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A GRIMENSUR A AÑO 9 • NÚMERO 25 • Abril - Diciembre / 2002 ISSN 0329-711X 25 FEDERACIÓN ARGENTINA DE AGRIMENSORES FUNDADA EL 10 DE JULIO DE 1958 ADHERIDA A LA FEDERATION INTERNATIONALE DE GEOMETRES (F.I.G.) Y CONFEDERACION GENERAL DE PROFESIONALES DE LA REP. ARGENTINA (C.G.P .) FUNDADORA DE LA FEDERACION LATINOAMERICANA DE AGRIMENSORES (F.L.A.) SURVEYING

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AGRIMENSURA AÑO 9 • NÚMERO 25 • Abril - Diciembre / 2002

ISSN 0329-711X

25

FEDERACIÓN ARGENTINA DE AGRIMENSORESFUNDADA EL 10 DE JULIO DE 1958

ADHERIDA A LA FEDERATION INTERNATIONALE DE GEOMETRES (F.I.G.) YCONFEDERACION GENERAL DE PROFESIONALES DE LA REP. ARGENTINA (C.G.P.)FUNDADORA DE LA FEDERACION LATINOAMERICANA DE AGRIMENSORES (F.L.A.)

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AGRIMENSURASURVEYING

SURVEYING

Índice/ Index

FEDERACION ARGENTINA DE AGRIMENSORES

AÑO 9 • NÚMERO 25 • Abril - Diciembre / 2002

COMITÉ EJECUTIVO/EXECUTIVE COMMITTEEPresidente/President: Ingeniero Geógrafo Norberto FRICKXSecretario/Secretary: Ingeniero Geógrafo Roberto BRAVOTesorero/Treasurer: Agrimensor Eduardo Horacio GRASSIVocal Titular/Regular Committee Member: Agrimensor Ariel Horacio VELÁSQUEZVocal Titular/Regular Committee Member: Agrimensor Manuel Enrique FERNÁNDEZVocal Suplente/Deputy Committee Member: Agrimensor Héctor Osvaldo RINGAVocal Suplente/Deputy Committee Member: Agrimensor Raúl SVETLIZA

COMISION REVISORA DE CUENTAS/ACCOUNT REVISING COMMISSIONTitular/Regular Member: Agrimensor Ángel PERAZZOTitular/Regular Member: Agrimensor Sileno MIGLIORETitular/Regular Member: Agrimensor Flavio MORALESSuplente/Deputy: Agrimensor Carlos ARGOITÍASuplente/Deputy: Agrimensor Antonio Alejandro CARRIZO

Dirección: Santa Fe 730 (S2000CJJ) Rosario, Santa Fe. E-mail: [email protected]

REVISTA TRIMESTRAL/QUARTERLY MAGAZINE

editoriales. el camino fue largo: Ing. Geóg. Norberto Frickx

X: Ing. Agrim. Héctor Vicente Laitán 3

F.A.D.A. III Reunión Anual de la Federación Argentina de Agrimensores 4

F.I.G. XXII Congreso Internacional de F.I.G.

Dra. Analía Argerich 5

resoluciones. educación superior: Resolución 1054/2002 7

incumbencias. derogan Resolución 6781/95 sobre incumbencias para realizar

mensuras a los ingenieros civiles: Agrim. Raúl O. Svetliza

Resolución N˚ 850 15

entrevista. Ítalo Mercol: “Un Agrimensor que hizo historia” 16

universitarias. de España donan equipamiento e instrumental a las universidades

de Córdoba y de Rosario:Ing. Agrim. Armando del Bianco

nuevas autoridades. 19

catastro. breve análisis acerca del Proyecto de Ley de Catastro Territorial

de la provincia de Catamarca:Lilia Noemí Diez 20

Nuestra portada:Fotografía satelital del planeta Tierra tomada por la noche (extraida de la páginawww.diputadosctes.gov.ar/Argentina/nocturnatierra.htm)

Redacción/ Redaction25 de Mayo 355 (4200) Santiago del Estero

Telefax: 0054-385-42147410385-156098814

e-mail: [email protected]

Director/ EditorIng. Agrim./ Surv. Engineer Héctor Vicente Laitán

Dirección General/ General ManagementF.A.D.A.

Idea, Diseño, Redacción, Compaginación y Edición/Idea, Design, Redaction Makeup and Edition

Ing. Agrim./ Surv. Eng. Héctor Vicente Laitán

Asesoramiento y Corrección/ Advice and Proof-ReadingLic. María Mercedes Tenti

Colaboradores de este número/ Contribution to this editionDra. Analía Argerich

Ing. Agrim. Armando Del BiancoLilia Noemí Diez

Agrim. Ítalo MercolAgrim. Raúl O. Svetliza

Idea y Diseño de Tapa/ Idea & Cover DesignSr./ Mr. Agustín Laitán

Jorgelina Laitán

Las colaboraciones firmadas o con el nombre de su autor,no reflejan necesariamente la opinión de la revista.

Prohibida la reproducción parcial o total de los artículosde esta revista, sin la autorización expresa de la Dirección.

Edición/ EditionEdiciones Paradigma

Diseño gráfico/ Graphic DesignPanorama • Perón 4227 5º “A” • 4864-4723

Impresión/ PrintingGráfica Integral • J. Bonifacio 257

Dirección Nacional del Derecho de Autor:nº 929176 / ISSN 0329-711X

Register of copyrights: nº 929176 / ISSN 0329-711X

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AGRIMENSURA/SURVEYING 3

El camino fue largo...

editoriales

INGENIERO GEÓGRAFO NORBERTO FRICKX PRESIDENTE F.A.D.A.

INGENIERO AGRIMENSOR HÉCTOR VICENTE LAITÁN DIRECTOR

AgrimensurA y paradigma

camino fue largo. Siete añospasaron desde aquella fechaen que el Congreso de la Na-

ción sancionara la Ley 24521 de Edu-cación Superior para que la Agrimen-sura obtuviera el reconocimiento ju-rídico y académico de que esta pro-fesión, al igual que la Medicina yotras catorce Ingenierías, en su ejer-cicio pone en riesgo el interés públi-co. Lo que equivale a decir que elproceso de preparación de los futu-ros profesionales debe reunir requi-sitos mínimos establecidos y contro-lados por el Estado Nacional.Cuántos colegas han sufrido menos-cabo cuando algunos estamentos dela Administración Pública considera-ban a la Agrimensura como una ca-rrera de nivel terciario no universita-rio. Cuántos disgustos al escuchar la

opinión de que esta es una carrera depaso de otra Ingeniería. Y esto quedóatrás.Esto quedó atrás porque luego de mu-chos esfuerzos a lo largo de siete años,el Consejo de Universidades junto alMinisterio de Educación, Ciencia yTecnología de la Nación hayan com-prendido y aprobado la incorporaciónde la Agrimensura en los alcances delartículo cuarenta y tres de la Ley deEducación Superior.Monolíticamente unidos docentes,graduados, gremialistas y estudiantesbregaron para conseguir este mereci-do reconocimiento. Todos han pues-to su grano de arena, y el logro es lo-gro del conjunto.Pero entrar en los alcances del artí-culo cuarenta y tres de la Ley 24521impone todo un desafío, especialmen-

te para elsector aca-démico dela agrimen-sura.Ahora se abre el período de acredita-ción y nuestras Escuelas de Agrimen-sura deberán realizar esfuerzos im-portantes para adecuar los planes,programas, laboratorios, actividadpráctica, cargas horarias, cuerpo do-cente y demás estándares estableci-dos.De allí que toda la Agrimensura delpaís, ahora de pie, debe acompañar ala Universidad a caminar este nuevosendero que se abre.Adelante, ha sido un paso de extre-ma importancia, pero no es más queun paso más en el camino de la jerar-quización de la profesión.

El

Uno de los problemas que generalmente se plantean a la hora de decidir los diferentes artículos queintegrarán nuestra revista, es acerca de si los mismos se ajustan a la línea editorial, sobriedad, impor-tancia coyuntural, jerarquía, etc. mantenidas durante más de ocho años de publicación y si su exten-sión no excede los límites que nos impone el factor económico.

Este problema, que parece pequeño, no lo es en realidad, dada la variada gama de intereses que tienen los colegas que nos leeny escriben, y también por el amplio y complejo entramado de ciencias, técnicas y doctrinas que componen la Agrimensura.Así, no es fácil lograr una revista que satisfaga plenamente a la dirigencia de FADA, a la Dirección y a los Agrimensores detodo el país.Hoy, dos acontecimientos relevantes han sacudido a la Agrimensura Argentina, y por su importancia, ocupan gran parte de larevista, obligándonos, a último momento, a dejar afuera artículos de marcada jerarquía enviados por nuestros colegas, queestaban listos para ser publicados.En hora buena que así sea pues sabemos que tenemos capacidad para publicar una revista con mucha mayor cantidad depáginas y pedimos paciencia a los colegas cuyas colaboraciones quedaron “en el tintero”. La paciencia es una virtud, puesla demora a veces nos torna dramático el futuro inmediato.Desde la Dirección de AgrimensurA , anhelamos una revista con mayor cantidad de páginas y que perdure en el tiempo, paraorgullo de los Agrimensores Argentinos, conscientes que cuando un logro mantiene su continuidad en el tiempo, lossimples hechos que lo integran adquieren la fortaleza de paradigmas.

Hasta la próxima.

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AGRIMENSURA/SURVEYING4

F.A.D.A.urante los días 19, 20 y21 de septiembre del año2002, se realizaron las

reuniones de la F.A.D.A. y elCO.P.E.A., en la ciudad de VicenteLópez de la Provincia de BuenosAires. Es de destacar que al actode apertura de las deliberacionesagrimensurales, asistió el Secre-tario de Políticas Universitarias delMinisterio de Educación, Cienciay Tecnología Dr. Juan Carlos Pu-gliese. El acto de apertura contótambién con la presencia del Sub-secretario de Relaciones Institu-cionales de Jefatura de Gabinetede Ministros de la Nación Agri-mensor Sergio Rossi, y el Direc-tor del Instituto Geográfico MilitarCnel. Fernando Galván.El discurso de bienvenida a todoslos asistentes a la III Reunión deF.A.D.A. y CII del CO.P.E.A., lo rea-lizó el Agrim. Roberto IGUERA,Presidente del Consejo Profesio-nal de Agrimensura de la Provin-cia de Buenos Aires - C.P.A. Acontinuación el Presidente deF.A.D.A., Ing. Geóg. Norberto O.Frickx, concretó en el discursorespectivo de los objetivos basede las deliberaciones de esta IIIReunión Anual. Con posteriori-dad, lo realizó el Presidente delCO.P.E.A., Agrim. Oscar DanielLancellotti.De manera seguida, el Presiden-te de la F.A.D.A., Ing. Geóg. Nor-berto O. Frickx, dio la palabra alSecretario de Educación Superior,Dr. Juan C. Pugliese. Éste desa-rrolló su temática en el rol quetiene la Agrimensura en el ordenpúblico y su incorporación en losalcances del Art. 43º de la Ley Nº24521 de Educación Superior -.Al finalizar su exposición dejó in-auguradas las deliberacionesagrimensurales.

• Ley de Catastro:Respecto a este tema de conti-nuo tratamiento en las reunionesde F.A.D.A. (Federación Argenti-na de Agrimensores), se dio lec-tura a una propuesta elaboradapor el Consejo Federal del Catas-tro modificatorio del proyecto queestá en el Senado de la Nación.El plenario, luego de un interesan-te debate opina unánimementeque dicha propuesta mejora eltexto actual.

• Artículo 43 Ley de EducaciónSuperior:

Al respecto, de la disertación delSecretario de Enseñanza Supe-rior, Dr. Juan Carlos Pugliese, esposible deducir el importantepaso dado por la Agrimensura alobtener su inclusión en los alcan-

III Reunión Anual de laFederación Argentina

de Agrimensores - F.A.D.A.

III Reunión Anual de laFederación Argentina

de Agrimensores - F.A.D.A.

ces del Art. 43 de la ley citada.Faltando sólo la firma de la Re-solución respectiva por parte dela Ministra, quedará jurídicamenteplasmada la importancia que tie-ne la profesión en el riesgo de suejercicio para el interés público.Precisamente el plenario del Con-sejo de Universidades ha puestocomo ejemplo de dicho riesgo ala actividad de la mensura en ladeterminación de límites de ob-jetos de derechos de propiedadcomo así mismo en el Catastro,donde la seguridad y los bienesestán en juego.

• CO.N.E.A. (Comisión Nacionalde Escuelas de Agrimensura):

En forma paralela a la reunión dela F.A.D.A. (Federación Argentina

de Agrimensores), se concretó elencuentro de representantes deEscuelas de Agrimensura delpaís. Córdoba, La Plata, Santia-go del Estero, Mendoza, Morón,del Sur, Rosario, San Juan, Cata-marca y Buenos Aires fueron lasuniversidades presentes, es de-cir diez de un total de once don-de se dicta la carrera, lo cual mar-ca la trascendencia de la reunión.Lógicamente el tema de debate secentró en el desafío que se abre alas Escuelas de Agrimensura paraenfrentar el proceso de acredita-ción en cada casa de estudios alincorporarse en los alcances delartículo 43. Al final del debate, yrepresentando a la Conea, el De-cano de la Facultad de Tecnolo-gía de Catamarca Ing. Agrimen-

sor Flavio Fama expuso ante elplenario de la Federación. Pidió alas instituciones reunidas el apo-yo logístico y económico para elfortalecimiento de las carreraspara incrementar el número dealumnos en ingreso y retencióncomo en la creación de nuevascarreras en las Universidades quehoy no la tienen.Felicitó a la conducción de laF.A.D.A. por la idea de reunir a laCONEA y a la CO.NA.P.E.A. en co-incidencia con la reunión de la Fe-deración.

• CO.NA.P.E.A. (Comisión Nacio-nal Permanente de Estudian-tes de Agrimensura):

De manera simultánea, despuésde varios años de inacción, seconstituyó la reunión de laCO.NA.P.E.A. En dicha reuniónparticiparon estudiantes de Agri-mensura de las Universidades de:Rosario, del Sur, de Córdoba,Catamarca, La Plata y Buenos Ai-res. Uno de sus principales obje-tivos es la conformación de laComisión que dirigirá su accio-nar en el futuro. Continuarán lasdeliberaciones en la ciudad deVilla Carlos Paz /Córdoba/, sedede la próxima reunión de F.A.D.A.

