54
CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL DEPARTAMENTO DE ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS, OFICINA REGIONAL DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA BASES DE LICITACION PÚBLICA PARA CONCESIONAR LA IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL AREA DE ACAMPAR Y MERENDAR EN EL SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE AÑO 2010

Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

  • Upload
    others

  • View
    1

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

Page 1: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL

DEPARTAMENTO DE ÁREAS SILVESTRES PROTEGIDAS, OFICINA REGIONAL DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

BASES DE LICITACION PÚBLICA

PARA CONCESIONAR LA IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL AREA

DE ACAMPAR Y MERENDAR EN EL SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE

NACIONAL TORRES DEL PAINE

AÑO 2010

Page 2: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

2

INDICE

BASES ADMINISTRATIVAS .............................................................................................................................. 4

I.-INTRODUCCION ............................................................................................................................................... 4

II.- ANTECEDENTES GENERALES Y ESPECÍFICOS DEL PARQUE NACIONAL ................................. 5

III.- DEFINICIÓN Y RESPONSABILIDAD......................................................................................................... 5

IV.- ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN ..................................................................................................... 6

V.-CARACTERISTICAS DE LA INFRAESTRUCTURA ................................................................................. 7

VI.- CARACTERÍSTICAS DE LA OPERACIÓN .............................................................................................. 7

VII.-CARACTERÍSTICAS DE LA PROPUESTA.............................................................................................. 7

VIII.- PLAZOS ........................................................................................................................................................ 7

IX.-DERECHOS DE CONCESIÓN ..................................................................................................................... 8

X.-REQUISITOS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA OPTAR A LA LICITACIÓN........................ 8

XI.-REQUISITOS COMUNES PARA TODOS LOS OFERENTES.............................................................. 10

XII.-GARANTÍAS ................................................................................................................................................. 10

XIII.- DE LAS TARIFAS, HORARIOS, LIBRO DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS ............................... 11

XIV.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO ........................................................................................... 12

XV.- CONTROL E INSPECCIONES ................................................................................................................ 15

XVI.- MULTAS Y SANCIONES ......................................................................................................................... 15

XVII.-TÉRMINO DE LA CONCESIÓN ............................................................................................................. 17

XVIII.-BIENES E INVENTARIOS ...................................................................................................................... 18

XIX.-TRASPASO DE CONTRATO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR TERCEROS...................... 18

XX.-RESPONSABILIDAD DE LA CORPORACIÓN ANTE INCUMPLIMIENTOS LABORALES DEL CONCESIONARIO O DAÑOS Y PERJUICIOS A TERCEROS .................................................................. 18

XXI.-CONSULTAS .............................................................................................................................................. 19

XXII.- ASPECTOS FORMALES DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS ............................................... 19

XXIII.-FECHA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS ......................................................... 20

XXIV.-FECHA, LUGAR Y FORMALIDAD EN LA APERTURA DE LAS OFERTAS ............................... 20

Page 3: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

3

XXV.- MÉTODO DE SELECCIÓN, PONDERACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN........... 22

XXVI.- RECLAMOS ULTERIORES.................................................................................................................. 24

BASES TÉCNICAS............................................................................................................................................. 25

I.- INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................ 25

II.- UBICACIÓN, EMPLAZAMIENTO Y ACCESO ......................................................................................... 25

III.- DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS ................................................................................................... 25

IV.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ARQUITECTÓNICAS DEL PROYECTO ................................. 26

4.1.- SECTOR INVOLUCRADO..................................................................................................................... 26 4.2.- EDIFICACIONES, INSTALACIONES Y OTROS ASPECTOS............................................................. 27 4.3.- ÁREAS DE ACAMPAR, MERIENDA, CASAS RODANTES Y PARQUE DE JUEGOS INFANTILES........................................................................................................................................................................... 30 4.4.- ASPECTOS ARQUITECTÓNICOS ........................................................................................................ 35 4.5.- ASPECTOS CONSTRUCTIVOS............................................................................................................. 35 4.6.- SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE ENERGÍA ............................................................................. 36 4.7.- SISTEMAS DE COMUNICACIÓN......................................................................................................... 36

V.- ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA EVALUACIÓN DE PROYECTO....................................... 36

VI.- CARACTERÍSTICAS FORMALES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN, ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO. ....................................................................................................................... 38

ANEXO N°1 .......................................................................................................................................................... 41

ANEXO N°2 .......................................................................................................................................................... 43

ANEXO Nº 4 ......................................................................................................................................................... 46

ANEXO N° 5 ......................................................................................................................................................... 47

ANEXO N° 6 ......................................................................................................................................................... 48

ANEXO N° 7 ......................................................................................................................................................... 49

ANEXO 8 .............................................................................................................................................................. 50

Page 4: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

4

MRC/JIS/MRB/mrb

BASES ADMINISTRATIVAS

Nº /BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACION PÚBLICA PARA CONCESIONAR

LA IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL AREA DE ACAMPAR Y MERENDAR EN EL

SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos de la licitación pública para concesionar la Implementación y Operación del Área de Acampar y Merienda del sector Laguna Azul, en el Parque Nacional Torres del Paine. Además se acompañan las Bases Técnicas que contienen los requerimientos técnicos que se deben cumplir, así como también otros antecedentes informativos y los respectivos formularios de presentación de las ofertas. Todos estos documentos forman parte del proceso de licitación pública de la concesión para el servicio mencionado. Mediante esta licitación se pretende estandarizar los servicios de campismo y merienda de tipo familiar que se ofrecen al interior del Parque Nacional Torres del Paine, para mejorar la calidad del servicio en el sector Laguna Azul, y se asemeje en la medida de lo posible con el servicio ofrecido en las áreas de acampar Serrano y Pehoe, donde existen concesiones del mismo tipo.

Page 5: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

5

II.- ANTECEDENTES GENERALES Y ESPECÍFICOS DEL PARQUE NACIONAL 2.1.-El Parque Nacional Torres del Paine, se encuentra establecido como tal por Decreto Supremo Nº 383, de 13 de mayo de 1959; ampliado por Decretos Nº 1050, de 5 de diciembre de 1961 y Nº 148, del 30 de abril de 1970 y sus límites actuales fueron fijados por Decreto Nº 90 del 13 de marzo de 1975 y Decreto Nº 315 del 5 de noviembre de 1979, todos del Ministerio de Agricultura. Dicha Unidad tiene entre sus objetivos y fines la protección de la belleza escénica del macizo del Paine, incluyendo elementos del entorno paisajístico, tales como lagos, ríos, ventisqueros y pampas; la conservación y fomento de la flora y fauna silvestre autóctonas y los recursos genéticos del ecosistema; la conservación de los recursos geomorfológicos del macizo del Paine y su entorno; y un uso público a través de la educación ambiental, investigación y recreación. De acuerdo al Plan de Manejo la superficie1 actual aproximada del Parque Nacional Torres del Paine es de 227.000 Hectáreas. 2.2.-El Ingreso de visitantes al Parque Nacional Torres del Paine, ha tenido a través del tiempo un crecimiento paulatino, entre los cuales se encuentran visitantes regionales, nacionales y extranjeros (Ver anexo N° 3) 2.3.- La vía principal que une Punta Arenas con el Parque Nacional Torres del Paine está pavimentada en un tramo de 254 Kilómetros (Punta Arenas - Puerto Natales) y otro tramo de 60 Kilómetros (Puerto Natales – Cerro Castillo), de este punto comienza un camino ripiado y asfaltado de 60 Kilómetros hasta el sector Laguna Azul en el Parque Nacional Torres del Paine. 2.4.- Desde el punto de vista de la infraestructura turística relacionada con el tema, actualmente existen en el Parque tres áreas de acampar enfocadas para recibir a grupos y familias, a saber, Laguna Azul, Lago Pehoé y Río Serrano, las que disponen de infraestructura de diversa calidad. Además en el sector de montaña existen campamentos para los caminantes en los Lago Grey, Glaciar Dickson, Glaciar Los Perros y Lago Pehoé, pero que apuntan a otro tipo de visitante. Entre los meses de diciembre a marzo de la temporada 2009 - 2010, operaron cuatro empresas de buses, las cuales en forma regular y con dos frecuencias diarias transportan visitantes desde Puerto Natales al Parque Nacional Torres del Paine, haciendo su ingreso por portería Sarmiento y portería Laguna Amarga III.- DEFINICIÓN Y RESPONSABILIDAD 3.1.-La CORPORACION NACIONAL FORESTAL, en adelante la Corporación o CONAF tiene a su cargo la administración de las Unidades que integran el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, entre las cuales se encuentran los Parques Nacionales, Monumentos Nacionales, y Reservas Nacionales ubicadas a lo largo del país. De acuerdo con ello la Corporación lleva a cabo actividades tendientes a la conservación de las Áreas Silvestres Protegidas del Estado.

1 La superficie por Decreto Supremo de creación del Parque Nacional Torres del Paine es 181.414 hectáreas.

Page 6: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

6

ASPECTOS ESPECÍFICOS IV.- ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN 4.1.-Objetivo general Entregar en concesión el servicio de área de acampar, merienda y venta de artículos y productos no perecibles al interior del Parque Nacional Torres del Paine en el sector Laguna Azul. 4.2.-Objetivos específicos

o Contar con instalaciones apropiadas para pernoctar y merendar en área de acampar y facilidades para el esparcimiento de los visitantes.

o Contar con servicios para la venta de artículos, alimentos no perecibles y otros de

primera necesidad.

o Contar con servicios higiénicos destinados a los usuarios del sector (WC, Duchas, lavaderos)

o Implementar áreas con elementos para el esparcimiento de niños y jóvenes.

o Equipar con mobiliario y elementos la infraestructura del proyecto.

o Dotar de recintos para albergar al personal que trabajará para la concesión, los

cuales deben considerar ambientes o zonas destinadas al descanso, alojamiento y los sanitarios básicos para el bienestar de los empleados.

Se establece que además podrá considerarse la construcción de 4 cabañas de turismo, carpas-domo y un quincho-restaurante en etapas posteriores. Sin embargo estos ítems tienen carácter de opcionales y no serán parte de la evaluación técnica ni económica de la oferta. El futuro concesionario podrá hacer uso de esta opción si es que las condiciones de la concesión la hacen viable y se ajusta a los requerimientos técnicos y económicos establecidos por Conaf. 4.3.-Ubicación y emplazamiento El lugar en que se contempla establecer la concesión se ubica en el sector de Laguna Azul del Parque Nacional Torres del Paine, comuna Torres del Payne, provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena (Ver anexo Nº1.a). En cuanto al emplazamiento aproximado de las instalaciones para la concesión, se grafica en el anexo adjunto (Ver anexo Nº1.b). 4.4.-Superficie del terreno o área de desarrollo para la concesión La superficie en donde podrá desarrollarse la concesión dependerá del tamaño del proyecto del Oferente, no pudiendo superar los 60.000 metros cuadrados. Esto no corresponde a la superficie de construcción, la que deberá ajustarse a los requerimientos técnicos descritos en las presentes bases.

Page 7: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

7

V.-CARACTERISTICAS DE LA INFRAESTRUCTURA 5.1.-El estilo de las edificaciones deberá ser previamente aprobado por la Corporación. 5.2.-Las edificaciones a construir y sus respectivas instalaciones deberán ser acordes al servicio materia de esta licitación. 5.3.-Deberá considerarse en la construcción una edificación destinada exclusivamente al alojamiento para el personal que labore para la Concesionaria. 5.5.-Al término de la concesión, tanto las edificaciones como las instalaciones anexas y conexas pasarán a dominio exclusivo de la Corporación Nacional Forestal, sin derecho a reembolso o indemnización de ningún tipo para el Concesionario. VI.- CARACTERÍSTICAS DE LA OPERACIÓN 6.1.-Las instalaciones deben contar con los servicios básicos, tales como, calefacción, energía eléctrica (ojala del tipo renovable), agua potable, entre otros. Además deberá contar con un sistema para la disposición final de las basuras y las aguas servidas, según lo establezcan las respectivas normativas. 6.2.-El servicio que considera esta licitación no podrá ser entregado en forma parcial o total para la administración de terceros, siendo el único responsable en la operación y administración de éstos el Concesionario. 6.3.- La prestación del servicio de concesión, motivo de la presente licitación, no podrá ser inferior a cinco meses por temporada, debiendo comunicarse por escrito y en forma oportuna el inicio de ella cada año a la Corporación Nacional Forestal. En todo caso, el inicio de la temporada no podrá ser posterior al 15 de noviembre VII.-CARACTERÍSTICAS DE LA PROPUESTA 7.1.-El Oferente debe indicar la fuente de financiamiento que empleará para la ejecución y operación del proyecto, es decir si la inversión y el capital de trabajo serán propios, préstamos o una combinación de estos. 7.2.-Se deberá dar estricto cumplimiento a la ley Nº 19.300 (Ley de Bases del Medio Ambiente). Para tal efecto el Oferente deberá acompañar, en su propuesta técnica, un informe preliminar sobre los aspectos ambientales del proyecto, en que se incluya las medidas mitigadoras de los impactos negativos. VIII.- PLAZOS 8.1.-El plazo de vigencia de la concesión: Deberá ser propuesto por el Oferente, en consideración al monto de la inversión y periodo de recuperación. Al plazo propuesto se sumará el tiempo transcurrido entre la firma del contrato y la fecha de la resolución en que la COREMA XII REGION, apruebe ambientalmente el proyecto.

