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EXPEDIENTE FISCAL No. LP-2950-06-JD ACUSACIÓN FISCAL JUZGADO __________________________________DE DISTRITO PENAL DE AUDIENCIA DE MANAGUA. Su señoría: Soy Armando José Juárez López, Mayor de edad, credencial No. 00014, Fiscal Especial nombrado conforme acuerdo No. 81 del Honorable Fiscal General de la República Dr. Julio Centeno Gómez, del 04 de Enero del 2008, para practicar las diligencias contenidas en el Expediente Fiscal No. 2950-06-JD. conforme investigación autónoma iniciada el quinde de Mayo de dos mil seis a las nueve y siete minutos de la mañana. Acusación que en este acto formulo en base a los Artos. 77 y 268 de Código Procesal Penal, Artos. 4, 10, Inciso 1 y 4, y 19 de la Ley Orgánica del Ministerio23 Público, a como en efecto acuso y solicito de su señoría apertura a juicio en contra de los acusados: NOÉL JOSÉ SACASA CRUZ, ex Superintendente de Bancos , en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, autor del delito de Fraude, autor del delito de Tráfico de influencias. GUILLERMO ANASTACIO LUGO ALANIZ, Miembro de la Junta Administradora del BANIC, Miembro de la Junta Liquidadora del BANIC, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. VICTOR RODOLFO DELGADO CÁCERES, Miembro de la Junta Administradora y Liquidadora del INTERBANK, en su calidad de cooperador necesario de los delitos 1

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Acusación de Cenis penal

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EXPEDIENTE FISCAL No. LP-2950-06-JD

ACUSACIÓN FISCAL

JUZGADO __________________________________DE DISTRITO

PENAL DE AUDIENCIA DE MANAGUA.

Su señoría:

Soy Armando José Juárez López, Mayor de edad, credencial No. 00014, Fiscal Especial nombrado conforme acuerdo No. 81 del Honorable Fiscal General de la República Dr. Julio Centeno Gómez, del 04 de Enero del 2008, para practicar las diligencias contenidas en el Expediente Fiscal No. 2950-06-JD. conforme investigación autónoma iniciada el quinde de Mayo de dos mil seis a las nueve y siete minutos de la mañana. Acusación que en este acto formulo en base a los Artos. 77 y 268 de Código Procesal Penal, Artos. 4, 10, Inciso 1 y 4, y 19 de la Ley Orgánica del Ministerio23 Público, a como en efecto acuso y solicito de su señoría apertura a juicio en contra de los acusados: NOÉL JOSÉ SACASA CRUZ, ex Superintendente de Bancos , en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, autor del delito de Fraude, autor del delito de Tráfico de influencias. GUILLERMO ANASTACIO LUGO ALANIZ, Miembro de la Junta Administradora del BANIC, Miembro de la Junta Liquidadora del BANIC, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. VICTOR RODOLFO DELGADO CÁCERES, Miembro de la Junta Administradora y Liquidadora del INTERBANK, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. MARIO FLORES LOÁISIGA, Gerente General del Banco Central, Miembro de la Junta Administradora del BANIC, Miembro del Comité de Ventas y Adjudicaciones de las Subastas, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. EDGARD JOSÉ PEREIRA DESHON, Miembro de la Junta Administradora de INTERBANK, Miembro de la Junta Administradora BAMER, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ GURDIAN, Miembro de la Junta Liquidadora de INTERBANK, Director Jurídico del Banco Central de Nicaragua, Miembro del Comité de Venta y Adjudicación de Subastas, en su

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calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y autor de delito de Tráfico de influencias. FERNANDO ALCINO RODRÍGUEZ ALANIZ, Miembro Junta Liquidadora de INTERBANK, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. NOEL ERNESTO RAMÍREZ SÁNCHEZ, Ex presidente del Banco Central de Nicaragua, y Presidente del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, autor del delito de Fraude, autor del delito de Tráfico de influencias. ESTEBAN BENITO DUQUESTRADA SACASA, Ex Ministro de Hacienda y Crédito Público, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, autor del delito de Fraude, autor del delito de Tráfico de influencias. SILVIO ENRIQUE CONRADO GÓMEZ, Ex miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. BENJAMÍN RAMÓN LANZAS SELVA, Ex miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. GILBERTO ISAÍAS CUADRA SOLÓRZANO, Ex miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias . RICARDO PARRALES SÁNCHEZ, Ex miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias . ESTELINA LÓPEZ CONDE, Funcionaria del Banco Central de Nicaragua, miembro de la Junta Liquidadora de INTERBANK, responsable de dirigir la recalificación de cartera en INTERBANK y BANIC, en su calidad de coautora de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y autor de delito de Tráfico de influencias. ROBERTO ENRIQUE SÁNCHEZ CORDERO, miembro de la Junta Liquidadora de BANCAFE, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. CARLOS HUMBERTO MATUS TAPIA, miembro de la Junta Liquidadora de BANCAFE, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. JUAN JOSÉ ICAZA MARTÍNEZ, miembro de la Junta Liquidadora de BANCAFE, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. JUAN MANUEL CENTENO CANTILLANO, miembro de la Junta Administradora de BAMER , en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y

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delito de Tráfico de influencias. CARLOS BONILLA LÓPEZ, miembro de la Junta Administradora de BAMER en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. CARLOS MARÍN ARCIA, miembro de la Junta Liquidadora de BAMER, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. LEOPOLDO ANTONIO SÁNCHEZ AMADOR, Presidente de la Junta Liquidadora de BAMER, Miembro de la Junta Administradora BANIC, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. MIGUEL ÁNGEL MENDOZA, Miembro de la Junta Administradora del BANIC, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. OTTONIEL RUIZ ARMIJO, Presidente de la Junta Liquidadora del BANIC, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. YALÍ BERNARDO MOLINA PALACIO, Miembro de la Junta Liquidadora de BANIC, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. MARIO BERNARDO ALONSO ICABALCETA, Ex presidente del Banco Central de Nicaragua, miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS, Ex Ministro de Hacienda y Crédito Público, y Miembro del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. CARLOS ANTONIO CERDA GARCÍA, Gerente Financiero del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. EXIDES ENRIQUE NAVARRO FLORES, Funcionario del Banco Central de Nicaragua, responsable de dirigir la recalificación de cartera en BAMER, BANCAFE y Cartera Cafetalera del BANIC, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. ALFONSO ROBELO CALLEJAS, Delegado por el Presidente para negociar reingeniería CENI, en su calidad de cómplice de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. JOSÉ NICOLÁS MARÍN, Delegado por el Presidente para negociar reingeniería CENI , en su calidad de cómplice de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. LUIS RIVAS ANDURAY, Participa en reingeniería con Montealegre, en su calidad de cómplice de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito

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de Tráfico de influencias EDUARD ARCESIO ZELEDÓN GUILLÉN, Gerente de Administración y Personal del Banco Central de Nicaragua, Miembro del Comité de Licitación de la Subasta, y Miembro del Comité de Ventas de la subasta, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. MARIANO CARLOS BUITRAGO SOLÓRZANO, Presidente de la comisión liquidadora de cartera, miembro del Comité de Licitación para Subasta, y Miembro del Comité de Adjudicación y venta para la subasta, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. JAIME CHAMORRO CARDENAL, Accionista Y Vicepresidente de la Junta Directiva del BANCENTRO, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. JOSÉ DE JESÚS ROJAS RODRÍGUEZ, Gerente General del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. HUMBERTO JOSÉ HERNÁNDEZ AGUILAR, Presidente de Junta Directiva del GRANT THORTON, en su calidad de cooperador necesario de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. LIC. SILVIO RONALD FLORES LAZO , Ex funcionario del Banco Central de Nicaragua, y accionista del Grant Thorton, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. VILMA ROSA LEON YORK, Ex Vice Ministra de Hacienda y Crédito Público, Miembro por ley del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, en su calidad de coautora de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. ALFONSO JOSÉ LLANES CARDENAL, Vice-Superintendente de Bancos, Intendente de Bancos por la Ley, en su calidad de coautor de los delitos contra la economía nacional la industria y el comercio, delito de Fraude, y delito de Tráfico de influencias. Por ser los responsables criminalmente de los hechos y de los delitos descritos y relacionados en el cuerpo de esta acusación, por lo que acuso y están contenidos en los Artos. 22 numeral 4, y adicionados al capítulo XII delitos contra la economía nacional, la industria y el comercio del Título IV delitos contra la propiedad libro II del Código Penal vigente, Artos 314 bis 1, inciso a), b) y c). Arto. 314 bis 2, numeral 1 y 2, y capítulo XI, Arto. 415 y 418, y Arto. 11 de la Ley 419, que deja vigente el Artículo 23 de la Ley No. 11 contenida en el Decreto 579. que tiene plena vigencia en la Ley de Reforma y Adición del Código Penal de la República de Nicaragua Ley No. 419 aprobada el 11 de Junio 2002, publicada en La Gaceta No. 121 del 28 de Junio del 2002, en perjuicio del Estado y la Sociedad Nicaragüense. Acusados que a continuación relaciono:

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I.- DATOS E IDENTIFICACION DE LOS ACUSADOS:

1. NOÉL JOSÉ SACASA CRUZ, Mayor de edad, casado,

Economista, Ex Superintendente de Bancos, de domicilio

Colonia el Refugio, Km 10 ½ Carretera Sur, Managua. Domicilio

en el exterior: 726 Muirfield, Ct. Potomac, MD. 20854, Estado de

Maryland, Estados Unidos de América; Bufette Sánchez Cordero

y Asociados, colonial Los Robles, del Gimnasio Atlas 1c arriba

1c al sur, casa No. 227, mano derecha, Managua, Cédula de

Identidad 001-090147-0002U.

2. GUILLERMO ANASTACIO LUGO ALANIZ, Mayor de edad,

Casado, Lic. en Economía, Carretera Sur, km 7 de los

Semáforos 500 mts. al oeste, y/o Villa Fontana Apartamento No.

101, Managua. Cédula de Identidad No. 201-150238-0006R.

Oficina legal Yalí Molina y Asociados, Colonial los Robles IV

Etapa casa No. 19, Managua.

3. VICTOR RODOLFO DELGADO CÁCERES, Mayor de edad,

Soltero, Economista, Domicilio: Colonial Los Robles, etapa VII,

Casa No. 45, Managua, Cédula de Identidad No. 081-280751-

0004S.

4. MARIO FLORES LOÁISIGA, Mayor de edad, Casado,

Economista, Domicilio de Reparto Santa María, Km 13 ½

Carretera Sur, 300 vrs. al Este, ½ c al Norte, Managua, Cédula

de Identidad No. 364-081256-0000W.

5. EDGARD JOSÉ PEREIRA DESHON Mayor de edad, casado,

Ingeniero, Domicilio: Planes de Altamira, de Telcor ½ c al Norte,

Managua, Cédula de Identidad No. 001-150739-0010U

6. JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ GURDIAN Mayor de edad, Casado,

Abogado y Notario, Domicilio de la Embajada de España 1c al

norte, 20 vrs al Este, Reparto las Colinas Casa No. 16,

Managua, Cédula de Identidad No. 888-071249-0000V.

7. FERNANDO ALCINO RODRÍGUEZ ALANIZ Mayor de edad,

casado, Economista, Domicilio: Km 13.9 Carretera Sur, 900mts

al Este, Managua, Cédula de Identidad No. 161-310146-0003C.

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8. NOEL ERNESTO RAMÍREZ SÁNCHEZ , Mayor de edad,

casado, Abogado, Domicilio: Colegio Centroamérica 2 km al sur,

400 mts al Oeste, Managua. Cédula Identidad No. 001-290950-

0015J.

9. ESTEBAN BENITO DUQUESTRADA SACASA. Mayor de

edad, casado, Ingeniero, Domicilio: Reparto Mirador, Calle los

Celajes casa No. 65, Managua. Ex Ministro de Hacienda y

Crédito Público, Cédula de Identidad No. 281-011143-0000C.

10. SILVIO ENRIQUE CONRADO GÓMEZ, Mayor de edad,

casado, Economista, Domicilio: Las Colinas, del Club 4 ½ c al

Este, Prado Ecuestre, Casa No. 343-B, Cédula de Identidad No.

001-180245-0001B.

11. BENJAMÍN RAMÓN LANZAS SELVA Mayor de edad,

casado, Ingeniero, Domicilio: Altos de Santo Domingo, del

despacho de carga de ENEL, 1c al Norte, 1c al Oeste, Casa No.

34, Managua, Cédula de Identidad No. 561-250338-0003C

12. GILBERTO ISAÍAS CUADRA SOLÓRZANO, Mayor de

edad, Casado, Ingeniero, del Domicilio: Hotel Seminole, 1 ½ C

abajo, Casa No. 1610, Managua, Cédula de Identidad 001-

060734-0000R.

13. RICARDO PARRALES SÁNCHEZ Mayor de edad,

casado, Licenciado en Economía, Domicilio: Km 14.5 Carretera

Sur, Quinta Los Ángeles, Managua, Cédula de Identidad No.

043-130231-0000V

14. ESTELINA LÓPEZ CONDE, Mayor de Edad, Casada,

Administradora de Empresas, Domicilio: Barrio el Edén, del Cine

Rex 1c al Norte,2 c abajo, ½ c al sur, Managua, Cédula de

Identidad No 001-281053-00042B.

15. ROBERTO ENRIQUE SÁNCHEZ CORDERO Mayor de

edad, casado, Abogado, Domicilio: Reparto Altamira D´este, de

la Vicky 8 c Norte, 25 vrs arriba, Managua, Cédula de Identidad

No. 041-121032-0001G.

16. CARLOS HUMBERTO MATUS TAPIA Mayor de edad,

casado, Economista, Domicilio: Restaurante el Mirador Santo

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Domingo del MAGFOR 8c al oeste, Managua, Cédula de

Identidad No. 047-161052-0000K.

17. JUAN JOSÉ ICAZA MARTÍNEZ Mayor de edad, casado,

Abogado, Domicilio: Carretera Sur, Km 10 ½ Entrada Santa

Anita, 600 mts al Norte, Managua Cédula de Identidad No. 001-

210547-0008Y.

18. JUAN MANUEL CENTENO CANTILLANO Mayor de edad,

casado, Master en Administración de Empresas. Domicilio:

Colonia Independencia casa 77, del Gallo más Gallo 6 c al sur,

Managua, Cédula de Identidad No. 081-171235-0002L.

19. CARLOS ALBERTO BONILLA LÓPEZ Mayor de edad,

casado, Tel. 2798706. Domicilio: Bello Horizonte, A-260,

Managua, Km 13 carretera a Masaya, de la Clínica Veterinaria

Animal Sano, 200 mts al Oeste, y 25 mts al sur, 3ra casa,

Managua Cédula de Identidad No. 561-210543-0002D

20. CARLOS MARÍN ARCIA Mayor de edad, casado, Abogado

y Notario, Domicilio: del Edificio Armando Guido 1c abajo 2 ½ c

al Sur, Managua, Cédula de Identidad No. 562-170623-0000A.

21. LEOPOLDO ANTONIO SÁNCHEZ AMADOR Mayor de

edad, casado, Economista, Domicilio: Masaya, de la Iglesia San

Jerónimo 1 ½ c al sur, Cédula de Identidad No. 404-251142-

0000Y.

22. MIGUEL ÁNGEL MENDOZA PALACIOS, Mayor de edad,

casado, Consultor, Domicilio: Linda Vista Norte, de la Estación II

de Policía 1 ½ c abajo, ½ c al Lago, Casa No. 122, Managua.

