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GOBIERNO REGIONAL CUSCO ()~ ¡¿~ de;'/~ RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL 'Ó42 -2017-GR CUSCO/ORAD Cusco, , JUL 2017 EL DIRECTOR REGIONAL DE LA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO. VISTO: El Expediente con Registro W 11417-2017 del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Clorinda Matto de Turner Calca de la Dirección Regional de Educación del Cusco, Informe W 194-2017-GR CUSCO/ORAD-OGP e Informe 062-2017-GR CUSCO/ORAD-OGP-AFPI de la Oficina de Gestión Patrimonial, Memorándum W 603-2017-GR CUSCO/ORAD de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional del Cusco y Memorándum W 481-2017-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusca; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 11° de la Ley W 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades públicas que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales, realizan los actos de adquisición, administración, disposición, registro y supervisión de los bienes estatales, de acuerdo con lo dispuesto por la presente Ley y su Reglamento, concordante con lo establecido por los artículos 11°, 122°, 124° Y 128° del Reglamento de la Ley W 29151 aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA que establece "La planificación, coordinación y ejecución de las acciones referidas al registro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la entidad y de los que se encuentran bajo su administración, son de responsabilidad de la Unidad Orgánica existente para tal efecto"; por tanto la donación como acto de disposición de los bienes dados de baja, debe ser aprobado mediante Resolución Directoral Regional por la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional del Cusco y ejecutado su entrega a favor del beneficiario por la Oficina de Gestión Patrimonial, mediante la formalización del Acta de Entrega y Recepción correspondiente; Que, la Directora General del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Clorinda Matto de Turner Calca de la Dirección Regional de Educación del Cusco, mediante el Expediente de Registro N° 11417 del 27 de abril del 2017 (Oficio N° 209-2017-D-IESTP/CMT- C), representado por su Directora Magister María Villena Candia, con Documento Nacional de Identidad N° 23966038 Y con Encargatura de Puesto de Directora General, mediante Resolución Directoral N° 0007 del 04 de enero del 2017, emitida por el Director Regional de Educación - Cusco; solicita donación de vehículos en desuso, manifestando que requiere vehículos que se encuentran en desuso para que los estudiantes de la Carrera Profesional de Mecánica Automotriz, puedan darle un mejor uso como Módulos Educativos, de los diversos sistemas que desarrollan durante su formación profesional, para lo cual adjunta la nómina de matrícula de estudiantes de mecánica automotriz; Que, mediante Informe W 048-2017-GR CUSCO/ORAD-OGP-AFVL de fecha 23 de mayo del 2017, el Responsable del Área Funcional de Vehículos Livianos de la Oficina de Gestión Patrimonial de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional del Cusco, informa sobre la disponibilidad de una Unidad Vehicular: Camión Baranda, Marca DODGE, modelo DP-300, Motor Perkins PTK-1017437, Serie D3332KIP077267, Año de Fabricación 1981, capacidad 3 Toneladas, Tracción Simple (4x2), color amarillo, Placa de Rodaje WZ-3520, ubicado en el ex PRONA, en estado muy malo (chatarra), con un valor de tasación de S/ 810.00 (Ochocientos Diez con 00/100 Soles), dado de baja mediante Resolución Directoral Regional 019-2006-GR CUSCO/ORAD del 26 de diciembre del 2006; en tal virtud el mencionado vehículo ya fue materia de extracción física y contable del Inventario Físico y de los Estados Financieros del Gobierno Regional del Cusca e inclusive sometido a subasta pública el 2013, la que fue declarado desierto, sugiriendo solicitar a la Alta Dirección de la Entidad, autorización de transferencia en la modalidad de donación de la unidad vehicular mencionada; Que, de conformidad con el artículo del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo W 304-2012-EF, establece que: 5.1.- Constituye Entidad Pública, en adelante Entidad, única y exclusivamente para los efectos de la Ley General, todo organismo con persone ría jurídica comprendido en los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local,

GOBIERNO REGIONAL CUSCO ()~ ¡¿~ de;'/~ · DODGE, modelo DP-300, Motor Perkins PTK-1017437, Serie D3332KIP077267, Año de Fabricación 1981, capacidad 3 Toneladas, Tracción Simple

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GOBIERNO REGIONAL CUSCO()~ ¡¿~ de;'/~

RESOLUCION DIRECTORAL REGIONALN° 'Ó42 -2017-GR CUSCO/ORAD

Cusco, , JUL 2017EL DIRECTOR REGIONAL DE LA OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACIÓN DEL

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO.