Page 8: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

8

8.2.-Plazo de inicio de los servicios de concesión: La prestación de estos servicios deberá hacerse efectiva luego de adjudicada la concesión, de acuerdo a lo expresado en el punto 6.3 sobre las características de la operación. 8.3.- El plazo para ejecución de las obras e instalaciones: Este plazo estará dado por el programa de actividades y plazos que contemple el Estudio Técnico del proyecto. El concesionario tendrá la opción de operar las actuales instalaciones del área de acampar y merienda y sus instalaciones anexas durante la primera y segunda temporada de iniciado el contrato como máximo, lo que deberá expresarse en el programa de actividades y plazos de la propuesta técnica. Se privilegiarán proyectos que consideren la inversión temprana en infraestructura. 8.4.-La suscripción del contrato de concesión: Deberá realizarse dentro de los 30 días siguientes a la adjudicación de la misma. IX.-DERECHOS DE CONCESIÓN 9.1.-El Oferente deberá señalar en su oferta el monto y modalidad de pago anual correspondiente a los derechos de concesión, el cual se componen de un valor fijo y un pago variable. 9.2.- El pago fijo deberá ser expresado en Unidades de Fomento 9.3.- El pago variable, corresponderá a un porcentaje anual sobre los ingresos brutos de la concesión. Se entiende por ingresos brutos los generados por el proyecto, libres del Impuesto al Valor Agregado y sin deducir costos operacionales, ni gasto alguno. 9.4.-Estos derechos deberán ser pagados a la Corporación Nacional Forestal a más tardar el 30 de abril de cada año, en su equivalente en pesos, al valor que la Unidad de Fomento tenga al día del pago. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación Nacional Forestal en el contrato de concesión a suscribir podrá determinar una modalidad y especie distinta para el pago de estos derechos. 9.5.-El no pago oportuno de los derechos será considerado una falta grave. Este hecho facultará a la Corporación para aplicar la multa correspondiente y/o término inmediato al contrato de concesión y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del mismo, sin derecho a indemnización alguna para el Concesionario. X.-REQUISITOS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA OPTAR A LA LICITACIÓN 10.1.-Podrán participar en la licitación todas las personas naturales o jurídicas. a) PERSONAS NATURALES a.1) Nombres y apellidos completos, ocupación u oficio, domicilio, ciudad, teléfono, correo electrónico y número de RUT.

Page 9: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

9

a.2) Documento que de cuenta del estado de situación del Oferente, expedido por una institución bancaria, con una antigüedad no mayor de 30 días de la fecha de cierre de recepción de ofertas. a.3) Documento de la Tesorería Regional en el cual conste que el Oferente no registra deudas por impuestos u otros conceptos con el Fisco, de una antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. a.4) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por Inspección del Trabajo de una antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. a.5) Documento de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras conteniendo información relacionada con el Oferente (con antigüedad no mayor a 90 días). a.6) Declaración jurada ante notario del Oferente o de su representante, de no existir impedimento alguno o inhabilidad para presentarse a la licitación, de conocer el terreno donde se implementará la Concesión y conocer y aceptar en forma íntegra las Bases Administrativas, aclaraciones, los Términos de Referencias y sus respectivos anexos. a.7) Fotocopia de su cédula de identidad. b) PERSONAS JURÍDICAS b.1) Razón social, domicilio y número de RUT de la sociedad, nombres y apellidos, número de RUT, domicilio, ciudad, teléfono y correo electrónico de su representante legal. b.2) Títulos completos de la sociedad, vale decir Escritura pública de constitución, y las modificaciones si las hubiese, Inscripción en el Registro de Comercio, Certificado de vigencia de la sociedad extendido por el Conservador respectivo. b.3) Poderes o mandatos de sus representantes, con facultades suficientes para obligar a la sociedad con la oferta realizada y suscribir a nombre de ella, eventualmente, el contrato de concesión en caso de adjudicárselo. b.4) Los dos últimos balances de la sociedad, si es que ésta tuviera más de dos años de existencia. b.5) Documento que indique el estado de situación del Oferente, extendido por una institución bancaria, con una antigüedad no mayor de 30 días al plazo de recepción de las ofertas, en el cual se certifique la cuantía del Patrimonio del Oferente. b.6) Documento de la Tesorería Regional en el cual conste que el Oferente no registra deudas por impuestos u otros conceptos con el Fisco, de una antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. b.7) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por Inspección del Trabajo de una antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Page 10: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

10

b.8) Documento de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras conteniendo información relacionada con el Oferente (con antigüedad no mayor a 90 días). b.9) Declaración jurada ante notario del Oferente o de su representante, de no existir impedimento alguno o inhabilidad para presentarse a la licitación, de conocer el terreno donde se implementará la Concesión y conocer y aceptar en forma íntegra las Bases Administrativas, aclaraciones, los Términos de Referencias y sus respectivos anexos. b.10) Fotocopia del RUT social y de la cédula de identidad de su representante. 10.2.- PROMESA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD Si el Oferente lo estima conveniente podrá presentar una escritura pública de promesa para constituir una sociedad, sujeta a la condición de adjudicarse la concesión. Esta promesa debe contener todos los elementos que son de la naturaleza del contrato de sociedad respectivo así como las menciones de los socios, objeto, capital social, administración y facultades de administración faltando sólo la suscripción del mismo para perfeccionarlo. En todo caso, el Oferente como los socios deberán constituirse, en este caso, en avales y codeudores solidarios de la sociedad que se constituye para con las obligaciones contraídas con la Corporación Nacional Forestal. Esta sociedad deberá encontrarse constituida al momento de suscribir el contrato de concesión. XI.-REQUISITOS COMUNES PARA TODOS LOS OFERENTES 11.1.- No podrán participar por si o por medio de sociedades de personas, las personas naturales o jurídicas, que mantengan deudas y/o juicios pendientes con la Corporación Nacional Forestal. 11.2.- Inhabilidades: No podrán participar en la presente licitación las personas condenadas por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, el fallido no rehabilitado o sus representantes. Igualmente, administradores y/o directores que estuvieren afectos por alguna de las inhabilidades indicadas. En todo caso, tratándose de personas condenadas esta inhabilidad cesará dos años después de cumplida la pena impuesta. 11.3.- La Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho de solicitar a los Oferentes (personas naturales o jurídicas) que hayan aprobado la etapa de apertura y cumplan con los requisitos formales del proceso, la ampliación de los antecedentes solicitados y de otros que estime pertinente. Este requerimiento será informado a los oferentes en la etapa de apertura del proceso. XII.-GARANTÍAS 12.1.- DE SERIEDAD DE LA OFERTA. La oferta debe incluir una Boleta de Garantía o Vale Vista por la suma de $ 300.000.- (Trescientos mil pesos), tomada en favor de la Corporación Nacional Forestal, para los efectos de garantizar la seriedad de la oferta y la suscripción del contrato de concesión por el

Page 11: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

11

Adjudicatario. De no suscribirse el contrato por el Adjudicatario en los plazos que la Corporación le indique, se hará efectiva la citada garantía, sin derecho a indemnización de ninguna especie para el Adjudicatario. La señalada garantía, deberá tener una vigencia mínima de 120 días, a contar de la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Esta boleta o vale vista será devuelto a los oferentes una vez que termine el proceso de adjudicación. 12.2.- DE FIEL CUMPLIMIENTO U OPERACION DE LA CONCESIÓN Consistirá en un Vale a la Vista o Boleta de Garantía por la cantidad expresada en Unidad de Fomento, equivalente al 5% del monto total de la inversión, la cual deberá tomarse a nombre de la Corporación Nacional Forestal y entregarse antes de suscribir el contrato de concesión. La vigencia de ésta garantía deberá ser permanente y extenderse hasta 90 días después del vencimiento del plazo de la concesión. 12.3.- DE EJECUCIÓN DE OBRAS A fin de garantizar la oportuna, correcta y total ejecución de las obras, ya sean principales o anexas, deberá entregarse también al momento de suscribir el respectivo contrato de concesión, un Vale a la Vista o Boleta de Garantía tomada a nombre de la Corporación Nacional Forestal, por la cantidad equivalente al 5 % del valor calculado para las obras, con vigencia hasta 120 días después de concluido el plazo propuesto por el Oferente para el término de las obras. Esto será exigible al momento de construir etapas posteriores del mismo proyecto. ASPECTOS DE LA CONCESIÓN XIII.- DE LAS TARIFAS, HORARIOS, LIBRO DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS 13.1.- TARIFAS Las tarifas por los servicios ofrecidos por la concesión serán propuestas por el Oferente, debiendo ser acordes a la calidad del servicio prestado. Se deberá señalar en la oferta los antecedentes y fundamentos que avalen los precios a cobrar. El oferente deberá proporcionar el procedimiento a utilizar para su reajuste y revisión. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá comunicar previamente y por escrito al inicio de cada temporada, a la Corporación Nacional Forestal, lo valores que regirán para su validación según ecuación de reajuste. Todas las tarifas deberán estar debidamente expuestas al público. Se calificará positivamente aquellos proyectos que consideren rebajas a personas o grupos de características sociales determinadas (habitantes de la región o provincia, tercera edad, colegios, etc)

Page 12: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

12

13.2.-HORARIOS Será obligación del Concesionario mantener un horario de trabajo que sea concordante con las horas de atención que ofrecen las porterías del Parque Nacional Torres del Paine. 13.3.-LIBRO DE RECLAMOS Y SUGERENCIAS El Concesionario deberá mantener a la vista del público visitante y usuarios, un libro de sugerencias y reclamos debidamente foliado a fin de que éstos puedan estampar sus reclamos y/u observaciones que adviertan sobre los servicios prestados. Deberá, además, existir un letrero con un texto en idioma español e inglés, señalando las tarifas por servicios, la existencia del libro de reclamos y sugerencias y su ubicación. XIV.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Serán obligaciones del Concesionario: 14.1.- Construir en el terreno todo aquello señalado en el proyecto, mantenerlo operativo, conservarlo y explotarlo durante toda la vigencia de la concesión, respetando los plazos y cumpliendo las especificaciones técnicas de las obras e instalaciones contempladas. 14.2.- Efectuar el pago oportuno e íntegro del valor de la concesión a la CONAF. 14.3.- Dar cumplimiento de la legislación laboral, previsional, ambiental y sanitaria respecto al personal e instalaciones de la concesión. 14.4.- Obtener los permisos de edificación correspondientes, así como todas aquellas autorizaciones que las leyes, normas y reglamentos vigentes exijan sobre esta materia (especialmente lo que indica la Ley Nº 19.300 y normativa municipal), debiendo presentarlas a la Corporación antes de iniciar la ejecución de cualquier obra. Aún cuando la empresa concesionaria obtenga los permisos pertinentes para el inicio de sus obras, éstas sólo podrán dar comienzo una vez que la CONAF reciba en forma oficial la resolución aprobatoria de la COREMA XII Región, autorizando el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según corresponda, y se habilite en terreno el respectivo libro de obras en el que se certifique el inicio de los trabajos, todo esto, validado por la firma del representante de la concesionaria y el funcionario designado por la Corporación Nacional Forestal para estos efectos. Además de lo anterior, se deberán contar con los permisos, autorizaciones, patentes y efectuar todos los pagos de derechos que tengan relación con la explotación comercial de la concesión. 14.5.- Las obras y/o actividades que ejecute el Concesionario deberán ajustarse a los planos y especificaciones técnicas del proyecto que las partes firmen simultáneamente con la suscripción del contrato correspondiente y que pasarán a formar parte integrante de él. Además, el Concesionario deberá ceñirse al proyecto de construcción y a las exigencias técnicas que determinen los organismos competentes.

