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ECO-HEALTH
IN THE AMERICAS
LEGAL WORKING
PAPER SERIES
MOUNTAINS, HEALTH & MINERALS:
APLICACIÓN DE LA NORMATIVA
AMBIENTAL Y DE SALUD EN
COMINAZA S. A., ÁREA MINERA GUAYSIMI, ECUADOR
Por Óscar Betancourt,
María Paucar & Milton Carrasco
2010
Americas Eco-Health Assessment Law Project
www.cisdl.org/projects.html
2
MOUNTAINS, HEALTH & MINERALS: APLICACIÓN DE
LA NORMATIVA AMBIENTAL Y DE SALUD EN
COMINAZA S. A., ÁREA MINERA GUAYSIMI, ECUADOR
Por Óscar Betancourt, María Paucar & Milton Carrasco , FUNSAD
1. Área Minera Guaysimi, Empresa Cominaza S.A.
1.1 Historia
La concesión minera Guaysimi se localizan en la República del Ecuador,
provincia de Zamora Chinchipe sector Guaysimi Alto al Sureste del país. Las actividades mineras en Guaysimi Alto se iniciaron de una manera
informal por el año de 1982. En el año 1990 el Estado Ecuatoriano otorgó
el permiso de exploración a la Sociedad Minera Guaysimi; en 1992 se
obtuvo el título minero de explotación otorgado a los informales organizados en 19 núcleos a través de la Sociedad Minera Guaysimi. En
un proceso de compraventa COMINZASA logró adquirir todos los
derechos, siendo esta empresa en la actualidad la propietaria de los títulos mineros de explotación del área minera Guaysimi Alto.
Actualmente el proyecto se encuentra en la fase de explotación y beneficio. Para la operación minera poseen infraestructura básica, en la
cual se realizan labores de explotación y recuperación de oro primario. La
empresa viene realizando la explotación del yacimiento de skarn con un
método de explotación a cielo abierto, el material explotado es procesado en el mismo sitio, el procesamiento consiste en trituración, molienda,
cianuración, electrolísis y fundición.
En lo referente a obligaciones legales ambientales la empresa ha cumplido
con presentar los estudios de impacto ambiental, auditorias y programas
ambientales anuales, así como mantener vigente la garantía bancaria de
fiel cumplimiento, sin embargo y como se verá más adelante, hay una serie de faltas de cumplimiento de varias obligaciones.
Los trabajo in-situ de los programas ambientales contempladas en el plan de manejo ambiental y de las normas ambientales son bajas, en este
contexto, el Subsecretario de Protección Ambiental del Ministerio de
Minas y Petroleros1, basado en los informes de auditorias así como de las inspecciones que han realizado técnicos de la Delegación Regional de
Protección Ambiental de Zamora y de la Unidad Ambiental Minera, ha
exigido se realice las correcciones necesarias para prevenir, mitigar y
controlar los impacto ambientales que ocasiona el proyecto minero, cosa que solo se ha cumplido parcialmente.
1 Según el Decreto Ejecutivo No. 1415, publicado en el Registro Oficial 307, del 17 de abril del 2001, señala la competencia
administrativa para la evaluación y aprobación de estudios y planes de manejo, auditorias y presupuestos ambientales, a la
Unidad Ambiental Minera de la Subsecretaria Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas.
3
La Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Minas y
Petróleo estuvo encargada del control ambiental hasta el mes de marzo del 2009. Mediante Registro Oficial No.561 del 1 de abril del 2009, el
Presidente de la República, en el Art.1, transfiere al Ministerio del
Ambiente todas las competencias, atribuciones, funciones y delegaciones
en materia ambiental. Con estas atribuciones, la Subsecretaria de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, en el año 2009 realizó dos vistas
de campo al área minera Guaysimi, de dicha acción, solicita mediante
comunicaciones oficiales la presentación de un Plan de Acción y un Plan de Rehabilitación, para corregir la gestión ambiental relacionada al manejo
de desechos, de relaves, de combustibles, de drenajes naturales, dotación
de equipos de protección personal y otras acciones. La empresa dando cumplimiento a los requerimientos de la Auditoria Ambiental entregó los
planes respectivos en la Subsecretaria de Protección Ambiental para el
análisis respectivo. Con ello, el área minera Guaysimi cuenta con la
Licencia Ambiental, otorgada por el Ministerio del Ambiente.
1.2 Ubicación geográfica del Área Guaysimi Alto
Las coordenadas UTM, del área minera son:
COORDENADAS UTM DEL AREA “GUAYSIMI ALTO”
El área de concesión se localiza en la cordillera de Nanguipa, 7 Km. al SE
de Nambija, en un perímetro de 198 Has. Mineras. Al proyecto se puede
llegar vía terrestre en 14 horas desde Quito, capital del Ecuador. La vía es: Quito - Loja – Zamora – Ramírez - San Carlos - Guaysimi Alto. Las
poblaciones más cercanas al proyecto son Tambo Viejo a 13,8 Km; San
Carlos de Minas a 18,1 Km; Namírez a 26,5 Km.
2. Metodología
Es un estudio basado en fuentes secundarias. Se revisó estudios
ambientales, auditorías ambientales, normas ambientales, informes remitidos por la autoridad ambiental, información de páginas WEB tantas
públicas y privadas y otras fuentes de información, esta información se
cita en el acápite de bibliografía. Esta información fue organizada de manera sistemática para recuperar los aspectos relevantes del objeto de
estudio. Luego de un complejo proceso de de selección y depuración de la
información y se hizo análisis de contenidos. Además se utilizaron fuentes
primarias, especialmente con entrevistas a profundidad a informantes
PUNTOS
COORDENADAS
X Y
PP 747.633 9’546.249
1 747.633 9’546.772
2 748.450 9’546.772
3 748.450 9’545.672
4 746.650 9’545.672
5 746.650 9’546.249
4
claves. La información obtenida de estas fuentes fue igualmente
condensada.
3. Marco Institucional y Legal
En la República del Ecuador hasta el año de 1996 no existía una secretaria de estado que regule la política ambiental del país. Existían
varias leyes desarticuladas que eran aplicadas por departamentos y
unidades de diversas instituciones del Estado, ante esta situación, el país
afrontó una situación crítica en materia de políticas ambientales, en especial, referente a la explotación inadecuada de los recursos naturales.
Mediante el Decreto Ejecutivo Nº 195-A, RO/ 40 del 4 de Octubre de 1996, se crea el Ministerio del Ambiente, en los tres primeros párrafos de este decreto cita: “Que la República del Ecuador afronta una situación cada vez más crítica en
materia de problemas ambientales, referidos a una inadecuada explotación de sus recursos naturales,
contaminación generalizada, deterioro físico y pérdida de biodiversidad, todo lo cual ocasiona
incremento de la pobreza, la emigración y el desempleo que afectan de modo crónico a la mayoría de
ecuatorianos” “ Que además de la dispersión legal en materia de Medio Ambiente por ausencia de
una ley única y actualizada sobre la materia, existen, como parte de la administración pública,
numerosos departamentos y unidades ministeriales, entidades autónomas y semiautónomas dedicadas
a políticas ambientales, las que actúan de modo desarticulado, con duplicación de programas, gastos y
esfuerzos” “Que es necesario la creación de una instancia con poder de decisión y ejecución para
establecer y aplicar normas de protección ecológica de todo hábitat nacional, sin perjuicio del respeto
debido a todas etnias y culturas integradas en nuestro país”2.
El Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS) del Ministerio del Ambiente es promulgado el 31 de marzo de 2003 en la
Edición Especial No.2 y publicado en el Registro Oficial por Decreto
Presidencial No 3516. Este texto abarca leyes encaminadas a la prevención y control de la contaminación ambiental, la protección de los
recursos aire, agua, suelo, aire así como a conservación, mejoramiento y
restauración del ambiente, contenida en nueve libros con sus respectivos anexos.
3.1 Marco Institucional
El Marco Institucional del Ecuador, responsable del control de las
obligaciones ambientales del sector minero son los siguientes:
Ministerio de Recursos Naturales No Renovables3
El Ministerio de Recursos Naturales No Renovable es la secretaría de
estado encargada de normar la industria minera, en lo concerniente a la prospección, exploración, explotación, fundición y refinación en el ámbito
de su competencia. De manera resumida se puede decir que este
ministerio tiene las siguientes competencias:
2 Decreto Ejecutivo Nº 195-A, RO/ 40 del 4 de Octubre de 1996
3 Esta Cartera de Estado ha cambiado de nombre permanentemente, anteriormente se denominaba “Ministerio de Minas y
Petróleo”, desde el año anterior (2009) adquiere esta nueva nominación”.
5
- Ejercicio de la rectoría de las políticas públicas del área geológico-
minera, la expedición de los acuerdos y resoluciones administrativas que requerirá su gestión.
- Ejercer la representación del Estado en materia de política minera.
- Evaluar las políticas, planes y proyectos para el desarrollo,
administración, regulación y gestión del sector minero.
- Ejecutar de manera desconcentrada la política pública definida para el
desarrollo del sector.
- Promover en coordinación con instituciones públicas y/o privadas,
universidades y escuelas politécnicas, la investigación científica y
tecnológica en el sector minero.
- Definir, en coordinación con la entidad rectora de la planificación
nacional, el Plan Nacional de Desarrollo del sector minero.
- Supervisar el cumplimiento de los objetivos, las políticas las metas
definidas para el sector que ejecutan las personas naturales y jurídicas
públicas y/o privadas.
- Establecer los parámetros e indicadores para el seguimiento,
supervisión y evaluación de la gestión de empresas públicas e informar
al Ejecutivo sobre los resultados de tal ejecución y medición.
- Crear los consejos consultivos que permitan la participación ciudadana
para la toma de decisiones en las políticas - mineras.
- Otorgar, administrar y extinguir los derechos mineros4, etc.
Según lo establecido en la nueva Ley Minera, recientemente aprobada
(2009), las actividades del sector minero estarán reguladas por una
estructura interinstitucional compuesta de la siguiente manera:
- El Ministerio Sectorial
- La Agencia de Regulación y Control Minero
- El Instituto Nacional de Investigación Geológico, Minero, Metalúrgico
- La Empresa Minera Nacional
- Las municipalidades en las competencias que les corresponda
4 Competencias del Ministerio de Recursos Naturales no Renovables establecidas en la Ley de Minería.
6
Ministerio del Ambiente
El Ministerio del Ambiente es la cartera del estado ecuatoriano encargado
de diseñar las políticas ambientales así como de coordinar las estrategias,
los proyectos y programas para el cuidado y conservación de los
ecosistemas y aprovechamiento de los recursos naturales en el país. Solo desde fines del año 2009 y con el gobierno actual, el Ministerio del
Ambiente es la autoridad ambiental nacional en el ámbito minero y debe
ejercer las siguientes atribuciones:
- Expedir de forma exclusiva a nivel nacional las normas administrativas,
técnicas, manuales y parámetros generales de protección ambiental para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar, remediar y compensar los efectos
que las actividades mineras puedan tener sobre el medio ambiente y la
participación social, de obligatorio cumplimiento en el ámbito nacional.
