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Expediente : 01051-1996-0-1801-JR-FC-09 Esp. Legal : Paola Rivero Alvarado Sumilla : APERSONAMIENTO SEÑOR JUEZ DEL VIGESIMO JUZGADO DE FAMILIA DE LIMA JUAN ALEX PEREZ HERMITAÑO, con DNI Nº 094785041 y JOSE ANTONIO PEREZ HERMITAÑO, con DNI Nº 09990462, con domicilio real en el Jr. Pimentel Nº 935 – San Felipe – Comas, y señalando domicilio procesal en la Calle Córcega Nº 920, Urb. Achirana – Santa Anita; en los seguidos por LUPE QUISPE DE PEREZ contra nuestro finado padre JUAN FELIPE PEREZ CORTEZ, sobre Aumento de Alimentos; a Ud., atentamente digo: Que, habiendo fenecido nuestro señor padre don JUAN FELIPE PEREZ CORTEZ, como se encuentra demostrado en autos, nos apersonamos al presente proceso, en calidad de SUCESORES PROCESALES, conforme se encuentra prescrito por el Art. 108º del Código Procesal Civil. Asimismo, absolvemos el traslado conferido de la Resolución Nº 26 de fecha 17 de diciembre del 2010, en los siguientes términos: 1. Con respecto al escrito presentado por nuestros hermanos de padre LIZETTY ESMERALDA PEREZ QUISPE y LUIS ALVARO PEREZ QUISPE, quienes son mayores de edad, debemos indicar que mis hermanos se encuentran radicando en el país de Argentina (Aproximadamente 5 años), y asimismo señalar que ambos ya tienen familias constituidas en ese país. 2. Que, ahora bien, nos parece extraño que mis hermanos no encontrándose en Lima, puedan firmar el escrito de fecha 13 de octubre del 2010, solicitando que EL DEPOSITO DE CONSIGNACION SEA ENDOSADO A NOMBRE DE SU MADRE O APODERADO.

Apersonamiento de Alimentos

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Comunicacion al Juez sobre abogado defensor

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Page 1: Apersonamiento de Alimentos

Expediente : 01051-1996-0-1801-JR-FC-09Esp. Legal : Paola Rivero AlvaradoSumilla : APERSONAMIENTO

SEÑOR JUEZ DEL VIGESIMO JUZGADO DE FAMILIA DE LIMA

JUAN ALEX PEREZ HERMITAÑO, con DNI Nº 094785041 y JOSE ANTONIO PEREZ HERMITAÑO, con DNI Nº 09990462, con domicilio real en el Jr. Pimentel Nº 935 – San Felipe – Comas, y señalando domicilio procesal en la Calle Córcega Nº 920, Urb. Achirana – Santa Anita; en los seguidos por LUPE QUISPE DE PEREZ contra nuestro finado padre JUAN FELIPE PEREZ CORTEZ, sobre Aumento de Alimentos; a Ud., atentamente digo:

Que, habiendo fenecido nuestro señor padre don JUAN FELIPE PEREZ CORTEZ, como se encuentra demostrado en autos, nos apersonamos al presente proceso, en calidad de SUCESORES PROCESALES, conforme se encuentra prescrito por el Art. 108º del Código Procesal Civil.

Asimismo, absolvemos el traslado conferido de la Resolución Nº 26 de fecha 17 de diciembre del 2010, en los siguientes términos:

1. Con respecto al escrito presentado por nuestros hermanos de padre LIZETTY ESMERALDA PEREZ QUISPE y LUIS ALVARO PEREZ QUISPE, quienes son mayores de edad, debemos indicar que mis hermanos se encuentran radicando en el país de Argentina (Aproximadamente 5 años), y asimismo señalar que ambos ya tienen familias constituidas en ese país.

2. Que, ahora bien, nos parece extraño que mis hermanos no encontrándose en Lima, puedan firmar el escrito de fecha 13 de octubre del 2010, solicitando que EL DEPOSITO DE CONSIGNACION SEA ENDOSADO A NOMBRE DE SU MADRE O APODERADO.

3. Que, por otro lado, es necesario señalar quien está detrás de todo esto, es el APODERADO de la parte accionante de nombre FERNANDO LOPEZ CAUTI, quien ha falsificado la firma de mis hermanos de padre con la finalidad de beneficiarse económicamente, y es a quien oportunamente denunciaremos por el delito de falsificación de firma.

POR TANTO:

Page 2: Apersonamiento de Alimentos

A Ud., pido señor Juez, se sirva tenerme por apersonados al presente proceso civil.

1º OTROSI DIGO: Que, acompaño a la presente los siguientes documentos:

a) Copia Legible de mi Documento Nacional de Identidad de don JUAN ALEX PEREZ HERMITAÑO.

b) Copia Legible de mi Documento Nacional de Identidad de don JOSE ANTONIO PEREZ HERMITAÑO.

c) Partida de Defunción de nuestro finado que obra en autos.

2º OTROSI DIGO: Acompaño Dos Cédulas de Notificación Judicial.

Lima, 17 de Enero del 2011

_________________________ALBERTO MALDONADO CORTEZ

ABOGADO Reg. CAL Nº 6534