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    Capilla y capellanes reales al servicio del reyen Castilla. La evolucin en poca de Juan II

    (1406-1454)1

    Chapels and Royal Chaplain at the Service of the King in Castile.Their evolution during the reign of John II (1406-1454)

    En la Espaa Medieval2008, vol. 31 309-356

    ISSN: 0214-3038

    scar VILLARROEL GONZLEZ

    Universidad Complutense. Madrid

    RESUMENLa Capilla Real fue una institucin eclesistica fundada y regida por la Monarqua castellana para su propioservicio. Muchos de sus miembros destacaron despus como fieles servidores del rey. Se analiza el funcio-namiento y la composicin de la Capilla en poca de Juan II de Castilla.

    Palabras clave: Monarqua, Iglesia, Capilla Real, Capelln Real, concesiones pontificias, Juan II de Castilla,siglo XV

    ABSTRACTThe Royal Chapel was an ecclesiastical institution founded and governed by the Castilian monarchy for itsown service. Many of its members subsequently distinguished themselves as loyal servants of the king. Theworkings and the composition of the Chapel are analyzed during the reign of John II of Castile.

    Key words: Monarchy, Church, Royal Chapel, Royal Chaplain, pontifical concessions, John II of Castile,15th century

    1 El presente trabajo se encuadra dentro del proyecto de investigacin del Ministerio de Educaciny Ciencia H. U. M. 2006-05233. Siglas utilizadas: ASV: Archivio Segreto Vaticano; Reg. Lat.: RegistraLateranensia; A C: Archivo Capitular (se indicar la catedral); AGS: Archivo General de Simancas; A M:Archivo Municipal (se indicar el municipio); BNE: Biblioteca Nacional de Espaa; BibRAH: Biblioteca dela Real Academia de la Historia; A H P: Archivo Histrico Provincial (se indicar la provincia); A C D:Archivo de la Cada Ducal (se indicar en concreto); AVM: Archivo de la Villa de Madrid.

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    La Capilla Real en Castilla tena un especial papel en el contexto bajome-dieval, dado que tena un carcter mixto. Por un lado se trataba de una institucin ple-namente eclesistica, integrada por clrigos y con unas funciones claramente dirigi-

    das al culto divino en el conjunto de la corte castellana. Por otro lado, formaba partedel propio ncleo de la Monarqua, a la que estaba unida pues formaba parte de susservicios, adems de estar sometida a la misma en la cuestin relativa a los nombra-mientos. Esto, que ya ha sido visto con anterioridad2, le otorga un papel especial enel seno de la Iglesia y de la institucin monrquica, puesto que puede ser visto con unelemento intermedio entre ambos poderes. Sin embargo, nada ms lejos de la reali-dad, pues en el fondo, pese a ser un elemento netamente eclesistico, dependa slode la Monarqua (salvo en lo tocante a la jurisdiccin eclesistica, al menos para todoel reinado de Juan II y hasta 1474), inicindose la regulacin ms incipiente ya en las

    Partidas3. De este modo, tanto su organizacin como su funcionamiento dependancompletamente del poder regio, as como los nombramientos y remuneracin de loscargos. Es decir, siendo una institucin netamente eclesistica, los rganos jerrqui-cos de sta no podan influir sobre ella, con lo que es imposible que llegase a ser unafuente de conflicto entre Iglesia y Monarqua. Ahora bien, existi influencia en elsentido contrario, desde la Capilla Real (y la Monarqua, por tanto) hacia la Iglesiacastellana? Como veremos, la respuesta es afirmativa lo que le da una importanciaciertamente relevante en el conjunto de la poltica eclesistica de Juan II.

    Las formas en las que se produjo esa influencia fueron diversas. Por un lado

    sus miembros fueron objeto, en muchas ocasiones, de promociones episcopales apeticin regia, habiendo sido definida como un autntico semillero de eclesisticos alservicio regio4, y como veremos, tambin de los altos cargos de la Iglesia castellana.Esto conllevaba la posible influencia del rey en la jerarqua eclesistica, dado quesolan ser gente con especial fidelidad a su persona. Por otro lado, el modelo de con-ducta que rega en la Capilla, as como las iniciativas de enriquecimiento cultural,fueron un modelo a seguir para el resto de la Iglesia castellana, lo que, en efecto, ocu-rri en ocasiones.

    2 NIETO SORIA, Jos Manuel,: Iglesia y gnesis del Estado moderno en Castilla (1369-1480),Madrid, 1993, p. 375; y con anterioridad el mismo autor en La capilla real castellano-leonesa en el siglo XV:constituciones, nombramientos y quitaciones,Archivos leoneses, 85-86 (1989), pp. 7-54, en concreto pp. 7-8.

    3 Alfonso X,:Las siete partidas, II,IX,3, siempre referir a la edicin:Las siete partidas del rey donAlfonso el Sabio, cotejadas con varios cdices antiguos por la Real Academia de la Historia , Madrid, 1972(ed. facsmil de la de Madrid de 1807).

    4 NIETO SORIA, Jos Manuel,: La capilla real castellano-leonesa..., p. 8.

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    Pero la Capilla Real no era un nico cuerpo y organizacin. Cabe distinguirla Capilla que acompaaba a la Corte de aquellas que estaban radicadas en algunascatedrales castellanas5. Ambas, si bien tenan diversos orgenes, tenan un mismo

    fin: servir al rey. Sin duda la ms importante en el periodo del reinado de Juan II erala de Reyes Nuevos de Toledo, donde estaban enterrados sus padres; pero no era lanica: Burgos, Santiago de Compostela y Sevilla tambin contaban con capilla regia(alguna de ellas incluso permanece en la actualidad)6. Aqu, al tratar sobre los per-sonajes que la componan y sobre la Capilla como institucin, no haremos especialdiferencia entre ellas, puesto que todos ellos tenan una especial relacin con el reyy podan ser objeto de su atencin por los servicios que le prestaban.

    En el presente estudio se tratar de la Capilla Real no como institucin inde-pendiente, sino en sus relaciones con la Monarqua que la cre y a la que serva. Es

    por ello que no se profundizar en los anlisis que ya se han realizado sobre la orga-nizacin de la misma, tanto en las capillas locales como en la de la corte7. Esto esas porque lo que interesa al presente es el vnculo que los capellanes podan tenercon el monarca y su participacin en la poltica castellana. Por ello, tras analizarsomeramente la evolucin anterior de la Capilla Real, se tratar de los capellanesreales en su relacin con la Monarqua, as como la posible influencia que sta pudotener en sus carreras eclesisticas. Previamente se analizarn los posibles intentos deorganizacin de la Capilla por parte de Juan II para su utilizacin poltica por el

    poder regio. Para ello no se har un anlisis individualizado de las capillas locales y

    de la de la corte pues la pertenencia a una capilla u otra no tena tanta importanciacomo la cercana al propio monarca.

    1. LOS ORGENES: LAS DIVERSAS CAPILLAS

    Desde la Alta Edad Media los reyes se rodearon de servidores que atendie-sen las necesidades religiosas de l mismo y de la corte regia. Estos eran servidores

    5 Para una delimitacin entre ambas capillas y la relevancia que podan llegar a tener alguna de ellaspara la Monarqua, vase: NOGALES RINCN, David, Las capillas reales de Reyes Nuevos y de doaCatalina de Lancster en la catedral de Toledo, memoria de investigacin indita, Universidad Complutensede Madrid, 2005. En la actualidad David Nogales realiza su tesis doctoral sobre la Capilla Real en Castilla,por lo que todo lo aqu dicho ser superado, sin duda, en breve.

    6 Para una breve informacin sobre las capillas reales: ALDEA VAQUERO, Quintn (dir.),Diccionario de Historia Eclesistica de Espaa, Madrid, 1988, IV-suplementos, en concreto I, p. 338-339.

    7 Entre los ms recientes cabe destacar alguno de ellos. El ltimo publicado, centrado principal-

    mente en la vertiente musical y su relevante utilizacin poltica es el de CAAS GLVEZ, Francisco dePaula, La msica en la corte de Juan II (1406-1454). Nuevas fuentes para su estudio, Revista de musico-

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    regios pero su misin especfica no quedara reflejada en un texto al menos hasta laBaja Edad Media para que se procediese a su institucionalizacin8. Con Alfonso Xse producira la primera enunciacin de su cometido y especialidad, de forma muy

    bsica, en la Segunda Partida, en concreto en el ttulo IX en su ley tercera. En ellase trata slo del capelln mayor, diciendo:

    ha de ser de los ms honrados et mejores perlados de su tierra (...) debe ser muy letra-do home, et de buen seso, et leal, et de buena vida, et sabidor de uso de la eglesia9.

    Especificaba claramente las razones para ello explicando algunas de lascaractersticas que deba tener10. En primer lugar deba ser letrado, pues deba com-

    prender claramente las escrituras de forma que pudiese explicarlas perfectamente al

    rey y su corte. De buen seso y leal porque deba ser consciente de su responsabi-lidad en el momento de dar confesin o consejo al rey. En este caso indica que l erael principal personaje a quien deba confesarse el monarca, por lo que su figura pare-ce correr aneja a la del confesor real, que posteriormente se separaron. Deba ser de

    buena vida porque l era el responsable de la liturgia y la eucarista en la corte, y deguardar el alma regia, por lo que deba ser de tal forma que el monarca pudiesetomar buen ejemplo de l. Por ltimo deba conocer los usos de la Iglesia porque erael responsable de realizar los actos religiosos en la corte, con lo que deba saber lle-varlos a cabo de forma correcta e incluso perfecta, de forma que fuesen ms prcti-

    cas a los oyentes.

    loga, XXXIII-2 (2000), pp. 367-394; un estudio ms centrado en las distintas capillas y sus orgenes:GARCA ORO, Jos, Las constituciones de los Reyes Catlicos para la Capilla Real de Espaa,Bibliotheca Pontificii Atheneum Antoniniani, 24 (1985), pp. 283-344; en la misma lnea pero ms reciente:NIETO SORIA, Jos Manuel, La capilla real castellano-leonesa.... Con anterioridad se haban realizadovarios estudios. El ms reciente y centrado en la capilla de Reyes Nuevos: HIDALGO LUCERO, Lucio, LaCapilla de los Reyes Nuevos de Toledo. Apuntes histricos y artsticos, Boletn oficial del arzobispado deToledo, 131 (1975), pp. 399-444; bastante ms antiguo y con particular atencin a la vertiente musical y apocas posteriores a las de nuestro estudio: HERNNDEZ ASCUNCE, Leocadio, La Real Capilla espao-la, Revista eclesistica, 4 (1932), pp. 211-218, 259-275 y 534-544. Estudios antiguos: TORTORETI,Vincenzo, Capilla Real con observaciones propias de la del Rei Catholico nuestro seor don Felipe IV elGrande, Madrid, 1630; y el indito de FRASO, Mateo, Tratado de la Capilla Real de los reyes de Espaa,en la Biblioteca de la Villa de Madrid (citado por Garca Oro, Jos, Las constituciones de los ReyesCatlicos..., p. 283). Con ese mismo ttulo conoca Franckenau otra obra que Juan. L. Castrilln identificcon laIlustracin genealgica de D. Alonso Prez de Guzmn el Bueno, patriarca de las Indias con un cat-logo de los patriarcas que ha habido, el origen de esta dignidad y de los Capellanes mayores de los Reyesde Espaa,, de DAZ DEL VALLE Y DE LA PUERTA, lvaro, conservada en la Real Academia de laHistoria: CASTRILLN, Juan L., Don lvaro Daz del Valle y de la Puerta,Boletn de la Real Academiade la Historia, 12 (1888), pp., 471-479, en concreto p. 477.

    8 GARCA ORO, Jos, Las constituciones de los Reyes Catlicos..., p. 285.9 ALFONSO X, Las Siete Partidas, II,IX,3, vol. II, p. 59 de la edicin utilizada.10 Ibdem, pp. 59-60.

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    Tambin se estableca, aunque muy someramente, el agradecimiento que elmonarca deba tener para con l, indicando:

    el rey debe amar et honrar a su capelln, faciendol bien et honra como a home quees su confesor et medianero entre Dios et l, et tiene oficio de guardarlo ms queotro de su casa en aquellas poridades en que el rey debe seer ms guardado11.

    Por ltimo, se indicaba que de la misma manera el capelln deba ponergran atencin en su labor, sobre todo en la de guardar la poridat del monarca, puesen caso contrario incurrira en traicin y se le aplicaran tales penas.

    Como vemos, la legislacin era muy somera, dedicndose principalmente aespecificar cmo deba ser el capelln mayor, siempre teniendo en cuenta y dirigido

    al oficio que deba desempear. Es digno de resea el hecho de la importancia quese concede a su lealtad y el ser persona letrada, debido a la cercana que se le atri-buye. Es decir, ya en ese momento era patente la cercana al monarca que tales per-sonajes podan llegar a tener, por lo que la ley vela por que sean personas adecua-das.

    El hecho de que el texto legal slo hable del capelln mayor no nos debehacer pensar que era el nico personaje que compona la capilla regia, o que estecuerpo era en esos momentos tan pequeo y poco organizado. Como en tantas otrasocasiones, en este caso la ley va por detrs de la realidad, y sin duda para entoncesya deba existir una capilla real formada por ms de un miembro. Esto nos vendraindicado por el propio texto legal, pues hace referencia al capelln mayor, es decirsuperior. Si hay un capelln que es superior, sin duda deba haber unos capellanesordinarios que estuviesen por debajo en rango de aqul a quien se le da una catego-ra superior en dignidad que al resto. Esto nos vendra confirmado por lo hecho

    pocos aos despus por el hijo de Alfonso X, pues ya se refiere a capellanes.As, Sancho IV actu de nuevo sobre la materia que nos atae, reformando

    por un lado lo hecho por su padre, y fundando una capilla real en Toledo. En primerlugar ampli la legislacin de Alfonso X, y otorg a los capellanes la preeminencia

    para recibir beneficios del patronato real, adems de autorizarles a adquirir y here-dar propiedades de realengo, equiparndoles con ello a los hidalgos12. Adems, pro-cedi a fundar una de las ms importantes capillas reales, la de Reyes Viejos enToledo. La primera intencin del monarca era crear all un panten real que acogie-se los restos de su padre, Alfonso X, siendo erigida en la capilla mayor toledanahacia 129513. Esta creacin fue dotada y organizada por su hijo, Fernando IV, quien

    11 Ibdem, p. 60.12 HERNNDEZ ASCUNCE, Leocadio, La real capilla espaola, p. 211.

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    orden que la sirviesen 12 capellanes bajo las rdenes de un Capelln Mayor14.Sobre esta catedral se crearan sucesivamente otras dos capillas reales, que

    haran del templo toledano el principal centro de la capilla real en cuanto al nmero

    de capellanes que all servan. Estas eran la Capilla de Reyes Nuevos, fundada porEnrique II, y la de la reina Catalina, fundada por sta en 1414.El primer monarca de la dinasta Trastmara fund la llamada Capilla de

    Reyes Nuevos el 20 de mayo de 1374, indicando que la formaran 12 capellanes yque estara dotada con 1500 mrs. de juro de heredad asentados en la cabeza de pechode los judos de Toledo15. En 1382 Juan I cambi la organizacin de la misma: elevel nmero de capellanes a 25: 12 para su padre y 13 para su madre. Adems esta-

    bleca que a su muerte el capelln mayor de la misma sera el encargado de presen-tar los candidatos al arzobispo para que nombrase a los nuevos capellanes. ste dis-

    pona de diez das para nombrarlos, si no lo haca sera el mismo capelln mayor elque lo hiciese. ste tendra una quitacin de 2000 mrs. y, una vez muerto el monar-ca, sera nombrado por el cabildo toledano16. No deja de resultar curioso que, elmonarca cediese el nombramiento de los capellanes y del mismo capelln mayor alos miembros de la Iglesia toledana, tanto el arzobispo como el cabildo. Sin dudaesto nos muestra cmo los reyes an no tenan conciencia de su poder en lo ecle-sistico-religioso. Sin embargo esto cambio tan slo tres aos despus, pues Juan Iestableci en su testamento que los capellanes seran elegidos por los monarcas yaceptados por el arzobispo toledano17. Como podremos comprobar con posteriori-

    dad pese al cambio que introdujo el monarca an hubo algn intento por parte dealgn primado para intentar nombrar l a los capellanes reales.La organizacin an tuvo que ser retocada. Primero lo hizo el arzobispo

    toledano Pedro Tenorio, quien dio unas constituciones para ella en 138718. En ellasel arzobispo da noticia de tener delante la carta regia de fundacin, as como unasordenanzas anteriores realizadas por el capelln mayor, relativas a la distribucin delos salarios entre los capellanes en funcin de las misas que dijesen. Los capellanesdebieron quejarse, pues solicitaban tener algn da de vacacin en la semana, lo queles fue concedido al librarles de dos das de misa, as como la forma en la que se les

    daban sus salarios por las misas. Tambin ordenaba que nadie, salvo el capelln

    13 GARCA ORO, Jos, Las constituciones de los Reyes Catlicos..., p. 285.14 HIDALGO LUCERO, Lucio, La real capilla de Reyes Nuevos de Toledo, p. 410.15 Ibdem, p. 402.16 Ibdem, p. 403; citando: Archivo de la Capilla Real, gaveta 14, leg. 1, n 6.17 Ibdem, p. 404; citando: Archivo de la Capilla Real, gaveta 14, leg. 1, n 3.18 SNCHEZ HERRERO, Jos, Concilios provinciales y snodos toledanos de los siglosXIVyXV, La

    Laguna, 1976, p. 54; el documento en: Biblioteca Nacional, ms. 13.029, ff. 1r-6r, publicado por SNCHEZHERRERO, Jos, ibdem, pp. 368-372.

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    mayor, pudiese tener otros beneficios servideros en el arzobispado o en la ciudad,para evitar el absentismo entre ellos. Esto nos denota claramente qu tipo de pro-blemas tena la capilla: absentismo de las misas y de la misma capilla. Con ellas el

    primado buscaba evitar que la Capilla Real fuese un beneficio ms para los capella-nes, con lo que, indudablemente, prestaba servicio a la Monarqua. Cabe preguntar-se, empero, por qu llev a cabo tales constituciones el arzobispo y no el rey.

    De hecho la propia Monarqua lo hara aos despus y a instancias del pro-pio capelln mayor en 139719. Entonces Juan Martnez Melgar solicit a Enrique IIIque cambiase la forma en la que reciba sus ingresos la capilla toledana. Como se hacomentado desde 1382 tena las rentas situadas en la cabeza de pecho de los judostoledanos, lo que, sin duda, se vio afectado por las revueltas contra los hebreos de1391. Desde entonces la capilla haba recibido sus ingresos por medio de libranzas

    regias, lo que haca que se cobrasen tarde y mal. El capelln solicit que se les cam-biasen los 48.400 mrs. que requera la capilla por las tercias reales de diversos arci-prestazgos. El monarca hizo caso a su capelln y orden que se les entregasen enjuro las rentas de los arciprestazgos de Illescas, Canales y Rodillas, tuviesen un valorms alto o ms bajo20.

    An se fundara otra capilla regia en Toledo, el 17 de agosto de 1415 lareina Catalina de Lancster fundaba otra capilla para ella en la misma catedral. Lafund en la misma capilla de Reyes Nuevos, y estara compuesta por 8 capellanes yun capelln mayor, siendo el primero de ellos Pedro Rodrguez de Moya, nombrado

    por ella misma21

    .De esta forma, como hemos podido ver, al iniciarse el reinado de Juan IIexistan una serie de diversas capillas reales de muy distinto origen y funcin. Frentea la capilla de la corte, cuya funcin era el servicio directo al rey y las prcticas litr-gicas de la Corte, con la importancia poltica que podan llegar a tener, se encontra-

    ban las diversas capillas reales de Toledo y otros lugares. stas tenan una funcinprincipalmente religiosa, con la atencin litrgica en las capillas-panteones de losmonarcas castellanos y sus rezos por los monarcas difuntos y reinantes de Castilla(aunque esto en s mismo poda tener un indudable valor de propaganda de la ima-

    gen regia en aquellos lugares cuando el rey no estaba presente).Todo esto implicaba que las distintas personas que tenan la condicin decapellanes reales podan tener orgenes y funciones muy distintas. Esto, a su vez,

    poda tener cierta influencia en el devenir de su carrera eclesistica, pues, en buenalgica, era ms probable que recibiese la atencin regia un capelln de corte que no

    19 HIDALGO LUCERO, Lucio, La real capilla de Reyes Nuevos de Toledo, p. 404.20 El autor cita el albal regio, Archivo de la Real Capilla, Olmos, I, pp. 38-39.21 Ibdem, p. 411. Un trabajo ms exhaustivo de ambas en el trabajo ya mencionado de NOGALES

    RINCN, David,Las capillas reales de Reyes Nuevos y de doa Catalina de Lancster...

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    un capelln de cualquier otra capilla, donde el monarca no sola residir. Lo cierto esque, como podremos observar en el siguiente apartado, Juan II particip de formaactiva en la promocin de sus capellanes, lo que estaba justificado por la actuacin

    de estos a su servicio no slo despus de su promocin, sino tambin antes, mien-tras ejercieron como capellanes reales. Como veremos Juan II llev a cabo una seriede acciones que mejorasen las posibilidades de promocin de sus capellanes, comouna forma de recompensar sus servicios, lo que podemos considerar como una formams de conseguir una mejor organizacin de la misma, puesto que con ello conse-gua una forma de premiarles por medio de beneficios eclesisticos y una mejora ensus carreras.

    2. CAPILLA Y CAPELLANES: LA IMPORTANTE RELACIN CON ELPONTIFICADO ROMANO

    A lo largo del reinado de Juan II se fueron sucediendo una serie de hechosque fueron afectando al devenir de la capilla regia. Como es lgico, se vio afecta-da por los principales problemas que Castilla padeci durante prcticamente todoel reinado. Bien sea por este motivo o por problemas o necesidades de ndole inter-na, en algunas ocasiones el monarca actu para mejorarla o la situacin de sus cape-llanes, adems de intentar conseguir ciertos privilegios que le diesen mayor auto-

    noma e incluso que intentase aumentar la autonoma eclesistica de la Coronabasndose en ella.

    2. 1. LOS CAMBIOS EN LA ORGANIZACIN POLTICO-ECLESISTICA:CONCESIONES PONTIFICIAS

    Durante el extenso reinado de Juan II la Capilla fue cambiando en sus pro-blemas y en su funcionalidad. Como hemos podido ver tanto los monarcas como losarzobispos de Toledo se preocuparon por la organizacin de la misma (estos ltimossobre todo en lo tocante a la capilla toledana, pero sus actos se extendieron segura-mente al resto de las capillas22).

    En un primer momento, durante la minora de edad, la falta de un podercentral fuerte capaz de hacer frente a las usurpaciones provoc, sin duda, que lasnormas que se haban establecido para su organizacin y funcionamiento no se cum-

    pliesen en lo tocante a los nombramientos. Tenemos noticia de al menos un nom-bramiento irregular, que conllev un pleito que lleg hasta Roma. Entre los ltimos

    22 NIETO SORIA, Jos Manuel,Iglesia y gnesis..., p. 375.

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    aos de la minora y los primeros del reinado efectivo de Juan II el arzobispo tole-dano Sancho de Rojas entreg una capellana de la reina Catalina a AlfonsoMartnez de Logrosn, que era capelln de la reina Leonor y bachiller en Artes23. Sin

    embargo, tal capellana pretenda entregarse a Pablo Garca por parte del capellnmayor Pedro Rodrguez de Moya, con lo que el rey estaba de acuerdo. El primado,interpretando que tal entrega no era acorde con los deseos de la reina se la entregal dicho Alfonso Martnez, a lo que el rey no accedi. La negativa del monarca debiser tajante, pues el dicho Alfonso recurri a principios de 1420 al papa para que sele confiriese la dicha capellana. En este caso la situacin en la que se encontrabanlas relaciones entre la Monarqua y el pontificado influyeron seguramente a favordel rey, pues a finales de ao el pleito segua y desde Roma se emiti un mandato alauditor para que, en caso de que se hallase que ninguno de los dos tena derecho al

    beneficio, se entregase a Pablo Garca24. De hecho ni siquiera se mencionaba en lla condicin de capelln de la reina Leonor de Alfonso Martnez. Es probable quetambin influyese el cambio de la situacin poltica para que un servidor de la casaaragonesa se viese desplazado en Castilla.

    Pero el rey tambin actu al comienzo de su reinado para intentar mejorarla situacin en la que se encontraban sus capellanes. Tal vez fuese consciente de loimportantes que podan llegar a ser como personas de su confianza, lo cierto es queles procur ciertos privilegios beneficiales. As, en 1421 solicit al pontfice el quesus capellanes pudiesen disfrutar de sus beneficios sin que residiesen en ellos, inclu-

    so los superiores en jerarqua de las catedrales despus del obispado. Martn V acep-t, ordenando que veinte capellanes pudiesen disfrutar de tal prerrogativa25. Tal vezlos capellanes pensasen que eso ataa tambin a la propia capilla, lo que podramosrelacionar con la peticin que elevaron al papa para reducir la cantidad de misassemanales que deban realizar, de cinco a tres, siempre que el monarca lo aceptase26.Desconocemos si ocurri tal hecho.

    La bula de dispensa para los capellanes debi ser de gran utilidad para estos,e indirectamente para la Monarqua, pues consegua de este modo beneficiar a suscolaboradores. Lo cierto es que la bula fue publicada y utilizada. Al menos en 1423

    se sirvi de ella Pedro Garca de Ezcaray, abad de Covarrubias, quien, adems, eracapelln real27. Gracias a su publicacin y utilizacin, en 1425 sera elevado a la

    23 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, Salamanca, 1966,3 vols., en concreto: II, doc. 606, p. 147.

    24 Ibdem, doc. 618, p. 155.25 ASV,Reg.Lat., 221, ff. 305r-306v.26 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario, II, doc. 645, p. 176.27

    SERRANO Y PINEDA, Luciano, Los conversos don Pablo de Santa Mara y don Alfonso deCartagena. Obispos de Burgos, gobernantes, diplomticos y escritores, Madrid, 1942, en concreto p. 127.

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    sede zamorana, desde donde seguira sirviendo al rey28. El propio Juan II escribi alos cabildos para que fuese aceptada la mencionada bula, as como para certificar laautenticidad de la pertenencia a la capilla de algn clrigo que quera beneficiarse

    de ella. Es el caso de Alfonso Snchez de Valladolid, quien en julio de 1430 presen-t la bula y una carta regia que le certificaba como capelln desde haca ms de cincoaos para poder beneficiarse de los privilegios que otorgaba29. Tal privilegio anseguira siendo utilizado por los capellanes aos despus, as, tenemos constancia deque en 1443 an lo disfrutaba Juan Alfonso de Cuenca, cannigo palentino y abadde Alcal la Real30.

    No fue la nica intervencin de Juan II sobre la Capilla. Otra de las formasde intervencin fue el tratar de conseguir el mayor beneficio posible a los capella-nes, recurriendo para ello al pontificado romano. Esto lo hizo de dos formas: de

    forma colectiva (como haba hecho hasta entonces), pero tambin de forma perso-nalizada para algunos de sus capellanes.As, Diego Fernndez de Vadillo, cannigo de Burgos y capelln regio, reci-

    bi una expectativa de beneficio mayor o menor, gracias a la peticin que el reyhaba llevado a cabo31. Lo mismo ocurri aos despus, en concreto en mayo de1438, cuando Eugenio IV concedi a Juan Carrillo, arcediano de Cuenca, el arce-dianato de Ledesma, por consideracin al rey de Castilla, quien se lo haba solicita-do, y de quien, adems, era capelln32. El papa quera asegurarse que tal concesinse cumpliese segn el deseo regio, pues nombr como ejecutor al den de Cuenca,

    Pedro de Bocanegra, quien tambin era capelln real y activo colaborador regio33.A veces, y sin duda por la situacin poltico-eclesistica internacional, lainiciativa no parti del rey, sino del mismo pontfice. As, en 1436 Eugenio IV escri-

    bi a Juan II informndole que estaba dispuesto a conceder ciertas gracias a los cape-llanes reales, con el fin de que pudiesen obtener expectativas beneficiales y puestosdentro de la Curia pontificia34. Tal concesin pontificia, que debi ser muy atracti-

    28EUBEL, Konrad,Hierarchia catholica medii aevi, Mnster, 1914, 4 vols., en concreto I, p. 539Sobre este personaje vase: VILLARROEL GONZLEZ, scar,Las relaciones Monarqua-Iglesia en poca

    de Juan II de Castilla (1406-1454), Madrid, 2007, tesis doctoral publicada en formato digital por laUniversidad Complutense de Madrid, en concreto pp. 1169-1170.

    29 A C Cuenca, Secretara, Cartas reales, 1430. Est datada en el Real cerca de Garray (Soria) el 12de julio. Tambin existe una copia en: R. A. H., Coleccin Gayoso, ms. 9/5439, f. 345v.

    30 FRANCIA LORENZO, Santiago,Archivo Capitular de Palencia. Catlogo serie II. Actas capitu-lares, Palencia, 1989, 2 vols., en concreto II, p. 189; A C Palencia,Actas Capitulares, libro 10, ff 9r.

    31 ASV,Reg.Lat., 293, ff. 67rv.32 ASV,Reg.Lat., 363, ff. 332v-334r.33 VILLARROEL GONZLEZ, scar,Las relaciones Monarqua-Iglesia, pp. 1191-1193.34 NIETO SORIA, Jos Manuel,Iglesia y gnesis..., p. 379.

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    va a ojos del rey en un momento importante en el contexto del conflicto entre el pon-tificado y el Concilio de Basilea, no fue la nica, y as, el 15 de mayo de ese mismoao Eugenio IV conceda una bulaAd perpetuam rei memoriampor la que conceda

    a 23 capellanes reales (el nombre y cargo de los cuales se indicaba35) que fuesen pre-feridos antes que otras personas a la hora de alcanzar beneficios, aunque eso fueseen contra de cualquier constitucin pontificia o de las catedrales, colegiatas o igle-sias36. Como vemos tal concesin no coincide exactamente con la anunciada por el

    papa, lo que nos hace pensar que probablemente esta fuese aadida a la ya prometi-da. Indudablemente la Capilla Real era una beneficiaria de las concesiones pontifi-cias como repercusin del problema conciliarista, y era utilizada por el pontfice

    para atraerse al rey a sus posiciones. En otras ocasiones la concesin era individual,como en febrero de 1443, cuando el pontfice entreg, aparentemente pormotu pro-

    prio el deanato de Lugo a Juan Garca de Melgosa, por el hecho de ser capelln real,adems le autorizaba a mantener cualquier beneficio que tuviese anteriormente37.Como veremos ms adelante tales concesiones fueron muy numerosas.

    Sin embargo las concesiones tambin tenan su lado menos atractivo, puesel papa, igual que las haba concedido anulando disposiciones anteriores, utiliz elmismo poder para, en ocasiones, anular transitoriamente, o en casos concretos, tales

    privilegios. Es el caso de Juan Martnez de Landares, cannigo de Calahorra, quienconsigui del pontfice la confirmacin de la expectativa de canonicato que tena, eincluso, el privilegio de que ante l no sirviese la prerrogativa que tenan los cape-

    llanes reales para anteponerse en la concesin38.Pero los capellanes no fueron los nicos beneficiados. La propia capilla comoinstitucin tambin recibi diversos privilegios. sta recibi una serie de bulas por lascuales se le hacan diversas concesiones que tienen como caracterstica comn el sig-nificar un refuerzo simblico e ideolgico de la Monarqua y de la propia capilla.

    Desde finales de 1436 podemos ver cmo se produce un cambio paulatinoen la Capilla Real gracias al inters que Juan II mostr por ella. Para entonces, yadeba existir una abundante coleccin de ordenanzas y ordenamientos de diversostipos para la Capilla Real. Juan II se decidi a reordenarla y establecer de forma

    clara unas ordenanzas sobre la forma en que haba de regirse y organizarse la Capilla

    35 Estos eran: Pedro Lpez de Miranda, Sancho Martn, Vasco Lpez, Alfonso Snchez de Jan,Diego Fernndez, Juan Alfonso, Alfonso Martn de Fonte, Juan Alfonso, Juan Vzquez, Juan Rodrguez,Pedro de Cabaas, Martn Fernndez de Vilches, Juan Snchez, Juan Martnez, Juan Gonzlez, Juan Garca,Juan Gonzlez, Francisco Fernndez, Juan Martnez de Villarreal, Garca lvarez, Juan Rodrguez de domi-nabus, Alfonso de Madrigal, y Luis Nez.

    36 A C Toledo, O.5.B.1.3.37 ASV,Reg.Lat., 401, ff. 162r-163v.38 ASV,Reg.Lat., 368, ff. 108v-109r.

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    de la corte. As, en 1436, en el contexto de una reorganizacin de la Casa y Corte,se redactaran las ordenanzas que analiz en su momento Nieto Soria39. En ellas seatendi a: la forma de acceso de los capellanes, faltas y sanciones, aportaciones de

    los capellanes, participacin en los ingresos extraordinarios, oficios religiosos ylabores a realizar, y la organizacin jerrquica. Es digno de resea el que gran partede los captulos se dedicasen a establecer claramente las sanciones en las que pod-an incurrir los capellanes en caso de diversas faltas, lo que podra ser el origen de

    posteriores concesiones pontificias, como veremos.El rey mostr cierta preocupacin por que las personas que entrasen en la

    Capilla tuviesen las cualidades adecuadas, lo que quedara reflejado en dos captu-los de las mismas. En ellos se estableca que los candidatos al ingreso deberan serexaminados por el capelln mayor, o por uno de los ms antiguos si ste no estaba

    presente. Los doctores y maestros en teologa estaran exentos del citado examen.Tambin se denota el inters regio porque los capellanes mantuviesen el secreto delos actos y acuerdos de la Capilla, pues as se estableca en las mismas, quedandofuera del mismo el monarca.

    En 1439 se recibi un privilegio otorgado por Eugenio IV que vena a refor-zar an ms la capilla como rgano autnomo. As, se concedi que en la misma se

    pudiesen celebrar misas aunque el rey no estuviese presente40. El privilegio se refie-re a la Capilla Real de forma genrica, sin embargo, parece lgico pensar que no sediriga a las capillas situadas en diversas catedrales, donde se realizaran desde antes,

    pues el monarca no poda estar en ellas continuamente y su funcin era el celebrarmisas y rezar por el alma de los monarcas difuntos, lo que vena hacindose desde sufundacin sin ninguna queja o contravencin. Es evidente que se dirige a la Capillade la corte, y es ah donde tal concesin es relevante, pues con esto se la estaba dandouna funcin al servicio de la Monarqua independientemente del rey. Esto, que podr-amos relacionar con la transpersonalizacin del poder real41, vena a cimentar uno desus principales servidores en materia religiosa como era la Capilla Real.

    La distincin de la Capilla no se quedara aqu, sino que ira ms all. Enefecto, la preocupacin del monarca en su cuidado se vera continuada menos de

    cuatro aos despus. As, en 1443 reciba del pontfice una concesin que tena una

    39 NIETO SORIA, Jos Manuel, La Capilla Real castellano-leonesa, pp. 11-21, el documentopublicado en pp. 31-44.

    40 VILLARROEL GONZLEZ, scar, El papado y la Monarqua de Juan II de Castilla (1406-1454) en un inventario de documentacin de los Reyes Catlicos, En la Espaa medieval, 23 (2000), pp.137-187, en concreto p. 174, segn un documento del AGS,Estado-Roma, leg. 847, n 84, p. 5; publicado enel citado artculo, p. 182 .

    41 Sobre tal concepto: NIETO SORIA, Jos Manuel, Fundamentos ideolgicos del poder real enCastilla (siglos XIII-XVI), Madrid, 1988, en concreto pp. 168 y ss.

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    notable importancia propagandstica y simblica. Se trataba de una concesin parapoder realizar misas en cualquier lugar, aunque se encontrase el mismo bajo entre-dicho, e incluso para que pudiese hacerlo a campana taida y con las puertas abier-

    tas42. En la misma no se menciona a la Capilla Real; pero no cabe duda que tal con-cesin la afectaba pues era donde el monarca sola escuchar misa y celebrar los ritoslitrgicos. Esta concesin, pues, cabe enmarcarla en el proceso que a lo largo delsiglo XV se fue dando en la Monarqua y que buscaba presentarla con un halo desuperioridad. Tal hecho se plasmaba en su presentacin de forma que el rey queda-

    ba situado por encima de cualquier autoridad en su reino43, llegando en el mismo rei-nado de Juan II a presentar tintes verdaderamente absolutistas44. En este caso nosencontramos ante la elevacin del rey por encima incluso de las normas cannicas.Si Juan II puede celebrar misa incluso en los lugares sobre los que pesa el entredi-

    cho, se est colaborando a situar al mismo por encima de la ley y a distinguirlo delresto de los fieles cristianos y en concreto de sus sbditos. Con ello, adems, se esta-ba ofreciendo una imagen del monarca con tintes de cristiandad, adems de dar unrespaldo litrgico a la institucin regia. ste proceso que se fue dando a lo largo dela Baja Edad Media45, vemos que se aplica aqu tambin a la Capilla. De esta forma,al ser la principal recipiendaria de dicha concesin, quedaba separada del resto delas iglesias del reino y su especificidad recaa en una exaltacin del poder regio.

    Tan slo un ao despus, en 1444, Eugenio IV otorg otro privilegio queparece ahondar en tal separacin. As, conceda al rey que el capelln mayor tuvie-

    se la facultad de castigar a los capellanes46. Acaso se puede relacionar esta conce-sin con el inters que en 1436 se demostr por la disciplina en el seno de la Capilla?Es posible. Sin embargo tal concesin tiene una vertiente mucho ms relevante quela disciplina, pues significa el inicio de un camino que culminara con la creacin deuna autoridad jurisdiccional en el seno de la Corte centrada en la figura del capellnmayor. Este proyecto fue claramente observado para los Reyes Catlicos, quienes en1474 ya obtuvieron la autoridad jurdica del capelln sobre el resto de los capellanesy dems miembros de la capilla47. De este modo, si unimos esta concesin a la

    42 VILLARROEL GONZLEZ, scar, El papado y la Monarqua..., pp. 150 y 171, segn undocumento de AGS,Estado-Roma, leg. 847, n 84, p. 6; publicado en el citado artculo, p. 182 .

    43 NIETO SORIA, Jos Manuel,Fundamentos ideolgicos del poder real..., pp. 112 y ss.44 Del mismo autor: El podero real absoluto de Olmedo (1445) a Ocaa (1469): la Monarqua

    como conflicto,En la Espaa medieval, 21 (1998), pp. 159-228, en concreto: pp. 168-169.45 Del mismo autor: Ceremonias de la realeza. Propaganda y legitimacin en la Castilla Trastmara,

    Madrid, 1993, en concreto: pp. 83-84.46 VILLARROEL GONZLEZ, scar, El papado y la Monarqua..., p. 152, segn un documento

    de AGS,Estado-Roma, leg. 847, n 84, p. 6; publicado en el citado artculo, p. 183.

    47 GARCA ORO, Jos, Las constituciones de los Reyes Catlicos..., pp. 289-290.

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    comentada anteriormente, y otorgada tan slo un ao antes, parece posible afirmarque desde estos momentos se inicia el camino que llevara a la creacin de la auto-ridad eclesistica de la corte en torno al capelln mayor.

    No sera la nica ocasin en la que Juan II obtuvo concesiones para su cape-lln mayor. Tres aos despus, siendo ya pontfice Nicols V, se recibi un nuevoprivilegio por el cual se autorizaba al capelln mayor del rey a portar roquete encualquier lugar, como hacan los obispos48. Se trata de una concesin eminente-mente honorfica y que situaba al citado capelln mayor al mismo nivel que los pre-lados castellanos. Si tenemos en cuenta la importancia de un hecho simblico comoste, todo parece enmarcarse en la citada tendencia a la creacin de una autoridadindependiente de los obispos en el seno de la corte y centrada en aqul.

    De esta manera, observamos como desde 1436 la Monarqua mostr preo-

    cupacin por su Capilla, pero especialmente por el capelln mayor. ste estaba lla-mado a tener una mayor importancia en reinados sucesivos, pero en muchas ocasio-nes demostraron durante el reinado de Juan II estar entre sus principales y ms fie-les servidores, como el caso de Pedro Lpez de Miranda49.

    2. 2. LOS CAPELLANES COMO RECIPIENDARIOS DE LOS PRIVILEGIOS

    Los capellanes reales, por el hecho de serlo, estaban en condiciones de reci-bir una serie de beneficios de gran inters para sus carreras eclesisticas, y que fue-

    ron muy comunes a lo largo de todo el reinado. Estas concesiones, que estaban rela-cionadas con su pertenencia a la Capilla (tal y como se plasmaba en los documen-tos), tuvieron diversa ndole. Por un lado se les dieron diversas dispensas relaciona-das con los beneficios o con su origen, tambin recibieron beneficios y expectativasde los mismos, o fueron preferidos en pleitos, y, por ltimo, tambin recibierondiversos privilegios y concesiones por parte del monarca. Analicmoslos ms dete-nidamente.

    Dispensas

    Las dispensas fueron bastante comunes y las recibieron un gran nmero decapellanes. En ocasiones eran dispensas para poder disfrutar de manera simultnea

    beneficios que, de otro modo, eran incompatibles. Estas concesiones las hemosencontrado de forma bastante comn en miembros de la jerarqua eclesistica de ele-

    48 VILLARROELGONZLEZ, scar, El papado y la Monarqua..., pp. 152 - 153, segn un docu-

    mento de AGS,Estado-Roma, leg. 847, n 84, p. 6; publicado en el citado artculo, p. 183.

    49 El caso de los capellanes mayores se tratar, aunque sea someramente, al final del presente apartado.

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    vado rango, por lo que es ciertamente interesante encontrarlo en clrigos de menorrango pero que, de manera no casual, eran capellanes reales. As, Pablo Garca,cannigo de Toledo, capelln y rector de la iglesia parroquial de Getafe (cerca de

    Madrid), recibi el 16 de mayo de 1420 de manos del papa una dispensa para com-patibilizar ambos beneficios50.Aos despus, en concreto el 27 de mayo de 1430, Pedro de Bocanegra

    reciba tambin una dispensa de incompatibilidad para que pudiese simultanear eldeanato de Cuenca, y los abadengos de Hermides y Santillana del Mar51. En estecaso ya no se trataba de un clrigo de rango menor, sino de uno de los principalescolaboradores del monarca de entre los capellanes y que estaba llamado a seguirsindolo. Algo semejante ocurri con Juan Garca de Melgosa, capelln real en1443, quien, ese ao, recibi el deanato de Lugo junto a la dispensa para poder

    simultanearlo con los canonicatos u otros beneficios, prebendas y dignidades quetuviese anteriormente y que disfrutase hasta ese momento, nombrando conservado-res a los obispos de Astorga y Mondoedo52.

    Tambin hubo dispensas de tipo religioso. En 1422 los capellanes reales deToledo solicitaban al papa que, si el rey lo admita, les permitiese reducir el nmerode misas que estaba obligados a realizar53. El papa lo concedi, pero no sabemos qudecidi Juan II. Hay que tener en cuenta que, segn una constitucin de la Capillaque haba redactado el arzobispo Pedro Tenorio, ya se les haba otorgado dos das devacacin a la semana. En esta ocasin an queran reducir ms su labor, lo que sin

    duda les permitira atender otros negocios o beneficios, aunque esto iba en contra delservicio regio54.Tambin nos encontramos dispensas que les libraban de las lacras de un

    nacimiento ilegtimo, como el caso de Juan Martnez de la Fuente el 3 de abril de1434, clrigo zamorano que para entonces ya era porcionario de Toledo, capelln dereyes viejos y prior de Algaba, por lo que reciba la dispensa para poder recibir otros

    beneficios55. En otro caso, nos hemos encontrado con una indulgencia para poderanexionar diversos beneficios al que ya disfrutaba, tal y como solicit Juan Nez,arcipreste de Madrid y capelln de la reina56. En esta ocasin el papa orden al ofi-

    cial toledano estudiar el asunto y decidir sobre la necesidad del mismo.

    50 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 612, pp. 151-152.51 Ibdem, doc. 813, p. 337.52 ASV,Reg.Lat., 401, ff. 162r-163v.53 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 645, pp. 176-177.54 Sobre tal constitucin vid.supra, apartado 1, nota 17.55 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 876, p. 390.56 ASV,Reg.Lat., 368, ff. 110rv.

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    Tambin recibieron dispensas para poder realizar sus estudios sin que esoafectase a su carrera eclesistica o a los beneficios que ya disfrutaban. Era comnque tales concesiones les permitiesen cobrar todas las rentas de sus beneficios mien-

    tras estuviesen realizando sus estudios en determinados lugares, como el caso deFortn Velzquez de Cullar, quien el 19 de junio de 1426 la reciba para podercobrar ntegramente el canonicato de Sevilla y otros beneficios que disfrutaba mien-tras estuviese estudiando en la Curia57. En otros casos era para que pudiesen acce-der a los diversos grados de una forma especial, concesin que recibi AlfonsoGonzlez, cannigo de Sevilla y bachiller en decretos por Salamanca. ste explica-

    ba que haba estudiado en la citada universidad, pero que no se licenci en los cincoaos prescritos, por lo que solicitaba poder ser examinado para acceder a la licen-ciatura o el doctorado en la corte regia o en Toledo. El papa accedi, pero slo si era

    examinado en la corte del rey58. Esto nos muestra cmo los papas estaban dispues-tos a conceder a los capellanes privilegios que les facilitaban sobremanera el conti-nuar sus estudios, pero tambin en qu grado de estimacin se tena culturalmente lacorte de Juan II y los personajes que en ella estaban (sin tener en cuenta que segu-ramente tambin se trataba de un claro favor y servicio al monarca).

    Por ltimo, tambin recibieron privilegios para poder cobrar sus beneficiossin residir en ellos. Como veremos ms adelante, en este caso hubo algunos espec-ficos para los capellanes, adems de peticiones especiales por parte del rey para per-sonas concretas, y tambin concesiones pontificias sin mediar solicitud alguna. Esta

    cuestin ser analizada posteriormente58

    .

    Concesin de beneficios y expectativas60

    Los capellanes tambin se vieron favorecidos en materia beneficial por elmero hecho de pertenecer a la Capilla, sin que mediase una peticin regia. Esto nosviene a mostrar en qu manera el pontfice poda acceder a las peticiones de los cape-llanes, o bien realizarlos pormotu proprio, como una forma de favorecer a los servi-dores regios (lo que repercutira sin duda en las relaciones entre ambos poderes).

    Es digno de resea el que tales concesiones comiencen a hacerse presentessobre todo desde 1432. Acaso formaban parte de la estrategia pontificia para atraer-se a Juan II a su causa frente al Concilio de Basilea?, todo parece indicar que s. Deesta manera las concesiones pontificias sin peticin expresa he comenzado a

    57 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 736, p. 286.58 Ibdem, doc. 898, p. 407.59 Vid. infra apartado 3.3.60

    En este apartado analizaremos slo las concesiones de que fueron objeto sin mediar el rey, dadoque estas sern analizadas en su conjunto posteriormente.

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    documentarlas el 23 de octubre de 1432, cuando Alfonso Martnez de Toledo, cape-lln de Reyes Viejos y arcipreste de Talavera, recibi la confirmacin pontificia dela entrega de una racin en Toledo61. Es digno de mencin el hecho de que Alfonso

    Martnez de Toledo, autor deEl corbacho, haba recibido aos atrs el arciprestaz-go por peticin regia62. Esto vendra a confirmar lo expuesto anteriormente, pues deeste modo el pontfice premiaba a un capelln por quien el rey haba manifestado suinters anteriormente, con lo que al monarca no pasara desapercibida tal accin.

    Juan Rodrguez de Camargo recibi en 1437 las porciones que en Toledohaba tenido Sancho Fernndez de Illescas, arcediano que fue de Molina, en estecaso a peticin propia y porque, segn afirmaba, era capelln real63. De nuevo sin

    peticin alguna, Eugenio IV concedi a Pedro Garca de Huete los beneficios que enSigenza haba tenido Alfonso Carrillo de Albornoz64. Tambin los familiares de

    antiguos colaboradores regios y pontificios fueron recipiendarios de las graciaspapales. Es el caso de Alfonso de Contreras, capelln real y sobrino de quien fuearzobispo de Toledo, Juan Martnez Contreras65. ste recibi a peticin propia cier-tos beneficios y prestimonios que haba tenido en Palencia Gome de Ferrera, capellny aclito pontificio66. Es digno de mencin el hecho de que se mencione que, tras sercapelln desde haca muchos aos no haba alcanzado ningn beneficio, as como la

    buena memoria que de su to se guardaba67. Sin duda, ambas fueron razones de pesopara la concesin de las porciones.

    No slo se entregaban beneficios menores. En 1443, en concreto el 22 de

    febrero, Juan Garca Melgosa reciba de manos de Eugenio IV el deanato de Lugo,adems de la dispensa para mantener los beneficios que anteriormente tuviese y queya se ha comentado68. El deanato tena un valor de 240 libras, es decir, superior inclu-so al de algn obispado, como Badajoz. El propio papa indicaba que se lo conceda porser capelln real. Esto hace que perfectamente podamos contar esta concesin entre lasrecompensas del pontificado por la colaboracin prestada en el concilio basiliense por

    61 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 850, p. 369.62 BELTRN DE HEREDIA, Vicente, Cartulario de la Universidad de Salamanca, Salamanca,

    1970, 2 vols., en concreto I, p. 566.63 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 919, p. 422.64 ASV,Reg.Lat., 360, ff. 258r-159r, aunque en este caso nos cabe la duda de si Pedro Garca era ya

    por entonces capelln real.65 ste particip en el Concilio de Pavia-Siena, donde actu en defensa del pontificado. Sobre su

    actuacin: VILLARROEL GONZLEZ, scar, Castilla y el Concilio de Siena (1423-1424): la embajada

    regia y su actuacin,En la Espaa Medieval, 30 (2007), pp. 131-172, psim.66 ASV,Reg. Lat., 368, ff. 108v-109r.67 Parece evidente la relacin con sus servicios en el Concilio.68 ASV,Reg.Lat., 401, ff. 218r-219r.

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    el monarca. Tambin es digno de mencin el que el papa comunicase que se habareservado todos los beneficios mayores de cada obispado, caso del deanato en Lugo.Lo mismo ocurri en Ciudad Rodrigo, donde Nicols V entreg el deanato a Pedro

    Gonzlez de Ocaa el 6 de diciembre de 1448 por las mismas razones (haberse reser-vado los beneficios mayores, as como el que fuese capelln real)69.En otros casos el pontfice tambin aprovechaba para compensar servicios

    prestados. As, Juan Garca recibi el 7 de febrero de 1445 un canonicato en Palenciapor su condicin de capelln real y por los aos que haba servido en la Curia romana70.

    Tambin eran favorecidos en caso de que se diesen pleitos sobre los benefi-cios. En unos casos por denuncia de los propios capellanes. As, Rodrigo Daz deTeyxero, capelln y tesorero de Orense, denunci al arcediano de Ledesma, Diego deMontserrat, porque, segn Rodrigo, llevaba vida conyugal con una hermana suya,

    solicitaba por ello que se le entregase a l el citado arcedianato71. El papa orden alarcediano de Camaces, al escolar y al oficial de Salamanca que investigasen el caso,y que si era cierto que le entregasen el arcedianato al citado Rodrigo Daz. En otroscasos el pleito era incoado contra ellos, pero sus actos ilegales no impedan el queluego se les entregasen los beneficios, como ocurri a Arias Daz, quien ocup inde-

    bidamente un canonicato y ciertas prebendas en Crdoba, por lo que su legtimoposesor Rodrigo de Vergara recurri a Roma. Aunque all se fall contra el capellnreal, ste recurri; pero antes de que el segundo auditor diese su sentencia definitivaRodrigo de Vergara renunci al canonicato y las prebendas. Tras esto el papa decidi

    entregrselas al capelln, levantndole las sanciones en las que haba incurrido72.Por ltimo, el pontificado tambin recurri a la entrega de expectativas debeneficios a los capellanes reales. En estos casos el pontfice no tena empacho algu-no en conceder que fuese incluso un beneficio mayor como un deanato; pero tambin

    poda quedarse en la concesin de una dignidad menor. Un ejemplo del primer caso loencontramos en la concesin de Nicols V a Diego de Durango, cannigo palentino ycapelln regio, de una expectativa de beneficio en Osma, aunque fuese el deanato ocualquier otra prebenda73. El mismo documento nos informa de que ya haba recibidode la misma manera el canonicato en Palencia, as como de que se nombraba conser-

    vadores de la misma al arcediano de Aza y a los abades de Covarrubias y San Pedrode Gumiel de Izn, lo que no era superfluo pues en ocasiones las expectativas no lle-gaban a cumplirse. Ejemplo del segundo caso lo encontramos en la persona de Alfonso

    69 ASV,Reg.Lat., 447, ff. 141r-142v.70 ASV,Reg.Lat., 420, ff. 303v-304v.71 ASV, Reg. Lat., 447, ff. 34r-35v: eius sororem carnalem ex qua pro levi procreavit carnaliter

    cognoscere.72 ASV,Reg.Lat., 487A, ff. 107r-108v.73 ASV,Reg.Lat., 488, ff. 42v-45r.

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    Martnez de Burguillos, capelln de Reyes Viejos, arcipreste de Canales y porcionariotoledano, a quien se le autoriz a tener otra dignidad como la que ya tena, y el que la

    permutase antes de un ao74.

    Pero los capellanes no slo recibieron beneficios eclesisticos de manos delpontfice. En ocasiones los cabildos catedralicios o los prelados tambin se avinie-ron a entregar algunos a capellanes reales. Dado que mencionaban el hecho de quelo eran, todo parece indicar que esto pes en tal decisin. As, en 1433 tenemos noti-cia de la colacin del arcedianato de Palenzuela y el canonicato burgals anexo por

    parte del obispo Pablo de Santa Mara en la persona de Juan Lpez de Castro, queya era cannigo de Toledo y capelln regio75. En este caso se daba adems el hechode que tales beneficios haban sido renunciados por Pedro Lpez de Miranda, porentonces ya capelln mayor del rey76. De este modo, un antiguo capelln real como

    lo era el obispo burgals, entregaba unos importantes beneficios resignados por elcapelln mayor del rey, a otro capelln. Corporativismo?, tal vez, pero no pareceposible dudar de que el hecho de que Juan Lpez fuese capelln tuvo gran impor-tancia en la entrega de los beneficios.

    El mismo caso nos encontramos en la concesin de dos canonicatos porparte del cabildo de Palencia el 30 de diciembre de 1447. Ese da se hizo colacinde una canonja a Pedro de Vega, capelln real77, y otra a Velasco Sedeo78. Sobreste ltimo cabe alguna duda. Sabemos que fue capelln del obispo Pedro deCastilla79, (que en el momento de la colacin era prelado palentino), y que despus

    pas a serlo del rey, a quien solicit alguna concesin bajo tal pretexto en 144580;pero desconocemos si en este momento segua sindolo. Acaso podemos relacionartal peticin dos aos antes con la concesin del canonicato? Parece probable.

    La preferencia en pleitos como forma de privilegio

    Los beneficios que podan recibir los capellanes por su pertenencia a lacapilla no se limitaban tan slo al otorgamiento directo de ciertos cargos y dignida-

    74 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 650, p. 214.75 SERRANO Y PINEDA, Luciano,Los conversos don Pablo de Santa Mara Obispos de Burgos,

    gobernantes, diplomticos y escritores, Madrid, 1942, p. 104.76 Ya lo era al menos desde 1427: BN, ms. 23, ff. 227r - 228v; tambin en: A M Murcia, Cartas anti-

    guas y modernas, VI-2; documento publicado en: J. Abelln Prez, Coleccin de documentos para la Historiadel Reino de Murcia. Documentos de Juan II, vol. 15 de la coleccin, Murcia-Cdiz, 1984, pp. 353-356.

    77 FRANCIA LORENZO, Santiago, Archivo Capitular de Palencia, p. 273; A C Palencia, ActasCapitulares, libro 15, f. 1v.

    78 dem.79 Ibdem, p. 175; A C Palencia,Actas Capitulares, libro 9, ff 45r.80 AGS,Estado-Castilla, leg. 1-1, f. 3.

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    des eclesisticas por peticin propia o por actuacin del pontificado. La pertenenciaa la Capilla poda resultar de gran utilidad en caso de que llegase a la Curia romanaun pleito en el que estuviese implicado un capelln. Esta colaboracin pontificia con

    los capellanes poda darse de dos maneras distintas: la aceptacin de la entrega alcapelln del beneficio en disputa en caso de duda sobre el derecho al mismo deambos contendientes, o bien por la entrega al capelln del mismo en los casos en elque el capelln haba denunciado al poseedor por actos indebidos.

    Un ejemplo del primer caso lo encontramos en Alfonso Martnez deBurguillos. ste, el 15 de junio de 1423, solicit al papa que en el pleito que habaen curia entre l y Fernando Snchez de Huete por la tesorera de Toledo se le pre-firiese a l en vez de al dicho Fernando. El papa accedi, y orden al auditor que, encaso de que se demostrase que ninguno tena mayor derecho al beneficio que otro,

    se le entregase a ste, que era capelln de Reyes Viejos81

    . Tres aos despus PedroRamrez se encontrara en un caso parecido. A mediados de ao el arzobispo JuanMartnez Contreras intent entregarle el arcedianato de Madrid, ante lo que encon-tr la resistencia de Juan lvarez de Toledo, maestrescuela toledano82. Acaso nosencontramos ante un ejemplo del resquemor que el maestrescuela poda tener alarzobispo por su nombramiento como primado haca cinco aos?, es posible81. Locierto es que el asunto acab en Roma. All se recibi una peticin del posesor delarcedianato para que se le entregase a Pedro Ramrez y no a Juan lvarez, a lo queel pontfice respondi afirmativamente84. Todo parece indicar que en este caso la

    recomendacin del arzobispo toledano, colaborador pontificio85, as como su perte-nencia a la Capilla, pudo ser decisivo.Otras veces, en cambio, los capellanes se vieron favorecidos en otro tipo de

    pleitos, como es el caso de los que se interpusieron contra beneficiados que se impo-nan desde Roma. En ocasiones nos hemos encontrado con acusaciones por parte dediversos clrigos contra otros por conductas incorrectas para su cargo, solicitandoque se les entregasen a los denunciantes los citados beneficios. En dos ocasioneshemos podido encontrar a capellanes involucrados en este tipo de pleitos, en un caso

    81 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 676, p. 237.82 Ibdem, doc. 765, p. 306.83 Juan lvarez de Toledo contaba, segn las crnicas, con el apoyo del cabildo para ser electo arzo-

    bispo a la muerte de Sancho de Rojas, pero el rey intervino e influy en el cabildo para que eligiesen al porentonces den, Juan Martnez Contreras, vase VILLARROEL GONZLEZ, scar, Las intervencionesregias en las elecciones episcopales en el reinado de Juan II de Castilla (14061454). El caso de los arzobis-pos de Toledo, Anuario de Estudios Medievales, 31/1 (2001), pp. 147190, en concreto: pp. 164-169; yVILLARROEL GONZLEZ, scar,Las relaciones entre la Monarqua y el Arzobispado de Toledo en poca

    de Juan II de Castilla (1406-1454), Toledo, 2003, pp. 30-37.84 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 777, p. 315.85 Vid.supra, p. 303 y nota 65.

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    como denunciado y en otro como denunciante. En el primer caso, Fortn Velzquezde Cullar fue denunciado a mediados de 1434 por Fernando lvarez de Quiones(aunque el documento slo indica que era hijo de noble y de 22 aos, podemos sos-

    pechar que perteneca a esa importante familia) de haber utilizado documentos fal-sos para conseguir ciertos beneficios en Oviedo, por lo que solicitaba que se le entre-gasen a l los mismos86. El pontfice orden que se hiciese una investigacin, peroo no fue estimada la denuncia o se detuvo el caso. Fortn Velzquez, que hasta haca

    poco haba sido capelln mayor del rey, debi acudir a la Curia para defender susderechos, y all no slo no se le priv de sus beneficios ovetenses sino que vio incre-mentados los mismos con el deanato segoviano y una canonja en vila, pudiendoretener para ello el arcedianato de Cullar, el canonicato ovetense y otros prestimo-nios que tena en Oviedo, Segovia y Cartagena87.

    En el caso contrario se encontr aos despus Rodrigo Daz de Teyxero,quien en 1448 denunci ante el pontfice a Diego de Montserrat, arcediano deLedesma (como ya hemos visto anteriormente88) por llevar una vida escandalosa. El24 de septiembre el pontfice orden que se investigase el caso y que, en caso de quefuese cierto lo expuesto por el capelln real, se le entregase a l la citada prebenda,tal y como haba solicitado89. Efectivamente, sin que sepamos la sentencia que sedio, poco despus Rodrigo Daz de Teyxero aparece mencionado como arcediano deLedesma90.

    Otras concesiones pontificias

    Tambin se han encontrado otro tipo de indulgencias de menor entidad quefueron otorgadas a los capellanes reales. Estas son de tipo muy diverso. El 4 defebrero de 1448 Rodrigo Garca, capelln real y tesorero de Crdoba, reciba demanos del papa una bula por la que se le perdonaban sus pecados91. Otra dispensatambin de tipo religioso era la otorgada a Alfonso Martnez de Burguillos el 3 deabril de 1434, por el que se le dispensaba de su defecto de nacimiento92. ste tena,sin embargo, mayor utilidad crematstica, pues estaba enfocado a la consecucin por

    el capelln de nuevos beneficios. O las dispensas y prerrogativas diversas que se

    86 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 881, p. 393.87 Ibdem, doc. 896, p. 406.88 Vid. supra, p, 304.89 ASV,Reg.Lat., 447, ff. 34r-35v.90 AGS,Patronato Real, leg. 61, f. 134.91 ASV,Reg.Lat., 447, f. 296r.

    92 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 876, p. 390.

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    concedieron a Alfonso de Sols, cannigo de Salamanca y capelln regio el 19 deagosto de 143693.

    El mismo sentido tiene la concesin realizada a Juan Nez, capelln de la

    reina y arcipreste de Madrid, el 29 de agosto de 144094. En ella se ordenaba realizaruna investigacin al oficial toledano para justificar la anexin de beneficios al arci-

    prestazgo que haba solicitado Juan Nez. Su condicin de capelln fue funda-mental para ser atendido, pues la peticin haba partido de l mismo, pero se hizo

    por consideracin a la reina.

    Las compensaciones obtenidas en Castilla

    Adems de los privilegios que pudieron recibir desde Roma, los capellanes

    reales tambin se vieron beneficiados en Castilla por su condicin de tales. Como yase ha comentado, en las mismasPartidas se indicaba que el monarca deba ser agra-decido y generoso con sus capellanes95. Este cuidado que Juan II demostr no sellev a cabo exclusivamente por medio de la promocin eclesistica, sino que enocasiones tambin lo fue por medio de la concesin de privilegios regios o la pro-teccin de los mismos. Tambin se vieron beneficiados indirectamente por su posi-cin como veremos, pues su reputacin como capellanes poda llevar a terceras per-sonas a solicitar para ellos ciertos privilegios o a actuar a su favor.

    De este modo, podemos encontrarnos con que el rey, igual que ocurra con

    las peticiones de ciertos nobles o personas a su servicio, tambin estaba dispuesto aatender a las de sus capellanes. As, el 15 de marzo de 1428 Juan Martnez deToledo, capelln regio y abad de Covarrubias, recibi el traspaso de 1.000 mrs. queGonzalo Gmez de Artacho tena situados en las alcabalas del vino de Covarrubias.Como era un traspaso de rentas regias, tena que ser aprobado por el monarca, lo queJuan II llev a cabo el da 22 del mismo mes, ordenando a los contadores mayoresque lo asentasen en sus libros y otorgasen el privilegio necesario96.

    En otras ocasiones fue el mismo monarca el que decidi realizar una dona-cin en maravedes a los miembros de su Capilla. Es el caso de la concesin hecha

    el 17 de diciembre de 1452 por la que el monarca conceda a los capellanes de laVisitacin en la catedral de Burgos un total de 3000 mrs. situados en las alcabalasdel hospital del emperador97.

    93 ASV,Reg. Vat., 365, ff. 87r-88v.94 ASV,Reg.Lat., 368, ff. 110rv.95 Vid. supra, p.290, cfr.Las siete partidas del rey don Alfonso el Sabio..., II, p. 60.96 A C Burgos, Volmenes, 69, parte 1, f. 208r-213r.97 AGS,Escribana Mayor de Rentas, Mercedes y Privilegios, leg. 3, n 39.

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    En otras ocasiones la accin regia tuvo su origen en la peticin de los pro-pios capellanes para que acudiese a defender los derechos que tenan concedidos.As, el 20 de junio de 1429 Juan II, a peticin del ya mencionado Juan Martnez de

    Toledo, accedi a confirmar los privilegios que los abades de Covarrubias tenanconcedidos por sus antepasados, remontndose hasta Alfonso XI98. Ese mismo da,y tambin a peticin del abad, accedi a realizar una investigacin para averiguar aquin corresponda la posesin de la escribana de Covarrubias, sta demostr que

    perteneca al abad, por lo que el monarca le expidi privilegio sobre tal tenor99.Pedro Garca de Huete tambin tuvo que recurrir al monarca para defender

    alguno de los privilegios de los que gozaba. As, en 1453 se quej ante el rey de quealgunas personas del almojarifazgo de Sevilla no le dejaban gozar de la libertad quelos anteriores priores haban tenido para poder introducir en Sevilla vino y lino y

    otras mercancas procedentes del priorazgo de Aracena sin que tuviesen por ello quepagar ningn tipo de exaccin (tales como ruedas, barcajes, pontajes, portazgo oalmojarifazgo). El monarca orden hacer pesquisa sobre ello a Alfonso Fernndez,fiel ejecutor del concejo hispalense. ste la llev a cabo y la remiti a la corte, dondeel rey orden que la estudiasen sus contadores, quienes opinaron que ciertamentequedaba probado que los citados priores de Aracena haban actuado as siempre poruso y costumbre. As, el 27 de septiembre, Juan II acept tales hechos y orden quese le diese el privilegio necesario para que tal uso siguiese en prctica y para que losarrendadores del almojarifazgo lo respetasen100.

    En otras ocasiones los capellanes se vieron beneficiados sin que intervinie-se el rey. Sin duda tal hecho era relevante, pues las personas que actuaban a su favorpodan contar con el agradecimiento regio o, al menos, con que no actuara contraellos. As, podemos encontrarnos con que se solicitaban diversas cuestiones a favorde los capellanes. Esto lo hemos podido observar en el mbito religioso, pero tam-

    bin en el laico. Es el caso de Fernando Ruiz de Aguayo, capelln real y chantre deCrdoba, quien, desde que fuese nombrado capelln real por Juan II en 1430101,haba actuado al servicio regio numerosas veces en la frontera. Eso origin que el 11de octubre de 1439 el cabildo cordobs escribiese seis cartas dirigidas a diversas per-

    sonas (un obispo desconocido, el cardenal Juan de Cervantes, el adelantado DiegoManrique, el almirante de Castilla, el conde de Haro y el conde de Ledesma) paraque intercediesen a favor del dicho chantre para que el monarca le entregase el cas-tillo de Belmez (ya que ellos haban escrito solicitndole tal privilegio), pues sin ltena muy difcil la gobernacin de las tierras que lo rodeaban que eran de su pro-

    98 A C Burgos, Volmenes, parte 1, ff. 251 - 323.99 A C Burgos, Volmenes, parte 1, f. 129100

    AGS,Escribana Mayor de Rentas, Mercedes y Privilegios, leg. 3, n 2.101 A C Crdoba, Caj. JHS, n 410.

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    piedad102. Desconocemos si el monarca finalmente accedi a la peticin; pero lointeresante es ver cmo el cabildo se moviliz para intentar conseguirlo, solicitn-doselo al rey y pidiendo colaboracin a los grandes del reino. Tambin es digno de

    resea el hecho de que el capelln hubiese actuado al servicio regio en la frontera.Por ltimo, tambin hubo alguna ocasin en la que podemos sospechar queun capelln real haca gala de tal hecho para intentar conseguir algo positivo parasus intereses. Es el caso de fray Martn de Sevilla. ste fue capelln real en Toledo,apareciendo como tal ya en 1422103. All, ya con Juan Martnez Contreras comoarzobispo de Toledo, actu como procurador nombrado por el primado104. En algnmomento debi abandonar la Capilla, y retirarse al monasterio de Monsalud. Allaparece en 1447, como un fraile ms, cuando fue nombrado procurador del conven-to por el abad para defender los derechos del monasterio en un pleito con algunos

    vecinos de Alcocer por los diezmos de Salmern de Yuso105. Es interesante notar queen el documento se especifica claramente que Martn de Sevilla haba sido capellnreal. El pleito fue visto por Nicols Martnez de la Campana, arcediano de Minory cannigo de Cuenca, en quien haba delegado el obispo Barrientos, quien dio sen-tencia favorable al cenobio y oblig a pagar 42 almudes de pan a los dichos vecinosde Alcocer. Acaso el abad deleg en el fraile por el hecho de haber sido haca msde veinte aos capelln real? Es evidente que eso poda influir en el juez, ms ancuando este era provisor en lo temporal y en lo espiritual del obispo Barrientos, nti-mo colaborador regio. Tal vez la sentencia fuese justa, pero siempre cabe pensar que

    en caso contrario la presencia de un capelln real pudiese ser influyente en el caso,tal y como parece evidenciar el hecho de que el abad delegase en un fraile sencillola representacin del monasterio, y que su condicin sea reflejada expresamente enlos testimonios que recoge la documentacin.

    3. LOS CAPELLANES REALES

    Indudablemente los capellanes reales eran, ante todo, clrigos; pero sin

    duda la principal caracterstica que tenan como tales, e incluso como personajes enla Castilla del siglo XV, era su participacin en el servicio regio. El nmero de los

    102 A C Crdoba, Caj. JHS, n 400; NIETO CUMPLIDO, Jos Manuel, Corpus medievale, (obraindita para este periodo, agradezco al autor el haberme permitido la consulta de su obra, conservada en elArchivo Capitular Cordobs), 1439; el documento no lleva data y sta es supuesta, creemos que acertada-mente, por Nieto Cumplido.

    103 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 645, p. 176 - 177.104 BibRAH, Salazar y Castro, 9/1087, f. 113r y v.105 A H P Cuenca, Clero, 3/1 (antesDesamortizacin, 298).

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    capellanes que hemos encontrado en la muy diversa documentacin consultada(tanto en tipologa como en procedencia) se eleva hasta ochenta y siete para el rei-nado de Juan II. Sin duda es una cifra elevada para los 48 aos que ste dur; pero

    sta no es una cifra ni exhaustiva ni definitiva. Esto es as porque no se ha intenta-do conseguir una nmina exacta y completa de todos los capellanes reales. Es muyprobable que un anlisis ms exhaustivo de las quitaciones regias conservadas tantode Juan II como de su hijo Enrique IV aadira ms nombres a la lista, as comoalguno de los archivos de las capillas que an se conservan; pero como ya se hacomentado no es el inters del presente trabajo y apartado hacer un estudio espec-fico sobre la Capilla Real, lo que, sin duda, merecera una Tesis completa106.

    Sin embargo, el nmero de los capellanes localizados pensamos que es losuficientemente amplio como para que su estudio y anlisis nos permita sacar unas

    conclusiones que podamos considerar como vlidas. No analizaremos, tampoco, loscapellanes de uno en uno pues, adems de resultar una tarea poco prctica y una lec-tura poco entretenida, es ms til hacer un anlisis de las distintas condiciones quereunan estos capellanes, de forma que podamos saber as cules eran sus orgenes

    preferentes, su nivel cultural (en caso de que se conozca). Sin duda esto influy ensu participacin en el servicio regio, lo que ser tratado tambin, as como la formaen la que llegaron a la Capilla y con ello al servicio regio: eran familiares de algngrande?, influy esto en su posterior carrera poltico-eclesistica?, y en su cola-

    boracin con el monarca? A todo esto intentaremos dar cumplida respuesta en los

    siguientes epgrafes.

    3. 1. LOS ORGENES CULTURALES

    Los capellanes reales no tenan un origen determinado, en principio cual-quier persona poda entrar al servicio real en la Capilla, incluso para alguno de los

    puestos no pareca necesario siquiera ser eclesistico. Sin embargo, dada la especialcaracterstica de la institucin podemos pensar que el monarca buscara una especialformacin. La legislacin de las partidas especificaba claramente que el capelln

    mayor deba ser muy letrado () e sabidor de las cosas de la Iglesia, sin embar-go nada sabemos sobre el resto de los capellanes. Las constituciones de 1436 espe-cificaban cmo haba de examinarse a los aspirante, indicaba que los doctores ymaestros en teologa estaran exentos de tal examen107. Es decir, no haca falta serdoctor para poder serlo. Pero, qu nivel de estudios tenan los capellanes?

    106 Como ya he indicado, en la actualidad David Nogales Rincn realiza su tesis sobre esta cuestinen el Departamento de Historia Medieval de la Universidad Complutense de Madrid.

    107 Captulo I de las mismas: NIETO SORIA, Jos Manuel, La Capilla Real castellano-leonesa, p. 33.

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    No tenemos datos fehacientes sobre todos los capellanes reales del reinadode Juan II, lo que, sin duda, dificulta un estudio estadstico completo y profundo delos personajes que formaron parte de ella a lo largo del extenso reinado. Sin embar-

    go, los datos de los que disponemos s nos permiten llevar a cabo un anlisis de lasituacin de los mismos lo suficientemente amplio como para que los resultadospuedan ser aceptados como hiptesis de trabajo, que posteriormente ser utilizada alo largo del resto de epgrafes y apartados para un anlisis poltico de la capilla108.

    No poseemos datos directos o indirectos de todos los capellanes en cuantoa los estudios que cursaron. En concreto, solo de 56 de los 87 que componen lanmina podemos saber o suponer que tuvieron algn estudio o ttulo universitario.De entre ellos, slo de 23 tenemos datos concretos de los estudios que cursaron, nor-malmente del grado que alcanzaron, en muchas ocasiones de las materias en las que

    eran especialistas y en algn caso de los lugares donde estudiaron. De otros ocho nosabemos nada en concreto, pero dados los puestos que llegaron a ocupar en la admi-nistracin regia, as como las labores que desempearon al servicio del monarca, noshacen sospechar que efectivamente deban tener unos amplios estudios que las fuen-tes no nos han transmitido. De otros 15 capellanes podemos sospechar que no tenanningn tipo de formacin ms all de unos estudios bsicos, es decir, sin llegar atener el ttulo de bachiller, gracias a un documento conservado en la catedral tole-dana, el cual nos lleva a pensar de esta manera109. Esto es as pues en l se enume-ran los capellanes reales, comenzando por el capelln mayor Pedro Lpez de

    Miranda, y a lo largo del documento se van enunciando sus cargos (cannigos, aba-des, provisores, priores...) y estudios (licenciado, bachiller o doctor). Sin embargoen un total de 15 de los 23 no se indica ninguna titulacin, lo que nos puede hacersospechar que en ese momento no la tenan. Sin embargo, de dos de esos 15, juntoa otros 10 de los que no hay datos concretos, podemos sospechar tambin que tuvie-ron algn tipo de formacin por los cargos eclesisticos que llegaron a desempeary que suponan, normalmente, tener al menos el grado de bachiller o licenciado, talescomo los cargos de tesorero o den, e incluso algn capelln mayor del rey o dealguna de las capillas, como Reyes Nuevos o de la reina Catalina.

    En resumen110

    , se puede establecer que:

    108 No los citar mientras los trate de manera estadstica, y s lo har cuando me refiera a datos concretos.109 A C Toledo, O.5.B.1.3. Seguramente los capellanes que se citan en el documento son integrantes

    de la capilla de corte, pues es mencionado como capelln mayor Pedro Lpez de Miranda, siendo en esosmomentos capelln mayor en Toledo Fernando Daz de Toledo (cfr.: BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 906, p. 413) sindolo al menos desde 1435 (cfr.:SERRANO Y PINEDA, Luciano,Los conversos don Pablo de Santa Mara..., p. 105; citando: Registro 10,f. 85), adems tampoco llegan al nmero de 25 que formaban parte de Reyes Nuevos.

    110 Los datos sobre cada uno de los capellanes pueden consultarse en: Villarroel Gonzlez, scar, Lasrelaciones Monarqua-Iglesia, apndice prosopogrfico, pp. 1.159-1.388.

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    335

    - 23 de los capellanes tenan titulacin o estudios universitarios, con titula-ciones entre bachiller y doctor (Pedro Alfonso de Valladolid, Pedro de Bocanegra,Pedro de Cervantes, Rodrigo Daz de Teyxero, Fernando Daz de Toledo, Arias Daz,

    Diego Fernndez Vadillo, Diego Comontes, Pedro Garca de Huete, Diego Gmezde Fuensalida, Juan Gonzlez de la Maina, Juan Gonzlez de Valladolid, Juan Lpezde Castro, Pedro Lpez de Miranda, Alfonso Martnez de Logrosn, AlfonsoMartnez de Toledo, Lope de Mendoza, Juan Rodrguez de Camargo, JuanRodrguez de Villaln, Alfonso Snchez de Valladolid, Fortn Velzquez de Cullar,Luis Nez de Toledo y Alfonso de Villegas);

    - de 8 de los capellanes podemos sospechar que tenan estudios universita-rios, aunque no tenemos datos concretos sobre ello (Juan Alfonso de Cuenca, MartnFernndez de Vilches, Vasco Lpez, Rodrigo de Luna, Luis Martnez de Toledo,

    Alfonso Snchez de Madrigal, Pablo de Santa Mara y Gonzalo Venegas);- 13 de ellos no aparecen mencionados con estudios universitarios, y es pro-bable que no los tuviesen (Juan Alfonso, Garca lvarez, Pedro de Cabaas,Francisco Fernndez, Juan Garca, Juan Gonzlez, Sancho Martn, Juan Martnez,Juan Rodrguez de dominabus, Juan Rodrguez de Toro, Alfonso Snchez de Jan,Juan Snchez y Juan Vzquez111;

    - 2 ms aparecen mencionados de la misma manera; pero los cargos ecle-sisticos nos llevan a sospechar que s los tuvieron (Juan Martnez y AlfonsoMartnez de Burguillos o Fonte)112;

    - otros 10 capellanes desempearon cargos que nos hacen sospechar lomismo (Martn Fernndez de Sevilla, Gil Fernndez, Juan Garca, Juan Garca deMelgosa, Rodrigo Garca, Pedro Gonzlez de Ocaa, igo Manrique de Lara, PedroRodrguez de Moya, Pedro de Silva y Fernando Vzquez);

    - y de 31 carecemos de todo tipo de informacin que incluso nos permitadudar sobre si tuvieron estudios o no (Fernando Alfonso de Guadalupe, PedroAlfonso de Cruz, Juan Carrillo, Alfonso de Contreras, Gome Daz de Ysla, Diego deDurango, Alfonso Fernndez de las Caas, Pedro Fernndez de Carrera, JuanFernndez de Pedrosa, Juan Fernndez de Santander, Alfonso Fernndez de Villaln,

    Antonio Fernndez, Toribio Fernndez, Pablo Garca, Fernando Gmez deMadrigal, Diego Gmez, Nuo Gonzlez de Cceres, Juan Gonzlez Frato,Fernando Gonzlez de Illescas, Fernando Gonzlez de Quesada, Juan Martnez deMelgar, Juan Martnez de Toledo, Antonio Martnez de Utrera, Juan Martnez deVillarreal, Juan Nez, Pedro Ramrez, Alfonso Rodrguez de Pealver, FernandoRuiz de Aguayo, Miguel Snchez, Pedro de Vega y Francisco de Villalpando).

    111 Todos en el mencionado documento toledano: A C Toledo, O.5.B.1.3.

    112 Ibdem.

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    Como se puede ver de forma ms grfica en la figura anexa, es probable quems de la mitad de los capellanes reales de los que tenemos algn tipo de indiciosobre sus estudios (un 76,19% del total) tuviesen formacin universitaria, lo que

    podra ampliarse ms an (en nmero pero probablemente no en tanto por ciento) sitrasladsemos la equivalencia al porcentaje de aquellos personajes de los que notenemos ningn dato.

    As, podemos afirmar que una caracterstica comn entre los capellanes rea-les era su formacin universitaria, lo que, sin duda, les haca ms atractivos para laMonarqua a la hora de buscar entre ellos personas aptas para la participacin en laadministracin regia o en misiones que requeran cierta formacin.

    Analicemos primero los universitarios. En total hay 26. Tres de ellos for-maron parte de la Capilla teniendo un ttulo inferior al que posteriormente lograrony dos de ellos tenan titulacin en varias disciplinas (decretos y leyes).Estadsticamente los datos son los siguientes. Por grado: 12 bachilleres, 5 licencia-dos y 11 doctores. De ellos 16 haban estudiado decretos, 6 leyes civiles, 3 otro tipode estudios y otros 3 de los que no disponemos de datos.

    Por un lado resulta sorprendente que hubiese ms doctores que licenciados,y otro dato tambin chocante es que el nmero de doctores fuese casi igual al de

    bachilleres. En cuanto a las materias de estudio no parece especialmente extrao quela gran mayora se hubiese dedicado a los decretos, siendo casi dos tercios menor losque estudiaron leyes y muchos menos los que estudiaron otras disciplinas (sin dudael ms curioso es el doctor en medicina Fernando Daz de Toledo113). El que se

    113Por ejemplo BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc.906, p. 413: capelln mayor del rey en Toledo en 1436, 05, 09.

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    hubiesen especializado en el derecho cannico no fue impedimento para que luegoalcanzasen notables puestos en el conjunto de la administracin de justicia de laMonarqua. De los cinco capellanes reales que llegaron a desempear el cargo de

    oidores de la audiencia, dos de ellos (los nicos de los que conocemos su especiali-dad) eran especialistas en decretos (uno licenciado: Diego Gmez de Fuensalida114;y otro doctor: Pedro Garca de Huete115). Tambin se podra citar a Lope deMendoza, arzobispo que fue de Compostela, que fue oidor de la Audiencia al menosen 1391, siendo doctor en leyes, si bien no parece que durante el reinado de Juan IIdesempease tal cargo116.

    Podemos pensar que el factor cultural fue importante, si no imprescindibleo fundamental, para el ascenso poltico de los capellanes, pero no cabe la menorduda de que hay que atender tambin a otro aspecto de los candidatos que, dado el

    complejo estado poltico en el que se encontraba la Corona, poda llegar a tener tam-bin mucha relevancia: su filiacin familiar y/o poltica. Ambos factores influiranen la promocin de la que pudieron ser objeto.

    3. 2. LOS ORGENES PERSONALES

    Es evidente, dados los problemas perennes del reinado, que Juan II no siem-pre pudo contar con los colaboradores que hubiesen sido de su agrado. En muchosmomentos de enfrentamiento poltico el monarca se vio obligado a buscar el apoyo

    de los diversos grupos oligrquicos que se haban formado en torno a l, y sin dudaalguna esto tambin afect a la Capilla Real. Los capellanes eran servidores regiosque podan llegar a tener gran influencia en el rey, adems de jugar un papel en elseno de la corte que les haca propensos a atraerse la amistad y la confianza regia.Sin duda esto pudo hacer que los diversos grupos oligrquicos viesen en la Capillaun buen lugar para situar a personas fieles a su proyecto para garantizarse as la pre-sencia en el entorno regio. En esto, evidentemente, deba jugar un papel imprescin-

    114Cuando fue elevado a la sede zamorana era licenciado en decretos (ASV, Reg. Avin., 340, f.385v), y, sin encontrar otra mencin sobre su titulacin, aparece como oidor de la Audiencia en 1423 (A C

    Zamora, 41/30a).115 En 1448, siendo cannigo de Toledo, aparece reflejado en la documentacin como doctor en decre-

    tos (A C Toledo, V.12.A.1.1.; VILLARROEL GONZLEZ, scar,Las relaciones entre la Monarqua y elArzobispado..., p. 173). Al ao siguiente, tras su eleccin capitular de Sigenza, no aceptada por el papa, fuenombrado oidor de la Audiencia (GMEZ IZQUIERDO, Alicia, Cargos de la Casa y Corte de Juan II deCastilla, Madrid, 1968, p. 91), apareciendo ese mismo ao ya como capelln real (NIETO SORIA, JosManuel,Iglesia y gnesis..., p. 178).

    116 GARCA ORO, Jos,Iglesia de Santiago de Compostela y Tuy - Vigo, dentro de la Historia delas dicesis espaolas, de la BAC, vol. 14, Madrid, 2002, p. 278. Aparece como capelln en marzo de 1420

    (A M de Cullar, Seccin I, 1420, marzo, 15; documento publicado en: UBIETO ARTETA, A., Coleccindiplomtica de Cullar, Segovia, 1961, n 204, pp. 415 y ss).

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    dible quin tuviese el poder en el seno de la corte en esos momentos, pues poda serla nica manera en la que pudiesen presionar al rey para que nombrase a sus fieles.A la vez, el monarca intent situar a personas alejadas de todo conflicto poltico y

    que tenan en l a su principal partido y partidario.De este modo, la Capilla Real se vio integrada por personajes procedentesde grandes grupos nobiliarios y tambin de personajes de baja extraccin. Los or-genes diversos imponan tambin, seguramente, actuaciones diversas, y es probableque algunos de los capellanes se viesen desplazados con los vaivenes polticos quesufri el entorno regio.

    Como era previsible, son muy pocos los personajes de los cuales sabemosa ciencia cierta su origen. En concreto, slo de once capellanes conocemos sus or-genes familiares, es decir, casi un 13%. De ellos cuatro tienen origen noble, si bien

    no de grandes familias con importancia en la agitada vida poltica castellana delsiglo XV, sino provenientes de la pequea o mediana nobleza local, son: Pedro deBocanegra117; Diego Gmez de Fuensalida118; Pedro de Silva119; y Gonzalo deVenegas120. Tres provienen de importantes familias de la primera mitad del siglo XV:Rodrigo de Luna121, Lope de Mendoza122 e igo Manrique de Lara (probablemen-te miembro de la familia Manrique). Dos eran familiares de grandes eclesisticos:Pedro de Cervantes123, y Alfonso de Contreras124. Por ltimo, dos provenan defamilias dedicadas al servicio regio, son los casos de Francisco de Villalpando, hijodel doctor Sancho Garca de Villalpando125; y de Juan Lpez de Burgos, hijo de

    117 BELTRN DE HEREDIA, Vicente,Bulario de la Universidad de Salamanca, II, doc. 504, p. 73,nos informa de su origen nobiliario.

    118 BELTRN DE HEREDIA, Vicente, Cartulario de la Universidad de Sal