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1
Alternative sources of taxation at the subnational governments in partisan
alternation of Mexico
BRAVO-BENÍTEZ, Ernesto
E. Bravo
Universidad Autónoma Chapingo, Departamento de Ingeniería Mecánica Agrícola, km 38.5 carretera México-Texcoco,
Chapingo, Estado de México, C.P. 56230, México.
F. Rérez, E. Figueroa, L. Godínez (eds.) Matemáticas Aplicadas. Handbook T-I. -©ECORFAN, Texcoco de Mora-
México, 2016.
2
Abstract
The application of the model of economic opening and Mexico's democratic transition has been
accompanied by a process of increasing decentralization of governance at sub-national level; this
condition is known as new fiscal federalism, which by the way it was promoted, paradoxically, has
led to a growing budget dependence on sub-national governments in relation to the federation. The
latter is explained by the insufficient development of the administrative apparatus that exists at the
state and municipal levels, but mostly because these governments refuse to collect local taxes to
avoid the political cost that it follows all of which unfortunately has a negative impact in terms of
social policy and economic sovereignty, all of which slows the harmonious development of regional
states, municipalities and their local farms.
1 Introducción
La crisis vivida a mediados de los noventa del siglo pasado dio paso a una de las peores recesiones
que haya presenciado la economía mexicana durante el siglo XX precipitando importantes cambios,
en su formato de organización política (transición democrática) y económica (nuevo federalismo
fiscal). Sin embargo en el plano económico-fiscal los resultados no han sido los esperados, ya que el
llamado nuevo federalismo fiscal ha gestado una dinámica perversa entre la federación y los estados
y municipios, que se manifiesta en una creciente dependencia de estos últimos con la federación lo
que ha llevado a que en promedio el 85% de los ingresos gubernamentales a nivel sub-nacional
provengan de las arcas federales, todo lo cual atenta contra el desarrollo económico autónomo de
los estados y municipios así como de sus respectivas haciendas públicas.
Asimismo el que no se haya podido avanzar en términos de la delimitación de potestades
tributarias entre los estados que era uno de los objetivos la CNH de 2004 ha derivado en este punto
muerto en que se encuentran las relaciones fiscales intergubernamentales, además de que el bloque
de reformas de nueva generación implementadas al final del anterior sexenio (reforma laboral) y
con el inicio de la presente administración (fiscal, financiera, energética, etc.), atentan, sobre todo la
energética, contra una de las fuentes más importantes y estables de recursos financieros de los
últimos años provenientes de la federación hacia los estados y municipios, concentrados en el
Fondo de Estabilización que se extinguió en el contexto de la reforma energética para dar paso al
Fondo de Estabilización Petrolera y en donde los estados quedan fuera del reparto de la renta que en
dicho fondo se concentre, lo que no sucedía con el anterior que les permitió dispones a estados y
municipios de cuantiosos recursos además de los que se les hacía llegar por la vía de participaciones
y aportaciones.
Por lo anterior se concluye que el objetivo de este ensayo se centra en el conocimiento de las
causas que están detrás del acelerado deterioro que actualmente vive el nuevo federalismo fiscal y
de las consecuencias que traerá la desaparición del fondo de estabilización petrolera para las
finanzas públicas de los estados y municipios y las opciones alternativas de financiamiento
(tributario-no tributario), que le den viabilidad y sostenibilidad en el mediano y largo plazos a las
haciendas sub-nacionales.
Para el cumplimiento de los objetivos del trabajo la investigación se divide, desde el punto
de vista metodológico, en las siguientes secciones: en la primera se justifica el objetivo de la
investigación; la segunda se dedica al conocimiento de las bases teórico-conceptuales alrededor del
(nuevo) federalismo fiscal.
3
En el tercer apartado se profundiza, en los referentes histórico-institucionales del nuevo
federalismo fiscal mexicano; el cuarto apartado se dedica al análisis de las finanzas estatales y
municipales en su vinculación con las finanzas federales, así como de las de opciones alternas de
tributación sub-nacional (estado y municipio); finalmente en la quinta y última parte se expresan las
conclusiones y recomendaciones de política económica, en materia de federalismo fiscal a que
arribó la investigación.
