185 CHSB- MODELO - B.doc

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  • 8/16/2019 185 CHSB- MODELO - B.doc

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    OFICINA GENERAL DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS

    JUEZ DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y

    ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

    SU DESPACHO. 

    Nosotros, SIMON ALBERTO WILDMAN MARIN y ROMELIA FRANCISCA ARIAS

    PINTO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad

    Nos. V-10.!."# y V-11.$!".%$,  respectivamente, domiciliados en el MunicipioCabimas del Estado Zulia, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio GUILLERMO

    MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No . V-1.0!!.%1,

    e inscrito en el N!"EA#$%A&$ bajo el No.!.1%#, domiciliados en el Municipio Maracaibo

    del Estado Zulia, pero de transito por este Municipio Cabimas del Estado Zulia, ante usted

    respetuosamente ocurrimos para e'poner(

    En )ec*a +einte -/ de 0eptiembre de Mil Novecientos Noventa y Nueve 1222/

    contrajimos Matrimonio Civil por ante el 3e)e Civil y 0ecretario respectivamente, de la

    !arro4uia 3orge 5ern6ndez del Municipio Cabimas del Estado Zulia, seg7n se evidencia

    del Acta de Matrimonio No."%, marcada con la letra &A&, la cual acompa8amos al presente

    escrito.

    &espués de contra9do el matrimonio prenombrado )ijamos nuestro domicilio

    conyugal en la avenida :1, 0ector ;os Medanos, casa 0 y

    *asta la presente )ec*a no la *emos reanudado, por lo 4ue decidimos no continuar con la

    relación, donde la vida en com7n no resultó como lo esper6bamos, y en consecuencia se

    produjo una ruptura prolongada y de)initiva de la misma.

    &e nuestra unión conyugal procreamos ?n 1/ *ijo 4ue lleva por nombre, GREEING

    ALBERT WILDMAN ARIAS, venezolano, de Nueve 2/ a8os de edad, seg7n se videnciaen Acta de Nacimiento No.'$0, 4ue ane'amos marcada con la letra @B(.

    0olicitamos 4ue se *omologuen por ante éste ribunal las siguientes decisiones

    4ue conjuntamente *emos tomado, en cuanto a la !atria !otestad y %uarda de nuestros

    *ijos, de con)ormidad a lo establecido en el art9culo 121 del Código Civil, en concordancia

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    a lo plasmado en el art9culo :=1 de la ;ey $rg6nica para la !rotección de Ni8os, Ni8as y

     Adolescentes. PRIMERO) El ni8o 4uedara bajo la custodia de su madre. SEGUNDO) ;a

    responsabilidad de Crianza ser6 compartida por ambos padres como lo establece las

    ;eyes 4ue regulan la materia, Código Civil y la ;ey $rg6nica para la !rotección del Ni8o,

    Ni8a y del Adolescentes. TERCERO) El padre tendr6 la m6s amplia convivencia )amiliar,

    tal como lo establece el Art9culo :B de la mencionada ;ey $rg6nica de protección, en

    consecuencia podr6 visitar a su *ijo, las veces 4ue lo desee, siempre y cuando no

    interrumpa sus labores escolares y *oras de descanso. En cuanto a las vacaciones

    escolares ser6n compartidas de )orma e4uitativa y alternada entre ambos padres, as9

    como lo relacionado con las vacaciones de carnaval, semana santa, navidad y a8o nuevo.

    CUARTO)  El padre se compromete a suministrarle a su *ijo como $bligación deManutención, la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES *B+.00,, mensuales. &e

    igual manera se compromete a cubrir con todos los gastos re)erentes a( Dtiles escolares,

    uni)ormes, inscripción y pago de mensualidades con ocasión a sus estudios, vestido,

    medicinas, consultas medicas, recreación, juguetes, adem6s de todos los gastos 4ue sus

    *ijos necesiten para su normal desarrollo. /UINTO)  Ambos cónyuges declaramos 4ue

    durante nuestra unión no ad4uirimos bienes a repartir. SETA) Ambos cónyuges, a partir 

    de la presente solicitud, responder6n por su cuenta de las obligaciones contra9das y *ar6n

    suyos los )rutos de su trabajo, arte o industria, as9 como cual4uier otro ingreso 4ue

    obtuvieren cada uno por separado.

    !edimos 4ue la presente solicitud sea admitida y sustanciada con)orme a

    derec*o, 4ue se declare nuestro &ivorcio con todos los pronunciamientos de ;ey, todo de

    con)ormidad a los establecido en el A23456 1%-A de nuestro Código Civil vigente y :=1,

    !ar6gra)o !rimero de la ley de !rotección de Ni8os, Ni8as y Adolescentes. A los )ines

    legales consiguientes, solicitamos al ribunal ordene lo pertinente para 4ue se libre

    #oleta de Noti)icación al Ciudadano iscal del Ministerio !7blico, remitiéndole ane'o del

    presente escrito, de igual manera solicitamos las respectivas copias certi)icadas a los

    )ines de noti)icar )ormalmente por ante este tribunal a través de o)icio al "egistrador 

    !rincipal y al "egistro Civil respectivo de la sentencia una vez dictada. Es 3usticia, 4ue

    esperamos en la Cuidad de Cabimas, Estado Zulia, a la )ec*a cierta de su presentación.