• Incumbencias:Asimismo y de forma paralela, sedesarrolló la reunión del FORO deASESORES JURÍDICOS de lasdistintas entidades adheridas aF.A.D.A. Una vez finalizado el tra-tamiento de su temario se incor-poraron al plenario, participandodel mismo y aclarando ante ladefensa de los alcances, quecomo sabemos, actualmente sonatacados por el Colegio de Pro-fesionales de la Ingeniería Civil.

• Temas varios:Ahora bien, entre otros temas deinterés se debatió el quehacer dela actividad gremial en cada unade las Provincias y la actuaciónde F.A.D.A. en la C.G.P. y el CIAM.

• Sede de la próxima reunión:Se aprobó que la IV Reunión deF.A.D.A. y la CIII del CO.P.E.A. secelebrarán en la ciudad de VillaCarlos Paz /Córdoba/ los días 27y 28 de noviembre de 2002, ymerece destacarse que de mane-ra paralela, se celebrará al Sema-na de la Cartografía, organizadapor el Colegio de Agrimensoresde Córdoba, que es preparatoriade las Jornadas CartográficasNacionales que serán celebradasen el año 2003.

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D

El Ingeniero Geógrafo Norberto Frickx, presidente de FADA,se dirige a los presentes

El Dr. Juan Carlos Pugliese, Secretario de Educación Superior,da comienzo a las deliberaciones

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AGRIMENSURA/SURVEYING 5

F.I.G.

ASPECTOS GENERALES

Es posible que se recuerde alXXII Congreso Internacionalde FIG como el evento másgrande que organizó FIG, tan-to por el número de participan-tes, el número de países repre-sentados, como así también,por la cantidad de exposicio-nes académicas, científicas ytecnológicas que se desarrolla-ron simultáneamente en lamisma sede del Congreso, esdecir, en el Marriott WardmanPark Hotel de Washington,DC (USA).Alrededor de 5000 participan-tes en representación de unos100 países afiliados a la Fede-ración .Internacional de Agri-mensores, asistieron entre el19 y 26 de Abril pasado a lasdeliberaciones, exposiciones ydebates del Congreso de F.I.G.y Conferencia de ASPRS (So-ciedad Americana de Fotogra-metría y Teledetección). Para-lelamente al desarrollo deambos eventos, tanto la Aso-ciación Americana de Agri-mensura y Cartografía (ACSM)como la ASPRS, organizaroncursos cortos (workshops) so-bre distintos temas de interés,como GIS, GPS, teledeteccióny fotogrametría digital, entreotros. Por otra parte, algunasempresas e instituciones quecomercializan software paradesarrollos de GIS, tratamien-to digital de imágenes sateli-tales, modelos digitales de te-rreno y otras aplicacionesvinculadas a la agrimensura,ofrecieron seminarios con elpropósito de mostrar a travésde jornadas de trabajo, las ven-tajas que proporcionan susproductos a la hora de simpli-ficar y optimizar el manejo dela información geoespacial.

XXII CONGRESOINTERNACIONAL

DE F.I.G.(Washington,DC - USA)

La exhibición tecnológicatuvo lugar entre los días 22 y24 de Abril, concentrandounos 120 stands de empresase instituciones vinculadas conactividades de la agrimensu-ra, para publicitar desde losdesarrollos más recientes desoftware e instrumental, has-ta programas de investigacióny bibliografía.Los organismos catastrales ylas asociaciones profesionalesde los distintos países miem-bros de F.I.G. proporcionaronejemplares de publicacionesespecialmente editadas para elCongreso, permitiendo cono-cer interesantes aspectos de larealidad profesional de cadapaís. En este sentido, la Ofici-na de Administración Territo-rial (Bureau of Land Manage-ment) del Departamento delInterior de Estados Unidos,distribuyó ejemplares de “Sur-

veying our public lands” queincluye una breve descripciónde los objetivos que persiguela institución desde su crea-ción en el año 1946, la reseñahistórica de las actividades deagrimensura en relación con laconformación del territorio es-tadounidense y su sistema ca-tastral.Debe reconocerse, no obstan-te, que el hecho de tomar con-tacto con las realidades profe-sionales del mundo, nosiempre implica un acerca-miento a situaciones felices.Así, causó consternación lapublicación de Israel “Surveyof Israel 2002”, que había sidoeditada por la Agencia Nacio-nal para la Información Geo-désica, Catastral y Cartográ-fica en el pasado mes deMarzo, y en la que se debióadjuntar a último momento lanoticia sobre la trágica muer-

te de su Director General, elcolega Aviel Ron, víctima deun ataque suicida palestinoocurrido el pasado 31 de Mar-zo, en el que también fallecie-ron sus dos hijos.En cuanto a las publicacionesde las asociaciones profesio-nales, en general han estadoorientadas a detallar los infor-mes correspondientes a la ges-tión realizada en los últimoscuatro años. La Unión Checade Agrimensores y Cartógra-fos, por ejemplo, distribuyó su“National Report” de las acti-vidades desarrolladas en elperíodo 1998-2002. Este in-forme recuerda que la Socie-dad Científica y TecnológicaChecoslovaca había sidomiembro de FIG desde el año1927. Al dejar de existir Che-coslovaquia, en 1993, para darlugar al nacimiento de dos es-tados independientes: la Repú-blica Checa y Eslovaquia, hasignificado para FIG la incor-poración de dos nuevas aso-ciaciones profesionales (unapor cada Estado) y el cese deaquella antigua SociedadCientífica. En este contexto, sedescriben las actividades enlas que han tenido participa-ción directa los delegados che-cos ante las distintas Comisio-nes de FIG, con especialénfasis en aspectos de la or-ganización y resultados obte-nidos en el evento denomina-do FIG Working Week(Semana de Trabajo de FIG),que se llevara a cabo en Pra-ga, en Mayo de 2000.

WORKSHOP ORGANIZADO POR ACSM(FIG Congress Washington 2002)

GIS Technology Lab (ejercitación con ArcGIS)

DRA. ANALÍA ARGERICH

“La Dra. Analía Argerich, nuestra representante al Congreso”

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AGRIMENSURA/SURVEYING6

F.I.G.

ACTIVIDADESDE LA COMISIÓN 2

(Educación Profesional)

Las actividades de la Comi-sión 2 de FIG “EducaciónProfesional” incluyeron 8sesiones técnicas con expo-sición y debate de 36 traba-jos, más dos reuniones deinformación de delegadosnacionales y grupos de tra-bajo.Las sesiones técnicas se or-ganizaron de acuerdo a lossiguientes tópicos:

TS 2.1: Academia Virtual -Experiencias y estudios decasosTS 2.2: Academia Virtual yContenidos CurricularesTS 2.3: Métodos de ense-ñanza y aprendizaje y CPDTS 2.4: Academia Virtual yMétodos de nuevas ense-ñanzas y aprendizajesTS 2.5: Currículum especí-fico de AgrimensuraTS 2.6: Cambios curricula-resTS 2.7: Descripciones curri-cularesTS 2.8: Diferentes aspectosdel planeamiento e imple-mentación curricular

La participación argentinaha tenido lugar en la sesióntécnica TS 2.3 a través de laexposición del trabajo “Pro-fessional Continuous Upda-ting in Remote SensingApplications in Argentina”(Actualización profesionalcontinua en aplicaciones deteledetección en Argentina)– Autores: Dra. Analía Ar-gerich, Ing. Agrim. Héctor

V. Laitán. En la misma se-sión técnica se presentarontambién, los siguientes tra-bajos:• Stefan Willgalis (Alema-

nia): Learning and increa-singly complex world:Teaching of graduate stu-dents in research orientedprojects.

• John Chadderton (ReinoUnido): Interactive lear-ning for the property pro-fessional in the 21st Cen-tury.

• Jacobus H. Raubenheimer(Sudáfrica): Cooperativeeducation in Surveying.

• Bela Markus (Hungría):Spatial knowledge manage-ment in land administration.

La primera reunión de dele-gados nacionales se realizóel Lunes 22 de Abril, previoa la Ceremonia de Inaugu-ración del Congreso, bajo lapresidencia de la Dra. KirsiVirrantaus (Finlandia) paradesarrollar la siguienteagenda:

• Elaboración de la lista departicipantes

• Información sobre las se-siones técnicas (presidentesde cada sesión, expositorespresentes, equipamientodisponible, cambios en laprogramación para infor-mar a FIG, etc.)

• Informe de la Comisión 2para la 25° Asamblea Ge-neral

• Avances y resultados obte-nidos en los grupos de tra-bajo

• Portal educativo de Agri-mensura (prototipo y pla-nes futuros)

• Simposio Internacional deEducación y Profesionali-zación de la Agrimensura,3 al 5 de Octubre, PuertoRico.

• Fuerza de tareas para gru-pos de Agrimensores deescasa representatividad.

• Presentación del Presiden-te electo de la Comisión 2(período 2002-2006), Pe-dro Cavero (España).

En el informe de las activi-dades desarrolladas por laComisión 2 durante el pe-ríodo 1998-2002, se ha des-tacado la organización deSimposios y Seminarios entemas educativos de Agri-mensura no sólo en Europay Estados Unidos, sino tam-bién en Asia, África y Amé-rica Latina. El Simposiorealizado en América Lati-na corresponde al que sedesarrollara en Rosario, Ar-gentina, en Octubre de2000, que ha contado conla presencia de 128 partici-pantes de un total de 10 paí-ses.Se ha expresado en la re-unión de delegados nacio-nales la intención de conti-nuar con eventos similares,particularmente en Asia yAmérica Latina debido a laescasa participación quetienen en la FIG los paísesde estas regiones. En el casode América Latina se ha se-ñalado que sólo 4 países sonmiembros de FIG y en rela-ción con la Comisión 2 seha considerado auspiciosala incorporación de la dele-gada argentina en Washing-ton para una participaciónmás activa a través de losgrupos de trabajo. En igualsentido se ha reflexionadosobre la necesidad de con-tar con información actua-lizada a los fines de diseñarestrategias educativas parala profesión y nutrir la basede datos y portal educativode Agrimensura. Las auto-ridades de la Comisión hanpropuesto mantener contac-tos, toda vez que sea nece-sario, con los delegados na-cionales e integrantes degrupos de trabajo a travésde las direcciones electró-nicas recabadas en la reu-nión.

La segunda reunión –conagenda abierta– se realizó elMiércoles 24 de Abril, bajola presidencia de Pedro Ca-vero, quien enfatizó en lossiguientes aspectos:

• Necesidad de cooperar coninformación para el portaleducativo que se proponedesarrollar la Comisión

• Dificultades para estable-cer parámetros y linea-mientos curriculares paralas carreras de Agrimensu-ra a escala global, por lasparticularidades profesio-nales y educativas que pre-sentan los distintos países.Se sugiere desarrollar es-tudios sobre los perfilesprofesionales a escala re-gional, como el que se rea-lizara en ámbitos de laUnión Europea (publica-ción de FIG: EnhancingProfessional Competenceof Surveyors in Europe,Mayo de 2001).

• Invitación a participar ac-tivamente en la fuerza detareas para grupos de Agri-mensores de escasa repre-sentatividad. Los proble-mas de discriminación nodeben relacionarse necesa-riamente con el género. Entodo caso, debe pensarseen acciones concretas parala inserción de los jóvenesprofesionales en un merca-do laboral que brindeigualdad de oportunidades.

• Necesidad de participaciónde estudiantes de Agrimen-sura en Congresos de FIG.Se aconseja que en futurosCongresos de FIG se pro-cure la presencia de al me-nos un representante estu-diantil por país miembro.

• Elaboración del calendariode eventos que organizarála Comisión (meetings re-gionales). Por ahora seconsigna el Simposio dePuerto Rico y otro similaren Marruecos.

Finalmente, los distintos as-pectos del portal educativoen Agrimensura se detallanen el trabajo correspondien-te a la sesión técnica TS 2.2(Arzu Coltekin: A prototy-pe of FIG Surveying Educa-tion Portal) disponible en lapágina web www.fig.net.

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AGRIMENSURA/SURVEYING 7

resoluciones

Declárase incluidos en la nómi-na del artículo 43 de la Ley N°24.521 los títulos de IngenieroAgrimensor e Ingeniero Indus-trial. Contenidos curriculares bá-sicos, carga horaria mínima, cri-terios de intensidad de laformación práctica, stándarespara la acreditación de las carre-ras y actividades profesionales re-servadas.