Cédula de Identidad No. 287-011047-0002F

23. OTTONIEL RUIZ ARMIJO, Mayor de edad, Casado,

Ingeniero, cédula de identidad 161-171159-0000N, Oficina legal

Yalí Molina y Asociados, Colonial los Robles IV Etapa casa No.

19, Managua.

24. YALÍ BERNARDO MOLINA PALACIO, Mayor de edad,

Casado, Abogado, Oficina legal Yalí Molina y Asociados,

Colonial los Robles IV Etapa casa No. 19, Managua. Villa

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fontana Norte casa NO. 64, Managua. Cédula de Identidad 241-

200845-0000S.

25. MARIO BERNARDO ALONSO ICABACETA Mayor de

edad, casado, Ingeniero, Domicilio: Carretera a Masaya Km 7.5

del Centro La Familiar, 900 vrs al Sur, Casa No. 14, en Las

Lomas, Cédula de Identidad No. 441-110243-0000X

26. EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS, Mayor de edad,

Casado, Economista y Administrador de Empresas, Cédula de

Identidad No. 001-090555-0009F, Domicilio: Colegio

Centroamérica 3 y ½ km al sur, Managua.

27. CARLOS ANTONIO CERDA GARCÍA, Mayor de edad,

casado, economista, Domicilio: Residencial Las Brisas de donde

fue las 3B, 5c al lago ½ c abajo, casa No. 8, Managua. Cédula

Identidad No. 043-070756-0000E.

28. EXIDES ENRIQUE NAVARRO FLORES Mayor de edad,

casado, Economista, Domicilio: Las Brisas Casa D-17, Managua,

Cédula de Identidad No. 561-040745-0003U.

29. ALFONSO ROBELO CALLEJAS Mayor de edad, casado,

Ingeniero, Domicilio: Santo Domingo de la Embajada de

Venezuela ½ c al Este, Cédula de Identidad No. 281-111039-

0005U

30. JOSÉ NICOLÁS MARÍN Mayor de edad, casado, Profesor

de Finanzas y Estrategia INCAE Costa Rica, Dr. Administración

de Empresas de Harward. Tel. No. 506-2437-2304, Fax 506-

2433-9101 Email: [email protected] Domicilio

profesional: Campus Walter Kissling, INCAE- Costa Rica.

31. LUIS ALBERTO RIVAS ANDURAY Mayor de edad,

casado, Economista, Domicilio: Colonial Los Robles, II Etapa, ,

Cédula de Identidad No. 001-310569-0026V.

32. EDUARD ARCESIO ZELEDÓN GUILLÉN, Mayor de

edad, casado, Ingeniero Civil, Domicilio: Reparto San Juan No.

208, del Gimnasio Hércules, 1c arriba, 1c al sur, 1c arriba, ½ c al

norte, Managua, Cédula de identidad No. 161-260466-0006F.

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33. MARIANO CARLOS BUITRAGO SOLORZANO, Mayor

de edad, casado, Abogado y Notario – Administrador de

Empresas, Domicilio: Calle los Mangos, No. 17 Residencial Las

Colinas, Managua. Cédula de Identidad No. 001-230542-0000W

34. JAIME CHAMORRO CARDENAL Mayor de edad, casado,

Ingeniero Industrial, Domicilio: Estancia Santo Domingo, Calle

Barcelona No. 140, Managua, Cédula de Identidad No. 201-

231034-0004F.

35. JOSÉ DE JESÚS ROJAS RODRÍGUEZ, Mayor de edad,

Casado, Economista, , Domicilio: Altos de Ticomo, casa No. 39-

A, Managua, Cédula Identidad No. 041-011169-0008V.

36. HUMBERTO JOSE HERNANDEZ AGUILAR, mayor de

edad, Casado, Contador Público, Domicilio, Residencial las

Cumbres Casa F-5 Managua. Cédula de Identidad No. 001-

050249-0028F,

37. SILVIO RONALD FLORES LAZO, Mayor de edad, casado,

Contador Público, domicilio: Colonia Centroamérica Grupo A-

516, Managua, Cédula de Identidad No. 124-031057-0004X

38. VILMA ROSA LEON YORK, Mayor de edad,

Administradora de Empresas, Domicilio, Madroño II, casa 8, Villa

Fontana, Managua. Cédula de Identidad No. 241-071163-

0003P.

39. ALFONSOJOSÉ LLANES CARDENAL, Mayor de edad,

casado, Licenciado en Administración de Empresas, Domicilio;

Reparto Bolonia, Ticabus, 3c al Sur, 1/2c Oeste, Managua,

Cédula de Identidad No. 001-100252-0028A.

II.- DATOS E IDENTIFICACION DE LA VICTIMA:

El estado de Nicaragua y la sociedad nicaragüense.

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III.- RELACION DE HECHOS:

INTERBANK

Según consta en la base probatoria; el 7 de agosto del 2000 a las seis

y quince minutos de la mañana, el Superintendente de Bancos Dr.

Noel J. Sacasa Cruz, mediante Resolución: SIB-OIF-VIII-83-2000

decide INTERVENIR el Banco Intercontinental S.A. (INTERBANK),

nombrando Administrador al Lic. Guillermo Lugo Alaniz, quien en

consecuencia sustentó la representación legal del Banco

Intercontinental S.A. INTERBANK. Iniciando una operación

fraudulenta que causó perjuicio económico al estado mediante el uso

de la influencia procurando la adopción de medidas por la cual

obtuvieron beneficios en detrimento del patrimonio del estado y con

violación a las leyes vigentes.

El mismo 7 de Agosto de 2000, en la sesión 33 el Consejo Directivo

del Banco Central de Nicaragua dicta Resolución CD-BCN-XXXIII-1-

2000, facultando al Presidente del BCN Dr. NOEL RAMIREZ

SANCHEZ para que tome las acciones necesarias a fin de Respaldar

la liquidez del Sistema Financiero y garantizar los depósitos del

público en el Banco Intercontinental S.A. (INTERBANK), otorgando

facultades discrecionales al presidente del BCN Dr. Noel Ramírez

Sánchez.

El Superintendente de bancos Dr. Noel Sacasa Cruz decidió ampliar

el plazo de la intervención hasta por 30 días más a partir del 6 de

Septiembre de 2000 con el objeto de que la Junta Administradora

ampliara su informe de Gestión.

El 16 de agosto 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa

Cruz, dicta Resolución SIB-OIF-VIII-91-2000 ampliando de un

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administrador a una Junta Administradora integrada por Guillermo

Lugo Alaniz, Presidente; Mario Flores Loáisiga, (Gerente General

del Banco Central de Nicaragua).

El 30 de agosto 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa

Cruz dicta Resolución SIB-OIF-VIII-94-2000 reforzando la Junta

Administradora con el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres,

El 1 de septiembre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz dicta Resolución SIB-OIF-VIII-95-2000 reforzando la

gestión de la Junta Administradora con el Ing. Edgard José Pereira

Deshon como miembro,

El 6 de septiembre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz dicta Resolución SIB-OIF-VIII-97-2000 nombrando

Presidente de la Junta Administradora al Lic. Rodolfo Delgado

Cáceres por la renuncia del Sr. Guillermo Lugo Alaniz.

El 8 de Septiembre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz dicta Resolución SIB-OIF-VIII-98-2000 reduce el número

de miembros de la Junta Administradora a los siguientes miembros:

Lic. Rodolfo Delgado Cáceres, Presidente, Lic. Mario Flores

Loásiga, (Gerente General del Banco Central de Nicaragua),

Miembro-

El 6 de octubre 2000 la Junta Administradora de Banco

Intercontinental S.A. (INTERBANK) compuesta por : Rodolfo Delgado

Cáceres y Mario Flores Loáisiga presentaron documentos con fecha

del 6 de octubre de 2000 “Informe Final sobre la situación de

INTERBANK”, al Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz,

sobre la situación del Banco Intercontinental S.A (INTERBANK),

donde deciden vender los Activos de Banco Intercontinental S.A.

(INTERBANK) al Banco de la Producción S.A. (BANPRO), sujeto a

que los órganos competentes del estado (Banco Central de Nicaragua

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y Ministerio de Hacienda y Crédito Público), resuelvan aprobar los

requisitos solicitados, conformando mayoría de Junta Administradora

el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y el Lic. Mario Flores Loaisiga,

quienes acompañan al Informe Final con fecha del mismo 6 de octubre

2000, el acuerdo dirigido a la compra de activos y pasivos del

INTERBANK por parte de BANPRO suscrito entre accionistas del

INTERBANK entre ellos Enrique Deshon Duquestrada, Javier Bone

Pantoja y Leonel Arguello Ramírez y Accionistas de BANPRO entre

ellos Arturo Arana Ubieta y Ramiro Ortiz Mayorga, el mismo 6 de

octubre 2000 fecha en que vencían los 30 días de prórroga a la Junta

Administradora de Banco Intercontinental S.A (INTERBANK).

El 9 de Octubre de 2000 a las ocho de la mañana, el Superintendente

de Bancos Dr. Noel J. Sacasa Cruz dicta la Resolución SIB-OIF-VIII-

111-2000 de mantener la Intervención en Banco Intercontinental S.A.

(INTERBANK), hasta tanto la Junta Administradora finalice los

trámites en caminados al traslado de los Activos de Banco

Intercontinental S.A. (INTERBANK) al Banco de la Producción S.A.

(BANPRO) conforme lo resulto por la Junta Administradora de mayoría

compuesta por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga

(Gerente General del Banco Central de Nicaragua) con fecha del seis

de octubre de 2000, donde deciden proceder a la venta a BANPRO de

los Activos y Pasivos de INTERBANK, habiendo el Consejo Directivo

del Banco Central de Nicaragua dictado Resolución favorable al

respecto, dejándose abierto indefinidamente el período de

Administración de la Junta Administradora conforme la resolución

SIB-OIF-VIII-111-2000 del Superintendente de Bancos.

El 7 de agosto 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua, Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez dicta la

Resolución CD-BCN-XXXIII-1-2000 facultando al Presidente del Banco

12

Page 13: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Central de Nicaragua a tomar las acciones necesarias para respaldar

la liquidez del sistema financiero y garantizar los depósitos del público

en el banco intercontinental S.A. INTERBANK.

El 11 de agosto 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua formado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez.

Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez; a propuesta de su presidente Noel Ramírez Sánchez dicta

Resolución CD-BCN-XXXV-1-00, Facultando al presidente del Banco

Central de Nicaragua modificar tasa de Encaje Legal o bien, emitir y

colocar títulos valores conforme los términos y condiciones que

establezca la Administración del Banco Central de Nicaragua. Para

entender el alcance de esta disposición por administración del Banco

Central de Nicaragua se refiere al presidente del Banco ejerciendo sus

plenas funciones de administrador.

El 8 de octubre de 2000 a propuesta del Presidente del Banco Central

de Nicaragua (BCN) el Dr. Noel Ramírez Sánchez el Consejo

Directivo del Banco Central de Nicaragua, Presidente, Noel Ramírez

Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y

Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín

Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo

Parrales Sánchez de quien en adelante lo identificaremos como

Consejo Directivo del BCN. dicta Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000

donde el Consejo Directivo reproduce los términos del acuerdo

privado de compra de Activos y Pasivos del 6 de octubre 2000

entre accionistas del Banco Intercontinental S.A. INTERBANK

con accionistas del Banco de la Producción S.A. BANPRO

presentado al Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz,

lo reproducen en todas y cada una de las condiciones que

solicitaron aprobar por parte de los órganos competentes del

Estado, dando por aceptada la propuesta. Dicha aceptación por el

Banco Central de Nicaragua hizo viable financieramente el acuerdo de

13

Page 14: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

compra venta entre accionistas del banco comprometiendo al Banco

Central de Nicaragua y consecuentemente sentando las bases para

que una transacción financiera entre particulares pudiese

posteriormente comprometer los recursos del estado a través del

Banco Central de Nicaragua y del Ministerio de Hacienda y Crédito

Público y la previa participación de la Superintendente de Bancos,

representado por el Dr. Noel Ramírez Sánchez, Ing. Esteban

Duquestrada y Dr. Noel Sacasa Cruz.

El 7 de mayo del 2001, a las nueve de la mañana el Superintendente

de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, dicta Resolución SIB-OIF-IX-40-

2001 ordenando proceder al trámite de LIQUIDACIÓN FORZOSA

DEL BANCO INTERCONTINENTAL S.A. (INTERBANK), ante el Juez

Civil de Distrito de Managua, por recomendación de la Junta

Administradora relacionada, cabe destacar que a estas alturas el

INTERBANK, en la práctica ya había sido absorbido por BANPRO y el

proceso de calificación y recalificación de cartera se impulsaba para

establecer brecha y monto de CENI.

El 16 de mayo 2001 resolución SIB_OIF-IX-46-2001 el

Superintendente de Bancos, Dr. Noel Sacasa Cruz nombra JUNTA

LIQUIDADORA de INTERBANK al Lic. Rodolfo Delgado Cáceres,

quien había fungido como Presidente de la Junta Administradora de

INTERBANK y como Miembro a Dr. Juan José Rodríguez Gurdian,

Director del área Jurídica del Banco Central de Nicaragua y a la Lic.

Estelina López Conde Miembro y también funcionaria del Banco

Central de Nicaragua nombrada por recomendación del Lic. Mario

Flores Loásiga Gerente General del Banco Central de Nicaragua,

quienes tomaron posesión del cargo ante el Juez Quinto Civil del

Distrito de Managua quien declaro el estado de LIQUIDACIÓN

FORZOSA de INTERBANK.

El 24 de mayo 2001, el Superintendente de Bancos dicta Resolución

SIB-OIF-IX-049-2001, sustituyendo a Estelina López Conde por el

14

Page 15: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Lic. Fernando Rodríguez Alaniz, que pasa a conformar la Junta

Liquidadora con el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y el Dr. Juan José

Rodríguez Gurdián.

Al momento del nombramiento de la Junta Liquidadora de

INTERBANK, la venta de activos y pasivos del INTERBANK a

BANPRO a propuesta de los accionistas en una operación netamente

entre particulares ya había sido efectuada a propuesta de la Junta

Administradora de mayoría formada por el Lic. Rodolfo Delgado

Cáceres y el Lic. Mario Flores Loáisiga, Gerente General del Banco

Central de Nicaragua y miembro de la Junta Administradora en

propuesta que el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua

formado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez; aprobó en

resolución CD-BCN-XLIX-1-2000, del ocho de octubre 2000, donde

dice que era imperativo viabilizar y facilitar la adquisición de activos y

pasivos del INTERBANK por parte de BANPRO para lo cual

establecen que el BCN acepte la cesión y endoso de la cartera de

INTERBANK identificada de común acuerdo como cartera CONAGRA

o Grupo Centeno y toda la cartera relacionada con los mismos, en

concepto de transferencia de las acredurías, garantías, para que las

recuperaciones sean aplicadas al saldo por la asistencia financiera

otorgada por el BCN al INTERBANK hasta el día 6 de octubre 2000.

Esa cartera quedó en administración de INTERBANK por cuenta del

BCN mediante pago de comisión negociada entre INTERBANK y BCN,

comisión que nunca quedó claro sus alcances. La Junta

Administradora y los miembros del BCN que fungían como parte de la

misma específicamente el Lic. Mario Flores Loáisiga, Estelina

López Conde, Juan José Rodríguez Gurdián, Rodolfo Delgado

Cáceres, sabían que esta cartera era irrecuperable ya que la habían

separado previamente del total de la cartera de crédito del

INTERBANK y aún así con conocimiento de causas la ofrecieron y

15

Page 16: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

aceptaron para ser aplicada las recuperaciones que nunca tendrían a

la asistencia financiera recibida por INTERBANK al BCN.

También la resolución estableció que BANPRO y el BCN en 180 días

contados a la fecha del 8 de octubre del 2000 evaluaría conjuntamente

la cartera la cual debía estar concluida en el período de los 180 días,

prorrogables por 90 días adicionales, período que se extiende durante

los meses de Octubre, Noviembre, Diciembre 2000 y Enero, Febrero,

Marzo, Abril, Mayo 16 del 2001, fecha en que se produce la

intervención y el nombramiento de la Junta Liquidadora, es durante

este período donde se inicia el proceso de calificación, recalificación y

negociación de la cartera del INTERBANK entre funcionarios del BCN

y funcionarios de BANPRO sin la intervención de la Junta

Administradora, quien de hecho omitió participar y vigilar el proceso en

perjuicio del mismo INTERBANK.

La resolución del BCN estableció que el BCN emitiría CENI

(Certificados Negociables de Inversión) a favor del BANPRO para

cubrir la eventual brecha entre los activos y pasivos del INTERBANK

adquiridos por BANPRO (adquisición directa) que resulte de la

evaluación de la cartera. Los CENI serían emitidos a partir del 9 de

octubre 2000, con plazo de dos y cuatro años y una tasa de

descuento igual al promedio ponderado de la última subasta anterior a

la fecha de emisión de los mismos, hasta llegar a balance “0” y

cualquier recuperación adicional encima del Balance “0”, neto de

gastos y comisiones sería por partes iguales al BCN y el BANPRO.

Lo cual era una burla ya que es abundante el argumento y la prueba

que presentaremos en el sentido de que de la llamada evaluaciones

de escritorio a la cartera de INTERBANK se tenía por los funcionarios

del BCN Estelina López Conde, Mario Flores Loáisiga y resto de

funcionario de la Junta Administradora, conocimiento de que

difícilmente se iba a recuperar algún saldo a favor del BCN.

16

Page 17: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La resolución del Banco Central de Nicaragua estableció que la

cartera D y E no sería adquirida por BANPRO y que debería ser

transferida al BCN, bajo la administración de BANPRO mediante pago

de una comisión por parte del BCN, situación que era ridículo

plantearla ya que a como se relaciona en los hechos será fácil deducir

que esta cartera no tenia capacidad de recuperación y que además en

la práctica nunca fue administrada por la junta Administradora de

INTERBANK integrada por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario

Flores Loáisiga y apoyado por Estelina López Conde quienes ni la

propia cartera de INTERBANK que tenia algún valor de recuperación

administraron sin perjuicio de la representación que sustentaban.

La resolución del BCN estableció una línea de crédito contingente

especial de liquidez a favor de BANPRO para respaldar los retiros del

público. Estableció un encaje Legal de 0% por el incremento de los

depósitos en BANPRO por el traslado de los depósitos de

INTERBANK a dicho Banco.

La misma resolución establece que dicha resolución sería respaldada

en los próximos 30 días por una garantía del Estado a favor del Banco

Central de Nicaragua, conforme la Ley Orgánica del Banco Central de

Nicaragua, para cubrir los montos que el BCN no lograra recuperar de

la asistencia financiera otorgada, mediante la cartera a ser cedida,

quedando por parte del BCN facultad para negociar con el gobierno

las modalidades de dichas garantías. Hasta aquí la Resolución CD-

BCN-XLIX-1-2000. que sirve de base para que la adquisición directa

entre accionistas del Banco del INTERBANK y BANPRO, sin previa

subasta, a propuesta de los miembros de la Junta Administradora

relacionada y aprobada por el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua también relacionado, resultaren comprometidos los

recursos del estado. Queda claro que el Consejo Directivo del Banco

Central de Nicaragua aprueba a su propio riesgo y bajo su absoluta

responsabilidad los términos de la resolución CD-BCN-XLIX-1-2000

17

Page 18: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

que propició el perjuicio del patrimonio de Estado de la República de

Nicaragua.

BANCAFE

El 17 de Noviembre 2000, a las 1:30 minutos de la tarde, el

Superintendente Dr. Noel J. Sacasa Cruz resuelve: Resolución: SIB-

OIF-VIII-128-2000 Se proceda a solicitar al Juez Civil de Distrito de

Managua declare la LIQUIDACIÓN FORZOSA del Banco del Café de

Nicaragua S.A. (BANCAFE). Como parte de la ejecución de actos

continuados en el proceso de la operación fraudulenta que causó

perjuicio económico al estado mediante el uso de la influencia que

procuró la adopción de medidas que beneficiaron a terceros en

detrimento del patrimonio del estado y con violación a las leyes

vigentes.

El Superintendente Dr. Noel J. Sacasa Cruz, el 17 de noviembre 2000

a las 3:00 pm conforme auto de las 2:25 minutos de la tarde del Juez

Cuarto civil de distrito de Managua quien declaró en estado de

LIQUIDACIÓN FORZOSA al Banco del Café de Nicaragua S.A.

(BANCAFE), Resolución SIB-OIF-VIII-129-2000, nombra Junta

Liquidadora a: Dr. Roberto Sánchez Cordero, Presidente, Lic.

Carlos Matus Tapia, Miembro, y Dr. Juan José Icaza Martínez,

miembro, ostentando en adelante la representación legal del Banco

del Café de Nicaragua S.A. (BANCAFE).

El 17 de Noviembre del 2000 el Consejo Directivo del Banco Central

de Nicaragua integrado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez.

Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez , a propuesta de su presidente el Dr. Noel Ramírez Sánchez,

Resolución CD-BCN-LIX-1-2000, autoriza a la administración del

Banco Central de Nicaragua, entiéndase a su presidente, otorgar al

18

Page 19: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Banco del Café de Nicaragua S.A. (BANCAFE) Línea de Crédito

Especial de Liquidez para pagar hasta un máximo de Diez Mil

córdobas (C$10,000.00) o su equivalente de de moneda extranjera

por cuentas de depósitos a la vista, de ahorro y a plazo con saldo igual

o menor a Veinte mil Córdobas (C$20,000.00), la Línea de Asistencia

Financiera sería garantizada con la cartera “A” clasificada por la

Superintendencia de Bancos y otros activos, la línea de asistencia

tendría vigencia de treinta (30) días y sería respaldada en los próximos

30 días, por una garantía del estado a favor del Banco Central de

Nicaragua por cualquier saldo que el Banco Central de Nicaragua no

lograra recuperar.-

El 22 de noviembre de 2000, en sesión No. 60 del Consejo Directivo

del Banco Central de Nicaragua, integrado por Presidente, Noel

Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de

Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez,

Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;

Ricardo Parrales Sánchez , dicta Resolución No. CD-BCN-LX-1-2000.

y Resuelve: Tomar las acciones necesarias para facilitar el traspaso

de activos sanos y depósitos de Banco del Café de Nicaragua S. A.

(BANCAFE) en liquidación a la institución o ,Instituciones Financieras

que determine su Junta Liquidadora, nombrada con aprobación del

Superintendente de Bancos.

El 22 de Noviembre del 2000 el Consejo Directivo del Banco Central

de Nicaragua integrado por Presidente, Noel Ramírez Sánchez.

Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez , quienes en adelante denominaré CD-BCN dicta Resolución

CD-BCN-LX-2-2000, Resolviendo: Aprobar línea de crédito especial

para que el sistema financiera pueda solventar problemas de liquidez

originado por caída de sus depósitos, estableciendo las respectivas

condiciones financiera y procedimientos necesarios.

19

Page 20: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

El 24 de Noviembre 2002 a las 3:00 pm, se levanta acta de entrega de

las Bases de venta al martillo de Activos y Depósitos del BANCAFE

por Junta Liquidadora integrada por: Dr. Roberto Sánchez Cordero,

Lic. Juan José Icaza Martínez y el Lic. Carlos Matus Tapia, estando

presente: Dr. Noel Sacasa Cruz, Súper Intendente de Bancos,

Alfonso Llanes Cardenal Vice- Superintendente de Bancos, Lic.

Mario Flores Loaisiga, Gerente General del Banco Central de

Nicaragua y miembro de la Junta Liquidadora de Banco

Intercontinental S.A. INTERBANK en proceso de desincorporación.

Lic. Marco Morales Director de Asociación de Bancos Privados

ASOBANP, Lic. Carla Icaza Meneses, Intendente de Bancos. Dr.

Uriel Cerna Barquero; Asesor Legal del la Superintendencia de

Bancos.

El Lic. Carlos Matus Tapia, explicó y entregó las bases a los

Representantes del Bancos: Banco de Finanzas S. A. (BDF); Lic.

William Graham, Silvio Lanuza, Banco de la Producción S.A.

(BANPRO): Arturo Arana Ubieta. Banco Mercantil S.A (BAMER):

Víctor Urcuyo. Banco de Crédito Centroamericano S.A.

(BANCENTRO): Ing. Julio Cárdenas.

Las Bases están firmadas por los miembros de la Junta Liquidadora

relacionados y en sus aspectos esenciales contenían: Que habían

determinado las Bases para la Venta al martillo conjunta de Activos y

Depósitos del BANCAFE para proceder con el apoyo financiero del

Banco Central de Nicaragua en garantía de los Depósitos del Público,

para lo cual la Junta Liquidadora relacionada separó los Activos y

Pasivos del BANCAFE en: Un Balance a vender en bloque y un

Balance Residual a liquidar por separado.

El Banco Central de Nicaragua proporcionaría al Banco adquirente

inmediatamente después de la adjudicación, CENI, (Certificados

Negociables de Inversión) con vencimiento a tres años, en el monto

20

Page 21: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

necesario para cubrir “La Brecha” entre los Activos adquiridos y los

Depósitos asumidos en el Balance a vender en bloque.

El Banco Central de Nicaragua se subroga acreedor del Banco del

Café de Nicaragua S.A. BANCAFE en lugar de los depositantes por el

monto de CENI, así como de los demás CENI que tenia que emitir

conforme las bases de venta relacionada.

El Balance a vender en bloque fue “Vendido al martillo” el 25 de

noviembre de 2002 a las tres de la tarde en la sala de juntas de la

Casa Matriz del BANCAFE, entre bancos establecidos en el país,

adjudicándose al Banco de Finanzas S. A. (BDF) por ofertar aceptar el

menor rendimiento sobre CENI; a partir de la adjudicación del 25 de

noviembre del 2002 al Banco de Finanzas S. A. (BDF), corrió el plazo

de 180 días prorrogables por 90 días más para evaluar conjuntamente

la cartera y otros activos, entre el Banco Central de Nicaragua y el

Banco Adquirente (BDF).

La cartera y otros activos serían evaluados en conjunto por Banco

Central de Nicaragua y el Banco de Finanzas S. A. (BDF),

estableciéndose el arbitraje como mecanismo de resolución en casos

de diferencias en la valoración de los créditos y otros activos.

También conforme las Bases determinadas por la Junta Liquidadora

relacionada el Banco Adquirente recibiría CENI del Banco Central de

Nicaragua BCN compensando cualquier necesidad de provisión

adicional que se identifique en el proceso de evaluación, los CENI se

emitirían con vencimiento a 3 años en los montos necesarios para

mantener un balance equilibrado entre activos adquiridos y pasivos

asumidos.

En el plazo de los 180 días el Banco de Finanzas S. A. (BDF) tenía

que devolver al Banco del Café de Nicaragua BANCAFE los bienes de

21

Page 22: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

uso que no quiera retener a cambio de CENI con vencimientos a tres

años, por el correspondiente valor en libros.

Dentro del mencionado plazo de 180 días los activos del Banco del

Café de Nicaragua S.A. BANCAFE que se trasladaron al Banco de

Finanzas S. A. (BDF) estaban garantizados por el Banco Central de

Nicaragua BCN cubriendo principal más intereses devengados en

libros a la fecha de adjudicación.

En las bases se estableció el plazo de 180 días adicionales a los 180

días ya relacionados para readecuación de capital a causa de los

activos adquiridos por el BDF del BANCAFE.

El Banco Central de Nicaragua BCN establecería para el Banco de

Finanzas S. A. (BDF) un período de 6 meses un encaje legal de 0%

aplicado al incremento de los depósitos por la Asunción de los

depósitos del BANCAFE.

El Banco Central de Nicaragua proporcionaría una Línea Contingente

de Liquidez al Banco de Finanzas S. A. (BDF) por 1 un año para cubrir

eventuales problemas de iliquidez por retiros de depósitos, a un

interés igual a la ultima tasa anual de rendimiento observado en

subasta de CENI de un 1 año plazo menos 5 puntos porcentuales, por

las garantías establecidas en las normas financiera del Banco Central

de Nicaragua BCN.

El 25 de Noviembre 2000 a las 3:00 pm. la Junta Liquidadora de

Banco del Café S.A (BANCAFE) compuesta por: DR. ROBERTO

SÁNCHEZ CORDERO, JUAN JOSÉ ICAZA MARTÍNEZ Y LIC.

CARLOS MATUS TAPIA reciben los sobres cerrados de las ofertas

referente a la supuesta venta al martillo de Activos y Depósitos del

Banco del Café de Nicaragua S.A (BANCAFE) y del Banco de Crédito

Centroamericano S.A. (BANCENTRO), así como del Banco de

22

Page 23: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Finanzas S. A. (BDF) y el Banco Mercantil S.A. (BAMER), éste último

fue retirado y posteriormente desincorporado.

El BANCENTRO ofertó: 12.4936% de descuento y el BDF ofertó

9.48% de descuento, adjudicando la Junta Liquidadora del BANCAFE

los Activos y pasivos del BANCAFE al BDF, conforme al Balance del

BANCAFE al 21 de Noviembre de 2000, en miles de córdobas,

aceptando la Junta Liquidadora BANCAFE que el BDF acreditara su

representación hasta el 27 de noviembre 2000, ofertando y ganando la

adjudicación el BDF sin estar legalmente acreditado, debiendo la Junta

Liquidadora de BANCAFE implementar al entrega de las cuentas

corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo y otros depósitos al

BDF en la mayor brevedad posible.

Contrario al INTERBANK que fue una adquisición directa entre

accionistas respaldados por el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua, integrado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez.

Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez, donde el Ministro de Hacienda y Crédito Público Esteban

Duquestrada respaldó complementando el acto con obligar al estado

y el Superintendente de Bancos, Dr. Noel Sacasa Cruz, sirve de canal

para facilitar la operación, el BANCAFE, fue ofertado por las JUNTA

LIQUIDADORA integrada por: DR. ROBERTO SÁNCHEZ CORDERO,

DR. JUAN JOSÉ ICAZA MARTÍNEZ Y LIC. CARLOS MATUS TAPIA,

en subasta muy singular como se apreciará una vez relacionados el

conjunto de actos que sirvieron para causar daño económico al estado

de Nicaragua, el común denominador fueron las denominadas “Bases

de Ventas” que llamadas de distintas maneras sirvió de

mecanismo que se utilizó para comprometer al estado con la

tolerancia, permisibilidad e ideación del Superintendente de

Bancos Dr, Noel J. Sacasa Cruz, la correspondiente participación de

la Junta Liquidadora aprobando y firmando dichas bases para servir de

cama a la decisión y aprobación del CD-BCN formado por Presidente,

23

Page 24: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro

de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez,

Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;

Ricardo Parrales Sánchez , y el Ministro de Hacienda y Crédito

Público ING. ESTEBAN DUQUESTRADA dentro de otros funcionarios

que relacionaré en el cuerpo de esta acusación.

En el caso de INTERBANK se denominó acuerdos entre accionistas

que sin cumplir el proceso de subasta establecieron condiciones para

efectuar la adquisición directa que respaldó el CD-BCN el Presidente

del Banco, el Superintendente de Bancos y el Ministro de Hacienda y

Crédito Público.

En el caso del BANCAFÉ se denominaron “bases de venta al martillo

de activos y depósitos del BANCAFE, misma que al igual a la de

INTERBANK requerían de la intervención de los órganos del estado

para que los términos y lo alcances de dichas bases tuvieran efectos

jurídicos para emitir los CENI que efectivamente se emitieron en

supuesto respaldo a la brecha en el balance del banco

correspondiente, en este caso BANCAFE.

Coherente con la ideación la Junta Liquidadora relacionada del

BANCAFE propuso las bases, las ofertó, las adjudicó, el CD-BCN las

aprobó y así tenía respaldo la emisión de CENI que se hizo al

establecerse el cimiento sobre el cual posteriormente se montaron

otras actuaciones cuyo fin ulterior fue causarle daños al estado y

beneficiar a los grupos económicos representados en los banco que

adquirieron los bancos desincorporados INTERBANK, BAMER,

BANCAFE Y BANIC.

BAMER:

El Superintendente de Bancos, Dr. Noel Sacaza Cruz el 3 de Marzo

de 2001 a las 12:00 meridiano, mediante Resolución SIB-OIF-IX-12-

24

Page 25: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

2001 Resuelve: INTERVENIR el Banco Mercantil S.A. (BAMER),

nombrando JUNTA ADMINISTRADORA a: EDGAR PEREIRA

DESHÓN, Presidente, MANUEL CENTENO CANTILLANO, Miembro

Y CARLOS BONILLA LÓPEZ, Miembro, quienes ostentan en

adelante la representación del Banco Mercantil S.A. (BAMER),

sustituyendo a la Junta General de accionistas.

La Resolución SIB-OIF-IX-12-2001 fue recibida por el Vice- Gerente

de BAMER Ing. Hermes Gutiérrez a las 1:10 pm del 3 de marzo del

2001.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:

Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez , el 4 de marzo

2001, dicta Resolución CD-BCN-XII-1-01 a propuesta de su presidente

Dr. Noel Ramírez Sánchez, Resolviendo: Facultar a la Administración

del Banco Central de Nicaragua BCN para que a nombre del Banco

Central de Nicaragua, actuando como agente financiero del gobierno

de la República ponga a disposición del sistema de garantías de

depósitos, por cuenta del gobierno, los recursos y garantías

necesarios para el cumplimiento de la garantía del Estado sobre el

100% de los depósitos del público en Banco Mercantil S.A. BAMER.

El 3 de marzo del 2001, la Junta Administradora del Banco Mercantil

S. A. BAMER ya relacionada determinó que para evitar

supuestamente un grave riesgo a la estabilidad del Sistema Financiero

era necesario asegurar que los depósitos del Banco Mercantil S.A.

(BAMER) fueran asumidos a lo inmediato por otra entidad bancaria,

por ser imposible que el banco que asuma los depósitos de Banco

Mercantil S.A. (BAMER) pueda realizar una evaluación satisfactoria

de los activos del Banco Mercantil S.A. (BAMER) que adquiera a

cambio de asumir dichos depósitos, por lo que se hacia necesario que

25

Page 26: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

el Estado por medio del Banco Central de Nicaragua para hacer

efectiva la garantía del 100% de los depósitos que ordena la Ley 371

“Ley de Garantía de Depósitos en Instituciones del Sistema

Financiero, provea al Banco que asuma los depósitos del Banco

Mercantil S.A. (BAMER), las garantías necesarias conforme el Arto 3

de dicha Ley.

La Junta Administradora del BAMER relacionada determinó las Bases

para el “Concurso de Venta de Activos a cambio de asumir depósitos

del BAMER, que entre otros aspectos contempló convocar a concurso

para la venta de activos del BAMER a cambio de asumir los depósitos

contabilizados en el pasivo del BAMER.

La Junta Administradora relacionada separó los activos y pasivos del

BAMER al 28 de Febrero de 2001 entre un balance de activos a

vender a cambio de asumir pasivos y un balance residual que podía

ser liquidado posteriormente.

Conforme las bases elaboradas por la Junta Administradora

relacionada el Banco Central de Nicaragua BCN por cuenta del

Gobierno proporcionaría al Banco adquirente CENI con vencimiento a

3 años, en el monto necesario para cubrir “la Brecha” entre los Activos

y los Depósitos asumidos. El Banco Central de Nicaragua BCN

actuaría como Agente Financiero del Gobierno, y se subrogaría

acreedor del BAMER en lugar de los depositantes por el monto de

dichos CENI, así como de los demás CENI que se tenía que asumir

por el proceso de evaluación de la cartera y otros activos.

Conforme las bases el Balance sería adjudicado al banco concursante

que oferte el menor rendimiento sobre CENI.

Dentro de 180 días a partir de la adjudicación prorrogables por 90 días

más de común acuerdo entre el Banco Central de Nicaragua y el

Banco adquirente, serían evaluados en conjunto la Cartera y Otros

26

Page 27: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Activos del BAMER, en caso de diferencias de criterios, se recurrirá al

arbitraje.

Conforme las bases relacionadas elaboradas por la Junta

Administradora el Banco adquirente recibiría CENI del Banco Central

de Nicaragua para compensar el efecto de cualquier necesidad de

provisión adicional que se identifique en el proceso de evaluación

mencionado, dichos CENI se emitirán con vencimiento a 3 años por el

monto necesario para cubrir la brecha entre activos adquiridos y los

depósitos asumidos en el Balance de Activos a vender a cambio de

asumir pasivos.

Conforme las bases mencionadas dentro del plazo del 180 días a

partir de la adjudicación, el banco adquirente tendría la opción de

devolver al Banco Mercantil S. A. (BAMER) intervenido la cartera D y E

recibiendo CENI del Banco Central de Nicaragua que compense este

efecto.

Así mismo, los activos del BAMER que fueran trasladados al banco

adquirente serán considerados como activos de cero riesgo para

efectos de la norma de Adecuación Capital, dentro del mismo plazo de

90 días, el banco adquirente tendrá la opción de devolver al BAMER,

los bienes de uso y bienes adjudicados que no quiera retener,

recibiendo CENI a cambio, con vencimiento a 3 años plazo.

El Banco Central de Nicaragua establecería para el Banco Adquirente

durante 6 meses un encaje legal de 0% aplicable al incremento de los

depósitos ocasionados por la asunción del Banco Mercantil S.A.

(BAMER).

El BCN proporcionaría una línea contingente de liquidez al Banco

adquirente durante 1 año, para cubrir eventuales problemas de

liquidez ocasionadas por posibles retiros de depósitos, esta línea

tendría una tasa de interés igual a la última tasa anual de rendimiento

27

Page 28: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

obtenida en la subasta de CENI de un año de plazo menos cinco

puntos porcentuales.

Las bases para la licitación de activos del BAMER fueron entregadas a

las 3:00 de la tarde del mismo 3 de marzo de 2001, en la sala de

Juntas de la Superintendencia de Bancos donde el Dr. Noel Sacasa

Cruz informó de la intervención de Banco Mercantil S. A. (BAMER) la

Junta Administradora nombrada entregó las bases de licitación para el

traslado de Activos, convocando a reunión en la Superintendencia de

Bancos a las 10:00 am. del día 4 de marzo del 2001 para oír ofertas,

donde el Dr. Noel Sacasa Cruz Superintendente de Bancos y el Lic.

Esteban Duquestrada advirtieron que el “problema” tenía que quedar

resuelto el día 4 de marzo 2001.

En esta reunión estuvieron presente: el Banco de América Central

BAC; Don Luciano J. Astorga T . ; Banco de Crédito Centroamericano

S.A. BANCENTRO, Don Julio Cárdenas R. y Don Carlos A.

Briceño B . ; Banco Caley Dagnall, Lic. Teresa Montiel, Banco de

Finanzas S. A. (BDF), Lic. Silvio Lanuza; Banco de la Producción

S.A, BANPRO, Arturo Arana Ubieta; Banco de Exportación

BANEXPO, Don Adolfo Arguello, Dr. Noel Sacasa Cruz -

Superintendente de Bancos, Esteban Duquestrada – Ministro de

Hacienda y Crédito Público, Mario Flores Loaisiga – Gerente General

del Banco Central de Nicaragua, Lic. Karla Icaza Meneses –

Intendente de Bancos, Uriel Cerna Barquero- Director Legal de

Superintendencia de Bancos, Piero Cohen, Piero Cohen Hijo,

Vernon Guerrero.

El 4 de marzo a las 10:30 am. en la Sala de Juntas de la

Superintendencia de Bancos se adjudicó al Banco de Crédito

Centroamericano S.A. (BANCENTRO) la operación de transferencia

de activos del Banco Mercantil S. A. (BAMER) para asumir los

depósitos de dicha Institución conforme a las “bases” de licitación

entregadas al ofertar 7,934% de rendimiento, Banco de Finanzas S. A.

28

Page 29: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

(BDF) 12.97% de rendimiento y Banco de la Producción (BANPRO)

23% de rendimiento, todo ante la aprobación del Superintendente de

Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz.

Resulta evidente que acompañando a las bases como cimiento del

montaje para obtener beneficios por el proceso de desincorporación

de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, también se

utilizó el mecanismo de cálculo, en el sentido de que para adjudicar un

banco que por lo que se deduce de la investigación, su adjudicación

estaba predeterminada, los oferentes en el caso de BANCAFE,

BAMER Y BANIC, crearon condiciones para alcanzar la adjudicación

ya que cuando unos ofertaban rendimientos altos, de manera singular

y específica otro de ellos ofertaba bajos rendimientos en comparación

con los otros, así BANCAFE se adjudicó a BDF, y BAMER a

BANCENTRO, y BANIC a BANPRO.

En el caso de INTERBANK, fue una adquisición directa entre

accionistas respaldada por el consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua ya relacionado, el Ministro de Hacienda y Crédito Público,

también relacionado y el Superintendente de Bancos igualmente

incriminado.

Las bases se continuaron constituyendo en la piedra angular sobre la

que se dirigió la operación como se apreciará del conjunto de actos

relacionados en el hecho, que sirvieron para causar perjuicio

económico al estado.

La ideación y ejecución del diseño y elaboración de las bases se le

atribuye al Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, al

Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por

Presidente, Noel Ramírez Sánchez; Miembros, Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez , y al Ministro

29

Page 30: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

de Hacienda y Crédito Público Esteban Duquestrada. Como

resultado de la investigación se logró determinar que las bases fueron

diseñadas por el Superintendente de Bancos, entregadas a la Junta

Administradora BAMER, integrada por Edgar Pereira Deshón,

Presidente, Manuel Centeno Cantillano, Miembro y Carlos Bonilla

López, Miembro, quienes la firmaron y las ofertaron y son los que

aparecen haciendo la solicitud de que intervenga el Banco Central de

Nicaragua como agente financiero del gobierno para terminar

emitiendo CENI.

En el caso BAMER aunque se invocó la ley 371 Ley de Garantía de

Depósitos en Instituciones del Sistema Financiero (FOGADE) para

respaldar los depósito del público para hacer uso de los instrumentos

del Banco Central de Nicaragua llamados CENI necesitaron

nuevamente de las bases y que la petición la hiciera la Junta

Administradora aunque en realidad su elaboración fue en la

Superintendencia de Bancos.

BANIC

El 4 de agosto de 2001 a las 11:45 am el Superintendente de Bancos

Dr. Noel Sacasa Cruz, resolvió mediante Resolución SIB-OIF-IX-69-

51, INTERVENIR el Banco Nicaragüense de Industria y Comercio

S. A. (BANIC), nombrando JUNTA ADMINISTRADORA a : Lic.

Guillermo Lugo Alaniz – Presidente, Lic. Leopoldo Sánchez

Amador (Miembro) Lic. Miguel Ángel Mendoza (Miembro),

teniendo la representación legal del BANIC durante todo el período de

la intervención.

El 5 de agosto del 2001, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua integrado por : Presidente, Noel Ramírez Sánchez;

Miembros, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

30

Page 31: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez dictó Resolución: CD-BCN-XXXV-1-01, a propuesta de su

presidente Dr. Noel Ramírez Sánchez, considerando la Intervención

resuelta por el Superintendente de Bancos Dr. Noel J. Sacasa Cruz y

lo solicitado por la Junta Administradora del BANIC en carta al

Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua relacionado, a fin

de que considere los elementos de solución propuesta en la misma

carta, y considerando la petición del Ministro de Hacienda y Crédito

Público Esteban Duquestrada, en cumplimiento de la Ley de

Garantía de Depósitos en Instituciones del Sistema Financiero,

solicitando al Banco Central de Nicaragua intervenir como Agente

Financiero del Gobierno y por cuenta de éste ponga a disposición los

Recursos y garantías necesarios para el cumplimento de la garantía

del Estado sobre los depósitos del publico en BANIC.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua relacionado, en

la Resolución CD-BCN-XXXV-1-01 Resolvió: Facultar a la

administración del Banco Central de Nicaragua para que a nombre del

Banco Central de Nicaragua, por solicitud del gobierno actúe como

Agente Financiero y ponga a disposición del Sistema de Garantías de

depósitos por cuenta del gobierno, los recursos y las garantías para

cumplir con la garantías del estado sobre el 100% sobre los depósitos

público en el Banco Nicaragüense de Industria y Comercio S. A.

BANIC.

Igualmente el Consejo Directivo del BCN autoriza flexibilizar las

normas de encaje legal y créditos de liquidez a favor del Banco que

resulte adjudicado en la subasta de activos y depósitos del BANIC.

El 4 de Agosto de 2001 la Junta Administradora relacionada determinó

que era necesario asegurar que los depósitos del Banco Nicaragüense

de Industria y Comercio S.A. (BANIC) sean asumidos a lo inmediato

por otra entidad Bancaria; así mismo, que no era posible que el banco

que asuma los depósitos pueda realizar una evaluación satisfactoria

31

Page 32: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

de los activos del BANIC que reciba a cambio de asumir dichos

depósitos, por lo que el Estado por medio de Banco Central de

Nicaragua (BCN) para hacer efectiva la garantía deberá proveer al

banco que asuma los depósitos las garantías necesarias

estableciendo la Junta Administradora relacionada las Bases para

proceder con el apoyo del Gobierno a convocar a concurso de venta

de dichos depósitos en conjunto con una contraparte de activos,

conforme a separación de activos y pasivos que haría la Junta

Administradora del BANIC al 3 de agosto 2001, entre Balance a

vender en bloque y balance residual que podía ser liquidado por

separado posteriormente.

El Banco Central de Nicaragua de acuerdo a las bases elaboradas por

la Junta Administradora relacionada proporcionaría CENI al Banco

adquirente por cuenta del gobierno con vencimiento a 3 años en el

monto necesario para cubrir la brecha entre los activos adquiridos y los

depósitos asumidos.

El Banco Central de Nicaragua como Agente Financiero del Gobierno

se subroga acreedor del BANIC en lugar de los depositantes por el

monto de dichos CENI, así como de los demás CENI que tendría que

emitir para compensar el efecto de cualquier provisión adicional que se

identifique en el proceso de evaluación de la Cartera y otros activos o

por aplicación de normas prudenciales.

