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INTERNO (Sólo para miembros de AI)Indice AI: IOR 41/45/93 Distr: SC/CC/PG/CO -------------------------- Amnistía Internacional Secretariado Internacional 1 Easton Street Londres WC1X 8DJ Reino Unido A:Todas las Secciones Coordinadores de Campañas Coordinadores OIG Grupos de abogados De:Oficina Jurídica y de Relaciones con Organizaciones Intergubernamentales Departamento de Investigación de América Fecha:Diciembre de 1993 INFORME ACERCA DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE POBLACIONES INDÍGENAS, DE LAS NACIONES UNIDAS, SESIÓN 11ª (Ginebra, 19-30 de julio de 1993) Resumen Adjunto se encuentra un documento EXTERNO sobre la undécima sesión del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas, de las Naciones Unidas. Este Grupo de Trabajo es uno de los organismos auxiliares establecidos por la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, de las Naciones Unidas. Se reune anualmente durante dos semanas, antes de la sesión plenaria de la Subcomisión, a la que informa de sus conclusiones. El Grupo de Trabajo tiene la misión de revisar y analizar los progresos realizados en la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las poblaciones indígenas. Amnistía Internacional tiene condición de entidad consultiva del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y asiste con regularidad a las sesiones de la Subcomisión. Sin embargo, el Grupo de Trabajo sobre las Poblaciones Indígenas es una excepción dentro del sistema de las Naciones Unidas, ya que permite que las

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INTERNO (Sólo para miembros de AI)Indice AI: IOR 41/45/93 Distr: SC/CC/PG/CO --------------------------Amnistía Internacional Secretariado Internacional 1 Easton Street Londres WC1X 8DJ Reino Unido

A:Todas las SeccionesCoordinadores de CampañasCoordinadores OIGGrupos de abogados

De:Oficina Jurídica y de Relaciones con Organizaciones IntergubernamentalesDepartamento de Investigación de América

Fecha:Diciembre de 1993

INFORME ACERCA DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE POBLACIONES INDÍGENAS, DE LAS NACIONES

UNIDAS, SESIÓN 11ª

(Ginebra, 19-30 de julio de 1993)

Resumen

Adjunto se encuentra un documento EXTERNO sobre la undécima sesión del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas, de las Naciones Unidas. Este Grupo de Trabajo es uno de los organismos auxiliares establecidos por la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, de las Naciones Unidas. Se reune anualmente durante dos semanas, antes de la sesión plenaria de la Subcomisión, a la que informa de sus conclusiones. El Grupo de Trabajo tiene la misión de revisar y analizar los progresos realizados en la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las poblaciones indígenas.

Amnistía Internacional tiene condición de entidad consultiva del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y asiste con regularidad a las sesiones de la Subcomisión. Sin embargo, el Grupo de Trabajo sobre las Poblaciones Indígenas es una excepción dentro del sistema de las Naciones Unidas, ya que permite que las

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organizaciones no gubernamentales que tienen condición de entidad consultiva con el Consejo Económico y Social asistan a sus sesiones e informen al Grupo; también permite la asistencia y participación de otras organizaciones no gubernamentales, de representantes de poblaciones indígenas, incluidas las que pudieran haber sido objeto de violaciones de derechos humanos, y de especialistas independientes.

Palabras clave

COMUNIDADES INDIGENAS1 / ONU / REUNIONES INTERNACIONALES / INSTRUMENTOS DE DERECHOS HUMANOS /

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EXTERNO (para distribución general)

INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE POBLACIONES INDÍGENAS, DE LAS NACIONES

UNIDAS, SESIÓN 11ª

(Ginebra, 19-30 de julio de 1993)

Índice

I.CONSTITUCIÓN, MANDATO, METODOS DE TRABAJO Y REQUISITOS PARA LA ASISTENCIA AL GRUPO DE TRABAJO 1

II.ASISTENCIA A LA 11ª SESION DE 1993 DEL GRUPO DE TRABAJO 1

III.ASISTENCIA DE AMNISTIA INTERNACIONAL AL GRUPO DE TRABAJO 2

IV.PROGRAMA DE LA 11ª SESION DEL GRUPO DE TRABAJO3

1. Actividades de tipo normativo: Debate sobre el proyecto de Declaración de los Derechos de las Poblaciones Indígenas

2. Análisis de las novedades7

3. Estudio de Tratados, Convenios y otros Acuerdos Constructivos entre Gobiernos y Poblaciones Indígenas

4. Estudio sobre la Propiedad Cultural e Intelectual de las Poblaciones Indígenas

5. Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo

6. La Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos

7. Papel del Grupo de Trabajo en el futuro

8. Otras reuniones

9. Conclusiones y recomendaciones

V.APÉNDICES

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A. Proyecto de Declaración del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Poblaciones Indígenas. Enmiendas

B. Programa de Acción del Documento Final de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos (Viena, junio de 1993)

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EXTERNO (para distribución general)

INFORME DEL GRUPO DE TRABAJO SOBRE POBLACIONES INDÍGENAS, DE LAS NACIONES

UNIDAS, SESIÓN 11ª(Ginebra, 19-30 de julio de 1993)

I. CONSTITUCIÓN, MANDATO, MÉTODOS DE TRABAJO Y REQUISITOS PARA LA ASISTENCIA AL GRUPO DE TRABAJO

La constitución, mandato, métodos de trabajo y requisitos para la asistencia al Grupo de Trabajo se ha explicado detalladamente en informes anteriores, por ejemplo en los de las sesiones del Grupo en 1991 y 1992, a las que remitimos a los lectores (Véase IOR 41/12/91 y IOR 41/03/93/s)

II. ASISTENCIA A LA 11ª SESIÓN DE 1993 DEL GRUPO DE TRABAJO

Una vez más se reunieron en la sesión del Grupo más de 600 personas que representaban organizaciones indígenas, organizaciones no gubernamentales con condición de entidad consultiva de las Naciones Unidas, otros grupos y organizaciones, así como investigadores independientes, expertos en derechos humanos y activistas de derechos humanos. Una novedad interesante este año ha sido la asistencia de representantes de las poblaciones de lo que fueron las regiones árticas soviéticas.

