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LOS DETERMINANTES INSTITUCIONALES DE RECUSACIÓN Aníbal Pérez Liñán Departamento de Gobierno Universidad de Notre Dame 217 O'Shaughnessy Hall Notre Dame, DE 46556-0368 Perezlinan.1@n d.edu En la última década, destitución ha sustituido a los golpes de Estado militares como la forma estándar de deponer a los presidentes de América Latina. Las legislaturas derrocó al presidente de Brasil (1992), Venezuela (1993), Ecuador (1997) y Paraguay (1999). Otros intentos fallidos se llevó a cabo en Perú (1991), y Colombia (1996-7). Este documento sostiene que dos factores institucionales facilitan o entorpecen) la aparición de un juicio de destitución: las disposiciones constitucionales para derrocar el jefe del ejecutivo, y la capacidad del presidente para controlar los legisladores. Estos elementos se formalizó en un modelo sencillo, y su importancia histórica es explorado en los casos de Brasil, Venezuela y Ecuador. Las conclusiones indican que las normas constitucionales interactuar con los actores políticos

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LOS DETERMINANTES INSTITUCIONALES DE RECUSACIN

Anbal Prez Lin

Departamento de GobiernoUniversidad de Notre Dame217 O'Shaughnessy HallNotre Dame, DE 46556-0368

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En la ltima dcada, destitucin ha sustituido a los golpes de Estado militares como la forma estndar de deponer a los presidentes de Amrica Latina. Las legislaturas derroc al presidente de Brasil (1992), Venezuela (1993), Ecuador (1997) y Paraguay (1999). Otros intentos fallidos se llev a cabo en Per (1991), y Colombia (1996-7). Este documento sostiene que dos factores institucionales facilitan o entorpecen) la aparicin de un juicio de destitucin: las disposiciones constitucionales para derrocar el jefe del ejecutivo, y la capacidad del presidente para controlar los legisladores. Estos elementos se formaliz en un modelo sencillo, y su importancia histrica es explorado en los casos de Brasil, Venezuela y Ecuador. Las conclusiones indican que las normas constitucionales interactuar con los actores polticos (partidos, facciones y lderes) para explicar la cada de presidentes electos en el decenio de 1990.

Preparado para la entrega en la reunin de 2000 de la Asociacin de Estudios Latinoamericanos, el Hyatt Regency Miami, 16 marzo -18, 2000. Investigacin para este trabajo fue apoyado por el Consejo de Investigacin en Ciencias Sociales (SSRC) y el Instituto Kellogg de Estudios Internacionales. Estoy en deuda con el pueblo en el Centro de Estudios de Opinin Pblica (CESOP) de la Universidad de Campinas, CORDES (Quito), IESA (Caracas), la Pontificia Universidad Catlica (So Paulo), y la Universidade de Braslia (UnB) por su valiosa ayuda.

En la ltima dcada, destitucin ha sustituido a los golpes de Estado militares como la forma estndar de deponer a los presidentes de Amrica Latina. Las legislaturas expuls a los presidentes de Brasil (1992), Venezuela (1993), Ecuador (1997), y forz la renuncia del jefe del ejecutivo en el Paraguay (1999). Otros intentos fallidos se llev a cabo en Per (1991), y Colombia (1996-97). Los casos presentan interesantes similitudes y diferencias. En Brasil Fernando Collor de Mello fue acusado de una red de corrupcin. Presidente venezolano Carlos Andrs Prez fue suspendido de su cargo y juzgados por un tribunal mal uso de los fondos pblicos. El ecuatoriano Abdal Bucaram, por el contrario, enfrentado con un congreso hostil que lo declar "mentalmente incapaz" para gobernar.Este documento investiga cmo escndalos de corrupcin y la indignacin pblica se traduzca en medidas legislativas contra el presidente. En una democracia ideal, los miembros del congreso que destituir al presidente si y solo si existe prueba suficiente de que el presidente ha cometido "un alto crimen", y se abstendran de unos procedimientos en los que slo se basa en motivaciones personales o partidistas. En realidad, sin embargo, los legisladores no son capaces de desprenderse de los ms amplio contexto social y poltico en el que una crisis presidencial se lleva a cabo. El Congreso puedeProteger el jefe del ejecutivo por bloqueando la exposicin de un escndalo, incluso si, como en el caso del Presidente Samper de Colombia de importantes sectores de la poblacin para reclamar una investigacin en profundidad. O, por otro lado, se puede presentar cargos contra el presidente cuando no hay prueba real o sentimiento pblico en favor de un juicio de destitucin de Panam como en 1955, cuando el Presidente Guizado fue acusado injustamente de conspirar el asesinato de su predecesor.La cuestin es muy relevante para lo que Mayhew (1974), denominado "mantenimiento institucional" problema. Como una institucin colectiva, el congreso debe actuar de manera que se puedan reforzar su prestigio y posicin de la nacin. Los legisladores, sin embargo, pueden tener que hacer frente los incentivos que se apartan sus opciones personales de este colectivo curso de accin 1miembros leales del partido del presidente pueden estar dispuestos a proteger el jefe del ejecutivo de las denuncias, mientras queLos legisladores de la oposicin pueden ser propensas a empujar procesos de residencia incluso si los cargos no son muy slidos.Habida cuenta de tales incentivos, lo que determina la decisin del congreso de destituir al presidente de su cargo? Este documento sostiene que algunos factores institucionales facilitar, mientras que otros entorpecer, un proceso de destitucin. La primera parte del documento se detalla diferentes tradiciones constitucionales relacionados con destitucin y evaluacin del congreso el presidente de la capacidad mental y fsica. En la segunda parte, un sencillo modelo representa la "hechos estilizados" de cualquier proceso de destitucin. Las siguientes secciones describen los principales componentes de este modelo de votacin los umbrales, el tamao y la cohesin de la partido del presidente, y la capacidad de construir una coalicin anti-destitucin de ejemplos de Amrica Latina en la dcada de 1990.

