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DISEÑO DE UN PLAN DE GESTIÓN PARA LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (RAEE) PARA CISNE NEGRO INVERSIONES S.A.S EN CUMPLIMIENTO DE LOS DECRETOS 1076 DEL 26 DE MAYO DE 2015 Y 284 DEL 15 DE FEBRERO DE 2018 JORGE ESTEBAN ROJAS TORO KATHERINE JULIETH HERNÁNDEZ CASALLAS UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES INGENIERÍA AMBIENTAL BOGOTÁ, COLOMBIA 2018

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DISEÑO DE UN PLAN DE GESTIÓN PARA LOS RESIDUOS DE APARATOS

ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (RAEE) PARA CISNE NEGRO INVERSIONES S.A.S

EN CUMPLIMIENTO DE LOS DECRETOS 1076 DEL 26 DE MAYO DE 2015 Y 284 DEL 15

DE FEBRERO DE 2018

JORGE ESTEBAN ROJAS TORO

KATHERINE JULIETH HERNÁNDEZ CASALLAS

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

INGENIERÍA AMBIENTAL

BOGOTÁ, COLOMBIA

2018

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DISEÑO DE UN PLAN DE GESTIÓN PARA LOS RESIDUOS DE APARATOS

ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (RAEE) PARA CISNE NEGRO INVERSIONES S.A.S

EN CUMPLIMIENTO DE LOS DECRETOS 1076 DEL 26 DE MAYO DE 2015 Y 284 DEL 15

DE FEBRERO DE 2018

JORGE ESTEBAN ROJAS TORO

KATHERINE JULIETH HERNÁNDEZ CASALLAS

Informe de pasantía para optar por el título de pregrado de

Ingeniero Ambiental

Director Interno

Qco. MG ING. FREDDY LEONARD ALFONSO MORENO

Director Externo

ING. CARLOS ANDRÉS CARDOZO

UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS

FACULTAD DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

INGENIERÍA AMBIENTAL

BOGOTÁ, COLOMBIA

2018

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Contenido

1. Introducción ........................................................................................................................... 7

2. Justificación ........................................................................................................................... 8

3. Objetivos ................................................................................................................................ 9

3.1 Objetivo General…………………………………………………………………………9

3.2 Objetivos Específicos………………………………………………………………...…9

4. Marco Teórico ........................................................................................................................ 9

5. Metodología ......................................................................................................................... 12

5.1 Presentación del Cronograma de Trabajo a Cisne Negro Inversiones S.A.S…..12

5.2 Diagnóstico del Marco Legal………………………………………………………….12

5.2.1 Investigación de la Normatividad Asociada a los RAEE………………..12

5.2.2 Buscar Apoyo con Entidades Estatales que Brinden Directrices

Referentes al Manejo de los RAEE……………………………………………...12

5.2.3 Revisión del Cumplimiento de la Norma en Cisne Negro Inversiones

S.A.S Mediante la Matriz de Requisitos Legales………………………………13

5.3. Síntesis de la Información de AEE y RAEE…………………..…………………...13

5.4 Levantamiento de la Información…………………………………………………….13

5.4.1 Visita a Bodega de Almacenamiento de los Productos…………………14

5.4.2 Visita a Clientes Distribuidores de AEE de la Organización……………14

5.4.3 Reuniones con los gestores ambientales de los Clientes………………14

5.5 Elaboración del Sistema………………………………………………………………15

6. Resultados ........................................................................................................................... 33

6.1 Análisis Legal de la Normatividad Asociada a los Residuos de Aparatos

eléctricos y electrónicos RAEE) …………………………………………………………

6.2 Plan para la Gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Eéctrónicos…..16

6.3 Apoyo a la Implementación del Plan

6.3.1 Reglamentación del Decreto

6.3.2 Manual de Procedimientos del Plan ….………………………………….

6.4 Seguimiento y Monitoreo del Sistema ………………………………………………25

6.5 Desarrollo de un modelo metodológico para el desarrollo de un Plan para la

gestión de los Residuos de Aparatos Eléctrico y Electrónicos ……………….......….36

7. Análisis de resultados .......................................................................................................... 41

8. Conclusiones……………………………………………………………………………………..

9. Recomendaciones………………………………………………………………………….……42

10. Bibliografía ......................................................................................................................... 44

11. Apéndice ............................................................................................................................ 46

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ÍNDICE DE TABLAS

Tabla N° 1: Normatividad vigente en lo relacionado con la Gestión Integral de los Residuos

Eléctricos y Electrónicos para Cisne Negro Inversiones S.A.S.

Tabla N° 2: Umbrales anuales de los AEE priorizados

Tabla N° 3: Códigos de los AEE clasificados según categorías del convenio de Basilea.

Tabla N° 4: Diagrama de flujo del SGyR de Cisne Negro Inversiones.

Tabla N° 5: Indicadores de seguimiento y monitoreo del SGyR de Cisne Negro Inversiones.

ÍNDICE DE FIGURAS

Figura N° 1: Resumen de la metodología del proyecto.

Figura N° 2: Resumen metodología de clasificación usada.

Figura N° 3: Clasificación por uso / procedencia de los AEE/RAEE

Figura N°4: Participación por categorías.

Figura N°5: Lista de AEE clasificada, categorizada y priorizada.

Figura N°6: Indicadores de Gestión y metas de Cumplimiento de los SRyG.

Figura N°7: Fórmula de cálculo del IRG.

Figura N°8: Diagrama de aplicación del tiempo de vida útil.

Figura N°9: Diagrama de la tasa de fallos de los AEE

Figura N°10: Componentes del Sistema de Recolección y Gestión de RAEE para Cisne

Negro Inversiones S.A.S.

Figura N°11: Dinámica del Sistema de Recolección y Gestión de RAEE para Cisne Negro

Inversiones S.A.S

Figura N°12: Esquema de Reglamentación del Decreto 284

Figura Nº 13: Modelo Metodológico para el Diseño de un Plan para la Gestión de RAEE

para Cisne Negro Inversiones S.A.S

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15 DE FEBRERO DE 2018

1. Introducción

CISNE NEGRO INVERSIONES S.A.S es una empresa dedicada al desarrollo de negocios en

diferentes áreas enfocados principalmente a la importación y comercialización de productos

terminados y materias primas. Cuenta con un área dedicada en la investigación de productos,

búsqueda del fabricante, adquisición en fábrica, control de calidad, y recibo directo de la

mercancía.

Los aparatos eléctricos y electrónicos (AEE) se han infiltrado en todos los aspectos de nuestra

vida diaria, proporcionando a la sociedad mayor comodidad, salud y seguridad, facilitando la

adquisición y el intercambio de información. No obstante, las constantes innovaciones

tecnológicas, unidas al aumento del consumismo, aceleran la sustitución frecuente de dichos

productos. En consecuencia la generación de residuos Aparatos Eléctricos y Electrónicos

(RAEE) crece de manera exponencial y su tratamiento se hace obligatorio para disminuir las

graves consecuencias ambientales que conlleva este consumismo desmesurado. (ACRR,

2003)

El 26 De Mayo de 2015 se expidió el decreto 1076 mediante el cual surge el Decreto Único

Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, el cual en su capítulo 7A

(Adicionado por el Decreto 284 del 15 de Febrero de 2018) del libro 2, parte 2; dicta las

disposiciones generales acerca de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos. Cisne

Negro Inversiones S.A.S en cumplimiento de la norma y resaltando su compromiso ambiental

quiere determinar cuáles son sus responsabilidades como importador de Aparatos Eléctricos

y Electrónicos en la gestión de los Residuos Aparatos Eléctricos y Electrónicos y tomar las

acciones pertinentes con el fin de satisfacer las exigencias de la normatividad.

Para la realización del proyecto se requiere una revisión exhaustiva de la norma asociada a

la gestión de los Residuos Aparatos Eléctricos y Electrónicos, con el fin de realizar una matriz

de cumplimiento legal para determinar la responsabilidad que tiene la empresa referente a

los Residuos Aparatos Eléctricos y Electrónicos. Posteriormente elaborar un plan de gestión

para estos residuos y ejecutar las acciones que correspondan para dar cumplimiento a la

norma.

Dado el corto periodo de tiempo de vigencia de la norma, hay que buscar apoyo en las

entidades estatales que puedan brindar conceptos acerca del alcance de este decreto, en

consecuencia se dejarán algunas recomendaciones para la implementación de este decreto

en las organizaciones afines a la labor de la empresa.

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2. Justificación

Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) representan una de las fuentes de

contaminación más críticas a nivel nacional, dada su amplia distribución y su corta vida útil

comprenden un grueso volumen que llegan a rellenos sanitarios, botaderos, fuentes hídricas

o se incineran y en consecuencia deterioran gravemente los recursos naturales lo que

evidencia las deficiencias en la política pública y los controles que se deben tener para una

correcta disposición. Hasta Febrero del presente año se expidió la norma que busca regular

y promover la correcta gestión de los RAEE (Decreto 284 de 2018) sin embargo, con poca

pedagogía limita el accionar de las organizaciones frente a la norma y así mismo desconoce

los alcances de la misma pues no se tiene claridad acerca de las responsabilidades de las

organizaciones.

Los daños generados al ambiente por los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

(RAEE) adquieren cada día mayor importancia por convertirse en una de las fuentes más

significativas de contaminación en la última década. Situación que se refleja en los rellenos

sanitarios, debido a las cantidades y características tóxicas de los componentes que los

conforman; por la inexistencia de líneas de reciclaje y/o de aprovechamiento para los RAEE

en nuestro país, en su gran mayoría son exportados a países como México o simplemente

son llevados a rellenos sanitarios o botaderos sin tratamiento alguno donde se mezclan con

los demás residuos y potencializan así aún más los riesgos para la salud de las personas y

daños al ambiente. (Amaya, 2009)

El creciente desarrollo tecnológico, con su avasallante oferta de dispositivos y servicios, unido

a la táctica de obsolescencia programada, necesariamente trae como consecuencia un

volumen inusitado de basura tecnológica que en ocasiones no tiene un tratamiento adecuado,

y conlleva un grave riesgo ecológico. Es valedero hacer un alto en el camino para reflexionar

sobre este aspecto a partir de temas como el consumismo, el reciclaje y la reutilización. (Vega,

2012)

Las iniciativas de inclusión digital a partir del reciclaje tecnológico no se pueden desvirtuar,

tales iniciativas están en la búsqueda de la universalización del acceso y uso de las TIC, pero

es necesario analizar si este hecho permite una inclusión digital rezagada, en condiciones de

desigualdad de oportunidades, y si, por consiguiente, alimenta la ampliación de la brecha

digital en aspectos técnicos. (Vega, 2012)

Es evidente que nuestro país no cuenta con la infraestructura y logística necesaria para el

tratamiento de los RAEE debido al alto desconocimiento acerca del tratamiento de estos

residuos y la ausencia de oportunidades que permitan aprovechar los componentes valiosos

de estos. El desconocimiento de los métodos de caracterización de los RESPEL es una de

las causas principales que impiden el desarrollo de la infraestructura necesaria para el manejo

de los RAEE, de ahí la importancia de incluir estas metodologías, fortalecer la norma y la

institucionalidad relacionada a la gestión integral de los residuos sólidos.

