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IBI IUS magazine IBI IUS Ubi homo, ibi societas. Ubi societas, ibi ius Nº 4 · I-2014 La revista de ELSA España OPORTUNIDADES EN ELSA

IBI IUS #4

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IBI IUS, la revista de ELSA España. Oportunidades en ELSA

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IBI IUS Ubi homo, ibi societas. Ubi societas, ibi ius

Nº 4 · I-2014 La revista de ELSA España

OPORTUNIDADES EN ELSA

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IBI IUS magazine

Sobre ELSA

La Asociación Europea de Estudiantes de Derecho (The European Law Students‘

Association) ELSA, es una organización internacional, independiente, apolítica y sin

ánimo de lucro; compuesta y dirigida por y para estudiantes de Derecho y jóvenes juristas.

Fundada en 1981 por estudiantes de derecho de Austria, Hungría, Polonia y Alemania

Federal, ELSA es en la actualidad la mayor asociación independiente de estudiantes de

Derecho en el mundo.

Nuestra Filosofía

Un mundo justo en el que haya respeto por la dignidad humana y la diversidad cultural.

Contribuir a la educación legal, fomentar el entendimiento mutuo y promover

responsabilidad social entre estudiantes de Derecho y jóvenes juristas. Promover oportunidades para estudiantes de Derecho y jóvenes juristas para aprender

sobre otras culturas y sistemas legales en un espíritu de diálogo crítico y cooperación

científica. Asistir a estudiantes de Derecho y jóvenes juristas a tener mentalidad

internacional y a estar capacitados profesionalmente. Fomentar a estudiantes de Derecho

y jóvenes juristas a actuar por el bien de la sociedad.

Nuestra Red ELSA es una red única y en auge, con más de 38.000 miembros de más de 300 universidades en 41

países europeos. Actualmente, ELSA está presente en: Albania, Alemania, Austria, Azerbaiyán,

Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia,

España, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Kazajistán,

Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal,

Reino Unido, República Checa, República de Macedonia, Rumanía, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y

Ucrania.

Además, ELSA coopera con otras asociaciones de estudiantes de todo el mundo, por ejemplo

ALSA en Asia, ALSA en Australia, EMSA de estudiantes de medicina y IPSF de estudiantes de

farmacia.

Nuestros Miembros Los miembros de ELSA son personas con una mentalidad internacional. Mediante nuestras

actividades, como seminarios, conferencias, cursos de verano, juicios simulados (moot courts),

competiciones de ensayo y prácticas en el extranjero a través del Student Trainee Exchange

Programme (STEP), nuestros miembros amplían sus conocimientos legales y culturales.

Nuestro Status Especial ELSA goza de status especial en varias instituciones mediante sus actividades y su compromiso

con la comunidad internacional. En 2000, se le concedió a ELSA status participativo en el Consejo

de Europa. Además, ELSA tiene status consultivo en varios órganos de las Naciones Unidas; en

1997 ELSA obtuvo status consultivo especial en el Consejo Económico y Social (ECOSOC) y

CNUDMI (Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional -

UNCITRAL) (ONU), en 1994 a ELSA le fue concedido status consultivo de Categoría C en la

UNESCO. ELSA también ha obtenido recientemente status observador en la OMPI (WIPO).

Además, ELSA tiene un acuerdo de cooperación con ACNUR (UNHCR).

Editora

Miriam Gutiérrez Martín Ibi Ius

La Vicepresidenta de Marketing de ELSA España produce la revista IBI IUS magazine gracias a la contribución, mediante artículos de miembros y otros colaboradores. Como responsable de la revista, la Vicepresidenta de Marketing de ELSA España se reserva el derecho a publicar o editar los artículos que son enviados por los contribuidores

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IBI IUS magazine

Editorial

Querido lector,

Tras un pequeño retraso, el cuarto número de

IBI IUS, la revista de ELSA España, por fin

ve la luz. Sacar adelante esta edición ha sido

un proceso emocionante, se trata de mi

primer trabajo como editora y creo que el

esfuerzo ha valido la pena. Hará año y medio

desde que encontré IBI IUS en la red y me

pareció una plataforma excelente de

comunicación, en la que encontrar

información de los distintos grupos locales,

actividades internacionales de ELSA pero

también artículos de plena actualidad jurídica.

Me gustaría agradecer a mis predecesores Sara Lema y Luis

Tapias el trabajo realizado en anteriores ediciones. He

introducido algunos cambios en cuanto a la estructura de

la revista, ordenando los artículos de la misma por bloques

o temas. La idea ha surgido después de tratar este asunto

en el Workshop de Marketing celebrado el pasado

noviembre de 2013 en el ICM de Croacia.

Este cuarto número tiene como tema central las

oportunidades que ofrece ELSA a nuestros miembros,

tanto a nivel como internacional.

En cuanto a las actividades realizadas desde los grupos

locales, destaca la colaboración de ELSA A Coruña con

VE-LALUZ una asociación contra la violencia de género y

la primera Study Visit de ELSA Madrid-ICADE en

colaboración con ELSA Bruselas.

En el resto de la revista encontraréis artículos sobre

oportunidades internacionales de ELSA, desde su

programa de prácticas internacionales (STEP), pasando

por el nuevo IFP: “Derecho de los Medios de

Comunicación”, impresiones sobre el ICM de Malta y

sobre las Summer Law Schools.

Por último, podréis disfrutar de la lectura de varios

artículos de opinión escritos por nuestros socios.

Sin más, dejo al lector que disfrute con la lectura de esta

edición de Ibi Ius pero no sin antes agradecer a todos los

colaboradores su aportación ya que sin ellos este proyecto

no tendría sentido.

I am thrilled to present the new number of IBI

IUS, the magazine of ELSA Spain. After a short

delay it finally sees the light . Working on this

issue has been an exciting and amazing process.

This has been my first job as an editor and I truly

believe all the effort put into it was worth it.

It will make year and a half since I found IBI IUS

in the Internet and from that moment I have

always thought that it was an excellent

communication platform , where you could find

information about the local groups, but also about

international ELSA activities and different aspects of Law.

I would like to thank my predecessors Sara Lema and Luis

Tapias for the wonderful work done in previous numbers

and I hope that this new edition will continue the path

they have started. I have made some changes in terms of

the structure of the magazine , categorizing the articles in

different sections. The idea came into my mind after a

discussion at the Marketing Workshop held last November

2013 at the ICM in Croatia.

This fourth edition has as its main topic the opportunities

in the ELSA network, at a local and international level.

You can find articles regarding Human Rights and the

agreement reached between ELSA A Coruña and a woman

protection association, Ve- Laluz, the first Study Visit

organized by ELSA Madrid-ICADE and ELSA Brussels.

In the rest of the magazine you will find articles about the

various opportunities that ELSA offers from its

international internship program (STEP ) through the new

IFP : "Media Law", impressions from ICM Malta and the

Summer Law Schools.

Finally, you can enjoy reading several opinion articles

written by our members.

Finally I would like to thank all the people working in this

edition of Ibi Ius because without them this project would

not make sense. .

Miriam Gutiérrez

Dear reader,

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IBI IUS magazine

Contenidos:

Editorial

ACTIVIDADES EN NUESTROS GRUPOS LOCALES

Acuerdo de colaboración ELSA A Coruña y VE-LALUZ

La primera International Study Visit de ELSA Madrid-ICADE y ELSA

Bruselas

OPORTUNIDADES INTERNACIONALES EN ELSA

EMPLEO

Marca la diferencia con STEP

SEMINARIOS Y CONFERENCIAS

¡Última hora! ¡Tenemos un nuevo International Focus Programme!

GO INTERNATIONAL!!

LXVII International Council Meeting Malta

Summer Law School Rotterdam 2013

OPINIÓN

« La universidad en tiempo de crisis » - Pedro Moreno « La protección de los Derechos Humanos en Europa : el TEDH » -

Antonio Javier Díaz

« Capital Riesgo : una semilla para la recuperación económica » - Ibai

Puente

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GRUPOS LOCALES.