Elementos teórico-conceptuales y metodológicas alrededor del federalismo y del federalismo
fiscal
El federalismo puede ser entendido a conceptualmente de acuerdo a la interpretación de N.
Mandujano (24, 2010) de tres maneras, esto es, como una división específica de competencias, las
disposiciones específicas para el ejercicio de la autoridad en áreas de competencias concurrentes y
una cláusula reservada a los poderes de los estados para actuar en todas las áreas no exclusivas,
única o concurrentemente a la federación; estas definiciones permiten entender al federalismo sobre
la base de tres principios:
- Subsidiariedad
- Solidaridad
- Sistema político
Los principios mencionados sustentan a su vez a las múltiples formas de gobierno existentes
en la actualidad que están representadas por las experiencias rígidamente centralistas de los estados
unitarios como Francia y Chile o experiencias más flexibles como las del Reino Unido, Nueva
Zelanda y abiertamente federalistas en donde coexisten dos o más órdenes de gobierno y múltiples
niveles de gobierno como sería el caso de México con su esquema basado en tres niveles de
gobierno (federal, estatal y municipal).
Asimismo y en lo que respecta al federalismo fiscal desde el punto de vista teórico y acorde
a lo que estipula la economía pública, la justificación de su existencia se da por diversos factores
que se relacionan con las fallas del mercado, entre las que se encuentran:
- La obligación del moderno Estado nacional de resolver el problema de la existencia de los
bienes públicos locales que son los que se demandan a escala estatal y municipal;
- El problema de la información que garantiza una dotación más eficiente de un bien público,
debido a que el volumen de información que tienen los gobiernos sub-nacionales sobre
gustos, preferencias y restricción presupuestaria de los ciudadanos-consumidores es mayor
además de que existe una mayor cercanía entre los gobernados y los gobernantes que opera
en favor de la transparencia y la rendición de cuentas1;
- La competencia entre los diversos estados y entre los diversos municipios, como un método
que garantiza una eficiente asignación de recursos a nivel sub-nacional como lo estipula la
Hipótesis de Tiebut;
- El tema de las externalidades (positivas y negativas) que requieren de la presencia de
múltiples niveles de gobierno para que sean resueltas, particularmente las de carácter
negativo;
- El problemas de los mercados segmentados, incompletos o complementarios que están muy
presentes a escala sub-nacional, impidiendo una eficiente asignación de recursos;
1 El tema de la información entre los diversos niveles gubernamentales da pies a problemas de agencia y principal.
4
- Finalmente el problema de la inequitativa distribución de los recursos tiene que ver con el
segundo teorema fundamental de la economía del bienestar, el cual aplicado a escala sub-
nacional estipula que, aun cuando la asignación de recursos sea eficiente en el sentido de
Pareto (maximizador), la distribución del ingreso resultante puede ser juzgada como no
satisfactoria o equitativa por la sociedad en su conjunto, por lo que puede decidir redistribuir
los recursos, ver Gráfico 1, respetando el principio de soberanía del consumidor.
Gráfico 1
Curva de posibilidades de utilidad
Fuente: Elaboración propia, con base en Stiglitz, 2002.
Por su parte habría también que considerar los efectos derivados de las fallas de gobierno
que también se presentan a escala sub-nacional, complicando en los hechos la ya de por si compleja
red de relaciones intergubernamentales; en este sentido las fallas del mercado (bienes públicos sub-
nacionales, información, competencia, externalidades, mercados segmentados y problemas de
distribución de la renta) son un importante obstáculo a vencer, para que dicha vinculación sea
verdaderamente eficiente.
Asimismo habría que mencionar que el tema de la distribución equitativa de la renta no
puede ser resuelto a escala sub-nacional, debido a que la restricción presupuestaria de un estado o
de un municipio no sería suficiente para atender la pobreza de individuos que provenientes de otras
latitudes invadirían la jurisdicción territorial de dichas entidades en búsqueda de resolver sus
problemas relacionados con la pobreza.