Este es un desafío muy importante para nuestro país y en general para América Latina; Tal

desafío deviene de la composición de estos dispositivos (RAEE): contienen diversos

elementos tóxicos, que al final de su vida útil requieren un tratamiento adecuado para prevenir

un impacto negativo en la salud de las personas y el medio ambiente. (RELAC, 2009)

La superación de la Brecha Digital entre los países en desarrollo y aquellos desarrollados ha

promovido el ingreso desmedido de todo tipo de aparatos eléctricos y electrónicos, sin

mesurar las externalidades negativas que trae consigo tal aumento en el uso de este tipo de

dispositivos.

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15 DE FEBRERO DE 2018

Cisne Negro Inversiones S.A.S es una organización dedicada al desarrollo de negocios en

diferentes áreas enfocados principalmente a la importación y comercialización de productos

terminados y materias primas. Como organización que trabaja con Aparatos eléctricos y

Electrónicos debe acogerse a la normatividad asociada y en consecuencia realizar los ajustes

que sean necesarios para cumplir con esta y mejorar el desempeño ambiental aportando a la

problemática previamente mencionada.

Es importante resaltar que la norma es bastante reciente y por lo tanto no se ha establecido

el tratamiento a sus requerimientos, por ello la empresa, que cuenta con un área de

investigación de sus productos, desea implementar la norma para encaminarse a una mejor

gestión ambiental.

Es por ello que el presente proyecto quiere determinar el alcance de la norma para estas

empresas al determinar su aplicabilidad y realizar los ajustes pertinentes, dejando como

resultado un Plan para la Gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos con

los que contribuye la organización. Este Plan estará conformado por varios informes de las

actividades realizadas, un Sistema de Gestión de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (SRyG)

y un Manual de aplicación de dicho Sistema.

3. Objetivos

3.1. Objetivo General

Elaborar un Plan para la Gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

enfocado en el cumplimiento del Decreto 284 del 15 de febrero de 2018.

3.2. Objetivos Específicos

● Realizar una revisión exhaustiva de la norma legal asociada a los Residuos de

Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) para determinar el alcance y aplicabilidad

de la misma a la organización Cisne Negro Inversiones S.A.S.

● Desarrollar un modelo metodológico para el desarrollo de un Plan para la Gestión de

los Residuos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en Cisne Negro Inversiones S.A.S.

● Apoyar la implementación del Plan para la gestión de los Residuos de Aparatos

Eléctricos y Electrónicos (RAEE) en la organización Cisne Negro Inversiones S.A.S.

4. Marco Teórico

El procesamiento de equipos eléctricos y electrónicos de desecho (RAEE) es un problema

creciente y un desafío mundial debido a que se genera un enorme volumen de RAEE en todo

el mundo. Los RAEE suelen contener materiales valiosos y valiosos, además de algunos

componentes peligrosos, que podrían generar beneficios económicos y ambientales si se

reciclan adecuadamente. En los últimos años, Europa y China han desarrollado regulaciones

específicas para abordar el desafío de la gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y

Electrónicos (RAEE). Los hogares de la China urbana actual están equipados de manera

similar con aparatos eléctricos y electrónicos que los hogares de las áreas metropolitanas

europeas, lo que a su vez generará tasas de generación per cápita similares en RAEE. Si

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bien el desafío es similar, los sistemas, las tecnologías y la legislación vigente en Europa y

China son parcialmente diferentes, en parte alineados entre sí.

En Europa, la recolección de RAEE se basa en las estructuras municipales existentes.

Además, hay canales minoristas y otros canales de devolución. En China, el sector informal

domina la recolección de RAEE, es más competitivo y flexible y ofrece un reembolso

pecuniario a los consumidores. (S. Salhofer, 2016)

En Europa, el desmantelamiento manual como primer paso de tratamiento ha sido

reemplazado gradualmente por la rotura mecánica de los aparatos, seguido de la clasificación

de los componentes peligrosos y valiosos. En el segundo nivel de tratamiento posterior, se

separan los tubos de rayos catódicos, por lo que los materiales compuestos como motores y

bobinas se tratan mecánicamente, las placas de circuitos impresos van a fundiciones

especiales, y los plásticos se separan y se reciclan parcialmente. En China se han establecido

grandes capacidades formales de desmantelamiento en los últimos años. Las prácticas de

desmantelamiento siguen principios similares a los de las plantas europeas; sin embargo, el

procesamiento adicional solo se implementa parcialmente en las instalaciones de reciclaje de

China. El tratamiento específicamente metalúrgico de las placas de circuito impreso todavía

no existe en China. (S. Salhofer, 2016)

Las compañías que venden productos eléctricos y electrónicos dentro de la UE están

obligadas a organizar la recolección y el tratamiento. Esto ha llevado a un mayor número de

organizaciones de responsabilidad del productor. Financiados y controlados por productores

e importadores, estos sistemas tienen como objetivo cumplir con los requisitos legales a

costos optimizados sujetos al cumplimiento de las normas ambientales y los requisitos de

monitoreo. El sistema chino se basa en un fondo controlado por el estado que subsidia a los

recicladores formales. Para estos recicladores, este apoyo financiero es esencial para

competir con los recicladores informales, que operan a un costo menor y no necesariamente

cumplen con los estándares ambientales. (S. Salhofer, 2016)

Australia es uno de los diez principales consumidores de productos eléctricos y electrónicos

(EE) en el mundo; sin embargo, la legislación para la gestión de los RAEE (Residuos de

aparatos eléctricos y electrónicos) está en su infancia y ha recibido una revisión mínima. Un

análisis comparativo de las prácticas de gestión de RAEE en Australia frente a Japón y Suiza;

indica que la gestión de RAEE de Australia no es efectiva. La tasa y los tipos de RAEE

generados en Australia exceden con creces las medidas prescritas en la legislación para

abordar o incluso frenar el problema. Los cinco temas clave se identificaron en torno a las

funciones y responsabilidades de los interesados; alcance de las categorías de RAEE

legisladas para recuperación y reciclaje; compromiso público y accesibilidad a los servicios;

objetivos de reciclaje y recuperación de materiales; y la auditoría y el cumplimiento de los

flujos de materiales dentro del sistema. Nuestros hallazgos sugieren que Australia tiene la

capacidad de abordar las cinco áreas prioritarias clave dentro del marco legal actual y lograr

una gestión efectiva de RAEE en línea con los principales ejemplos de práctica de Japón y

Suiza. (A. Morris, 2016)

Suiza tiene un sistema de reciclaje bien establecido que funciona desde 1992. Con 15 kg de

RAEE recogidos por habitante en 2011, Suiza es uno de los países líderes en la recolección.

Sin embargo, los pequeños dispositivos electrónicos y los equipos informáticos y de

telecomunicaciones que no constituyen una masa significativa en RAEE en general plantean

mayores desafíos para la recolección y el reciclaje debido a su tamaño y estructura disipativa.

Entre estas categorías, las computadoras portátiles y los teléfonos móviles se destacan con

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una tasa de penetración creciente, una vida útil decreciente y una composición compleja con

altas concentraciones de metales preciosos en volúmenes relativamente pequeños. Este

estudio investigó el reciclaje de RAEE en Suiza con un enfoque particular en flujos de

materiales de laptops y teléfonos móviles, así como cobre, plata, oro y paladio originado de

estos productos en 2011. El análisis de flujo de materiales reveló tasa de recolección para

laptops y teléfonos móviles como 35 y 37% y las tasas de tratamiento como 28% y 15%,

respectivamente. Las tasas globales de reciclaje de cobre, plata, oro y paladio en

computadoras portátiles se estimaron en 21, 13, 14 y 14%, respectivamente. Como resultado

de la menor tasa de tratamiento para teléfonos móviles, las tasas de reciclaje se encontraron

en 12% para el cobre, 7% para la plata 8% para el oro y el paladio. (M. Duygan, 2015)

En Latinoamérica, la incipiente industria de residuos electrónicos en LAC se basa

principalmente en un proceso de desensamblaje profesional, en la venta de ciertos metales y

plásticos en el mercado local y en las posibilidades de comercialización internacional con

empresas especializadas en la recuperación de metales preciosos, cuyas sedes se

encuentran principalmente en países industrializados o en Asia. Para que esta actividad sea

rentable después de cubrir los altos costos del traslado internacional hacia las refinerías, es

necesario que los recicladores acumulen volúmenes significativos de materiales reutilizables

o comercializables. La capacidad de lograr volúmenes importantes es lo que define el negocio

de los residuos electrónicos. Entre los posibles riesgos en este “emergente negocio” están

que el interés económico sea mayor que las responsabilidades medioambientales, que sirva

para nuevas concentraciones económicas, y que geste nuevos monopolios en el área. Por el

momento, Latinoamérica es un campo fértil para la materialización de tales pronósticos. Dada

la ambigüedad legal frente al tema y la poca claridad sobre los requerimientos para reciclar

los residuos electrónicos, los negocios dedicados a ese rubro pueden funcionar sin cumplir

cabalmente con lo que un buen tratamiento medioambiental exige. La ausencia de

fiscalización sobre estas iniciativas, o las limitaciones en su control, han permitido que el

sector que trabaja el reciclaje de residuos electrónicos lo haga en condiciones de difundida

informalidad. Por otra parte, los recicladores formales que logran realmente cumplir y/o hacer

convenios con empresas constituye un número limitado, pero puede cubrir las actuales

necesidades del mercado y, por lo tanto, monopolizar esta actividad. (U. Silva, 2009)

En Brasil, la generación de RAEE ha aumentado significativamente en la última década y las

mejores rutas de proceso para reciclarlo siguen siendo poco exploradas. Se encontró que a

pesar de la reciente implementación de políticas nacionales de gestión de residuos, el

gobierno federal y local no tiene control sobre el número de empresas activas de reciclaje de

RAEE en el país, además, el 89% de las empresas brasileñas de reciclaje solo realizan la

fase de pre tratamiento en el proceso de reciclaje (clasificación y desmantelamiento) y que al

menos el 92% desmantela manualmente los RAEE. Finalmente, se evidencia que los RAEE

que son más complejos de reciclar aún se envían al exterior para empresas extranjeras de

procesamiento y que los ingresos generados por el mercado de reciclado de RAEE en Brasil

pueden respaldar financieramente hasta cinco agentes involucrados en el flujo de RAEE. (P.

