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LA REPOTENCIACION DE LA AUDITORÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL EN EL PERÚ AUTOR: DOCTOR DOMINGO HERNÁNDEZ CELIS 1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN 1.1. ANTECEDENTES CONTEXTUALES Los antecedentes contextuales son los siguientes: Según Gutiérrez (2014) 1 ; en la declaración mundial sobre la Educación superior del siglo XXI, que se llevó a cabo en París en 1998, se concluyó que ésta debe enfrentar una serie de desafíos y dificultades, como producto del entorno cambiante, la globalización y su ideal de posicionamiento efectivo dentro de la sociedad del conocimiento. La universidad peruana no es ajena a esta realidad y para insertarse en un escenario tan competitivo es necesario plantear estrategias que la conduzcan a este fin: establecer la igualdad de condiciones de acceso a los estudios y, en el transcurso de los mismos, a una mejor capacitación del personal, formación ligada a la búsqueda de la competitividad basada en la mejor calidad de la enseñanza, investigación y mejores servicios, pertinencia de los planes de estudios, mayores posibilidades de empleo para los egresados, establecimiento de acuerdos de cooperación y la igualdad de acceso a los beneficios que reporta la cooperación internacional. Así mismo, la integración de las tecnologías de información y comunicación como aliado sustantivo en este proceso de integración. A mediados de la década de los 90 en el Perú se inicia un movimiento de mejora de la calidad en los distintos niveles educativos. La acreditación de la calidad de la educación en el Perú tiene su génesis con la promulgación de la Ley General de Educación y se considera de relevancia en el Proyecto Educativo Nacional. En ambos documentos se establece la conformación de un organismo autónomo que garantice ante la sociedad la calidad de las instituciones educativas. Con la promulgación de la Ley Nº 28740 (ley del SINEACE), se inicia el camino a la acreditación de la calidad de las instituciones educativas y de sus programas; siendo las universidades y sus carreras profesionales y programas de posgrado competencia del 1 Gutiérrez Carranza, Arturo (2014) Acreditación Universitaria. Lima. UIGV

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LA REPOTENCIACION DE LA AUDITORÍA DE GESTIÓN

INSTITUCIONAL EN EL PERÚ

AUTOR: DOCTOR DOMINGO HERNÁNDEZ CELIS

1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

1.1. ANTECEDENTES CONTEXTUALES

Los antecedentes contextuales son los siguientes:

Según Gutiérrez (2014)1; en la declaración mundial sobre la Educación superior del

siglo XXI, que se llevó a cabo en París en 1998, se concluyó que ésta debe enfrentar una

serie de desafíos y dificultades, como producto del entorno cambiante, la globalización

y su ideal de posicionamiento efectivo dentro de la sociedad del conocimiento.

La universidad peruana no es ajena a esta realidad y para insertarse en un escenario tan

competitivo es necesario plantear estrategias que la conduzcan a este fin: establecer la

igualdad de condiciones de acceso a los estudios y, en el transcurso de los mismos, a

una mejor capacitación del personal, formación ligada a la búsqueda de la

competitividad basada en la mejor calidad de la enseñanza, investigación y mejores

servicios, pertinencia de los planes de estudios, mayores posibilidades de empleo para

los egresados, establecimiento de acuerdos de cooperación y la igualdad de acceso a los

beneficios que reporta la cooperación internacional. Así mismo, la integración de las

tecnologías de información y comunicación como aliado sustantivo en este proceso de

integración.

A mediados de la década de los 90 en el Perú se inicia un movimiento de mejora de la

calidad en los distintos niveles educativos. La acreditación de la calidad de la educación

en el Perú tiene su génesis con la promulgación de la Ley General de Educación y se

considera de relevancia en el Proyecto Educativo Nacional. En ambos documentos se

establece la conformación de un organismo autónomo que garantice ante la sociedad la

calidad de las instituciones educativas.

Con la promulgación de la Ley Nº 28740 (ley del SINEACE), se inicia el camino a la

acreditación de la calidad de las instituciones educativas y de sus programas; siendo las

universidades y sus carreras profesionales y programas de posgrado competencia del

1 Gutiérrez Carranza, Arturo (2014) Acreditación Universitaria. Lima. UIGV

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Consejo Nacional de Evaluación, Acreditación, Certificación de la Calidad de la

Educación Universitaria – CONEAU.

El “Modelo de calidad para la acreditación de las carreras universitarias” propuesto, que

a continuación presenta la Dirección de Evaluación y Acreditación (DEAC) del Consejo

de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior

Universitaria - CONEAU, es el resultado de la suma del saber y la experiencia de

quienes han logrado establecer, a través de la revisión y el análisis de información

relacionada al aseguramiento de la calidad de la educación superior, un conjunto de

factores, criterios e indicadores que constituyen el referido modelo. Además, como

adenda, se presenta los indicadores de gestión de carreras. Así mismo, se entrega a la

sociedad, para su opinión y sugerencias de mejora, los “Estándares del modelo de

calidad para la acreditación de la carrera de Educación”.

Según Hernández (2014)2, la nueva Ley Universitaria, Ley No. 302203, tiene por objeto

normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades.

Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones

universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y

de la cultura. Asimismo, establece los principios, fines y funciones que rigen el modelo

institucional de la universidad.

Asimismo establece que el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de

aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria. Dicha Ley regula a

las universidades bajo cualquier modalidad, sean públicas o privadas, nacionales o

extranjeras, que funcionen en el territorio nacional.

La universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la

docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara

conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de

educación como derecho fundamental y servicio público esencial Está integrada por

docentes, estudiantes y graduados. Participan en ella los representantes de los

promotores, de acuerdo a ley. Las universidades son públicas o privadas. Las primeras

son personas jurídicas de derecho público y las segundas son personas jurídicas de

derecho privado. Las universidades públicas y privadas pueden integrarse en redes

2 Hernández Celis, Domingo (2014) La nueva Ley Universitaria y la calidad educativa. Lima. USMP. 3 Nueva Ley Universitaria, promulgada el 08.07.2014, publicada el 09.07.2014 y vigente desde el

10.07.2014

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interregionales, con criterios de calidad, pertinencia y responsabilidad social, a fin de

brindar una formación de calidad, centrada en la investigación y la formación de

profesionales en el nivel de pregrado y post grado.

Las universidades se rigen por los siguientes principios: Búsqueda y difusión de la

verdad; Calidad académica; Autonomía; Libertad de cátedra; Espíritu crítico y de

investigación; Democracia institucional; Meritocracia; Pluralismo, tolerancia, dialogo

intercultural e inclusión; Pertinencia y compromiso con el desarrollo del país;

Afirmación de la vida y dignidad humana; Mejoramiento continuo de la calidad

académica; Creatividad e innovación; Internacionalización; El interés superior del

estudiante; Pertinencia de la enseñanza e investigación con la realidad social; Rechazo a

toda forma de violencia, intolerancia y discriminación; y, Ética pública y profesional.

La universidad tiene los siguientes fines: i) Preservar, acrecentar y transmitir de modo

permanente, la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad; ii)

Formar profesionales de alta calidad de manera integral y con pleno sentido de

responsabilidad social de acuerdo a las necesidades del país; iii) Proyectar a la

comunidad sus acciones y servicios para promover su cambio y desarrollo; iv)

Colaborar de modo eficaz en la afirmación de la democracia, el estado de derecho y la

inclusión social; v) Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y

humanística la creación intelectual y artística; vi) Difundir el conocimiento universal en

beneficio de la humanidad; vii) Afirmar y transmitir las diversas identidades culturales

del país; viii) Promover el desarrollo humano y sostenible en el ámbito local, regional,

nacional y mundial; ix) Servir a la comunidad y al desarrollo integral; x) Formar

personas libres en una sociedad libre.

Son funciones de la universidad: i) Formación profesional; ii) Investigación; iii)

Extensión cultural y la proyección social; iv) Educación continua; v) Contribuir al

desarrollo humano; vi) Las demás que le señala la Constitución Política del Perú, la ley,

su estatuto y normas conexas.

Referente a la autonomía universitaria, la nueva Ley establece que el Estado reconoce la

autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de

conformidad con lo establecido en la Constitución, la nueva Ley y demás normativas

aplicables. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: i) Normativo,

implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto y

reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria; ii) De gobierno, implica la

potestad autodeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución

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universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades. Es

formalmente dependiente del régimen normativo; iii) Académico, implica la potestad

autodeterminativa para fijar el marco del proceso de enseñanza-aprendizaje dentro de la

institución universitaria. Supone el señalamiento de los planes de estudios, programas

de investigación, formas de ingreso y egreso de la institución, etc. Es formalmente

dependiente del régimen normativo y es la expresión más acabada de la razón de ser de

la actividad universitaria; iv) Administrativo, implica la potestad autodeterminativa para

establecer los principios, técnicas y prácticas de sistemas de gestión, tendientes a

facilitar la consecución de los fines de la institución universitaria, incluyendo la

organización y administración del escalafón de su personal docente y administrativo; v)

Económico, implica la potestad autodeterminativa para administrar y disponer del

patrimonio institucional; así como para fijar los criterios de generación y aplicación de

los recursos.

Referente a la responsabilidad de las autoridades, se establece que las autoridades de la

institución universitaria pública son responsables por el uso de los recursos de la

institución, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa

correspondiente. Cualquier miembro de la comunidad universitaria debe denunciar ante

la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, la

comisión de actos que constituyan indicios razonables de la existencia de infracciones a

la nueva Ley. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria -

SUNEDU, de oficio o a pedido de parte, emite recomendaciones para el mejor

cumplimiento de las disposiciones previstas en esta Ley y otras normas reglamentarias,

en el marco de su ámbito de competencia. Dichas recomendaciones pueden servir de

base para la determinación de las responsabilidades pertinentes. El ejercicio de la

autonomía en la educación universitaria se rige por las siguientes reglas: i) Son nulos y

carecen de validez los acuerdos que las autoridades y los órganos de gobierno

colegiados adopten sometidos a actos de violencia física o moral; ii) Los locales

universitarios son utilizados exclusivamente, para el cumplimiento de sus fines y

dependen de la respectiva autoridad universitaria. Son inviolables. Su vulneración

acarrea responsabilidad de acuerdo a ley; iii) La Policía Nacional y el Ministerio

Público sólo puede ingresar al campus universitario por mandato judicial o a petición

del Rector, debiendo este último dar cuenta al Consejo Universitario o el que haga sus

veces, salvo cuando se haya declarado el estado de emergencia, se produzca un delito

flagrante o haya peligro inminente de su perpetración. En estos casos, el accionar de la

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fuerza pública no compromete ni recorta la autonomía universitaria; iv) Cuando las

autoridades universitarias tomen conocimiento de la presunta comisión de un delito, dan

cuenta al Ministerio Público, para el inicio de las investigaciones a que hubiere lugar.

Por otro lado se establece que las universidades públicas y privadas tienen la obligación

de publicar en sus portales electrónicos, en forma permanente y actualizada, como

mínimo, la información correspondiente a: El Estatuto, el Texto Único de

Procedimientos Administrativos-TUPA, el Plan Estratégico Institucional y el

reglamento de la universidad; Las actas aprobadas en las sesiones de Consejo de

Facultad, Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria; Los Estados Financieros

de la universidad, el presupuesto institucional modificado en el caso de las

universidades públicas, la actualización de la ejecución presupuestal y balances;

Relación y número de becas y créditos educativos disponibles y otorgados en el año en

curso; Inversiones, reinversiones, donaciones, obras de infraestructura, recursos de

diversa fuente, entre otros; Proyectos de investigación y los gastos que genere; Relación

de pagos exigidos a los alumnos por toda índole, según corresponda; Número de

alumnos por facultades y programas de estudio; Conformación del cuerpo docente,

indicando clase, categoría y hoja de vida; El número de postulantes, ingresantes,

matriculados y egresados por año y carrera. Las remuneraciones, bonificaciones y

demás estímulos que se pagan a las autoridades y docentes en cada categoría, por todo

concepto, son publicadas de acuerdo a la normativa aplicable.

En esta nueva Ley Universitaria es una novedad la creación de la Superintendencia

Nacional de Educación Superior Universitaria-SUNEDU como Organismo Público

Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica,

funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones.

Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye Pliego Presupuestal.

Tiene domicilio y sede principal en la ciudad de Lima y ejerce su jurisdicción a nivel

nacional, con su correspondiente estructura orgánica. La SUNEDU es responsable del

licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose el

licenciamiento como el procedimiento que tiene como objetivo verificar el

cumplimiento de condiciones básicas de calidad para ofrecer el servicio educativo

superior universitario y autorizar su funcionamiento. La SUNEDU es también

responsable, en el marco de su competencia, de supervisar la calidad del servicio

educativo universitario, incluyendo el servicio brindado por entidades o instituciones

que por normativa específica se encuentren facultadas a otorgar grados y títulos

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equivalentes a los otorgados por las universidades; así como de fiscalizar si los recursos

públicos y los beneficios otorgados por el marco legal a las universidades, han sido

destinados a fines educativos y al mejoramiento de la calidad. La SUNEDU ejerce sus

funciones de acuerdo a la normativa aplicable y en coordinación con los organismos

competentes en materia tributaria, de propiedad y competencia, de control, de defensa

civil, de protección y defensa del consumidor, entre otros. La autorización otorgada

mediante el licenciamiento por la SUNEDU es temporal y renovable y tendrá una

vigencia mínima de 06 (seis) años. La SUNEDU ejecuta sus funciones en el ámbito

nacional, público y privado, de acuerdo a su finalidad y conforme a las políticas y

planes nacionales y sectoriales aplicables y a los lineamientos del Ministerio de

Educación. La SUNEDU es la autoridad central de la supervisión de la calidad bajo el

ámbito de su competencia, incluyendo el licenciamiento y supervisión de las

condiciones del servicio educativo de nivel superior universitario, en razón de lo cual

dicta normas y establece procedimientos para asegurar el cumplimiento de las políticas

públicas del Sector Educación en materia de su competencia. La SUNEDU establece

mecanismos de articulación y coordinación intersectorial con otras entidades del Poder

Ejecutivo e intergubernamental con gobiernos regionales y gobiernos locales, con la

finalidad de: Coordinar la ejecución de las funciones bajo su competencia; Implementar

mecanismos de seguimiento, supervisión, evaluación y monitoreo, así como indicadores

de gestión para la mejora continua; Celebrar convenios interinstitucionales de asistencia

técnica y ejecutar acciones de cooperación y colaboración mutua.

Referente a la acreditación universitaria, la Nueva Ley establece que el proceso de

acreditación de la calidad educativa en el ámbito universitario, es voluntario, se

establecen en la ley respectiva y se desarrollan a través de normas y procedimientos

estructurados e integrados funcionalmente. Los criterios y estándares que se determinen

para su cumplimiento, tiene como objetivo mejorar la calidad en el servicio educativo.

Excepcionalmente, la acreditación de la calidad de algunas carreras será obligatoria por

disposición legal expresa. El crédito tributario por reinversión y otros beneficios e

incentivos que se establezcan, se otorgan en mérito al cumplimiento del Proceso de

Acreditación, de acuerdo a la normativa aplicable. La existencia de Institutos de

Investigación en las universidades se considera un criterio favorable para el proceso de

acreditación de su calidad.

La nueva Ley universitaria en relación con la organización del régimen académico

establece que las universidades organizan y establecen su régimen académico por

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Facultades y éstas pueden comprender a: i) Departamentos Académicos; ii) Escuelas

Profesionales; iii) Unidades de Investigación; y, iv) Unidades de Posgrado. En cada

universidad pública es obligatoria la existencia de, al menos, un Instituto de

Investigación, que incluye una o más Unidades de Investigación. La Universidad puede

organizar una Escuela de Posgrado que incluye una o más Unidades de Posgrado. Las

Facultades son las unidades de formación académica, profesional y de gestión. Están

integradas por docentes y estudiantes.

La nueva Ley universitaria referente al régimen de estudios, establece que el mismo

debe constar en el Estatuto de cada universidad, preferentemente bajo el sistema

semestral, por créditos y con currículo flexible. Puede ser en la modalidad presencial,

semipresencial o a distancia. El crédito académico es una medida del tiempo formativo

exigido a los estudiantes, para lograr aprendizajes teóricos y prácticos. Para estudios

presenciales se define un crédito académico como equivalente a un mínimo de dieciséis

(16) horas lectivas de teoría o el doble de horas de práctica. Los créditos académicos de

otras modalidades de estudio, son asignados con equivalencia a la carga lectiva definida

para estudios presenciales.

Referente al plan académico o plan curricular la nueva norma estable que cada

universidad determina el diseño curricular de cada especialidad, en los niveles de

enseñanza respectivos, de acuerdo a las necesidades nacionales y regionales que

contribuyan al desarrollo del país.

Todas las carreras en la etapa de pregrado se pueden diseñar, según módulos de

competencia profesional, de manera tal que a la conclusión de los estudios de dichos

módulos permita obtener un certificado, para facilitar la incorporación al mercado

laboral. Para la obtención de dicho certificado, el estudiante debe elaborar y sustentar un

proyecto que demuestre la competencia alcanzada. Cada universidad determina en la

estructura curricular el nivel de estudios de pregrado, la pertinencia y duración de las

prácticas pre profesionales, de acuerdo a sus especialidades. El currículo se debe

actualizar cada tres (3) años o cuando sea conveniente, según los avances científicos y

tecnológicos. La enseñanza de un idioma extranjero, de preferencia inglés, o la

enseñanza de una lengua nativa de preferencia quechua o aymara, es obligatoria en los

estudios de pregrado. Los estudios de pregrado comprenden los estudios generales y los

estudios específicos y de especialidad. Tienen una duración mínima de cinco años. Se

realizan un máximo de dos semestres académicos por año.