Bs. As., 24/10/2002

VISTO lo dispuesto por los artí-culos 43 y 46 inciso b) de la LeyN° 24.521 y el Acuerdo PlenarioN° 15 del CONSEJO DE UNI-VERSIDADES de fecha 21 deagosto de 2002, y

CONSIDERANDOQue el artículo 43 de la Ley deEducación Superior establece quelos planes de estudio de carrerascorrespondientes a profesiones re-guladas por el Estado, cuyo ejer-cicio pudiera comprometer el in-terés público, poniendo en riesgode modo directo la salud, la segu-ridad y los bienes de los habitan-tes, deben tener en cuenta –ade-más de la carga horaria mínimaprevista por el artículo 42 de lamisma norma– los contenidoscurriculares básicos y los criteriossobre intensidad de la formaciónpráctica que establezca el MINIS-TERIO DE EDUCACIÓN,CIENCIA Y TECNOLOGÍA enacuerdo con el CONSEJO DEUNIVERSIDADES.Que, además, el Ministerio debefijar, con acuerdo del CONSEJODE UNIVERSIDADES, las ac-tividades profesionales reservadas

a quienes hayan obtenido un tí-tulo comprendido en la nóminadel artículo 43.Que de acuerdo a lo previsto porel mismo artículo en su inciso b)tales carreras deben ser acredita-das periódicamente por la COMI-SIÓN NACIONAL DE EVA-LUACIÓN Y ACREDITACIÓNUNIVERSITARIA (CONEAU)o por entidades privadas consti-tuidas con ese fin, de conformi-dad con los estándares que esta-blezca el MINISTERIO DEEDUCACIÓN, CIENCIA YTECNOLOGÍA en consulta conel CONSEJO DE UNIVERSI-DADES, según lo dispone el art.46, inciso b) de la Ley N° 24.521.Que mediante Acuerdo PlenarioN° 15 de fecha 21 de agosto de2002 el CONSEJO DE UNI-VERSIDADES prestó su acuerdoa la inclusión en el régimen delartículo 43 de la Ley N° 24.521de los títulos de Ingeniero Agri-mensor e Ingeniero Industrial.Que mediante el mismo AcuerdoPlenario, el CONSEJO DE UNI-VERSIDADES prestó acuerdo alas propuestas de contenidos cu-rriculares básicos, carga horariamínima y criterios de intensidadde la formación práctica para lasreferidas carreras, así como a lasactividades reservadas para quie-nes hayan obtenido los correspon-dientes títulos y manifestó su con-formidad con la propuesta deestándares de acreditación de lascarreras de mención, documentostodos ellos que obran comoAnexos I, Il, lIl, V y IV –respecti-vamente– del Acuerdo de marras.Que dichos documentos son el re-sultado de un enjundioso trabajo

realizado por expertos en la ma-teria, el que fue sometido a unamplio proceso de consulta y a unexhaustivo análisis en el seno delCONSEJO DE UNIVERSIDA-DES.Que en relación con la definiciónde las actividades que deberánquedar reservadas a los poseedo-res de los títulos incluidos en elrégimen, el Consejo señala que lasparticularidades de la dinámicadel sector, así como los vertigino-sos cambios tecnológicos y los fe-nómenos de transversalidad quese dan en la mayoría de los he-chos productivos que involucrana las profesiones respectivas, de-terminan la imposibilidad de atri-buir en esta instancia el ejerciciode actividades a cada uno de lostítulos mencionados en forma ex-cluyente, razón por la cual la fija-ción de las mismas lo será sin per-juicio de que otros títulosincorporados o que se incorporenen la nómina del artículo 43 de laLey N° 24.521 puedan compar-tirlas parcialmente.Que tratándose de una experien-cia sin precedentes para las respec-tivas carreras, el CONSEJO DEUNIVERSIDADES recomiendasometer lo que se apruebe en estainstancia a una necesaria revisiónni bien concluida la primera con-vocatoria obligatoria de acredita-ción de las carreras existentes, ypropone su aplicación con un cri-terio de gradualidad y flexibilidad,prestando especial atención a losprincipios de autonomía y liber-tad de enseñanza.Que también recomienda estable-cer un plazo máximo de DOCE(12) meses a fin de que las insti-

Ministerio de Educación

EDUCACIÓN SUPERIORResolución 1054/2002

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tuciones adecuen sus carreras a lasnuevas pautas que se fijen.Que el Cuerpo propone que di-cho período de gracia no sea deaplicación a las solicitudes de re-conocimiento oficial y consecuen-te validez nacional que se presen-ten en el futuro para las nuevascarreras correspondientes a los tí-tulos incluidos en el régimen.Que atendiendo al interés públi-co que reviste el ejercicio de lasprofesiones correspondientes a losreferidos títulos, resulta proceden-te que la oferta de cursos comple-tos o parciales de alguna de lascarreras incluidas en la presenteque estuviera destinada a instru-mentarse total o parcialmente fue-ra del asiento principal de la ins-titución universitaria, seaconsiderada como una nueva ca-rrera de Ingeniería.Que corresponde dar carácternormativo a los documentos apro-bados en los Anexos I, II, III, IVy V del Acuerdo Plenario N° 15/02 del CONSEJO DE UNIVER-SIDADES, así como recoger ycontemplar las recomendacionesformuladas por el Cuerpo.Que la DIRECCIÓN GENE-RAL DE ASUNTOS JURÍDI-COS ha tomado la intervenciónque le compete.Que las facultades para dictar elpresente acto resultan de lo dis-puesto en los artículos 43 y 46 inc.b) de la Ley N° 24.521.

Por ello,LA MINISTRA DE EDUCA-CIÓN CIENCIA Y TECNOLO-GÍARESUELVE:

Artículo 1° - Declarar incluidosen la nómina del artículo 43 de laLey N° 24.521 a los siguientes tí-tulos: Ingeniero Agrimensor e In-geniero Industrial.

Art. 2° - Aprobar los contenidoscurriculares básicos, la carga ho-

raria mínima, los criterios de in-tensidad de la formación prácticay los estándares para la acredita-ción de las carreras correspondien-tes a los títulos consignados en elartículo 1°, así como la nóminade actividades reservadas paraquienes hayan obtenido dichostítulos, que obran como Anexos I–Contenidos Curriculares Bási-cos–, II –Carga Horaria Mínima–, III –Criterios de Intensidad dela Formación Práctica–, IV –Es-tándares para la Acreditación– yV –Actividades Profesionales Re-servadas– de la presente resolu-ción.

Art. 3° - La fijación de las activi-dades profesionales que debenquedar reservadas a quienes ob-tengan los títulos incluidos en elartículo 1°, lo es sin perjuicio deque otros títulos incorporados oque se incorporen a la nómina delartículo 43 de la Ley N° 24.521puedan compartir parcialmentelas mismas.

Art. 4° - Lo establecido en losAnexos aprobados por el artículo2° de la presente deberá ser apli-cado con un criterio de flexibili-dad y gradualidad, correspondien-do su revisión en forma periódica.

Art. 5° - En la aplicación de losAnexos aludidos que efectúen lasdistintas instancias, se deberá in-terpretarlos atendiendo especial-mente a los principios de autono-mía y libertad de enseñanza,procurando garantizar el necesa-rio margen de iniciativa propia delas instituciones universitarias,compatible con el mecanismo pre-visto por el artículo 43 de la LeyN° 24.521.

Art. 6° - Establécese un plazomáximo de 12 (DOCE) mesespara que los establecimientos uni-versitarios adecuen sus carreras degrado de Ingeniería a las disposi-

ciones precedentes. Durante di-cho período sólo se podrán reali-zar convocatorias de presentaciónvoluntaria para la acreditación dedichas carreras. Vencido el mis-mo, podrán realizarse las convo-catorias de presentación obliga-toria.

Art. 7° - Ni bien completado elprimer ciclo de acreditación obli-gatoria de las carreras existentesal 21 de agosto de 2002, se pro-pondrá al CONSEJO DE UNI-VERSIDADES la revisión de losAnexos aprobados por el artículo2° de la presente.

Art. 8° - Sin perjuicio del cum-plimiento de otras normas lega-les o reglamentarias aplicables alcaso, la oferta de cursos comple-tos o parciales de alguna carreracorrespondiente a los títulos men-cionados en el artículo 1°, queestuviere destinada a instrumen-tarse total o parcialmente fuera delasiento principal de la instituciónuniversitaria, será consideradacomo una nueva carrera de Inge-niería.

NORMA TRANSITORIAArt. 9° - Los Anexos aprobadospor el artículo 2° serán de aplica-ción estricta a partir de la fecha atodas las solicitudes de reconoci-miento oficial y consecuente va-lidez nacional que se presentenpara nuevas carreras de Ingenie-ría correspondientes a los títulosincluidos en el artículo 1°. Dichoreconocimiento oficial se otorga-rá previa acreditación, no pudien-do iniciarse las actividades acadé-micas hasta que ello ocurra.

Art. 10. - Comuníquese, publí-quese, dése a la DIRECCIÓNNACIONAL DEL REGISTROOFICIAL y archívese.

Graciela M. Giannettasio.

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La definición de los contenidos cu-rriculares básicos –que las carrerasdeberán cubrir obligatoriamentepor ser considerados esenciales paraque el título sea reconocido con vis-tas a la validez nacional– constitu-ye una matriz básica y sintética dela que se pueden derivar lineamien-tos curriculares y planes de estudiodiversos. Los contenidos alcanzanno sólo la información conceptualy teórica considerada imprescindi-ble, sino las competencias que se de-sean formar, dejándose espacio paraque cada institución elabore el per-fil del profesional deseado. Todacarrera de ingeniería debe asegurarque los contenidos específicos seanadecuados para garantizar la forma-ción correspondiente al perfil defi-nido.La definición de contenidos en lasáreas de ciencias sociales, humani-dades y economía, entre otras, que-da al arbitrio de cada una de lasinstituciones, debiendo su diseñoabarcar aspectos significativos ymantener coherencia con el perfildel graduado que se propone for-mar. Deben incluirse para todas lascarreras terminales troncales con-tenidos orientados a la formaciónde una actitud emprendedora yproactiva.

CIENCIAS BÁSICAS

Las ciencias básicas abarcan los co-nocimientos comunes a todas lascarreras de ingeniería, asegurandouna sólida formación conceptualpara el sustento de las disciplinasespecíficas y la evolución perma-nente de sus contenidos en funciónde los avances científicos y tecno-lógicos.El objetivo de los estudios en ma-temáticas es contribuir a la forma-

ción lógico-deductiva del estudian-te, proporcionar una herramientaheurística y un lenguaje que per-mita modelar los fenómenos de lanaturaleza. Estos estudios estaránorientados al énfasis de los concep-tos y principios matemáticos másque a los aspectos operativos. De-ben incluir Algebra Lineal, Geo-metría Analítica, Cálculo Diferen-cial e Integral en una y dosvariables, Ecuaciones Diferencia-les, Probabilidad y Estadística, ade-más de temas de Análisis Numéri-co y Cálculo Avanzado.El objetivo de los estudios de laFísica y Química será proporcio-nar el conocimiento fundamentalde los fenómenos de la naturalezaincluyendo sus expresiones cuan-titativas y desarrollar la capacidadde su empleo en la ingeniería. Es-tos estudios deben incluir: Mecá-nica, Electricidad y Magnetismo,Electromagnetismo, Óptica, Ter-mometría y Calorimetría, Estruc-tura de la Materia, Equilibrio Quí-mico, Metales y no Metales,Cinética Básica en niveles y enfo-ques adecuados a los títulos de in-geniería, pudiendo cada uno deellos incorporar contenidos adicio-nales en Física, Química, Biologíao Ciencias de la Tierra u omitirjustificadamente algunos conoci-mientos de ciencias básicas que nose consideren esenciales para el tí-tulo.Se incluirán contenidos de siste-mas de representación e informá-tica.

TECNOLOGÍAS BÁSICAS

Las tecnologías básicas deben apun-tar a la aplicación creativa del co-nocimiento y la solución de proble-mas de la Ingeniería teniendo como

fundamento las Ciencias Básicas.Los principios fundamentales de lasdistintas disciplinas deben ser tra-tados con la profundidad conve-niente para su clara identificacióny posterior aplicación en la resolu-ción de tales problemas.Las Tecnologías Básicas deberánformar competencias, entendidascomo conocimientos y habilidades,en:Para el título de Ingeniero Indus-trial y títulos similares: Termodiná-mica y Máquinas Térmicas, Estáti-ca y Resistencia de Materiales,Mecánica y Mecanismos, Electro-tecnia y Máquinas Eléctricas, Sis-temas Informáticos, Mecánica delos Fluidos y Ciencias de los Mate-riales.Para el título de Ingeniero Agrimen-sor y títulos similares: Sistemas deinformación, Teoría de errores, Sis-temas de Medición Topográfica,Dibujo Topográfico y Cartográfi-co, Derecho, Geografía Física yGeomorfología.

TECNOLOGÍAS APLICADAS

Deben considerarse los procesos deaplicación de las Ciencias Básicasy Tecnologías Básicas para proyec-tar y diseñar sistemas, componen-tes o procedimientos que satisfagannecesidades y metas preestablecidas.A partir de la formulación de losproblemas básicos de la ingenieríadeben incluirse los elementos fun-damentales del diseño, abarcandoaspectos tales como el desarrollo dela creatividad, resolución de proble-mas de ingeniería, metodología dediseño, análisis de factibilidad, aná-lisis de alternativas, factores econó-micos, ambientales y de seguridad,estética e impacto social. Las Tec-nologías Aplicadas deberán formar

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ANEXO I

CONTENIDOS CURRICULARES BASICOS PARA LAS CARRERAS DEINGENIERIA EN AGRIMENSURA E INGENIERIA INDUSTRIAL

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competencias en:Para el título de Ingeniero Indus-trial y títulos similares: Optimiza-ción y Control, Investigación Ope-rativa, Gestión de Calidad,Instalaciones Termomecánicas yEléctricas, Economía, Higiene, Se-guridad y Saneamiento, Legisla-ción, Organización y Administra-ción de Empresas.Para el título de Ingeniero Agrimen-sor y títulos similares: Topografía,Agrimensura Legal, Catastro Terri-torial, Mensuras, OrdenamientoTerritorial, Planeamiento y Urba-nismo, Valuaciones, Geodesia, Car-tografía, Fotogrametría, Fotointer-

pretación, y Teledetección y Siste-mas de Información Territorial.

COMPLEMENTARIAS

Como parte integral de un progra-ma de Ingeniería y con el fin de for-mar ingenieros conscientes de las res-ponsabilidades sociales y capaces derelacionar diversos factores en el pro-ceso de la toma de decisiones, debenformar competencias en Economía,Legislación, Organización Industrial,Gestión Ambiental, Formulación yEvaluación de Proyectos, y Seguri-dad del Trabajo y Ambiental.El plan de estudios debe cubrir as-

pectos formativos relacionados conlas ciencias sociales, humanidadesy todo otro conocimiento que seconsidere indispensable para la for-mación integral del ingeniero.El título de Ingeniero Agrimensory títulos similares deben proporcio-nar, además, conocimientos de Es-tudio y Trazado Especiales, Econo-mía y Gestión Empresarial,Información Rural y Agrología, yElementos de Edificios.El título de Ingeniero Industrialdebe proporcionar además, cono-cimientos de Instalaciones Indus-triales y Tecnologías y Procesos deProducción.

La carga horaria mínima total delplan de estudio será de 3750 horas,recomendándose su desarrollo a lolargo de cinco años.Recomendación indicativa: Cargahoraria mínima por bloque: En lacarrera se considerarán 4 gruposbásicos de materias, las cuales de-ben tener como mínimo las horastotales de teoría, práctico y labora-torio correspondiente al 55% de lacarga horaria homogeneizada segúnla siguiente tabla:

ANEXO II

CARGA HORARIA MÍNIMA PARA LAS CARRERAS DEINGENIERÍA EN AGRIMENSURA E INGENIERÍA INDUSTRIAL

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Grupo Horas

Ciencias Básicas 750Tecnologías Básicas 575Tecnologías aplicadas 575Complementarias 175

TOTAL 2075

La distribución de las 750 horas mí-nimas de Ciencias Básicas debe cu-brir las siguientes disciplinas:

Disciplinas Horas

Matemática 400Física 225Química 50Sistemas de representación yFundamentos de Informática 75TOTAL 750Estas 750 horas podrán completar-se entre las materias específicas y al-guna/s otra/s convenientemente in-tegradas, según lo previsto en elpunto II.5 del Anexo IV “Estánda-res para la Acreditación”.