Los CENI se emitirían con vencimiento de 3 años, el Banco

adquirente tenía que tomar control de inmediato de la cartera de

créditos contenida en el Balance licitado con el fin de Administrarla y

cobrarla, para minimizar su deterioro mientras no se evaluaran los

préstamos dentro de las siguientes circunstancias: - Al 31 de

Diciembre de 2001, la cartera y otros activos serian evaluados en

conjunto por el Banco adquirente (en este caso BANPRO) y el Banco

Central de Nicaragua. - Al 15 de Octubre 2001, debía estar concluida

la evaluación conjunta y formalizada la aceptación o rechazo de una

32

Page 33: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

proporción de cartera del 50% del valor total de libros, contemplando

el arbitraje en casos de diferencias de criterios. - Expirado el plazo al

31 de diciembre 2001, la parte de la cartera no devuelta ni sometida a

arbitraje se consideraría aceptada por el Banco Adquirente. - Al 31

de Diciembre del 2001, el Banco adquirente tendría la opción de

devolver al BANIC la cartera D y E recibiendo a cambio CENI con

vencimiento a 3 años plazo. - Hasta el 31 de diciembre 2001, los

activos se considerarían de “0” riesgo para efecto de adecuación de

capital, de todos los activos de BANIC que se trasladaron al banco

adquirente. - Además se concedieron 90 días a partir del 31 de

Diciembre del 2001, al banco adquirente para corregir cualquier

adecuación de capital a causa de los activos adquiridos del BANIC. -

Además se concedió 12 meses de encaje legal de “0”% aplicado al

incremento de depósitos por la Asunción de los depósitos del BANIC.

- Además una línea de crédito especial contingente de liquidez por 12

meses, pasando el Balance residual del BANIC a liquidación forzosa.

El 5 de Agosto 2001, a las 9:00 am en la sala de juntas de la

Superintendencia de Bancos se dio apertura a las ofertas en la

licitación de Activos y Asunción de pasivos, el Banco de Crédito

Centroamericano S.A. (BANCENTRO) ofertó 12.0625% de tasa de

rendimiento, el Banco de la Producción S.A. (BANPRO) ofertó

11,4903% de tasa de rendimiento, adjudicándole al Banco de la

Producción S. A. (BANPRO) la adquisición de Activos y asunción de

pasivos del BANIC, estando presentes en este acto: Banco de

América Central (BAC) Luciano Astorga T.; Banco de Crédito

Centroamericano (BANCENTRO), Roberto Zamora ; Banco Caley

Dagnall Lic. Teresa Montealegre; Banco de Finanzas S. A. (BDF)

Silvio Lanuza; Banco de la Producción (BANPRO) Arturo Arana

Ubieta; Banco de Exportación (BANEXPO) Adolfo Arguello;

Superintendencia de Bancos (SIB), Noel Sacasa Cruz; Banco Central

de Nicaragua (BCN) Gerente General Mario Flores Loaisiga, Junta

Administradora BANIC, Presidente Guillermo Lugo Alaniz, las

33

Page 34: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

ofertas fueron entregadas al Lic. Miguel Angel Mendoza (Miembro)

de la Junta Administradora.

Al momento de la intervención de INTERBANK y BANCAFE no existía

una ley que estableciera una garantía para asegurar los depósitos del

público en los bancos del Sistema Financiero, por lo que las

decisiones sobre los términos de las bases y el respaldo concedido

por el Banco Central de Nicaragua y el Ministerio de Hacienda y

Crédito Público son responsabilidades atribuidas a los funcionarios de

ambas instituciones ya relacionados ya que la consecuente emisión de

CENI causó perjuicio al estado.

La existencia jurídica de la “Ley del Fondo de Garantía de Depósitos

(FOGADE)” se da a partir del 30 de enero del 2001 y su reforma

posterior el 31 de julio del 2001, a través de las leyes No. 371 y 401

respectivamente, deja claro e inequívocamente señalado en el tiempo

que para las intervenciones del los Bancos INTERBANK y BANIC, no

existía base jurídica formal expresa para respaldar dichos depósitos

del público en el Sistema Financiero Nacional, actos de los que son

responsables las respectivas Juntas Administradoras y miembros del

Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, el Ministro de

Hacienda y crédito público, y el Superintendente de Bancos

abundantemente relacionados en el cuerpo de esta acusación.

A la cabeza de la Superintendencia de Bancos autorizando las

Intervenciones de los Bancos: Banco Intercontinental S.A.

(INTERBANK), Banco del Café de Nicaragua S. A. (BANCAFE), Banco

Mercantil S. A. (BAMER), Banco Nicaragüense de Industria y

Comercio S.A. (BANIC), estuvo el Dr. Noel Sacasa Cruz,

Superintendente de Bancos de la época, el Consejo Directivo del

Banco Central de Nicaragua por formado por Presidente, Noel

Ramírez Sánchez; Miembros, Esteban Duquestrada, Ministro de

Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez,

Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;

34

Page 35: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Ricardo Parrales Sánchez, a propuesta del Dr. Noel Ramírez

Sánchez y con intervención del Ing. Esteban Duquestrada, con la

participación de las Juntas Administradoras y Liquidadoras para ofertar

las bases como que si ellos habían elaborado los Balances de los

banco ofertados.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua BCN dictó las

Resoluciones relacionadas otorgando facultades al presidente del

Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez para

mantener supuestamente la estabilidad monetaria y el normal

desenvolvimiento de los pagos internos y externos.

El Presiente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez

Sánchez con facultades discrecionales otorgadas por el Consejo

Directivo del Banco Central de Nicaragua, hace que el Banco Central

de Nicaragua intervenga otorgando Asistencia Financiera al conjunto

de Bancos desincorporados: INTERBANK, BANCAFE, BAMER, y

BANIC, conforme se gesta el proceso de intervenciones y

nombramientos de Juntas Administradoras y Liquidadoras según el

caso.

Así mismo el BCN, a través de Juntas Administradora y/o Liquidadoras

nombradas por el Superintendente de Bancos Noel Sacasa Cruz,

crearon las condiciones para desarrollar una operación compleja que

tuvo como escenario el proceso de desincorporación de bancos y el

cálculo de beneficio y favorecimiento a grupos económicos como

BANPRO, BDF, Y BANCENTRO, en perjuicio del Estado.

En el caso de INTERBANK se preparó un acuerdo entre accionistas

que se respaldo por la Junta Administradora de mayoría y a su vez

sirvió de razones y justificación para la intervención del Banco Central

de Nicaragua, así como de Hacienda, a vista y complacencia del

Superintendente de Bancos y de todos los operadores del Sistema

Financiero. EN ESTE CASO SE LLAMÓ ACUERDO DIRIGIDO A LA

35

Page 36: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

COMPRA DE ACTIVOS Y PASIVOS DEL INTERBANK POR PARTE

DEL BANPRO.

Por parte de BANCAFE la Junta Liquidadora elaboró lo que se llamó

BASES PARA LA VENTA AL MARTILLO CONJUNTA DE ACTIVOS Y

DEPÓSITOS DEL BANCO DEL CAFÉ DE NICARAGUA S.A.

En el caso de BAMER la Junta Administradora preparó lo que se

denominó BASES PARA EL CONCURSO DE VENTA DE ACTIVOS,

A CAMBIO DE ASUMIR DEPOSITOS, DEL BANCO MERCANTIL S.A.

Para el BANIC la Junta Administradora diseñó lo que se llamó BASES

PARA CONCURSO DE VENTA CONJUNTA DE ACTIVOS Y

DEPOSITOS DEL BANCO NICARAGUENSE DE INDUSTRIA Y

COMERCIO, S.A.

A través de las bases establecieron condiciones para la asistencia

financiera a los bancos y la emisión de Certificados Negociables de

Inversión CENI que surgieran de la evaluación conjunta de las carteras

entre Banco Central de Nicaragua y los bancos adquirentes en

concepto de brecha, dentro de los plazos y dentro de los alcances

que se diseñaron en cada base y en el acuerdo de los accionistas en

el caso de INTERBANK.

Los términos de las bases en el caso de INTERBANK y BANCAFE

solicitaron la intervención del gobierno mediante el roll del Banco

Central de Nicaragua de agente financiero para respaldar la brecha

que resultare, por no existir base legal expresa para fundar semejante

acto a través de la actuación de las Juntas Administradora y

Liquidadoras respectivas crearon el ambiente necesario a través de

las bases para que el Banco Central de Nicaragua y su Consejo

Directivo pudiera justificar que intervenían incluso hasta en la

calificación de cartera y en supuesto respaldo de los depósitos del

público, aparentemente por petición de las juntas administradoras,

36

Page 37: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

solicitud que respaldó el Ex Ministro de Hacienda, Esteban

Duquestrada, todo sin una base jurídica expresa que respaldara el

alcance de tales actuaciones en nombre del gobierno del Ex

presidente Arnoldo Alemán Lacayo, por que es el Ing. Esteban

Duquestrada el que hace la solicitud para que el BCN intervenga en

nombre del gobierno haciendo eco de la petición de las Juntas

Administradora y Liquidadoras respectivamente de manera que

concertadamente complementaron sus actuaciones.

De acuerdo a la asignación de roles el Superintendente Dr. Noel

Sacasa Cruz intervino todos y cada uno de los bancos: INTERBANK,

BANCAFE, BAMER, BANIC, nombrando Juntas Administradoras y/o

Liquidadoras en su caso.

Los accionistas de bancos (caso INTERBANK) y/o Juntas

Administradoras y/o Liquidadoras en los casos de BANCAFE, BAMER,

BANIC, prepararon los términos de las Bases que establecieron en

que circunstancias y condiciones se otorgaría la asistencia financiera,

la emisión de CENI para respaldar brecha de los balances de cada

banco; solicitando la garantía del estado, misma que era solicitada y

ofrecida por el Ministro de Hacienda y Crédito Público Ing. Esteban

Duquestrada, consecuentemente el Consejo Directivo del Banco

Central de Nicaragua a solicitud de su presidente Dr. Noel Ramírez

Sánchez, aprobó exactamente en los términos, en los plazos y en las

condiciones que establecieron las Juntas Administradora y/o

Liquidadoras y que comprometían al Estado.

Esta es la aparente base jurídica sobre la que se erige una de las

operaciones financiera que ha causado enorme perjuicio al estado y

pueblo de Nicaragua, bases sobre las cuales se creó un proceso

complejo de operaciones con grupos financieros como: BANPRO,

BANCENTRO, Y BDF que les dejó beneficios exhorbitantes en tiempo

record y la consecuente ruina del estado nicaragüense y de sus

conciudadanos.

37

Page 38: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Estamos ante una de las operaciones fraudulentas más oprobiosas del

país, que permitió adoptar decisiones y acuerdos abusivos en

beneficio de terceros y en perjuicio de la sociedad, alterando

información financiera presentando una situación distorsionada de

forma idónea para causar perjuicio económico a la sociedad,

permitiendo que terceros se aprovecharan con conocimiento de causa

de tales decisiones y acuerdos abusivos, practicados por al influencia

ejercida en la adopción de decisiones en beneficio de terceros y en

detrimento del patrimonio del estado, misma que ha dejado un

perjuicio al menos de CIENTO VEINTE MILLONES DE DÓLARES

(US$120.000.000.00) por emisión de CENI, mas los altos intereses

que devengó a corto plazo, CIENTO SESENTA MILLONES DE

DÓLARES (US$160.000.000.00) entre los años 2002 al 2004,

CIENTO ONCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL

DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS

DE DÓLARES (US$111,920.289.28) adicionales en intereses como

consecuencia de la recompra de CENI, si consideramos que la

obligación del Estado en la desincorporación de los bancos a

respaldar en caso que fuera legítimo hacerlo, era aproximadamente de

DOSCIENTOS DOCE MILLONES DE DÓLARES

(US$212.000.000.00). Así como TRES MIL CIENTOS SEIS

MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DIECIOCHO

CÓRDOBAS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS

(C$3,106,748,518.44) por haber vendido los activos residuales de los

bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, a través de

subastas, a un precio menor a su valor en libros, aspecto último que

relacionaré en el cuerpo de esta acusación cuando me refiera al hecho

de la subasta.

En el cálculo de la brecha hay que considerar que los activos de

bancos desincorporados principalmente la cartera de crédito fue

desmejorada durante el proceso de evaluación de la misma a partir de

la aceptación de las bases de ofertas. También contribuyó a aumentar

38

Page 39: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

la brecha, las obligaciones con terceros que no correspondían a

depósitos del público. La recalificación de cartera que como

consecuencia de recomponer la brecha inicial que ofertaron los

bancos en sus balances e igualmente la aplicación de normas

prudenciales de un banco en marcha a un banco en liquidación, así

como el tiempo que la cartera permaneció bajo la administración y

cobro de los bancos adquirentes. El otro aspecto fue el desmerito en

el valor de los activos residuales igualmente desde el tiempo en que

permanecieron en revisión en los bancos adquirentes y que

devolvieron posteriormente a las Juntas Administradoras y/o

liquidadoras, así como la aplicación de criterios de transmisión de los

activos residuales de la junta liquidadora al BCN, que desmejoraron

sustancialmente su valor en libros conforme criterio inventados pues

no existe ninguna norma que le sea aplicable para desmejorar en la

calidad y cantidad que lo hicieron y la posterior subasta que fue un

manjar del que gozaron adquiriendo bienes, personas muy

informadas acerca de los bienes sobre los que debían de ofertar para

ser adjudicados.

La recompra de CENI, se da producto de que el Consejo Directivo del

Banco Central de Nicaragua Presidente, Mario Bernardo Alonso

Icabaceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de

Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez,

Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;

Ricardo Parrales Sánchez, observan que es impagable la obligación

del gobierno producto de CENI, que había que legitimarla y que había

que diferirla en el tiempo porque la misma superaba las reservas

internacionales y técnicamente tenían quebrado al país, aspecto que

abordaré de manera detallada en el cuerpo de esta acusación.

En el proceso de desincorporación de bancos solamente en el caso de

INTERBANK y BANCAFE la Superintendencia de Bancos aprobó

los informes de liquidación de la Junta Liquidadora correspondiente y

en el caso de BANIC Y BAMER éste último se encuentra en el limbo

39

Page 40: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

total, todavía mantiene oficina la Junta Liquidadora, y el BANIC, su

Junta Liquidadora mantiene una controversia con la Superintendencia

de Bancos que no permite conciliar los actos del finiquito, aún así los

activos residuales continúan siendo administrado por el Banco Central

de Nicaragua.

La brecha real debió surgir de la diferencia entre los depósitos del

público y la cartera de los bancos desincorporados, es decir, con lo

que disponía cada banco en concepto de activos y la diferencia con

las obligaciones o pasivos. Técnicamente hablando: disponibilidades

e inversiones, cartera de prestamos, por un lado y por el otro los

depósitos del público, la diferencia entre ambos dará la brecha, que es

lo mismo decir que la brecha es el resultado de restar el déficit bruto a

la masa de bienes.

El déficit no cubierto más los gastos de administración darían el déficit

bruto y la masa de bienes la formarían todas las recuperaciones de los

bancos desincorporados que incluye recuperaciones efectivas de

bienes, ventas de activos residuales efectuadas por las Juntas

Liquidadoras, activos residuales entregados al BCN por la Junta

Liquidadora, pagos de pasivos de corto plazo.

La diferencia entre déficit bruto y masa de bienes daría la brecha justa

vista desde una operación técnica correctamente efectuada, pero en el

caso que nos ocupa la brecha se estructuró con una base inicial que

dieron las juntas administradora al momento de ofertar los balances de

cada banco, que posteriormente fue evaluado por el equipo de

técnicos del Banco Central de Nicaragua, que dio lugar a otra

calificación y que a su vez fue negociada por otra instancia por los

funcionarios del BCN y funcionarios del Bancos Adquirentes donde

finalmente establecieron una calificación a la que consecuentemente

se le incorporaron obligaciones de los bancos que no son depósitos

del público como lo son obligaciones con organismos financieros

nacionales o internacionales.

40

Page 41: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La operación fue tan brutal, que al 20 de agosto de 2003, estaban

emitiendo CENI por C$6,629,379.39 Córdobas valor facial del BANIC

en respaldo a BANPRO, y ya estaban vencidos los CENI que del 27

de abril 2002 y 29 de septiembre 2002, que fueron emitidos de

BANCAFE a favor de BDF, y de INTERBANK a favor de BANPRO,

que meses atrás habían emitido, es decir que no habían terminado de

emitir los CENI cuando ya estaban pagando los mismos y esa es la

razón por la que se ven obligados a la recompra, no por un salvataje,

sino, para no poner en evidencia que habían emitido CENI por encima

de las reservas internacionales y que técnicamente hablando habían

quebrado el país y les urgía redimensionar el flujo de pagos de lo que

manera detallada mas adelante en el cuerpo de esta acusación me

referiré con precisión.

RELACION DE HECHOS EN EL INTERBANK EN EL PROCESO DE

DESINCORPORACION DE BANCOS.

El 7 de Agosto de 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz nombra ADMINISTRADOR de INTERBANK al Lic.

Guillermo Lugo Alaniz, en la resolución de Intervención, en adelante

sustentaría la representación legal del INTERBANK.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:

Presidente, Mario Bernardo Alonso Icabaceta. Miembros:

Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez, en Resolución No. CD-BCN-XXXIII-1-2000, facultó al Dr.

Noel Ramírez Sánchez, “tomar las acciones necesarias para

respaldar la liquidez del Sistema Financiero y garantizar los depósitos

del Público en INTERBANK.

41

Page 42: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

El presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez

Sánchez, aprobó Asistencia Financiera por US$88.9 millones de

dólares a INTERBANK. El Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua ya relacionado, en Sesión 35 del 11 de agosto 2000 CD-

CBC-XXXV-1-00 faculta al presidente del BCN Dr. Noel Ramírez

Sánchez, modificarle tasa de encaje legal, bien emitir y colocar títulos

valores conforme estableciera la administración del Banco Central de

Nicaragua.-

El 15 de agosto de 2000, el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz, amplió la Junta Administradora de INTERBANK,

mediante resolución (SIB-OIF-VIII-91-2000) integrada por: Rodolfo

Delgado Caceres, Mario Flores Loaisiga, éste último a su vez

Gerente General del Banco Central de Nicaragua, formando mayoría

de Junta Administradora de INTERBANK.

El 5 de Septiembre 2000 la Junta Administradora de mayoría formada

por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga, presentó

informe sobre “la grave iliquidez e insolvencia del INTERBANK; por lo

que recomendó liquidarlo forzosamente.

El Superintendente de Banco Dr. Noel Sacasa Cruz amplió el plazo

de intervención de INTERBANK por 30 días más a partir del 6 de

Septiembre del 2000 para que la junta administradora ampliara su

informe sobre acciones encaminadas a proteger los intereses de los

depositantes y preservar la estabilidad del Sistema Financiero.

El 8 de octubre 2000 la mayoría de administradores de INTERBANK,

Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loásiga presentaron

informes al Superintendente Dr. Noel Sacasa Cruz, con fecha del 6

de Octubre 2000 ( fecha de vencimiento de la primera ampliación del

plazo de 30 días de la Junta Administradora INTERBANK),

recomendando que bajo las condiciones de mercado no es posible

continuar operando el INTERBANK ni seria posible llevar a acabo una

42

Page 43: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

fusión o adquisición por otro banco, procediendo la Junta

Administradora formada por mayoría por Rodolfo Delgado Cáceres y

Mario Flores Loáisiga, (Gerente General del Banco Central de

Nicaragua), analizada la propuesta de compra del BANPRO deciden

proceder a la venta de los activos y pasivos de INTERBANK a

BANPRO sujeto a que los órganos competentes del estado: Consejo

Directivo del Banco Central de Nicaragua relacionado y el Ministro de

Hacienda y Crédito Público, Esteban Duquestrada , aprobaran los

requisitos solicitados.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua formado por:

Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez; Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, dictó

Resolución favorable al Respecto, el mismo 8 de octubre 2000, en

Resolución CD- BCN- XLIX-1-2000 a propuesta de su presidente Dr.

Noel Ramírez Sánchez.

El 9 de Octubre 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa

Cruz mantiene la intervención en el INTERBANK hasta tanto la Junta

Administradora finalizare los trámites legales de traslado de los

activos y pasivos de INTERBANK a BANPRO. Resolución SIB-OIF-

VIII-111-2000.

Habiendo respaldado el Superintendente de bancos Dr. Noel Sacasa

Cruz la compra de activos de INTERBANK por BANPRO y dictado una

Resolución ampliando indefinidamente la Intervención de INTERBANK

y consecuentemente la actuación de la Junta Administradora formada

por Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga.

Por Resolución del Superintendente de Banco Dr. Noel Sacasa Cruz

mediante SIB-OIF-IX-40-2001 del 7 de mayo 2001 de las 9:00 am

ordena proceder a solicitar a un Juez Civil de Distrito de Managua la

43

Page 44: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

liquidación forzosa de INTERBANK. Señaló que los accionistas de

INTERBANK al momento de intervenirse el INTERBANK, se

ampararon en contra de la intervención ordenada por el

Superintendente de Bancos.

Se declaró el Estado de liquidación forzosa de INTERBANK el 9 de

Mayo del 2001, a las 3:00 pm por Resolución dictada por el Juez

Quinto Civil de Distrito de Managua.

El Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, en Resolución

SIB-OIF-IX-46-2001 del 16 de Mayo 2001 de las 9:00am nombra

JUNTA LIQUIDADORA a: Lic. Rodolfo Delgado Cáceres,

Presidente de la Junta Liquidadora, Dr. Juan José Rodríguez

Guardián, Miembro, también Director de Asuntos Jurídicos del

BCN. Lic. Estelina López Conde, Miembro, también alto funcionario

del BCN, quien desde el 7 de Septiembre 2000 se desempeñaba

como Gerente del INTERBANK Intervenido bajo la Administración de

la junta Administradora ya relacionada.

El Superintendente de Banco Dr. Noel Sacasa Cruz por resolución:

SIB-OIF-049-2001, del 24 de Mayo 2001 de la 2:00 pm sustituye en la

Junta Liquidadora a Estelina López Conde por el Lic. Fernando

Rodríguez Alaniz, junto con el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y el

Dr. Juan José Rodríguez Gurdian, como Junta Liquidadora de

INTERBANK, pasando Estelina López Conde por delegación del Lic,

Mario Flores Loáisiga a coordinar el proceso de calificación y

negociación de la cartera de el INTERBANK y de el Banco del Café

S.A. BANCAFE para establecer la brecha a respaldar con CENI.

Los señores miembros de la Junta de administradores de mayoría del

INTERBANK Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loaisiga,

son los responsables de haber aceptado una compra de activos y

pasivos de INTERBANK propuesta por accionistas de INTERBANK y

44

Page 45: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

BANPRO con fecha del 6 de octubre 2000, dirigida a la atención de

Rodolfo Delgado Cáceres, conteniendo los requisitos que involucraban

de forma directa al BCN, a la SIB y al Ministerio de Hacienda y Crédito

Público, a través de su correspondiente representante en la época.

La propuesta contenía los siguientes requisitos:

1.- Las deudas del Grupo Centeno con INTERBANK y las deudas del

INTERBANK por asistencia financiera recibida por la Intervención se

separarían de los libros del INTERBANK. El Banco Central de

Nicaragua se pagaría Los saldos financiados utilizando la cartera del

Grupo Centeno.

2.- Exigían como garantía de la cartera del INTERBANK. Que el

BANPRO asumiría todos los créditos calificados A, B, C con su

reserva.

Los créditos D y E los asumía el BCN, quedando en administración del

BANPRO por pago de comisión.

- Los créditos no asumidos por BANPRO incluyendo capital

más intereses más las reservas calculadas en el proceso de

evaluación de cartera, le seria restituida a BANPRO con CENI

del BCN a 2 – 4 años plazo y una tasa de interés igual al

promedio resultante de la ultima subasta efectuada al

momento de la restitución.

- La vigencia de esta garantía por el Banco Central de

Nicaragua finalizaba, terminado el plazo de 180 días

señalado para evaluar la cartera INTERBANK pudiendo

ampliar el plazo en 90 días más para evaluar la cartera.

- El Banco Central de Nicaragua restituiría al BANPRO

cualquier tipo de deuda o contingencia no revelada por los

estados financieros de INTERBANK.

- Transcurrido los 180 días más la prorroga de 90 días, se

tomaría una decisión sobre los créditos que asumiría el

BANPRO de la cartera evaluada a este momento y “la

45

Page 46: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

garantía” del Banco Central de Nicaragua se extendería sobre

préstamos y activos no evaluados.

- La Superintendencia de Bancos debía dispensar a BANPRO

por 6 meses cumplir con los requisitos mínimos de Encaje

Legal sobre los depósitos “comprados a INTERBANK.

- El Banco Central de Nicaragua debía garantizar una línea de

crédito al BANPRO para evitarle problemas de liquidez, a

partir de la firma de este acuerdo por 12 meses y tenía que

ser suficientes para cubrir cualquier problema de liquidez.

- La Superintendencia de Bancos emitiría resolución

dispensando a BANPRO cumplir con los requisitos mínimos

de adecuación de capital durante el período que dure la

evaluación de cartera de INTERBANK.

- Trasladados los Activos y Pasivos de INTERBANK a

BANPRO, la Superintendencia de Bancos emitiría Resolución

permitiendo al BANPRO cumplir con requisitos de adecuación

de capital en forma gradual en 12 meses adicionales a los 6

meses de evaluación de la cartera de INTERBANK.

- El Banco Central de Nicaragua gestionaría que la deuda de la

Financiera Nicaragüense de Inversiones FNI con INTERBANK

sea trasladada a deuda subordinada en BANPRO a plazo de

8 años.

- Otorgar a BANPRO la primera opción como comprador o

arrendador de los Activos Fijos en que esta operando

INTERBANK. La propuesta la firman los accionistas: Enrique

Deshon Duquestrada, Javier Bone Pantoja y Leonel

Arguello Ramírez y Accionistas de BANPRO entre ellos

Arturo Arana Ubieta, y Ramiro Ortiz Mayorga.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua es el

responsable, así mismo la Junta Administradora en mayoría es la

responsable de haber trasladado los activos y pasivos de

INTERBANK a BANPRO bajo condiciones de total desprotección de

46

Page 47: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

los intereses del Banco Central de Nicaragua y del Estado de

Nicaragua en operaciones de accionistas de Bancos Privados.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua es el

responsable de emitir Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000 el 8 de

octubre 2000 a propuesta de su presidente: Dr. Noel Ramírez

Sánchez, para hacer viable la propuesta de compra parcial de los

activos y pasivos del INTERBANK por BANPRO, que sirvió de Base

para impulsar el proceso de calificación y reclasificación de cartera

de INTERBANK y emisión de CENI para respaldar la Brecha entre

Activos y Pasivos del INTERBANK que ocasionó enorme perjuicio

al Estado de Nicaragua al resolver:

- Aceptar el Banco Central de Nicaragua la Cesión y Endoso de

la Cartera INTERBANK identificada con el grupo CONAGRA o

Grupo CENTENO identificada de común acuerdo con dicho

Banco, en concepto de transferencias de las acredurías

respectivas, para que sus recuperaciones fueren aplicadas al

saldo pendiente por la asistencia financiera otorgada por el

Banco Central de Nicaragua al INTERBANK hasta el 6 de

Octubre del 2000.

- El Banco Central de Nicaragua y Banco de la Producción

BANPRO evaluaron la cartera INTERBANK en 180 días a

partir del 8 de Octubre de 2000 (Prorrogables por 90 días

adicionales).

- El Banco Central de Nicaragua emitiría CENI a favor del

BANPRO para cubrir la brecha negativa entre los activos y

pasivos del INTERBANK que resulte de la evaluación de

cartera, los CENI se emitirían a partir del 9 de octubre de

2000 con plazo de 2 a 4 años y una tasa de descuento igual al

promedio ponderado resultante al promedio de la última

subasta anterior a la fecha de emisión.

47

Page 48: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

- Las recuperaciones hasta llegar a Balance “0”, neto de gastos

y comisiones serían a favor del Banco Central de Nicaragua.

- La cartera D y E sería transferida al Banco Central de

Nicaragua, y seguiría bajo la administración del BANPRO por

Comisión a ser negociada por el Banco Central de Nicaragua

y el BANPRO.

- El Banco Central de Nicaragua; otorgaría línea de crédito

contingente especial de liquidez por 12 meses al BANPRO en

caso de que la “Compra” de los Activos y Pasivos del

INTERBANK le ocasionare problemas de liquidez.

- Un encaje legal de “0” por ciento de riesgo de 6 meses por el

traslado de los depósitos del INTERBANK.

- La autorización de la Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000 sería

respaldada en los próximos 30 días por una garantía del

Estado a favor del Banco Central de Nicaragua, para cubrir

los montos que el Banco Central de Nicaragua no lograra

recuperar de la asistencia financiera.

La Junta Administradora de mayoría del INTERBANK formada por:

Lic. Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loásiga, es la

responsable de todos los actos practicados bajo su Administración,

contenido expresamente en el Informe sobre la situación de

INTERBANK, en base al estado financiero del 5 de Octubre 2000 y

del acuerdo de compra de activos y pasivos del INTERBANK por

BANPRO del 06 de Octubre 2000, sobre el cual decidieron vender a

propuesta del BANPRO, aceptando sus condiciones y requisitos,

decisión de venta sobre la que el Consejo Directivo del Banco

Central de Nicaragua relacionado, fundó su Resolución perniciosa.

48

Page 49: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La Junta Administradora relacionada, igualmente es la responsable

de haber transferido la cartera de INTERBANK al BANPRO para su

proceso de evaluación conjunta con funcionarios del Banco Central

de Nicaragua, para establecer “la brecha” del balance entre activos

y pasivos sin supervisión, sin control, sin incidencia de la Junta

Administradora

Como señalamos, el proceso de calificación, recalificación y

negociaron de la cartera del INTERBANK lo dirigió y coordinó

Estelina López Conde, quien contrató al personal de su confianza

que primeramente estuvo bajo al subordinación de la Junta

Administradora y posteriormente bajo la subordinación del Banco

Central de Nicaragua, este grupo de evaluadores fueron los que

calificaron la cartera aplicando los criterios prudenciales contenidos

en la norma para ser aplicada a un banco en marcha, obviando que

el INTERBANK se encontraba en liquidación y no consideraron bajo

ninguna circunstancia el tiempo en que la Junta Administradora

dejó sin gestión de cobro la cartera del INTERBANK,

desmejorándola aún más, este grupo de evaluadores lo

conformaron: TANIA JARQUIN MAIRENA, MARIA CONCEPCION

GUTIERREZ MENA, MARIA EUGENIA KINSING, ELIZABETH DE

LOS ANGELES GARCIA SANCHEZ, NIDETH BUITRAGO PEÑA,

XIOMARA DOMINGA CABALLERO, KIRSY ANIELKA MARIN

CUAREZMA, HADALINE BRITTON FLORES, Y MIRTHA LIGIA

GUTIERREZ GUIDO, dentro de otros, los que fueron identificados

claramente en nuestra investigación, AL EQUIPO EVALUADOR se

le asignaba un expediente con una previa calificación, luego de

aplicar las normas prudenciales asignaban una nueva calificación y

entregaban las fichas a la coordinadora de grupo de evaluadores,

esta a su vez entregaba un consolidado o resumen a Estelina

López Conde, quien negociaba con funcionarios de BANPRO la

calificación final de la cartera, en algunas ocasiones participaron los

evaluadores en las reuniones de negociación, posteriormente

quedó participando Estelina López Conde, eventualmente alguna

coordinadora que invitaba, hasta terminar siendo firmadas por el Sr.