1Los legisladores son conscientes de este problema. Durante el crtico perodo de sesiones del 21 de mayo de 1993, en la que el Senado de la Repblica de Venezuela decidi suspender Carlos Andrs Prez, por lo que la Corte Suprema para iniciar el juicio contra el Presidente de ex (y futuro) presidente Rafael Caldera afirm que "la Corte Suprema ha salvado su prestigio frente a las personas con la decisin [de enjuiciar al presidente]. Congreso de los Diputados puede guardar su prestigio frente a un pueblo que recientemente se ha cuestionado, en la medida en que [ellos] un Presidente Provisional, un nuevo Gobierno que abre nuevos horizontes" (Diario de Debates del Senado. Viernes, mayo21, 1993:701 ).

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1. Derecho Constitucional y derrocamiento Presidencial: una Visin Comparativa

Desde el punto de vista constitucional, la idea de "destitucin" puede tener tres significados distintos. En un sentido amplio, que se utiliza aqu el trmino hace referencia a cualquier instrumento constitucional disponible a los legisladores, para derrocar al presidente. Este es un "poltico" definicin que subraya los resultados ms de la forma jurdica. Desde una perspectiva ms estrictas, en segundo lugar, el trmino puede ser utilizado para denotar a unjuicio polticocontra el presidente, a diferencia de una mera declaracin de incapacidad fsica o mental.En un tercer lugar, an ms sentido especfico, juicio poltico se refiere a una forma particular de juicio poltico, realizado por un congreso bicameral y en forma de la tradicin Americana. Esta triple distincin es importante para prevenir confusin conceptual. Cuando, por ejemplo, los abogados constitucionalistas Venezolanos sostienen que su pas carece de la institucin del juicio poltico, que bsicamente se refieren a este ltimo, significado limitado.En esta seccin se discuten las disposiciones constitucionales para el ejercicio del juicio poltico (o "juicio poltico" en el segundo sentido ms arriba) y a la declaracin de incapacidad presidencial en diferentes sistemas presidenciales. Aunque prcticamente todo el congreso tiene el derecho de iniciar oRealizar un juicio poltico, la declaracin de incapacidad se limita a un nmero menor de pases.Constitucionalmente, los juicios polticos realizados por el congreso adoptar dos formas tpicas: el modelo del congreso (o "juicio poltico" en el tercer sentido anteriormente), y el modelo judicial. Esta distincin es de cerca de lo que Naoko Kada (de prxima publicacin) ha denominadolegislatura-dominante ypoder judicial dejuicio poltico los procesos dominantes. El modelo fue concebido inicialmente por la constitucin americana de 1787 y ms tarde absorbida con leves modificaciones en la mayor parte de los pases sudamericanos. Despus de varios debates sobre la forma de emitir el juicio poltico britnico en una tradicin republicana del molde (Gerhardt 1996: captulo 1), los miembros de la convencin constitucional decidi que la cmara baja sera a cargo de la acusacin en los casos de "soborno y otros delitos y faltas graves", y el Senado funcionan como un jurado en el que al menos dos tercios de los miembros de encontrar un presidente culpable de lo que es derrocado. La mayora sistemas bicamerales en Amrica Latina han seguido este rgimen, a pesar de que las necesidades de una supermayora a veces se ha extendido a la cmara baja. La constitucin argentina de 1853, por ejemplo, adems exigi el voto de dos terceras partes de la acusacin en la Cmara de Diputados. En el caso extremo, la constitucin de la Repblica Dominicana de 1966 tres cuartas partes de las dos cmaras de un juicio poltico para tener xito.En el modelo judicial, el congreso autoriza un juicio que se realiza por el poder judicial. Este diseo es la tpica, pero no limitado a, los sistemas unicamerales en que el rgimen estadounidense no es viable, y consta de dos etapas: una "poltica" momento teniendo lugar en el congreso, cuando el presidente puede ser protegido de procesamiento y el juicio que supuestamente es dominado por consideraciones estrictamente jurdicas.El ejemplo extremo de este esquema es proporcionada por la constitucin salvadorea. En El Salvador (arts. 236, 237), la asamblea admite los cargos por mayora simple y suspende el presidente, pero el juicio contra el jefe del ejecutivo se realiza por un tribunal de apelaciones (Cmarade Segunda Instancia). La decisin de la corte puede ser revisada por la Sala de la Corte Suprema de Justicia, y este segundo nivel de decisin pueden ser a su vez sea revocada por el Tribunal Supremo en su conjunto. En Costa Rica, la asamblea general reconoce los cargos con el voto de las dos terceras partes de sus miembros, pero el proceso se realiza por la Corte Suprema (art. 121). 2

