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CURSO DE ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN PARA LA CIUDADANÍA Y DERECHOS HUMANOS (4ª Edición) Material del curso Coordinador: José Vicente Mestre Chust

CURSO DE ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN PARA …cv.uoc.edu/web/~mcooperacion/aulas/educacion_1109/curs/materialdel... · Tema 1.3. Historia de los derechos humanos Edad Antigua y Edad

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CURSO DE ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN PARA LA

CIUDADANÍA Y DERECHOS HUMANOS

(4ª Edición)

Material del curso

Coordinador: José Vicente Mestre Chust

ÍNDICE

Nota previa.............................................................................................................. 2

Educación en valores y educación en derechos humanos..................................... 3

Módulo 1. Conceptos fundamentales de los derechos humanos

Tema 1.1. Presentación de los derechos humanos................................................ 4

Tema 1.2. Los derechos humanos y sus categorías............................................... 5

Tema 1.3. Historia de los derechos humanos ........................................................ 7

Tema 1.4. El concepto de ciudadanía .................................................................... 14

Módulo 2.Importancia de la educación en derechos humanos

Tema 2.1. La transmisión de los valores................................................................. 15

Tema 2.2. El papel de la socialización.................................................................... 17

Tema 2.3. Educación en valores............................................................................. 21

Tema 2.4. La superación del conflicto..................................................................... 24

Módulo 3. El reto de la educación en derechos humanos en la sociedad actual

Tema 3.1. Las ONG.............................................................................................. 25

Tema 3.2. La sociedad y el conocimiento de los derechos humanos..................... 26

Tema 3.3. Amnistía Internacional............................................................................ 29

Tema 3.4. Los derechos humanos hoy................................................................... 32

Módulo 4.Estrategias educativas para la educación derechos humanos

Tema 4.1. La educación en derechos humanos..................................................... 37

Tema 4.2. Cómo educar en derechos humanos..................................................... 39

Tema 4.3. Estrategias en educación en derechos humanos.................................. 42

Tema 4.4. Objetivos de Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos....... 44

Bibliografía ................................................................................................... 45

Nota sobre el contenido de los materiales y la participación en el curso de Amnistía Internacional y la UOC

Las consideraciones y la información de estas páginas no se deben interpretar como opiniones oficiales o criterios propios de las dos entidades implicadas en el curso, Amnistía Internacional y la UOC.

El nexo de unión entre ambas entidades en esta iniciativa es el interés por facilitar la formación en la asignatura "Educación para la ciudadanía y derechos humanos". Por parte de la UOC, su implicación ha consistido en proponer la metodología pedagógica que se sigue en la universidad y la adaptación del curso a la plataforma virtual de aprendizaje. Por su parte, Amnistía Internacional ha facilitado la recopilación de informaciones (de distintos autores y procedencias) necesarias para el desarrollo del curso, así como sugerencias sobre su contenido. La selección final de materiales la ha llevado a cabo el coordinador de esta experiencia, José Vicente Mestre Chust.

La información de carácter histórico, filosófico o pedagógico sobre los derechos humanos contenida en este documento recoge puntos de vista generalmente aceptados en la actualidad sobre estos temas, y se presenta como contexto y material de reflexión para el desarrollo del objetivo principal del curso: preparar el profesorado para impartir la asignatura "Educación para la ciudadanía y derechos humanos".

Una última nota sobre la estructura general del curso: en este documento no se hace referencia a las actividades que acompañan a los distintos módulos del curso, a los materiales necesarios para el desarrollo de las actividades, o a los textos complementarios referentes a algunos temas. El documento "Índice de recursos", imprescindible para la comprensión del planteamiento del curso, recoge estas referencias.

Aclaraciones: educación en valores y educación en derechos humanos

Aunque puedan llegar a parecer sinónimos o equivalentes, la educación en derechos humanos y la educación en valores son conceptos diferentes. Naturalmente, están relacionados entre sí, ya que la educación en derechos humanos forma parte de la educación en valores. Pero ciertos aspectos de la educación en valores, como la educación cívica (no fumar en lugares prohibidos, o ceder un asiento en el autobús a una mujer embarazada) pese a tener una enorme importancia para la convivencia, no tienen relación con los derechos humanos.

La nueva asignatura Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos incluye tanto aspectos de educación cívica ajenos a los derechos humanos (la circulación vial, la educación sexual, la gestión de las emociones en las relaciones interpersonales, etc.), como elementos propios y característicos de una educación en derechos humanos (racismo y violencia, prejuicios sexistas, etc.).

El presente curso pretende poner de relieve ambas necesidades educativas, desarrollando, no obstante, de forma más extensa los segundos contenidos.

En estas páginas, cuando se hace referencia a la educación en valores se hace en un sentido amplio, incluyendo ambos contenidos. Cuando la referencia se hace de forma explícita a la educación en derechos humanos, o a los valores propios de los derechos humanos, entonces además se sobreentiende en todos los casos que se hace referencia a aquella educación basada en los principios y valores propios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Módulo 1. Conceptos fundamentales de los derechos humanos

Tema 1.1. Presentación de los derechos humanos.

La vida y la dignidad humana han sido despreciadas y violadas a lo largo de la historia y aún hoy continúan siéndolo. La historia de la lucha por los derechos humanos tiene raíces en todos los grandes acontecimientos del mundo, y ha sostenido en todas partes, la lucha por la libertad y la igualdad. La base de los derechos humanos, como el respeto a la vida y a la dignidad humana, se encuentra en la mayoría de las religiones y filosofías del planeta. Los derechos humanos son el reconocimiento y la expresión máxima del respeto que merece la dignidad de la persona en todo momento y lugar, y definen la dignidad como la característica propia de toda persona, por el simple hecho de serlo. Mediante los derechos humanos reconocemos e identificamos en toda persona sus “derechos y libertades fundamentales”. Y, se entiende que a toda persona por el simple hecho de serlo se le reconocen todos estos derechos y libertades sin distinción alguna.

Los derechos humanos se sustancian y clasifican como principios indispensables e irrenunciables. Los derechos pueden clasificarse como civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Asimismo, en todos y cada uno de ellos podemos identificar la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad humana. Los derechos humanos son derechos que pertenecen a los seres humanos por el mero hecho de serlo. Ni se compran, ni se ganan, ni se heredan. Son “inalienables”, nadie tiene derecho a privar a otra persona de ellos por ninguna razón: ni los gobiernos, ni los grupos religiosos, ni las familias ni ninguna persona.

Todos los derechos humanos son universales e indivisibles

Esto significa que todos los derechos humanos deben ser disfrutados por todas las personas, en todo momento, y que ningún derecho puede disfrutarse a costa de otro derecho. El principio de universalidad de los derechos humanos está siendo cuestionado por gobiernos y otras entidades que consideran que deben tener una preferencia la cultura y la tradición local, sobre estos derechos.

También se presentan objeciones al principio de indivisibilidad de los derechos humanos. Los individuos no pueden mejorar sus derechos económicos, sociales y culturales sin espacio y libertad política. El desarrollo económico y social no siempre beneficia en la práctica a los más pobres y desamparados, a no ser que permita a estos grupos participar plenamente en su sociedad y exigir responsabilidades a su gobierno, ejerciendo libremente sus libertades políticas y civiles y accediendo a los derechos económicos, sociales y culturales. Debemos insistir en la idea de la indivisibilidad y universalidad de los derechos humanos, tal y como son formulados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y demás documentos de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos.

Tema 1.2. Los derechos humanos y sus categorías Los derechos humanos se suelen dividir en tres categorías: Derechos civiles y políticos (a veces denominados derechos de primera generación). Están «orientados hacia la libertad» e incluyen el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de la persona; el derecho a no ser torturado; el derecho a la igualdad ante la ley, a un juicio con las debidas garantías; el derecho a la participación política; el derecho a las libertades de opinión, expresión, pensamiento, conciencia y religión; el derecho a las libertades de asociación y de reunión.

Derechos económicos, sociales y culturales (a veces denominados derechos de segunda generación). Son derechos «orientados hacia la seguridad personal, social y económica», por ejemplo, el derecho al trabajo, a la educación, a un nivel de vida razonable, a la alimentación, a la vivienda y a la salud.

Derechos ambientales y de desarrollo (o derechos de tercera generación): Las personas tendrían derecho a vivir en un ambiente limpio y protegido contra la destrucción. Los grupos o "pueblos" reclaman como colectivo su derecho al desarrollo cultural, político y económico. Estos derechos no aparecen en la Declaración Universal de derechos humanos, ya que en gran medida el debate sobre su necesidad es posterior a la aprobación de la Declaración Universal (1948); en la actualidad, todavía no se ha alcanzado un consenso general sobre su eventual adopción.

Otros documentos sobre derechos humanos

La Declaración Universal de Derechos Humanos, no es un documento vinculante desde el punto de vista legal, sino una declaración general de principios. No obstante, tiene poder en el mundo de la opinión pública, sus principios han sido incorporados a muchas constituciones y han dado lugar a documentos de las Naciones Unidas vinculantes. Por ejemplo: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, etc.

Los Estados que han ratificado o se han adherido a un convenio (o convención, acto o tratado) son parte del mismo y están obligados a cumplir sus disposiciones. Los Estados que sólo lo han firmado pero aún no lo han ratificado expresan con la firma su intención de convertirse en partes en el futuro; mientras tanto, tienen la obligación de abstenerse de realizar actos que menoscaben el objeto y el propósito de la convención o tratado.

A partir de la Declaración Universal y de los documentos (vinculantes o no) elaborados posteriormente por las Naciones Unidas, se han desarrollado distintos instrumentos regionales de derechos humanos. Por ejemplo: la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades

Fundamentales, el Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Muchas constituciones nacionales garantizan también los derechos humanos, mientras que otras sólo los recogen de forma más o menos parcial. Una de las labores de las organizaciones de derechos humanos como Amnistía Internacional consiste precisamente en que las constituciones de un país reflejen (y por añadidura en el país se respeten) la totalidad de los derechos incluidos en la Declaración Universal, y que al mismo tiempo todos los países firmen y ratifiquen los documentos de las Naciones Unidas que desarrollan los principios de la Declaración.

Sede de Naciones Unidas en Nueva York

La Declaración Universal de Derechos Humanos es la declaración sobre derechos humanos más aceptada en el mundo. Su mensaje central es el valor inherente a todo ser humano.La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por unanimidad el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de la ONU y establece una lista de derechos básicos para todos los seres humanos independientemente de su raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, propiedades, nacimiento u otra condición.La Declaración Universal de Derechos Humanos es la piedra angular del sistema de derechos humanos de la ONU y establece los “derechos y libertades fundamentales” con los que identificar el bienestar de todas las personas, por el simple hecho de serlo. A su vez, la educación es la herramienta fundamental para conseguir la globalización de sus principios.

Tema 1.3. Historia de los derechos humanos Edad Antigua y Edad Media El deseo de un mundo más justo, más libre y más solidario sin duda ha sido una aspiración común desde que existe el ser humano. Las primeras noticias documentadas que podemos considerar como precursoras de esta magna aventura corresponden al tercer milenio antes de Cristo, en Egipto. En el Libro de los Muertos, un difunto, ante el tribunal de Osiris, con el objetivo de asegurarse la vida eterna, alega que “no he hecho daño a la hija del pobre”. En el siglo XVII a.C., en Mesopotamia, encontramos otro hito: el Código de Hammurabi. Es el primero que regula la conocida Ley del Talión, estableciendo el principio de proporcionalidad de la venganza, es decir, la relación entre la agresión y la respuesta. Un principio que ahora nos parece bárbaro, pero que entonces era una forma eficaz de contención a la venganza sin límite.

Código de Hammurabi

Los derechos humanos no son un invento moderno, a pesar de que su denominación y contenidos actuales sí sean históricamente recientes

Más tarde, la cultura griega supuso un avance substancial, estableciendo el nacimiento de la democracia y un nuevo concepto de la dignidad humana, basado en el hombre libre, el ciudadano. De todas formas, no todas las personas tenían derecho a la ciudadanía, a la condición de hombres libres: los esclavos estaban excluidos (y durante siglos y en las distintas sociedades y culturas lo siguieron estando): en el mejor de los casos eran considerados imprescindibles para el mantenimiento del sistema social vigente. Por ejemplo, en la Odisea, podemos leer como Zeus sacó la mitad de la mente a los esclavos. Y Platón, recogiendo el mito homérico, afirmaba en sus leyes que en el esclavo no había nada de sano ni de entero. Aristóteles sencillamente justificaba la esclavitud como parte necesaria del sistema socioeconómico entonces imperante. Pero el avance existía, y se reflejaba por ejemplo en su teatro. Así, podemos interpretar que en la obra de Sófocles existe un precedente al concepto de los derechos humanos: Antígona le responde al Rey Creón que, contraviniendo su prohibición de dar sepultura al cadáver de su hermano, lo había enterrado

actuando "de acuerdo a leyes no escritas e inmutables del cielo". Con esta idea aludía a la existencia de derechos no establecidos por el hombre, pero que le corresponden por su propia naturaleza, al ser inherentes a su condición de ser humano. Al mismo tiempo, el pueblo judío, y en especial sus profetas, hacen relevantes declaraciones que exhortan a los poderosos a actuar con justicia. "Ay de aquéllos que dictan leyes inicuas, ay de los que escriben sentencias injustas, que niegan la justicia a los débiles y quitan sus derechos a los pobres de mi pueblo, depredan a las viudas y desnudan los huérfanos". (Is 10, 1-2).

"Amad también vosotros al extranjero, porque lo fuisteis en la tierra de Egipto" (Deuteronomio,10,19)

"No te vengarás ni odiarás a los hijos de tu pueblo. Amarás al prójimo como a ti mismo.". (Biblia Hebrea, Levítico, 19) De otra región geográfica, pero de la misma época, contamos con la importante contribución de Confucio, y un poco más tarde de Buda, con los que comenzó también a cambiar la mentalidad y la práctica social del lejano oriente. "¿Qué resultado tiene el gobierno por la fuerza? La respuesta es que, lógicamente, el grande atacará al pequeño, la mayoría maltratará a la minoría, el listo engañará al inocente, los patricios menospreciarán a los plebeyos, los ricos subestimarán a los pobres, y los jóvenes robarán a los viejos" (Escuela de Mo-Tseu, China, siglo V a.C.). En los primeros años de la era cristiana, se produce otro salto cualitativo con los estoicos y los cristianos, iniciando una nueva etapa en el desarrollo histórico de los derechos humanos. Continuando con la tradición griega, se insiste y se profundiza más en la idea de dignidad e igualdad de los seres humanos, rechazando al mismo tiempo la violencia. Inicialmente el mensaje cala sobre todo entre los pueblos oprimidos y los esclavos.

A principios del siglo VII Mahoma empieza a divulgar el Islam, lo cual implica un proceso de humanización de las costumbres de las sociedades del Norte de África.

En Europa la invasión de los pueblos germánicos y la descomposición del Imperio Romano da lugar al nacimiento de distintos reinos. Su lucha por la supervivencia y los problemas étnicos y religiosos con las poblaciones asentadas anteriormente provocaron que la fuerza fuera durante siglos la principal fuente de todo derecho. Surge una nueva organización social, el feudalismo, que llega a su culminación política durante los siglos XI y XII. No es una organización original de este tiempo ni exclusivamente europea: su configuración se da en periodos de decadencia del poder central, por ejemplo durante el Egipto faraónico o el Japón de los siglos XVII y XIX. Con la implantación de las monarquías absolutas a partir del siglo XVI, el feudalismo

desaparecerá como régimen político de la Europa occidental, a pesar de que su dimensión social (convertida en el llamado Antiguo Régimen) llegará hasta la Revolución Francesa.

El feudalismo se caracteriza por la división de la sociedad en tres estamentos desiguales, basados en el linaje (o nacimiento) y el privilegio (ley privada para cada estamento):

- La Iglesia, representante del poder divino en la tierra - Los nobles, poseedores del poder político y, juntamente con la Iglesia, de la propiedad de la tierra. - Los siervos, sin derechos, y que podían ser vendidos o transferidos

Al disminuir las invasiones se inicia una lenta recuperación. Renacen las ciudades y, a partir del siglo XII toma fuerza una nueva clase social: la burguesía. Sus miembros, al sentirse desvinculados de las sumisiones feudales, inician una larga lucha en pro de los derechos civiles. De esta época de transición es la Carta Magna (1215), favorable a los nobles y burgueses ingleses, que Juan Sin Tierra se vio obligado a aceptar.

Edad Moderna A mediados del siglo XV se inicia el Renacimiento en Italia. Inspirado en la Antigüedad Clásica recobra la concepción griega del hombre como medida de todas las cosas, y la libertad de pensamiento y de acción se vuelven irrenunciables. El derecho natural abandona la base teológica sobre la que se había asentado durante la Edad Media y adopta una concepción puramente racionalista. Los derechos giran alrededor de la persona individual independiente de la colectividad. Una concepción unilateral y combativa: los derechos enfrentados al poder, desarrollados a través de una lucha entre el estado y el individuo, o entre este y la Iglesia. Al mismo tiempo, el descubrimiento de América en 1492, aunque comportó grandes abusos y explotaciones para los indígenas, supuso también motivo de reflexión sobre algunos aspectos, reflejados por ejemplo en las aportaciones de Fray Bartolomé de las Casas, o en las propias Leyes de Indias. "De todos los hombres y de cada uno de ellos es una no más la definición, y ésta es que son racionales; todos tienen su entendimiento y su voluntad y su libre albedrío como sean formados a la imagen y semejanza de Dios." (Fray Bartolomé de las Casas. Apologética Historia Sumaria)

Fray Bartolomé de las Casas

Sin embargo, Fray Bartolomé de las Casas también cometió un grave error, del que posteriormente se arrepentiría, al recomendar la importación de esclavos negros africanos para liberar a los indios de los trabajos forzosos.

Esta paradoja debería hacernos reflexionar sobre nuestra visión eurocéntrica del mundo, en ocasiones huérfana de autocrítica, y de los errores que en ocasiones conlleva. Y al mismo tiempo debería servirnos también para reconocer que la preocupación por los derechos de las personas no es un patrimonio de la cultura occidental. Por ejemplo, en este caso, ya estaba también presente en las culturas precolombinas: "Empezaban a enseñarles: como han de vivir, como han de respetar a las personas, como se han de entregar a aquello que es conveniente y recto, y huir con fuerza de la maldad, la perversión y la codicia." (Tradición azteca. Siglo XV. México). El descubrimiento de América produjo una reflexión sobre las relaciones humanas, especialmente en la obra de Fray Bartolomé de las Casas

Durante el siglo XVII, en Inglaterra, se producen tres hechos muy importantes:

- La Petición de Derechos (1628), que protegía los derechos personales y patrimoniales, rechazada por el rey Carlos I (y que a resultas de la guerra que se desencadenó por el rechazo, acabó en el patíbulo en 1649)

- El Acta de Habeas Corpus (1679), que prohibía las detenciones sin orden judicial.

- La Declaración de Derechos (1689), que consagraba los derechos recogidos en los textos anteriores.

John Locke (1632-1704), es una figura capital de ese siglo. Considerado el padre del liberalismo moderno, propuso que la soberanía emanaba del pueblo, que el Estado debía proteger los derechos de los ciudadanos (de propiedad y libertad individuales) y, anticipándose a Montesquieu, que el poder legislativo y el judicial habían de estar separados. Tuvo una gran influencia en la redacción de las grandes declaraciones de derechos humanos de finales del siglo XVIII.

John Locke

Edad Contemporánea

El 12 de junio de 1776 el Estado de Virginia proclamó su Declaración de Derechos. Durante este año y los posteriores, las trece colonias de la inicial Confederación americana hicieron también declaraciones de derechos parecidas a la de Virginia.

El 4 de julio de 1776 tuvo lugar la Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Redactada por Thomas Jefferson, proclamaba lo siguiente:

"Sostenemos como verdaderas evidencias que todos los hombres nacen iguales, que están dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables, entre los cuales se encuentra el derecho a la vida, a la libertad y a la búsqueda de la felicidad...". Charles Montesquieu (1689-1755), criticó severamente los abusos de la Iglesia y del Estado. Al estudiar las instituciones y costumbres francesas de la época, dio formas precisas a la teoría del gobierno democrático parlamentario con la separación de los tres poderes, Legislativo, Ejecutivo y Judicial, como mecanismo de control recíproco entre los mismos, acabando teóricamente con la concentración del poder en una misma persona y los consecuentes abusos y atropellos que históricamente había producido el irrestricto poder del monarca en contra de los seres humanos. Jean Jacques Rousseau (1712-1778), por su parte, denunció vigorosamente las injusticias y miserias resultantes de la desigualdad social de su época, propugnó la idea de una sociedad basada en la igualdad absoluta, en la que cada miembro, a la par que se somete a las decisiones del colectivo, es al mismo tiempo parte del pueblo soberano, cuya voluntad general constituye la Ley. Estas ideas de Rousseau favorecieron a la elaboración del concepto de los derechos humanos al plantear la necesidad de la existencia de una igualdad entre los hombres, quienes deben someter su voluntad individual a la voluntad del colectivo, con el objeto de alcanzar el bienestar para todos. Immanuel Kant (1724-1804) Propone una visión ética universal basada en la razón, y fundamentada a través del denominado Imperativo Categórico: “Actúa como si la máxima de tu acción se convirtiera, por tu voluntad, en una ley natural general”. Dicho de otra manera: “Actúa como crees que lo debería hacer todo el mundo.” La consecuencia, a nivel político de esta propuesta es la

tolerancia, el respeto a las ideas de los demás, y la Democracia como sistema político. Por eso, cuando pretendemos fundamentar filosóficamente los principios rectores de los derechos humanos, debemos recurrir al pensamiento kantiano. En una de sus últimas obras, La Paz perpetua, incluso llega a proponer una Federación de Estados Libres, unidos por un Convenio que tenga como objetivo el prohibir la Guerra, siendo así un auténtico precedente filosófico de lo que han significado, al menos teóricamente, las Naciones Unidas en el siglo XX.En 1789 se proclama en París la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano. A esta declaración, le siguió en 1793 una segunda más radical (con la llegada de Robespierre y los Jacobinos al poder) y una tercera, en 1795, más conservadora (a raíz de la caída de Robespierre).

Representación de la Declaración de Derechos del Hombre y el Ciudadano (1789)

Por lo que respecta a España, a principios del siglo XIX, con la Constitución de Cádiz (1812), de efímera duración puesto que fue abolida dos años más tarde, se aprueba el primer documento que recoge el espíritu de las declaraciones americanas y francesa. El siglo XVIII fue un siglo de logros importantes... y al mismo tiempo insuficientes, aunque no se han de minimizar, puesto que se han de observar dentro de su contexto. Dos ejemplos: • Las declaraciones hablan de los "Derechos de los Hombres" (las mujeres

quedaban excluidas). Por ejemplo, en España las mujeres no tuvieron derecho a votar hasta 1931, y en Suiza, hasta 1970.

• Frecuentemente eran "compatibles" con la esclavitud. En Estados Unidos no se abolió la esclavitud hasta la Guerra de Secesión, en 1865. En

España, se abolió en 1814, aunque se permitió que continuara en las colonias (concretamente en Cuba, hasta 1880).

El siglo XIX es un siglo de avances y retrocesos. En conjunto, es un siglo de lenta consolidación de los ideales proclamados en la Revolución Francesa. El Liberalismo y el Romanticismo de este siglo tienen un peso específico en el fortalecimiento de la libertad de los individuos, y en que las constituciones nacionales que se van creando la tengan en cuenta. Es también el siglo de la Revolución Industrial, de las reivindicaciones proletarias y de la conquista del reconocimiento del derecho de asociación. Aparecen además nuevas teorías sociales: el Socialismo Utópico, el Socialismo Científico (Marxismo) y el Anarquismo, las cuales tendrán, a principios del siglo siguiente, un gran protagonismo. Al mismo tiempo, cada vez se confirma más que, así como mientras en el pasado la preocupación por la dignidad de las personas había sido común en las diversas culturas extendidas por todo el mundo (aunque individualizada en cada una de ellas), a partir del siglo XVII el avance en este sentido se concentra cada vez más en el mundo occidental (con muchas contradicciones, eso sí), desde donde va irradiándose con diferente intensidad por el resto del mundo. Por ejemplo, recordemos que actualmente la esclavitud, bajo distintas modalidades, aún no está del todo erradicada, y que los derechos de las mujeres son prácticamente inexistentes en algunos países.

Cualquier avance que se produce en el progreso del reconocimiento de los derechos humanos, representa una crisis, un enfrentamiento entre el poder y un sector contrario a él, que reclama aquello que le pertenece y que no se le reconoce.También es el siglo del inicio de una nueva lucha, la de los derechos sociales. Los movimientos obreros emprenden la defensa de los derechos humanos desde una perspectiva colectiva, de manera más amplia, es el momento en el que los trabajadores exigen sus reivindicaciones. Ya en el siglo XX, las revoluciones mexicana y rusa de 1917 constituyen hechos históricos determinantes para la consagración jurídica de estos derechos colectivos, los derechos económicos y sociales. Alguien ha dicho que la Historia no es más que una sucesión de crímenes. Evidentemente es una definición incompleta, pero aceptando esta limitación, quizás en el siglo que más encaja, es en el siglo XX: dos guerras mundiales, innumerables guerras regionales, guerras civiles, sangrantes revoluciones... y un balance estremecedor de millones de muertos. Toda esta locura ha sido a la vez el catalizador de una reacción en sentido contrario, encaminada a evitar (con resultados diversos) su repetición: • A la I Guerra Mundial siguió la creación de la Sociedad de Naciones,

que aunque no fue capaz de evitar la II Guerra Mundial, sí tuvo el mérito de ser el precedente de una organización supranacional de carácter vinculante. Otros logros de la Sociedad de Naciones fueron la creación del Tribunal Internacional de la Haya, la firma del "Convenio internacional para la supresión de la esclavitud" (firmado en 1926 y completado y ratificado por la ONU en 1956) o la creación de la Organización Internacional del Trabajo.

• A la II Guerra Mundial siguió la creación de la ONU, uno de cuyos primeros trabajos fue la redacción, y posterior aprobación, de la Declaración Universal de Derechos Humanos, elaborada con el objetivo de intentar evitar la repetición de los actos de barbarie de la II Guerra Mundial, probablemente los más terribles de la historia de la humanidad. Auschwitz, Dachau, Treblinka, Hiroshima, Nagasaki... actos que mostraban hasta dónde era capaz de llegar la barbarie humana.

Imagen de los Juicios de Nuremberg

Los juicios de Nuremberg de 1946 contra los altos responsables nazis, acusados de crímenes de guerra y genocidios ya mostraban la necesidad de regular claramente el concepto de derechos humanos y, sobre todo, de establecer claramente cuáles son. Es entonces cuando se crea una comisión, encabezada por Eleanor Roosevelt, encargada de la redacción de la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada finalmente por la Asamblea General de la ONU el 10 de Diciembre de 1948.

Los países, en su mayoría, han adaptado sus legislaciones para hacer referencia directa a la Declaración Universal de Derechos Humanos. España, por ejemplo, en la Constitución de 1978, Artículo 10.2 señala: “Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.”

Con la Declaración Universal la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo que llegara a formar parte del derecho positivo de todas las naciones.

Tema 1.4. El Concepto de Ciudadanía

El concepto de Ciudadanía puede ser definido como el status jurídico a partir del cual se adquieren unos derechos y unos deberes, relacionados con el Estado del que se forma parte. Los derechos del ciudadano deben ser reconocidos por el Estado al que pertenece el individuo, a diferencia de los derechos humanos, que son universales.

En una sociedad democrática los valores de la Ciudadanía deben coincidir con los principios de los derechos humanos, han de estar relacionados con los valores propios de la convivencia democrática. Los comportamientos cívicos como el respeto y la tolerancia deben ser promovidos por las instituciones estatales, y, por lo tanto, es lógico que formen parte de los valores que hay que transmitir a través de la educación en valores.

La libertad es uno de los pilares fundamentales de la convivencia democrática, pero está supeditada al respeto de las libertades del prójimo y a la aceptación de las normas de convivencia que en cualquier colectividad se consensuan con la finalidad de permitir su funcionamiento. Los ciudadanos deben obedecer las leyes (siempre que no estén en contradicción con los derechos humanos), siendo éste, el otro gran pilar de la convivencia ciudadana.

John Stuart Mill (1806-1873), es uno de los teóricos más importantes en el estudio del ámbito de la libertad. Según John Stuart Mill existen dos ámbitos de la vida de los ciudadanos: la vida privada, y la vida pública. Los seres humanos, en el ámbito privado, escogen aquellos elementos que consideran fundamentales para la buena vida. Por ejemplo, siguen los principios religiosos que consideran más adecuados, o tienen las opiniones que quieren, y el Estado no debe intervenir en estas cuestiones de la vida privada. Consideraba también que muchos de nuestros actos afectan a otras personas, por lo que no pueden circunscribirse dentro del ámbito privado. En estos casos, el Estado puede intervenir.

John Stuart Mill

Las ideas de John Stuart Mill han ido penetrando lentamente en la sociedad y adaptándose a las nuevas sensibilidades. Por ejemplo, durante mucho tiempo se consideró privado el ámbito doméstico. Hoy, sin embargo, consideramos que la violencia doméstica debe ser perseguida, ya que pese a

desarrollarse en el interior del domicilio, el Estado debe proteger a las víctimas de dicha violencia.

La educación en valores debe fomentar los comportamientos cívicos, y las ideas clave de la sociedad democrática como son la igualdad, la lucha contra todo tipo de discriminación y de toda actitud que deteriore la convivencia. Un ejemplo especialmente relevante es el de la violencia contra las mujeres y la desigualdad de oportunidades que existe entre hombres y mujeres.

Hay que acabar con la violencia hacia las mujeres y con la desigualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, y la educación es el método más eficaz.

Módulo 2. Importancia de la educación en derechos humanos

Tema 2.1. La transmisión de los valores El desarrollo de determinados acontecimiento en la sociedad actual, por ejemplo los casos de torturas y ejecuciones, la falta de acceso a recursos básico como el agua y la sanidad o el uso de menores como soldados, nos muestra un mundo y una ciudadanía que no respeta los derechos humanos.

La educación que hemos recibido no ha solucionado, en ocasiones incluso ha fomentado, la desigualdad y la discriminación entre hombres y mujeres. La violencia contra las mujeres es un hecho por desgracia cotidiano que sigue sin resolverse. En el ámbito laboral, existe una tasa de paro femenino cuatro veces más elevada que la tasa masculina. La diferencia de salarios entre hombres y mujeres puede llegar a ser del 20%, y se da la paradoja de que el aumento de la escolarización en muchos países ha implicado una alta cualificación de hombres y mujeres, pero no ha corregido la desigualdad en el ámbito laboral.

Se hace evidente que sólo con medidas represivas no pueden solucionarse estos conflictos, y que la educación es la única medida realmente eficaz, aunque sea a largo plazo.

Por otro lado, en las escuelas cada vez es mayor la proporción de alumnos y alumnas de otros países, de distintas etnias y religiones, lo que obliga a educar en la tolerancia y el respeto a la diferencia. Debemos usar la educación reglada para transmitir estos valores.

Esta idea no es nueva, de hecho es tan antigua como el pensamiento filosófico. Sócrates ya nos decía que la educación posee una connotación moral importante, ya que enseñando lo que es correcto, el individuo actuará de forma correcta: el mal es fruto de la ignorancia. Es lo que se ha llamado el Intelectualismo Moral. Quizás, esta idea, si la llevamos al extremo puede parecernos algo ingenua: Todos los que poseen una buena base cultural, actuarán siempre correctamente. Evidentemente esto es falso, pero si no totalizamos esta idea, sí es correcta.

Busto de Sócrates (Museo del Louvre)

Una sociedad más culta en educación en valores tendrá muchos menos problemas de intolerancia y discriminación. La educación no erradicará por completo las conductas incívicas e insolidarias: siempre encontraremos ejemplos de personas con un nivel cultural envidiable y un comportamiento nada cívico, pero estos casos no deben limitar los esfuerzos de los educadores y las educadoras por universalizar la educación en valores en general y la educación en derechos humanos en particular.

La comunidad internacional ha expresado cada vez más el consenso de que la educación en derechos humanos contribuye decisivamente a la realización de los derechos humanos. La educación en derechos humanos tiene por objeto fomentar el entendimiento de que cada persona comparte la responsabilidad de lograr que los derechos humanos sean una realidad en cada comunidad y en la sociedad en su conjunto. En este sentido, contribuye a la prevención a largo plazo de los abusos de derechos humanos y a los conflictos violentos, a la promoción de la igualdad y el desarrollo sostenible. Asimismo hay que tener presente que los ciudadanos conocedores de sus derechos están en mejores condiciones de exigir a sus autoridades, el cumplimiento de todos sus derechos.

Tema 2.2. El papel de la socialización Para llegar a comprender la importancia de la educación debemos hacer referencia al concepto de socialización. Los seres humanos debemos aprender a comportarnos, valga la redundancia, como seres humanos, investidos realmente de la dignidad que nos hemos reconocido. Nuestro comportamiento no está regido sólo por los instintos, sino también por los rasgos culturales que hemos aprendido. Por eso es tan importante la educación cultural y socioafectiva que recibimos. En este proceso de socialización juegan un papel muy importante la familia, la escuela, los iguales y los medios de comunicación. Son los llamados agentes de socialización. La familia (y cada vez más también la escuela) es la encargada de proporcionar la socialización primaria (aprender los elementos básicos de la convivencia humana como andar, hablar, hábitos de higiene... etc.) En España, la incorporación de la mujer al mercado laboral ha provocado un mayor peso específico de la escuela en la socialización primaria, parcela anteriormente exclusiva de la familia.

La escuela es un agente fundamental de socialización

En la llamada socialización secundaria (la transmisión de conocimientos que dura toda la vida, que incluye la transmisión de valores), participan todos los agentes socializadores. Sin embargo, no todos los agentes socializadores van en la misma dirección; es bastante habitual que en la escuela se intenten transmitir unos valores que los medios de comunicación se encargan de contradecir (por ejemplo, los crecientes casos de anorexia están relacionados con los cánones de belleza que aparecen en los medios de comunicación).

Inicialmente los niños y las niñas imitan lo que ven, sin tener una concepción moral de lo que ven. Lawrence Kohlberg nos dice que durante la infancia (etapa que él denomina Preconvencional) no existe una clara concepción del bien o del mal, sino que consideramos como bueno aquello por lo que nos premian, y malo aquello por lo que nos castigan. No es hasta la etapa llamada por Kohlberg Convencional (y dentro de las reglas de un grupo) cuando tenemos una cierta noción del bien y del mal. Esto hace a los niños muy

vulnerables a las influencias externas. Por ello se da la circunstancia de que el niño maltratado suele ser maltratador de adulto.

Analicemos con un poco más de atención la teoría de Lawrence Kohlberg: plantea que el crecimiento moral del ser humano pasa por una serie de etapas. Esto en el caso de que alcance el máximo desarrollo, ya que hay personas que no llegan hasta el final del proceso:

• Etapa preconvencional. Como hemos dicho, en esta etapa no existe una

concepción clara de los conceptos de bien o mal. Llamamos bien a aquello por lo que nos premian, y mal a aquello por lo que nos castigan. Esta etapa posee dos estadios: a) Egocentrismo (los agentes externos determinan lo que debe hacerse) y b) Individualismo (se asumen las normas si van en beneficio propio).