49

Page 50: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Carlos Cerda García, Gerente Financiero del Banco Central de

Nicaragua y el Sr. Mario Flores Loáisiga, Gerente General del

BCN. Este fue el mecanismo, la ruta de ejecución y el modo con

que se construyó establecer una brecha sin dominio ni intervención,

ni de la Junta Administradora, ni de la Junta Liquidadora, por un

monto de principal cuyo universo es producto de la combinación,

manipulación y cálculo de factores como tiempo, falta de control,

ausencia de supervisión, recalificación de cartera y sobre todo la

tolerancia de los funcionarios del Banco Central de Nicaragua y

representantes de los accionistas quienes omisivamente y

activamente, contribuyeron a causar el daño económico al estado y

gobierno de Nicaragua.

Los miembros de la Junta Administradora de mayoría formada por

Rodolfo Delgado Cáceres y Mario Flores Loáisiga, así como la

Junta Liquidadora del INTERBANK, formada por Rodolfo Delgado

Cáceres, Juan José Rodríguez Gurdián, y Fernando Rodríguez

Alaniz, son responsables de no haber participado en el proceso de

clasificación, reclasificación de la cartera de INTERBANK,

permitiendo que funcionarios del Banco Central de Nicaragua

encabezados por Estelina López Conde y coordinado por el

Gerente General del Banco Central de Nicaragua Lic. Mario Flores

Loáisiga, y el Director de la Gerencia Financiera Lic. Carlos Cerda

García, hayan negociado la calificación de la cartera de

INTERBANK, entre BANPRO y el Banco Central de Nicaragua, sin

su participación, y aprobación, emitiéndose CENI sin control de la

Junta Administradora, CENI que equilibraban supuestamente el

Balance vendido y que terminó causando sendo perjuicio al Estado

de Nicaragua.

ACTUACIÓN DE LA JUNTA LIQUIDADORA DE INTERBANK EN

LOS HECHOS POR LOS QUE SE ACUSA.

50

Page 51: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La Junta Liquidadora de INTERBANK formada por: Lic. Rodolfo

Delgado Cáceres, Presidente, Dr. Juan José Rodríguez Guardián,

Miembro, y Fernando Rodríguez Alaniz, Miembro, es la

responsable por los actos de liquidación de los activos residuales del

INTERBANK, comprendiendo las recuperaciones y los gastos

practicados.

También sus miembros son los responsable de las transferencias de

Activos residuales y otros Bienes al Banco Central de Nicaragua en

concepto de pago por la asistencia financiera al INTERBANK, así

como de aceptar cualquier modificación al balance del INTERBANK,

como consecuencia de devolución de activos o calificación de cartera

que significó emitir CENI para equilibrar el balance entre activos y

pasivos del INTERBANK, que causaron perjuicio al Estado.

Sus miembros también son igualmente responsables de dejar en

abandono el proceso de negociación de cartera, ya que por cualquier

modificación sobre la calidad de la Cartera se emitió CENI que

modificaba el balance General inicial de INTERBANK en liquidación,

para descontar esos créditos del valor total de activos para determinar

la “Brecha Real” por la que se emitió CENI.

La Junta Liquidadora del INTERBANK, operó en el período del 1 de

Junio 2001 al 31 de Mayo 2004, es decir, casi 3 años, sin tomar en

cuenta los 9 meses que operó la Junta Administradora; dirigida

también por el Lic. Rodolfo Delgado Cáceres, quien fue presidente

tanto de la Junta Administradora como de la Junta Liquidadora del

INTERBANK, en un período que duró casi 4 años, siendo responsable

del los actos practicados como administrador y como liquidador al

formar parte de ambas Juntas.

La Junta Liquidadora relacionada del INTERBANK, recuperó la

cantidad de C$210,348,330. millones de córdobas, por cartera de

crédito, tarjetas de crédito y venta de bienes adjudicados.

51

Page 52: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Los gastos por la Junta Liquidadora relacionada del INTERBANK,

fueron de C$88,225,706.96 millones de córdobas, en concepto de

sueldos, beneficios al personal, gastos por servicios externos, gastos

por transporte y comunicación, gastos de infraestructura y gastos

generales.

La Junta Liquidadora hizo transferencia de recuperaciones

C$163,909,915.91 millones de córdobas al Banco Central de

Nicaragua, (es decir C$41, millones de córdobas más de lo que

correspondía), no incluyendo C$17,820,912,02 millones de córdobas

que fueron traslados directamente al BANPRO, en concepto de Actos

y entrega de cartera, transferencia que no se depositó en cuentas

bancarias de la Junta Liquidadora, conforme registro contable, es

decir, no queda claro el total de las recuperaciones, ya que existen las

trasferencias, pero no esta reportado el ingreso de forma clara.

El pago de honorarios a la Junta Liquidadora ascendió a

C$14,268,638.34 millones de córdobas y su informe final de gestión

fue aprobado por el Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa

Cruz, el 13 de Diciembre del año 2004, a las 4:45 minutos de la tarde

en Resolución SIB-OIF-XII-138A-2004 suscrita por Alfonso Llanes

Cardenal Superintendente de Bancos por la Ley.

En la Escritura Pública No. 21 Dación en Pago, del 29 de Octubre

de 2002 suscrita entre los miembros de la Junta Liquidadora

relacionada de INTERBANK y el Banco Central de Nicaragua (Mario

Alonso Icabalceta, Presidente), se traspasan al Banco Central de

Nicaragua la totalidad de los Activos al Balance General del 31 de

Agosto y 30 de Septiembre 2002.

En el Informe final de la Junta Liquidadora relacionada del

INTERBANK con fecha de recibo por la Superintendencia de Bancos

del 14 de Enero 2005, en la parte conclusiva del proceso de

52

Page 53: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

liquidación señalan que en Activos líquidos y dados en pago al Banco

Central de Nicaragua suman C$710.15 millones y que gastaron

C$88,23 millones.

De las operaciones relacionadas anteriormente se mencionan que ha

quedando un saldo Impago de la obligación con el Estado en la

liquidación del Banco INTERBANK, por el orden de

C$3,337,248,227.72 (Tres mil trescientos treinta y siete millones

doscientos cuarenta y ocho mil doscientos veintisiete córdobas con

72/100) que incluía 2,921.5 millones de córdobas en concepto de

emisión de CENI para cubrir la brecha asumida por este banco y la

diferencia se atribuye a otros pasivos del INTERBANK con el Banco

Central de Nicaragua, lo que equivale a US$152,696,540.29 millones

de dólares por la asistencia financiera recibida por el INTERBANK de

parte del Banco Central de Nicaragua que benefició ilegítimamente a

BANPRO.

Al 28 de Mayo 2002, el Banco Central de Nicaragua no había recibido

los activos residuales del INTERBANK, la Junta Liquidadora del

INTERBANK, continuaba funcionando, (el proceso de recalificaron de

cartera ya había producido las emisiones de CENI que ganaban

intereses desde el 9 de octubre 2000).

El Banco Central recibió la cartera de INTERBANK rechazada por el

BANPRO, en Diciembre 2002 y los bienes residuales igualmente

rechazados por el BANPRO en Agosto del 2003, prácticamente

durante el proceso de subasta, aunque la formalización del traslado se

efectuó hasta en Mayo 2004, lo que evidencia que se impulsaban

procesos al unísono de calificación de cartera, renegociación de

cartera, liquidación de activos residuales, y emisiones de CENI, sin

tener las trasferencias en el Banco Central de Nicaragua, además de

que se gestaban también las subastas durante el año 2003, sin la

formalización de los traslados, de los activos residuales, dejando la

junta liquidadora al arbitrio del Banco Central de Nicaragua y del

53

Page 54: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Banco adquirente el proceso de evaluación de cartera, mientras que

los activos rechazados por el BANPRO, se reconoció su valor contable

en CENI, pero al momento de trasladarlos al BCN, fueron castigados

con los “Precios de trasmisión” que desmejoró su valor contable,

finalmente la Junta Liquidadora de INTERBANK, transfirió los activos

residuales al Banco Central de Nicaragua, en Dación en Pago, con un

valor acordado entre el BCN y la Junta Liquidadora que distaron

mucho de su valor en libros.

El Monto de los activos residuales del INTERBANK trasladados al

BCN según registro contable a partir del 31 de Mayo 2003 al 31 de

Mayo 2004, relaciona un total de C$415,756.006.00 millones de

córdobas.

RELACION DE LOS HECHOS EN EL BANCO DEL CAFÉ S.A

(BANCAFE) EN EL MARCO DEL PROCESO DE

DESINCORPORACION DE BANCOS.

El 17 de noviembre de 2000 a las 1:30 pm. el Superintendente de

Bancos Dr. Noel J. Sacasa Cruz dicta resolución SIB-OIF-VIII-128-

2000, solicitando al Juez Civil de Distrito de Managua la

LIQUIDACIÓN FORZOSA del Banco del Café de Nicaragua S.A.

(BANCAFE), dadas las provisiones ordenadas por la cantidad de

295.3 millones de córdobas, el cúmulo de semanas de desencaje

legal, su decaída en las disponibilidades totales al 9 de noviembre de

2000, llegando a una situación de supuesta total insolvencia manifiesta

e iliquidez grave.

El 17 de noviembre del 2000 el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz, dicta Resolución SIB-OIF-VIII-129-2000 nombrando

Junta Liquidadora de BANCAFE a: Dr. Roberto Sánchez Cordero,

Presidente. Lic. Carlos Matus Tapia, Miembro, y Dr. Juan José

Icaza Martinez, miembro, para proceder a la liquidación forzosa del

54

Page 55: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

BANCAFE, previa toma de posesión ante el Juez 4to. Civil del Distrito

de Managua, sustentando en adelante la representación legal del

BANCAFE.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:

Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez; Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, el 17 de

noviembre de 2000 dicta Resolución CD-BCN-LIX-1-2000 otorgando

una línea de crédito Especial de liquidez al BANCAFE para el pago de

hasta 10,000.00 córdobas principal o su equivalente en Moneda

Extranjera a todas las cuentas de depósitos a la vista, ahorro y a

plazo, con saldo igual o menor a 20,000.00 córdobas.

La línea de crédito sería garantizada por el BANCAFE por la cartera

clasificada “A” por la Superintendencia de Bancos.

La línea de crédito sería respaldada en los próximos 30 días por una

garantía del estado a favor del Banco Central de Nicaragua, por

cualquier saldo que el Banco Central de Nicaragua no logre recuperar

dentro del plazo de 1 año a partir de la fecha de la Resolución.

El 22 de Mayo 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua relacionado, dicta Resolución; CD-BCN-LX-1-2000 ,

facultando al presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Noel

Ramírez Sánchez, tomar las acciones necesarias para el traspaso de

los Activos sanos y depósitos del BANCAFE en liquidación, a la

Institución Financiera que determine su junta liquidadora con la

aprobación de la Superintendencia de Bancos. El Dr. Silvio Conrado

expresó su voto en contra de esta Resolución.

El 22 de Noviembre 2000, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua relacionado, dicta Resolución CD-BCN-LX-2-2000,

55

Page 56: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

aprobando línea de Crédito Especial para solventar problemas de

liquidez que enfrenta el Sistema Financiero por las caídas de

depósitos, los días lunes 20 y martes 21 de noviembre 2000

respectivamente.

El 24 de Noviembre 2000 a las 2:00 pm. en la sala de la casa matriz

del BANCAFE, la Junta Liquidadora de BANCAFE integrada por Dr.

Roberto Sánchez Cordero, Presidente, Lic. Carlos Matus Tapia,

Miembro, y Dr. Juan José Icaza Martínez, miembro, reunidos con

representantes de las entidades bancarias entregaron las bases para

la venta al martillo de los activos y pasivos del BANCAFE.

El Lic. Carlos Matus Tapia explicó las bases, previniendo a los

presentes que los sobres cerrados se debían presentar al día siguiente

25 de noviembre 2000 a las 2:30 pm. a la Junta Liquidadora.

Estuvieron presentes en la entrega de las bases: Lic. William

Graham, Silvio Lanuza, BDF, Lic. Arturo Arana Ubieta, BANPRO,

Dr. Víctor Urcuyo, BAMER, Ing. Leonardo Somarriba, Banco Caley

Dagnall S.A. Ing. Julio Cárdenas, BANCENTRO.

Las Bases señalan que la Junta Liquidadora relacionada de

BANCAFE, determinó las bases para con el apoyo financiero del

Banco Central de Nicaragua (en garantía de los depósitos del público:

Resolución del presidente del Banco Central de Nicaragua del 23 de

noviembre 2000, Dr. Noel Ramírez Sánchez y Resolución del CD-

BCN-LX-1-2000 , del 22 de Noviembre 2000 , vender al martillo dichos

depósitos en conjunto con una compra de activos.

La Junta liquidadora relacionada, separó activos y pasivos del

BANCAFE en un Balance a vender en bloque y un balance Residual a

liquidar por separado.

56

Page 57: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Inmediatamente a la adjudicación el BCN proporcionaría al Banco

adquirente, CENI con vencimientos a 3 años en el monto necesario

para cubrir la brecha entre activos adquiridos y depósitos asumidos.

El Banco Central de Nicaragua se subroga acreedor de BANCAFE en

lugar de los depositantes, por el monto de dichos CENI y por los

demás CENI que tenga que emitir conforme a las bases.

El balance se adjudicaría al Banco concursante que oferte aceptar el

menor rendimiento sobre CENI.

En 180 días a partir de la adjudicación prorrogables por 90 días más el

Banco Central de Nicaragua y el Banco adquirente evaluarían

conjuntamente la cartera y otros activos del BANCAFE, recurriendo al

arbitraje en caso de diferencia de criterios.

El banco adquirente recibiría CENI para compensar el efecto de

cualquier provisión adicional a la cartera, dichos CENI se emitirían en

las mismas condiciones ya relacionadas.

Dentro de los 180 días el banco adquirente tendría la opción de

devolver al BANCAFE la cartera D y E por la que recibió CENI del

Banco Central de Nicaragua a cambio, que compensen el valor neto

en libros de los activos.

Dentro de los 180 días el Banco adquirente tendría la opción de

devolver al BCN los bienes de uso que no quiera retener, recibiendo a

cambio CENI.

En el plazo de los 180 días los activos del BANCAFE traslados al

Banco adquirente estarán garantizados por el Banco Central de

Nicaragua cubriendo todo el principal más intereses devengados en

libros.

57

Page 58: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

A los 180 días, se adicionó un plazo de 180 días más para que el

Banco adquirente superara cualquier deficiencia en su adecuación del

capital a causa de los activos adquiridos, con un encaje legal de “0%”

durante 6 meses aplicables al incremento de depósitos, provenientes

del BANCAFE.

Además el Banco Central de Nicaragua le proporcionó una línea

contingente de liquidez durante 1 año para cubrir eventuales retiros de

depósitos.

El día 25 de Noviembre 2000 a las 3:00 pm. los miembros de la Junta

Liquidadora relacionada del BANCAFE recibieron en sobres cerrados

las ofertas de: BANCENTRO; ofertó 12,4936%. BDF; ofertó 9.48%.

BAMER; retiró su oferta, posteriormente este banco fue

desincorporado, adjudicando al BDF los Activos y Pasivos del

BANCAFE en liquidación.

Cabe señalar que los Representantes del BDF William Graham

Presidente y el Lic. Silvio Lanuza Gerente General, se

comprometieron a presentar el lunes 27 de Noviembre 2000 la

documentación que acredita su calidad, lo cual fue aceptado por la

Junta Liquidadora relacionada.