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Referente a los estudios de postgrado, la nueva Ley Universitaria establece que los

Estudios de Posgrado conducen a Diplomados, Maestrías y Doctorados. Estos se

diferencian de acuerdo a los parámetros siguientes: i) Diplomados de Posgrado.- Son

estudios cortos de perfeccionamiento profesional, en áreas específicas. Se debe

completar un mínimo de veinticuatro (24) créditos; ii) Maestrías.- Estos estudios pueden

ser: Maestrías de Especialización.- Son estudios de profundización profesional; y,

Maestrías de Investigación o académicas.- Son estudios de carácter académico basados

en la investigación. Se debe completar un mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos, el

dominio de un idioma extranjero; iii) Doctorados.- Son estudios de carácter académico

basados en la investigación. Tienen por propósito desarrollar el conocimiento al más

alto nivel. Se deben completar un mínimo de sesenta y cuatro (64) créditos, el dominio

de dos (2) idiomas extranjeros, uno de los cuales puede ser sustituido por una lengua

nativa. Cada institución universitaria determina los requisitos y exigencias académicas

así como las modalidades en las que dichos estudios se cursan, dentro del marco de la

nueva Ley. Asimismo se establece que el Grado de Maestro: requiere haber obtenido el

grado de bachiller, la elaboración de una tesis o trabajo de investigación en la

especialidad respectiva, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos (2)

semestres académicos con un contenido mínimo de cuarenta y ocho (48) créditos y el

dominio de un idioma extranjero o lengua nativa; y, en cambio el Grado de Doctor:

requiere haber obtenido el Grado de Maestro, la aprobación de los estudios respectivos

con una duración mínima de seis (6) semestres académicos, con un contenido mínimo

de sesenta y cuatro (64) créditos y de una tesis de máxima rigurosidad académica y de

carácter original, así como el dominio de dos idiomas extranjeros, uno de los cuales

puede ser sustituidos por un lengua nativa.

1.2. ANTECEDENTES BIBLIOGRÁFICOS

Los antecedentes son los siguientes:

Martínez (2013)4, señala que la auditoria de gestión es una herramienta que facilitará

información sobre la economía, eficiencia, efectividad, mejora continua y

competitividad de las empresas; lo que se extrapolará positivamente en la planeación,

toma de decisiones y control empresarial. Dicha auditoria se planifica, ejecuta o

4 Martínez González Juan Ramón (2013), Tesis: “La auditoría de gestión en la efectividad institucional”

presentado para optar el Grado de Maestro en Auditoria en la Universidad de San Martín de

Porres,

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desarrolla e informa; sobre la base de lineamientos establecidos en las Normas

Internacionales de Auditoria, Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas, Normas

de Auditoria Gubernamental y los procedimientos contenidos en el Manual de Auditoria

Gubernamental. La auditoría de gestión evalúa el proceso de gestión institucional, es

decir el planeamiento, organización, dirección, coordinación y control institucional.

Farfán (2013)5; señala que el proceso de la auditoría de gestión gubernamental está

compuesto por la planeación, ejecución e informe. En la planeación se establece el

objetivo, alcance, se diseñan los procedimientos y técnicas, entre otras actividades. En

la ejecución se aplican los procedimientos y técnicas de auditoria para obtener evidencia

suficiente, competente y relevante. En el Informe, el auditor expresa su opinión sobre la

razonabilidad de la economía, eficiencia y efectividad de la gestión municipal. Por otro

lado se acompaña la denominada Carta de Recomendaciones del Control Interno, donde

se facilita una serie de pautas sobre la gestión municipal. La auditoría de gestión evalúa

los sistemas administrativos de las entidades gubernamentales, tales como el de

personal, abastecimiento, tesorería, presupuesto, contabilidad, control; con el propósito

de determinar el grado de economía, eficiencia y efectividad como se han gestionado.

Marticorena (2013)6; señala que no es suficiente cumplir con el proceso de auditoría,

sino que es necesario, evaluar el trabajo de los auditores para asegurar un desarrollo

eficiente y efectivo. El control de calidad aplicado a la auditoria es la garantía de un

trabajo con los mejores estándares. El control de calidad permite el aseguramiento de la

aplicación correcta de las normas de auditoria, los criterios de auditoria, el proceso,

procedimiento y técnicas para obtener la evidencia sobre la economía, eficiencia y

efectividad de la gestión institucional. La calidad de la auditoria se puede medir desde

diferentes escenarios; pero uno de veras importante es el relacionado con la obtención

de la evidencia suficiente, competente y relevante; y esto tiene su razón de ser en la

naturaleza, oportunidad y alcance delos procedimientos de auditoria de gestión para

determinar el grado de economía, eficiencia y efectividad.

5 Farfán Rosas, Héctor Felipe (2013) en su tesis titulada: “El Proceso de la Auditoría gubernamental en la

gestión municipal”, presentada para optar el Grado de Maestro en Contabilidad en la

Universidad Nacional Mayor de San Marcos 6Marticorena Luque, Rosario (2013); tesis: “Control de calidad en el desarrollo de la auditoria de

gestión”, presentada para potar el Grado de Maestro en Contabilidad en la Universidad Nacional

Mayor de San Marcos

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Honores (2013)7; señala que la auditoria de gestión se desarrolla sobre la base de un

proceso sistémico, procedimientos, técnicas y prácticas que se relacionan con las

actividades administrativas, comerciales, contables, tributarias y de otro tipo que llevan

a cabo las empresas. También se dirige a examinar las políticas, estrategias, tácticas y

acciones que han incidido en las metas, objetivos y misión institucional. Dicha auditoria

es una fuente de evidencias sobre la economía, eficiencia y efectividad de mucha

utilidad para la gestión empresarial. Esta auditoria va más allá que cualquier otra

tradicional, porque evalúa el desempeño de los recursos humanos, materiales y

financieros.

Angulo (2013)8; concluye que en los últimos tiempos ha cambiado el rol del auditor de

gestión, pasando del enfoque tradicional del control al enfoque de la facilitación de la

gestión integral de las empresas de servicios, mediante la entrega de recomendaciones

bien documentadas sobre planeación, organización, dirección, coordinación y control.

Es decir a la par que examina el grado de razonabilidad de la información contable,

también aporta información para la gestión en cuanto a economía, eficiencia y

efectividad. El auditor de gestión tiene que tener formación profesional múltiple, ser

contador, abogado, administrador, economista, financista, etc; porque de otro modo va a

tener serias dificultades en determinar los procedimientos para aplicar y obtener

evidencia sobre la economía, eficiencia y efectividad empresarial. El auditor de gestión

tiene que ser en si, un equipo multidisciplinario. El auditor de gestión tiene que saberlo

casi todo, no puede estar a expensas de lo que opine un equipo, el en si mismo debe ser

un equipo para tener una comprensión total de los que hace y lo que hacen el resto de su

equipo. Por lo demás en todo lo que haga debe imponer un alto nivel de aseguramiento

del fiel cumplimiento de las normas, proceso, procedimientos y técnicas propias de la

auditoria de gestión.

2. TEORÍAS GENERALES RELACIONADAS CON EL TEMA

2.1. TEORÍA GENERAL DE LAS UNIVERSIDADES

7 Honores Yupanqui, Daniel (2013) en su tesis denominada: “La de gestión en las decisiones de las

empresas modernas”, presentada para optar el grado de Maestro en Administración en la

Universidad San Martín de Porres 8 Angulo Luperdi, Antonio (2013) tesis: El nuevo rol del auditor de gestión en las empresas de servicios”,

presentada para optar el Grado de Magister en Auditoria en la Universidad de Buenos Aires –

Argentina

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Según Palma (2014)9, una universidad es un agente económico, una entidad, una

organización que necesita planificarse, organizarse, dirigirse, coordinarse y

controlarse para que sus recursos sean adecuadamente utilizados en las actividades

que le toca llevar a cabo para cumplir sus metas, objetivos, misión y visión

institucional. Al respecto se tiene que universidad (del latín universitas,-atis) es un

establecimiento o conjunto de unidades educativas de enseñanza superior e

investigación. Se puede ubicar en uno o varios lugares llamados campus. Otorga

grados académicos y títulos profesionales. Surgida en la antigüedad, adopta su nombre

en la Edad Media europea y se extiende con las colonias de Europa. En la actualidad

se observan varios modelos: islámica, inglesa, francesa, española, estadounidense,

alemana, latinoamericana, japonesa, china, etc.

Las universidades más antiguas: Muchas civilizaciones antiguas tuvieron centros de

altos estudios. En China se encuentra la más antigua universidad registrada, la Escuela

Superior (Shang Hsiang) imperial durante el período Yu (2257 a. C. - 2208 a. C.). La

actual Universidad de Nankín se remonta a la Academia Central Imperial de Nanking,

fundada en el año 258. La Universidad de Hunan (Changsha) es continuidad, incluso

geográfica, de la Academia Yuelu fundada en el 976.

La Universidad de Takshashila, fundada en Taxila (Pakistán) alrededor del siglo VII

a. C., entregaba títulos de graduación. La Universidad de Nalanda, fundada en Bihar

(India), alrededor del siglo V a. C., también entregaba títulos académicos y organizaba

cursos de post-grado. En Grecia, Platón fundó la Academia en el año 387 a. C.

Las universidades persas y árabes: Las universidades persas y árabes parecen ser

origen de la universidad moderna. Durante el siglo IV y finales del V funcionan las

famosas Escuelas de Edesa y Nísibis, fundadas por sirios cristianos (nestorianos),

comunidades de maestros dedicadas a la exégesis bíblica. En 489, los cristianos

nestorianos son expulsados del Imperio bizantino, liderados por Nestorio Patriarca de

Jerusalén, se trasladan a Persia. Allí son bien recibidos para establecer la Escuela de

Medicina de Gondishapur, que se hará famosa en todo el mundo.

En 529 Justiniano I cierra la Academia de Atenas, para lograr la unidad religiosa en

los centros de estudios del Imperio romano. Entre 637 y 651 los musulmanes árabes

derrotan al Imperio persa de los sasánidas y se apoderan de Gondishapur. A finales del

9 Palma Rodas, Ramiro (2014) Universidades. Lima. Editorial San Carlos.

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siglo VIII la Escuela de Gondishapur se traslada a Bagdad, donde se reorganizará

como el Bayt al Hikma, "la Casa de la Sabiduría", para traducir obras científicas de

médicos y filósofos griegos como Aristóteles, Hipócrates, Galeno y Dioscórides.

En el siglo VIII aparecen los hospitales, que se vinculan con las escuelas de medicina,

creándose un sistema laico, tolerante y riguroso que dará fama mundial a aquellos

establecimientos. Nace el college, futuro sistema de los altos estudios

estadounidenses. Existen registros de los estrictos exámenes y numerosos cursos de la

Escuela de Medicina de El Cairo.

Algunas de las más famosas universidades fueron:

Universidad de Bagdad (Bayt al Hikma, a fines del siglo VIII): allí enseñó e investigó

el famoso sabio Al-Razi (Rhazes) (865-925).

Universidad de Samarcanda: contaba con un importante observatorio.

Universidad al-Karaouine en Fez (Marruecos): fundada en 859, aún en actividad. Allí

enseñó Maimónides, Al-Idrisi y Hasan binMuhammed al-Wazzan al-Fasi (León el

Africano), entre otros.

Universidad de Damasco: con su Escuela de Medicina en 1158 es el centro científico

de Siria.

Universidad de El Cairo (Al-Azhar, 988): funcionó sin interrupción hasta nuestros

días. Allí enseñó también Maimónides (1135-1204) eIbnJaldún (1332-1406), entre

otros.

A fines de la Edad Media, en el África subsahariana de la mano del Islam, se fundan

universidades como las del Reino de Songhai, con capitales en Gao y Tombuctú.

Las universidades árabes decaen cuando Córdoba cae en poder de los castellanos en

1236, y Bagdad bajo los mongoles en 1258. Sin embargo ello no impide que allí

aparezca IbnJaldún (1332-1406), el primer sociólogo de la historia y profesor de las

universidades al-Karaouine y al-Azhar.

Entre las aún existentes están: al-Karaouine, en la ciudad de Fez (Marruecos), fundada

en 859, la de Hunan (Changsha, China), en 976 y la de Al-Azhar (El Cairo, Egipto),

en 988.

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La universidad europea: En el Sur de Italia, la Escuela Médica Salernitana (Salerno)

nacida en el siglo IX actualizó la medicina clásica. En 1088 se inicia la Universidad

de Bolonia (la especialidad fue derecho, véase Glosadores), y se enseña medicina. Por

entonces nacen universidades a lo largo y ancho de Europa. Las primeras fueron:

Universidad de Ohrid (Reino de Bulgaria, actual Macedonia) S. IX;

Universidad de Bolonia (Italia) en 1089, que recibe el título de Universidad en 1317;

Universidad de Oxford (Inglaterra) en 1096;

Universidad de París (Francia) en 1150, que recibe el título de Universidad en 1256;

Universidad de Módena (Italia) en 1175;

Universidad de Cambridge (Inglaterra) alrededor de 1208;

Universidad de Palencia (España) en 1208, precursora de la Universidad de

Valladolid;

Universidad de Salamanca (España) en 1218 (su origen fue unas Escuelas de la

Catedral cuya existencia puede rastrearse ya en 1130 y es la primera de Europa que

ostentó el título de Universidad por el edicto de 1253 de Alfonso X de Castilla y

León);

Universidad de Padua (Italia) en 1223;

Universidad de Nápoles Federico II (Italia) en 1224 (más antigua universidad estatal y

laica del mundo);

Universidad de Valladolid (España), siglo XIII (posible resultado del traslado de la

Universidad de Palencia en torno a 1240);

Universidad de Coímbra (Portugal) en 1290;

Universidad de Lleida (España) en 1300;

Universidad de Perugia (Italia) en 1308.

Universidad de Salamanca, el segundo centro de estudios generales más antiguo de

habla hispana (1218).Serán comunidades de maestros y estudiantes.

En la Edad Media europea, la palabra universidad (en latín universitas) designaba un

gremio corporativo. Tanto podía ser la universidad de los zapateros como la

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universidad de los herreros. Cuando se decía “Universidad de Salamanca”, por

ejemplo, no era más que una simple abreviatura de la “Universidad de los maestros y

estudiantes de Salamanca”.

La universidad es un conglomerado formado por la facultad de artes (filosofía), la

facultad de derecho (canónico y civil), la facultad de medicina y la facultad de

teología. La originalidad de esta asociación gremial, tan diferente a las otras, suscitó

ardientes críticas ya en sus inicios.

La Universidad de Cambridge, por ejemplo, crea su primera cátedra de investigación

científica en 1794, pese a que los Principio Matemática de Newton fueron escritos

más de un siglo antes, en 1687. John Locke, en su obra Pensamientos acerca de la

educación (1693), cuestiona la enseñanza que imparte la Universidad de Oxford y las

universidades europeas, desaconseja contenidos como el latín, por inútil, y promueve

en cambio como "absolutamente necesario" las cuentas y teneduría de libros. Darcy

Ribeiro señala que en la universidad europea germinan con lentitud los avances

científicos y cambios culturales de la revolución industrial y la sociedad tecnológica

del siglo XVIII.

Las universidades estadounidenses:

Algunas universidades estadounidenses utilizan la denominación college (Boston

College, Dartmouth College, Canisius College, etc.) o Instituto (Instituto de

Tecnología de Massachusetts, Instituto de Tecnología de Georgia, Instituto de

Tecnología de California, etc.) en vez de Universidad.

Tras la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), Estados Unidos es una superpotencia y

ante el declive temporal de Europa miles de intelectuales y científicos alemanes

emigran. Actualmente reune algunas de las mejores universidades del mundo; por su

gran poder económico atrae ilustrados profesionales de cualquier país, la llamada

"fuga de cerebros" (braindrain). Las ciencias naturales e informáticas se dan a alto

nivel, en institutos como el MIT de Massachussets, de gran rentabilidad. Se piensa

que la investigación en aspectos sociales, artísticos, literarios, sufre de abandono.

Las universidades Latinoamericanas: Las primeras universidades americanas fueron

creadas por la Corona Española en la etapa colonial (ver universidades en América

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Latina anteriores a 1810). Ni Inglaterra ni Portugal, ni las otras potencias coloniales

menores, fundaron universidades en América.

En América latina, la primera universidad fundada oficialmente, de acuerdo a la

normativa jurídica impuesta por la monarquía española, fue la Real y Pontificia

Universidad de San Marcos, en Lima, Perú. Es la actual Universidad Nacional Mayor

de San Marcos. Fue fundada por "cédula real" el 12 de mayo de 1551. Además es

considerada la más antigua del continente en mantener un funcionamiento continuo

desde el siglo XVI y desde el siglo XVII, el 8 de agosto de 1621, actual Universidad

Nacional de Córdoba (UNC)., el 27 de marzo de 1624, actual Universidad San

Francisco Xavier de Chuquisaca (USFX), el 31 de enero 1676, actual Universidad de

San Carlos de Guatemala (USAC) que también mantienen funcionamiento continuo.

La segunda universidad fundada por la corona española fue la Real y Pontificia

Universidad de México, fundada el 21 de septiembre de 1551, actualmente extinta.

Además de las ya mencionadas, en Santo Domingo, se constituyó la Universidad de

Santo Tomás de Aquino. Esta fue aprobada por bula el 28 de octubre de 1538. Sin

embargo no fue reconocida oficialmente por la corona española. Sería recién el 26 de

mayo de 1747 que se fundaría oficialmente por "cédula real". Según algunos

historiadores la universidad fue cerrada, y según otros extinguida, en 1824. La actual

Universidad Autónoma de Santo Domingo, abierta oficialmente en 1914, reclama su

sucesión. El tema es aun materia de controversia historiográfica.

También cabe mencionar a la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco

que fue creada por el papa Inocencio XII dado en Roma, Santa María La Mayor el 1º

de marzo de 1692, se autorizó otorgar los grados de Bachiller, Licenciado, Maestro y

Doctor. El documento papal fue ratificado por el rey Carlos II, mediante Real Cédula

denominada Exequátur, dado en Madrid el 1º de junio de 1692. Tuvo como primer

rector al Dr. Juan de Cárdenas y Céspedes, y el primer grado académico conferido fue

el de Doctor en Teología a Pedro de Oyardo, el 30 de octubre de 1696. Es la segunda

universidad en funcionamiento continuo desde su fundación más antigua del Perú,

después de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

El modelo fue el de las universidades de España (Salamanca, Alcalá de Henares), pero

las universidades coloniales son semieclesiásticas y cerradas (jesuitas, dominicos,

franciscanos, carmelitas, agustinos); sus criterios de pertenencia y métodos perduran

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sin cambios por dos siglos. Los aspectos actuales nacen con la Reforma Universitaria

de 1918, extendida por toda América Latina. Serán focos de resistencia social y

política frente a las dictaduras que años después asolarán el continente.

Brasil no tuvo universidades en la época colonial. La Reforma Universitaria ha sido

una influencia fuerte, pero hay diferencias importantes con otras universidades de

Latinoamérica. En Brasil hay más de 2,600 colegios y universidades de todo el país,

figura entre público y privado.

Bolivia contó en la colonia con gran cantidad de centros de enseñanza, el más

importante la UMRP de San Francisco Xavier de Chuquisaca. Bolivia guarda íntima

relación con las universidades latinoamericanas por convenios científicos como el

Convenio Andrés Bello.

Chile: La Universidad de Chile es una universidad pública y tradicional de Chile,

considerada compleja por su gran extensión investigativa en las diversas áreas del

conocimiento, creada por ley el 18 de noviembre de 1842 e instalada el 17 de

septiembre de 1843. Su Casa Central y la mayoría de sus dependencias se encuentran

ubicadas en la ciudad de Santiago de Chile. En 1888 se funda la Universidad Católica

de Chile (actual PUC) que se convirtió en la segunda Universidad en importancia del

país, para 1919 se funda la Universidad de Concepción en la actualidad cuenta con

mas de 22.000 estudiantes en tres sedes, el campus central se ubica en ciudad de

Concepción convirtiéndose en uno de sus hitos arquitectónicos y urbanísticos.

Otra de las grandes universidades es la Universidad Técnica Federico Santa María,

que atrae estudiantes del más alto nivel de diversas latitudes. En la actualidad, cuenta

con más de doce mil estudiantes en sus programas de pregrado y postgrado y cursos

de postítulo y carreras vespertinas.

Siglo XXI: Internet y las nuevas tecnologías de la información cambiaron la creación

de conocimiento, la difusión y la economía. Desde principios del año 2000, miles de

personas participan en diversos proyectos: iniciativas como Debian GNU/Linux, el

Open Directory Project, la Enciclopedia Wikipedia, bancos de proyectos de software,

cultura y arte libres, entre muchos otros. La tradición quedó rezagada, por sus

conceptos de disciplina, dependencia de organismos nacionales e internacionales, y el

puro interés mercantil. En este contexto, surgen nuevas universidades como

Universidad Hebrea Internacional; Universidad Libre de México; Université Tangente

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y Université Pirate, en Francia; Göteborgs Autonoma Skolas; Free University of Los

Angeles; Copenhagen Free University; Wikiversidad de la Fundación Wikimedia;

Informal University in Foundation; Universidad Libre de Chile; Universidad Nómada

en España; Toronto Anarchist Free University; Manoa Free University; Universidade

Autónoma do Atlántico, entre otras.

En estas nuevas instituciones existe una forma más comunitaria y libre de crear

información de dominio público, al calor de redes sociales como Internet.

Según Palma (2014)10, en el Perú, las universidades están integradas por profesores,

estudiantes y graduados. Se dedican al estudio, la investigación, la educación y la

difusión del saber y la cultura, y a su extensión y proyección sociales. Tienen

autonomía académica, normativa, administrativa y económica dentro de la ley. La

norma en mención establece que las Universidades organizan su régimen de gobierno

de acuerdo con la Ley y sus Estatutos, atendiendo a sus características y necesidades.

El gobierno de las Universidades y de las facultades se ejerce por la Asamblea

Universitaria, El Consejo Universitario, el Rector y el Consejo Universitario y Decano

de cada Facultad. La Ley Universitaria, establece, que son recursos económicos de

las Universidades. i) Las asignaciones provenientes del Tesoro público; ii) Los

ingresos por concepto de leyes especiales; y, iii) Los ingresos propios.

Cada Universidad pública elabora su proyecto de presupuesto anual y lo remite a la

SUNEDU, la cual lo presenta y sustenta ante el Poder ejecutivo.

Las asignaciones presupuestales de cada Universidad son determinadas por el Poder

Legislativo, sobre la base de las propuestas y la información recibida.

La Ley Universitaria establece que las Universidades Públicas están sujetas al Sistema

Nacional de Control. La Asamblea Nacional de Rectores puede ordenar la práctica de

auditorías destinadas a velar por el recto uso de los recursos de las Universidades.

Dentro de los seis meses de concluido un período presupuestal, las Universidades

Públicas rinden cuenta del ejercicio a la Contraloría General, informan al Congreso y

publican gratuitamente en el Diario Oficial el balance respectivo.

10 Palma Rodas, Ramiro (2014) Universidades. Lima. Editorial San Carlos.

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Las universidades organizan su régimen de gestión o gobierno de acuerdo con la Ley

Universitaria, Estatuto, Reglamento Interno y otras normas relacionadas.

La gestión o gobierno se ejerce por la Asamblea Universitaria, el Consejo

Universitario, el Rector, el Concejo de Facultad y los Decanos.

Para cada componente la Ley establece su composición y sus atribuciones.

La comunidad nacional sostiene económicamente a las Universidades, las que

corresponden a ese esfuerzo con la calidad de sus servicios.

Los recursos económicos de las universidades provienen de asignaciones del Tesoro

Público, ingresos por concepto de leyes especiales y los ingresos propios.

Las universidades públicas deben planear adecuadamente sus actividades, organizar

los recursos disponibles, dirigir técnicamente la operatividad, coordinar y controlar las

funciones y actividades; por tanto es necesario tomar en cuenta los distintos aspectos

doctrinarios respecto a este importante aspecto de la gestión.

Cada universidad organiza y establece su régimen académico por Facultades, Escuelas

y Departamentos académicos de acuerdo con sus características y necesidades. Las

universidades cuentan con servicios y oficinas académicas, administrativas y de

asesoramiento, cuya organización determinan sus Estatutos garantizando su

racionalización y eficiencia. Están a cargo de funcionarios nombrados por el Consejo

Universitario o propuesta por el Rector.

2.2. TEORÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Según Valderrama (2014)11, la administración pública funciona en forma similar a la

administración privada; aunque un poco más vertical, tediosa, burocrática, porque así lo

exige el sistema gubernamental. Sin embargo al igual que la privada, se planifica,

organiza, dirige, coordina, controla y retroalimenta. De otro lado, la administración

pública es un tipo de administración especial, por cuanto es muy normativa, un tanto

vertical, con conductos regulares establecidos, poco eclécticas, aunque últimamente

poco a poco entrando a determinado proceso de mejora continua. Se puede decir que la

Ley No. 27444- Ley del Procedimiento Administrativo General; es la norma matriz de

11 Valderrama Martínez, Luis Miguel (2014) Administración Pública. Lima. Editorial. Santo Domingo.

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la administración pública, es decir la que rige la administración a nivel nacional,

regional y local. Esta norma, regula las actuaciones de la función administrativa del

Estado y el procedimiento administrativo común desarrollados en las entidades. Los

procedimientos especiales creados y regulados como tales por ley expresa, atendiendo a

la singularidad de la materia, se rigen supletoriamente por la Ley General del

Procedimiento General en aquellos aspectos no previstos y en los que no son tratados

expresamente de modo distinto. Las autoridades administrativas al reglamentar los

procedimientos especiales, cumplirán con seguir los principios administrativos, así

como los derechos y deberes de los sujetos del procedimiento, establecidos en la Ley.

La Ley tiene por finalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación

de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los

derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional

y jurídico en general. El procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en

los siguientes principios, sin perjuicio de la vigencia de otros principios generales del

Derecho Administrativo:

1) Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto

a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén

atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.

2) Principio del debido procedimiento.- Los administrados gozan de todos los

derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo, que

comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y

a obtener una decisión motivada y fundada en derecho. La institución del debido

procedimiento administrativo se rige por los principios del Derecho

Administrativo. La regulación propia del Derecho Procesal Civil es aplicable

sólo en cuanto sea compatible con el régimen administrativo.

3) Principio de impulso de oficio.- Las autoridades deben dirigir e impulsar de

oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que

resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones

necesarias.

4) Principio de razonabilidad.- Las decisiones de la autoridad administrativa,

cuando creen obligaciones, califiquen infracciones, impongan sanciones, o

establezcan restricciones a los administrados, deben adaptarse dentro de los

límites de la facultad atribuida y manteniendo la debida proporción entre los

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medios a emplear y los fines públicos que deba tutelar, a fin de que respondan a

lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido.

5) Principio de imparcialidad.- Las autoridades administrativas actúan sin ninguna

clase de discriminación entre los administrados, otorgándoles tratamiento y

tutela igualitarios frente al procedimiento, resolviendo conforme al

ordenamiento jurídico y con atención al interés general.

6) Principio de informalismo.- Las normas de procedimiento deben ser

interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las

pretensiones de los administrados, de modo que sus derechos e intereses no sean

afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados

dentro del procedimiento, siempre que dicha excusa no afecte derechos de

terceros o el interés público.

7) Principio de presunción de veracidad.- En la tramitación del procedimiento

administrativo, se presume que los documentos y declaraciones formulados por

los administrados en la forma prescrita por esta Ley, responden a la verdad de

los hechos que ellos afirman. Esta presunción admite prueba en contrario.

8) Principio de conducta procedimental.- La autoridad administrativa, los

administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes

del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el

respeto mutuo, la colaboración y la buena fe. Ninguna regulación del

procedimiento administrativo puede interpretarse de modo tal que ampare

alguna conducta contra la buena fe procesal.

9) Principio de celeridad.- Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su

actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible,

evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o

constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decisión en tiempo

razonable, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido

procedimiento o vulnere el ordenamiento.

10) Principio de eficacia.- Los sujetos del procedimiento administrativo deben hacer

prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto procedimental, sobre

aquellos formalismos cuya realización no incida en su validez, no determinen

aspectos importantes en la decisión final, no disminuyan las garantías del

procedimiento, ni causen indefensión a los administrados. En todos los

supuestos de aplicación de este principio, la finalidad del acto que se privilegie

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sobre las formalidades no esenciales deberá ajustarse al marco normativo

aplicable y su validez será una garantía de la finalidad pública que se busca

satisfacer con la aplicación de este principio.

11) Principio de verdad material.- En el procedimiento, la autoridad administrativa

competente deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus

decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias

autorizadas por la ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los

administrados o hayan acordado eximirse de ellas. En el caso de procedimientos

trilaterales la autoridad administrativa estará facultada a verificar por todos los

medios disponibles la verdad de los hechos que le son propuestos por las partes,

sin que ello signifique una sustitución del deber probatorio que corresponde a

éstas. Sin embargo, la autoridad administrativa estará obligada a ejercer dicha

facultad cuando su pronunciamiento pudiera involucrar también al interés

público.

12) Principio de participación.- Las entidades deben brindar las condiciones

necesarias a todos los administrados para acceder a la información que

administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afectan la intimidad

personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean

excluidas por ley; y extender las posibilidades de participación de los

administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones públicas que les

puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusión, el servicio

de acceso a la información y la presentación de opinión.

13) Principio de simplicidad.- Los trámites establecidos por la autoridad

administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad

innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y

proporcionales a los fines que se persigue cumplir.

14) Principio de uniformidad.- La autoridad administrativa deberá establecer

requisitos similares para trámites similares, garantizando que las excepciones a

los principios generales no serán convertidos en la regla general. Toda

diferenciación deberá basarse en criterios objetivos debidamente sustentados.

15) Principio de predictibilidad.- La autoridad administrativa deberá brindar a los

administrados o sus representantes información veraz, completa y confiable

sobre cada trámite, de modo tal que a su inicio, el administrado pueda tener una

conciencia bastante certera de cuál será el resultado final que se obtendrá.

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16) Principio de privilegio de controles posteriores.- La tramitación de los

procedimientos administrativos se sustentará en la aplicación de la fiscalización

posterior; reservándose la autoridad administrativa, el derecho de comprobar la

veracidad de la información presentada, el cumplimiento de la normatividad

sustantiva y aplicar las sanciones pertinentes en caso que la información

presentada no sea veraz.

Según Valderrama (2014)12, el ordenamiento jurídico administrativo integra un sistema

orgánico que tiene autonomía respecto de otras ramas del Derecho. Son fuentes del

procedimiento administrativo:

a) Las disposiciones constitucionales.

b) Los tratados y convenios internacionales incorporados al Ordenamiento Jurídico

Nacional.

c) Las leyes y disposiciones de jerarquía equivalente.

d) Los Decretos Supremos y demás normas reglamentarias de otros poderes del

Estado.

e) Los demás reglamentos del Poder Ejecutivo, los estatutos y reglamentos de las

entidades, así como los de alcance institucional o provenientes de los sistemas

administrativos.

f) Las demás normas subordinadas a los reglamentos anteriores.

g) La jurisprudencia proveniente de las autoridades jurisdiccionales que interpreten

disposiciones administrativas.

h) Las resoluciones emitidas por la Administración a través de sus tribunales o

consejos regidos por leyes especiales, estableciendo criterios interpretativos de

alcance general y debidamente publicadas. Estas decisiones generan precedente

administrativo, agotan la vía administrativa y no pueden ser anuladas en esa

sede.

i) Los pronunciamientos vinculantes de aquellas entidades facultadas

expresamente para absolver consultas sobre la interpretación de normas

administrativas que apliquen en su labor, debidamente difundidas.

j) Los principios generales del derecho administrativo.

12 Valderrama Martínez, Luis Miguel (2014) Administración Pública. Lima. Editorial. Santo Domingo.

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Según Valderrama (2014)13, los actos administrativos que al resolver casos particulares

interpreten de modo expreso y con carácter general el sentido de la legislación,

constituirán precedentes administrativos de observancia obligatoria por la entidad,

mientras dicha interpretación no sea modificada. Dichos actos serán publicados

conforme a las reglas establecidas en la presente norma. Los criterios interpretativos

establecidos por las entidades, podrán ser modificados si se considera que no es correcta

la interpretación anterior o es contraria al interés general. La nueva interpretación no

podrá aplicarse a situaciones anteriores, salvo que fuere más favorable a los

administrados. En todo caso, la sola modificación de los criterios no faculta a la revisión

de oficio en sede administrativa de los actos firmes.

En el marco de la Ley del Procedimiento Administrativo General, son actos

administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de

derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses,

obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta.

No son actos administrativos, los actos de administración interna de las entidades

destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos

son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de

esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; los

comportamientos y actividades materiales de las entidades.

Las modalidades del acto administrativo se dan cuando una ley lo autorice, la autoridad,

mediante decisión expresa, puede someter el acto administrativo a condición, término o

modo, siempre que dichos elementos incorporables al acto, sean compatibles con el

ordenamiento legal, o cuando se trate de asegurar con ellos el cumplimiento del fin

público que persigue el acto. Una modalidad accesoria no puede ser aplicada contra el

fin perseguido por el acto administrativo.

Son requisitos de validez de los actos administrativos: i) Competencia.- Ser emitido por

el órgano facultado en razón de la materia, territorio, grado, tiempo o cuantía, a través

de la autoridad regularmente nominada al momento del dictado y en caso de órganos

colegiados, cumpliendo los requisitos de sesión, quórum y deliberación indispensables

para su emisión; ii) Objeto o contenido.- Los actos administrativos deben expresar su

respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequívocamente sus efectos

jurídicos. Su contenido se ajustará a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, debiendo

13 Valderrama Martínez, Luis Miguel (2014) Administración Pública. Lima. Editorial. Santo Domingo.

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ser lícito, preciso, posible física y jurídicamente, y comprender las cuestiones surgidas

de la motivación; iii) Finalidad Pública.- Adecuarse a las finalidades de interés público

asumidas por las normas que otorgan las facultades al órgano emisor, sin que pueda

habilitársele a perseguir mediante el acto, aun encubiertamente, alguna finalidad sea

personal de la propia autoridad, a favor de un tercero, u otra finalidad pública distinta a

la prevista en la ley. La ausencia de normas que indique los fines de una facultad no

genera discrecionalidad; iv) Motivación.- El acto administrativo debe estar debidamente

motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico; v)

Procedimiento regular.- Antes de su emisión, el acto debe ser conformado mediante el

cumplimiento del procedimiento administrativo previsto para su generación.

Los actos administrativos en el marco de la Ley del Procedimiento Administrativo

generan, deberán expresarse por escrito, salvo que por la naturaleza y circunstancias del

caso, el ordenamiento jurídico haya previsto otra forma, siempre que permita tener

constancia de su existencia. El acto escrito indica la fecha y lugar en que es emitido,

denominación del órgano del cual emana, nombre y firma de la autoridad interviniente.

Cuando el acto administrativo es producido por medio de sistemas automatizados, debe

garantizarse al administrado conocer el nombre y cargo de la autoridad que lo expide.

Cuando deban emitirse varios actos administrativos de la misma naturaleza, podrá ser

empleada firma mecánica o integrarse en un solo documento bajo una misma

motivación, siempre que se individualice a los administrados sobre los que recaen los

efectos del acto. Para todos los efectos subsiguientes, los actos administrativos serán

considerados como actos diferentes.

El objeto o contenido del acto administrativo es aquello que decide, declara o certifica

la autoridad. En ningún caso será admisible un objeto o contenido prohibido por el

orden normativo, ni incompatible con la situación de hecho prevista en las normas; ni

impreciso, obscuro o imposible de realizar. No podrá contravenir en el caso concreto

disposiciones constitucionales, legales, mandatos judiciales firmes; ni podrá infringir

normas administrativas de carácter general provenientes de autoridad de igual, inferior o

superior jerarquía, e incluso de la misma autoridad que dicte el acto. El contenido debe

comprender todas las cuestiones de hecho y derecho planteada por los administrados,

pudiendo involucrar otras no propuestas por éstos que hayan sido apreciadas de oficio,

siempre que otorgue posibilidad de exponer su posición al administrado y, en su caso,

aporten las pruebas a su favor.

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Según Valderrama (2014)14, la motivación para la Ley del Procedimiento

Administrativo General, deberá ser expresa, mediante una relación concreta y directa de

los hechos probados relevantes del caso específico, y la exposición de las razones

jurídicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto

adoptado. Puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los

fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes

en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta

situación constituyan parte integrante del respectivo acto. No son admisibles como

motivación, la exposición de fórmulas generales o vacías de fundamentación para el

caso concreto o aquellas fórmulas que por su oscuridad, vaguedad, contradicción o

insuficiencia no resulten específicamente esclarecedoras para la motivación del acto. No

precisan motivación los siguientes actos: i) Las decisiones de mero trámite que

impulsan el procedimiento; ii) Cuando la autoridad estima procedente lo pedido por el

administrado y el acto administrativo no perjudica derechos de terceros; iii) Cuando la

autoridad produce gran cantidad de actos administrativos sustancialmente iguales,

bastando la motivación única.

En el marco de la Ley del Procedimiento Administrativo General, los actos de

administración interna se orientan a la eficacia y eficiencia de los servicios y a los fines

permanentes de las entidades. Son emitidos por el órgano competente, su objeto debe

ser física y jurídicamente posible, su motivación será facultativa cuando los superiores

jerárquicos impartan las órdenes a sus subalternos en la forma legalmente prevista. Las

decisiones internas de mero trámite, pueden impartirse verbalmente por el órgano

competente, en cuyo caso el órgano inferior que las reciba las documentará por escrito y

comunicará de inmediato, indicando la autoridad de quien procede.

Según Valderrama (2014)15, se entiende por procedimiento administrativo al conjunto

de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto

administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre

intereses, obligaciones o derechos de los administrados. Los procedimientos

administrativos que, por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante las

entidades para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, se clasifican conforme a las

14 Valderrama Martínez, Luis Miguel (2014) Administración Pública. Lima. Editorial. Santo Domingo. 15 Valderrama Martínez, Luis Miguel (2014) Administración Pública. Lima. Editorial. Santo Domingo.

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disposiciones del presente capítulo, en: procedimientos de aprobación automática o de

evaluación previa por la entidad, y este último a su vez sujeto, en caso de falta de

pronunciamiento oportuno, a silencio positivo o silencio negativo. Cada entidad señala

estos procedimientos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA,

siguiendo los criterios establecidos en el presente ordenamiento.

En el procedimiento de aprobación automática, la solicitud es considerada aprobada

desde el mismo momento de su presentación ante la entidad competente para conocerla,

siempre que cumpla con los requisitos y entregue la documentación completa, exigidos

en el TUPA de la entidad.

En este procedimiento, las entidades no emiten ningún pronunciamiento expreso

confirmatorio de la aprobación automática, debiendo sólo realizar la fiscalización

posterior. Sin embargo, cuando en los procedimientos de aprobación automática se

requiera necesariamente de la expedición de un documento sin el cual el usuario no

puede hacer efectivo su derecho, el plazo máximo para su expedición es de cinco días

hábiles, sin perjuicio de aquellos plazos mayores fijados por leyes especiales anteriores

a la vigencia de la Ley.

Como constancia de la aprobación automática de la solicitud del administrado, basta la

copia del escrito o del formato presentado conteniendo el sello oficial de recepción, sin

observaciones e indicando el número de registro de la solicitud, fecha, hora y firma del

agente receptor.

Son procedimientos de aprobación automática, sujetos a la presunción de veracidad,

aquellos conducentes a la obtención de licencias, autorizaciones, constancias y copias

certificadas o similares que habiliten para el ejercicio continuado de actividades

profesionales, sociales, económicas o laborales en el ámbito privado, siempre que no

afecten derechos de terceros y sin perjuicio de la fiscalización posterior que realice la

administración.

Por la fiscalización posterior, la entidad ante la que es realizado un procedimiento de

aprobación automática o evaluación previa, queda obligada a verificar de oficio

mediante el sistema del muestreo, la autenticidad de las declaraciones, de los

documentos, de las informaciones y de las traducciones proporcionadas por el

administrado. La fiscalización comprende no menos del diez por ciento de todos los

expedientes sujetos a la modalidad de aprobación automática, con un máximo de 50

expedientes por semestre, pudiendo incrementarse teniendo en cuenta el impacto que en

el interés general, en la economía, en la seguridad o en la salud ciudadana pueda

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conllevar la ocurrencia de fraude o falsedad en la información, documentación o

declaración presentadas. Dicha fiscalización deberá efectuarse semestralmente de

acuerdo a los lineamientos que para tal efecto dictará la Presidencia del Consejo de

Ministros. En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en

la documentación presentada por el administrado, la entidad considerará no satisfecha la

exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a comunicar el hecho a la

autoridad jerárquicamente superior, si lo hubiere, para que se declare la nulidad del acto

administrativo sustentado en dicha declaración, información o documento; imponga a

quien haya empleado esa declaración, información o documento una multa en favor de

la entidad entre dos y cinco Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de

pago; y, además, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Título XIX

Delitos contra la Fe Pública del Código Penal, ésta deberá ser comunicada al Ministerio

Público para que interponga la acción penal correspondiente.

Los procedimientos de evaluación previa están sujetos a silencio positivo, cuando se

trate de algunos de los siguientes supuestos: 1. Solicitudes cuya estimación habilite para

el ejercicio de derechos preexistentes, salvo que mediante ella se transfiera facultades de

la administración pública o que habilite para realizar actividades que se agoten

instantáneamente en su ejercicio. 2. Recursos destinados a cuestionar la desestimación

de una solicitud cuando el particular haya optado por la aplicación del silencio

administrativo negativo. 3. Procedimientos en los cuales la trascendencia de la decisión

final no pueda repercutir directamente en administrados distintos del peticionario,

mediante la limitación, perjuicio o afectación a sus intereses o derechos legítimos. 4.

Todos los otros procedimientos a instancia de parte no sujetos al silencio negativo

taxativo contemplado en el artículo siguiente, salvo los procedimientos de petición

graciable y de consulta que se rigen por su regulación específica.

Los procedimientos de evaluación previa están sujetos al silencio negativo cuando se

trate de alguno de los siguientes supuestos: i) Cuando la solicitud verse sobre asuntos de

interés público, incidiendo en la salud, medio ambiente, recursos naturales, la seguridad

ciudadana, el sistema financiero y de seguros, el mercado de valores, la defensa

nacional y el patrimonio histórico cultural de la nación; ii) Cuando cuestionen otros

actos administrativos anteriores; iii) Cuando sean procedimientos trilaterales y los que

generen obligación de dar o hacer a cargo del Estado; iv) Los procedimientos de

inscripción registral; v) Aquellos a los que, en virtud de la ley expresa, sea aplicable

esta modalidad de silencio administrativo.

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El plazo que transcurra desde el inicio de un procedimiento administrativo de

evaluación previa hasta que sea dictada la resolución respectiva, no puede exceder de

treinta (30) días hábiles, salvo que por ley o decreto legislativo se establezcan

procedimientos cuyo cumplimiento requiera una duración mayor.

Los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente

mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, norma de la más alta autoridad

regional, de Ordenanza Municipal o de la decisión del titular de las entidades autónomas

conforme a la Constitución, según su naturaleza. Dichos procedimientos deben ser

compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos,

aprobados para cada entidad. Las entidades solamente exigirán a los administrados el

cumplimiento de procedimientos, la presentación de documentos, el suministro de

información o el pago por derechos de tramitación, siempre que cumplan con los

requisitos previstos en el numeral anterior. Incurre en responsabilidad la autoridad que

procede de modo diferente, realizando exigencias a los administrados fuera de estos

casos. Las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o

a la simplificación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma

Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades

dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente.

Según Valderrama (2014)16, todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la

aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el

cual comprende: 1. Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los

administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de

cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el

cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de

publicación en el Diario Oficial. La descripción clara y taxativa de todos los requisitos

exigidos para la realización completa de cada procedimiento. La calificación de cada

procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de

aprobación automática. En el caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio

administrativo aplicable es negativo o positivo. Los supuestos en que procede el pago de

derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago. El monto de los

derechos se expresará con relación a la UIT, publicándose en las entidades en moneda

de curso legal. Las vías de recepción adecuadas para acceder a los procedimientos

16 Valderrama Martínez, Luis Miguel (2014) Administración Pública. Lima. Editorial. Santo Domingo.

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contenidos en los TUPA, de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 116 y siguientes de

la Ley. La autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los

recursos a interponerse para acceder a ellas. 8. Los formularios que sean empleados

durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo. El TUPA también

incluirá la relación de aquellos servicios prestados en exclusividad por las entidades,

cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o

dependencia. Los requisitos y condiciones para la prestación de los servicios por las

entidades serán fijados por decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de

Ministros. Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a

través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos

correspondientes a los mismos, los cuales deberán ser debidamente difundidos para que

sean de público conocimiento.

El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto

Supremo del sector, por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales, por

Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente

autónomo, según el nivel de gobierno respectivo. Cada 2 (dos) años, las entidades están

obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin

embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas

en el mismo lo ameriten. El plazo se computará a partir de la fecha de la última

publicación del mismo. El TUPA es publicado en el Diario Oficial El Peruano cuando

se trata de entidades con alcance nacional, o en el diario encargado de los avisos

judiciales en la capital de la región o provincia, tratándose de entidades con alcance

menor. Sin perjuicio de la indicada publicación, cada entidad realiza la difusión de su

TUPA mediante su ubicación en lugar visible de la entidad. Una vez aprobado el TUPA,

toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento

de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del

Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución

del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de

gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo

establecido en el numeral. Para la elaboración del TUPA se procurará evitar la

duplicidad de procedimientos administrativos en las distintas entidades de la

administración pública.

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2.2.1. AUDITORÍA DE GESTIÓN

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)17, es similar a lo

expresado por Estupiñán (2013)18; cuando señalan que el desarrollo de la auditoria de

gestión implica la ejecución de un examen objetivo, sistemático y profesional de

evidencias, realizado con el fin de proporcionar una evaluación independiente sobre el

desempeño(rendimiento) de las universidades públicas, orientada a mejorar la

efectividad, eficiencia y economía en el uso de los recursos públicos, para facilitar la

toma de decisiones por quienes son responsables de adoptar acciones correctivas y

mejorar su respondabilidad ante el público. El desarrollo de la auditoria de gestión

involucra la evaluación de la efectividad, eficiencia y economía en las operaciones de

una entidad, así como la verificación de la relación costo/beneficio; desempeño,

rendimientos, logros, resultados, etc. El desarrollo de la auditoría de gestión por su

enfoque involucra una revisión sistemática de las actividades de una entidad en relación al

cumplimiento de objetivos y metas (efectividad) y, respecto a la correcta utilización de

los recursos (eficiencia y economía). Su propósito general puede verse seguidamente:

Evaluación del desempeño (rendimiento); Identificación de las oportunidades de mejoras;

y Desarrollo de recomendaciones para promover mejoras u otras acciones correctivas.

La Evaluación del desempeño, se refiere a la evaluación del desempeño obtenido por una

entidad. Esta evaluación implica comparar la ruta seguida por la entidad al conducir sus

actividades con: a) los objetivos, metas, políticas y normas establecidos por la legislación

o por la propia entidad, y; b) otros criterios razonables de evaluación.

La Identificación de oportunidades de mejoras, se refiere al incremento de las condiciones

de efectividad, eficiencia y economía, constituyen las categorías bajo las cuales pueden

clasificarse las mejoras en las operaciones. Pueden identificarse oportunidades de

mejoras, mediante análisis de información, entrevistas con funcionarios de la entidad o

fuera de ella, observando el proceso de operaciones, revisando los informes internos del

pasado y presente y, ejercitando el juicio profesional basado en la experiencia del auditor

o en otras fuentes.

El Desarrollo de recomendaciones para promover mejoras u otras acciones correctivas, se

refiere a la naturaleza y alcance de las recomendaciones elaboradas en el proceso de la

17 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 18Estupiñán Gaitán, Rodrigo (2013) Administración de Riesgos E.R.M. y la Auditoria de gestión. Bogotá.

ECOE ediciones.

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auditoría de gestión es variable. En algunos casos, pueden formularse recomendaciones

sobre asuntos específicos; sin embargo, en otros casos, después de analizar el

costo/beneficio de implementar recomendaciones sobre actividades de mucha

complejidad, puede ser factible sugerir que la propia entidad lleve a cabo un estudio más

profundo del área específica y adopte las mejoras que considere apropiadas, en las

circunstancias.

Interpretando a Hernández (2013)19; el desarrollo de la auditoria de gestión se enmarca

es un examen amplio a los sistemas administrativos de las universidades, al efecto se

examina el sistema de personal, tesorería, abastecimiento, presupuesto, endeudamiento,

contable y control; todo con el objeto de determinar el grado de economía, eficiencia y

efectividad con el cual se gestionan los recursos y actividades de estas entidades. El

desarrollo de la auditoria de gestión involucra la determinación a priori de los objetivos,

tales como: i) Determinar el grado en que se están logrando los resultados o

beneficios previstos por la normativa legal, por la propia entidad, el programa o

proyecto, según sea el caso; ii) Establecer si la entidad adquiere, protege y utiliza sus

recursos de manera eficiente y económica; iii) Determinar si la entidad, programa

o proyecto ha cumplido con las leyes y reglamentos aplicables en materia de

eficiencia y economía; iv) Establecer si los controles gerenciales implementados en la

entidad o proyecto son efectivos y aseguran el desarrollo eficiente de las actividades y

operaciones.

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)20, es similar a lo

expresado por Herrador (2013)21; cuando señalan que el desarrollo de la auditoría de

gestión considera un examen integral de varios componentes de la gestión institucional de

las universidades públicas, tales como la efectividad; eficiencia; economía; financiero y

de cumplimiento. Al respecto la efectividad: se refiere al grado en el cual una entidad

programa o proyecto gubernamental logran sus objetivos y metas u otros beneficios que

pretendían alcanzarse, previstos en la legislación o fijados por otra autoridad. La

eficiencia, está referida a la relación existente entre los bienes o servicios

19 Hernández Rosales, Andrea (2013) La auditoria de gestión .Madrid: Editorial Días de Santos. 20 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 21 Herrador Alcaide Teresa Carmen (2013) Auditoria de gestión. Madrid. Editorial Tirant Lo Blanch

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producidos o entregados y los recursos utilizados para ese fin (productividad), en

comparación con un estándar de desempeño establecido. La economía, está relacionada

con los términos y condiciones bajo los cuales las entidades adquiere recursos, sean éstos

financieros, humanos, físicos o tecnológicos (Sistema de Información Computarizada),

obteniendo la cantidad requerida, al nivel razonable de calidad, en la oportunidad y lugar

apropiado y, al menor costo posible. El componente financiero es fundamental para tener

una adecuada contabilidad y procedimientos apropiados para la elaboración de informes

financieros. En una auditoría de gestión el componente financiero puede constituir sólo un

elemento a considerar en la evaluación de otras áreas en la entidad examinada. Del

cumplimiento, generalmente se ejecuta con el componente financiero. El cumplimiento

está referido a la sujeción de los funcionarios públicos a las leyes y regulaciones

aplicables y políticas y procedimientos internos.

Dentro de su alcance, la auditoría de gestión puede incorporar elementos de carácter

financiero, de cumplimiento, efectividad, eficiencia y economía. Las normas de auditoría

gubernamental-NAGU emitidas por la Contraloría General de la República son aplicables

para el desarrollo de la auditoría de gestión, dado que constituyen criterios que fortalecen

y uniformizan su ejercicio, así como permiten evaluar el desarrollo y resultado de los

trabajos realizados. Sin embargo tales guías no contienen toda la información que necesita

el auditor para satisfacer, por ejemplo, el requisito de planear debidamente su labor o

determinar la magnitud de la evidencia necesaria para sustentar una observación; dado

que muchos aspectos tienen que ver con el buen juicio y criterio del auditor.

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)22, es similar a lo

expresado por Hevia (2013)23; cuando indican que el desarrollo de la auditoria de gestión

involucra la realización de un proceso de evaluación que incluye tres grandes fases como

el Planeamiento; Ejecución; e, Informe:

1) El Planeamiento: Si bien las actividades relacionadas con el planeamiento tienen

mayor incidencia al inicio del examen, ellas continúan durante la ejecución y aún

en la formulación del informe, por cuanto mientras el documento final no sea

aprobado y distribuido, su contenido puede estar sujeto a ajustes, producto de

nuevas decisiones que obligarán a afinar el planeamiento aún en la fase del

22 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 23 Hevia Vásquez, Eduardo (2013) auditoria de gestión. Madrid. Editorial Tirant Lo Blanch

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informe. La formulación del informe no se inicia en la tercera fase, sino que

empieza a considerarse desde el planeamiento. Durante el planeamiento el equipo

de auditoría se dedica, básicamente, a obtener una adecuada comprensión y

conocimiento de las actividades de la entidad a examinar, llevando a cabo

acciones limitadas de revisión, en base a lo previsto en el plan de revisión

estratégica, con el objeto de determinar, entre otros aspectos, los objetivos y

alcance del examen, así como las condiciones para realizarlas. Durante esta fase el

auditor dedica sus mayores esfuerzos a planear la estrategia que utilizará en el

caso de la auditoría;

2) Ejecución: Esta fase involucra la recopilación de documentos, realización de

pruebas y análisis de evidencias, para asegurar su suficiencia, competencia y

pertinencia, de modo de acumularlas para la formulación de observaciones,

conclusiones y recomendaciones, así como para acreditar haber llevado a cabo el

examen de acuerdo con los estándares de calidad establecidos en el presente

manual. Durante la fase de ejecución se aplican procedimientos y técnicas de

auditoría y comprende: pruebas y evaluación de controles, identificación de

hallazgos (condición y criterio), desarrollo de observaciones (incluyendo

condición, criterio, causa, efecto y evaluación de comentarios de la entidad) y

comunicación de resultados a los funcionarios de la entidad, programa y/o

proyecto examinada;

3) Informe: Durante la tercera fase, el equipo de auditoría formaliza sus

observaciones en el informe de auditoría. Este documento, que es producto final

del examen deberá detallar, además de los elementos de la observación

(condición, criterio, causa y efecto), comentarios de la entidad, evaluación final de

tales comentarios, así como las conclusiones y recomendaciones. Después del

control de calidad, mediante el que se confirman los estándares de calidad

utilizados en la preparación del informe, finalmente este es aprobado y remitido a

la entidad auditada, en la forma y modo establecidos por la Contraloría General de

la República.

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)24, es similar a lo

expresado por Tuesta (2013)25; cuando señalan que el desarrollo de la auditoria de gestión

24 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú.

