicos que aseguren la

solidaridad interterritorial.

Art. 156. Num. 14: La creación

y organización de impuestos

territoriales o sobre predios

rurales y sobre transacciones

inmobiliarias, cuya recaudación

y control correspondan a los

Municipios, de conformidad con

la Constitución.

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Disposiciones Legales

Tributos Estadales

Art. 164 Num. 4: Es de la competencia de los

estados: la organización, recaudación, control

y administración de los ramos tributarios

propios; según las disposiciones de la leyes

nacionales y estadales.

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Disposiciones Legales

Tributos Municipales

Art. 179 Num. 2, 3 y 5: Los municipios tendrán los siguientes ingresos:

- Las tasas por el uso de sus bienes o servicios; las tasas

administrativas por licencias o autorizaciones; los impuestos sobre

actividades económicas de industria, comercio, servicios, o de índole

similar, con las limitaciones establecidas en la Constitución; los

impuestos sobre inmuebles urbanos, vehículos, espectáculos públicos,

juegos y apuestas lícitas, propaganda y publicidad comercial; y la

contribución especial sobre plusvalías de las propiedades generadas

por cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento con que se

vean favorecidas por los planes de ordenación urbanística.

- El impuesto territorial rural o sobre predios rurales, la participación en

la contribución por mejoras y otros ramos tributarios nacionales o

estadales, conforme a las leyes de creación de dichos tributos.

- El producto de las multas y sanciones en el ámbito de sus

competencias y las demás que les sean atribuidas.