ANEXO III

CRITERIOS DE INTENSIDAD DE LA FORMACIÓN PRÁCTICA PARA LAS CARRERASDE INGENIERÍA EN AGRIMENSURA E INGENIERÍA INDUSTRIAL

La formación práctica debe teneruna carga horaria de al menos 750horas, especificadas para los cua-tro siguientes grupos: formaciónexperimental, resolución de pro-blemas de ingeniería, proyecto ydiseño, y práctica profesional su-

pervisada. La intensidad de la for-mación práctica marca un distin-tivo de la calidad de un programay las horas que se indican en estanormativa constituyen un mínimoexigible a todos los programas deingeniería, reconociéndose casos

donde este número podría incre-mentarse significativamente. Estacarga horaria no incluye la reso-lución de problemas tipo o ruti-narios de las materias de cienciasbásicas y tecnologías. Ante la di-versidad de títulos esos mínimos

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pueden resultar insuficientes, y enel proceso de acreditación se juz-gará su adecuación. Una mayordedicación a actividades de for-mación práctica, sin descuidar laprofundidad y rigurosidad de lafundamentación teórica, se valo-ra positivamente y debe ser ade-cuadamente estimulada.

FORMACIÓN EXPERIMENTAL

Se deben establecer exigencias quegaranticen una adecuada actividadexperimental vinculada con el es-tudio de las ciencias básicas asícomo tecnologías básicas y aplica-das (este aspecto abarca tanto lainclusión de las actividades expe-rimentales en el plan de estudios,considerando la carga horaria mí-nima, como la disponibilidad deinfraestructura y equipamiento).Se debe incluir un mínimo de 200horas de trabajo en laboratorio y/o campo que permita desarrollarhabilidades prácticas en la opera-

ción de equipos, diseño de expe-rimentos, toma de muestras y aná-lisis de resultados.

RESOLUCIÓN DE PROBLEMAS

DE INGENIERÍA

Los componentes del plan de es-tudios deben estar adecuadamen-te integrados para conducir al de-sarrollo de las competenciasnecesarias para la identificacióny solución de problemas abiertosde ingeniería. Se define comoproblema abierto de ingenieríaaquellas situaciones reales o hi-potéticas cuya solución requierala aplicación de los conocimien-tos de las ciencias básicas y de lastecnologías. Todo programa debeincluir al menos en las tecnolo-gías básicas y aplicadas 150 ho-ras para esta actividad y consti-tuye la base formativa para queel alumno adquiera las habilida-des para encarar diseños y pro-yectos.

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ACTIVIDADES DE PROYECTO

Y DISEÑO

Como parte de los contenidos sedebe incluir en todo programauna experiencia significativa (mí-nima de 200 horas) en activida-des de proyecto (preferentemen-te integrados) y diseño deingeniería. Se entiende por talesa las actividades que empleandociencias básicas y de la ingenieríallevan al desarrollo de un sistema,componente o proceso, satisfa-ciendo una determinada necesi-dad y optimizando el uso de losrecursos disponibles.Práctica supervisada en los sec-tores productivos y/o de servi-cios:Debe acreditarse un tiempo mí-nimo de 200 horas de prácticaprofesional en sectores produc-tivos y/o de servicios, o bien enproyectos concretos desarrolladospor la institución para estos sec-tores o en cooperación con ellos.

Para la fijación de los estándaresque se aprueban en el presenteanexo se tomaron como ejes rec-tores el resguardo de la autonomíauniversitaria –a cuyo fin se les diocarácter indicativo, no invasivo–,y el reconocimiento de que las ca-rreras a las que se aplicarán se en-marcan en el contexto de las insti-tuciones universitarias a las quepertenecen, careciendo de existen-cia autónoma.Tales criterios generales deberánser respetados tanto en la aplica-ción como en la interpretación delos estándares que a continuaciónse consignan.

I. CONTEXTO INSTITUCIONAL

I.1. La carrera debe desarrollarse enuna Universidad o Instituto Univer-sitario donde se realicen actividadessustantivas en educación superior:docencia, investigación, extensión ydifusión del conocimiento.

I.2. La misión institucional, los ob-jetivos de la carrera, el funciona-miento y su reglamentación, elperfil profesional propuesto y elplan de estudios deben estar explí-citamente definidos y deben ser deconocimiento público.

I.3. La institución debe tener de-finidas y desarrollar políticas ins-

titucionales en los siguientes cam-pos:a) investigación científica y desa-rrollo tecnológico.b) actualización y perfecciona-miento del personal docente y deapoyo, que no se limitará a la ca-pacitación en el área científica oprofesional específica y a los aspec-tos pedagógicos, sino que incluirátambién el desarrollo de una ade-cuada formación interdisciplinaria.c) extensión, cooperación interins-titucional, difusión del conoci-miento producido y vinculacióncon el medio.

I.4. La carrera debe contar con unplan de desarrollo explícito, que in-

ANEXO IV

ESTÁNDARES PARA LA ACREDITACIÓN DE LAS CARRERAS DEINGENIERÍA EN AGRIMENSURA E INGENIERÍA INDUSTRIAL

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cluya metas a corto, mediano y lar-go plazo atendiendo tanto al man-tenimiento como al mejoramien-to de la calidad.

I.5. La carrera deberá contar conuna organización académica y ad-ministrativa adecuada que le per-mita alcanzar los objetivos y el per-fil profesional que se ha propuesto.Las funciones deben estar clara-mente identificadas y distribuidas.

I.6. Deben existir instancias ins-titucionalizadas responsables deldiseño y seguimiento de la imple-mentación del plan de estudios ysu revisión periódica. Deberánimplementarse mecanismos degestión académica (seguimientode métodos de enseñanza, formasde evaluación, coordinación de losdiferentes equipos docentes, cum-plimiento de los programas de laasignaturas o equivalentes, ade-cuación de los materiales de estu-dio y de apoyo, grado de dedica-ción y conformación de losequipos docentes, entre otros as-pectos).

I.7. El decano y los directores aca-démicos, jefes de departamentos oinstitutos deben poseer anteceden-tes compatibles con la naturalezadel cargo.

I.8. La carrera debe promover laextensión y cooperación interins-titucional. La institución debe bus-car la vinculación con empresas,asociaciones profesionales y otrasentidades relacionadas con la pro-fesión, estableciendo conveniospara la investigación, transferenciatecnológica, pasantías y prácticascomo forma de integración al me-dio socioproductivo.

I.9. Los sistemas de registro y pro-cesamiento de información y loscanales de comunicación deben serseguros, confiables, eficientes yactualizados.

I.10. Debe asegurarse el resguardode las actas de examen.

II. PLAN DE ESTUDIOS Y FORMACIÓN

II.1. El plan de estudios debe pre-parar para la práctica profesionalde la ingeniería, explicitando las ac-tividades para las que capacita laformación impartida.

II.2. Debe existir correspondenciaentre la formación brindada, la de-nominación del título que se otor-ga y los alcances que la instituciónha definido para la carrera.

II.3. El plan de estudios debe es-pecificar los ciclos, áreas, asigna-turas, que lo componen y las acti-vidades previstas, constituyendouna estructura integrada y racio-nalmente organizada.

II.4. La organización o estructuradel plan de estudios debe tener encuenta los requisitos propios decada área, ciclo, asignatura, me-diante un esquema de correlativi-dades definido por la complejidadcreciente de los contenidos y su re-lación con las actividades para lasque capacita.

II.5. En el plan de estudios los con-tenidos deben integrarse horizon-tal y verticalmente. Asimismo de-ben existir mecanismos para laintegración de docentes en expe-riencias educacionales comunes.

II.6. Los programas de las asigna-turas u otras unidades equivalen-tes deben explicitar objetivos, con-tenidos, descripción de lasactividades teóricas y prácticas, bi-bliografía, metodologías de ense-ñanza y formas de evaluación.

II.7. El plan de estudios debe in-cluir formación experimental delaboratorio, taller y/o campo quecapacite al estudiante en la espe-

cialidad a la que se refiera el pro-grama. La instrucción referida a losprocedimientos de seguridad debeser una parte indispensable del tra-bajo experimental.

II.8. El plan de estudios debe in-cluir actividades de resolución deproblemas de ingeniería, reales ohipotéticos, en las que se apliquenlos conocimientos de las cienciasbásicas y de las tecnologías.

ll.9. El plan de estudios debe incluiractividades de proyecto y diseño deingeniería, contemplando una ex-periencia significativa en esos cam-pos que requiera la aplicación inte-grada de conceptos fundamentalesde ciencias básicas, tecnologías bá-sicas y aplicadas, economía y geren-ciamiento, conocimientos relativosal impacto social, así como habili-dades que estimulen la capacidadde análisis, de síntesis y el espíritucrítico del estudiante, despierten suvocación creativa y entrenen parael trabajo en equipo y la valoraciónde alternativas.

II.10. El plan de estudios debe in-cluir instancias supervisadas de for-mación en la práctica profesionalpara todos los alumnos.

II.11. El plan de estudios debe in-cluir contenidos de ciencias socia-les y humanidades orientados aformar ingenieros conscientes desus responsabilidades sociales.

II.12. El plan de estudios debe in-cluir pronunciamiento sobre gra-do de dominio de idioma inglésexigido a los alumnos para alcan-zar la titulación.

II.13 El plan de estudios debe in-cluir actividades dirigidas a desa-rrollar habilidades para la comu-nicación oral y escrita.

II.14. La evaluación de los alum-nos debe ser congruente con los

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objetivos y metodologías de enseñan-za previamente establecidos. Las eva-luaciones deben contemplar de ma-nera integrada la adquisición deconocimientos, la formación de ac-titudes, el desarrollo de la capacidadde análisis, habilidades para encon-trar la información y resolver proble-mas reales.

II.15. Debe anticiparse a los alum-nos el método de evaluación y ase-gurarse el acceso a los resultados desus evaluaciones como complemen-to de la enseñanza.

II.16. La frecuencia, cantidad y dis-tribución de los exámenes que se exi-gen a los alumnos no deben afectarel desarrollo de los cursos.

III. CUERPO ACADÉMICO

III.1. La carrera debe contar con uncuerpo académico en número y com-posición adecuado y con dedicaciónsuficiente para garantizar las activida-des programadas de docencia, inves-tigación y vinculación con el medio.

III.2. El cuerpo académico debe in-cluir docentes con una adecuada for-mación teórico práctica y experien-cia profesional lograda en el ámbitode la producción de bienes y servi-cios.

III.3. El ingreso y la permanencia enla docencia deben regirse por meca-nismos que garanticen la idoneidaddel cuerpo académico y que sean deconocimiento público.

III.4. Salvo casos excepcionales, losmiembros del cuerpo docente debentener una formación de nivel univer-sitario como mínimo equivalente altítulo de grado que imparte la carrera.Los profesores con dedicación exclu-siva deben acreditar preferentementeformación de posgrado y participar eninvestigación, desarrollo tecnológico,o actividades profesionales innovado-

ras, para mantener actualizados losmétodos y los resultados de la investi-gación y desarrollo y asegurar la con-tinuidad de la evolución de las distin-tas áreas de la profesión.

III.5. La trayectoria académica y for-mación profesional de los miembrosdel cuerpo debe estar acreditada y seradecuada a las funciones que desem-peñan.

III.6. Debe contarse con un registroactualizado, de carácter público, delos antecedentes académicos y pro-fesionales del personal docente, quepermita evaluar su nivel.

III.7. Debe contemplarse la participa-ción de miembros del cuerpo acadé-mico en proyectos de investigación ydesarrollo y en los programas o accio-nes de vinculación con los sectores pro-ductivos y de servicios de la carrera.

III.8. El cuerpo académico debe par-ticipar en actividades de actualizacióny perfeccionamiento.

IV. ALUMNOS Y GRADUADOS

IV.1. La institución deberá tener encuenta su capacidad educativa enmateria de recursos humanos y físi-cos para la carrera, de modo de ga-rantizar a los estudiantes una forma-ción de calidad.

IV.2. Deben existir mecanismos deseguimiento de los alumnos, medi-das efectivas de retención y análisisde la información sobre rendimien-to y egreso.

IV.3. Debe existir documentaciónque permita evaluar la calidad deltrabajo de los estudiantes.

IV.4. Los estudiantes deberán teneracceso a apoyo académico que les fa-ciliten su formación tales como tu-torías, asesorías, orientación profesio-nal, así como a material bibliográfico

en cantidad suficiente, de buen ni-vel y calidad.

IV.5. Debe estimularse la incorpora-ción de los alumnos a las actividadesde investigación, desarrollo y vincu-lación.

IV.6. Debe fomentarse en los alum-nos una actitud proclive al aprendi-zaje permanente. Deben preversemecanismos para la actualización,formación continua y perfecciona-miento profesional de graduados.

V. INFRAESTRUCTURA

Y EQUIPAMIENTO

V.1. La institución y la unidad aca-démica donde se desarrolla la carreradebe tener una asignación presupues-taria definida, con estimación delorigen de los recursos.

V.2. Deben existir mecanismos deplanificación, con programas de asig-nación de recursos que privilegien ladisposición de fondos adecuados ysuficientes para el desarrollo de lasactividades académicas.

V.3. La infraestructura de la institu-ción debe ser adecuada en cantidad,capacidad y disponibilidad horaria alas disciplinas que se imparten y a lacantidad de estudiantes, docentes ypersonal administrativo y técnico,conteniendo los espacios físicos (au-las, laboratorios, talleres, administra-ción, biblioteca, espacios para losprofesores exclusivos, entre otros) ylos medios y equipamiento necesa-rios para el desarrollo de las distintasactividades de enseñanza que la ca-rrera requiera.

V.4. El acceso y uso de los espaciosdebe estar garantizado por su propie-dad o por convenios formalmentesuscriptos.

V.5. La institución debe garantizarla finalización de la carrera a los

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estudiantes admitidos dentro de lostérminos que fije la reglamenta-ción.

V.6. Las características y el equipa-miento didáctico de las aulas de-ben ser acordes con las metodolo-gías de la enseñanza que seimplementan.

V.7. La carrera debe tener acceso abibliotecas y/o centros de informa-ción equipados y actualizados, quedispongan de un acervo bibliográ-fico pertinente, actualizado y varia-do.

