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FINIQUITO ESTATAL No. 310-98. ACTA RESOLUTIVA OCI No. 6254 /CR-961-06-98.-
Yo, PATRICK BOLAÑOS DAVIS, mayor de edad, casado, Licenciado en
Administración de Empresas y del domicilio de la ciudad de Nindirí,
Departamento de Masaya, de tránsito por esta ciudad, actuando como
Apoderado Generalísimo de la Entidad Mercantil Denominada CASA COMERCIAL
NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA, conocida comercialmente como NICOLAS
BOLAÑOS SUCESORES S.A., tal como demuestro con presentación de: 1)
TESTIMONIO DE ESCRITURA NUMERO SETENTA Y NUEVE, otorgada en la ciudad
de Masaya a las diez de la mañana del día veintidós de Abril de Mil
Novecientos Sesenta y Siete, ante el Notario RODOLFO CORREA LACAYO,
debidamente reinscrita bajo el No. 22, págs. 254-268, Tomo II, del
Libro Segundo Mercantil y bajo el No. 33, págs. 233-248, Tomo II, del
Libro de Personas, ambos del Registro Público Mercantil del
Departamento de Masaya. 2) TESTIMONIO DE ESCRITURA NUMERO TREINTA Y
TRES, SUSTITUCION DE PODER GENERALISIMO, otorgado por ENRIQUE BOLAÑOS
GEYER, Apoderado Generalísimo de la Entidad Reclamante, en la ciudad de
Masaya, a las ocho y quince minutos de la mañana del día seis de Abril
de Mil Novecientos Ochenta y Tres, ante los oficios notariales de ROGER
ANTONIO JARQUIN ALVARADO, la cual corre del reverso del folio número
cuarenta y seis al reverso del folio número cincuenta y siete, de su
protocolo número diecinueve, inscrito bajo el No. 76, págs. 107-139,
Tomo XI, Libro Tercero de Poderes del Registro Público Mercantil del
Departamento de Masaya, en originales y fotocopias para que una vez
cotejados y los encuentren conformes me regresen los originales y las
fotocopias sean adjuntadas a las diligencias de Indemnización, con ese
carácter y con plenas facultades para el otorgamiento de este
instrumento, por este Acto finiquito parcialmente el reclamo de mi
mandante, No. 2441, interpuesto ante la Comisión Nacional de Revisión de
Confiscaciones, en el cual por Resoluciones de los días veintisiete de
Mayo de Mil Novecientos Noventa y Tres y dieciséis de Marzo de Mil
Novecientos Noventa y Ocho, emitidas por la Procuraduría de la
Propiedad, identificadas con los Nos. 0365-93 y B-141-98 respectivamente,
en cumplimiento de los Decretos Nos. 47-92/51-92/56-92 y Acuerdo
Presidencial No. 248-92, se ordena la indemnización de sus bienes
afectados, por ser imposible su devolución, por lo que voluntariamente
elevamos ante la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones (OCI),
solicitud No. 6254, emitiéndose las tres y treinta minutos de la tarde
del día veintiocho de Mayo de Mil Novecientos Noventa y Ocho,
identificada con el No. 492 -13 -98, de la cual por no estar de acuerdo
interpuse RECURSO DE REPOSICION emitiéndose resolución del día
veinticinco de Junio de Mil Novecientos Noventa y Ocho, identificada
con el No. CR-961 -06 -98, por la que se resuelve la indemnización de
CUATRO INMUEBLES RUSTICOS (Terrenos, usos, anexos y conexos): ** 1)
Denominada LA CALDERA, ubicada en el municipio de Nindirí, reinscrita
bajo el No. 11618, Tomo: 18, Folios: 92 -95, Asiento: 6, comprendido
dentro de los siguientes linderos generales : NORTE: Fincas de Trinidad
Cerna, SAINSA y Salvador Osorno Membreño, SUR: Fincas de Isabel Robelo
y Rosalpina de Boza, ESTE: Finca de Trinidad Cerna, Isaac Rivas, Efrain
Silva e Isabel Robelo, OESTE: Camino a Nindirí interpuesto Fincas de
Silvestre López y Rosalpina de Boza, con un área registral de 74.36
Mzs, pero con un área catastral de 74.96 Mzs. Parcela Catastral No.
2952-2-14-000-34900. ** 2) Denominado Finca ANEXO MONTECRISTO, ubicada
en la comarca Guanacastillo, jurisdicción de Nindirí, carretera Masaya-
Tipitapa, de Finca Santa Lázara 500 Metros al Oeste, reinscrita bajo el
No. 40539, Tomo: 18, Folios: 119/121, Asiento: 1, comprendido dentro de
los siguientes linderos generales : NORTE: Hacienda Montecristo, de la
Sociedad Nicolas Bolaños, SUR: Remanente de la Propiedad de Doña María
Bermúdez de Caldera, ESTE Resto de la Propiedad Matriz, que fue de
Chepita Ramírez, hoy de la Sociedad Bolaños, OESTE: en parte Hacienda
Montecristo, Sucesores de Carlos Hollman y Transito Ramírez, con un
área registral de 35.02 Mzs, pero con un área catastral de 36.96 Mzs.
Parcela Catastral No. 2952-2-07-000-09204. ** 3) Denominada ANEXO
MONTECRISTO, ubicada en comarca Guanacastillo, en el lugar llamado
Cofradías, reinscrita bajo el No. 22992, Tomo: 18, Folios: 128/130,
Asiento: 6, comprendido dentro de los siguientes linderos generales :
NORTE: Sucesores Carlos Hollman y Finca de Genaro Ramírez, SUR: Finca
Montecristo, de la Sociedad Bolaños Sucesores S.A., ESTE: Camino de por
medio y Hacienda Montecristo, OESTE: Sucesores de Carlos Hollman, con
Folio No. 2 . 310-98/6254
un área de 33.98 Mzs. Parcela Catastral No. 2952-2-07-000-07700. ** 4)
Denominada GUANACASTILLO, ubicado en jurisdicción de Nindirí, sobre la
carretera Masaya- Tipitapa, de Finca San Lázaro 500 Metros al Oeste,
reinscrita bajo el No. 17804, Tomo: 18, Folios: 116-117, Asiento: 4,
comprendido dentro los siguientes linderos generales : NORTE: Finca
que fue de Arnoldo Porta, llamada Montecristo, hoy de la Sociedad
Bolaños, SUR: Finca que fue de Manuel Caldera, hoy de Ramiro Suazo,
ESTE: Propiedad del Señor Juan Mercado y Otros, OESTE: Finca de Los
Sucesores de Manuel Caldera, con un área registral de 24.5012 Mzs, pero
con un área catastral de 24.40 Mzs. Parcela Catastral No. 2952-2-07-
000-09202. Todas de la Sección de Derechos Reales del Registro Público
de la Propiedad Inmueble del DEPARTAMENTO DE MASAYA. De acuerdo a
criterios establecidos por la Junta Directiva para valorar BIENES
INMUEBLES, se determina el valor de los bienes Reclamados, en la suma
de C$4,938,700.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS
CÓRDOBAS CON 00/100). A la fecha de afectación la Sociedad reclamante no
presenta deudas con el Sistema Financiero Nacional y por no haber Bonos
Fraccionarios, se establece un SALDO NETO a favor de mi representada,
por la suma de C$4,938,700.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y
OCHO MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS). A ser pagados en Bonos de pago
de Indemnización emitidos por el MINISTERIO DE FINANZAS, para este fin.
Queda de esta manera solventado y finiquitado parcialmente el reclamo
de mi representada, antes relacionado para con el Estado de la
República de Nicaragua. Quedando pendiente otros bienes muebles e
inmuebles. Por lo que en este mismo acto cedo y traspaso a favor del
Estado de la República de Nicaragua, en nombre y representación de mi
mandante, todos y cada uno de los derechos de dominio y posesión, sus
usos, servidumbres, anexidades y conexidades, comprometiendo a mi
mandante al saneamiento por evicción y renunciando a entablar cualquier
acción judicial o extrajudicial para reclamar derechos que sobre los
bienes antes descritos y pormenorizados tenga o pudiera tener en virtud
de Ley vigente o que en un futuro se publique. Y se solicita al Señor
Registrador Público de la Propiedad Inmueble del DEPARTAMENTO DE
LEON IPE SAMP/r V GAS No ario IV d' Estado
MASAYA, que en base al Arto. 12 de la Ley No. 180, del doce de Julio de
mil novecientos noventa y cuatro, inscriba el presente finiquito, de
traspaso a favor del Estado. Leído el presente documento de finiquito
lo encuentro conforme, apruebo y firmo, en Representación de mi
poderdante, en tres tantos de un mismo tenor en la Ciudad de Managua, a
las tres de la tarde del día siete de Julio de Mi). Novecientos Noventa
y Ocho.
LIC. PATRICK BOLAÑOS DAVIS Apoderado Generalísimo de la Entidad
NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES S.A.,
CONSTANCIA NOTARIAL : LEON FELIPE SAMPSON VANEGAS, Abogado y Notario
Público debidamente autorizado por la Excelentísima Corte Suprema de
Justicia, para cartular el quinquenio que finaliza el nueve de
Septiembre del año dos mil uno, con funciones de Notario IV del Estado,
Certifica : Que la firma que antecede es auténtica y fue puesta por el
Licenciado PATRICK BOLAÑOS DAVIS, a las tres y diez minutos de la tarde
del día siete de Julio de Mil Novecientos Noventa y Ocho.
Managua, 07 de Julio de 1998.
Licenciada MARIA LOURDES CHAMORRO BERNARD Tesorera General de la República Su Despacho.
Estimada Licenciada Chamorro:
Le informo que el día de hoy, el señor: PATRICK BOLAÑOS DAVIS, actuando como Apoderado Generalísimo de la Entidad Mercantil Denominada CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA , conocida comercialmente como NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES S.A., concluyó con esta Notaría IV del Estado el otorgamiento del Finiquito a favor del Estado de la República de Nicaragua, transfiriendo CUATRO INMUEBLES RUSTICOS (Terrenos, usos, anexos y conexos): ** 1) Denominada LA CALDERA, ubicada en el municipio de Nindirí, reinscrita bajo el No. 11618, Tomo: 18, Folios: 92-95, Asiento: 6, con un área de 74.96 Mzs. Parcela Catastral No. 2952-2-14-000-34900. ** 2) Denominado Finca ANEXO MONTECRISTO, ubicada en la comarca Guanacastillo, jurisdicción de Nindirí, carretera Masaya-Tipitapa, de Finca Santa Lázara 500 Metros al Oeste, reinscrita bajo el No. 40539, Tomo: 18, Folios: 119/121, Asiento: 1, con un área de 36.96 Mzs. Parcela Catastral No. 2952-2-07-000-09204. ** 3) Denominada ANEXO MONTECRISTO, ubicada en comarca Guanacastillo, en el lugar llamado Cofradías, reinscrita bajo el No. 22992, Tomo: 18, Folios: 128/130, Asiento: 6, con un área de 33.98 Mzs. Parcela Catastral No. 2952-2-07-000-07700. ** 4) Denominada GUANACASTILLO, ubicado en jurisdicción de Nindirí, sobre la carretera Masaya- Tipitapa, de Finca San Lázaro 500 Metros al Oeste, reinscrita bajo el No. 17804, Tomo: 18, Folios: 116 -117, Asiento: 4, con un área de 24.40 Mzs. Parcela Catastral No. 2952-2-07-000-09202. Todas de la Sección de Derechos Reales del Registro Público de la Propiedad Inmueble del DEPARTAMENTO DE MASAYA. Todo por la suma de C$4,938,700.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS).
Favor proceder como corresponde.
Sin otro particular, se suscribe,
CC : Dr. José Al Archivo. OCI Finiq. 310)310-98
Castellón. Director Gral. OCI
Patrick Bolaños Davis Representante Legal N.B. S .
Managua 3 de Julio de 1998
Doctor José Alejandro Rios Castellón Director General OCI Su Despacho
Estimado Doctor Rios:
Para completar los documentos solicitados a presentar por la OCI en nuetro reclamo N°. 6254 de Casa Copmercial Nicolás Bolaños Sucesores, S.A. por este medio le adjunto:
Los originales de las escrituras de propiedad (Títulos de Dominio) de las fincas o inmuebles rústicos de Casa Comercial Nicolás Bolaños Sucesores números: 11618, 40539, 22992 y 17804. Todos inscritos en la sección de Derechos Reales del Registro Público del Departamento de Masaya.
Le adjunto también las Certificaciones Registrales y las Libertades de gravámenes originales emitidas por el Registro Público del Departamento de Masaya, de las cuatro propiedades mencionadas anteriormente.
Por otro lado le adjunto fotocopias de las constancias emitidas por el Banco Nacional de Desarrollo y por el Banco Nicaraguense de Industria y Comercio, con fechas 5 de Febrero de 1998 y 29 de Enero de 1998 respectivamente, donde ambos bancos hacen constar que Casa Comercial Nicolás Bolaños Sucesores no tienen adeudos pendientes con dichas instituciones. Los originales de estas constancias ya fueron entregadas a la OCI para soportar nuestro reclamo cuyo número OCI es: 6246.
De igual manera, en nuestro reclamo OCI N°. 6246 se encuentran las fotocopias de la escritura de Constitución Social, los Estatutos y el Poder General Generalísimo otorgado a mi favor por Casa Comercial Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.
Consideramos que con estos documentos cumplimos con lo requerido por la OCI para finiquitar la ampliación del reclamo N°.6254 (complemento del reclamo N°. 6246) de mi representada.
Sin más a que referirme por el momento, y esperando se nos emita el finiquito y carta a la Tesorería General de la República para la emisión de los Bonos de Indemnización respectivo, me suscri de Ud.,
P
I COPIA # 1 I MINISTERIO DE FINANZAS
OFICINA DE CUANTIFICACION DE INDEMNIZACIONES
REF : CR-961-06-98
NACIONALIDAD : NICARAGÜENSE SOLICITUD OCI : 6254
EL SUSCRITO DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA DE CUANTIFICACION DE INDEMNIZACION
CERTIFICA QUE:
Visto el Recurso de Reposición en la JUNTA DIRECTIVA, del día 25 de Junio de 1998 interpuesto ante ésta Oficina el día 11 de Junio de 1998, por CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. en relación a la Resolución O.C.I No. 492-13-98. En cumplimiento del Arto.9 del Decreto 51-92, se procedió a revisar la Indemnización de los siguientes bienes: CUATRO INMUEBLES RUSTICOS : (Terrenos, Usos, Anexos y Conexos) 1) No. 11618, Tomo: 18, Folio: 92 AL 95, Asiento: 6, con un área de 74.96 Mzs. 2) No. 40539, Tomo: 18, Folio: 119-121, Asiento: 1, con un área de 36.96 Mzs. 3) No. 22992, Tomo: 18, Folio: 128-130, Asiento: 6, con un área de 33.98 Mzs. 4) No. 17804, Tomo: 18, Folio: 116-117, Asiento: 4, con un área de 24.40 Mzs. Todos inscritos en la sección de Derechos Reales del Registro Público del departamento de Masaya.
Después de haber efectuado revisión a los valores aplicados, en atención al recurso de reposición, sometido por la sociedad reclamante, se determinó el valor de los bienes en la suma de C$4,938,700.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS). A la fecha de afectación la sociedad reclamante no presenta deudas con el Sistema Financiero Nacional, por lo que se establece un SALDO NETO a favor de CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. por la suma de C$4,938,700.00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) que deberán hacerse efectivo por medio de los "Bonos de Pago de Indemnización" emitidos por el MINISTERIO DE FINANZAS.
Es conforme a su original con el cual fue debidam Certificación en la ciudad de Managua, prim Noventa y Ocho.
Dr. AV
Alej dro Rio tirector Genera r
libro la presente il Novecientos
I COPIA # 1
PAG. No. 2 CASO O.C.I. No. 6254
Las obligaciones que hayan sido contraídas entre la sociedad reclamante y un tercero, su cumplimiento será exigible únicamente a la sociedad reclamante, quienes han sido objeto de la presente indemnización, quedando de esta forma El Estado de la República de Nicaragua exento de responder por dichas obligaciones.
Líbrese certificación de ésta resolución a la parte interesada la cual le servirá para comparecer ante la TGR a fin de que se emitan los Bonos de Pago de indemnización hasta por la suma antes dicha, los que por disposición de Junta Directiva en sesión ordinaria del 20/97 del 2 de Julio de 1997, se determinó que la emisión de bonos será con la tasa cambiaria correspondiente al primer día de cada mes que se finiquitaron los bienes. Estando todos de acuerdo, la aprobamos, ratificamos y firmamos. Dr. Guillermo Arguello Poessy.- Dr. Luis Melendez.- Lic. María Lourdes Chamorro.- Dr. Enrique Guevara Ruíz (Srio.).-
Director de de O.C.I.
Recibe:
Ministerio de Finanzas Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones
• . • . • : • : • : • . • : • : : • 52 • .
El suscrito Director de Indemnización de la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones (O.C.I.), en cumplimiento al Decreto Presidencial No‹51-92 y al Arto.27 del Acuerdo e Ministerial-No.07-93, NO FIN laiResolicipn No. (2,,?.<9¿;, / CC
, -L/ , a nombre de
Se le previene que de no estar de acuerdo con la Resolución notificada tendrá el término de diez días hábiles para interponer recurso de Reposición o de Revisión de conformidad al Arto.9 del Decreto No.51-92 y el Arto.38 del Acuerdo Ministerial No.07-93. Así mismo, en forma alternativa y excluyente a los recursos anteriormente mencionados, podrá hacer uso del procedimiento Arbitral dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la notificación, según Arto. 11 del Decreto No. 51-92.
En caso de aceptación debe. a documentación original relacionada con el caso.