2Las constituciones de Guatemala y Honduras son extremadamente vagas sobre el procedimiento del juicio poltico. Congreso que potenciar a presentar cargos en contra del poder ejecutivo, pero no existe ninguna disposicin expresa de la suspensin o destitucin del jefe del ejecutivo por motivos de destitucin.Pese a Italia, la constitucin boliviana de 1967 y 1994, y la constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela de 1961 tambin se bas en el modelo judicial de Venezuela mantiene este sistema cuando se traslad a unicameralism en 1999. Si el presidente de la Repblica Bolivariana de Venezuela es acusado de un delito, el Tribunal Supremo ha de pronunciarse sobre la validez de las acusaciones de derecho constitucional venezolano lo define como un "pre-juicio de mrito" (requerira de mrito). Despus de que los cargos se declaran legtimo, es hasta la Asamblea Nacional (el Senado en el 1961 modelo) para autorizar el juicio por mayora simple.3 El Tribunal Supremo est a cargo del propio juicio. En Bolivia, una reunin conjunta de ambas cmaras para "autorizar" el juicio, en el que se lleva a cabo por la Corte Suprema.La constitucin ecuatoriana de 1979 y 1998, mientras que en el Per grfico de 1992, present el modelo opuesto. A pesar unicameralism, se adhirieron al modelo del congreso. El 1979Constitucin se establece que el congreso del Ecuador estuvo a cargo de ambos, las acusaciones y el juicio. Seccin Quinta de la Ley Orgnica de la funcin legislativa aclare el procedimiento: el congreso tena que autorizar la acusacin lanzada por mayora simple y la votacin del juicio poltico con dos tercios de sus miembros. En 1998, las dos terceras partes clusula fue aclarado en el texto constitucional (art.130).Algunos pases han adoptado un esquema dual. La constitucin del Brasil combina elementos de la tradicin bicameral y la tradicin judicial mediante la distincin entre "rendicin de cuentas" los crmenes o delitos gravesde responsabilidade) y los delitos comunes.4 En ambos casos, la Cmara de Diputados est a cargo de la acusacin, pero la rendicin los crmenes son juzgados por el Senado, mientras que todos los dems crmenes son juzgados por el Tribunal Supremo Federal. Del mismo modo, las constituciones colombianas de 1886 y 1991, se especificaba que la Cmara de Representantes la acusacin y el Senado permite suspender el juicio por el presidente de la oficina. En el caso de delitos comunes, el Senado dirige el juicio a la Corte Suprema de Justicia, pero en el caso de que se produzcan fallos en desempeo de cargo pblico tambin juega el papel del jurado. La constitucin ecuatoriana de 1946 y 1967, estableci un principio similar, aunque los delitos ms comunes fueron para ser juzgado por un tribunal ordinario.Una segundaforma en que el presidente puede ser destituido de su cargo es por medio de una declaracin de incapacidad. Originalmente, esta regla fue concebido para sustituir un jefe ejecutivo que estaba vivo, aunque no pueda desempear sus funciones. El trmino "incapacidad", sin embargo, puede tener significados inesperados en medio de una crisis presidencial. En 1955, el congreso de Brasil utiliza la incapacidad clusula (art. 79 1 de la Constitucin de 1946) para legalizar el derrocamiento militar del Presidente Luz. Tcnicamente hablando, el congreso no "declarar" Luz incapaz de regla, pero "reconoci" una situacin de facto-Luz se esconda en una caonera, bajo el fuego, en la Baha de Guanabara (Dulles 1970:47 ; Diariodo Congresso Nacional, Seo I,11 de noviembre, 1955:8372 ). El ejemplo ms interesante de este tipo, se analiza en detalle a continuacin, es el derrocamiento del Presidente ecuatoriano Abdal Bucaram por cargos de locura en febrero de 1997.Manipulacin Poltica de la incapacidad clusula se hace ms difcil cuando la regla es muy restrictiva. Por ejemplo, la constitucin chilena de 1980 introdujo un procedimiento complejoPara declarar incapacidad presidencial (arts. 49 Y 82). Por lo menos una cuarta parte de la Cmara de Diputados debe dirigirse a la Corte Suprema para que se considere el problema, y el Tribunal deber emitir un informe al Senado antes de que ste decida por mayora simple de la cuestin. En la prctica, el chileno