- Controlar y coordinar con el organismo competente de control ex post la
verificación del cumplimiento de las normas de calidad ambiental
referente al aire, agua, suelo, ruido, desechos y agentes contaminantes.
- Establecer un subsistema de control ex ante y concurrente para el
seguimiento del cumplimiento de las normas y parámetros establecidos y régimen de autorizaciones administrativas ambientales en general sobre la actividad minera en todas sus fases5.
Dirección Provincial del Ambiente de Zamora
La Dirección Provincial del Ambiente de Zamora, dependencia del
Ministerio de ambiente y situada en la ciudad de Zamora, asumió la competencia para ejecutar las actividades de control y seguimiento
ambiental de las actividades mineras y otras actividades en la región
donde se encuentra la empresa minera Guaysimi.
5 Competencias citadas en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras.
8
3.2 Marco Legal
El cuerpo legal ambiental del Ecuador, relacionado con las actividades mineras es bastante amplio, a continuación se describen los más
relevantes:
- Ley de Minería6
Esta ley norma las relaciones del Estado con las personas naturales y
jurídicas, nacionales o extranjeras y las de éstas entre sí, respecto de la obtención de derechos y de la ejecución de actividades mineras. En lo
referente al capítulo correspondiente a la Preservación del Medio
Ambiente, la ley establece la obligación del presentar Estudios de Impacto Ambiental y Planes de Manejo Ambiental (EIAs y PMAs) para prevenir,
mitigar, controlar, rehabilitar y compensar los impactos ambientales y
sociales derivados de sus actividades, los mismos que deberán ser aprobados por el Ministerio del Ambiente.
En la Ley de Minería Art.78 se hace referencia a la Preservación del Medio
Ambiente, Estudios de Impacto Ambiental y Auditorias Ambientales en los siguientes términos: “Los titulares de concesiones mineras y plantas de
beneficio, fundición y refinación, previamente a la iniciación de las
actividades mineras en todas sus fases, deberá efectuar y presentar estudios de impactos en la fase de exploración inicial, estudio de impacto
ambiental definitivos y planes de manejo ambiental en la fase de
exploración avanzada y subsiguientes, para prevenir, mitigar, controlar y reparar los impactos ambientales y sociales derivados de sus actividades,
estudios que deberán ser aprobados por el Ministerio del Ambiente con el
otorgamiento de la respectiva Licencia Ambiental7”.
- Reglamento de la Ley de Minería8
Este reglamento describe procedimientos bajo las cuales se debe aplicar la Ley de Minería. No es este el espacio para describir los detalles de este
reglamento
- Reglamento de Seguridad Minera9
Las disposiciones de este reglamento son aplicables a las actividades
mineras y particularmente en las fases de exploración, explotación, beneficio, fundición y refinación. El objetivo es establecer normas para la
aplicación de la Ley de Minería, a fin de proteger la vida y salud del
recurso humano minero
- Reglamento Ambiental para Actividades Mineras10
6 Ley que fue publicada en el Registro Oficial No. 517, del 29 de enero 2009
7 Articulo citado en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras.
8 Reglamento fue publicada en el Registro Oficial No. 67, del 16 de noviembre de 2009
9 Reglamento fue publicada en el Registro Oficial No. 999, del 30 de julio de 1996.
10 Registro que fue publicada en el Registro Oficial No. 67 del 16 de noviembre de 2009
9
Este reglamento regula la gestión ambiental en las actividades mineras en
sus fases de exploración inicial y avanzada, explotación, beneficio, fundición, refinación y comercialización; así como en las actividades de
cierre de labores, con el fin de prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y
compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales
actividades.
Tiene por objeto promover el desarrollo sustentable de la minería en el
Ecuador, a través del establecimiento de normas y procesos para prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y compensar los efectos que las
actividades mineras puedan tener sobre el medio ambiente y la sociedad.
El reglamento establece que todas las actividades mineras deben observar
las disposiciones relativas a la protección del ambiente, prevaleciendo el
mismo sobre cualquier otra regulación secundaria.
Como ejemplo de lo indicado se cita algunos artículos de este reglamento:
Art.4.- Titulares mineros.- “Para efectos de la aplicación de este reglamento, se entenderán como beneficiarios de derechos mineros a
aquellos titulares y autorizados, de acuerdo a la denominación y alcance
establecidos en la normativa legal y reglamentaria aplicables al sector minero”.
Art.5.- Responsabilidad de los titulares mineros y de sus contratistas.-
“Los titulares mineros serán responsables civil, penal y administrativas por las actividades y operaciones de sus contratistas ante el Estado
Ecuatoriano, el Ministerio del Ambiente y los ciudadanos en general; por
lo tanto será de su directa y exclusiva responsabilidad la aplicación de todos los subsistemas de naturaleza ambiental establecidos en la
normativa vigente y en particular las medidas de prevención, mitigación,
compensación, control, rehabilitación, reparación, cierres parciales, abandono de minas, sin perjuicio de la que solidariamente tengan los
contratistas”.
Art.6.- Coordinación Interinstitucional.- “El Ministerio del Ambiente, como Autoridad Ambiental Nacional rectora del Sistema Nacional
Descentralizado de Gestión Ambiental, tiene a su cargo la coordinación
con los organismos del Estado, gobiernos y organismos seccionales que tengan competencia en materia de protección ambiental, uso y manejo de
recursos naturales no renovables con el objetivo de verificar el
cumplimiento del régimen ambiental vigente en la República del Ecuador”.
- Reglamento al Articulo 28 de la Ley de Gestión Ambiental sobre
la Participación Ciudadana y Consulta Previa
Este reglamento tiene como objetivo contribuir a garantizar el respeto a
derecho colectivo de todo habitante a vivir en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado y libre de contaminación, a través del proceso de consulta y participación.
10
- Normas Técnicas Ambientales para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental11
Estas normas están tomadas del Libro VI, De la Calidad Ambiental, del
Texto Unificado de la Legislación Ambiental Secundaria (TULAS), siendo
las más importantes las siguientes:
1. Norma de calidad ambiental y de descarga de efluentes: recurso
agua 2. Norma de calidad ambiental del recurso suelo y criterios de
remediación para suelos contaminados
3. Norma de emisiones al aire desde fuentes fijas de combustión 4. Norma de calidad del aire ambiente
5. Límites permisibles de niveles de ruido ambiente para fuentes fijas
y fuentes móviles y para vibraciones
6. Norma de calidad ambiental para el manejo y disposición final de desechos sólidos no peligrosos
7. Listados nacionales de productos químicos peligrosos y de uso
severamente restringido que se utilicen
Existen otras normas para campos más específicos como la Ley de Aguas,
Ley de Caminos, Ley de Patrimonio Cultural, etc. No se incluyen aspectos relacionados con la salud humana.
4. Estudio de Impacto Ambiental, EIA y Plan de
Manejo Ambiental, PMA, del Proyecto Guaysimi
4.1 Metodología para realizar los EIAs y PMAs
Para ejecutar las labores mineras de la fase de exploración (inicial y avanzada), explotación y beneficio en las áreas concesionadas por el
estado ecuatoriano, los titulares mineros deben tener aprobado el estudio
de impacto ambiental12. Actualmente con las competencias asumidas por el Ministerio del Ambiente los proyectos mineros deben obtener la
Licencia Ambiental13 y los proyectos nuevos para su ejecución
primeramente deberán obtener la Licencia citada, caso contrario no puede
realizar ninguna actividad minera.
Los estudios de impacto ambiental del sector minero son realizados por
consultores especializados que se encuentren registrados en el Ministerio de Energía y Minas (actual Ministerio de Recursos Naturales No
Renovables), en la actualidad los consultores deben estar registrados en
el Ministerio del Ambiente.
Los consultores ambientales son los encargados de realizar los estudios
ambientales mineros, considerando la metodología citada en las guías
técnicas del instructivo para la preparación de estudios ambientales, 11
Norma que fue publicada en el Registro Oficial No. 990 del 31 de julio de 2002 12
Según lo dispuesto en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, del año 1997. 13
Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, publicado en el Registro Oficia, del 6 de noviembre del 2009.
11
elaborada por el Ministerio de Energía y Minas (Anexo No. 1). Actualmente
según el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras emitida por el Ministerio del Ambiente, la metodología para realizar los estudios
ambientales es:
1 Elaboración de los términos de referencia.- Este documento indica las características bajo las cuales se elaboran el estudio de
impactos ambiental. Este documento debe ser aprobado por el
Ministerio del Ambiente.
2 Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Plan de Manejo
Ambiental.- Este documento puede elaborase una vez aprobado los términos de referencia. El estudio de impacto ambiental debe
contener la siguiente información:
Focalización de los términos de referencia Descripción del proyecto y definición de las áreas de influencia
sobre la base del impacto directo de la actividad minera
principal Descripción de la línea base
Identificación y evaluación de impacto socio-ambiental
Plan de manejo ambiental Plan de monitoreo.14
A más del estudio de impacto ambiental se deberá presentar el informe
del proceso de participación social realizado en los términos establecidos en la normativa pertinente15.Una vez aprobado el estudio ambiental puede
proseguir con la obtención de la licencia ambiental para ejecutar el
proyecto minero.
4.2 Metodología utilizada en los EIAs del área
minera Guaysimi
El contenido de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo en
esta área fueron elaborados en función de las directrices y guías citadas
por la auditoria ambiental reguladora16. El método de trabajo aplicado en la elaboración del estudio de impacto ambiental se basaba en trabajos de
información bibliográfica y trabajo de campo. Con la información de los
dos trabajos se estructura el contenido del estudio ambiental del proyecto
Guaysimi.
En lo referente a la evaluación de impactos ambientales se ha utilizado las
matrices de Leopol, donde se hace una interacción entre las acciones del proyecto y los potenciales factores ambientales a ser afectados. La acción
de causa- efecto ha permitido aplicar la metodología de interacción de las
14
Información citada en el Art.12, del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras vigente. 15
Información citada en el Art.13, del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras vigente, anteriormente se obligaba a los
titulares mineros ha realizar la difusión del proyecto de una forma muy general. 15
El proceso de participación se encuentra normado en el Reglamento al Articulo 28, de la Ley de Gestión Ambiental sobre la
Participación Ciudadana y Consulta Previa 16
El EIA, se presento ante el Ministerio de Energía y Minas
12
actividades mineras sobre los componentes ambientales de la zona, de
dicha evaluación se desprende los factores que se verían afectados por el desarrollo del proyecto minero. Así mismo se identifica las acciones que
generarían impactos hacia los factores ambientales.
4.2.1 Contenidos de los estudios de impacto y planes de manejo ambiental
Contenido del EIAs y PMA, año 1992, Guaysimi
Del archivo historial de Guaysimi que reposa en el Ministerio de Recursos
Naturales No Renovables y Ministerio del Ambiente, se desprende que la
empresa presentó un estudio de impacto ambiental que no fue aprobado
por vacíos en la información, en efecto la autoridad reguladora requirió la presentación de un alcance al EIA y PMA, donde se aborde todas las
observaciones realizadas en el informe del análisis (Memorando No.167-
93-DINAMA, del 20 de mayo de 1993, Ministerio de Energía y Minas). El alcance del EIA y PMA presentado contenía información aceptable, en
este contexto fue aprobado el estudio del proyecto Guaysimi (Oficio
No.148-94-DINAMA, del 23 de junio de 1994. A partir de la aprobación del estudio de impacto ambiental del proyecto Guaysimi en el año 1994
hasta el año 2000, la empresa no presente ante las autoridades ninguna
documentación ambiental en vista de la ausencia legal que exigiera su
presentación.
Mediante Decreto Ejecutivo No. 625. RO/ 151 de 12 de Septiembre de
1997, se promulga el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras. Este reglamento tiene como objeto promover el desarrollo sustentable de
la minería en el Ecuador por medio del establecimiento de normas y
procesos, encaminados a prevenir, controlar, mitigar, rehabilitar y compensar los efectos que las actividades mineras puedan ocasionara al
ambiente y la sociedad, en dicha norma se citaba los procedimientos para
presentar las obligaciones ambientales como:
- Estudios de impacto ambiental
- Estudios de impacto ambiental ampliatorios
- Auditorías ambientales anuales -Programa y presupuesto ambiental
-Vigencia de garantías bancarias
La no presentación de las obligaciones ambientales por parte de la
empresa era sujeto de sanciones según correspondiera. De la
investigación realizada el titular minero del área Guaysimi presentó
oportunamente las obligaciones citadas, pero el cumplimiento ambiental in-situ era muy bajo, según los informes de las auditorias ambientales e
inspecciones realizadas por los técnicos de la entidad reguladora.
En conclusión el titular minero presentó el estudio de impacto ambiental
cuando ya realizaba las actividades mineras en la concesión, incumpliendo
de esta forma con lo establecido en la Ley de Minería, Art. ...- Manifiesto
13
de inicio de producción. En forma previa al comienzo de la producción
comercial, el concesionario informará a la Dirección Regional de Minería competente la fecha de su inicio mediante manifiesto escrito que tendrá el
carácter de declaración juramentada. El inicio de la producción
comercial estará peditado a la aprobación del estudio de
evaluación de impacto ambiental.
Contenido del EIAs y PMA, año 2000, empresa Cominaza, Proyecto
Guaysimi Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental17
(EIA)
Planes de Manejo Ambiental
(PMA)
-
- Descripción del Proyecto.- La explotación se realiza por el método a cielo abierto a un ritmo de extracción de 200 t/d. Con
un coeficiente de destape de 0.799 m3/t, las reservas están aseguradas en 10 cuerpos mineralizados de Skarn. El beneficio
se realizaría mediante las acciones de trituración, molienda, clasificación, cianuración, adsorción por carbón activado,
tratamiento de desechos previa la sedimentación en piscinas de colas o relaves.
- - El área minera poseía infraestructura para la mina, vías de
acceso interno y externo, campamentos, comunicaciones por radio, taller de la planta de cianuración, talleres, depósitos de
combustibles, depósito de agua y piscinas de relaves. -
- La planta de beneficio tenia una capacidad para procesar 200 t/d, existiendo secciones como la de adsorción de carbón con
capacidad de 300 t/d, la celda electrolítica de 500t/d y molienda con 300 t/d para proyección de ampliación futura en la mina. La
solución cianurante se alimenta desde un acondicionador hacia el molino (con 60%) y los tanques de cianuración (35% de
sólidos) más cal para regular el pH entre 10 y 10.5. -
- El agua para consumo humano y uso industrial fue tomada de diferentes fuentes y mediante desarenadotes se clarifica para los
usos respectivos -
- Línea Base.- El proyecto se encuentra en el piso zoogeográfico
subtrópico y temperado , y según la clasificación de Holdridge, se ubica dentro del Bosque Húmedo PreMontano y Bosque Húmedo
Monatano Bajo que corresponde a las regiones Muy Húmedo subtropical y Muy Húmeda temperada. El aspecto social ha sido
investigada en base a la fuente del ODEPLAN 1999 y fuente
primaria 8entevistas de campo), los indicadores estudiados son:
asentamientos humanos, actividades económicas, vivienda y educación.
- - Evaluación de Impactos.- La evaluación de impactos se
realizó mediante la matriz causa-efecto, entre las actividades del proyecto y los factores ambientales susceptibles a sufrir
impactos. Los factores que mayormente seria afectados son: el paisaje, la morfología, calidad del suelo, capa húmica, uso del
suelo, ruido, fauna terrestre, calidad del aire, valores culturales, calidad de agua.
-
El EIA y PMA, según el analista revisor cumple con las normas
ambientales establecido en el RAAM, en efecto se aprueba
(fuente: No.0718-DINAMI-UAM-2000 -1230, del 13 de noviembre
del 2000).
Plan de Manejo Ambiental.-
Contemplaba la implementación
y ejecución de las siguientes
actividades:
-Saneamiento básico de los
campamentos y baterías
sanitarias.
-Manejo de desechos sólidos
orgánico e inorgánico.
-Manejo de combustible
-Programa de capacitación
-Mantenimiento de taludes y
vías
-Programa de reforestación
-Manejo de suelo orgánico
-Manejo de relaves y escombros
-Control de polvo
-Sistema de Seguridad industrial
-Mediciones desconcentrado de
cianuro
-Programa de difusión ambiental
-Programa de restauración
- En lo referente a la salud de
trabajadores solo se considera
en dotar de equipos de
protección personal y
capacitación sobre seguridad
industrial.
17
El estudio de impacto ambiental fue realizado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ingeniería en Minas)
14
Contenido del EIAs y PMA, año 2002 empresa Cominaza, Proyecto
Guaysimi Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental18
(EIA)
Planes de Manejo
Ambiental
(PMA)
Descripción del proyecto.- El estudio de impacto ambiental fue
presentado para realizar actividades en el frete Banderas, se
planteo la extracción de 60.000 toneladas a partir de Octubre del
2002, con una producción de 200 toneladas. El material estéril
seria trasladado a la escombrera en el sector denominado
Guaysimi Central, la escombrera seria conformada en bancos
ascendentes de 6 m de altura, cuyo drenaje se dirigiría a la
quebrada El Rey.
Línea Base.- En el estudio ambiental no se presentó información
relacionada a: mapas de las áreas intervenidas, de asentamientos
humanos, áreas en proceso de reforestación, determinar si existen
áreas sensibles y protegidas que vayan a ser afectadas por el
proyecto.
Evaluación de Impactos.- La evaluación de impactos es muy
generalizada, la misma no permite conocer la severidad del
impacto.
-En vista de que el EIA y su PMA carecía de información relevante,
El Subsecretario de Protección Ambiental requiere del titular
minero un alcance al estudio respectivo, donde aborde las
observaciones citadas.(fuente: Oficio No. 1279-UAM-DINAMI –
SPA-2002, de 2 de septiembre del 2002).
El alcance del EIA y PMA se elaboró de manera satisfactoria y fue
aprobado por la autoridad ambiental, (Oficio No. SPA-DINAMI –
UAM-0303900, de 11 de abril del 2003)
El PMA, contempla acciones
de:
-Plan de prevención
-Manejo de desechos sólidos y
líquidos
- Programa de capacitación.
- Manejo de Relaves, etc
El técnico revisor del estudio
ambiental hace referencia a la
falta de información de:
-Medidas de prevención para
proteger ecosistemas sensibles
existentes
-Manejo de explosivos
-Plan de contingencias, a
potenciales que puede
presentarse en caso de
incendios, inundaciones y
deslaves.
Hace referencia también sobre
la nula información relacionada
a los planes de difusión e
información en el estudio de
impacto ambiental. .
Contenido del EIAs y PMA, año 2005 empresa Cominaza, Proyecto
Guaysimi
Estudio de Evaluación de Impacto
Ambiental19
(EIA)
Planes de Manejo Ambiental
(PMA)
Descripción del proyecto.- Las actividades del
proyecto están orientadas a la extracción de cuerpos
minerales tipo skarn con contenido de oro, mediante
un sistema de explotación a cielo abierto a través de
las fases de destape, extracción y transporte hacia la
planta concentradora.
En el área minera existe una planta de cianuración que
permite la lixiviación del oro para su recuperación, en la
que intervienen los circuitos de Stock de mineral,
trituración, molienda, clasificación, lixiviación,
adsorción de carbón, elusión, fundición, reactivación de
carbón, y laboratorio para el control del proceso. El
área minera cuenta con dormitorios, comedor, oficina,
servicios higiénicos, etc., sin especificar la capacidad de
Dentro del plan de manejo ambiental, se
prevé la ejecución de los siguientes
acciones:
-Plan de manejo de desechos sólidos
-Plan de manejo de desechos líquidos
-Plan de manejo de relaves
-Plan de seguridad y otros
- El analista del estudio ambiental cita en
su informe que el Plan de Manejo
Ambiental debe ser estructurado de tal
manera que permita constituirse en una
herramienta útil y cotidiana para el
18
El estudio de impacto ambiental fue realizado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ingeniera en Minas). 19
El estudio ambiental, fue realizado por la consultora ambiental TERRAMBIENTE.
15
alojamiento. El campamento (su traslado es motivo de
postergaciones) se encuentra junto a la planta de
beneficio. El desecho más importante por su volumen y
condiciones ambientales producto del sistema de
cianuración son las colas o relaves, aspecto que no ha
sido abordado con suficiente detalle sobre la selección
del sitio.
En la línea base.- Para determinar la calidad de aguas
no se ha considerado el análisis del cianuro que es un
elemento importante en proceso implementado en el
proyecto Guaysimi.
La flora se caracteriza por sus regiones bioclimáticas
bosque húmedo montano bajo (BhMB) y bosque
húmedo premontano (BhP) con bosque siempre verde
5%, bosque de neblina montano 10%, matorral
húmedo montano bajo 25%, bosque secundario 35%,
pastizales-cultivos- área de uso industrial 25%. La
fauna se ha evaluado mediante el método de
evaluación ecológica rápida en base a observaciones
directas, capturas, entrevistas a nativos del área. El
componente socio-económico ha estudio aspectos como
demografía, condiciones de vida, actividades
productivas, infraestructura, salud, vivienda,
alimentación, vías, transporte, deporte y seguridad.
La evaluación de impactos.- La identificación de
impactos se realizó mediante una matriz de interacción
causa-efecto, la valoración de impactos ambientales se
llevado a cabo a través de la metodología de “Criterios
Relevantes Integrados”, que incluye índices de impacto
ambiental en función de factores como: Tipo de acción,
carácter, intensidad, extensión, duración, riesgo y
reversibilidad del impacto.
Ante la omisión de información relevante en el EIA y
PMA, el SPA requirió al titular minero la presentación de
un alcance al estudio ambiental (Fuente: Oficio No.
SPA-DINAMI –UAM-2118, de 05 de noviembre del
2005). Posteriormente presentarían un alcance al
estudio para su aprobación respectiva. El último estudio
ambiental corresponde al año 2005
concesionario y definiendo los niveles de
responsabilidad para su ejecución.
Impactos al Ambiente
Paisaje20
Por las actividades que se realiza en el área minera Guaysimi el paisaje ha
sido altamente alterado, debido a que para explotar el oro retiraron
desmedidamente la capa vegetal, sin embargo el actual proyecto
continúa con esta alteración que debe ser sometida a rigurosas medidas de rehabilitación, este efecto es el de mayor rango, considerándose como
un impacto ambiental negativo potencial, acumulativo, permanente,
localizado, irreversible, recuperable con la aplicación de medidas ambientales.
20
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005.
16
Geomorfología21
Los efectos causados sobre la morfología, son diversos. Es evidente el
cambio de cotas constantes, el nivel original de la cantera va reduciendo
su altura, el impactos que genera el proyecto minero es acumulativo localizado, irreversible, recuperable con la aplicación de medidas de
rehabilitación.
Suelo22
La calidad del suelo se ve afectada por todas las actividades de construcción, que requieren del retiro de la capa vegetal y el movimiento
de los primeros horizontes de suelo, provocando el cambio en la
estructura del mismo. Las escombreras hacen que el suelo vegetal
sea cubierto por material estéril, además los lixiviados que se generan desde las mismas contaminan esta capa de suelos y las inferiores,
pudiendo contener cianuro en pequeñas cantidades. El efecto sobre la
calidad del suelo es adverso, directo, acumulativo, localizado, es reversible en la mayoría de los casos, Siendo irreversible únicamente en
los sitios donde se construyen los campamentos por cuanto este suelo
sufre un cambio de uso permanente, son efectos en la fuente, la probabilidad de alteración es alta y su magnitud es moderada. Los efectos
que sufren los procesos de compactación y erosivos son: adversos,
directos, acumulativos, temporales, localizados, próximos a la fuente,
reversibles, recuperables, su probabilidad es mediana y su magnitud es baja.
Agua23
Las aguas superficiales de la zona sufren impactos negativos debido al uso
para abastecimiento de campamentos temporales, para aseo personal, lavado de vestimentas y artículos de cocina. Otra fuente contaminante
son las aguas de las piscinas de sedimentación, no son tratadas antes de
ser devueltas a su cauce, provocan problemas de sedimentación, cambio
de color y turbidez en el agua, acumulando material suspendido en algunos tramos de drenajes y que en términos de masa total contaminan
el agua, reducen la aptitud de algunos organismos para encontrar
alimento, reduce la fotosíntesis por plantas acuáticas, altera las redes alimentarías. Todos estos efectos son adversos, directos, temporales,
localizados, próximos a la fuente, reversibles y recuperables, de
probabilidad de ocurrencia baja, la magnitud sobre la calidad es baja,
sobre la sedimentación.
Aire24
La calidad del aire del área se ve afectada especialmente por el uso de
maquinaria de combustión que genera gases nocivos CO2. Debido a la
21
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 22
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 23
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 24
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005.
17
producción de desechos domésticos y biológicos existen malos olores e
incremento de vectores; el movimiento de tierras en la fase de construcción genera partículas en suspensión (nubes de polvo) que
alteran la visibilidad y podrían ocasionar alteraciones a la salud del
personal involucrado en el proyecto.
El uso de maquinaria y equipos motorizados como generadores,
compresores, bombas, son las que elevan los niveles de ruido. Estos
factores ambientales son adversos, directos, sinérgicos, temporales, localizados, próximos a la fuente, reversibles y recuperables, la
probabilidad de ocurrencia es media y baja.
Fauna25
Como consecuencia de la alteración del suelo, capa vegetal, hábitats
naturales, elevación en los niveles de ruido y procesos erosivos, la fauna terrestre se ve afectada. Las especies animales emigran de su hábitat
natural o nicho ecológico. Debido a la instalación y uso de campamentos
hay pérdida de la vegetación y daño causado a las cadenas tróficas o alimenticias, otras razones para la desaparición de algunas especies.
Estos impactos son adversos, directos, sinérgicos, temporales, localizados,
próximos a la fuente, reversibles, recuperables, de probabilidad alta y compatibles.
Flora26
Es uno de los factores más afectados dentro de los considerados
susceptibles, expresados en el retiro de la capa vegetal, con pérdida total
o parcial de especies vegetales. Las actividades que más lo alteran son la construcción de las plataformas, apertura de trochas. , Igualmente existe
invasión de especies depredadoras que son más resistentes y se adaptan
más fácilmente a los cambios de sus hábitats. Este impacto es adverso, directo, sinérgico, temporal, localizado, próximo a la fuente, reversible,
recuperable, de probabilidad alta y de magnitud moderada.
Calidad de vida y empleo27
La empresa afirma que en esta zona no existe ninguna fuente de trabajo
que genere ingresos económicos y la minería en la zona se convierte en una fuente de ingresos económicos y, consecuentemente, una
oportunidad para mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Se afirma,
además, que con la minería surgen actividades complementarias al
proyecto como abastecimiento y movilización que generan empleo indirecto, se incrementa el flujo comercial de la zona, se consume
productos de la zona, que son también fuentes de ingreso para los
pobladores. Es un discurso muy conocido en este ámbito pero no se dice que sí existen otras formas de generar riqueza como la agricultura bien
manejada, el turismo, la producción artesanal. Tampoco se habla de los
impactos sociales de este tipo de actividades (prostitución, consumo de
25
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 26
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005. 27
Estudio de Impacto Ambiental del año 2005.
18
drogas, proliferación de enfermedades de transición sexual, alcoholismo,
etc.) que no han sido registradas ni reportadas en esa zona pero que sí hay datos evidencias en otras zonas mineras del Ecuador.
4.3 Metodología Auditorías Ambientales del área
minera Guaysimi
La metodología utilizada para la elaboración de las Auditorias
Ambientales (A.A.) del proyecto Guyasimi Alto se realizó considerando las
guías citadas en el Reglamento Ambiental para Actividades Mineras. La auditoria ambiental del proyecto Guaysimi ha seguido los siguientes
procedimientos:
1.1. a) Programa de planificación
Se define los principales contenidos del plan. En el caso de esta empresa
fueron los siguientes:
Programa de las actividades a desarrollarse Descripción a detalle de las actividades que se realizan en el
proyecto a auditarse
Propósito y clase de auditoria
Alcances y necesidades Protocolos
Selección del personal que participara en la A.A
Revisión de equipos a utilizarse en la A.A
1.2. b) Auditoria in situ
Entrevista al supervisor de campo
Revisión de documentos Revisión las instalaciones del proceso de la mina y planta de
beneficio
1.3. c) Elaboración del informe
La elaboración de la Auditoria Ambiental se realizan con los datos
recogidos en el campo y con el apoyo de información secundaria (normativas, fichas técnicas, etc.).
4.3.1 Contenidos de las Auditorías Ambientales En las tablas que siguen se incluirá de manera resumida los resultados de las principales auditorías realizadas a esta empresa, en el texto se incluye
análisis sobre los resultados de estas auditorías realizadas por consultores
contratados por la misma empresa. En la segunda columna se condensa algunas reflexiones sobre el nivel de cumplimiento.
Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2002 empresa Cominaza, Proyecto Guaysimi
AUDITORÍA AMBIENTAL28
Nivel de Cumplimiento
del (PMA)
28
La auditoria ambiental fue elaborado por la consultora ambiental NovoAmbiente Consultora Ltda., contratada por la empresa
19
-Los molinos de la planta generan ruido de gran
magnitud, posiblemente esta acción esta
afectando a los trabajadores.
-Se señala que no existe una frecuencia de
voladuras importantes, no obstante su
aseveración no tiene ningún respaldo.
- Tienen un inadecuado manejo de desechos
sólidos
-La señalización es exigua.
- Los efluentes de los derrames de productos
químicos, aceites, combustible y grasas no van a
una planta de tratamiento.
- La bodega de químicos, materiales explosivos y
testigos ha sido instalada sin considerar normas
ambientales.
- En lo referente a la relavera se observa que la
pared que da frente a la quebrada Guaysimi esta
inestable, mientras que las otras piscinas de
relaves están sufriendo deslizamientos por efecto
de la lluvia y falta de mantenimiento.
- Los resultados del laboratorio de los análisis de
metales del suelo están dentro de los límites
permisibles, sin embargo no se justifica la perdida
de la vegetación. (fuente: Oficios No. 0709-UAM-
DINAMI-SPA-2002 del 10 de mayo de 2002)
La AA no determina el nivel de cumplimiento
del plan de manejo ambiental así como el
cumplimiento de las normas ambientales que
se aplicaba en las actividades de la mina y
planta de beneficio del área minera Guaysimi
Alto.
Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2003 empresa Cominaza,
Proyecto Guaysimi
AUDITORÍA AMBIENTAL29
Nivel de Cumplimiento
del PMA
- En las áreas de trabajo de la concesión minera y de la
planta de beneficio no se han tomado muestras de la
concentración de gases como: amoniaco, gas cianhídrico y
metanol. Esta acción ha sido justificada en función de que
en el país no existen dispositivos especiales para
muestrear los gases citados.
-La Auditoría ambiental ha evaluado el cumplimiento de los
programas ambientales de los planes de manejo ambiental
citados en el estudio de impacto ambiental y el estudio de
impacto ambiental ampliatorio para la cantera denominada
Cerro Banderas así como de la planta de beneficio.
En recomendaciones el auditor sugiere implantar todas las
actividades tendientes a mejorar la gestión ambiental,
haciendo referencia aspectos como: Construcción de un
dispensario médico conforme lo cita el Art. 20 del
Reglamento de Seguridad Minera. Reubicación del
campamento por el ruido que sobrepasa los límites
permisibles, construcción de fosa séptica, mantenimiento
constante de vías, mejorar almacenamiento de
combustible, etc.
El Subsecretario de Protección Ambiental (SPA), aprueba la
Auditoría, sin embargo, no exige al concesionario las
- El cumplimiento del plan de manejo ambiental ha sido evaluado en función
del nivel de cumplimiento de las medidas ambientales así como la
aplicación de las normas ambientales en las operaciones de la mina y la
planta
-
- De la AA, se determina el nivel de cumplimiento de las actividades
auditadas en los siguientes términos: -
- - 10 actividades tienen un cumplimiento de 80% a 100%
- - - 5 actividades cumplen de 50 a 60%.
- -18 actividades tienen un nivel de cumplimiento regular o bajo de 40 a
10%. -
- -3 actividades no han sido cumplidas en absoluto 0%.
29
La auditoria ambiental fue elaborado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ing. Minas).
20
correcciones respectivas (fuente: Oficios No. SPA-DINAMI-
UAM-0307025, del 4 de junio de 2003)
Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2004 AUDITORÍA AMBIENTAL30
Nivel de Cumplimiento
del PMA
- El campamento ha recibido el
mantenimiento sin embargo, los urinarios,
servicios higiénicos, duchas y lavabos,
comedor son insuficientes para el número de
trabajadores.
-Del monitoreo realizado en el campamento
(junto a la planta industrial) se desprende
que el nivel del ruido sobrepasa los limites
permisibles previsto en el TULAS.
- El agua de consumo humano no recibe
ningún tipo de tratamiento.
- Se detectan enfermedades gastro-
intestinales en 20 personas que trabajan en el
proyecto.
- Los productos químicos no cuentan con
fichas de seguridad y la bodega donde se
guarda no cuenta con extintor.
- El talud del frente de explotación se
encuentra muy inestable, el mismo ha sido
convertido en escombrera, por efecto de la
mala ubicación se esta deslizando a las
quebradas.
- No existe duchas y lavabos junto al tanque
de dosificación de cianuro.
- Las aguas del proceso de cianuración se
descargan a la quebrada Los Molinos y La
Colorada sin ningún tratamiento.
- Los desechos biodegradables y no
biodegradables son ubicados de forma
conjunta en un pozo.
- No se realiza el programa de monitoreo al
agua, suelo, aire, etc.
- El tanque de combustible se ha construido si
considerar normas ambientales.
El analista de la AA de la Unidad Ambiental del
Ministerio de Minas y Petróleos, señala que la
Auditoría no proporciona información sobre la
existencia de un Comité de Seguridad e
Higiene de Trabajo, como requiere el Art. 27 y
otros artículos del Reglamento de Seguridad
Minero. La AA, fue aprobada, exigiendo que el
titular minero aplique de manera inmediata
de las medidas correctivas citadas en un plazo
de 120 días. Se solicita la presentación de un
nuevo Programa y Presupuesto Ambiental,
donde se incluya los correctivos citados en el
El nivel de cumplimiento del PMA, es la siguiente:
-El cumplimiento en general de la estrategia
ambiental en el área minera es del 38%, lo cual
califica a la gestión del titular como aceptable,
siendo éste un referente muy bajo de la aplicación
de las medidas ambientales en los procesos de las
actividades de la mina y planta de beneficio.
El analista de la Unidad Ambiental de Minería,
UAM (sector estatal) considera a la gestión del
titular minero, como aceptable, sugiriendo la
aplicación del Plan de Acción propuesto por el
grupo consultor:-Estabilizar el talud inferior del
frente de explotación.- Canalizar todas las aguas
que salen de la planta hacia las piscinas de
grueso.-Limpiar e impermeabilizar las piscinas de
finos.- Realizar un control general y las mejoras
en el sistema de cableado eléctrico-conexiones-
interruptores y fusibles y evitar
electrocutamientos, etc.
Se resalta la visita de campo realizada en el tercer
trimestre del año 2003 por los técnicos de la UAM
y DEREPA-ZAMORA, momento en el cual ya se
advirtió sobre las falencias en la aplicación de la
gestión ambiental en el área Guayasamín Alto.
(Fuente: Oficio No. SPA-DINAMI-UAM-0408388,
del 24 de junio de 2004)
30
La auditoria ambiental fue elaborado por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ing. Minas).
21
Plan de Acción (Fuente: Oficio No. SPA-
DINAMI-UAM-0408388, del 24 de junio de
2004).
Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2005 empresa Cominaza,
Proyecto Guaysimi AUDITORÍA AMBIENTAL31
Nivel de Cumplimiento
del PMA
-Se realizó muestreo de agua, suelo y ruido.-
Los resultados del laboratorio de las muestras
de agua tomadas a 50 m aguas abajo de la
unión de las quebradas Los Molinos y
Guaysimi(muestra WQ3) tiene un contenido de
cianuro de 0.952 mg/l, valores que sobrepasan
los limites permisible determinado en el TULAS(
Libro V: de la Calidad Ambiental, Anexo 1(donde
cita 0.2 mg/l para aguas de uso agrícola, 0.1
mg/l para aguas de consumo humano), en este
contexto, se desprende que el agua vertida al
sistema hídrico de la quebrada Guaysimi desde
la planta de beneficio, contiene 4, 26 veces más
de cianuro del permitido para uso agrícola y 9.6
veces mas del permitido para aguas destinadas
para tratamiento convencional.
-Del monitoreo de ruido realizado en 35
puntos, se desprende que 23 sitios
pertenecientes al área industrial sobrepasan los
limites permisible ( en rangos de 17,2 a 21,9
dB en horario diurno y de 22.2 a 26.9 dB en
horario nocturno ) previsto en el TULAS
(Libro VI: de la Calidad del Ambiente, Limites
permisibles de niveles de ruido para fuentes
fijas, móviles y para vibraciones).
-Los Tanques de combustible que se encuentra
instalados en el área no cumplen con los
diseños técnicas ambientales.
- Señalización inadecuada.
- El personal de la planta de beneficio no
cuentan con los equipos de seguridad personal.
- Capacitación a los trabajadores (una vez al
año).
- El agua de consumo humano no recibe ningún
tratamiento y los tanque de reserva no recibe el
mantenimiento.
-Los desechos orgánicos no reciben un
tratamiento adecuado.
-Inestabilidad de los taludes del frente de
explotación.
-Las vías se encuentran en buen estado.
- Las bodegas se encuentran en buen estado.-
El campamento recibe el mantenimiento (posee
nuevos baños y el comedor esta en proceso de
ampliación).
-El nivel de cumplimiento del plan de manejo
ambiental así como de las normas ambientales
en las operaciones de la mina y la planta sigue
siendo bajas. Se encuentra 44 no conformidades
de carácter mayor (incumplimientos).
-En observaciones el analista de la UAM)
recomienda la aprobación de la AA que ha sido
abordada de manera correcta, así como la
aplicación de la normativa ambiental vigente,
respecto del deficiente manejo ambiental de la
empresa COMINZASA, titular minera, que pese a
las recomendaciones de las diversas Auditorías
anuales y de las consecuentes disposiciones de
las SPA, no ha sido mejorado, si no que al
contrario, se ha empeorado con el transcurso del
tiempo .(fuente: según Memorando-No.1407-
DINAMI,-UAM del 27 de septiembre del 2005)
-Las medidas compensatorias se circunscriben
solo a la donación a la comunidad de fundas de
caramelo en navidad, insignificante si se
considera la magnitud del proyecto y los
impactos en el ambiente.
31
La auditoria ambiental fue realizada por la consultora ambiental Terrambiente.
22
EL grupo auditor de la consultora ambiental
elabora un plan de acción para que la empresa
minera aplique acciones inmediata:-Reubicación
del campamento.-Revisión total del diseño de la
planta de beneficio.- Presencia permanente de
técnicos experimentados en metalurgia que
mejoren los procesos de la planta.- Monitoreo
permanente de los niveles de vapores de cianuro
presente en la planta de beneficio.- Estudio
exhaustivo para determinar las cusas cada vez
más frecuentes de enfermedades
gastrointestinales de personas, etc.
La autoridad ambiental aprueba la Auditoría del
año 2004, solicitando se aplique la
recomendaciones de AA, el cual sería controlado
por el técnico de la Regional de Zamora, la no
ejecución de lo requerido dará origen a la
aplicación de las sanciones contempladas en la
normativa ambiental vigente (Fuente: Oficio No.
SPA-DINAMI-UAM-511837, del 27 de septiembre
de 2005)
Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2006 empresa Cominaza,
Proyecto Guaysimi AUDITORÍA AMBIENTAL32 Nivel de Cumplimiento
del PMA
-Material estéril (relaves) se arroja hacia las
quebradas Guaysimi y Las Moras, afectando la
calidad del agua y provocando procesos
erosivos.
- El ruido se ha incrementado en el nuevo
molino.
-El personal no utiliza los equipo de protección
personal
- El manejo de combustibles carece de cubeto-
trampas y se provocan derrames.
-No se ha realizado monitoreo de emisiones
atmosféricos.
- No disponen de registros de muestreo
sistemáticos.
- El manejo de desechos es defectuoso (sitio de
acopio saturado).
- No se monitorea la calidad del aire, suelo y
agua (se vierten las aguas de planta
directamente a la quebrada Guaysimi).
-Manejo de combustibles inadecuado (sito de
ubicación no cumple las normas ambientales
RAOHE y los tanque están muy deteriorados).
-Se prevé construir un consultorio para que se
atienda al personal de trabajo, se elaborara un
registro de la historia clínica.
- En relaciones comunitarias se citan las
-El nivel de cumplimiento del plan de manejo
ambiental es regular (40%), en función de esto,
se requiere la realización de las correcciones e
implementación de las medidas ambientales
como: Construcción del nuevo campamento
(actuales campamentos están propensos a altos
niveles de ruido).- Monitoreo de las aguas
(metales)que son conducidas a la quebrada
Gauysimi.- Mantenimiento de relaveras.- Se
implemente el programa de capacitación.-
Realizar las respectivas correcciones a los sitios
donde se almacenan los combustibles según lo
citado en el RAOHE.- Ejecución del programa de
desechos de forma adecuada, entre otros
aspectos.
32
La auditoria ambiental fue realizada por la consultora ambiental Vilma Pazmiño (Ing. Minas).
23
ayudas dadas a las comunidades
- La capacitación a los trabajadores no se ha
realizado.
- Las instalaciones eléctricas no son las
adecuadas.
- Los sitios para acumulación de relaves en la
concesión Guaysimi Alto son muy escasos y de
difícil conformación.
En la AA, se señala que no existe una
organización para la gestión ambiental del
proyecto.
-La AA, fue aprobada por el SPA, requiriendo de
la empresa la implementación de las medidas
correctoras citadas en la AA, considerando que
muchas de ellas son parte del que hacer diario
en la conducta ambiental del
concesionario.(Fuente: . Oficio No. 1754-SPA-
DINAMI-UAM-0608696, del 27 de junio de 2006
Contenido de la Auditoría Ambiental, año 2007 empresa Cominaza,
Proyecto Guaysimi AUDITORÍA AMBIENTAL
Nivel de Cumplimiento
del PMA
-El campamento se encuentra muy cerca de la
planta y el ruido sobrepasa la norma.
-Las instalaciones eléctricas están en malas
condiciones (falta las respectivas cajas de
protección y no hay señalización).
-En el área de molinos el ruido y las vibraciones
son muy altas
- La bodega de productos químicos no tienen
extintores ni señalización
- Manejo inadecuado de desechos orgánicos e
inorgánicos
- El mantenimiento de la bodega de los químicos
es pésimo
- Manejo de escombreras ha mejorado
-Las vías internas y externas se encuentran en
buen estado
-Falta de señalización en área minera
-No se realiza programas de capacitación así
como el monitoreo de la calidad de agua, suelo y
aire.
El analista (UAM) requiere que para revertir esta
situación se otorgue plazos de 30 días para las
“No Conformidades” y “Hallazgos ” de fácil
remediación y 90 días para el traslado del
campamento, comedores y áreas de descanso
para el personal, bajo prevención de que en el
evento que no se cumpla estas recomendaciones
en los plazos fijados el técnico de la Unidad
Ambiental Minera durante la inspección,, se
requerirá del Director Nacional de Minería la
inmediata suspensión de actividades y que se
inicie el proceso de aplicación del Art.67 de la
El PMA tiene un nivel de cumplimiento regular al
igual que los dos años anteriores. Son similares
las medidas ambientales que requieren que se
corrijan y se implementen para mejorar el
aspecto ambiental del área Minero.
Se requiere la implementación de acciones
como: -Realizar con urgencia el traslado del
campamento.-Reemplazo periódico del equipo
defectuoso o que ya ha cumplido su vida útil.-
Hacer análisis mensual del agua de las colas
para determinar el contenido de los metales
pesados.- Mantenimiento de las instalaciones
eléctricas.-Instalar extintores en toda la planta
de beneficio.-Buscar mecanismos para que los
trabajadores utilicen los equipos de protección
personal.-Realizar coherentemente el
tratamiento de los desechos orgánicos e
inorgánicos. Poner en práctica el programa de
capacitación así como del monitoreo del agua,
suelo y aire.
24
Ley de Minería.(fuente: Memorando-No.593-
DINAMI,-UAM del 17 de Octubre del 2007)
Aspectos Relevantes de Auditorías Ambientales
De las auditarías ambientales presentadas por el titular minero se
desprende:
- Bajo de cumplimiento de los planes de manejo ambiental así como la
aplicación de las normas ambientales en las operaciones de la mina y
planta de beneficio. - En el aspecto de salud se cita las afectaciones intestinales que sufren
los trabajadores por efecto del nivel alto de ruido que se genera en la
planta de beneficio, relación muy discutible si se considera las condiciones de higiene precarios en a empresa, sumado a la ausencia
de condiciones aceptables de los servicios básicos.
- El agua de consumo humano no recibe ningún tipo de tratamiento
- Los servicios higiénicos, lavabos y duchas eran defectuosos y limitados. - Las instalaciones de lo tanques de combustibles no cumplen con los
diseños técnicas ambientales
- Señalización inadecuada. - El personal de la planta de beneficio no cuentan con los equipos de
seguridad personal.
- La capacitación a los trabajadores es limitada - Los desechos orgánicos y no orgánicos no reciben un tratamiento
adecuado
- Inestabilidad de los taludes del frente de explotación.
- No se ha realizado monitoreo de emisiones atmosféricos - No se ha realizado el monitoreo de agua y suelo
- En el área de molinos el ruido y las vibraciones es muy alta.
- Manejo de escombreras ha mejorado - Las vías se encuentran en buen estado.
- Las bodegas se encuentran en buen estado
- El campamento no recibe el mantenimiento respectivo y el comedor es
pequeño - El relleno sanitario de los desechos orgánicos no se maneja de una
forma técnica.
- No se manejó registros para realizar el control y seguimiento ambiental de los programas ambientales y, el sistema de control por los
organismos estatales es ineficiente, es por ello que a pesar de
innumerables incumplimientos en el campo de la gestión ambiental, no se suspende la concesión a la empresa minera. No existe
documentación cuantitativa actualizada de la última auditoría.
4.3.2 INSPECCIONES DE LA AUTORIDAD AMBIENTAL
Con la propósito de conocer el nivel de aplicación de los programas
ambientales, los técnicos de la Unidad Ambiental Minera y de la
Delegación Regional de Protección Ambiental de Zamora (organismos del Estado) realizaron las inspecciones al área minera Guaysimi. Este tipo de
inspecciones, con la participación de funcionarios de una entidad estatal
25
de control supone que sería de alta calidad, neutral y con la finalidad de
controlar la contaminación ambiental y sus impactos en la salud, sin embargo, como se verá en las tablas siguientes, estos ideales no se
cumplen. A continuación se cita una reseña y análisis de los informes de
inspección
INSPECCIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL, EMPRESA COMINAZA, PROYECTO GUAYSIMI
INSPECIONES DEL AÑO 2002
Contenidos del informe de la inspección
Acciones tomadas por la
autoridad reguladora
*Las aguas servidas del campamento se depositan en la
quebrada Guaysimi.- Falta de señalización que indiquen zonas de
peligro y prohibiciones.-No existen duchas de emergencia en la
planta.-El personal que trabaja en la planta no utiliza ropa
impermeable así como implementaos para su protección física.-
No existe un lugar destinado a la atención de emergencia médica
y primeros auxilios.-No existen sistemas de alarma como se
indica en el PMA.-No hay clasificación de desechos biodegradable
no biodegradables.-La concentración de gases de cianuro en el
sector de los molinos es elevada.-El ruido en el sector de la
planta es alto.
El informe de inspección remitido por el DEREPA-Z, al
Coordinador de la (UAM), recomienda al titular minero la
implementación de las medidas ambientales respectivas.
(FUENTE: Memorando No.546-DIREMIZ-UCM-2002, del 17 de
diciembre del 2001)
- No existe evidencia, de algún
pronunciamiento oficial
realizado al titular minero, con
respecto al informe de
inspección del DEREPA-Z.
INSPECCIONES DEL AÑO 2005
Contenidos del informe de la inspección
Acciones tomadas por la
autoridad reguladora
Al momento de la inspección se evidenció el colapso que
sufrió la piscina de sedimentación, por efectos de una alta
precipitación en el sector y por el aumento del caudal de la
quebrada.- En la cantera no se realiza actividades.-
En recomendaciones el DEREPA-Z se insiste en la ejecución
del Plan de Manejo Ambiental del Estudio de Impacto
ambiental aprobado por el SPA (2003), además, se señala
que debe continuar programando las inspecciones técnicas
ambientales , con el propósito de realizar el control y
seguimiento al plan de manejo ambiental verificar su
cumplimiento. (Fuente: Memorando No. 00107-DIREMI-Z-
2005, del 01 de marzo de 2005)
Se requiere que el titular minero
presente el estudio de impacto
ambiental ampliatorio por la
construcción de la nueva piscina de
sedimentación.(Fuente:
Oficio No. SPA-DINAMI-UAM 050358,
del 21 de Marzo del 2005)
-El estudio ampliatorio fue presentado
el 5 de agosto del 2005. El período
de presentación del EIA sobrepasó el
plazo otorgado (45 días).
Contenidos del informe de la inspección
Acciones tomadas por la
autoridad reguladora
26
Este informe de inspección hace referencia a lo observado en los
recorridos por las instalaciones del área y por la planta de beneficio.
Se observo fuga de efluentes hacia la quebrada Guaysimi,
procedentes de una de las piscinas de sedimentación. Se exige la
inmediata corrección por la empresa.
Se exige el cumplimiento de los siguientes aspectos: Ejecución de los
planes de manejo propuesto en los estudios ambientales aprobados
por la SPA.-Tener cuidado con el plan de manejo de solución que
reposa en las piscinas de sedimentación, para que no se produzca la
fuga del mismo a los efluentes naturales, y el agua utilizada para el
proceso metalúrgico, sea tratada y desalojada a la quebrada, siempre
que cumpa con las características físico, químico y biológicos
naturales.- Realizar el monitoreo periódico del agua de la quebrada
Guaysimi.
(Fuete: Memorando No.00492-DIREMI-Z-2005, del 19 de octubre de
2005).
-No existe evidencia de
algún pronunciamiento
oficial con respecto al
informe de inspección
INSPECCIONES DEL AÑO 2007
Fecha: 31-agosto-2007
Contenidos del informe de la
inspección
Acciones tomadas por la autoridad
reguladora
En el aspecto ambiental, el informe hace
referencia a lo siguiente:.- Las medidas de
seguridad en el interior de la planta de beneficio
no son las adecuadas y no se han cumplido las
observaciones realizadas en las inspección
previas.-Deficientes instalaciones eléctrica
(cables dispuestos de manera anáquica).-
Señalización incorrecta de las diferentes áreas
de la planta.- -Eliminación de desechos
deficiente.
En la inspección de campo el DEREPA-Z, realizó
mediciones con el sonómetro, con lo cual se
concluye que los sectores monitoreados
(campamento, molino, planta de agitación)
tienen valores sobre los límites permisibles.
Se recomienda: Implantar un monitoreo básico
basado en observaciones directas de campo al
área minera”Guaysimi Alto” lo que permitirá
obtener un mejor criterio de la toma de
decisiones en los diferentes aspectos observados
y evolución ambiental del área. Realizar en
forma periódica y coordinada con el Delegada
Regional de Protección Ambiental de Zamora
Chinchipe análisis físico-químico de la calidad de
agua especialmente antes del ingreso al proceso
y posterior al mismo una vez que sean
descargadas a la quebrada Guaysimi. El objetivo
es determinar si cumplen con limites permisibles
de control ambiental libre de contaminantes
químicos, en particular, de metales pesados.-
La autoridad exige que el titular minero, aplique
las recomendaciones realizadas por el DEREPA-Z
en los plazos señalados en el informe
transcrito, en el evento de que no se cumpla ,
el Director Nacional de Minería ejecutará la
inmediata suspensión de actividades y se inicie el
proceso de aplicación del segundo inciso del
Art.67 de la ley de minería, esto es, “la retirada
inobservancia de los métodos y técnicas que se
refiere el inciso anterior, se considerará como
causal de caducidad de las concesiones” (Fuente:
Oficio No. 0453-SPA-DINAMI-UAM-702940)
27
Implementar simulacros de emergencia para el
personal en el caso de incendios, derrames de
reactivos y accidentes (Fuente: Memorando
No.047-DEREPA-Z-2007, del 31 de agosto de
2007).
Fecha: 10-octubre-2007
Contenidos del informe de la Inspección
Acciones tomadas por la
autoridad reguladora
- El informe de esta inspección se resume de la siguiente
manera:- Las medidas de seguridad en el interior de la planta de
beneficio son las adecuadas y se han cumplido las observaciones
realizadas en la inspección de control y seguimiento ambiental.-
Se ha colocado en los andenes barandas de protección.-
Corrección en los sistemas de instalación eléctrica.- Señalización
correcta en las áreas de la planta(trituración, molienda.-
Dotación adecuada del equipo de protección personal para cada
área.-, Colocación de extintores de fuego en la planta, El ruido
en el campamento temporal ha disminuido. Se ha iniciado la
remoción de tierra para la construcción de nuevo campamento. -
En la inspección se tomaron tres muestras de agua, a fin
determinar la calidad del agua así como de la concentración de
metales pesados
(Memorando No.047-DEREPA-Z-2007, del 31 de agosto de
2007).
- No existe evidencia de algún
pronunciamiento oficial con
respecto al informe de
inspección por parte del
Subsecretario del Protección
Ambiental
De las inspecciones realizadas por la entidad de control desde el año 2002 hasta agosto 2007 se desprende el bajo cumplimiento del PMA así como
de las normas ambientales en las operaciones de la mina y planta de
beneficio. El SPA en reiterada veces solicitaba la corrección y la
implementación respectiva, lo cual no era acatado por el titular minero. En agosto del 2007, el SPA comunica al titular minero que solicitará al
Director Nacional de Minería la extinción del titulo minero, conforme lo cita
el Art. 67 de la Ley de Minería. Ante este pronunciamiento recién el titular minero comienza a corregir e implementar algunos programas
ambientales.
4.3.3 DENUNCIAS DE LA COMUNIDAD, PROCESO Y
RESULTADOS
Las denuncia realizadas en contra de la empresa minera, por parte del alcalde del cantón Nangaritza (Coordinadora Cantonal de Defensa
Ambiental de Nangaritza), no eran atendidas de forma inmediato, el
pronunciamiento ante las denuncias quedaba en una simple comunicado que realizaba el SPA al titular minero, informándole sobre las denuncias
realizadas.
- La denuncia realizada por un líder comunitario local se resume así: el día martes 9 de Diciembre de 1997, a las 16H05 minutos de produjo un
28
deslizamiento de material pétreo o material estéril de la mina a través de
la quebrada Guaysimi, dicho deslizamiento acarreó serias consecuencias en el sector, produciendo la contaminación o degradación al medio
ambiente además del daño al sistema ecológico en todas las fincas
ubicadas en sector bajo de Guaysimi. El material pétreo ha inundado el
cauce normal de la quebrada que eral en la parte baja de dos y tres metros de profundidad, por lo que en la actualidad dicha quebrada se sale
del cauce normal con mucha facilidad perjudicando a las fincas aledañas
de la misma”. Fue inspeccionada por técnicos de la Dirección Regional de Minería de Zamora, pero no se comunicó a los técnicos de la Unidad
Ambiental Minera para que actúe en función de las competencia que les
correspondía. Dos años después del accidente (2009), los técnicos de la UAM realizaron una inspección para verificar los daños ambientales
ocurrido el 9 de diciembre del 1997, concluyen lo siguiente: “Que luego
de haberse realizado tal diligencia por parte de la Unidad Ambiental
minera, se ha determinado que a pesar de lo extratemporal de la denuncia, existen indicios de daños ambiéntales atribuidos a los
fenómenos naturales y posible contribución de materiales provenientes
de la actividad minera” “ la inspección se realizado dos años después del incidente que ha causado los daños, resulta difícil hacer una evaluación de
los daños, sin embargo, se torna indispensables que las autoridades
locales, dentro de un marco de respecto y conciencia ambiental, tomen las acciones mas convenientes para proteger la zona de riesgo de futuras
inundaciones”. (Fuente: (Memorando N0.007-DINAMI-UAM-2000). La
falta de coordinación entre la Unidad Ambiental Minera y La Dirección
Regional de Minería de Zamora hizo que después de 2 años de haber ocurrido el desastre el técnico de la UAM realice una inspección,
supuestamente para verificar los daños ambientales producidos.
5. Cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental, PMA, por la empresa minera33
El proyecto Guaysimi propone un PMA orientado a prevenir, mitigar,
controlar, restaurar y compensar los impactos ambientales provocados por la extracción y procesamiento del mineral, a través de programas
ambientales.
El plan de manejo de la empresa incluye los siguientes componentes: .-Saneamiento de campamentos.-Tratamiento de desechos biodegradables
y no biodegradables.- Construcción y mantenimiento del almacenamiento
de combustible.- Señalización, instalación y mantenimiento de extintores.- Instalación de una sala para emergencias médicas.-
Instalación y tratamiento de insumos químicos y explosivos.-
Capacitación.- Mantenimiento de vías y taludes.- Instalación y mantenimiento de escombreras, relaves y piscinas de sedimentación.-
Control de polvo, emisiones de gases y ruido.- Tratamiento de efluentes.-
Detección de fugas líquidas, sólidas y gaseosas.- Mediciones de
concentración de cianuro.- Plan de concientización ambiental.- Plan de medidas compensatorias.- Programa de restauración. Plan de
33
Análisis del estudio de impacto ambiental del año 2005.
29
contingencia.- Programa de monitoreo, control y seguimiento ambiental.-
Mantenimiento de instalaciones eléctricas. No se incluyó un programa de salud, tan solo se consideraba dotar de equipos de protección personal y
capitación para precautelar la salud e integridad física de los trabajadores.
Algunos de los contenidos del PMA no fueron ejecutados, según consta en los informes de las auditorías ambientales del año 2002 hasta 2007 y de
las inspecciones realizadas, señaladas en el acápite 4.3.2
De las inspecciones realizadas por la entidad de control desde el año 2002
hasta agosto 2007, se desprende el bajo cumplimiento del PMA así como
de las normas ambientales en las operaciones de la mina y planta de beneficio. El SPA en reiteradas ocasiones solicitaba la corrección y la
implementación de acciones correctivas que no se cumplían. En agosto del
2007 el SPA comunica al titular minero que solicitará al Director Nacional
de Minería la extinción del titulo minero, ante este advertencia y, como se dijo antes, el titular minero realiza algunas correcciones.
5.1 Cumplimiento de obligaciones ambientales
anuales presentadas a la Autoridad Reguladora
Ambiental por la empresa Cominzasa34
a) Auditoría ambiental
A partir del año 2003 y de manera periódica (anual) se han presentado
auditorías ambientales, conforme lo establece articulo Art.13 del RAAM35,
que de manera resumida dice lo siguiente: Los titulares de derechos mineros que realicen actividades de exploración, explotación, beneficio,
fundición y refinación, presentarán a la Subsecretaría de Protección
Ambiental del Ministerio de Energía y Minas, cada año a partir de la vigencia del título minero, y hasta su vencimiento, una auditoría
ambiental, con la finalidad de que esta dependencia conozca y analice el
cumplimiento del plan de manejo ambiental y de las obligaciones dispuestas en la normatividad vigente, para su correspondiente
aprobación u observación.
b) Programa y presupuesto ambiental
De acuerdo al artículo 8 del RAAM, el titular minero desde el 2002 debe
presentar anualmente programas y presupuestos para la gestión ambiental36. El programa ambiental presentado cada año por la empresa
era muy general, las medidas ambientales a ejecutarse no presentaban
el sustento de diseños, diagramas, planos y otras informaciones de soporte. El presupuesto sobre las actividades a ejecutarse no tenia un
valor real, por ejemplo, para las medidas compensatorias se fijó1000
USD e igual cantidad para el programa de restauración. Estos montos no 34
Titular del área minera Guaysimi. 35
Este reglamento fue derogado en abril del 2009. 36
Los titulares de derechos mineros deberán presentar a la Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y
Minas, para su aprobación, el programa anual de actividades referentes al plan de manejo ambiental, en la parte que
corresponda a cada etapa del proyecto y los respectivos presupuestos ambientales, hasta el 31 de enero de cada año
30
se corresponden con los cambios en la producción de la empresa. Recién
para el año 2006 el valor del presupuesto en esos acápites sube a 38.000 USD.
c) Vigencia de garantía bancaria de fiel cumplimiento
Igualmente, a partir del año 2002, la garantía bancaria de fiel
cumplimiento es otra de las obligaciones para la empresa, conforme
consta en el artículo 11 del RAAM37.El primer estudio de impacto ambiental del área minera Guaysimi fue aprobado en el año 1994, a partir
de este año hasta al 2000 no se presentaron las auditorías ambientales ni
otras obligaciones ambientales. Las consecuencias de no ejecutar acciones prevista en el PMA y aplicación de las normas ambientales en los procesos
operacionales detectaron a partir del año 2002.
6. Integración del componente salud en el estudio
de impacto ambiental
El componente salud en los estudio de impacto ambiental estaba sujeto al análisis de la infraestructura de salud existente de la parroquia Guaysimi,
información que constaba en el capítulo de línea base. En el plan de
manejo ambiental no existe un programa de salud para los trabajadores
de la empresa, peor aún para saber los impactos de la contaminación ambiental en la salud de la población aledaña o de programas de
prevención en este campo. La empresa no tiene historias clínicas de sus
trabajadores. Los aspectos de seguridad industrial estaban enfocados a dotar los equipos de protección personal a los operarios de la empresa,
programas de capacitación para contrarrestar algún evento natural o
artificial.
7. Proceso de coordinación institucional Como se dijo en el capítulo de la estructura institucional, el Ministerio del
Ambiente del Ecuador es la autoridad ambiental minera38. Este “coordina y
colabora con el ministerio sectorial en la formulación de criterios
ambientales que deben ser incorporados en la elaboración de sus políticas, en los proceso de planificación y en la ejecución de las correspondientes
37
Art. 11.Garantías.- La garantía deberá presentarse por el monto del programa y presupuesto ambiental anual, calificado
previamente por la Subsecretaría de Protección Ambiental, mediante una garantía bancaria o póliza de seguros incondicional,
irrevocable, de cobro inmediato y renovable con la sola solicitud del Ministerio de Energía y Minas a favor de este Portafolio,
de acuerdo a los términos previstos en el artículo 9 del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras (RAAM). Únicamente
para la primera presentación de una garantía ambiental, en función de un estudio de impacto ambiental, la garantía se podrá
presentar por un plazo que incluya el primer año más los meses faltantes hasta el 31 de enero subsiguiente 38
La Subsecretaría de Protección Ambiental del Ministerio de Energía y Minas hasta abril del 2009 era la autoridad ambiental
minera, entidad que se encargaba de la coordinación con los organismos del Estado y los gobiernos seccionales que tengan
relación con la protección ambiental en la actividad minera y, de manera especial, con el Instituto Ecuatoriano Forestal de Áreas
Naturales y Vida Silvestre INEFAN y el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural INPC, en la formulación y ejecución de
políticas, resoluciones o convenios, referentes al control ambiental de las actividades mineras que se desarrollen en zonas del
Patrimonio Forestal del Estado y Bosques y Vegetación Protectores y zonas de interés para el Patrimonio Cultural,
respectivamente.
31
fases mineras, en estos casos, el ministerio sectorial contará con la
opinión previa escrita de la autoridad ambiental sobre la adecuación del instrumento a la normativa ambiental”.
Esto significa que este ministerio debe coordinar con el actual Ministerio
de Recursos Naturales no Renovables. Claro, existen muchas otras instituciones que no se incluyen en las relaciones.
8. Procesos de participación El proceso de participación ciudadana estaba relacionado a la información
del estudio de impacto ambiental39 a las autoridades de las poblaciones
del área de influencia. El titular minero realizaba una convocatoria a las
autoridades locales así como a la autoridad ambiental, para que asista a la difusión del estudio ambiental por parte de la consultora ambienta.
Actualmente el proceso de participación ciudadano ha sido norma de
forma especifica a través del Reglamento de Participación Ciudadana, esta norma legal permite que la población participe de mejor forma en los
proceso de difusión de los proyectos mineros. En la práctica, y de manera
particular en este sector, no se ha hecho nada para aplicar el principio de la consulta a las comunidades aledañas a los proyectos mineros
9. Conclusiones
La relación de los EIA´s y PMA´s del área minera Guaysimi Alto,
ejecutados por la empresa Cominzasa han sido frágiles y carentes
de información relevante (conforme se cita en el análisis de los EIA y PMA realizado anteriormente). En efecto, la autoridad ambiental en
reiteradas veces solicita la presentación de un alcance al estudio
ambiental, que incluya la información faltante. La calidad del estudio ambiental era responsabilidad de la consultora ambiental, el estudio tenía
un nivel bajo de conocimiento sobre las guías técnicas para elaborar
estudios ambientales así como del marco legal ambiental que debía aplicar para elaborar el EIA y PMA del sector minero.
En el estudio de impacto ambiental, en línea base, referente a salud
describían las características de los centros de salud existentes en la parroquia y cantón (donde se encuentra el proyecto minero), no existe un
análisis de los servicios de salud que realice la empresa minera a los
trabajadores que laboraban en el área. En el plan de manejo ambiental referente a salud, se contempla realizar acciones de dotación de los
equipos de protección personal así como los programas de capacitación
(seguridad industrial), no existía un programa de salud tendiente a prevenir las afectaciones a los trabajadores del proyecto minero, tampoco
de la comunidad circundante.
De las auditorías ambientales presentadas por el titular minero se desprende un nivel bajo de cumplimiento de los planes de manejo
39 Acción que era realzad conforme los citaba el Art.15,”Programa de Difusión”, del Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, este reglamento fue derogado en abril del 2009.
32
ambiental así como la aplicación de las normas ambientales en las
operaciones de la mina y planta de beneficio. En lo referente a salud solo se cita los trastornos intestinales que sufren los trabajadores de la
empresa, señalando que el agua de consumo humano no recibe ningún
tipo de tratamiento. Se indica que los servicios higiénicos, lavabos y
duchas son defectuosos y limitados.
De las inspecciones realizadas por la entidad de control desde el año 2002
hasta agosto 2007, se desprende el bajo cumplimiento del PMA así como de las normas ambientales en las operaciones de la mina y planta de
beneficio. El SPA en reiteradas ocasiones solicitaba las correcciones en la
gestión ambiental que no han sido cumplidas por el titular minero.
Las medidas ambientales de implementación y correcciones requeridas
en las auditorías ambientales no eran consideradas en las inspecciones
técnicas ambientales que realizaba el DEREPA-Z (el funcionario inspeccionaba solo algunas acciones del PMA, conforme se puede
verificar en los informes de inspección). Es notoria la falta de coordinación
en los trabajos que realizaba el DEREPA-Z (organismo estatal regional) y los técnicos de la UAM (organismo estatal nacional).
Los logros conseguidos por la autoridad ambiental son muy bajos, eso se nota en el hecho que, a pesar del control y seguimiento ambiental
realizada, el titular minero no corrige ni implemente los programas
ambientes tendientes a prevenir, controlar y mitigar los impactos
ambientales.
El cargo de Delegado Regional de Protección Ambiental de Zamora
(organismo estatal regional) es de libre remoción, hace que el seguimiento y control ambiental al área minera no sea permanente, de
forma que se pueda verificar el cumplimiento de las acciones que se
requiere después de las inspecciones que realiza.
El titular minero carece de conocimientos sobre la importancia de cuidar
y preservar la calidad ambiental del entorno y sobre la responsabilidad
que tienen con el estado ecuatoriano.
Las limitaciones que tiene la autoridad ambiental minera para aplicar
coherentemente la gestión ambiental minera se deduce de la falta de infraestructura, tecnología y personal así como el apoyo decido para
fortalecer a la Subsecretaria de Protección Ambiental por parte del
ministro del ramo.
Los consultorías ambientales, contratadas por la empresa son de baja
calidad técnica.
La autoridad ambiental minera debe cambiar la política de trámite que
viene llevando a cabo, actuando mas enérgicamente en función de las
atribuciones que establece la normativa ambiental vigente, con los titulares mineros que no ejecuten las actividades del plan de manejo
ambiental y no aplican las normas ambientales.
33
El titular minero debe tener mayor responsabilidad en el cumplimiento de
los programas ambientales, a fin de conservar y mantener la calidad del ambiente de la zona donde realiza las actividades mineras. Así mismo
debe dar cumplimiento a los requerimientos establecidos en las nuevas
normas ambientales que tiene el Ecuador
34
Bibliografía
Ministerio del Ambiente de Ecuador, Texto Unificado de la Legislación
Ambiental Secundaria, Edición Especial. Corporación de Estudios y Publicaciones, Decreto Ejecutivo 3516, Registro Oficial Edición
Especial 2, 31 de marzo del 2003. Quito, Ecuador.
Ministerio del Ambiente de Ecuador, Ley de Gestión Ambiental, Registro
Oficial No. 245, 30 de julio de 1999.
Ministerio de Energía y Minas de Ecuador. Ley de Minería, Registro
Oficial No. 695, 31 de mayo de 1991. Quito, Ecuador.
Ministerio de Energía y Minas de Ecuador. Reglamento de Seguridad
Minera, Registro Oficial No. 999, 30 de julio de 1996. Quito, Ecuador.
Ministerio de Energía y Minas de Ecuador, Reglamento Ambiental para Actividades Mineras, Registro Oficial 151, del 12 de septiembre de
1997. Quito, Ecuador.
Ministerio de Energía y Minas de Ecuador, Instructivo Sustitutivo al
Instructivo para la Presentación de los Estudios Ambientales Mineros, Registro Oficial 410, 13 de diciembre 2002. Quito, Ecuador.
Ministerio de Energía y Minas de Ecuador, Instructivo para la
Presentación de los Estudios Ambientales Mineros, Acuerdo Ministerial
No. 392, Registro Oficial No. 685, 17 de octubre del 2002, Quito,
Ecuador.
Pazmiño V. 2000, Estudios de Impacto Ambiental del Proyecto Guaysimi, Quito, Ecuador.
Pazmiño V. 2002, Estudios de Impacto Ambiental del Proyecto Guaysimi, Quito, Ecuador.
Pazmiño V. 2005, Estudios de Impacto Ambiental del Proyecto Guaysimi, Quito, Ecuador.
Pazmiño, V. 2002. Auditorías Ambientales del Proyecto Guaysimi,
Quito, Ecuador.
Pazmiño, V. 2003, Auditorías Ambientales del Proyecto Guaysimi,
Quito, Ecuador.
Pazmiño, V. 2004, Auditorías Ambientales del Proyecto Guaysimi,
Quito, Ecuador.
Pazmiño, V. 2005, Auditorías Ambientales del Proyecto Guaysimi,
Quito, Ecuador.
Pazmiño, V. 2006, Auditorías Ambientales del Proyecto Guaysimi,
Quito, Ecuador.
Pazmiño, V. 2007, Auditorías Ambientales del Proyecto Guaysimi,
Quito, Ecuador.
Cañadas, L.1983. El mapa bioclimático y ecológico del Ecuador,
Editores Asociados Cía. Ltda., Quito, Ecuador. Conesa, V. 1997. Auditorías Medioambientales, Guía Metodológica.
Ediciones Mundi – Prensa. Madrid, España.
Mopu, N. 1989. Guías Metodológicas para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental. Madrid – España.
35
International Development Law Organization (IDLO)
IDLO is an intergovernmental organization that promotes legal, regulatory and institutional reform to advance economic and social development in transitional and developing countries.
Founded in 1983 and one of the leaders in rule of law assistance, IDLO's comprehensive approach achieves enduring results by mobilizing stakeholders at all levels of society to drive institutional change. Because IDLO wields no political agenda and has deep expertise in different legal systems and emerging global issues, people and interest groups of diverse backgrounds trust IDLO. It has direct access to government leaders, institutions and multilateral organizations in developing countries, including lawyers, jurists, policymakers, advocates, academics and civil society representatives.
Among its activities, IDLO conducts timely, focused and comprehensive research in areas related to sustainable development in the legal, regulatory, and justice sectors. Through such research, IDLO seeks to contribute to existing practice and scholarship on priority legal issues, and to serve as a conduit for the global exchange of ideas, best practices and lessons learned.
IDLO produces a variety of professional legal tools covering interdisciplinary thematic and regional issues; these include book series, country studies, research reports, policy papers, training handbooks, glossaries and benchbooks. Research for these publications is conducted independently with the support of its country offices and in cooperation with international and national partner organizations.
Centre for International Sustainable Development Law (CISDL) The Centre for International Sustainable Development Law (CISDL) is an independent legal research institute that aims to promote sustainable societies and the protection of ecosystems by advancing the understanding, development and implementation of international sustainable development law. As a charitable foundation with an international Board of Governors, CISDL is led by 2 Directors, and 9 Lead Counsel guiding cutting-edge legal research programs in a fellowship of 120 legal researchers from over 60 developing and developed countries. As a result of its ongoing legal scholarship and research, the CISDL publishes books, articles, working papers and legal briefs in English, Spanish and French. The CISDL hosts academic symposia, workshops, dialogues, and seminar series, including legal expert panels parallel to international treaty negotiations, to further its legal research agenda. It provides instructors, lecturers and capacity-building materials for developed and developing country governments, universities, legal communities and international organisations on national and international law in the field of sustainable development. CISDL members include learned judges, jurists and scholars from all regions of the world and a diversity of legal traditions. With the International Law Association (ILA) and the International Development Law Organization (IDLO), under the auspices of the United Nations Commission on Sustainable Development (UN CSD), CISDL chairs a Partnership on ‘International Law for Sustainable Development’ that was launched in Johannesburg, South Africa at the 2002 World Summit for Sustainable Development to build knowledge, analysis and capacity about international law on sustainable development. Leading CISDL members also serve as expert delegates on the International Law Association Committee on International Law on Sustainable Development. For further details see www.cisdl.org.