Fecha de notificación
Fecha de aceptación
Firma
Firma de aceptación
Managua 11 de Junio de 1998
Doctor Alejandro Rios C. Director General OCI Su Despacho
Estimado licenciado Rios:
Sirva la presente para acusar recibo de la Certificación de la Resolución N° 492-13-98 sobre la indemnización de mi representada CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. (NBS), cuyo número de reclamo es el N° 2441 y número OCI N° 6254, sobre cuatro inmuebles y cuyo avalúo se determina en la suma de C$2,171,300.00 (DOS MILLONES CIENTO STENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CORDOBAS NETOS).
Al respecto me permito informarle que después de efectuar las consultas con los socios accionistas de dicha empresa, indicaron que no es posible aceptar dicho avalúo en vista de que lo consideran muy bajo respecto al verdadero valor de dichas propiedades, más aún en vista de que se hará efectivo con "Bonos de Pago de Indemnización" y dicho valor está por debajo de lo que nuestra empresa declaraba como valor de las propiedades en nuestras declaraciones de impuestos que obran en su poder.
Estas propiedades, para su información, son terrenos agrícolas de primera clase, las cuales estaban todas tenaceadas, con un manto friático cerca de la superficie, donde cultivamos algodón de forma tecnificada por muchos años con excelentes rendimientos por manzana. Definitivamente les solicitamos que se revisen dichos valores pues son tierras de superior clasificación, con fácil acceso en vista de estar a orillas de la carretera pavimentada, y nosotros las consideramos como tierras semi-urbanas ya que están cerca de poblados que muy pronto crecerían hacia ellas y perfectamente se haría factible desarrollarlas en urbanización.
Como representante legal de la sociedad, y a nombre de todos los dueños accionistas de la empresa, le solicito se efectúe una revisión de dichos valores lo antes posible para poder llegar a un arreglo satisfactorio para todas las partes.
Sin más a que referirme y esperando una respuesta pronta y positiva, me suscribo de Ud.
Patrick Bolaños D. Representante Legal Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.
En caso de aceptación deb documentación original relacionada con el caso.
Ministerio de Finanzas Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones
111111:111
El suscrito Director de Indemnización de la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones (O.C.I.), en cumplimiento al Decreto Presidencial No.51-92 y al Arto 27 del Acuerdo
Se le previene que de no estar de acuerdo con la Resolución notificada tendrá el término de diez días hábiles para interponer recurso de Reposición o de Revisión de conformidad al Arto.9 del Decreto No.51-92 y el Arto.38 del Acuerdo Ministerial No.07-93. Así mismo, en forma alternativa y excluyente a los recursos anteriormente mencionados, podrá hacer uso del procedimiento Arbitral dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la notificación, según Arto. 11 del Decreto No. 51-92.
echa de notificación Firma
Identificación
Fecha de aceptación Firma de aceptación
I COPIA # 1 I
I
MINISTERIO DE FINANZAS
CERTIFICACION
NACIONALIDAD : NICARAGÜENSE SOLICITUD OCI : 6254
DR. ALEJANDRO RIOS CASTELLON. Director General de la Oficina de Cuantificación de Indemnización certifica la Resolución que literalmente dice:
Acta Resolutiva No. 492-13-98. En la ciudad de Managua a las tres y treinta minutos de la tarde del día veintiocho de mayo de mil novecientos noventa y ocho. Reunidos los suscritos miembros de la Junta Directiva en las Oficinas del Ministerio de Finanzas, con el objeto de determinar sobre el Reclamo No. 2441 presentado por CASA COMERCIAL NICOLÁS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. Resoluciones Nos. B-141-98 y 0365-93 emitidas por la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones. En cumplimiento del Decreto 51-92/56-92 y la documentación presentada por la parte interesada se resuelve la Indemnización de: CUATRO INMUEBLES RUSTICOS : (Terrenos, Usos, Anexos y Conexos) 1) No. 11618, Tomo: 18, Folio: 92 AL 95, Asiento: 6, con un área de 74.96 Mzs. 2) No. 40539, Tomo: 18, Folio: 119-121, Asiento: 1, con un área de 36.96 Mzs. 3) No. 22992, Tomo: 18, Folio: 128-130, Asiento: 6, con un área de 33.98 Mzs. 4) No. 17804, Tomo: 18, Folio: 116-117, Asiento: 4, con un área de 24.40 Mzs. Todos inscritos en la sección de Derechos Reales del Registro Público del departamento de Masaya. De acuerdo con el Arto. 4to. del Decreto 51-92, que establece como base el avalúo Catastral, se determina el valor de los bienes en la suma de C$2,171,282.92 (DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CÓRDOBAS CON 92/100). A la fecha de afectación la sociedad reclamante no presenta deudas con el Sistema Financiero Nacional, por lo que se establece un SALDO NETO a favor de CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. por la suma de C$2,171,300.00 (DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) que deberán hacerse efectivo por medio de los "Bonos de Pago de Indemnización" emitidos por el MINISTERIO DE FINANZAS.
Es conforme a su original con el cual fue debidamente cote presente Certificación en la ciudad de Managua, a los tr junio de Mil Novecientos Noventa y Ocho.
Dr. Aleja ro Ri Director General OCI
y libro la es de
I COPIA # 1 I
Pág. 2 CASO O.C.I. No. 6254
Las obligaciones que hayan sido contraídas entre la sociedad reclamante y un tercero, su cumplimiento será exigible únicamente a la sociedad reclamante, quienes han sido objeto de la presente indemnización, quedando de esta forma El Estado de la República de Nicaragua exento de responder por dichas obligaciones.
Líbrese certificación de ésta resolución a la parte interesada la cual le servirá para comparecer ante la TGR a fin de que se emitan los Bonos de Pago de indemnización hasta por la suma antes dicha, los que por disposición de Junta Directiva en sesión ordinaria del 20/97 del 2 Julio de 1997, se determinó que la emisión de Bonos será con la tasa cambiaria correspondiente al primer día del mes que se finiquitaron los bienes. Estando todos de acuerdo, la aprobamos, ratificamos y firmamos. Dr. Guillermo Arguello Poessy.- Dr. Luis Melendez.- Lic. María Lourdes Chamorro.- Dr. Enrique Guevara Ruíz (Srio.).-
RECIBI CONFORME: ARIA LOURD CHAMORRO
RECIBO
Por este medio hago constar que he recibido de manos del Ingeniero Enrique Bolaños Geyer, Finiquito Estatal No.145-98 y Acta Resolutiva OCI No.6246/468-09-98, de la Entidad Mercantil Denominada Casa Comercial NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A.
Managua, 21 de abril de 1998.
Managua, 15 de Abril de 1998
Señores Miembros de la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones Su Despacho.
Estimados Señores:
Por medio de la presente solicito ampliación de la Resolución a nombre de la SOCIEDAD NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, en relación a las siguientes propiedades No.17.804, Folios 20 y 147, Tomos CCXXXIV y CCCXLVI, Asiento 4°; No.22.992, Folios del 128 al 130, Tomo XVII; No.17913, Tomo 235, Folios 62-63, Asiento 2°; No.11618, Tomo 151, Folio 282, todas del Registro Público de Masaya.
Sin más a que referirme, me despido de usted.
tentamente ,
PATRICK BOLAÑOS DAVIS Apoderado
cc: Archivo
Atentamente,
Managua, 15 de Abril de 1998.
SEÑORES MIEMBROS DE LA COMISIÓN NACIONAL
DE REVISIÓN DE CONFISCACIONES
Su Despacho
Estimados Señores :
Por medio de la presente solicito ampliaci de la Resolución a nombre de la SCN
NICOLAS BOLAÑOS , en relación a las siguientes propiedades
No.17.804, Folios 20 y 147, Tomos CCXXXIV y CCCXLVI, Asiento 4" ; No.22.992, Folios del 128 al 130, Tomo XVII ; No.17913, Tomo 235, Folios 62-63, Asiento 2" ; No.11618, Tomo 151, Folio 282, todas del Registro Público de Masaya
Sin mas a que referirme, me despido de usted .
PATRICK BOLAÑOS Apoderado
C.C. : Archivo
IDE %
FINIQUITO ESTATAL No. 145-98. ACTA RESOLUTIVA OCI No. 6246 / 468-09-98
Yo, ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, mayor de edad, casado, Ingeniero Industrial y
del domicilio de la ciudad de Masaya, de tránsito por esta ciudad,
actuando en nombre y representación de la Entidad Mercantil Denominada
CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONMA, conocida
comercialmente como MOLAS BOLAÑOS SUCESORES S.A., tal como demuestro con
presentación de: 1) TESTIMONIO DE ESCRITURA NUMERO SETENTA Y NUEVE,
otorgada en la ciudad de Masaya a las diez de la mañana del día
veintidós de Abril de Mil Novecientos Sesenta y Siete, ante el Notario
RODOLFO CORREA LACAYO, debidamente reinscrita bajo el No. 22, págs.
254-268, Tomo II, del Libro Segundo Mercantil y bajo el No. 33, págs.
233-248, Tomo II, del Libro de Personas, ambos del Registro Público
Mercantil del Departamento de Masaya. 2) TESTIMONIO DE ESCRITURA
NUMERO DIECIOCHO, PODER GENERALISIMO, otorgado por ALEJANDRO BOLAÑOS
GEYER, Presidente de la Junta Directiva de la Entidad Reclamante, en la
ciudad de Masaya, a las tres de la tarde del día catorce de Agosto de
Mil Novecientos Setenta y Cinco, ante los oficios notariales de RODOLFO
CORRREA LACAYO, la cual corre del reverso del folio doscientos once al
frente del folio número doscientos doce, de su protocolo número
veintidós, reinscrito bajo el No. 5, págs. 28-30, Tomo I, Libro Tercero
del Registro Público Mercantil del Departamento de Masaya, en
originales y fotocopias para que una vez cotejados y los encuentren
conformes me regresen los originales y las fotocopias sean adjuntadas a
las diligencias de Indemnización, con ese carácter y con plenas
facultades para el otorgamiento de este instrumento, por este Acto
finiquito el reclamo de mi mandante, No. 2441, interpuesto ante la
Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones, en el cual por
Resolución del día veintisiete de Mayo de Mil Novecientos Noventa y
Tres, emitida por la Procuraduría de la Propiedad, identificada con el
No. 0365-93, en cumplimiento de los Decretos Nos. 47-92/51-92/56-92 y
Acuerdo Presidencial No. 248-92, se ordena la indemnización de sus
bienes afectados, por ser imposible su devolución, por lo que
voluntariamente elevamos ante la Oficina de Cuantificación det
Indemnizaciones (OCI), solicitud No. 6246, emitiéndose las tres de la
tarde del día doce de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Ocho,
identificada con el No. 468-09-98, por la que se resuelve la
indemnización de I) SEIS INMUEBLES RUSTICOS (Terrenos, estructuras,
usos, anexos y conexos): 1) Denominado EL MANGO, ubicada en
jurisdicción de Nindirí, reinscrita bajo el No 40540, Tomo: 18, Folios:
122/124, Asiento: 1, con un área registral de 33.36 Mzs, pero con un
área catastral de 33.04 Mzs. Transferida en Asiento 2 a favor del
Estado de la República de Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952-2-14-
000-18502. -- 2) Denominado Finca CATINA, ubicada en jurisdicción de
Nindirí, reinscrita bajo el No. 25998, Tomo: 18, Folios: 97/98,
Asiento: 4, con un área de 13.50 Mzs. Transferida en Asiento 5 a favor
del Estado de la República de Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952-2-
14-000-18400. -- 3) Finca Anexos, ubicada en jurisdicción de Nindirí,
reinscrita bajo el No 24683, Tomo: 18, Folios: 114/115, Asiento: 2, con
un área reggistral de 1.50 Mzs, pero con un área catastral de 2.27 Mzs.
Transferida en Asiento 3 a favor del Estado de la República de
Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952-2-14-000-18100. --4) DENOMINADO
ANEXO A LA FINCA CATINA Y SANTA ANA, COMPUESTO POR TRES LOTES QUE FORMA
UNA SOLA UNIDAD MATERIAL: A) LOTE DE TRES MANZANAS, ubicado en
jurisdicción de Nindirí, reinscrita bajo el No. 24371, Tomo: 18,
Folios: 99/100, Asiento :5. Transferido en Asiento 6 a favor del Estado
de la República de Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952-2-14-000-
18301. B) LOTE DE TRECE Y MEDIA MANZANAS, ubicado en jurisdicción de
Nindirí, reinscrita bajo el No.25999, Tomo: 18, Folios: 101/102,
Asiento : 6. Transferido en Asiento 7 a favor del Estado de la
República de Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952-2-14-000-18301. C)
LOTE DE OCHO Y MEDIA MANZANA, ubicado en jurisdicción de Nindirí,
reinscrita bajo el No. 26000, Tomo : 18, Folios: 103/104, Asiento : 4.
Transferido en Asiento 5 a favor del Estado de la República de
Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952-2-14-000-18301. Sumando un área
registral de 25.00 Mzs., pero con un área catastral total de 13.76
Mzs.-- 5) Denominada Anexo de Monte Cristo, ubicada en jurisdicción de
. 2 FINIQUITO No. 145-98/6246
Nindirí, reinscrita bajo el No. 16106, Tomos: 18/159, Folios: 125-
127/125, Asiento: 5, con un área registral de 17.77 Mzs, pero con un
área catastral de 18.16 Mzs. Transferida en Asiento 6 a favor del
Estado de la República de Nicaragua. Parcela Catastral No. 2952 - 2 - 07-
000-04500. 6) Denominada Monte Cristo, ubicada en el Paraje denominado
Guanacastillo, sobre la carretera que conduce a Tipitapa, reinscrita
bajo el No. 21056, Tomo: 18, Folios : 105/112, Asiento: 8, comprendido
dentro de los siguientes linderos generales: NORTE: Alberto Barcenas,
antes Bertha Meza y Adela Cardenal de Sthatagen, SUR: Carlos Holmann,
Humberto Caldera, Sucesores de Rosa Vega, hoy María Antonia Bermúdez de
Caldera y Herederos de Humberto Caldera, ESTE: Melizandro Rojas y
después Francisco Rodríguez, hoy Bertha Meza, Domingo Rojas y Francisco
Jirón, carretera pavimentada de Masaya a Tipitapa de por medio, OESTE:
Carlos Hollmann, Sucesores de Humberto Caldera, Raúl Estrada y Las
Lomas de los Sucesores de Carlos Hollmann, con un área registral de
239.88 Mzs, pero con un área catastral de 248.77 Mzs. Parcela Catastral
No. 2952-2-07-000-07901 y 2952-2-07-000-07800. Todas de la Sección de
Derechos Reales del Registro Público de la Propiedad Inmueble del
DEPARTAMENTO DE MASAYA. II) BIENES MUEBLES : Consistente en
Maquinarias, Equipos Agrícolas, Cultivos en Proceso, que se encontraban
en las Fincas antes descritas al momento de la afectación, conforme
Declaración BIM. De acuerdo a criterios establecidos por la Junta
Directiva para valorar BIENES MUEBLES e INMUEBLES, se determina el
valor de los bienes Reclamados, en la suma de C$12,471,176.39 (DOCE
MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS CON
39/100). A la fecha de afectación la Sociedad reclamante no presenta
deudas con el Sistema Financiero Nacional y por no haber Bonos
Fraccionarios, se establece un SALDO NETO a favor de mi representada,
por la suma de C$12,4'71,200.00 (DOCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN
MIL DOSCIENTOS CÓRDOBAS NETOS). A ser pagados en Bonos de pago de
Indemnización emitidos por el MINISTERIO DE FINANZAS, para este fin.
Queda de esta manera solventado y finiquitado parcialmente el reclamo,
antes relacionado para con el Estado de la República de Nicaragua.
ING. ENRIQUE BO ÑOS GEYER Apoderado Gene alísimo de
NICOLAS Bolaños SUCESORES S.A.,
FELIP S PSON VAN Notario I del Estado
LE
Quedando pendiente otros bienes muebles e inmuebles. Por lo que en este
mismo acto cedo y traspaso a favor del Estado de la República de
Nicaragua, en nombre y representación de mi mandante, todos y cada uno
de los derechos de dominio y posesión, sus usos, estructuras,
servidumbres, anexidades y conexidades, comprometiendo a mi mandante al
saneamiento por evicción y renunciando a entablar cualquier acción
judicial o extrajudicial para reclamar derechos que sobre los bienes
antes descritos y pormenorizado tenga o pudiera tener en virtud de Ley
vigente o que en un futuro se publique. Y se solicita al Señor
Registrador Público de la Propiedad Inmueble del DEPARTAMENTO DE
MASAYA, que en base al Arto. 12 de la Ley No. 180, del doce de Julio de
mil novecientos noventa y cuatro, inscriba el presente finiquito, de
traspaso a favor del Estado. Leído el presente documento de finiquito
lo encuentro conforme, apruebo y firmo, en Representación de mi
poderdante, en tres tantos de un mismo tenor en la Ciudad de Managua, a
las nueve de la Mañana del día treinta de Marzo de Mil Novecientos
Noventa y Ocho.
CONSTANCIA NOTARIAL : LEON FELIPE SAMPSON VANEGAS. Abogado y Notario
Público debidamente autorizado por la Excelentísima Corte Suprema de
Justicia, para cartular el quinquenio que finaliza el nueve de
Septiembre del año dos mil uno, con funciones de Notario IV del Estado,
Certifica : Que la firma que antecede es auténtica y fue puesta por el
Ingeniero ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, a las nueve y diez minutos de la
mañana del día treinta de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Ocho.
[COPIA # 1 1
OFICINA DE CUANTIFICACION DE INDEMNIZACI
MINISTERIO DE FINANZAS
CERTIFICACION
NACIONALIDAD : NICARAGÜENSE SOLICITUD OCI : 6246
DR. ALEJANDRO RIOS CASTELLON. Director General de la Oficina de Cuantificación de Indemnización certifica la Resolución que literalmente dice:
Acta Resolutiva No. 468-09-98. En la ciudad de Managua a las tres de la tarde del día doce de Marzo de mil novecientos noventa y ocho. Reunidos los suscritos miembros de la Junta Directiva en las Oficinas del Ministerio de Finanzas, con el objeto de determinar sobre el Reclamo No. 2441 presentado por NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. Resoluciones Nos. 0365-93 y B-77-98 emitidas por la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones. En cumplimiento del Decreto 51-92/56-92 y la documentación presentada por la parte interesada se resuelve la Indemnización de: SEIS INMUEBLES RUSTICOS : (Terrenos, Estructuras, Usos, Anexos y Conexos) 1) No. 40540, Tomo: 18, Folio: 122-124, Asiento: 1, con un área de 33.04 Mzs. 2) No. 25998, Tomo: 18, Folio: 97-98, Asiento: 4, con un área de 13.50 Mts2. 3) No. 24683, Tomo: 18, Folio: 114-115, Asiento: 2, con un área de 2.27 Mzs. 4) Compuesto por tres lotes, a) No. 24371, Tomo: 18, Folio: 99 y 100, Asiento: 5. b) No. 25999, Tomo: 18, Folio: 101 y 102, Asiento: 6. c) No. 26000, Tomo: 18, Folio: 103 y 104, Asiento: 4, con un área total de 13.76 Mzs. 5) No. 16106, Tomo: 18, Folio: 125-127, Asiento: 5, con un área de 18.16 Mzs. 6) No. 21056, Tomo: 18, Folio: 105/112, Asiento: 8, con un área de 248.77 Mzs. Todos inscritos en la Sección de Derechos Reales del Registro Público del Departamento de Masaya. BIENES MUEBLES : Consistente en Maquinaria, equipos agrícolas, cultivos en proceso conforme declaración BIM. De acuerdo con el Arto. 4to. del Decreto 51-92, que establece como base el avalúo Catastral y según criterios establecidos por la Junta Directiva para valorar Bienes Muebles e Inmuebles, se determina el valor de los bienes en la suma de C$12,471,176.39 (DOCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS CON 39/100). A la fecha de afectación la sociedad reclamante no presenta deudas con el sistema Financiero Nacional.
COPIA # 1 I Pág. 2 CASO O.C.I. No. 6246
Por lo que se establece un SALDO NETO a favor de NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. por la suma de C$12,471,200.00 (DOCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) que deberán hacerse efectivo por medio de los "Bonos de Pago de Indemnización" emitidos por el MINISTERIO DE FINANZAS.
Las obligaciones que hayan sido contraídas entre la sociedad reclamante y un tercero, su cumplimiento será exigible únicamente a la sociedad reclamante, quienes han sido objeto de la presente indemnización, quedando de esta forma El Estado de la República de Nicaragua exento de responder por dichas obligaciones.
Líbrese certificación de ésta resolución a la parte interesada la cual le servirá para comparecer ante la TGR a fin de que se emitan los Bonos de Pago de indemnización hasta por la suma antes dicha, los que por disposición de Junta Directiva en sesión ordinaria del 20/97 del 2 Julio de 1997, se determinó que la emisión de Bonos será con la tasa cambiaria correspondiente al primer día del mes que se finiquitaron los bienes. Estando todos de acuerdo, la aprobamos, ratificamos y firmamos. Dr. Guillermo Arguello Poessy.- Dr. Luis Melendez.- Lic. María Lourdes Chamorro.- Dr. Enrique Guevara Ruíz (Srio.).-
Es conforme a su original con el cual fue debidamente cotejado y libro la presente Certificación en la ciudad de Managua, a los die ías del mes de marzo de Mil Novecientos Noventa y Ocho.
Dr. Alejan o Ríos C Director General O
Identifi ación
e acepta ón
Ministerio de Finanzas Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones
El suscrito Director de Indemnización de la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones (O.C.I.), en cumplimiento al Decreto Presidencial No.51-92 y al Arto.27 del Acuerdo Ministerial No.07-93, NOTI ICA la Resolución No.
Se le previene que de no estar de acuerdo con la Resolución notificada tendrá el término de diez días hábiles para interponer recurso de Reposición o de Revisión de conformidad al Arto.9 del Decreto No.51-92 y el Arto.38 del Acuerdo Ministerial No.07-93. Así mismo, en forma alternativa y excluyente a los recursos anteriormente mencionados, podrá hacer uso del procedimiento Arbitral dentro del término de treinta días hábiles contados a partir de la notificación, según Arto. 11 del Decreto No. 51-92.
En caso de aceptación deb documentación original relacionada con el caso.
Recibe:
Fecha de notificación
Fecha de aceptación
i
, 1,
BANCO NACIONAL
CONSTANCIA
OCI-DC-40-98
Por medio do la presente HACEMOS CONSTAR que NICOLAS BOLAÑOS
SUCESORES. S.A. (NBS) conocida como CASA COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS
SUCESORES. S.A., según revisión de nuestros registros crediticios a la fecha de
afectación de junio-85, NO TIENE ADEUDOS pendientes con nuestra institución.
A solicitud de parte interesada, extendemos la presente en la ciudad da Managua,
a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos noventa y ocho.
cc: Archivo Circular-OCI-02-98. 0.5.0.
Télex Internacional Tells.. 2671771 a! 9 y Fax: 2674222
BANADES : 2067 - 2078 2779310 al 19 Apdo.. 1447 - 328
FORMA No 15
BANCO NICARAGUENSE de Industria y Comercio
CONSTANCIA GC-0044-98
» Por este medio hacemos constar, que de acuerdo a nuestros
registros contables, archivos y dcumentos encontrados la sociedad
NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A. (NBS) conocida también como CASA
COMERCIAL NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A., no tiene obligaciones
pendientes de pago con nuestra Institución.
A solicitud de parte interesada y para los fines que estime
conveniente, extendemos la presente en la ciudad de Managua, a los
veintinueve días del mes de Enero de Mil Novecientos Noventa Y
Ocho.
RUTH 0BANDO MARTA
; GE ENTE DE CREDIÓ,
cc: Archivo
EDIFICIO OSCAR PEREZ CASSAR. CARRETERA A MASAs•A ELEFONCS 37:2730-35 APARTADO 549 CABLE- BAN C NOARAC,12A
RECIB DO Por:
Fech
?
CERTIFIC.ACION DE RESOLUCION emitida por la PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA de 27 de Mayo de 1993
Muy Atentamente,
Nicolás Bolaños Geyer
El Raizón 4 de Marzo de 1996
Lic. Ramiro Balladares Director OFICINA DE CAUNTIFICACION E INDEMNIZACIÓN VICEMNISTERIO DE LA PROPIEDAD Su Despacho
Estimado Lic. Balladares:
Soy Nicolás Bolaños Geyer, mayor de edad, casado, del domicilio de Las Esquinas, Diriamba del Departamento de Carazo, actuando en mi calidad de Represente Legal de la Empresa NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A.; y estando en tiempo ante usted comparezco y expongo:
1. Con fecha 25 de Octubre de 1990 en nombre de mi representada presenté Reclamo N° 2441 ante la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones, y en vista de que mi representada aún no ha recibido ninguna indemnización ni devolución, tal como lo ordena dicha COMISIÓN, en RESOLUCIÓN N° 0365-93 del 27 de Mayo de 1993, le pido a usted informarme sobre la situación de mi Reclamo.
2.- En breve tiempo volveré a presentar ante ustedes una lista detallada de los activos y sus valores reales que habían al momento de la afectación injusta.
Para notificaciones señalo las oficinas del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) ubicadas una cuadra abajo del Palacio de Comunicaciones, en Managua.
Sin más a que referirme me suscribo de usted, MINISTERIO DE FINANZAS
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
CERTIFICACION.
Oriel Soto Cuadra, Procurador de la Propiedad y Pres la Comisión Nacional de Revisión de Confiscaciones, cert resolución que literalmente dice : "Resolución No . 0365-93 . La Com Nacional de Revisión de Confiscaciones, integrada y restablecidas sus funciones de conformidad con el decreto 47-92 del 9 d septiembre de 1992, habiendo conocido el reclamo presentado por Doctor Nicolás Bolaños Geyer como apoderado de la Socie .d denominada NICOLAS BOLA:ÑOS SUCESORES S.A,Y CONSIDERANDO,I Qu- el Acuerdo. No. 248-92, emitido por la Presidente de la Repú lica Señora Violeta Batrios de Chamorro, el día 9 de Septiembre año próximo pasado, autoriza a esta Comisión para resolver los reclamos a que se refiere el mismo Acuerdo;II Que según informe de la dependencia administrativa a la que se le asignaron los bienes reclamados, consistentes en: inmuebles rústicos ubicados en Nindirí, e inscritos bajo los siguientes núffieros: 1) inmueble rústico denominado "El Mango", inscrito con el No. 40540, tomo 18, folios 122-124, Asto. 2do., 2) inmueble rústico denominado "La Caldera", inscrito con el No. 11618, tomo 18, folio 92-95, Asto. 6to., 3) inmueble rústico denominado "Catina", inscrito con el No. 25998, tomo 18, folio 97-98-212, As 5to., 4) inmueble rústico inscrito con el No. 24683, tomo 18, folio 114-115, Asto. 3ro., 5) inmueble rústico inscrito con el No. 24371, tomo 18, folio 99-100, Asto. 6to., 6) inmueble rústico inscrito con el No. 25999, tomo 18, folio 101-102, Asto. 7mo., 7) inmueble rústico inscrito con el No. 26000 tomo 18, folio 103-104, Asto. 4to., 8) inmueble rústico denominado "Anexos Montecristo" inscrito con el No. 16106, tomo 18, folios 125- 1 27, Asto. 6to., 9) inmueble rústico denominado "Anexos Montecristo", inscrito con el No. 40539, tomo 18, folio 119-12 1 , Asto. iro. 10inmueble rústico denominado "Anexos Montecristo" inscrito con e1 No. 22992, tomo 18, folio 128-130, Asto. 6to., 11) in7lueble rlisticn denominado "Guanacastillo", inscrito con el No. 17804, tomo 1 9, folio 116-117, Asta. 4to., 12) inmueble rústico denominado "Montecristn", inscrito con el No. 21056, tomo 18, folio 111-112, Acto. Svc., todos del Registro Público del Departamento de Masaya, estos no son factibles de devolución por haber sido transferidos a particulares con títulos que respaldan dicha tenencia, criterin Que esta Comisión considera razonable, debe entonces indemnizarse al reclamante, como lo disponen los Decretos números 51-92 y 56-92.POR TANTO ACUERDA Resuélvese favorablemente la solicitud presentada por el Doctor Nicolás Bolaños Geyer en el carácter antes exnresado, el día 25 de octubre de 1990, ante la Procuradur ía General de Justicia, identificada como reclamo No. 244 1 . Líbrese certificación al interesado, para que se presente ante la Oficina de Cuantificación de Indemnizaciones (0.0.1), del Ministerio de Finanzas, a tramitar la correspondiente indemnización.Managua, 27 de Mayo de 1993.CONTINUA EN LA PAGINA SIGUIENTE:
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
CONTINUACION: RESOLUCION No. 0365-93.
(f) O. Soto Cuadra.Oriel Soto Cuadra, Presidente.-(f) R.E.Fiallos. Rodolfo E. Fiallos, Miembro.- (f) Roberto Guzmán Vásquez. Roberto Guzmán Vásquez,Miembro.-".
Es conforme con su original, con el cual fue debidamente cotejada y para todos los efectos legalP , libro la presente certificación, en la Ciudad de Managu intiocho días del mes de Mayo d il novecientos noven
Casa Comercial Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.
Señores de la Comisión Nacional de Revisión Procuraduría General de Justicia Managua
Estimados señores:
Yo, Nicolás Bolaños Geyer, mayor de edad, casado, Doctor en
Farmacia, del domicilio de Las Esquinas, Jurisdicción de Diriamba,
Departamento de Carazo, de tránsito por esta ciudad respetuosamente
comparezco ante ustedes y expongo:
I - REPRESENTACION
Que según Escritura NQ 477 autorizada en la ciudad de Masaya
a las cuatro y media de la tarde del día dieciséis de Agosto
de mil novecientos ochenta y cuatro por el notario Dr. Ramón
Eliseo Núñez Hernández, la que se encuentra inscrita en Asiento
109, páginas de la 34 a la 40, Tomo III, Libro Tercero de
Poderes del Registro Mercantil del Registro Público de Masaya
con fecha diez de de Octubre de mil novecientos ochenta y
cuatro, soy APODERADO GENERALISIMO de la sociedad NICOLAS
BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA, sociedad que forma parte
del grupo de empresas conocidas como Grupo Bolaños-Saimsa.
Acompaño fotocopia de esta Escritura.
II CONSTITUCION E INSCRIPCION DE LA SOCIEDAD
La Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA fue
constituida en la ciudad de Masaya en Escritura N12 Setenta y
Nueve (79) autorizada por el Dr. Rodolfo Correa Lacayo a las
diez de la mañana del día Veinte y Dos de Abril de Mil
Novecientos Sesenta y Siete, con domicilio en la ciudad de
Masaya y reinscrita la Sociedad y sus Estatutos en Asiento NI?
22, páginas de la 254 a la 268, Tomo II, Libro Segundo Mercantil
de Reposiciones; y en Asiento NI? 33, páginas de la 233 a la
248, Tomo II, Libro de Personas de Reposiciones, reinscripciones
ambas del Registro Público de Masaya, el día Tres de Marzo de
Mil Novecientos Ochenta y Dos. Acompaño fotocopia de esta
Escritura.
Accionistas. Dr. Alejandro Bolaños Geyer
15 Sra. Patricia Davis de Bolaños
15 Dr. Alejandro Bolaños Davis
10 Lic. Patrick Bolaños Davis
20 Ing. Ricardo Bolaños Davis
10 Sr. Roberto Bolaños Davis
10 Sra. Amanda Bolaños Davis de Velázquez
10
Sra. Karla Bolaños Davis de Wallace
10
Dr. Nicolás Bolaños Geyer 50 Sra. Bárbara Jones de Bolaños 50 Ing. Enrique Bolaños Geyer 50 Sra. Lila Abaunza de Bolaños 50
Total de Acciones 300
III - TITULOS DE PROPIEDAD
NQ 40,540 - Finca El Mango - Comprada a Juan José Brenes.
Según Escritura Número Cuarenta y Ocho (48) autorizada en la
ciudad de Masaya a las cinco de la tarde del día Primero de
Febrero Mi 1 Novecientos Setenta y Siete por el Notario Dr. Rodolfo
Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito en Asiento
12, Finca NQ 40,540, Folios 122 al 124, Tomo XVIII del Libro
de Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro Público
de Masaya con fecha Seis de Octubre de Mil Novecientos Ochenta
y Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA,
es dueña en dominio legal de la Finca Rústica El Mango, Número
Catastral 2952-2-14-000-18502, de 33 Manzanas y 361 varas
cuadradas, en la jurisdicción de Nindirí; protegida sus tierras
contra la erosión mediante la construcción de de terrazas
comprendida dentro de los siguientes linderos linderos NORTE,
María Auxiliadora y Ramón Brenes; SUR, María Auxiliadora y Ramón
Brenes; ORIENTE, Sn Joge de Saimsa; y PONIENTE, resto de la
propiedad que se reserva el vendedor Juan José Brenes. Acompaño
fotocopia de esta Escritura, de la Certificación Catastral, de
la Certificación Registral y de la Libertad de Gravamen.
NQ 11,618 - Finca Caldera - Comprada a Chepita v. de Caldera.
Según Escritura Número Setenta y Cinco (75) autorizada en la
ciudad de Masaya a las Siete de la noche del día Once de Agosto
de Mil Novecientos Setenta y Seis por el Notario Dr. Agustín Vijil
Gutiérrez, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito en Asiento
62, Finca N2 11,618, Folios 92 al 95, Tomo XVIII del Libro de
Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro Público de
Masaya con fecha Cinco de Octubre de Mil Novecientos Ochenta y
Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA,
es dueña en dominio legal de la finca Número Catastral 2952-2-
14-000-34900, de Setenta y Cuatro (74) manzanas con Tres Mil
Seiscientas Setenta y Ocho (3,678) varas cuadradas de extensión
en la jurisdicción de Nindirí, protegidas sus tierras contra la
erosión mediante la construcción de muchos miles de metros
lineales de terrazas, dentro de los siguientes linderos generales:
NORTE, fincas de Trinidad Cerna, Saimsa y Salvador Osorno; SUR,
Isabel Robelo y Rosalpina de Boza; ORIENTE, Trinidad Cerna, Isaac
Rivas, Efrain Silva e Isabel Robelo; y PONIENTE, camino a Nindirí
de por medio, finca de Silvestre López, y Rosalpina de Boza.
2
Acompaño fotocopia de esta Escritura, de la Certificación
Catastral, de la Certificación Registral y de la Libertad de
Gravamen.
NQ 25,998 - Finca Catina - Comprada a Catalina Velázquez.
Según Escritura Número Trescientos Dos (302) autorizada en la
ciudad de Masaya a las cinco de la tarde del día Veinte y Ocho
de Agosto de mil novecientos setenta y tres por el Notario Notario
Dr. Rodolfo Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito
en Asiento 42, Finca N2 25,998, Folios 97 y 98 del el Tomo XVIII
del Libro de Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro
Público de Masaya con fecha Cinco de Octubre de Mil Novecientos
Ochenta y Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD
ANONIMA, es dueña en dominio legal de la finca número Catastral
2952-2-14-000-18400 de Trece y media (131) manzanas de extensión,
en la jurisdicción de Nindirí, protegida sus tierras contra la
erosión mediante la construcción de terrazas levantadas por mi
representada, dentro de los siguientes linderos generales: NORTE,
Finca Matríz de la señora Velázquez; SUR, Fidelina v. de Brenes;
ORIENTE, Línea férrea de por medio José Teodoro Matus; y PONIENTE,
Fidelina v. de Brenes. Acompaño fotocopia de esta Escritura, de
la Certificación Catastral, de la Certificación Registral y de
la Libertad de Gravamen.
N2 24,683 - En Nindirí - Comprada a Pedro Martínez.
Según Escritura Número Setenta y Dos (72) autorizada en la ciudad
de Masaya a las cuatro de la tarde del día Diez y Seis de Febrero
de mil novecientos setenta y siete por el Notario Notario Dr.