La forma en que la federación contribuye a la superación de las condiciones de atraso y
pobreza a escala sub-nacional (distribución), es a través de las subvenciones no condicionadas
(participaciones federales) como las que se muestran en la Gráfico 1.1, las cuales se puede afirmar
que son respetuosas en cierto sentido del principio de soberanía del consumidor, ya que la
federación no le impone a los estados y municipios en que gastar el recurso transferido (Stiglitz,
2002; Harvey, 2002).
Grupo
social 1
Grupo social 2
5
Gráfico 1.1 Transferencias no condiciones
Ayuda no destinada a un bien específico
Fuente: Elaboración propia con base en Stiglitz, 2002.
Una segunda forma de transferencias son las subvenciones condicionadas (aportaciones) en
donde la federación estipula los rubros específicos de gasto, en que los estados y municipios
deberán de ejercer los recursos (etiquetado) como lo muestra el gráfico 1.2, las cuales no son
respetuosas del principio de soberanía del consumidor.
Gráfico 1.2
Transferencias condicionales
Ayuda destinada a un bien específico
Fuente:Elaboración propia con base en Stiglitz, 2002.
Existen una clase específica de subvenciones condicionadas en donde para evitar el fenómeno de
la dependencia fiscal entre la federación y los estados y municipios, es que se exige un esfuerzo
recaudatorio por parte de estos últimos, como las que se muestran en la Gráfico 1.3,
subdividiéndose a su vez en equivalentes y no equivalentes (proporcionales).
Curvas de
indiferencia
s
Restricción
presupuestaria
después de la
subvención
Restricción
presupuestar
ia antes de la
subvención
Educación
Recogida de basura G O
E
E*
Bienes públicos
dos
Curvas de
indiferencias
Restricción
presupuestari
a antes de la
subvención
Restricción
presupuestaria
después de la
subvención
E*
E
B
B*
B* B
Bienes
privados
6
Gráfico 1.3
Ayuda o subvención equivalente
Fuente: Elaboración propia con base en Stiglitz, 2002
La distinción entre las subvenciones condicionadas equivalentes y no equivalentes se da
porque se reconoce la heterogeneidad de las haciendas estatales y municipales y no todas están en
condiciones de replicar el esfuerzo recaudatorio por parte de la federación; en este sentido el no
reconocerlo la heterogeneidad existente entre las haciendas estatales y municipales, puede llevar al
fracaso a esos programas que pretenden impulsar el esfuerzo recaudatorio de los estados y
municipios condicionándoles equivalentemente el ejercicio de los recursos federales en materia
recaudatoria.
Competencia basada en los impuestos y en el gasto público
El esfuerzo recaudatorio de los estados y municipios para corresponder con la federación en materia
de subvenciones condicionadas (equivalentes y no equivalentes) así como sufragar sus necesidades
de gasto, puede dar pie a dos fenómenos claramente identificados: el primero tiene que ver con la
devaluación del valor de las propiedades en el monto de los impuestos establecidos, a este proceso
se le conoce como capitalización de la deuda tributaria a través de la devaluación del valor de las
propiedades inmobiliarias en los estados y municipios lo que puede ahuyentar a las nuevas
inversiones; asimismo y para evitar esto último es que el segundo fenómeno que se puede presentar
es una competencia entre los estados y municipios para bajar impuestos con el fin de atraer
inversiones beneficiando a los empresarios pero perjudicando a los habitantes de dichas localidades
a quienes se les dejará de atender por falta de recursos.
La fórmula en que se capitaliza la deuda tributaria en el valor de las propiedades
inmobiliarias de los estados y municipios se da a través de la siguiente función:
(1)
Donde:
T es el tipo impositivo,
r es la tasa de interés
n es el tiempo.
