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 Este documento ha sido elaborado con tamaño de letra Arial Narrow 01+00011000000 para su impresión, firma y presentación a cargo del cliente. ual!uier "ariación en el tamaño de letra es por decisión del cliente 1 de 5 SOLICITUD DE APERTURA DE CARTA DE CREDITO / IMPORTACIONES #ugar y $echa% , de del 40A $orma del cr&dito documentario% 20 N'mero del cr&dito documentario% onfirmación% ( N* 31D $echa y #ugar de Epiración% ó das de la fecha de apertura. En% 50 liente *rdenante% -irección% 59 eneficiario% -irección% 32B ódigo de /oneda e mporte ipo de /oneda% /onto% En cifras En letras 39A 2 de olerancia del r&dito% + 3 4 39C /ontos Adicionales ubiertos 41A anco orresponsal% &rmino de pago% 42C #etras a% 42A 5irado% 42M -etalles del 6ago /ito% 42P -etalles del 6ago -iferido% 43P Embar!ues 6arciales% 43T ransbordo% 44A argar3Entregar3 7ecibir en3de% 8a% 44E 6uerto arga3Aeropuerto (alida 8a% 44F 6uerto -escarga3Aeropuerto -estino 8a% 44B #ugar de destino final3entrega% 8a% 44C $echa #mite de Embar!ue% ó das de la fecha de apertura. 44D 6erodo de Embar!ue% 45A -escripción de los ienes3(er"icios 96uede ingresar información hasta 1: lineas; 6.A Nro% ncoterms <000 ncoterms <010 46A -ocumentos 7e!ueridos% 4 $actura omercial, en original y copias. 8alor $*% 8 alor $lete% 8 alor (eguro%

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Formulario Carta de CrditoSOLICITUD DE APERTURA DE CARTA DE CREDITO / IMPORTACIONESLugar y Fecha:,dedel40AForma del crdito documentario:20Nmero del crdito documentario:Confirmacin:SNO31DFecha y Lugar de Expiracin:das de la fecha de apertura.En:50Cliente Ordenante:Direccin:59Beneficiario:Direccin:32BCdigo de Moneda e ImporteTipo de Moneda:Monto:En cifrasEn letras39A% de Tolerancia del Crdito: +/ -39CMontos Adicionales Cubiertos41ABanco Corresponsal:Trmino de pago:42CLetras a:42AGirado:42MDetalles del Pago Mixto:42PDetalles del Pago Diferido:43PEmbarques Parciales:43TTransbordo:44ACargar/Entregar/ Recibir en/de:Va:44EPuerto Carga/Aeropuerto SalidaVa:Va:44FPuerto Descarga/Aeropuerto DestinoVa:Va:44BLugar de destino final/entrega:Va:44CFecha Lmite de Embarque:das de la fecha de apertura.44DPerodo de Embarque:45ADescripcin de los Bienes/Servicios(Puede ingresar informacin hasta 13 lineas)P.A Nro:Incoterms 2000Incoterms 201046ADocumentos Requeridos:- Factura Comercial, enoriginal ycopias.Valor FOB:Valor Flete:Valor Seguro:- Conocimiento de EmbarqueMartimoTerrestreen original ycopias.Limpio a bordo, sin observaciones, a la orden de BanBif, notificar a:(Puede ingresar informacin hasta 3 lineas)- Gua area, enoriginal ycopias.Limpio a bordo, sin observaciones, a la orden de BanBif, notificar a:- Flete pagado- Flete pagadero en destinooriginal ycopias.Emitido por:original ycopias.Emitido por:original ycopias.Emitido por:original ycopias.Emitido por:original ycopias.Emitido por:47ACondiciones Adicionales:- Persona de Contacto del Beneficiario:Domiciliado en :Telfono :Fax :(Puede ingresar informacin hasta 13 lineas)- Cada juego de documentos con discrepancias sern sujetos al cobro de US$120 por cuenta del Beneficiario.71BCargos:Comisiones y gastos bancarios fuera del Per por cuenta de:BeneficiarioOrdenante48Periodo de Presentacin:das despus de la fecha de:49Instrucciones de Confirmacin:Instrucciones Adicionales:Seguro a ser cubierto por nosotros en la Ca.:Segn Pliza Flotante No., aplicacin de Pliza de Seguro No.Cobertura provisional No., que adjuntamos endosada a vuestro favor, acompaada de lafactura/convenio de pagos debidamente suscrito.Seguro de transporte, tomado por BanBif por nuestra cuenta, para embarques va martima:Embalaje:AdecuadoContenedorUbicacin de la mercaderaBodegaSobrecubiertaAutorizamos a debitar los gastos en nuestra Cuenta Corriente No.En garanta de este crdito entregamos a la apertura:Atentamente,FirmaRazn Social o nombre del Ordenante:Domicilio:RUC:Persona encargada del CD:Telfono:Fax:Condiciones que rigen la presente Carta de Crdito

&C&"Arial Narrow,Normal"&11Este documento ha sido elaborado con tamao de letra Arial Narrow &K01+00011&K000000 para su impresin, firma y presentacin a cargo del cliente. Cualquier variacin en el tamao de letra es por decisin del cliente&R&P de &N

ValoresDiasMesesAosforma de credito documentarioMonedascredito maximobanco corresponsaldias deembarques parcialesINCOTERMtipo de documentodias deinstrucciones de confirmacionVia1Enero2008IrrevocableUSDUp ToBy Paymentfecha de embarquePermittedEXW : En FbricaAviso de EmbarqueEmbarqueCon ConfirmacinMartima2Febrero2009Irrevocable/StandbyEURMaximunBy Acceptancefecha de la factura comercialProhibittedFCA : Franco TransportistaCertificado de AnlisisFCRSin ConfirmacinArea3Marzo2010Irrevocable/TransferableFRFNot ExeedingBy Negociationfecha de presentacin de documentosFAS : Franco al costado del buqueCertificado de CalidadNegociacinTerrestre4Abril2011RevocableGBPBy Def Paymentfecha de negociacinFOB : Franco a BordoCertificado de FumigacinDe la Factura Comercial5Mayo2012Revocable/StandbyDEMBy Mixed PaymentotroCFR : Coste y FleteCertificado de Limpieza de ContenedoresOtro6Junio2013Revocable/TransferableDKKCIF : Coste, Seguro y FleteCertificado de Origen7Julio2014NOKCPT : Transporte pagado hastaCertificado de Peso8Agosto2015SEKCIP : Transporte y seguro hastaCertificado de Seguro o Poliza9Septiembre2016ESPDAF : Entrega en FronteraCertificado del Beneficiario10Octubre2017ATSDES : Entregada sobre BuqueCertificado Fitosanitario11Noviembre2018ITLDEQ : Entregada en MuelleCertificado Sanitario12Diciembre2019BEFDDU : Entregada Derechos no PagadosCertificado Zoo Sanitario13NGLDDP : Entregada Derechos PagadosConstancia de Inspeccin14CADCharter Party B/L15JPYINCOTERMS 2010FORWARDER CARGO RECEIPT (FCR)16CHFImportacin Certificado de Origen17EXW: En FbricaPacking List18FCA: Franco TransportistaNota de Crdito19FAS: Franco al costado del buque20FOB: Franco a bordo21CFR: Coste y Flete22CIF: Coste, Seguro y Flete23CPT: Transporte pagado hasta24CIP: Transporte y seguro hasta25DAT: Entrega en terminal de destino26DAP: Entrega en lugar convenido27DDP: Entregada Derechos pagados28293031

Hoja1

MBD000383D1.doc Toda apertura de carta de crdito solicitada por el Cliente que sea aprobada por el Banco Interamericano de Finanzas BanBif, se sujeta a las condiciones siguientes. Ser seal inequvoca de aceptacin por el Cliente de las presentes Condiciones, su firma puesta en la Solicitud de Apertura de Carta de Crdito o su instruccin de Apertura de Carta de Crdito a travs del BIFTrade:

1) Compromiso del Cliente de abonar a BanBif, a la presentacin de la liquidacin correspondiente:

a) Todo importe pagado por BanBif o por sus corresponsales en virtud del crdito documentario aprobado, en la misma moneda pactada, o a eleccin de BanBif, en moneda peruana, al tipo de cambio obtenible en la fecha de la liquidacin, de conformidad con las disposiciones legales y/o administrativas vigentes en dicha oportunidad.

b) Las comisiones cobradas por BanBif y sus corresponsales.

c) Los gastos de telecomunicacin, correo y similares; as como cualquier gasto en el que se deba incurrir relacionado con la carta de crdito aprobada, y tributos en caso de haberlos.

d) Intereses que se hayan generado, desde la fecha en que se efecte el pago al beneficiario, hasta la fecha de la liquidacin de los documentos, ms los das necesarios para la remesa del reembolso respectivo.

2) Facultad de BanBif para la formulacin de liquidaciones totales o parciales, tan pronto reciba los avisos de pago de sus corresponsales, hayan o no llegado a su poder los documentos estipulados; haya llegado o no a su destino la mercadera que dichos documentos sealen amparar. Es entendido que tanto los documentos como la mercadera viajan por cuenta y riesgo del Cliente.

3) Diligencia en la verificacin de los documentos ,sin que ello implique asuncin de responsabilidad alguna para BanBif ni sus corresponsales; respecto de la forma, suficiencia, correccin, autenticidad, falsificacin, valor legal cualquiera de los mismos o por la solvencia, capacidad o buena fe de las personas naturales o jurdicas que lo emiten, o por la descripcin, cantidad, peso, calidad, embalaje, valor o entrega de la mercadera que ellos sealen amparar

4) BanBif y sus corresponsales no asumen responsabilidad alguna por las consecuencias que se deriven de la demora en la transmisin o prdida en trnsito de telecomunicaciones, cartas o documentos, o por la demora, mutilacin u otros errores de traduccin o interpretacin de trminos tcnicos; reservndose BanBif el derecho de transmitir dichos trminos sin traducirlos.

5) El Cliente autoriza a BanBif, si ste as lo prefiere, a cargar en cualesquiera de las cuentas que mantiene, sean en MN o en ME; y/o en la Cta. Cte. que por este acto el Cliente autoriza a BanBif abrir en la misma ME adeudada; el importe de las liquidaciones respectivas, incluidas aquellas que correspondan a la cancelacin de carta de crdito por BanBif.

6) El Cliente debe mantener fondos suficientes en sus cuentas; contar con autorizacin de BanBif, en caso de sobregiro o con una lnea de crdito vigente aprobada por BanBif. Todo saldo deudor en las cuentas corrientes del Cliente, generar la aplicacin de tasas mximas de inters compensatorio y moratorio, comisiones y dems gastos que BanBif tenga establecidos para obligaciones incumplidas.

7) El Cliente otorga a favor de BanBif y en respaldo de las obligaciones que se generen por la emisin de la carta de crdito aprobada, las siguientes garantas:

a) Fianza solidaria, con renuncia expresa al beneficio de excusin, de los fiadores cuya Razn Social o nombres completos, documentos de identidad, domicilio real y firmas de sus representantes legales o firmas personales y de sus cnyuges, segn sea el caso, consten al final del presente documento.

b) Garanta mobiliaria de primer y preferente rango sobre las mercaderas importadas en virtud del presente crdito documentario, las que se describen en la Solicitud de Apertura de Carta de Crdito

c) Saldo acreedor en las cuentas en MN y/o M.E que el Cliente mantenga en BanBif, As como toda suma o valor que tuviese en su poder, destinada a ser entregada al Cliente o a nombre de ste.

d) Aquellas que le sean solicitadas por BanBif.

8) Las garantas a que se refiere el numeral (6) anterior, garantizarn saldos deudores del Cliente, as como dems obligaciones que ste tenga pendientes de cumplimiento a favor de BanBif, hasta que sean total y efectivamente canceladas.

9) En caso la mercadera de la carta de crdito se encuentre sin seguro en la Aduana, en una Oficina de Correo o en cualquier depsito , sea por vencimiento de la Pliza de Seguros o cualquier otro motivo y dicha omisin no hubiera sido subsanada por el Cliente; BanBif queda autorizado por ste y en tanto los documentos se encuentren en su poder; para asegurar la mercadera por cuenta y a costo del Cliente; quien autoriza a BanBif a cargar en cualesquiera de las cuentas que mantiene, sean en MN o en ME; y/o en la Cta. Cte. que por este acto el Cliente autoriza a BanBif abrir en la misma ME adeudada; el importe de dicho aseguramiento. La existencia de esta autorizacin no responsabiliza a BanBif ante la prdida de la mercadera sin contar con cobertura alguna.

10) En tanto no est totalmente pagado a BanBif lo que se le adeudare en razn del crdito documentario aprobado; el Cliente otorga en este acto a BanBif la mercadera materia de la carta de crdito solicitada como garanta mobiliaria.

11) Si el Cliente incurre en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones ante BanBif o BanBif detectase falsedad o inexactitud en la informacin que le hubiera suministrado el Cliente, ste faculta plenamente a BanBif para que automticamente sin necesidad de formalidad ni aviso previo alguno, proceda a realizar en su favor la adjudicacin de la mercadera otorgada en garanta. A tal fin, por la presente el Cliente autoriza irrevocablemente a BanBif a realizar en su nombre y representacin, el endoso de los documentos de embarque, si ello fuera necesario para la ejecucin extrajudicial de la indicada garanta, no pudiendo revocar esta autorizacin en tanto no se encuentre definitivamente realizada la ejecucin. Para tal efecto, el BanBif queda autorizado a realizar la venta extrajudicial de la mercadera gravada al mejor postor y mediante Martillero Pblico de conformidad con la normativa vigente, a fin de hacerse el pago con su producto (despus de deducidos los gastos y comisiones a que hubiera lugar) del importe de la liquidacin y de los intereses devengados durante la demora en el pago, asumiendo el Cliente irrevocablemente la responsabilidad consiguiente en caso el valor obtenido en la venta extrajudicial no cubriese el importe adeudado, cualquiera sea su causa; liberando a BanBif de toda responsabilidad respecto del proceso de venta.

12) BanBif podr exigir al Cliente una mayor garanta de cualquier naturaleza en la eventualidad de que la mercadera sea, en concepto de BanBif insuficiente para responder por el valor del crdito otorgado.

13) El Crdito Irrevocable no puede ser anulado o modificado por el Cliente que orden su apertura mientras el beneficiario no haya dado su conformidad sobre la anulacin o modificacin. En el caso de haber sido confirmada, se requerir adems la aceptacin del Banco confirmante.

14) El Cliente autoriza a BanBif para que, si ste lo estima conveniente, adquiera la moneda extranjera necesaria para el pago de la liquidacin que se derive de la carta de crdito, al tipo de cambio de venta del mercado correspondiente vigente en BanBif en el momento de su adquisicin, con los recursos en moneda nacional que mantenga en cualquiera de sus cuentas o proveniente de la venta de valores, bienes o garanta, o con fondos que BanBif pueda proveerle; liberando a BanBif de toda responsabilidad por cualquier diferencia de cambio que puede originarse, as como de la fecha y oportunidad de dicha adquisicin.

15) Compromiso del Cliente ante BanBif de no realizar actos de disposicin o constituir gravmenes sobre la mercadera.