V.8. La dirección y administraciónde la biblioteca a la que tenga acce-so la carrera debe estar a cargo depersonal profesional suficiente y ca-lificado. El servicio a los usuarios yel horario de atención debe ser am-plio. Debe disponerse de equipa-miento informático, acceso a redesde base de datos y contarse con unregistro actualizado de los serviciosprestados y el número de usuarios.

V.9. La carrera debe tener acceso aequipamiento informático actuali-zado y en buen estado de funciona-miento, acorde con las necesidades

de la misma y el número de alum-nos a atender.

V.10. Los laboratorios deben teneracceso a talleres de montaje e insta-lación de equipos, construcción, re-paración o fabricación de objetos,donde el alumnado pueda interac-tuar con técnicos y se cuente conherramientas y materiales adecua-dos.

V.11. El equipamiento disponibleen los laboratorios debe ser coheren-te con las exigencias y objetivos edu-cativos del plan de estudios.

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ANEXO V-1

ACTIVIDADES PROFESIONALES RESERVADASAL TÍTULO DE INGENIERO AGRIMENSOR

A. Realizar el reconocimiento, de-terminación, medición y represen-tación del espacio territorial y suscaracterísticas.B. Realizar la determinación, de-marcación, comprobación y extin-ción de los límites territoriales y lí-neas de rivera;C. Realizar la determinación, de-marcación y comprobación de ju-risdicciones políticas y administra-tivas; de hechos territorialesexistentes y de actos posesorios; yde muros y cercos divisorios y me-dianeros.D. Realizar por mensura la deter-minación, demarcación y verifica-ción de inmuebles y parcelas y susafectaciones.E. Estudiar, proyectar, registrar, di-rigir, ejecutar e inspeccionar:a) levantamientos territoriales, in-mobiliarios y/o parcelarios con fi-nes catastrales y valuatorios masivos;b) divisiones, subdivisiones en pro-piedad horizontal, prehorizontali-dad, desmembramientos, unifica-ciones, anexiones, concentracionesy recomposiciones inmobiliarias yparcelarias.

F. Certificar y registrar el estado par-celario y los actos de levantamientoterritorial.G. Realizar e interpretar levanta-mientos planialtimétricos, topográ-ficos, hidrográficos y fotogramétri-cos, con representación geométrica,gráfica, y analítica.H. Realizar interpretaciones morfo-lógicas, estereofotogramétricas y deimágenes aéreas y satelitarias.I. Estudiar, proyectar, dirigir y eje-cutar sistemas geométricos planimé-tricos y mediciones complementariaspara estudio, proyecto y replanteo deobras.J. Estudiar, proyectar, dirigir y apli-car sistemas trigonométricos y poli-gonométricos de precisión con finesplanialtimétricos.K. Estudiar, proyectar, dirigir y apli-car sistemas geodésicos de medicióny apoyo planialtimétricos.L. Realizar determinaciones geográ-ficas de precisión destinadas a fijar laposición y la orientación de los siste-mas trigonométricos o poligonomé-tricos de puntos aislados.M. Realizar determinaciones gravi-métricas con fines geodésicos.

N. Efectuar levantamientos geodési-cos dinámicos, inerciales y satelita-rios.O. Estudiar, proyectar, ejecutar y di-rigir sistemas de control de posiciónhorizontal y vertical y sistemas deinformación territorial.P. Elaborar e interpretar planos, ma-pas y cartas temáticas, topográficas ycatastrales.Q. Determinar el lenguaje cartográ-fico, símbolos y toponimia.R. Participar en la determinación dela renta potencial media normar yrealizar la delimitación de las zonasterritoriales.S. Participar en la tipificación deunidades económicas zonales e inter-pretar su aplicación.T. Participar en la formulación, eje-cución y evaluación de planes y pro-gramas de ordenamiento territorial.U. Realizar tasaciones y valuacionesde bienes inmuebles.V. Realizar arbitrajes, peritajes, tasa-ciones y valuaciones relacionadas conlas mensuras y mediciones topográ-ficas y geodésicas, las representacio-nes geométricas, gráficas y analíticasy el estado parcelario.

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incumbenciasUNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES

Durante siete años, por la resoluciónindicada en primer término, los Inge-nieros Civiles de la Facultad de Inge-nieros de la Universidad de BuenosAires, pretendieron aclarar que “Traba-jos Topográficos y geodésicos paraobras civiles” comprende:

• “Realizar relevamientos, divisiones,subdivisiones y recomposiciones in-mobiliarias (¿), modificaciones parce-larias y deslinde de inmuebles.

• Ejecutar subdivisiones en propiedadhorizontal y prehorizontalidad.

• Realizar mensuras y subdivisiones ur-banas, suburbanas y rurales.

• Realizar por mensura la determina-ción y verificación de inmuebles yparcelas y determinaciones de he-chos territoriales existentes y actosposesorios.”

Docentes graduados y alumnos deagrimensura juntamente con el apoyodel Consejo Profesional de Agrimensu-ra (JN) es el Colegio de Agrimensoresde la Ciudad de Buenos Aires y asimis-mo el valioso aporte de FADA a travésde su presidente y muchas entidadesmiembro, han logrado su derogaciónpor la Res. 850/02 del 5 de Nov. 02,del Consejo Directivo de la FIUBA.Los argumentos a favor y en contra dela resolución cuestionada, fueron lar-gamente fundados por las partes enuna memorable Reunión en ComisiónAdoc. de los Señores Consejeros, rea-lizada el 19 de septiembre a la cual seinvitaron a expositores expertos en eltema. Para la Agrimensura lo hicieron:Ing. Geógrafo Norberto Frickx, Agrim.Oscar Zenobi, Agrim. Domingo Altieri,Agrim. Marquina, Dr. Batemarco.En nombre del Colegio de Agrimenso-res de la Ciudad de Buenos Aires y enel mio propio doy las gracias a todoslos colegas que se han movilizado yhan trabajado para este logro:

A la Consejera Agrimensora MonicaTrouboul, quien se ha ganado el res-peto del Consejo de la Facultad, lu-chando tenazmente con la convicciónde estar defendiendo una causa justa.Al Consejero Titular Ing Gastrel,quien cedió la titularidad a nuestra re-presentante.Al presidente de FADA Ing. NorbertoFrickx, quien participó activamente en

Resolución Nº 850 • UBAFACULTAD DE INGENIERÍA • Buenos Aires, 05/11/2002Agr: Nº 16 - Expediente 954.512/95

VISTO: La Resolución (C.D) Nº 678/95, refrendada por Resolución (CS) Nº6622/97, mediante la cual se aclaran las incumbencias profesionales de losIngenieros Civiles en materia de trabajos topográficos y geodésicos, y:CONSIDERANDO: Que en momentos en que la tecnología y como conse-cuencia los planes de estudio sufren profundas transformaciones en formacontinua, resulta de importancia fijar las incumbencias profesionales de losAgrimensores e Ingenieros Civiles, de acuerdo al perfil de su formación;Que por los motivos citados, las incumbencias profesionales deben estarrelacionadas por las posibilidades dadas por la formación conceptual y meto-dológica, que permiten el ejercicio profesional en un campo dado del conoci-miento, pero también por los contenidos específicos correspondientes a cadarama profesional;Que para los planes de estudio posteriores a 1956 los Agrimensores estánhabilitados para realizar todo tipo de trabajos topográficos y geodésicos yademás las mensuras, mientras que los Ingenieros Civiles pueden realizarsolamente los trabajos topográficos y geodésicos que se relacionan con lasobras civiles, con reconocimiento de los derechos adquiridos por estos pro-fesionales a la fecha de la resolución (C.S.) Nº 520/77, tal lo establecido porla Resolución Nº 1540/81 del Ministerio de Cultura y Educación de la Nación;Que tal hecho está establecido en las normativas siguientes:

• Resolución (C.S.) Nº 520/77• Resoluciones Nº 1560/80 y 2069/83 del Ministerio de Cultura y Educación.• Resolución Nº 432/87 y 525/88 del Ministerio de Educación y Justicia• Resolución (C.D.) Nº 143/87 de la Facultad de Ingeniería.

Que la carrera de Agrimensura posee contenidos jurídico-legales que en sumayoría se imparten específicamente para ella;Que el concepto de mensura, que surge de la integración de los conocimien-tos geo-topo-fotogramétricos, catastrales y jurídico-legales, es abarcador entreotros, de trabajos topográficos y geodésicos y no viceversa;Lo aconsejado por la Comisión de Interpretación y reglamento;

EL CONSEJO DIRECTIVO RESUELVE:ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto la resolución Nº 6781/95, de fecha 5 dediciembre de 1995 del Consejo Directivo de la Facultad de Ingeniería de laUniversidad nacional de Buenos Aires.-ARTÍCULO 2º.- Solicitar al Consejo Superior de la Universidad de BuenosAires dejar sin efecto la Resolución (C.S.) Nº 6622/97, que refrenda la an-terior.-ARTÍCULO 3º. Regístrese. Pase a la Secretaría Académica, la que enviarácopia a los Consejos Profesionales de Agrimensura e Ingeniería Civil y a laJunta Central de los Consejos Profesionales. Elévese a la Universidad deBuenos Aires. Cumplido, archívese.

Firman:Ing. Gregorio Oscar Blas (Secretario Académico Facultad de Ingeniería)

Dr. Ing. Bruno Cernuschi Frias (Decano Facultad de Ingeniería)

las reuniones del Consejo de la FIUBA.Al ex Presidente del Consejo Profesio-nal de Agrimensura (J.N.) Agrim. Enri-que Lasa y al Agrim Sileno Migliori,quienes trabajaron activamente enla coordinación y comunicación de to-das las acciones que se han realizadopara este logro.

Derogan Resolución 6781/95 sobre incumbenciaspara realizar mensuras a los ingenieros civiles

A los Estudiantes de AGRIMENSURA,por su movilización.Esto demuestra que debemos trabajaren conjunto para lograr los objetivos dejerarquizar la profesión y lograr la acre-ditación de la carrera de Agrimensura,vamos bien, y vamos por más.

AGRIM. RAÚL O. SVETLIZA • PRESIDENTE

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entrevista

Un agrimensorque hizo historia...

✲¿Cómo vino a trabajar a La Rioja?El Trabajo Final para recibirme de Agrimensor en laUniversidad Nacional de Córdoba lo elaboré con uncompañero de estudios, Pedro De la Cuesta (oriun-do de Catamarca), y nos diplomamos en el año 1950.En ese entonces, De la Cuesta trabajaba tambiénen la Dirección de Catastro de aquella provincia ydecidimos abrir un Estudio en su domicilio, en la ca-lle Artigas 143 de la misma ciudad. Habíamos reali-zado una mensura judicial y un loteo en CuraBrochero (Sierras de Córdoba), cuando un día Pe-dro me dice que el Dr. Alberto Lloveras, ex DirectorGral. de Catastro de Córdoba y contratado en el año1953 por el Gobierno de la provincia de La Riojapara la redacción de la Ley de Catastro Territorial yla creación de la Dirección de Catastro, le había ofre-cido trabajo en esa futura Dirección. Él le expresósu interés, pero le manifestó que tenía un Estudiode Agrimensura en sociedad conmigo.Al escuchar esto, el Dr. Lloveras hizo extensivo suofrecimiento hacia mi persona, por lo que realiza-mos una reunión en su domicilio de la calle Corro227, donde lo conocí, y durante la cual aceptamos ira trabajar a la provincia de La Rioja. “ Descubrimos”esta capital un 9 de noviembre de 1953. Al día si-guiente nos hicimos cargo de nuestras funciones or-ganizadoras de la Dirección, y allí comenzó mi ca-rrera en el Catastro Territorial.

✲¿Cómo llegó a Director General, qué tiempo per-maneció en ese cargo y cuáles fueron sus prin-cipales realizaciones?Al Dr. Alberto Lloveras había sido contratado por elGobernador, Ing. Juan Melis, de gran ejecutividad yencomiable honradez, pero a fines del año 1954,por desinteligencias con el Ministro de Hacienda yObras Públicas, solicitó la rescisión de su contrato.Por tal motivo fue nombrado Interventor de la Direc-ción Gral. de Catastro el Ing. José Abraham, quienme propuso como Subdirector de dicha repartición.A fines del mes de julio de 1955 el Interventor re-nunció y el 5 de agosto fui ascendido al cargo deDirector General de Catastro. Ejercí tales funcioneshasta el 31 de julio de 1995, fecha en la que renun-cié para acogerme a los beneficios de la jubilación.En ese lapso de 30 años como Director Generalsuscribí 7800 Disposiciones y entre los aconteci-mientos más importantes llevados a cabo puedo ci-

tar: La realización del Catastro parcelario Urbano yRural de toda la Provincia por declaraciones jura-das guiadas por los maestros (1956); el relevamientoaerofotogramétrico y fotocartas a escala 1:50.000de toda la provincia y mapa a escala 1:250.000 enseis hojas (1958/1962); fui Secretario general delConsejo Federal del Catastro en los años 1964 y1965; se realizó en La Rioja la Segunda SemanaNacional de cartografía (1967) ; se llevó a cabo elCatastro Parcelario Urbano y Rural de toda la pro-vincia sobre la base de las fotocartas y fotogramas,trabajo que fue adjudicado a seis grupos de agri-mensores, previo concurso de antecedentes (1972/1973); el Proyecto de la Ley Nº 3778 que incorporaa la legislación local las normas dispuestas en laLey nacional Nº 20.440 (1978); Proyectos de las le-yes de Parques provinciales y del Parque Talampaya(1974) ; VIº Congreso Nacional de Agrimensura(1980), entre muchas otras.

✲¿Cuándo se creó el Consejo Profesional de In-geniería, Arquitectura y Agrimensura? ¿Qué par-ticipación tuvo Ud. en ello?Hasta el año 1954 el control del ejercicio de las pro-fesiones de Ingeniería, Arquitectura y Agrimensuralo ejercía el Estado, mediante un Registro que lleva-ba la Dirección de Obras Públicas. En ese enton-

Í T A L OÍ T A L OAgrimensor Ítalo Mercol

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entrevista

ces, un numeroso grupo de profesionales provenien-tes de las provincias de San Juan y Córdoba tuvie-ron la iniciativa de impulsar la creación del ConsejoProfesional de Ingeniería, Arquitectura y Agrimen-sura, y me encargaron la redacción del respectivoproyecto de ley. Para cumplir tal compromiso recurría las leyes que reglamentan el ejercicio de tales pro-fesiones en diversas provincias, recopiladas en ellibro LA AGRIMENSURA del Dr. Miguel Lloveras.El Proyecto de referencia fue aprobado por la H.Cámara de Diputados como Ley Nº 2318, sanciona-da el 30 de setiembre de 1954. En la primera elec-ción del Consejo Directivo resulté electo Secretarioy en ese cargo permanecí durante diez años, ya quela ley citada no preveía recursos financieros y comodesempeñaba la función de Director Gral. de Catas-tro, dicha repartición era la Sede del Consejo y allífuncionaba el Registro de Profesionales.En el año 1965 se sancionó la Ley Nº 3165 de Arance-les y el Consejo Profesional de Ingeniería, Arquitectu-ra y Agrimensura comenzó a tener vida autónoma.

✲¿Ya existía en esos tiempos alguna organizaciónde Agrimensores? ¿Cuándo se crea el Colegiode Agrimensores?La primera organización fue la Asociación de Agri-

mensores de la provincia de La Rioja, fundada el 18de enero de 1960, y cuyos Estatuto fue aprobadopor Resolución del P.E. Nº 7163 del 17 de noviem-bre de 1961. En él se destacan como objetivos pri-mordiales la defensa de los intereses profesionalesde sus asociados y velar por la más rigurosa ética yel decoro, y jerarquizando la profesión.El logro más importante de esta organización fuehaberle ganado un Juicio Contencioso Administrati-vo a la Universidad Tecnológica Nacional, quien tuvoque dictar la Resolución Nº 483/76 mediante la cualreconoció que no era facultad de los Ingenieros enConstrucciones realizar mensuras y subdivisionesde lotes urbanos y rurales (inc. d, Resolución Nº 206/72), porque “ atento el carácter técnico legal de lasmensuras y división de lotes urbanos y rurales, y enorden a los planes de estudios vigentes en ese Uni-versidad, no es facultad de los Ing. en Construccio-nes el poder realizarlas”.El Colegio de Agrimensores de la Provincia de LaRioja fue creado por la Ley Nº 3779, promulgada el17 de abril de 1978, como persona jurídica de dere-cho público no estatal, que asumió el gobiernoinstitucional del cuerpo profesional de la Agrimen-sura y ejerce su representación exclusiva. Asimis-mo, esta ley estableció que el ejercicio de la Agri-mensura, cualquiera sea el título que ostente quienla ejerza, queda expresamente excluida de las dis-posiciones de la Ley Nº 2318 (Consejo Profesionalde la Ingeniería y Arquitectura).

✲¿Cómo se gestó la idea de formar el Consejo Fe-deral del Catastro?Hasta la creación del Consejo Federal del Catastro el4 de diciembre de 1958, en la ciudad de Córdoba,existía la Dirección Nacional de Catastro que preten-día dirigir las actividades catastrales en todo el país,motivo que irritó a los Directores de Catastro de to-das la provincias, que eran convocadas a la ciudadde Buenos Aires por la citada institución nacional pararesolver distintas cuestiones. En la última reunión re-solvieron constituir el Consejo Federal, con la finali-dad de promover, coordinar y orientar la ejecución delas tareas relativas al catastro territorial en todas lasprovincias y la Capital Federal por conducto de lasentidades catastrales de las mismas.El C.F.C. efectúa reuniones anuales, la primera delas cuales se llevó a cabo en la ciudad de San Luisen el año 1959, siendo el Secretario General el Agri-mensor Manuel Cappiello.En los años 1964 y 1965 fue electo Secretario Ge-neral del C.F.C., y por esa razón la Vº y VIª Reunio-nes Anuales se realizaron en la ciudad de La Rioja.En el año 1994 el C.F.C. me nombró Asesor Honorario.

M E R C O LM E R C O LNuestro Director, Ingeniero Agrimensor Héctor Vicente Laitánjunto al Agrimensor Ítalo Mercol

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entrevista

✲¿Cómo se gestó la formación de FADA?La gestación de FADA-Federación Argentina de Agri-mensores fue motivada por la necesidad de unificarla representación y el accionar de los distintos Cole-gios de Agrimensores en todo el ámbito del país ydel exterior, pues es miembro de la FIG-FederaciónInternacional de Geómetras. Sus objetivos son pro-mover el desarrollo científico, técnico, jurídico, eco-nómico y social de la Agrimensura.La FADA se formalizó en la ciudad de Córdoba, enla Facultad de Ingeniería de la U.N.C., el 10 de juliode 1958. Su primer presidente fue el AgrimensorMarcelo García, del Colegio de Agrimensores de laProvincia de san Juan, y allí se llevó a cabo la pri-mera Asamblea Anual, el 14 de julio de 1960.En la Asamblea Anual realizada en la ciudad de SanLuis en julio de 1972 fui electo presidente de FADA, yal asumir el cargo me comprometí a trabajar para con-seguir la sanción de una ley nacional de catastro, loque logré el 22 de mayo de 1973 con la promulgaciónde la Ley Nº 20.440. Fui reelecto por tres años conse-cutivos y esos periodos los dediqué casi exclusivamen-te a defender la Ley Nº 20.440 en todos los ámbitos.

✲¿Cómo y con quiénes se gestó la Ley Nacionalde Catastro?La Comisión Especial, ratificada en la asamblea ex-traordinaria de Córdoba, que intervino en la elabo-ración del Anteproyecto de la Ley Nacional de Ca-tastro, estuvo integrada por los agrimensores JuanManuel Castagnino y ventura Collado y los Ing. Geó-grafos Carlos Bianco y Víctor Haar, bajo la presi-dencia de quien habla, aportando vivencias y ense-ñanzas recibidas a través del ejercicio profesional,la cátedra y la función pública.Con ese aporte, el Agr. Juan Manuel Castagnino re-dactó el Anteproyecto de la Ley, el que fue aprobadoen la IX Reunión Extraordinaria del C.F.C. celebradaen Viedma, y entregada al Asesor del Ministerio de Jus-ticia de la Nación, Dr. Federico Rayces, el 11 de diciem-bre de 1972. Posteriormente, el Dr. Rayces redactó otroanteproyecto que fue puesto en conocimiento y estu-dio de los Agrimensores Castagnino, Bianco Collado yquien habla, quienes lo analizamos exhaustivamente yelaboramos un nuevo anteproyecto, que fue puesto aconsideración del Asesor Ministerial.Entre los días 26 y 30 de marzo realizamos una laborconjunta con el Agr. Castagnino y el Dr. Rayces, conla finalidad de compatibilizar los dos anteproyectos,llegándose a acordar un proyecto final, redactado enuna habitación del Hotel Ritz el día 31 de marzo.Posteriormente, y sin intervención de los represen-tantes de FADA, el mencionado “proyecto acuerdo”

fue modificado, llegándose al texto que fue converti-do en la Ley Nº 20.440 el 22 de mayo de 1973.

✲¿Ocupó algún cargo público relevante?Entre los años 1971 y 1972 desempeñé el cargo deMinistro de hacienda y Obras Públicas de la Provin-cia de La Rioja, durante la gobernación del Dr. JuanAntonio Bilmezis.Puedo destacar como logros importantes durante di-cha función la creación de la Universidad Provincial deLa Rioja (hoy UNLaR) y del Canal 9 de Televisión, comoasí también la adquisición del edificio para el funciona-miento de la Dirección Provincial de Catastro.

✲¿Cuál es el mensaje a los jóvenes profesionalesde hoy?El gran incremento en el valor de la tierra ha eleva-do el interés y consecuentemente los conflictos porel dominio y la posesión de la misma, como asimis-mo la proliferación de urbanizaciones especiales.Estos hechos motivan que, para la solución de losproblemas emergentes, debamos actualizar las lec-ciones de nuestros maestros, Juan S. Fernández yMiguel A. Lloveras, quienes dijeron: “ No hay ningu-na ciencia a la que liguen vínculos tan estrechos conel Derecho, como la Agrimensura, en todo lo queconcierne a la determinación de la propiedad territo-rial: su unión es tan íntima e indisoluble, que se haceimposible sean suplidos por agentes extraños losconocimientos especiales que debe aportar al juezpara que decida con conciencia”.

✲Su opinión sobre nuestra Revista “ Agrimensura”...La Revista es muy interesante. Le permite a los pro-fesionales estar informados sobre la actualidad, tantode aportes teóricos como de aspectos prácticos dela Agrimensura.

✲¿Qué opina de la mujer en la Agrimensura?La mujer en el siglo XX ha escalado posiciones entodas las profesiones, aún en la Agrimensura que,por las condiciones de su ejercicio, parecería pocopropicia para ser asumida por ella.Sin embargo, la responsabilidad profesional, la ido-neidad, el esfuerzo, la preocupación, las nuevasideas no son privativas de un género. Por lo tanto, elaporte de la mujer, tanto como el del hombre siem-pre debe ser valorado por estas virtudes, más quepor el sexo de quien las practica.

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universitarias

pasado miércoles 4 de setiembre, el que suscribe estanota, acompañado de los colegas Graciela Loyácono,José María Ciampagna, Aldo Soave, y Marcelo Sarmien-

to; y por los alumnos, Cristhian Schonfeld y Juan Pablo Casti-llo, fuimos emocionados testigos de un hecho histórico en laAgrimensura de la Escuela de Córdoba; desde los galpones deaduana del aeropuerto Pajas Blancas, retiramos tres contenedorescompletos, con computadoras y estaciones totales destinadas alos gabinetes de Cartografía y Topografías de nuestra Escuela deAgrimensura de Córdoba, y el Dpto. de Geotopocartografía de laEscuela de Agrimensura de Rosario.Tres camionetas cargadas con 20 PC, 10 estaciones totales, trí-podes, monitores, baterías, bastones e impresoras partieron ha-cia la Ciudad Universitaria, donde nos esperaba Alicia Pina, laDirectora del Dpto. de Agrimensura, y una docena de alumnoseuforizados, quienes inmediatamente se hicieron cargo y asu-mieron la responsabilidad de ordenarlos, acomodarlos, catalo-garlos y ponerlo inmediatamente en uso.Y no es para menos, tanta euforia es ampliamente justificada, nuestraescuela disponía de tan sólo una estación total, y ninguna PC, para lasclases de trabajos prácticos de todas las cátedras.Quien lea esta nota se preguntará... ¿Quién es el hada madrina?, ¿Quiénes el rey mago? ¿Quiénes son los que hicieron posible este milagro?Dos nombres que la historia de nuestra escuela recordará: Gra-ciela Loyácono y Pedro Cavero Abad.Graciela: (el hada madrina), conoció a Pedro mucho tiempoatrás, y viéndolo un tipo tan guapo, inteligente, exitoso del pri-mer mundo, inmediatamente se le cruzó por la cabeza la locaidea de hacerle un pechazo, al poco tiempo ya urdía un proyectoambicioso y lo concretó en una visita que Pedro nos hiciera aquíen Córdoba este año. Convenio mediante entre universidades yun millón de trámites que le demandaron días y días sin podertrabajar en su profesión, sin comer (varios kilos menos) y sindormir como Dios manda, además de varias bronquitas y lagri-mitas desparramadas en los pasillos de la burocracia.Pedro: (el rey mago), es Profesor de la Cátedra Topografía apli-cada a la Ingeniería, Ex Director de la Escuela Universitaria deIngeniería Técnica Topográfica de la Universidad Politécnicade Madrid, representante ante América Latina de la Comisiónde enseñanza y reglamento de la FIG, pero por sobre todas lascosas, Pedro es un gran tipo, un querido amigo que logró que laUniversidad Politécnica de Madrid nos donara estos equipos, unextraordinario gallego que peleando con capa y espada contra elgran dragón de la burocracia Argentina, con entrañable pacien-cia franciscana y un amor desmedido hacia la Agrimensura deLatinoamérica, logró concretar este milagro.A Uds. dos, a Graciela y Pedro, desde esta página, el profundoagradecimiento de todos los docentes y varias generaciones dealumnos, de la Agrimensura de Córdoba y de Rosario.

De España donan equipamiento e instrumentala las universidades de Córdoba y de Rosario

El

INGENIERO AGRIMENSOR ARMANDO DEL BIANCO

Colegio de Agrimensoresde la provincia de San JuanPresidente: Ing. Agrim. Víctor Omar GODOYSecretaria: Ing. Agrim. Laura Nidia VIEYRATesorero: Ing. Agrim. Francisco Javier GIRBERT1º Vocal Titular: Ing. Agrim. Jorge Luís GINESTAR2º Vocal Titular: Ing. Agrim. Víctor Hugo BUSTOS1º Vocal Suplente: Ing. Agrim. Enrique Vicente COSTA2º Vocal Suplente: Ing. Luis Alberto NAVASComisión Revisora de CuentasTitular Agrim. Eduardo Jorge PEREZSuplente Ing. Agrim. Rosario Salvador DI PANE

Consejo Profesional de Agrimensurade la provincia de MisionesPresidente José Ramón A. SCARSO (M.P. Nº 042)Secretario General Susana Beatriz SOSA (M.P. Nº 101)Tesorero Rafael Eduardo SÁNCHEZ (M.P. Nº 061)1º Vocal Titular Héctor Osvaldo RINGA (M.P. Nº 030)2º Vocal Titular María E. Ruíz Díaz CARDOZO (M.P. Nº 141)1º Vocal Suplente Roberto Enrique STECKLER (M.P. Nº 119)2º Vocal Suplente Patricia Isabel VILLAFAÑE (M.P. Nº 099)Revisores de CuentasTitular Jorge TANNURI (M.P. Nº 029)Suplente Otilia Ana María DÍAZ (M.P. Nº 064)

Tribunal de DisciplinaMilton Juan N. TOUMANIAN (M.P. Nº 041)César Alberto VERA (M.P. Nº 031)Ítalo José SANZ (M.P. Nº 051)

Colegio de Agrimensores de Santa CruzPresidente Agrimensor Horacio GARCÍA ORMAECHEASecretaria Agrimensora Elba GARRAMUÑOTesorero Agrimensora Alejandra PIOMBI1º Vocal Titular Agrimensora Adela ARISPÓN2º Vocal Titular Agrimensor Eduardo CAMPBELLVocal Suplente Agrimensor Sergio CERRIÑAComisión Revisora de CuentasTitulares Agrimensor Daniel MARCHESINI

