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Sobre el CNM
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Una intensa cobertura periodística a lo largo de pocas semanas provocó
que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) viva la peor crisis
institucional de su historia: un destacado fiscal inexplicablemente desapro-
bado, un proceso de selección de jueces y fiscales supremos con reglas nada
transparentes, un consejero pidiendo “incentivos económicos” a un aspirante
a fiscal supremo, abogados litigantes preparando y calificando los exámenes
que rinden los postulantes, la opinión pública pidiendo la nulidad del proceso y
la reforma total del CNM, el presidente del Poder Judicial solicitando la
renuncia de los consejeros; al final, solo una conclusión: un órgano que se ha
venido desprestigiando ante la ciudadanía, cuyos integrantes demostraron
no estar a la altura de las trascendentales funciones que les asigna la
Constitución.
No se equivocan aquellos que piden una recomposición del CNM, pero
pienso que una solución más adecuada sería transitar el camino de una
reforma constitucional. ¿Con qué finalidad? Muy sencillo. Aquellos que
nombran, evalúan y ratifican jueces y fiscales deben poseer no solo una
conducta intachable, sino también la preparación idónea para determinar si
estos deben seguir siéndolo o no. Aquí es donde se explica por qué el CNM
optó por delegar funciones a terceros: no todos sus miembros se encuentran
capacitados para evaluar los conocimientos jurídicos de un juez o un fiscal. De
ahí que es válido preguntarse si la función esencialmente técnica de dicho
órgano permite contar con personas que no tienen formación jurídica. ¿Es
realmente adecuado que agrónomos, ingenieros o enfermeros evalúen a
jueces y fiscales? Más aún, resulta muy discutible la posibilidad establecida
por la Constitución (artículo 155, ) de que las instituciones
representativas del sector laboral (CGTP) y empresarial (Confiep) tengan
también sus representantes en el CNM. Considero que es saludable y positiva
la participación política de diversos gremios y que estos vean representados
sus intereses en los más altos cargos públicos, pero la labor encargada al
CNM, más allá de promover la representatividad, debería ser ejercida por los
juristas mejor preparados de nuestro país. De lo contrario, ¿cómo los
justiciables podrían exigir que se elijan los jueces y fiscales más calificados?
Asimismo, la ciudadanía tiene el derecho de conocer los criterios por los
cuales un juez o un fiscal son nombrados, evaluados o destituidos. Lo más
idóneo para esta transparencia es que las entrevistas en los procesos de
selección sean públicas y grabadas –lo cual inclusive ofrece mayores
garantías a los propios postulantes– y que los resultados de las evaluaciones
sean publicados de acuerdo con las pautas de evaluación del concurso.
in fine
EDITORIAL
El Consejo entre sombras
Por su parte, para un mejor funcionamiento del CNM como institución, la
Ceriajus propuso que este órgano se encargue de la selección,
nombramiento, promoción y del régimen disciplinario de todos los jueces
y fiscales, de manera tal que asuma el control externo y permanente,
eliminando el sistema de control interno (dependiente del Poder Judicial y
del Ministerio Público). Además, se sugirió eliminar las ratificaciones de
jueces y fiscales cada siete años, “pues en la práctica se han convertido
en un poder discrecional absoluto, secreto e incuestionable”. Al respecto,
es válido preguntarse por qué ninguna de estas propuestas se ha
debatido en el Congreso.
Finalmente, para empezar a conseguir la verdadera reforma de justicia
hay mucho por hacer. En efecto, las partes y los abogados litigantes
deben comprender que el proceso, más que un instrumento técnico, es
un instrumento ético; los propios jueces y fiscales deben asumir su rol de
legítimos representantes de la sociedad; y los responsables de la
elección de estos deben asumir su tarea con responsabilidad y con la
convicción de que otorgarle a una persona idónea el poder de impartir
justicia es uno de los presupuestos para la progresiva construcción de un
verdadero Estado Constitucional de Derecho.
Renzo I. Cavani Brain
Coordinador de la sección de Derecho Procesal Civil
de Actualidad Jurídica