Díaz, 2018)

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5. Metodología

La metodología debe ser una serie de pasos bien establecidos y definidos que permitan la

consecución de los objetivos propuestos, partiendo de los específicos para aterrizar en lo

general, para lo cual es fundamental establecer un cronograma de actividades que permita

cumplir las actividades propuestas y en unos tiempos definidos.

Para el presente proyecto se definieron cinco grandes actividades, subdivididas en pequeñas

actividades. Cada actividad lleva asociada un producto que evidencia el cumplimiento o no

de la misma.

Figura N° 1: Resumen de la metodología del proyecto. Fuente: (Autores, 2018)

5.1 Presentación del Cronograma de Trabajo a Cisne Negro Inversiones S.A.S

Se elaboró un Cronograma de trabajo, en el cual se enlistan las principales actividades del

proyecto y los productos asociados a cada una de estas, con fechas y tiempos establecidos

que permiten evidenciar la fecha de inicio y culminación de cada una de las actividades.

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Este cronograma se presentó a Cisne Negro Inversiones S.A.S y estuvo sujeto a aprobación

del representante de Cisne Negro Inversiones S.A.S. Una vez se realizó la presentación del

cronograma y las partes se encontraron de acuerdo con lo establecido en el mismo, se

procedió a firmar el Acta de Reunión la cual es el producto asociado a esta actividad.

5.2 Diagnóstico del Marco Legal

Como producto asociado a esta actividad se encuentra la Matriz de Requisitos Legales

Ambientales Aplicables a Cisne Negro Inversiones S.A.S la cual contiene las normas y

artículos aplicables y se propuso un plan de acción para el cumplimiento de la legislación

vigente. Para el cumplimiento y elaboración de esta Matriz se plantearon tres subactividades.

5.2.1 Investigación de la Normatividad Asociada a los RAEE

Se hizo una revisión exhaustiva de toda la normatividad vigente asociada a los RAEE

a nivel nacional, verificando uno a uno cuáles de sus artículos aplicaban y se

consignaron en la matriz. Finalmente se realizó un informe en el cual se consignaron

las normas encontradas junto a los artículos aplicables, un breve análisis de la

normatividad hallada y las obligaciones de Cisne Negro Inversiones S.A.S frente a la

gestión de integral de los RAEE. Este informe fue presentado a Cisne Negro

Inversiones y al Docente director y se realizaron las correspondientes correcciones

para su aprobación.

La información fue encontrada en distintas publicaciones de páginas web oficiales de

las autoridades legales nacionales y ambientales encargadas del tema, la cual se

recopiló y se relacionó posteriormente según la incidencia de cada jurisprudencia en

las responsabilidades que debe asumir la empresa.

Esta normatividad se resume en la tabla contigua relacionando el tipo de norma (ley,

decreto, resolución), el numeral, año de publicación, título, autoridad que la emite y si

es de orden nacional o regional. Un análisis más profundo de cada norma y los

numerales pertinentes se describen en el informe número 1 que se encuentra en el

anexo 1 del presente documento.

Normatividad Vigente Relacionada con la Gestión Integral de los RAEE

Tipo de Norma

ID de Norma

Año Asunto Autoridad que emite

Orden

Ley 1672 2013 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA ADOPCIÓN DE UNA POLÍTICA PÚBLICA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS (RAEE), Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

Ministerio de Medio

Ambiente y Desarrollo Sostenible

Nacional

Decreto 2811 1974 CÓDIGO DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES Y

Congreso de la República

Nacional

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PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE

Decreto 4741 2005 POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE LA PREVENCIÓN Y MANEJO DE LOS RESIDUOS O DESECHOS PELIGROSOS GENERADOS EN EL MARCO DE LA GESTIÓN INTEGRAL

Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrollo territorial

Nacional

Decreto 1076 2015 DECRETO ÚNICO POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL SECTOR AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Ministerio de Medio

Ambiente y Desarrollo Sostenible

Nacional

Decreto 284 2018 SE ADICIONA AL DECRETO 1076 DE 2015, ÚNICO REGLAMENTO DEL SECTOR AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, EN LO RELACIONADO CON LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS - RAEE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

Ministerio de Medio

Ambiente y Desarrollo Sostenible

Nacional

Resolución 1297 2010 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS SISTEMAS DE RECOLECCIÓN SELECTIVA Y GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS DE PILAS Y/O ACUMULADORES Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES

Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrollo territorial

Nacional

Resolución 1511 2010 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS SISTEMAS DE RECOLECCIÓN SELECTIVA Y GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS DE BOMBILLAS Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES

Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrollo territorial

Nacional

Resolución 1512 2010 POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS SISTEMAS DE RECOLECCIÓN SELECTIVA Y GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS DE COMPUTADORES Y/O PERIFÉRICOS Y SE ADOPTAN OTRAS DISPOSICIONES

Ministerio de Ambiente, Vivienda y desarrollo territorial

Nacional

Tabla N° 1: Normatividad vigente en lo relacionado con la Gestión Integral de los Residuos

Eléctricos y Electrónicos para Cisne Negro Inversiones S.A.S. Fuente: (Autores, 2018)

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5.2.2 Buscar Apoyo con Entidades Estatales que Brindan Directrices Referente

al Manejo de los RAEE

Inicialmente se enviaron correos y solicitudes a las entidades públicas con jurisdicción

en el Distrito Capital, las cuales fueron en orden, El Ministerio de Medio Ambiente y

Desarrollo Sostenible, La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y la

Secretaría Distrital de Medio Ambiente. No obstante a lo anterior, la Secretaría Distrital

manifestó no tener conocimiento de la nueva norma ni del papel de ellos como

autoridad ambiental, la CAR Cundinamarca, nos brindó apoyo en lo referente a

información de la situación actual de la gestión de los RAEE en el país y, Finalmente,

el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible se encuentra realizando

sesiones de socialización de la norma, a las cuales se asistió para tener un contexto

a la hora de proponer el Sistema de Recolección y Gestión de RAEE para Cisne Negro

Inversiones S.A.S.

El análisis de la normatividad resultado de la revisión bibliográfica evidenció algunos

vacíos legales referente a la aplicación de las mismas normas, en especial las

Resoluciones que establecen los procedimientos para los sistemas de recolección

selectiva y gestión ambiental de residuos específicos, por lo tanto fue necesaria la

búsqueda de apoyo técnico para la corroboración y aclaración de algunos numerales

por parte de las entidades pertinentes. De esta manera acudimos al Ministerio de

Ambiente y Desarrollo Sostenible el cual nos informó acerca de unos documentos que

aclaraban dichos puntos y de 5 sesiones para la socialización del avance en la

reglamentación del Decreto 284 de 2018 para el que aún no se tienen previstas todas

directrices pertinentes y se hace prudente la realización de dichas sesiones a fin de

socializar y acordar junto con los empresarios las brechas y alcances del mismo

Decreto. Ver Anexo 1: Informe 2.

Sesión 1. Clasificación y Categorización de los Aparatos Eléctricos y Electrónicos -

AEE y sus residuos - RAEE en Colombia.

La Ley 1672 de 2013 determina la obligación de clasificar los RAEE según las disposiciones

que establece el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) de conformidad con

las normativas internacionales. Para el año 2013 el MADS junto con el grupo empresarial

PRONET construyen la metodología de clasificación de los RAEE, según el contexto

colombiano, basados en las cadenas productivas descritas por el Departamento Nacional de

Planeación (DNP). Se determinó el universo de productos de aparatos eléctricos y

electrónicos (AEE) importados, contabilizados según la subpartida arancelaria nacional, y los

manufacturados, según la versión internacional del código CPC. Para entonces los AEE se

categorizaron en domésticos e industriales, priorizando el volumen de puesta en el mercado

(2002 - 2012) según su peso en kilogramos. Para el año 2016 (2016 - 2018) el MADS reforma

dicha categorización ampliándola a AEE de uso masivo o doméstico y AEE industriales o

profesionales. Dichas modificaciones se dieron como resultado de la variación contable de

los productos manufacturados, debido a la adaptación del código CPC para Colombia y los

productos importados por la creación del Sistema Armonizado de Designación y Codificación

de mercancías.

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Figura N° 2: Resumen metodología de clasificación usada. Fuente: (MADS, 2018)

Para la clasificación de los AEE se tomaron en cuenta los siguientes criterios:

1. Función similar.

2. Composición de materiales similar (valorizables como RESPEL)

3. Atributos de final de vida similares (igual categoría deben tener peso promedio

homogéneo y distribución del tiempo de vida útil similares)

4. AEE relevantes ambientalmente (domésticos y con suficiente información disponible)

Luego de la clasificación en AEE de consumo masivo o domésticos y AEE industriales o

profesionales se determinó la exigibilidad de un Sistema de Recolección y Gestión de RAEE

para las dos categorías, sin embargo, la implementación del sistema para la primera categoría

(consumo masivo o doméstico) debe estar vigilada por la Autoridad de Licencias Ambientales

(ANLA) mientras la categoría de los AEE industriales o profesionales serán autorregulados.

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Figura N° 3: Clasificación por uso / procedencia de los AEE/RAEE. Fuente: (MADS, 2018)

Para la anterior clasificación se distinguen entonces: 3 categorías, 33 subcategorías y 614

subpartidas. Las categorías hacen referencia a grandes grupos de AEE que destacan

características similares de tamaño o función, estos son: Aparatos electrodomésticos,

Electrónica/equipos de telecomunicaciones, y Maquinaria/equipo eléctrico. Estas categorías

están compuestas a su vez por 33 subcategorías las cuales discriminan un rasgo esencial de

un selecto grupo de AEE, luego están las subpartidas que nombran cada elemento. En la

Figura 3 se presenta la participación de estas categorías dentro del universo de los AEE y la

Figura 4 contiene una lista de los AEE priorizados por el Ministerio de Ambiente con la

descripción de cada subcategoría y el número subpartidas distribuidas para cada una.