Bienes
privados
Bien
público
Restricción presupuestaria
con una ayuda incondicionada
Restricción presupuestaria con una
ayuda equivalente
Restricción
presupuestaria inicial
Curvas de
indiferencias
E**
E
E*
D
C
B B¨
B
7
Asimismo si el ingreso tributario se invierte en programas de infraestructura física y social,
entonces el valor de las construcciones se incrementa en función de los montos del gasto público, lo
que se da a través de la siguiente función:
(1.1)
Donde:
G es el monto de gasto público
r es la tasa de interés
n es el tiempo.
La hipótesis de Tiebout
Un último elemento que teóricamente es importante considerar y que tiene que ver con la eficiente
asignación de los recursos a escala sub-nacional, es el cumplimiento de la hipótesis de Ch. Tiebut
que garantiza la óptima asignación de los recursos sobre la base del principio de competencia
perfecta que existe entre los estados integrantes de la federación y los municipios que a su vez
forman al estado sub-nacional; en este sentido si algún estado o municipio no es eficiente en la
provisión de bienes públicos o en el cobro y recaudación tributaria, se registrará un proceso
migratorio desde el punto de vista poblacional de las entidades menos eficientes hacia aquellas
entidades más eficientes.2
Como se sabe el principio de competencia perfecta es muy difícil de que se cumpla en la
realidad por lo que más que un escenario de competencia perfecta, lo que en realidad se tiene3 en las
entidades es una especie de competencia monopólica u oligopólica configurándose en materia de
asignación de recursos un resultado sub-óptimo en el sentido de Pareto.
III Referentes histórico-institucionales del nuevo federalismo fiscal mexicano
Las bases históricas del nuevo federalismo fiscal que desde el punto de vista presupuestario
comenzó a implementarse en México a partir de 1997 se rastrean en las propuesta de don Miguel
Ramos rispe planteadas por primera vez en la Constitución de Cádiz, la propia constitución de 1824
que estipula la conformación de la nación mexicana como una República Federal y los trabajos de
autores como Alexander Hamilton, John Jay y James Madison (Mandujano, 2010, 24).
México es un país que está organizada sobre principios federalistas y tiene sus antecedentes
más remotos desde la fundación misma de la nación a principios del siglo XIX enmarcada en la
constitución federalista de 1824 (Mandujano, 2010: 44; Gutiérrez, 2011: 3).
2 El proceso de migración poblacional puede ser a escala sub-nacional e incluso internacional y se le conoce como
votación con los pies, debido a que la población sanciona o premia con su movilidad la ineficiencia o eficiencia de los
gobiernos sub-nacionales en materia de provisión de bienes y de cobro de impuestos. 33 El principio de competencia perfecta y su resultado en términos de equilibrio general competitivo es visualizado por
los seguidores de la teoría neoclásica convencional como un resultado normativo (ideal) y no como un resultado
positivo (real). Sistema Nacional de Coordinación Fiscal
8
Sin embargo dicha fórmula de organización política trajo como consecuencia, múltiples
conflictos derivados de su pasado virreinal centralista que sumieron al país en la inestabilidad
(guerras internas), invasiones extranjeras y finalmente la pérdida de más de la mitad del territorio
nacional, todo lo cual motivó por la vía de los hechos a renunciar al federalismo optando por
esquemas centralistas que dinámicamente le imposibilitaron al país un desarrollo territorial
homogéneo, no obstante la restauración de la República y la consolidación del Estado nacional en
tiempos del Porfiriato, siendo esto último una de las principales causas que motivaron el
movimiento armado de 1910 y su conclusión la promulgación de la Constitución de 1917 que
retomaba los principios de organización política federalista plasmados en la primera constitución,
desafortunadamente los gobiernos posrevolucionarios por motivos de diversa índole (pacificación
de las distintas regiones del país) dejaron en letra muerta los principios federalistas de la
constitución del siglo XX
Lo anterior reprodujo muchos de los vicios del viejo esquema centralista, dando pie en esta
ocasión a un desarrollo territorial de tipo dual con un centro-norte más desarrollado que el sur-
sureste y en donde los gobiernos sub-nacionales (estados y municipios) quedaron supeditados
política y económicamente al poder omnímodo de la federación, perdurando dicha condición hasta
la crisis económica generada por el error de diciembre de 1994.Sin embargo la situación anterior
nunca fue del todo cómoda para los estados y municipios desembocando dicha inconformidad en la
organización de tres convenciones nacionales fiscales (CNF), las cuales se desahogaron en los años
de 1925,1933 y 1947 (Lomelí, 2004: 50-55).
Las convenciones nacionales fiscales dieron paso a la promulgación en 1954 de la primera
Ley de Coordinación Fiscal (Mandujano, 2010:57), antecedente inmediato del actual Sistema
Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF), que nació formalmente a raíz de la promulgación en 1980
de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). Sin embargo este diseño institucional en materia de
relaciones fiscales intergubernamentales, siguió supeditando en extremo a los estados y municipios
en materia de soberanía tributaria que ameritó que se realizara en 2004, a propuesta de la
Confederación Nacional de Gobernadores (CONAGO), se realizara una nueva Convención
Nacional Hacendaria (CNH) que quiso emular el sentido progresista en materia de federalismo
fiscal, de la primera CNF de 1925 que delimitó las facultades tributarias entre los diversos niveles
de gobierno 4.
Asimismo habría que mencionar la influencia que en esta materia ejerció la política
económica del presidente R. Reagan en los Estados Unidos, siendo él quien dio inicio a esta moda
conocida como nuevo federalismo fiscal, aunque en realidad fue en la administración de Richard
Nixon cuando se dieron los primeros pasos en este sentido.
Los resolutivos de la reunión fiscal de 2004 fueron en el sentido de enmendar algunas de las
deficiencias del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que se venían arrastrando desde 1980, en
el sentido de evitar la concurrencia tributaria que supeditó en extremo a las haciendas locales y
estatales obstruyendo con esto su crecimiento y desarrollo. Sin embargo estos finalmente no fueron
respetados en las conclusiones finales, imponiéndose la parte federal y dejando prácticamente en la
misma situación a las relaciones fiscales intergubernamentales; esta situación amerita de nueva
reunión fiscal nacional con genuinos resolutivos que impulsen al verdadero federalismo.
4 A diez años de haberse realizado la CNH no se han vuelto a reunir las autoridades tributarias de los tres niveles de
gobierno en un formato similar y no ha habido una evaluación de sus resultados por parte de ninguno de los tres niveles
de gobierno.
9
Por su parte el SNCF se encarga como su nombre lo dice de coordinar el reparto de recursos
que por la vía de las transferencias en México se les hace llegar a los Estados y municipios por la
vía fundamentalmente de tres fondos federales que se describen a continuación:
- El ramo 25 previsiones y aportaciones para los sistemas de educación básica, normal y tecnológica y
de adultos.
- El ramo 28 participaciones a entidades Federativas y Municipios.
- El ramo 33 Aportaciones federales para las Entidades Federativas y los Municipios.
- El ramo 39 Programa de apoyos para el fortalecimiento de las entidades federativas, el cual se
incorporó a partir del año de 2007 al ramo 33.
Las leyes y reglamentos que sustentan este entramado de relaciones intergubernamentales,
en el marco del SNCF son múltiples, yendo desde el artículo 31 constitucional pasando por el 73 en
sus fracciones VIII, X y XXIX, el 115, el 116, el 117 fracciones IV al VII y IX, el 118 fracción I, el
124 y el 131. Sin embargo habría que considerar en una versión más amplia al 6, el 90, el 108 y el
130 constitucionales. Asimismo habría que sumarles las respectivas leyes estatales y municipales,
así como sus respectivos reglamentos, incluyendo los bandos de buen gobierno, y las leyes
respectivas en materia tributaria de los países con los que se tienen convenios fiscales
internacionales, pactados por parte de México y la comunidad internacional de países con la
finalidad de evitar la doble tributación.
