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HONORABLE ASAMBLEA: DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. A la Comisión de Seguridad Social de la LXIV Legislatura del Senado de la República le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente la proposición con PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DE DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. Esta Comisión, con fundamento en los dispuesto por los artículos 85 numeral 2 inciso a), 90 fracción 1 numeralll, 94, y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los diversos 113 numeral 2, 117 numerales 1 y 2, 133 fracción XII, 135 numeral 1 fracción 1, 150 numerales 1, 2 y 3, 182, 188, 190, 191, 277 numeral 1 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, de conformidad con la siguiente: METODOLOGÍA La Comisión de Seguridad Social encargada del análisis y dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe: l. En el apartado "ANTECEDENTES", se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y de la recepción del turno, para la elaboración del Dictamen. 11. "CONTENIDO" del Punto del Acuerdo, se reproducen en términos generales, los motivos y alcances de la propuesta en estudio, y se hace una breve referencia de los temas que la componen. 111. En el apartado "CONSIDERACIONES", se expresan los argumentos y razonamientos que sustentan el sentido del presente Dictamen. l. ANTECEDENTES: 1. En sesión celebrada con fecha 22 de octubre de 2019, por el pleno de la Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, la Mesa Directiva recibió la Proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita al gobernador de del estado de Chihuahua un informe respecto de la situación que guarda el proceso de afiliación al 1

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HONORABLE ASAMBLEA:

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

A la Comisión de Seguridad Social de la LXIV Legislatura del Senado de la República le fue turnado, para su estudio y elaboración del dictamen correspondiente la proposición con PUNTO DE ACUERDO POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DE DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

Esta Comisión, con fundamento en los dispuesto por los artículos 85 numeral 2 inciso a), 90 fracción 1 numeralll, 94, y demás relativos y aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como los diversos 113 numeral 2, 117 numerales 1 y 2, 133 fracción XII, 135 numeral 1 fracción 1, 150 numerales 1, 2 y 3, 182, 188, 190, 191, 277 numeral 1 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, somete a la consideración de esta Honorable Asamblea, el presente Dictamen, de conformidad con la siguiente:

METODOLOGÍA

La Comisión de Seguridad Social encargada del análisis y dictamen de la proposición con Punto de Acuerdo desarrolló su trabajo conforme al procedimiento que a continuación se describe:

l. En el apartado "ANTECEDENTES", se da constancia del trámite de inicio del proceso legislativo y de la recepción del turno, para la elaboración del Dictamen.

11. "CONTENIDO" del Punto del Acuerdo, se reproducen en términos generales, los motivos y alcances de la propuesta en estudio, y se hace una breve referencia de los temas que la componen.

111. En el apartado "CONSIDERACIONES", se expresan los argumentos y razonamientos que sustentan el sentido del presente Dictamen.

l. ANTECEDENTES:

1. En sesión celebrada con fecha 22 de octubre de 2019, por el pleno de la Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, la Mesa Directiva recibió la Proposición con punto de acuerdo por el cual se solicita al gobernador de del estado de Chihuahua un informe respecto de la situación que guarda el proceso de afiliación al

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

Instituto Mexicano del Seguro Social de los docentes y administrativos del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua, que suscribió el Senador Cruz Pérez Cuéllar, del Grupo Parlamentario Movimiento Regeneración Nacional.

2. Con esta misma fecha, la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, dispuso que dicha Proposición con Punto de Acuerdo fuera turnada a la Comisión de Seguridad Social.

3. Una vez remitida la Proposición con Punto de Acuerdo citada, esta Comisión se abocó a su estudio, análisis y valoración, a efecto de elaborar el presente Dictamen.

11. CONTENIDO

En este apartado, se hace una referencia general de los hechos que motivaron al proponente a presentar al Punto de Acuerdo en estudio, así como las diversas consideraciones en que funda su contenido.

Con base en la argumentación vertida en la propuesta, se afirma que la Organización Internacional del Trabajo se ha pronunciado en el sentido de que la seguridad social puede influir en la sociedad, ya que este permite que las personas puedan tener servicios médicos y tengan la seguridad para subsistir, en el transcurso de falta de trabajo, durante y después del embarazo o alguna afección, así como también incapacidad o alguna incidencia en el trabajo, proporcionando los medios económicos en los años de ancianidad y subsanando adeudos en la educación de los niños. La· seguridad social es capaz de unir a la sociedad y permitir el progreso de una nación por medio del mejoramiento de las condiciones de vida.

Es por ellos que verificar que las instituciones públicas obligadas a dotar de las prestaciones de seguridad social a sus trabajadores, es una tarea que no sólo incumbe a los ámbitos de gobierno, sino en general a todas las autoridades.

En lo particular, respecto al Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua, se señala que fue fundado como Organismo Público Descentralizado del Gobierno de Chihuahua en el año de 1993. Al inicio contaba con cinco planteles y en la actualidad cuenta con 52, los cuales ofrecen Bachillerato General y Bachillerato Tecnológicos en 33 ayuntamientos, desde el principio de su fundación el CECyTECH ha ofrecido formación de calidad a los estudiantes, situándolo como el subsistema de mejor tasa del ramo.

Con fecha 25 de abril del año 2018, el Gobernador del estado de Chihuahua, Javier Corral Jurado, propuso una iniciativa con naturaleza de Derecho, con fines de instruir la Ley CECyTECH.

Dicha ley tiene como finalidad " ... armonizar su órgano de gobierno y sus estructuras orgánicas y operativas con el citado entramado legal, haciendo énfasis como el elemento

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DICTAMEN DE lA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAl CON PUNTO DE ACUERDO

POR El QUE SE SOliCITA Al GOBERNADOR DEl ESTADO DE CH IHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE lA SITUACIÓN QUE GUARDA El PROCESO DE

AFiliACIÓN Al INSTITUTO MEXICANO DEl SEGURO SOCIAl DE lOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEl COlEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOlÓGICOS

DEl ESTADO DE CHIHUAHUA.

más relevante el establecer en dicho instrumento legal la oferta educativa de Bachillerato General y Bachillerato Tecnológico; y por otro lado, actualizar los procedimientos de ingreso, promoción y permanencia del personal docente y directivo ya que ahora es materia de la Ley General de Servicio Profesional Docente."

De la misma manera en la exposición de motivos, se señaló que:

"Entre los aspectos contemplados en el marco legal vigente para esta institución educativa que a la fecha resulta obsoleto, encontramos el rubro de la seguridad social a favor de sus trabajadores, ya que desde 1998 fue suscrito un convenio con el Instituto Chihuahuense de Salud para otorgar a la plantilla laboral del CECyTECH solamente el servicio médico. A la fecha cerca de 1 mil 300 trabajadores, algunos con 23 años de antigüedad, no cuentan con un sistema de seguridad social integral, lo que violenta por un lado los derechos laborales, y por otro, expone al subsistema a quedar en la imposibilidad de pagar los servicios médicos contratados, que se cubren por el 100 por ciento de los servicios utilizados y no a través de un esquema solidario de cuotas fijas."

Para el Gobierno que representa el C. Javier Corral Jurado es indispensable atender las peticiones más sensibles de los colaboradores incluyendo las que tiendan a fortalecer los temas de seguridad social.

Esta ley fue promulgada en el Diario Oficial del Estado de Chihuahua, con fecha 8 de octubre del año 2018. En esta se aprecia la afiliación, por medio un acuerdo, de los colaboradores de este subsistema al IMSS, sin reconocimiento de antigüedad, pues fue parte del arreglo al que accedieron docentes y administrativos.

Sin embargo, con base en lo que se señala en la proposición con punto de acuerdo, a más de un año en la que arranco la Ley CECyTECH, no se tiene la certeza respecto al destino del acuerdo de integración, que les dote de certeza a sus trabajadores de que ya pueden acceder a los servicios del Instituto Mexicano de Seguridad Social.

111. CONSIDERACIONES

A efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 190, fracción VIl , en relación con el 277, numeral 1 del Reglamento del Senado de la República, ésta dictaminadora, estima pertinente precisar las siguientes consideraciones:

PRIMERA. La Comisión de Seguridad Social, del Senado de la República, es un órgano legislativo de carácter ordinario y permanente, creada para el despacho de los asuntos y cuestiones relacionadas con las materias propias de sus denominaciones, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 85 numeral 2 inciso a), 86, 89 numeral 1 y 80 numeral 1

fracción 11 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; 113, 117, y 178 numerales 1 y 2 del Reglamento del Senado de la República; así como el considerando tercero del "Acuerdo de la Junta de Coordinación Política del Senado de la

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

República, por el que se Constituyen las Comisiones Ordinarias que Funcionarán durante la LXIV Legislatura", de fecha 25 de septiembre de 2018.

En consecuencia, es competente para conceder y dictaminar la Proposición con Punto de Acuerdo por el que se solicita al gobernador de del estado de Chihuahua un informe respecto de la situación que guarda el proceso de afiliación al instituto mexicano del seguro social de los docentes y administrativos del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua.

SEGUNDA. -En la reforma constitucional del día 1 O de junio del 2011 , la seguridad social se encuentra protegiendo por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como derecho humano.

En el artículo 1 o de esta misma constitución señala que:

"En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece."1

Por consecuencia en el artículo 123 Constitucional establece como derecho humano a la seguridad social.

Del mismo modo la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 22, la cual dice de la siguiente manera:

"Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad". 2

La Organización Internacional de Trabajo define a la Seguridad Social como

"la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos e hijas.

1 https ://www .gob. mx/profedet/ es/ a rticu los/seguridad-socia 1 ?idiom=es 2 https ://www .gob. mx/profed et/ es/ a rticu los/seguridad-socia l?id iom=es

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

La seguridad social se encuentra encaminada a la protección y mejoramiento de los niveles de bienestar de las personas trabajadoras y sus familias."3

TERCERA. - La ley del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua es una ley creada para poder proporcionar seguridad social a los colaboradores del CECyTECH, con esta se crearán pactos con el Instituto Mexicano del Seguro Social y así poder integrar al Régimen Obligatorio de Seguro Social, así como también al Instituto del Fondo Nacional de Vivienda.

Esta ley cuenta con 39 artículos las cuales se separan en siete capítulos las cuales establecen lo siguiente:

• El capítulo 1.- en esta se instaura la naturaleza, el oveja, las facultades y obligaciones de la ley, las características las características del CECyTECH, el objeto de la institución y atribuciones:

• El capítulo 11.- se funda la organización y funcionamiento la institución educativa objeto de la ley, las autoridades y sus facultades de cada una de ellas.

• El capítulo 111.- define su constitución del colegio. • El capítulo IV.- se refiere al patronato, como apoyo en la adquisición de insumas y

recursos para el colegio. • El capítulo V.- contiene lo relacionado con los colaboradores del CECyTECH, como

su clasificación, promoción y permanencia. • El capítulo VI. - establece lo relacionado con los estudiantes. • El capítulo VIl.- contiene lo refernete a las disposiciones generales del colegio.4

El Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua, fue fundado el día 19 de octubre de 1993, por el convenio gubernativo número 30, del Ejecutivo del estado de Chihuahua, como un ente público descentralizado de la administración pública de este mismo estado, con identidad jurídica y patrimonio propios, cuya cabecera de sector es la Secretaría de Educación y Deporte del Estado de Chihuahua, con el fin de contribuir a consolidar los programas educativos en el nivel medio superior.

En sus comienzos se establecieron cuatro planteles los cuales son: Cecyt 2 La Junta, Cecyt 3 Valle de Allende, Cecyt 4 Guadalupe y Calvo, Cecyt 5 San Juanito.

Cuatro años más tarde da inicio el CECyT 6 en la ciudad de Chihuahua. En la actualidad el colegio cuenta con 52 centros educativos: 23 planteles CECYT y 29 planteles EMSAD, igualmente el CECyTECH cuenta con un programa de bachillerato que brinda educación a alumnos con capacidades diferentes.

3 https :1/www .gob. mx/profed et/ es/articu los/segu ri dad-socia 1 ?id iom=es 4 http ://www.congresochihuahua .gob.mx/detalleNota .php?idcomunicado=3326

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DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

CECyTECH es actualmente el subsistema de Educación Media Superior del Estado de Chihuahua con la mayor cantidad de planteles con acreditación en el Padrón de Calidad del Sistema Nacional de Educación Media Superior, con un total de 29.

El colegio representa una filosofía de trabajo y calidad en la educación los cuales se encuentran en 33 municipios de los 67 del Estado de Chihuahua, donde se les enseña a 12,482 estudiantes. 5

CUARTA. -Partiendo de lo anterior, los integrantes de la Comisión de Seguridad Social considera que es viable la petición que hace el proponente y esta Comisión la aprueba, ya que se considera que la certeza de cumplimiento en las garantías de seguridad social por parte de los colaboradores del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua, debe quedar garantizada

Por lo anterior, nos permitimos someter a la consideración de la Honorable Asamblea de la Cámara de Senadores de la LXIV Legislatura del H. Congreso de la Unión, el siguiente:

PUNTO DE ACUERDO

Único. - El Senado de la República exhorta respetuosamente al gobernador del estado de Chihuahua y en pleno respeto a la autonomía del Gobierno del Estado, se sirva comunicar en qué etapa se encuentra el proceso de incorporación al Instituto Mexicano del Seguro Social de los profesores y empleados del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chihuahua.

Dado en la Sala de Comisiones a los veintiséis días del mes de febrero del año 2020.

5 http://www.cecytechihuahua .edu .mx/

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Sen. Gricelda Valencia de la Mora

Yáñez

~ Sen. Lilia Margarita Valdez Martinez

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

Secretario

Secretario

Integrante

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Sen. J. Félix Salgado Macedonio

Sen. Radamés Salazar Solario

Sen. Nadia Navarro Acevedo

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

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INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

Integrante

Integrante

Integrante

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Sen. Carlos Humberto Aceves del Olmo

Sen. Patricia Mercado

Sen. Ma. Leonor Noyola Cervantes

Sen. Germán Martínez Cázares

DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE SEGURIDAD SOCIAL CON PUNTO DE ACUERDO

POR EL QUE SE SOLICITA AL GOBERNADOR DEL ESTADO DE CHIHUAHUA UN

INFORME RESPECTO DE LA SITUACIÓN QUE GUARDA EL PROCESO DE

AFILIACIÓN AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL DE LOS DOCENTES Y

ADMINISTRATIVOS DEL COLEGIO DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS

DEL ESTADO DE CHIHUAHUA.

Integrante

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Integrante

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Integrante

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Sen. Radamés Solazar Solorio

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Sen. Mayuli Latifa Martínez Simón

Sen. Patricia Mercado Castro

Sen. María Leonor Noyola Cervantes

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