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Presidente Honorable Concejal: Andrés Sierra Serna Director: Claudia Marcela García Charry REPUBLICA DE COLOMBIA GACETA DEL CONCEJO DE MANIZALES Año 2020 Manizales Caldas, Enero 03 GACETA 00517 ACTAS DE LAS SESIONES PLENARIAS 001 DE ENERO 02 DE 2020

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Presidente Honorable Concejal: Andrés Sierra Serna Director: Claudia Marcela García Charry

REPUBLICA DE COLOMBIA

G A C E T A DEL CONCEJO DE MANIZALES

Año 2020 Manizales Caldas, Enero 03 GACETA Nº 00517

ACTAS

DE LAS SESIONES PLENARIAS

001 DE ENERO 02 DE 2020

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Sesión Inaugural

Acta N°. 001 Enero 2 de 2020

Acta N°. 001 Sesión inaugural de enero 2 de 2019

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En el Recinto del Honorable Concejo de Manizales, a los dos (2) días del mes de enero de 2020, siendo las 9:00 a.m., se reunió en sesión Inaugural el Concejo de Manizales, presidido por la honorable concejal ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, quien procedió a designar como Secretario Ad Hoc para esta Sesión Inaugural al honorable concejal CESAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA.

El Secretario Ad Hoc, honorable concejal CESAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA, procedió de conformidad, al llamado a lista respondieron los siguientes honorables concejales:

ARANGO MEJÍA ADRIANA BERMÚDEZ MARTÍNEZ JHONNYER FERNANDO CORTES CARRILLO VÍCTOR HUGO DELGADO LONDOÑO HÉCTOR FABIO DÍAZ ZAPATA CESAR AUGUSTO GALEANO HERNÁNDEZ JORGE ELIECER GARCÍA CORTES JULIÁN ANDRÉS GUTIÉRREZ ÁNGEL HENRY MARÍN GARCÍA HERNANDO MARÍN LÓPEZ JUAN MANUEL OSORIO TORO JULIÁN ANDRÉS PÉREZ HOLGUÍN CHRISTIAN DAVID PINEDA LÓPEZ JULIÁN ANDRÉS (No asistió) QUICENO GALLEGO ORLANDO SIERRA QUIRÓZ MARTIN SIERRA SERNA ANDRÉS TABARES PRIETO DIEGO ALEJANDRO VALENCIA GONZÁLEZ LUIS GONZALO YEPES CARDONA JOHN HEMAYR El Secretario Ad Hoc, anunció que había quórum para deliberar y decidir; acto seguido procedió a dar lectura al orden del día, en acatamiento al artículo 79 del Acuerdo N° 0997 del 17 de agosto de 2018 - Reglamento Interno del Concejo.

1. VERIFICACIÓN DEL QUORUM 2. HIMNO DE COLOMBIA Y MANIZALES

3. DESIGNACIÓN DE LA COMISIÓN ENCARGADA DE

DESPLAZARSE POR EL SEÑOR ALCALDE DE LA CIUDAD DOCTOR CARLOS MARIO MARÍN CORREA, E INFORMARLE QUE EL HONORABLE CONCEJO DE MANIZALES SE ENCUENTRA REUNIDO PARA LA INSTALACIÓN DEL NUEVO PERIODO CONSTITUCIONAL 2020 – 2023

4. INSTALACIÓN DE LAS SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO

DE MANIZALES POR EL ALCALDE DE LA CIUDAD DOCTOR CARLOS MARIO MARÍN CORREA

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Sesión Inaugural

Acta N°. 001 Enero 2 de 2020

Acta N°. 001 Sesión inaugural de enero 2 de 2019

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5. POSESIÓN DE LOS HONORABLES CONCEJALES DE MANIZALES PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2020 - 2023

5.1 POSESIÓN DE LA PRESIDENTA PROVISIONAL ADRIANA

ARANGO MEJÍA COMO CONCEJAL DE MANIZALES POR PARTE DEL HONORABLE CONCEJAL JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ

5.2 DECISIÓN SOBRE LA TOMA DE POSESIÓN DEL SEÑOR JULIÁN

ANDRÉS PINEDA LÓPEZ

6. ELECCIÓN DE LA MESA DIRECTIVA DE LA VIGENCIA 2020

6.1 ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

6.2 POSESIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES

PARA EL AÑO 2020 ANTE LA PRESIDENTA PROVISIONAL HONORABLE CONCEJAL ADRIANA ARANGO MEJÍA

6.3 ELECCIÓN DEL PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE

MANIZALES PARA EL AÑO 2020 6.4 POSESIÓN DEL PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE

MANIZALES PARA EL AÑO 2020 6.5 ELECCIÓN DEL SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO

DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

6.6 POSESIÓN DEL SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

7. ELECCIÓN DE SECRETARIO DEL CONCEJO DE MANIZALES

PARA EL AÑO 2020 8. POSESIÓN DEL SECRETARIO DEL CONCEJO DE MANIZALES

PARA EL AÑO 2020 La Presidente provisional, honorable concejal ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, sometió a consideración el orden del día leído, a lo cual el honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, sugirió suprimir del orden del día el punto 5.2. A lo anterior la Presidente provisional, argumentó la necesidad de que este punto del orden día continúe y se apruebe el orden del día tal y como fue propuesto. Al continuar en discusión el orden del día tal y como fue propuesto inicialmente, fue aprobado por unanimidad.

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Sesión Inaugural

Acta N°. 001 Enero 2 de 2020

Acta N°. 001 Sesión inaugural de enero 2 de 2019

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2. HIMNO DE COLOMBIA Y MANIZALES Se escuchó y entonó los Himnos a Colombia y a Manizales.

3. DESIGNACIÓN DE LA COMISIÓN ENCARGADA DE DESPLAZARSE POR EL SEÑOR ALCALDE DE LA CIUDAD DOCTOR CARLOS MARIO MARÍN CORREA, E INFORMARLE QUE EL HONORABLE CONCEJO DE MANIZALES SE ENCUENTRA REUNIDO PARA LA INSTALACIÓN DEL NUEVO PERIODO CONSTITUCIONAL 2020 – 2023

La Presidente provisional, honorable concejal ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, designó a los honorables concejales HENRY GUTIÉRREZ ÁNGEL y HÉCTOR FABIO DELGADO LONDOÑO, como comisión designada para que le informe al señor Alcalde de la ciudad doctor CARLOS MARIO MARÍN CORREA que el Honorable Concejo se encuentra reunido para la instalación del primer periodo de sesiones ordinarias del periodo constitucional 2020 - 2023, para dar cumplimiento al artículo N° 104 numeral tercero (3) del Reglamento Interno del Concejo de Manizales - Acuerdo N° 0997 de agosto 17 de 2018. Quienes actuaron de conformidad.

4. INSTALACIÓN DE LAS SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO DE MANIZALES POR EL ALCALDE DE LA CIUDAD DOCTOR CARLOS MARIO MARÍN CORREA

El Alcalde de la Ciudad de Manizales doctor, CARLOS MARIO MARÍN CORREA, inicio su discurso con un saludo protocolario:” Aquí, sentado en esa curul, aprendí que el concejal es el representante del pueblo, que Manizales oye con atención lo que aquí se debate, que los concejales son la conexión entre los ciudadanos y la Administración Municipal, que este órgano del poder civil es muy importante para la vida de las personas. Me siento orgulloso de haber sido parte de este Concejo Municipal, de haber sido su compañero y de regresar hoy acá como Alcalde. Aquí vive la democracia profunda. Por eso, quién interpreta con lealtad el sentir y el deseo de progreso y bienestar de los manizaleños, recibe el premio de los demócratas: La relección o un nuevo mandato. Es mi deseo que las relaciones entre la Alcaldía de Manizales y el Concejo sean respetuosas, dialogantes, transparentes y para servir al progreso y bienestar de los manizaleños quienes nos miran vigilantes y ansiosos porque esperan de nosotros sabiduría, honradez y dedicación a su servicio. Porque nos eligieron para trabajar en beneficio de todos, con todos y para todos. Aquí están representadas ideologías, partidos y opiniones muy diferentes. Esta administración recibe con respeto la controversia, la crítica y las diferencias que surjan en este recinto.

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Sesión Inaugural

Acta N°. 001 Enero 2 de 2020

Acta N°. 001 Sesión inaugural de enero 2 de 2019

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Son bienvenidos todos los puntos de vista planteados con respeto y honestidad. Nos ayudarán a ver el camino más claro, a corregir errores y a incluir aspectos y conceptos que enriquezcan nuestras ideas. Manizales no empieza hoy, somos muy conscientes de nuestra historia, por eso continuaremos todo lo bueno que viene de administraciones anteriores y potenciaremos la acción de los manizaleños para ser iguales o mejores que nuestros antepasados, para asumir el papel de modernizadores de nuestra ciudad y de nuestra cultura, para tomar un impulso repotenciado hacia un futuro mejor, respetando nuestras tradiciones y el patrimonio económico, moral e inmaterial de Manizales. Con algunos de ustedes he tenido diferencias, hemos debatido, controvertido y disentido mucho. Sin embargo, es la hora de construir confianza basada en la lealtad hacia el deber, lealtad a nuestros votantes, lealtad a Manizales y a los manizaleños como tiene que ser. Debemos actuar de frente al pueblo, impulsando honestamente el progreso de todos, luchando contra la exclusión, la injusticia y la pobreza. Defendiendo el aire, el agua y el medio ambiente refrendaremos la confianza de toda la ciudadanía. Este será un gobierno que no ofrece cuotas burocráticas ni mermelada, pero si dialogante respetuoso y presto a atender las necesidades y anhelos de los que habitamos esta colina maravillosa. Espero, que entre Alcaldía y Concejo hagamos equipo porque así lo manda la Constitución y Ley, porque así lo quiere Manizales, porque ese es nuestro deber. Sé que ningún de ustedes se opondrá a lo que beneficie a Manizales. A los que estarán en oposición recibirán por parte del gobierno respeto y atención intensa porque ese es uno de los más nobles ejercicios de la democracia. Esperamos que con lealtad y firmeza nos indiquen nuestros errores para corregir y que acepten con respeto cuándo deban concedernos la razón. Con el trabajo conjunto en búsqueda del bien común, del alto interés de Manizales haremos de esta una ciudad de vanguardia. Transformaremos de manera creativa la movilidad, tendremos más y mejor aire, aguas más limpias, ciudadanos mejor educados, empresas más sostenibles y prósperas, universidades más abiertas profundizando en el conocimiento de nuestro territorio, de las potencialidades de los recursos e irradiando saber, creatividad, innovación, arte y cultura. Somos un gobierno conectado con las marchas y los anhelos de los jóvenes y la ciudadanía. Gobernaremos con ustedes para la modernidad buscando el desarrollo pleno de nuestra maravillosa gente.

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Sesión Inaugural

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Manizales se moverá por el aire, será más justa, más próspera, unida a nuestros vecinos en el Área Metropolitana, más educada, más incluyente, más participativa y nos conectaremos a las grandes corrientes del pensamiento universal, del comercio mundial y del turismo internacional. Manizales será más grande con la acción colaborativa entre este Concejo y la Alcaldía municipal. Los invitó honorables concejales a acompañarnos en este gobierno que busca el bienestar y la felicidad de los ciudadanos. Finalmente declaró instalado el presente periodo de sesiones del Honorable Concejo de Manizales”.

5. POSESIÓN DE LOS HONORABLES CONCEJALES DE MANIZALES PARA EL PERIODO CONSTITUCIONAL 2020 – 2023

La Presidente provisional, honorable concejal ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, tomó el siguiente juramento a cada corporado en cumplimiento al artículo N° 104 numeral tercero (3) del Reglamento Interno del Concejo de Manizales - Acuerdo N° 0997 de agosto 17 de 2018:

“HONORABLE CONCEJAL JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal BERMÚDEZ MARTÍNEZ, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL VÍCTOR HUGO CORTES CARRILLO, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal CORTES CARRILLO, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL HÉCTOR FABIO DELGADO LONDOÑO, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal DELGADO LONDOÑO, respondió Si Juro.

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Sesión Inaugural

Acta N°. 001 Enero 2 de 2020

Acta N°. 001 Sesión inaugural de enero 2 de 2019

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Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal GALEANO HERNÁNDEZ, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTES, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal GARCÍA CORTES, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL HENRY GUTIÉRREZ ÁNGEL, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal GUTIÉRREZ ÁNGEL, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL HERNANDO MARÍN GARCÍA, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal MARÍN GARCÍA, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

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Sesión Inaugural

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Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL JUAN MANUEL MARÍN LÓPEZ, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal MARÍN LÓPEZ, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL JULIÁN ANDRÉS OSORIO TORO, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal OSORIO TORO, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL CHRISTIAN DAVID PÉREZ HOLGUÍN, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal PÉREZ HOLGUÍN, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL ORLANDO QUICENO GALLEGO, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal QUICENO GALLEGO, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

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Sesión Inaugural

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“HONORABLE CONCEJAL MARTÍN SIERRA QUIROZ, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal SIERRA QUIROZ, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL ANDRÉS SIERRA SERNA, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal SIERRA SERNA, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL DIEGO ALEJANDRO TABARES PRIETO, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal TABARES PRIETO, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL LUIS GONZALO VALENCIA GONZÁLEZ, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal VALENCIA GONZÁLEZ, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente la Presidente provisional tomó el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL JOHN HEMAYR YEPES CARDONA, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

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Sesión Inaugural

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A lo que el honorable concejal YEPES CARDONA, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió la Presidente provisional con el siguiente juramento:

“HONORABLE CONCEJAL CESAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que el honorable concejal DÍAZ ZAPATA, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

5.1 POSESIÓN DE LA PRESIDENTA PROVISIONAL ADRIANA ARANGO MEJÍA COMO CONCEJAL DE MANIZALES POR PARTE DEL HONORABLE CONCEJAL JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ

El Presidente provisional, honorable concejal JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ, del Partido Social de Unidad Nacional, tomó el siguiente juramento a la doctora ADRIANA ARANGO MEJÍA, en cumplimiento al artículo N° 104 numeral tercero (3) del Reglamento Interno del Concejo de Manizales - Acuerdo N° 0997 de agosto 17 de 2018:

“HONORABLE CONCEJAL ADRIANA ARANGO MEJÍA, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY".

A lo que la honorable concejal ARANGO MEJÍA, respondió Si Juro.

Acto seguido el Presidente provisional JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

5.2 DECISIÓN SOBRE LA TOMA DE POSESIÓN DEL SEÑOR JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ

Tomo la palabra la Presidente provisional ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, manifestó que quería dar claridad a los asistentes sobre la posesión de JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ, comentó que según el inciso tercero, del numeral tercero del artículo N° 104 del Reglamento Interno del Concejo de Manizales, “es la Presidente provisional, la encargada en este caso de decidir sobre el cumplimiento de una medida cautelar, que ordena la suspensión del formulario E-26 CON, en lo que respecta a la elección del concejal electo JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ”. Paso seguido otorgo la palabra al

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doctor GERMAN ANDRÉS RINCÓN, Profesional Especializado de la Oficina de Gestión Legal del Concejo de Manizales, para dar claridad a dos objetivos, el primero de ellos, ¿Qué informe si ha llegado correspondencia a la corporación con relación a la elección del señor JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ?, y aclare ¿Sí la misma es oficial o vinculante para la corporación? Como segundo punto ¿Qué informe desde el punto de vista jurídico la situación que rodea el caso?

Acto seguido hizo uso de la palabra el doctor GERMAN ANDRÉS RINCÓN, Profesional Especializado de la Oficina de Gestión Legal del Concejo de Manizales, saludo afectuosamente a los presentes y adujo:

Como primer punto aclaro que en el manual de funciones de la corporación una de las competencias que le ha sido asignada es la de la misión de emitir conceptos jurídicos, cuando la institución lo requiere bien sea el Presidente o alguno de los corporados.

Expresó que frente al primer interrogante, efectivamente el día 19 de diciembre de 2019, mediante correo electrónico, El Tribunal Contencioso Administrativo de Caldas, comunicó al correo oficial del Concejo de Manizales, la existencia de un proceso de nulidad electoral instaurado por el señor INGMAR RAFAEL TORREGROZA GUTIÉRREZ en contra del concejal electo JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ, aclaró que la comunicación se hizo a través de los canales y correos institucionales tal y como lo dispone el artículo 197, del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo razón por la cual, la comunicación es oficial y es vinculante. Para completar aclaro que en dicho correo les fue enviado el auto admisorio de la demanda, pero además ese auto, contiene una medida cautelar consistente como ya lo dijo la señora Presidente provisional en la suspensión de los efectos jurídicos del formulario E-26 CON, únicamente en lo que respecta a la elección del concejal electo JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ.

Frente a la segunda pregunta: explico que entiende que hay una controversia acerca de si la posible falta de ejecutoria del auto que decretó la medida cautelar, imposibilita darle cumplimiento en estos momentos. Para aclarar el tema hay que revisar inicialmente lo que dice el CPACA frente al cumplimiento de medidas cautelares:

“ARTÍCULO 234. MEDIDAS CAUTELARES DE URGENCIA. Desde la presentación de la solicitud y sin previa notificación a la otra parte, el Juez o Magistrado Ponente podrá adoptar una medida cautelar, cuando cumplidos los requisitos para su adopción, se evidencie que por su urgencia, no es posible agotar el trámite previsto en el artículo anterior. Esta decisión será susceptible de los recursos a que haya lugar.

La medida así adoptada deberá comunicarse y cumplirse inmediatamente, previa la constitución de la caución señalada en el auto que la decrete”.

Indicó que en este punto es necesario explicar que el auto que fue enviado por el Tribunal no dice si se trata o no de una medida cautelar de urgencia, razón por la cual, ante la ausencia de norma, por expresa disposición del CPACA, debemos

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Sesión Inaugural

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remitirnos al Código General del Proceso, el cual en su artículo 298 reza lo siguiente:

“ARTÍCULO 298. CUMPLIMIENTO Y NOTIFICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES. Las medidas cautelares se cumplirán inmediatamente, antes de la notificación a la parte contraria del auto que las decrete. Si fueren previas al proceso se entenderá que dicha parte queda notificada el día en que se apersone en aquel o actúe en ellas o firme la respectiva diligencia.

Los oficios y despachos para el cumplimiento de las mencionadas medidas solamente se entregarán a la parte interesada.

La interposición de cualquier recurso no impide el cumplimiento inmediato de la medida cautelar decretada. Todos los recursos se consideran interpuestos en el efecto devolutivo”.

De las normas transcritas se desprende claramente que las medidas cautelares son de cumplimiento inmediato, incluso antes de la notificación a la parte contraria.

De igual manera explicó que el Consejo de Estado ya resolvió un asunto similar, justamente en un caso de nulidad electoral. Sentencia de Unificación proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado de fecha 7 de diciembre de 2016, Magistrada Ponente Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, radicada con el número 11001-03-28-000-2016-00044-00. En ese fallo el Consejo de Estado dijo cosas muy importantes, especialmente que si bien es cierto que existe una regla general de ejecutoria de las providencias judiciales para su cumplimiento, esa regla tiene excepciones, una de ellas justamente la relacionada con las medidas cautelares. Expresó que según el Consejo de Estado, cuando se trata de medidas cautelares su cumplimiento debe ser inmediato, antes incluso de notificarse a la parte contraria, sin importar tampoco si la decisión fue objeto de recursos, o si existe recusación en contra del juez o magistrado. Lo único que importa, según el Consejo de Estado, es que la autoridad que tenga que cumplir la medida esté enterada de la existencia de la medida.

“Ahora bien, es del caso aclarar que la regla general de la ejecutoria de las providencias para observar su obligatoriedad y efectos vinculantes, se ve morigerada con excepciones puntuales y expresas de la ley, dependiendo de la inmediatez que requiera el trámite procesal, como en el caso, entre otros, de las medidas cautelares preventivas o de urgencia o de apelación en efecto devolutivo e incluso de los amparos tutelares. Se plantea, por la parte opositora de la medida cautelar, que como las providencias al momento de elegir en encargo al demandado no habían cobrado firmeza, pues habían sido recurridas en reposición, ello permitía predicar su no exigibilidad o imperatividad. En efecto, la realidad procesal del caso, da cuenta de que el recurso con el que se impugnaron ambas declaratorias de suspensión provisional de los efectos del acto de elección del Director General titular, fue el de reposición, en tanto se trata de un proceso de única instancia, cuyo conocimiento, como acontece con el que

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se estudia, es del resorte exclusivo del Consejo de Estado. No obstante, dada la naturaleza y trasfondo que conlleva la decisión las medidas cautelares, no es viable abstraerse de la teleología del efecto devolutivo como figura procesal, para entender el alcance y el porqué del cumplimiento inmediato de la suspensión provisional y, que el CPACA, consideró adecuado para esta decisión que, antes con el CCA se concedía en el efecto suspensivo. Mutatis mutandi, no podría afirmarse que como se está en vía de reposición, no se esté obligado al cumplimiento inmediato de la decisión cautelar, bajo el mero argumento de que el efecto devolutivo no es propio de la reposición, pues se sacrificaría el sentido y trascendencia que adquirieron las medidas cautelares, con la entrada en vigencia de la Ley 1437 de 2011. En efecto, el artículo 243 del CPACA al pronunciare sobre los autos apelables, realiza un listado, en el que incluye al decreto de la medida cautelar (num. 2º). En forma expresa, indica que la regla general de la concesión del recurso de alzada, es el efecto suspensivo, excluyendo expresamente, al numeral 2º para otorgarle el efecto devolutivo. Tradicionalmente, el efecto devolutivo, concepto que se mantiene en el CGP en el artículo 323, y que fue trasladado en forma textual del artículo 354 del derogado CPC indica: “En el efecto devolutivo, En este caso no se suspenderá el cumplimiento de la providencia apelada, ni el curso del proceso”. Puede decirse entonces, sin hesitación alguna, que el cumplimiento y la exigibilidad de su ejecución, en el caso de la providencia que decreta la medida cautelar, son inmediatos y que no se suspenden con la interposición de recurso alguno. Más aún ni siquiera la formulación de la recusación impide la ejecución de las medidas. Razón por la cual, conforme a la normativa procesal vista, una vez enterada de la decisión judicial de decreto de medida cautelar, la autoridad competente para darle curso en el presente caso, esto es, el Consejo Directivo, debía dar inmediato cumplimiento a ella”.

El Profesional Especializado aclaró que antes de emitir su conclusión final era de suma importancia revisar lo que dice el artículo 10 del CPACA acerca de la obligatoriedad para las autoridades que deban resolver asuntos, de tener en cuenta las reglas contenidas en las sentencias de unificación.

ARTÍCULO 10. DEBER DE APLICACIÓN UNIFORME DE LAS NORMAS Y LA JURISPRUDENCIA. <Artículo CONDICIONALMENTE exequible> Al resolver los asuntos de su competencia, las autoridades aplicarán las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias de manera uniforme a situaciones que tengan los mismos supuestos fácticos y jurídicos. Con este propósito, al adoptar las decisiones de su competencia, deberán tener en cuenta las sentencias de unificación jurisprudencial del Consejo de Estado en las que se interpreten y apliquen dichas normas.

Como conclusión indicó que según lo definido por el Consejo de Estado, en concordancia con las normas vistas, estando enterado el Concejo de Manizales de la existencia de la medida cautelar decretada en su concepto debe procederse de inmediato a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 136 de

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1994, esto es, a declarar la vacancia temporal de la curul del Concejal electo Julián Andrés Pineda López.

Finalmente aclaró que lo expuesto es sólo un concepto, y la Presidencia podrá acogerlo o no, sin embargo, en caso de declarar la vacancia, contra esa decisión no procedería recurso alguno por tratarse de un acto de ejecución de conformidad con lo establecido en el CPACA.

Nuevamente hizo uso de la palabra la Presidente provisional ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, la cual aclaró que previo al concepto emitido por el doctor GERMAN ANDRÉS RINCÓN, es una decisión meramente jurídica y técnica. Comentó que el alcalde CARLOS MARIO MARÍN CORREA, manifestó que debe retirarse del recinto y presento escusa por ello y continúo con la lectura del siguiente documento:

“Mediante correo electrónico de fecha 19 de diciembre de 2019, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Caldas informó al Presidente del Concejo de Manizales la existencia de proceso de nulidad electoral radicado con el número 17001-23-33-000-2019-00551-00 instaurado por el señor INGMAR RAFAEL TORREGROZA GUTIÉRREZ en contra del Concejal electo JULIÁN ANDRÉS PINEDA LÓPEZ.

Adjunto al correo mencionado, fue allegado a esta entidad el auto de fecha 18 de diciembre de 2019 a través del cual fue admitida la demanda instaurada, y fue decretada como medida cautelar, la suspensión provisional de los efectos jurídicos del Formulario E-26 CON, en lo que se refiere a la elección del señor Julián Andrés Pineda López como Concejal del Municipio de Manizales. En el mismo auto se dispone la comunicación al Presidente del Concejo para que proceda de conformidad con lo indicado en el artículo 60 de la Ley 136 de 1994.

Esta comunicación, como la parte resolutiva del auto proferido, fueron leídas, en cumplimiento de lo ordenado, en sesión plenaria llevada a cabo el día 19 de diciembre de 2019.

Como bien puede verse, en el auto que fue enviado por el Tribunal, se evidencia la existencia de una medida cautelar consistente como ya se dijo en la suspensión de los efectos jurídicos del Formulario E-26 CON, en lo que se refiere a la elección del señor Julián Andrés Pineda López, como Concejal de Manizales, para lo cual se dispuso que esta Corporación debía proceder según lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 136 de 1994, la cual es del siguiente tenor:

“ARTÍCULO 60. SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE LA ELECCIÓN. Una vez que la Jurisdicción Contencioso-Administrativa disponga la suspensión provisional de la elección de un concejal el Presidente del Concejo declarará la vacancia temporal y dispondrá las medidas conducentes a hacer efectiva la suspensión de funciones del mismo, durante el tiempo de la suspensión”.

Debo advertir que el día 27 de diciembre de 2019, el doctor Martín Emilio Osorio Granada, abogado en ejercicio, identificado con cédula de ciudadanía N°. 80’411.728 y Tarjeta Profesional N°. 58.071 del Consejo Superior de la

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Judicatura, actuando como ciudadano elector del Concejal Julián Andrés Pineda López, radicó escrito dirigido al Presidente del Concejo de Manizales y al Asesor Jurídico de la entidad, en el cual solicita se de posesión al Concejal en mención exponiendo para tal efecto los siguientes argumentos:

El auto de fecha 18 de diciembre de 2019, a través del cual se admitió la demanda de nulidad electoral y se decretó la medida cautelar, aún no se encuentra ejecutoriado, lo cual imposibilita su aplicabilidad en este momento.

Como sustento de su argumentación, expone que el artículo 302 del Código General del Proceso establece que las providencias que son proferidas por fuera de audiencia quedan ejecutoriadas tres (3) días después de notificadas, cuando carecen de recursos, o cuando han vencido los términos sin haberse interpuesto los recursos procedentes, o cuando queda ejecutoriada la providencia que resuelva los interpuestos.

En igual sentido manifestó que el auto proferido por el Tribunal contiene dos órdenes distintas para el Concejo de Manizales: 1- La del numeral 6 del ordinal primero de la parte Resolutiva del auto, esto es, la comunicación a los corporados de la existencia del proceso; y 2- la de proceder según lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 136 de 1994, esto es, declarando la vacancia temporal de la curul.

Según el ciudadano, el oficio que fue enviado por parte del Tribunal únicamente contenía la primera de las órdenes, o sea, la referida a enterar a los concejales de la existencia del proceso, sin que allí se indicara que debía procederse de inmediato a la declaratoria de vacancia temporal. De acuerdo a su exposición, la razón de ser del envío sólo de la primera de las órdenes, obedece a la falta de ejecutoria del auto, y por ende a la imposibilidad de dar aplicación en estos momentos a la medida cautelar.

Finalmente, el profesional del derecho trae a colación apartes de jurisprudencia del Consejo de Estado y de conceptos de la Función Pública para sustentar su escrito.

Para responder estos argumentos debe explicarse lo siguiente:

El Concejo de Manizales, específicamente su Presidente, es quien debe cumplir con la medida cautelar decretada y comunicada a esta entidad mediante correo de fecha 19 de diciembre de 2019. Lo que no le corresponde a esta Corporación es valorar lo atinente a la ejecutoria o no de la decisión proferida, toda vez que de ser cierto el argumento expuesto por el ciudadano, el Tribunal Contencioso Administrativo no hubiera efectuado comunicación alguna a esta entidad, sino hasta que el auto estuviere ejecutoriado.

El Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo dispone lo siguiente frente al cumplimiento de las medidas cautelares:

“ARTÍCULO 234. MEDIDAS CAUTELARES DE URGENCIA. Desde la presentación de la solicitud y sin previa notificación a la otra parte, el Juez o Magistrado Ponente podrá adoptar una medida cautelar, cuando cumplidos los

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requisitos para su adopción, se evidencie que, por su urgencia, no es posible agotar el trámite previsto en el artículo anterior. Esta decisión será susceptible de los recursos a que haya lugar.

La medida así adoptada deberá comunicarse y cumplirse inmediatamente, previa la constitución de la caución señalada en el auto que la decrete”.

ARTÍCULO 241. SANCIONES. El incumplimiento de una medida cautelar dará lugar a la apertura de un incidente de desacato como consecuencia del cual se podrán imponer multas sucesivas por cada día de retardo en el cumplimiento hasta por el monto de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes a cargo del renuente, sin que sobrepase cincuenta (50) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

La sanción será impuesta al representante legal de la entidad o director de la entidad pública o al particular responsable del cumplimiento de la medida cautelar por la misma autoridad judicial que profirió la orden, mediante trámite incidental y será susceptible de los recursos de apelación en los procesos de doble instancia y de súplica en los de única instancia, los cuales se decidirán en el término de cinco (5) días.

El incumplimiento de los términos para decidir sobre una medida cautelar constituye falta grave.

Ahora bien, el Consejo de Estado ha definido que corresponderá al Juez evaluar si aplica o no el procedimiento dispuesto en el artículo 233 en los casos de nulidad electoral, lo que nos podría llevar a pensar que la suspensión decretada en este caso no corresponde a una medida cautelar de urgencia. A pesar de lo anterior, y si nos encontráramos en el caso de ausencia de norma en el CPACA, debemos remitirnos al Código General del Proceso, el cual plantea lo siguiente en su artículo 298.

“ARTÍCULO 298. CUMPLIMIENTO Y NOTIFICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES. Las medidas cautelares se cumplirán inmediatamente, antes de la notificación a la parte contraria del auto que las decrete. Si fueren previas al proceso se entenderá que dicha parte queda notificada el día en que se apersone en aquel o actúe en ellas o firme la respectiva diligencia.

Los oficios y despachos para el cumplimiento de las mencionadas medidas solamente se entregarán a la parte interesada.

La interposición de cualquier recurso no impide el cumplimiento inmediato de la medida cautelar decretada. Todos los recursos se consideran interpuestos en el efecto devolutivo”.

De las normas transcritas se desprende claramente que las medidas cautelares son de cumplimiento inmediato, incluso antes de la notificación a la parte contraria. La pregunta que surge es si la ausencia de ejecutoria del auto impide el cumplimiento de la medida a pesar del conocimiento de la orden respectiva por parte de la autoridad que deba ejecutarla. Ese interrogante ya fue resuelto por el

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Consejo de Estado en sentencia de Unificación proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado de fecha 7 de diciembre de 2016, Magistrada Ponente Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, radicada con el número 11001-03-28-000-2016-00044-00, así:

“Ahora bien, es del caso aclarar que la regla general de la ejecutoria de las providencias para observar su obligatoriedad y efectos vinculantes, se ve morigerada con excepciones puntuales y expresas de la ley, dependiendo de la inmediatez que requiera el trámite procesal, como en el caso, entre otros, de las medidas cautelares preventivas o de urgencia o de apelación en efecto devolutivo e incluso de los amparos tutelares. Se plantea, por la parte opositora de la medida cautelar, que como las providencias al momento de elegir en encargo al demandado no habían cobrado firmeza, pues habían sido recurridas en reposición, ello permitía predicar su no exigibilidad o imperatividad.

Puede decirse entonces, sin hesitación alguna, que el cumplimiento y la exigibilidad de su ejecución, en el caso de la providencia que decreta la medida cautelar, son inmediatos y que no se suspenden con la interposición de recurso alguno. Más aún ni siquiera la formulación de la recusación impide la ejecución de las medidas. Razón por la cual, conforme a la normativa procesal vista, una vez enterada de la decisión judicial de decreto de medida cautelar, la autoridad competente para darle curso en el presente caso, esto es, el Consejo Directivo, debía dar inmediato cumplimiento a ella”.

Según lo definido por el Consejo de Estado, en concordancia con las normas trascritas y con el artículo 60 de la Ley 136 de 1994, tratándose de medidas cautelares, su cumplimiento debe ser inmediato, una vez la autoridad que deba cumplirla sea enterada de ella, sin importar si se ha dado o no la ejecutoria de la providencia respectiva.

De acuerdo a lo indicado, informado como está el Concejo de Manizales acerca de la medida cautelar decretada, se procederá de inmediato a la declaratoria de la vacancia temporal de la curul correspondiente al Concejal Julián Andrés Pineda López, razón por la cual no le será tomada la posesión en la sesión del día de hoy.

De conformidad con el artículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por tratarse de un acto administrativo de ejecución, contra el mismo no procede ningún recurso”.

6. ELECCIÓN DE LA MESA DIRECTIVA DE LA VIGENCIA 2020

6.1 ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

La Presidente provisional, honorable concejal ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, dio inicio al campo de las postulaciones para aspirar al cargo de Presidente del Concejo de Manizales, para la vigencia 2020.

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El honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO, del Partido Cambio Radical, postulo como Presidente del año 2020, al honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, argumentando que fue ponente del Plan de Ordenamiento Territorial, autor de proyectos para beneficio de nuestra ciudad, además manifestó que es una persona diferente de la bancada del Partido Alianza Verde.

Seguidamente tomó la palabra el honorable concejal JULIÁN ANDRÉS OSORIO TORO, del Partido Centro Democrático, quien manifestó su complacencia y se unió a la intervención de su antecesor, para postular al honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, por haber sido en tres periodos consecutivos vicepresidente de la corporación, integrante de la comisión encargada del presupuesto, y por último de la creación de la comuna número 12 de Manizales, por lo tanto adujo que es la persona idónea que tiene todas las garantías para el cargo al lado de los 19 concejales electos.

Posteriormente hizo uso de la palabra el honorable concejal CHRISTIAN DAVID PÉREZ HOLGUÍN, del Partido Alianza Social Independiente - ASI, quien adujo que su postulado era el honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, manifestó que daba fe que era un hombre de valores, que considera que cumple con el conocimiento adecuado para ejercer dicho cargo.

Prosiguió con la palabra el honorable concejal JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ, del Partido Social de Unidad Nacional, expresó que se suma a la postulación del honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, por su experiencia político - administrativo, además por sus capacidades y preparación académica, para dicho cargo, y concluyó diciendo que la bancada de su partido en totalidad le dan su voto de confianza para ello.

Acto seguido, se le otorgó la palabra al honorable concejal HÉCTOR FABIO DELGADO LONDOÑO, del Partido Liberal Colombiano, quien manifestó que su bancada postulaba al honorable concejal JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTES, del Partido Alianza Verde, por ser una persona con estudios de politólogo, quien hace parte del partido del señor Alcalde, adujo además que era un hombre que tenía conocimientos de ciudad, quien ha venido trabajando en lo social y que podría brindar nuevas garantías a los Corporados.

A su vez el honorable concejal JORGE ELIECER GALEANO HERNÁNDEZ, del Partido Conservador Colombiano, expresó que se adhería a la postulación del honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA.

Se le concedió el uso de la palabra al honorable concejal MARTIN SIERRA QUIROZ, del Partido Colombia Renaciente, comentó que también se unía a la postulación del honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, ya que es una persona que lleva varios periodos en el Concejo de Manizales, por lo tanto, piensa que les da las garantías para hacer una excelente labor.

A su turno, la honorable concejal ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, expresó que postulaba para Presidente del año 2020 al honorable concejal JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTES, de su partido político, adujo que

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es un excelente profesional y siente que la corporación estará muy bien representada, ya que el concejal está muy preparado académicamente.

Se le otorgó la palabra al honorable concejal HENRY GUTIÉRREZ ÁNGEL, del Partido Social de Unidad Nacional, manifestó el apoyo absoluto al honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, por tener la experiencia para enfrentar el gobierno que se avecina, sin desconocer las capacidades que puede tener el honorable concejal JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTES.

Seguidamente, hizo uso de la palabra la Presidente provisional ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, adujo que quedaban cerradas las postulaciones para la elección del Presidente 2020, y nombró como comisión escrutadora a los honorables concejales HERNANDO MARÍN GARCÍA y JUAN MANUEL MARÍN LÓPEZ, quienes procedieron de conformidad.

La comisión escrutadora, integrada por los honorables HERNANDO MARÍN GARCÍA y JUAN MANUEL MARÍN LÓPEZ, luego de realizar el conteo, declaró: “Once (11) votos para el honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA y 7 votos por el honorable concejal JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTES. La Presidente provisional ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, dijo que, cerrada así la votación, el nuevo presidente de la corporación para el año 2020, es el honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido Político MIRA y paso seguido lo invito a subir para hacer su nombramiento.

6.2 POSESIÓN DEL PRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020 ANTE LA PRESIDENTA PROVISIONAL HONORABLE CONCEJAL ADRIANA ARANGO MEJÍA

La Presidente provisional, ADRIANA ARANGO MEJÍA, del Partido Alianza Verde, tomó el juramento al Presidente de la vigencia 2020:

“HONORABLE CONCEJAL ANDRÉS SIERRA SERNA, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY, EN EL CARGO DE PRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES, PARA LA VIGENCIA 2020".

A lo que el honorable concejal SIERRA SERNA, respondió Si Juro.

Acto seguido la Presidente provisional ADRIANA ARANGO MEJÍA complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente el honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, inicio su discurso con un saludo protocolario:” Señor Alcalde CARLOS MARIO MARÍN; Primera Gestora VALENTINA ACEVEDO; Honorables Concejales; funcionarios de la corporación; secretarios de despacho, jefes de unidad y gerentes de entidades descentralizadas; familiares; invitados, medios de comunicación y todos los presentes: Es un honor el estar hoy aquí con ustedes

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y tener el privilegio de iniciar esta sesión tan importante para el periodo 2020 -2023.

En primer lugar, quiero dar gracias a Dios por concederme nuevamente la oportunidad de ser parte de esta honorable Corporación, permitiéndome así, servir a mi prójimo, a mi gente querida de MANIZALES con todo el corazón.

Agradezco a mi familia por su apoyo incondicional, a mi madre que siempre ha sido un ejemplo de fortaleza, a Verónica mi esposa, a Santiago mi hijo, ustedes son mi inspiración para trabajar cada día por una mejor ciudad.

Quiero agradecer también a las Directivas del Partido MIRA por su confianza y apoyo, en especial al doctor Manuel Virguez y Carlos Eduardo Guevara. A los lideres Miraistas que siempre me han brindado su apoyo, a la Diputada María Isabel Gaviria, al doctor Ferney Marín y a mi amigo John Fredy Osorio, sin quienes hubiera sido imposible este triunfo.

Agradezco a los casi 3.000 manizaleños que me brindaron su confianza para estar aquí por tercera oportunidad, y a los honorables concejales que postularon y eligieron mi nombre para asumir las riendas de la institución más importante de la ciudad. Hoy además de tener el orgullo de ser concejal tengo el honor de presidir esta corporación y llevarla por el mejor rumbo con su acompañamiento para que así Manizales continúe siendo el mejor vividero de Colombia.

Manizales es referente Nacional en temas de seguridad, educación, ordenamiento territorial entre otros, sin embargo, tenemos retos muy importantes como las altas cifras de suicidio y la generación de empleo, temas que con seguridad serán de vital importancia para el Gobierno local y que necesitarán la anuencia y responsabilidad de la Corporación. La Administración saliente del doctor JOSÉ OCTAVIO CARDONA, con una maravillosa gestión, logró hacer una Manizales con Más Oportunidades y deja un reto muy grande para el nuevo gobierno, que tiene como meta hacer una Manizales Mas grande, y que dependerá en gran parte de los esfuerzos conjuntos de esta corporación, lo que será gran reto para todos.

Por eso quiero hacerles una invitación muy respetuosa y muy especial al señor alcalde y su equipo de gobierno, a los Miembros del Concejo y funcionarios públicos, a todos los Partidos Políticos, a Organizaciones Públicas y Privadas, a Organizaciones no Gubernamentales, a todos los ciudadanos en general de Manizales: A que aprovechemos esta valiosa oportunidad, es un buen tiempo, es el momento de comprometernos a trabajar en equipo, para que a través del diálogo las decisiones que se tomen pensando en Manizales, sean colectivas y consensuadas, que trabajemos con sensatez y con lógica, en pro de mejorar los indicadores sobre las problemáticas que tiene la ciudad, así como también fortalecer y mejorar lo mejor de nuestra querida comarca.

En lo particular haré mis mayores esfuerzos, daré lo mejor de mí por trabajar con mi Partido, para aportar lo que legal y políticamente pueda desde esta corporación en aras de mejorar la formalización laboral, el emprendimiento y el

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empleo, la libertad religiosa, discapacidad, movilidad y motociclismo e innovación educativa, entre otros temas, como factores de desarrollo de nuestra ciudad.

Tenemos como corporación un reto muy importante, y es lograr la visibilidad y el mejoramiento de la imagen institucional, demostrarle a los manizaleños que los grandes proyectos, que las grandes obras de la ciudad pasan por esta corporación, y son perfeccionados con el aporte de cada uno de ustedes, que los concejales estamos en las calles, en los barrios, con las comunidades constantemente trabajando por todos. Nuestra máxima en este año será el fortalecimiento de la imagen institucional y para ellos los convoco a todos a trabajar unidos por tan noble fin.

Finalmente quiero agradecer a la doctora María Luisa Piraquive por su ejemplo de rectitud y de servicio a la humanidad. Por eso como cristiano invocando lo que nos enseña la Biblia, en varios de sus pasajes, texto de donde salen muchas bases de las leyes que rigen una comunidad, un pueblo, una Nación, “Leyes y Reglamentos que debemos cumplir con nuestros semejantes”; “Leyes basadas en los principios morales como la solidaridad, la justicia, la lealtad, la integridad y la honestidad”.

Honorables concejales, manizaleños, que Dios Bendiga esta corporación e ilumine a cada uno para que en conjunto realicemos la mejor gestión por la Ciudad, gracias.”

6.3 ELECCIÓN DEL PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020.

El Presidente, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, dio paso a las postulaciones de los honorables concejales para elegir el Primer Vicepresidente del Concejo de Manizales, para la vigencia fiscal 2020.

En primera instancia, se le concedió el uso de la palabra al honorable concejal MARTÍN SIERRA QUIRÓZ, del Partido Colombia Renaciente, quien postulo al honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO, para ser nombrado como Primer Vicepresidente, debido a que tenía un gran recorrido y una amplia experiencia en la Corporación.

Seguidamente el Presidente honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, solicitó al doctor CÉSAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA, Secretario de Despacho Ad Hoc, informar ¿Sí existía alguna comunicación de los Partidos Políticos que conformaban la Corporación, manifestando que se declaraba en oposición?

A lo anterior el doctor CÉSAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA, Secretario de Despacho Ad Hoc, procedió de conformidad, informando que no había ninguna comunicación radicada.

Continuó con el uso de la palabra el honorable concejal HENRY GUTIÉRREZ ÁNGEL, del Partido Social de Unidad Nacional, manifestando el apoyo junto a su

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bancada, al honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO, para asumir la Primer Vicepresidencia.

Seguidamente intervino el honorable concejal VÍCTOR HUGO CORTÉS CARRILLO, del Partido Liberal Colombiano, quien sugirió que la Primera Vicepresidencia fuera asumida por la honorable concejal ADRIANA ARANGO, del Partido Alianza Verde, para que así se pudiera garantizar los pesos y contrapesos de la democracia.

Acto seguido, hizo uso de la palabra el honorable concejal CÉSAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA, del Partido Liberal Colombiano, aclaro que las bancadas se podían declarar en oposición, después de 1 mes de haber instalado las sesiones. En el mismo orden de ideas, propuso como Primer Vicepresidente al honorable concejal HERNANDO MARÍN GARCÍA, debido a la experiencia y a la alta votación que obtuvo.

El Presidente de la Corporación, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, adujo que según el estatuto de la oposición, aclaro que cualquier partido se podía declarar en oposición, independiente o de gobierno, con plazo de 1 mes para realizarlo; manifestó también que la declaratoria se podía cambiar en una sola oportunidad. Dijo, además, que los partidos que acompañaron en campaña al señor Alcalde, no podían declararse en oposición y tampoco independientes.

A su turno, intervino el honorable concejal VÍCTOR HUGO CORTÉS CARRILLO, del Partido Liberal Colombiano, quien expresó retirar la proposición de postular a la honorable concejal ADRIANA ARANGO, y así mismo solicito al Presidente, a que no se manejara la doble moral. Declaro que estaba de acuerdo con la postulación por parte de su bancada, con el honorable concejal HERNANDO MARÍN GARCÍA, pero dijo también que iba a respetar la decisión de las mayorías.

Seguidamente intervino el honorable concejal DIEGO ALEJANDRO TABARES PRIETO, del Partido Conservador Colombiano, argumento que ningún partido se declaró en oposición y la oportunidad para declarar ya se había cerrado. Manifestó además estar de acuerdo con lo dicho por el Presidente de la Corporación.

Se le concedió el uso de la palabra el honorable concejal JULIÁN ANDRES OSORIO TORO, del Partido Centro Democrático, quien expresó que había tenido diferencias fuera de la Corporación, con el honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO, pero aclaro que era una persona con experiencia suficiente para obtener dicha distinción.

Seguidamente, hizo uso de la palabra el Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, adujo que quedaban cerradas las postulaciones para la elección de Primer Vicepresidente de la vigencia fiscal 2020, y nombró como comisión escrutadora a los honorables concejales JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTÉS y CHRISTIAN DAVID PÉREZ HOLGUÍN, quienes procedieron de conformidad.

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La comisión escrutadora, integrada por los honorables JULIÁN ANDRÉS GARCÍA CORTÉS y CHRISTIAN DAVID PÉREZ HOLGUÍN, luego de realizar el conteo, declaró: “Once (11) votos para el honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO, tres (3) votos por el honorable concejal HERNANDO MARÍN GARCÍA, dos (2) votos no marcados y dos (2) en blanco. El Presidente de la Corporación, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, procedió de conformidad, declarando que con once (11) votos a favor fue elegido como Primer Vicepresidente, el honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO.

6.4 POSESIÓN DEL PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO PARA EL AÑO 2020

El Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, tomó el juramento al Primer Vicepresidente de la vigencia 2020:

“HONORABLE CONCEJAL ORLANDO QUICENO GALLEGO, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY, EN EL CARGO DE PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES, PARA LA VIGENCIA 2020".

A lo que el honorable concejal QUICENO GALLEGO, respondió Si Juro.

Acto seguido el Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Continuó interviniendo el Primer Vicepresidente, honorable concejal ORLANDO QUICENO GALLEGO, del Partido Cambio Radical, manifestó un cordial saludo a todos los presentes y agradeció a todos, incluyendo a la Partido Cambio Radical, quien le había dado la oportunidad de estar por tercera vez elegido como concejal de Manizales. Agradeció también al señor Alcalde Carlos Mario Marín Correa, quien brindo la confianza para postularse a este cargo.

6.5 ELECCIÓN DEL SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020.

El Presidente, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, dio paso a las postulaciones de los honorables concejales para elegir el Segundo Vicepresidente del Concejo de Manizales, para la vigencia fiscal 2020.

En primera instancia, se le concedió el uso de la palabra al honorable concejal DIEGO ALEJANDRO TABARES PRIETO, del Partido Conservador Colombiano, quien postulo para la Segunda Vicepresidencia al honorable concejal JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, el cual tenía una amplia experiencia en las organizaciones sociales.

A su turno, intervino el honorable concejal LUIS GONZALO VALENCIA GONZÁLEZ, del Partido Conservador Colombiano, aclaro que iba a acompañar

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la postulación del honorable concejal JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, para la Segunda Vicepresidencia en representación del Partido Conservador Colombiano.

Prosiguió en el uso de la palabra el honorable concejal JUAN MANUEL MARÍN LÓPEZ, del Partido Social de Unidad Nacional, argumento que su partido, también iban a acompañar al honorable concejal JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, para la Segunda Vicepresidencia.

Seguidamente, hizo uso de la palabra el Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, adujo que quedaban cerradas las postulaciones para la elección del Segundo Vicepresidente de la vigencia fiscal 2020, y nombró como comisión escrutadora a los honorables concejales MARTÍN SIERRA QUIRÓZ y HENRY GUTIÉRREZ ÁNGEL, quienes procedieron de conformidad.

La comisión escrutadora, integrada por los honorables MARTÍN SIERRA QUIRÓZ y HENRY GUTIÉRREZ ÁNGEL, luego de realizar el conteo, declaró: “Doce (12) votos para el honorable concejal JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, cinco (5) votos en blanco y uno (1) no marcado.

El Presidente, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, procedió de conformidad, declarando que con doce (12) votos a favor fue elegido como Segundo Vicepresidente al honorable concejal JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ

6.6 POSESIÓN DEL SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

El Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, tomó el juramento al Segundo Vicepresidente de la vigencia 2020:

“HONORABLE CONCEJAL JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY, EN EL CARGO DE SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL CONCEJO DE MANIZALES, PARA LA VIGENCIA 2020".

A lo que el honorable concejal GALEANO HERNÁNDEZ, respondió Si Juro.

Acto seguido el Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Seguidamente, hizo uso de la palabra el honorable concejal JORGE ELIÉCER GALEANO HERNÁNDEZ, del Partido Conservador Colombiano, agradeció a los presentes y a los corporados por el voto de confianza.

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7. ELECCIÓN DE SECRETARIO DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

El Presidente, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, manifestó que se encontraban en cada una de las curules las hojas de vida de los ciudadanos que se habían presentado a la convocatoria, para aspirar al cargo de Secretario de Despacho del Concejo de Manizales para la vigencia 2020, declaró un receso de diez (10) minutos para que cada uno de los concejales verificara las hojas de vida y el cumplimiento de los requisitos de las mismas.

Reanudado el receso, el Presidente, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, le concedió el uso de la palabra al doctor GERMAN ANDRÉS RINCÓN, Profesional Especializado de la Oficina de Gestión Legal del Concejo de Manizales, para que informe el proceso que se llevó a cabo a través de la Resolución N° 028 de noviembre 19 de 2019, para la elección del Secretario de Despacho del Concejo de Manizales. Seguidamente tomo el uso de la palabra el doctor GERMAN ANDRÉS RINCÓN, Profesional Especializado de la Oficina de Gestión Legal del Concejo de Manizales, quien informó que a través de la Resolución N° 028 de noviembre 19 de 2019, se dio apertura para convocatoria pública para la elección del Secretario General del Concejo de Manizales para el periodo 2020, en dicha resolución se establecieron todas las condiciones, requisitos y las reglas que rodeaban el proceso el cual debían cumplir las personas que aspiraran al cargo; se recibieron 21 hojas de vida, dentro de la etapa de revisión de requisitos mínimos a cargo de la Mesa Directiva del Concejo de Manizales, se encontró que dentro de esas 21 hojas de vida, solo 15 de ellas cumplían con todos los requisitos y las condiciones que se habían establecido en la misma, y enuncio el nombre de los aspirantes.

Prosiguió en el uso de la palabra el Presidente, ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, para nombrar como comisión escrutadora a los honorables concejales HERNANDO MARÍN GARCÍA y JULIÁN ANDRÉS OSORIO TORO, quienes procedieron de conformidad.

La comisión escrutadora, integrada por los honorables HERNANDO MARÍN GARCÍA y JULIÁN ANDRÉS OSORIO TORO, luego de realizar el conteo, declaró: “Diecisiete (17) votos para la doctora CLAUDIA MARCELA GARCÍA CHARRY y uno (1) en blanco.

El Presidente, honorable concejal ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, procedió de conformidad, declarando que con diecisiete (17) votos a favor fue elegida como Secretaria de Despacho para la vigencia 2020 la doctora CLAUDIA MARCELA GARCÍA CHARRY.

8. POSESIÓN DEL SECRETARIO DEL CONCEJO DE MANIZALES PARA EL AÑO 2020

El Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, tomó el juramento a la Secretaria de Despacho para la vigencia 2020:

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“Doctora CLAUDIA MARCELA GARCÍA CHARRY, JURA A DIOS Y PROMETE AL PUEBLO, CUMPLIR FIELMENTE LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY, EN EL CARGO DE SECRETARIA DE DESPACHO DEL CONCEJO DE MANIZALES, PARA LA VIGENCIA 2020".

A lo que la doctora GARCÍA CHARRY, respondió Si Juro.

Acto seguido el Presidente ANDRÉS SIERRA SERNA, complementó “SI ASÍ LO HICIERAS QUE DIOS Y LA PATRIA OS LO PREMIEN Y, SINO QUE EL Y ELLA OS LO DEMANDEN”.

Prosiguió en el uso de la palabra la doctora CLAUDIA MARCELA GARCÍA CHARRY, Secretaria de Despacho: Saludo afectuosamente a los asistentes y agradeció la oportunidad que le dieron los Corporados de continuar en la Secretaría General de la junta directiva del municipio. Y expresó “Asumo este reto sintiéndome responsable de cumplir con mis deberes de cara al posicionamiento del Concejo de Manizales como una entidad líder en el desarrollo de nuestro bello municipio. A mi familia, mi madre, mis abuelas y demás, gracias por siempre ser mi apoyo fundamental, mi motor y sobre todo mi guía en los momentos de triunfo y de dificultad. A los honorables concejales les doy mi palabra de actuar dando las garantías para que su función y su actuar encuentren en la secretaría un apoyo para cualquier tarea que decidan realizar defendiendo el interés general de todos los manizaleños. Cuenten con mi trabajo denodado, imparcial y con mi dedicación para hacer del concejo la casa de todos. Muchas gracias y bendiciones”.

Agotado el orden del día, siendo las 12:15 p.m., el Presidente del Honorable Concejo, ANDRÉS SIERRA SERNA, del Partido MIRA, agradeció a todos los asistentes y levantó la sesión, citando para el día 3 de enero de 2020, a las 9:00 a.m.

ADRIANA ARANGO MEJÍA ANDRÉS SIERRA SERNA Presidente Provisional Presidente Honorable Concejo

JHONNYER FERNANDO BERMÚDEZ MARTÍNEZ Presidente Provisional

CESAR AUGUSTO DÍAZ ZAPATA CLAUDIA MARCELA GARCÍA CHARRY Secretario Ad Hoc Secretaria de Despacho Elaborado por: JORGE HERNÁN GONZÁLEZ MARTÍNEZ Revisado y ajustado por: CLAUDIA MARCELA GARCÍA CHARRY