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Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide-BVC

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Mercado de acciones de colombia - Colombian Market Profile and Foreign Investor's Guide

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  • NDICE

    INTRODUCCIN ....................................................................................... 4

    1. MARCO REGULATORIO .............................................................. 6

    1.1. ESQUEMA NORMATIVO MERCADO DE VALORES COLOMBIANO ...... 6 1.1.1. RESUMEN ESQUEMA NORMATIVO MERCADO DE VALORES COLOMBIANO Y REGIMEN DE INVERSIN EXTRANJERA ....................................... 6 1.1.2. NORMAS APLICABLES A LA INVERSIN EXTRANJERA EN COLOMBIA 10

    1.1.2.1. DECRETO 2080 DE 2000 RGIMEN DE INVERSIN EXTRANJERA 10 1.1.2.2. CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN 83 ............................ 11

    1.2. ESTRUCTURA DE SUPERVISIN Y REGULACIN EN EL MERCADO COLOMBIANO ........................................................................................ 12

    1.2.1. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRDITO PBLICO................................ 12 1.2.2. BANCO DE LA REPBLICA BRC (BANCO CENTRAL COLOMBIANO) .. 13 1.2.3. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA SFC .................... 14 1.2.4. AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES AMV .................. 15

    2. INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES EN COLOMBIA ............................................................................................... 17

    2.1. RESUMEN INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES EN COLOMBIA ............................................................................................................... 17

    2.2. ENTIDADES DE INFRAESTRUCUTURA DEL MERCADO.............................. 18 2.2.1. BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. BVC .................................. 18

    2.2.2. INFOVALMER PROVEEDOR DE PRECIOS PARA VALORACIN S.A. ..... 21 2.2.3. SET ICAP FX S.A .................................................................................. 23 2.2.4. DERIVEX .............................................................................................. 24 2.2.5. DECEVAL ............................................................................................. 25 2.2.6. BANCO DE LA REPBLICA DE COLOMBIA BRC ................................ 27 2.2.7. CAMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA CRCC 30 2.2.8. CMARA DE COMPENSACIN DE DIVISAS CCD .............................. 31

    3. MERCADO DE CAPITALES EN COLOMBIA Y VEHICULOS DE INVERSIN ........................................................................................ 32

    3.1 MERCADO DE RENTA VARIABLE ........................................................ 32 3.1.1 MERCADO LOCAL DE RENTA VARIABLE ............................................ 32 3.1.2 MERCADO GLOBAL COLOMBIANO ......................................................... 40

    3.2 MERCADO DE RENTA FIJA ....................................................................... 43

    3.3 MERCADO DE DERIVADOS ...................................................................... 53 3.3.1 MERCADO DE DERIVADOS FINANCIEROS ESTANDARIZADOS ................ 53 3.3.2 MERCADO DE DERIVADOS SOBRE COMMODITIES ENERGTICOS ......... 65

    3.4 MERCADO DE DIVISAS ............................................................................ 69

    3.5 MERCADO INTEGRADO LATINOAMERICANO MILA ............................... 71

    3.6 VEHCULOS DE INVERSIN EN EL MERCADO COLOMBIANO .................... 74 3.6.1 FONDOS DE INVERSIN COLECTIVA Collective Investment Schemes .. 74 3.6.2. FONDO BURSTIL IShares COLCAP ETF IShares COLCAP ............... 75

    4 EVENTOS CORPORATIVOS Y POLTICAS PARA INFORMACIN RELEVANTE ............................................................... 76

  • 4.1 DERECHOS DE LOS INVERSIONISTAS EN EL MERCADO DE VALORES Y MECANISMOS PARA EJERCERLOS ................................................... 76

    4.2 ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS ................................................................ 79

    4.3 PRCTICAS DE EVENTOS CORPORATIVOS - EC ........................................ 81

    4.4 POLTICAS PARA INFORMACIN RELEVANTE Y ESTADOS FINANCIEROS - EMISORES .............................................................................................. 84

    5. GUA PARA EL INVERSIONISTA EXTRANJERO EN COLOMBIA ..................................................................................................................... 86

    5.1. PROCESO OPERATIVO DE ACCESO AL MERCADO .................................... 86 5.1.1. MODELO DE CUSTODIO GLOBAL ....................................................... 86 5.1.2. MODELO CON EL BROKER LOCAL ACTUANDO COMO CUSTODIO ..... 93

    5.2. MECANISMOS DE ACCESO A LOS MERCADOS COLOMBIANOS ............... 95 5.2.1. ESQUEMA DE ACCESO A LA BVC - DMA ............................................. 95 5.2.2. INFORMACIN DE MERCADO (Market Data) .................................... 96

    INFORMACIN DE CONTACTO FIRMAS COMISIONISTAS DE BOLSA LOCALES (BROKERS) ............................................................. 97

  • INTRODUCCIN

    El desarrollo que ha tenido el mercado de valores colombiano durante los ltimos aos, unido a la estabilidad macroeconmica y buenas perspectivas de crecimiento que ha alcanzado el pas en medio de uno de los periodos de crisis ms fuertes que han tenido los mercados internacionales en los ltimos tiempos, ha llevado a que un mayor nmero de inversionistas internacionales se sientan atrados por las oportunidades que el mercado colombiano puede ofrecerles. Al mismo tiempo, el pas ha desarrollado profundas modificaciones en su marco normativo con el objetivo de adoptarlo a las mejores prcticas internacionales, y adicionalmente, ha complementado la infraestructura de los mercados locales, para as poder ofrecer a los inversionistas locales e internacionales agilidad, eficiencia y seguridad en el desarrollo de las negociaciones. La Bolsa de Valores de Colombia BVC consciente de la necesidad de promover la inversin internacional en los mercados locales, desarroll el documento Perfil del Mercado Colombiano y Gua para el Inversionista Extranjero. Este documento dirigido a los inversionistas y dems agentes que participan en los mercados internacionales, pretende describir de manera completa el mercado de valores colombiano y los procesos que estos deben llevar a cabo para realizar operaciones en nuestro mercado. El documento se encuentra dividido en cinco partes. En la primera seccin se presenta una visin general del marco regulatorio del mercado de valores y las normas relativas al proceso de inversin

    extranjera en Colombia. Adems, se ilustra la estructura de regulacin y supervisin del mercado. En la segunda seccin se presenta la infraestructura del mercado de valores. En particular se realiza una descripcin sobre las distintas entidades que participan en la cadena de valor y los productos/servicios que cada una ofrece en los distintos mercados. En la tercera seccin se describe a profundidad las caractersticas de cada uno de los mercados que componen el mercado de valores colombiano: Renta Variable, Renta Fija, Derivados Financieros y Energticos -, Divisas y el Mercado Integrado Latinoamericano - MILA. Para cada uno de los mercados mencionados se explican los productos que se negocian, las operaciones disponibles, los mecanismos de adjudicacin en el mercado primario, y las principales caractersticas de los mercados secundarios (transaccionales y/o Registro): escenarios, reglas y horarios de negociacin, ndices de referencia, entidades participantes, esquemas de liquidez, etc. Finalmente se describen los procesos de compensacin y liquidacin de operaciones y los modelos de administracin de riesgos que se aplican a todo lo largo el proceso (riesgo de contraparte, riesgo de liquidez y riesgos de mercado, principalmente). En el cierre de la tercera seccin describe dos de los principales vehculos de inversin con los cuales cuenta el mercado colombiano: las carteras colectivas y el Fondo Burstil IShares COLCAP este ltimo replica el

  • comportamiento del ndice de referencia del mercado de acciones colombiano COLCAP. En la cuarta seccin se explican los derechos que consagra la ley colombiana a los accionistas de las empresas listadas, los mecanismos para realizar la citacin a asambleas generales y los procedimientos para ejercer el derecho a voto. Adicionalmente, se presenta los tipos de eventos corporativos, los mecanismos de difusin al mercado y las polticas para el pago de dividendos e intereses a los inversionistas segn el depsito donde se encuentren custodiados los ttulos. Se presenta tambin qu empresas se encuentran obligadas a reportar informacin relevante, los hechos que deben ser reportados y los mecanismos de divulgacin existentes. En la quinta seccin de este documento se especifica el proceso de alistamiento que deben llevar a cabo los inversionistas internacionales para iniciar operaciones en el mercado local y las entidades, tanto locales como externas, que intervienen en este proceso. Adems se explica el flujo operativo que se debe desarrollar al momento de realizar operaciones de compra y/o venta de valores en el mercado local. Por ltimo, se presentan los mecanismos de acceso (Direct Market Access - DMA-) que se encuentran disponibles para facilitar el ingreso directo por parte de los inversionistas internacionales a los mercados administrados por la Bolsa, y los medios a travs de los cuales los inversionistas pueden acceder a la informacin del mercado colombiano en lnea DMA. La Bolsa de Valores de Colombia espera que esta cartilla sea una herramienta de gran utilidad tanto para los inversionistas extranjeros como para sus contrapartes locales, y que esta iniciativa se sume a los planes que se vienen desarrollando desde los distintos mbitos, tanto pblicos como privados, para lograr un mercado de valores liquido, integrado a los mercados financieros internacionales y al servicio del desarrollo del pas.

    Cualquier inquietud o comentario sobre esta cartilla no dude en

    comunicarse con nuestra Oficina de Investigacin y Anlisis de la BVC al correo [email protected]

    Cordialmente, Bolsa de Valores de Colombia

  • 1. MARCO REGULATORIO

    1.1. ESQUEMA NORMATIVO MERCADO DE VALORES COLOMBIANO

    1.1.1. RESUMEN ESQUEMA NORMATIVO MERCADO DE VALORES COLOMBIANO Y REGIMEN DE INVERSIN EXTRANJERA

    1. Constitucin poltica de Colombia de 1991

    El artculo 189 establece el marco de las atribuciones con el cual el Presidente de la Repblica ejerce la inspeccin, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera, burstil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversin de recursos captados del pblico. El artculo 371 establece que el Banco de la Repblica ejercer las funciones de banca central y seala las funciones bsicas del Banco de la Repblica dentro de las cuales se encuentra la de regular la moneda, los cambios internacionales y el crdito. El artculo 372 establece que la Junta Directiva del Banco de la Repblica ser la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia. Mayor Informacin: http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Documents/ConstitucionPoliticaColombia_20100810.pdf

    2. Ley del mercado de valores ley 964 de 2005

    Esta ley dicta normas generales para el mercado de valores y se seala los objetivos y criterios a los cuales debe sujetarse el Gobierno Nacional para regular las actividades de manejo, aprovechamiento e inversin de recursos captados del pblico que se efecten mediante el mercado pblico de valores. Mayor Informacin: http://www.secretariasenado.gov.co/

    3. Estatuto orgnico del sistema financiero colombiano

    Este estatuto regula las actividades de las entidades del sector financiero y asegurador que se encuentran bajo la vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, establece las facultades del gobierno para reglamentar la actividad, contiene el rgimen sancionatorio y salvamento de stas. Mayor Informacin: http://www.superfinanciera.gov.co/Normativa/NormasyReglamentaciones/estatuto.htm

    4. Ley orgnica del Banco de la Repblica - Ley 31 de 1992

    Esta ley establece las normas a las que deber sujetarse el Banco de la Repblica para el ejercicio de sus funciones y le otorga facultades al Gobierno Nacional para sealar el rgimen de cambio internacional. Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/

  • 5. Ley marco de cambios internacionales - ley 9 de 1991

    A travs de esta ley se dictan normas generales a las que deber sujetarse el Gobierno Nacional para regular los cambios internacionales. Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/rg_regimen8.htm

    6. Decreto 2555 de 2010 - decreto nico del mercado de valores

    En este decreto se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones Mayor Informacin: http://www.minhacienda.gov.co/

    7. Decreto 2080 de 2000 - rgimen de inversin extranjera

    Este decreto regula en su integridad el rgimen de inversiones de capital del exterior en el pas (Inversin Extranjera Directa e Inversin de Portafolio) y el rgimen de las inversiones colombianas en el exterior. Mayor Informacin: http://www.minhacienda.gov.co/

    8. Decreto 1735 de 1993 A travs de este decreto se dictan normas en materia de cambios internacionales. Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/

    9. Resolucin Externa 4 de 2009 A travs de esta Resolucin Externa la Junta Directiva del Banco de la Repblica expide regulaciones en materia cambiaria (Sistemas de Negociacin y Registro de Divisas). Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/normatividad/cambiaria

    10. Resolucin Externa 8 de 2000 A travs de esta Resolucin Externa la Junta Directiva del Banco de la Repblica compendia el rgimen de cambios internacionales. Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/normatividad/cambiaria

    11. Manual de cambios internacionales circular DCIN 83 - BRC.

    Esta circular contiene los procedimientos para efectuar la canalizacin de las divisas y el registro de la inversin extranjera - directa y de portafolio ante el Banco de la Repblica y as mismo el rgimen para las inversiones colombianas en el exterior. Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/normatividad/cambiaria

    12. Circular bsica contable y financiera circular externa 100 de 1995 - SFC

    En esta circular se renen los diferentes instructivos que actualmente se encuentran vigentes en materia prudencial, contable y financiera que no estn expresamente reglados en el Plan nico de Cuentas, as como los requerimientos de informacin que las entidades vigiladas deben reportar a la Superintendencia Financiera de Colombia. Mayor Informacin: http://www.superfinanciera.gov.co/

    13. Circular bsica jurdica circular externa 007 de 1996 - SFC

    Esta circular se produjo como complemento a la Circular Bsica Contable y Financiera No. 100 del 24 de Noviembre de 1995. En esta se renen las diferentes instrucciones en materia jurdica emitidas por la Superintendencia Financiera y que a la fecha se encuentran vigentes. Mayor Informacin: http://www.superfinanciera.gov.co/

  • 14. Estatuto Tributario El estatuto tributario compila las reglas sustantivas que rigen diferentes asuntos relacionados con los impuestos colombianos (por ejemplo ingreso, ganancias de capital e impuestos complementarios, dividendos, retencin en la fuente, etc.) y los procedimientos administrativos relativos a tales impuestos y retenciones. Mayor informacin: http://www.secretariasenado.gov.co/

    15. Reglamentos sistemas de negociacin, compensacin y liquidacin.

    MERCADO DE RENTA VARIABLE: Reglamento General de la Bolsa de Valores de Colombia. Este reglamento contiene las normas generales sobre la inscripcin de valores que podrn ser negociados en los sistemas que administra la Bolsa Valores de Colombia, la vinculacin de las sociedades comisionistas de bolsa y personas vinculadas a estas, as mismo las reglas generales que rigen el funcionamiento de las operaciones sobre valores de renta variable, su compensacin y liquidacin (Cumplimiento), y la forma en que la bolsa har efectivas las garantas otorgadas para respaldar las operaciones. Adicionalmente, este reglamento establece las reglas de funcionamiento de los sistemas de negociacin de valores del extranjero.

    MERCADO DE DERIVADOS: Reglamento Mercado de Derivados Este reglamento establece las normas generales que regulan la negociacin de contratos de derivados o instrumentos financieros derivados (IFD) que tengan la condicin de ser estandarizados, adems las normas relativas al registro de operaciones realizadas por fuera del sistema, as mismo las reglas de admisin de miembros en el mercado previamente autorizados por la Cmara de Riesgo Central de Contraparte (CRCC).

    MERCADO DE RENTA FIJA: Reglamento del Sistema Centralizado de operaciones de negociacin y registro MEC Mercado Electrnico Colombiano

    Este reglamento establece las normas generales sobre la negociacin de valores distintos a acciones y bonos convertibles en acciones inscritos en la Bolsa, en el sistema centralizado de negociacin y registro MEC, establece los procedimiento para el registro de operaciones realizadas por fuera de los sistemas de negociacin de la bolsa (Mercados OTC), la admisin de afiliados al sistema y la inscripcin de sus funcionarios. Mayor Informacin: http://www.bvc.com.co/pps/tibco/portalbvc/Home/Regulacion/Sistemas_Administrados/

    COMPENSACIN Y LIQUIDACIN DE OPERACIONES, CUSTODIA Y ADMINISTRACIN DE VALORES: Reglamento De Operaciones - DECEVAL

  • Este reglamento regula las relaciones entre el depsito DECEVAL y sus Depositantes Directos, Depositantes Indirectos y otros depsitos centralizados de valores locales o internacionales, con los sistemas de negociacin o registro y otros sistemas de compensacin y liquidacin, con motivo de los contratos que se celebren en desarrollo de los servicios de custodia, administracin, compensacin, liquidacin y las funciones de certificacin sobre los valores anotados en cuenta. Mayor Informacin: http://www.deceval.com/

    REGLAMENTO DEL DEPSITO CENTRAL DE VALORES DCV BANCO DE LA REPBLICA Este reglamento desarrolla las normas generales sobre las actividades de depsito, custodia y administracin de valores mediante anotaciones en cuenta efectuadas como registros electrnicos, as como la compensacin y liquidacin de operaciones sobre valores que desarrolla el DCV. Mayor Informacin: http://www.banrep.gov.co/reglamentacion/rg_dcv.htm

    REGLAMENTO DE LA CAMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE Este reglamento regula el funcionamiento de la Cmara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A., y del Sistema de Compensacin y Liquidacin de Operaciones que administra la Cmara. En este se desarrollan los lineamientos sobre las funciones y las obligaciones de la Cmara, el proceso de compensacin y liquidacin de operaciones, las relaciones con los miembros de la Cmara, con los agentes custodios y agentes de pago y con los terceros. Adems se presentan los principios del sistema de administracin de riesgos que administra la Cmara, las garantas, los lmites de operacin de los miembros y el procedimiento para el manejo de incumplimientos. Mayor Informacin: http://www.camaraderiesgo.com/index.php?option=com_docman&Itemid=84

  • 1.1.2. NORMAS APLICABLES A LA INVERSIN EXTRANJERA EN COLOMBIA

    1.1.2.1. DECRETO 2080 DE 2000 RGIMEN DE INVERSIN EXTRANJERA ALCANCE Este decreto constituye el Rgimen de Inversiones Internacionales del pas y regula en su integridad el rgimen de inversiones de

    capital del exterior en el pas y el rgimen de las inversiones colombianas en el exterior. Todas las disposiciones en materia de inversiones internacionales debern ceirse a las prescripciones contenidas en este decreto, sin perjuicio de lo pactado en los tratados o convenios internacionales vigentes. Se consideran como inversiones internacionales sujetas a este decreto:

    1. Las inversiones de capital del exterior en territorio colombiano incluidas las zonas francas colombianas, por parte de personas no residentes en Colombia, y

    2. Las inversiones realizadas por un residente del pas en el extranjero o en zona franca colombiana. Artculo 2 del Decreto 1735 de 1993 define a los residentes como las personas naturales que habitan en el territorio colombiano las entidades de derecho pblico, las personas jurdicas, incluidas las entidades sin nimo de lucro, que tengan domicilio en Colombia y las sucursales establecidas en el pas de sociedades extranjeras. Se consideran como no residentes las personas naturales que no habitan dentro del territorio nacional, y las personas jurdicas, incluidas las entidades sin nimo de lucro que no tengan domicilio dentro del territorio nacional. Tampoco se consideran residentes los extranjeros cuya permanencia en el territorio nacional no exceda de seis meses continuos o discontinuos en un perodo de doce meses.

    JERARQUIA NORMATIVA

    Decreto emitido por el Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico y el Ministerio de Comercio Exterior.

    TEMAS QUE DESARROLLA

    Rgimen general de las inversiones de capital del exterior en el pas - Principio de igualdad de trato - Definiciones sobre inversiones de capital del exterior - Inversionista de capital del exterior.

    Modalidades de las inversiones de capital del exterior

    Destinacin, forma de aprobacin y registro de las inversiones de capital del exterior

    Derechos cambiarios y otras garantas de las inversiones de capital del exterior

    Calificacin de inversionistas y empresas

    Solucin de controversias, sanciones y controles

    Regmenes especiales de las inversiones de capital del exterior - Sector financiero - Sector de hidrocarburos y minera

    Rgimen general de la inversin de capital del exterior de portafolio - Definicin y entidades autorizadas para realizar el rol de Administrador local. - Obligaciones de los administradores locales.

    Rgimen general de las inversiones colombianas en el exterior.

  • 1.1.2.2. CIRCULAR REGLAMENTARIA EXTERNA DCIN 83

    ALCANCE Esta circular contiene los procedimientos para efectuar la canalizacin de las divisas y el registro de las inversiones extranjeras directa y de portafolio, inversiones colombianas en el exterior y las inversiones financieras y en activos en el exterior. Esta circular desarrolla los procedimientos para el registro obligatorio ante el Banco de la Repblica de Colombia de inversiones extranjeras en Colombia e inversiones colombianas en el exterior que se deriva del Decreto 1735 de 1993.

    JERARQUIA NORMATIVA Circular Reglamentaria emitida por el Banco de la Repblica

    TEMAS QUE DESARROLLA Forma de presentacin, diligenciamiento y responsabilidades derivadas a partir de la declaracin de cambio.

    Operaciones cambiarias realizadas con el Banco de la Repblica que se exceptan de la obligacin de presentacin de declaracin de cambio.

    Procedimiento para la canalizacin de las divisas y el registro de las declaraciones de cambio por cada una de las siguientes operaciones:

    - Operaciones derivadas de procesos de importaciones y exportaciones de bienes. - Operaciones derivadas de endeudamiento externo.

    Crditos otorgados por no residentes a residentes crditos pasivos. Crditos otorgados por residentes a no residentes crditos activos.

    - Operaciones de compra o venta de avales y garantas en moneda extranjera. - Inversiones internacionales de capital, inversiones financieras e inversiones en activos en el exterior:

    Definicin de inversiones internacionales, obligaciones de registro y forma de canalizacin de divisas.

    Inversiones de Capital del Exterior en Colombia: Inversin Directa.

    Inversin de Portafolio. Inversiones colombianas directas en el exterior. Inversiones colombianas financieras y en activos en el exterior.

    Cuentas de compensacin en el exterior para residentes: funcionamiento y obligaciones de registro e informacin.

    Requerimientos sobre las operaciones de cambio generadas por usuarios de zonas francas.

    Generalidades sobre operaciones del mercado cambiario.

    Formularios, Instructivos y Anexos.

  • 1.2. ESTRUCTURA DE SUPERVISIN Y REGULACIN EN EL MERCADO COLOMBIANO

    1.2.1. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRDITO PBLICO

    Direccin Carrera 8 No. 6 64 Bogot D.C

    Telfono (+57 1) 3 81 17 00

    Pgina WEB http://www.minhacienda.gov.co

    Funciones Generales Este ministerio coordina la poltica macroeconmica; define, formula y ejecuta la poltica fiscal del pas; incide en los sectores econmicos, gubernamentales y polticos; y gestiona los recursos pblicos de la Nacin, desde la perspectiva presupuestal y financiera, mediante actuaciones transparentes, personal competente y procesos eficientes, con el fin de propiciar: Las condiciones para el crecimiento econmico sostenible, y la estabilidad y solidez de la economa y del sistema financiero; en pro del fortalecimiento de las instituciones, el apoyo a la descentralizacin y el bienestar social de los ciudadanos

    Competencia Regulatoria Definir, formular y ejecutar la poltica econmica del pas, los planes generales, programas y proyectos relacionados con sta, as como la preparacin de las leyes y decretos, y la regulacin en materia fiscal, tributaria, aduanera, de crdito pblico, presupuestal, de tesorera, cooperativa, financiera, cambiaria, monetaria y crediticia, sin perjuicio de las atribuciones conferidas a la Junta Directiva del Banco de la Repblica y las que ejerza a travs de organismos adscritos o vinculados para el ejercicio de las actividades que correspondan a la intervencin del estado en las actividades financieras, burstil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversin de los recursos del ahorro pblico y el tesoro nacional de conformidad con la Constitucin Poltica y la Ley. Particularmente, para el caso de la regulacin en materia financiera el Ministerio cuenta con un organismo del orden nacional, la Unidad de Proyeccin Normativa y Estudios de Regulacin Financiera URF, organismo encargado de la preparacin de la normativa para el ejercicio de la facultad de reglamentacin en materia cambiara, monetaria y crediticia y de las competencias de regulacin e intervencin en las actividades financiera, burstil, aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo, aprovechamiento e inversin de los recursos captados del pblico, para su posterior expedicin por el Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico.

  • 1.2.2. BANCO DE LA REPBLICA BRC (BANCO CENTRAL COLOMBIANO)

    Direccin Carrera 7 No. 14-78, Bogot D.C

    Telfono (571) 343 1111 de Bogot

    Pgina WEB http://www.banrep.gov.co

    Funciones Generales Emisin de moneda legal

    Funciones de crdito del Banco de la Repblica

    Banquero de bancos

    Funciones cambiarias

    Administracin de las reservas internacionales

    Banquero, agente fiscal y fideicomisario del Gobierno

    Promotor del desarrollo cientfico, cultural y social

    Informe de la Junta Directiva al Congreso de la Repblica Competencia Regulatoria

    La Ley 31 de 1992 le atribuye al Banco de la Repblica la funcin de disear y determinar el manejo de la poltica cambiaria, de comn acuerdo con el Ministro de Hacienda y Crdito Pblico.

  • 1.2.3. SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA SFC

    Direccin Calle 7 No. 4-49

    Telfono (571) 5940200 5940201

    Pgina WEB http://www.superfinanciera.gov.co/

    Funciones Generales

    La Superintendencia Financiera de Colombia es un organismo tcnico adscrito al Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico, con personera jurdica, autonoma administrativa y financiera y patrimonio propio. La misin de la SFC es preservar la confianza pblica y la estabilidad del sistema financiero; mantener la integridad, la eficiencia y la transparencia del mercado de valores y dems activos financieros; y velar por el respeto a los derechos de los consumidores financieros y la debida prestacin del servicio. La SFC ejercer las funciones establecidas en el Decreto 2739 de 1991 y dems normas que la modifiquen o adicionen, el Decreto 663 de 1993 y dems normas que lo modifiquen o adicionen, la Ley 964 de 2005 y dems normas que la modifiquen o adicionen, las dems que sealen las normas vigentes y las que le delegue el Presidente de la Repblica.

    Competencia Regulatoria

    El Presidente de la Repblica, de acuerdo con la ley, ejercer a travs de la Superintendencia Financiera de Colombia, la inspeccin, vigilancia y control sobre las personas que realicen actividades financiera, burstil, aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo, aprovechamiento o inversin de recursos captados del pblico.

  • 1.2.4. AUTORREGULADOR DEL MERCADO DE VALORES AMV

    Direccin Calle 72 # 10 - 07 Oficina 1202

    Telfono (+57 1) 607 1010

    Pgina WEB http://www.amvcolombia.org.co/index.php

    Funciones Generales El Autorregulador del Mercado de Valores AMV es una corporacin de carcter privado sin nimo de lucro, de carcter nacional, que se rige por la Constitucin, las normas civiles, la Ley 964 de 2005 y las normas que la desarrollan, por sus estatutos y reglamentos y por los principios que se aplican a los organismos de autorregulacin. Autorizado por la SFC para actuar como organismo autorregulador. La autorregulacin comprende el ejercicio de las siguientes funciones: a) Funcin normativa: Consistente en la adopcin de normas para asegurar el correcto funcionamiento de la actividad de intermediacin; b) Funcin de supervisin: Consistente en la verificacin del cumplimiento de las normas del mercado de valores y de los reglamentos de autorregulacin; c) Funcin disciplinaria: Consistente en la imposicin de sanciones por el incumplimiento de las normas del mercado de valores y de los reglamentos de autorregulacin. Es funcin de AMV proteger los derechos de los inversionistas y fortalecer el capital reputacional de los miembros adscritos. Al Autorregulador se deben vincular diferentes personas o entidades relacionadas con el mercado de valores en alguna de las siguientes calidades de miembros:

    - Miembros: Son las personas jurdicas que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Agentes del Mercado de Valores como intermediarios de valores, o las personas naturales que sean intermediarios de valores debidamente registrados y sean aceptados como miembros por parte del Autorregulador una vez cumplan con los requisitos establecidos para tal efecto.

    - Asociados Voluntariamente: Son aquellas personas que si bien no son intermediarios de valores, las actividades propias de su objeto y su condicin de miembros de sistemas transaccionales o de registro les exige la obligacin de autorregularse.

  • Competencia Regulatoria AMV desarrolla las actividades normativas, de supervisin y disciplinarias en relacin con las actuaciones de los intermediarios de valores, tanto en los sistemas de negociacin como en el mercado mostrador, as como en relacin con las dems actuaciones propias de la actividad de intermediacin, incluyendo las relaciones de los intermediarios con sus clientes, siempre y cuando los intermediarios sean miembros de AMV. La Direccin de Regulacin de AMV es la encargada de realizar estudios con base en los cuales se redactan las propuestas normativas que cobijan a los intermediarios de valores. Lo anterior con el fin de propender por la integridad y calidad del mercado, el cumplimiento de las obligaciones generales de los intermediarios de valores, la adecuada administracin de conflictos de inters de los intermediarios y sus regmenes de inversiones, el debido cumplimiento de los deberes frente a terceros y/o clientes, as como para proteger al mercado frente a esquemas defraudatorios como lo son el uso de informacin privilegiada, la manipulacin del mercado y la implementacin de esquemas de estafas entre otros.

  • 2. INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES EN COLOMBIA

    2.1. RESUMEN INFRAESTRUCTURA DEL MERCADO DE VALORES EN COLOMBIA La cadena de valor del mercado colombiano se compone de las entidades, los mercados y los procesos que permiten ofrecer a los inversionistas locales y extranjeros no residentes: eficiencia y agilidad en la realizacin de las negociaciones, certeza y trazabilidad en el proceso de cumplimiento de operaciones y seguridad sobre la custodia de los valores anotados en cada una de sus cuentas.

    RENTA VARIABLE RENTA FIJA DIVISAS DERIVADOS FINANCIEROS

    DERIVADOS ENERGA

    NEGOCIACIN:

    Transaccional

    Registro - OTC

    NO PERMITIDO

    COMPENSACIN

    LIQUIDACIN

    CUSTODIA

  • 2.2. ENTIDADES DE INFRAESTRUCUTURA DEL MERCADO1

    2.2.1. BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. BVC

    Fecha de Constitucin 3 de Julio de 2001

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera 7 No. 71-21 Torre B Piso 12. Edificio BVC.