• Etapa convencional. En esta etapa ya existe una concepción del bien y del

mal, pero relacionada con el concepto de grupo. Consideramos como bien, aquello que creemos que el grupo acepta como correcto. Esta etapa posee dos estadios: a) Gregarismo (actuamos siguiendo el criterio del grupo con el objetivo de ser aceptados por éste) y b) Comunitarismo (se siguen las normas porque proporcionan un bien común)

• Etapa Postconvencional. En esta etapa ya la concepción del bien o el mal

es la personal y propia. Esta etapa posee dos estadios: a) Relativismo (se considera que todas las visiones y opiniones son igualmente aceptables) y b) Universalismo (existen unos valores éticos universales que están por encima de las obligaciones legales).

Han de crearse modelos de valores en los que el alumnado pueda reflejarse, y eso debe desarrollarse a través de la educación en valores.

La Escuela como agente de socialización

En el ámbito educativo los docentes desde hace tiempo manifiestan su preocupación por el hecho de que los padres delegan, cada vez más, responsabilidades educativas que les pertenecen (elementos de socialización primaria por una lado y niveles más avanzados como la educación vial, sexual, etc.). Dentro de esta tendencia, los padres y madres están delegando también en la escuela la formación de determinadas actitudes y valores. Pero esta responsabilidad que la familia no asume plenamente representa una carencia, ya que es muy importante para la formación integral del menor.

En la medida que la familia delega o no asume estas responsabilidades, la escuela no debe inhibirse. Con independencia de que la educación de los hijos y las hijas corresponda de forma prioritaria a las familias (artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos), si las familias se inhiben de su formación en valores, entonces, atendiendo al "interés superior" de los menores (artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño) la sociedad

en general, y la escuela en particular, deben implicarse, ya que el objetivo de crear ciudadanos y ciudadanas más cívicos no puede quedar desatendido. Es un tema complejo, ya que, además, en ocasiones la familia (o la escuela) no es que se inhiba, sino que promueve algunos valores contrarios a los contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos .

Educación en valores y derechos humanos en la escuela

La escuela debe hacer frente a la necesidad de educación en valores, integrándola, además, en el curriculum explícito, ya que si sólo aparece como eje transversal, como curriculum en la sombra, existe la posibilidad que quede totalmente diluida y sin incidencia real. Con una característica añadida: asumiendo abiertamente que la educación en valores debe incluir y basarse en los principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Los derechos humanos no son simplemente una declaración de buenas intenciones, un futurible de buena voluntad. Se trata de un conjunto de valores fundamentales para hacer posible la convivencia Durante mucho tiempo, la educación en derechos humanos intentaba enfocarse desde el punto de vista de las grandes violaciones de los derechos humanos: los abusos de las dictaduras (en Latinoamérica o en los países del este), la pena de muerte, la tortura, etc. En la actualidad la experiencia aconseja enfocar la cuestión de la educación en derechos humanos desde temas más cercanos a las vivencias de los alumnos; por ejemplo, la discriminación de la mujer, o el racismo y la xenofobia, temas mucho más cotidianos, que pueden afectar directamente al sujeto o a gente del entorno inmediato.

El entorno de aprendizaje y el entorno escolar, por sí mismo, debe respetar y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales. Debe ofrecer la oportunidad para que todos practiquen los derechos humanos mediante actividades de la vida real. Todas las actividades que tienen lugar en el sistema escolar con objeto de impartir educación para la paz, preparar para la vida cívica, transmitir valores y enseñanzas multiculturales, mundiales o de promoción del desarrollo sostenible deben incluir los principios de derechos humanos en sus contenidos y métodos.

Naturalmente, cuestiones como las dictaduras, la pena de muerte o la tortura se deben incluir en la educación en derechos humanos. Pero al mismo tiempo es preciso atender al entorno inmediato, a la vida cotidiana e individual. Por ejemplo, hay que educar (es una prioridad hacerlo), con la finalidad de evitar futuros maltratadores, concienciar a la sociedad para que se denuncien los maltratos, no aceptarlos en silencio, a diferencia de como fueron educadas las generaciones anteriores.

Otro ejemplo. Es muy importante conocer la historia de las sociedades basadas en el racismo, como la de Sudáfrica o Estados Unidos antes del fin de la segregación racial. Pero todavía es más necesario desvelar las actitudes y

los comportamientos racistas que se puedan dar en la propia sociedad, en el mismo centro educativo. La educación recibida por las generaciones anteriores ha determinado la visión sobre los roles diferenciados de hombres y mujeres.

Leyendo los periódicos se podría llegar a la conclusión que la violencia contra las mujeres es un mal reciente de nuestra sociedad, porque, anteriormente, los periódicos no publicaban las cifras de dicha violencia: no se hacían eco de este problema, y, por lo tanto, aparentemente no existía. Lo que ocurría es que no se divulgaba, no se contaban, como se hace ahora, el número de víctimas de este tipo de violencia, y así pasaba totalmente desapercibida. En la prensa de sucesos, dichos crímenes eran calificados como crímenes pasionales, llegando, en ocasiones, a la justificación soterrada del crimen. Era habitual conocer alguna mujer maltratada por su pareja, la cual era compadecida en silencio, pero al considerar que se trataba de un asunto privado, nadie intervenía.

Afortunadamente, se ha generado una mayor concienciación del problema. Esta concienciación ha llegado a través de la educación de las nuevas generaciones, a través de una escuela más abierta, de unos medios de comunicación más sensibles, etc. Empezando por la coeducación. La educación separada ofrece un modelo que presenta a los niños y niñas no sólo como seres diferentes, sino también con roles predeterminados diferentes, lo que según sus defensores justifica que deban tener educaciones también diferentes. Si queremos educar para la igualdad, la educación ha de ser igual, compartiendo conocimientos, espacios y contenidos.

Tema 2.3. Educación en valores Es posible educar en valores contrarios a la igualdad y la tolerancia. Por eso debemos diferenciar entre educación en valores y educación en derechos humanos, porque siendo la educación en derechos humanos un ejemplo claro de educación en valores, la educación en valores puede ser contraria a los derechos humanos. Para analizar la educación en valores, debemos preguntarnos en qué valores. Por ejemplo, podemos educar en el odio, la intolerancia y la discriminación. Por eso, cuando hablamos de la necesidad de la educación en valores no nos referimos a cualquier tipo de valores, sino de una educación en valores muy concreta: la basada en los principios contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, con el propósito de formar ciudadanos cívicos, responsables, tolerantes, activos y demócratas.

Por otra parte, para que la educación en derechos humanos sea efectiva, no debe limitarse a cuestiones de tipo conceptual.

La forma de tratar al alumnado, la forma de solucionar los problemas que puedan surgir en el aula... etc. debe ser lo más respetuosa posible. No sirve de nada hablar al alumnado de la libertad de expresión si el profesorado es autoritario. Se debe predicar con el ejemplo si se quiere llegar a los alumnos y educarles en los derechos humanos.

En el aula se deben vivir los derechos humanos. La ONU especifica que la educación en derechos humanos no consiste únicamente en la existencia de unos contenidos y unas actividades, sino que el espacio, la escuela ha de ser también un lugar de respeto hacia los derechos humanos en el que se desarrolle una cultura participativa. Así, la educación en derechos humanos va más allá de las materias que tienen en su currículum la educación en valores y debe aparecer también de forma transversal (currículum en la sombra).

Pese a todo hay que insistir en la necesidad de la educación en valores propios de los derechos humanos a través del currículum explícito, a pesar de que por si sola no sea suficiente: es necesaria una implicación personal del profesorado respecto a los deberes y derechos de los alumnos como una manifestación más de los derechos humanos.

El conocimiento de la Declaración Universal de Derechos Humanos no es un objetivo final, es un medio para conseguir la creación de una sociedad más justa y más comprometida.

La educación en valores no siempre ha tenido como objetivo el respeto de los derechos humanos. Algunas sociedades han intentado impulsar valores contrarios a los derechos humanos. Adolf Hitler llegó al poder en 1933, y gracias a su particular educación en valores (propicada por determinadas circunstancias sociales), unos años más tarde disponía de un ejército formado por unos soldados y unos oficiales capaces de cometer los crímenes contra la humanidad que acabaron cometiendo.

Si Hitler hubiera llegado al poder en un país preparado armamentísticamente, tendría que haber esperado, igualmente, bastantes años para preparar una juventud dispuesta a realizar los actos de barbarie propios de la II Guerra Mundial: la educación recibida por los jóvenes alemanes durante los años 30 provocó las atrocidades de los años 40.

El trabajo de propaganda realizado en las escuelas, la labor de las Juventudes Hitlerianas, el cine, etc., posteriormente hizo posible, por un lado la persecución y el exterminio de las minorías judía, gitana, homosexual..., y por otro lado, el expansionismo bélico nazi, con un resultado de millones de muertos en los campos de concentración, en los frentes de batalla y entre la población civil de los territorios ocupados. Unos crímenes contra la humanidad que sólo fueron posibles porque previamente se había inculcado entre la población, de modo especial entre la juventud, el valor de una rígida obediencia, el convencimiento de estar participando en una gran causa, el sentimiento de pertenecer a una raza superior y la insensibilidad ante el sufrimiento ajeno. Lo más peligroso de este hecho es que, quizás, si hubiéramos recibido el mismo tipo de educación hubiéramos actuado igual (no obstante hay que tener en cuenta que a pesar de la educación recibida no toda la población alemana compartía la ideología nazi, ni todos tuvieron el mismo comportamiento). Las Juventudes Hitlerianas ofrecían elementos de socialización muy adecuado para la edad en la que desarrollaban sus actividades: trabajaban la concepción de la sumisión al grupo (etapa convencional según Kohlberg), la rebelión contra los padres en contraposición a la adhesión al Estado (eran invitados a delatar a los padres poco leales), los juegos físicos y la militarización.

Niños combatientes del ejército nazi

El adolescente puede cambiar el modelo de obediencia paterna a la obediencia grupal. Reconduciendo su espíritu de rebeldía hacia la integración en un grupo, en determinadas circunstancias, mediante la educación se puede convertir un joven independiente en una persona sumisa, disciplinada, irracional, capaz de una obediencia ciega: el mejor soldado (y el más peligroso): una máquina de matar insensible ante las necesidades del prójimo y su sufrimiento.

Son muchos los casos en los que la utilización de la educación en valores contrarios a los derechos humanos acaba teniendo éxito, y es este éxito la única explicación posible de posteriores actos de barbarie impropios de

sociedades civilizadas. Por ejemplo, se necesitaron muchos años de educación para el odio en la Ex-Yugoslavia para llegar a las terribles guerras civiles de los años 90. Décadas de convivencia se convirtieron en una anécdota del pasado debido a la educación de la supremacía y la discriminación. Lo mismo podría decirse de otras catástrofes humanitarias como la de Rwanda, en el marco del enfrentamiento entre hutus y tutsis, o del fanatismo religioso que se aprende en ciertas escuelas coránicas o de otras confesiones religiosas. La educación en valores es muy importante para el desarrollo global de las personas, y es todavía más importante, imprescindible, que estos valores sean los contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

La historia nos ha enseñado como, lamentablemente, en ocasiones, puede tener éxito la educación en el odio y el fanatismo; el objetivo, por lo tanto, es conseguir que cualquier esfuerzo por inculcar valores se haga desde la perspectiva de aquellos valores que pretendemos difundir: la paz, la igualdad, la convivencia, la justicia... los propios de la Declaración Universal.

La Educación en Derechos Humanos según Amnistía Internacional

Amnistía Internacional define la Educación en Derechos Humanos como un proceso por el que las personas se instruyen sobre cuáles son sus derechos y los derechos de los demás en un marco de aprendizaje participativo e interactivo. Trata sobre el cambio de actitudes y comportamientos, sobre el aprendizaje de nuevas capacidades, y sobre la promoción del intercambio de conocimientos e información. Es una tarea a largo plazo y su objetivo es aportar una comprensión de las cuestiones que trata y capacitar a las personas con las aptitudes que precisan para articular sus derechos y comunicar a otros este conocimiento.

La Educación en Derechos Humanos incluye una amplia variedad de innovadores y efectivos programas de educación en los sectores formal, informal y no formal, y que Amnistía Internacional implementa por todo el mundo. La Educación en Derechos Humanos:

• reconoce la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos• incrementa el conocimiento y la comprensión de los derechos humanos• capacita a las personas para que reclamen sus derechos• ayuda a las personas a utilizar los instrumentos legales concebidos para

proteger los derechos humanos• utiliza una metodología interactiva y participativa para el desarrollo de

actitudes de respeto para los derechos humanos• desarrolla las aptitudes precisas para defender los derechos humanos• integra los principios de los derechos humanos en la vida cotidiana• crea un espacio para el diálogo y el cambio• fomenta el respeto y la tolerancia

Tema 2.4. La Superación del Conflicto Para terminar este módulo, se analizará brevemente el tema de la educación en circunstancias o zonas conflictivas. Cuando existe un conflicto, ya sea personal, colectivo o político, si no somos los protagonistas del mismo, o no nos afecta directamente de alguna forma, tenemos la tendencia a realizar lo más fácil: olvidarnos del conflicto, no darle relieve ni hacerlo público. Esto, sin embargo, es un error que suele acarrear graves consecuencias.

Alemania se vio obligada a enfrentarse, después de la II Guerra Mundial, a los actos cometidos durante la barbarie del nazismo. Tuvo que enfrentarse directamente con las violaciones de los derechos humanos que se habían cometido bajo el nazismo. Naturalmente no fue una experiencia agradable, pero era absolutamente necesario por partida doble, como elemento de justicia y como lección y posible vacuna de cara al futuro. En otros países, las Comisiones de la Verdad como las que ha habido en Guatemala, o Sudáfrica son también el ejemplo a seguir. En España, algunas iniciativas encaminadas a rescatar del olvido las víctimas de la Guerra Civil y de la posterior represión franquista como la Ley de la Memoria Histórica, se inscriben en la misma línea; aunque hasta el momento son parciales e insuficientes, con importantes limitaciones en comparación con las Comisiones de la Verdad mencionadas.

Exhumación de una fosa común de la Guerra Civil en El Bierzo (León)

En resumen, cuando se producen hechos de estas magnitudes, son necesarias dos líneas de actuación. Por un lado la justicia: el reconocimiento de los abusos cometidos, la comparecencia ante los tribunales de los perpetradores y la articulación de la correspondiente reparación a las víctimas. Por otro lado la educación: explicando los hechos a las nuevas generaciones, sin orillar sus horrores, con el objetivo de que no se olviden y no vuelvan a repetirse.

No se deben silenciar los conflictos a la hora de educar: el conocimiento nunca es un error.

En el aula también existen conflictos, entre el alumnado, o entre este y el profesorado: enfrentamientos, arbitrariedades, abusos, extorsiones, insultos...

Algunos alumnos o alumnas no son aceptados por el grupo y son objeto de burla y humillaciones por parte algunos compañeros o compañeras, los cuales en ocasiones se aprovechan de alguna situación de superioridad. Lo mismo puede ocurrir en la vida extraescolar y en el hogar. El esquema a aplicar en estas circunstancias es exactamente el mismo que el referido anteriormente: enfrentar el conflicto, no ignorarlo, buscar el diálogo, la mediación, las soluciones justas y equitativas, teniendo en cuenta de forma especial, en cada caso, las partes más débiles implicadas.

Pero no hay que olvidar que el conflicto también es una oportunidad de aprendizaje. A nivel individual y colectivo. Enfrentado de forma no violenta, evitando tanto la agresión como la evasión (igualmente indeseables), sin pretender la anulación o destrucción de una de las partes, buscando soluciones justas y satisfactorias para las distintas partes implicadas, el conflicto es una oportunidad educativa, una ocasión para transformar las relaciones entre las personas, entre los distintos colectivos de la sociedad, una oportunidad de progreso individual y colectivo.

Módulo 3. El reto de la educación en derechos humanos en la sociedad actual

Tema 3.1. Las ONG

A partir de la década de los años 90 se vive en el terreno de la participación política y ciudadana la eclosión de las ONG. Al mismo tiempo, los ámbitos tradicionales de participación (partidos políticos, sindicatos, etc.) disminuyen su protagonismo considerablemente. La participación política aumenta, pero abandonando los cauces tradicionales. Es la importancia creciente de la sociedad civil que cada vez es más capaz de organizarse para conseguir fines que el Estado no puede o no está dispuesto a ofrecer.

Por ejemplo, los familiares de enfermos de Alzheimer se han dado cuenta que la ayudas del Estado (económicas, psicológicas o informativas) son insuficientes, y crean una asociación sin ánimo de lucro para suplir, en la medida de lo posible, al Estado.

Otro ejemplo: la labor de organizaciones como Amnistía Internacional y Greenpeace, dedicadas a cuestionar las actuaciones sobre derechos humanos y medio ambiente de los gobiernos.

Activistas de Greenpeace

Pero la participación ciudadana es tan legítima como necesaria en ambos casos, y su eventual desincentivación por parte de los gobiernos (o de los partidos políticos mayoritarios, corporaciones empresariales o cualquier otro sector social), debe ser rechazada con rotundidad.

El auge actual de las ONG favorece tanto la creación de nuevas ONG como el fortalecimiento de las ya existentes. Cada ONG intenta incidir en una parcela

de la realidad que debe ser intervenida, de ahí el triunfo del eslogan surgido en Greenpeace “Piensa globalmente, actúa localmente.” No se pueden solucionar todos los problemas, por eso hay que optar por temas o casos concretos. En consecuencia, no todas las ONG tienen la misma función, ni poseen la misma estructura. Se puede distinguir distintos tipos de ONG: ONG de ayuda mutua ante personas que tienen los mismos problemas (Asociación de familiares de enfermos físicos o mentales, esclerosis, esquizofrenia, Alzheimer, etc.) ONG que dedican su trabajo a cuestiones medioambientales (Greenpeace, Adena, etc.), ONG que están dedicadas a ayudar a los países pobres (son las llamadas ONGd, ONG de ayuda al desarrollo: Manos Unidas, Intermon Oxfam, etc.) Otras ONG tienen misiones más inmediatas como ayuda en caso de conflicto armado, o ante una catástrofe humanitaria (Médicos sin Fronteras, Medicus Mundi, etc.) Otras ONG se dedican a la ayuda a la gente pobre que vive entre nosotros, ya que la pobreza no es exclusiva de los países del Tercer Mundo (Caritas, etc.). Finalmente, existen ONG con un marcado carácter político, cuya lucha está más relacionada con la promoción de los derechos humanos o la denuncia de injusticias (Amnistia Internacional, SOS Racismo, etc.).

Tema 3.2. La sociedad y el conocimiento de los derechos humanos La Declaración Universal de Derechos Humanos, en su preámbulo, se refiere a los principios que proclama "como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos". En este fragmento del preámbulo, se hace ya una referencia específica a la necesidad de la educación como requisito para divulgar el contenido de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Luego, en el artículo 26, tras afirmar que todas las personas tienen derecho a la educación, dice:

"La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos y religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz."

La Declaración Universal de Derechos Humanos concede una doble importancia a la educación: como derecho humano y como herramienta para difundir la propia Declaración.

Para conocer la situación real del conocimiento de los derechos humanos en el ámbito académico, se llevó a cabo una investigación en el ámbito de la Universidad en España (2003).

Portada del estudio de Amnistía Internacional

La investigación, llevada a cabo por Amnistía Internacional, se realizó en diversos centros universitarios públicos y presenta la situación de la educación en derechos humanos en la formación del profesorado y su implantación en los planes de estudio de las Escuelas Universitarias del profesorado, Facultades de Pedagogía y Cursos de Adaptación del Profesorado. Entre los resultados, publicados en "Educación en derechos humanos: asignatura suspensa", cabe destacar:

Respecto al alumnado

• Los estudiantes de Magisterio y de Pedagogía, mayoritariamente desconocían los principales documentos relacionados con los derechos humanos.• No obtenían del profesorado la información sobre este tema.• Comentaban en su mayoría, que no había asignaturas que tratasen la educación en derechos humanos.• Pensaban que no sabían lo suficiente, por lo que creían que se debería incluir en los planes de estudio una asignatura sobre la educación en derechos humanos. Y por amplia mayoría, manifestaban que al acabar los estudios no se sentían preparados para educar en derechos humanos.

Respecto del profesorado

• Más de la mitad, no conocía el contenido de las normas y guías para la acción que afectan a los profesionales de la educación con dimensiones en el ámbito de los derechos humanos. Y carecían de materiales necesarios para llevar a cabo esta tarea. En igual proporción respondieron que no existía ninguna asignatura que trate de la educación en derechos humanos.• Mayoritariamente tanto profesorado como autoridades educativas, manifestaron que debería haber más asignaturas y actividades sobre la educación en derechos humanos; decantándose por este orden en: Optativas, obligatorias, de libre configuración, cursos...• Igualmente una amplia mayoría creía que el alumnado acababa sus estudios de insuficientemente preparado para educar en derechos humanos. La Educación en Derechos Humanos constituye un derecho del alumnado y una obligación de los Estados respecto de la cual deben rendir cuentas.

El mencionado estudio de Amnistía Internacional se enmarca en una campaña mundial de la Organización, en la que se afirma que es un deber de todos los gobiernos proporcionar por norma una enseñanza en derechos humanos y proveer de un entorno de aprendizaje en el que se respeten y reconozcan estos derechos. La campaña de Amnistía Internacional se inició con motivo del Decenio de Naciones Unidas en la Esfera de la Educación en Derechos Humanos (1994-2004), y actualmente sigue la línea del Programa Mundial de la ONU para la Educación en Derechos Humanos (2004).

Amnistía Internacional, en el caso de España, identificó dos prioridades:

• Incorporar a los estudios de Magisterio, Pedagogía y Ciencias de la Educación una asignatura sobre derechos humanos, de manera que los futuros docentes reciban formación específica sobre dicha materia.

• Incluir en la educación obligatoria y Bachillerato una asignatura sobre derechos humanos, adaptada a los distintos niveles educativos.

La presencia de los derechos humanos en el aula

La insuficiente o manifiesta falta de voluntad política por parte de los Estados en este campo ha sido motivo de fuerte preocupación en el último decenio. El frecuente incumplimiento de los Estados al respecto no ha inhibido, sin embargo, la iniciativa y el compromiso de cientos de maestros y maestras de países de las más variadas regiones del planeta por hacer de la escuela un ámbito que contribuya a aprendizajes significativos en derechos humanos.

Algunos incluso lo han hecho bajo contextos especialmente adversos y no han sido pocas las personas que han pagado un precio muy alto por educar a su alumnado en torno a los valores proclamados por la Declaración Universal de Derechos Humanos. Aquellas experiencias no han sido en vano. Un acervo de buenas prácticas y lecciones han ido legándonos cartas de navegación para la educación en derechos humanos. Quienes han trabajado bajo circunstancias de riesgo dicha educación, han enseñado que frente a la cómoda y prestigiada tentación académica de trasmitir un saber enciclopédico, el auténtico desempeño de la docencia consiste en favorecer en las personas aquellos aprendizajes que los habiliten a ejercer sus derechos a la vez que a respetar y hacer valer los derechos de todas las personas. Hay, afortunadamente, docentes que no han buscado ni remotamente que su alumnado conozca o memorice los textos legales, sino que han centrado sus esfuerzos en que las personas con quienes se encuentran en el espacio-tiempo educativo aprecien y encuentren significativo para sus vidas un conjunto de comportamientos. Para quienes han trabajado en la educación en derechos humanos desde esta apuesta vivencial y metodológica, el catálogo de derechos humanos reconocidos internacionalmente se puede promover y defender desde tres experiencias sensibles universalmente, tres experiencias que activan la propia razón y sentimientos como seres humanos, facultando la persona para concebir la noción de los derechos humanos:

1) La experiencia sobre el cuerpo.2) La experiencia de llevar adelante proyectos de vida libremente escogidos.3) La experiencia de desigualdad en el trato y las oportunidades.

Estas tres experiencias desembocan en el anhelo de disfrutar unas condiciones de vida acordes con los principios recogidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, de forma que no se vean vulnerados derechos fundamentales como los siguientes:

• El derecho a no ser privados de la vida.• El derecho a no ser torturados ni sufrir tratos crueles o degradantes.• El derecho a expresar nuestras opiniones y a vivir de acuerdo a nuestras creencias y convicciones sin ser objeto de persecución.

• El derecho a no sufrir discriminación por motivos raciales, sociales, de sexo, género u orientación sexual, o de cualquier otra índole.• El derecho a la educación, la salud y la alimentación.

Los valores o principios de la Declaración Universal de Derechos Humanos forman la base de toda educación en derechos humanos.

La nueva materia de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos puede llegar a contribuir a la difusión de los valores de los derechos humanos, por lo que se trata de una magnífica oportunidad que no debemos desaprovechar para educar en los valores propios de los Derechos Humanos.

Tema 3.3. Amnistía Internacional

Los inicios de Amnistía Internacional

El 28 de mayo de 1961, un abogado londinense, Peter Benenson, leyó en el periódico que dos estudiantes portugueses habían sido condenados a tres años de cárcel por hacer un "brindis por la libertad". Esto le indignó de tal manera que escribió un artículo titulado "Los presos olvidados" y propuso enviar durante un año cartas de protesta a las autoridades de distintos países en favor de las personas encarceladas por expresar pacíficamente sus ideas. El éxito de esta iniciativa fue el germen de Amnistía Internacional.

En la actualidad Amnistía Internacional trabaja en todo el mundo para luchar contra los abusos de los derechos humanos y para cambiar las leyes que en algunas ocasiones tratan de legitimarlos. Es un movimiento independiente de cualquier gobierno, ideología política o credo religioso. Cuenta con cerca de un millón y medio de personas afiliadas en todo el mundo y más de 4.000 grupos locales integrados por voluntarios.

La visión de Amnistía Internacional es la de un mundo en el que todas las personas disfrutan de todos los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otras normas internacionales de derechos humanos.

Su misión consiste en realizar labores de investigación y acción centradas en impedir y poner fin a la discriminación y a los abusos graves contra el derecho a la integridad física y mental, a la libertad de conciencia y de expresión. Amnistía Internacional forma una comunidad global de defensores de los derechos humanos, y éstos son sus principios: solidaridad internacional, actuación eficaz en favor de víctimas concretas, cobertura universal, universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos, imparcialidad e independencia, y democracia y respeto mutuo.

Amnistía Internacional es una organización mundial imparcial e independiente de todo gobierno, ideología política, cuyo objetivoes contribuir a que se respeten los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

A lo largo de más de cuatro décadas de trabajo ha conseguido o contribuido a conseguir la liberación de miles de presos de conciencia, la protección de muchas personas amenazadas de ser torturadas o asesinadas, la abolición de la pena de muerte en diversos países y la creación del Tribunal Penal Internacional, entre otros.

Aún queda mucho por hacer, pero quizá su mayor logro es haber sembrado una amplia conciencia en el mundo de que los derechos humanos deben ser protegidos y haber creado mecanismos para que la gente común y corriente se movilice en cuestión de horas o de días por personas ordinarias que necesitan ayuda en cualquier rincón del planeta.

Amnistía Internacional es independiente de cualquier ideología política, credo religioso o interés económico. No apoya ni se opone a ningún sistema político, como tampoco apoya ni se opone a las opiniones de las víctimas cuyos derechos intenta proteger. Con la finalidad de garantizar su independencia, Amnistía Internacional no acepta dinero de los gobiernos para financiar su trabajo. La fuerza de la organización reside, en última instancia, en la generosidad de aquellas personas que contribuyen en todo el mundo con sus cuotas de afiliación o sus donaciones.

Los objetivos de Amnistía Internacional

Los derechos humanos son universales e interdependientes. Aunque durante décadas Amnistía Internacional ha centrado su trabajo en los derechos civiles y políticos, tiende cada vez más a trabajar en el campo de los derechos económicos, sociales y culturales. Sus recursos, sin embargo, son limitados por lo que, en aras de una mayor eficacia, se marca una serie de prioridades y orientaciones estratégicas. En la actualidad estas prioridades son las siguientes:

• Luchar contra la pena de muerte y la tortura.• Lograr la liberación de los presos de conciencia y defender la libertad de

expresión.• Combatir la discriminación que sufren millones de personas,

especialmente las mujeres y las niñas.• Defender los derechos humanos de las personas que viven en conflictos

armados.• Luchar contra la impunidad.• Trabajar por los derechos de refugiados, desplazados internos y

migrantes.• Denunciar la vulneración de los derechos económicos, sociales y

culturales.

Acto público de Amnistía Internacional

Funcionamiento de Amnistía Internacional

Amnistía Internacional es un movimiento internacional y sus miembros se reparten por todo el mundo. A fin de aunar esfuerzos, las actividades se organizan a través de las siguientes estructuras básicas:

• En el ámbito local, los miembros de Amnistía Internacional se organizan en Grupos de trabajo que llevan a cabo una labor de sensibilización y de implicación de la sociedad en propuestas de acción y defensa de los derechos humanos en su entorno.

• En el ámbito nacional, las Secciones se ocupan de desarrollar, apoyar y coordinar el trabajo de activistas y Grupos.

• A nivel mundial, el Secretariado Internacional, con sede en Londres, se encarga de desarrollar y respaldar el trabajo de las Secciones. Desde allí se coordina el trabajo de investigación de violaciones de los derechos humanos y se pone en marcha las principales acciones de las Campañas de la organización que desarrollan los miembros de todo el mundo.

Amnistía Internacional es un movimiento democrático, autónomo. Eso significa que son sus miembros quienes deciden qué asuntos hay que abordar y de qué forma hacerlo sin ningún tipo de limitaciones.

Datos sobre España

La Sección Española de Amnistía Internacional nació en 1978 y cuenta hoy (2006) con más de 40.000 socios, cerca de 100 grupos locales y cerca de 1.500 personas voluntarias que colaboran activamente para el logro de los objetivos de la organización. Además más de 65.000 personas colaboran de modo continuo con la organización enviando cartas a favor de los derechos humanos de víctimas individuales en todo el mundo. El aumento de socios de los últimos años (de 16.000 el año 2000 a 38.000 el 2005) avala el compromiso de la sociedad española con la defensa de los derechos humanos.

Tema 3.4. Los derechos humanos hoy De los distintos motivos de preocupación de Amnistía Internacional, se adjunta a continuación información sobre los siguientes temas:

• Violencia contra las mujeres• Refugiados, desplazados internos y migrantes• Pena de muerte• Tortura• Niños y niñas soldado• Presos de conciencia y libertad de expresión

En las páginas de Internet de la Organización se puede ampliar la información, así como obtener la de aquellos temas no incluidos aquí.

La violencia contra las mujeres

La violencia contra las mujeres es probablemente la violación de los derechos humanos más habitual y que afecta a un mayor número de personas. Millones de mujeres y niñas en el mundo son víctimas de violencia por razón de su sexo. En la familia y en la comunidad, en tiempos de guerra y de paz, la violencia contra las mujeres es, además de la más extendida, la violación de derechos humanos más oculta e impune.

La violencia contra las mujeres está presente en todas las sociedades del mundo, sea cual sea su sistema político o económico. No sabe de culturas, clases sociales ni etnias. Este escándalo cotidiano se manifiesta de diferentes maneras y tiene lugar en múltiples espacios, pero tiene una raíz única: la discriminación universal que sufren las mujeres por el mero hecho de serlo.

En todo el mundo, las mujeres se han organizado para poner al descubierto y combatir la violencia de género. Estos grupos de mujeres organizadas han logrado modificaciones en leyes, políticas y costumbres. Sin embargo, a pesar de estos importantes avances, en algunas zonas del mundo aún existen leyes y políticas abiertamente discriminatorias y en la práctica totalidad del planeta la discriminación “de hecho” sigue siendo una realidad.

La legislación internacional responsabiliza a los Estados de las violaciones de derechos humanos cometidas tanto por agentes estatales como por particulares. Esta responsabilidad incluye prevenir, investigar y sancionar la violencia, así como reparar a las víctimas.

Las cifras siguientes son sólo la punta del iceberg. La violencia contra las mujeres está poco documentada porque muchas mujeres tienen miedo a denunciar y desconfían de la protección que las autoridades puedan ofrecerles.

• Una de cada tres mujeres en el planeta ha sufrido abusos en algún momento de su vida a manos de agentes del Estado, miembros de su propia familia o conocidos.

• La violencia en la familia es la primera causa de muerte y de minusvalía para muchas mujeres, por encima del cáncer y los accidentes de tráfico.

• Se calcula que hay 60 millones de niñas menos en el mundo a causa de los abortos selectivos y los infanticidios.

• En Estados Unidos el propio gobierno reconoce que la violencia en el ámbito familiar es la mayor amenaza para todas las mujeres, más que las violaciones, los atracos y los accidentes de tráfico juntos.

• El 70 por ciento de las mujeres asesinadas en el mundo lo son a manos de sus parejas o exparejas.

• La violencia en el ámbito familiar es la principal causa de muerte y discapacidad entre las mujeres de 16 a 44 años de edad.

• El otro genocidio de Ruanda: 500.000 mujeres violadas. De ellas, muchas contrajeron el SIDA y no tienen acceso a medicamentos.

• Más de 135 millones de niñas y mujeres han sido sometidas a mutilación genital femenina y otros dos millones más corren peligro de ser sometidas a esta práctica cada año.

• 82 millones de niñas que hoy tienen entre 10 y 17 años de edad contraerán matrimonio antes de cumplir los 18 años.

• A nivel mundial, más de la mitad de los nuevos casos de infección por VIH se están produciendo entre la gente joven de edades comprendidas entre los 15 y los 24 años, y más del 60% de los VIH positivos de esta edad son mujeres.

• El 80% de los refugiados son mujeres y niños• Se registra trato de mujeres y niñas en el 85% de las zonas en conflicto

Derechos de los refugiados, desplazados internos y migrantes

Los estados tienen derecho a controlar sus flujos migratorios pero ese control no se puede hacer a costa de los derechos humanos ni puede vulnerar los derechos de los solicitantes de asilo. Las leyes de extranjería deben reconocer los derechos fundamentales de los inmigrantes, independientemente de su situación administrativa. Especial preocupación suscitan las niñas y las mujeres refugiadas y desplazadas, más susceptibles de ser explotadas sexualmente.Algunos datos:

• Se calcula que hay en torno a 175 millones de migrantes en el mundo, aproximadamente 2,8% de la población mundial.

• Hay alrededor de 10,6 millones de refugiados, un 0,17% de la población mundial.

• Aproximadamente hay 25,8 millones de desplazados internos, un 0,4% de la población mundial.

• En Asia y en África se concentra la mayoría de las personas refugiadas (9,2 millones) y desplazadas internas (18,1 millones).

La Pena de MuerteLa pena de muerte es la forma más extrema de pena cruel, inhumana o degradante, constituye una violación del derecho a la vida, es irreversible y entraña el riesgo de que se ejecute a inocentes. Además, no se ha demostrado que su uso tenga mayor efecto disuasorio frente a la delincuencia que otros castigos. A diferencia de a otras violaciones de los derechos humanos, como por ejemplo la tortura, las ejecuciones extrajudiciales o las “desapariciones”, la pena de muerte no se oculta ni se niega; al contrario, forma parte de las leyes del país que la aplica.

La Pena de Muerte es la negación máxima de los derechos humanos porque viola el derecho fundamental a la vida proclamado en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

En 1977, cuando Amnistía Internacional convocó una Conferencia Internacional sobre la Pena de Muerte en Estocolmo, sólo 16 países habían abolido la pena capital para todos los delitos. Hoy día (2006), ya hay 88 países abolicionistas para todos los delitos. Una vez abolida, la pena de muerte raramente se restablece. Además de los 88 países abolicionistas, 11 países han abolido la pena de muerte para todos los delitos salvo los excepcionales, como son los cometidos en tiempo de guerra, y 30 países son considerados como abolicionistas de hecho: mantienen en su legislación la pena de muerte pero no han llevado a cabo ninguna ejecución en los últimos 10 años o más y se considera que tienen como norma de actuación o práctica establecida no llevar a efecto ninguna ejecución. Esto supone que un total de 129 países han abolido la pena de muerte en su legislación o en la práctica. Sin embargo, 68 países y territorios mantienen y aplican la pena de muerte, aunque el número de los que realmente ejecutan a presos en un año determinado es mucho menor. De hecho, durante el año 2005, el 94% de las ejecuciones tuvieron lugar en únicamente 4 países: República Popular China (1.770 ejecuciones conocidas), Irán (94 ejecuciones conocidas), Arabia Saudí (86 ejecuciones conocidas) y Estados Unidos (60 ejecuciones)

Sala de ejecuciones

Pero incluso en los países en que ha sido abolida, no se puede olvidar que no es aceptable en ningún caso, especialmente cuando amenazas como atentados suicidas o casos de asesinatos brutales y mediáticos en ocasiones reabren el debate sobre la reintroducción de la pena de muerte.

En España, las últimas ejecuciones tuvieron lugar en septiembre de 1975. Tres militantes de ETA y dos del FRAP fueron fusilados, sin que ello significase un descenso de atentados terroristas. Con la constitución de 1978 quedó abolida la pena de muerte, excepto en los casos que la legislación militar establecía en tiempo de guerra. El Código Penal Militar preveía la pena de muerte como pena máxima para casos como traición, rebelión militar, espionaje, sabotaje o crímenes de guerra. En 1995, después de una larga campaña de Amnistía Internacional, de acciones de distintas organizaciones sociales y de iniciativas individuales, con el acuerdo final de todos los partidos políticos, se abolió finalmente también la pena de muerte de la legislación militar.

La abolición de la pena de muerto en España no es absoluta, puesto que la Constitución Española sigue diciendo, en el artículo 15, que queda abolida "excepto en aquellos casos que pudiera establecer el código de justicia militar en tiempo de guerra". Esto quiere decir que aunque la pena de muerte haya sido abolida de la ley militar en todos los casos, su reintroducción para determinados delitos en tiempos de guerra no sería inconstitucional. No obstante, plantear la reintroducción de la pena de muerto en el código militar para delitos cometidos en tiempos de guerra, a pesar de no violar el artículo 15 de la Constitución, iría en contra el Segundo Protocolo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte, firmado por España.

La Tortura A pesar de los acuerdos internacionales que la prohiben y pese a que los gobiernos niegan que la utilicen, lo cierto es que la tortura es una práctica común y sistemática en muchos países. La tortura ha sido muchas veces parte integrante de la estrategia de seguridad de un gobierno, un instrumento de la maquinaria estatal para eliminar a los disidentes. Actualmente, cada vez más, son los delincuentes comunes (o presuntos delincuentes comunes) las víctimas más frecuentes de torturas, aunque también hay que destacar el aumento del uso de la tortura en el marco de la guerra contra el terror.

La tortura se utiliza para obtener información o una confesión, para castigar, para intimidar y para aterrorizar a las víctimas o a sus familiares. Sea cual sea su propósito inmediato, la tortura degrada a las víctimas y deshumaniza al torturador. Son víctimas de la tortura miembros de todas las clases sociales, grupos, edades y profesiones. En algunos países, incluso los niños han sido torturados u obligados a presenciar la tortura de sus padres. La vida de quien ha sido torturado cambia por completo. El sentimiento de rabia ante la humillación sufrida, suele dejar mayores secuelas que el dolor físico en

sí, ya que las consecuencias psicológicas pueden durar toda la vida e ir aumentando con los años.

Niños y niñas soldado Los conflictos actuales han generado el desplazamiento de civiles más dramático de la historia. Los niños y niñas se ven atrapados dentro de estos desplazamientos y a menudo son abandonados. Separados de sus familias y comunidades, y privados de un medio de subsistencia, se convierten en un blanco fácil para los reclutadores. En general, a los menores se les secuestra en la calle o se les saca de sus centros de estudio, campos de refugiados o campos de desplazados internos. A otros muchos se les obliga a salir de sus casas a punta de pistola. A otros se les recluta cuando juegan cerca de su casa o cuando caminan por carreteras o caminos. Una vez reclutados, se les suele enviar a campos de entrenamiento junto a los adultos reclutas para que reciban formación y adoctrinamiento militar.

Los niños soldado quedan marcados de por vida. Insensibilizados y profundamente traumatizados por las experiencias que han tenido, a muchos les siguen asediando los recuerdos de los abusos que presenciaron o que les obligaron a cometer. Tras varias semanas de entrenamiento, se les despliega en las líneas de combate. Allí se les obliga a servir como señuelos, como detectores de la posición enemiga, como guardaespaldas de sus comandantes o como esclavos sexuales. A menudo, también se utiliza a niños y niñas como porteadores de la munición, el agua o los alimentos, y como cocineros. También se les obliga a cometer graves abusos, entre ellos violaciones y asesinatos, contra civiles y soldados enemigos. A menudo se les administran drogas y alcohol para hacerlos insensibles a las emociones cuando cometen estos crímenes.

Niño soldado en Sierra Leone

En el caso de las niñas soldado, además de la brutalidad y el trauma derivados de la violación en sí, las agresiones sexuales pueden producirles lesiones físicas graves y embarazos forzados, así como contagio de VIH y otras enfermedades de transmisión sexual. A veces se consiguen reintegrar en su comunidad pero en muchos casos, la falta de alternativas de los ex combatientes los ha devuelto rápidamente al conflicto armado o a caer en la prostitución, los delitos menores, el alcohol o las drogas, en una nueva búsqueda de protección y sustento. Muchas niñas soldado que han quedado embarazadas son rechazadas por la sociedad y su propia familia.

Presos de conciencia y libertad de expresión

Desde sus inicios, Amnistía Internacional trabaja por la libertad incondicional e inmediata de los presos de conciencia: toda persona encarcelada o sometida a otras restricciones físicas por sus convicciones políticas, religiosas o cualquier otro motivo de conciencia, así como por su origen étnico, sexo, color, idioma, origen nacional o social, situación económica, nacimiento, orientación sexual u otras circunstancias, siempre que esa persona no haya recurrido a la violencia ni propugnado su uso.

No se sabe con certeza cuántos presos de conciencia hay en el mundo. Están en manos de gobiernos por todo el mundo, en países con diferentes sistemas políticos y sociales. Lo que sí es seguro es que, por cada caso que se sabe, por cada caso que llega a convertirse en noticia, hay muchos más casos desconocidos.

Asimismo, Amnistía Internacional pide juicios justos para todos los presos políticos y denuncia a los gobiernos que ponen en riesgo la libertad de expresión y actúa a favor de quienes han sido víctimas por ejercer ese derecho.

Profesionales de la comunicación, estudiantes, escritores, artistas y manifestantes de muchos países sufren abusos contra la libertad de expresión. Miles de personas de todo el mundo son hostigadas, acosadas, víctimas de torturas o malos tratos, e incluso “desaparecidas” y asesinadas por expresarse de acuerdo a su conciencia o por investigar y dar a conocer información que incomoda a gobiernos o grupos armados.

El periodismo es una profesión, no un delito y la libertad de expresión es una de las herramientas de defensa del resto de derechos humanos

Cuando los periodistas y los profesionales de la comunicación son silenciados, ellos no son las únicas víctimas de las leyes y las prácticas represivas; también lo son todas las personas que se ven privadas de su derecho a la información.

Módulo 4. Estrategias educativas para la educación en derechos humanos

Tema 4.1. La educación en derechos humanos El objetivo de este Módulo es el de utilizar todo lo aprendido hasta ahora para un objetivo mayor: ser capaces de educar en aquello aprendido, a través de una serie de estrategias destinadas a maximizar el esfuerzo de educar en derechos humanos.

La educación en derechos humanos es considerada, de manera general, como parte integrante del derecho a la educación. El Comité sobre los Derechos del Niño, en su observación general Nº 1 (2001), relativa al artículo 29 (sobre el derecho a la educación) de la Convención sobre los Derechos del Niño, afirma:

“La educación a que tiene derecho todo niño es la que tiene por objeto prepararlo para la vida cotidiana, fortalecer su capacidad de disfrutar de todos los derechos humanos y fomentar una cultura en que prevalezcan valores de derechos humanos apropiados.”

Niños en la escuela

La educación en derechos humanos debe ir más allá del simple conocimiento de la situación real de los derechos humanos o de cuál ha sido su origen histórico.

El Programa Mundial para la Educación en Derechos Humanos de las Naciones Unidas la define como:

El conjunto de actividades de capacitación y difusión de información orientadas a crear una cultura universal en la esfera de los derechos humanos mediante la transmisión de conocimientos, la enseñanza de técnicas y la formación de actitudes, con la finalidad de:

a) Fortalecer el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales;

b) Desarrollar plenamente la personalidad humana y el sentido de la dignidad del ser humano;c) Promover la comprensión, la tolerancia, la igualdad entre los sexos y la amistad entre todas las naciones, los pueblos indígenas y los grupos raciales, nacionales, étnicos, religiosos y lingüísticos;

d) Facilitar la participación efectiva de todas las personas en una sociedad libre y democrática en la que impere el Estado de derecho;

e) Fomentar y mantener la paz;

f) Promover un desarrollo sostenible centrado en las personas y la justicia social.

En ocasiones la educación en derechos humanos se ha entendido de una forma muy restringida, limitándose a dar a conocer la Declaración Universal de Derechos Humanos, repasando quizás su contenido o informando de las circunstancias históricas, el año de su aprobación, etc., pero sin establecer un vínculo, un diálogo, entre su contenido y la vida real, tanto a nivel mundial (las vulneraciones de los derechos humanos que se producen en la actualidad en los distintos rincones del planeta), como a nivel local, incluso escolar (analizando posibles situaciones cotidianas en las que los derechos humanos no sean respetados adecuadamente).

Al mismo tiempo, con el paso de los años, se ha abierto un debate sobre la idoneidad de la existencia de una materia específica de educación en derechos humanos en la educación, o sobre si ésta debería limitarse a aparecer como un elemento transversal a través de todas las materias (Matemáticas, Lengua, Filosofía, etc.). En estos momentos, en España se produce un hecho sin precedentes con la materia obligatoria en Primaria y en Secundaria de “Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos”

Sin embargo, la existencia de una materia específica no debe disminuir la incorporación de una visión de derechos humanos en la práctica educativa. Al mismo tiempo que el conjunto del profesorado debe transmitir al alumnado valores de tolerancia, respeto a los demás y civismo democrático, debe ofrecer los conocimientos y valores de los derechos humanos.

La educación en derechos humanos es un elemento transformador para la sociedad, pretende abordar la cuestión de los derechos humanos antes de que éstos se conviertan en un problema. Su objetivo es dar a conocer las normas de derechos humanos, fomentar la reflexión sobre el sistema de valores de nuestras sociedades y el análisis de las bases éticas y morales de la legislación en materia de derechos humanos y recordar a los receptores de la educación la necesidad imperativa de garantizar que a ningún ser humano se le nieguen los derechos fundamentales que establece la Declaración Universal de Derechos Humanos. Fundamentalmente trata de cambiar actitudes y comportamientos y desarrollar en las personas nuevas actitudes que les permitan pasar a la acción.

La intervención educativa en la esfera de los derechos humanos debería descansar siempre sobre estos grandes ejes:

• Derechos humanos en el contexto educativo: La convivencia de la materia especifica y la transversalidad, complementándose mutuamente.

• Entorno de aprendizaje: La relación entre la información de referencia y la vivencia personal así como la relación entre la dimensión mundial y la vida local, familiar, escolar, personal.

• Realización de los derechos humanos en la educación: El propio ejemplo del docente como mejor herramienta educativa.

Tema 4.2. Cómo educar en derechos humanos.

La educación en derechos humanos, a través de sus diferentes métodos y técnicas, fomenta la reflexión sobre las creencias y formas de actuar adquiridas a lo largo de la vida. No se limita a sensibilizar a las personas sobre los problemas de derechos humanos, aunque desde luego éste es un trabajo muy valioso, sino que exige a los individuos implicados que cuestionen sus propias actitudes y, si es necesario, modifiquen su comportamiento. La educación en derechos humanos ofrece la posibilidad de cuestionar, debatir y analizar de un modo seguro opiniones e ideas profundamente enraizadas, y brinda la oportunidad de trabajar sobre los valores individuales, locales y globales.

Estos factores diferencian la educación en derechos humanos de la sensibilización en derechos humanos. Los proyectos y los programas educativos en materia de derechos humanos pueden variar en cuanto a profundidad, duración y contenido, generalmente formando parte de un proceso más largo que busca activamente comprometer al alumnado convirtiéndolo en parte activa del proceso pedagógico, en lugar de considerarlo como un mero receptor de información. Pero no debemos olvidar que, como proceso educativo, es un proceso a largo plazo y que debemos utilizar un enfoque interactivo y participativo. La educación en derechos humanos debe realizarse a partir de dos principios fundamentales:

• qué pretendemos conseguir con la educación en derechos humanos.• quién es el objeto de esa educación.

Naturalmente la educación universitaria debe tener unos objetivos y unos métodos totalmente diferentes de la educación primaria o secundaria, sin embargo los principios deben ser los mismos, adaptados a cada etapa escolar: los derechos humanos y los valores democráticos.

Además, no se trata sólo de informar sobre la situación actual de los derechos humanos, hay que sensibilizar al alumnado para que también se implique en la lucha por la difusión y el respeto de estos derechos. Tradicionalmente se ha considerado que para que la educación en derechos humanos sea realmente efectiva, deben establecerse tres fases diferentes:

Fase Cognitiva. En esta fase el formador debe ofrecer al alumnado, en función de su edad, la mayor información posible acerca de los derechos humanos: la historia de los derechos humanos, la situación actual y los documentos clave, analizando de forma especial la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Fase Emocional. En esta fase lo más importante es intentar afectar la parte emocional de los alumnos. A través de ejemplos, testimonios, películas, textos... se apela a las emociones de los alumnos y alumnas, haciéndoles sentir indignación ante las violaciones de los derechos humanos. En sociedades avanzadas, difícilmente encontramos alumnos que hayan padecido

directamente graves violaciones de sus derechos fundamentales, por lo que se debe intentar que empaticen con ejemplos reales. Un elemento realmente importante de esta fase es que los alumnos deben poder expresar sus sentimientos, por lo que los docentes deben fomentar la participación y la implicación emocional.

Fase Activa. Esta fase es la consecuencia de las dos anteriores. Se intenta que el conocimiento y la reflexión racional de la primera fase, unido a los sentimientos de la segunda, converjan en una fase en la que el alumno se convierta en un ciudadano activo. Por ello se deben proponer acciones en las que el alumnado se sienta protagonista de la defensa de sus propios derechos así como de los derechos de los demás.

Cuando se pretende educar en los valores propios de los derechos humanos, se deben tener presentes las tres fases enumeradas. Hay que evitar, por lo tanto, que el proceso se detenga, quede limitado, a la primera fase, ya que la educación en derechos humanos no tiene como objetivo el conocimiento, sino la actitud del alumnado. No se pretende que sepa, por ejemplo, que muchas mujeres son discriminadas; lo que se pretende es que el alumno no adopte actitudes que favorezcan la discriminación de la mujer en la vida real.

Por ello, tal como se ha expuesto, se necesita apelar a sus sentimientos (de identificación, indignación, etc.) para finalmente llegar a la tercera fase (la fase activa) el objetivo final: conseguir que el sujeto respete los derechos humanos, la versión más pasiva (pero no por ello poco importante), o que se convierta en un activista de la lucha por los derechos humanos, la versión más activa y deseable. Del mismo modo que la educación vial no puede quedarse en un mero conocimiento teórico de las normas de tráfico, sino que se necesitan las habilidades adecuadas para conducir, adquiridas mediante un progresivo aprendizaje práctico, la educación en derechos humanos necesita crear ciudadanos que, además de conocerlos, se comporten según los principios de la Declaración Universal. La educación en derechos humanos pretende crear ciudadanos activos, cívicos, demócratas y respetuosos con los derechos humanos.

Así pues, la educación en derechos humanos debe ir más allá de lo que el educador brasileño Paulo Freire describía como un enfoque verticalista de la transmisión del conocimiento, según el cual el profesor es el único que proporciona conocimiento y los estudiantes son receptores pasivos.

Es preciso subrayar que aquí la metodología es algo más amplia que los métodos o técnicas reales e incluye la totalidad de un enfoque general sobre la labor de formación. Es, por lo tanto, esencial planificar las actividades educativas para obtener resultados a largo plazo, garantizando la elección de las técnicas más apropiadas entre una variedad de métodos disponibles con el fin de comunicar eficazmente e implicar a los participantes en la experiencia formativa.

El aula debe ser un ejemplo de integración

La educación en derechos humanos es una disciplina bien diferenciada que requiere educadores capacitados y experimentados. La capacidad del facilitador, educador o profesor es esencial para garantizar que el proceso pedagógico sea verdaderamente participativo y dinámico. Esto nos lleva a la importante distinción entre enseñar sobre los derechos humanos y enseñar para los derechos humanos. Aunque la diferencia parece solamente semántica, en realidad es mucho más profunda.

Tema 4.3. Estrategias de educación en derechos humanos La educación en derechos humanos puede impartirse a través de formas diversas, tales como debates, seminarios, talleres interactivos, teatro, charlas y, por supuesto, lectura, que también tiene su lugar en este proceso. Sea cual sea el método, tenga o no un texto como base, debe adaptarse a la audiencia (ya sea Educación Primaria, ESO, Universidad o educación no reglada), y ser capaz de comunicar los asuntos eficazmente, además de garantizar que la experiencia enseñanza-aprendizaje sea un proceso dinámico. Así, pues, en un enfoque metodológico es muy importante el método o técnica elegido, ya que debe fomentar el diálogo entre formadores y alumnado.

Hay que poner especial énfasis en la necesidad de partir de la experiencia de la gente y de sus conocimientos, de valorar sus opiniones, pero también de aportar nuevos conocimientos y facilitar la adquisición de nuevas actitudes, así como de atacar las opiniones que son contrarias a los principios de derechos humanos.

Alumnos de Educación Secundaria con algunos de sus profesores

Por ejemplo, en un taller sobre las violaciones de derechos humanos basadas en la identidad de la víctima, los participantes analizan su propia identidad: la índole multidimensional de su identidad, la construcción de la identidad en la sociedad, la formación y perpetuación de estereotipos y prejuicios y cómo éstos preparan el camino a violaciones de derechos humanos aún más graves. Además de estimular la reflexión entre los participantes, se introducen nuevos conocimientos en relación con la legislación de derechos humanos, como el principio de no discriminación establecido en las normas de derechos humanos (recogidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros instrumentos de derechos humanos regionales e internacionales).

Junto con las actitudes, se necesitan además los materiales adecuados, que faciliten la tarea del profesorado. Un elemento básico de la educación en derechos humanos es el uso de las actividades atractivas, más efectivas que el bombardeo de conceptos.

Las Naciones Unidas, en distintos documentos relativos a la educación en la esfera de los derechos humanos, insiste en la necesidad de la elaboración de materiales adecuados, así como en el estudio de nuevas estrategias educativas más eficaces en función de las distintas circunstancias del alumnado, que permitan alcanzar el objetivo de impartir esta enseñanza obteniendo los mejores resultados posibles.

En relación a los materiales, el profesorado puede plantearse tres alternativas:

• Utilizar materiales ya existentes. Existen distintas recopilaciones de actividades sobre derechos humanos, algunas con propuestas para las distintas materias de los respectivos ciclos formativos (por ejemplo, las publicaciones del Ararteko citadas en la bibliografía incluyen actividades para todas las materias).

• Adaptar materiales ya existentes, si el profesorado lo considera más apropiado en función del grupo de trabajo. En este caso, se puede partir tanto de materiales creados ya con la misma finalidad, o partir de materiales sin relación alguna con los derechos humanos. Por ejemplo, unos ejercicios de aritmética sobre proporcionalidad se pueden adaptar utilizando situaciones de comercio justo, explotación laboral, etc.

• Crear propuestas nuevas que en cada caso respondan mejor a la forma de trabajar del profesorado y/o a las necesidades del alumnado.

Tema 4.4. Objetivos de Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos

La materia de Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos se inscribe dentro de la estrategia de la Unión Europea para que los sistemas educativos promuevan el aprendizaje de los valores democráticos y de la participación democrática para crear ciudadanos cívicos y activos.

El objetivo fundamental de esta materia es el de favorecer el desarrollo de las personas a través de la consolidación de valores como la autoestima, la dignidad personal, la libertad, la responsabilidad... Para lograr estos objetivos la materia intenta profundizar en los principios de la ética, así como los relativos a las relaciones humanas, la educación emocional, así como los derechos, deberes y libertades que garantizan los regímenes democráticos. Los procedimientos que se trabajarán en esta materia son, principalmente, la reflexión, el debate y la evaluación crítica de la información recibida.

Alumnos trabajando en grupo

Para ello se intenta fomentar la reflexión de los alumnos sobre cuestiones como el autoconocimiento, la vida en sociedad, la participaciçon en diversas organizaciones de la sociedad civil (el Consejo Escolar, las ONG...), y otros aspectos de la vida democrática; se analizan cuáles son nuestros derechos, así como nuestros deberes como ciudadano, reflexionando asimismo sobre la libertad, la democracia como sistema político, o la pluralidad de un mundo globalizado como el nuestro. Otro elemento que intenta fomentar estaría en el terreno de los valores emocionales, como la empatía, la asertividad o las habilidades sociales: ser capaz de ponerse en la piel de los demás, o poder responder emocionalmente de forma adecuada, son elementos fundamentales en el desarrollo integral del individuo.

La Democracia y los valores que la acompañan son los elementos fundamentales de la materia Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos

La materia de Educación para la Ciudadanía y Derechos Humanos pretende profundizar en los elementos de la Educación en Valores, como, entre otros, el consumo responsable, la influencia del mensaje publicitario, la circulación vial, el análisis de las causas y consecuencias de los accidentes de circulación, o la familia en el marco de la Constitución Española, la discriminación racial, las desigualdades económicas entre países, o la violencia machista.

A esta Miscelánea de valores se han añadido los valores de los Derechos Humanos, al considerarlos como elementos imprescindibles para la formación cívica de los ciudadanos democráticos. Este es el auténtico objetivo de esta nueva materia: el favorecer la creación de los ciudadanos cívicos y democráticos desde la escuela.

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Las imágenes han sido obtenidas en su gran mayoría del proyecto Wikipedia Commons, con la excepción de la imagen de la exhumación de la fosa común de Balboa (cortesía de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica)