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DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE ~~ANEACION MUNICIPALRESOlUCION No. ( O'7 S~ )
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hk.1Idí.' MtJnicip,11
'bagué
RESOlUCION DE 2006
RESOlUCIONNo. ( ~-f' O 1 3 5
( O l SEr 200lj )
)
"Por medio de la cual se resuelve una
impresicíón Cartográfica y Normativa y seDictan otras disposiciones"
ODIRECTOR DEl DEPARTAMENTOADMINISTARTlVODEPlANEACIONMUNICIPAl.
En uso de sus facultades y atribuciones legales, en especial lasconsagradas en el articulo 102 de la Ley388 de 1997 , el articulo
414 del Acuerdo 116 y Articulo178 del Acuerdo 009 de 2000.
CONSIDERANDO:
Que mediante decreto 308 de 2001 se definió elmanual especifico de funciones del personalCentral del Municipio.
Que es función del director AdministrativodePlaneaciónMunicipal,velar para que se cumplanlos acuerdos decretos y resolucionesa_dministrativasy ordenes del alcalde
(}oQue el artículo1021establece que en el ejerciciode sus funciones, los curadores urbanosverificarán la concordanciade los proyectos deparcelación,urbanización,construccióny demássometidos al trámite de licenciascon las normasurbanísticasvigentes. En los casos de ausenciasde normas exactamente aplicables a unasituación o de contradiccionesen la normativaurbanística, la facultad de interpretacióncorresponderá a las autoridades de planeación,las cuales emitirán sus conceptos mediante
I Ley 388 de 1997
circulares que tendrán el carácter de doctrinapara la interpretación de casos similares.
Que el Artículo 244 del Acuerdo 116 de 2000,establece que las acciones para el desarrollo delos Equipamientos Urbanos son entre otros:
a- Identificar los Equipamientos que conformannúcleos de servicio municipal local.'.
,;., "
Que el Artículo246 del Acuerdo 116 de 2000,establece y define Ips siguientes acciones paraequipamientos de Educaciónsegún los distintossectores:
Edu caci ~n '1~1i~~;::~~::: ~::r ~ OS1
asegurar la cobertura de loscentros educativosen el
JJ uniciPio~ ,
Que el Artículo414.- del Acuerdo116 de 2000,determina que las imprecisiones cartográficasque surjan en los planos que se adoptan pormedio del presente Acuerdo serán dilucidadaspor el Departamento Administrativo dePlaneación Municipal mediante solucióncartográficaque será registrada en las planchasdel IGAC,según el caso y deberán adaptarsepor resoluciónmotivada.
Que según el Artículo 178 del acuerdo 009 de2002 que la normativa adoptada rige hacia elfuturo y en todo caso los derechos adquiridos ala fecha, serán respetados por las autoridadescompetentes que tengan a su cargo suaplicabilidad.
DESPACHO
No. ( 11 o 1 J 5
O 7 SEr ¿OO6
RESOLUCiÓN
Que mediante oficio radicado con el No. 6515del 14 de Agosto de 2006, la INSTITUCIONEDUCATIVADE ENFERMERIA,aprobada porresolución No. 2540 del de 1973, Nit No. 800-113672, solicito a este despacho elreconocimiento en el mapa de usos del sueloPOT, y la expedición del certificado decompatibilidad y uso.
Que en el planode usos del suelo U4 y en el deequipamientos R5, no se encuentraOJacializado el equipamiento institucional deeducación, ESCUELADE ENFERMERIA,
Por lo anteriormente expuesto.
RESUELVE
Artículo 1.- Reconoceren el plano de usosdel suelo U4 y en el de equipamientos R5, elequipamiento institucional de educación,ESCUELADE ENFERMERIA,localizado en lacarrera 3a N. 32B- 30 con calle32a del BarrioDepartamental, localizada en la Comuna 10,identificada con la ficha catastral No. 01-06-0086-0001-000del Municipiode Ibagué.
(}tículo 2.- Ordenar al Grupo deOrdenamiento Territorial, para que efectué lacorrespondiente corrección cartográfica de quetrata el articulo anterior, siguiendo lopreceptuado en el articulo414 del Acuerdo0116de 2000 que adopta el POT.
Artículo 3.- Los Curadores Urbanos en elejercicio de sus funciones de expedición delicencias de urbanismo y construcción,remodelación y ampliación aplicaran las normasurbanísticas establecidas en los Acuerdos 116 de2000 y 009 de 2002.
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1'1
) DEL 2006
Artículo 4.- Competencias. De acuerdocon lo establecido en el Artículo 102 de la ley388 de 1997 Y.Artículo 37 del decreto 1052 de1998,. en los casos de ausencias de normasexactamente aplicables a una situación o decontradicciones en la normativa urbanística, lafacultad de interpretación corresponderá alDepartamento Administrativo de PlaneaciónMunicipal, el cual emitirán sus conceptosmediante Resolucionesmotivadasque tendrán elcarácter de doctrin~ para la inte~pretacióndecasos similares.
Artículo 5.- El Curador Urbano dará elestricto cumplimientoa la presente resolución.
Articulo 6.. La presente Resolución rige apartir de la fecha de su comunicacióny derogalas normas que le sean contrarias, numérese,comuníquese y archívese en el lugar que lecorresponde
COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Expedida en Ibagué a 105' D7 SEr2006,(
CARLOS /ARTURO CIRQ"'BASTODirectorGru~ode OrdenamientoTerritorial
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