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UNIVERSIDAD DEL VALLE INSTITUTO DE EDUCACIÓN Y PEDAGOGÍA PROGRAMA “ESTUDIOS POLÍTICOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS” curso: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA EL ESTADO Y EL INDIVIDUO Álvaro Sepúlveda Franco Santiago de Cali, Septiembre de 20 10.

Capitulo1_3 El Estado y El Individuo

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La relación del estado con el individuo en colombia

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UNIVERSIDAD DEL VALLE

INSTITUTO DE EDUCACIÓN Y PEDAGOGÍA

PROGRAMA “ESTUDIOS POLÍTICOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS”

curso:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

EL ESTADO YEL INDIVIDUO

Álvaro Sepúlveda Franco

Santiago de Cali, Septiembre de 20 10.

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Sepúlveda Franco, Álvaro El Estado y el individuo, Cali, Universidad del Valle, 2010164 p.ISBN 980678900001. El Estado 2. Constitución política 3. Democracia4. Derechos humanos 5. Mecanismos de participación6. Estructura del Estado 7. Organización territirial

© Derechos reservadosÁlvaro Sepúlveda FrancoISBNFebrero de 2011Editora:Universidad del Valle Santiago de Cali, Colombia.

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INTRODUCCIÓN

Capítulo No 1. EL ESTADOCapítulo No 2. EL TERRITORIOCapítulo No 3. LA POBLACIÓNCapítulo No 4. LA CONSTITUCIÓNCapítulo No 5. LA DEMOCRACIACapítulo No 6. LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Capítulo No 7. LA CARTA DE DERECHOSCapítulo No 8. MECANISMOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOSCapítulo No 9. ESTRUCTURA DEL ESTADO EN COLOMBIA

a.Rama Legislativab.Rama Ejecutivac.Rama judiciald.Organismos de control

a) El Ministerio Público 1. Procuraduría General de la Nación 2. La Defensoría del Pueblo 3. Los personeros municipales

b) Los organismos de control fiscal 1. La Contraloría General de la República2. Las Contralorías Departamentales, Distritales y Municipales 3. La Auditoría General de la República

Organización electoral

Capítulo No 10. ORGANIZACIÓN TERRITORIAL EN COLOMBIA

a) Entidades territoriales en Colombia 1. Los departamentos 2. Los municipios 3. Los distritos

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INTRODUCCIÓN

El curso constituye una propuesta de fundamentación en cultura democrática y formación ciudadana básica, con la pretensión de propiciar espacios de reflexión crítica sobre los aspectos consti-tucionales, legales, éticos y sociales que regulan la vida cotidiana individual y colectiva. Asimismo, el curso busca nivelar los co-nocimientos mínimos necesarios para responder a las exigencias de desarrollar habilidades y competencias ciudadanas en el estu-diante de modo tal que lo prepare para el ejercicio de una ciuda-danía crítica, autónoma, participativa en un contexto de respon-sabilidad democrática, pluralidad, identidad y valoración de las diferencias. Entre sus objetivos podemos enumerar los siguientes:

•Orientar a los educandos en el conocimiento de la estructu-ra, los principios, las instituciones y la construcción del Esta-do social, democrático y de Derecho en Colombia.

•Promover el conocimiento y el interés por los Derechos Hu-manos y los mecanismos previstos para su protección.

•Fortalecer la cultura para la democracia, formando en los va-lores y principios del pensamiento democrático.

El conocimiento de los principios básicos de la Constitución Nacio nal constituye un elemento fundamental en el desarrollo de com-pe tencias ciudadanas. La referencia a la forma de gobierno de-mocrático, el carácter participativo de la Constitución, el estudio de la división de poderes, su integración, sus pesos y contrapesos y los controles mutuos, la promoción y defensa de los Derechos Humanos y garantías constitucionales para su protección, exigen

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discutir a fondo los principios, supuestos y valores del orden de-mocrático: el origen del poder en el pueblo, la igualdad ante la ley y el respeto a la dignidad de la persona.

El presente módulo aborda el estudio de los Derechos Humanos, tema en el que confluyen los contenidos éticos y jurídicos. Una adecuada comprensión de los Derechos Humanos exige que el estudiante identifique el fundamento de estos en la dignidad de la persona humana, y comprenda la evolución histórica de su de-sarrollo y su alcance. Para ello, es conveniente acompañar esta historia con datos y referencias a informes, crónicas y estadísti-cas que ilustren situaciones violatorias de los mismos en diversos momentos de la historia nacional.

Al finalizar el curso, aspiramos a que el estudiante haya reforza-do sus competencias ciudadanas para la vida en sociedad, haya elevado su sentido crítico y participativo, y haya fortalecido el sentido de la tolerancia de modo que lo capacite para oponer-se eficazmente a las tradiciones autoritarias y excluyentes refor-zadas por los avatares de la historia político/social de nuestro país. También esperamos desarrollar el reconocimiento y ejercicio de la soberanía popular, la formación en Derechos Humanos, el cumplimiento de los deberes y la apropiación del sentido de lo público, requisitos indispensables para la consolidación de los va-lores democráticos y su práctica permanente. En otras palabras, el educando deberá tener claro el alcance de su responsabilidad frente a la situación del país, y, lo más importante, se identificará con su papel como constructor de paz en los diferentes escenarios sociales y comunitarios.

El Docente será un orientador y/o facilitador del trabajo aca-démico, y el estudiante participará activamente en el desa-rrollo de los temas de cada unidad mediante lecturas, discu-siones, estudio de casos y debate de los temas tratados. Cada estudiante deberá asistir a clase con un ejemplar de la Constitu-ción Nacional. Los profesores podrán debatir en cada clase temas de coyuntura relacionados con la materia.

METODOLOGÍA

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El Módulo de “Cultura Democrática” es la guía básica del curso y contiene los materiales objeto de evaluación. Dada la impor-tancia de los tópicos a tratar, el profesor debe hacer una selección de las exposiciones magistrales que considere más importantes, los estudiantes deberán estudiar los temas que el profesor indi-que y los orientará en ese propósito, y los temas no expuestos por el profesor pero estudiados o investigados por los estudiantes, que sean parte del programa, serán materia de evaluación al igual que los temas seleccionados.

El total de lecciones es de 16, correspondientes al calendario aca-démico de 16 semanas; de estas, 8 son conferencias y paneles magistrales que se dictarán en el auditorio 3 de la sede Meléndez, las cuales se alternan con 8 sesiones o cursos en talleres en los sa-lones asignados en donde se trabajan los capítulos del presente módulo como aproximación a los Estudios Constitucionales.

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EL ESTADO

CONTENIDO

1. ¿Qué es el Poder? 1.2. Poder Político1.3. El Estado1.4. Concepciones clásicas griegas1.4.1 Platón1.4.2. Aristóteles

1.5. Teorías teocráticas sobre el origen del Poder 1.5.1. Teoría de la naturaleza divina del gobernante1.5.2. Teoría de la investidura divina del gobernante1.5.3. Teoría de la providencia divina

1.6. Teorías contractualistas1.6.1. Thomas Hobbes1.6.2. John Locke1.6.3. Jean Jacques Rousseau1.6.4. Teorías neocontractualistas1.6.5. Teoría de la justicia de John Rawls

1.7. Teorías marxistas1.8. Formas de Estado y de gobierno contemporáneos1.8.1 Democracias clásicas u occidentales1.8.2. Las democracias Socialistas o marxistas1.8.3. Estados y Gobiernos Autocráticos

1.9. Estado y Sociedad CivilCA

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CAPITULO I

1. ¿QUÉ ES EL PODER?

Para comprender el concepto de Estado es necesario partir de los conceptos de Poder y de Poder Político. El Poder se asocia a conceptos tales como: capacidad, energía, potencia, fuerza y co-nocimiento. Podemos definir el Poder como la capacidad de los seres humanos que, valido de factores geográficos, psicológicos, culturales, intelectuales, económicos y de fuerza física, le permite dominar las relaciones entre personas, grupos, naciones con una cierta dirección y con determinados propósitos. Por tanto, es la capacidad para decidir o incidir sobre personas, grupos, el medio ambiente, el territorio.

Cuando tal capacidad de coacción o de determinación se ejerce sobre el conjunto de la sociedad y desde o respecto del Estado, sus instituciones y procesos, estamos en presencia del fenómeno del Poder Político.

Por su parte, lo Político se refiere a la actividad social humana que se caracteriza por la dominación, es decir, por tener de un lado a quienes deciden o mandan y, del otro, a quienes reciben órdenes y obedecen.

La Política hace referencia a los asuntos del ejercicio del Poder y su relación con el Estado; tiene que ver con su dirección, con la definición de los fines esenciales de su actividad, con los acto-res y fuerzas que luchan por su control, y con los métodos para

OBJETIVO GENERAL•Aproximarse a un concepto del Estado, su origen y sus formas

OBJETIVOS PARTICULARES•Conocer el origen del Poder y el concepto de Poder Político•Precisar un concepto de Estado•Identificar algunas teorías sobre su origen•Dar una mirada a las tendencias modernas del Estado

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mantener el Poder o conquistarlo. En este sentido, la Política es una actividad de elevado interés para las sociedades y los pueblos por cuanto se trata de establecer cómo se afrontan los problemas económicos, sociales, ecológicos... En fin, la Política se refiere a la esfera de lo público y a la búsqueda del bien común.

1.2. PODER POLÍTICO

El Poder político ha de tener una justificación ética, un fundamen-to jurídico. La clase política no justifica su Poder con la sola po-sesión de hecho, sino que se trata de otorgarle una base moral y legal, presentándolo como consecuencia de doctrinas y creencias, generalmente reconocidas y aceptadas por la sociedad.

1.3. EL ESTADO

El ser humano no nace solo, sino en el seno de una familia, de una comunidad; es ante todo un ser social. Por este hecho se ve sujeto a agremiarse y a convivir dentro de un territorio en relación con otros seres humanos, conformando, además de su núcleo fami-liar, grupos, asociaciones, comunidades, ciudades, Estados, en los cuales desarrolla su potencialidad productiva y reproductiva; con-forma de esta manera lo que denominamos el fenómeno social, la sociedad, la civilización.

En todo fenómeno social encontramos los siguientes componen-tes, que podríamos describir en la tríada:

INDIVIDUO

SOCIEDAD ESTADO

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En la cual el individuo es su núcleo como destinatario del Poder estatal.

En su quehacer diario teje relaciones y manifiesta sus particulares intereses, apetencias o expectativas en diversos ámbitos y situa-ciones: afectivas, reproductivas, de vecindario, productivas, cog-noscitivas, educativas, políticas, etc. Aporta a dichas relaciones su propia diferenciación, dignidad e individualidad, mediante la manifestación de ideas, actitudes, aptitudes, opiniones, las que se traducen necesariamente en acciones signadas por altos con-tenidos de aceptación pacifica o de rechazo violento a las formas de estructuración de la sociedad.

En ese continuo mantener su diferenciación e individualidad con relación al sentido de pertenencia a un grupo o comunidad, aflo-ran con toda su carga de apetencias, necesidades, realizaciones y frustraciones, el disgusto, el desacuerdo, concluyendo por ge-nerar el conflicto en el cual se termina por perder la óptica de la diferencia y su respeto, convirtiendo a aquel en el núcleo alrede-dor del cual gira la relación de convivencia y legitimación de las acciones sociales o políticas. El panorama anteriormente descrito conduce al ser humano a la búsqueda continua de formas alterna-tivas de mantener la convivencia social y dentro de ella su propia individualidad.

Las comunidades aunadas por afinidades de raza, lengua y reli-gión conforman grupos humanos con identidades y sentido de pertenecia, las cuales determinan la presencia de la Nación.

NACIÓN= POBLACIÓN + TERRITORIOLa Nación se va formando por lazos sociológicos e históricos y por tener elementos comunes como una misma idiosincrasia, folclor, tradiciones y costumbres; un pasado y una lucha común que, con el transcurso del tiempo, llegan a generar un sentimiento común de solidaridad y destino (los alemanes le llaman Volksgeist, que quiere decir espíritu del pueblo).

Entre las agrupaciones humanas, la comunidad nacional es aque-lla donde los lazos de solidaridad son más intensos.

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De otra parte, el Estado, como forma organizada de las comuni-dades humanas con mayores niveles de organización y con lazos más fuertes de unidad y solidaridad, incorpora lo nacional y, junto al elemento demográfico y al territorial, surge un tercer elemento constitutivo del Estado, el Poder Político, es decir la capacidad de hacerse obedecer, de imponer unas conductas a los miembros de la sociedad. Pero este Poder debe seguir unas normas jurídicas; el poder coercitivo del gobernante se debe desarrollar de manera normada, de acuerdo a leyes, de acuerdo a derecho. Por eso no hay Estado sin Derecho ni Derecho sin Estado. No hay poder es-tatal sin normatividad jurídica.

Un aspecto jurídico del Poder político es el de la Soberanía, que reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el Poder polí-tico; es la autodeterminación de la voluntad colectiva de un pue-blo, la cual la ejerce directamente (como constituyente primario) o a través de la llamada Democracia Participativa o es delegada a los órganos del Estado (Democracia Representativa).

La soberanía, en cuanto que calidad del Poder político, es la forma de ser de este dentro del Estado y dentro del derecho. Decir que el Estado es soberano es decir que otros grupos, familias, asocia-ciones, sindicatos, iglesias, etc., le están subordinados y que él no está subordinado a ningún otro superior.

NACIÓN + SOBERANÍA + ORDEN JURÍ-DICO = ESTADOEs aquí donde aparece el Estado; este enruta coactivamente, por medio de la normatividad jurídica, las conductas humanas; rige los pactos entre los individuos e implanta normas de convivencia, reservándose la potestad de decisión última, el juzgamiento, el mantenimiento y restauración de la normalidad ciudadana.

La palabra Estado fue difundida por Maquiavelo en su obra El Príncipe; a partir de entonces fue sustituyendo paulatinamente los términos tradicionales con los que había sido designada hasta entonces la máxima organización de un grupo de individuos sobre un territorio en virtud de un Poder de mando: Civitas y Res Pública con lo que los romanos designaban al conjunto de las institu-ciones políticas de Roma, precisamente de la Civitas. El Estado, entendido como ordenamiento de una comunidad, nace de la di-

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solución de la comunidad primitiva basada en vínculos de paren-tesco y de la formación de comunidades más amplias derivadas de la unión de muchos grupos familiares por razones internas de sobrevivencia y externas de defensa.

De acuerdo a todo lo expuesto anteriormente, podemos propo-ner la siguiente definición del Estado:

Es una sociedad humana, asentada en un territorio determina-do, que en ejercicio de un Poder soberano se organiza políti-ca y jurídicamente; está fundado en el respeto de la dignidad humana como supremo valor terrenal. Tiene entre otros fines el de lograr el bien común, facilitar y promover la prosperidad de la población, asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

EL GOBIERNOEl Gobierno es el Estado en acción, pues es el conjunto de órga-nos directivos del Estado en los niveles nacional, regional y local. Dichas instituciones constituyen la unidad de acción y decisión mediante la cual se formulan, expresan y realizan las políticas de desarrollo económico y social, entre otras, que conducen la orien-tación del Estado.

En últimas, el Gobierno es la organización específica del poder constituido en el Estado, por él y a su servicio. En el nivel nacional, el Gobierno está conformado por el Presidente de la República, quien lo preside, el VicePresidente, los Ministros y Directores de Departamento Administrativo; al Gobierno Nacional corresponde trazar las líneas programáticas del Estado y manejar directamente el orden público y la política económica del país.

En los departamentos, distritos y municipios, el Gobierno se com-pone de los Gobernadores y Alcaldes, quienes lo presiden en cada jurisdicción, y los secretarios, directores de departamento admi-nistrativo o sus equivalentes, de acuerdo con la organización que cada ente territorial adopte.

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Son muchas las teorías elaboradas sobre el origen del Estado, de una manera general esbozaremos algunas:

1.4. CONCEPCIONES CLÁSICAS GRIEGAS

1.4.1 Platón: El filósofo griego Platón en su libro La República presenta un es-tudio de las formas de Estado y de gobierno, a partir de quienes ejercen el poder y la finalidad social. Así es como se presentan las siguientes formas de gobierno:

MONARQUÍA (Gobierno de uno): El pueblo, el territorio y el Poder político están en manos de un Rey quien representará las aspiraciones de la sociedad, pero de manera general el Monarca utiliza el Poder para su propio interés.

OLIGARQUÍA (Gobierno de Pocos): El Poder político y el Go-bierno están en manos de familias ricas y poderosas que gobier-nan para perpetuar sus privilegios y aumentar sus fortunas. Se cambia el gobierno de uno por el de algunos.

DEMOCRACIA (Gobierno de Muchos): Es el gobierno de todos; este gobierno era rechazado por Platón como forma nefasta que lleva a la anarquía. Como en ella todos los seres humanos están en el Poder y entre ellos hay de toda clase (buenos, malos, justos, injustos, ricos, pobres), su formación no puede llevar sino al liber-tinaje, a la falta de autoridad y al desgobierno. Por esta razón la democracia llega a su ruina, creando la tiranía.

Para Platón la mejor forma de gobierno era la Aristocracia; es el gobierno de los mejores (los filósofos), quienes por conocer la verdad y poseer el conocimiento de las cosas del Estado pueden ejercer un gobierno Sabio, justo, para el bien de toda la comuni-dad política.

1.4.2. Aristóteles: Filósofo griego del siglo IV A. C. Discípulo de Platón. Aunque Aristóteles se opuso al comunismo de La República platónica, como forma de educación y vida para los encargados del ejercicio del Poder, aceptó que los mejores los más capaces fueran los gobernantes.

Platón

Aristóteles

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Para Aristóteles las formas de gobierno se dividen en buenas como la Monarquía, la Aristocracia y la República o Democracia. Esta última se presenta cuando los ciudadanos rigen la cosa publi-ca (res publica); se llega a ella cuando el pueblo se rebela contra las injusticias de la Oligarquía, pero cuando esta forma de go-bierno no sigue el principio de justicia social o del bien común el gobierno se corrompe y se convierte en Demagogia, al igual que las formas impuras o malas como la tiranía y la Oligarquía.

Las formas puras de gobierno se corrompen y ceden el paso a las formas impuras así:

Monarquía Tiranía

Aristocracia Oligarquía

Democracia Demagogia

Desde los filósofos griegos, como Platón y Aristóteles, se soste-nía que las decadencias de las formas de Estado y de gobierno se explican, en parte, porque la ciudad y sus gobernantes extravían la noción de justicia como guía hacia el bien común, lo cual permite que la sociedad sea absorbida por toda suerte de vicios, ya que se pierde el respeto por las leyes.

1.5. TEORÍAS TEOCRÁTICAS SOBRE EL ORIGEN DEL PODER:

Sostienen que el poder y el gobernante tienen un origen divino; por lo tanto, se justifica la aceptación y obediencia por parte del gobernado, como necesidad y obligación de obedecer a Dios.

En la historia antigua y en las sociedades feudales se invocó con frecuencia esta teoría por los gobernantes; aún hoy se presentan en sociedades atrasadas o sin mayor desarrollo tecnocientífico, como en algunos países del África.

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Las teorías teocráticas se van modificando en la medida en que, con el avance de los tiempos, va siendo más difícil sostenerlas. Las podemos subclasificar en:

1.5.1. Teoría de la naturaleza divina del gobernante: Según esta teoría, existe una completa identidad entre Dios y el gobernante, es decir, la naturaleza del gobernante es de carácter divino; por lo tanto, todas sus decisiones emanan de una voluntad divina, que es la fuente de todo Poder. Estas teorías jugaron un papel importante en el mundo antiguo para lograr la sumisión de los pueblos a la voluntad del gobernante. Ejemplo: En el Egipto antiguo,el Faraón simbolizaba para el pueblo a Dios encarnado para bien de la sociedad. 1.5.2. Teoría de la investidura divina del gobernante: Tiene su origen en el mundo romano de Occidente, cuando al derrumbarse su Imperio dieron paso a las formas de poder feudal con la supremacía de la Iglesia Católica.

Los filósofos cristianos construyeron un sistema de justificacio-nes del Poder sin olvidar el argumento del origen divino del mis-mo, y crearon la teoría de la naturaleza divina del gobernante, la cual se explica de la siguiente forma:

Dios es el supremo creador; de él ha salido todo cuanto existe, in-cluyendo el Poder político, Dios como ser supremo es el máximo gobernante, y el gobierno de los hombres comprende dos aspec-tos esenciales a su naturaleza divina y humana: el gobierno de la vida temporal del hombre y el gobierno de la vida espiritual. Para estas dos especies de dirección de las conductas de los seres humanos, Dios ha creado dos tipos de autoridad o de gobierno y los ha simbolizado con dos espadas. La espada del gobierno espi-ritual, que le dio directamente a su representante y vicario en la tierra (el Papa), y otra, que entregó al Príncipe. En este sentido, se explica la investidura divina del gobernante, pues el Poder lo recibe el gobernante directamente de Dios y solo ante el debe responder.

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1.5.3. Teoría de la providencia divina: Esta teoría fue expuesta por Santo Tomás de Aquino, uno de los más grandes pensadores cristianos de Occidente, en su obra La Suma Teológica. Santo Tomás parte de la necesidad de un gobier-no, de un Poder político, basado en el argumento aristotélico de la naturaleza social del ser humano y en su finalidad última, que es el bien común. El gobernante y su Poder político quedan ex-plicados por su mayor sabiduría y por su trabajo en beneficio del gobernado, ya que Dios ha creado al hombre para su perfección que lo conduzca a la vida eterna. En esta relación de medios (go-bierno) y fines (perfeccionamiento), todo obedece al designio de Dios y está de acuerdo al orden divino. Aunque el gobierno de los hombres es un problema humano, no puede estar por fuera del designio divino, al margen de la voluntad omnipotente de Dios. Por esta razón, el Poder político se explica y justifica por la volun-tad divina; en consecuencia, desobedecer al gobernante equivale a desobedecer a Dios.

1.6. TEORÍAS CONTRACTUALISTAS

La visión contractualista de la sociedad percibe a los seres huma-nos puestos de acuerdo para garantizar la convivencia. Los Esta-dos liberales son los garantes de las relaciones pacíficas entre los asociados.

Las teorías contractualistas surgen como fruto de la filosofía del individualismo, del proceso de secularización, iniciado con el Hu-manismo renacentista, la Reforma, mantenido y desarrollado por el racionalismo, el empirismo y la filosofía de la Ilustración, de los intereses sociales, políticos y económicos de una nueva clase social: La Burguesía. Por esta época, se deshace la unidad religiosa como elemento integrador del mundo medioeval, y se destruyen las bases teóricas que justificaban el origen teológico del orden social y político.

En el contractualismo se presentan tres elementos esenciales: el estado de naturaleza, el pacto o contrato social y el Estado.

Hobbes, Locke y Rousseau son los pensadores políticos clásicos de esta teoría que explica cómo se formó el Estado como resultado de la naturaleza humana. Hobbes considera al hombre como un lobo para el hombre (homo hominis lupus) y por lo tanto el estado

Thomas Hobbes.

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de naturaleza es un estado de guerra de todos contra todos. En Locke, el hombre vive en un estado de perfecta libertad e igual-dad. Para Rousseau, el hombre es el “buen salvaje”: el hombre nace bueno y la sociedad lo corrompe.

1.6.1. Thomas Hobbes (1588-1679):Por ser defensor de la Monarquía absolutista, se le denomina teoría contractualista absolutista. Parte de una concepción según la cual el ser humano aparece en su estado de naturaleza donde no hay derecho ni orden; es la guerra de todos contra todos, es un estado anárquico, y para remediar la situación e ir tras la búsque-da de la conservación y el bienestar, los seres humanos acuerdan limitar la libertad y someterse a una autoridad estatal absoluta.

1.6.2. John Locke (1632-1704): Se le puede denominar como el defensor de la teoría liberal o democrática del contractualismo; la que algunos han denomina-do “del consenso”. En el estado de naturaleza en que se hallan los seres humanos, es un estado de libertad y de igualdad, como derechos naturales sagrados; son anteriores al acuerdo de volun-tades y el Poder estatal es aquel que surge de ese acuerdo para asegurar tales derechos; es el pacto de convivencia entre los seres humanos, y por lo tanto debe estar dotado de capacidad coerci-tiva. Aunque el ser humano está dotado de razón, que lo lleva a escoger siempre el bien y buscar la felicidad.

1.6.3. Jean Jacques Rousseau (1712-1778):Este pensador francés construye la teoría del Contrato Social a partir de la celebración de un pacto; los seres humanos deben desprenderse de sus bienes y derechos con los que el estado de naturaleza sería un estado de igualdad, donde cada uno persegui-ría intereses generales; tras ello, a través de la voluntad general creada, los seres humanos encontrarían una forma de organiza-ción que defendería a las personas y fortunas de cada uno de sus miembros. La organización social ideal debe cumplir dos requisi-tos:

1) Que proteja, que proporcione seguridad a todos los asocia-dos.2) Que al mismo tiempo los individuos gocen de libertad per-sonal frente al Poder. Es decir, que la sociedad política debe brindar a todos seguridad con libertad.

John Locke

Jean Jacques Rosseau

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Aunque las anteriores teorías acerca del origen del Estado y su fi-nalidad han sido criticadas por idealistas, no se puede desconocer que las ideas políticas de Locke y Rousseau influyeron notoria-mente en la Declaración de Independencia de Norteamérica de 1776 y en la Revolución Francesa de 1789.

1.6.4. TEORÍAS NEOCONTRACTUALISTAS: En las últimas tres décadas han renacido las teorías contractua-listas. Según la teoría expuesta por James M. Buchanan, surge un contrato social donde los seres humanos logran un acuerdo unánime para desarmarse mutuamente; cada uno renuncia a una parte de sus actividades defensivas y ofensivas en la medida en que los demás procedan de manera semejante. Con ellos se sale del estado anárquico original, y aparecen los primeros límites a la libertad de acción; enseguida se establecen los derechos de pro-piedad, que no son naturales, encargados de determinar la parti-cipación y competencia sobre los bienes.

El contrato social es aceptado porque hay una mejoría con rela-ción al estado anterior de anarquía. Se levanta luego la necesi-dad de la coerción para asegurar el cumplimiento de los derechos y obligaciones acordadas entre los participantes; entonces, se acuerda crear el Estado.

Desde otra perspectiva contractualista, Robert Nozick expone la teoría según la cual el contrato surge, aunque sin la necesidad de actos de voluntad específicos, como resultado de los choques entre los individuos. Pero al contrato se llega ya con derechos y deberes. El Estado, en consecuencia, aparece para proteger exclu-sivamente la libertad, la vida y la propiedad de los ciudadanos, derechos naturales adquiridos previamente a la realización del contrato. Por tanto, si solo eso es lo que debe hacer, debe ser entonces un Estado mínimo.

1.6.5. TEORÍA DE LA JUSTICIA DE JOHN RAWLS: Igualmente aparece la teoría de John Rawls, según la cual en una situación inicial hay igualdad y libertad para todos los seres hu-manos. Bajo tales condiciones es posible realizar un acuerdo equi-tativo entre los participantes. En su construcción imaginaria del contrato, los seres humanos ignoran lo que los demás poseen y

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quieren - sólo tienen un conocimiento general-, son iguales entre sí y son racionales; sobre esa base las personas eligen aquellos principios que les aseguran las mayores posibilidades vitales. El sentido moral que tienen los seres humanos es la garantía de que los principios acordados serán obligatorios y respetados. Rawls argumenta que el sistema legal es un orden coercitivo de reglas públicas dirigidas a personas racionales con el propósito de regu-lar su conducta y proveer el marco de trabajo para su coopera-ción social.

1.7. TEORÍAS MARXISTAS

La corriente marxista presenta al Estado como el producto del ca-rácter irreconciliable de las contradicciones de clase. La sociedad, cuando llega a un determinado grado de desarrollo de sus fuerzas productivas, se enreda en una irremediable contradicción consigo misma, que se manifiesta en los antagonismos de clase con inte-reses económicos en pugna. Para que estas clases no se extermi-nen así mismas se hace necesario un poder situado por encima de la sociedad y llamado a amortiguar el choque, a mantenerlo en los límites del orden; ese poder es el Estado.

Pero el Estado nace para jugar un papel de dominación, de opre-sión de una clase por otra; por eso, el Estado solo existe allí donde existen las contradicciones y la lucha de clases y su finalidad úl-tima es ser un instrumento de dominación y explotación. Afirma que la historia de la sociedad conoce tres tipos de Estado explo-tador: el esclavista, el feudal y el burgués. En estas condiciones de sociedades antagónicas, el Estado será siempre una democracia para la clase dominante y una dictadura para las clases domina-das. En una sociedad donde reina la propiedad privada sobre los medios de producción no puede haber igualdad entre pobres y ricos.

El Estado -sigue planteando el marxismo- desempeña, por tanto, un papel decisivo en las relaciones de producción y en la lucha de clases, encaminado a reproducir el sistema capitalista. El Estado tiene igualmente un papel propio en la organización de las rela-ciones ideológicas y de la ideología dominante. Esta se encarna en los Aparatos Ideológicos del Estado que desempeñan el papel de elaborar, inculcar y reproducir esa ideología, independiente-

Carlos Marx

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mente de que pertenezcan al Estado o de que tengan un carácter privado: La Iglesia (aparato religioso), la Escuela (aparato escolar), el aparato oficial de información (radio y televisión), el aparato cultural, etc. Y está claro que la ideología dominante intervie-ne en la organización de los aparatos encargados de la represión (Ejército, policía, justicia -prisiones, administración). Por tanto, la ideología dominante es la ideología de la clase dominante.

De la lucha del proletariado, que será violenta y revolucionaria, saldrá el nuevo tipo de Estado y de gobierno: Las Repúblicas de democracia socialista, las cuales funcionan sobre la infraestruc-tura de la propiedad colectiva de los medios de producción y de las relaciones sociales de producción de carácter socialista. Estas democracias tendrían como principio imperativo el “de cada cual según su capacidad; a cada cual según su trabajo”, y de su ejecu-ción se desprendería la sociedad comunista según el principio “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su necesidad”.

1.8 FORMAS DE ESTADO Y DE GOBIER-NO CONTEMPORÁNEOS

Podemos clasificar las formas de Estado y de gobierno de la si-guiente manera:

1.8.1 Democracias Clásicas u Occidentales: Para las democracias occidentales el valor político fundamental es la dignidad humana, ya que la organización política y de go-bierno está orientada a garantizar las múltiples posibilidades de la persona humana y a facilitar su realización en la sociedad. Para el logro de estos fines las democracias occidentales han perfec-cionado el Estado de Derecho con sus características: el imperio de la Constitución y la ley, la división de poderes, la garantía de los derechos y libertades públicas, el pluralismo jurídico. Estas democracias pueden presentar varios tipos, tales como:

a)Monarquías Constitucionales y Parlamentarias: Gran Breta-ña, Bélgica, Holanda, España.

b)Repúblicas Presidenciales: Estados Unidos de América

c)Repúblicas Parlamentarias: Italia, Alemania

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d)Repúblicas de Asamblea o de convención: Suiza

e)Repúblicas Mixtas (Semi-parlamentarias y Semipresidencia-les): Francia.

Todas estas formas de Estado tratan de alcanzar un cierto grado de igualdad y de libertad para todos, partiendo de un derecho constitucional que asegure una justa relación política entre go-bernantes y gobernados.

1.8.2. Las Democracias Socialistas o Marxistas: Algunos autores, como el profesor Paolo Biscaretti di Ruffia, no están de acuerdo en llamar democracias a los regímenes mar-xistas, particularmente porque los derechos y libertades de los individuos quedan reemplazados por libertades y derechos de contenido más público y colectivo. Ejemplos de estos sistemas los encontramos en algunos países de la antigua URSS, en China Popular, en Cuba y en países de la Europa Oriental. Esos sistemas de gobierno se fundamentan filosóficamente en el materialismo histórico y dialéctico, que sostiene que comprender la historia es comprender el juego y el desarrollo de la materia y de la super-estructura a través de la lucha de los contrarios y de la lucha de clases.

1.8.3. Estados y Gobiernos Autocráticos: Como experiencias históricas, encontramos formas de Estado y de gobiernos autocráticos tales como el Fascismo en Italia, el Na-cionalsocialismo en Alemania, el Falangismo en España y el Justi-cialismo en Argentina.

A estas formas Autocráticas podríamos señalarles los siguientes rasgos generales:

a) Dependencia absoluta del individuo respecto de la nación o de Estado. La nación lo es todo y el individuo solo tiene iden-tidad en cuanto hace parte del Estado.

b) La supremacía del líder (Fuhrer, Duce, Caudillo) respecto de las masas y la concentración de poderes en manos del go-bernante.

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c) Una concepción de las libertades y de los derechos total-mente opuesta a la de las democracias.

d) El Partido Único, lo que implica la exclusión de otras expre-siones ideológicas. Igualmente, la ausencia de participación ciudadana en las elecciones y consultas populares, o la reduc-ción de estas a aclamar las decisiones de los gobernantes.

f) Ausencia del imperio de la ley, y consecuentemente de los controles de legalidad y constitucionalidad.

1.9. ESTADO Y SOCIEDAD CIVIL

A pesar de la recurrencia con que en los últimos tiempos se viene apelando a estos dos términos, tanto en los escenarios acadé-micos como en la práctica política y social, ellos no son nuevos, sino que han venido sufriendo transformaciones a lo largo de los siglos.Aristóteles no diferenciaba la Sociedad Civil de la Polis, es decir, del Estado, pues recuérdese que se trataba de Ciudades-Estado. Consideraba que «la asociación natural y permanente es la fa-milia», que la componen quienes «comían en la misma mesa» y se «calentaban en el mismo hogar» (...); «La asociación de mu-chas familias, pero formada en virtud de relaciones que no son cotidianas, es el pueblo, que justamente puede llamarse colo-nia natural de la familia» (...); «La asociación de muchos pue-blos forma un Estado completo, que llega, si puede decirse así, a bastarse absolutamente a sí mismo».

La amalgama entre Estado y Sociedad Civil en la concepción aris-totélica se corrobora en la forma como se asumían las funciones en la Polis:

«Todos deben mandar a cada uno y cada uno a todos, alterna-tivamente. Todos los cargos deben proveerse por suerte, por lo menos todos aquellos que no exigen experiencia o talentos es-peciales. No debe exigirse ninguna condición de riqueza, y si la hay ha de ser muy moderada. Nadie debe ejercer dos veces el mismo cargo, o por lo menos, muy rara vez, y sólo los menos im-portantes, exceptuando, sin embargo, las funciones militares».

Nicolás Maquiavelo

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La separación entre Estado y Sociedad Civil es más reciente; surge a partir de la conformación de los Estados Nacionales modernos, desde la centralización de las sociedades europeas, que superan la fragmentación de las sociedades feudales.

Nicolás Maquiavelo, con su obra El Príncipe, se propone lograr la unidad italiana, es decir, su conformación como Estado Nacional, a partir de la unificación de las pequeñas Repúblicas (Principados) en que estaba fragmentada la península. No logra verla, puesto que la más débil unidad nacional solo se logra en el siglo XIX, pero le lega a la modernidad, una obra de iguales proporciones a la de Aristóteles en la antigüedad.

Con Maquiavelo se separan Estado y Sociedad Civil. En su prosa fina y cínica señala:

«Uno que se convierte en Príncipe mediante el favor del pueblo debe conservarlo como aliado: lo cual le es fácil porque el pue-blo sólo le pide no ser oprimido. Pero el que en contra del pue-blo se convierte en Príncipe con el favor de los grandes, debe, antes que ninguna otra cosa, tratar de ganarse al pueblo. (...) Concluiré diciendo sólo que a un Príncipe le es necesario tener al pueblo a su lado: de lo contrario no tiene remedio en la ad-versidad. (...) Un Príncipe prudente debe imaginar un modo por el cual sus ciudadanos, siempre y por cualquier circunstancia, tengan necesidad del Estado y de él: así siempre le serán fieles».

El Estado en cabeza del príncipe, a juicio de Maquiavelo, requiere contar con el consenso y aprobación de la sociedad, para lo cual es necesario establecer una legislación. Pero esta por sí sola es insuficiente y se precisa de la fuerza: «La primera es propia del hombre, la segunda de los animales», y en tal sentido el futuro príncipe deberá tener por preceptor a un centauro igual que al que le fue confiado Aquiles: «Tener por preceptor a un maestro mitad bestia y mitad hombre, no quiere decir otra cosa sino que un príncipe necesita saber usar una u otra naturaleza; y que la una sin la otra no es duradera». Al establecer la separación entre Estado y Sociedad, Maquiavelo produce, al parecer sin saberlo, el antídoto para contrarrestar el absolutismo y las arbitrariedades del Estado: la Sociedad Civil.

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Posteriormente, les corresponde a los pensadores ingleses, Tho-mas Hobbes y John Locke, avanzar en la conceptualización del Estado y de la Sociedad Civil.

Hobbes, a partir de lo que denominó Estado de Naturaleza, es decir, la inclinación de los seres humanos a permanecer en guerra de todos contra todos pues el hombre es a su juicio lobo para el hombre, al margen de la justicia y poseedor natural de su sobera-nía absoluta, requiere de un tercero al cual delegar las voluntades individuales, para que, colocado por encima de la sociedad, dirima los conflictos. Este tercero no es otro que el Estado, entendido como un pacto, como un contrato. Pero en la medida en que la soberanía absoluta reside en el monarca, no existe todavía la so-ciedad civil en el concepto moderno del término.

Locke, desde una posición que inaugura el liberalismo como co-rriente filosófica y política, avanza en el señalamiento de la nece-sidad de un cuerpo que elabore las leyes. Tal papel le corresponde al Parlamento como intermediario entre el Estado de Naturale-za y el Estado de Sociedad o Estado, simplemente. Para Locke, el Estado de Naturaleza no significa necesariamente un estado de guerra; por el contrario, si bien es cierto que no existe el derecho positivo (el que aparece en las leyes), sí existe un derecho natu-ral basado en la presencia de la Razón como rasgo típicamente humano. Para conservar este Estado de Naturaleza, y a la vez darle paso a la organización de la Sociedad Civil, se requiere de un Estado (Príncipe - Parlamento – Jueces) que medie y dirima las disputas entre los ciudadanos.

De esta manera abre el camino de la división tripartita del Po-der público (Legislativo - Ejecutivo – Judicial), presupuesto de la democracia moderna y que más tarde sería desarrollado por Montesquieu en su obra Del Espíritu de las Leyes.

Con Hegel, el concepto de Sociedad Civil ya se encuentra clara-mente diferenciado de la familia y del Estado. Al respecto, Luis Alberto Restrepo M. señala:

«La actividad que sólo busca un bien particular, da origen a la Sociedad Civil. En cambio un verdadero Estado se define por un tipo de acción que, sin desconocer los intereses particulares, busca el beneficio de toda la colectividad».

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La Sociedad Civil hace referencia entonces a las asociaciones, gru-pos y personas que buscan el bien común de sus propias colectivi-dades, a diferencia del Estado, que busca el bien común de toda la Sociedad.

Marx, inicialmente hegeliano, sostiene que desde la filosofía del marxismo, es decir, el Materialismo Dialéctico e Histórico, no hizo otra cosa que poner cabeza arriba lo que Hegel tenía cabeza abajo. Mientras que el Estado para Hegel es el escenario desde el cual se realiza el bien común y se resuelven los conflictos con base en el ejercicio de la eticidad, en Marx el Estado es un instru-mento, una máquina, un aparato de opresión de una clase por otra. A su juicio, la clase que detenta el Poder económico somete, sojuzga, explota y oprime a las clases antagónicas, producto del carácter irreconciliable de las contradicciones de clase. En conse-cuencia, en la modernidad -al decir de Marx- al proletariado no le queda otro recurso que demoler, romper, destruir la máquina del Estado.

En su obra La guerra civil en Francia, elaborada para racionalizar la experiencia de la Comuna de París (1871), sostiene que

«La clase obrera, al llegar al poder, no podía seguir gobernando con la vieja máquina del Estado, que para no perder de nuevo su dominación recién conquistada, la clase obrera tenía (...) que barrer toda la máquina represiva utilizada hasta entonces con-tra ella».

Al destruir la máquina del Estado burgués por medio de la revolu-ción violenta, el proletariado, erigido como clase dominante, ins-taura su propia dictadura, su propio Estado, o semi-Estado, y de allí en adelante este comienza a «extinguirse», a «adormecerse» hasta su desaparición en la sociedad comunista.

El «Socialismo Real» dista mucho del marxismo originario. ¿Será alguna vez innecesario el Estado? ¿Reposará alguna vez en el rin-cón de los trastos viejos de la historia, como dice Engels?

La realidad afirma que por el contrario el Estado en el «Socialismo Real», en lugar de empezar a extinguirse, no hizo otra cosa que fortalecerse, distanciarse cada vez más de la sociedad, hasta el punto de que la «Dictadura del Proletariado» fue en la práctica la dictadura del partido, de la burocracia y de la nomenclatura en contra de toda la sociedad.

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Con Antonio Gramsci, marxista italiano, el concepto de Sociedad Civil adquiere nuevas connotaciones. Su concepto de Hegemonía destaca la Superestructura como el espacio de lucha ideológica desde el cual es posible lograr el consenso para el cambio de la base económica y por consiguiente de toda la sociedad. En este sentido, para Gramsci la Sociedad Civil reside en la Superestruc-tura, en oposición dialéctica a la Sociedad Política (Estado).

A juicio de Ana María Bejarano, «Las nuevas concepciones de la Sociedad Civil parecen apoyarse, de manera explícita o implí-cita, en la noción gramsciana, sólo que modificando algunos elementos y añadiendo unos pocos». La misma autora la defi-ne así desde el presupuesto gramsciano:

«La Sociedad Civil es el terreno en el que se plantean, se debaten y algunas veces se resuelven conflictos entre diversos actores e intereses. Tal concepción se acerca a la noción habermasiana de ‘esfera pública’, concepto que ‘designa un teatro en las socieda-des modernas en donde la participación política se representa a través del medio de la conversación. Es el espacio en el cual los ciudadanos deliberan acerca de los asuntos comunes y, por tanto, es una arena institucionalizada de interacción discursiva. Esta arena es conceptualmente distinta del Estado, es un esce-nario para la producción de discursos que en principio pueden ser críticos del Estado’. Para que cumpla con la función de ser-vir como escenario de un proceso de deliberación colectiva, es preciso que ese espacio público no estatal, tenga, además, un carácter pluralista. Es decir, donde la organización de los acto-res se dé como resultado de un proceso endógeno y voluntario (no impuesto ni por el Estado ni por la costumbre), donde las organizaciones no sean excluyentes sino basadas en afiliaciones múltiples, y donde no se impida la expresión de ningún interés o valor, o la formulación de ningún tema o problema».

Hasta el presente, las tensiones entre Estado y Sociedad Civil se han ubicado como antagónicas, en el sentido de que lo que gana la Sociedad Civil lo pierde el Estado y lo que gana el Estado lo pierde la Sociedad Civil, de tal manera que al final la suma es cero. El aporte de la autora consiste en señalar dos situaciones

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posibles, además de las dos de «suma cero»: ellas son la «suma negativa», en donde tanto el Estado como la Sociedad Civil pier-den, y la «suma positiva», en donde el Estado y la Sociedad Civil ganan.

A manera de conclusión y resumen, Ana María Bejarano afirma:

«La estabilidad y consolidación de un régimen democrático sólo son posibles en una situación de SUMA POSITIVA en donde ambos, tanto el Estado como la Sociedad Civil, se fortalezcan en forma paralela. Lo que conduce a la Democracia no es, ni el pre-dominio de un Estado fuerte sobre una sociedad débil, ni el pre-dominio de actores sociales fortalecidos sobre un Estado frágil, sino la existencia simultánea de una sociedad fuerte y un Estado fuerte, enfrentados el uno al otro en una relación caracterizada por la tensión permanente, pero también por el mutuo control, la negociación y el acomodamiento. Esta situación de SUMA POSITIVA no excluye la posibilidad de CONFLICTOS entre el Estado y la Sociedad. Muy al contrario, cuando se enfrentan un Estado fuerte y una Sociedad fuerte, las posibilidades de con-flicto se incrementan. Lo que se excluyen son las posibilidades de un conflicto suma cero, como resultado del cual la situación final resulta ser, o bien un Estado que predomina sobre una So-ciedad atomizada o una Sociedad que ‘captura’ a un Estado dé-bil, minando su autonomía y su capacidad. Tampoco se excluye, por supuesto, la capacidad de la cooperación entre los dos. Pero a diferencia de las situaciones ‘suma cero’, los acuerdos finales no resultan como producto de un polo sobre el otro, sino como resultado de la negociación y el consenso».

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ACTIVIDADES A REALIZAR

TALLER:

Se conforman grupos que discuten el significado o la percepción que se tiene sobre los siguientes términos o conceptos, tratando de establecer las diferencias entre unos y otros: ESTADO, NA-CIÓN, GOBIERNO, PATRIA, REPÚBLICA, PAÍS, PUEBLO.

Cada grupo nombra un relator, encargado de exponer el concep-to de cada término y sus diferencias. Con el aporte de todos los grupos y la orientación del profesor, se construyen los conceptos y se aclaran las dudas.

LECTURAS:

Leer el Título de los Principios Fundamentales, artículos 1 al 10 de la Constitución Política de Colombia y responder las siguientes preguntas:

¿Cuáles son las características fundamentales del Estado colom-biano?

¿Cuáles son los fines esenciales del Estado colombiano?

¿Cuál es la diferencia entre soberanía popular y soberanía nacio-nal?¿Por qué es necesario que en un Estado democrático existan mutuos controles, es decir, pesos y contrapesos?

Leer los ensayos: “Lo que le falta a Colombia” y “Lo que está en juego en Colombia”, de William Ospina. Luego de la lectura, debemos reflexionar si a los colombianos nos interesa construir

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un verdadero proyecto de Nación.

DEBATES:

Organizar discusiones por grupos a partir de los siguientes inte-rrogantes:

1. ¿Usted cree que el hombre nace bueno y la sociedad lo co-rrompe, o, por el contrario, piensa qué el hombre es un lobo para el hombre?

2.¿Qué opina de la validez de esta frase atribuida a Lord Acton: “El Poder corrompe, y el Poder absoluto corrompe absolutamen-te”?

3.¿Qué papel debe jugar la sociedad Civil en los acuerdos huma-nitarios y en el Proceso de Paz en Colombia?

4. ¿La Seguridad Democrática ha fortalecido o no el Estado So-cial de Derecho?

5. ¿En que consisten los acuerdos de prosperidad democrática?

CUESTIONARIO:

Las respuestas las trabajan los estudiantes en la red virtual.

1.¿Es posible la formación de una sociedad política puramente libre, espontánea y voluntaria sin que haya necesidad de gober-nantes?

2. ¿Qué es la anarquía?

3. ¿Cuáles son las diferencias entre la Plutocracia, la Aristocracia y la Oligarquía?

4. ¿Cuáles son las características fundamentales del Estado Co-lombiano?

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5. ¿Cuáles son los fines esenciales del Estado Colombiano?

6. ¿Cuál es la diferencia entre soberanía popular y soberanía nacional?

7. ¿Qué es el Estado Comunitario?

8. ¿Qué es el Estado de Opinión?

9. Señale algunas características de un Estado autoritario.

10. ¿En que casos el pueblo actúa como constituyente primario, y en cuáles ejerce la democracia Participativa y la democracia Representativa?

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ELEMENTOS DEL ESTADO CONTENIDO

2. El territorio2.1. El territorio continental2.2. El territorio insular2.3. El espacio marítimo2.3.1. El mar territorial

2.3.2. La zona económica exclusiva

2.3.3. La zona contigua

2.3.4. La plataforma continental

2.4. El espacio aéreo2.5. El segmento de órbita geoestacionaria2.6. El espacio y el espectro electromagnético2.7. Territorios especiales: de los indígenas y de las negritudes

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2. EL TERRITORIO

El término territorio se deriva de “tierra” y señala de manera general la porción de espacio en donde se asienta la población. De mane-ra más precisa designa la circunscripción, el ámbito de competencia, dentro del cual, legítima y válidamente, ejercen el Poder político los gobernantes sobre los gobernados. Sin territorio no puede haber ám-bito de competencia para el ejercicio del Poder político; por esta ra-zón el territorio es un elemento constitutivo del Estado y como tal resulta imprescindible en la existencia del mismo. Según el artículo 101 de la Constitución Política de Colombia, el territorio colombiano está compuesto por:

2.1. EL TERRITORIO CONTINENTAL

El suelo: Es el espacio de tierra firme compacta que adquiere su propia configuración a partir de los límites definidos con los países vecinos de Venezuela, Panamá, Perú, Ecuador y Brasil, y que están estableci-dos en tratados internacionales aprobados por el Congreso debida-mente ratificados por el Presidente de la República.

El subsuelo: Como lógica consecuencia del ejercicio de la soberanía sobre el suelo, es el derecho al subsuelo. El subsuelo que corresponde al territorio de un Estado tiene la forma de un cono con vértice en el centro de la tierra. Según La Constitución (art. 332), el Estado colom-biano es el propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables, sin perjuicio de los derechos adquiridos y perfeccionados con arreglo a las leyes preexistentes.

OBJETIVO GENERAL• Identificar, según la Constitución Política, los elementos del Estado colombiano.

OBJETIVOS PARTICULARES•Conocer los elementos materiales del Estado, analizar las normas pertinentes sobre territorio y población.

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El subsuelo colombiano es muy rico y constituye una fuente impor-tante de riqueza. En él se encuentran: Metales preciosos: oro, plata, platino, minerales metálicos que tienen usos industriales: hierro, co-bre, plomo, zinc, manganeso, cromo, mercurio, níquel; minerales no metálicos: calizas, fosfatos, sal, yeso, esmeraldas, azufre, caolín; y mi-nerales energéticos: uranio, carbón,petróleo, gas.

2.2. EL TERRITORIO INSULAR

Compuesto por el archipiélago de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, la Isla de Malpelo, además de las islas, islotes, cayos, mo-rros y bancos que le pertenecen.

2.3. EL ESPACIO MARÍTIMO

Comprende el mar territorial, la Zona Económica Exclusiva, la Zona Contigua y la Plataforma Continental.

2.3.1. EL MAR TERRITORIALDespués del suelo, fue el mar territorial la primera parte considerada como componente del Estado, sujeto a soberanía; la razón fue de or-den estratégico: el territorio podía ser invadido no sólo por tierra sino también por mar. Hoy día nadie duda de la importancia económica que adquiere para los Estados, por la explotación de recursos natura-les renovables y no renovables.

El Mar territorial está constituido por las zonas marítimas que rodean las costas de un país. Colombia, por medio de la ley 10 de 1978, fijó la extensión de su mar territorial en 12 millas náuticas (un poco más de 22 kilómetros) señalando que la soberanía nacional se extiende igualmente al espacio aéreo situado sobre el mar territorial, así como al lecho y al subsuelo del mismo. Otros países como Chile, Ecuador y Perú han fijado la extensión del mar territorial en 200 millas.

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2.3.2. LA ZONA ECONÓMICA EXCLUSIVA Tiene su origen en la decisión de ciertos Estados para reivindicar el ejercicio de su soberanía sobre los recursos de una zona que se extien-de hasta 200 millas de sus costas. Fue consagrada por la convención de MontegoBay del 10 de diciembre de 1982. Según ella, el Estado costero ejerce en exclusividad todos los derechos de naturaleza pro-piamente económica que se puedan ejercer en esa zona.

2.3.3. LA ZONA CONTIGUA Por una zona contigua se entiende la porción de altamar ubicada inmediatamente después del límite del mar territorial, en la cual el estado ribereño puede adoptar medidas jurisdiccionales tendientes a prevenir infracciones a sus leyes en general, especialmente en lo refe-rente a los reglamentos de aduana, inmigración o sanidad. Asimismo cumple una función política, toda vez que es un límite que se toma en cuenta para la salvaguardia de la integridad y la seguridad nacionales.

2.3.4. LA PLATAFORMA CONTINENTAL Es el espacio de lecho y el subsuelo marino comprendido entre la pla-ya y el talud continental, vale decir las profundidades marinas.

Comprende todo el largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una dis-tancia de 200 millas marinas contadas desde de las líneas de base, a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos en que el borde exterior del margen continental no llegue a esa distancia.

2.4. EL ESPACIO AÉREO

El concepto de espacio proviene del latín spatium que significaexten-sión indefinida. El Espacio Aéreo es el ámbito dentro del cual está contenida la capa de aire que se alza sobre los límites del suelo y el mar territorial y sobre el cual se ejercen actos de jurisdicción o sobe-ranía. Según el artículo 1777 del código de comercio, el espacio aéreo de Colombia está comprendido entre una base constituida por el te-rritorio de que trata el artículo 3º de la Constitución Nacional (1886) (hoy art. 101 C.N.) y la prolongación vertical de los límites de dicho territorio y sus aguas jurisdiccionales.

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Esquema del Espacio Marítimo correspondiente a una nación.

Límites Marítimos de Colom-bia y las islas San Andrés y Providencia

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El gobierno puede prohibir, condicionar o restringir, por razones de in-terés público, la utilización de los espacios, la navegación aérea sobre determinadas regiones, el uso de ciertas aeronaves y el transporte de determinadas cosas. La soberanía del Estado sobre su espacio aéreo está reglamentada por las leyes del derecho aeronáutico internacio-nal, además de las disposiciones internas. Es de anotar que el concep-to de violación del espacio aéreo no es aplicable a las aeronaves de tipo civil o comercial.

2.5. EL SEGMENTO DE ÓRBITA GEOES-TACIONARIA La Constitución de 1991 expresa que “… el segmento de la órbita geoestacionaria, el espectro electromagnético y el espacio donde actúa… son parte de Colombia”.Es un recurso natural limitado, definido como la órbita circular de origen natural situada a 35.632 kilómetros de altura sobre cualquier punto del plano ecuatorial terrestre. Las propiedades naturales de esta órbita hacen que al girar en el mismo sentido y con período de rotación de la tierra, los satélites colocados en ella mantengan una posición de reposo de la misma. Por lo tanto los satélites geoestacio-narios son vehículos de gran importancia y utilidad para portar esta-ciones repetidoras de telecomunicaciones, cuyas antenas se enfocan en determinada zona de la superficie terrestre. Los satélites geoes-tacionarios también se utilizan en la meteorología, la detección de recursos naturales y la observación del medio ambiente; en la investi-gación científica, entre otras aplicaciones.

Colombia es precursora de la soberanía estatal sobre la órbita geoes-tacionaria. Sin embargo, los países desarrollados que carecen del privilegio de estar en la línea ecuatorial, como Francia, Estados Uni-dos, China, han venido sosteniendo que esta órbita sea considerada patrimonio común de la humanidad, y de acuerdo con esta tesis y sin solicitar permisos, han colocado cantidad satélites sobre la línea ecuatorial, explotando con fines de lucro este recurso, en un claro des-conocimiento a los derechos de los países de la línea ecuatorial. Los países que tiene derecho sobre la órbita geoestacionaria son Ecuador, Colombia, Brasil, Gabón, El Congo, Zaire, Uganda, Kenya, Somalia e Indonesia. Los mencionados Estados firmaron una declaración en la que manifestaron que los países ecuatoriales proclaman y defienden, en nombre de sus respectivos pueblos, la existencia de soberanía so-

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bre este recurso natural.

Hoy en día, la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), or-ganización del sistema de las Naciones Unidas, se encarga de admi-nistrar y de adjudicar equitativamente las posiciones orbitales con una clara tendencia por favorecer a las grandes potencias, quienes poco a poco están copando la capacidad de la órbita y prácticamente han dejando sin posiciones a los países menos avanzados que aún no cuentan con la capacidad económica ni tecnológica suficientes para colocar satélites en órbita y que serían de gran ayuda para alcanzar un grado de desarrollo más aceptable en lugares donde la fibra óptica o el cableado común no pueden llegar.

En el pasado se pensó en un satélite que sirviera a los países del Pacto Andino. Hoy, ante la evolución de una política de cooperación a una de franca hostilidad entre los miembros del Grupo Andino, la posibi-lidad de un esfuerzo conjunto para minimizar costos del satélite está casi descartada.

2.6. EL ESPACIO Y EL ESPECTRO ELEC-TROMAGNÉTICO

Comprende una variada gama de frecuencias tales como las vocales, las radioeléctricas, los rayos x, los rayos gama, los rayos ultravioleta, los rayos infrarrojos, entre otros. Son las frecuencias o canales a través de los cuales circulan y se trasmiten las ondas del sonido, la imagen y los signos de comunicación.

Según el artículo 75 de la C. N., el espectro electromagnético es un bien público inajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado. La Carta ordena que el Estado deba intervenir para ga-rantizar el pluralismo informativo y la libre competencia, y evitar así las prácticas monopolísticas en el uso del espectro electromagnético.

Por otra parte, la Corte Suprema de Justicia, en sentencia 53 de abril 25 de 1995, con ponencia de Pablo J. Cáceres Corrales, dijo: “Al lado de lo dicho, las frecuencias del espectro electromagnético tienen la capacidad de servir para satisfacer la necesidad general de comuni-cación que tiene la sociedad”. La transmisión inteligente de informa-ciones con la infraestructura teC. N.ológica contemporánea ha sido definida en los términos de servicios públicos tanto por la tradición legislativa Colombiana como por los instrumentos internacionales

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que gobiernan la comunicación internacional y el uso del espectro y su frecuencia. Esto significa que el aprovechamiento de los canales radioeléctricos se hace dentro del régimen del servicio público, cuyo regulador es el legislador colombiano, por lo que el artículo 5 de la ley 72 de 1989 dice:

“Las telecomunicaciones son un servicio público que el Estado presta-rá directamente o a través de concesiones que podrá otorgar en forma exclusiva a personas naturales o jurídicas Colombianas, reservándo-se, en todo caso, la facultad de control y vigilancia. Se acomoda esta norma a lo previsto en el artículo 76 de la C.N. #10 cuando define quién regulará lo relativo a los servicios públicos y ella puede tomar las medidas para que se preste regular y eficazmente a los asociados y fijar las condiciones que así lo aseguren. Por esta razón el Estado no ha acudido a la figura excepcional y rentística del monopolio para expedir la normatividad de las telecomunicaciones.”

La Corte Constitucional, en sentencia de julio 14 de 1994, estimó que la gestión privada del servicio de telefonía celular, mediante la con-cesión, no significa enajenar en favor de los particulares el espectro electromagnético. La gestión y control permanecen confiados al Es-tado, con todas las facultades que aparejan, entre ellas: la asignación y verificación de frecuencias, el otorgamiento de permisos para su uti-lización, la comprobación téC. N.ica de emisiones, el establecimiento de condiciones téC. N.icas de equipos terminales y redes, la detención de irregularidades y perturbaciones, la adopción de medidas tendien-tes a establecer su uso correcto y racional. El derecho Internacional ha aceptado que son también parte del territorio las naves públicas marítimas y aéreas, y las embajadas o sedes diplomáticas.

2.7 TERRITORIOS ESPECIALES: DE LOS INDÍGENAS Y DE LAS NEGRITUDES

El artículo 7º de La Carta Política reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación Colombiana; de este principio surge el reconocimiento del Estado sobre el derecho de propiedad colectiva a las comunidades indígenas que habitan los territorios de los resguar-dos y a las comunidades negras que habitan en las zonas ribereñas de los ríos de la cuenca del Pacífico y en tierras baldías.

El artículo 63 de la Constitución reconoce este derecho territorial

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cuando dispone:

“Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comu-nales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio ar-queológico de la nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables”.

La Constitución reconoce que los territorios indígenas pueden ser go-bernados por consejos conformados y reglamentados según los usos y costumbres de sus propias comunidades. El artículo transitorio 55 de la Constitución abrió el camino para la expedición de la ley 70 de 1993, que reglamenta el modo como el Estado adjudicará a las comu-nidades negras la propiedad colectiva sobre áreas que comprenden las zonas ribereñas de los ríos de la cuenca del Pacífico y las tierras baldías, y crea los Consejos Comunitarios en comunidades negras. Que entre otras funciones se encarga de recibir en propiedad colecti-vas tierras adjudicables.

Pero además del reconocimiento de los derechos de propiedad co-lectiva consagrados en la Carta, el convenio 169 sobre pueblos indí-genas y tribales en países independientes, adoptado en la 76 reunión de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) en Ginebra en 1989, convenio aprobado mediante ley expedida por el Congreso co-lombiano, exige a los Estados que les reconozca a las comunidades indígenas y negras:

1.El derecho de posesión y propiedad sobre las tierras que tra-dicionalmente ocupan.

2.Las reivindicaciones sobre tierras en disputa.

3.El derecho de consultar la explotación de recursos naturales que se encuentren es sus territorios y la participación de comuni-dades en las actividades que se deriven de dicha actividad.

4.El respeto a las modalidades de transmisión de los derechos sobre la tierra y el impedimento de las ocupaciones de ella a per-sonajes ajenos.

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LA POBLACIÓN

CONTENIDO

3. La población3.1. La nacionalidad3.2. La doble nacionalidad3.3. La ciudadanía3.3.1. Qué es ciudadanía

3.4. Los extranjeros en Colombia

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Álvaro Sepúlveda Franco, El Estado y el Individuo

Capít ulo III

OBJETIVO GENERAL•Identificar las características de la población, uno de los elementos del Estado colom-biano.

OBJETIVOS PARTICULARES•Conocer las normas pertinentes sobre la población • Identificar las formas de nacionalidad• La doble nacionalidad• Entender el concepto La ciudadanía• Conocer la situación de los extranjeros en Colombia

CAPÍTULO III

3. LA POBLACIÓN

Otro elemento del Estado es la Población:comunidad de los que viven en ese territorio de acuerdo con el ordenamiento jurídico establecido:

3.1 LA NACIONALIDAD

La nacionalidad es el vínculo jurídico y político que le da a un indivi-duo la categoría de ciudadano de un Estado. Es el derecho a la au-todeterminación de un grupo social con un origen, una historia y un modo de vida comunes que ocupa un territorio determinado. La na-cionalidad es voluntaria y necesaria.La nacionalidad Colombiana se da de dos formas:

Por nacimiento:

a)Los naturales de Colombia, siempre que el padre o la madre hayan sido colombianos naturales o nacionales o que siendo hi-jos de extranjeros alguno de sus padres resida en la República en el momento del nacimiento.

b)También lo son los hijos de padre o madre colombianos que

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hubieren nacido en el extranjero y luego se domiciliaren en la República.

En materia de nacionalidad, la Constitución Colombiana combina los siguientes criterios: iussanguinis, por el hecho de la sangre de los pa-dres, el iussoli, por el hecho del suelo en que se nace, y el iusdomicilii, por el hecho del domicilio que se acoge.

Por adopción:

a)Los extranjeros que soliciten y obtengan Carta de naturaliza-ción, de acuerdo con la ley, la cual establecerá los casos en los cuales se pierde la nacionalidad por adopción.

b) Los latinoamericanos y del Caribe por nacimiento domicilia-dos en Colombia que con autorización del gobierno y de acuer-do con la ley y el principio de reciprocidad pidan ser inscritos como colombianos ante el municipio donde se establecieren.

c)Los miembros de pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos con aplicación del principio de reciprocidad, según tratados públicos

3.2 LA DOBLE NACIONALIDAD

A partir de la Constitución del 9, la calidad de colombiano no se pier-de por el hecho de adquirir otra nacionalidad, pero el nacional colom-biano que posea doble nacionalidad se someterá a la Constitución y a las leyes de la República, si permanece en el territorio patrio. Su ingreso, permanencia y salida del territorio deberá hacerse siempre en calidad de colombiano. La ley 43 de 1993 reglamentó lo referente a la adquisición, renuncia, pérdida y recuperación de la nacionalidad Colombiana

3.3. LA CIUDADANÍA

Definamos en primer lugar quién es un ciudadano: Es el individuo miembro del cuerpo social, que interviene en la formación del go-bierno, que participa en la sanción de la Constitución y de las leyes por medio de sus representantes, que está facultado para controlar

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el desempeño de las funciones públicas y que asume una parte de la responsabilidad que incumbe al pueblo, como titular de la soberanía

3.3.1. ¿QUÉ ES CIUDADANÍA?

Es la condición de los que tienen derechos y deberes de ciudadano de un Estado. No se debe confundir nacionalidad con ciudadanía, pues el primer concepto confiere el goce de los derechos políticos y el se-gundo el ejercicio de ellos; así, una persona nacida en un país será primero nacional de este pero no se le reconocerá la capacidad de ejercer los derechos políticos mientras no tenga la edad convenida por la ley. En Colombia la ciudadanía se otorga a los 18 años; a partir de ese momento se tiene derecho al sufragio, a elegir y ser elegido, y a desempeñar cargos públicos. La ciudadanía se puede suspender por decisión judicial. Según el sociólogo inglés Thomas H. Marshall (1950: DATO PÁGINA), la ciudadanía es una noción que se expresa en que cada individuo, en el marco de una comunidad política determinada, goza de derechos civiles, es decir de libertades individuales; de derechos políticos, es decir de participación política; pero también de derechos sociales al trabajo, la educación, la salud, la vivienda, la recreación y la seguridad social; además de que quien ejerce esa ciudadanía deberá ocuparse de cuestiones públicas y no sólo de asuntos privados.

Por todo lo anterior, es necesario el fortalecimiento de la sociedad ci-vil y el empoderamiento de la ciudadanía, especialmente de las clases populares. Una manera de lograrlo es -junto a la necesaria moviliza-ción y lucha social- accediendo al conocimiento de la amplia gama de derechos consagrados en la Constitución Nacional y en las normas que la desarrollan y reglamentan, con el fin de elevar su exigencia de reconocimiento.

La formación de ciudadanos y ciudadanas de vocación autónoma, en plena actividad, con amplio sentido crítico y espíritu solidario, que practiquen la tolerancia, son elementos básicos para la construcción y sostenimiento de sociedades democráticas. No olvidemos, sin em-bargo, que el gran obstáculo para la formación de esta ciudadanía y el logro de estos objetivos en el plano social, lo encontramos en la desigualdad, la inequidad y la exclusión económica que caracteriza a nuestra sociedad.

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Una forma de superar estos obstáculos es ejerciendo la exigencia de unas condiciones de vida fundamentadas en la dignidad humana. Por eso, este libro, el derecho a exigir nuestros derechos ¿???, nos recuer-da que el Estado social y democrático tiene como fin esencial servir a la comunidad y garantizar la efectividad de los principios que consti-tuyen la esencia de los seres humanos. En consecuencia, las leyes, las instituciones, los procedimientos, los mecanismos de protección y las instancias de participación popular y ciudadana son de enorme valor para la convivencia armónica en comunidades solidarias, pero solo a condición de que estén al servicio de las personas, y no al contrario.

3.4. LOS EXTRANJEROS EN COLOMBIA

El artículo 100 de la Constitución Nacional está dedicado a los ex-tranjeros domiciliados en Colombia. Los extranjeros disfrutaran de los mismos derechos civiles concedidos a los colombianos. La ley podrá subordinar a condiciones especiales o negar el ejercicio de estos en casos especiales de orden público. Asimismo gozarán de las garantías concedidas a los colombianos, salvo condiciones que establezca la ley. Los derechos políticos se reservan a los nacionales, pero la ley podrá conceder el derecho al voto en las elecciones y consultas popu-lares de carácter municipal o Distrital.

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TALLER:

Reunidos en grupos, deben discutir, analizar y responder las siguien-tes preguntas:

¿Un venezolano nacionalizado como colombiano puede ser Juez de la República en Colombia?

¿Un ecuatoriano nacionalizado en Colombia puede ser Presidente de Colombia?

¿Un ciudadano holandés nacionalizado en Colombia puede ser Re-presentante a la Cámara?

¿Un cubano nacionalizado como colombiano puede ser Embajador de Colombia?

¿Qué nacionalidad tiene el hijo de padre alemán y madre francesa nacido en París en la embajada de Colombia en Francia?

¿Un colombiano nacionalizado en Venezuela puede ser llamado como reservista del Ejército colombiano? En caso de guerra, ¿pue-de ser llamado por el Ejército venezolano?

LECTURAS:

Lectura de los artículos 96 a 102 de la Constitución.

DEBATES:

Los estudiantes se organizan por grupos, y discutirán a partir de las

ACTIVIDADES A REALIZAR

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siguientes preguntas:

- ¿Qué conocimiento se tiene y cuál ha sido la posición del Estado colombiano respecto del diferendo limítrofe por aguas marinas y sub-marinas entre Colombia y Venezuela?

- La República de Nicaragua recurrentemente ha reclamado como parte de su territorio el archipiélago de San Andrés. ¿Qué razones ha esgrimido?, ¿Cuáles son los argumentos de Colombia?

- ¿Cuáles han sido las políticas públicas del Estado colombiano en relación con la explotación de los recursos del subsuelo: petróleo, carbón,metales y piedras preciosas?

- ¿Cómo ha manejado el gobierno colombiano la concesión del es-pectro electromagnético, en materia de Telefonía celular, Canales pri-vados de televisión,Noticieros de televisión y Emisoras de F.M.?

- ¿Cuáles son las funciones de la Comisión Nacional de Televisión? ¿Y por qué razón proponen suprimirla?

- ¿Conoce y está de acuerdo con el proceso de adjudicación de un tercer Canal privado de televisión?

CUESTIONARIO:

Los estudiantes lo responden virtualmente en la red.

1.¿Cuántos y cuáles tipos de nacionales existen en Colombia?

2. ¿Cómo se combinan las formas de determinar la nacionalidad en Colombia?

3.¿Cómo se dividen los no nacionales para efectos de obtener la na-cionalidad por adopción?

4. ¿Qué condiciones señala la Constitución para obtener la naciona-lidad por adopción?

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5. ¿En qué consiste la doble nacionalidad?

6. ¿Cómo se trata al colombiano que, en caso de guerra, actúe en contra de los intereses nacionales?,¿Qué pasa si había renunciado a su nacionalidad?

7. ¿Cuáles son los derechos políticos?

8. ¿Cuándo se pierde la ciudadanía? ¿Cuándo se recupera?

9. ¿Qué derechos políticos pueden tener los extranjeros?