El número de observadores que representaban a Estados miembros de la Naciones Unidas descendió ligeramente este año frente al anterior (de 42 a 35). Estuvieron representados Argentina, Australia, Bangladesh, Bhután, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Chipre, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, Finlandia, Alemania, Grecia, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Japón1, México, Myanmar, Nueva Zelanda, Nicaragua, Noruega, Panamá, Perú, Filipinas, Federación Rusa, Suecia, Reino Unido e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América.

1La postura de Japón con respecto a las poblaciones indígenas ha experimentado cambios interesantes en los últimos años. Anteriormente, la política oficial había sido mantener que Japón era una sociedad "armoniosa racialmente", pero en 1991, Japón reconoció que los ainu conservaban su propia lengua y cultura, al mismo tiempo que los libros de texto japoneses ya no sostenían la inexistencia de minorías en el país. Aunque Japón fue uno de los países que hicieron intervenciones orales en las ceremonias de apertura del Año de las Poblaciones Indígenas, en cuyo momento reconoció que las actividades de las Naciones Unidas también concernían a los ainu, hasta este momento había rehusado considerar a los ainu como población indígena. Las intervenciones de los representantes de los Ainu durante las deliberaciones del Grupo de Trabajo también fueron interesantes. Llamaron la atención del Grupo sobre lo que describieron como las "encrucijadas" a las que había llegado Japón por posibles controles del gobierno sobre compañías privadas cuya política pudiera repercutir sobre las poblaciones indígenas, así como por políticas relacionadas con los efectos de su ayuda para el desarrollo -tanto bilateral como a través del Banco del Desarrollo Asiático- sobre las poblaciones indígenas y otras, tanto en Japón como fuera de ese país.

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También asistieron observadores en nombre de Suiza y la Santa Sede, que no son Estados miembros, y en representación de los departamentos de las Naciones Unidas e instituciones especializadas que indicamos a continuación: Departamento de Información Pública, Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). El Consejo Nórdico de Ministros y la Comisión de Población Aborigen y de las islas del Estrecho de Torres, de Australia, también enviaron observadores.

III. ASISTENCIA DE AMNISTÍA INTERNACIONAL AL GRUPO DE TRABAJO

La delegación de AI en el Grupo de Trabajo estaba formada por un miembro del Departamento de Investigación de América, responsable de la preparación y coordinación del programa especial de AI de 1992 sobre violaciones de derechos humanos contra la población indígena de América, y un miembro del Grupo de Coordinación constituido por AI del Canadá (Sección anglófona) para llevar a cabo este trabajo de la Sección sobre las poblaciones indígenas.

Como en años anteriores, la delegación debía garantizar la amplitud de las deliberaciones del Grupo y la presentación al mismo de la intervención de AI2. La intervención de AI y su presencia en la sesión del Grupo de Trabajo tenía la intención de subrayar, en el contexto de 1993, Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, el compromiso permanente de AI con la protección de aquellos derechos de las poblaciones indígenas relacionados con la organización. También como en años anteriores, la intervención de AI fue muy apreciada por los asistentes a la sesión, así como su trabajo relacionado con las poblaciones indígenas. La demanda de la versión impresa de la intervención de AI fue impresionante, y varias delegaciones pidieron ser fotografiadas recibiendo la copia a manos de la delegación después de que se publicara. Al igual que otras veces, varias delegaciones mencionaron el material reciente de AI en su propia presentación. Este año, tras la publicación en el mes de febrero del documento de AI sobre cuestiones de justicia aborigen en Australia (Australia: El sistema judicial volcado contra los aborígenes, ASA 12/01/93/s), la delegación destacó especialmente que los delegados aborígenes australianos hicieron repetidas referencias a los resultados del estudio de AI. También resultó digno de mención el que, al parecer, por primera vez, el informe del Grupo de Trabajo mencionara específicamente y resumiera la intervención de AI: "El representante de Amnistía Internacional hizo referencia a su informe de 1992, la primera publicación centrada únicamente en las poblaciones indígenas. Se llamó la atención sobre las violaciones de derechos humanos, que comprendían el uso discriminatorio de la pena de muerte contra

2Esta declaración de AI aparece, junto con las declaraciones de AI a la Subcomisión de 1993, en IOR 41\33\93.

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los indígenas y la discriminación en el sistema de justicia penal de muchos países, muertes bajo custodia y ejecuciones extrajudiciales en los conflictos por la tierra o los recursos. Las poblaciones indígenas se encontraban a menudo entre la espada y la pared cuando había conflictos internos"3 [Párrafo 95, pág 24 E/CN.4/Sub.2/1993/29).

Al igual que otras veces, la delegación de AI también trató de establecer el mayor número de contactos posible con la extensa representación de organizaciones no gubernamentales e intergubernamentales, con objeto de ayudar al Secretariado a determinar cuál podría ser la contribución de AI.

3Este párrafo ha sido traducido por EDAI por no disponer de la tradución oficial.

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IV. PROGRAMA DE LA 11ª SESION DEL GRUPO DE TRABAJO

El programa del Grupo de Trabajo comprendía los siguientes puntos:

- Debate general - Evolución de las normas relativas a los derechos de las poblaciones indígenas- Revisión de los cambios relacionados con la promoción y protección de los derechos humanos y libertades fundamentales de las poblaciones indígenas - Estudio de tratados, acuerdos y otros acuerdos constructivos entre gobiernos y poblaciones indígenas - Estudio de la propiedad cultural e intelectual de las poblaciones indígenas- Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo - Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos- Papel del Grupo de Trabajo en el futuro- Otros asuntos- Conclusiones y recomendaciones

Sin embargo, es importante destacar que, desde el comienzo, la mayor parte de las deliberaciones del Grupo de Trabajo en su 11ª sesión fueron dedicadas a actividades de tipo normativo, es decir, al estudio del proyecto de Declaración de los Derechos de las Poblaciones Indígenas. En total, el Grupo celebró 16 reuniones públicas. Nueve de ellas estuvieron relacionadas con actividades de tipo normativo; cinco con la revisión de los progresos realizados4; sólo una con los continuos, complejos y detallados estudios que el Relator Especial del Grupo ha estado llevando a cabo sobre tratados, convenios y acuerdos constructivos y su Presidenta sobre la propiedad cultural e intelectual de las poblaciones indígenas; y una para abarcar todos los restantes puntos del programa relativos al Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo, de las Naciones Unidas, la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, el todavía no resuelto papel del Grupo de Trabajo y otros asuntos. (Además de la sesión pública, el Grupo de Trabajo también celebró sesiones privadas para completar su informe y adoptar las recomendaciones contenidas en él. Estas sesiones privadas se celebraron durante el Grupo de Trabajo y durante y después de la sesión de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías que, como de costumbre, tuvo lugar al finalizar el Grupo de Trabajo. Aunque la celebración de estas reuniones es una práctica corriente, este año las comunidades indígenas fueron especialmente críticas ante

4Es en este punto del orden del día, la revisión de los progresos realizados, en el que los delegados exponen su preocupación por los derechos humanos, y en el que tiene lugar la intervención de AI. También es en este punto en el que los gobiernos pueden rebatir las acusaciones realizadas contra ellos, o presentar su propio punto de vista sobre las iniciativas gubernamentales relativas a las poblaciones indígenas.

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su exclusión de estas reuniones, por motivos que se explican más adelante).

1. Actividades de tipo normativo: Debate sobre el Proyecto de Declaración de los Derechos de las Poblaciones Indígenas

El Grupo de Trabajo, constituido en 1982, ha estado trabajando desde 1985 en el borrador de una declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas. Ha habido decepción en algunos círculos al pensar que la OIT era capaz mientras tanto de finalizar su propio Convenio 169 sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas y Tribales (1989)5, y especialmente porque el Grupo no había sido capaz de finalizar un proyecto a tiempo para 1992, año en el que el 500 aniversario de la llegada de los europeos a la región que hoy llamamos América había enfocado la atención mundial en los problemas y asuntos de las poblaciones indígenas. Otros representantes indígenas, sin embargo, se han opuesto en los últimos años a que el Grupo de Trabajo finalice el proyecto por diversas razones. Para que sea adoptado por las Naciones Unidas como un instrumento de pleno derecho, el proyecto de Declaración tendría que ser estudiado y aprobado por la totalidad de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías, la Comisión de Derechos Humanos, el Consejo Económico y Social y la Asamblea General. Como, según los acuerdos actuales, las poblaciones indígenas no estarían representadas en ninguno de estos organismos, muchos representantes indígenas temen que ninguna Declaración que emerja al final de este proceso refleje sus puntos de vista y preocupaciones. Piensan que todavía queda mucho trabajo por hacer explicando las preocupaciones indígenas tanto a los representantes gubernamentales como al público internacional, a través del Grupo y por otros medios, antes de que pueda esperarse una acogida favorable del proyecto de Declaración por parte de dichos organismos. También se han mostrado firmes en que no se debe considerar de ningún modo que cualquier proyecto de Declaración que provenga del Grupo sin que haya sido examinado de nuevo por sus comunidades -y especialmente por sus mayores- tiene el respaldo de las poblaciones indígenas. Por último, muchos de los que se oponen a que se finalice el proyecto de Declaración se sienten preocupados porque si el Grupo de Trabajo lo lleva a término, los gobiernos que no aprueban la existencia del Grupo pueden valerse de ello para sostener que ya ha cumplido su misión, y procurar terminar con él o incluso paralizar su trabajo, que ya se ha visto seriamente comprometido por la crónica escasez de fondos asignados a la operación. Dadas las limitaciones que tienen, muchos grupos indígenas valoran el papel que desempeña el Grupo de Trabajo como foro para la discusión de asuntos indígenas, y no desean correr ningún riesgo de que pueda finalizar su mandato.

5El Convenio de la OIT ha sido ratificado por Bolivia, Colombia, Costa Rica, Noruega y México. Según el representante de la OIT en el Grupo de Trabajo, los gobiernos de Argentina, Fiyi y Paraguay han indicado que también están estudiando su ratificación.

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Muchos, pero no todos, de los que se oponen a la terminación del proyecto de Declaración en la 11ª sesión del Grupo son del "Norte", especialmente de Norteamérica, en tanto que muchos grupos del Sur, especialmente de América Central y América del Sur, consideran que incluso un proyecto imperfecto puede desempeñar un papel en la protección de los derechos humanos de los indígenas en dicha parte del mundo. La tensión entre las dos diferentes perspectivas disminuyó en esta sesión del Grupo de Trabajo, ya que la Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 1993/31, y la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos, que tuvo lugar en Viena en el mes de junio, solicitaron al Grupo de Trabajo que terminara su proyecto de Declaración. Así, tanto algunos miembros del Grupo de Trabajo, especialmente su presidenta, Erica-Irene Daes, de Grecia, como varios gobiernos, se mostraron resueltos a asegurar que este año el Grupo de Trabajo remitiría un texto final6. La cuestión fue entonces hasta qué punto dicho proyecto reflejaría las perspectivas que las poblaciones indígenas han reintroducido incansablemente en las versiones que el Grupo de Trabajo ha propuesto repetidamente tras las sesiones privadas de reelaboración, versiones que intentan reflejar en mayor grado las perspectivas gubernamentales, y que por tanto los gobiernos deben estar más dispuestos a aceptar.

Como en todas las deliberaciones que tuvieron lugar a lo largo de los años, la sesión de 1993 del Grupo de Trabajo tuvo que enfrentarse con diferencias de opinión en una serie de asuntos importantes que giraban en torno a las siguientes cuestiones: si la Declaración debe orientarse a exponer derechos en vez de metas y objetivos o "aspiraciones"; si los derechos de los indígenas son inherentes, "concedidos" o reconocidos; si los derechos en cuestión deben ser de aplicación universal o si deben definirse y protegerse derechos específicos o prácticas y costumbres de poblaciones indígenas, incluso cuando pueden entrar en conflicto con los derechos de otros, incluidas personas de comunidades indígenas, como mujeres y niños; con qué amplitud deben definirse los derechos expuestos, y si deben abarcar derechos colectivos o individuales; si deben exponerse los derechos y protecciones en general o si se deben exponer uno por uno y detalladamente todos los derechos que hay que proteger; si se deben reflejar los diferentes contextos sociales e históricos de las diferentes

6De hecho, algunos representantes indígenas opinaron que la Declaración iba "sobre ruedas", evocando algunos momentos amargos de las etapas finales del 169 Convenio de la OIT, cuando muchos representantes indígenas dijeron que se les había excluido prácticamente del proceso de redacción. El rencor que obviamente sentían muchos por el procedimiento seguido por la OIT volvió a renacer con fuerza cuando pareció que el Grupo de Trabajo iba a seguir con tácticas similares, y se manifestó en lo que parecían ser movimientos concertados previamente por varios de los representantes indígenas para bloquear cualquier esfuerzo de la OIT para introducir la mención a su propio Convenio o a sus actividades en las deliberaciones del Grupo. Además, muchos representantes indígenas dejaron claro que no se consideraban obligados por el Convenio de la OIT, ya que se habían sentido excluidos de las etapas finales de la redacción del mismo, ni tampoco por ningún proyecto presentado por el Grupo de Trabajo sin su aceptación.

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poblaciones indígenas para que sus derechos sean protegidos en consecuencia; si la Declaración debe incluir una definición de las poblaciones indígenas; si puede y debe contener un mecanismo de ejecución; si se deben incluir los derechos de los trabajadores indígenas o de los indígenas presos; si y cómo deben protegerse en la Declaración los derechos y reclamaciones sobre tierras y los derechos y reclamaciones sobre otros recursos de las poblaciones indígenas y cómo debe hacerse; con qué amplitud deben protegerse los derechos de propiedad intelectual y cultural; si la Declaración debe abarcar la protección contra otros que no sean los agentes gubernamentales; hasta qué punto y cómo se puede compensar o indemnizar a las poblaciones indígenas por la pérdida de tierras y otros recursos, o por abusos contra ellas; y si se pueden incluir, en vista de la oposición gubernamental general, temas como genocidio, etnocidio, desarrollo, servicio militar obligatorio, conflicto armado, adopción, crianza y atención de la salud.

Sin embargo, en 1993, al igual que anteriormente, los temas "candentes" fueron los de autodeterminación, y si los derechos protegidos pueden ser "universales" -como los sancionados por la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos, de las Naciones Unidas, y de acuerdo con las normativas de los derechos humanos reconocidas internacionalmente -o si en dicha formulación se presentarían el derecho y los derechos reconocidos en la Declaración, sin sentido en muchos casos, ya que el reconocimiento de las estructuras institucionales y diferentes costumbres jurídicas, tradiciones, procedimientos y prácticas de las poblaciones indígenas sólo sería posible si estuvieran "de acuerdo" con las normas no indígenas.

El debate sobre estos temas no fue nada fácil debido a la manifiesta diferencia entre los objetivos personales y profesionales de los diferentes miembros del Grupo de Trabajo. La presión del tiempo también fue un problema, ya que el Grupo de Trabajo luchó para poder llevar a cabo su sobrecargado programa con unos recursos mínimos -totalmente insuficientes en algunos casos como, por ejemplo, la falta de intérpretes y el no poder disponer de documentos imprescindibles en las lenguas básicas de las Naciones Unidas - e incluso con ninguno en absoluto.

Sin embargo, aunque se resalten las presiones y obstáculos concretos que se oponen a la terminación del proyecto de Declaración en el periodo de sesiones de 1993, es difícil concebir una fórmula -tanto si está expresada en términos de autodeterminación, como está definida actualmente por las leyes internacionales, o en los de las alternativas a menudo sugeridas de autogobierno o autonomía- que pueda ser aceptada por las poblaciones indígenas que, en algunos casos, insisten en una independencia completa, así como por los gobiernos interesados en mantener la existencia del estado-nación. También resulta difícil

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creer que un organismo de las Naciones Unidas pueda aprobar con éxito el texto de un nuevo instrumento internacional en el que no aparecen referencias a la compatibilidad con otras normas aprobadas internacionalmente para la protección de los derechos humanos, ni que las más de 600 personas de variada procedencia presentes en el Grupo de Trabajo (algunas de ellas por primera vez), aceptaran finalmente un proyecto de Declaración sancionado por un organismo intergubernamental como las Naciones Unidas.

En la reunión, tras mucho redactar y volver a redactar, el Grupo de Trabajo acabó con una total falta de claridad en cuanto al punto en que se encontraba la Declaración, y sobre si pasaría a la Subcomisión. Al final, tras las sesiones privadas que mantuvieron los miembros del Grupo de Trabajo después de que la 11ª sesión hubiera finalizado oficialmente, pasó a la Subcomisión un proyecto de Declaración que no gustó a nadie. Los representantes indígenas pensaban que sus auténticas preocupaciones habían quedado suavizadas irremediablemente, y que muchos "derechos" incluidos sencillamente eran los mismos que ya estaban reconocidos o protegidos en otros sitios; mientras que muchos representantes de gobiernos y organizaciones intergubernamentales pensaban que el proyecto, tal como aparece ahora, tiene una redacción tan escueta y poco realista que la apoyarían muy pocos gobiernos. La verdad es que ni siquiera el Grupo de Trabajo se mantenía unido después del proyecto remitido a la Subcomisión. Un apéndice de su informe incluye no sólo el proyecto presentado sino las observaciones de un eminente miembro del Grupo, en las que expresa su desacuerdo con elementos clave del mismo (Véase Apéndice A).

Al final, el proyecto ni siquiera fue discutido por la Subcomisión. La falta de fondos para contratar traductores para las sesiones de la tarde, que hubieran sido necesarios para que la Subcomisión completara su programa, fue una de las razones aducidas para omitir la discusión de este asunto en la Subcomisión de 1993, a pesar de ser el Año de las Poblaciones Indígenas del Mundo. En la resolución, titulada "Proyecto de Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas", la Subcomisión decidió posponer el análisis del proyecto hasta la sesión de 1994 y transmitirla a las organizaciones de poblaciones indígenas, gobiernos y organizaciones no gubernamentales tan pronto como se terminara la "revisión técnica" del proyecto7. La Subcomisión también decidió someter el proyecto -si fuera posible- a la Comisión de Derechos

7En cierto modo esto puede considerarse como un aspecto positivo, ya que los representantes indígenas en el Grupo de Trabajo querían consultar a sus comunidades sobre el proyecto de Declaración. Sin embargo, dado que la resolución de la Subcomisión también especifica que "no se aceptarán nuevas enmiendas al texto revisado técnicamente durante los futuros procedimientos normativos del Grupo de Trabajo", resulta difícil ver exactamente cómo se puede ahora someter el proyecto de Declaración a las comunidades indígenas, a menos que se consiga alguna fórmula para permitir que las poblaciones indígenas participen o estén representadas adecuadamente en el proyectado estudio de la Subcomisión, en 1994, del proyecto de Declaración.

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Humanos en su periodo de sesiones de 1995.

La adopción de esta resolución por la Subcomisión sólo fue posible tras un largo debate, ya que se habían presentado dos proyectos sobre el mismo asunto: uno por Miguel Alfonso Martínez, Relator Especial de la Subcomisión -en el cual la Subcomisión solicitaba que el Grupo de Trabajo aprobara formalmente el texto en su próxima sesión de 1994 y lo presentara más tarde a la Subcomisión para su estudio- y otro por Erica-Irene A. Daes, Relatora-Presidenta del Grupo de Trabajo, que deseaba que la Subcomisión aprobara el proyecto de Declaración en su sesión de 1994. El antagonismo entre los planteamientos del Sr. Martínez y la Sra. Daes sólo se pudo suavizar tras las consultas celebradas a puerta cerrada en el último minuto.

El observador de Brasil tomó la palabra para expresar su preocupación por las disposiciones del proyecto de Declaración relativas al derecho de autodeterminación, por planteamiento implícito en el proyecto de que las comunidades indígenas son sujeto de las leyes internacionales, y por las definiciones de los conceptos de tierra, territorios y recursos que aparecen en el proyecto. Estas preocupaciones fueron compartidas por el observador de Canadá, que esperaba una explicación más clara de las relaciones entre autodeterminación, autogobierno y autonomía y las situaciones ya existentes.

En su alocución a la Subcomisión, la Sra. Rigoberta Menchú, Premio Nobel de la Paz, dijo que el proyecto de declaración perdería mucha validez si no incluía los conceptos de autodeterminación como una condición para la existencia física y cultural de las poblaciones indígenas, y el derecho a sus tierras ancestrales. También hizo énfasis en la importancia decisiva de que los representantes de las poblaciones indígenas participaran en las futuras discusiones del proyecto en la Comisión de Derechos Humanos y la Asamblea General. Solicitó una década internacional de las poblaciones indígenas, que podría ir a continuación del Año Internacional.

2. Revisión de novedades

Como ya se ha explicado anteriormente, los representantes indígenas exponen los asuntos específicos que interesan a sus comunidades en este punto del programa. En muchos casos se trata de violaciones de derechos humanos de interés para AI, como ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y torturas, entre ellas la violación y el hostigamiento sexual de indígenas, así como la discriminación en los sistemas judiciales que tiene como resultado una alta proporción de indígenas entre la población reclusa del país. AI y otras organizaciones no gubernamentales también hacen sus intervenciones en este punto del programa, y algunos gobiernos aprovechan la ocasión para

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rebatir las acusaciones que se les hacen o para hacer públicos los pasos que dicen haber dado para mejorar la situación de las poblaciones indígenas que habitan dentro de sus fronteras desde la última reunión del Grupo. Canadá, por ejemplo, hizo referencia a dos decretos que se habían aprobado relativos al territorio de Nunavut, que estipulan que los residentes en la zona, indígenas (incluidos los inuit y los pueblos indios) y no indígenas, tengan su propio gobierno público, su consejo de ministros, su asamblea legislativa, su administración pública y su audiencia territorial. Australia llamó la atención sobre la decisión del Tribunal Supremo australiano en el caso llamado Título Nativo (Native Title), por la cual el Tribunal Supremo rechazaba de una vez por todas la "ficción legal" de terra nullius, la idea de que Australia era una tierra de nadie antes del asentamiento de los europeos. Australia también informó que en respuesta al informe del último año de la Comisión Real de Investigación sobre Muertes de Aborígenes Bajo Custodia, el gobierno había asignado unos fondos adicionales por un período de más de cinco años para estudiar las causas que llevaban a la elevada proporción de aborígenes en prisión e, implícitamente, de la elevada proporción de muertes bajo custodia. (Sin embargo, en la intervención australiana no se abordaron directamente problemas como el de la responsabilidad oficial por las muertes en sí mismas)8.

En total, se dirigieron al grupo unos 126 oradores sobre este punto en el periodo de sesiones de 1993. Los temas expuestos reflejaban los abordados en el proyecto de Declaración y entraban dentro de las categorías principales siguientes: derecho de autodeterminación y participación política; derecho a la vida, a vivir en paz y a la protección contra el genocidio; protección en caso de conflicto armado; derecho a la práctica de tradiciones culturales, religión y lengua; derecho a la educación y a establecer sus propios medios de comunicación; derecho a mantener sistemas políticos, económicos y sociales indígenas y a desarrollar las propias estrategias para el desarrollo de las poblaciones indígenas; derecho a tierras y territorios; a la protección del medio ambiente; a la propiedad cultural e intelectual; a los recursos naturales y al cumplimiento de

8Para aquellos que duden del valor del Grupo de Trabajo como foro para el intercambio de puntos de vista entre representantes indígenas y gubernamentales sin un auténtico poder de decisión, mediación, resolución de conflictos o poder de ejecución, puede resultar instructivo observar el evidente azoramiento de los gobiernos (como, por ejemplo, los escandinavos) cuando son criticados por las poblaciones indígenas en este punto del programa. Debido en parte a que algunos gobiernos se consideran y desean que se les considere "liberales" en muchos aspectos -y, por supuesto, en éste-, pero indudablemente también porque la injusticia de gran parte de lo sucedido con las poblaciones indígenas está bastante clara para los diplomáticos presentes, muchos gobiernos desean que se les considere receptivos a las demandas de los indígenas. Sin embargo les parece que hay algunos temas -como el de la autodeterminación, explicado anteriormente, o el de la completa desmilitarización de las tierras indígenas, especialmente de las que lindan con las fronteras nacionales- sobre los que los gobiernos sencillamente no pueden aceptar las posiciones a las que se adhieren los representantes indígenas más "radicales".

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tratados y otros acuerdos legales. Se expresaron varias preocupaciones por la especial repercusión que podrían tener la militarización de tierras indígenas, el desarrollo, el turismo, el control de drogas, las explotaciones mineras, y los proyectos de destrucción de residuos nucleares en tierras indígenas o cerca de ellas en mujeres, niños y ancianos indígenas.9

Una de las intervenciones que más atrajo la atención fue la de un representante del pueblo Mohawk que habló de los continuos casos judiciales contra los Mohawks implicados en la confrontación con las fuerzas de seguridad canadienses en Oka, en 1990; su intervención fue la única que filmó la televisión suiza. El interés particular que mostraron los medios de comunicación por la intervención Mohawk está sin duda relacionado con el papel esencial que han desempeñado los asuntos indígenas en las negociaciones sobre el futuro del Canadá.

3. Estudio de Tratados, Convenios y otros Acuerdos Implícitos entre Gobiernos y Poblaciones Indígenas

Miguel Alfonso Martínez, Relator Especial de la Subcomisión sobre este tema, presentó al Grupo de Trabajo una introducción al primer informe sobre la labor realizada. (E/CN.4/Sub.2/1992/32). Una de las principales conclusiones hasta el momento había sido que en los primeros encuentros que tuvieron lugar entre poblaciones indígenas y otras civilizaciones, la tendencia general había sido considerar a las poblaciones indígenas como sujetos de las leyes internacionales. La opinión de que las relaciones entre Estado nación y poblaciones indígenas eran asuntos de jurisdicción interna había sido posterior.

9Un nuevo asunto de interés, aunque no es uno sobre los que AI tomaría postura, presentado por varios oradores indígenas, fue el Proyecto sobre Diversidad del Genoma Humano, orientado a tomar muestras de sangre, cabello y tejidos de poblaciones indígenas para registrar y examinar las estructuras genéticas. Se expresó el temor de que el proyecto pueda tener algún objetivo relacionado con la ingeniería genética, que los resultados puedan utilizarse en perjuicio de las tierras indígenas y otros derechos, y que las muestras se habían tomado sin que se hubiera proporcionado información alguna a las poblaciones indígenas o se les hubiera consultado.

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En la discusión resultante del trabajo del Relator hasta aquí, los representantes indígenas le pidieron que centrara más la atención en América Latina, que examinara con más detenimiento el papel que había desempeñado la Santa Sede en la elaboración del tratado en América, que organizara un seminario de las Naciones Unidas sobre el uso de tratados modernos para la promoción de los derechos de las poblaciones indígenas, y que estableciera un registro de los tratados relativos a las poblaciones indígenas. El Relator prometió presentar al Grupo de Trabajo su segundo informe sobre el estado de los trabajos en su 12ª sesión de 1994.

4. Estudio sobre la Propiedad Cultural e Intelectual de las Poblaciones Indígenas

Este estudio (E/CN.4/Sub.2/1993/28) ha sido llevado a cabo por la Sra. Daes, Presidenta del Grupo de Trabajo. La primera vez que las Naciones Unidas reconocieron el etnocidio o genocidio cultural fue en la Conferencia de la UNESCO de expertos en etnocidio y etnodesarrollo, celebrada en Costa Rica en 1981, en la que se afirmaba el derecho de las poblaciones indígenas a conservar y desarrollar su herencia cultural. A partir de 1982, el Grupo de Trabajo había sido un foro excepcional en el que las poblaciones indígenas podían expresar sus propios puntos de vista sobre estos asuntos, que estaban estrechamente relacionados con la preservación de los derechos más básicos de las poblaciones indígenas. Entre los temas que les interesaban estaban el reconocimiento individual de toda composición musical, proverbio, escultura, trabajo artístico, descubrimiento médico, mejora de la tecnología de caza o pesca, y el desarrollo de los mecanismos para la protección internacional de los derechos culturales e intelectuales de las poblaciones indígenas, incluidas las patentes de las variedades de plantas indígenas. La Sra. Daes esperó que su propio estudio proporcionara una base para la normalización y adopción de medidas institucionales que detuvieran las violaciones de los derechos culturales e intelectuales de las poblaciones indígenas.

5. Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo

1993 había sido declarado por la Naciones Unidas el Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo pero, desde el principio, estaba clara la poca prioridad y los escasos recursos que las Naciones Unidas y los gobiernos miembros le iban a dedicar, y este ha resultado ser el caso10. De hecho, en su

10Según informes, se dijo que la falta de un compromiso serio de las Naciones Unidas con al Año Internacional fue una de las razones principales por las que la Embajadora de Buena Voluntad para el Año designada especialmente por las Naciones Unidas, la Premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú, considerara renunciar a su cargo poco antes de la apertura de la 11ª sesión del Grupo. Al final convino en seguir en el cargo con la condición de que su mandato estuviera mejor definido y de que se le asignara un papel más relevante en las misiones de las Naciones Unidas para las que solicitaran su participación.

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intervención de apertura, la Presidenta del Grupo expresó su pesar porque la aportación económica para dicho Año había sido menor que la de que cualquier año o celebración principal de las Naciones Unidas. Se había sentido especialmente decepcionada por la falta de resultados visibles, a pesar del interés manifestado por muchos organismos internacionales por el desarrollo de programas para apoyar el autodesarrollo de las poblaciones indígenas, especialmente en materia de medio ambiente. La Reunión de Asuntos Técnicos, que se había reunido varias veces en el pasado para planificar el Año, había celebrado en Ginebra en el mes de julio una sesión más (con escasa participación) antes de la reunión del Grupo de Trabajo. En esta sesión se aprobaron una serie de recomendaciones orientadas a las acciones que se llevarían a cabo a lo largo de lo que quedaba del Año. En la reunión se solicitaron especialmente unos recursos adecuados y un proyecto con la participación plena de las poblaciones indígenas, pero la persistente escasez de contribuciones a los Fondos Voluntarios establecidos para financiar el año y la falta de apoyo de los gobiernos a las actividades planeadas por las poblaciones indígenas no hacían prever un resultado mejor en lo que quedaba de Año.

6. La Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos

Además de instar al Grupo de Trabajo a que finalizara el proyecto de Declaración de los derechos de los indígenas, en el Programa de Acción que aparece en el Documento Final de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos (la "Declaración de Viena", véase Apéndice B) se recomendaba a la Asamblea General, entre otras cosas: que apoyara la aportación de asistencia técnica de las Naciones Unidas a las poblaciones indígenas en el campo de los derechos humanos mediante un Programa de Servicios de Asesoramiento, de las Naciones Unidas; que solicitara que la Comisión de Derechos Humanos estudiara cómo se podría renovar y actualizar el mandato del Grupo de Trabajo; que apoyara la solicitud de los pueblos indígenas para que se proclamara una década internacional de los pueblos indígenas del mundo, que comenzaría en enero de 1994; y que recomendara -en el primer reconocimiento oficial hecho por cualquier organismo de las Naciones Unidas de la aspiración de las poblaciones indígenas a ocupar formalmente un lugar en la toma de decisiones de las Naciones Unidas- que en el marco de dicha década se estableciera un foro permanente para las poblaciones indígenas dentro de las Naciones Unidas.

En general, el Grupo de Trabajo recibió favorablemente las exhortaciones de la Declaración de Viena con respecto a las poblaciones indígenas y, para satisfacer la aspiración de las poblaciones indígenas de tener un lugar oficial dentro del sistema de las Naciones Unidas, la Presidenta Daes solicitó al Subsecretario General para los Derechos Humanos, de las Naciones

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Unidas, que estableciera en el más breve plazo posible la, al parecer, ya prevista unidad para las poblaciones indígenas dentro del Centro para los Derechos Humanos. Entre tanto, un representante indígena expresaba su pesar porque, a pesar de todos los esfuerzos del Presidente del Grupo de Trabajo, en la Declaración de Viena no se había utilizado el término de "indigenous peoples" sino el de "indigenous people"11, 12. 7. Papel del Grupo de Trabajo en el futuro

Es la primera vez que este punto aparece específicamente en el programa del Grupo de Trabajo, pero algunos miembros del Grupo han señalado que esto no debe interpretarse como un temor de que el Grupo se disuelva. Fue constituido por el ECOSOC en 1982 sin que se estableciera un límite de tiempo a su trabajo, de modo que el llamamiento de la Conferencia Mundial para que se renovara y actualizara el mandato del Grupo no debe interpretarse como una sugerencia de que el Grupo necesita una renovación del mandato, sino como una aprobación al mantenimiento y ampliación de su papel de cara a la normalización en materia de revisión de los progresos relacionados con la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de las poblaciones indígenas.

En la discusión que siguió hubo un gran apoyo a la idea de un foro permanente para los asuntos indígenas dentro de las Naciones Unidas, pero no quedó claro si esto debía ser además del Grupo de Trabajo o si el Grupo debía servir de foro, ni si el foro debía estar constituido por representantes de las poblaciones indígenas y los gobiernos o por las poblaciones indígenas únicamente13.

11Varios instrumentos de las Naciones Unidas proclaman que los "pueblos" tienen derecho a la autodeterminación. Por esta razón, los pueblos indígenas aprueban el uso del término "pueblos" ya que opinan que ello implica que también ellos tienen dicho derecho. Los gobiernos suelen oponerse al uso de "pueblos" por la misma razón. El Convenio 169 de la OIT trata de "resolver" esta controversia con la utilización del término "poblaciones" pero incluyendo una rectificación, por la cual se especifica que el uso de la polémica "s" "no deberá interpretarse en el sentido de que tenga implicación alguna en los que atañe a los derechos que pueda conferirse a dicho términoen el derecho internacional". Muchas poblaciones indígenas no se han mostrado satisfechas con esta fórmula, considerando que la rectificación niega una de sus principales peticiones con respecto a sus derechos. Otros debates relacionados con la terminología provienen de que algunos gobiernos rehúsan utilizar el término "pueblos indígenas" o "indígenas", prefiriendo en su lugar utilizar términos como "minorías" o "grupos aislados". En algunos casos, los propios representantes en el Grupo de Trabajo prefieren otros términos como, por ejemplo, "poblaciones tribales" (A su vez, los gobiernos sostienen que los representantes de estos grupos están expresando una preocupación, de forma inadecuada, por unos asuntos completamente diferentes de los que corresponden al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas.12En la versión española del Documento Final de la Conferencia Mundial el término utilizado es "poblaciones indígenas".13De hecho, algunos eminentes representantes indígenas que asistieron este año al Grupo de Trabajo tienen tan poca fe en las Naciones Unidas y en el Grupo de Trabajo que están hablando de crear una única organización de poblaciones indígenas como alternativa a las Naciones Unidas, en la que realmente puedan trabajar para conseguir sus objetivos y cooperar como naciones indígenas, en lugar de intentar trabajar mediante un organismo que reconoce algunas naciones, pero no la suya propia.

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8. Otras reuniones

Desde la última reunión del Grupo de Trabajo, se han celebrado dos reuniones como continuación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, de 1992. El Comité Preparatorio de la Conferencia Internacional sobre Poblaciones y Desarrollo acordó incluir algunas partes específicas sobre las poblaciones indígenas en su resumen para el acto final de la conferencia, que se celebrará en el Cairo en septiembre de 1994. La Comisión de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas había aprobado, entre otras cosas, la recomendación efectuada por la Conferencia sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de que las Naciones Unidas organicen consultas anuales oficiales con las poblaciones indígenas para garantizar que las actividades operativas de las Naciones Unidas tienen en cuenta sus derechos y perspectivas a nivel global.

También desde la última reunión del Grupo, Alfonso Martínez, Relator Especial sobre tratados, convenios y otros acuerdos implícitos del Grupo de Trabajo, se ha visto imposibilitado para asistir a una reunión en Alaska con representantes de las poblaciones indígenas debido a los retrasos en la obtención del visado. La Sra. Daes, Presidenta del Grupo, visitó Australia en junio de 1993 por asuntos relacionados con los aborígenes de dicho país. En septiembre de 1992, la Audiencia Mundial del Uranio, celebrada en Austria, estudió las repercusiones de la industria nuclear sobre las poblaciones indígenas y sus tierras ya que enormes cantidades de todos los recursos mundiales de uranio están localizadas y se extraen en territorios de poblaciones indígenas. Esos territorios también se explotan a menudo para probar armamento y para almacenar substancias nucleares.

En junio de 1993 se celebró en Nueva Zelanda la Primera Conferencia Internacional sobre los Derechos de Propiedad Cultural e Intelectual de las Poblaciones Indígenas, que tuvo como fruto la Declaración de Maatatua sobre los Derechos Culturales e Intelectuales de las Poblaciones Indígenas, y en julio se celebró en Australia la Segunda Conferencia Mundial de la Juventud Indígena.

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Entre las próximas reuniones anunciadas en el Grupo de Trabajo están una consulta con las poblaciones indígenas árticas patrocinada conjuntamente por el Centro de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la OIT, que tendrá lugar en Siberia en septiembre de 1993, y la tercera Conferencia Mundial de Poblaciones Indígenas: Educación, que se celebrará en Australia en Diciembre de 1993.

9. Conclusiones y Recomendaciones

El Grupo de Trabajo sacó varias conclusiones e hizo una serie de recomendaciones, agrupadas en las siguientes categorías: actividades de tipo normativo; revisión de los cambios; seminarios y reuniones; estudios e informes; Año Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo y otros asuntos. Varios de ellos ya se han mencionado en este informe. Entre las conclusiones y recomendaciones que puerden ser importantes para AI están las siguientes:

Con respecto al proyecto de Declaración, en el informe de la 11ª sesión del Grupo de Trabajo (E/CN.4/sub.2/1993/29) se manifestaba que se había llegado a un texto final para presentarlo al periodo de sesiones de 1993 de la Subcomisión, pero se hacía la recomendación de que la Subcomisión no lo estudiara hasta su 46ª periodo de sesiones, en 1994. El Grupo de Trabajo también solicitó, ya que la población indígena había insistido en que era necesario, que el texto del proyecto circulara entre las poblaciones indígenas (así como entre los gobiernos y las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales), y que se tomaran medidas especiales que permitieran la participación plena y eficaz de las poblaciones indígenas -y no como entidades consultivas- en el estudio del proyecto de Declaración de la Subcomisión y otros altos organismos de las Naciones Unidas. Sin embargo, el efecto de estas disposiciones parece estar -al menos, potencialmente- anulado por la decisión de que el texto que va a circular sea un texto final, y que no se volvería a discutir el texto en el Grupo de Trabajo. Por último, el hecho de que todas estas decisiones tuvieran lugar de forma manifiesta después de que terminara el Grupo de Trabajo con el fin de que los representantes indígenas y otros abandonaran Ginebra sin saber cuáles iban a ser los pasos siguientes con respecto al proyecto de Declaración, y de que la Subcomisión no dedicara tiempo a la discusión del proyecto de Declaración u otros asuntos indígenas en 1993, el Año de las Poblaciones Indígenas del Mundo aumentó aún más la amarga decepción por muchos grupos indígenas por la Declaración y por la totalidad del proceso con el que había "finalizado".

Como en años anteriores, el Grupo recomendó a la Subcomisión que su informe anual estuviera más disponible volviéndolo a imprimir

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como publicación de las Naciones Unidas, y que las Naciones Unidas prepararan un informe anual sobre la situación de las poblaciones indígenas del mundo en colaboración con las poblaciones indígenas y los organismos pertinentes e instituciones especializadas de la Organización.

El Grupo se mostró especialmente satisfecho con la proposición de la Conferencia de Viena de proclamar una década de las poblaciones indígenas, de crear un foro permanente de las Naciones Unidas para las poblaciones indígenas, y de que el programa de asesoría de las Naciones Unidas -así como los programas pertinentes de asistencia técnica de las Naciones Unidas- proporcione información y formación directamente a las comunidades y organizaciones indígenas.

Recomendó que las Naciones Unidas organizaran seminarios sobre los nuevos tratados y acuerdos con las poblaciones indígenas y sobre las reclamaciones y derechos de tierras indígenas, así como un grupo de trabajo para promover el diálogo constructivo sobre la aplicación de las recomendaciones hechas en el informe de la Presidenta sobre la propiedad cultural e intelectual de las poblaciones indígenas.

No sorprendió que el Grupo apelara una vez más a que se continuaran e incrementaran las contribuciones al Fondo Voluntario de las Naciones Unidas para las Poblaciones Indígenas, ya que las contribuciones del fondo han ayudado tradicionalmente a los representantes indígenas a asistir a las sesiones del Grupo de Trabajo. También solicitó que se constituyera un departamento o unidad independiente para las poblaciones indígenas, a fin de tener una unión permanente entre las poblaciones indígenas y todos los programas y organismos pertinentes de las Naciones Unidas, y que Rigoberta Menchú, Embajadora de Buena Voluntad de las Naciones Unidas, estuviera permanentemente en relación con dicho departamento en calidad de Representante Permanente del Secretario General, si ella así lo deseaba.

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V. APÉNDICES

A. Proyecto de Declaración del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre Poblaciones Indígenas y Enmiendas

B. Programa de Acción del Documento Final de la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos

APÉNDICE B: Programa de Acción: Documento Final de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos: Puntos relacionados con las Poblaciones Indígenas.

Poblaciones indígenas

28. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos pide al Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas de la subcomisión de Prevención de Discriminaciones y Protección a las Minorías que, en su 11º periodo de sesiones, complete el proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas.

29. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda que la Comisión de Derechos Humanos examine la posibilidad de renovar y actualizar el mandato del Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas una vez completado el proyecto de declaración sobre los derechos de las poblaciones indígenas.

30. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda también que los programas de servicios de asesoramiento y aseistencia técnica del sistema de las Naciones Unidas respondan positivamente a las peticiones de asistencia de los Estados que redunden en beneficio directo de las poblaciones indígenas. La Conferencia recomienda además que se pongan a disposición del Centro de Derechos Humanos recursos de personal y financieros suficientes como parte del fortalecimiento de las actividades del Centro conforme a lo previsto en en presente documento.

31. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda a la Asamblea General que proclame un decenio internacional de las poblaciones indígenas en todos los aspectos de la sociedad, en particular en las cuestiones que les interesen.

32. La Conferencia Mundial de Derechos Humanos recomienda a la Asamblea General que proclame un decenio internacional de las poblaciones indígenas del mundo que comience en enero de 1994 y comprensa programas orientados a la acción y definidos de comuún acuerdo con las poblaciones indígenas. Debe establecerse con este fin un fondo fiduciario voluntario. En el marco de dicho decenio deberá considerarse la creación de un foro permanente para las poblaciones indígenas en el sistema de las Naciones Unidas.