Rodolfo Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito
en Asiento 22, Finca N2 24,683, Folios 114 y 115 del Tomo XVIII
del Libro de Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro
Público de Masaya con fecha Cinco de Octubre de Mil Novecientos
Ochenta y Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD
ANONIMA, es dueña en dominio legal de la finca número Catastral
2952-2-14-000-18400 de Una y media (11) manzanas de extensión,
en la jurisdicción de Nindirí, protegida sus tierras contra la
erosión mediante la construcción de terrazas levantadas por mi
representada, dentro de los siguientes linderos generales: NORTE,
Octaviano Martínez; SUR, Delfina Gutiérrez de Membreño; ORIENTE,
San Jorge se Saimsa; y PONIENTE, camino de por medio, Sucesión
de Carlos Brenes. Acompaño fotocopia de esta Escritura, de la
Certificación Catastral, de la Certificación Registral y de la
Libertad de Gravamen.
N2 24,371; 25 999; 26,000 - Compradas a Ana Cuarezma de Noguera.
Según Escritura Número Trescientos Sesenta y Cuatro (364)
autorizada en la ciudad de Masaya a las nueve de la mañana del
día veintiuno de Diciembre de mil novecientos setenta y seis
3
por el Notario Notario Dr. Rodolfo Correa Lacayo, cuyo Testimonio
se encuentra reinscrito en Asiento 52, Finca N2 24,371, Folios
99 y 100, Tomo XVIII; en Asiento 6Q, Finca NQ 25,999, Folios 101
y 102, Tomo XVIII; en Asiento 4Q, Finca NQ 26,000, Folios 103
y 104, Tomo XVIII, todas del Libro de Propiedades, Sección de
Derechos Reales del Regitro Público de Masaya con fecha Cinco
de Octubre de Mil Novecientos Ochenta y Uno, la Sociedad NICOLAS
BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA, es dueña en dominio legal
de la finca número Catastral 2952-2-14-000-18301 de Veinte y Cinco
(25) manzanas de extensión, en la jurisdicción de Nindirí,
compuesta de tres lotes contiguos cuyas extensiones y linderos
son los siguientes: Lote a) de tres (3) manzanas de extensión;
NORTE, Delfina v. de Brenes; SUR, San Jorge de Saimsa; ORIENTE,
San Jorge de Saimsa; y PONIENTE, camino a Campuzano de por medio,
Fidelina Brenes; Lote b) de trece y media (131) manzana de
extensión; NORTE, Lote c) aquí descrito y deslindado; SUR, Lote
a) aquí descrito y deslindado; ORIENTE, Línea férrea de por medio, .
Teodoro Matus; y PONIENTE, María Auxiliador y Ramón Brenes; y
Lote c) de ocho y media (81) manzanas de extensión; NORTE, Resto
de la finca matriz de Ana Cuarezma;4SUR, Lote b),aquí descrito
y deslindado; ORIENTE, Línea férrea de por medio, Teodoro Matus;
y PONIENTE, camino a Campuzano de por medio, María Auxiliadora
y Ramón Brenes; protegida todas las tierras contra la erosión
mediante la construcción de terrazas levantadas por mi
representada. Acompaño fotocopia de esta Escritura, de la
Certificación Catastral, de la Certificación Registral y de la
Libertad de Gravamen.
NQ 16,106 - Anexo Montecristo - Comprada a Augusto López.
Según Escritura Número Treinta y Cinco (35) autorizada en la
ciudad de Masaya a las tres de la tarde del día veinte y seis
de Enero de mil novecientos setenta y siete por el Notario Notario
Dr. Rodolfo Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito
en Asiento 52, Finca NQ 16,106, Folios 125 al 127 del Tomo XVIII
del Libro de Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro
Público de Masaya con fecha Seis de Octubre de Mil Novecientos
Ochenta y Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD
ANONIMA, es dueña en dominio legal de la finca número Catastral
2952-2-07-000-04500 de diez y siete (17) manzanas siete mil
setecientas quince (7,715) varas cuadradas de extensión, en la
jurisdicción de Nindirí, protegida sus tierras contra la erosión
mediante la construcción de terrazas levantadas por mi
representada, dentro de los siguientes linderos generales: NORTE,
Humberto Arias; SUR, Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.; ORIENTE,
Nicolás Bol años Sucesores, S.A. camino enmedi o ; y PONIENTE, Carlos
Hol 1 man . Acompaño fotocopia de esta Escritura, de la Certificación
Catastral, de la Certificación Registral y de la Libertad de
Gravamen.
NQ 40,539 - Anexo Montecristo - Comprada a M. Antonia de Caldera.
Según Escritura Número Ciento Cinco (105) autorizada en la ciudad
de Masaya a las seis de la tarde del día ocho de Marzo de mil
novecientos setenta y siete por el Notario Notario Dr. Rodolfo
Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito en Asiento
1Q, Finca NQ 40,539, Folios 119 al 121, Tomo XVIII del Libro de
Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro Público de
Masaya con fecha Seis de Octubre de Mil Novecientos Ochenta y
Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA,
es dueña en dominio legal de la finca número Catastral 2952-2-
07-000-09204 de treinta y cinco (35) manzanas de extensión, en
la jurisdicción de Nindirí, protegida sus tierras contra la
erosión mediante la construcción de terrazas levantadas por mi
representada, dentro de los siguientes linderos generales: NORTE,
Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.; SUR, Petrona Flores; ORIENTE,
Nicolás Bol años Sucesores, S.A. camino enmedi o ; y PONIENTE , Nicolás
Bolaños Sucesores, S.A. Acompaño fotocopia de esta Escritura,
de la Certificación Catastral, de la Certificación Registral y
de la Libertad de Gravamen.
NQ 22,992 - Anexo Montecristo - Comprada a Raúl I. Estrada C.
Según Escritura Número Cincuenta y Ocho (58) autorizada en la
ciudad de Masaya a las dos y treinta minutos de la tarde del día
nueve de Febrero de mil novecientos setenta y siete por el Notario
Notario Dr. Rodolfo Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra
reinscrito en Asiento 62, Finca NQ 22,992, Folios 128 al 130,
Tomo XVIII del Libro de Propiedades, Sección de Derechos Reales
del Regitro Público de Masaya con fecha Seis de Octubre de Mil
Novecientos Ochenta y Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES,
SOCIEDAD ANONIMA, es dueña en dominio legal de la finca número
Catastral 2952-2-07-000-07700 de treinta y tres (33) manzanas
nueve mil setecientas setenta y cinco (9,775) varas cuadradas
de extensión, en la jurisdicción de Nindirí, protegida sus
tierras contra la erosión mediante la construcción de terrazas
levantadas por mi representada, dentro de los siguientes linderos
generales: NORTE, Genaro Ramírez y Carlos Hollman; SUR, Nicolás
Bol años Sucesores, S.A.; ORIENTE, Ni col ás Bol años Sucesores , S.A.;
y PONIENTE, Carlos Hollman. Acompaño fotocopia de esta Escritura,
de la Certificación Catastral, de la Certificación Registral y
de la Libertad de Gravamen.
N2 17,804 - Guanacastillo - Comprada a Chepita v. de Caldera.
Según Escritura Número Ciento Cuatro (104) autorizada en la ciudad
de Masaya a las cinco de la tarde del día ocho de Marzo de mil
novecientos setenta y siete por el Notario Notario Dr. Rodolfo
Correa Lacayo, cuyo Testimonio se encuentra reinscrito en Asiento
4Q, Finca NP 17,804, Folios 116 y 117, Tomo XVIII del Libro de
Propiedades, Sección de Derechos Reales del Regitro Público de
5
Masaya con fecha Seis de Octubre de Mil Novecientos Ochenta y
Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA,
es dueña en dominio legal de la finca número Catastral 2952-2-
°7-000-09202 de veinte y cuatro (24) manzanas cinco mil doce
(5,012) varas cuadradas de extensión, en la jurisdicción de
Nindirí, protegida sus tierras contra la erosión mediante la
construcción de terrazas levantadas por mi representada, dentro
de los siguientes linderos generales:' NORTE, Nicolás Bolaños
Sucesores,S.A.; SUR, Ramiro Suazo; ORIENTE, Juan Mercado, Nicolás
Bolaños Sucesores, S.A.; y PONIENTE, Sucesores de Manuel Caldera
R. Acompaño fotocopia de esta Escritura, de la Certificación
Catastral, de la Certificación Registral y de la Libertad de
Gravamen.
NQ 21,056 - Montecristo - Comprada a Nicolás Brenes R.
Según Escritura Número Docientos Noventa y Siete (297) autorizada
en la ciudad de Masaya a las dos de la tarde del día veinte y
ocho de Septiembre de mil novecientos setenta y seis por el
Notario Notario Dr. Rodolfo Correa Lacayo, cuyo Testimonio se
encuentra reinscrito en Asiento 8P, Finca NP 21,056, Folios 105
al 112, Tomo XVIII del Libro de Propiedades, Sección de Derechos
Reales del Regitro Público de Masaya con fecha Cinco de Octubre
de Mil Novecientos Ochenta y Uno, la Sociedad NICOLAS BOLAÑOS
SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA, es dueña en dominio legal de las
fincas número Catastral 2952-2-07-000-07901 y2952-2-07-000-07800
de doscientas treinta y nueve (239) manzanas con ocho mil
cuatrocientas cuarenta y cinco (8,445) varas cuadradas de
extensión, en la jurisdicción de Nindir 4 , protegida sus tierras
contra la erosión mediante la construcción de terrazas levantadas
por mi representada, casa hacienda, y bodega, dentro de los
siguientes linderos generales: NORTE, Al berto Bárcenas ; SUR, Marfa
Antonia de caldera; ORIENTE, Domingo Rojas, carretera de por
medio;y PONIENTE, Carlos Hollman. Acompaño fotocopia de esta
Escritura, de la Certificación Catastral, de la Certificación
Registral y de la Libertad de Gravamen.
SUMAN AREA DE TODAS ESTAS FINCAS 498 Mzs y 4,986 V 2
IV - AFECTACION ARBITRARIA
Desde la fecha de adquisición de cada una de estas propiedades,
las mismas estuvieron bajo el dominio y posesión de la sociedad
que represento y se dedicaban a cultivos agrícolas, especialmente
al cultivo del algodón dentro de las normas productivas y
administrativas del Grupo Bolaños-Saimsa, ampliamente conocido
en Nicaragua por su tradicional alta eficiencia y productividad
en el cultivo de ese rubro. El día viernes 14 de Junio de 1985
6
el Comandante Jaime Wheelock, en aquel entonces Ministro del
MIDINRA, durante una intervención de tipo político en Masaya
declaró zona de Reforma y Desarrollo Agropecuario la mitad norte
del Departamento de Masaya con un área aproximada de 323 km 2
(unas 42,000 manzanas de tierra agrícola y ganadera, una vez
restadas las manzanas de lava o piedra quemada). Ese mismo día,
sin mediar ninguna notificación y sin haberse entregado ningún
Decreto de afectacíon, confiscación, intervención, requisación
o expropiación a mi representada, todas las propiedades arribas
descritas y deslindadas y que pertenecen a la sociedad que
represento, fueron tomadas ILEGAL Y ARBITRARIAMENTE por los
agentes del MIDINRA, sin permitir acceso a las fincas a ninguna
persona vinculada al Grupo Bolaños-Saimsa. No fue sino hasta el
día 17 del mismo mes y año que se recibió CEDULA DE NOTIFICACION
firmada por Miguel Gómez Delgadillo como delegado del MIDINRA
en la IV Región, en la que notificaba a mi representada que la
"Propiedad MONTECRISTO Y ANEXOS, inscrita bajo números 16,106,
Tomo 18, Folios 125-127, Asiento 5P y 21,056, Tomo 18, Folios
105 a 112, Asiento 8P fue declarada afecta para fines de Reforma
Agraria..", amparado el Ministro en Decreto N2 782 de la J.G.R.N.
También con fecha 17 de Junio de 1985 mi representada recibió
CEDULA DE NOTIFICACION firmada por miguel Gómez Delgadillo como
delegado del MIDINRA en la IV Región, en la que notificaba a
mi representada que "... su propiedad conocida como SAN JORGE,
compuesta de varios lotes, Inscrita en el Registro Público de
7a Propiedad Inmueble del Departamento de Masaya bajo los
siguientes números a) Número 24,371 (..); b) Número 25,999 (..);
c) Número 24,371 (..); d) Número 25,999 (..); e) Número 26,000
(..); f) Número 25,998 (..); g) Número 24,683 (..); h) Número
40,540 (..) fueron declaradas afectas para fines de reforma
Agraria, en aplicación del Decreto 782... ". Esta última
notificación muestra errores al repetir números registrales de
propiedes cometidos por el notificador del MIDINRA.
Mi representada no ha recibido ninguna notificación de ninguna
clase en la que se le informe acerca de la afectación para fines
de Reforma Agraria o para ningún otro fin, de las Propiedades
Números 11,618, 40,539, 22,992 y 17,804 descritas y deslindadas
en el punto III de este documento las que también fueron tomadas
ilegal y arbitrariamente por los agentes del MIDINRA sin mediar
ninguna notificación ni compensación de ninguna clase. Además,
las Certificaciones Registrales fechadas en Junio y Julio de 1990
muestran que éstas aún están inscritas a nombre de mi
representada. La N221,056, a pesar de haber sido declarada afecta
para fines de reforma Agraria, la Certificación Registral de 7
de Junio de 1990 muestra que aún está inscrita a nombre de mi
representada..
7
Catorce días después de la toma de las fincas, el día viernes
28 de Junio de 1985, el MIDINRA, por medio de sus agentes, sin
mediar ningún decreto de expropiación ni de ninguna otra clase,
toma por asalto, manu militari, el Plantel Saimsa y se apropia
así de absolutamente todos los haberes de las empresas del Grupo
Bolaños-Saimsa, incluyendo los haberes de mi representada que
se encontraban en ese plantel. Todo esto fue ampliamente reportado
en esos días por los medios de comunicación locales y por algunos
extranjeros. Nicaragua entera reconoció -y reconoce- que esto
fue hecho por el sandi ni smo como un acto de venganza o revanchismo
político contra los dueños de las empresas del Grupo Bolaños-
Saimsa, la familia Bolaños.
De las 42,000 manzanas declaradas afectas por razones de Reforma
Agraria todas las tierras que pertenecen al Grupo Bolaños-Saimsa
y algunas tierras de terceras personas que cultivaba el Grupo
Bolaños-Saimsa fueron quitadas a sus legítimos dueños por ese
acto del Ministro. Sin embargo, el Grupo Bolaños-Saimsa fue
desalojado por el MIDINRA de todas las tierras propias y ajenas
que en ese momento cultivaba aunque, como se dijo antes, a la
postre no todas las tierras pertenecientes a otros dueños fueron
quitadas o expropiadas o confiscadas o afectadas por el MIDINRA,
como lo fueron todas las tierras del Grupo Bolaños-Saimsa lo que
confirma que la afectación a mi representada no fue más que un
acto de venganza o revanchismo político por la clara y manifiesta
oposición que los miembros de la familia Bolaños, dueños de las
empresas del grupo Bolaños-Saimsa, hacían a la política
desacertada del Gobierno Sandinista en cuanto al manejo de la
cosa pública, a la destrucción del país y contra el capricho
sandinista de querer imponer a los nicaragüenses la ideología
marxista-leninista cuya principal meta económica es la abolición
de la propiedad privada. La afectación la considero pues,
arbitraria, ilegal e injusta, que es también como la califica
el gran jurado nacional: la opinión pública.
V - ACTIVOS CONSUMIDOS POR MIDINRA
Al tomar por asalto el Plantel Saimsa, además de la toma de las
fincas de mi representada, el MIDINRA se posesionó de todos los
activos, de los registros contables, de los archivos, de las
existencias de productos en bodega y tránsito, de los cultivos
que ya estaban en proceso, de los saldos de cuentas por cobrar,
y en fin, de todos los activos de la empresa.
El 11 de Julio de 1985, el Presidente del Banco Central ordenó
liberar las cuentas de depósitos y valores intervenidos y
congelados en los Bancos por el MIDINRA. Mi representada pudo
así posteriormente retirar sumas de dineros de estos depósitos
y al momento de efectuarse la devolución de los bienes de mi
representada, estas sumas deberán ser deducidas de los activos
circulantes reclamados. Ver fotocopia de telegrama del Presidente
del banco Central adjunto.
Cultivos en Proceso. Al momento de la afectación y pérdida de
las propiedades arriba descritas y deslindadas, o sea, al día
14 de Junio de 1985, todas las fincas Montecristo-Guanacastillo
y Anexos se encontraban siendo sembradas con sorgo para ese ciclo
agrícola 1985-86. Ya se encontraban físicamente sembradas 152
mzs. cuando la afectación interrumpió el trabajo de siembras.
El resto de las propiedades estaba siendo preparado para la
siembra de algodón 1985-86.
Equipos. Se incluyen en este punto los activos rodante y agrícola
que por su naturaleza y tamaño pueden ser objeto de fácil traslado
y reubicación. En el Plantel Saimsa y en poder de los
administradores estatales de ese Plantel se encuentra la lista
detallada de los mismos, la fecha de adquisición de cada uno,
la depreciación acumulada y el valor neto en libros de acuerdo
al valor del córdoba de las diferentes fechas de adquisición.
Mi representada reclama todos estos equipos los que deberán ser
entregados con ajuste a los inventarlos basado en los registros
contables y sin daños extraordinarios.
Todos los siguientes saldos son tomados del Balance de
Comprobación que se encuentra en la computadora de Saimsa
(Registros Contables) que aúnestá en poder de los administradores
estatales del Plantel Saimsa.
Documentos y Cuentas por Cobrar C$ 187,982.59
Cuentas por Cobrar a Socios No
Deudores Diversos (Miembros del Grupo
Bolaños-Saimsa) No
Adelantos a Empleados (No Bolaños) 5,854.56
Adelantos para Gastos y Trabajos 267,467.00
Inventarios de Productos y Repuestos 5,049,429.56
Cultivo de Algodón en Proceso 269,100.00
Otros Cultivos en Proceso (Sorgo) 807,801.40
Reclamo a Nimac Pendiente 15,477.16
Bienes Muebles 909,856.34
Equipo Agrícola 4,048,586.04
Equipo Rodante 601,338,00
Mobiliario y Equipo de Oficina 12,225.20
Otros Equipos 195,389.47
Herramientas y Equipos de Servicio 34,939.75
Suman Sub-Total C$ 12,405,447.07
Cuentas a Pagar a Proveedores
C$ 471,726.54
Cuentas a Pagar al BND (Habilitación)
1,536,169.26
Depreciaciones Acumuladas
3,981,722.12
Suman Deducciones al Pasivo 5,989,617.92
VALOR NETO DE ACTIVOS
USADOS POR EL MIDINRA C$ 6,415,829.15
(No todos los valores son a valor del córdoba del 14 de Junio de 1985, sino que algunos son de valor del córdoba de antes de 1979)
No existió nunca ninguna resolución ni notificación a mi
representada de parte de ningún ente estatal que pretendiera
actuar con algún viso de legalidad para expropiar, confiscar,
o requisar estos activos. El MIDINRA simplemente los tomó por
asalto con la amenaza y uso de la fuerza bruta.
Sabemos que el MIDINRA canceló al Banco Nacional de Desarrollo
el saldo deudor de C$ 1,536,169.26 y por lo tanto se deduce de
los activos que tomó de la empresa. Se asume que los saldos a
pagar a Proveedores fueron pagados por el MIDINRA. Ajustes
necesarios deberán hacerse al momento de efectuarse la devolución
de los bienes de la empresa, de acuerdo a estos saldos pasivos
que puedan haber sido cancelados o no por el MIDINRA.
Retenciones Agropecuarias. Al momento de la afectación, la empresa
tenía depositados en la Dirección General de ingresos la suma
de C$ 541,631.52 en la forma de retenciones Agropecuarias para
responder por impuestos cuyo monto no fue calculado porque los
registros contables quedaron en poder del MIDINRA y se sabe que
no hicieron las declaraciones correspondientes de impuestos de
la empresa Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.
VI - ALEGATO
La Ley de reforma Agraria fue sancionada el 19 de Julio de 1981;
el 12 de Octubre de 1981 se emitió el Reglamento de los Tribunales
Agrarios. Después, el 16 de Octubre de 1981 se dictó el Reglamento
de la Ley Agraria y por último, el 18 de Mayo de 1984 se emitió
el Reglamento al Capítulo VI de la Ley de Reforma Agraria.
Garantías a la Propiedad.
Los Artos. 24 a 26 de la Ley de Reforma Agraria permiten al
Ministro declarar Zona de Desarrollo Agropecuario y Reforma
10
Agraria una zona específica del país, dentro de la cual se
desarrolle un plan de producción, de ordenamiento territorial,
irrigación y/o asentamiento poblacional, facultándolo, entre otras
cosas, a emitir regulaciones especiales sobre la tenencia de la
tierra, pero sin que ninguno de ellos, ni ninguna otra Ley, lo
faculte para decretar expropiaciones o confiscaciones, menos aún
en relación a la propiedad eficientemente explotada ya que la
Ley de Reforma Agraria en su Arto. 12 dice: "La presente Ley
garantiza la propiedad a todos aquel los que la trabajan productiva
y efícientemente,
Esta garantía se encuentra reforzada por los Artos. 27 del
Estatuto de Derechos y Garantías de los Nicaragüenses, por el
Arto. 21 de la Convención Americana de los Derechos Humanos (Pacto
de San José) y por el Arto. 17 de la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, incorporados éstos dos últimos a nuestra
legislación.
Nicolás Bolaños Sucesores, S.A. Trabajaba con Eficiencia y
Productividad.
A fuerza de trabajo, técnica y honradez el Grupo Bolaños-Saimsa
llegó a ser uno de los más eficientes y prósperos en Nicaragua
en la industria del cultivo y proceso del algodón en la zona
oriental (los Departamentos de Managua, Masaya y Granada) que
todos sabemos que no es la mejor zona agrícola para ese cultivo
en el país. Sin embargo, la alta productividad obtenida en esta
zona por el Grupo Bolaños-Saimsa ha sorprendido a los círculos
agrícolas y económicos del país y era objeto de elogios, estudios
y análisis para derivar modelos por instituciones como el INCAE.
Hasta el día de la intervención estatal, el Grupo gozaba de una
indiscutible solvencia moral, económica y prosperidad. Todas sus
tierras se preparaban y cultivaban con esmero y ejemplar técnica
y no existía pues, ninguna justificación legal ni moral para no
respetar lo prescrito en el Arto. 12 de la Ley de Reforma Agraria.
Lo actuado por el MIDINRA fue por razones políticas de venganza
y castigo.
Propiedades N2 11,618 - 40,5391 22,9921 17,804 y 21,056 Aún
Inscritas a Nombre de Mi Representada.
Tal como consta en las Certificaciones Registrales emitidas el
24 de Junio de 1990, el 7 de Junio de 1990, el 24 de Julio de
1990, el 7 de Junio de 1990 y el 4 de Junio de 1990 (adjuntas
a este documento) las propiedades N2 11,618, 40,539, 22,992,
17,804 y 21,056 aún están inscritas a nombre de mi representada
y no a nombre del Estado de la República de Nicaragua, a pesar
de que fueron tomadas "de facto" por el MIDINRA desde el 14 de
Junio de 1985.
11
Mi Representada no recurrió a los Tribunales.
Mi representada no recurrió a los tribunales (Tribunal Agrario)
no porque no creyera que no le asistía la razón sino porque mi
representada sabía que el régimen sandinista no proporcionaba
la oportunidad en igualdad para obtener justicia. Durante el
régimen sandinista, el afectado sabía de antemano que las
autoridades y tribunales agrarios eran jueces y parte interesada:
Todos pertenecían y dependían del Ministerio de Desarrollo
Agropecuario y Reforma Agraria y estaban cubiertos por su
presupuesto.
Además, los fallos de los Tribunales Agrarios se fundamentaban
en el dictamen pericia] del mismo MIDINRA, apartando toda prueba
que pudo haber aportado el afectado. En el Diario LA PRENSA del
6 de Julio de 1985 el Dr. Ciro Orozco Berríos, entonces Presidente
del Tribunal Agrario, confirma esta aseveración al Presidente
de la Corte Suprema de Justicia cuando dijo: "Preguntado por
e7 Presidente de 7a Corte Suprema de Justicia cuál es e7
procedimiento para calificar como errada o acertada 7a decisión
de7 MIDINRA para expropiar o confiscar, Orozco dijo que e7
Tribuna/ recurre a dictámenes técnicos y legales de funcionarios,"
El procedimiento iba acompañado de un artificial malestar agrario
que recibía amplia publicidad de parte de los órganos de prensa
hablada y escrita del gobierno sandinista, callando con censura
a los órganos independientes. Es por eso que en esos días el
Diario LA PRENSA fue censurado veinte y seis (26) veces con
relación a las instancias del caso del Grupo Bolaños-Saimsa.
Tal como se explicó al inicio de estos alegatos, el 18 de mayo
de 1985 el Ministro Jaime Wheelock creó un nuevo Reglamento para
el Capítulo VI de la Ley de Reforma Agraria para poder expropiar
todas las propiedades que se encontrasen dentro de una zona
declarada por él mismo como zona de Desarrollo Agropecuario o
de Reforma Agraria. El Ministro no tenía facultades para legislar
al momento de hacer el Reglamento, pero así lo hizo convirtiéndose
en legislador, en juez y en ejecutor o administrador. Según este
Reglamento, los afectados no podían alegar nada sobre las causas
de la afectación, ni podían esgrimir argumentos acerca de la
eficiencia de la explotación agrícola y solamente admitían
alegatos relacionados con el hecho de que el predio afectado
estaba o no dentro de la zona en cuestión, o bien sobre los
cálculos de la indemnización.
Como prueba de que el Ministro del MIDINRA no tenía facultades
de afectar, es decir, confiscar o expropiar bienes rústicos con
base a una "Declaración de Zona de Desarrollo Agropecuario" al
momento de la afectación de mi representada (Junio 14 de 1985),
12
es el hecho que con posterioridad se dictó la nueva Ley de Reforma
Agraria que viene a llenar este vacío (Ley NO 14 visible en La
Gaceta, Diario Oficial, NQ 8 de 13 de Enero de 1986). Esta nueva
ley, en mi opinión, concede al Ministerio del ramo facultades
de disposición sobre nuestra tierra nicaragüense casi equivalente
a las que disfrutaron los más contumaces nobles medievales.
No había pues, igualdad en un proceso donde la parte contraria
es quien inicia la demanda (demandante) y al final del proceso
es quien falla (Tribunal Agrario) y no permite un recurso como
el de amparo para que se revisen las actuaciones del demandante-
juez (autoridades y Tribunal Agrario). Por falta de equidad de
estos tribunales, mi representada no apeló su caso.
VII - RECLAMO
Mi representada no ha recibido ninguna compensación monetaria
ni de n i nguna otra clase como pago de la afectación, expropiación,
confiscación, requisación o toma de todos los haberes de la
empresa.
Considerando que la expropiación, confiscación, requisación o
afectación es arbitraria, injusta e ilegal, en nombre de mi
representada y amparado en el Decreto 11-90 de 11 de mayo de 1990,
presento ante ustedes este RECLAMO DE REVISION a fin de que
mediante un estudio de la situación planteada, y con apego al
derecho y a la verdad, se revise la afectación y en base a ello:
1 Se dicte la resolución en la que se declare que todas las
fincas descritas y deslindadas en el punto III de este
documento son propiedad exclusiva de la sociedad CASA COMERCIAL
NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA (NBS) y que se
reconozca el derecho sobre dichos bienes inmuebles y se ordene
la devolución de los mismos ordenando a quien los posea o
detente, o al Ministerio del caso que por herencia legal
detente la posesión, a que sean entregados de inmediato a la
sociedad reclamante y que se cancelen las inscripciones en el
Registro Público correspondiente donde se encuentran inscritos
a nombre del Estado de la República de Nicaragua y que se
inscriban a nombre de mi representada CASA COMERCIAL NICOLAS
BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA.
2. Se cancele a mi representada la suma de C$ 6,415,829.15, según
los valores del córdoba de acuerdo a los registros contables
de la empresa, registros que están en poder de los
administradores estatales que administran el Plantel Saimsa,
más los intereses de ley desde esa fecha hasta el momento de
13
la cancelación, suma correspondiente a los conceptos
presentados en el punto V - ACTIVOS CONSUMIDOS POR EL MIDINRA,
detallados en esta solicitud-reclamo.
3. Como parte del Punto 2 (anterior), que se haga entrega material
a mi representada el inventario completo de los equipos
detallados en los registros contables de la empresa al 28 de
Junio de 1985, o en su defecto, les valores de reposición.
4. Se haga entrega material a mi representada de todos los activos
que aparezcan debidamente registrados al 28 de Junio de 1985
en los Regitros Contables de la Empresa, registros que aún
están en poder de los administradores estatales que administran
el Plantel Saimsa donde se guardan todos estos registros.
5 Se haga entrega material a mi representada de todas sus fincas
que a pesar de encontrarse inscritas en el Registro Público
de la Propiedad a nombre de mi representada ; se encuentran
confiscadas "de hecho".
VII - INCLUSIONES
Acompaño fotocopias de todos los documentos exigidos por el
Decreto N2 1090 en el que baso esta petición:
1 Fotocopia de Cédula de Notificación de Expropiación fechada
el 14 de Junio de 1985, recibida el 17 de ese mismo mes y año,
en la que se le hace saber a mi representada que según el
Decreto N2 782 de la Junta de Gobierno de Reconstrucción
Nacional, se declara afecta para fines de Reforma Agraria la
finca San Jorge N2 24,371, 25,999, 24,371, 25,999, 26,000,
25,998, 24,683 y 40,540 del Registro Público de Masaya.
2 Fotocopia de Cédula de Notificación de Expropiación fechada
el 14 de Junio de 1985, recibida el 17 de ese mismo mes y año,
en la que se le hace saber a mi representada que según el
Decreto N2 782 de la Junta de Gobierno de Reconstrucción
Nacional, se declara afecta para fines de Reforma Agraria la
finca Montecristo y Anexos inscritas en NQ 16,106 y 21,056 del
Registro Público de Masaya.
3 Fotocopia del Poder Generalísimo de CASA COMERCIAL NICOLAS
BOLAÑOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONIMA, a favor del Dr. Nicolás
Bolaños Geyer.
4 Fotocopia de Escritura de Constitución de la Sociedad CASA
COMERCIAL NICOLAS BOLAMOS SUCESORES, SOCIEDAD ANONOMA.
14
5 Fotocopia de Escrituras de Compra-Venta de todas las fincas
descritas y deslindadas en el punto III de este documento,
junto con las fotocopias de las Certificaciones Catastrales,
de las certificacione Registrales y de las Libertades de
Gravamen correspondientes..
6 Fotocopia de Balance de Comprobación cortado al 30 de Junio
de 1985.
7 Certificación emitida por el Banco Nacional de Desarrollo en
la que consta que al día 14 de Junio de 1985 mi representada
debía la suma de C$ 1,536,169.26 correspondientes a Garantías
Bancarias para la compra de agroquímicos.
8 Certificación emitida por el Banco Nacional de Desarrollo en
la que consta que al día 1 de Julio de 1990 mi representada
no tenía ningún adeudo con esa institución.
Managua Veititrés de Octubre de Mil Novecientos Noventa.
Sel'-',alo para oír notificaciones en la ciudad de Managua las Oficinas
del Consejo Superior de la Empresa Privada (COSEP) ubicadas del
Restaurante Terraza media cuadra al Lago. Teléfonos 27419, 27130,
27916 ó 23510.
15
•
•
•
Impuesto sobre la Renta 40% de 1,400.999.22
UTILIDAD DESPUES DE I R-
REPRESENTANTE LEGAL CONTRA
( 560.399.69)
C$ B40.5 9.53
"NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES,. S. A."
ESTADO DE RESULTADOS POR EL PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE JULIO/83 AL 30 DE JUNIO/84
VENTA S: 16,540.085.30 DE ALGOLON 8,886.528.80
Oro 6,054.74 qqs. C$8,356,317,20 Semilla 8,836.86 " 530,211.60
DE SERVICIOS 7,653.556.50
Tractoreos
M E N O S: COSTO DE VENTAS (13,806.°85035)
De algodón cultivado 6,523.892.99 De tractoreos 7,282.992.34
Equipo agrícola 5,607.488.15 Costos de operación taller1,675.504.19
c$ UTILIDAD BRUTA EN VENTAS.
MENOS:
2 9 733.199.97
GASTOS DE OPERACION ( 1,373.123.31)
Gastos de administración 912.103.04 Gastos financieros 425.079.03 Otros gastos 35.941.24
UTILIDAD DE OPERACION- 1,360.076.66
M A S:
Otros ingresos
40.922.56
MENOS:
UTILIDAD ANTES DE I.R• Cli; 1,400.999.22
!tomo Polio !asiento
XVIII 105/112 8vo. 3 NtImera Registro
21056
500,000 .00 nnn el o re rt r:relotn! - •
en laz ccmi
PROPIEDAD
1Núm•ro RUC
090567-9503 DECLARANTE
2 Nombre o Razón Social
NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S.A.
4 N disecznt.a.stb n31.2d8515 -000-pfloi
5 Ubicación/Dirección flirtea 6 Vivienda
Granacastillo Depto. de Masaya. 7 01,14670 legal 8 racha adquirida X-)
II, ,,,,..,„0RUC y nombre ni no es dr.,! 51rterna Fi
p 11 17
SI rt—(1 NO
1 9 El valor en casilla 10 es
7 .Cnratrcl Estimado II> Valor 500,00C.00
12 b .... • . • •
12c
tomo tcUn
XVIII 114-115 2do. 14 NIIrnero Jtastral re?,,,,Cia
2952-2-14-000-18100 i
rs Vivienda
n -;ro
SI
e 1/ ocho adquirida *) 'a El maio !, i110 10 es le Valor *)
1 2 1+683 ,,
Nindirí Depto. de Masaya. I", nttl0 nqa,
Lx_ • SI Dr_ CII° RUC y nombre si no es miel ...Interna Sinanciern Nacinnal
p O II b
e c II o a S
XI ea/astral Estimado 6,000.00
12 a Saldo no constoncla
12b
t I20
En caso de condominios, el declarante indicará su porcidn del valor en casilla 10
y de los saldos hipotecarios en las casillas correspondientes
13 Saldo total 41)
6,000.00
MST II O DE Direccion General de Ingresos lDECLARAC1ON UNICA D'E 1 SR /1PN
r1
( Anexo: 1 )
PROPIEDAD
3 Número Registro Pomo !tollo !aiento
24371-25999-26000 XVIII 99/104 5to-6to-4to. 4 Número catastral o referencia de mapa
2952 -2 - 14 —.000A8301
5 Ubicacidn/Direccidn Nsi09
Nindirí Depto. de Masaya. 6 Vivienda
—1st FINO 7 Dueño legal 8 Fecha adquirida *) 9 EI valor si" casilla
•
10 os 10 Valor *)
100,000.00 Ti SI NO *) 71Catastra1 1--- Estimado
i .
P o
C a s
H 111.,
n
Aniierior r I4° RUC y nombre si no as del Sistarno cinanciero Nacirrol )
l o
1 lo
12 a Saldo según constancia
. . . .
12 n
lh. . .. . .. .... ..... ..
12
+
En caso de condominios, el declarante indicará su porcidn del valor en casilla y de los saldos hipotecarios en las casillas correspondientes
10 13 Soldo total )4-)
= 100,000.00
*) LEASE EL INSTRUCTIVO AL DORSO
B Nombre o Razón Social C La persona Indicada es
7 DUEÑO LEGAL [ ] VENDEDOR
B Nombren Razón Social C La persona indicada es
N° Registro A Número RUC
D Dirección completo
7 DUEÑO LEGAL n VENDEDOR
O Dirección completa
N° Registro A Número RUC
A Número RIJO
• Nombre o Razón Social C Lo persona indicada es
DUEÑO LEGAL n VENDEDOR
• Dirección completa
PROPIEDAD
3 Número Registro tomo Ifolio I asiento
40539 XViii 119/121 1ro. 4 Número catastral aterencla de mapa
2952-2-07-000-0920k 5 Ubicación/ Dirección física
Guanacastillo Depto. de Masaya. 6 Vivienda
—1 SI N
7 Dueño legal
SI ri N O *) f
8 Fecha adquirida *) 9 El valor en casilla
Catastral
10 es 10 Valor *)
130,000.00 X Estimado I =•—
p.o
.- 0
00
cn
11 a Acreedor (N° RUC y nombre si no es del Sistema Financiero Nacional )
I I b
II c
le a Saldo según constancia
12b
-I-
12c
1"
En caso de condominios, el declarante indicará su porción del valor en casilla 10
y de los saldos hipotecarios en las casillas correspondientes•
13 Saldo total *)
= 130,0G0.00
PROPIEDAD
3 Número Registro !tomo folio 'asiento
17804 XVIII 116-117 . 4to. 4 Número catastral o referencia de mapa
2952-2-07-000-09202
5 Ubicación/Dirección física
Guanacasfillo Depto. de Masaya. 6 Vivienda
1 st ribo 7 Dueño legal 8 Fecha adquirida *) 9 El valor en casillo10 es
— 10 Valor *)
298,150000 X Si I NO *) ~— Catastral X Estimado
1-1 Í
p o Y e o
_,
llo Acreedor (N° RUC y nombre si no es del Sistema Financiero Nacional)
II b
.1 it c
12a Sal do según constancia
12b
+
I2c
4"
En caso de condominios, el declarante indicará su porción del valor en casilla 10 y de los saldos hipotecarios en las casillas correspondientes ,
13 Saldo total *)
= 298,150.00
%) VALORESY SALDOS DE PROPIEDADES QUE NO SON DE VIVIENDA PASAN AL RESUMEN DE ACTIVOS Y PASIVOS DE I P N CONFORME SU ACTIVIDAD A LAS CASILLAS 49e/54e Y/0 5Ib/56b RESPECTIVAMENTE• ,Y EN CASO CONTRARIO A LAS CASILLAS 67 Y 68 DE LA DECLARACION INDICANDO LA CANTIDAD TOTAL DE INMOBILIARIOS DECLARADOS EN CASILLA 48.
SI NO ES EL DUEÑO LEGAL DE LA PROPIEDAD O SI LA HA ADQUIRIDO DURANTE EL PERIODO AQUI DECLARADO,
INDIQUE ABAJO LOS DATOS SOLICITADOS
3 Producto
Algodón.
Algodón.
4 Clase o Calidad
Alg-odón Oro (Fibra.)
Semilla.
6 Monto
8,356,317.00
8,836.86 4. 530,212.00
5 Cantidad
6,054.74
7
TOTAL INGRESOS AGRICOLAS (Va para casilla 8)
RESUMEN AGRICOLA COMPRA/VENTA GANADERIA TOTA L
8 (viene dei) 9 (Viene de 28)
8,886,529.00+
10 (De Anexo3)
8, 886,529.00
COSTOS Y GASTOS 12 (Viene de24) 113 ( vienede 36)
61523 1 893.00+
114 (De Anexo3) 15 = 6,523,893.00
INGRESOS
MONISTERO0 FONANZAS ACTIVIDAD AGRICOLA Direccion (3eneral de Ingresos DECLARACION UNICA DE I SR / I PN
Anexo 4
(Anexo: 1 ) I Numero RUC
DECLARANTE
090567-9503
2 Nombre o Razón Social
NICOLÁS BOLAI";CS SUCESORES, S .A .
INGRESOS
EL TOTAL DE LOS INGRESOS (Casilla II) Y DE LOS COSTOS Y GASTOS (Casilla 15) PASAN A LA DECLARACION Casillas 31 d v 33 d respeativarnfintAl
GASTOS POR ACTIVIDAD AGRICOLA PRODUCTO
odeal. .....1s_ S PRODUCTO C PRODUCTO D PRODUCTO
Detalle le Monto 17 Monto 18 Monto 19 milInto
SUELDOS Y SALARIOS 356,717.27
ALQUILER DE TERRENOS + 4- + +
TRANSPORTE Y CORTE +1,624,428.43 + + +
FERTILIZANTES + 462,693.83 + + +
DESMOTE + 641,205.35 + + +
RIEGO + + + +
HERBICIDAS E INSECTICIDAS +1,428,580.69 .4. + +
FUMIGACION + 514,912.86 m
+ + +
INTERESES (Ter anexo de Gtos. :Ilinancieros) + 4 4
(Ver anexo de Gtos. de l'Admón.) IMPUESTOS (SIN INCLUIR I S R) + + + +
(Ver anexo) OTROS GASTOS (Detallar aparte) +1,495,354.56 + + + LA SUMA DE LAS CASILLAS 20 A 23 20 Subtotal 21 Subtotal 22 Subtotal 23 Subtotal
PASA A CASILLA 24 _6,523,893.00 = = =
24 Total
COMPRA/VENTA DE PRODUCTOS AGRICOLAS —INGRESOS TOTAL (Pasa a casilla 12 ) = 6 ,523, 893• 00 25 Producto 26 Cantidad 27 Monto
+
-4-
-1-
+
28 Total
COSTOS (El total en casilla 28 pasa a casilla 9) = > 29 Producto 30 Cantidad 31 Monto
. . ...
+
+
+
+
32 Su btotal
GASTOS INCURRIDOS = ...■—■----i--...›
33 Detalle 34 Monto
. . . .
4-
+
35 Subtotal
= >+
TOTAL COSTOS y GASTOS ( Paso a casilla 13) Ilis Total
=
CUENTAS POR COBRAR:
No. R U C: NOMBRE O RASON SOCIAL MONTO 240824 - 3516 Alejandro Bolaños Geyer C1 102.769.03 111226 130528
- 5593 - 5591
Nicolás Bolaños Geyer Enrique Bolaños Geyer
258.929.73 11.179.19
210 474 - 9502 Alejandría, S. A. 436.000.84 271253 - 9006 Roberto Abaunza Luna y Hnos. 253.394.42 120460 5595 Ramón Vindel Moreno 52.422.81 180774 . 9516 Aeroservicios Los Altos, S. A. 180.138.88 240474 240477
- 9504 - 9529
Agropecuaria El Raizón, S. A. Siembras Técnicas, S. A.
795.528.35 195.187.33
210477 - 9509 Chamorrb Agrícola, S. A. 336.484.05 C$ 2,622.034.63
•••
ADELANTOS A FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS;
No. R U C: NOMBRE O RALuR SOCIAL MONTO
061041 - 5598 Carlos Salero Blanco cip 6.150.00 Gonsalo Salinas Gutiérrez 326.66
050948 - 5611 Manuel Gómez González 402.50 Hernán Leiva Ramirez 83.33 José Valle Carrillo 408.35 Roberto Salinas Carrillo 525.00 Luis Mejía Flores 326.66 Armando Dias Selva 326.66 Rigoberto Dávila Barrillas 60.00 Marvin Cruz Martinez 291.66 Juan de Dios Leiva Ramirez 550.00 Gustavo López Aráuz 217.00 Pedro Cruz Mendoza 217.00 Victor M. Jarquín Caldera 217.00 Ismael Gaitán Gómez 217.00 Juan Briceño Plata 217.00 Mario Salinas Gutiérrez 217.00 Heriberto Gustavo Mercado Moraga 217.00 Benjamín Gaitán Gómez 217.00 Sebastián Vanegas Reyes 217.00 Armando Otero Montenegro 217.00 Noel Antonio Mena Jarquín 217.00 Robérto Portillo Gonzalez 217.00 Alejandro Gaitán Gómez 217.00 Fco. Valle Carrillo 217.00 José E. Mora Gutiérrez 217.00 Antonio Silva Rios 217.00 Ines Flores Matamoros 217.00 Humberto Ramirez Quircíz 217.00 Orlando Leiva Ramirez 217.00 Armando Sequeira Morán 217.00 Miguel angel Rojas Parralez 102.93
Cu 13.693.75
A C C I O N E S:
Servicio Agríc. Industrial Masaya, S. A. 1.165/Acc. C$ 1,289.618.00 Comercial Agríc. Sn. Jorge, S. A. 252/ " 252.000.00 Productores de Algodón, S. A. 30/ " 30.000.00 Banco Nicaraguense (Certificados) 100/ " 100.000.00 Cervecería Tropical 4/ " 1.00 Calzado Lorena 10/ " 1.00 Ford Motor Co. 1/ " 1,00
C$ 1,671.621.00 CERTICADO DE DIVISAS:
Incentivo sobre producción de algodón c$ 560.000.00 RECLAMOS PENDIENTES:
John Deere intercontinental Ltda. CU 15.477.16 MERCADERIAS EN EXISTENCIAS:
Fertilizantes 1.522.24 Repuestos y suministros 2,782.121.08 Combustibles y lubricantes 292.848.76
C$ 3,076.492.08 CULTIVOS DE ALGOLON EN PROCEOS:
Cultivos de /Mzs Fca. Moritecristo 84/85 ch 331.247.7o
MERCADt.,RIAS EN TRANSITO:
Repuestos y suministros CU 55.463.52 ADELANTOS PARA GASTOS Y TRABAJOS;
Luis Rodolfo Toruño Rizo 1.681.40 Daniel Ruiz 4.000.00
c4> 5.681.40
SEGUR O S: Sobre activos con Iniser
DEPOSITOS EN GARANTIAS:
I n e
C$ 59.146.30
C$ 900.00
TERRENO S:
#-2952-2-071w000-07800
C$ 2,076.650.00
CU 500.000.00 Finca #-21056 Catastral 2952-2-407-000-07901
IV #-24683 u #-2952-2-14-000-18100 4.500.00
24371-25999 II #-2600 Catastral #-2952-2-14-000-18301 yo.000.00
#-25998 II 71...2952■2•14■00018400 82.000.00 IV #-22992 II #-2952-2-07-000-07700 80.000.00 II )1.'16106 II ;/-.2952-2-407-000-04500 45.000.00 II #-11618 II #^29522 ,-.14-.000.-.34900 615.000.00 II #40540 II #■29522.*14^000.^.18502 270.000.00
#-40539 u #-2952-2-07-000-09204 120.000.00 II #-17804 Il #-2952-2-07-000-09202 310.150.00
REXENGIUNI,á AJkOKLUAtUáS:
Dirección Seneral de Ingresos C 520.318.90
NOMBRE O RAZON SOCIAL MONTO
Texaco Caribbean Inc. C$ 345.985.35 Proagro IV Región 36.099.43 Nicaragua Machinery Co. 37.356.89 Cía. Fertilizantes Superior, S. A. 198.525.60 Maquinaria Agrointernacional, 5. A. 1300454.68 Serv. Agríe. Gurdián Comercial, S. A. 28.809.59 Fertoquinsa 11.750.00 Midiera 28.560.00
or/.541.54
CUENTAS POR PAGAR: "'o"'
NOMBRE O RAZON SOCIAL
C1
No. R U C:
280472 - 9502 Enrique Bolaños G. Hnos & Cía. Ltda. C$ 180477 - 9511 Abaunza-Davis-Jones-Agrícola, S. A. 170664 - 9502 Serv. Agríe. Industrial Masaya, S. A. 130572 - 9503 Alejandro Bolaños G. Hnos & Cía. Ltda. 260676 - 9507 Productores de Algodón, S. A. 347.441.28 110577 - 9514 Agrícola José Gregorio, S. A. 09577 — 9516 Corporación de Algodoneros Familiares, S. A. 220477 - 9506 Corporación de Beneficios Técnicos, S. A. 140577 - 9508 Desarrollo Agropecuario de Nindirí, S. A. 270477 - 9537 Agríe. de Fibras Textiles, S. A. 110577 - 9506 Comercial Agríe. San Jorge, S. A. 290129 - 5606 Lila T. Abaunza de Bolaños 190151 - 3607 Regina Chamorro de Bolaños
-.- Sinaforp Fondo para el desempleo
170664 - 9502 Cooperativa Jorge Jerónimo, R. L. Saimsa
c 6,90.8:Z50.70
DOCUMENTOS POR PAGAR;
No. R U C;
141196 - 8002
NOMBRE O RAZON SOCIAL MONTO
Josefa Ramirez Vda. de Caldera C$ 86.934.92
•
HABILITACIONES AGRICOLAS:
Banco Nacional de Desarrollo CU 204.000.00
P R O V E E D O R E S:
No. R U C:
150660 - 9506 II. o
150244 - 9504 220464 — 9505 310177 — 9504 180578 — 9537
o II.
MON T
545.953.17 4.821.24
2,147.064.64 114.21557
93.653.74 904.692.16 108.104.01 917.992.88 837.725.91 410.229.14 423.284.95 43.570.64
II
RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR:
Junta de Reconstrucción Municipal de Masaya 31.997.96 Dirección General de,Ingresos 434331000
C$ 75.328.96
•-• •
INSSBI POR PAGAR:
Laboral C$ 7.361.07 Patronal 21.02733
ch 28.388.45
-• •
GASTOS ACUMULADOS POR PAGAR:
Sueldos y comisiones por pagar C$ 336.768.00 Impuestos 653.566.48 Provisión para vacaciones 39.671.09 Provisión para aguinaldos 55.816.74
u$ 1 l085.822.31
• ".
PRESTAMOS BANCARIOS:
Banco Nacional de Desarrollo Banco Nicaraguense
C$ 152 .750.00 324.200.00
c$ 476.950.00
NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S. A.
COSTOS DE CULTIVOS DE ALGODON 83/84 FINCA: MONTECRISTO 495/Mzs.
Salarios en general C$ 29.640.00
Mano de Obra de resiembra 28.581.65
Mano de Obra de liquida 49.403.50
Mano de Obra de desyerba 170.217.60
Mano de Obra varias de campo 36.328.60
Vacaciones 21.272.96
Aguinaldos 21.272.96
Alimentación al personal 77.930.80
Vivienda al personal 6.909.00
Otras prestaciones 8.138.83
Tractoreos 831.735.00
Aerofumigación 514.912.86
Transporte al personal para labores 12.000.00
Aperos y utencilios 17.524.56
Herbicidas 114.371.04,
Fertilizantes 462.693.83
Semilla para siembra 75.540.69
Insecticidas 1,314.209.65
Varios 46.716.30
Cuotas a asociaciones 17.319.95
Transporte personal para corte 405.200.00
Costo, corte y supervisión 973.034.73
Transporte de algodón rama 103.919.70
Desmote 641.205.35
Manejo en puerto y onca 84.27515
Transporte de pacas 130.274.00
Administración de siembra 317.994.28
Comisiones y/o bonificaciones 11.270.00
CU 69523.892.99
-
SALARIOS EN GENERAL VACACIONES AGUINALDO
ALIMENTO AL PERS. VIVIENDA
REP.TALLEO AJENOS.
COMISIONES Y BONIF.
Tractor J.D. Mod. 30-10 #- 1 23.124,23 925.84 925.84 1.784.00 267.00 19.935.50 " J.D. " 30-20 #- 2 12,415.53 287.63 287.63 480.80 68.00 15.655.05 " J.D. " 30-20 #- 3 48.819.82 2.791.98 2.791.98 3 9 o9o.40 457.00 17.060.85 " J.D. " 30-20 #- 4 34.536.91 1.863.24 1.863.24 2.472.00 412.00 24.510.21
" Ebro " 684- F #- 6 7.028.45 243.86 243.86 552.00 92.00 13.010.00 " Ebro " 684- F #.- 7 40.588.83 2.385.84 2.385.84 2.641.60 403.00 19.454.00 " J.D. " 30-20 #-10 16.988.13 869.71 869.71 1.219.20 198.00 2.890.00
" J.D. " 30-20 #-11 39.458.91 2.042.05 20042.05 3.693.60 561.00 9.800.00 " J.D. " 30-20 #-12 2.087.80 128.65 128.65 288.00 48.00 12.490.20 " J.D. " 30-20 #-13 48.036.14 2.495.20 2.495.20 4.192.00 638.00 10.969.01
" J.D. " 30.20 #-14 350859.16 1.675083 1.675.83 2.912.00 429.00 12 .840.88 " J.D. " 30-20 #-15 44.684.10 2.222.48 2.222.48 3.972.80 65o.00 5.005.00 " Ebro " 684- E #-16 49.374.84 2.791.51 2.791.51 3.212.80 480.00 20.298.00 " Ebro " 684- E #-17 34.265.74 1.741.71 1.741.71 1.551.20 210.00 17.372.50 " Ebro " 684- E #-18 46.730.28 2.672.91 2.672091 2.920.00 426.00 17.337.50 " Ebro " 684- E #-19 19.920.58 979.44 979.44 638.40 83.00 9.345.30 " J.D. " 40-20 #-20 37.908.21 1.848.30 1.848.30 2.035.20 308.00 30.373.72 " J.D. " 4o-zo #-21 52.395.33 2.954.44 2.954.44 3.604.00 540.00 11.343.00 " J.D. " 42-30 #-23 52.395.79 30001.07 3.001.07 3.604.80 541.00 10.180.00 " J.D. " 42-30 #-24 46.252.14 2.654.58 2.654.58 3.178.40 476.00 27.088.20 u J.D. " 42-30 #...25 54.364.08 2.980.02 2.980.02 3.876.00 581.00 16.336.00
Caterpillar " D-6B #-31 67.825.14 4.365026 4.365.26 11.564.74 1.220.86 69.738.96 Cosechadora #- 1 1.293.31 Cosechadora lía- 2 9.099.33 533.33 533.33 450.00 6.798.30 Cosechadora #- 3 90.00 Cosechadora #- 4 7.294.27 291.66 291.66 4.200.00 1.500.00 Chapodadoras 24.079.32 23.220.00 Arados y subsoleadores 33.900099 25.450.00 tiradas 9.643.50 120.00 Sembradores 8.842.91 1.200.00 Cultivadoras y abonadoras 18.110005 6.650.00
Tractor J.D. Mod. 40-20 #-22 20.102.91
927.323.82 44.746.54 44.746.54 63.483.94 9.088.86 474,516.79 8.298.30
VARIOS COMBUSTIBLE LUBRICANTE RE1UESTOS Y ACCESORIOS
LLANTAS, NEUMATICOS Y RINES
DEPRECIACo Y AMORT. TOTAL
41.261.70 7.774.84 102.920.48 1980919043 9.600.28 4.776.00 96.619.07 76,34 140.266.33
77.737.96 13,719.0 65.924.90 2.776.34 235.171.08 58.696.88 10.699.02 50.066.35 8.714.0o 193.833.85 18.430.48 2.280.96 28.284.05 70.165.66 58.291.90 9.480.26 55.215.89 190.847.16 23.600.71 8.322.69 15.040.57 69.998.72 71.550.87 12.744.11 29.487.45 5.400.00 176.780.04
10.020.41 2.700.00 27.891.71 102.084.33 12.499.36 43.806.20 2.774.77 229.990.21 59.167.51 9.152.48 93.009.21 216.721.90 73.784.74 14.022.83 50.900.62 3.314.00 205.779.05 82.827.51 9.853.41 40.607.39 956.77 213 , 193,74 45.844.47 11.413.99 69.802.29 183.943,61
33.8o 96.094.75 15.723.55 54.891.34 11.953.58 251.456,62 32.978.49 7.562.13 71.581.35 956.77 145.024.90 78.083.98 11.049.08 80.133.32 5.500.00 249.088.11
116.784.21 16.227.26 50.220.88 11.189.71 268.213.27 158.059.14 17.464.74 19.622.14 11.599.42 279.469.17 163.407.52 14.454.21 44.915.49 57.339.68 362.420.80 159.193.72 15.559.40 100.708.46 1.897.20 358.475.90 79.549.46 13.105.03 79.450.49 331.185.20
1.293.31 20.196.33 1.028.25 21.525.91 60.164.78
90.00 10.816.77 541.13 12.284.37 37.219.86
12.045.08 168.530.86 178.43 2.700.00 230.753.69 13.672.94 188.800.98 820.33 7.110.00 269.755.24 8.094.50 129.131.69 20.870.00 167.859.69 1.836.90 13.076.01 47.280.00 72.235.82 1.413.00 77.678.40 3.124.94 42.200.00 149.176.39
20.102.91
33.80 1,643.043.71 276.517.00 1,864,256.57 131.272.28 120.160.00 59607.488.15
COSTOS DE OPERACION DEL TALLER:
Salarios en general 108.939.98
Salarios de supervisión 118.703.68
Salarios por tiempo muerto 14.228.92
Salarios del personal en subsidio 1.035.00
Vacaóiones 12.816.92
Aguinaldos 12.816.92
Cesantía 3.600.00
Seguro de vida y gastos médicos 12.242.00
Vestuario y equipo al personal 41.992.69
Alimentación al personal 4.435.25
Seguro Social y bienestar 75.639.15
Energía eléctrica 38.465.00
Alquiler de locales 61.200.00
Alquiler de equipos 36.720.00
Mantenimiento de local 62.475.01
Mantenimiento de vehículos 341.530.56
Mantenimiento de otros equipos 46.256.67
Varios 32.082.53
Combustibles 110.123.98
Lubricantes 6.656.76
Repuestos y accesorios 13.980.00
Comiáiones y bonificaciones 394.609.77
Impuestos 3.145.00
Depreciaciones y amortizaciones 121.78b.40
eu 4u/5.504. 19
GASTOS DE ADMINISTRACION:
Salarios en general C 90.269.o4 salarios ael personal en subsidio 46.370.00 Vacaciones 9.121.42 Aguinaldos 9.121.42 Cesantía 2.500.00 Seguro de vida y gastos médicos 1.062.80 Alimentación al personal 235.677.00 Seguro social y bienestar 6.377.70 Comunicaciones y correos 257.00 Mantenimiento de local 65.652.85 Mantenimiento de equipo de oficina b.000.00 Mantenimiento de vehículos 300.00 Mantenimiento de otros equipos 5.000.00 Administtación Enal 60.548.40 Seguro Enal 30.274.20 Varios 9.699.40 Servicios contables 97.920.00 Papelería y útiles de oficina 6.357.55 Combustibles 15.539.00 Lubricantes 395.00 Comisiones y bonificaciones 27.641.83 Impuestos 125.803.73 Depreciaciones y amortizaciones 223.56 Donaciones 12.000.00 Cuotas y contribuciones 47.991.14
CU 912.103.04
GASTOS FINANCIEROS:
Int. (Banco Nacional de Desarrollo " (Banco Banic)
4 273.922.25 35.652.65 90.822.60 24.681.53
(E n a 1) " (Josefa Ramirez Vda. de Caldera)
C$ 425 .079.03
"NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S. A."
DETALLE DEL ANEXO COSTO DE VENTA DE i:LGODUN CULTIVADO: T RACTOREO S:
José Cruz Blandón. El bitio, Granada. C$ 16.440.00 Ulises Miranda Mendoza. Parque Central 1/2U. al Sur Masaya. 8.360.00 Roberto Cardoze Ramírez. Fte. al Colegio balesiano, Masaya. 235.00 Mariano Vega Noguera Del 3ND. 1/2C. al Norte Masaya. 3.450.00 Maquinaria propia (Simple reclasificación ce costos). 803.250.00
CS 831.735•00 AEROFUMIGACI5N:
Aeroservicios Los Altos, S. A. Los Altos de Masaya. C$ 514.912.86
SEMILLA PARA SIEMBRA:
S aims a. Klm. 35.5 Carret. Masaya-Tipitapa. C1 75.540.69
ADMINISTRACION DE SIMBRAS:
Siembras Técnicas, S. A. Los Altos de Masaya. C$ 317.994.28
CUOTAS A ASOCIACIONES:
A d a d o. Oficinas de Canora, Managua. Ch 17.319.95
Transporte DE ALGOLON RAMA:
Maquinaria propia (Simple reclasificación de costos)
D ESMOTE:
S aims a. Klm. 35.5 Carret. Masaya-Tipitapa. E n a 1. Managua.
MANEJO EN PUERTO Y ONCA - TRANSPORTE DE PACAS:
Deducciones de anal a través de liquidaciones
DETALLE DEL ANEXO GASTOS DE OIERACluN: ALQUILER DE DUCALES Y PISTA:;;
Alquiler de local Saimsa
ALQUILERES DE E,,UIPOS:
Vehículos de Saimsa
COMISIONES Y BONIFICACIONES:
Pagada durante el período Reservada y no pagada al 30/6/84
DETALLE DEL ANEXO GASTOS DE ADMINISTRACION: SERVICIOS CONTABLES:
S aims a. Klm. 35.5 Carret. Masaya-Tipitapa.
IMPUESTO S:
Municipalidad de Masaya I. P. N. Matrícula JLAS. de Masaya. O tro s.
DONACIONES: Hermanitas de San Pedro Clavar CUOTAS Y CONTRISUCIONES: Cooperativa Jorge Jer6nimo,R.L. En :aimsa en los Altos. Sinaforp. O tro s.
cw 103.919.7o
0$ 640.838.15 367.20
C4 641.205.35
C$ 214.549.15
61.200.00
C$ 36.720.00
CS 83.775.77 310.834.00 394.60.77-
C$ 97.920 .00
C. 110.097.66 7.013.07 8.666.00
25.00 cb 122.803.73
12.000.00
cl 2.461.80 35.529..54 10.000.0c
cl 47.991.14
280.50
6.539.10
385.00
376.20
293.70
•
• --
álcoia2 dolan.os Sucesores, S.
COMISIONES SUELDOS VACACIONES BONIFICAC. TOTAL NOMBRES
DIRECCION
- • -
2.512.00
MARIO SALINAS GUTIERREZ
JUAN DE DIOS LEIVA RAMIREZ
FRANCISCO JOSE GONZALEZ BONILLA
JOSE ESTEBAN MORA GUTIERREZ
ROBERTO ENRIQUE PORTILLO GONZALEZ
JUAN Fco. BRICEÑO PLATA
DONALD MERCADO MORAGA
FERNANDO GAITAN
GONZALO CRUZ S.
MARCIAL FLORES
OSCAR ANTONIO JELASUEZ ALTAMIRANO
RIGOBERTO ANTONIO DAVILA BARILLAS
ARMANDO JOSE DIAZ SELVA
ADOLFO MARVIN MARTINEZ CRUZ
JUAN Feo. PEREZ LOPEZ
JOSE DANILO GUTIERREZ L.
OSMAR GONZALO SALINAS GUTIERREZ
ROBERTO SALINAS CARRILLO
Zambrano, Depto. de Masaya
Masaya
San Rafael
La Retoma
Tisma„ Depto. de Masaya
Zambrano, Depto. de Masaya
La Concha, Depto. de Masaya
Zambrano
Los Altos, /I
Las Esquinas, San Marcos
San Ramón
Las Esquinas, San Marcos
Las Esquinas, San Marcos
Zambano, Depto. de Masaya n Ir
11.586.13
13.816.68
36.777.92 3.262.46
12.052.69
12.151.45 -0-
12.740.91
1.991.75
960.21
1.718.08 387089
233.75
5.486.72 413.85
5.541.65
18.481.04
9.125.22
6.120.00 205.00
5.715.00
17.943.86
22.525.00
11.866.63
13.816.68
46.579.48
12.437.69
12.527.65
13.034.61
1.991.75
960.21
2.105.97
233.75
5.900.57 5,541.65
18.481.04
9.125.22
0.325.00
5.715.00
20.455.86
22.525.00
1,328.032.26 82.527.80 115.291.80 1,525.851.86
DETALLE DE PAGOS EI ,ECTJADOS A EMPLEADOS
41colás Bolaños Sucesores, S.
NOMBRES
DURANTE EL PERIODO FISCAL 1983/1984
SUELDOS VACACIONES COMIS ION ES BUNIFICA. TOTAL D I R E C C I 0 N
MIGUEL ANGEL ROJAS PARRALES
LUIS MEZA ALVARADO
PATRIUK BOLANOs DAVIS
ISIDRO ALVARADO PAVON
CARLOS JOSE CALERO BLANCO
MANUEL GOMEZ GONZATEZ
ALEJANDRO BUSTOS PEREZ
JOSE VALLE CARRILLO
RENRY SALINAS MAIRENA
TEODORO ANT. GUERRERO MERCADO
Fco. EVENOR ESPINOZA CARRILLO
LUIS MEJIA FLORES
LUIS AMADO MEJIA RUIZ
ORLANDO LEIVA RAMIRES
ANTONIO SILVA RIOS
GUSTAVO JOSE VALLE GALEANO
MANUEL ANT. MARTINEZ GARCIA
HERNAN LEIVA RAMIREZ
DOLFO LOPEZ RUIZ
JOSE HUMBERTO RAMIREZ „UIROz
ISMAEL GRITAN GOMEZ
ENRIQUE MARTINEZ PICHARDO
JUAN FRANCISCO VALLE CARRILLO
ORLANDO ALVARADO VILCHFY1
FRANCISCO SEQUEIRA MORAN
Casares
Masaya
Klm. 18.5 Carret. Managua-Masaya
Masaya, frente donde fue Fabrica "CECALZA"
Masaya, Los Altos
Zambrano„ Depto. de Masaya
Masaya, Los Altos
Zambrano, Depto. de Masaya
11 ti
ri 11
11
11 11
fl ft ir
11 ft 11
it ri IV
11 11 ir
11 Tisma
ft 11 Zambrano
ft 11 Tisma
Zambrano
ft ft ► t
ft ti
26 .325.00
18.000.00
21.000.00
38.180.00
77.631.69
51.907.80
47.174.44
44.1066.42
28.397.50
31.387.19
30 .955.04
51.643.54
38.275.53
29.322.61
29.658.01
29.425.47
7.167.11
32.416.79
30.859.88
31.788.15
11.212.51
7.675.90
35.543.96
34.733.87
39.654.96
1.550-00
1.750.00
5.856.37
5.600.00
5.175.0o
5.175.00 3.200.00
3.150.00
3.450.00
1.898.71
340.00
887.39
2.013.98
1.945.91
2.060.32
884.83
2.500.00
2.375.46
2.078.82
••• • " 415.41
2.133.02
2.078.58
2.668.65
PASA N.
1.500.00
••• • 1-1
,••• .1
6.615.83
17.861.48
12.984.56
12.746.74
11.612.00
11.472.19
12.021.10
368.50
6.392.00
183.70
416.90
429.00
430.10
5.250.00
490.60
397.10
91.20
412.50
345 .60
29.375.00.
18.000.00
22.750.00
50.652.20
101.093.17
70.067.36
65.096.18
58.878.42
43.019.69
46.858.29
33.222.25
61.655.54
39.346.62
31.753.49
32.032.92
31.915.89
8.051.94
40.166.79
33.725.94
34.264.07
11.303.71
8.091.31
380°89.48
37.158.05
42.523.61
41COlaS Solarios Sucesores, S.
NOMBRES
PEDRO JOSE CRUZ MENDOZA
SEBASTIAN VANEGPS REYES
ANTONIO PEREZ SEQUEIRA
ARMANDO OTERO MONTENEGRO
JAVIER ALBERTO RUGAMA SALINAS
ARSENIO MATAMOROS MARTINEZ
INES VALERIO FLORES MATAMOROS
ROBERTO ALEJANDRO GOMEZ GAITAN
CANDIDO ALBERTO DIAZ ESPINOZA
ARMANDO sEQUEIRA MORAN
NOEL A. MENA JARUIN
DONALD Fco. HERNANDEZ SALINAS
BENJAMIN A. GRITAN GOMEL
GUSTAVO LOPEZ ARAUZ
FABIO RUGAMA SALINAS
ANDRES C. ALARGON SARILLAS
JOSE A. ARIAS RAMIREZ
HERIBERTO GUSTAVO MERCDC LORAGA
VICTOR MANUEL JARQUIN CALDERA
EUGENIO SEQUEIRA GOMEZ
HUMBERTO JOSE AGUILAR GARCIA
AGAPITO MENDOZA
SANTIAGO MEJIA RUIZ
JOSE ANTONIO CERDA DURAN
ALFONSO ADAN JARQUIN PADILLA
GANDIDO ANTONIO ESPINOZA TENORIO
Tismal Dpto. de Masaya
Zambrano, Dpto. de Masaya
30.483.84 2.120 401 211.20 32.815.05
28.070.69 1.102.91 123.20 29.296.80
16.800.00 -.- -.- 16.800.00
21.279.68 769.08 266.20 22.314.96
3.169.71 802.04 -.- 3.971.75
460.71 -.- -.- 460.71
36.024.95 2.064.22 1405.90 38.495.07
14.069.23 697.27 262.90 15.029.40
30.591.89 2.077.73 490.60 33.160.22
19.518.18 906.04 165.00 20.569.22
9.641.37 556.25 415.80 10.613.42
17.208.37 192.96 106.70 17.508.03
8.714.47 -.- 60.50 8.774.97
3.825.35 643.68 -.- 4.469.03
1.521.42 224.80 -.- 1.746.22
1.177.76 175.17 -.- 1.352.93
15.804065 547.80 loo.10 119.452055
11.546.57 635.85 276.10 12.458.52
1.347.71 562.75 -.- 1.910.46
2.084.49 513.73 -.- 2.598.22
2.550.58 574.26 -.- 3.124.84
20.812.86 543.06 -.- 21.355.92
153.75 101.54 -.- 25.29
3.615.71 -.- -.- 3.615.71
8.186.89 -.- -o- 8.186.89
COMISIONES I R E C C I O N SUELDOS VAUKUIUNEb BONIFICAC TOTAL
CASA MATRIZ
MANAGUA
Y
OFICINAS EN TODO EL PAIS
DIRECC I O N CABLEGRAFICA :
BANADES TELEX INTERNACIONAL
BANADES 1035 - 1050 TELEFONO NO. 71771 AL 79
APDO. No. 1447
Banco Nacional de Desarrollo 1984: A 50 años....Sandino Vive!
1 Al contestar refiérase a:
C O N S T A N C I A
Por medio de la presente hacemos constar que la --Empresa "Nicolás Bolaños Sucesores, S.A.", con el N2 del RUC 090567-9503 1✓s cliente y habilitada --de esta oficina. Presentando al 6/30/84 (Junio --
treinta de mil novecientos ochenticuatro), saldo
deudor de C$356,750.00 (Trescientos cincuentiseis
mil setecientos cincuenta córdobas solamente). ---
Por créditos autorizados bajo el rubro agrícola --
c/algodón 84/85, y c/Maquinaria Agrícola. Este --último a Largo Plazo.
Sin más al respecto y a petición de parte intere-sada, extendemos la presente a los nueve días del
mes de Agosto de mil novecientos ochenticuatro
Atentamente
BANCO NACIONAL DE DESARROLLO SUCURSAL MASAYA
"NIOOLAS=ee====ae== BOLAÑOS SUCESORES, S. A." = =========e DEPRECIACION EQUIPO AGRICOLA
FECHA DE ADQUISICION
VALOR DE ADQUISICION
VALOR RESICUAL
VALOR A DEPRECIAR ACUM.
DEPRECIACION 30/6/84
Dic. 1965 Abr. 1964
271.400.00 45.900.00
27.140.00 4.590.00
244.260.00 41.310.00
244.260.00 41.310.00
Jun. 1965 May. 1966
45.512.40 58.180.80
4.552.40 5.820.80
40:960 523601000 541.. 391060 ..0000
Feb. 1968 59.280.60 5.920.60 53.360.00 53.360.00 Jun. 1968 18.000.00 1.800.00 16.200.00 16.200.00 Mar. 1977 81.270.00 8.127.00 73.143.00 73.143.00 Mar. 1977 81.270.00 8.127.00 73.143.00 73.143.00 Jul. 1968 47.978.90 4.778.90 43.200.00 43.200.00 Feb. 1972 29.521.38 2.921.38 26.600.00 26.600.00 Feb. 1972 39.128.57 3.928.57 35.200.00 35.200.00 Feb. 1972 32.445.97 3.445.97 29.000.00 29.000.00 Abr. 1972 41.020.83 4.120.83 36.900.00 36.900.00 Abr. 1972 37.500.00 3.500.00 34.000.00 34.000.00 Abr. 1972 32.500.00 3.500.00 29.000.00 29.000.00 Abr. 1978 81.600.00 8.200.00 73.400.00 73.400.00 Abr. 1978 81.600.00 8.200.00 73.400.00 73.400.00
'Albar. 1978 81.600.00 81.600.00
8.200.00 8.200.00
73.400.00 73.400.00
73.400.00 73.400.00
May. 1974 62.783.00 6.283.00 56.500.00 56.500.00 May. 1974 62.783.00 6.283.00 56.500.00 56.500.00 Jun. 1976 36.000.00 3.600.00 32.400.00 32.400.00 Feb. 1977 Feb. 1977
172.525.00 172.525.00
17.225.00 17.225.00
155.300.00 155.303.00
155.300.00 155.300.00
Feb. 1977 172.525.00 17.225.00 155.300.00 155.300.00 Feb. 1968 9.604.50 964.50 8.640.00 8.640.00 Mar. 1978 7.000.00 700.00 6.390.00 6.300.00 Feb. 1968 9.604.50 964.50 8.640.00 8.640.00 Abr. 1972 8.000.00 800.00 7.200.00 7.200.00 Feb. 1972 10.000.00 1.000.00 9.000.00 Jun. 1968 3.000.00 300.00 2.700.00 11.°700)° :11 Mar. 1967 7.500.00 750.00 6.750.00 6.750.00 May. 1974 12.034.05 1.234.05 10.800.00 10.800.00 Jun. 1974 15.448.80 1.545.80 13.903.00 13.903.00 Abr. 1972 11.405.52 1.105.52 10.300.00 10.300.00 Feb. 1977 13.647.50 1.447.50 12.200.00 12.200.00 Abr. 1977 21.321.00 2.141.00 19.180.00 19.180.00 May. 1980 12.000.00 1.200.00 10.800.00 Dic. 1980 10.000.00 1.000.00 Mar. 1981 sor. 1,7 1.
11.000.00 »3.451..45
1.100.00 153.45
050t°°
9.900.00
1.14 ' j°0
119 .. .:004) 0 00 °0 114461519410 ...... 0 ott° Feb. 1977 May. 1966
12.792.60 9.970.50
1.292.60 1.000.50 8.970.00
18
Jun. 1967 918.00 8.280.00 8.280.00 Jul. 1968 10.479.82 1.079.82 9.400.00 9.400.00 Feb. 1972 10.000.00 1.000.00 9.000.00 9.000.00 Abr. 1972 8.000.00 890.00 7.200.00
7 Abr. 1972 7.000.00 700.00 6.300.00 6.321.0% Abr. 1965 10.883.40 1.088.40 9.795.00 9.795.00 Jun. 1974 41.088.48 4.188.48 36.900.00 36.900.00 Jun. 1974 33-359.72 3.359.72 30.000.00 30.000.00 Jun. 1974 Feb. 1977
7.800.00 97.335.00
800.00 00 9.735.00 7 87.600.00
7.000.00 87.600.00
Feb. 1977 32.960.00 3.360.00 29.600.00 29.600.00 Nov. 1978 350.00 3.153.00 2.940.00 May. 1981 114.770.40 11.470.40 103.300.00 44.763.34 Jun. 1966 4.000.00 400.00 3.600.00 3.600.00 Feb. 1972 5.000.00 500.00 4.500.00 Sep. 1977 19.890.00 1.990.00 17.900.00 17.900.00 Agt. 1964 99.289.35 9.929.35 89.360.00 89.360.00 Feb. 1975 26.244.80 2.624.80 23.620.00 23.620.00 Agt. 1974 Feb. 1972
6.111.56 2.000.00
611.56 200.00
5.500.00 1.800.00
5.500.00 1.800.00
Feb. 1972 3.000.00 300.00 2.700.00 2.700.00 Abr. 1972 2.000.00 200.00 1.800.00 1.800.00 Jun. 1972 3.200.00 320.00 2.880.00 2.880.00 Jun. 1981 91.800.00 9.200.00 82.600.00 34.416.67 Jun. 1981 41.616.00 4.116.00 37.500.00 15.625.00 Jun. 1981 100.980.00 10.080.00 90.900.00 37.875.00 Jun. 1975 84.250.00 8.425.00 75.825.00 75.825.00 May. 1981 262.650.00 26.250.00 236.400.00 102.440.00 Oct. 1982 15.000.00 1.500.00 13.500.00 2.025.00 Abr. 1968 8.631.00 831.00 7.800.00 7.800.00 Mar. 1974 17.100.00 1.700.00 15.00.00 15.400.00 Mar. 1977 20.490.00 2.100.00 18.300.00 18.300.00 Dic. 1965 61.934.64 6.194.64 55.740.00 55.740-00 Dic. 1965 10.322.44 1.032.44 9.290.00 9.290.00 Ene. 1966 174.000.00 17.400.00 156.600.00 156.600.00 Ene. 1966 174.000.00 17.400.00 156.600.00 156.600.00 Ene. 1976 194.515.53 19.451.53 175.064.00 175.064.00 Ene. 1976 194.515.53 19.451.53 175.064.00 175.064.00 Feb. 1977 16407.90 1.607.90 14.400.00 14.400.00 Feb. 1977 9.682.00 982.00 982. 8.700.00 8.700.00 Dic. 1980 6.500.00 650.00 5.850.00 3.022.50
4,153.348.44 415.911.44 3,737.437.00 3,393.754.51
1 - Caterpillard D6.43 1 - Tractor J.D. 39-20.. #... 1 1 - Tractor J.D. 30••20.. "-2 1 .. Tractor J.D. 30.20.. "- 3 1 - Tractor J.D. 30-20- Pi-. 4 1 - Tractor J.D. 10-10- "... 5 1 - Tractor Ebro 684 E. "... 6 1 - Tractor Ebro 684 E- " - 7 1 - Tractor J.D. 20-20.. "- 8 1 Tractor J.D. 30-10- " -10 1 - Tractor J.D. 30-20... " -11 1 - Tractor J.D. 30-10- "-12 1 - Tractor J.D. 30-20- " -13 1 - Tractor J.D. 30-20- " -14
Tractor J.D. 30-20- " -15 1 - Tractor Ebro 684 E- " -16 1 - Tractor Ebro 684 E- " -17 1 - Tractor Ebro 684 E- " -18 1 - Tractor Ebro 684 E- "-19 1 .. Tractor J.D. 40-20- "-20 1 - Tractor J.D. 40-20- '1..211 - Tractor J.D. 40-20- "-22 1 - Tractor J.D. 42-30- ' 1 ..23 1 - Tractor J.D. 42-30- "-24 1 - Tractor J.D. 42-30- "-25 1 - Arado J.D. F-225 de 4 discos 1 - Arado J.D. F-225 1 - Arado J.D. F-225 de 4 discos 1 - nado J.D. F-225 de 4 discos 2 - Arados J.D. de 4 discos 1 - Arado P-10-10 de 3 discos 1 • Arado mejicano de 4 discos 1 - Arado apolo de 5 discos 2 - Arados attens de 4 discos 1 - Arado J.D. 5-3541 1 - Arado J.D. F-225 de 5 discos 2 - Arados Ebro ADF -400 1 - Arado internacional 5 discos 1 - Arado Ebro 1 - Arado internacional 5 discos 1 - oubsoleador J.D. ,r-•22A 6 - Subsoleadores J.D. BA -90448
4 discos
1 - Grada J.D. KBA-#- 1220 de 40 discos 1 - Grada J.D. KBA -# - 1220 de 4 discos 1 - Grada J.D. KBA-#- 1220 de 40 discos 2 -Gradae de 40 discos 1 - Grada J.D. KBA de 40 discos 1 - Grada roma plown de 24 discos 1 - Grada J.D. KBA #..•1220 de 40 discos 2 - Gradas J.D. Mod. 110 de 40 discos 2 - Gradas J.D. Mod. 110 de 32 discos 1 - Grada integral 3 - Gradas J.D. Mod. 110 de 40 discos 1 - Grada rom. Mod. 1628 de 16 discos 1 - Grada rotay de 56 discos 2 - Gradas buich de 36 discos 1 - Cultivadora J.D. Mod. 60 1 - Cultivadora J.D. AU..40 1 - Cultivadora abonadora bridger 6 - Cultivadoras J.D. RM -4 4 - Fertilizadora cole RC-453 1 - Fertilizadora cola RC -453 1 - Fertilizadora J.D. de 4 surcos 2 - Fertilizadora J.D. 4 surcos 1 - Fertilizadora J.D. 4 surcos 1 Fertilizadora Lely 4 - Cultivadoras Pittsburth 2 - Cultivadoras dumham leer 2 - Fertilizadoras Cola 5 - Sembradoras Buich KL -14 5 - Sembradoras burch 1 - Chapodadora Cadwell serie #-9617 1 - Chapodadora Giro 84 2 - Chapodadoras Servia-Giro 60 2 Chapodadoras Servia -Giro 60 6 Trailers internacional 1 - Trailer internacional 1 - Cosechadora internacional #-1 1 • osechadora internacional #-2 1 - Cosechadora internacional Mod. 622 #-3 1 - Cosechadora internacional Mod. 622 #-4 1 - Bordeador Rome TTBY 8-24 2 - Barras Porta-Herramientas #-77 1 - Cuchilla niveladora Rino-Servis
= ====4S
DEPRECIACION VALOR A DEP. 3o/6/84 AÑos FUTUROS
e MY
•11
-.-
2 .160 .00 1.800.00 1.800.00 2.550.00 1.980.00 3.300.00
IMB
••• • ••
-.- 21.0.00
20.660.00
■ ••■
•••• ■
37.876.66 ■•■
••••••
16.520•00 31.663.33
7-500.00 14.375.00
18.180.00 34.845.00 -.-
47.280.00 86.680.00
2.700.00 8.775.00
~."
■0*
.e■
■ •■
1.170.00 1.657.50
120.160.00 223.522.49
.......... ======
"NICOLAS BOLAÑOS SUCESORES,. S. Ity
DEPRECIACION DE EQUIPO RODANTE
D E S C R I P C I 0 N: FECHA DE ADQUISICION
VALOR DE ADQUISICION
VALOR RESIDUAL
VALOR A DEPRECIAR
DEPRECIACION AÑOS ANTERIORES
DEPRECIACION 83/84
DEPRECIACION AÑOS FUTUROS
Camión Toyota de 3/Toneladas Dic. 73 38.838.00 3.838.00 35.000.00 35.000.00
Camión Volvo F-85 May. 74 82.500.00 8.200.00 74.300.00 74.300.00 ~.
■
Camión Ford BC07NC91323 Jun. 83 400.000.00 40.000.00 360.000.00 72.000.00 288.000.00
camioneta Chevrolet Mostaza Jun. 53 80.000.00 8.000.00 72.000.00 .11, 4>11011 14.400.00 57.600.00
601.558.00 60.038.00 541.300.00 109.500.00 86.400.00 345.600.00
= ======== =■ ===================== ===== == === == === ==
"hICOLAS BOLAÑOS SUCESORES, S. A." DEPRECIACION DE OTROS EQUIPOS
E S C R I P C I 0 N: FECHA ADQUISICION
COSTO ADQUISICION
VALOR RESIDUAL
VALOR A DEPRECIAR
DEPRECIACION ACUM. 30/6/83
DEPRECIACION 30/6/84
VAL. A DEPRE. AÑOS FUTUROS
1-Generador de 65/Kw. Kaiser (Alej.) Nov. 1964 4.000.00 400.00 3.600.00 3.600.00 Me■ ~011,
1-Pipa para agua ( a ) " 1965 1.500.00 150.00 1.350.00 1.350.00 ■ • ■ ~1.1
1-Sierra eléct. McKolluck ( " ) Sep. 1967 5.568.80 568.80 5.000.00 5.000.00 ■ .0111
1-Sold. Autógeno Combukit ( " ) Mazo 1968 2.155.00 255.0o 1.900.00 1.900.00 m e m ■ 41111
1-Medidor de humedad ( " ) Sep. 1968 1.650.00 150.00 1.500.00 1.500.00 ~.~ 1-Soldador Lincold AC-180 ( " ) Jun. 1973 2.005.50 205.50 1.800.00 1.800.00 ■ ".1, 1111•/«01.
1-Bomba de agua rot. Denning Dic. 1970 1.775.00 175.00 1.600.00 1.600.00 •1•0/1
1-Compresor de aire 31-EHD ( " ) Jun. 1971 5.232.15 532.15 4.700.00 4.700.00 1111.4=
1-Tecle Tale Mod. PH. 1/Tono ( " ) May. 1972 803.25 83.25 720.00 720.00 -.- ~ID
1-Motor eléct. Westinghouse ( " ) Sep. 1973 700.00 70.00 630.00 630.00 -.w Y,"
Zscopeta calibre 16 ( " ) Ene. 1974 735.00 85.00 650.00 650.0o ■ ••••
1-Tecle planeta ( " ) Feb. 1974 3.638.25 338.25 3.300.00 3.300.00 .01•11
1-Sold. Lincold AC-225 Taller May. 1974 2.268.00 228.00 2.040.00 2.040.00 ana .0» 40.■
lompresor Brunner 7C-H3 ( " ) Abre 1974 4.396.35 496.35 3.900.00 3.900.00 wew
1-Tanque para agua de 2.000/Gines (Alej.) Jul. 1974 5.545.05 555.05 4.990.00 4.990.00 ~s.*.
1-Bomba Tacussi sumergible 155A-C ( " ) Jun. 1974 9.325.00 932.50 8.392.50 8.392.50 1M.~
2-Plataformas trailers pspipas Feb. 1974 5.133.32 513.32 4.620.00 4.620.00 lrLimp. de vapor m-1800-51074 Taller Dic. 1974 13.399.75 1.399.75 12.000.00 lo.8ao.00 1.200.00 C11111..10
1-Bomba Denning sumergible H-6700 (Pist.) Sep. 1975 8.399.70 839.70 7.560.00 7.560.00 1-Motor Lincold 225-A. Taller Jul. 1975 13.264.48 1.326.48 11.938 .00 11.938.00 ■ .1.11
1-Taladro eléct. Black And Deker ( " ) Jul. 1975 4.196.95 419.95 3.777.00 3.777.00 ■ .■
1-Atomizador Urgent M-42-350 (Fca. ) Agt. 1976 1.723.80 173.80 1.550 .00 1.550 .00 ■ .■
1-Moto Sierra McCollock S-105 Taller Abr. 1977 3.924.45 391.95 3.532.50 3.532.5o 1-Barra ( ) May. 1978 2.038.72 238.72 1.800.00 915.00 180.00 705.00 1-Carg. de bat. 141-036 30A ( " ) Feb. 1979 1.272.20 127.20 1.145.00 1.011.40 133.60 1-Esmeril de Bco. Black And Deker ( ) Mar. 1980 1.800.00 180.00 1.620.00 1.080100 324.00 216.00 1-Engrasadora (Valle) Jun. 1980 2.527.10 252.71 2.274.39 2.274.39 1-Medidor de Rev. ZLVY #-226618 Taller Feb. 1981 4.000.00 400.00 3.600.00 2.900.00 700.00 1-Drena Bco. ERON #-150 ( " ) Agt. 1982 3.631.30 363.10 3.268.00 599.13 653.60 2.015.27 1• .edidor Gasolina S-#-800 A Pipa Agt. 1982 7.425.00 742.50 6.682.50 2.041.87 2.227.50 2.413.13 1-Hed Comp. y Accesorios Taller Abr. 1983 9.355.55 935.55 8.420.00 2.572.77 2.806.67 3.040.56 1-Sld. Miller Soni #-•HJIS 4140 " Jun. 1983 5o.000.00 5.000.00 45.000.00 15.000.00 30.000.00
183.389.47 18.529.58 164.859.89 103.244.56 23.225.37 38.389.96
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"NICOLÁS BOLAÑOS SUCESORES 1 S. A . " ==
DEPRECIACION MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA
D E S C R I P C I 0 N: FECHA VALOR DE VALOR VALOR A DEPRECIACION DEPRECIACION DEPRECIACION ADQUISICION ADQUISICION RESICUAL DEPRECIAR AÑOS ANTER. 83/84 AÑOS FUTUROS
1 - Mesa metálica para máquina de escrib. Oct. 1964 150.00 15.00 135.00 135.00
1 - Vidrio para escritorio 65" X 75" Nov. " 150.00 15.00 135.00 ....
°*
......
1 Silla para escritorio Dic. " 650.00 65.00 585.00
135.00 ...
585.00 -.- -...
73 - Silla para escritorio tapizada Dic. " 525.00 52.00 473..00 473.00 -.-
1
.....
- Silla con respaldo de junco Dic. " 250.00 25.00 225.00 225.00 -.- ......
3 - Sillones para sala de espera (Negro) Dic. " 850.00 85.00 765.00 765.00 -.-
1
...-
- Escritorio 70X90X78 Dic. " 1.350.00 135.00 1.215.00 1.215.00 -.- -.-
1 - Escritorio 40X80X78 Dic. " 975.00 97.00 878.00 878.00 _._ -.-
1 - Biblioteca de madera Dic. " 246.20 24.20 222.00 222.00 ...- -.-
1 - Archivo de metal de 4 gavetas Oct. II 995.00 95.0o 900.00 900.00 -.- _._
1 - Kardex de metal color plomo Nov. 1975 2.484.00 248.40 2.235.60 1.713.96 223.56 298.08
8.625.20
856.60 7.768.60 7.246.96
223.56 298.08