Figura N°4: Participación por categorías. Fuente: (MADS, 2018)

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Figura N°5: Lista de AEE clasificada, categorizada y priorizada. Fuente: (MADS, 2018)

Sesión 2. Metodología para el Establecimiento de Umbrales a Productores Obligados a

SRyG de RAEE

Para permitir la aplicación de proporcionalidad y racionalidad al desarrollo normativo se deben

establecer umbrales de importación de AEE, de esta manera se asegura la exigibilidad a los

muy pequeños importadores y a las importaciones no comerciales. Para establecer estos

umbrales se estudiaron las relaciones existentes entre la cantidad de importadores versus los

objetos importados, lo que mostró la tendencia de pocos importadores tenían los rangos más

altos de unidades importadas. Para garantizar una mayor cobertura de gestión para los RAEE

generados en el país se probaron diferentes umbrales dentro de los cuales se determinó que

con un mínimo de 500 unidades exigibles para la aplicación de un SRyG, se obtiene un 95,2

% de importadores obligados a gestionar los RAEE generados.

Sesión 3. Metodología para el Establecimiento del Indicador de Recolección y Gestión

de RAEE a Productores Obligados a SRyG de RAEE

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible fija 5 indicadores de gestión y metas de

cumplimiento de los SRyG de RAEE para motivar la articulación armónica de estrategias de

parte del productor de AEE dirigidas hacia los consumidores, para que se incrementen los

volúmenes de recolección y gestión ambientalmente adecuada de los RAEE con miras a la

protección del ambiente, además establecer una metodología de evaluación integral

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Figura N°6: Indicadores de Gestión y metas de Cumplimiento de los SRyG. Fuente:

(MADS, 2018)

En la sesión se dio a conocer únicamente el indicador de recolección y gestión (IRG)

definiéndolo así “Relación entre la cantidad en peso de los RAEE recolectados y gestionados

respecto de la meta en peso a recolectar en el año de evaluación, calculada esta última, como

el producto de la cantidad puesta en el mercado por la tasa recogida”.

Figura N°7: Fórmula de cálculo del IRG. Fuente: (MADS, 2018)

-Cantidad puesta en el mercado (CPM): El promedio aritmético de la cantidad en peso de los

AEE introducidos o puestos en el mercado en los tres (3) años inmediatamente anteriores al

año objeto de evaluación. La introducción en el mercado entendida como la suma de las

cantidades importadas y fabricadas en el país menos la suma de las cantidades exportadas

y en inventario físico al final del año de evaluación.

La cantidad de AEE puesta en el mercado por los productores se determina con facilidad, no

obstante determinar los RAEE que se producen para los SRyG se hace difícil debido a las

diferencias de tiempo de vida útil de cada AEE. El Ministerio incluye entonces el tiempo de

vida promedio junto con la tasa de fallos de los mismos utilizando la distribución de

probabilidad weibull para cada aparato.

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Aplicación del tiempo de vida útil promedio:

Figura N°8: Diagrama de aplicación del tiempo de vida útil. Fuente: (MADS, 2018)

Figura N°9: Diagrama de la tasa de fallos de los AEE. Fuente: (MADS, 2018)

Sesión 4.Umbrales para los Productores de AEE Obligados a Implementar SRyG de

RAEE Vigilados por la ANLA.

Luego de determinar la metodología para encontrar los umbrales, se hallaron específicamente

los umbrales de cada AEE clasificado y categorizado. En la siguiente tabla se muestran las

categorías, subcategorías y algunas subpartidas con su respectivo umbral.

CATEGORIZACIÓN ÍTEM SUBCATEGORÍAS CANTIDAD DE

SUBPARTIDAS

DE CONSUMO

MASIVO

UMBRAL ANUAL (Unidades)

Aparatos Subtotal 102

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electrodomésticos 1.1 cocinas y hornos 3 Hornos microondas: 300

Cocinas: 200

Hornos:500

1.2 Enseres de audio

y Video

24 Aparatos de

grabación/reproducción

Audio/Video: 1.000

Aparatos de recepción de

video/televisores: 2000

1.3 Enseres mayores

de hogar

7 1.000

1.4 Enseres menores

de calentamiento

10 1.200

1.5 Enseres menores

de cocina

4 Licuadoras, trituradoras,

mezcladoras, otros: 3.000

Otros en subpartidas de las

demás: 700

1.6 Enseres menores

de hogar

15 2.000

1.7 Enseres menores

personales

14 Tarjetas inteligentes: 50.000

Demás aparatos: 1.000

1.8 Equipos de

acondicionamiento

de aire

6 500

1.9 Herramientas para

el hogar

4 1.000

1.10 Refrigeración

doméstica y

comercial

15 500

Electrónica y

equipos de

telecomunicacion

es

Subtotal 71

2.4 Computadores y

equipos para

tratamiento de

datos

22 Computadoras e

impresoras: 1.000

Calculadoras: 4.500

Monitores: 500

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2.6 Electrónica de

consumo

27 Parlantes, auriculares,

amplificadores de sonido,

cámaras: 1.200

Auriculares: 8.000

Juguetes e instrumentos

musicales: 4.000

Videojuegos: 2.000

2.7 Equipos de

electrónica de

potencia

4 500

2.9 Equipos de

telecomunicacione

s

12 Teléfonos móviles: 5.000

Teléfonos fijos: 1.500

Aparatos de conectividad:

2.500

2.10 Periféricos, partes

y tarjetas para

computadores e

impresoras

6 2.000

Maquinaria y

equipo eléctrico

Subtotal 65

3.4 Equipos de

iluminación

35

3.11 Pilas y

acumuladores

30

17 Totales 238

Tabla N° 2: Umbrales anuales de los AEE priorizados Fuente: Adaptado de MADS (2018)

Sesión 5. Requisitos Técnicos Mínimos en la Operación Logística de los Sistemas de

Recolección y Gestión de RAEE.

❏ Requisitos principales de los puntos de recolección:

- Sitio específico de instalación.

- Adecuadas condiciones de los contenedores.

- Administración del punto.

❏ Requisitos principales de información al usuario que permitirán una información clara

al usuario y una buena reputación de los Sistemas de Recolección y Gestión (SRyG)

son :

- Condiciones para entregar

- Constancia de recepción del residuo.

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- Información de cantidades y manejo

❏ Requisitos principales de las campañas de recolección para brindar información previa

al usuario y manejo seguro de los residuos:

- Planeación

- Personal capacitado para el manejo de los residuos

- Difusión y sensibilización.

❏ Requisitos principales de los centros de acopio para un manejo seguro de los residuos

y garantías de trazabilidad en la información:

- Sitio de instalación y capacidad.

- Administración del centro de acopio.

- Condiciones de seguridad.

5.2.3 Revisión del cumplimiento de la norma en Cisne Negro Inversiones S.A.S

Luego de la revisión plena de la normatividad existente finalmente se determinan las

normas aplicables directamente a las actividades realizadas por la compañía y se

registra el cumplimiento legal de la misma. Este análisis de cumplimiento se realiza

mediante una verificación de cada uno de los numerales descritos por las normas y

se discrimina según se cumpla, no se cumpla o se encuentre en curso el proceso

puntualizado. Dicha revisión de cumplimiento se encuentra plasmada en la matriz de

requisitos legales (Anexo 1: Informe 3) del presente documento donde se evidencia

que gran parte de la normatividad asociada a las actividades de Cisne Negro

Inversiones S.A.S se encuentra en estado de cumplimiento “En Curso” debido a que

la normatividad depende en gran medida del avance de las instituciones públicas en

su implementación y en este sentido la organización está sujeta a los avances de

estas.

5.3 Síntesis de la información de los AEE y los RAEE

Cisne Negro Inversiones S.A.S importa y distribuye 7 variedades de productos eléctricos y

electrónicos entre los que se encuentran CD´s, bombilleria LED, auriculares, DVD, algunos

periféricos y cableado eléctrico. Para realizar un adecuado manejo post consumo de dichos

elementos es imprescindible reconocer su naturaleza y composición básica según la cual se

determina la compatibilidad de disposición compartida, aprovechamiento directo y/o reciclaje

de los mismos. A continuación se presenta una breve descripción de los componentes de

cada AEE importado por la compañía y posteriormente un resumen general de los mismos.

(Anexo 1: Informe 4)

1. BOMBILLOS LED

LEDs consisten en un chip de material semiconductor dopado con impurezas para

crear una unión p-n. Las bombillas LED no vienen con el peligro de mercurio, pero

contienen níquel, plomo, e incluso trazas de arsénico que puede causar riesgos

significativos para la salud cuando se deja en un vertedero. Por otra parte su

correspondiente circuito eléctrico se encapsula en una carcasa plástica, de resina

epoxi o cerámica según las diferentes tecnologías.

Duran 2,5 veces más que las bombillas CFL, y 25 veces más que las bombillas

incandescentes tradicionales. Los leds se emplean con profusión en todo tipo de

indicadores de estado (encendido/ apagado) en dispositivos de señalización, en

paneles informativos y las pantallas de cristal líquido de teléfonos móviles,

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calculadoras, agendas electrónicas, etc., así como en bicicletas y usos similares.

(Martínez, 2018)

2. CD’S

A pesar de que puede haber variaciones en la composición de los materiales

empleados en la fabricación de los discos, todos siguen un mismo patrón: los discos

compactos se hacen de un disco grueso, de 1,2 mm, de policarbonato de plástico, al

que se le añade una capa reflectante de aluminio, utilizada para obtener más

longevidad de los datos. Así se refleja la luz del láser (en el rango de espectro

infrarrojo, y por tanto no apreciable visualmente); posteriormente se le añade una capa

protectora de laca, que actúa como protector del aluminio y, opcionalmente, una

etiqueta en la parte superior. Los métodos comunes de impresión en los CD son la

serigrafía y la impresión Offset. En el caso de los CD-R y CD-RW se usa oro, plata, y

aleaciones de las mismas, que por su ductilidad permite a los láseres grabar sobre

ella, cosa que no se podría hacer sobre el aluminio con láseres de baja potencia.

(Saiza, 2018)

3. AURICULARES

Para la fabricación de audífonos se utilizan diversos materiales. El plástico es usado

para la almohadilla de oído, la tapa, el puente (puede también ser fabricado de metal),

y el casco; se usan metales como el Magnesio empleado para el marco y en algunos

casos el zambullidor de sonido y el Aluminio usado como cubierta en algunos casos;

y el Elastómero (tipo de goma) para el cable.

Estos materiales son elegidos ya que son los que mejor funcionan con su cometido.

En el caso del aluminio éste ha sido usado por su gran resistencia y conducción de

electricidad. El magnesio es un metal que puede resistir todas las descargas eléctricas

del dispositivo, sin dañar al usuario. El plástico mediante el procesamiento queda muy

resistente y además su obtención es más simple que la de otros materiales, teniendo

en cuenta que debe producirse de manera industrial. Y el elastómero tiene gran

flexibilidad y es resistente, por lo tanto puede ser doblado, y conservará su forma sin

dañarse.(Alebatesc, 2018)

4. MOUSE

Contiene diversos materiales tales como vidrio, plástico y metales ligeros y pesados.

Dentro de los metales ligeros se usan frecuentemente en estado puro y sus aleaciones

el aluminio, magnesio y titanio; en dentro de los metales pesados predominan el cobre,

níquel, cobalto, cinc, estaño, wolframio y metales nobles. (Universidad Virtual, 2018)

5. TECLADOS

Los materiales utilizados, generalmente, son plásticos resistentes y gomas en la parte

exterior del dispositivo para evitar que se dañen las teclas. También, se utilizan

sistemas de amortiguación para las diferentes teclas. Estos sistemas, suelen ser de

metal o de polímeros de alta densidad. Por supuesto, debemos destacar que la parte

interna del teclado cuenta con un sistema de circuitos y placa al estilo tradicional y un

cableado de comunicación que envía los datos al ordenador. (Ramírez, 2018)

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6. USB

Los materiales que se utilizan para su fabricación son: lámina, cobre y plástico para el

conector USB; para el dispositivo de control se usa plástico y metal por dentro; los

puntos de prueba fabricados de cobre y silicio; en el oscilador de cristal prevalece el

cuarzo cristal y plástico para la cubierta LED. (Masache, 2013)

Los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) tienen un tratamiento

complejo de disposición final que no está contemplado dentro de las capacidades

tecnológicas nacionales, razón por la cual se hace necesario transportar dichos

desechos a países con la tecnología necesaria para su transformación. El 17 de enero

de 1996 mediante la ley 253 del mismo año Colombia aprueba la aplicación del

convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los

desechos peligrosos y su eliminación, el cual es un tratado ambiental global que regula

estrictamente el movimiento transfronterizo de desechos peligrosos y estipula

obligaciones a las partes para asegurar el manejo ambientalmente racional de los

mismos, particularmente en lo referente a su disposición. En este convenio

internacional se hace una categorización de los desechos peligrosos y se enlistan sus

principales componentes nocivos de orden global.

Todos los AEE importados por Cisne Negro Inversiones, mencionados y

caracterizados anteriormente, están compuestos en su mayor parte por plástico, vidrio

y metales base. Según Hidalgo (2010) los desechos electrónicos generalmente están

constituidos por: polímeros en un 30% (plásticos), óxidos refractarios en un 30%

(cerámicos) y por metales en un 40%. A su vez a los metales presentes en la chatarra

electrónica se los puede dividir en dos grupos:

● Metales Básicos: Cobre del 20% al 50%; Hierro del 8% al 20%; Níquel del 2%

al 5%; Estaño del 4% al 5%; Plomo aproximadamente 2%; Aluminio del 2% al

5%g y Zinc del 1% al 3%.

● Metales preciosos: Oro de 170g a 850g aproximadamente el 0.1%; Plata de

198g a 1698g aproximadamente el 0.2%; Paladio de 3g a 17g

aproximadamente el 0.005%.

Dadas estas características, los RAEES y sus componentes son considerados

internacionalmente como desechos peligrosos y se clasifican según cada anexo del

convenio de Basilea así:

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ANEXO 1. CATEGORÍAS DE DESECHOS QUE HAY QUE CONTROLAR:

DESECHOS QUE TENGAN COMO CONSTITUYENTES:

Estos elementos químicos componen, aunque en muy pequeñas cantidades, muchos

de los AEE existentes en el mercado nacional, en especial las luminarias. Cisne Negro

Inversiones importa AEE que contienen elementos como el cobre, zinc, plomo, níquel

entre otros, razón por la cual se dejan como tentativa todas las categorías descritas

anteriormente para no excluir el tratamiento de las mismas teniendo en cuenta su

condición nociva.

ANEXO 2. CATEGORÍAS DE DESECHOS QUE REQUIEREN UNA

CONSIDERACIÓN ESPECIAL

Los Aparatos Eléctricos y electrónicos existentes son de uso doméstico e industrial.

No obstante, los residuos de estos son puestos en circulación masivamente por

desuso doméstico (oficinas). En el caso particular de Cisne Negro Inversiones, los

AEE que importa son en su mayoría periféricos que son empleados en el mismo sector

por lo que se elige esta categoría.

ANEXO 3. LISTA DE CARACTERÍSTICA PELIGROSAS

Corresponde al sistema de numeración de clases de peligrosos de las

recomendaciones de las Naciones Unidas sobre el transporte de mercaderías

peligrosas (ST/SG/AC.10/1/ Rev.5, Naciones Unidas, Nueva York, 1988).

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Dentro de estas clases los AEE no tienen características explosivas, inflamables,

corrosivas o infecciosas por lo cual únicamente pueden estar incluidos dentro de la

característica de ecotóxicos ya que la disposición de sus residuos directamente en el

ambiente puede traer consecuencias negativas para la toxicidad del medio.

ANEXO 8. LISTA A

La elaboración de cualquier Aparato Eléctrico y Electrónico requiere el uso de metales,

además la mayoría de ellos aún funcionan con sustancias como el plomo y mercurio,

por lo cual entran sin lugar a dudas dentro de esta clasificación.

ANEXO 9.LISTA B

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Además de los metales que requieren los AEE para su funcionamiento, se usan

cubiertas en plástico y sus derivados para el cuidado de los mismos y la seguridad de

los usuarios. Estas cubiertas están fabricadas en plásticos sólidos mezclados y en

estado puro razón por la cual se tiene esta categoría. Los periféricos importados por

Cisne Negro también contienen estos elementos en sus coberturas y entran dentro de

la misma clasificación.

La categorización descrita por el convenio de Basilea nos permite desglosar todos los

componentes de los AEE y determinar la importancia de un tratamiento diferenciado

para los mismos en su naturaleza de residuo peligroso. A continuación se presenta

una tabla resumen de los códigos aplicables a los residuos de aparatos eléctricos y

electrónicos puestos en circulación por Cisne Negro Inversiones y una breve

descripción de cada categoría:

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CÓDIGO DESCRIPCIÓN

Categoría de desechos que hay que controlar

Y22 Compuestos de cobre

Y23 Compuestos de zinc

Y29 Mercurio, Compuestos de mercurio

Y31 Pomo, compuestos de plomo

Categorías de desechos que requieren una

consideración especial

Y46 Desechos recogidos de los hogares

Clase de las Naciones Unidas

H12 Ecotóxicos: Sustancias o desechos

que, si se liberan, tienen o pueden

tener efectos adversos inmediatos o

retardados en el medio ambiente,

debido a la bioacumulación o los

efectos tóxicos en los sistemas

bióticos.

Desechos metálicos o que contengan Metales

A1010 Desechos metálicos y desechos que

contengan aleaciones de cualquiera

de las sustancias siguientes:

Antimonio, Arsénico, Berilio, Cadmio,

Plomo, Mercurio, Selenio, Telurio,

Talio.

Desechos que contengan principalmente

constituyentes inorgánicos, que a su vez puedan

contener metales y materiales orgánicos

B2020 Desechos de vidrios en forma no

dispersable

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Desechos que contengan principalmente

constituyentes orgánicos, que pueden contener

metales y materiales inorgánicos

B3010 Desechos sólidos de material plástico

B3026 Desechos del tratamiento previo de

embalajes

Tabla N° 3: Códigos de los AEE clasificados según categorías del convenio de Basilea.

Fuente: Autores (2018)

Por otra parte, Cisne Negro Inversiones S.A.S en calidad de productor (importador)

debe responsabilizarse únicamente de la recolección de los RAEES que vincula al

mercado, por lo que legalmente no debe realizar procesos de transformación o

disposición final de los mismos. De esta manera el análisis no se profundiza en la

caracterización en cuanto a las sustancias que contienen los aparatos sino sus

limitaciones para el acopio.

Por todo lo anterior, las características de los componentes de los AEE importados

por Cisne Negro Inversiones S.A.S los hacen particularmente contaminantes al medio

ambiente pero debido a la similitud en su composición no tendrán restricción alguna

para ser depositados en contenedores o lugares de acopio en el que se encuentren

próximos ya que no contienen sustancias peligrosas de inmediata exposición. Sin

embargo, por seguridad, es importante que los lugares de acopio que se instalen

deben tener establecido el tiempo de retención de los residuos (recolectores

temporales o permanentes) para determinar el material de elaboración de los mismos

y los requerimientos específicos de impermeabilidad o ventilación.

5.4 Levantamiento de la Información

Es importante resaltar que la formulación del Plan de Gestión se realiza luego de puesta en

marcha las actividades económicas de la empresa y la distribución de los AEE importados a

cadenas comerciales de larga trayectoria en el mercado, lo que implica que exista la

posibilidad de un actual manejo de los RAEE por dichos comercializadores. Así, en este punto

se realizaron visitas de diagnóstico a la bodega de Cisne Negro Inversiones S.A.S y a dos

locaciones de los clientes, con el fin de analizar las condiciones de los productos y el cómo

se llevarían a cabo las campañas de información y ubicación de los puntos de recolección de

RAEE.

5.4.1 Visita a bodega de almacenamiento de productos.

La visita a la bodega se hace con el fin de verificar el estado de almacenamiento de

los AEE importados, la presentación de los productos, su volumen y las condiciones

de transporte de los mismos. Esto nos permitió verificar algunos aspectos de la

caracterización identificando factores que puedan afectar la gestión de estos cuando

sean residuos.

Esta visita se realizó el día viernes 27 de julio de 2018 en las instalaciones ubicadas

en parque industrial de la localidad de Fontibón al noroccidente de la ciudad. Al

ingresar, se pudo comprobar el riguroso control de las condiciones físicas y de

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seguridad del área para el almacenamiento de los AEE. En materia de seguridad se

presenta toda la demarcación zonal pertinente, rutas de evacuación, uso de elementos

protección personal, y la estructuración del personal encargado. Las condiciones

físicas se encuentran en buen estado y cuentan con los implementos necesarios para

etiquetado, pesaje, separación y transporte.

La bodega en la cual se acogen los artículos de Cisne Negro Inversiones previo a su

distribución es administrada por una compañía consolidada que ofrece los servicios

de almacenamiento y vigilancia de productos empaquetados de más de 15 empresas

importadoras. Esta situación implica que los artículos de Cisne Negro estén en

contacto con productos de diversa naturaleza y peligrosidad, que pese al excelente

manejo preventivo que se evidencia en el cumplimiento de las normas de seguridad,

no está exento de sufrir repercusiones que amenacen su buen estado.