Page 13: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

13

14.6.- Limpieza permanente del entorno inmediato a las instalaciones de la concesión y el área aledaña a ésta. 14.7.- Contemplar la extracción y eliminación de desechos y basura fuera del Parque Nacional Torres del Paine. 14.8.- Obtener y/o adquirir con la debida autorización, los insumos y materiales necesarios para la construcción de las obras, desde fuera de los límites del Parque Nacional Torres del Paine. No se permitirá la extracción de áridos, madera, leña o cualquier otro insumo desde dentro del Parque Nacional. 14.9.- Entregar a la administración del Parque la estadística por temporadas de los usuarios, de acuerdo al formato que le entregará la Corporación Nacional Forestal para estos efectos. 14.10.- Permanecer personalmente durante toda la temporada turística, en el Parque Nacional Torres del Paine, en el caso de una persona natural o su representante de tratarse de una persona jurídica. En caso de no poder hacerlo deberá mantener un Administrador con amplias facultades. El Concesionario y su Administrador tendrán la responsabilidad de dar cumplimiento a todas las normas relativas a la administración de la concesión y a las obligaciones para con la Corporación, expresadas en las presentes Bases de Licitación y en el contrato que se firme. El nombre del Administrador deberá ser comunicado por escrito y anticipadamente a la Administración del Parque Nacional Torres del Paine, al menos con 24 horas al inicio de sus funciones. 14.11.- Plazo mínimo de operación de la concesión: La prestación del servicio de concesión, motivo de la presente licitación, no podrá ser inferior a cinco meses por temporada, debiendo comunicarse por escrito y en forma oportuna el inicio de ella cada año a la Corporación Nacional Forestal. En todo caso, el inicio de la temporada no podrá ser posterior al 15 de noviembre. Si la Concesionaria lo estima conveniente, podrá prestar servicios todo el año. 14.12.- El Concesionario no podrá mantener en forma temporal o permanente, animales domésticos y mascotas dentro del área de concesión, tampoco podrá mantener animales vivos para su posterior sacrificio. 14.13.- Mantener en perfecto estado todos los bienes incluidos en la concesión. Los gastos en que se incurra para mantener y reparar las construcciones e instalaciones, corresponden exclusivamente al Concesionario, sin que por ello tenga derecho a indemnización de ninguna especie. Cuando el concesionario, como consecuencia de la realización de los trabajos de mantención, prevea una alteración temporal en el nivel del servicio prestado, deberá comunicarlo a la Administración del Parque. 14.14.- La Concesionaria deberá elaborar y aplicar un reglamento de manera de responsabilizar por sus actos a los visitantes que hagan uso de los servicios concesionados y dependientes de la concesión para el cuidado del parque, el cual será revisado para la aprobación por CONAF. Dicho reglamento deberá ser debidamente difundido e informado a los usuarios.

Page 14: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

14

14.15.- Es obligación del Concesionario, de sus representantes, Administrador y trabajadores, denunciar oportunamente toda acción que afecte o signifique deterioro a los recursos naturales y materiales del Parque Nacional Torres del Paine, así como todo hecho, en cuanto se tome conocimiento de ello, que implique riesgo o peligro para usuarios del Parque, especialmente en el área en que desarrolla sus servicios. 14.16.- Abstenerse de realizar cualquier tipo de publicidad comercial dentro del Parque Nacional Torres del Paine. No obstante, podrá instalar letreros informativos, cuyo diseño deberá ser aprobado por la Corporación Nacional Forestal 14.17.- Deberá contar con elementos de primeros auxilios, para ser empleados en caso de necesidad dentro de las dependencias de la concesión, así como también elementos de extinción de incendios, distribuidos en el área de la concesión. 14.18.- Pagar cualquier tipo de patentes, impuestos o derechos que graven las actividades del Concesionario, lo cual será de su exclusivo cargo, al igual que las reparaciones y mantenimientos que deban efectuarse en las instalaciones. Dentro de los impuestos, se considera el pago por concepto de impuesto territorial o contribuciones de bienes raíces. 14.19.- Los trabajadores que el Concesionario contrate para la prestación de servicios, serán de cargo exclusivo de éste y no tendrán vínculo laboral alguno con la Corporación. Los trabajadores deberán respetar todas las normas generales vigentes para los Parques Nacionales y las específicas del Parque Nacional Torres del Paine. Esta obligación es válida igualmente para el Concesionario. Además, será obligación del concesionario mantener debidamente identificado a todo su personal en el Parque Nacional Torres del Paine. La Corporación se reserva el derecho de solicitar la expulsión del Parque de aquellos trabajadores, dependientes o representantes del Concesionario, que sean sorprendidos transgrediendo los reglamentos del Parque. En este caso, el Concesionario deberá retirar de inmediato al trabajador, representante o dependiente fuera de los límites del Parque. Al inicio y término de cada temporada la concesionaria deberá hacer llegar a la Corporación el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Inspección del Trabajo, con una vigencia no mayor a 30 días. El no cumplimiento será considerado como infracción grave del contrato de concesión. 14.20.- El Concesionario deberá tomar a favor de la Corporación Nacional Forestal un seguro que cubra todo tipo de daño o perjuicio a las instalaciones de la concesión, incluyendo propagación, por el tiempo que dure ésta y hasta la fecha de entrega de las instalaciones a la Corporación. El monto del seguro no podrá ser inferior al valor de las inversiones realizadas en las instalaciones. Además, el Concesionario deberá mantener un seguro progresivo contra incendios mientras se construyan las instalaciones de la concesión, tomado también a nombre de la Corporación, mientras dure la construcción de aquellas y hasta la contratación del seguro sobre las obras ya edificadas. Tanto la constitución como la mantención ininterrumpida y continua de la vigencia de este seguro, constituirán obligaciones esenciales del contrato de concesión, cuyo incumplimiento

Page 15: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

15

será causal suficiente para poner término a él sin derecho a indemnización alguna para el Concesionario. El Concesionario deberá entregar anualmente a la Corporación copias de todos los seguros tomados a favor de ésta. 14.21.- Será obligación del Concesionario proveer las condiciones de seguridad adecuadas para los empleados dependientes de éste, dando estricto cumplimiento a lo señalado en el Código del Trabajo, Ley de accidentes del trabajo y legislación aplicable. 14.22.- Deberá disponer de bodega para el acopio de combustibles, cumpliendo con la normativa vigente que corresponda. 14.23.- El concesionario deberá implementar un Plan de Protección contra Incendios Forestales que cumpla al menos con los requerimientos indicados en el Anexo N°3. 14.24.- El concesionario antes de iniciar su construcción deberá entregar oportunamente a CONAF los antecedentes técnicos sobre de las obras civiles de captación de agua (bocatoma) necesarios para tramitar los permisos correspondientes en la Dirección General de Aguas. Se deja constancia que en el lugar están constituidos los derechos de aprovechamiento de agua a favor de CONAF por 4 litros por segundo. 14.25.- Las obligaciones anteriormente descritas, para todos los efectos legales, se elevan a la categoría de cláusula esencial. XV.- CONTROL E INSPECCIONES 15.1.-La Corporación Nacional Forestal, a través de su personal acreditado para estos efectos, revisará e inspeccionará el estado de avance de la construcción de las obras e instalaciones de la concesión, así como posteriormente la conservación y mantenimiento de los bienes, instalaciones y áreas afectas a la concesión, en general, fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones del Concesionario, quien deberá dar las facilidades para el desempeño de estas funciones en todo momento. 15.2.-Cualquier acción emanada del Concesionario o de sus dependientes, que impida o restrinja la adecuada fiscalización de la concesión por parte de la Corporación, será calificada como infracción grave. XVI.- MULTAS Y SANCIONES 16.1.-Las infracciones y/o reclamos que la Corporación Nacional Forestal verifique por medio de sus funcionarios y que sean calificadas por éstas como infracciones graves a las obligaciones del contrato, serán sancionadas con una multa de 30 Unidades de Fomento. Serán infracciones graves para estos efectos:

� La discriminación comprobada en la atención de usuarios y el mal trato de los mismos.

� Denegar injustificadamente un servicio a usuarios.

Page 16: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

16

� Retraso en el inicio de atención de la concesión en cada temporada. � No entregar boleta de venta y servicios. � No llevar actualizado el libro de ventas diarias. � No dar cumplimiento a las observaciones entregadas por escrito por la administración

de la Unidad. � El atraso o el incumplimiento de los plazos señalados en los programas para el inicio

de la ejecución de las obras, su terminación y puesta en servicio. � La circunstancia de no dar aviso inmediato a la administración del Parque de

cualquier hecho del cual se tome conocimiento e involucre riesgos para los usuarios del Parque.

� No tener al día el pago de las patentes y permisos necesarios para la operación de los servicios.

� La no prestación del servicio por un día o más, sin causa justificada ni comunicada en forma inmediata a la Corporación Nacional Forestal.

� El no cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas por la autoridad y por el Plan de prevención de riesgos de la Concesión.

� La trasgresión por parte del Concesionario, su personal dependientes o de cualquier clase, de cualquiera de las prohibiciones contenidas en el Anexo Nº 4 de las presentes Bases denominado “Normas de Conservación para el Parque Nacional Torres del Paine” o aquellas que a futuro se modifiquen producto de la actualización del plan de manejo de la unidad.

� La existencia reiterada de basura o desechos en el área designada para la concesión y en los sectores aledaños a esta.

� La trasgresión de las disposiciones ambientales aprobadas en la Resolución de Calificación Ambiental sancionada para el proyecto.

� El no cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales para con los trabajadores de la concesión.

� El no cumplimiento del “Plan de Mantenimiento” de las obras e infraestructura parte de la concesión.

Cualquier otra obligación emanada de las Bases de Licitación, documentos anexos y al respectivo contrato, siempre que la Corporación le asigne el carácter de cláusula esencial o esté especificada como infracción grave. 16.2.-Las infracciones menos graves, serán sancionadas con una multa de 10 Unidades de Fomento. En general, serán infracciones menos graves incurrir en cualquier otro tipo de infracción o incumplimiento de contrato que no tenga el carácter de graves. En un mismo año calendario se podrán sancionar hasta dos infracciones, a partir de la tercera infracción menos grave, dará curso a la aplicación de una multa de 30 Unidades de Fomento y será computada como una infracción grave. 16.3.-El no pago de las multas aplicadas por la Corporación en un plazo de 20 días corridos desde la recepción por Correos de Chile de la carta certificada que notifica su aplicación se considerará una infracción grave. Esta situación como el incumplimiento de cualquier obligación esencial del contrato, facultará a la Corporación para imponer una multa o poner término inmediato al contrato de concesión, sin derecho de indemnización de ninguna especie.

Page 17: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

17

De producirse una segunda infracción grave en un año calendario, la Corporación aplicará una multa de 60 Unidades de Fomento. De existir una tercera infracción grave se aplicará una multa de 90 UF, que dará origen a la tramitación del término de inmediato al contrato de concesión, sin derecho alguno para el Concesionario. XVII.-TÉRMINO DE LA CONCESIÓN 17.1.- La concesión terminará por las siguientes causales: a) Vencimiento del plazo estipulado. b) Declaración de quiebra o incapacidad sobreviniente del Concesionario. c) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica del Concesionario. d) Mutuo acuerdo entre la Corporación Nacional Forestal y el Concesionario. e) Por incumplimiento de obligaciones del Concesionario. Se considerarán incumplimientos graves del Concesionario las siguientes: e.1) Atraso o demora no autorizada en la construcción de las obras necesarias para la ejecución del servicio licitado, por periodos superiores a los establecidos en las presentes bases. e.2) Por no pago oportuno del valor o derecho de la concesión. e.3) Incumplimiento reiterado de los niveles mínimos de servicios establecidos en las Bases de Licitación, de los cuales hayan reclamado en forma reiteradas los usuarios en el libro de Sugerencias y/o Reclamo o directamente a la Corporación Nacional Forestal, y que hayan sido constatadas por ésta. e.4) Incumplimiento reiterado y no justificado de las normas de mantenimiento y reparación de los bienes y obras que forman parte de la concesión. e.5) No constitución oportuna ni mantención de los seguros señalados en el Nº 14.20 de las presentes Bases de Licitación. e.6) Infracción reiterada a las prohibiciones contempladas en el Anexo Nº 4 de las presentes Bases de Licitación. e.7) Otros incumplimientos que las partes hayan elevado a la categoría de cláusula esencial en las presentes bases. 17.2.-La concesión no se extingue por muerte del Concesionario. En caso de fallecimiento de éste, la concesión podrá continuar con sus herederos que deberán designar (dentro del plazo de 60 días contados desde la fecha del fallecimiento) un mandatario común con amplias facultades - incluidas las indicadas en ambos incisos del artículo 7 del Código del Procedimiento Civil, para que los represente ante la Corporación. Además, dentro del plazo de nueve meses, deberán acreditar su condición de únicos herederos ante la Corporación Nacional Forestal, mediante copia autorizada de la resolución que les concedió la posesión

Page 18: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

18

efectiva de los bienes del Concesionario fallecido. Si los herederos no cumplieran cualquiera de estas obligaciones, será causal suficiente para poner término a la concesión. 17.3.-En el evento que se ponga término a la concesión por alguna de las anteriores causales citadas en el punto 17.1.e, no habrá derecho a indemnización alguna para el Concesionario. 17.4.-Al término de la concesión, sea anticipado o no, el Concesionario y su personal dispondrán de treinta (30) días hábiles para hacer abandono del Parque Nacional Torres del Paine, debiendo entregar los bienes objeto de la concesión y las mejoras en perfecto estado de funcionamiento a la Corporación Nacional Forestal. El Concesionario deberá cesar de prestar servicios al cumplirse el plazo de vigencia de concesión, no pudiendo seguir explotándola durante estos treinta días, los cuales serán exclusivamente para desalojar y hacer abandono de las instalaciones de la concesión. XVIII.-BIENES E INVENTARIOS 18.1.-El Concesionario deberá mantener a la vista un inventario de todos aquellos bienes o equipamiento que formen parte de la concesión, según lo señalado en la oferta de adjudicación de la concesión, y que al término de esta pasaran a propiedad de la Corporación. 18.2.-El Concesionario deberá reponer todas las especies que sufran menoscabo o deterioro, con el fin de mantener la implementación y equipamiento necesario para el adecuado funcionamiento de la concesión. 18.3.-La Corporación Nacional Forestal determinará en las inspecciones que efectúe a través de su personal, aquellas especies cuyo grado de deterioro haga necesaria su reposición debiendo el Concesionario sustituirlas por otras de la misma calidad original en un plazo no superior a 30 días. XIX.-TRASPASO DE CONTRATO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR TERCEROS El Concesionario no podrá transferir o ceder a terceros, en forma parcial o total, el contrato de concesión ni el servicio que considera esta licitación, siendo el único responsable en la operación y administración de éstos el Concesionario. XX.-RESPONSABILIDAD DE LA CORPORACIÓN ANTE INCUMPLIMIENTOS LABORALES DEL CONCESIONARIO O DAÑOS Y PERJUICIOS A TERCEROS 20.1.-La Corporación no tendrá responsabilidad alguna respecto de los conflictos o juicios que se originen entre el Concesionario y sus trabajadores o dependientes. 20.2.-El Concesionario deberá responder de todos los daños y/o perjuicios que se causen a terceros, con motivo de la presente concesión encomendada, no teniendo la Corporación responsabilidad alguna por los actos cometidos por él Concesionario y/o por su Administrador.

Page 19: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

19

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS XXI.-CONSULTAS Las consultas con relación a las presentes Bases de Licitación deberán ser efectuadas por escrito y dirigidas al Director de la Corporación Nacional Forestal Región de Magallanes y Antártica Chilena, quien igualmente responderá por escrito. El plazo para efectuar las consultas finalizará quince (15) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. Las respuestas a las consultas efectuadas por los interesados, serán efectuadas en forma conjunta una vez terminado el plazo para las mismas. XXII.- ASPECTOS FORMALES DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS 22.1.-SOBRES O PAQUETES La propuesta debe ser presentada en original y copia, los cuales se entregarán en dos (2) sobres o paquetes separados, debidamente cerrados (sellados con pegamento o cinta adhesiva) y rotulados como se detalla en el punto 22.2.- La propuesta deberá contener en sobres separados la PROPUESTA TÉCNICA y la OFERTA ECONÓMICA La Propuesta Técnica estará en sobre cerrado y rotulado con el título “PROPUESTA TÉCNICA”. Dicho sobre deberá contener todos los documentos señalados en los puntos X y XI de la presente Bases Administrativas de licitación. Además, de manera separada, ordenada e identificada, contendrá lo requerido en las Bases Técnicas. Todo deberá ser presentado en carpeta individual y ordenados de la misma forma en que se mencionan en el Anexo 8 Toda la Planimetría y Especificaciones técnicas entregadas deberán ser en original y firmadas por los profesionales competentes en cada materia (en el sobre correspondiente a documentación original). Adicionalmente se deberá incluir, dentro de ambos sobres, respaldo digital en CD de todas las informaciones del proyecto técnicas y económicas, entre otras, la planimetría en formato para Autocad 2000, especificaciones técnicas, memorias de cálculo y presupuesto en programas Word y Excel según corresponda. El otro sobre cerrado se rotulará "OFERTA ECONÓMICA", el que contendrá exclusivamente los siguientes antecedentes: - Monto y modalidad del pago de la concesión, según Anexo Nº 5; - Estructura tarifaría propuesta y su sistema de reajuste y revisión válido para todo el

período de concesión; - Plazo solicitado para la concesión; - Monto de las inversiones y plazos de éstas;

Page 20: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

20

- Flujo de caja y criterio de evaluación para el proyecto, según el formato que se adjunta a las presentes Bases de Licitación (Anexo Nº 6 y 7).

- Fuente de financiamiento 22.2.-ROTULACIÓN DE LOS SOBRES La propuesta, en sus sobres original y copia, deberá estar rotulado en el lado anverso (cara principal), de la siguiente manera:

LICITACIÓN ÁREA DE ACAMPAR Y MERENDAR DEL SECTOR LAGUNA AZUL, PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

Nombre completo del Oferente o razón social Dirección Teléfonos NOMBRE DEL PROYECTO (en mayúsculas) Original / Copia (escribir lo que corresponda) Dirigido a: José Fernández Dübrock

Director Regional de CONAF Región de Magallanes y Antártica Chilena, Avenida Bulnes Nº 0309, cuarto piso, Punta Arenas.

XXIII.-FECHA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS 23.1.-FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Las ofertas deberán ser presentadas hasta las 15,00 horas del día 04 de abril del año 2011. 23.2.-LUGAR DE PRESENTACIÓN Las ofertas serán presentadas en la de la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal, ubicada en Avenida Bulnes Nº 0309, cuarto piso, de la ciudad de Punta Arenas, o en oficina de partes de la Dirección Provincial de Última Esperanza de la Corporación Nacional Forestal, ubicada en calle Baquedano 847, de Puerto Natales Región de Magallanes y Antártica Chilena y dirigidas al señor Director Regional de la Corporación Nacional Forestal. XXIV.-FECHA, LUGAR Y FORMALIDAD EN LA APERTURA DE LAS OFERTAS 24.1.-FECHA DE LA APERTURA La apertura de las ofertas se realizará en forma pública con la asistencia de la comisión designada para tal efecto el día 06 de abril del año 2011, a las 10:00 horas. Podrá asistir un solo representante por Empresa que haya presentado oferta dentro del plazo legal.

Page 21: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

21

24.2.-LUGAR DE LA APERTURA Las ofertas serán abiertas en la Sala de Reuniones de la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal, ubicada en Avenida Bulnes Nº 0309, cuarto piso, de la ciudad de Punta Arenas. 24.3.-FORMALIDAD En el acto de apertura de los sobres que entreguen los Oferentes, se procederá de la siguiente forma:

• En primer lugar, se verificará la presentación de los sobres en cuanto a la rotulación, hora de recepción y el sellado de los mismos. En caso de denotarse algo que no cumpla con lo establecido en las presentes Bases de Licitación, el Oferente quedará fuera de Bases.

• En segundo lugar, se abrirán los sobres correspondientes a la PROPUESTA

TÉCNICA, y se comprobará la existencia de la documentación solicitada en las Bases de Licitación.

• En tercer lugar, siempre y cuando se haya cumplido por uno o más Oferentes el paso

anterior, se procederá a la apertura de los sobres correspondientes a la OFERTA ECONÓMICA, y se comprobará la existencia de los antecedentes solicitados en las Bases de Licitación.

A la comisión de apertura designada le corresponderá verificar la existencia de la totalidad de los documentos, por lo que en caso de que algún Oferente no cumpla con la presentación de todos los antecedentes solicitados por las Bases de Licitación, no podrán continuar participando dentro del concurso de antecedentes. La revisión de mayores antecedentes y requisitos de la documentación entregada por los Oferentes, le corresponderá a la comisión evaluadora verificar el cumplimiento de estos según lo solicitan las Bases de Licitación. Esta comisión, será designada por la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal, mediante resolución en un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de apertura de los antecedentes. Durante el acto de apertura de los sobres, los Oferentes interesados por el proyecto podrán participar sólo como observadores. Aunque si algunos de los asistentes al acto advierte la omisión de antecedentes, este podrá hacer presente su inquietud por escrito y dentro de los próximos tres (3) días hábiles siguientes al acto de apertura, cuyo análisis de estas serán realizadas por la comisión evaluadora. Al finalizar el acto de apertura y verificación de antecedentes, todos los participantes deberán firmar un acta en que se anotará fecha y horas de inicio y termino del acto, así como también del proceso de la apertura de los sobres presentados y de las observaciones que pudieran denotarse por parte de la comisión de apertura.

Page 22: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

22

XXV.- MÉTODO DE SELECCIÓN, PONDERACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LA CONCESIÓN 25.1.- MÉTODO DE SELECCIÓN DE LAS OFERTAS Para la selección de las ofertas se tendrá en cuenta los siguientes parámetros a evaluar: OFERTA ECONÓMICA

- Monto y modalidad de pago de la concesión (indicar si solicita años de gracia) - Monto de la inversión y plazos de estas. - Plazo solicitado para la concesión y Periodo de recuperación. - Fuente de financiamiento.

Deberá presentarse una Evaluación Económica del proyecto. Se presentará mediante un flujo de fondos a través de los periodos que el proyecto establezca (ver anexos Nº 6 y 7).

Los indicadores para la evaluación que se presenten deberán ser al menos el VAN (Valor Actual Neto) y la TIR (Tasa Interna de Retorno). El oferente tendrá la opción de considerar en el futuro la construcción de adicionales al proyecto base, es decir cabañas, quincho-restaurante y carpas-domo. Por tratarse de una opción que no será evaluada al adjudicar la concesión, no será necesario presentar un proyecto sobre esta materia. En cualquier caso, al hacer uso de esta opción deberá ajustarse a los requerimientos de Conaf. PROPUESTA TÉCNICA

- Área y zonificación de la Concesión - Trazado y calidad de vías de tránsito (senderos y camino) - Calidad de la construcción - Diseño y arquitectura (funcionalidad, armonía con el entorno, idea de orden,

materialidad, impacto visual, etc.). - Facilidades para personas con dificultad de desplazamiento y discapacidades - Precios especiales a grupos sociales (a modo de ejemplo: tercera edad, estudiantes,

habitantes de la zona o región) - Sistemas de abastecimiento de energía - Sistemas de comunicación.

Deberá presentarse una Evaluación Técnica, que considera las diversas alternativas o etapas en que el proyecto puede ser ejecutado, esto es: llevar a cabo todas las Obras al comienzo de la inversión o bien, mediante un programa de Obras a través del tiempo ANTECEDENTES DEL OFERENTE

- Solvencia y Patrimonio. - Relación anterior con CONAF. - En general, todos los antecedentes solicitados en las Bases Administrativas.

Page 23: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

23

25.2.- PUNTAJE Y PONDERACIÓN DE LOS PARÁMETROS A EVALUAR Cada integrante de la Comisión designada por la Dirección Regional de la Corporación, asignará a cada parámetro evaluado una nota que va desde 1 a 4, sin decimales, según criterios debidamente fundamentados. La nota obtenida por los Oferentes, será el promedio ponderado de todas las notas asignadas a cada uno de los parámetros, en donde el significado de las notas será el siguiente: Nota 1. Concepto: No aceptado Nota 2. Concepto: Aceptable Nota 3. Concepto: Bueno Nota 4. Concepto: Muy Bueno OFERTA ECONÓMICA En cuanto a la ponderación para la Oferta Económica, esta será de un treinta y cinco (35) por ciento, el cual se aplicará a la suma total de las notas asignadas por los integrantes de la comisión evaluadora. PROPUESTA TÉCNICA En cuanto a la ponderación para la Propuesta Técnica, esta será de un cuarenta y cinco (50) por ciento, el cual se aplicará a la suma total de las notas asignadas por los integrantes de la comisión evaluadora. ANTECEDENTES DEL OFERENTE En cuanto a la ponderación para los Antecedentes del Oferente, esta será de un veinte (15) por ciento, el cual se aplicará a la suma total de las notas asignadas por los integrantes de la comisión evaluadora. La inversión en adicionales al proyecto base, es decir cabañas, quincho-restaurante y carpas-domo no formarán parte de la evaluación de esta licitación. 25.3.-ADJUDICACION DE LA CONCESION La Corporación se pronunciará sobre las ofertas recibidas dentro de los 30 días siguientes a la fecha de apertura de las Ofertas. Para el análisis de las ofertas la comisión evaluadora estará conformada por sub comisiones que revisarán los antecedentes según las materias consignadas en las presente Bases de Licitación, esto es oferta económica, propuesta técnica y antecedentes del Oferente. La Corporación Nacional Forestal aceptará la oferta cuyo puntaje final sea el mayor de todos, aunque se reserva el derecho de rechazar todas las ofertas sin expresión de causa o declarar sin efecto la presente licitación en los mismos términos, no teniendo los Oferentes derecho a indemnización alguna, sin perjuicio de restituir las garantías de seriedad de la oferta, una vez resuelta la licitación. En caso de producirse un empate en el puntaje final, se seleccionará el proyecto cuya nota ponderada de la Oferta Económica sea mayor o en su defecto, se seleccionará el más conveniente para los fines de esta licitación.