IV Análisis de las finanzas estatales y municipales y su vinculación con las finanzas federales
Los vínculos que existen entre los agentes económicos (tierra, trabajo, capital y capacidades
empresariales) de un país son de carácter nacional, estatal y municipal replicándose dicha relación
en el ámbito de la economía pública haciendo referencia a los tres niveles de gobierno; esta
condición está presente en los países que adoptaron la forma de organización política de tipo
federalista, como es el caso de México (Ayala, 2005:379); con base en esto último, es que el
federalismo político en México se desdobla en su vertiente económica a través del federalismo
fiscal, que a partir de 1997 vive una nueva etapa denominada nuevo federalismo fiscal, el cual en
teoría pretendía refuncionalizar las relaciones intergubernamentales en el país, poniendo particular
énfasis en disminuir la dependencia fiscal de los estados y municipios en relación con la federación,
ya que existían estados como el de Tabasco en donde más del 90% de sus ingresos provenían
precisamente de la federación; en este sentido es que cobra relevancia actualizar el conocimiento de
dicha interacción fiscal, una vez que han pasado más de quince años de haberse iniciado dicho
proceso, a propuesta del orden gubernamental de carácter federal.
En el panorama descrito en el párrafo superior no ha cambiado mucho en los últimos años
ya que al dependencia de los ingresos federales incluso ha crecido en algunos casos, debido al
crecimiento en términos reales que se ha registrado en este tiempo de los recursos federalizados
(ramos 28 y, 33, recursos para protección social, subsidios, convenios descentralizados, convenios
de reasignación), como se puede observar en la Gráfico 5 y muy particularmente a partir de 1998.
10
Gráfico 1.4
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
Asimismo y no obstante el comportamiento ascendente del gasto federalizado el resultado
muestran sus dos partidas más importantes el cual es disímbolo, ya que las participaciones han
registrado un dinamismo menor como se puede observar en la Gráfico 1.5, en donde se observa
como a precios constantes estas decrecen a partir del año de 2002 sin que hasta el momento 2014
hayan recuperado su valor de 2002.
Gráfico 1.5
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
En lo que respecta al otro gran fondo que es el de las aportaciones federales su
comportamiento en efecto ha sido más estable y ascendente, como se muestra en la Gráfico 1.6,
salvo por la crisis de 2009 que propició su caida, pero para el 2011 ya habían recuperado su nivel
anterior.
11
Gráfico 1.6
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
El comportamiento ascendente de las aportaciones, además de asegurar el uso de los
ingresos (etiquetado) en rubros específicos pretende compensar el estancamiento y caída que los
ingresos estatales han registrado en términos reales en estos últimos años, ver Tabla 1, lo que
demuestra la dependencia creciente de los estados con relación a la federación.
Tabla 1
Fuente: Elaboración propia, con base en INEGI, SHCP y CEFP de la Cámara de Diputados.
Asimismo las fuentes de ingresos de los estados se pueden visualizar en su dinámica con
más claridad en la Gráfico 1.7 en donde se observa como el único rubro que crece de manera
permanente son los de las aportaciones y participaciones
12
Gráfico 1.7
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
Específicamente y en lo que se refiere a las fuentes tributarias de los estados estos en su
componente directa han caído, a la vez que su parte indirecta ha crecido, como lo muestra la
Gráfico 1.8, juntos con otras partidas como los ingreso adicionales
Gráfico 1.8 Participación porcentual de los ingresos por impuestos de estados según concepto
2009-2012
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
Este retroceso de los ingresos totales de los estados es lo que explica en parte el crecimiento
tan acelerado que se ha registrado en los últimos años de las deudas públicas estatales y
municipales, como se observa en la Gráfico 1.9 que muestra como en los últimos años ha habido un
crecimiento prácticamente exponencial de la deuda visto a través de los cinco estados más
endeudaos del país; en este sentido el último dato la deuda pública de los estado ascendía a cerca de
4% del PIB, esto es más o menos unos $480,000 mdp.
13
Gráfico 1.9
Fuente: http://www.mexicomaxico.org/Voto/DeudaEstatal.htm
El crecimiento tan acelerado de la deuda pública estatal junto con el estancamiento de las
participaciones federales y el menor ritmo de crecimiento de las aportaciones y la desaparición del
fondo de estabilización, motivan a los estados a buscar nuevas fuentes de financiamiento de su
gasto y como la deuda ha crecido tanto en tan poco tiempo esta vía está acotada, pero lo que no está
acotado es el que los estados tengan derecho a más del 20% de la recaudación federal participable
ya que se queden con un % de los ingresos por concepto de ISR, IVA, IEPS y Comercio Exterior
(importaciones) o buscar nuevas fuentes de tributación como patentes, sucesiones (herencia),
transmisiones (donaciones) etc. En lo que respecta a los ingresos públicos de los municipios estos se
han comportado de manera más volátil en los últimos años cayendo incluso en el 2012, como puede
observarse en la Gráfico 1.10.
Gráfico 1.10
Sin embargo a diferencia de los estados los municipios tienen muchas más fuentes de
tributación que los estados, lo que evidencia su mínima explotación por motivos más de carácter
político que económico; de esta manera las fuentes claramente identificables de los ingreso
municipales y su comportamiento en los últimos años, puede visualizarse en la Gráfico 1.11
14
Gráfico 1.11
Fuente: Elaboración propia con base en datos del INEGI, SHCP y CEFP de la CD.
Mientras que por porcentajes con respecto al total se pueden observar en la Gráfico 4.13
distinguiéndose claramente una preeminicencia de los ingresos por concepto de aportaciones y
participaciones con relación a las otras fuentes.
Gráfico 1.12
Fuente: elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
Asimismo son tantas y tan amplias las categorías en las que se clasifican las fuentes de
tributación que se pueden visualizar por capítulos, como los que se muestran en los cuadros del 4.2
al 4.6 del anexo estadístico; en este sentido, la multiplicidad de fuentes de ingreso (tributarios y no
tributarios) que existen a nivel municipal nos permiten afirmar que aquí lo que se necesita es
optimizar esas fuentes más que buscar otras nuevas, ya que la proporción de ingresos es entre 75 %
federación, 22 estados y 3% municipios.
15
Conclusiones
Con base en los elementos vertidos en el presente ensayo se pueden concluir que las relaciones
fiscales intergubernamentales no pasan por un buen momento, ya que las tendencias centralistas se
vuelven a imponer (CONAC, INE, Fórmula de Participaciones federales) fracasando la experiencia
del nuevo federalismo fiscal, por lo que se debe impulsar una Nueva Convención Nacional
Hacendaria que sea resolutoria y defina con mucha más claridad las potestades tributarias de los
distintos niveles de gobierno; en este sentido, la federación debe de aumentar el porcentaje de
participaciones transferencias no condicionadas (participaciones) y debe de impulsar de manera
inteligente a las Transferencias condicionadas (aportaciones) equivalentes y proporcionales.
Asimismo, los estados medios son los que deben de buscar nuevas formas de tributación
ante la cancelación de los recursos monetarios que la federación le hacía llegar por concepto del
Fondo de Estabilización y como una forma de acrecentar su independencia económica como lo hace
en ese sentido el D.F., y deben buscar quedarse con un porcentaje de la captación tributaria de
impuesto federales como el IVA y el ISR. Por su parte los estados deben reducir su ritmo de
endeudamiento además de que lo deben de transparentar (no se valen ya recates tramposo de la
federación que solo posponen la resolución del problema y los hace cautivos económica y política
mente de la federación, lo que atenta contra los principios del genuino federalismo.
Finalmente los municipios más que buscar nuevas formas de tributación deben de optimizar
las que tiene superando el costo político.
Anexo estadístico
Tabla 1.1
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
16
Tabla 1.2
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados
Tabla 1.3
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados
17
Tabla 1.4
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
Tabla 1.5
Fuente: Elaboración propia, con base en CEFP de la Cámara de Diputados.
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