Los AEE de Cisne Negro se encuentran ubicados en dos locaciones distintas. Una

está aislada y privada en la parte superior de una oficina y otra en la zona general de

almacenamiento compartido. Esta primera locación tiene estantes de

aproximadamente 2 metros de altura divididos en 6 niveles que soportan los AEE más

pequeños y más delicados (Mouse, USB, Auriculares). La segunda locación se

encuentra en estanterías de más de 6 metros de altura divididas por secciones según

los productos y las empresas a la que pertenecen, en esta sección se ubican los AEE

de gran volumen y más fácil manejo (bombilleria, teclados, CD-DVD).

En general la condición de ambas locaciones es buena, tienen pisos impermeables y

condiciones de seguridad bien establecidas, el manejo de los espacios no permite que

existan sobrecargas o apilamiento de los productos de tal manera que no es probable

que sufren situaciones de aplastamiento por otros productos. Por otro lado la segunda

zona tiene amplias claraboyas que permiten la luz directa sobre los productos,

situación que podría causar desgaste en caso de que permanezcan por mucho tiempo

en esas condiciones. En el anexo 1 se presenta el informe 5 el cual presenta

información detallada de la visita con el registro fotográfico correspondiente.

5.4.2 Visita a clientes distribuidores de los AEE de la organización.

Panamericana Librería y Papelería S.A es el único cliente y distribuidor de los AEE

importados por Cisne Negro Inversiones. Visitar las instalaciones principales de esta

compañía fue indispensable para comprobar la existencia de un punto de recolección

dispuesto para la devolución de los RAEE por parte de los usuarios finales y las

condiciones del mismo. La ubicación de estos contenedores y su capacidad son

determinantes para la formulación de las acciones en las distintas sucursales de la

capital, esto sin desconocer que existen otras marcas registradas y distribuidas por

Panamericana que van a ser recolectadas en el mismo lugar. Se determinó que los

contenedores deben ser hecho mediante jaulas metálicas y sus dimensiones deben

ser de 1.5 m2 según lo evidenciado en los informes del ministerio y lo sugerido por

otros sistemas de gestión y recolección selectiva como ECOCOMPUTO.

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5.5 Elaboración del Sistema

Con la información obtenida, basados en los términos de referencia que facilita el ANLA y las

directrices que el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible emitió hasta ahora; se

procedió a desarrollar el Sistema de Gestión y Recolección de RAEE para Cisne Negro

Inversiones S.A.S con el fin de cubrir todos los requisitos que exige la norma. Este Sistema está

integrado por todas las actividades planteadas para la adecuada gestión de los residuos para la

compañía, el cual incluye el Plan de Gestión de dichos residuos y el Manual de procedimientos

para la ejecución del Plan.

Figura N°10: Componentes del Sistema de Recolección y Gestión de RAEE para Cisne

Negro Inversiones S.A.S. Fuente: (Autores, 2018)

El Plan de Gestión, principal objetivo del presente documento, determina los aspectos técnicos

necesarios para la apropiada gestión y recolección de los RAEE importados por Cisne Negro

Inversiones S.A.S. los cuales se basan en los lineamientos dispuestos por las autoridades

ambientales en la normatividad vigente. Por otra parte, el Manual brinda las herramientas

metodológicas elementales de apoyo para la puesta en marcha del Plan de Gestión, dando a

conocer de forma práctica los procedimientos necesarios para la implementación del mismo.

Los documentos mencionados anteriormente se alimentan de actividades subyacentes como la

implementación y el seguimiento y monitoreo, que determinan el éxito del Sistema o muestran

las falencias del mismo y su eventual replanteamiento. Debido a la ausencia de una legislación

totalmente consolidada y a los cambios periódicos y acelerados del marco normativo y

tecnológico, el Sistema de Recolección y Gestión debe estar en un constante replanteamiento

del Plan de Gestión que asegure su adecuado funcionamiento.

Estos periodos de revisión estarán definidos en los tiempos dispuestos por los indicadores de

seguimiento y monitoreo, y el Plan de Gestión será ajustado o rediseñado, según sea necesario,

luego de la revisión y aprobación de todos los actores involucrados en el Sistema. A continuación

se presenta el diagrama de la dinámica anteriormente descrita.

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Figura N°11: Dinámica del Sistema de Recolección y Gestión de RAEE para Cisne Negro

Inversiones S.A.S. Fuente: (Autores, 2018)

6. Resultados

6.1. Análisis legal de la normatividad asociada a los Residuos de Aparatos Eléctricos

y Electrónicos (RAEE) y su aplicabilidad a Cisne Negro Inversiones S.A.S

Para la determinación de los parámetros fundamentales del sistema se hizo necesaria la

búsqueda de los lineamientos legales referentes al manejo de los residuos de aparatos

eléctricos y electrónicos (RAEE) existentes para Colombia y el distrito capital. Este

diagnóstico se realizó en tres etapas cronológicas de acuerdo a las necesidades y la

posibilidad de acceso a la información legal de la siguiente manera:

Cisne Negro Inversiones S.A.S importa y distribuye aparatos eléctricos y electrónicos (AEE)

a cadenas comerciales a nivel nacional. Para dar cumplimiento a la gestión integral de los

residuos post consumo de estos artículos (RAEE) la compañía debe cumplir con los

lineamientos de las siguientes disposiciones legales vigentes así:

1. Decreto 2811 de 1974. Gestión adecuada de los residuos, prevención de la

contaminación y mecanismos de gestión diferenciados para los residuos especializados.

2. Ley 1672 del 19 de julio de 2013. Asumir la responsabilidad como productor y

comercializador de Aparatos eléctricos y electrónicos según las definiciones que dicta la

presente ley y por la cual se establecen las siguientes obligaciones:

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Como productor:

a) El productor es responsable de establecer, directamente o a través de terceros que actúen en

su nombre, un sistema de recolección y gestión ambientalmente segura de los residuos de

los productos puestos por él en el mercado, de acuerdo con las disposiciones que para el

efecto establezca el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Así mismo, es también

responsable por administrar y financiar, por el modelo que elija, el sistema de gestión;

b) Desarrollar sistemas de recolección y gestión de los residuos de los productos puestos en el

mercado;

c) Priorizar alternativa de aprovechamiento o valorización de los Residuos de Aparatos Eléctricos

y Electrónicos (RAEE);

d) Gestionar o manejar los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), solo con

empresas que cuenten con la respectiva licencia, permiso o autorización ambiental;

e) Brindar la información necesaria para el desmontaje e identificación de los distintos

componentes y materiales a fin de incentivar el reuso y facilitar su reciclaje;

f) Informar a los usuarios de sus productos, los parámetros para una correcta devolución y

gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). Esta información debe

ser presentada en forma completa, expresa y clara al consumidor en sus etiquetas, empaques

o anexos;

g) Disminuir el impacto ambiental de sus productos mediante estrategias de reducción y

sustitución de presencia de sustancias o materiales peligrosos en sus productos;

h) Diseñar estrategias para lograr la eficiencia de la devolución, recolección, reciclaje y

disposición de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

i) Desarrollar campañas informativas y de sensibilización sobre la retoma y gestión adecuada de

los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE);

j) Aceptar la devolución de los RAEE por parte del usuario final, sin costo alguno;

k) El productor deberá informar cuando el aparato contenga componente o sustancias nocivas

para la salud o el medio ambiente;

l) Brindar información a los usuarios finales sobre la prohibición de disponer Residuos de

Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), junto con los residuos sólidos domésticos. Esta

información debe ser presentada en forma completa, expresa y clara al consumidor en sus

etiquetas, empaques o anexos;

m) Los productores cuyos aparatos eléctricos y electrónicos, contengan metales pesados o

cualquier otro tipo de sustancia peligrosa, deberán garantizar junto con el gestor que durante

el manejo de estos residuos, no se produzca contaminación al medio ambiente ni perjuicio a

la salud humana;

n) Los productores podrán unirse y conformar uno o varios sistemas colectivos sin que esta

entidad sustituya sus responsabilidades y obligaciones”.

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Como comercializador:

a) El comercializador de aparatos eléctricos y electrónicos tiene la obligación de brindar apoyo

técnico y logístico al productor, en la recolección y gestión ambientalmente segura de los

residuos de estos productos.

3. Decretos 1076 de 2015 y 284 de 2018. Mediante los cuales se amplía el alcance de

las obligaciones de los actores involucrados en el sistema de recolección y gestión de RAEE

así:

Del productor:

En desarrollo de las obligaciones del productor que establece el numeral 2 del artículo 6°

de la Ley 1672 de 2013, se tendrá en cuenta lo siguiente:

1. En la priorización de alternativas de aprovechamiento de los RAEE se buscará promover la

incorporación de los componentes, partes o materiales obtenidos de los residuos en los ciclos

económicos y productivos del país.

2. La información para el desmontaje e identificación de los distintos componentes y materiales,

deberá ser suministrada por el productor siempre que le sea requerida por el gestor o alguna

parte interesada.

3. El diseño y la implementación de las estrategias dirigidas a los usuarios o consumidores de

sus productos para lograr la eficiencia en la devolución y recolección de los RAEE, así como

las campañas informativas y de sensibilización sobre la retoma y gestión adecuada de los

RAEE, de conformidad con los literales h) e i), deberán ser coordinadas con la cadena de

comercialización de los AEE y las autoridades competentes.

En el marco de estas mismas estrategias y en cumplimiento de lo dispuesto en el literal b)

del mismo numeral, el productor deberá asegurar la implementación de puntos de

recolección, centros de acopio o mecanismos equivalentes de recolección para garantizar

la devolución de los RAEE por parte del usuario o consumidor, sin costo alguno a cargo

de este.

4. El productor deberá brindar los medios necesarios para garantizar que la información a que

se refiere el literal k) del mencionado numeral 2, esté disponible y asequible para el usuario

o consumidor, gestor de RAEE o autoridad interesada.

5. La información que debe ser suministrada por el productor a los usuarios o consumidores de

los AEE, a través de las etiquetas, empaques o anexos de los productos, conforme a lo

establecido en los literales f) y l) del mismo numeral, se sujetará a las condiciones y requisitos

que para tal efecto establezca el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo en coordinación

con las autoridades a que haya lugar.

De los comercializadores.

1. La información dirigida a los usuarios o consumidores, sobre los parámetros para una

correcta devolución y gestión de los residuos de los AEE comercializados, debe ser

presentada en forma visible en sus establecimientos comerciales y a través de otros

medios de difusión que los comercializadores consideren pertinentes.

2. El comercializador deberá coordinar con los productores lo relativo al diseño e

implementación de estrategias y campañas, informativas y de sensibilización, dirigidas a

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los usuarios o consumidores de los AEE comercializados, para lograr la eficiencia en la

devolución y recolección de los RAEE y que faciliten el cambio hacia hábitos de consumo

sostenibles.

3. El comercializador deberá aceptar la devolución de los RAEE por parte del usuario o

consumidor, sin costo alguno para este, teniendo en cuenta, las siguientes condiciones:

3.1. Cuando venda un AEE nuevo, deberá estar en capacidad física de recibir del

usuario o consumidor, en su punto de venta, un RAEE que sea de tipo equivalente

y haya realizado las mismas funciones que el aparato vendido. El Ministerio de

Ambiente y Desarrollo Sostenible podrá definir plazos y condiciones para

asegurar el cumplimiento gradual de esta obligación.

3.2. Aquellos establecimientos de comercio que vendan AEE y cuenten con una

superficie total superior a 2.500 m2, deben disponer de espacios adecuados y

visibles al público, para que los productores puedan instalar contenedores para la

recolección y devolución de RAEE, sin costo alguno para el productor. El

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible podrá definir las condiciones bajo

las cuales esta obligación podrá hacerse extensiva a establecimientos de menor

tamaño.

4. Entregar la totalidad de los RAEE recolectados a los respectivos sistemas de recolección

y gestión de RAEE establecidos por los productores o a través de terceros que actúen

en su nombre. Esta entrega se realizará de forma coordinada con el productor. Mientras

no se haya realizado dicha entrega, el comercializador es responsable por la integridad

y seguridad de los RAEE recolectados.

4. Resolución 1297 de 2010. Se dictan disposiciones de los sistemas de recolección

selectiva y gestión ambiental de residuos de pilas y/o acumuladores eléctricos, según la cual

Cisne Negro Inversiones deberá:

a. Permitir A los consumidores devolver los residuos de pilas y/o acumuladores a través

de puntos de recolección o mecanismos de recolección o mecanismos de recolección

equivalente, accesible y en las cantidades que sean necesarias teniendo en cuenta aspectos

tales como la densidad de la población, entre otros.

b. No generar costos para el consumidor al momento de la entrega de los residuos de

pilas y/o acumuladores, ni la obligación de comprar una pila o acumulador nuevo.

c. Contemplar alternativas de aprovechamiento y/o valorización.

5. Resolución 1511 de 2010. Se dictan disposiciones de los sistemas de recolección

selectiva y gestión ambiental de bombillas para los productores de 3.000 o más unidades al

año, y según la cual la compañía será responsable de:

a. Permitir A los consumidores devolver los residuos de bombillas través de puntos de

recolección o mecanismos de recolección o mecanismos de recolección equivalente,

accesible y en las cantidades que sean necesarias teniendo en cuenta aspectos tales como

la densidad de la población, entre otros.

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b. No generar costos para el consumidor al momento de la entrega de los residuos de

Bombillas, ni la obligación de comprar una bombilla nueva.

c. Contemplar alternativas de aprovechamiento y/o valorización de manera prioritaria.

6. Resolución 1512 de 2010. Características de los Sistemas de Recolección Selectiva

y Gestión Ambiental de Residuos de Computadores y/o Periféricos. Los Sistemas deberán

tener las siguientes características:

a. Permitir a los consumidores devolver los residuos de computadores y/o periféricos a

través de puntos de recolección o mecanismos de recolección equivalentes, accesibles y en

las cantidades que sean necesarias teniendo en cuenta aspectos tales como la densidad de

la población, entre otros;

b. No generar costos para el consumidor al momento de la entrega de los residuos de

computadores y/o periféricos, ni la obligación de comprar un equipo nuevo;

c. Contemplar dentro de las opciones de gestión, el reúso de los residuos y/o de sus

componentes a través del reacondicionamiento y promover el aprovechamiento y/o

valorización de los residuos recogidos de modo selectivo.

Artículo 10. Metas de recolección. Los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión

Ambiental de Residuos de Computadores y/o Periféricos deberán asegurar las

siguientes metas mínimas de recolección:

a) A partir del año 2012, los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental

de Residuos de Computadores y/o Periféricos deberán asegurar la recolección

mínima anual del 5% de los residuos de computadores y/o periféricos;

b) En los años posteriores, se debe garantizar incrementos anuales mínimos de un

5% hasta alcanzar el 50% como mínimo.

6.2. Plan para la Gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos para

Cisne Negro Inversiones S.A.S

El plan es un marco general donde se documentó una serie de archivos que permitió la

elaboración del sistema de gestión y recolección de RAEE así como lo exige la normatividad

vigente el cual para su desarrollo fue necesario recurrir a fuentes como los términos de referencia

que brinda lineamientos puntualizados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

(ANLA) publicados en la página oficial de la entidad como:, Sistemas de Recolección y Gestión

Selectiva de Residuos, además de recurrir a experiencias y fuentes de sistemas ya funcionales

como Recopila Colombia.

La norma permite desarrollar las dos modalidades de elaboración de dicho Plan (colectivo e

individual) se elige la modalidad de Plan Individual de Recolección y Gestión. Esta modalidad

requiere la instalación de un contenedor único para las marcas importadas por Cisne Negro en

este caso RAEES de la marca Verbatim e implica una alta receptividad de los consumidores

finales del producto para que dichos espacios de devolución sean usados adecuadamente.

Luego de elegir la modalidad se determinó la cobertura geográfica que tendría Plan basado en

la cantidad de AEE importados y el lugar de distribución de los mismos. La empresa actualmente

distribuye los productos a nivel nacional, sin embargo y bajo el principio de gradualidad que

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maneja la ley colombiana se plantea el sistema para que su funcionamiento se de en la ciudad

de Bogotá D.C, por consiguiente, la cobertura geográfica del sistema está limitada por las sedes

de Panamericana que se encuentran en la ciudad de las cuales se eligieron 8 locales

comerciales de gran superficie para la disposición de los recipientes de acopio de los RAEE.

Estos puntos de recolección son: Panamericana Calle 170, Panamericana CC Metrópolis,

Panamericana CC hayuelos, Panamericana Chicó Norte, Panamericana CC Plaza Imperial,

Panamericana CC Centro Mayor y Panamericana Cra 7ma

Teniendo en cuenta la caracterización de los AEE importados se determinaron las características

físicas de los puntos de recolección y centros de acopio del sistema. Para los puntos de

recolección se sugiere un recipiente en rejilla metálica con una capacidad no menor a 350 kg y

un área de 1.5 m2, para los centros de acopio se deberán tener cajas de madera con un área

mínima de 20 m2 y una capacidad de almacenamiento de al menos 9,5 toneladas. Las áreas de

recolección y almacenamiento deben tener definido un plan de contingencia ante posibles

incidentes, y debe estar perfectamente señalizada según la NTC 1461.

Luego de la recolección se establecen las actividades para cumplir a cabalidad con la gestión

adecuada de los RAEE los cuales se encuentran ampliamente descritos en el Anexo 2 del

presente documento, denominado: “PLAN DE GESTIÓN Y RECOLECCIÓN DE RAEE DE

CISNE NEGRO INVERSIONES S.A.S”.

Tabla N° 4: Diagrama de flujo del SGyR de Cisne Negro Inversiones. Fuente:

Autores (2018)

6.3 Apoyo en la implementación del Plan.

La implementación del SGyR de los RAEE en la compañía requiere de un tiempo

prolongado para que se cumplan a cabalidad todos los procedimientos dado que muchos

de estos están sujetos al avance de las instituciones como el Ministerio de Medio

Ambiente o la Autoridad de Licencias Ambientales pues son estas quienes definen los

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umbrales para obligar a un productor la recolección o no de esa subpartida de RAEE

además de otras directrices como el registro de productores de AEE a cargo del ANLA

entre otros. Dadas las condiciones actuales en las que se encuentra la norma y su

constante construcción se determinó que la decisión más prudente era no implementar

el Plan hasta que los umbrales estuvieran definidos con el fin de determinar cuáles

subpartidas de RAEE serían acogidas por el sistema. Por esta razón se planteó la

formulación de un Manual que ilustrara detalladamente los procedimientos generales

para su ejecución, en aras de hacer accesible y de fácil entendimiento la información allí

consignada.

6.3.1 Reglamentación del Decreto

El ministerio debe formular la resolución (la cual está en construcción) que

reglamentará el decreto 284. Esta norma definirá umbrales, el registro de productores,

entre otras directrices necesarias para la implementación del sistema. El siguiente

esquema muestra el proceso para la reglamentación del decreto:

Figura N°12: Esquema de Reglamentación del Decreto 284. Fuente: (Autores, 2018)

6.3.2 Manual de procedimientos.

El diseño del Plan de Gestión y Recolección de RAEE de CISNE NEGRO

INVERSIONES S.A.S permite evidenciar las condiciones legales, técnicas y logísticas

a las que se encuentra sujeta la aplicación del Sistema. Sin embargo, es de saberse

que para hacer efectivo el plan no resulta práctico un documento extenso de difícil

lectura que contenga toda la información que permitió su elaboración. Este manual se

Min Ambiente

Resolución

Decreto 284

Reglamentación de la norma

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encuentra en el anexo 3 del presente documento y contiene los siguientes

procedimientos: Procedimiento de Identificación y Evaluación de Riesgos,

Procedimiento para Recolección de la Información, Procedimiento de Verificación y

Validación de la Información, Procedimiento para Transporte y Almacenamiento de

RAEE, Procedimiento de Comunicación Entre los Actores y Procedimiento para

Emergencias. Estos procedimientos a su vez contienen registros de ejecución que

contribuyen al Seguimiento y monitoreo del Plan.

6.4. Seguimiento y Monitoreo del Sistema de Recolección y Gestión de RAEE para

CISNE NEGRO INVERSIONES S.A.S

Para el seguimiento y monitoreo del Sistema el Ministerio de Ambiente propone 5 indicadores

de gestión los cuales son:

NOMBRE OBJETIVO FÓRMULA DE

CÁLCULO

UNIDAD

DE

MEDIDA

PERIODO

DE

MEDICIÓN

FUENTE DE

INFORMACIÓN

SIGNIFICADO

Eficiencia del

SRyG

Determinar la

eficiencia del

Sistema de

Recolección y

Gestión de

RAEE de la

empresa

(Kilogramos de AEE

introducidos en el

mercado/Kilogramos

de RAEE

recolectados)*100

% Anual Registros de

venta y

Recolección

Un mayor

porcentaje

implica mayor

eficiencia en

la recolección

y gestión de

los RAEE

Eficiencia de

recolección

de cada

punto de

Distribución

de los AEE.

Medir la

eficiencia de

recolección

de cada

punto de

distribución

de AEE para

verificar

falencias de

diseño

(Unidades de AEE

vendidas en el

establecimiento/

Unidades de RAEE

recolectados en el

establecimiento)*100

% Mensual Registro de

recolección de

los RAEE del

punto

Un mayor

porcentaje

implica mayor

eficiencia de

los

mecanismos

de

información

Cumplimiento

Normativo

Verificar el

cumplimiento

de la

normatividad

aplicable a la

compañía

(N° Normas y

decretos acatados/

N° Normas y

decretos

aplicables)*100

% Anual Informe de

cumplimiento

normativo

Un mayor

porcentaje

implica mayor

Cumplimiento

legal de la

empresa

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15 DE FEBRERO DE 2018

Cumplimiento

de las metas

de

recolección

según el

Ministerio de

Ambiente

Verificar el

cumplimiento

de la meta

anual

propuesta por

el Min

Ambiente

(Porcentaje de

recolección de RAEE

introducidos en el

mercado*100)/ Meta

de recolección anual

del Min Ambiente)

% Anual Informes de

eficiencia del

sistema

Un mayor

porcentaje

implica mayor

cumplimiento

de la meta

anual de

recolección

Durabilidad

de las celdas

de

recolección y

acopio de los

RAEE

Verificar la

calidad y

eficiencia de

las celdas de

acopio y

recolección

de los RAEE

(N° de celdas con

averías/ N° de celdas

instaladas)*100

% Anual Registros de

quejas y

reclamos y del

distribuidores

Un mayor

porcentaje

implica mayor

eficiencia en

la recolección

y gestión de

los RAEE

Tabla N° 5: Indicadores de seguimiento y monitoreo del SGyR de Cisne Negro Inversiones.

Fuente: Autores (2018)

6.5 Desarrollo de un modelo metodológico para el desarrollo de un Plan para la gestión

de los Residuos de Aparatos Eléctrico y Electrónicos

Figura N°13: Modelo Metodológico para el Diseño de un Plan para la Gestión de RAEE

para Cisne Negro Inversiones S.A.S. Fuente: (Autores, 2018)

7. Análisis de resultados

Los términos de referencia para la gestión y recolección selectiva de residuos de aparatos

eléctricos y electrónicos en el país se fundamentan en contextos internacionales por lo que

se desconocen muchos factores del mercado nacional. A pesar de los esfuerzos de las

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autoridades ambientales colombianas por avanzar en la reglamentación, no existen estudios

avanzados para el país en términos de dinámicas de importación de dichos elementos y aún

menos para los tratamientos especializados para los RAEE, situación que limita y retrasa la

regulación para manejo de los mismos. Adicional la norma plantea sistemas de información y

registros que representan un primer acercamiento a cifras reales acerca de la situación de los

RAEE en Colombia.

La formulación de un Sistema de Gestión y Recolección (SGyR) de los RAEE que pueda

satisfacer la recolección del 100% de los AEE puestos en el mercado, supone un gran reto

para las empresas debido a la complejidad de las variables que inciden en estos sistemas.

Temas como la colecta y el reciclaje informal de estos residuos, la falta de sensibilización de

todos los consumidores finales que garanticen su devolución, el aumento desmesurado de

estos desechos debido a la asiduidad con la que se sustituye la tecnología y la temporalidad

dispar de su ciclo de vida, implican sistemas de análisis muy complejos que actualmente no

tienen un estudio soporte bien consolidado.

Por todas estas situaciones resulta importante que se realicen estudios a fondo sobre esta

problemática de crecimiento acelerado y la construcción de marcos normativos y

metodológicos desde la dinámica nacional incluyendo a todos los actores involucrados:

productores, consumidores y autoridades ambientales. Estos avances permitirán elaborar

Sistemas de mayor precisión que mejoran considerablemente el estado actual de los residuos

de aparatos eléctricos y electrónicos y el ambiente, por esta razón consideramos que el

decreto 284 de 2018 es un avance fundamental en pro de la construcción de un país

sostenible sin embargo, vienen retos de gran importancia y se requiere que la Resolución que

reglamentará esta norma sea integral y contemple todos los aspectos previamente descritos.

8. Conclusiones

● La revisión de los decretos 1076 del 2015 y 284 de 2018, objeto de estudio del

presente trabajo, fijó la exigibilidad de un Sistema de Gestión y Recolección de los

residuos de aparatos eléctricos y electrónicos para Cisne Negro Inversiones S.A.S.

No obstante, se pudo evidenciar que el decreto 284 publicado en febrero del presente

año, aún no cuenta con toda la descripción pertinente para el cumplimiento de sus

objetivos, situación que se ve reflejada en los esfuerzos del Ministerio de Ambiente

para concertar la formulación de dichos vacíos jurídicos con los empresarios

afectados.

● La temática concerniente a la composición, manejo y disposición de los RAEE resultó

ser de difícil acceso y muy limitada; sin embargo, pese a estas dificultades, se logró

formular el Sistema de Gestión para Cisne Negro Inversiones con el alcance deseado

para satisfacer los requerimientos legales y de la compañía.

● Nacionalmente los RAEE solo se recolectan más no existen procedimientos de

transformación o disposición final de los mismos, únicamente son manejados a

cabalidad en Europa. Este tipo de situaciones hacen que haya un vasto

desconocimiento de la naturaleza de estos elementos y de la importancia de su

gestión, lo que conlleva al aumento de la inadecuada disposición de los mismos que

provoca desequilibrio y contaminación de los ecosistemas.

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● La implementación del Plan para la gestión de los Residuos de Aparatos Eléctricos y

Electrónicos (RAEE) en la organización Cisne Negro Inversiones S.A.S es un proceso

de larga duración que requiere de la articulación de todos los actores.

● La normatividad se encuentra desarticulada pues se emiten normas de obligatorio

cumplimiento sin que existan las herramientas que permitan su implementación lo que

implica regular y dar largos períodos de instauración de la misma extendiendo

acciones que podrían dar soluciones a las problemáticas presentadas.

● Las deficiencias en la socialización del decreto 284 de 2018 no permitieron

implementar a cabalidad el Plan de Gestión de RAEE debido a la ausencia de

umbrales de recolección, pues el Director de la organización no puede financiar un

proyecto sin conocer si el alcance de la norma involucra a su organización.

● La metodología propuesta tuvo tres principales fuentes de información (la ANLA y los

Sistemas de Gestión y Recolección Selectiva y las sesiones informativas del decreto

284 de 2018) Información suficiente que permitió la elaboración de una metodología

estándar que puede ser utilizada en proyectos similares.

9. Recomendaciones

Para la ejecución del plan de gestión la empresa debe encargarse de adquirir y disponer

de los recursos físicos y financieros en su totalidad; no obstante se puede pactar la

adquisición de recursos económicos con Lito S.A, la cual adquiere ciertos beneficios

internacionales por la recuperación de los RAEE. Por otra parte, el Ministerio de Ambiente

y Desarrollo Sostenible brindará apoyo técnico en las directrices de funcionamiento que

deberá seguir la metodología empleada, el cumplimiento a cabalidad de los

procedimientos dispuestos por el presente proyecto impulsará la adquisición de

beneficios por parte de estas entidades.

La ejecución del plan en su totalidad tendrá grandes retos referentes a la fase de

sensibilización de los usuarios o consumidores finales de los productos. No obstante se

requiere el uso de diferentes mecanismos de difusión informativa bien articulada con los

programas dispuestos por el Min Ambiente o la secretaría Distrital de Ambiente que

facilite el desarrollo de dichas jornadas.

Vincular a todos los actores de la cadena productiva en los procedimientos establecidos

para el cumplimiento legal de la empresa es imprescindible para su adecuado

funcionamiento. Estas socializaciones deben realizarse mediante una o más reuniones

según sea necesario, para capacitar a los comercializadores de los AEE importados por

la compañía acerca de sus responsabilidades legales y de los procedimientos planteados

en el presente trabajo para dar cumplimiento a las mismas.

Luego de la formulación de las resoluciones que reglamenten el decreto 284 de 2018 se

debe realizar un replanteamiento del Plan de Gestión teniendo en cuenta los nuevos

lineamientos sobre los umbrales de distribución, metas de recolección y los índicadores

de gestión propuestos.

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11. Apéndice

Anexo 1. Informes de las actividades propuestas

INFORME 1. Matriz de Requisitos Legales

INFORME 2. Informe de Normatividad Relacionada con la Gestión Integral de los Residuos Eléctricos y Electrónicos

INFORME 3. Informe búsqueda de apoyo con entidades estatales que brindan

directrices referentes al manejo de los RAEE

INFORME 4. Informe de Caracterización de los AEE y los RAEE que generan los usuarios de los productos de Cisne Negro Inversiones S.A.S

INFORME 5. Informe de la visita a la bodega de almacenamiento de los AEE importados

Anexo 2. SISTEMA DE GESTIÓN Y RECOLECCIÓN DE RAEE DE CISNE NEGRO

INVERSIONES S.A.S

Control Documental del Sistema.

Plan para la Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos.

Logo del Sistema de Gestión y Recolección de Residuos de Aparatos Eléctricos y

Electrónicos.

Identificación de Riesgos.

Matriz de Evaluación del Riesgo.

Plan de Contingencia.

Metodología

Organigrama del Sistema

Identificación, Roles y Responsabilidades de Actores Involucrados.

Diagrama de Flujo del Sistema.

Ubicación de los Puntos de Recolección

Actas de Reunión.

Procedimiento de Identificación y Evaluación de Riesgos.

Procedimiento para Recolección de la Información.

Procedimiento de Verificación y Validación de la Información.

Procedimiento para Transporte y Almacenamiento de RAEE.

Procedimiento de Comunicación Entre los Actores.

Procedimiento para Emergencias.

Registro de Recolección de Datos.

Registro de Informes del Sistema.

Registro de Acciones de Mejora.

Registro de Auditoría.

Anexo 3. MANUAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN Y RECOLECCIÓN DE RAEE DE CISNE

NEGRO INVERSIONES S.A.S

Anexo 4. PRESUPUESTO DE IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN PARA LA GESTIÓN DE

LOS RESIDUOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS.