Claudio Meneses Pacheco-tramitacion Electronica

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  • 8/18/2019 Claudio Meneses Pacheco-tramitacion Electronica

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  • 8/18/2019 Claudio Meneses Pacheco-tramitacion Electronica

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    ' pertinente, en primer lu$ar, el principio de e#ui"alencia del oporte electr!nico aloporte de papel con a$rado en el art. 1º inc. 2º del citado cuerpo le$al, e$%n el cual todo

    lo #ue anta;o deb9a o pod9a re$i trar e en oporte de papel, a partir de la dictaci!n de la/e Nº1 . del a;o 2002 puede almacenar e en re$i tro electr!nico . Sobre el

    particular, ha #ue tener pre ente #ue el inci o 3º de e te art9culo indica #ue toda

    interpretaci!n de lo precepto de e te te*to le$al debe $uardar armon9a con lo principioen lo #ue e ha in pirado el le$i lador, uno de lo cuale e el de la re erida e#ui"alencia.8e e ta manera, cabe concluir #ue el e*pediente electr!nico e le$almente e#ui"alente ale*pediente re$ulado por lo art . 2 -3 C&C.'n e$undo lu$ar, e atin$ente el art. :º inc. 1º de la mi ma le , con orme con el cual lo!r$ano del ' tado dentro de lo cuale e t)n lo tribunale de u ticia6 podr)n e ecutar oreali ar acto , celebrar contrato e*pedir cual#uier documento, dentro de u )mbito decompetencia, u cribi(ndolo por medio de irma electr!nica .'n tercer t(rmino, debe con iderar e el art. º #ue con a$ra el aludido principio dee#ui"alencia al campo de la actuacione p%blica . @ndica en u inci o 1º #ue lo acto ,contrato documento de lo !r$ano del ' tado, er)n ")lido de la mi ma manera

    producir)n lo mi mo e ecto #ue lo e*pedido por e crito en oporte de papel .'n cuarto lu$ar, el art. 9tulo . 'l art. 25 inc. 2º hace menci!n a la acultad #ue tienen lo otro !r$ano del' tado di tinto al &oder ' ecuti"o, al #ue e re iere el inci o primero6, para aprobar lore pecti"o re$lamento , con el ob eto de dar cumplimiento a lo pre"i to en el art. 10.Si relacionamo e ta norma con el art. , podemoconcluir #ue la Corte Suprema tiene e*pre a acultade para dictar auto acordado enrelaci!n con el u o de documento irma electr!nico en la tramitaci!n proce o

    udiciale . 8e modo #ue, en mi opini!n, no corre ponde diri$ir cue tionamiento obre lacon titucionalidad o le$alidad del Acta Nº54-2014.5. 8onde 9 cabe ormular ob er"acione e en cuanto al contenido de la medida

    pre"i ta en e ta re$ulaci!n, obre todo en lo do punto #ue mencion( al inicio. No "eocoherencia entre e te auto acordado el Acta Nº25-200 en lo relati"o al u o de irmaelectr!nica a"an ada. &ien o, adem) , #ue e poco clara la ituaci!n en la #ue #uedan lo

    uicio ci"ile , #ue Dal parecerD tendr)n un doble re$i tro de papel electr!nico, lo #ue podr9a a ectar el r($imen de cu todia de lo documento #ue componen e ta cau a .' ta otra materia podr)n er e*aminada en otro momento. /o #ue he bu cado abordar en e te lu$ar e la primera interro$ante #ue $enera el Acta Nº54-2014, en lo relati"o a lacon titucionalidad le$alidad de un auto acordado #ue implementa el u o del e*pedienteelectr!nico en materia ci"il.

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