VISTO: El Expediente con Registro W 11417-2017 del Instituto de Educación SuperiorTecnológico Público Clorinda Matto de Turner Calca de la Dirección Regional de Educación delCusco, Informe W 194-2017-GR CUSCO/ORAD-OGP e Informe N° 062-2017-GRCUSCO/ORAD-OGP-AFPI de la Oficina de Gestión Patrimonial, Memorándum W 603-2017-GRCUSCO/ORAD de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional del Cusco yMemorándum W 481-2017-GR CUSCO/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica delGobierno Regional del Cusca;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 11° de la Ley W 29151, LeyGeneral del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades públicas que conforman elSistema Nacional de Bienes Estatales, realizan los actos de adquisición, administración,disposición, registro y supervisión de los bienes estatales, de acuerdo con lo dispuesto por lapresente Ley y su Reglamento, concordante con lo establecido por los artículos 11°, 122°, 124° Y128° del Reglamento de la Ley W 29151 aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA que establece "La planificación, coordinación y ejecución de las acciones referidas alregistro, administración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la entidad y delos que se encuentran bajo su administración, son de responsabilidad de la Unidad Orgánicaexistente para tal efecto"; por tanto la donación como acto de disposición de los bienes dados debaja, debe ser aprobado mediante Resolución Directoral Regional por la Oficina Regional deAdministración del Gobierno Regional del Cusco y ejecutado su entrega a favor del beneficiariopor la Oficina de Gestión Patrimonial, mediante la formalización del Acta de Entrega y Recepcióncorrespondiente;

Que, la Directora General del Instituto de Educación Superior Tecnológico PúblicoClorinda Matto de Turner Calca de la Dirección Regional de Educación del Cusco, mediante elExpediente de Registro N° 11417 del 27 de abril del 2017 (Oficio N° 209-2017-D-IESTP/CMT-C), representado por su Directora Magister María Villena Candia, con Documento Nacional deIdentidad N° 23966038 Y con Encargatura de Puesto de Directora General, medianteResolución Directoral N° 0007 del 04 de enero del 2017, emitida por el Director Regional deEducación - Cusco; solicita donación de vehículos en desuso, manifestando que requierevehículos que se encuentran en desuso para que los estudiantes de la Carrera Profesional deMecánica Automotriz, puedan darle un mejor uso como Módulos Educativos, de los diversossistemas que desarrollan durante su formación profesional, para lo cual adjunta la nómina dematrícula de estudiantes de mecánica automotriz;

Que, mediante Informe W 048-2017-GR CUSCO/ORAD-OGP-AFVL de fecha 23 demayo del 2017, el Responsable del Área Funcional de Vehículos Livianos de la Oficina deGestión Patrimonial de la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional delCusco, informa sobre la disponibilidad de una Unidad Vehicular: Camión Baranda, MarcaDODGE, modelo DP-300, Motor Perkins PTK-1017437, Serie D3332KIP077267, Año deFabricación 1981, capacidad 3 Toneladas, Tracción Simple (4x2), color amarillo, Placa deRodaje WZ-3520, ubicado en el ex PRONA, en estado muy malo (chatarra), con un valor detasación de S/ 810.00 (Ochocientos Diez con 00/100 Soles), dado de baja medianteResolución Directoral Regional 019-2006-GR CUSCO/ORAD del 26 de diciembre del 2006; ental virtud el mencionado vehículo ya fue materia de extracción física y contable del InventarioFísico y de los Estados Financieros del Gobierno Regional del Cusca e inclusive sometido asubasta pública el 2013, la que fue declarado desierto, sugiriendo solicitar a la Alta Direcciónde la Entidad, autorización de transferencia en la modalidad de donación de la unidadvehicular mencionada;

Que, de conformidad con el artículo 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411,Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo W304-2012-EF, establece que: 5.1.- Constituye Entidad Pública, en adelante Entidad, única yexclusivamente para los efectos de la Ley General, todo organismo con persone ría jurídicacomprendido en los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local,

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incluidos sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados y empresas, creados o porcrearse (. ..), 5.2.- Constituyen pliegos presupuestarios las Entidades Públicas a las que se leaprueba un crédito presupuestario en la Ley de Presupuesto del Sector Público, 5.3.- Lospliegos presupuestarios se crean o suprimen mediante Ley. En este contexto, el GobiernoRegional del Cusco constituye una Entidad Pública y un Pliego Presupuestal 446- GobiernoRegional Cusco, incluido los organismos públicos descentralizados; por consiguiente laDirección Regional de Educación del Cusco, constituye un Organismo PúblicoDescentralizado del Gobierno Regional del Cusco, por ser Dirección Regional Sectorial deEducación y Unidad Ejecutora W 300 Educación Cusco, del cual depende presupuestal yadministrativamente el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Clorinda Matto deTurner de Calca;

Que, el vehículo dado de baja, propuesto en donación a favor del Instituto deEducación Superior Tecnológico Público Clorinda Matto de Turner Calca, constituye un actode transferencia de carácter interno, de una a otra Unidad Ejecutora dentro del mismo pliegopresupuestal 446 Gobierno Regional Cusco, por consiguiente, no requiere de autorización delConcejo Regional;

Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 122° del Reglamento de la Ley N°29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante DecretoSupremo N° 007-2008- VIVIENDA, la disposición de los bienes muebles dados de baja por lasentidades deberá ejecutarse dentro de los cinco (5) meses de emitida la Resolución de Bajacorrespondiente, mediante Donación, entre otras; y de conformidad con lo dispuesto por elartículo 128° del mismo cuerpo legal acotado, la donación se utiliza inclusive para latransferencia de dominio de bienes muebles entre entidades públicas y estando a lo dispuestopor el numeral 6.5.1.2 y siguientes de la Directiva N° 001-2015/SBN "Procedimientos deGestión de los Bienes Muebles Estatales", aprobada mediante Resolución W 046-2015-/SBN,que regula los requisitos y el procedimiento de donación de bienes muebles dados de baja,por tanto se establece que el expediente se encuentra conforme con la documentaciónrequerida para aprobar la donación del vehículo antes descrito, a favor del Instituto deEducación Superior Tecnológico Público Clorinda Matto de Turner Calca, de la DirecciónRegional de Educación del Cusco del Gobierno Regional del Cusco;

Estando a lo informado por la Oficina de Gestión Patrimonial y con la visación de laOficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco;

En uso de las las facultades y atribuciones conferidas por el Reglamento de la Ley N°29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado mediante D. S. N° 007-2008-VIVIENDA; Directiva W 001-2015/SBN "Procedimientos de Gestión de Bienes MueblesEstatales", aprobado mediante Resolución W 046-2015/SBN y la Resolución Ejecutiva RegionalN° 771-2016-GR CUSCO/PR de 18 de octubre del 2016;

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO.- APROBAR la donación de una unidad vehicular de propiedaddel Gobierno Regional del Cusco, consistente en un Camión Baranda Marca DODGE, modeloDP-300, Motor Perkins PTK- 1017437, Serie D3332KIP077267, Año de Fabricación 1981,capacidad 3 Toneladas, Tracción Simple (4x2), color amarillo, Placa de Rodaje WZ-3520,ubicado en el ex PRONA, en estado muy malo (chatarra), con un valor de tasación de S/810.00 (Ochocientos Diez con 00/100 Soles), dado de baja mediante Resolución DirectoralRegional 019-2006-GR CUSCO/ORAD del 26 de diciembre del 2006; a favor del Instituto deEducación Superior Tecnológico Público "Clorinda Matto de Turner Calca" de la DirecciónRegional de Educación del Cusco del Gobierno Regional del Cusco, por los fundamentosexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral Regional.

ARTíCULO SEGUNDO.- DISPONER que la Oficina de Gestión Patrimonial de la OficinaRegional de Administración del Gobierno Regional del Cusco, con participación de la SubGerencia de Equipo Mecánico de la Gerencia Regional de Infraestructura y un veedor de laOficina Regional de Control Interno del Gobierno Regional del Cusco, formalice la entrega delbien patrimonial donado, al que se refiere el Artículo Primero de la presente Resolución DirectoralRegional, mediante la suscripción del Acta de Entrega y Recepción correspondiente, a favor delInstituto de Educación Superior Tecnológico Público Clorinda Matto de Turner Calca de laDirección Regional de Educación del Cusco, del Gobierno Regional del Cusco.

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ARTíCULO TERCERO.- TRANSCRIBIR la presente Resolución Directoral Regional ala Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, Instituto de Educación Superior TecnológicoPúblico "Clorinda Matto de Tumer Calca" ya los órganos técnico administrativos pertinentes dela Sede Central del Gobierno Regional del Cusco, para su cumplimiento y fines consiguientes.

REGíSTRESE Y COMUNíQUESE

=~NAR NO MARíN CASTILLODI OR REGIONAL

OFICINA REGIONAL DE ADMINISTRACiÓNGOBIERNO REGIONAL CUSCO