3En virtud de la Constitucin de 1961 (que gobern el Prez destitucin) la cmara baja no desempe un papel en el proceso. 1999 El grfico es claro sobre el umbral de votacin. Estoy en deuda con Naoko Kada por sus comentarios sobre este tema.4 El artculo85 define como delitosde responsabilidadelas acciones del presidente en contra de la constitucin, en particular las comprometer la existencia de la Unin, la independencia de los otros poderes o los gobiernos locales, los derechos polticos y civiles, la seguridad interna, la honestidad en la administracin, el presupuesto y la ley o en las decisiones judiciales.Disposicin exige para un acuerdo implcito entre las dos cmarasy la Corte Suprema paradeclarar la incompetencia del presidente.Las constituciones de El Salvador (art. 131) Y Guatemala (art. 165) Permiten a la legislatura para declarar la incapacidad fsica o mental del presidente por una mayora de dos tercios y despus de que una comisin de cinco mdicos han informado de la cuestin. El cuadro colombiano permite al Senado a declarar el presidente de "permanente incapacidad fsica" por mayora simple, sin embargo el trmino "fsico" implica ciertas restricciones a este poder y el texto (art. 194), aunque no de forma totalmente clara, aparentemente se supone que el presidente ya ha tomado una licencia de ausencia. En el Ecuador, las constituciones de1946 Y 1967 exiga que las dos cmaras en sesin conjuntadecidir sobre la incapacidad- 1967 el grfico tambin menciona el "indignidad" -, pero este control desaparecieron con el regreso a unicameralism en 1979.

2. Un modelo bsico de destitucin legislativa

A pesar de esta diversidad de disposiciones constitucionales, la poltica del congreso de destitucin por lo general depende de la existencia de un conjunto comn de los factores pertinentes. Esta seccin presenta una estilizada modelo legislativo juicio poltico a fin de arrojar luz sobre los principales determinantes institucionales del proceso de destitucin.Consideremos, en aras de la simplicidad, una legislatura unicameral, rgimen presidencial de que el congreso es el nico actor decidir sobre la impugnacin (p. ej., Ecuador, Panam). Pdenota elcompartir de la cmara que es leal al presidente, v esla proporcin de los asientos necesarios para evitar un juicio poltico, yt se refiere alos asientos que el jefe del ejecutivo sera necesario para mantener el control del gobierno de la (hipottica) sistema parlamentario. Se supone que el congreso ha encontrado un motivo legal (o excusa), s ,que pone en tela de juicio la autoridad (o capacidad) del presidente. Normalmente, un juicio poltico por razones desexige una mayora cualificada (as, por ejemplo v= 1/3), mientras que una mocin de censura parlamentaria puede ser sostenida por mayora simple (t= 1/2). Intuitivamente, v puede ser visto como la frontera de un "rea de riesgo" una parte del espacio legislativo que el presidente debe controlar si l o ella quiere a fin de garantizar la proteccin de un juicio poltico.Podemos imaginar tres posibles escenarios. En el primero de ellos, P