Page 24: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

24

XXVI.- RECLAMOS ULTERIORES Los Oferentes que al final del proceso de la licitación tengan inquietudes o reclamos con respecto de las formalidades o de otros aspectos, dentro del plazo de 15 días corridos deberán manifestarse por escrito a la Dirección Regional de la Corporación Nacional Forestal, quien analizará y entregará su posición en relación a lo señalado XXVII.- CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN

Actividad Fecha inicio Fecha termino Llamado a Licitación por publicación diario La Prensa Austral, El Pingüino

29 de enero de 2011 30 de enero de 2011

Publicación Bases de Licitación en página web www.CONAF.cl

31 de enero 14 de marzo

Cierre plazo para efectuar consultas y aclaraciones

15 de marzo

Respuesta a consultas y aclaraciones

16 de marzo 31 de marzo

Cierre plazo Recepción Ofertas Hasta las 15:00 hrs.

4 de abril de 2011

Apertura ofertas 10:00 hrs. 6 de abril de 2011

Análisis de las ofertas 7 abril de 2011 5 de mayo de 2011

Adjudicación (30 días corridos desde apertura)

6 de mayo de 2011

Envío cartas al Adjudicado y titulares de proyectos rechazados

9 de mayo de 2011

Firma de Contrato (30 días corridos desde adjudicación)

6 de junio 2011

Page 25: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

25

BASES TÉCNICAS

LICITACION PÚBLICA PARA CONCESIONAR LA IMPLEMENTACION Y OPERACIÓN DEL AREA DE ACAMPAR Y MERENDAR EN EL SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE

NACIONAL TORRES DEL PAINE I.- INTRODUCCIÓN Los antecedentes que a continuación se describen, corresponden a las Bases Técnicas o Términos de referencia para concesionar la implementación y operación del área para acampar y merendar, del sector Laguna Azul, Parque Nacional Torres del Paine. La licitación comprende el diseño, ejecución y operación del proyecto, cuyo destino será entregar los servicios de arriendo de sitios de acampar y merendar, venta de víveres y todas sus respectivas instalaciones anexas y conexas que permitan el óptimo funcionamiento de la concesión. El proyecto presentado para postular a esta licitación deberá contemplar obligatoriamente las inversiones básicas de sitios de acampar, sitios de merienda, sitio para casas rodantes, sitios grupales, casa administración, sala de ventas, casetas sanitarias, vías de acceso y parque para juegos infantiles, de acuerdo a las referencias técnicas que se detallan más adelante. Se aceptará la participación en este proceso de proyectos que consideren la implementación por etapas de parte de los elementos descritos en el párrafo anterior, lo que deberá explicitarse en el programa de actividades y plazos, destacando las actividades de inversión. Adicionalmente, en el futuro podrá considerarse la construcción y operación de 4 cabañas de turismo, 5 carpas-domo y un quincho-restaurante. II.- UBICACIÓN, EMPLAZAMIENTO Y ACCESO La ubicación de los sitios de acampar y demás obras contempladas en el proyecto, se situarán en el sector denominado “Laguna Azul”, Parque Nacional Torres del Paine, Comuna de Torres del Payne, Provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena. En cuanto al emplazamiento de las obras e instalaciones, este proyecto comprende la habilitación de una zona señalada en Anexo 1, la cual considera el actual sector en operación. En cualquier caso la delimitación definitiva de la zona propuesta será establecida por la Corporación Nacional Forestal. Se accede a esta área de acampar a través del camino que ingresa por el sector Cañadón Macho hasta alcanzar la guardería del sector Laguna Azul del Parque Nacional Torres del Paine. III.- DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS

Page 26: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

26

3.1.- La normativa técnica que regirá para el proyecto de arquitectura, de captación y tratamiento de agua potable, electricidad, gas, calefacción, redes de agua potable y alcantarillado contemplado en este documento, serán proyectados y ejecutados según la normativa vigente correspondiente a cada materia. En el caso del sistema de tratamiento y eliminación de aguas servidas, este no deberá contemplar sistemas que consideren algún tipo de emisario o descarga a cuerpos o cursos de agua.

3.2.- Con relación a las disposiciones y normativas legales sobre empleo de personal tanto

como para la ejecución de las edificaciones como para la operación de los servicios concesionados, la Concesionaria deberá cumplir con lo estipulado en el código del trabajo.

3.3.- Será obligación del concesionario tramitar todos los demás permisos necesarios para

la operación (patentes comerciales, permisos municipales, etc.) IV.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Y ARQUITECTÓNICAS DEL PROYECTO CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL PROYECTO 4.1.- SECTOR INVOLUCRADO Este proyecto contempla el desarrollo de un sector que se encuentra en el borde noreste de la Laguna Azul, el cual se presenta de la siguiente forma: 4.1.1.- GENERALIDADES

El proyecto debe considerar el diseño de infraestructura necesaria, según las condiciones que más adelante se plantean integrándola al paisaje de manera armónica. Las actuales edificaciones deberán ser retiradas del lugar. La actual edificación destinada a quincho podrá ser parte del nuevo proyecto. El espacio destinado a local comercial podrá estar adherido a la administración. El proyecto deberá adaptarse al paisaje y al terreno, por lo que no podrán costarse árboles ni removerse grandes volúmenes de tierra. No deberá considerarse ningún tipo de intervención en la laguna ni en su borde. Podrá considerarse la construcción de cabañas, quincho-restaurante y carpas-domo, lo que deberá expresarse de manera independiente del proyecto principal, tanto en lo técnico como en lo económico y no será parte de la evaluación para adjudicar esta licitación.

4.1.2.- ZONIFICACIÓN A PROPONER El proyecto deberá proponer una zonificación en la cual se contemple la distribución de los diferentes servicios, tales como: Área de merienda y Área de campismo en torno a la laguna,

Page 27: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

27

área de servicios, estacionamientos; y en caso de que se contemple, un Quincho-restaurante y Área de cabañas emplazadas en el sector de laderas del cerro circundante.

Las características que deberán tener las edificaciones e instalaciones que contemplará el proyecto se describen en el presente documento 4.2.- EDIFICACIONES, INSTALACIONES Y OTROS ASPECTOS El proyecto deberá contemplar edificaciones para resolver el aspecto administrativo y otras de interés para los usuarios del servicio: - El proponente deberá considerar un diseño que debe ajustarse a las reglas generales

planteadas en el presente documento y en el Plan de Manejo de la Unidad, cuyo texto debe ser consultado en la Corporación Nacional Forestal.

- El estilo arquitectónico de las edificaciones debe plantearse de tal manera que se

adapte al paisaje circundante, es decir, lograr que exista plena armonía entre ambos, mediante el aprovechamiento de pendientes del terreno, vegetación y suelo rocoso que exista en el lugar.

- Como revestimientos exteriores y ornamentales en las edificaciones deberá

emplearse madera de la especie nativa Lenga u otro material de aspecto semejante a la madera. En cualquier caso, el diseño de la obra procurará la ambientación y armonía con el entorno natural del lugar.

Es necesario indicar que la textura o acabado del revestimiento, cualquiera sea este, deberá ser lo más elaborado posible. Esto es con la finalidad de obtener hermeticidad y buena calidad de terminación. Los colores de los acabados, tanto de paredes como techumbre, deberán ser autorizados por CONAF. Las edificaciones propuestas nuevas y que lo requieran, deberán contar con todas las instalaciones anexas y conexas para el buen funcionamiento de los inmuebles, esto es: Agua Potable, Red de Alcantarillado, Iluminación Artificial, Red de Gas, sistema de calefacción (gas o leña) y un sistema para el Tratamiento y Eliminación de aguas servidas. Todo lo cual, se hará según la normativa vigente relacionada con cada materia. - Las edificaciones deberán cumplir con las normas mínimas de seguridad contra

incendios, mediante las siguientes consideraciones: Reducir al mínimo el riesgo de posibles siniestros, mediante la utilización de materiales incombustibles. Facilitar el salvamento de los ocupantes de las edificaciones en caso de incendio, con adecuados sistemas de escapes o de evacuación rápida. Disponer de elementos para facilitar la extinción de los incendios, los cuales deberán situarse en un lugar de fácil operación.

- Se considerará un patio de servicio para el uso exclusivo de la Concesionaria,

destinado al tendido de ropa, leñera, etc. Este patio deberá quedar totalmente cerrado

Page 28: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

28

mediante paneles cortavientos o quiebra vistas, con la finalidad de ocultar condiciones poco estéticas a la vista.

- En el diseño de accesos y desplazamientos en las dependencias que contemple el

proyecto se tendrá en cuenta los espacios, pendientes y protecciones para usuarios con problemas de limitación al desplazamiento.

- En la proposición técnica se deberá indicar la forma de recolección de basuras dejadas

por los usuarios del servicio y el personal que trabajará en la operación del proyecto, así como el tratamiento y la disposición final de esta hacia el exterior del Parque Nacional Torres del Paine.

- El proyecto en general deberá ajustarse al caudal de agua autorizado en el derecho de

aprovechamiento de uso consuntivo, por un caudal de 4 Iitros por segundo, sobre las aguas superficiales y detenidas de la Laguna Azul. Según la resolución de constitución del derecho de aprovechamiento de agua, estas se captarán en forma mecánica desde un punto definido por la coordenada U.T.M. Norte: 4.361.790 y Este: 659.092, de Datum WGS 1984, Huso 18S.

4.2.1.- ADMINISTRACIÓN Deberá tener las características siguientes: - Esta edificación debe contemplar las dependencias destinadas exclusivamente a casa

habitación para el personal de la Concesionaria (tales como dormitorios, cocina, baño y sala de estar) y oficina.

- Esta edificación podrá considerar el local comercial adherido. - La superficie máxima para esta edificación, será de ciento veinte metros cuadrados. - Según las áreas en que se zonifique esta edificación, sus accesos serán

independientes, aun cuando pueden tener un ingreso principal para toda la edificación. 4.2.2.- CASETAS SANITARIAS Corresponderán a edificaciones destinadas a baños públicos que deberán considerarse para cumplir con lo requisitos de sanidad exigidos por las normas y leyes relacionadas con el proyecto y con restricciones específicas de este proceso. Deberán dimensionarse para atender a los usuarios de la concesión y los demás visitantes que llegan al sector: 4.2.2.1.- Las casetas sanitarias consistirán en edificaciones que deben considerar tres

ambientes separados y con accesos independientes, los cuales se destinarán a Sala de Baños, Cuarto de Inodoros y lavaderos.

Los ambientes relacionados con las Salas de Baños y los Cuartos de

Inodoros, serán separados para hombres y mujeres.

Page 29: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

29

a) Salas de Baños, en cada una de ellas se considerará la instalación de duchas con receptáculos del tipo individual, cuya cantidad se determinará de acuerdo a la capacidad máxima de los sitios que abarcará la caseta sanitaria. A su vez, dentro de la sala de baños, se considerarán espacios destinados a vestidores. Cada sala de baño deberá considerar un calentador de agua (Calefón o Termo), con la finalidad de entregar agua caliente a los usuarios del servicio.

b) Cuartos de Inodoros, se implementarán con inodoros, lavatorios y urinarios, cuya cantidad será de acuerdo a la capacidad máxima de los sitios de campismo, merienda y visitantes de paso.

c) Lavaderos, corresponderá a un recinto o dependencia que contenga

lavaderos con grifos para agua fría y caliente. 4.2.2.2.- El emplazamiento de cada caseta sanitaria, que serán utilizadas por los

usuarios y público en general, se situará en lugares equidistantes con respectos a los sitios de las áreas de acampar o de merienda. La ubicación exacta de cada caseta se deberá acordar con CONAF.

4.2.2.3.- Todos los revestimientos de piso y muros interiores de los recintos en que

quedarán los sanitarios, deberán ser de cerámicos o material similar.

4.2.2.4.- El sistema para tratar y eliminar las aguas servidas provenientes de las casetas sanitarias, se situará a no menos de setenta metros de alguna fuente de agua natural. El sistema de tratamiento y eliminación de aguas servidas no deberá contemplar sistemas que consideren algún tipo de emisario o descarga a cuerpos o cursos de agua.

4.2.2.5.- Cada caseta sanitaria debe contener como mínimo los siguientes artefactos y

accesorios:

- Dos lavaderos de ropa y dos lavaderos de vajilla, los que irán en la parte posterior de la edificación de los servicios higiénicos o bien donde el diseño lo especifique. En cualquier caso, quedarán bajo techo o con alguna protección contra las inclemencias del tiempo; además, llevarán un piso de madera o un radier de hormigón que permita mantener una zona de tránsito nivelada y sin humedad.

4.2.2.6.- Los senderos de acceso a las casetas sanitarias deberán contar con

iluminación artificial, que corresponderá a una canalización subterránea y con faroles que no impacten el entorno natural.

4.2.2.7.- Deberá contar con sistemas de ahorro de agua, como grifería con

temporizador y WC con doble descarga para de ahorro de agua. 4.2.2.8.- Es obligatorio que las instalaciones de las casetas sanitarias incorporen

satisfactoriamente facilidades para personas con movilidad reducida.

Page 30: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

30

4.2.3.- VÍAS DE ACCESO La vía principal de acceso al sector es a través de un camino existente entre la Guardería del lugar y la zona del proyecto, cuya longitud es de 1.200 metros aproximadamente y un ancho de 3,5 metros. Para esta vía debe considerarse un mantenimiento básico que permita la accesibilidad adecuada de automóviles. Como vía principal de distribución interior del proyecto, se deberá considerar una huella vehicular debidamente estabilizada y transitable por automóviles, que corresponderá a la arteria que unirá cada sitio, estacionamiento e instalaciones del proyecto. Los accesos a cada sitio y zona del proyecto deberán ser propuestos y diseñados por el Oferente, considerando vías de tres metros de ancho, que llevará una carpeta con material estabilizante. La longitud de estas vías dependerá de la distancia que haya entre el camino principal y las áreas definidas por el proyecto. Se debe considerar la instalación de luminarias en las vías de acceso a las áreas que considera el proyecto. El montaje de las luminarias se efectuará sobre elementos resistentes y con alturas que permitan la adaptación al entorno paisajístico. Los conductores de energía eléctrica deberán canalizarse bajo tierra. 4.2.4.- OBRAS COMPLEMENTARIAS El proyecto considerará todas las obras complementarias que sean necesarias para el buen funcionamiento de las operaciones del servicio que se entregue a los usuarios, como por ejemplo: Bodegas para combustibles, materiales y alimentos, luminarias exteriores, pasillos de tránsito peatonal, cercos divisorios, canalizaciones subterráneas, caseta para generador de electricidad, entre otras. Todo lo anterior se situará dentro del espacio considerado para la concesión. 4.3.- ÁREAS DE ACAMPAR, MERIENDA, CASAS RODANTES Y PARQUE DE JUEGOS INFANTILES El proyecto considerará la adaptación al ambiente natural para la realización de las obras e instalaciones que se detallan en los puntos siguientes. En la evaluación de las ofertas se ponderarán con un mayor puntaje los proyectos que incorporen satisfactoriamente facilidades para personas con discapacidades o dificultad en el desplazamiento. 4.3.1.- ÁREA DE ACAMPAR a) Sitios individuales

El oferente propondrá la cantidad de sitios a habilitar a lo largo del proyecto que no superará los 40, pudiéndose materializar en etapas de acuerdo con la demanda sobre los mismos. No obstante lo anterior se deberá habilitar en el primer año un mínimo de 15 sitios. Los sitios tendrán una capacidad para seis (6) personas, teniendo las siguientes características:

Page 31: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

31

- Cada sitio tendrá una superficie máxima de ciento veinte (120) metros cuadrados.

- Los sitios deberán contar con una superficie destinada a las carpas o tiendas,

la cual debe ser propuesta por el Oferente y deben quedar debidamente delimitadas en terreno.

- En cada sitio habrá un fogón confeccionado en hormigón, ladrillo armado o en metal el cual tendrá tres paredes y una parrilla. Dicho fogón deberá ser construido por sobre el nivel del suelo, de modo que quien lo utiliza para cocinar pueda manipular la parrilla de pie. Como referencia debe considerarse los fogones existentes en el área de acampar Serrano del PN Torres del Paine (fotografía siguiente).

- En todos los sitios se contemplará un depósito para basura, el cual

corresponderá a un recipiente hermético de buen aspecto y desmontable, con la finalidad de poder ser vaciado con facilidad.

- En cada sitio habrá un mesón con capacidad para seis personas, los cuales

podrán ser en madera u otro material de buen aspecto (en caso de ser madera, se sugiere la especie nativa del tipo Lenga), sin embargo cualquiera sea la especie esta será cepillada, barnizada y con buenas terminaciones, se evitarán los ángulos rectos en los cantos de sus piezas. Estos mesones serán fijos o adosados al cobertizo.

- Todos los sitios tendrán un paraviento y cobertizo estructurado en madera, el

que debe estar compuesto por paredes de a lo menos dos metros de alto. - Como mínimo, por cada cuatro sitios se instalará un pilón con agua potable, el

cual deberá estar montado sobre un pilar de madera u otro material resistente, a su vez -en la base del pilón- llevará una fuente o receptáculo para la recepción y posterior drenaje del agua que pudiera alcanzar hacia el suelo.

El desagüe de todos los pilones se hará a través de una red de alcantarillado que se empalmará al sistema de tratamiento y eliminación de aguas servidas del proyecto. En todo caso, las aguas servidas proveniente de los pilones deberán tener un desgrasador, previo a evacuarse al sistema de tratamiento de las mismas.

- Se considerará en cada sitio el espacio destinado al estacionamiento para un

vehículo.

- Todos los sitios deberán contar con iluminación eléctrica suficiente y enchufes para conectar equipos eléctricos.

b) Sitios para Grupos

Se habilitarán dos sitios para grupos con capacidad hasta para cuarenta y ocho (48) personas cada uno, los cuales deberán ser definidos por el Oferente y debidamente delimitados en terreno.

Page 32: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

32

- En cada sitio habrá un fogón con características similares a los sitios individuales, pero de mayores dimensiones y protegidos del viento de mejor forma.

- Cada sitio tendrá cuatro (4) mesones con capacidad para doce (12) personas,

los cuales podrán ser en madera u otro material de buen aspecto (en caso de ser madera, se sugiere la especie nativa Lenga, esta será cepillada, barnizada y con buenas terminaciones (se evitarán los ángulos rectos en los cantos de sus piezas).

- Las características de estos sitios para grupos son similares a las exigencias

que para los sitios familiares, mencionada en el punto 4.3.1. letra a), pero deberá considerarse en su diseño la utilización por al menos el doble de usuarios.

- Se contemplará un estacionamiento para vehículos que sea común a los dos

sitios, el cual deberá considerar una carpeta de estabilizado compactada de calidad y espacio suficiente para al menos dos buses de pasajeros.

Imagen de referencia para fogón y parrilla a construir en sitios individuales.

4.3.2.- ÁREA PARA CASAS RODANTES Y/O CAMIONES Se considerará un área para el aparcamiento de las casas rodantes, cuyo lugar tendrá las siguientes características:

- El área destinada para este fin quedará debidamente demarcada y tendrá una

capacidad mínima para tres (3) casas rodantes.

- La zona debe considerar luminarias y enchufes para abastecer de energía eléctrica a los usuarios, por lo que deberán contar con el accesorio de conexión para los vehículos.

- Se considerará un pilón de agua por casa rodante que comprenda el proyecto,

las cuales deberán contar con las debidas conexiones.

Page 33: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

33

- Esta zona tendrá un sistema de tubería para el drenaje de las aguas servidas que desalojen las casas rodantes. Dicho sistema de tubería, será parte del alcantarillado proyectado para el área de acampar. No se podrán evacuar químicos por lo que el concesionario beberá tomar las medidas del caso para la correcta utilización del sistema.

- Se instalará un depósito de basura centralizado, es decir: este quedará en un

lugar equidistante de la zona. Este depósito, corresponderá a un recipiente hermético de buen aspecto y desmontable, con la finalidad de poder ser vaciado con facilidad.

4.3.3.- ÁREA DE MERIENDA Para esta zona se habilitará hasta un máximo de cinco (5) sitios, los cuales deben tener las siguientes características:

- Un mesón con capacidad para seis personas, el cual deberá tener las mismas

cualidades de los mesones considerados para el área de acampar.

- En cada sitio habrá un depósito para basura, el cual corresponderá a un recipiente hermético de buen aspecto y desmontable, con la finalidad de poder ser vaciado con facilidad.

- El estacionamiento para vehículo de esta área será del tipo colectivo, es decir

se emplazará en un lugar que permita situarse en forma equidistante con respecto a todos los sitios de merienda. En todo caso, quedará debidamente demarcado y estabilizado con material de cantera.

- No se considera para estos sitios la construcción de fogón.

4.3.4.- PARQUE DE JUEGOS INFANTILES Actualmente existe un parque infantil que posee algunos juegos, pero estos deben ser rediseñados y tal vez desplazados del actual emplazamiento. En el área destinada para el proyecto, se situará un parque destinado a juegos infantiles, el que contará con los siguientes elementos:

- Columpios confeccionados en estructura de madera elaborada, debidamente barnizada.

- Balancines confeccionados en madera elaborada y barnizada, resbalines.

- Pueden considerarse otros juegos infantiles que se adapten al medio natural

circundante, en todo caso se exceptúan todos aquellos juegos estructurados o de tipo colectivo, como por ejemplo baloncesto, fútbol, entre otros.

Page 34: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

34

Debe tenerse presente que todos los juegos deben ser diseñados considerando las condiciones de seguridad para los niños. Este ítem podrá ser construido en etapas posteriores del proyecto, lo que deberá estar explicitado en el programa de actividades y plazos. 4.4.- INFRAESTRUCTURA OPCIONAL AL PROYECTO Los elementos descritos a continuación tienen el carácter de opcional al proyecto y no serán evaluados. Se presentan a continuación, a modo referencial, los requisitos técnicos a considerar en caso de su implementación futura. La incorporación de estos elementos en el futuro requerirá la aprobación de Conaf, el cumplimiento de toda la normativa vigente relacionada y de los ajustes respectivos del contrato de concesión. 4.4.1.- CABAÑAS

En un lugar emplazado en la ladera del cerro circundante y entre el bosque, el oferente podrá construir cuatro cabañas con las siguientes características: - La superficie máxima por cada cabaña será de 40 metros cuadrados, cuya distribución de ambientes comprenderá dos dormitorios, una sala estar/comedor/cocina (cocina americana) y un cuarto para sala de baño. - Cada cabaña tendrá un cupo máximo de seis personas. - El conjunto habitacional deberá quedar ordenado en tal forma que el acceso a este sea uno solo, pero que conecte a todas las cabañas. Preferentemente deberá existir sólo un sistema de tratamiento de aguas servidas para todo el proyecto. En cualquier caso el sistema para tratar y eliminar las aguas servidas provenientes de las cabañas, se situará a no menos de setenta metros de alguna fuente de agua natural. El sistema de tratamiento y eliminación de aguas servidas deberá restringirse a algún sistema que no considere ningún tipo de emisario o descarga a cuerpos o cursos de agua. Las cabañas podrán planificarse por etapas y de acuerdo a la demanda por este tipo de servicios. Las características de construcción deberán ser armónicas con el paisaje y con el resto de la infraestructura del área. En cualquier caso el diseño, colores y materialidad deberá ser autorizado por CONAF.

4.4.2.- QUINCHO-RESTAURANTE Este ítem podrá ser construido en etapas posteriores del proyecto. - Deberá considerar un comedor para 40 personas aproximadamente, cocina y dependencias de apoyo y baños. Podrá contemplar el local comercial para venta de artículos adherido a la misma construcción. Deberá contar con rampa para personas con movilidad reducida.

4.4.3.- CARPAS-DOMO

Page 35: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

35

Podrá considerarse la instalación de hasta 5 carpas-domo, para ello deberá considerarse el “Reglamento para Carpas Tipo ‘Domo’ Parque Nacional Torres del Paine” vigente y que se adjunta como Anexo de estas Bases de Licitación.

4.5.- ASPECTOS ARQUITECTÓNICOS

El proyecto deberá ceñirse a un partido general claramente definido. Abordará el problema arquitectónico como un “todo”, en que deberá existir una clara lectura de correspondencia entre las “partes”, es decir, se abordará la integralidad de la propuesta (edificaciones, mobiliario, luminarias etc.). En el desarrollo del diseño arquitectónico se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: a) El diseño arquitectónico debe contribuir a la revalorización e interpretación del

patrimonio cultural y natural del área, se tendrá en consideración el reconocimiento y análisis del contexto dentro del cual se enmarca la obra arquitectónica y no sólo a las características del lugar de emplazamiento en sí.

b) Buscar en la sintaxis arquitectónica la armonía con el entorno, con la naturaleza y los paisajes del lugar, como un todo integrado e interrelacionado, incorporándose a él de manera que la obra no compita con el paisaje. Se tendrá en cuenta la búsqueda de la contextualización entre otros aspectos los siguientes:

Lo formal: la formalidad deberá constituir continuidad e integración con el territorio. Lo paisajístico: que en el escenario paisajístico el proyecto se mimetice. c) Se deberá lograr máxima eficiencia espacial en el diseño, para lo cual se

incorporarán criterios ergonómicos para facilitar el uso de un espacio integral y eficiente para el usuario.

d) Para la elaboración del diseño arquitectónico se tomarán en cuenta las condiciones de vientos, asoleamiento y precipitaciones, para generar espacios que propendan a la máxima eficiencia del uso de energías.

e) El diseño arquitectónico debe considerar la facilidad para el mantenimiento de las edificaciones.

4.6.- ASPECTOS CONSTRUCTIVOS

a) Minimizar el impacto ambiental durante la construcción a través de las siguientes medidas que deberá implementar el concesionario:

1.- Desarrollar un plan de manejo para la construcción donde se especifique claramente cada uno de los pasos a seguir, identificar los responsables de su ejecución y un cronograma de actividades, entre otras cosas el plan de manejo deberá establecer la previsión y mitigación de los siguientes impactos negativos:

Incremento desmedido de la contaminación acústica. Introducción y mala disposición de tóxicos. Descarga de materiales tóxicos tales como aceites y residuos de combustibles. Incremento o aceleración de procesos erosivos. Aumento de procesos de sedimentación y/o compactación.

Page 36: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

36

Alteración de aguas subterráneas o superficiales. Alteraciones de la vegetación. Alteraciones de hábitat. Manejo y disposición final de escombros y residuos materiales de la obra.

2.- Planificar la localización exacta del acopio de los materiales de construcción, herramientas y maquinarias a utilizar de manera de reducir al máximo los impactos negativos en el área de intervención. 3.- Se especificará e identificará el área destinada al alojamiento del personal que se empleará durante la ejecución de las obras.

4.7.- SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE ENERGÍA Indicar con detalle el tipo de aprovisionamiento energético que implementará, en porcentaje (%) del total demandado para cubrir los requerimientos del proyecto. Se privilegiará en la evaluación los proyectos que consideren los sistemas menos contaminantes, ponderado por el nivel de inversión requerido. Deberá indicar si el proyecto considera algún sistema de energía para emergencias.

4.8.- SISTEMAS DE COMUNICACIÓN. Detallar antecedentes técnicos de la instalación del sistema de comunicación que el proyecto considera. Se ponderará mejor los proyectos que consideren teléfono satelital e Internet

V.- ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA EVALUACIÓN DE PROYECTO 5.1.- En la propuesta técnica, deberá presentarse un anteproyecto que contemplará lo

siguiente:

Plano de emplazamiento general, en el que se deberá indicar lo siguiente: - Delimitación del área de la concesión - Indicación de las obras que contempla el proyecto - Trazado de senderos y vías vehiculares (Toda planimetría presentada deberá estar dimensionada, acotada y referenciada). Cuadro de superficies, en el que se deberán indicar lo siguiente:

Superficie área de concesión Superficie de cada Casetas Sanitarias Superficie de cada sitio de acampar Superficie área de merienda Superficie área de aparcamiento de Casas Rodantes Superficie área de Juegos

- Planos generales de arquitectura de las edificaciones y de las obras

complementarias (planta de fundación, planta de estructura de techumbre, planta de cubierta, planta de arquitectura, cortes principales y elevaciones);

Page 37: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

37

- Especificaciones Técnicas detalladas de todas las obras contempladas para el proyecto.

- Estudios Técnicos (planos, especificaciones y memoria técnica) relacionados

con las instalaciones de agua potable, alcantarillado, eléctricas, gas, calefacción y de todas aquellas que se contemplen para el proyecto.

- Programa de actividades que refleje todas las etapas y plazos de ejecución de

las obras e instalaciones del proyecto.

- Cubicación y presupuesto detallado por elementos constructivos y partidas de las obras. para el caso del presupuesto, se deberá entregar el análisis de precios unitarios de las siguientes partidas:

Cimientos, Estructura de paredes y tabiques y Cubierta. En todos los cuales debe detallarse los costos directos, costos indirectos, transporte, gastos administrativos, etc., en el siguiente desglose: Ítem, Partida, Cantidad, Precio Unitario, Precio Total. El itemizado del presupuesto debe coincidir en todos los puntos (incluso en especialidades) con el adoptado en las Especificaciones Técnicas. Se permitirá un máximo de 3 globales en todo el presupuesto, queda excluido todo lo referente a Instalaciones, las que deberán presentar presupuesto detallado.

Se entregará un respaldo digital en CD de toda la planimetría en programa Autocad 2000, así como también todas las Especificaciones técnicas, Memorias de cálculo y presupuestos en programas Word y Excel según corresponda.

5.2.- Junto con la propuesta técnica debe presentarse la Evaluación Técnica, que

considera las diversas alternativas o etapas en que el proyecto puede ser ejecutado, esto es: llevar a cabo todas las Obras al comienzo de la inversión o bien, mediante un programa de Obras a través del tiempo.

5.3.- El proponente deberá entregar un “Programa de actividades y plazos”, en que indique

los plazos para la ejecución de las obras e instalaciones proyectadas. 5.4.- La propuesta debe considerar un “Plan de Prevención de Riesgos”, para la protección

de las edificaciones y de las instalaciones. Además, éste plan tendrá que considerar todas las medidas de resguardo en cuanto a la integridad física del personal que labore para el Concesionario, como para los usuarios o clientes del servicio.

5.5.- También será parte de la propuesta, el “Plan de Mantenimiento” para las

edificaciones e instalaciones, el cual debe considerar todos los aspectos técnicos más relevantes de las mismas, con el fin de prolongar la vida útil de los bienes en general.

5.6.- En la propuesta se debe incluir un “Plan de protección contra incendios forestales”

independiente del plan de prevención de riesgos, en donde se denotarán los

Page 38: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

38

procedimientos generales para prevenir y enfrentar un incendio forestal en el sector de operación de la concesión. En Anexo 3 se presenta modelo referencial.

5.7.- Se elaborará un “Informe preliminar de Evaluación de Impacto Ambiental” en que se

indicarán las medidas a tomar para minimizar el impacto ecológico y ambiental durante la ejecución de obras y operación del servicio.

VI.- CARACTERÍSTICAS FORMALES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN, ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROYECTO. 6.1.- Posterior a la fecha de apertura de las ofertas y previo a la adjudicación de la

concesión, la Corporación Nacional Forestal se reserva el derecho – si así lo estimare necesario – de citar a los Oferentes cuyos proyectos resultaren más interesantes, a una reunión que tendrá por objeto la exposición del mismo, respuestas a consultas y entrega de antecedentes adicionales que se soliciten por los integrantes de la comisión.

6.2.- Una vez que la Corporación Nacional Forestal haya efectuado la revisión y

aprobación del anteproyecto, el Oferente deberá entregar tres (3) copias de los estudios técnicos definitivos del proyecto, en el cual debe incluir la información técnica faltante o las modificaciones observadas por la Corporación.

6.3.- Una vez adjudicada la concesión y aprobado el proyecto definitivo por parte de la

Corporación Nacional Forestal, el adjudicado ingresará el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, para obtener los permisos ambientales pertinentes.

6.4.- Una vez que el proyecto haya sido aprobado por la COREMA (Comisión Regional del

Medio Ambiente), la Concesionaria deberá obtener los permisos municipales y proceder a los pagos de los derechos respectivos.

6.5.- Al momento de iniciarse la ejecución de las obras e instalaciones consideradas en el

proyecto aprobado por Corporación Nacional Forestal, la Concesionaria deberá disponer de un libro de obras, debidamente foliado, en que se pueda describir los pormenores constructivos de las obras contempladas por el proyecto. Este libro de obras, deberá permanecer en el lugar de trabajo y estará a cargo del responsable de las construcciones.

6.6.- La ejecución de las obras e instalaciones deberán ajustarse según los planos y

características técnicas entregadas por la oferta del Adjudicatario, dado que no se aceptarán modificaciones que afecten el valor global de la inversión preestablecida.

6.7.- La inspección técnica de la ejecución del proyecto, estará representada por

funcionarios de la Corporación Nacional Forestal, quienes controlarán el avance de las obras, la calidad de los materiales y técnicas constructivas que se empleen en las diversas obras e instalaciones consideradas para el proyecto, según la oferta técnica.

6.8.- Al término de las obras y sólo en caso de haberse modificado algún detalle de los

estudios técnicos, la Concesionaria entregará a la Corporación Nacional Forestal los planos y antecedentes técnicos de las obras terminadas, tal como quedaron al momento de ponerla en servicio, los cuales deberán ser revisados por la Inspección Técnica.

Page 39: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

39

La modificación de detalles de los Estudios Técnicos a que se refiere este punto, en

ningún caso significará ampliar o reducir el tamaño de la infraestructura, dado que implicaría cambiar el contrato de concesión.

JOSE ADOLFO FERNANDEZ DÜBROCK DIRECTOR CONAF

REGION DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Page 40: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

40

ANEXOS

Page 41: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

41

ANEXO N°1 1.a.- Ubicación General del área de acampar Laguna Azul, al interior del Parque Nacional Torres del Paine

Page 42: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

42

1.b.- Ubicación Especifica del área de acampar Laguna Azul, al interior del Parque Nacional Torres del Paine

Page 43: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

43

ANEXO N°2 a.- Tabla con Registro de visitantes, nacionales y extranjeros, en el Parque Nacional Torres del Paine desde el año 1976 al 2009.

Año Nacionales Extranjeros Total 1976 504 556 1.060 1977 2.439 1.861 4.300 1978 558 430 988 1979 4.883 1.516 6.399 1980 517 1.980 2.497 1981 6.660 1.652 8.312 1982 5.426 1.414 6.840 1983 3.950 1.864 5.814 1984 5.241 2.251 7.492 1985 4.386 2.464 6.850 1986 4.618 3.720 8.338 1987 6.092 5.962 12.054 1988 7.416 7.683 15.099 1989 8.068 9.245 17.313 1990 8.092 11.996 20.088 1991 7.455 13.410 20.865 1992 8.567 14.722 23.289 1993 9.640 18.536 28.176 1994 14.006 22.032 36.038 1995 15.193 26.209 41.402 1996 20.438 29.954 50.392 1997 22.014 35.193 57.207 1998 20.433 39.531 59.964 1999 22.928 40.878 63.806 2000 23.699 47.393 71.092 2001 23.811 51.757 75.568 2002 25.901 50.383 76.284 2003 24.934 61.533 86.467 2004 24.708 73.357 98.065 2005 23.636 83.455 107.091 2006 25.284 89.096 114.380 2007 33.136 95.260 128.396 2008 39.190 101.836 141.026 2009 48.684 90.030 138.714 Total 502.507 1.039.159 1.541.666

Page 44: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

44

b.- Grafico que muestra el comportamiento de los visitantes desde el año 1976 al 2009, en el Parque Nacional Torres del Paine.

Page 45: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

45

ANEXO N° 3

IMPLEMENTAR PLAN DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS FORESTALES ÁREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL QUE DEBE CONSIDERAR COMO MÍNIMO LO SIGUIENTE:

1. Contar con un equipamiento mínimo para el combate de incendios forestales :

� Motobomba de mínimo 2 HP de potencia con un mínimo de 120 mts. de mangueras de 1,5 pulgadas con sistema de acople rápido.

� Set de herramientas manuales consistente en: 3 palas, 3 azadones, 3

batefuegos (ahogadores), 2 bombas de espalda. � Dichas herramientas y equipos deberán permanecer en bodega exclusiva en

lugar señalizado y accesible, de manera que sean utilizables rápidamente en caso de producirse un incendio.

2. Capacitación: Todo el personal que labore en el área (cualquiera sea su función)

deberá participar al comienzo de cada temporada en una capacitación en principios básicos de combate de incendios forestales. Dicha capacitación será realizada por la Corporación en fecha coordinada con la Concesionaria y tendrá una duración de al menos una jornada. La Concesionaria deberá otorgar todas las facilidades para llevar a cabo esta actividad.

3. Instalación de letrero indicador de índice de peligro de acuerdo a modelo

proporcionado por CONAF, el cual deberá ser actualizado todos los días de acuerdo a la información disponible en la administración del Parque. Esta tarea será responsabilidad de la Concesionaria.

4. Disponer de los medios materiales e instalaciones para ser utilizadas como puesto de

comando, coordinación o alojamiento en caso de incendios forestales en el área adyacente.

Page 46: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

46

ANEXO Nº 4 NORMAS DE CONSERVACION PARA EL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE Al interior del Parque Nacional Torres del Paine está PROHIBIDO:

1. Causar deterioros en las instalaciones existentes.

2. Vaciar o depositar la basura, productos químicos, desperdicios o desechos de cualquier naturaleza o volumen en los sistemas hídricos o en lugares no habilitados para tal efecto.

3. Ingresar a la Unidad sin autorización o sin haber pagado el derecho a ingreso.

4. Pernoctar, merendar, hacer fuego o transitar en los lugares o sitios que no se

encuentren expresamente habilitados o autorizados para ello.

5. Destruir o dañar bienes culturales, así como su transporte, tenencia y comercialización.

6. Ejecutar cualquier otra actividad contraria a los objetivos específicos del Parque.

7. Remover o extraer suelo, hojarasca, humus, hierba, arena, ripio, rocas, tierra, etc.

8. Intimidar, capturar, sacar o dar muerte o mutilar ejemplares de la flora y fauna.

9. Destruir o alterar nidos, lugares de reproducción, crianza y ejecutar acciones que

interfieran o impidan el cumplimiento del ciclo de reproducción de las especies de la fauna.

10. Recolectar hongos, semillas o frutos silvestres.

11. Introducir ejemplares de flora y fauna ajenos al manejo de la Unidad.

12. Provocar contaminación acústica o visual.

Estas prohibiciones están contenidas en el título tercero, artículo 25 de la Ley Nº 18.362 que crea el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado. Las infracciones a estas normas están sancionadas por los artículos 25 al 31 del mismo cuerpo legal.

Page 47: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL DEPARTAMENTO AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

ANEXO N° 5

MONTO Y MODALIDAD DE PAGO DE LA OFERTA ECONÓMICA

TIPO DE PAGO MODALIDAD UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD OBSERVACIONES

1 PAGO FIJO UF

2 PAGO VARIABLE %

NOTA: En observaciones debe indicarse si los pagos varían en el tiempo

Page 48: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

48

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL DEPARTAMENTO AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

ANEXO N° 6

FLUJO DE INVERSION, INGRESOS Y COSTOS PARA LA EVALUACION DEL

PROYECTO

AÑOS DE OPERACIÓN OPERACIONES

0 1 2 3 4 …… N

1.- INVERSION Obras Civiles Equipamiento

2.- INGRESOS BRUTOS Venta de productos Venta de Servicios Valor residual

3.- COSTOS DE INVERSION Diseño y estudios técnicos Patentes y permisos Seguro de construcción Financiamiento (costos)

4.- COSTOS DE OPERACIÓN Mano de obra Materiales e insumos Mantenimiento de instalaciones Garantías y seguros Gastos de ventas Gastos de administración Derechos y aportes por concesión

SUB-TOTAL DE LA OPERACIÓN IMPUESTO A LA RENTA

INGRESOS NETOS TOTALES

OBSERVACION: Se debe indicar algún antecedente aclaratorio.

Page 49: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

49

CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL DEPARTAMENTO AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTARTICA CHILENA

ANEXO N° 7

RESUMEN DE FLUJO DE INVERSION, INGRESOS Y DEL PROYECTO

AÑOS DE OPERACION OPERACIONES

0 1 2 3 4 …… N

INVERSION INGRESOS COSTOS FIJOS COSTOS VARIABLES

UTILIDAD OPERACIONAL RESTAR DEPRECIACIÓN

UTILIDAD ANTES DE IMPUESTOS IMPUESTO A LAS UTILIDADES

UTILIDAD DESPUES DE IMPUESTOS AGREGAR DEPRECIACIÓN

FLUJOS DEL PROYECTO

CRITERIOS DE EVALUACIÓN A CONSIDERAR 1.- VALOR ACTUAL NETO (VAN) $ 2.- TASA INTERNA DE RETORNO (TIR) % NOTA: En los criterios de evaluación debe considerarse dos escenarios (CONSERVADOR- OPTIMISTA)

Page 50: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

50

ANEXO N° 8

LISTA DE ANTECEDENTES Y DOCUMENTOS A PRESENTAR EN LAS OFERTAS

I.- SOBRE "PROPUESTA TÉCNICA" En este sobre se deberá incluir los siguientes antecedentes y documentos según el orden que se indica: 1.1.- Antecedentes y documentos de "Personas Naturales" - Identificación del Oferente según Bases (Punto 10.1.a.) - Documento que indique el Estado de Situación del Oferente (con una antigüedad no

mayor a 30 días del cierre de recepción de las ofertas). - Documento de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras

conteniendo información relacionada con el Oferente (con antigüedad no mayor a 90 días).

- Documento de la Tesorería Regional (con antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas).

- Fotocopia de la Cédula de Identidad - Declaración jurada notarial de la aceptación de las Bases de Licitación según Bases

(Punto 10.1.a.6.) - Garantía de Seriedad de la Oferta por un monto de $ 300.000, con vigencia mínima

de 120 días a contar de la fecha de recepción de las ofertas (Punto 12.1 de las Bases) - Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por

Inspección del Trabajo de una antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

- Anteproyecto detallado. - Planimetría. - Especificaciones, estudios y/o memorias técnicas. - Cubicación y presupuesto detallado del proyecto. - Programa de actividades y plazos del proyecto. - Informe preliminar de Evaluación de Impacto Ambiental - Plan de prevención de riesgos. - Plan de protección contra incendios forestales. - Plan de mantenimiento. - Disco compacto con respaldo digital de toda la información. 1.2.- Antecedentes y documentos de "Personas Jurídicas” - Identificación de la empresa y del representante legal de la misma. - Títulos completos de la sociedad o empresa (según bases en Punto 10.1.b.2) - Poderes o mandatos de sus representantes (según bases en Punto 10.1.b.3). - Los dos últimos balances de la sociedad, si es que esta tuviera más de dos años de

existencia.

Page 51: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

51

- Documento que indique el Estado de Situación del o los Oferentes y se certifique la cuantía del Patrimonio del Oferente (con antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas).

- Documento de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras conteniendo información relacionada con el Oferente (con antigüedad no mayor a 90 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas).

- Documento de la Tesorería Regional (con antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas).

- Fotocopia del RUT social y de la cédula de identidad de su representante. - Declaración jurada notarial aceptando las Bases de Licitación (según bases en Punto

10.1.b.9). - Garantía de Seriedad de la Oferta por un monto de $ 300.000, con vigencia mínima

de 120 días a contar de la fecha de recepción de las ofertas (Punto 12.1 de las Bases). - Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por

Inspección del Trabajo de una antigüedad no superior a 30 días de la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

- Anteproyecto detallado. - Planimetría. - Especificaciones, estudios y/o memorias técnicas. - Cubicación y presupuesto detallado del proyecto. - Programa de actividades y plazos del proyecto. - Informe preliminar de Evaluación de Impacto Ambiental - Plan de prevención de riesgos. - Plan de protección contra incendios forestales. - Plan de mantenimiento. - Disco compacto con respaldo digital de toda la información. Solo si corresponde, además se deberá incluir la Promesa de Constitución de Sociedad según lo establecido en el punto 10.2 de las Bases de Licitación. II.- SOBRE "OFERTA ECONOMICA" En este sobre se incluirá lo siguiente: - Monto y modalidad de pago de la concesión (Anexo 5). - Estructura Tarifaría (según punto 13.1 de las Bases). - Plazo solicitado para la concesión. - Monto de las inversiones y plazo de estas. (Anexos 6 y 7) - Evaluación técnica y económica del proyecto. - Fuente de financiamiento (según punto 7.1).

Page 52: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

52

ANEXO N° 9

REGLAMENTO PARA CARPAS TIPO “DOMO”

PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

__________________________________________________________________

I.- INTRODUCCION

Articulo Primero: consideraciones generales y fundamento. Con el objeto de regular la

instalación y explotación por parte de los concesionarios de las carpas del tipo “Domo” al interior

del Parque Nacional Torres del Paine, el presente reglamento tiene la finalidad de garantizar la

incorporación de este tipo de estructura como un elemento que permite el cobijo de las personas

en los ambientes o lugares que se establecen por el presente cuerpo normativo.

Las carpas tipo “Domo” constituyen una alternativa de servicio para los visitantes del Parque, como

también una nueva forma de negocio para los Concesionarios de la Unidad, razón por la cual en

este cuerpo normativo se definen las características y condiciones que deberán tener este tipo de

servicio.

Se define Domo como la estructura rígida con forma de media esfera, cubierta con material tipo

tela impermeable y resistente al viento, fija en estructura de madera, que permite la pernoctación

de personas en condiciones similares a las otorgadas por una carpa.

II.- LUGARES ESTABLECIDOS PARA SU INSTALACIÓN Y EXPLOTACIÓN

Artículo Segundo: Determinación de sectores de explotación. El reglamento permite la instalación

de las carpas tipo Domo, exclusiva y únicamente en los siguientes lugares:

A.- ZONA DE CAMPISMO CONVENCIONAL: Río Serrano y Lago Pehoé y Laguna Azul

B.- ZONA DE CAMPISMO EN MONTAÑA: Lago Pehoé, Lago Grey y Lago Dickson.

III.- CONDICIONES Y REQUISITOS DE EXPLOTACIÓN.

Artículo tercero: Zona de campismo convencional. Procedencia, estructura y obligaciones.

A.- en cada zona de campismo se autoriza un máximo de cinco sitios que permiten la instalación

de una carpa tipo Domo, ubicados en un sector de forma tal que constituyan un conjunto armónico.

B.- cada Domo debe asociarse a un sitio de campismo existente, por lo que en ningún caso se

procederá a su instalación en zonas diversas a las delimitadas por el presente reglamento.

Page 53: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

53

C.- la capacidad máxima permitida por Domo esta constituida por el equivalente a seis personas.

D.- la estructura del Domo debe incluir un acceso; ventana; y rejillas para ventilación.

E.- la instalación del Domo debe efectuarse sobre una estructura o tarima conformada por pilares y

piso en madera, cuya altura no debe exceder de los sesenta centímetros.

F.- el color del revestimiento exterior de cada Domo y su estructura base, deberá asimilarse al del

paisaje en el cual se establece.

G.- obligaciones y prohibiciones: no se permitirán camas o elementos similares o equivalentes al

interior de los Domos; no se permitirá el uso de calefactores, cocinas u otros elementos similares o

equivalentes al interior de cada Domo; no se autoriza la instalación de sistemas de iluminación del

tipo canalizado ni tampoco lámparas con combustibles inflamables; en general, no se permitirá la

instalación de ningún tipo de muebles u artefactos de esa naturaleza al interior de las carpas

Domo.

Artículo cuarto: Zona de campismo en montaña. Procedencia, estructura y obligaciones.

A.- en cada zona de campismo se autoriza un máximo de cinco sitios que permiten la instalación

de una carpa tipo Domo, ubicados en un sector de forma tal que constituyan un conjunto armónico.

B.- cada Domo debe asociarse a un sitio de campismo existente, por lo que en ningún caso se

procederá a su instalación en zonas diversas a las delimitadas por el presente reglamento.

C.- la capacidad máxima permitida por Domo esta constituida por el equivalente a dos personas.

D.- la estructura del Domo debe incluir un acceso; ventana; y rejillas para ventilación.

E.- Cada Domo debe ir montado sobre una estructura o tarima conformada por pilares y piso en

madera, cuya altura no debe exceder de los sesenta centímetros.

F.- el color del revestimiento exterior de cada Domo y su estructura base, deberá asimilarse al del

paisaje en el cual se establece.

G.- obligaciones y prohibiciones: no se permitirán camas o elementos similares o equivalentes al

interior de los Domos; no se permitirá el uso de calefactores, cocinas u otros elementos similares o

equivalentes al interior de cada Domo; no se autoriza la instalación de sistemas de iluminación del

tipo canalizado ni tampoco lámparas con combustibles inflamables; en general, no se permitirá la

instalación de ningún tipo de muebles u artefactos de esa naturaleza al interior de las carpas

Domo.

IV.- CONSIDERACIONES GENERALES:

Artículo quinto: En Relación a las capacidades de lo Domos la dimensión

Máxima es de 4,2 metros de diámetro y 2,1 metros de alto, según la gráfica siguiente.

Page 54: Area Acampar Laguna Azul FINAL FINAL...SECTOR LAGUNA AZUL DEL PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE. I.-INTRODUCCION El presente documento contiene los antecedentes legales y administrativos

BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PARA “AREA DE ACAMPAR LAGUNA AZUL” PARQUE NACIONAL TORRES DEL PAINE

CONAF - REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

54

Artículo sexto: el color exterior de los Domos deberá coincidir y corresponder al del entorno en el

cual se emplazan; en caso alguno podrán emplearse colores que atenten con el entorno físico o el

paisaje.

Artículo séptimo: las pasarelas que interconecten los domos o grupos de domos deben de

constituir estructuras simples que empleen materiales acordes con el paisaje y entorno físico y sus

dimensiones, en caso alguno, pueden atentar con el medio ambiente.

Artículo octavo: de las sanciones: la infracción a las normas establecidas en el presente

reglamento se sancionarán según su gravedad de la siguiente forma:

a.- si el incumplimiento es subsanable con multa consistente en 15 UTM.

b.- si el incumplimiento es insubsanable con el retiro inmediato de la estructura.

Ambas sanciones deberán decretarse por medio de resolución dictada al efecto por el Director

Regional de la Corporación Nacional Forestal.