    Regional Medelln: Carrera. 43A No. 1-50 Local 301, Torre BVC - San Fernando Plaza

    Regional Cali: Calle 22 No. 6AN 24 Edificio Santa Mnica Central, Piso 2, Oficina 203

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 3139800

    Regional Medelln: (574) 3112244

    Regional Cali: (572) 6672727

    Pgina Web www.bvc.com.co

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    La Bolsa de Valores de Colombia BVC es una sociedad annima listada en el mercado de acciones administrado por esta misma entidad. Su funcin principal es promover el crecimiento del mercado de capitales colombiano a travs de la consolidacin de la infraestructura adecuada para el desarrollo de los distintos mercados, la generacin de nuevos productos, la ampliacin de la base de inversionistas y la vinculacin de nuevos emisores al mercado. PRODUCTOS

    MERCADO DE RENTA VARIABLE

    Descripcin: En este mercado se negocian las acciones locales, acciones del extranjero listadas en la Bolsa de Valores de Colombia a travs del Mercado Global Colombiano (MGC), o aquellas autorizadas bajo los acuerdos del Mercado Integrado Latinoamericano (MILA), los derechos de suscripcin y otros papeles que por sus caractersticas se asemejan a los anteriormente mencionados. Igualmente se negocian las operaciones de liquidez sobre acciones como son los Repos

    1 La Informacin sobre las entidades distintas a la BVC y sus Controladas Set Icap FX y Derivex que se presenta en este documento corresponde a la informacin pblica

    disponible en la pgina web de cada entidad.

  • y los prstamos de valores (TTV)

    Plataforma: X-Stream. Proveedor: NASDAQ OMX. Para mayor informacin sobre el mercado de acciones vase numeral 3.1

    MERCADO DE RENTA FIJA: MERCADO ELECTRNICO COLOMBIANO - MEC

    Descripcin: El MEC permite la realizacin de operaciones sobre ttulos de deuda pblica o deuda privada y ofrece el mecanismo de registro de operaciones realizadas por fuera del sistema de negociacin (Mercado OTC), celebradas entre las entidades afiliadas al sistema y/o las entidades afiliadas con terceros no afiliados. El MEC tambin ofrece mecanismos para la colocacin de valores de renta fija en el mercado primario, a travs de metodologas como subasta holandesa, bookbulding y demandas en firme. El MEC incorpora los servicios de compensacin y liquidacin de las operaciones celebradas y/o registradas, y adicionalmente la administracin de las garantas constituidas por parte de los afiliados para las operaciones que as lo requieran, de acuerdo con la normatividad vigente.

    Plataforma: SIOPEL. Proveedor: Mercado Abierto Electrnico MAE. Para mayor informacin el sobre mercado de renta fija vase numeral 3.2

    MERCADO DE DERIVADOS

    Descripcin: La BVC administra el mercado de Instrumentos Financieros Derivados y Productos Estructurados estandarizados que tengan la calidad de valor y que se encuentren inscritos en el Sistema, a travs del cual, se realiza la negociacin y registro de los mismos. Las operaciones sobre dichos valores son compensadas y liquidadas a travs de la Cmara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia (CRCC).

    Los Intermediarios deben encontrarse vinculados a la CRCC para poder iniciar operaciones en este mercado.

  • Plataforma: X-Stream. Proveedor: Nasdaq OMX.

    Para mayor informacin sobre el mercado de derivados estandarizados vase numeral 3.3.1

    SERVICIOS DE ACCESO ELECTRNICO - SAE

    Descripcin: El SAE es un sistema de informacin en lnea especializado. Este servicio permite entregar la informacin de rdenes, operaciones, ndices y estadsticas de resumen de los mercados administrados por la BVC. Adicionalmente el SAE ofrece servicios de ruteo de rdenes hacia los mercados y servicios de automatizacin para los procesos de compensacin y liquidacin de operaciones, y envo a los depsitos para cumplimiento. La integracin de estos servicios permite a las entidades vinculadas ofrecer a sus clientes mecanismos de enrutamiento de rdenes E-trading, bajo un esquema de conexin DMA1 o esquema intermediado, donde el afiliado es el encargado de establecer la conexin entre su tercero y los sistemas administrados por la BVC.

    Clientes Habilitados: Los servicios de informacin sobre los mercados administrados por la BVC se ofrecen a entidades internacionales y nacionales, agencias de informacin y noticias y cualquier otra entidad interesada un utilizar la informacin de la BVC.

    Los servicios de enrutamiento de rdenes y automatizacin de procesos son ofrecidos a las entidades vinculadas a los distintos mercados administrados por la BVC.

    Sistema: El SAE basa su funcionamiento en una Arquitectura Orientada a Servicios (SOA). bajo un protocolo de estndares internacionales denominado FIXML 5.0.

    Horarios de Funcionamiento: Los servicios de informacin y enrutamiento de rdenes estn disponibles en los mismos horarios en los cuales se encuentran abiertos cada uno de los mercados administrados.

  • Los servicios de automatizacin del proceso de compensacin, liquidacin y cumplimiento de operaciones se encuentran disponibles entre las 7:00 a.m. y las 10:00 p.m.

    2.2.2. INFOVALMER PROVEEDOR DE PRECIOS PARA VALORACIN S.A.

    Fecha de Constitucin 23 de diciembre de 2010

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera 7 # 71 21 Torre B Oficina 403

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 6070071

    Pgina Web www.infovalmer.com.co

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    INFOVALMER provee diariamente informacin de valoracin para ms de 45.000 activos financieros incluyendo: acciones, instrumentos de renta fija local e Internacional y derivados. Los precios se calculan mediante la aplicacin de metodologas de valoracin propias, no objetadas por la Superintendencia Financiera de Colombia. PRODUCTOS

    RENTA FIJA LOCAL

    Descripcin: Precios para valoracin de todos los instrumentos de renta fija negociados en Colombia. Incluye informacin para TES, Bonos, CDTS, Titularizaciones, entre otros.

    RENTA FIJA INTERNACIONAL

    Descripcin: Precios para valoracin de instrumentos de renta fija negociados fuera de Colombia.

    RENTA VARIABLE LOCAL

    Descripcin: Precios para valoracin del mercado accionario Colombiano.

  • RENTA VARIABLE INTERNACIONAL Descripcin: Precios para valoracin del mercado accionario negociado fuera de Colombia.

    DERIVADOS OTC

    Descripcin: Informacin para valoracin de Swaps, Opciones, Forwards y otros derivados OTC.

    PRODUCTOS ESTRUCTURADOS

    Descripcin: Precios para valoracin de notas estructuradas.

  • 2.2.3. SET ICAP FX S.A

    Fecha de Constitucin 17 de enero de 2003

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera 11 # 93-46 Oficina 403

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 7427777

    Pgina Web www.set-fx.com

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    SET ICAP FX S.A. es la sociedad que administra el Sistema Electrnico de Transacciones, Registro e Informacin del Mercado de Divisas Set-FX y del Sistema Hbrido o Mixto de Negociacin y Registro de Operaciones sobre Divisas ICAPCO-Divisas. SET ICAP FX S.A. se encarga de promover el mercado cambiario en Colombia y el desarrollo de herramientas de valor agregado para los agentes participantes. PRODUCTOS

    MERCADO DLAR SPOT NEXT DAY

    Descripcin: Herramienta para la negociacin electrnica y negociacin mixta de operaciones de contado del mercado de divisas Peso-Dlar, con cumplimiento para el mismo da o para los das subsiguientes (Next Day t+1, t+2 o t+3).

    MERCADOS FORWARD

    Descripcin: Herramienta para la negociacin electrnica y negociacin mixta de operaciones de derivados OTC de divisas Peso-Dlar.

    MDULO DE REGISTRO DE OPERACIONES DE DIVISAS

    Descripcin: Herramienta para el registro de operaciones sobre cualquier divisa tanto de contado como derivados, entre dos Intermediarios del Mercado Cambiario (IMC) o entre un IMC y sus clientes.

    SISTEMAS

  • SET-FX: Sistema electrnico de negociacin, registro e informacin del mercado de divisas SET-FX. Proveedor de la plataforma: Datatec.

    ICAP-CO DIVISAS: Sistema Hbrido o Mixto de Negociacin y Registro de Operaciones sobre Divisas. Para mayor informacin sobre el mercado de divisas vase numeral 3.4

    2.2.4. DERIVEX

    Fecha de Constitucin 2 de Junio de 2010

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera 7 No 71-21 Torre B, oficina 403

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 6074848

    Pgina Web www.derivex.com.co

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    Derivex es la sociedad administradora del sistema de negociacin de derivados estandarizados de commodities energticos, que busca ofrecer al mercado productos de cobertura e inversin sobre dichos derivados. PRODUCTOS OFRECIDOS

    MERCADO DE FUTUROS SOBRE ELECTRICIDAD

    Descripcin: Contrato de Futuro sobre electricidad mensual (ELM) y Contrato Mini de Futuro de Electricidad (ELS).

    Plataforma: X-Stream. Proveedor: NASDAQ OMX. Para mayor informacin sobre el mercado de derivados sobre commodities energticos vase numeral 3.3.2

  • 2.2.5. DECEVAL

    Fecha de Constitucin 17 de Noviembre de 1992

    Direccin Sede Principal Bogot: Calle 24A # 59 42 Torre 3 Oficina 501

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 3765460

    Pgina Web www.deceval.com

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    Deceval es un Depsito Centralizado de Valores, cuya principal funcin es recibir en depsito para su custodia, administracin, compensacin y liquidacin de operaciones, cualquier tipo de valor. En el sistema de depsito en Colombia cada inversionista tiene una cuenta creada directamente en el depsito, administrada directamente o a travs de un intermediario o depositante directo segn el caso. PRODUCTOS:

    CUSTODIA DE VALORES INSCRITOS EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES

    Descripcin: Inmovilizacin de ttulos fsicos en bvedas de alta seguridad, emitiendo una constancia de depsito, lo que habilita el ttulo para ser negociado en el mercado de valores.

    Clientes Habilitados: Los depositantes directos son las entidades vigiladas por la SFC, las entidades pblicas, las entidades emisoras inscritas en el RNVE que hayan celebrado un contrato de depsito con Deceval.

    ADMINISTRACIN DE TTULOS VALORES

    Descripcin: Por encargo de los Depositantes directos, Deceval gestiona ante los emisores el cobro de los rendimientos, del capital o de los dividendos y abona a las cuentas indicadas. Adicionalmente, Deceval adelanta la suscripcin de los derechos preferenciales en nuevas emisiones.

    Clientes Habilitados: Depositantes Directos ante Deceval.

  • ANOTACIN EN CUENTA DE LAS TRANSFERENCIAS DE TTULOS VALORES EN DEPSITO.

    Descripcin: A partir de la informacin sobre operaciones transmitida por los sistemas de negociacin y registro, Deceval realiza el cargo y/o abono en las cuentas de sus titulares, aplicando el principio de anotacin en cuenta y adelanta la compensacin financiera (entrega contra pago o libre de entrega) segn se disponga.

    Clientes Habilitados: Depositantes Directos ante Deceval. EMISIONES DESMATERIALIZADAS

    Descripcin: Deceval custodia el ttulo global representativo de la emisin y realiza el registro de la misma en cuentas de depsito, adems, abona mediante anotacin en cuenta las colocaciones individuales o suscripciones primarias en cabeza de los beneficiarios reales.

    Clientes Habilitados: Clientes habilitados como emisores ante el RNVE.

    SISTEMA DE REGISTRO OPERACIONES OTC

    Descripcin: Este sistema permite el registro de las operaciones realizadas entre contrapartes autorizadas en el mercado OTC.

    Clientes Habilitados: Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia que de acuerdo con su rgimen legal, estn autorizadas u obligadas a realizar operaciones a travs de sistemas de negociacin y registro de valores y que realicen el proceso de vinculacin a este sistema.

    AGENCIA NUMERADORA NACIONAL - ANNA

    Descripcin: La SFC autoriz a Deceval a realizar la funcin de Agencia Numeradora Nacional mediante resolucin 01832 de octubre 17 de 2006. A partir de esta resolucin, el Deceval es la entidad encargada de controlar y asignar en Colombia el cdigo ISIN y CFI a las emisiones de valores de acuerdo a la metodologa ANNA, las cuales fueron estandarizadas a travs de ICONTEC con las normas 4064, 3271 y 5538.

    Clientes Habilitados: Clientes habilitados como emisores ante el RNVE.

  • 2.2.6. BANCO DE LA REPBLICA DE COLOMBIA BRC

    Fecha de Constitucin Mediante la ley 25 de 1923 se cre el Banco de la Repblica.

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera 7 No. 14-78, Bogot D.C

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 343 1111

    Pgina Web http://www.banrep.gov.co

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    El Banco de la Repblica ofrece al sistema financiero colombiano sistemas de pagos y servicios bancarios a travs de la subgerencia de Operacin Bancaria. PRODUCTOS

    SERVICIOS ELECTRNICOS DEL BANCO DE LA REPBLICA SEBRA

    Los servicios ofrecidos a travs del Sistema SEBRA se pueden clasificar en tres categoras: Operativos Informativos Otros Servicios Operativos

    A travs del sistema SEBRA los intermediarios financieros tienen acceso a los siguientes servicios:

    La transferencia electrnica de fondos. Las operaciones con ttulos del Banco de la Repblica o del Gobierno Nacional a travs de DCV. Operaciones "repo" entre intermediarios financieros. Operaciones "Repo" del Banco de la Repblica. Servicio de Cuentas de Depsito.(CUD) Servicio Electrnico de negociacin (SEN).

  • Compensacin electrnica de Cheques (CEDEC) Compensacin Electrnica Nacional Interbancaria (CENIT)

    Servicios Informativos

    El sistema SEBRA cuenta con servicios informativos que dan acceso a diferentes carteleras donde las reas del Banco publican informacin de inters para el sector financiero, como circulares reglamentarias, resoluciones de la Junta Directiva, informacin monetaria, y manuales e instructivos entre otros.

    Otros Servicios El sistema tambin presta el servicio de transferencia de archivos va Internet para el intercambio de informacin estadstica. Actualmente este servicio se utiliza para recibir la informacin de las declaraciones de cambio que los intermediarios del mercado cambiario presentan ante el Banco de la Repblica, a travs de las cuales se conoce el comportamiento de las compras y ventas de divisas por los diferentes conceptos y tambin se utiliza para la recepcin de informacin estadstica para Estudios econmicos y Reservas.

    SISTEMA ELECTRNICO DE NEGOCIACIN SEN

    Descripcin: El Sistema Electrnico de Negociacin -SEN- es el Sistema de Negociacin y de Registro de Operaciones sobre Valores de deuda pblica administrado por el Banco de la Repblica. Entre los productos ofrecidos se encuentran la negociacin y registro de operaciones de compraventa al contado o a plazo, operaciones de Reporto o Repo, operaciones Simultneas y operaciones de Transferencia Temporal de Valores (TTV) con ttulos de deuda pblica interna o externa.

    Para mayor informacin sobre el sistema SEN vase numeral 3.2 Mercado Secundario

    OPERACIONES DE SUBASTAS EN MERCADO PRIMARIO DE TES CLASE B

    Descripcin: Es el procedimiento de subasta que se desarrolla entre las entidades habilitadas para participar en la suscripcin primaria de ttulos TES clase B y el Banco de la Repblica como administrador de las emisiones de los mismos.

    Para mayor informacin sobre los mecanismos de colocacin deuda pblica vase numeral 3.2 Mercado Primario

  • Sistema: Las ofertas de los Agentes Colocadores son recibidas va sistema SEBRA. SISTEMA DE CUENTAS DE DEPSITO - CUD

    Descripcin: El Sistema CUD Cuentas de Depsito, es el sistema de pagos de alto valor del pas administrado y operado por el Banco de la Repblica, que provee a las entidades participantes autorizadas el servicio de transferencias y registro de operaciones de fondos entre Cuentas de Depsito a nombre propio o a nombre de sus clientes, con el fin de liquidar obligaciones derivadas de transacciones tales como la compra venta de ttulos valores, compraventa de divisas, prstamos interbancarios, traslado de impuestos y compensacin de cheques, entre otros. El Sistema funciona bajo un esquema de liquidacin bruta en tiempo real, en el cual las instrucciones de traslado de dinero y cumplimiento de operaciones se procesan en forma continua a lo largo del da, una a una (en forma bruta) en el instante mismo en que sean reportadas al Banco de la Repblica y se cumplen inmediatamente (tiempo real), sujetas a disponibilidad suficiente de saldos en la cuenta de depsito del agente ordenante.

    Horarios: Las transferencias de fondos se pueden realizar entre las 7:30 a.m. y las 8 p.m.

    DEPSITO CENTRAL DE VALORES - DCV

    Descripcin: El Depsito Central de Valores del Banco de la Repblica DCV, es un sistema diseado para el depsito, custodia y administracin de ttulos valores en forma de registros electrnicos (desmaterializado). El depsito del Banco de la Repblica puede tener en administracin los ttulos que emita, garantice o administre el propio Banco y los valores que constituyan inversiones forzosas o sustitutivas a cargo de las entidades sometidas a la inspeccin y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, distintos de acciones.

    El depositante directo es aquella persona jurdica aceptada como titular de cuenta por ttulos en posicin propia o en posicin de terceros e indirecto aquella persona natural o jurdica aceptada como titular de una subcuenta, a travs de alguno de los depositantes directos.

    Horario: Lunes a viernes 7:00 AM a 7:00 PM

  • 2.2.7. CAMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA CRCC

    Fecha de Constitucin 12 de Junio de 2008

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera. 11 No. 71-73 Of. 1201, Bogot D.C

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 5953434

    Pgina Web http://www.camaraderiesgo.com/

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    La Cmara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia es una entidad privada bajo inspeccin de las SFC cuyo objeto social principal es la prestacin del servicio de compensacin como contraparte central de operaciones, con el propsito de reducir o eliminar los riesgos de incumplimiento de las obligaciones derivadas de las mismas. PRODUCTOS

    Descripcin: Compensacin y liquidacin como contrapartida central para los siguientes productos: o Contratos de derivados negociados o registrados a travs del Mercado de Derivados que administra la BVC y el

    mercado de derivados sobre commodities energticos que administra Derivex.

    Clientes: Las entidades participantes pueden hacer parte de la CRCC S.A bajo cualquiera de las siguientes modalidades: Miembro Liquidador (General o Individual), Miembro no Liquidador o Terceros.

    Para mayor informacin sobre las modalidades de vinculacin a la CRCC vase el numeral 3.3.1 CyL de Operaciones

  • 2.2.8. CMARA DE COMPENSACIN DE DIVISAS CCD

    Fecha de Constitucin 13 de Octubre 2006

    Direccin Sede Principal Bogot: Carrera 7 No 80-49 Of. 503

    Telfono Sede Principal Bogot: (571) 7421111

    Pgina Web www.camaradivisas.com

    Productos Ofrecidos en el Mercado de Valores

    La Cmara de Compensacin de Divisas de Colombia S.A. es un administrador de un sistema de compensacin y liquidacin de operaciones en moneda extranjera. PRODUCTOS OFRECIDOS

    COMPENSACIN Y LIQUIDACIN DE OPERACIONES SOBRE COP/USD

    Descripcin: La CCD apoya la compensacin y liquidacin sin ser contraparte central de las operaciones cambiarias de contado entre Intermediarios del Mercado Cambiario IMC, con cumplimiento en T+0, T+1 y T+2, realizadas o registradas en el sistema SET-FX. La CCD administra las garantas constituidas por los IMCs, realiza la recepcin y aceptacin de operaciones del mercado cambiario y lleva a cabo la compensacin multilateral de las operaciones a partir del neto de las posiciones de cada uno de los IMCs. Para la gestin del riesgo de incumplimiento cuenta con proveedores de liquidez y otros anillos de seguridad.

    Para mayor informacin sobre el proceso de compensacin y liquidacin desarrollado por la CCD en el mercado de divisas vase numeral 3.4 CyL de Operaciones.

  • 3. MERCADO DE CAPITALES EN COLOMBIA Y VEHICULOS DE INVERSIN

    3.1 MERCADO DE RENTA VARIABLE

    3.1.1 MERCADO LOCAL DE RENTA VARIABLE

    Productos Negociados

    Listado de Productos: o Acciones ordinarias, preferenciales y privilegiadas (con beneficios temporales adicionales) o Derechos de suscripcin para emisiones primarias o Fondos Burstiles (ETF)

    Operaciones Habilitadas: o Compraventas definitivas o Repos (solo para instrumentos habilitados) o Transferencia Temporal de Valores

    Sistema de Identificacin o ISIN: Cdigo genrico con el que se identifica la especie y sus caractersticas financieras o Nemotcnico: Identificacin de la especie en el sistema transaccional

    Mercado Primario Mecanismos de Colocacin

    o Proceso de Ofertas Pblicas a precio fijo. o Proceso de Ofertas Pblicas a travs de Construccin de Libro de Ofertas (BookBuilding).

    Mercado Secundario ------------------------------- Mercado Transaccional

    -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    o Escenario de Negociacin: Bolsa de Valores de Colombia

    o Entidades Habilitadas: Sociedades Comisionistas de Bolsa.

    o Metodologas de Negociacin:

  • o Sesiones de Negociacin: El sistema de negociacin de acciones se encuentra dividido por Ruedas:

    Compraventa Contado: Instrumentos lquidos:

    Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre: Preparacin para la Apertura (8:15 a.m. 8:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo con control de precios (8:30 a.m. 2:55 p.m.) Hora Local Subasta de cierre (2:55 p.m. 3:00 p.m.) Hora Local

    Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

    Preparacin para la Apertura (9:15 a.m. 9:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo con control de precios (9:30 a.m. 3:55 p.m.) Hora Local Subasta de cierre (3:55 p.m. 4:00 p.m.) Hora Local

    Instrumentos no lquidos:

    Desde el segundo domingo de Marzo hasta el primer domingo de Noviembre Primera subasta por precio de equilibrio (8:30 a.m. 9:00 a.m.) Hora Local Periodo de suspensin: (9:00 a.m. 2:30 p.m.) Hora Local Segunda subasta por precio de equilibrio (2:30 p.m. 3:00 p.m.) Hora Local

    Desde el primer domingo de Marzo hasta el primer domingo de Noviembre

    Primera subasta por precio de equilibrio (9:30 a.m. 10:00 a.m.) Hora Local Periodo de suspensin: (10:00 a.m. 3:30 p.m.) Hora Local Segunda subasta por precio de equilibrio (3:30 p.m. 4:00 p.m.) Hora Local

    Exchange Traded Funds ETF

    Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre: Preparacin para la Apertura (8:15 a.m. 8:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo sin control de precios (8:30 a.m. 2:55 p.m.) Hora Local Subasta de cierre (2:55 p.m. 3:00 p.m.) Hora Local

  • Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo: Preparacin para la Apertura (9:15 a.m. 9:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo sin control de precios (9:30 a.m. 3:55 p.m.) Hora Local Subasta de cierre (3:55 p.m. 4:00 p.m.) Hora Local

    Repos: Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

    Preparacin para la Apertura (8:15 a.m. 8:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo sin control de precios (8:30 a.m. 3:00 p.m.) Hora Local

    Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

    Preparacin para la Apertura (9:15 a.m. 9:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo sin control de precios (9:30 a.m. 4:00 p.m.) Hora Local

    Prstamo de valores TTVS: Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre:

    Preparacin para la Apertura (8:15 a.m. 8:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo sin control de precios (8:30 a.m. 6:00 p.m.) Hora Local

    Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

    Preparacin para la Apertura (9:15 a.m. 9:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo con control de precios (9:30 a.m. 6:00 p.m.) Hora Local

    o Criterios de Calce por Sesin y Criterios de Orden en el Libro de la Profundidad:

    Sesin de Mercado Continuo: Se aplica la metodologa de criterio de calce automtico sobre las mejores rdenes de compra y venta compatibles en el libro pblico de rdenes, priorizando ante igualdad en los precios segn la orden ms antigua. Sesiones de Subastas: Se aplica la metodologa de calce por precio de equilibrio sobre las rdenes que se mantengan al momento del cierre de las subasta. El precio de equilibrio se establece en funcin del nivel o precio que maximice la cantidad adjudicada.

  • o Sistemas de Control de Precios Subastas de Volatilidad: Este mecanismo permite establecer parmetros para el ingreso de rdenes de acuerdo con unos lmites superior e inferior calculados automticamente por el sistema de la BVC a partir del precio de referencia durante la sesin de mercado continuo. Precio de Referencia: Es el precio de cierre del da anterior o el precio de adjudicacin o de equilibrio resultante de la ltima subasta de volatilidad durante el da. Si durante el mercado continuo se genera una posible operacin sobre uno de los lmites (superior o inferior), el sistema suspende temporalmente la negociacin del activo y convoca a una subasta, denominada subasta de volatilidad, para definir el nuevo precio de referencia para la accin. La subasta de volatilidad tiene una duracin de 2 minutos y medio con cierre aleatorio durante los ltimos 30 segundos. Al cierre de esta subasta, el sistema determina el precio al cual se adjudica la mayor cantidad de acciones (precio de equilibrio) y este precio se convierte en el nuevo precio de referencia para el resto de la jornada de negociacin, a no ser que se origine una nueva subasta de volatilidad antes del cierre del da. Si la subasta no genera operaciones, el precio de referencia y los lmites de negociacin son restaurados a los valores iniciales. No existe ningn mecanismo que permita la suspensin de la negociacin de una accin debido a la variacin de su precio. La BVC solamente suspender la negociacin de una accin por solicitud directa de la Superintendencia Financiera de Colombia SFC. SUSPENSIN DE LA RUEDA DE ACCIONES

    La BVC suspender durante 30 minutos las ruedas de negociacin cuando el precio del ndice COLCAP presente una reduccin mayor al 10% respecto a su nivel de cierre del da anterior. Una vez terminado el periodo de suspensin, las ruedas de negociacin son reanudadas. Si posterior a la reanudacin se vuelve a presentar un descenso del 5% en este ndice, se suspender la negociacin hasta el da siguiente.

    Periodo Ex dividendo:

    La duracin del periodo ex dividendo es de cuatro (4) das hbiles burstiles inmediatamente anteriores a la fecha del pago del dividendo.

  • -------------------------------- Mercado de Registro ---------------------------------

    o Unidades de Variacin de Precios: La variacin mnima por accin es definida por la BVC dependiendo del precio del

    instrumento a partir de los siguientes rangos:

    o Criterios de Revelacin de Contrapartes: Mercado ciego durante los procesos de negociacin, compensacin y liquidacin de operaciones.

    Esquema de Formadores de Liquidez: Implementado a partir del 22 de enero de 2014, con el nimo de incrementar la liquidez del mercado de renta variable y contribuir a la profundidad del mercado. A travs de este mecanismo las sociedades comisionistas de bolsa se pueden desempear como formadoras de liquidez de los valores inscritos en: (i) La Bolsa y en el Registro Nacional de Valores y Emisores o, (ii) en sistemas de cotizacin de valores del extranjero. La BVC ha diseado un modelo para desarrollar el programa de Formadores de Liquidez utilizando los mecanismos establecidos en el Decreto 2555 de 2010, a saber: (i) Fondos propios del Formador de Liquidez sin contrato con el emisor, (ii) Fondos propios del Formador de Liquidez con contrato con el emisor bajo el esquema de incentivos y, (iii) Fondos del Emisor a travs de un contrato de fiducia mercantil.

    ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    o El mercado de registro no est habilitado para el mercado secundario de acciones. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

  • ndices de Referencia del Mercado de Renta Variable

    Familia de ndices de Capitalizacin COLEQTY, esta familia de ndices provee una serie de referencias al mercado accionario local, se compone por un conjunto de ndices establecidos segn la liquidez de las acciones, tamao de los emisores, entre otras caractersticas.

    Los ndices que hacen parte de la familia COLEQTY son:

    COLCAP es un ndice general que refleja las variaciones de los precios de las veinte (20) acciones ms liquidas inscritas en la Bolsa, donde el valor de la capitalizacin burstil ajustada de cada compaa determina su nivel de ponderacin. Cuando dos o ms acciones de un mismo emisor se encuentren dentro de las 20 ms liquidas, se incluir la que tenga mejor liquidez segn la funcin de seleccin. La definicin de los activos que hacen parte del ndice se realiza de forma anual, mientras que el rebalanceo de los componentes se realiza de forma trimestral. La participacin mxima por emisor es del 20% El COLCAP es el indicador de referencia oficial para el mercado de acciones colombiano.

    El COLEQTY Determina el universo de acciones seleccionables para cualquier ndice de renta variable que comparte su metodologa de seleccin. El criterio de seleccin basado en la funcin de seleccin, donde el volumen pesa el 80%, la frecuencia el 15% y la rotacin el 5%. La participacin de cada accin dentro la canasta est determinada por su capitalizacin burstil ajustada. La canasta est compuesta por 40 acciones.

    El COLSC es un ndice que est compuesto por las 15 acciones de las empresas ms pequeas en capitalizacin burstil que hacen parte del COLEQTY, donde la participacin de cada accin dentro del ndice es determinada por el flotante de cada una de las especies.

    El COLIR es un ndice que est compuesto por las acciones de las empresas que cuentan con el Reconocimiento Emisores IR (o Reconocimiento IR) en los trminos de la Circular nica BVC y que hacen parte del COLEQTY, donde la participacin de cada accin dentro del ndice es determinada por el flotante de cada una de las especies. El nmero de acciones del ndice es variable

    Procesos de Compensacin y Liquidacin de operaciones

    Proceso de Compensacin y Liquidacin: El proceso de compensacin y liquidacin se realiza a travs del sistema de compensacin y liquidacin administrado por la Bolsa de Valores de Colombia y por el Deposito Centralizado de Valores Deceval (DVL). o Entidades Participantes:

    Bolsa de Valores de Colombia: realiza la compensacin de las operaciones realizadas en el sistema negociacin y

    provee la infraestructura con la cual se enva la informacin de liquidacin al depsito.

  • ------------------------------- Mecanismos de Administracin de Riesgos de Contraparte

    Deceval (DVL): es quien realiza la anotacin en cuenta de las acciones. Sociedades Comisionistas de Bolsa: son las encargadas de realizar el proceso de complementacin de la

    operacin asignndole el cliente final a cada operacin y autorizan el envo al depsito para el cumplimiento de las operaciones.

    Banco de la Republica: administra y opera el sistema de pagos de alto valor del pas CUD Cuentas de Depsito - sistema por el cual se realiza la transferencia los fondos en el cumplimento de la operacin.

    o Descripcin del Proceso:

    En T+0:

    Una vez se realiza la operacin en el sistema de negociacin, esta se ve reflejada en el sistema de Back-Office de la BVC

    La SCB realiza la complementacin o asignacin del cliente final a la operacin para autorizar el traslado de los fondos o de los ttulos.

    En T+3: BVC enva la informacin del cumplimiento al DVL DVL valida la informacin recibida y acepta la operacin. Al final del da se realiza la liquidacin de los saldos a favor o en contra (Neteo) de las SCB para determinar el

    monto en dinero a transferir, si hay lugar, y realizar la transferencia de los ttulos en bruto a la cuenta del vendedor de forma simultnea (Cumplimiento DVP). Esta operacin se puede realizar de forma anticipada a la fecha establecida segn acuerdo entre las partes o en casos excepcionales se puede extender el plazo de entrega a T+4, sin embargo la parte solicitante podra asumir costos adicionales

    No existe una cmara de riesgo central de contraparte. Horario de cumplimiento: Operaciones Compraventa hasta las 3:00 p.m.

    Operaciones Repo hasta las 7:00 p.m. Se podr extender el horario de cumplimiento por solicitud directa de la SCB pero sujeto a unos cobros adicionales.

    ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Para las operaciones de Repos en acciones, la BVC cuenta con un sistema de administracin de garantas que comprende el clculo de las garantas exigidas por cada operacin y los ajustes que correspondan de acuerdo a la valoracin de mercado, para un horizonte de 3 das al 99% la asignacin de las mismas a las operaciones correspondientes, as como los procedimientos para

  • su sustitucin y devolucin.

    La constitucin de las garantas es dinmica y busca cubrir los cambios en las condiciones de mercado para un horizonte de tres (3) das. Las garantas se definen de modo que cubran la variacin de precio al 99% de confianza en escenarios de estrs. El proceso de constitucin y ejecucin de garantas es el siguiente: Da 1: Variacin en los precios que genera un llamado a margen. Da 2: El afiliado tiene hasta el final del da para constituir las garantas y cumplir con el llamado a margen. Si al final no se han constituido las garantas, el cliente y el afiliado se declaran incumplidos. Da 3: La BVC podr ir al mercado a liquidar las garantas para responder frente a la contraparte de la operacin incumplida.

    Impuestos IMPUESTO DE RENTA

    Retencin en la fuente

    Dividendos: o 0% para los dividendos provenientes de utilidades gravadas de la sociedad que paga el dividendo. 33% sobre dividendos

    decretados a una persona no declarante, cuando las utilidades de la compaa que paga el dividendo no estuvieron sujetas al impuesto.20% sobre dividendos decretados a un declarante, cuando las utilidades de la compaa que paga el dividendo no estuvieron sujetas al impuesto.

    La retencin en la fuente es practicada por la sociedad emisora y tiene el carcter de impuesto definitivo en los no declarantes. En los dems casos se considera un anticipo del impuesto de renta.

    Ganancias de Capital o 0% sobre las utilidades provenientes de la enajenacin de acciones listadas en la Bolsa de Valores de Colombia.

    Comisiones

    Las comisiones por concepto de transacciones en bolsa estn sujetas a una tarifa de retencin en la fuente del 3%. Este impuesto aplica a comisionistas de bolsa.

    Impuesto de Renta

    Dividendos:

  • Los ingresos por dividendos originados en utilidades que ya pagaron impuesto sobre la renta no constituyen un ingreso gravable para efectos del impuesto sobre la renta.

    Ganancias de Capital:

    0% si el total de ventas no supera el 10% de las acciones en circulacin de la sociedad emisora en un mismo perodo fiscal; si supera este porcentaje el inversionista paga el impuesto pleno en su declaracin de renta sobre la ganancia de las ventas que excedan este porcentaje.

    IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IVA

    Las comisiones pagadas a las SCB por la realizacin de operaciones en el mercado de acciones estn gravadas por impuesto del IVA con una tasa del 16%

    3.1.2 MERCADO GLOBAL COLOMBIANO

    Productos Negociados El Mercado Global Colombiano es un sistema de carcter transaccional de cotizacin de valores extranjeros, donde participa una SCB como patrocinadora de dichos valores. Este mercado permite la realizacin de operaciones sobre valores extranjeros de renta variable listados en Bolsas Internacionales a travs del mercado local.

    Listado de Productos: o Acciones listadas en mercados del extranjero o ETF listados en mercados del extranjero

    Operaciones Habilitadas: o Compraventas

    Sistema de Identificacin: o ISIN: Cdigo genrico con el que se identifica la especie y sus caractersticas financieras. o CFI: Cdigo de Instrumento Financiero. o Nemotcnico: Identificacin en el mercado de origen.

    Mercado Primario

    No aplica

  • Mercado Secundario -------------------------------- Mercado Transaccional

    ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- o Escenario de Negociacin: Bolsa de Valores de Colombia

    o Entidades Participantes

    o Sociedades Comisionistas de Bolsa: intermediario del mercado ante el inversionista o Sociedad Comisionista Patrocinadora: agente patrocinador encargado de realizar el listado de las acciones

    extranjeras ante la BVC y de generar los mecanismos para proveer al mercado colombiano de toda la informacin relevante generada por el emisor en su mercado de origen.

    o Bolsa de Valores de Colombia: proveedor de la infraestructura del mercado y administrador del registro de valores extranjeros.

    o Deceval: Responsable por registro de cuentas y custodia de acciones extranjeras. o Custodio Internacional: A cargo de la entrega de acciones al final de la liquidacin y compensacin en Colombia

    Metodologas de Negociacin: o Sesiones de Negociacin:

    Desde el segundo domingo en Marzo hasta el primer domingo en Noviembre: Preparacin para la Apertura (8:15 a.m. 8:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo con control de precios (8:30 a.m. 2:55 p.m.) Hora Local Subasta de cierre (2:55 p.m. 3:00 p.m.) Hora Local

    Desde el primer domingo en Noviembre hasta el segundo domingo en Marzo:

    Preparacin para la Apertura (9:15 a.m. 9:30 a.m.) Hora Local Mercado continuo con control de precios (9:30 a.m. 3:55 p.m.) Hora Local Subasta de cierre (3:55 p.m. 4:00 p.m.) Hora Local

    o Criterios de Calce por Sesin y Criterios de Orden en el Libro de la Profundidad:

    Aplican los mismos criterios de calce automtico para el mercado continuo, y calce por precio de equilibrio para la subasta de cierre y las subastas de volatilidad que se describieron para el mercado local. Las operaciones se realizan en pesos colombianos.

  • -------------------------------- Mercado de Registro --------------------------------

    o Sistemas de Control de Precios: Este mercado permite establecer parmetros de ingreso de rdenes con unos

    lmites superior e inferior del 10%, calculados automticamente por el sistema de la BVC a partir del precio referencia.

    Si durante el mercado continuo se genera una posible operacin sobre uno de los lmites (superior o inferior), el sistema suspende temporalmente la negociacin del activo y convoca a una subasta de volatilidad que tiene el mismo funcionamiento ya descrito para el mercado de acciones local.

    o Unidades de Variacin de Precios: aplican los mismos criterios que para el mercado local.

    Criterios de Revelacin de Contrapartes: Mercado ciego durante los procesos de negociacin, compensacin y liquidacin de operaciones.

    Esquema de Formadores de Liquidez: Implementado a partir del 22 de enero de 2014, con el nimo de incrementar la liquidez y contribuir a la profundidad del mercado. A travs de este mecanismo las sociedades comisionistas de bolsa se pueden desempear como formadoras de liquidez de los valores inscritos en: (i) La Bolsa y en el Registro Nacional de Valores y Emisores o, (ii) en sistemas de cotizacin de valores del extranjero.

    -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- No se encuentra habilitado el mercado de registro en el Mercado Global Colombiano

    -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Procesos de Compensacin y Liquidacin de operaciones -------------------------------- Mecanismos de Administracin de Riesgo de Contraparte

    Proceso de Compensacin y Liquidacin: Todas las operaciones de contado en el MGC debern ser cumplidas en T+3 hasta las 3:00 pm hora Colombia.

    o Descripcin del Proceso: El proceso de compensacin y liquidacin de operaciones en el Mercado Global

    Colombiano se realiza bajo el mismo procedimiento descrito para las acciones del mercado local. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Ninguno

  • 3.2 MERCADO DE RENTA FIJA

    Productos Negociados Listado de Productos: Los instrumentos que pueden ser negociados en el mercado de renta fija son:

    o Deuda Pblica

    Ttulos de Tesorera (TES): ttulos emitidos por el Gobierno Nacional en pesos o unidades de valor real (UVR) indexados a tasas fijas. Los TES Clase B son de estructura bullet con cupones anuales. Se pueden negociar los intereses de forma independiente al capital (Stripping). TIDIS: ttulos emitidos por el Gobierno Nacional cuya finalidad es la de servir como instrumento de pago para la devolucin de impuestos. CERT: Los CERTS son ttulos valores expedidos como incentivo a favor de los exportadores mediante el cual se realiza una devolucin parcial o total de los impuestos que el exportador debe pagar para realizar una exportacin.

    o Deuda Privada 1. Aceptaciones bancarias. 2. Bonos corporativos a tasa fija o tasa variable indexados a ndices de referencia como DTF, IPC, e IBR. 3. Certificados de Depsito a trmino CDTs. 4. Papeles comerciales. 5. Titularizaciones. 6. Bonos convertibles en acciones.

    Operaciones Autorizadas: - Operaciones de compraventa definitivas a contado (hasta T+3) y a plazo (mayor a T+3). La convencin del ciclo de

    liquidacin para operaciones de contado es T+0.

  • - Operaciones de fondeo: simultneas y repos. - Operaciones de transferencia temporal de valores.

    Sistema de Identificacin Los sistemas de negociacin de renta fija tienen un sistema de codificacin para identificar los ttulos por medio de nemotcnicos, sin embargo para el cumplimiento se utiliza el ISIN.

    Familia de ndices COLTES

    La familia de ndices COLTES fue creada en el 2012, provee una serie de referencias del mercado de deuda pblica. La familia se compone por ndices establecidos segn la moneda en que se emiten los ttulos y el plazo a vencimiento de los mismos. Los ndices que hacen parte de esta familia son:

    COLTES Tasa Fija Establece el universo de bonos seleccionables para los dems ndices de tasa fija en pesos. Incluye todas las

    referencias de los ttulos TES B en pesos con vencimiento mayor a 1 ao.

    COLTES Corto Plazo Incluye todas las referencias del ndice COLTES tasa fija con vencimiento entre 1 ao y 5 aos.

    COLTES Largo Plazo Incluye todas las referencias del ndice COLTES tasa fija con vencimiento mayor a 5 aos.

    COLTES UVR Establece el universo de bonos seleccionables para los ndices de tasa fija en UVR que se creen. Incluye todas las

    referencias de los ttulos TES B en UVR con vencimiento mayor a 1 ao.

    Mercado Primario Mecanismos de Colocacin

    Deuda Corporativa:

    Los mecanismos de colocacin son: 1. Colocacin directa por el emisor en el mercado. 2. Underwriting a travs de los mecanismos de colocacin en firme, colocacin garantizada o colocacin al mejor esfuerzo.

  • Previo a la realizacin de la oferta de los valores de deuda corporativa al mercado, la calidad crediticia de la emisin de ttulos debe evaluada por una Agencia Calificadora de Riesgo radicada en el pas y aprobada por la Superintendencia Financiera de Colombia. Existen 3 agencias calificadoras de riesgo en Colombia: BRC Investor Services S.A, Fitch Ratings Colombia S.A. y Value and Risk.

    Deuda Pblica: Los ttulos de deuda pblica emitidos por el Gobierno Nacional son colocados a travs de subastas administradas por el Banco de la Repblica y en la cual slo pueden participar las entidades autorizadas como Creadores de Mercado o Aspirantes a Creadores de Mercado por parte del Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico. La condicin de Creador de Mercado o Aspirante a Creador de Mercado la concede el Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico (Direccin General de Crdito Pblico) por un ao calendario. El nmero mximo de participantes en el programa de creadores de mercado para ttulos de deuda pblica es de veinte (20) entidades, agrupados en dos categoras: Creadores de Mercado y Aspirantes a Creadores de Mercado. Participacin mnima en mercado primario: Los Creadores de Mercado deben participar en mnimo el 4.5% de las adjudicaciones del mercado primario de TES Clase B, el porcentaje mnimo es fijado por la Direccin General de Crdito Pblico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico en cada vigencia.

    Mecanismos de Adjudicacin

    Deuda Corporativa: 1. Subasta holandesa. 2. Demanda en Firme. 3. BookBuilding.

    Deuda Pblica:

    El proceso de subasta holandesa es el mecanismo a travs del cual se lleva a cabo la colocacin de TES Clase B en el mercado

  • primario.

    Programacin de Subastas Primarias de TES TES de tasa fija en pesos: 5, 10, y 15 aos: Mircoles de la segunda y cuarta semana monetaria del mes. TES de tasa fija en UVR 4 y 8 aos: Mircoles de la primera y tercera semana monetaria de cada mes. Se entiende por primera semana monetaria del mes aquella que incluya por lo menos tres das hbiles del mes que inicia (Da hbil: Aquel en el cual el Ministerio de Hacienda y Crdito Pblico y el Banco de la Repblica prestan sus servicios)

    Mercado Secundario Negociacin -------------------------------

    Sistema Transaccional Mercado Electrnico Colombiano MEC - BVC

    Escenarios de Negociacin:

    Mercado Electrnico Colombiano (MEC) BVC: Permite la negociacin de ttulos de deuda pblica y deuda privada.

    Sistema Electrnico de Negociacin (SEN) BRC: Permite la negociacin de ttulos de deuda pblica nicamente. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Metodologas de Negociacin:

    o Sesiones de Negociacin: Mercado continuo durante todo el horario de negociacin.

    o Horarios de negociacin: Compraventas con cumplimiento en T+0 de 8:00 a.m. a 3:40 p.m. Compraventas con cumplimiento mayor a T+0 de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Repos, Simultneas y TTVS de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    o Sistemas de Control de Precios: no existe ningn control sobre precios de negociacin.

    o Unidades de Variacin de Precios: La negociacin se realiza por precio con una variacin mnima de 0.001 para todos

    los ttulos.

    o Criterios de Calce:

  • ----------------------------- Sistema Transaccional Sistema Electrnico de Negociacin SEN - BRC

    -Operaciones compraventa: calce automtico al precio ms antiguo, ordenamiento de las ofertas por precio y por orden de llegada. -Operaciones simultneas, repos y TTVs: calce voluntario, los usuarios pueden seleccionar cul de las ofertas agredir. A igualdad de condiciones el sistema genera el calce con la mejor oferta.

    o Tipos de rdenes: Lmite, GTC (Good Till Cancel), IOC (Inmmediate or Cancel), GTD (Good Till Date).

    Criterios de Revelacin de Contrapartes: Sistema semi-ciego: ciego en negociacin, contraparte visible en compensacin y liquidacin.

    Esquemas de Creadores de Mercado: no hay esquema de creadores de mercado.

    -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Entidades Participantes:

    Banco de la Repblica: Administrador del Sistema SEN

    Primer Escaln: Slo participantes del programa de creadores de mercado.

    Segundo Escaln: Pueden participar todas las entidades definidas como Agentes del Reglamento de Operacin del SEN.

    Metodologas de Negociacin:

    o Sesiones de Negociacin: Mercado continuo durante todo el horario de negociacin.

    o Horarios de negociacin:

    Primer Escaln: Compraventas con cumplimento T+0: de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Compraventas con cumplimento T+1 a T+3: de 9:00 a.m. a 3:40 p.m. Operaciones Simultneas: de 8:00 a.m. a 3:40 p.m.

    Segundo Escaln: Todo tipo de operaciones: de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.

    o Sistemas de Control de Precios: no existe ningn control sobre precios de negociacin y registro.

  • ------------------------------- Reglas Mercado de Registro

    o Unidades de Variacin de Precios: la variacin mnima en los precios para todos los ttulos es de 0.001.

    o Criterios de Calce y Ordenamiento de Ofertas: Calce automtico al precio ms antiguo, ordenamiento de las ofertas

    por precio y por orden de llegada.

    o Tipos de rdenes: Lmite, GTC (Good Till Cancel), IOC (Inmediate or Cancel) y GTD (Good till Date)

    Criterios de Revelacin de Contrapartes:

    Primer Escaln: Ciego en negociacin, compensacin y liquidacin. Segundo Escaln: Semi-ciego: ciego en negociacin, contraparte visible en compensacin y liquidacin

    Esquemas de Creadores de Mercado:

    El creador deber tener ofertas de compra y venta en el sistema de negociacin como mnimo el setenta por ciento (70%) del tiempo que permanezca abierto el mercado de deuda pblica durante la semana con el fin de garantizar la liquidez del mercado secundario.

    ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Escenarios para Registro de Operaciones Mercado Electrnico Colombiano BVC: Registro de operaciones sobre ttulos de deuda pblica o privada. Sistema Electrnico de Negociacin BRC: Registro de operaciones sobre ttulos de deuda pblica. Deceval - Sistema de Registro: Registro de Operaciones sobre ttulos de deuda pblica o privada.

    Metodologas para el Registro de Operaciones

    Se deben de registrar las operaciones realizadas en el mercado OTC, en alguno de los sistemas de registro de operaciones autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia, dentro de los 15 minutos siguientes a la realizacin de la operacin.

    Horarios de Registro

    MEC BVC: Registro todo tipo de operaciones de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

    SEN BRC: Todo tipo de operaciones: de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

  • Sistema de Registro Deceval: Todo tipo de operaciones: de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

    Proceso de Compensacin y Liquidacin - CyL ----------------------------- CyL Operaciones Mercado MEC BVC -----------------------------

    -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

    Entidades Participantes:

    BVC: Administrador Sistema MEC de negociacin y registro donde se generan y liquidan las operaciones.

    Deceval (DVL): Agente encargado de realizar los procesos de compensacin y liquidacin de operaciones mediante el sistema de anotacin en cuenta para los ttulos de deuda privada principalmente. DCV: El Depsito Central de Valores del Banco de la Repblica realiza loa pagos y la compensacin y liquidacin de operaciones nicamente para los ttulos de deuda pblica. CUD: Sistema del Banco Central colombiano a travs del cual se realiza la transferencia de fondos en el proceso de liquidacin.

    Descripcin del Proceso de CyL: El proceso de compensacin para operaciones tranzadas o registradas en MEC es hecho por las contrapartes a travs

    del sistema de la BVC en el mismo da.

    En el da de liquidacin, la BVC enva las operaciones al depsito correspondiente (DCV, DVL).

    Las operaciones son liquidadas por la transferencia simultanea de fondos y ttulos entre comprador y vendedor por

    cada transaccin (DVP bruto)

    ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

  • CyL Operaciones Mercado SEN BVC -------------------------------- Mecanismos para Administracin de Riesgos de Contraparte - MEC

    -------------------------------

    Entidades Participantes:

    SEN: Sistema transaccional y de registro

    DCV: Depsito Central de Valores del Banco de la Repblica de Colombia y agente liquidador para ttulos de deuda pblica CUD Sistema del Banco Central colombiano a travs del cual se realiza la transferencia de fondos en el proceso de liquidacin.

    Descripcin del Proceso de CyL:

    Una vez el DCV recibe la informacin de las operaciones del SEN, consulta el saldo en la cuenta de depsito de las contrapartes y si encuentra los saldos realiza la transferencia afectando las cuentas de depsito y/o de ttulos. Los agentes deben contar con una cuenta de depsito en el CUD para la liquidacin de las operaciones generadas en SEN.

    -----------------