El grupo local de ELSA A

Coruña firmó un acuerdo el

pasado verano con la

asociación contra la violencia de género VE-LALUZ,

como forma de colaborar de forma activa en la

defensa de los derechos de la mujer, en consonancia

con el compromiso de ELSA de salvaguardar los

derechos humanos en todos los ámbitos.

Así, a principios de este curso académico comenzaba

la estrecha colaboración entre ambas asociaciones,

con el fin de, por una parte, aportar conocimientos

jurídicos a los estudiantes de derecho de ELSA,

obtenidos por medio de la práctica en casos reales y,

por otra parte, contribuir con su esfuerzo a la causa

defendida por VE-LALUZ, que busca proteger a las

víctimas de violencia de género frente a las

imperfecciones del ordenamiento actual.

La asociación VE-LALUZ nace en el año 2009 de la

mano de un grupo de mujeres de distintas profesiones

que buscan salvaguardar los intereses de aquellas

personas que sufren en su ámbito doméstico malos

tratos. Previenen, apoyan y denuncian las situaciones

de desamparo que viven las mujeres y niños víctimas

de la Violencia de Género.

“Colaborar de forma

activa en la defensa de

los derechos de la mujer, en consonancia

con el compromiso de ELSA de

salvaguardar los derechos humanos en

todos los ámbitos”

En 2010 colaboraron en la creación del movimiento

Grito en Silencio donde diferentes víctimas y

asociaciones de toda España se unieron para mejorar

la calidad del circuito judicial, policial y social. En este

punto se realizaron diferentes movilizaciones el 25 de

Julio del mismo año en Santiago de Compostela,

Madrid, Sevilla, etc. Hasta la fecha actual han

continuado realizando diferentes iniciativas cuyo

objetivo es siempre resguardar los derechos de

aquellas personas vulnerables o desfavorecidas

injustamente.

La colaboración de ELSA A Coruña con VE-

LALUZ se basa fundamentalmente en tres

ámbitos:

Sandra Poncela

Laura Pereira

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En primer lugar, se realiza una cooperación directa de

algunos miembros de ELSA con el despacho del

abogado José Manuel Segura, asesor jurídico titular

de VE-LALUZ, asistiéndoles en la preparación de los

casos, acompañándoles a los juicios y colaborando en

el estudio y análisis de los numerosos expedientes que

se gestionan en el departamento jurídico. De este

modo, los estudiantes pueden ver aplicado en el

tránsito jurídico real los conocimientos que adquieren

en la universidad, pudiendo ver el contraste que en

ocasiones hay entre la teoría y la práctica del Derecho

como profesión.

En segundo lugar, otro grupo de miembros presta sus

asistencia en el despacho del procurador Javier

Amador, conociendo así otra dimensión profesional

de la rama jurídica, y ayudando a mantener

informados tanto al abogado como al cliente de la

evolución del proceso judicial, así como también

asistiendo en persona a las diligencias y actos

necesarios del pleito, beneficiándose así de la

experiencia práctica.

Por último, un tercer grupo de miembros de ELSA

colabora con las asistentes de VE-LALUZ, que es

donde se tendrá un trato más directo con aquellas

víctimas que acuden a la asociación en busca de

ayuda. La labor de este grupo consiste en prestar

apoyo a estas mujeres y niños explicándoles cuál será

el proceso a partir de la interposición de una denuncia

y también acompañándolas durante el procedimiento

intentando ayudarlas en la medida de lo posible

poniendo en práctica nuestros conocimientos

también en este ámbito y aportando una importante

dosis de apoyo moral.

En conclusión, como ya se dijo, con esta actividad

ELSA A Coruña pretende no solo poner en

práctica los conocimientos de Derecho

adquiridos hasta el momento y, además,

aprender de mano de profesionales

experimentados el funcionamiento real del

ámbito profesional del Derecho aplicado a la vida

real, por no mencionar la el aporte a la

importante asistencia que presta la asociación a

personas que se encuentran en situaciones de

vulnerabilidad brindándoles la ayuda necesaria

para que estas personas se sientan apoyadas y

consigan salir adelante.

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IBI IUS magazine

GRUPOS LOCALES

Bruselas no sólo es

conocida por ser uno de

los enclaves más

importantes en lo que a la

Unión Europea se refiere, sino que igualmente es

singularmente recordada por sus deliciosos postres;

concretamente el mejor chocolate y los más dulces

gofres. Pues bien, en el ámbito del Derecho a nivel

internacional no sería un atrevimiento señalar que

para multitud de jóvenes, al menos los más de 38.000

miembros que forman ELSA (The European Law

Students´s Association), Bruselas se reconoce como el

centro neurálgico de la asociación; radicando allí la

sede también denominada “ELSA House”.

El pasado 13 de febrero de 2014, hasta el 16 del

mismo mes, un grupo de jóvenes de diferentes partes

de España, distintos intereses y multiplicidad de

talentos, provenientes, eso sí, del grupo de la

Universidad Pontificia Comillas o, más

concretamente, ELSA Madrid-ICADE, visitó

Bruselas en un viaje que dejó huella en más de 20

estudiantes, al menos, de Derecho para el resto de sus

vidas. Podríamos citar las expectativas de muchos de

ellos al venir, pero nos quedaríamos cortos si no

mencionáramos también al acogedor grupo de ELSA

Bruselas que coordinó con nosotros tanto la

planificación como el desarrollo de actividades en la

ciudad belga.

Si la parte académica fue satisfactoria, casi más lo fue

la parte más social y divertida que incluyó dinámicas

como el intercambio de fotos de carnet con cada otro

Manuel Delgado

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miembro para completar un folleto que incluía

nuestros nombres y expectativas del viaje, juegos de

presentaciones varios y mucho buen rollo para

amenizar el ambiente.

““Act, React, Impact”. E impactante fue

la travesía que, por más que lloviera o

helara, ni las nubes opacas ni el viento

galopante fueron capaces de desprestigiar

nuestra convivencia, nuestra toma de

contacto (y de cultura) en Bruselas, ni

nuestro apetito”

Para algunos era su primera experiencia en la

asociación, descubriendo lo que llamamos el ELSA

Spirit y que, por lo visto, se aplica a toda clase de

situaciones si ELSA está de por medio. Para otros era

un viaje más, cuantitativamente hablando, pero no un

viaje más, cualitativamente hablando, pues las

personas que conocieron, las instituciones que

descubrieron, Comisión, Consejo y Parlamento, y las

ciudades que visitaron, Bruselas, Gante y Brujas, les

han marcado para bien, sabiendo lo que nos jugamos

en Europa, el papel que podemos tomar y las

oportunidades existentes.

Como señala el lema de la Comisión Europea: “Act,

React, Impact”. E impactante fue la travesía que, por

más que lloviera o helara, ni las nubes opacas ni el

viento galopante fueron capaces de desprestigiar

nuestra convivencia, nuestra toma de contacto (y de

cultura) en Bruselas, ni nuestro apetito tan plural que

bien podíamos estar disfrutando de un selecto

bombón de Neuhaus que al cuarto de hora engullir

un gofre con chocolate fundido en un puesto

ambulante.

Por mi parte, sólo añadir que no puedo dejar de

recomendar las Study Visit a cualquier miembro de

ELSA y que, desde el grupo local de Madrid-ICADE,

esta experiencia ha sido proporcionalmente

satisfactoria al grado de implicación de nuestra

Presidenta Miriam y nuestro Director de Marketing

Julio. Gracias a ambos de parte de toda la tribu. Este

viaje al corazón de ELSA ha sido la mejor forma de

conocernos a nosotros mismos en relación a los

demás y la asociación, además de un impulso a los

insulsos latidos de la rutina que, hoy más que nunca,

son necesarios.

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STEP: Student Trainee Exchange Programme

Con casi 6.000.000 de

parados en España,

diferenciarse es algo

esencial a la hora de conseguir un buen trabajo, y esto

es algo que ELSA tiene muy presente…

Seguramente estarás pensando ¿cómo me puede

ayudar ELSA a diferenciarme? Pues bien, por el

simple hecho de pertenecer a ELSA ya estás

estableciendo una diferencia con el resto de

estudiantes de Derecho, pues demuestras un

compromiso y un interés por otros aspectos más allá

de la formación que recibes en la Universidad. Sin

embargo, no es esto de lo que vengo a hablaros…sino

que vengo a descubriros, a aquellos que aún no lo

conocéis, el programa de prácticas de ELSA: STEP.

STEP, siglas de Student Trainee Exchange

Programme, es un programa de prácticas

exclusivo de ELSA, que ofrece una oportunidad

única a los estudiantes de Derecho y recién

licenciados de conocer nuevas culturas y sistemas

legales distintos a través de unas prácticas de entre 2

semanas y 18 meses en empresas, despachos y

organizaciones de todo el mundo.

¿Y por qué el STEP puede ayudarme a diferenciarme?

Son muchas las razones, aunque destacaré las

siguientes: incrementarás tu formación legal y

adquirirás conocimientos sobre otros sistemas legales,

para reforzar la formación recibida en la Universidad,

podrás poner en práctica todas tus habilidades,

conocimientos y aptitudes, preparándote para lo que

será tu desempeño profesional, también tendrás la

oportunidad de mejorar tus habilidades idiomáticas, lo

que resulta imprescindible hoy en día para

desempeñar cualquier trabajo, además te sumergirás

en una cultura y una realidad social diferente a la tuya,

algo muy valorado hoy en día por todas las empresas

y despachos y, finalmente, pero no por ello menos

importante, podrás establecer importantes contactos

personales y profesionales de cara a futuras

perspectivas laborales.

Ya, ya sé que a lo mejor no te atreves a dar el paso,

porque no te consideras de ese tipo de gente que se

arriesga a irse sin nada a otro país para buscar

trabajo…Sin embargo, con el STEP no tienes

excusa…¡seas como seas, este programa está

hecho para ti! Tanto si eres una persona decidida

como si te da miedo irte solo al extranjero, no

debes preocuparte porque desde ELSA te

ayudaremos en todo el proceso de solicitud de las

prácticas y, si resultas seleccionado, tampoco

estarás solo en el país de destino, pues el grupo

de ELSA en destino se encargará de recibirte

como te mereces, de buscarte alojamiento, de

acompañarte en tu primer día de trabajo, de

invitarte a los eventos que realicen…en

definitiva, harán que te sientas como en casa.

Helvia Ruíz

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GRUPOS LOCALES

Las “Jornadas sobre la empleabilidad en el ámbito

jurídico y empresarial” organizadas por ELSA

Alicante (Grupo Local de la Asociación Europea de

Estudiantes de Derecho) van dirigidas principalmente

a los estudiantes de Derecho pero también a los

demás estudiantes interesados en destacar en el

ámbito laboral, conocer y acercarse a sus exigencias,

averiguar hasta que punto sus conocimientos

académicos y su capacitación van de la mano

con el mundo laboral actual.

En nuestras jornadas sobre la empleabilidad

pretendemos compartir la experiencia y

conocimiento de profesionales de prestigio,

repasar con son ellos las aptitudes y habilidades que

se necesitan para destacar en un mercado laboral

cada día más complicado y competitivo, aprender qué

técnicas utilizar para buscar y encontrar

oportunidades que nos guiarán hacia el éxito.

Por otro lado, es interesante familiarizase con las

necesidades y exigencias de las empresas del ámbito

jurídico y empresarial para poder responder a sus

expectativas y así aumentar las posibilidades de

conseguir el empleo deseado. Aquí incluiríamos

diferentes técnicas de presentación, donde la primera

fase: saber cómo hacer un currículo adecuado o una

carta de presentación son las llaves más importantes

para empezar a abrir las puertas del mercado laboral.

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IBI IUS magazine

Seminarios y Conferencias.

¡Paren las rotativas! Este

año tenemos una gran

novedad en nuestra

organización, que va a

afectar muy

profundamente la

actividad a todos los

niveles. Pero mejor empecemos por el principio.

El IFP (siglas de International Focus Programme) es

un concepto adoptado en ELSA desde mediados de

los años 90. La idea tras él es tener un tema común a

todos los grupos en el que centrar de forma especial

nuestra actividad durante un periodo de tiempo. El

tema elegido debe ser relevante y de actualidad, con

proyección internacional y variedad de puntos a

tratar. Así, aumenta el impacto y la visibilidad de

nuestro trabajo y permite una continuidad a lo largo

de varios cursos académicos. Se ha debatido mucho

sobre cuál debería ser su duración, confirmándose la

de 3 años en la Asamblea Internacional que tuvo lugar

en Colonia (Alemania) en Abril.

Desde el 1 de Agosto de 2013 hasta el 31 de Julio de

2016, el tema del IFP es el Derecho de los Medios de

Comunicación. Fue elegido por la Asamblea

Internacional reunida en Batumi (Georgia) en

Noviembre de 2012, después de un intenso debate

frente a otros temas interesantes como la Integración

en Europa o el Derecho de la Energía.

El Derecho de los Medios de Comunicación es el área

del Derecho que regula todas las actividades en

cualquier tipo de medio: impreso,

telecomunicaciones, comunicaciones digitales o

internet.

El IFP es un tema común a todos los

grupos de ELSA que permite centrar de

forma especial nuestra actividad durante

un periodo de 3 años. De 2013 a 2016

será: “Derecho de los medios de

comunicación”.

El Derecho de los Medios de Comunicación va a ser,

pues, el eje rector de la actividad de los grupos de

ELSA en toda Europa, sustituyendo al Derecho de la

Salud. En estos pocos meses que lleva en vigor ya se

han planeado múltiples eventos en toda la red sobre

este tema, desde la nueva Summer Law School en

Sarajevo al ELSA Day, que el 5 de Marzo de 2014

amparará múltiples actividades a lo largo de toda

Europa sobre la protección de los Derechos

Humanos en Internet.

Mención especial merece el programa sobre “Online

Hate Speech”, organizado en cooperación con el

Consejo de Europa. Tras la organización de un grupo

de investigación legal y de una competición de

ensayos, va a concluir en Diciembre en la Conferencia

Final que tendrá lugar en Oslo (Noruega).

Guillermo Andrés

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IBI IUS magazine

Estos eventos muestran la increíble variedad de

posibilidades que se nos ofrece cuando nos

planteamos como abordar este nuevo IFP. Temas

como los límites legales en Internet, delitos

cibernéticos, el derecho a la privacidad, la libertad de

información y de expresión o el papel de los medios

en los sistemas democráticos son solamente algunos

de los que podemos escoger para nuestras actividades.

En estos pocos meses que lleva en vigor el

nuevo IFP se han planeado múltiples

eventos: Summer Law School en Sarajevo,

ELSA Day y la Conferencia Final sobre

el Online Hate Speech en Oslo celebrada

el pasado diciembre.

Uno de los puntos fuertes del IFP es que nos ofrece

la posibilidad de pensar de forma creativa, de

planificar cosas nuevas y no quedarnos en la mera

obligación de organizar con desgana una charla para

cubrir el expediente. Nuestro énfasis en este tema

puede ser una herramienta poderosa tanto para

encontrar socios y patrocinadores (como asociaciones

de estudiantes relacionadas con el tema) como para

colaborar con los ya existentes (el Consejo de Europa

es un buen ejemplo).

En conclusión, estoy deseando trabajar con todos los

grupos locales para ver qué podemos hacer con este

ilusionante proyecto. No me cabe duda de que serán

actividades ilusionantes y creativas, pero toda ayuda

es poca, por lo que si tienes alguna idea ¡Comunícala!

El IFP nos ofrece la posibilidad de pensar

de forma creativa y planificar cosas

nuevas. Es una herramienta poderosa

para encontrar socios y patrocinadores y

colaborar con los ya existentes como el

Consejo de Europa.

Conferencia Final sobre: Online Hate Speech, Oslo, Noruega

© ELSA Norway

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IBI IUS magazine

Go International. ICM: International Council Meeting

Hace aproximadamente

un año desde que me uní a

ELSA pero no he llegado

a entender lo que

realmente era hasta esta

semana, en la que he asistido a mi primer ICM

(International Council Meeting), celebrado en Malta.

La primera impresión que tuve al llegar al lugar de

concentración fue que parecía increíble que tal

cantidad de gente (alrededor de 300 personas) se

hubiera desplazado hasta esa pequeña isla del

Mediterráneo para tratar las cuestiones más

importantes de la Asociación a nivel internacional.

Había gente de todos los países de Europa, desde

Ucrania e Irlanda, hasta Noruega y Grecia, entre

muchos otros.

Las reuniones se dividen en los Plenarios (a los que

asisten todos los delegados) y los workshops, dedicados

más específicamente a cada una de las áreas de trabajo

(Presidencia, Secretaría General, Tesorería, Marketing,

Actividades Académicas – Moot Courts, Seminarios y

Conferencias y Programa de Intercambio de

Estudiantes en Prácticas – STEP).

Para ser sincera, mis expectativas sobre estas

reuniones estaban muy influenciadas por la única

actividad que encontraba asimilable, un Modelo de

Naciones Unidas. Sin embargo, he podido darme

cuenta de que no es tan parecido pues, en las

asambleas de ELSA, cada uno representa a su propio

país y no se trata de discutir temas políticos (pues la

nuestra es una asociación apolítica) sino de trabajar

por el presente y, sobre todo, por el futuro de la

asociación. Así, aunque estaba convencida de que las

reuniones no serían pacíficas, me he encontrado con

que todo se desarrolla en un ambiente de cercanía y

diversión, sin abandonar la seriedad que un evento de

este calibre requiere (aunque parezca imposible aunar

diversión y seriedad en un mismo lugar, entre todos

los delegados se consigue).

“Parecía increíble que tal cantidad de

gente (alrededor de 300 personas) se

hubiera desplazado hasta esa pequeña isla

del Mediterráneo para tratar las

cuestiones más importantes de la

Asociación a nivel internacional. Había

gente de todos los países de Europa, desde

Ucrania e Irlanda, hasta Noruega y

Grecia, entre muchos otros.”

Carlota Fernández

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IBI IUS magazine

“No voy a negar que este ICM me ha

convertido en una auténtica fan de

ELSA pues me ha puesto en contacto con

gente de todas las partes de Europa con la

que comparto un interés común, el

Derecho”

La especial relevancia del ICM de primavera reside en

que en él se presentan los candidatos a la IB

(International Board) para el curso siguiente. Lo que más

me ha llamado la atención en este sentido ha sido la

verdadera campaña que llevan a cabo los candidatos a

cada uno de los puestos: presentan una candidatura

perfectamente explicada en folletos impresos a todo

color, tienen entrevistas con todas las delegaciones

asistentes y se preocupan de cuidar su imagen y su

reputación hasta en el último detalle.

Como iba diciendo, tanto el OC (Organizing Committee)

del ICM en cuestión como todos y cada uno de los

delegados consiguen que este evento no sea sólo una

reunión formal sino que lo convierten en una semana

en la que compartes vivencias y aprendes sobre

distintos temas con personas que provienen de

diferentes culturas, todo ello aderezado con ingentes

cantidades de ELSA Spirit.

No voy a negar que este ICM me ha convertido en

una auténtica fan de ELSA pues me ha puesto en

contacto con gente de todas las partes de Europa con

la que comparto un interés común, el Derecho. Ha

conseguido que aprenda unas cuantas siglas que

utilizaré mientras pertenezca a la asociación y que al

principio me resultaba imposible aprender (p.e. IB

(International Board), IPM (International Presidents’

Meeting), SAM (Supporting Area Meeting), KAM (Key

Area Meeting), MCC (Moot Court Competitions), etc.) y,

sobre todo, me ha dejado con muchas ganas de asistir

a muchos más eventos y de hacer cada día un poco

más por nuestra asociación y por el mundo en el que

vivimos.

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IBI IUS magazine

Go International. Summer Law Schools.

Del 21 al 27 de Julio de

2013 tuvo lugar la

Summer Law School a

cargo de ELSA

Rotterdam, esta vez con ‘‘legal aspects of terrorism’’

como tema de fondo. En primer lugar, antes de

relatar mi experiencia me gustaría agradecer desde

aquí la buena organización y la excelente dedicación

de nuestros compañeros de ELSA Rotterdam durante

toda la estancia. Gracias a su colaboración, tal y como

relataré posteriormente, los contratiempos surgidos

durante el curso pudieron ser resueltos de forma

eficiente. Asimismo, todo el equipo docente que

participó impartiendo las distintas sesiones y

conferencias en la universidad Erasmo de Rotterdam

aportó un gran valor añadido al curso de carácter

práctico y formativo.

El domingo 21 de julio comenzó la summer

school y ya desde el primer día lo que prometía ser

una experiencia tranquila de verano se tornó en una

interesante aventura. A mi llegada al aeropuerto de

Rotterdam-The Hague mi equipaje no aparecía en la

cinta, lo habían perdido en el aeropuerto de Barajas.

Tras poner la reclamación correspondiente y como

primer impulso plantearme coger un avión de vuelta,

mi compañera de ELSA ICADE que viajaba conmigo

a la Summer School me ayudó a que optara por

mantener la calma y tomamos un autobús a la

estación central de Rotterdam, donde nos esperaba

una delegación de ELSA, que amablemente me

acompañó por la pocas tiendas que quedaban abiertas

en la estación para comprar los útiles imprescindibles

para sobrevivir sin ningún tipo de equipaje durante

una semana. A la llegada al hostal y tras una agradable

cena y presentación de todos los participantes así

como del equipo organizador de ELSA Rotterdam,

nos fuimos todos a una céntrica terraza donde

pudimos descansar del viaje y empezar a conocernos

un poco mejor.

A la mañana siguiente, empezaron las sesiones

sobre derecho del terrorismo que tuvieron lugar en la

Universidad Erasmo de Rotterdam. En la primera

sesión se nos aportó un panorama general sobre el

derecho del terrorismo en el que pudimos ver las

dificultades que presentaba el estudio de la materia y

las regulaciones existentes a distintos niveles en las

normas de derecho de la Unión Europea y en el

contexto de Naciones Unidas, por parte del profesor

Nathanael Alí. Posteriormente, en la ponencia de la

profesora Goudappel tuvimos la oportunidad de

presentar, entre todos los participantes del curso,

distintos aspectos de relevancia del conocido caso

Kadi que nos permitió acercarnos con más

profundidad al derecho del terrorismo y también en

las relaciones de vinculación que se establecen entre

Mario Pacini

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IBI IUS magazine

las normas de las Naciones Unidas y el derecho de la

Unión Europea.

La última ponencia del día acabó tornándose

en un intenso debate que tuvo como centro la

organización terrorista Al-Qaeda y la conexión entre

fundamentalismo islámico y terrorismo. El debate fue

dirigido por Mohammed Cheppih que alegó que la

fuente del terrorismo denominado fundamentalista

islámico no tenía ninguna conexión con el Islam. Tras

las intensas sesiones del lunes nos embarcamos en un

‘‘city tour’’ por Rotterdam en el que pudimos visitar la

parte comercial de la ciudad, donde pude aprovechar

para comprar un atuendo adecuado para la visita a la

Haya que tendría lugar al día siguiente, y algunas

curiosidades como las ‘‘casas cubo’’ y terminamos la

jornada en un conocido bar de copas muy típico en

Rotterdam.

La excursión a la Haya que tuvo lugar al día

siguiente fue cuanto menos impresionante. Pudimos

visitar entre otras instituciones internacionales el

Eurojust, la sede del EUROPOL y la impresionante y

archiconocida para los estudiantes de derecho Corte

Internacional de Justicia, donde fuimos recibidos al

igual que en el resto de instituciones con interesantes

presentaciones sobre la institución y con un trato

impecable. Para terminar un día esplendido pudimos

cenar en un restaurante italiano frente al mar, que

resultó ser magnífico por su localización.

La experiencia que resultó más divertida para

los participantes, entre los que me incluyo, no llegó

hasta el miércoles por la tarde cuando nos

preparamos para celebrar lo que ya es tradición en las

summer school de Rotterdam, una barbacoa con

bebidas típicas del país de cada uno de los

participantes. Tras recibir de los encargados del

aeropuerto, y siempre gracias a las insistentes llamadas

de los miembros de ELSA Rotterdam, mi maleta con

todo el equipaje me dispuse a preparar una deliciosa

sangría para el disfrute de los asistentes a la barbacoa.

Una vez más quedó constancia del excepcional valor

de las recetas españolas, ya se refieran a comidas o

bebidas, no quedando más remedio que preparar una

segunda jarra ante las peticiones de todos los

asistentes. Tras la barbacoa algunos asistieron a uno

de los bares-discoteca más conocidos de Rotterdam (y

el preferido de la directora de la summer school),

mientras que otros estábamos tan cansados que

tuvimos que volver al hostal para reponer fuerzas

para lo que nos esperaba al día siguiente.

No puedo dejar sin mencionar la importancia

de la sesión práctica que tuvo lugar el miércoles antes

de la barbacoa, impartida por el abogado que estaba

llevando el caso Sabir, de gran relevancia a nivel

internacional, en el que se tocaban temas como el uso

de la tortura en la lucha contra el terrorismo por parte

de estados muy avanzados en la democracia como

pueden ser EEUU o los Paises Bajos.

La visita a Amsterdam fue uno de los

momentos más especiales de la estancia. Allí no solo

pudimos disfrutar de un agradable paseo en bici por

el centro de la ciudad sino que tuvimos la

oportunidad de asistir a una presentación en la sede

de Amnistía Internacional. A lo largo de la

presentación, un miembro de Amnistía internacional

resaltó cuales eran aquellos puntos más importantes

que definían el espíritu de la organización y

puntualizó los objetivos en los cuales se estaban

centrando en los Países Bajos. Tras un debate y

algunas preguntas al representante de la organización,

disfrutamos de un día esplendido en Amsterdam en el

que pudimos contar con un asesoramiento

inmejorable por parte de los organizadores, que nos

guiaron por los lugares más interesantes de

Amsterdam y pasaron toda la tarde con nosotros. La

visita a Amsterdam concluyó con una cena en un

restaurante español con un menú muy castizo: paella

o tortilla de patata. A la vuelta, asistimos al bar de

estudiantes de Rotterdam más popular Beurs donde

nos integramos perfectamente en la comunidad

universitaria de Rotterdam.

El viernes fue nuestro último día en

Rotterdam y todos teníamos la misma sensación: esto

tendría que durar al menos una semana más. El

último día fue la culminación de una más que

completa semana, y eso se notó tanto en las

17

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IBI IUS magazine

conferencias que tuvieron lugar como en la

impresionante fiesta de despedida. La primera de las

conferencias trató uno de los temas que están a la

orden del día en lo que se refiere a terrorismo y que

seguramente marcará el terrorismo del futuro, el

ciberterrorismo. Lo más llamativo de la ponencia fue

descubrir el tremendo vacío legal que existe a nivel

internacional sobre esta nueva forma de ataque

terrorista, que en muchos sentidos puede ser más

lesivo que los ataques a través de medios

convencionales, lo cual nos inquietó a todos los

participantes que abrimos acto seguido un coloquio

sobre cuáles podrían ser las medidas más

convenientes para regular este nuevo fenómeno del

ciberterrorismo.

En segundo lugar tuvimos la oportunidad de

asistir a la que a mi juicio fue la más impresionante y

emotiva de las ponencias, la llevada a cabo por Fatma

Helena Mahtab, que nos sorprendió a todos con su

desgarradora historia y nos pudo trasmitir de primera

mano cuáles son los efectos del terrorismo vividos en

primera persona, y qué se siente cuando has visto a

terroristas tomar el poder de una nación. La historia

narrada por la ponente afgana estuvo acompañada de

un interesante caso práctico en el que dados unos

medios teníamos que proponer una solución viable

para abandonar un país fundamentalista islámico.

Tras la impactante ponencia, la directora de la

summer school hizo entrega de diplomas para todos

los asistentes y de un premio al mejor participante del

curso, que cayó este año en manos españolas.

Despúes del acto de entrega aprovechamos

los últimos momentos en Rotterdam para dar un

paseo por el centro, las últimas compras de souvenirs

y hacer nuestros equipajes ¡No podíamos creer que se

estuviese terminando ya! La noche del sábado la

pasamos en el pub Crawl y a los participantes se

unieron todos los miembros de la organización que

querían celebrar con nosotros lo bien que lo

habíamos pasado esa semana y lo interesante que

había sido la experiencia.

A la mañana siguiente nos despedimos

tristemente del resto de los participantes, esperando

volver a verles en alguno de los acontecimientos de

ELSA o en otra summer school. Para que no fuese

tan amarga la despedida, una de las organizadoras

acogió en su casa a los participantes cuyo vuelo salía

por la tarde y nos ofreció unos dulces y postres

típicos holandeses a base principalmente de queso,

distintos tipos de frutos rojos y mermeladas y

bizcocho de jengibre.

El viaje a Rotterdam ha sido, en opinión de

todos los participantes con los que sigo manteniendo

el contacto, una experiencia muy positiva no sólo

como una oportunidad fantástica para mejorar tu

formación en áreas del derecho, como es el caso del

derecho del terrorismo, en las cuales es muy

complicado formarse en nuestras universidades de

origen sino además como una actividad entretenida y

dinámica que pasado el tiempo recuerdas con

nostalgia. Si a esto le sumas el reducido coste del

curso en comparación a la gran cantidad de

actividades que se ofrecen, las summer law schools se

convierten en una apuesta segura para el verano y una

forma de involucrarte de manera más activa en ELSA.

Asimismo, la summer school constituye una

oportunidad excelente para tomar contacto con

estudiantes de derecho de otras nacionalidades y

conocer nuevos puntos de vista, compartir diferentes

culturas y formas de entender el derecho bajo un

mismo paraguas que nos conecta a todos: formar

parte de ELSA.

18

Page 19: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

19

Page 20: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

Opinión

En una época de grave

crisis, de terribles cifras

económicas y laborales, y

de gran cantidad de

dramas sociales todos los

días, la universidad

española es la que debe dar respuesta a todos estos

problemas.

Pero veamos cual es la situación actual. Nuestro

Sistema Universitario Español ha pasado a estar

formado por más de un 1.600.000 universitarios,

según datos del Ministerio de Educación. También

vemos una tendencia creciente en el personal docente

y de investigación, por lo que parece, tenemos una

base sólida de estudiantes y docentes universitarios

para el futuro, que es fundamental.

“En una época de grave crisis, terribles

cifras económicas y laborales, y de gran

cantidad de dramas sociales, la

universidad española es la que debe dar

respuesta a todos estos problemas.”

En lo referido a la financiación, tema muy polémico

siempre, vemos que el gasto público respecto al PIB,

se encuentra a la par que los países de la OCDE,

siendo el gasto directo por estudiante, de los más

bajos de nuestro entorno. Tenemos los medios para

ser líderes en formación universitaria.

Sin embargo, parece que no acabamos de creernos

nuestro potencial. ¿Podemos pensar que España es

un país políticamente avanzado, con relevancia

económica mundial, o incluso, desarrollado en cuanto

a política social? La respuesta, pese al momento que

atravesamos, y mirándolo en perspectiva, es que si.

Entonces, ¿por qué en un tema tan importante como

es el ámbito universitario, España encuentra sus

universidades en puestos tan alejados en los rankings

sobre universidades en el mundo? ¿Y si lo que

tenemos es otro tipo de crisis?

“¿Por qué no buscar que sean las

universidades las que impulsen este

crecimiento científico y de investigación, ya

que concentran la mayor parte de

generación del conocimiento del país?”

De un lado, vemos los datos del desempleo

universitario, que ya incluso antes de la crisis

económica, era asolador. Esta escasa inserción laboral

ha dejado en evidencia el papel de los estudiantes

universitarios en la realidad española.

Pedro Moreno

20

Page 21: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

¿Podemos seguir con un sistema universitario en el

cual la etapa laboral comienza cuando acaba la

universitaria? ¿O ambas deberían ir ligadas, de cara a

un futuro laboral productivo para la sociedad, la

economía y la política?

En segundo lugar, nos encontramos con una escasa

productividad científica. En una sociedad donde hay

un claro predominio de PYMES, la subcontratación

de servicios y proyectos de I+D, o la protección de

patentes, es claramente insuficiente e improductiva.

Por tanto, ¿por qué no buscar que sean las

universidades las que impulsen este crecimiento

científico y de investigación, ya que concentran la

mayor parte de generación del conocimiento del país?

Como muchos de nosotros sabemos, constantemente

oímos, injusto en la mayoría de las veces, que los

estudiantes actuales están peor preparados. Para ello

se usan informes como el que elabora cada tres años

PISA, que lejos de despreciarlo, nos debería llevar a

una pregunta. ¿Peor preparados para qué?

¿Sabían que los 10 puestos de trabajo más

demandados en 2010, no existían en 2004? Se están

preparando estudiantes para trabajos que aún no

existen, para usar tecnologías que aún no han sido

inventadas, para solucionar problemas que todavía no

sabemos que son problemas.

Porque al final, en un mundo cambiante, lo que en

definitiva están buscando las empresas y la sociedad

es que, ante una situación nueva como una crisis

económica, sus trabajadores y directivos sepan

reaccionar ante algo que no han estudiado, y que

mucho menos preveían. Y somos los jóvenes los que

tenemos esas cualidades más desarrolladas que nadie.

Ya lo decía Descartes, "Lo poco que he aprendido carece de

valor, comparado con lo que ignoro y no desespero en aprender.”

“¿Sabían que los 10 puestos de trabajo

más demandados en 2010, no existían en

2004? Se están preparando estudiantes

para trabajos que aún no existen, para

usar tecnologías que aún no han sido

inventadas”

Comenzábamos este artículo desde el punto de

partida de la universidad española en época de crisis.

Yo os invito a todos, para que sigamos allanando ese

camino, que llevará a la universidad española a ser un

referente mundial en este siglo. Lo que queremos,

en definitiva, es en época de crisis, más

universidad.

Grupo de ELSA CEU en una

visita al Tribunal Supremo,

Madrid, España

© ELSA CEU

21

Page 22: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

Opinión

El pasado 21 de octubre

se conocía la sentencia del

Tribunal Europeo de

Derechos Humanos a

cerca de la denominada

Doctrina Parot. En realidad

la citada sentencia viene a resolver de forma definitiva

el litigio entre el Estado Español y la terrorista Inés

del Río acerca de la aplicación de una determinada ley

penal de forma retroactiva. La solución del Tribunal,

en base al Convenio Europeo de Derechos Humanos,

no ha dejado indiferente a nadie, ya sea en un sentido

o en otro, por lo que desde ELSA Sevilla nos parecía

que tratar el tema resulta del máximo interés, por lo

que hemos decidido abordarlo en varios foros para

conocer más en profundidad la cuestión.

Mucho se ha escrito y se ha dicho acerca del rotundo

parecer del Tribunal, en ocasiones mostrando un

completo desconocimiento sobre la institución; otras

incluso desprestigiando la labor de la misma. Es por

esto que me parece de vital importancia conocer, para

poder fijar un juicio crítico y razonado del asunto, el

papel que el Tribunal juega y su devenir diario, el

cómo protege los Derechos de los ciudadanos y si

merece la pena mantenerlo.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos,

aprobada por la Asamblea General de las Naciones

Unidas el 10 de Diciembre de 1948, supone un texto

fundamental para la historia de la humanidad. Por

primera vez nos situamos ante un texto que, con base

en la dignidad del hombre, establece una serie de

derechos de la personalidad y otros de contenido

social, político y económico, que blindan al ser

humano en su desarrollo como persona individual y

como miembro de la sociedad. La Declaración se

propone romper con lo anterior, se propone acabar

con usos y prácticas que a lo largo de la historia

habían sido la tónica habitual en la actuación de

poderes públicos y particulares, y sobre todo, el evitar

el advenimiento de otra guerra a escala planetaria tal y

como ya había sucedido por dos veces en los años

precedentes.

Como digo la importancia del texto es indiscutible,

pues por un lado viene a desarrollar de algún modo la

Carta de las Naciones Unidas y, por otro, tiene una

relevancia en todas las Constituciones de postguerra,

pues éstas, de una forma u otra, reconocen la

Declaración dentro del marco constitucional de cada

Estado. Éste, aunque tengamos que dar un paso en el

tiempo hasta 1978, es el caso de España, quien con la

aprobación de su Constitución introduce la

Declaración como instrumento interpretativo preferente de

los derechos y libertades que en ella se consignan.

Pero la principal debilidad de la Declaración es la

propia Declaración; primero porque afirma como

universales unos derechos y libertades que

efectivamente no se corresponden con unas

convicciones que encuentren proyección en todos los

Antonio Javier Díez

22

Page 23: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

lugares del planeta, a resultas de las distintas formas y

maneras de percibir el papel del hombre en cuanto a

tal; y segundo, porque la Declaración no es más que

un documento político -no directamente vinculante para

los Estados-, una declaración de intenciones que no

se puede hacer valer por sí misma, que no se puede

exigir. Esta debilidad debía ser superada, por lo que

dentro del Sistema de Naciones Unidas se propone la

celebración de tratados internacionales (estos ya sí

vinculantes) que de forma sectorial vayan sumado

Estados a la protección efectiva de los derechos. Así

aparecen dos grandes e importantes pactos: el Pacto

Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto

Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

ambos de 1966.

En Europa se vive un proceso paralelo al que se vive

en el ámbito de las Naciones Unidas: Con el Estatuto

de Londres en 1949 se crea el Consejo de Europa, a

iniciativa de Reino Unido. Se trata un foro de

cooperación intergubernamental entre países de

Europa, una unión de Estados europeos sin erosión

de la soberanía nacional. Este funciona en base a los

principios sobre los cuales se funda toda auténtica democracia:

libertad individual, libertad política y el imperio del Derecho.

El Estatuto además afirma que los Derechos

Humanos constituyen un principio básico del

patrimonio común que define la identidad europea. Es

por esto que para el ingreso en el Consejo se hace

necesaria una protección efectiva de los derechos y

libertades fundamentales por parte de los Estados.

Así las cosas y con el ánimo de garantizar los

Derechos Humanos de una forma unitaria y desde

una perspectiva que trascienda al Estado, el 4 de

noviembre de 1950 se aprueba en Roma el Convenio

europeo para la protección de los Derechos Humanos y las

libertades fundamentales (CEDH). Con su entrada en

vigor el 3 de septiembre de 1953 se transformó, para

los países integrantes del Consejo, la Declaración

Universal de los Derechos Humanos en una obligación

jurídica. Así se desprende el preámbulo del Convenio,

que por tres veces menciona la Declaración para

señalar que el fin del Convenio es el de asegurar el

reconocimiento y la aplicación efectiva de los derechos que

en Él se recogen, así como tomar las primeras medidas

colectivas para asegurar la garantía de algunos de los derechos

enunciados en la Declaración.

Por lo tanto lo característico es el efecto vinculante, la

obligatoriedad para los Estados que se manifiesta en

la necesidad de, por un lado, no ir contra el convenio,

y por otra, en la de garantizar su efectivo

cumplimiento. Pero además del mandato a los

Estados, el Convenio crea un mecanismo propio de

protección de los Derechos proclamados, lo que

viene a añadir una garantía extraordinaria al ejercicio de

esos derechos. Si en un principio se establecieron

varios mecanismos de protección, hoy en día esta

protección se confía casi en exclusiva al Tribunal

Europeo de Derechos Humanos (TEDH), y es que el

Convenio a lo largo de su vigencia se ha visto alterado

por sucesivos Protocolos que han modificado el

alcance y contenido tanto de los derechos en él

consignados como en los órganos y procedimientos

que crea para su protección. Este papel

preponderante del TEDH se estableció con la

aprobación del Protocolo nº 11. Cabe señalar que, entre

esas reformas, destaca la que introduce el Protocolo nº

14, el cual, establece la posibilidad de adhesión al

Convenio no sólo de Estados, sino también de

Organizaciones Internacionales, lo que permitió el

acceso al mismo a la Unión Europea desde el 1 de

junio de 2010.

El Título II del Convenio instituye de forma

permanente este Tribunal que se compone de un

número igual de Jueces al de los Estados que

suscriben el Convenio (en la actualidad 47 Estados,

entre ellos España por medio del Instrumento de

Ratificación de 26 de Septiembre de 1979) y actúan de

forma individual por un tiempo de nueve años. Estos

deciden sobre demandas de Estados y Particulares

por la vulneración del Convenio o de sus Protocolos

El Tribunal actúa de muy diversas maneras: a través

de un Juez único, por medio de Comités de tres

jueces, en Salas de siete y, eventualmente, en una

Gran Sala de diecisiete jueces. Por su importancia

destaca la Sala de Siete que entre otras funciones se

ocupa de forma exclusiva de las demandas

interestatales; así como la Gran Sala que actúa ante los

23

Page 24: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

supuestos más graves; y como segunda instancia de las

sentencias de la Sala.

El Tribunal funciona en base al principio de

agotamiento previo de los recursos internos como requisito

de admisibilidad de las demandas. Sí partimos de la

base de que los Estados respetan los Derechos

Humanos, pues este es algo indispensable para ser

parte del Consejo, y además sabemos que los Estados

democráticos disponen de mecanismos más o menos

eficaces de protección de los derechos fundamentales,

parece razonable dar un margen de actuación propia

al Estado a la hora de corregir sus propios errores por

medio de la tutela judicial estatal. Entonces la

jurisdicción del TEDH sólo se activará cuando estos

recursos no hayan respetado el contenido del

Convenio.

El Tribunal, una vez completado el iter establecido en

el Convenio para la resolución de los conflictos que

se le planteen, dictará una sentencia, que en caso de

ser definitiva, deberá ser acatada por los Estados. La

supervisión en la ejecución de la sentencia se confía al

Comité de Ministros, una institución que crea el Estatuto

del Consejo de Europa y que queda conformada por

los Ministros de Exteriores de los Estados parte de

dicho Consejo. Pero la ejecución propia de la misma

se confía en exclusiva al Estado, de acuerdo con los

procedimientos que prevea su legislación interna (en

España no hay previsión en la legislación procesal,

vacío que ha sido suplido, no sin polémica, por la

doctrina del Constitucional). Si los medios de los que

dispone el Estado pudieran resultar insuficientes o no

lo suficientemente adecuados para reaparición de la

vulneración causada, se podrá imponer por parte del

Tribunal una indemnización equitativa. Además, el

también antes mencionado Protocolo nº 14 ha reforzado

el papel del Comité de Ministros. Si el Estado

condenado se negara a la ejecución de una sentencia,

el Comité podrá someter al TEDH la negativa del

Estado, tras una advertencia previa y a la adopción de

la decisión por una mayoría de dos tercios de sus

miembros.

Los aspectos positivos de la instauración de este

Tribunal son evidentes: Se crea una instancia

internacional que es la única competente para decidir

si hay o no vulneración del Convenio o de sus

Protocolos; se presenta con una jurisdicción

permanente -y no ad hoc- y obligatoria para los integrantes

del Consejo; y se da legitimación activa tanto a los

Estados como a los particulares. Además se establece

un mecanismo de supervisión en la ejecución de las

sentencias por parte de otro órgano: el Comité de

Ministros del Consejo de Europa.

Esta es, a grandes rasgos, una presentación teórica de

lo que supone el TEDH como garante de los

derechos consignados en el Convenio, el cuál nace del

espíritu mismo de la Declaración Universal de los

Derechos Humanos, con la pretensión de garantizar

efectivamente los mismos. Pero si sólo nos quedamos

en eso, no creo que nos podamos hacer una idea

realmente completa de lo que supone esta institución;

para comprenderla de una forma total estimo que

sería oportuno atender a la dimensión práctica del

Convenio. Esto es, pasar de la pretensión de

garantizar a la garantía misma.

Hasta 2012, último año del que se tiene constancia de

datos oficiales, el Tribunal ha recibido 15.947

demandas, de las cuales 113 se dirigían contra el

Estado Español siendo condenado este en un total de

73 ocasiones y absuelto en 35. Los países más

denunciados son Turquía con 2.870 denuncias y 2.521

condenas; Rusia con 1.346 denuncias de las cuales

1.262 resultaron ser vulneraciones del Convenio; y

por último Italia con 1.687 denuncias condenatorias

de un total de 2.229 denuncias. Al comparar los datos

de nuestro país con los del resto, podemos decir que

España se sitúa en una "buena" posición al tener en

cuenta el número de sentencias condenatorias del

resto de países, si bien cualquier condena por

violación de Derechos Humanos no puede

presumirse como "buena" en ninguna circunstancia.

Llegados a este punto podemos analizar la protección

que nuestro país da a los derechos de los ciudadanos,

y lo vamos a hacer en base a la última sentencia

condenatoria, la Sentencia de la Gran Sala del Caso Del

Río Prada contra España. La terrorista fue condenada

por la Audiencia Nacional de España a más de 3800

años de prisión por la comisión de 24 asesinatos y por

pertenencia a banda armada entre otros delitos. Las

24

Page 25: IBI IUS #4

IBI IUS magazine

condenas se impusieron en base al Código Penal de

1973. El cumplimiento efectivo de la pena que

resultaba de su aplicación era de 20 años. Entonces,

en 2007 los tribunales españoles deciden aplicar la

denominada doctrina Parot, instaurada por el Tribunal

Supremo en 2006 en un recurso presentado por

Henri Parot, de ahí su nombre. Con ella se establece

que los beneficios penitenciarios se aplicarán no sobre

el máximo legal permitido de permanencia en prisión,

sino sobre cada pena individualmente considerada, lo

que hacía que la estancia en prisión se prolongara. En

el caso del Inés del Río la prolongación se traducía en

casi 10 años más de prisión.

De la presentación de los hechos resulta más que

evidente que esta doctrina resulta lesiva para el reo,

pero también lo es para el Estado, como

consecuencia de la eficacia erga omnes de los Derechos

Fundamentales y de los Derechos Humanos. Es

perjudicial para el reo en cuanto a que aumenta la

duración de la pena; y lo es para el Estado en la

medida en que se conculcan con ella principios

básicos del Estado de Derecho consagrados en

nuestra Constitución: justicia, irretroactividad de las

disposiciones sancionadoras no favorables o

restrictivas de derechos individuales, seguridad

jurídica, reinserción como única motivación de la

pena así como el principio de legalidad penal.

Esto que tan claro ha sido visto por el TEDH (quince

votos a favor y dos en contra por vulneración del

principio de legalidad penal; y unanimidad en una

"ilegal" privación de libertad), no ha sido visto ni por

la Sala II del Tribunal Supremo en su aplicación de las

leyes penales; ni por el Tribunal Constitucional en su

labor de máximo intérprete de la Constitución. Está

claro que el sistema español ha fallado, no ha sido

suficiente. Esto que no precisa de demasiadas

nociones de Derecho para ser entendido, no ha sido,

o mejor dicho, no ha querido ser tenido en cuenta por

el máximo órgano jurisdiccional del Estado ni por el

garante último de los Derechos Fundamentales. Y

digo que no ha querido ser tenido en cuenta por una razón:

el factor sociológico.

La sociedad española ha padecido la lacra del

terrorismo como una pesada losa con cientos de

muertos y miles de heridos. No hubiera resultado fácil

explicar que una sangrienta terrorista, condenada a más

de 3000 años de cárcel podría salir con sólo veinte de

condena efectiva. Parece, y sólo digo parece, que esta

solución de alargar la condena es más justa que la que

resulta de aplicar la ley en vigor en el momento en

que fue condenada. Pero aquí se hace patente una

célebre cita de Voltaire "una justicia llevada demasiado

lejos, puede transformarse en injusticia". No estoy diciendo

con esto que el Supremo y Constitucional sean

medios no válidos para la defensa de los Derechos

Fundamentales y por ende de los Derechos

Humanos; lo que quiero decir es que no supieron

separarse de la circunstancia española a la hora de aplicar

la ley. Y esto que en un principio pudiera parecer

positivo -una justicia cercana a la sociedad- se

convirtió precisamente en el problema. Y por el

contrario, lo que en muchas ocasiones se presenta

como un problema en el proceso de integración

europea, la lejanía de sus instituciones, ha sido en esta

ocasión la mejor de sus virtudes.

Que el TEDH se sitúe fuera de esa realidad española

lo hace más independiente y por tanto, si se me

permite, más justo. No se va a encontrar con esa

presión social, una presión social en muchas

ocasiones manipulada, pues algunos medios de

comunicación han demostrado no estar tampoco a la

altura, y en vez de hacer pedagogía de esto que

expongo, han presentado la cuestión como si de una

rebaja en la pena de la terrorista se tratara, y no como

lo que realmente es, una fragrante vulneración de derechos

como resultado de una aplicación retroactiva de una

ley en base a una doctrina de un Tribunal de Justicia.

Derechos que, como no podía ser de otra manera, se

predican de todos y cada uno de los seres humanos, incluso

de personas que negaron estos derechos a otras. Los

medios debieron saber encontrar el equilibrio y

separarse del sensacionalismo: no debieron presentar

la cuestión como "los derechos de las víctimas en favor de los

terroristas".

25

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IBI IUS magazine

Estos principios que legitiman al Estado no pueden

aplicarse selectivamente, ni pueden negarse en forma

alguna. Es por esto que resulta fundamental la acción

diaria de los tribunales ordinarios, pero resulta

igualmente necesaria la presencia de este tipo de

tribunales que aseguren un mínimo, un mínimo que

no sólo concierna a los habitantes de un determinado

país, sino a los habitantes de prácticamente todo un

continente con un acervo cultural común. Queda aquí

patente la importancia del Tribunal; Tribunal que

aunque situado fuera de nuestras fronteras, se integra,

de conformidad con nuestro ordenamiento

constitucional, dentro del sistema de tribunales del

Estado español, por lo que no nos es ajeno, todo lo

contrario, nos situamos bajos su jurisdicción en las

materias de su competencia.

Son acciones como estas, la del Convenio de

Derechos Humanos y la del TEDH las que han

situado históricamente a Europa a la cabeza de la

defensa de los Derechos Humanos, y estimo que esto

no está siendo suficientemente valorado ni por la sociedad

europea, en general, ni por la española en particular.

Desde una perspectiva europea e internacional la

defensa de los Derechos Humanos parece haber

quedado relegada a un segundo plano con motivo de

la crisis económica internacional, esto ya no es una

prioridad.

En el caso de España considero que esta

circunstancia, como era de esperar se agrava. España

ha pasado de ser, por ejemplo, potencia mundial en

programas de cooperación internacional -entre los que se

encontraban trabajos para la defensa de los Derechos

Humanos- a prácticamente desaparecer de entre los

Estados que fomentan este tipo de medidas.

Tampoco creo que desde el ámbito educativo se forme

en estos valores los suficiente, lo que sumado a un

explicación interesada de sentencias como la que nos

ocupa, hace que la sociedad española perciba de una

manera alterada la realidad de los Derechos

Humanos, su dimensión y sus medios de protección.

Espero que estas líneas sirvan para poner de relieve el

importante papel del TEHD, así como para haber

aclarado un poco más esta polémica sentencia y el

fundamento de su fallo.

26

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27

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IBI IUS magazine

Opinión

El crecimiento económico

que parecía no acabar

nunca llegó a su punto

final el verano de 2008

con la intervención de Fannie Mae y Freddie Mac por

parte del Ejecutivo estadounidense, la declaración de

quiebra del banco de inversión Lehman Brothers y la

nacionalización de American International Group, la

principal aseguradora mundial norteamericana. Desde

ese momento, el contagio a otras economías como la

europea y, dentro de esta, la española, provocó la

entrada en un ciclo económico recesivo, lleno de

incertidumbre y sequía crediticia. Así, la crisis

económica ha traído consigo la desaparición de

numerosas empresas, pero también el crecimiento

extraordinario que otras muchas han experimentado,

gracias a su reinvención o readaptación al nuevo

medio, algo a lo que el capital riesgo no es indiferente.

“Puede denominarse capital riesgo a

cualquier aportación en forma de capital,

minoritaria o mayoritaria, y temporal (3-

7 años) en el capital social de empresas no

cotizadas”

De forma general, puede denominarse capital riesgo a

cualquier aportación en forma de capital, minoritaria

o mayoritaria, y temporal (3-7 años) en el capital

social de empresas no cotizadas. Constituye, por

tanto, una fuente de financiación alternativa a la

bancaria, tan arraigada en España, pero tan compleja

de obtener en la actualidad.

“Esta actividad es tan antigua que existió

desde que se conocen proyectos

empresariales en busca de un socio

financiero, por ejemplo, los acuerdos entre

Cristóbal Colón y la Reina Isabel de

Castilla”

Ciertamente, el capital riesgo es una fuente de

financiación relativamente reciente –y desconocida–

en nuestro país, pero esta actividad nació hace más de

40 años en el mundo anglosajón e, incluso, podría

decirse que es tan antigua que existió desde que se

conocen proyectos empresariales en busca de un

socio financiero, como por ejemplo, los acuerdos

entre Cristóbal Colón y la Reina Isabel de Castilla. La

novedad de la faceta industrial del capital riesgo radica

en la rápida profesionalización que está

experimentado esta actividad y en la creciente

importancia de la palanca financiera que ofrece para

impulsar el desarrollo económico de las empresas.

Ibai Puente

28

31

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IBI IUS magazine

Los beneficios del capital riesgo en la economía de un

país son múltiples. En primer lugar, el capital riesgo

invierte principalmente en pequeñas y medianas

empresas (PYME). Dado que estas compañías son el

motor de las economías europeas –más del 99%,

según la Comisión Europea–, son responsables del

80% de la ocupación y del 62% de las ventas, el

capital riesgo se constituye como un firme impulso de

la economía y el empleo. Según la European Private

Equity and Venture Association –EVCA–, se comprobó

que la internacionalización de las empresas

participadas por capital riesgo en sus primeras etapas

se producía por dos vías: de una parte, creció el

número de empresas en fase start-up con

exportaciones, pasando del 37% en el año de la

entrada del inversor de capital Riesgo al 60%, al cabo

de 5 años. En el mismo periodo de estudio, también

creció un 78% el volumen de sus exportaciones,

pasando de representar el 17,2% al 30,6% de su

facturación. Estos resultados tan positivos también se

produjeron en las empresas en expansión, en las que

un 72% exportaba a los cinco años de la entrada del

inversor de capital riesgo, frente al 55% que lo hacía

en el momento de la entrada del inversor,

aumentando un 38% el volumen exportado.

“Uno de los principales retos es el

sostenido incremento de las operaciones de

capital riesgo, algo que a buen seguro

tendrá un efecto muy positivo en nuestra

maltrecha economía”

En España, durante el año 2012 se realizaron 543

operaciones de inversión, por importe de unos 2.472

millones de euros, de acuerdo con los datos de la

Asociación Española de Entidades de Capital Riesgo

(ASCRI). El grado de madurez que esta industria ha

alcanzado en Europa respecto de EE.UU., con

excepción de Reino Unido, es infinitamente menor.

Este menor desarrollo se manifiesta, más que en el

número agregado de operaciones, en la cuantía total

de las mismas, por lo que uno de los principales

objetivos y retos del capital riesgo en Europa y en

España es y debe ser el sostenido incremento de las

operaciones de capital riesgo, algo que a buen seguro

tendrá un efecto muy positivo en nuestra maltrecha

economía.

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Page 30: IBI IUS #4

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