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incluye la administración en la forma más convenientemente posible. Dado que el

desarrollo de la auditoria de gestión involucra la participación de equipos y del mayor

nivel posible; los cuales deben ser administrados para cumplir con las actividades y

misiones encomendadas. Los equipos de auditoría son de carácter multidisciplinario,

están conformados por profesionales de diversas especialidades, habilidades y niveles de

experiencia. Tales equipos, incluyen generalmente: Gerente de Auditoría; Supervisor;

Auditor encargado; Auditores; Especialistas y Asistentes: i) El Gerente de Auditoría o

nivel gerencial equivalente tiene responsabilidad en la auditoría de gestión, desde la

selección de la entidad a ser examinada y planeamiento, hasta la formulación del

correspondiente Informe, así como también en cuanto al cumplimiento de las políticas

fijadas para su realización. Sus responsabilidades comprenden: Adquirir un conocimiento

profundo de la entidad bajo examen, coordinar los aspectos relativos al proceso de

recopilación y análisis de información; Vigilar que el proceso de planeamiento de la

auditoría se hay desarrollado en forma satisfactoria; Cautelar que los hallazgos,

observaciones, conclusiones y recomendaciones sean válidas, apropiadas y pertinentes;

Administrar el personal a cargo de la auditoría y los recursos financieros que le asignen;

Establecer un flujo de información apropiado con el jefe de equipo y los miembros del

equipo de auditoría y funcionarios de la entidad auditada; Efectuar el seguimiento sobre

el desarrollo de los trabajos, a fin que se cumplan los plazos establecidos para la

culminación de los trabajos; Cautelar el cumplimiento de las normas de auditoría

gubernamental y las disposiciones del Manual de Auditoría Gubernamental-MAGU; ii)

Para cada auditoría debe asignarse la responsabilidad de su dirección al Supervisor y un

auditor encargado experimentado. Sus responsabilidades comprenden: Formular y

ejecutar el plan de revisión estratégica y preparar el reporte de revisión estratégico;

Examinar el(las) área(s) y cada actividad en la fase de ejecución; Cautelar el

cumplimiento de los plazos establecidos para la terminación del trabajo; Supervisar el

trabajo realizado por los miembros del equipo de auditoría, asegurando el cumplimiento

de las labores fijadas en los programas de trabajo detallados; Cumplir y cautelar el

cumplimiento de las normas de auditoría gubernamentales y las disposiciones contenidas

en el Manual de Auditoría Gubernamental-MAGU; iii) Los miembros del equipo de

auditoría son quienes desarrollan la fase de ejecución y tienen contacto con los

funcionarios y empleados de la entidad auditada, con el objeto de obtener evidencias,

25 Tuesta Riquelme, Yolanda. (2013). El ABC de la Auditoria Gubernamental.. Lima. Iberoamericana de

Editores SA.

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realizar pruebas, elaborar papeles de trabajo y coordinar la labor de los asistentes de

auditoría que colaboran en la formación de los archivos corrientes del trabajo. Igualmente,

tiene participación en el planeamiento y organización de los programas detallados de

auditoría a utilizarse en la fase de ejecución.

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2.3. CONCEPTOS RELACIONADOS CON EL DESARROLLO DE LA

AUDITORÍA DE GESTIÓN

2.3.1. CRITERIOS DE AUDITORÍA DE GESTIÓN

Interpretando a Mantilla (2013)26; el desarrollo de la auditoría de gestión se lleva a cabo

mediante la determinación a priori de los criterios de auditoria de gestión. Dichos criterios

son normas para la evaluación del diseño y el desempeño de los sistemas y controles

gerenciales. Usualmente, los criterios deben ser amplios para permitir modos alternativos

de satisfacerlos, pero suficientemente específicos para determinar su adherencia a ellos.

Asimismo, deben ser aplicables a entidades de diversos tamaños, variando sólo los

medios apropiados en las circunstancias. Por ejemplo, los mecanismos de control

ambiental aplicados en un yacimiento minero de una empresa estatal, serán mucho más

sofisticados que en una instalación minera artesanal, de una empresa de menor volumen

de operaciones. El auditor evalúa las condiciones existentes contra los criterios. La

utilización de los criterios varía según la etapa de la auditoría. Considerando que en la

Revisión Estratégica, sólo se llevan a cabo pruebas preliminares, los criterios establecidos

pueden ser más genéricos; por el contrario, durante la fase ejecución, en razón que el

objetivo será llegar a juicios detallados de auditoría, el criterio deberá ser más específico.

En este sentido, el nivel de detalle del criterio de auditoría utilizado determinará el nivel

de detalle de los hallazgos y observaciones de auditoría.

Los criterios de auditoría deben tener las siguientes características: i) Brindar pautas útiles

para evaluar el manejo de los recursos físicos, humanos, financieros y tecnológicos y

determinar si están siendo logrados los resultados o beneficios previstos; ii) Constituirse

en una herramienta para la administración al desarrollar o comparar sus propios

procedimientos operativos; y, iii) Ser la base de evaluación de los sistemas y

procedimientos que practiquen los administradores gubernamentales. Los criterios de

auditoría pueden derivarse de diversas fuentes, dentro de ellas, pueden referirse:

disposiciones legales y normas gubernamentales, opinión de expertos, sentido común,

buenas prácticas gerenciales y de administración. Para que el criterio sea más efectivo

debe ser aceptado por las partes involucradas en la auditoría de gestión (auditores y

funcionarios gerenciales de la entidad examinada).

26 Mantilla Blanco, Samuel Alberto (2013) Control Interno y auditoria de gestión. Bogotá. ECOE

Ediciones.

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En ausencia de criterios expresos, el auditor debe aplicar sus conocimientos para

desarrollar los criterios que serían aplicables en circunstancias específicas. Esto puede

efectuarse en el curso de la auditoría, a partir de considerar que el desarrollo del criterio

corresponde a lo que una persona bien informada y razonable esperaría que hiciera la

administración en determinada situación.

En situaciones específicas el auditor puede seleccionar o desarrollar los criterios generales

pertinentes. Dada la importancia de los criterios en la ejecución de la auditoría de gestión

en tales casos, el auditor encargado y el supervisor deben revisar con el nivel gerencial

correspondiente, los criterios a ser utilizados en el examen.

Durante el planeamiento inicial de la auditoría, el auditor debe discutir los criterios con

los funcionarios responsables de la entidad, programa o proyectos a ser examinada, a

efecto de conocer su percepción sobre si los consideran apropiados y razonables.

2.3.2. INFORMACIÓN PARA LA PLANEACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA

AUDITORÍA DE GESTIÓN

PLANEAMIENTO DE LA AUDITORIA DE GESTION:

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)27, es similar a lo

expresado por Panéz (2013)28; cuando indican que el planeamiento de la auditoría de

gestión se refiere a la determinación de los objetivos y alcance de la auditoría, el tiempo

que requiere, los criterios, la metodología a aplicarse y la definición de los recursos que se

consideran necesarios para garantizar que el examen cubra las actividades más

importantes de la entidad, los sistemas y sus correspondientes controles gerenciales. El

planeamiento garantiza que el resultado de la auditoría satisfaga sus objetivos y tenga

efectos productivos. Su realización cuidadosa reviste especial importancia cuando se

evalúa la efectividad, eficiencia y economía en las entidades, o proyectos

gubernamentales, dado que los procedimientos que se aplican son complejos y variados.

Por ello, este proceso pretende establecer un adecuado equilibrio entre los objetivos y

alcance de la auditoría, el tiempo disponible para ejecutarla y, el número de horas que

debe trabajar el personal profesional para lograr un nivel óptimo en el uso de los recursos

destinados para la auditoría. La fase de planeamiento de la auditoría de gestión

comprende dos etapas: revisión general y revisión estratégica. La Revisión General,

27 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 28 Panéz, J. (2013) Auditoria Contemporánea. Lima: Iberoamericana de Editores SA.

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comprende: Conocimiento inicial de la entidad examinar; Análisis preliminar de la

entidad y Formulación del plan de revisión estratégica. La Revisión Estratégica,

comprende: Ejecución del plan; Aplicación de pruebas preliminares e identificación de

criterios de auditoría; Identificación de los asuntos más importantes y Formulación del

reporte de revisión estratégica

EJECUCIÓN DE LA AUDITORÍA DE GESTIÓN:

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)29, es similar a lo

expresado por Kell & Boynton (2013)30; cuando señala que el desarrollo de la auditoria de

gestión se lleva a cabo sobre la base de programas que contienen procedimientos propios

de la auditoria de gestión; los cuales basan su naturaleza, oportunidad y alcance en las

hojas de comprensión de las operaciones de las universidades públicas, así como en las

respuestas obtenidas al aplicar el cuestionario de evaluación del control interno. Los

procedimientos de auditoria son los instrumentos que permiten obtener información de la

gestión institucional, es decir evidencia, suficiente, competente y relevante. Los

procedimientos de auditoria de gestión se diseñan en la fase de planeación, se ejecutan en

la fase de ejecución y se obtienen resultados sobre los mismos en la fase del informe de

auditoría de gestión. Durante la fase ejecución, el equipo de auditoría se aboca a la

obtención de evidencias y realizar pruebas sobre las mismas, aplica procedimientos y

técnicas de auditoría, desarrolla hallazgos, observaciones, conclusiones y

recomendaciones. Los procedimientos de auditoría son operaciones específicas que se

aplican en una auditoría e incluyen técnicas y prácticas consideradas necesarias, de

acuerdo con las circunstancias.

Interpretando lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)31, se tiene

que la auditoría de gestión con enfoque en la eficiencia y economía, tiene el propósito de

determinar si las universidades públicas utilizan sus recursos financieros, humanos y

materiales de manera eficiente y económica. Por esta razón, el auditor debe detectar las

causas de cualquier práctica ineficiente o anti-económica, incluyendo deficiencias en los

29 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 30Kell, Walter G. &Boynton William c. (2013) Auditoria moderna de gestión. México. CEC-SA DE CV. 31 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú.

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sistemas de información gerencial, procedimientos administrativos o estructura

organizacional.

La eficiencia está referida a la relación existente entre los bienes o servicios producidos o

entregados y los recursos utilizados para ese fin, en comparación con un estándar de

desempeño establecido. En la auditoría de gestión, dar consideración apropiada a la

eficiencia significa maximizar las salidas (Outputs) generadas por cualquier tipo de

ingreso (inputs) o, producir un nivel dado de salidas a menor costo. Este aspecto puede ser

fácilmente apreciado en programas que involucran la producción o generación de algún

bien o servicio en forma repetitiva. Por ejemplo, el número de vacunas aplicadas por un

centro de salud pública o, el número de documentos ingresados a un sistema de trámite

documentario. En el gráfico siguiente se ilustra la relación existente entre entradas y

salidas. La comprensión del significado de la eficiencia, es necesaria para entender el

sentido de los términos: entradas/salidas, productividad, cantidad y calidad y nivel del

servicio. Las entradas están representadas, principalmente, los recursos, sean éstos

financieros, materiales, físicos o de información, los cuales son utilizados para producir

salidas. Las salidas pueden comprender bienes o servicios producidos para atender la

demanda del público, y son definidos en términos de cantidad y calidad que se relacionan

con el nivel de servicio brindado. La productividad se refiere al monto aceptable de bienes

o servicios producidos (salidas) y los recursos utilizados (entradas) para producirlos,

generalmente, la productividad puede expresarse en forma de relación , costo o tiempo

por unidad de salida producida. Las normas relativas al nivel de servicio a alcanzar

pueden estar definidas por las políticas, regulaciones u otras disposiciones y, en algunos

casos, tales normas pueden incidir en la calidad, así como en el costo del servicio. La

eficiencia por su naturaleza es un concepto relativo. Ella es posible medirla si

comparamos la productividad obtenida con un estándar o norma establecida. La cantidad

o calidad de las salidas y el nivel de servicio brindado, pueden también ser comparadas

contra los estándares de desempeño, con el propósito de determinar si fueron ocasionados

algunos cambios en la eficiencia, Por lo tanto, se admite que la eficiencia es incrementada

cuando se produce con calidad un número mayor de salidas con menores recursos de

entrada, o cuando con el mismo monto de salidas son producidas con menos recursos. La

eficiencia es un componente importante dentro de la auditoría de gestión; por ello el

auditor debe incluirla en las evaluaciones relacionadas con la efectividad y economía que

lleva a cabo. Debido a que la eficiencia tiene relación con las entradas y salidas de

recursos y, la economía cautela la obtención de recursos en cantidad y calidad apropiada y

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al menor costo, puede afirmarse que entre ambos conceptos existe un factor de

endeudamiento. Existe igualmente una íntima vinculación entre la eficiencia y

efectividad, por cuanto la primera constituye un factor para determinar el menor costo

posible o la mejor manera para lograr los objetivos y metas establecidos.

La economía está relacionada con los términos y condiciones bajo los cuales se adquiere

recursos, sean éstos financieros, humanos, físicos o tecnológicos (Sistema de Información

Computarizada), obteniendo la cantidad requerida, al nivel razonable de calidad, en la

oportunidad y lugar apropiado y, al menor costo posible. De no tenerse en cuenta estos

factores, podría resultar en bienes o servicios a costos mayores, de menor calidad u

obtenidos a destiempo. Una operación económica adquiere tales recursos en calidad y

cantidad apropiada y al menor costo posible. La distinción entre economía y eficiencia es

a menudo poco clara. Por ejemplo, si se obtiene los recursos pagando sobreprecios, ello

tendrá un impacto directo sobre el costo unitario de las salidas. Pero, esta situación es un

asunto relacionado con la economía, no con la eficiencia, que tiene que ver con el empleo

de los bienes en las operaciones de la entidad.

Una auditoría que comprenda la eficiencia y economía de los programas o actividades

tiene como objetivos: Determinar si la entidad, programa o actividad adquiere, protege y

utiliza los recursos de manera eficiente y económica; Establecer las causas de

ineficiencias o prácticas anti-económicas; Determinar si la entidad ha cumplido con las

leyes y reglamentos aplicables en materia de eficiencia y economía; Establecer la

razonabilidad de los controles gerenciales para mantener la eficiencia y calidad del

servicio a un nivel satisfactorio; Determinar la confiabilidad de los procedimientos

establecidos para medir y reportar su rendimiento; Identificar los esfuerzos para mejorar

la eficiencia en el programa o actividad auditado y los resultados alcanzados.

La eficiencia de una operación se encuentra influenciada por la cantidad y calidad de los

bienes y servicios producidos y la calidad y el nivel de los servicios que se ofrecen.

Cualquier cambio en la cantidad y calidad puede ser difícil de interpretar. El

mejoramiento de un índice de eficiencia, puede resultar a expensas de la calidad o el nivel

de servicios; sin embargo, el mejoramiento importante en la calidad o el nivel del servicio

sólo puede ser posible mediante el aumento sustancial del costo por unidad.

El índice de salidas/entradas, es decir, la productividad, no precisa si los resultados

reflejados son adecuados; para ello es necesario tener un punto de referencia, mediante el

cual se mida la ejecución y los cambios en la eficiencia. Los resultados pueden medirse en

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forma razonable, si los comparamos con estándares establecidos. Un estándar es el tiempo

de duración específico, determinado por la cuantificación del trabajo requerido para

producir una unidad de producto o servicio o, para ejecutar una tarea. En otros términos,

representa el concepto de un día justo de trabajo esperado de un empleado con

entrenamiento razonable y experiencia. Los estándares de desempeño se utilizan con

distintos propósitos en los sistemas de información y control para: Demostrar los

resultados alcanzados, comparando la información de ejecución con los estándares;

Efectuar análisis costo/beneficio, proporcionando información para comparar métodos y

procedimientos actuales y propuestos; Producir el intercambio de decisiones entre

eficiencia y el nivel de servicio; Aspectos a considerar en la fase de Ejecución

Cuando el enfoque de la auditoría de gestión se orienta a la eficiencia y economía puede

examinarse, si la entidad, programa o actividad auditada: Tiene implementadas políticas

razonables para efectuar la adquisición de bienes o contratación de servicios; Protege y

conserva apropiadamente sus recursos; Evita la duplicidad de esfuerzos de su personal y

el trabajo sin utilidad práctica; Utiliza procedimientos operativos eficientes;

Dispone de controles gerenciales adecuados para medir su desempeño en términos

de eficiencia y economía y para informar sobre este asunto; Cumple las leyes y

reglamentos que regulan la adquisición, uso y protección de los recursos;

Los criterios de auditoría aplicables son los siguientes: Las medidas del desempeño deben

ser apropiadas y exactas; El desempeño debe ser apropiado en comparación con el

estándar establecido; los informes debe adaptarse a las necesidades de la gerencia; La

información del desempeño debe utilizarse para lograr mejoras en la productividad; y, Las

medidas e informes sobre productividad deben mantenerse actualizados.

Las medidas del desempeño deben ser apropiadas y exactas: Con este propósito los

productos deben estar adecuadamente definidos y correctamente medidos. Las

definiciones y medidas deben modificarse para reflejar los cambios que se presenten en

los resultados. Las características del producto, tales como calidad y nivel de servicios,

deben especificarse con claridad y estar relacionados apropiadamente, así como cuando

sea posible, los resultados de la producción o rendimiento deben incluir indicadores de

éstas características. El desempeño debe ser adecuado en comparación con el estándar.

Como el estándar es la base de la comparación, cuando sea posible debe establecerse

aplicando técnicas de medición del trabajo que sean aceptadas. Cuando el estándar ha sido

establecido mediante la medición del trabajo, el objetivo para una persona debe ser el

100% del estándar. Los informes deben adaptarse a las necesidades de la gerencia: Los

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reportes que contengan información sobre indicadores de rendimiento o resultados deben

presentarse en forma oportuna a la administración, identificando los aspectos

significativos. La información sobre el desempeño debe utilizarse para lograr mejoras en

la productividad: La información sobre el desempeño debe indicar si los objetivos fueron

logrados y en que aspectos se requiere correctivos. El aumento de la eficiencia debe ser

identificado y evaluado en forma sistemática, con el apoyo de técnicas para la

organización y medición del trabajo. La información sobre el desempeño debe utilizarse

para estimular a la administración y empleados para incrementar su productividad; por lo

tanto, la comunicación de los niveles de desempeño esperados, pueden promover la

presentación de iniciativas como por ejemplo, revisar la calidad del ambiente de trabajo,

cuyos resultados pueden ser útiles para mejorar la productividad en la entidad. Las

medidas e informes sobre la productividad deben mantenerse actualizados. Los

procedimientos para la captura de información y análisis de las rutinas del trabajo deben

modificarse para corregir los defectos que se hubieran previamente identificado.

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)32, permite considerar

que la evaluación de la efectividad de las universidades públicas es realizada por el

auditor gubernamental, con la finalidad de informar a los Organismos conformantes de

los Poderes del Estado y a las autoridades de la Administración Pública responsables de

la conducción, autorización, financiamiento y ejecución de los programas o actividades,

en torno a su desempeño (rendimiento) obtenido por los programas en comparación con

lo planeado. Este enfoque evalúa los resultados o beneficios logrados y determina si el

programa viene logrando las metas previstas, así como identifica los problemas que

requieren corregirse para mejorar su efectividad. Algunos de los aspectos a considerar en

una auditoría con enfoque de efectividad son los siguientes: Establecimiento de

objetivos del programa en forma clara y precisa; Identificación de todos los objetivos del

programa que sean materia de evaluación; Razonabilidad de los procedimientos para la

evaluación de la efectividad del programa en cuanto su realización y costo;

Retroalimentación de la efectividad del programa

La evaluación de la efectividad de los programas o actividades, tiene relación directa con

la evaluación de la eficiencia y economía en la aplicación de los recursos; por este motivo

el auditor puede incluir ambos componentes en forma conjunta al desarrollar su trabajo.

32 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú.

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Esto es un aspecto a considerar durante la fase de planeamiento de la auditoría, en vista

que una entidad puede alcanzar sus objetivos y metas en un período determinado, a pesar

de incurrir en despilfarros o falta de economía en la aplicación de los recursos; o también,

la misma entidad podría obtener niveles adecuados de eficiencia y economía en sus

operaciones, sin que por ello logre sus objetivos y metas planeados.

Los auditores asignados para realizar una auditoría de gestión que incluya el enfoque de

efectividad, deben contar con cierta experiencia en la evaluación de programas, así como

determinados conocimientos respecto del ente que será materia de examen. Además, tales

profesionales deben haber recibido entrenamiento o tener experiencia en la ejecución de

la auditoría de gestión.

Dentro del enfoque de efectividad se utilizan diversos términos que deben ser

adecuadamente comprendidos por el auditor, siendo éstos los siguientes: i)

Efectividad: se refiere al grado en el cual un programa logra sus objetivos y metas

previstas u otros beneficios que pretendía alcanzarse y que fueron establecidos por la

legislación o fijados por una autoridad superior; ii) Programa: comprende un grupo de

actividades diseñadas a fin de lograr objetivos y metas comunes, bajo la administración de

un centro de responsabilidad autorizado por ley. Esta definición no incluye a los

conceptos programa presupuestal, proyecto o actividad, que son categorías propias del

nivel funcional programático del presupuesto, cuyo significado se refiere a las acciones

para combinar los recursos humanos, materiales o financieros y lograr objetivos y metas

presupuestales; iii) Resultados del programa: conjunto de eventos que ocurren como

consecuencia de la ejecución de un programa y corresponden a logros obtenidos debido a

los servicios proporcionados. Los resultados pueden clasificarse en programados y no

programados; positivos y negativos o inmediatos y/o de largo plazo; iv) Objetivo: es

establecido con un propósito específicos y expresa lo que desea lograrse en un programa;

iv) Meta: corresponde al nivel que debe lograrse en un tiempo determinado en una área de

responsabilidad. La meta es la expresión cuantificada del objetivo y es factible de

medición en términos de resultados.

La evaluación de resultados de los programas o actividades es una responsabilidad

gerencial del titular de cada entidad, quien debe obtener en forma periódica dicha

información a través de su personal o mediante la contratación de terceros. Por lo tanto, el

auditor no efectúa una nueva evaluación, sino más bien revisa las evaluaciones efectuadas

por la propia entidad, programa o actividad. Solamente en los casos en que se encuentre

una evaluación deficiente o no se encuentre evaluación alguna, el auditor podría, llevar a

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cabo su propia evaluación de la efectividad del programa o actividad, como un modo de

demostrar su factibilidad y motivar a la administración en el cumplimiento de sus

responsabilidades.

Las entidades del Estado deben disponer de una organización con la capacidad suficiente

para evaluar la efectividad de sus programas en forma inmediata o periódica, de

procedimientos adecuados para evaluar la efectividad y reportarla a los niveles superiores

y utilizar el producto de tales evaluaciones como elemento de retroalimentación para la

toma de decisiones.

Una adecuada organización de los esfuerzos en un programa requiere la adopción de los

criterios siguientes: Establecer los mecanismos de planeamiento, dirección e informe de

las evaluaciones de resultados; Diseñar procedimientos para asegurar la evaluación

sistemática y el reporte adecuado sobre la efectividad de los programas; Asegurar que la

evaluación e informe sobre la efectividad del programa sea administrado en observancia

de la efectividad, eficiencia y economía; Los objetivos del programa deben ser

especificados de la forma más precisa posible; Los procedimientos de evaluación de la

efectividad e informe deben justificar su costo; Los procedimientos de evaluación deben

ser diseñados de manera que sean válidos; La información proporcionada por la

evaluación de efectividad debe ser lo suficientemente confiable que pueda utilizarse para

la toma de decisiones; Los reportes de evaluación de efectividad y su análisis deben estar

completos y equilibrados, así como soportados por documentación apropiada; Cada

entidad debe informar sobre la evaluación de los resultados en forma rápida y consistente

a los funcionarios del programa.

La aplicación de los criterios antes mencionados puede determinar la identificación de

hallazgos que deben ser comunicados y utilizados para la toma de decisiones por los

funcionarios del programa; por lo tanto, el auditor puede r efectuar su evaluación con mas

detalle y considerar las fortalezas y debilidades a través de información adicional. En el

gráfico siguiente se muestra el proceso a través del cual el auditor forma su juicio sobre

los asuntos de más importancia en términos de efectividad.

Analizando a la Contraloría General de la República (2013)33, se tiene que los objetivos

que persigue la auditoría de gestión con enfoque de efectividad son: Determinar el grado

en que se están logrando los resultados o beneficios previstos por la normativa legal

33 Contraloría General de la República (2013) Normas de auditoria gubernamental-NAGUS. Lima.

Editora Perú.

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aplicable o, por la entidad que haya aprobado el programa; La efectividad de las

entidades, programas; Si la entidad ha cumplido con las leyes y reglamentos aplicables al

programa o actividad.

Dentro de las acciones de planeamiento general de las auditorías pueden seleccionarse

programas o actividades que en apariencia denotan no tener problemas o algunas

dificultades; sin embargo antes de definirse el curso a seguir deben tenerse en cuenta si el

ente a examinar: Es de reciente creación o ha sido evaluado con anterioridad; Está

desarrollándose con suma rapidez y tiene alcance nacional; Comprende una área de

mucho interés para el Congreso de la República o el Poder Ejecutivo; Tiene una

asignación presupuestal muy importante o se le pueden autorizar más recursos en el

futuro.

Las actividades que realice el auditor deben orientarse, principalmente, a los siguientes

aspectos: Objetivos del programa o actividad; Criterios de evaluación; Evaluación y

presentación de los informes sobre efectividad; y, Gestión del sistema de evaluación de la

efectividad.

La principal preocupación para el auditor es comprender adecuadamente los objetivos del

programa y como guardan relación con los resultados que se espera obtener. Los objetivos

y metas de los programas deben especificarse de la manera más precisa posible, dada que

sino sería difícil determinar si el programa o actividad está logrando los resultados

esperados. A menos que exista claridad y detalle en los objetivos o beneficios que se

esperan lograr, la evaluación de los programas o el sistema de información orientado

hacia la evaluación de tales objetivos, tendrá un uso limitado como herramienta de la

gerencia o mecanismos de retroalimentación para la toma de decisiones. Por ello, es

importante que el programa o actividad haya definido los elementos siguientes: Objetivos

y metas claras y mensurables; Plazos de cumplimiento y Costo financiero.

Es posible que en el curso de la auditoría se encuentren casos en que, tanto la normativa

legal, como el propio programa, no ha establecido objetivos y metas con claridad. En tal

caso el auditor, debe obtener la opinión autorizada de los funcionarios responsables y

llegar a puntos de vista coincidentes, como paso previo a definir los criterios a utilizarse

para la medición y evaluación del grado de avance obtenido. De no arribarse a una

adecuada comprensión de este asunto, el auditor tendrá que concluir que el programa o

actividad bajo examen, no ha establecido objetivos y metas claras y mensurables y,

consecuentemente, no es factible medir el logro de las metas físicas alcanzadas, por ser

inalcanzables, irreales o inexistentes.

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Otra situación que podría presentarse es que las metas físicas correspondientes al

programa o actividad examinada, hayan sufrido cambios significativos en el tiempo. Estos

hechos que en apariencia se refieren a los aumentos o disminuciones propios de la gestión

gubernamental, deben conducir al auditor a realizar un análisis más exhaustivo, a efecto

de determinar los efectos potenciales de tales eventos en las metas establecidas

inicialmente por los programas.

No todos los objetivos de los programas pueden evaluarse apropiadamente, dado que

existen diversos factores que podrían afectar la naturaleza de las medidas a implementar.

Los esfuerzos para medir de que manera y hasta que punto se logran los objetivos y metas

dentro de un programa u otros beneficios, pueden sustentarse en un sistema de medición

continua del desempeño(rendimiento) o en evaluaciones periódicas del programa o

actividad, generalmente, de carácter cuantitativo.

Los procedimientos establecidos por el programa para medir la efectividad deben reflejar

las técnicas más apropiadas y sus costos estar debidamente justificados. Cuando los

criterios de efectividad estén soportados en un sistema de información sobre el

desempeño, el auditor debe examinar la forma en que fue planeada su utilización, la

validez y confiabilidad de tal criterio, la exactitud de los datos que proporciona y la

propiedad de las normas establecidas para evaluar el desempeño.

La evaluación del desempeño es una responsabilidad inherente al programa o actividad,

dado que constituye la primera fuente de información para conocer los progresos

alcanzados en el logro de objetivos y metas. Estas evaluaciones son practicadas por

personal de la propia entidad o terceros. En este contexto, el auditor debe revisar los datos

provenientes de la evaluación del desempeño, con el objeto de establecer si los criterios

de evaluación y métodos de medición utilizados son confiables y razonables y, sobre

todo, si la información obtenida tiene los mismos atributos.

Si en la fase de ejecución se identifican situaciones tales como: inexistencia de informes

de evaluación del desempeño o falta de datos confiables sobre los resultados obtenidos,

tales factores podrían constituirse en limitantes para llevar a cabo una evaluación objetiva

de los logros alcanzados. En este caso, el auditor debe recomendar que el programa

materia de examen, implemente un sistema de información apropiado para evaluar su

desempeño.

Durante la auditoría deben examinarse los procedimientos para organizar y administrar

las actividades de evaluación e información sobre la efectividad del programa o la

actividad. En tal tarea se incluyen los controles gerenciales, tanto para el planeamiento y

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recopilación, como respecto a la presentación de información sobre la efectividad del

programa o actividad.

La información proporcionada por las evaluaciones de desempeño son una fuente que

debe ser considerada por la alta dirección de cada entidad al tomar decisiones o diseñar

políticas específicas para el programa. El rol del auditor en este campo es determinar si

los reportes de evaluación del desempeño han sido informados a los funcionarios y, si

éstos los han considerado al momento de tomar decisiones.

Interpretando A Bacón (2013)34; una auditoría de gestión, con enfoque en la efectividad

de los programas puede incluir aspectos tales como: Objetivos y metas de un programa o

aquellos recién creados o en ejecución, para establecer si éstos son apropiados,

convenientes o pertinentes; Beneficios que debe lograr un programa o actividad; Factores

que están impidiendo obtener resultados satisfactorios; Cumplimiento de las leyes y

reglamentos aplicables al programa; Sistema de control gerencial implementado por el

programa para evaluar la efectividad, elaborar reportes y monitorear su ejecución;

Alternativas adoptadas por la administración para la ejecución de actividades a un menor

costo.

Los trabajos relacionados con la auditoría con enfoque de efectividad pueden orientarse

en función de dos perspectivas: los resultados del programa o los controles y

procedimientos gerenciales. Cuando el enfoque es determinado sobre los resultados del

programa, la evaluación de efectividad debe iniciarse identificando su importancia, esto

debe permitir examinar la calidad de las evaluaciones realizadas por su administración y

arribar a juicios preliminares sobre su efectividad; sin embargo, las causas de los

problemas de evaluación, generalmente, serán asociados a los controles gerenciales y

procedimientos con que se realiza la evaluación de resultados. Cuando el enfoque son los

controles gerenciales y procedimientos, el auditor debe focalizar su atención en la

organización del programa y los criterios para conducir y evaluar sus actividades, con lo

cual podrá establecer el grado de cumplimiento de las disposiciones gubernamentales, así

como la forma en que son administradas las actividades en base a los criterios de

efectividad, eficiencia y economía.

34 Bacón; J. (2013) Manual de Auditoria de gestión. Buenos Aires. Editorial megabyte

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PROCEDIMIENTOS PARA OBTENER EVIDENCIA DE AUDITORÍA DE

GESTIÓN:

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)35, es similar a lo

expresado por Holmes (2013)36; cuando señalan que los procedimientos de auditoria de

gestión se concretan en la obtención de información mediante las técnicas de auditoria de

gestión. Aun cuando las técnicas son las mismas para casi todas las auditorías, sin

embargo para cada tipo de auditoria tendrán determinados énfasis; como en el caso de la

auditoria de gestión, el énfasis es que incidan en la determinación del grado de economía,

eficiencia y efectividad de los recursos y actividades de las universidades públicas. Las

técnicas de auditoría son métodos prácticos de investigación y prueba que utiliza el

auditor, para obtener evidencia necesaria que fundamente su opinión. Las prácticas de

auditoría constituyen las labores específicas realizadas por el auditor como parte del

examen. Las técnicas de auditoría de gestión más utilizadas para reunir evidencia en las

universidades públicas son las siguientes:

Técnicas de verificación ocular: i) Comparación, es el acto de observar la similitud o

diferencia existente entre dos o más elementos. Dentro de la fase de ejecución se efectúa

la comparación de resultados, contra criterios aceptables, facilitando de esa forma la

evaluación por el auditor y la elaboración de observaciones, conclusiones y

recomendaciones; ii) Observación, es el examen ocular realizado para cerciorarse como se

ejecutan las operaciones. Esta técnica es de utilidad en todas las fases de la auditoría, por

cuyo intermedio el auditor se cerciorará de ciertos hechos y circunstancias, en especial,

las relacionadas con la forma de ejecución de las operaciones, apreciando personalmente,

de manera abierta o discreta, como el personal de la entidad ejecuta las operaciones.

Técnicas de verificación oral: i) Indagación, es el acto de obtener información verbal

sobre un asunto mediante averiguaciones directas o conversaciones con los funcionarios

de la entidad. La respuesta a una pregunta formulada por el auditor, comprende una

porción insignificante de elementos de juicio en los que puede confiarse, pero las

respuestas a muchas preguntas que se relacionan entre si, pueden suministrar un elemento

de juicio satisfactorio, si todas son razonables y consistentes. Es de especial utilidad la

indagación en la auditoría de gestión, cuando se examinan áreas específicas no

documentadas; sin embargo, sus resultados por si solos no constituyen evidencia

35 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 36 Holmes, Arthur. W. (2013) Auditoria. México: Unión Tipográfica Hispanoamericana.

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suficiente: ii) Las Entrevistas, pueden ser efectuadas al personal de la entidad auditada o

personas beneficiarias de los programas o proyectos. Para obtener mejores resultados

debe prepararse apropiadamente, especificar quienes serán entrevistados, definir las

preguntas a formular, alertar al entrevistado acerca del propósito y puntos a ser abordados.

Asimismo, los aspectos considerados relevantes deben ser documentados y/o confirmados

por otras fuentes y su utilización aceptada por la persona entrevistada; iii) Las Encuestas

pueden ser útiles para recopilar información de un gran universo de datos o grupos de

personas. Pueden ser enviadas por correo u otro método a las personas, firmas privadas y

otros que conocen del programa o el área a examinar. Su ventaja principal radica en la

economía en términos de costo y tiempo; sin embargo, su desventaja se manifiesta en su

inflexibilidad, al no obtenerse más de lo que se pide, lo cual en ciertos casos puede ser

muy costoso. La información obtenida por medio de encuestas es poco confiable, bastante

menos que la información verbal recolectada en base a entrevistas efectuadas por los

auditores. Por lo tanto, debe ser utilizada con mucho cuidado, a no ser que se cuente con

evidencia que la corrobore.

Técnicas de verificación escrita: i) Analizar, consiste en la separación y evaluación

crítica, objetiva y minuciosa de los elementos o partes que conforman una operación,

actividad, transacción o proceso, con el fin de establecer su naturaleza, su relación y

conformidad con los criterios normativos y técnicos existentes. Los procedimientos de

análisis están referidos a la comparación de cantidades, porcentajes y otros. De acuerdo a

las circunstancias, se obtienen mejores resultados si son obtenidos por expertos que

tengan habilidad para hacer inferencias lógicas y juicios de valor al evaluar la información

recolectada. Las técnicas de análisis son especialmente útiles para determinar las causas y

efectos de los hallazgos de auditoría; ii) Confirmación, es la técnica que permite

comprobar la autenticidad de los registros y documentos analizados, a través de

información directa y por escrito, otorgada por funcionarios que participan o realizan las

operaciones sujetas a examen (confirmación interna), por lo que están en disposición de

opinar e informar en forma válida y veraz sobre ellas. Otra forma de confirmación, es la

denominada confirmación externa, la cual se presenta cuando se solicita a una persona

independiente de la organización auditada (terceros), información de interés que sólo ella

puede suministrar; iii) Tabulación, es la técnica de auditoría que consiste en agrupar los

resultados obtenidos en áreas, segmentos o elementos examinados, de manera que se

facilite la elaboración de conclusiones. Un ejemplo de aplicación de esta técnica lo

constituye la tabulación de los resultados obtenidos como consecuencia de las respuestas

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efectuadas en una encuesta por los beneficios de algún programa o proyecto; iv)

Conciliación, implica hacer que concuerden dos conjuntos de datos relacionados,

separados e independientes. Esta técnica consiste en analizar la información producida

por diferentes unidades operativas o entidades, respecto de una misma operación o

actividad, con el objeto de establecer su concordancia entre si y, a la vez, determinar la

validez y veracidad de los informes, registros y resultados que están siendo examinados.

Técnicas de verificación documental: i) Comprobación, se aplica en el curso de un

examen, con el objeto de verificar la existencia, legalidad, autenticidad y legitimidad de

las operaciones efectuadas por una entidad, mediante la verificación de los documentos

que las justifican; ii) Computación, se utiliza para verificar la exactitud y corrección

aritmética de una operación o resultado. Se prueba solamente la exactitud de un cálculo,

por lo tanto, se requiere de otras pruebas adicionales para establecer la validez de los

datos que forman parte de una operación; iii) Rastreo, es utilizada para dar seguimiento y

controlar una operación de manera progresiva, de un punto a otro de un proceso interno

determinado o, de un proceso a otro realizado por una unidad operativa dada. Esta técnica

puede clasificarse en dos grupos: a) rastreo progresivo, que parte de la autorización para

efectuar una operación hasta la culminación total o parcial de ésta; y, b) rastreo regresivo,

que es inverso al anterior, es decir, se parte de los resultados de las operaciones para llegar

a la autorización inicial; iv) Revisión selectiva, consiste en el examen ocular rápido de

una parte de los datos o partidas que conforman un universo homogéneo en ciertas áreas,

actividades o documentos elaborados, con fines de separar mentalmente asuntos que no

son normales, dado el alto costo que representaría llevar a cabo una revisión amplia o, que

por otras circunstancias, no es posible efectuar un análisis profundo.

Técnicas de verificación física: Inspección, es el examen físico y ocular de activos,

obras, documentos y valores, con el objeto de establecer su existencia y autenticidad. La

aplicación de esta técnica es de mucha utilidad, especialmente, en cuanto a la constatación

de efectivo, valores, activo fijo y otros equivalentes. Generalmente, se acostumbra a

calificarla como una técnica combinada, dado que en su aplicación utiliza la indagación,

observación, comparación, rastreo, tabulación y comprobación.

Carmona (2013)37, coincide con Hierro (2013)38; cuando indican que en el desarrollo de

la auditoria de gestión a parte de las técnicas tradicionales para obtener evidencia, se tiene

37 Carmona Rojas, Ana María (2013). Auditoria de gestión. Lima. Edición a cargo de la autora. 38 Hierro Cuenca, Alfredo (2013) La Auditoría de gestión y las ISO 9000. Madrid. Días de Santos, Editor.

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a las denominadas prácticas de auditoría. Dichas prácticas de auditoría son las

operaciones o labores específicas que se realizan como parte del examen y no son

consideradas como técnicas. Sirven a las labores de auditoría como elemento de apoyo

muy importantes. Existen también otros elementos que contribuyen efectivamente a

seleccionar las técnicas o prácticas de auditoría que deben aplicarse; éstos son: los

síntomas y la intuición: i) Síntomas: Son definidos como los indicios de una cosa que

está sucediendo o va a suceder. En el campo de la auditoría constituyen las señales de

alerta temprana que se detectan en el curso del examen. En su ejemplo más elemental, es

el humo que presagia la presencia del fuego. La identificación de síntomas como práctica

de auditoría puede ser de mucha entidad para el auditor experto que está en capacidad de

percibirlos, por cuanto le permite seleccionar las técnicas más apropiadas para obtener

evidencia o para profundizar el análisis de algún asunto; ii) Intuición: La institución es

entendida como la facultad para comprender las cosas en forma instantánea, tal como si se

tuviera a la vista. En el campo de la auditoría gubernamental, la intuición puede ser

aplicada en algunas situaciones, sin que ésta deba considerarse como una práctica común

a utilizarse. A lo largo de su carrera los auditores pueden desarrollar un “sexto sentido”

que es la intuición, la que viene a ser el resultado de su capacidad de reacción ante señales

que otros auditores con menos experiencia podrían no detectar.

EVIDENCIA DE AUDITORIA DE GESTIÓN:

Lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)39, es similar a lo

expresado por la Editorial Océano (2013)40; cuando indican que la evidencia de auditoria

de gestión es el conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y pertinentes

que sustentan las conclusiones del auditor. Es la información específica obtenida durante

la labor de auditoría a través de observación, inspección, entrevistas y examen de los

registros. La actividad de auditoría se dedica a la obtención de la evidencia, dado que ésta

provee una base racional para la formulación de juicios u opiniones. El término evidencia

incluye documentos, fotografías, análisis de hechos efectuados por el auditor y en

general, todo material usado para determinar si los criterios de auditoría son alcanzados.

En términos generales la evidencia de auditoría puede clasificarse en cuatro tipos:

39 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú. 40 Editorial Océano (2013) Enciclopedia de la Auditoria. Madrid. Editorial Océano.

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1) Evidencia física. Se obtiene la evidencia física por medio de una inspección u

observación directa de Actividades ejecutadas por las personas; Documentos y

registros; Hechos relativos al objetivo del examen. La evidencia física se

documenta en un memorándum que resume los asuntos revisados, papeles de

trabajo que muestran la naturaleza y alcance de la verificación practicada,

pudiendo ser el resultado de una inspección y estar representada por fotografías,

cuadros, mapas u otras representaciones gráficas. El obtener y utilizar evidencia

gráfica es una forma eficaz de explicar o describir una situación en un informe.

Por ejemplo, una fotografía clara de un almacén que ilustra prácticas ineficientes

tiene un impacto mucho mayor que cien palabras. El auditor debe obtener

evidencia física, como por ejemplo "muestras" en respaldo de sus hallazgos. La

efectividad de la labor de auditoría varía según se adquiera familiaridad con la

naturaleza física de las operaciones, bienes y otros recursos de la entidad. La

habilidad de informar acerca de una condición identificada es mucho más

convincente que declaraciones basadas en otros tipos de evidencia. Es una buena

práctica que dos miembros del equipo de auditoría efectúen la inspección física.

Igualmente, deben efectuarse las coordinaciones necesarias con los funcionarios a

cargo de la entidad, para que éstos les acompañen y corroborar los hallazgos. Es

práctico firmar el memorándum o acta de inspección, según sea el caso, a fin de

evitar cualquier controversia acerca de la precisión de los hallazgos de auditoría,

los cuales deben formar parte de los papeles de trabajo. El adecuado uso de la

técnica de observación, incluyendo el reconocimiento del valor de la evidencia

física depende, en gran parte, del auditor que efectúa el trabajo. Por ejemplo, si

éste se mantiene alerta y es curioso e imaginativo, observará en forma crítica los

inventarios, las condiciones de las estructuras y equipo y las actividades del

personal de la entidad.

2) Evidencia testimonial. Es la información obtenida de otros a través de cartas o

declaraciones recibidas en respuesta a indagaciones o por medio de entrevistas. El

resultado de las entrevistas pueden expresarse en un memorándum basado en

notas tomadas durante ellas. Es conveniente que tales declaraciones estén

firmadas por los funcionarios o empleados entrevistados. La declaración verbal o

escrita de un funcionario acerca de, por ejemplo, la cantidad y condiciones de las

existencias en almacén, tiene un valor limitado como evidencia. Las declaraciones

se tornan más importantes y útiles, si están corroboradas por revisiones de los

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registros y las pruebas físicas de inventario. Las declaraciones de funcionarios de

la entidad son fuentes valiosas de información (explicaciones, justificaciones o

líneas de razonamiento) y proporcionan elementos de juicio que no serían fáciles

de obtener a través de una prueba de auditoría.

3) Evidencia documental. Es aquella plasmada en escritos y registros, como

documentos, contratos y otros. La forma más común de evidencia en la auditoría

consiste de documentos clasificados como: Externos: aquellos que se originan

fuera de la entidad (por ejemplo, facturas de vendedores y correspondencia que se

recibe).Internos: aquellos que se originan dentro de la entidad (por ejemplo,

registros contables, correspondencia que se envía, guías de recepción y

comunicación interna).El auditor debe evaluar la confiabilidad de la evidencia

documental utilizada en respaldo de sus hallazgos de auditoría. Por ejemplo, un

documento externo que se obtenga directamente de su lugar de origen es más

confiable que el mismo documento obtenido en la entidad. Siempre debe

considerarse la posibilidad de que los documentos obtenidos en la entidad podrían

estar alterados. Cualquier alteración importante debe investigarse. Si el auditor no

está seguro de que las alteraciones son apropiadas, sería conveniente efectuar una

verificación de la fuente de origen. Los factores que aseguran la confiabilidad de

la evidencia interna son: Si los documentos han circulado fuera de la entidad; Si

los procedimientos de control interno de la entidad son satisfactorios para asumir

que la evidencia es precisa y confiable; Si la evidencia está sola o si sirve para

corroborar otros tipos de evidencia. La evidencia interna que circula fuera de la

entidad puede tener la misma confiabilidad que la evidencia externa.

Relativamente pocos tipos de documentos están sujetos a revisión y aprobación

externa. Algunos ejemplos son órdenes de compra devueltas con el visto bueno

del proveedor y guías de remisión debidamente aceptadas. Los procedimientos

internos tienen un efecto importante en la confiabilidad de la evidencia

documental que se origina en la entidad y que circula sólo en ella. Por ejemplo,

una tarjeta de control de asistencia sería evidencia confiable de la labor efectuada

si: El empleado registra su hora de ingreso a la oficina en el reloj de control; El

área de personal verifica la tarjeta de control, comparándola con la información

del área de trabajo; y, los auditores internos o la administración efectúan

revisiones sorpresivas de asistencia

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4) Evidencia Analítica. Se obtiene al analizar o verificar la información. El juicio

profesional del auditor acumulado a través de la experiencia orienta y facilita el

análisis. La evidencia analítica puede originarse de: Computaciones;

Comparaciones con: Normas establecidas; Operaciones anteriores; Otras

operaciones, transacciones o rendimiento; Leyes o reglamentos; Raciocinio;

Análisis de la información dividida en sus componentes.

Interpretando lo establecido por la Contraloría General de la República (2013)41, se tiene

que los atributos de la evidencia pueden referirse a: i) Suficiencia de la evidencia.

Evidencia suficiente es aquella tan veraz, adecuada y convincente que al ser informada a

una persona prudente, que no es un auditor y no tiene conocimiento específico del asunto,

arribe a la misma conclusión del auditor. Suficiencia se refiere al volumen o cantidad de

la evidencia, tanto como a sus cualidades de pertinencia y competencia. La norma general

básica de evidencia en respaldo de los hallazgos de auditoría manifiesta que debe ser

suficiente y competente. Los requisitos de buenos papeles de trabajo requieren que sean

claros y comprensibles, sin explicaciones verbales innecesarias. La complejidad de la

actividad de auditoría y el tipo de hallazgos identificados es tan grande, que no es factible

percibir en términos específicos la naturaleza de toda la información de respaldo que debe

incluirse en los papeles de trabajo. Para que un hallazgo tenga un soporte apropiado en los

papeles de trabajo, es necesario que se efectúen todos los pasos de su desarrollo. Además,

los papeles de trabajo deben contener, para cada paso requerido en el proceso, resúmenes

claros o extractos de documentos necesarios para demostrar el trabajo efectuado y los

resultados obtenidos. Un paso importante es identificar los efectos de una deficiencia. El

efecto puede visualizarse por ejemplo, al incurrirse en un mayor costo; no lograr los

objetivos y metas previstos o, provocar reacciones adversas en las operaciones de la

entidad. Los papeles de trabajo de respaldo deben demostrar los efectos en la forma más

específica posible, basándose en computaciones, comparaciones, declaraciones,

documentación de la entidad, informes de auditoría interna u otras fuentes; ii)

Competencia. Para que la evidencia sea competente, debe ser válida y confiable. A fin

de evaluar la competencia de la evidencia, el auditor debe considerar con cuidado si

existen razones para dudar de su validez o su integridad. De ser así, debe obtener

evidencia adicional o revelar esa situación en su informe. Los siguientes supuestos

41 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú.

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constituyen criterios útiles para juzgar si la evidencia es competente: La evidencia

obtenida de fuentes independientes es más confiable que la obtenida del propio ente

auditado; La evidencia que se obtiene cuando se ha establecido un sistema de control

interno apropiado, es más confiable que aquella obtenida cuando el sistema de control

interno es deficiente, no es satisfactorio o no se ha establecido; La evidencia que se

obtiene físicamente mediante un examen, observación, cálculo o inspección es más

confiable que la que se obtiene en forma indirecta; Los documentos originales son más

confiables que sus copias; La evidencia testimonial que obtenida en circunstancias que

permite a los informantes expresarse libremente merece más crédito que aquella que se

obtiene en circunstancias comprometedoras (por ejemplo, cuando los informantes pueden

sentirse intimidados). De acuerdo con la NAGU 3.40: Evidencia suficiente, competente y

relevante: El auditor debe obtener evidencia suficiente, competente y relevante mediante

la aplicación de pruebas de control y procedimientos sustantivos que le permitan

fundamentar razonablemente los juicios y conclusiones que formule respecto al

organismo, programa, actividad o función que sea objeto de la auditoría; iii)

Pertinencia (Relevancia). La evidencia pertinente es aquella que es válida y se

relaciona con el hallazgo específico. Los papeles de trabajo e información acumulada al

desarrollar un hallazgo específico deben tener una relación directa con el mismo y las

recomendaciones. Este requerimiento no excluye el tomar notas apropiadas o hacer

observaciones que serán consideradas para otras áreas problema a examinar. Debe

evitarse la acumulación indiscriminada de papeles y documentos referidos al tema que no

tienen relación directa con el hallazgo de auditoría.

Al obtener evidencia y evaluarla el auditor gubernamental debe considerar lo siguiente: i)

Conocimientos obtenidos directamente a través de la percepción sensorial del auditor, son

más persuasivos que aquellos conocimientos logrados indirectamente (Por ejemplo, en un

examen físico el auditor mira, toca, gusta, percibe, etc.); ii) La evidencia obtenida

directamente por el auditor de fuentes ajenas e independientes a la entidad auditada

provee de mayor seguridad y confiabilidad. (Por ejemplo: confirmación directa de saldos

bancarios, préstamos, actividades de contratistas, etc.); iii) La evidencia que ha sido

producida bajo condiciones satisfactorias de control interno tiende a ser más confiable.

(Por ejemplo: pruebas de que una transacción no ha sido iniciada, autorizada, ejecutada y

registrada exclusivamente por una sola persona); iv) Los originales de documentos son

más confiables que sus copias; v) El costo (en efectivo y/o tiempo) de obtención de la

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evidencia más confiable y deseable, puede ser tan elevado que el auditor tendría

obligatoriamente que aceptar evidencia de menor calidad, pero que considere satisfactoria

dentro de las circunstancias; vi) Lo más importante del asunto a ser verificado( hallazgo

de auditoría), requiere la obtención de la evidencia más sólida y consistente y,

consecuentemente, puede justificar la obtención de evidencia más costosa; vii) Los

indicios de riesgo relativos más elevados de lo normal exigen al auditor obtener más y

mejor evidencia que aquella requerida en circunstancias normales; viii) La evidencia

corroborativa constituye aquella que permite al auditor llegar a conclusiones a través de

un proceso válido de raciocinio, pero que en si misma no es concluyente. Sirve

únicamente para fortalecer o apoyar la confiabilidad de la evidencia obtenida; ix) Una

cantidad pequeña de evidencia de calidad excelente puede ser más confiable que una gran

cantidad de evidencia de menor calidad.

INFORME DE AUDITORIA DE GESTION:

Interpretando lo establecido por la IFAC (2013)42 y la CGR (2013)43; el informe de

auditoría es el producto final del trabajo del auditor gubernamental, en el cual presenta

sus observaciones, conclusiones y recomendaciones y, en el caso de la auditoría

financiera, el correspondiente dictamen. El informe de auditoría debe contener la

expresión de juicios fundamentados en las evidencias obtenidas. En la fase de

Elaboración del Informe, el equipo de auditoría comunica a los funcionarios de la entidad

auditada los resultados obtenidos durante la fase de ejecución. Los principales objetivos

de un informe de auditoría de gestión son: Brindar suficiente información sobre las

deficiencias (desviaciones) más significativas; y, Recomendar mejoras en la conducción

de las actividades y ejecución de las operaciones. El informe de una auditoría de gestión

constituye una oportunidad para poder captar la atención de los niveles gerenciales de la

entidad auditada, así como para mostrar los beneficios que este tipo de examen le ofrece.

Por esta razón el informe de auditoría cubre dos funciones básicas: Comunica los

resultados de la auditoría de gestión; y, persuade a la gerencia para adoptar determinadas

acciones y, cuando es necesario llamar su atención, respecto de algunos problemas que

podrían afectar adversamente sus actividades y operaciones. Cada auditoría de gestión

42 Federación Internacional de Contadores (2013) Manual Internacional de Pronunciamiento de Auditoria

y aseguramiento. Lima. Editado por la Federación de Colegios de Contadores del Perú. 43 Contraloría General de la República (2013) Manual de auditoria gubernamental-MAGU. Lima. Editora

Perú.

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culmina en un informe por escrito que es puesto en conocimiento de la entidad auditada.

Por ello, la aceptación del informe por parte de los funcionarios de la entidad examinada

dependerá de su calidad. Los objetivos del informe para cada auditoría deben estar

definidos apropiadamente, tan pronto como sea posible, al igual que su estructura. Para

ahorrar tiempo, el Supervisor debe adquirir un rápido entendimiento sobre el contenido

del informe, por cuanto es quien finalmente debe revisarlo y aprobarlo. Una vez que el

enfoque general y las observaciones más importantes han sido aceptados, será menos

probable que ocurran problemas de revisión. En relación a los informes de auditoría de

gestión debe tenerse en cuenta lo siguiente: La auditoría mejor planeada, con

procedimientos apropiados aplicados por los mejores auditores, con evidencias suficientes

en términos de cantidad y calidad, no está completa, ni resulta útil, en tanto no se apruebe

y remita el informe a la entidad examinada. La NAGU 4.40 Contenido del Informe

define que la estructura del informe de auditoría de gestión es la siguiente: Síntesis

gerencial; Introducción; Conclusiones; Observaciones y recomendaciones.

Los informes que emiten, tanto la Contraloría General de la República, como los Órganos

de Auditoría Interna del Sistema Nacional de Control, se caracterizan por su alta calidad.

Para mantener estos niveles en la preparación de informes y lograr que se cumplan los

objetivos previstos en las auditorías, es necesario que en su formulación se tengan en

cuenta determinadas consideraciones técnicas. La elaboración de un informe de manera

superficial, sin la responsabilidad y diligencia profesional debida, podría ocasionar un

perjuicio en la imagen del Sistema Nacional de Control que debemos preservar. Las

características del informe de auditoría de gestión son: Significación; Utilidad y

Oportunidad; Exactitud y beneficios de la información sustentatoria; Calidad de

convincente; Objetividad y perspectiva; Concisión; Claridad y simplicidad; Tono

constructivo; Organización de los contenidos del informe; Positivismo.

La responsabilidad de la redacción del informe de auditoría es del auditor encargado

aunque también comparten esta responsabilidad, los miembros del equipo de auditoría

que intervienen en el borrador del informe, hasta llegar a la consideración de la autoridad

superior de la Contraloría General de la República para su aprobación. En los Órganos de

Auditoría Interna del Sistema Nacional de Control, su jefatura es responsable del

contenido del informe. Para lograr que la revisión del informe de auditoría de gestión sea

efectivo y propenda a la preparación de documentos de alta calidad, se establece dos

niveles de revisión en este proceso

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Los informes por escrito constituyen la forma establecida por el Sistema Nacional de

Control y su órgano rector, la Contraloría General de la República, para comunicar los

resultados de la auditoría practicada a los funcionarios responsables de la entidad

examinada. Esto permite: poner en conocimiento de los funcionarios gubernamentales los

resultados de cada examen; reducir el riesgo que los resultados puedan ser interpretados

erróneamente; y, facilitar las acciones de seguimiento orientadas a establecer si la entidad

ha adoptado las acciones correctivas pertinentes. La forma de presentación del borrador

del informe se encuentra regulada por la Parte I Criterios Básicos de Auditoría del

MAGU. Por otro lado, conforme a lo prescrito en la NAGU 4.10 los auditores deben

comunicar por escrito los resultados del examen realizado a los funcionarios responsables

de la entidad. Una vez culminada la fase de ejecución, el nivel gerencial correspondiente

de la Contraloría General de la República o el titular del Órgano de Auditoría Interna,

según los casos, remitirán el borrador del informe para requerir comentarios o

aclaraciones de la entidad, con miras a incluirlos, previa evaluación, en el informe

correspondiente. El borrador de Informe no debe estar firmado por los auditores

responsables del trabajo. El envío del borrador de informe a la entidad auditada, se

sujetará a las normas que para el efecto se establecen en la Parte I Criterios Básicos de

Auditoría de este Manual. Este documento debe llevar en la parte visible de cada una de

sus páginas un sello o impresión equivalente con la identificación: "BORRADOR DEL

INFORME". El borrador del informe de auditoría, redactado por el Jefe del equipo de

auditoría y revisado por el supervisor asignado debe ser sometido a consideración del

nivel gerencial correspondiente para su aprobación y posterior envío a la entidad auditada.

Los comentarios de la entidad representan las opiniones por escrito efectuadas por los

funcionarios o empleados a cargo de las actividades objeto de la auditoría, en torno a los

hallazgos de auditoría comunicados, igualmente por escrito, por el auditor encargado o el

jefe del OCI, según corresponda. En el proceso de evaluación de los comentarios de

la entidad deben considerarse los aspectos siguientes: La documentación adicional, no

conocida anteriormente por el auditor; Los juicios de valor aportados por los funcionarios

de la entidad auditada, La receptividad concedida a la comunicación de los hallazgos y la

prontitud en el inicio de acciones correctivas.

Al término de cada observación en el informe el auditor indicará de modo sucinto los

comentarios y aclaraciones que presenten las personas comprendidas en la misma

, así como la opinión del auditor, después de evaluar los hechos observados (ver NAGU

4.40, III, 4). También el auditor deberá descubrir las medidas correctivas, que la entidad

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tenga previsto adoptar, las que no podrán admitirse como justificación para omitir los

hechos observados en el cuerpo del informe. Cuando los comentarios de la entidad

cuestionan las observaciones, conclusiones o recomendaciones del informe y, en opinión

del auditor no son validos, éste deberá exponer en el informe las razones que motivan su

no aceptación. En el caso en que los comentarios de la entidad y la evidencia adoptada se

consideren válidos, el auditor deberá modificar su informe.

DEFINICIÓN DE TÉRMINOS RELACIONADOS:

Actividades de control gerencial

Se refieren a las acciones que realizan la gerencia y otro personal de la entidad para

cumplir diariamente con las funciones asignadas. Son importantes porque en sí mismas

implican la forma correcta de hacer las cosas, así como también porque el dictado de

políticas y procedimientos y la evaluación de su cumplimiento, constituyen el medio

más idóneo para asegurar el logro de objetivos de la entidad.

Alcance

Implica la selección de aquellas áreas o asuntos que serán revisados a profundidad en la

fase de ejecución. Esta decisión debe ser efectuada teniendo en cuenta la materialidad,

sensibilidad, riesgo, factibilidad y costo, así como la trascendencia de los posibles

resultados a informar.

Ambiente de Control Interno

Se refiere al establecimiento de un entorno que estimule e influencie las tareas de las

personas con respecto al control de sus actividades. Como el personal resulta ser la

esencia de cualquier entidad, sus atributos constituyen el motor que la conduce y la base

sobre la que todo descansa. Los factores del ambiente interno de control son: integridad

y valores éticos; asignación de autoridad y responsabilidad; estructura organizacional;

política de administración de personal; respondabilidad; y, clima de confianza en el

trabajo

Áreas generales de revisión

Son aquellos asuntos seleccionados en esta etapa de la auditoría. Tales áreas están

referidas a: Protección y control de recursos públicos; Cumplimiento de leyes, normas

y regulaciones aplicables, · Economía y eficiencia; Procedimientos para medir e

informar sobre la efectividad el programa o actividad; Evaluación del programa o

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actividad; Procesamiento y control del sistema de administración financiera y el sistema

de información computarizada-SIC; Auditoría interna.

Asuntos más importantes

Representan aquellas actividades clave de los sistemas y controles aplicados que, de

acuerdo a la opinión del auditor, resultan vitales para el éxito del ente a ser examinada.

Constituyen asuntos que tienen importancia en esta etapa, pero que deben ser

examinados y confirmados en la fase de ejecución de la auditoría.

Auditoría de gestión

Es un examen objetivo, sistemático y profesional de evidencias, realizado con el fin de

proporcionar una evaluación independiente sobre el desempeño de una entidad,

programa o proyecto orientada a mejorar la efectividad, eficiencia y economía en el

logro de las metas programadas y en el uso de los recursos públicos para facilitar la

toma de decisiones por quienes son responsables de adoptar acciones correctivas y

mejorar su responsabilidad ante el público.

Carta de representación

Documento mediante el cual el nivel competente de la entidad examinada reconoce

haber puesto a disposición del auditor toda la información requerida, así como cualquier

hecho significativo ocurrido durante el período bajo examen. Si se ha examinado varias

áreas de la entidad, deberá recabarse varias cartas de representación.

Causa

Representa la razón básica (o las razones) por la cual ocurrió la condición, o también el

motivo del incumplimiento del criterio o norma. La simple expresión en el informe de

que el problema existe, porque alguien no cumplió apropiadamente con las normas, es

insuficiente para convencer al usuario del informe.

Condición

Comprende la situación actual encontrada por el auditor al examinar una área, actividad

u transacción. La condición, entendida como lo que es, refleja la manera en que el

criterio está siendo logrado. Es importante que la condición haga referencia directa al

criterio, en vista que su propósito es describir el comportamiento de la entidad auditada

en el logro de las metas expresadas como criterios.

Conclusiones

Son juicios del auditor, de carácter profesional, basados en las observaciones

formuladas como resultado del examen. Estarán referidas a la evaluación de la gestión

en la entidad examinada, en cuanto al logro de las metas y objetivos, utilización de los

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recursos públicos, en términos de eficiencia y economía y cumplimiento de la normativa

legal.

Controles

Medios a través de los cuales la gerencia de una entidad asegura que el sistema es

efectivo y es manejado en armonía con eficiencia y economía, dentro del marco legal

vigente.

Control de calidad

Conjunto de métodos y procedimientos implementados dentro de la Contraloría General

de laRepública u otra entidad auditora para obtener seguridad razonable que la auditoría

llevada acabo y el informe correspondiente cumplen con las Normas de Auditoría

Gubernamental -NAGU-.

Control Interno

Es un proceso continuo realizado por la dirección y gerencia y, el personal de la entidad;

para proporcionar seguridad razonable, respecto a sí están lográndose los objetivos de

control interno siguientes: i) Promover la efectividad, eficiencia y economía en las

operaciones y, la calidad en los servicios que debe brindar cada entidad pública; ii)

Proteger y conservar los recursos públicos contra cualquier pérdida, despilfarro, uso

indebido, irregularidad o acto ilegal; iii) Cumplir las leyes, reglamentos y otras normas

gubernamentales; y, iv) Elaborar información financiera válida y confiable, presentada

con oportunidad.

Control interno financiero

Comprende el plan de organización y los métodos, procedimientos y registros que

tienen relación con la custodia de recursos, al igual que con la exactitud, confiabilidad y

oportunidad en la presentación de información financiera, principalmente, los estados

financieros de la entidad o programa.

Control interno gerencial

Comprende el plan de organización, política, procedimientos y prácticas utilizadas para

administrar las operaciones en una entidad o programa y asegurar el cumplimiento de

las metas establecidas, así como los sistemas para medir, presentar informes y

monitorear la ejecución de los programas.

Comunicación

Implica proporcionar un apropiado entendimiento sobre los roles y responsabilidades

individuales involucradas en el control interno de la información financiera dentro de

una entidad.

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Criterios de auditoría

Comprende la norma con la cual el auditor mide la condición. Es también la meta que la

entidad está tratando de alcanzar o representa la unidad de medida que permite la

evaluación de la condición actual. Igualmente, se denomina criterio a la norma

transgredida de carácter legal-operativo o de control que regula el accionar de la entidad

examinada.

Economía

La economía está relacionada con los términos y condiciones en los cuales se adquiere

recursos, sean éstos financieros, humanos, físicos o de sistemas computarizados,

obteniendo la cantidad y nivel apropiado de calidad, al menor costo, en la oportunidad

requerida y en el lugar apropiado.

Ejecución (fase)

Fase de la auditoría de gestión focalizada, básicamente, en la obtención de evidencia

suficiente y competente sobre los asuntos significativos (líneas de auditoría) aprobados

en el plan de auditoría.

Efectividad

Se refiere al grado en el cual un programa o actividad gubernamental logra sus objetivos

y metas u otros beneficios que pretendían alcanzarse, previstos en la legislación o

fijados por otra autoridad.

Eficiencia

Está referida a la relación existente entre los bienes o servicios producidos o entregados

y los recursos utilizados para ese fin, en comparación con un estándar de desempeño

establecido.

Efecto

Constituye el resultado adverso o potencial que resulta de la condición encontrada.

Generalmente, representa la pérdida en términos monetarios originada por el

incumplimiento en el logro de la meta. La identificación del efecto es un factor

importante al auditor, por cuanto le permite persuadir a la gerencia acerca de la

necesidad de adoptar una acción correctiva oportuna para alcanzar el criterio o la meta.

Estructura de control interno

Es el conjunto de planes, métodos, procedimientos y otras medidas, incluyendo la

actitud de la dirección de una entidad, para ofrecer seguridad razonable respecto a que

están lográndoselos objetivos del control interno.

Estructura organizacional

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Proporciona el marco dentro de la cual se planean, ejecutan, controlan y supervisan sus

actividades, a fin de lograr los objetivos u metas establecidos

Ética

Está conformada por valores morales que permiten a la persona adoptar decisiones y

tener un comportamiento correcto en las actividades que le corresponde cumplir en la

entidad

Hallazgo de auditoría

Este concepto es utilizado para describir el resultado de la comparación que se realiza

entre un criterio y la situación actual encontrada durante el examen a una área, actividad

u operación o circunstancias en las cuales el criterio fue aplicado. Un hallazgo de

auditoría representa algo que el auditor ha encontrado durante su examen y comprende

una reunión lógica de datos, así como la presentación objetiva de los hechos y otra

información pertinente. Es toda información que a juicio del auditor, permite identificar

hechos o circunstancias importantes que inciden en forma significativa en la gestión de

la entidad auditada, tales como debilidades o deficiencias en los controles gerenciales o

financieros y que, por lo tanto, merecen ser comunicados en el informe; siendo sus

elementos: condición, criterio, causa y efecto.

Integridad

Constituye una calidad de la persona que mantiene principios morales sólidos y vive en

un marco de valores.

Evidencia de auditoría

Se denomina evidencia al conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y

pertinentes que sustentan las conclusiones del auditor.

Reporte de revisión estratégica

Documento que contiene los resultados de la ejecución del plan de revisión estratégica

que deberá servir de base para la formulación del plan y programa de auditoría para la

fase de ejecución. Constituye uno de los elementos más importantes resultante del

proceso de planeamiento de la auditoría. Este documento es elaborado por el auditor

encargado y el supervisor responsable y es aprobado por el nivel gerencial

correspondiente.

Monitoreo

Representa al proceso que evalúa la calidad del control interno en el tiempo y permite al

sistema reaccionar en forma dinámica, cambiando cuando las circunstancias así lo

requieran. Se orienta a la identificación de controles débiles, insuficientes o innecesarios

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y, promueve su reforzamiento. El monitoreo se lleva a cabo de tres formas: (a) durante

la realización de actividades diarias en los distintos niveles de la entidad; (b) de manera

separada por personal que no es el responsable directo de la ejecución de las

actividades, incluidas las de control; y,(c) mediante la combinación de ambas

modalidades.

Observación

Esta referida a hechos o circunstancias significativos identificados durante el examen

que pueden motivar oportunidades de mejoras. Si bien el resultado obtenido adquiere la

denominación de hallazgo, para fines de presentación en el informe se convierte en

observación.

Papeles de trabajo

Documentos que contienen la evidencia que respalda los hallazgos, observaciones,

opiniones de funcionarios responsables de la entidad examinada, conclusiones y

recomendaciones del auditor. Deben incluir toda la evidencia que se haya obtenido

durante la auditoría.

Planeamiento

Fase de la auditoría durante la cual el auditor se aboca a la identificación de que

examinar, como, cuando y con que recursos, así como la determinación del enfoque de

la auditoría, objetivos, criterios y estrategia.

Plan de revisión estratégica

Acciones limitadas de evaluación, durante la fase Planeamiento, tendientes a determinar

el alcance del examen así como su auditabilidad.

Plan de Auditoría

Tiene por propósito definir el alcance global de la auditoría de gestión, en términos de

objetivos generales y objetivos específicos por áreas que serán materia de examen. Este

documento incluye: Origen de la acción; Objetivos de la auditoría; Alcance de la

auditoría, especificando períodos; Áreas que serán examinadas, incluye objetivos

específicos y alcance; Criterios de auditoría a utilizarse; Recursos de personal y

especialistas que se necesitan; Información administrativa; Presupuesto de tiempo;

Informes a emitir y fechas de entrega; Formato tentativo del informe

Política

Se define como la declaración general que guía el pensamiento durante la toma de

decisiones. La política es una línea de conducta predeterminada que se aplica en una

entidad para llevar acabo todas las actividades, incluyendo aquellas no previstas.

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Políticas de administración de recursos humanos

Se relacionan con la contratación, orientación, capacitación, evaluación, asesoría,

promoción, remuneración del personal de la entidad.

Procedimientos operativos

Son los métodos utilizados por el personal de la entidad para efectuar las actividades de

acuerdo con las políticas establecidas. También son series cronológicas de acciones

requeridas, guías para la acción que detallan la forma exacta en que deben realizarse

ciertas actividades.

Programa de auditoría

Documento, preparado por el auditor encargado y el supervisor encargado, donde se

señala las tareas específicas que deben ser cumplidas por el equipo de auditoría para

llevar a cabo el examen, así como los responsables de su ejecución y los plazos fijados

para cada actividad. Procedimientos de auditoría

Son operaciones específicas que se aplican en una auditoría e incluyen técnicas y

prácticas que son considerados necesarios en las circunstancias.

Recomendaciones

Constituyen las medidas sugeridas por el auditor a la administración de la entidad

examinada para la superación de las observaciones identificadas. Deben estar dirigidas a

los funcionarios que tengan competencia para disponer su adopción y estar encaminadas

a superar la condición y las causas de los problemas.

Respondabilidad (traducción del inglés accountability)

Se entiende como el deber de los funcionarios o empleados de rendir cuenta ante una

autoridad superior y, ante el público, por los fondos o bienes del Estado a su cargo y/o

por una misión u objetivo asignado y aceptado.

Revisión estratégica

Tiene como objetivo explorar en forma efectiva y eficiente las áreas de trabajo de

auditoría establecidas durante la etapa de revisión general y profundizar el conocimiento

inicial de los asuntos más importantes.

Síntesis

Tiene como objetivo hacer que el informe sea de mayor utilidad para los usuarios.

Como de los receptores de los informes sólo leerán la síntesis, es importante que ésta

refleje el contenido del informe de manera clara y precisa. La síntesis debe presentar en

forma exacta, clara y justa los aspectos más importantes del informe, a fin de evitar

errores de interpretación.

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Sistema de información contable

Está constituido por los métodos y procedimientos establecidos para registrar, procesar,

resumir e informar sobre las operaciones financieras de una entidad. La calidad de la

información que brinda el sistema afecta la capacidad de la gerencia para adoptar

decisiones adecuadas que permitan controlar las actividades de la entidad.

Sistema de Información Computarizada (SIC)

Parte de un sistema general de información que emplea el equipo, los métodos y los

procedimientos necesarios para procesar la información por medios electrónicos.

Sistema

Cualquier conjunto cohesionado de elementos que están dinámicamente relacionados

para lograr un propósito determinado.

Técnicas de auditoría

Son métodos prácticos de investigación y prueba que utiliza el auditor para obtener

evidencia necesaria que fundamente su opinión