Agrimensor Mario MENDOZASuplente Agrimensor Jorge Luis PINTO

nuevasautoridades

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laborado en el año 2001, tiene tratamiento legislativo elProyecto de Ley de Catastro de la provincia de Catamarca.Nos permitimos hacer acerca del proyecto algunos bre-

ves comentarios, desde alguna experiencia en el Registro de laPropiedad Inmueble, y como abogada en el ejercicio de la profe-sión desde un punto de vista jurídico, que indudablemente nopuede ser el mismo que podría sostener algún agrimensor, o al-gún especialista en la materia catastral.Con esta advertencia, diremos que la ley con una buena técnicalegislativa, sistematiza ordenadamente sus disposiciones en Tí-tulos y Capítulos, y en 117 artículos establece para Catamarca,un Catastro, al que concibe como una institución dinámica y ac-tualizada, lo que hace a este proyecto, muy moderno, y lo coloca,a la altura de las legislaciones catastrales más avanzadas delmundo.1 Fundamos lo afirmado los artículos:

1. Define al Catastro, como un moderno banco de datos, en elartículo 1 imprescindible para la elaboración del Sistema Provin-cial de Información Territorial, en sus aspectos cartográfico, tri-butario, y de ordenamiento territorial.2. Destaca que la actividad del Catastro expresada en el puntoanterior, complementa la publicidad y seguridad de los derechosreales. Expresión muy importante del proyecto, por que resumeen “dos palabras”, el objetivo del Catastro que no es otro quepublicitar la correcta identificación física del inmueble, para darcerteza a las transmisiones inmobiliarias.Ahora bien, resulta difícil imaginar, un sistema de publicidad,que cumpla satisfactoriamente el cometido de dar a conocer to-das las situaciones físico reales a los que en un momento dado,pudieran estar interesados en las mismas, para que no quedendefraudados. Por esta razón y con el fin de alcanzar el mayorgrado de eficacia en este sentido, la publicidad se acompaña deuna protección preferente de los intereses de aquellos que con-fían en la registración del Catastro.Por todo lo dicho, nos parece que la publicidad catastral consistepara el proyecto de ley, en algo más que una simple publicaciónde determinadas situaciones físicas del inmueble, de tal maneraque exista plana coincidencia entre lo que se publica y lo queocurre en el tráfico jurídico. En esta línea, la doctrina distingueentre el concepto de publicación, que tiene como única finalidadla de dar a conocer una situación jurídica, y el de publicidad, quetrasciende al plano de la eficacia de los derechos publicitadospara darles seguridad.3. En el artículo 2) establece las finalidades del Catastro, el siste-ma adoptado en el artículo 2 del proyecto de fijar las finalidadesde la ley no nos parece conveniente por cuanto la enunciación deposibilidades de aprovechamiento del Catastro, no ofrece venta-jas y sí posibilidades de omisiones presentes o futuras. Entre lasfinalidades enunciadas por el proyecto de ley, destacamos:• El inciso a) se señala como una finalidad, la de determinar lacorrecta ubicación, de los inmuebles privados o públicos, sus lí-mites, medidas lineales, superficiales y linderos o sea dimensio-nes específicas y linderos, sin requerir el dato dominial, sinoreferenciándolos. La delimitación del territorio se lleva a cabo

Breve análisis acerca del Proyecto de Ley deCatastro Territorial de la provincia de Catamarca

mediante planos, en forma gráfica, mediante la formación deunidades territoriales, denominadas parcelas, delimitadas deacuerdo con la técnica civil, es decir por su atribución en propie-dad a una persona determinada, para lo cual el plano catastral seforma mediante procedimientos de medición topográfica a losque se añade la información obtenida en el campo, y la informa-ción proporcionada por el Registro de la Propiedad Inmueble sobrela titularidad de las parcelas.2

En el inciso b) se establece la facultad de establecer el estadoparcelario, y verificarlo.En el inciso c), el proyecto de ley ententiende, que la parcela,como unidad de división territorial, no puede organizarse sola-mente en función de su titularidad privada, aspecto civil del in-mueble, o de su capacidad para generar ingresos tributarios, as-pecto catastral clásico, sino que es necesario tener en cuenta laidoneidad para el uso a que debe destinarse el inmueble.Desde esa perspectiva, el Catastro no se limita a controlar el ta-maño y las características de los inmuebles, sólo con fines tribu-tarios, sino a decidir su forma más adecuada de explotación, esteconcepto de adaptación del tamaño de los inmuebles de propie-dad privada a su uso idóneo para la colectividad, y también parasu propietario.3

• En los incisos d) y e) el proyecto de ley señala el interés endeterminar la necesidad de configurar la riqueza inmobiliariacomo una fuente de tributos. Es ésta la finalidad fiscal del Catas-tro, y para ello supone la delimitación de superficies, tipos decultivos etc., con el fin de aquilatar su valoración fiscal.• En el inciso f) el proyecto se refiere a la posibilidad de “promo-ver el saneamiento de los títulos de propiedad”. Celebramos queel proyecto de ley haya incluído entre sus fines el de colaborarcon el saneamiento de titulaciones dominiales insuficientes.• En el inciso g) se establece una función típica del Catastro, lazonificación urbana y rural de la provincia, y la coordinaciónpara la determinación de la unidad económica de explotación.• En el inciso h) la ley contempla la posibilidad de identificar,demarcar los límites d cada departamento provincial o munici-pal., y el asesoramiento del catastro en los conflictos de límitesinterprovinciales.• En el inciso i) el proyecto de ley se refiere a una típica funcióncatastral, cual es la de asesorar e informar a los poderes del esta-do en los temas de competencia del catastro.• También en el inciso j) se establece en el proyecto la publicidadde la información catastral y cartográfica, y los medios de con-servación , y actualización de tal documentación.• En el inciso k) se refiere a otra función típica del Catastro, elejercicio de poder de policía al que nos referiremos más ade-lante.• En los inciso l, m, y n) se refiere a la colaboración del Catastroprovincial para el desarrollo y actualización de los catstros muni-cipales en la provincia, a la coordinación de un Sistema de Infor-mación Territorial en toda la provincia, el que podrá ser utilizadopor otros organismos provinciales, y la planificación y ejecuciónen toda la provincia del sistema de referencia y la red de puntosfijos de apoyo catastral.

catastro

LILIA NOEMÍ DIEZ *

E

* Profesora Adjunta de “Derecho Registral” de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Nacional del Nordeste,docente de “Derecho Privado II” (Contratos civiles y comerciales y papeles de comercio), de la Facultad de Ciencias Económicas de la UniversidadNacional del Nordeste. Subdirectora del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco.

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En los artículos 3 a 7, reglamenta el Poder de Policía Catastral,estableciendo claramente, las atribuciones del Catastro, en cuan-to a la planificación, ejecución, supervisión, de actos de levanta-miento territorial, ejecutar de oficio, supervisar, la ejecución deactos de levantamiento parcelario. Registrar el estado parcelariode los inmuebles, expedir certificados del estado parcelario delos inmuebles.El proyecto establece la confección de la cartografía general ycatastral de la provincia de Catamarca, y el Registro GráficoParcelario como ejercicio del poder de policía catastral, va a per-mitir contar con la cartografía topográfica y temática del territo-rio provincial, con el fin de estimar el valor económico de losinmuebles zonificados, con relevancia fiscal y administrativa yen general de ordenamiento territorial. De este modo se podráasesorar convenientemente acerca de la existencia de tierras ap-tas para el cultivo, ganadería, bosques, radicación de industrias,a los inversores nacionales o extranjeros. Además permitirá laregulación e inspección de los trabajos geotopofotocartográficos,para formar el Registro Gráfico Parcelario.Dentro del ejercicio del Poder de policía el organismo catastralpodrá asignar la matricula catastral inmobiliaria a cada inmue-ble. Y reglamentar la cantidad y especies de índices para lograruna completa publicidad catastral, y establecer, en consecuencia,los sistemas de consulta a la información, por quienes tenganinterés legítimo.Finalmente el artículo 7 establece como deber del Catastro, en ejer-cicio del poder de policía efectuar la denuncia ante el Consejo Pro-fesional de Agrimensores y a iniciar las acciones judiciales quecorrespondan, cuando un agrimensor falsee o incorpore informa-ción inexacta al acto de levantamiento parcelario realizado.En el Capítulo 2, el proyecto define a la parcela diciendo” cosainmueble de extensión territorial continua, deslindada por unpolígono de límites”.... y vuelve sobre la consideración jurídicaal relacionarla con el dominio, condominio o posesión por unapersona, y luego vuelve al concepto técnico propio, al decir“...cuya existencia y elementos esenciales consten en un plano oun acto de levantamiento parcelario formalmente registrado enla Administración General del Catastro”.A su vez el artículo 9 establece que son elementos esenciales dela parcela, la ubicación del inmueble y sus linderos, relacionán-dolos con el título jurídico o la posesión efectiva, con lo cual elproyecto de ley, no mantiene el perfil de registro cartográfico yno jurídico, que estableció en los primeros artículos. También eneste inciso señala otros elementos esenciales, las medidas linea-les, angulares, superficie sin relación al título jurídico o posesiónejercida, este inciso toma posición señalando que es un elementoesencial de la determinación de la parcela, sin tener en cuenta altítulo jurídico o la posesión efectiva, es decir toma una posicióndistinta, a la que acabamos de señalar anteriormente, que se nosocurre que es el objeto primordial del Catastro, ¿por qué? Porqueintroducir como elemento esencial determinante de la parcela, altítulo jurídico, convierte al Catastro en una suerte de registro para-lelo del registro jurídico existente, en la medida en que el títulojurídico va a tener además en el caso particular del Catastro, lacircunstancia de la posesión efectiva que es un elemento que enciertos casos puede tener efectos jurídicos, y no sucede lo mismoen la publicidad registral inmobiliaria, es decir, concretamente, laposesión no se inscribe en el Registro de la Propiedad, porque esuna circunstancia de hecho que no depende del Registro ni lo ne-cesita, y por ello creemos que será una complicación reflejar en losfolios catastrales hechos posesorios que quién sabe si son tales.Y el último elemento de la parcela que señala el proyecto son lasmejoras, que aunque no es un elemento esencial, es relevante alos efectos de determinar la existencia de la misma y con poste-rioridad, su valor.El proyecto define en sus artículos 11) y 12) los conceptos deActos de Levantamiento Territorial y Actos de Levantamiento

Parcelario, y en los siguientes artículos las especificaciones téc-nicas para su confección. En el artículo 21 define al Acto de Sub-sistencia del Estado Parcelario, conceptos que por no ser de nuestraespecialidad, no realizamos comentario alguno.El proyecto en el Título II Capítulo I, en diez artículos (24 a 34),se refiere a la Registración Catastral. Integran el Registro Catastral,el Registro Parcelario, el Folio Catastral, los Listados o Indices,y el Registro Gráfico Parcelario. Todos estos documentos tomancomo base al Acto de Levantamineto parcelario, conforme lo dis-pone el artículo 24.En el Registro Gráfico Catastral se registrarán lo actos de levan-tamiento parcelario, a requerimiento del profesional agrimensor.La registración no subsana ni convalida los vicios o defectos queadoleciere el acto de levantamiento parcelario. Esta registraciónes la base de la información para la expedición del certificadocatastral. Luego se le asigna una matrícula catastral. Se confec-ciona el legajo parcelario y se habilita el folio catastral (artículo33).Se registran provisoriamente en el Registro catastral, los actos delevantamiento parcelario para tramitar juicios de usucapión o pres-cripción adquisitiva o accesión, la que subsistirá hasta que se dic-te la resolución judicial. Nos parece irrelevante (conforme la dis-posición del artículo 36) darle un folio catastral cuando se hubiereiniciado un juicio de usucapión, y entendemos más lógico darleuna inscripción provisional porque la titularidad dominial del in-mueble se halla en litigio.Entendemos muy adecuada la Registración de Casos Especiales,(Actos de Levantamiento Parcelario, que determinen superficiesterritoriales por accesión: aluvión, avulsión, o cauce abandonadode un río, exedentes sustanciales y excedentes formales (en títu-los), afectación de inmueble al régimen de la propiedad horizon-tal (ley 13512), en este último caso también merecedora de unaregistración provisoria hasta que se construya el edificio, mo-mento en el cual se registrarán las unidades de dominio exclusi-vo de los propietarios, asignándoles matrícula y folio catastralcorrespondiente.En el Capítulo 2 se establece el Registro Parcelario, que publicitarálos aspectos físicos, jurídicos, económicos y generales de la par-cela, este registro se compone de folios y legajos percelarios. (art.41).El folio catastral refleja el ordenamiento de la parcela, y se encade-na con el concepto del artículo 2) inciso b) que es el objeto princi-pal del Catastro, establecer el estado parcelario de los inmuebles yregular su desarrollo. El folio catastral es la hoja de registro, ensoporte papel o magnético que determine la Administración Gene-ral del Catastro, que debe contener la información que luego sepublicitará en el certificado catastral. Los datos que debe contenerson: la matrícula catastral. Entendemos que, el establecimiento obli-gatorio de un único identificador para cada inmueble (matrículacatastral), contribuirá de manera ineludible a la transparencia delsistema. La utilización obligatoria de la matrícula catastral permi-tirá mejorar el nivel general y concreto de la información que elCatastro le brinda al usuario. Los elementos de la parcela, los datosde identidad del propietario o poseedor y su domicilio en la pro-vincia, (datos coordinados con el Registro de la Propiedad Inmue-ble y con la Administración de Rentas), los datos de inscripcióndel título en el Registro de la Propiedad Inmueble, (datos coordi-nados con el Registro de la Propiedad Inmueble (art. 106), o los detramitación de juicio de prescripción de inmuebles, la afectación aexpropiación (anotación preventiva), los datos de identificación yregistración del acto de levantamiento parcelario. La inscripcióndel derecho de riego si lo tuviere. Los derechos mineros si lostuviere, al valuación catastral, las inscripciones de actos de levan-tamiento territorial provisorio si los hubiere, los servicios públicosque tuviere la parcela.Los legajos parcelarios, permiten organizar al Catastro como re-gistro de almacenamiento de datos, asegurando, estabilidad, per-

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durabilidad, inalterabilidad y fidelidad de contenido, conformesurge del artículo 42 del proyecto.Este artículo se complementa con el artículo 43, que establece elalmacenamiento electrónico de datos, por medio de técnicasmodernas de computación que establezca la Administración Ge-neral de Catastro.El artículo 47 establece la llevanza de Listados o Índices paraidentificar las parcelas, por su ubicación territorial, matrículacatastral o nombre de su titular. También se autoriza a confeccio-nar listados por número de padrón, por matrícula de inscripciónen el Registro de la Propiedad Inmueble, Por lo menos un Lista-do contendrá la valuación parcelaria e información económicaque el Catastro considere de interés (art. 48).La registración de complementa con el Registro Gráfico, que esun registro cartográfico que publicita el estado parcelario de losinmuebles, públicos o privado, sus linderos, accidentes geográfi-cos del terreno. Y le asigna una matrícula catastral a los inmuebles.(art. 50) En él se publicita la ubicación de los inmuebles públicosdel estado, no incorporados a los folios catastrales, como calles yríos (art. 56). Los límites provinciales, departamentales, y muni-cipales (art. 57). Es el registro de planos por excelencia, al cual elproyecto obliga a actualizar (arts. 52, 53, y 54).La registración se complementa con el Registro de Actos de Le-vantamientos Parcelarios (art. 60), que consiste en elenlegajamiento, archivo o guarda de los actos de levantamientoparcelario, particulares, administrativos, o judiciales, agrupadospor departamento territorial.En el capítulo 5 el proyecto finaliza la registración catastral conel Registro Valuatorio, (art. 61), y en los siguientes artículos de-termina el procedimiento de valuación, que por no ser de nuestraespecialidad, nos eximimos de realizar comentario alguno.En el título III el proyecto, organiza la publicidad catastral, en uncapítulo que se refiere a los medios de publicidad. La informa-ción catastral en la Administración General de Catastro, la que espública para quien acredite interés legítimo, (enumerados en elartículo 86), en obtener información, y el certificado catastral,que desde nuestro punto de vista tiene dos funciones en el pro-yecto, a saber: a) perfeccionar las transmisiones dominiales. b)publicitar el estado parcelario.(art. 87).Con respecto a la primera función, el proyecto declara obligato-rio para los escribanos jueces y funcionarios que autoricen actosde transmisión constitución , declaración, o modificación de de-rechos reales sobre de inmuebles, la tramitación del certificadocatastral, esta solicitud de certificado debe contener, la inscrip-ción de dominio vigente, o sea que la solicitud de certificadotambién contiene datos de naturaleza jurídica, porque reflejará elfolio catastral también contiene, conforme lo establece el artícu-lo 43 inciso d) los datos de la inscripción del título en el Registrode la Propiedad.Se exceptúan las escrituras que tengan por objeto cancelar dere-chos reales de uso, usufructo, servidumbres o gavámenes y lassentencias que pronuncian nulidades.El proyecto de ley no establece el plazo de vigencia del certifi-cado catastral, que nos parece, debería ser anual, por año calen-dario, así se compaginaría con los períodos fiscales que sonanuales.Nosotros creemos que la exigencia del certificado catastral sefunda en el “interés público”, por cuanto justifica la correctaindividualización de los inmuebles a los fines registrales y tri-butarios.El certificado, estamos seguros, disminuirá hasta casi erradicarlos errores de descripción de los inmuebles, proporcionando unadescripción rigurosa y fiable, función catastral en la que se apoyael Registro de la Propiedad Inmueble.Asimismo creemos que el certificado catastral evitará los proble-mas de la doble matriculación de inmuebles,4, 5 flagelo que elRegistro de la Propiedad no puede detectar y sí puede hacerlo el

Catastro, asegurando para los usuarios, la seguridad jurídica, laconfiabilidad en el sistema registral (catastral e inmobiliario) yen el registrador mismo.También permitirá combatir el fraude inmobiliario. El fraude esun fenómeno del que no está libre en ninguna sociedad modernay que cercena de manera continuada no sólo los ingresos presu-puestarios sino también el equilibrio del sistema fiscal; el fraudese inicia desde el momento mismo del proceso de producción,con el falseamiento del precio de los inmuebles, a partir de esemomento comienza una cadena de subvaloración de las transmi-siones sucesivas, forzado por el temor al impuesto a las ganan-cias que condiciona el futuro del precio declarado de los bienesinmuebles, este carácter estructural se debe a la generalizacióndel acceso a la propiedad de grandes capas sociales que lo hacenlas más de las veces a costa de un gran sacrificio personal y conpocos conocimientos de la operatoria inmobiliaria. Por otra par-te, el inmobiliario es un sector económico donde existe una cier-ta contradicción, por un lado, es un constante refugio de “dineronegro”, y por otro existe una trascendente y extensa regulaciónnormativa que consagra una importante intervención administra-tiva, piénsese en el Catastro, en el Registro de la Propiedad In-mueble, el Instituto de Vivienda, la Cámara Inmobiliaria, los es-cribanos, los agrimensores, lo cierto es que los defectos en eldecreto que hoy regula la actividad catastral impiden una eficazlucha contra el fraude en el sector inmobiliario, por lo que esta-mos seguros que la expedición del certificado catastral , tal comoestá concebido en el proyecto del ley colaborará eficazmente enla lucha contra el fraude inmobiliario.Además el proyecto de ley impone al Catastro la obligación deaportar toda la información acerca del inmueble (artículo 43 in-ciso m) con lo que involucra directamente a dicha institución enla lucha contra el fraude inmobiliario.Con respecto a la segunda función; la publicidad del estadoparcelario, si bien no es una función primordial del Catastro (ar-tículo 85), el proyecto, regula el certificado como uno de losmedios de exteriorización de la publicidad.El proyecto regula como se ha dicho, los destinatarios de la pu-blicidad catastral, la que puede ser tarifada (art. 113).El proyecto establece en el artículo 86 inciso d) la posibilidad debrindar un servicio catastral de información al consumidor, en elmarco de los nuevos derechos del consumidor introducidos en elartículo 42 de la Constitución Nacional luego de la reforma de1994, complementando así la información que brinda el Registrode la Propiedad Inmueble, basado en las normas de la ley 17801,en un todo de acuerdo con lo dispuesto en la ley 24240.6

Con respecto a los límites de la publicidad,7 el proyecto de leyestablece que quienes justificando un interés se quieran servir delos datos que posea el Catastro, deberán solicitarla, por medio dela prestación de una información por los medios que la Adminis-tración General de Catastro establezca. (art. 85). Con respecto alas consultas (verbales o escritas), se podrán arancelar como yalo señaláramos.Por referirse a aspectos puramente técnicos extraños a nuestraespecialidad nos abstenemos de comentar el Capítulo IV, parareferirnos al Capítulo V, en el que el proyecto se refiere a la coor-dinación del Catastro con otros organismos.Con respecto al Título V, en su capítulo primero, el proyecto deley establece las Relaciones y la Coordinación del Catastro conotros organismos, lo que supone un avance importante porque lainexistencia de coordinación entre Registro y Catastro en mu-chos países, y también en el nuestro hace que sus informacionesno guarden correspondencia entre ellas y la mayoría de las oca-siones a su vez con la realidad, problema continuamente denun-ciado en congresos y jornadas, pero en cuya solución se ha avan-zado lentamente, en algunas provincias y en otras ni siquiera seha considerado todavía, por lo que celebramos que el Proyectode Ley de Catastro de la Provincia de Catamarca considere y

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regula la coordinación del Catastro con otras instituciones. Ade-más de un principio jurídico es una demanda social, la colabora-ción entre Catastro y Registro de la Propiedad y no sólo en unacolaboración fiscal. No es admisible un Registro de la PropiedadInmueble, basado en el sistema de folio real en el que puedaninscribirse inmuebles inexistentes o que la búsqueda de inmueblestenga que hacerse por titulares y no por inmuebles, como ocurreen algunos Registros.Creemos que es el certificado el medio idóneo para materializarla coordinación entre el Registro de la Propiedad Inmueble y elCatastro8 . Por otra parte tal como está regulada la certificacióncatastral permite la posibilidad de reflejar con mayor precisión la“matrícula catastral” (art. 43 inciso a) como operación específi-ca, en base a un instrumento público (basado a su vez en un planode mensura) en la que conste la situación, denominación y super-ficie del inmueble y no plantee ningún problema de identidad. Elcertificado catastral facilita la labor al registrador de inmueblesposibilitándole una mejor y más precisa descripción del inmue-ble como así también de superficies no registradas, como porejemplo, invasiones a terrenos linderos de antigua data en losque no coincide la superficie según mensura y el certificadocatastral (realidad extrarregistral), con la superficie según título(realidad registral), lo que permite apreciar y aconsejar con exac-titud, el trámite a seguir por el titular dominial despejando dudasen situaciones difíciles para las personas intervinientes en el trá-fico inmobiliario, comprador, acreedor hipotecario vendedor. (rec-tificación de título, acción de obra nueva como despojo,usucapión, etc.).9

Otro medio de coordinación entre el Catastro y el Registro, el laobligación contenida en el artículo 104, para el registrador de lapropiedad de consignar en el folio real la matrícula catastral delinmueble, que constituye un dato más para identificarlo. A suvez, recíprocamente, el Catastro deberá registrar en el foliocatastral el número de matrícula o folio real del inmueble, (art.106), lo que constituye un claro ejemplo de coordinación recí-proca.Otro elemento de coordinación importante es la remisión de lacopia de los instrumentos públicos en los que se haya registra-dor, una adquisición, transmisión, modificación de algún dere-cho real sobre un inmueble, con excepción de la constitución dederechos reales.(art. 105).También el los artículos 110 y 112 se establecen mecanismos decoordinación con las Municipalidades y con la AdministraciónGeneral de Rentas.El sistema de coordinación pergeñado por la ley, establece unacoordinación obligatoria y progresiva que con el tiempo permiti-rá una interesante cooperación entre Catastro y Registro de laPropiedad, y sin duda es muy importante que a este proceso decoordinación se hayan incorporado los municipios.Para finalizar, recordemos que el Banco Mundial, en su “Infor-me para el Desarrollo Mundial 1997” 10 ha expresado: “Existeuna tendencia creciente a establecer organismos públicos orien-tados a fines concretos y fundamentales en criterios específicosde desempeño, con objetivos más claros y mayor responsabili-dad administrativa respecto de los productos o resultados”. Ental sentido, creemos que el proyecto de ley da un paso adelante(específicamente con la obligatoriedad del certificado catastral),para lograr una perfecta coordinación entre el Registro de la Pro-piedad Inmueble y del Catastro, de modo que el Catastro puedaservir de soporte fiable a la información física requerida por elRegistro, y que éste pueda dar bien la información que se le re-quiera, tomándola del Catastro o bien por remisión al mismo.Estamos convencidos que un Registro Inmobiliario no puede fun-cionar bien si no se apoya en un buen Catastro.11 Y es un Catas-tro moderno y eficiente el regulado pro le proyecto de ley.No tenemos dudas que el proyecto, de convertirse en ley posibi-litará la actualización de la descripción física de los inmuebles y

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Notas

1 N. del A. Realizamos esta afirmación en un todo de acuerdo con loexpresado sobre sistemas registrales catastrales e inmobiliarios, en nuestrotrabajo “La importancia económica de contar con un sistema registralseguro y de bajo costo”. En Revista del Notariado del Colegio deEscribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Nº 862. Año1999, página 209 y siguientes.2 De nuestro trabajo “El concepto de inmueble y la trascendencia de sudescripción en el Registro de la Propiedad Inmueble y en el Catastro”.Trabajo realizado siguiendo el temario elaborado por la Comisión deAsentamientos Humanos de las Naciones Unidas, para la Reunión del“Programa M.O.L.A.”. Año 1997. Programa auspiciado por la Comisiónde Naciones Unidas para Europa del que surgió en 1996 el Meeting ofOfficials on Land Administration (M.O.L.A.), (Encuentro de Expertosen cuestiones referidas a la Administración de la Propiedad Inmobiliaria,también llamada Reunión de Funcionarios Responsables de laAdministración de Bienes Inmuebles). Publicado en Revista del Notariadodel Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Nº867, Año 2001, página 223 y siguientes.3 Idem página 2294 De nuestro trabajo “La doble matriculación de inmuebles en el Registrode la Propiedad”, publicado en Revista del Notariado del Colegio deEscribanos de Capital Federal, Nº 854. Año 1998, página 38, punto 3,procuramos agrupar las distintas causas de la doble matriculación deinmuebles, señalando entre ellas, ....2 Por un defectuoso sistema deidentificación de inmuebles, el Registro no está apoyado en un buenCatastro. 3 Por una defectuosa descripción del inmueble consignado enel título. 4 Por división del inmueble en parcelas. 5 Por unificación oanexión de parcelas o de inmuebles....entre otras.5 De nuestro trabajo “La doble matriculación y los efectos de lainformatización”, Publicado en la Revista Notarial delñ Colegio deEscribanos de Corrientes, Nº 229, Año 1999, página 12.del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, Nº 62- 1999página 3, en el que señalamos que con un buen sistema de computaciónintercomunicado entre el Registro de la Propiedad Inmueble y la Direc-ción de Catastro, se podrían detectar con precisión las dobles matricula-ciones de inmuebles.6 De nuestro trabajo “La información registral al servicio delconsumidor”, publicado en Revista del Notariado Nº 852. 1998, página55 y siguientes.7 Este tema fue ampliamente desarrollado en nuestro trabajo “Lapublicidad registral y el derecho a la intimidad”, en Revista “La Pluma”,del Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco Año I, Nº 1, Año1998, páginas 20 y 21, y siguientes.8 De nuestro trabajo “El Catastro y su conexión con el Registro de laPropiedad”, específicamente nos referimos al punto 3, “Coordinaciónentre el Catastro y el Registro de la Propiedad”, Publicado en Revista delNotariado del Colegio de Escribanos de Capital Federal Nº865. Año 2001,página 19.9 De nuestro trabajo “Consecuencias procesales de la legitimaciónregistral” , publicado en Revista Notarial del Colegio de Escribanos de laProvincia de Buenos Aires. Nº 932, Año 1999, página 111 y siguientes10 Publicado en “Indicadores Seleccionados para el Desarrollo Mundial”,página 12.11 De nuestro trabajo “La imporancia de contar con un sistema registralseguro y de bajo costo” idem nota 1.

su valuación con la incorporación de las mejoras no denunciadasconstituyendo la ley el medio más adecuado y no discutido paracombatir la evasión fiscal.Tampoco dudamos que el proyecto de ley servirá a la seguridadjurídica, y que ésta protegerá por ende el tráfico inmobiliario.Por último, queremos felicitar a los que han contribuido a redac-tar y concretar un proyecto de ley, como el que tenemos el honorde comentar, para nuestros lectores, un proyecto moderno y deavanzada, que sin duda se traducirá en un muy valioso aportepara la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario en la provinciade Catamarca.