Los activos del BANCAFE comprendían: A) Inversiones (BPI,

CENI); B) Cartera de Prestamos (Préstamos más Intereses por

cobrar); C) Bienes de Uso: (Terrenos, edificios, equipo y mobiliarios,

equipos de computación y vehículos); D) CENI detallando sus

montos en balance general al 21 de Noviembre de 2000.

Los Pasivos de BANCAFE lo formaban: Depósitos: A) Moneda

Nacional, Cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo.

B) Moneda Extranjera: Cuentas Corriente, de ahorro, depósitos a

plazo. C) Intereses por pagar, conforme Balance en bloque a vender

al 21 de Noviembre 2000 en miles de córdobas.

58

Page 59: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La entrega de los depósitos y otras cuentas serían coordinadas entre

el BDF y la Junta Liquidadora relacionada, a fin de implementar la

entrega a lo inmediato.

La Junta Liquidadora relacionada, desde que fue nombrada sustentó

la representación legal del BANCAFE, sustituyendo los órganos de

Dirección y Administración del BANCAFE.

Se atribuye a la Junta liquidadora relacionada, determinar las bases

para la venta al martillo conjunta de activos y depósitos del BANCAFE

al BDF, en los términos propuestos por la Junta Liquidadora

relacionada.

En las bases para la venta de activos de BANCAFE se estableció que

el Banco Central de Nicaragua evaluaría con el BDF (Banco

Adquirente), la totalidad de la cartera, en base a los criterios de las

normas prudenciales de la Superintendencia de Bancos.

La liquidación del Banco se tenía que cumplir en 6 meses,

prorrogables en 6 meses más y como liquidadora, la Junta tenía que

liquidar los activos residuales en su totalidad y porcentajes

significativos y entregar al Banco Central de Nicaragua sus

recuperaciones en calidad de abono.

A pesar de todo lo señalado la Junta Liquidadora relacionada del

BANCAFE se mantuvo en liquidación un promedio de 2 años los

activos residuales del Banco del Café de Nicaragua S.A. (BANCAFE),

trasladando casi íntegro su Balance en el primer trimestre 2003 al

Banco Central de Nicaragua.

Al momento de la liquidación forzosa, el Balance del BANCAFE

preparado por la Junta Liquidadora relacionada, con estimaciones del

valor en libros de sus pasivos y de sus activos, la brecha Inicial en

59

Page 60: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

BANCAFE fue estimada en 40.5 millones de dólares, brecha que se

incrementó en la medida que la cartera fue recalificada y negociada

entre funcionarios del Banco Central de Nicaragua y funcionarios del

BDF, al margen de la Junta Liquidadora relacionada, quien

definitivamente entregó la cartera y nunca más se ocupó de ella, para

determinar responsablemente como se calificaría, como se

aprovisionaría y qué cantidad de CENI se emitiría para equilibrar el

Balance del BANCAFE.

Los técnicos del Banco Central de Nicaragua que evaluaron la Cartera

del BANCAFE fueron coordinados por: Exides Enrique Navarro

Flores, principalmente y apoyado por Carlos José Sánchez Robleto,

el resto de los evaluadores fueron MARIO JOSÉ SOBALVARRO

RAMOS, FLOR DE MARÍA BACA BACA, LISSETTE DEL

SOCORRO TORREZ RODRÍGUEZ, JOSÉ CALASAN CALDERÓN

RÍOS, MARLENE DEL SOCORRO PASTORA REYES, ROSA

ARGENTINA SILVA FLORES, EDMUNDO RAMÓN ARGUELLO

MORALES, SONIA DEL CARMEN ESTRELLA ACEVEDO, TUPAC

BENJAMÍN CABRALES, GRETHA LILLIAM MÉNDEZ GAITÁN,

SARA ALANIZ RUIZ, MARVIN VENANCIO MIRANDA CORRALES, E

IVONNE ISABEL GABARRETE OPORTA, dentro de otros.

El procedimiento utilizado fue idéntico al ya implementado en la

calificación de la cartera del INTERBANK, Don Exides Navarro

Flores coordinaba en representación del Banco Central de Nicaragua

la operación apoyado por Carlos José Sánchez Robleto (q.e.p.d.),

ambas personas de confianza del Lic. Mario Flores Loáisiga,

Gerente General del Banco Central de Nicaragua y a su vez miembro

de la Junta Administradora del INTERBANK, los técnicos en base a las

normas prudenciales aplicada a un banco en actividad establecieron

una calificación que posteriormente el Sr. Navarro Flores negociaba

en otras instancias del Banco Central de Nicaragua con funcionarios

del BDF para finalmente ser firmada por el Sr. Carlos Cerda García

Gerente Financiero del Banco Central de Nicaragua y el Sr. Mario

60

Page 61: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Flores Gerente General del Banco Central de Nicaragua, lo que sirvió

de soporte para emitir CENI hasta por US$77,398,033.21 sin incluir los

intereses. Que equivale en córdobas a C$1,005,369,721.23 sin incluir

intereses.

Al momento de licitarse el Balance de BANCAFE la Junta Liquidadora

relacionada, presentó pasivos totales por US$98.3 millones y Activos

totales por US$57.8 millones, de los cuales US$45.0 millones era

cartera sin provisiones, por ello estimaron una brecha inicial de

US$40.5 millones, finalmente la brecha se estableció en US$77.4

millones de dólares con un incremento de US$36.9 millones de

dólares para ser respaldada por CENI en concepto de brecha final de

US$77.4 millones de dólares por el rechazo y devolución de cartera y

activos fijos a la Junta Liquidadora del BANCAFE.

Los honorarios pagados a la Junta Liquidadora relacionada del

BANCAFE fueron de C$12.523.3 millones de córdobas y su Informe

de gestión de la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFÉ fue

aprobado por el Superintendente de Bancos por la Ley Alfonso

Llanes Cardenal, en resolución SIB-OIF-056-2004, del 2 de Julio del

2004, de las 3:00 de la tarde, quedando extinguida la personalidad

jurídica.

Se atribuye a la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE, haber

separado el Balance del BANCAFE para su venta, elaborar las bases

de la venta, vender el Balance del BANCAFE, no dar seguimiento a la

calificación de cartera, no liquidar el Balance Residual de activos ni los

activos devueltos por los bancos adquirentes, el BDF devolvió a la

Junta de liquidadores del BANCAFE, activos por US$36.37 millones y

entregó al Banco Central de Nicaragua activos residuales con valor en

libros por US$70.9 millones de dólares.

Ante el incumplimiento de la Junta Liquidadora relacionada de

BANCAFE, por haberse extendido el plazo de liquidación a solicitud

61

Page 62: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, se dictaron las

resoluciones: CD-BCN-XL-1-03 y la CD-BCN-IX-1-04 solicitando a la

Superintendencia de Bancos un plazo fatal de 30 días para que

presente informe de liquidación final, y que la Contraloría General de

la República auditara el uso de los recursos por parte de la Junta

liquidadora relacionada del BANCAFE desde el inicio de sus

funciones.

El Informe de liquidación final lo presentó la Junta Liquidadora

relacionada del BANCAFE, con fecha del 30 de Octubre 2003 y un

informe complementario al 10 de junio 2004 y el Superintendente de

Bancos por la Ley Alfonso J. Llanes Cardenal aprobó el informe de

liquidación de la Junta Liquidadora de BANCAFE por Resolución SIB-

OIF-056-2004 del 2 de julio del 2004 de las 3:00 pm.

Ante el requerimiento de auditoría a la Contraloría General de la

República la Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE

representada por Demesio René Toruño Real, se amparó y la Sala

Civil número uno del Tribunal de Apelaciones Circunscripción

Managua los Amparó, mandando a suspender los efectos

administrativos de los Actos no consumados derivados del acto

reclamado, por auto de las 12:05 minutos de tarde del 20 de mayo

2007.

La Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE, tuvo serios

dificultades para obtener las notas de crédito por los bienes muebles e

inmuebles que le entregaron al Banco Central de Nicaragua,

especificando el abono a la deuda y cuánto aplicó al principal, cuánto

a intereses y cuánto a mantenimiento del valor conforme el acta de

recepción de entrega y recibido de dichos activos suscrita el 27

de Enero del 2003 y conforme la escritura No. 24 Dación en pago

del 31 de Octubre 2002 de las 3:00 pm Cláusula Cuarta a fin de

verificar las obligaciones por CENI del BANCAFE en liquidación con el

Banco Central de Nicaragua, lo cual nunca fue posible conciliar, los

62

Page 63: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

saldos deudores por CENI que los manejó exclusivamente el Banco

Central de Nicaragua.

El Banco Central de Nicaragua cercenó su obligación de entregar al

BANCAFE sus notas de créditos mediante declaración jurada que

impuso a la Junta Liquidadora relacionada, sobre el valor de los

activos recibidos conforme declaración notarial del 20 de mayo de

2004.

La Gerencia Financiera en comunicación del 20 de mayo 2004, SGOF-

0230-05-04 informa al BANCAFE que recibió los bienes por

C$80,369,789.72 millones de córdobas con un excedente por

C$6,787,782.36 millones de córdobas, que por inscripción de bienes

pagaron C$6,953,230.1 millones de córdobas y que el saldo deudor

por CENI es de C$1,546,502.480.78 millones de córdobas.

Al 30 de abril 2004 el saldo deudor de BANCAFE reportado por el

Banco Central de Nicaragua era de C$1,374,468,114.83 millones de

córdobas.

La Junta Liquidadora relacionada del BANCAFE, en el período de

noviembre 2000 al 31 de Mayo de 2004, presenta gastos por C$67,18

millones de córdobas, también presenta activos ejecutados por

C$793,14 millones de córdobas y la masa de bienes que la

Superintendencia de Bancos acepto para calcular los honorarios de la

Junta Liquidadora del BANCAFE, fue de C$626,47 millones de

córdobas, pero la masa sujeta a liquidación a noviembre 2000, cuando

se declara la liquidación forzosa del BANCAFE era de C$1,130.60

millones de córdobas.

Los activos del BANCAFE al momento de licitarse eran de C$750.26

millones de córdobas y los pasivos de C$1,276.49 millones de

córdobas, por lo que la brecha se equilibró en 526.24 millones de

Córdobas, pero al final entre lo licitado y lo adquirido se respaldo en

63

Page 64: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

CENI C$1,005.39 millones de córdobas, y no queda claro el monto

entre lo entregado al BDF y lo devuelto al BANCAFE.

El proceso de calificación de la cartera, proceso que realizan el equipo

del Banco Central de Nicaragua y el Banco adquirente BDF, no se

relaciona ni se deja evidencia expuesta para constatar que la cartera

que es un activo, aumentara en provisión en un -33.3% y se aceptara

por tanto sólo C$203,62 millones de la cartera de préstamos por lo que

se emitió CENI por la cantidad de US$77,398.033.21 millones de

dólares.

ALCANCES DE LA PRETENCIÓN DE CREAR UN MARCO

JURÍDICO QUE LEGALIZARA LA OPERACIÓN DESENCADENADA

PARA LA DESINCORPORACIÓN DE LOS BANCOS INTERBANK,

BANCAFE, BAMER, Y BANIC.

El ACUERDO MINISTERIAL No. 529-2000 del 24 de Noviembre del

2000 GACETA No. 24 del Ex presidente de la República Dr. Arnoldo

Alemán Lacayo. Constituye el primer esfuerzo por legitimar el daño

causado al Estado en el proceso de desincorporación de los bancos

relacionados que en el contexto de INTERBANK ya se había

consumado al momento de la promulgación del acuerdo presidencial,

ya que los actos autorizados y ejecutados por el Consejo Directivo del

Banco Central de Nicaragua, de la época, integrado por: Presidente,

Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro

de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez;

Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;

Ricardo Parrales Sánchez, y por el Presidente del Banco Central de

Nicaragua, de la época, Dr. Noel Ramírez Sánchez, el Ministro de

Hacienda y Crédito Público de la época, Ing. Esteban Duquestrada,

el Superintendente de Bancos de la época, Dr. Noel Sacasa Cruz,

con los miembros de la Junta Administradora de INTERBANK

relacionados, ya estaban consumados y son de su entera

responsabilidad ya que los alcances del acuerdo están lejos de

64

Page 65: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

legitimar lo consumado y es un enunciado abierto de respaldo de

operaciones específicas en relación con la garantía del estado por

asistencia financiera por la cartera del grupo CONAGRA, cedida al

Banco Central de Nicaragua a sabiendas que no era recuperable, lo

que no significa que se legitima el dolo de un conjunto de actos que

causaron daño económico al Estado de Nicaragua.

Por este Acuerdo se pone en evidencia que el Consejo Directivo del

Banco Central de Nicaragua y todos los sujetos que participaron en la

construcción del hecho cuestionado penalmente, no tenían potestades

ni existía el marco legal que le otorgara las mismas y todo lo

asumieron bajo su riesgo y responsabilidades mismas que ahora

responderán por los cargo que en el cuerpo de esta acusación

formulo.

RELACION DE LOS HECHOS EN EL BANCO MERCANTIL S.A.

(BAMER), EN EL MARCO DEL PROCESO DE

DESINCORPORACION DE BANCOS.

El 3 de Marzo 2001. a las 12 meridiano, el Superintendente de bancos

Dr. Noel Sacasa Cruz, dicta Resolución SIB-0IF-IX-12-2001 ,

Ordenando INTERVENIR el Banco Mercantil Sociedad Anónima

(BAMER), por estar aparentemente en estado de iliquidez que la lleva

a estado de suspensión de pagos, nombrando Junta Administradora

a: Edgar Pereira Deshon, (Presidente), Manuel Centeno

Cantillano, (miembro) y Carlos Bonilla López ( miembro), teniendo

en adelante la representación legal de BAMER, sustituyendo a la

Junta General de Accionistas, Junta Directiva y demás órganos e

instancias administrativas del Banco Intervenido.

Esta Resolución fue notificada el día 3 de marzo del 2001. el Consejo

Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por : Presidente,

Noel Ramírez Sánchez. Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro

de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez,

65

Page 66: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano;

Ricardo Parrales Sánchez a propuesta de su presidente Dr. Noel

Ramírez Sánchez, dicta Resolución CD-BCN-XII-1-01 facultando a la

Administración del Banco Central de Nicaragua para que a nombre del

BCN, actuando como Agente Financiero del Gobierno de la República

ponga a disposición del Sistema de garantía de depósitos, los

recursos y garantías necesarios para el cumplimiento de la garantía

del Estado sobre el cien por ciento de los depósitos del público en el

BAMER, de conformidad a la ley de Depósitos en el sistema

financiero. Flexibilizar temporalmente las normas de encaje legal y

créditos de liquidez a favor del banco que resulte adjudicado en la

subasta de activos y depósitos del BAMER S.A.

El 3 de marzo 2001 la Junta Administradora BAMER integrada por:

Edgar Pereira Deshon, (Presidente), Manuel Centeno Cantillano,

(miembro) y Carlos Bonilla López ( miembro), elaboró las “Bases”

para concurso de venta de activos, a cambio de asumir depósitos, del

Banco mercantil S.A. (BAMER).

Que dentro del corto plazo que requería esta operación no era posible

que el banco que asuma los depósitos pueda realizar una evaluación

satisfactoria de los activos del BAMER que vaya a adquirir a cambio

de asumir dichos depósitos, por lo que era necesario que el estado por

medio del Banco Central de Nicaragua provea al Banco Central de

Nicaragua que asuma los depósitos, y las garantías necesarias

conforme la ley No. 371 “Ley de Garantía de Depósitos” para lo cual la

Junta Administradora de BAMER formada por: Edgar Pereira

Deshon, (Presidente), Manuel Centeno Cantillano, (miembro) y

Carlos Bonilla López ( miembro), convocaría a concurso para la

venta de activos del Banco Mercantil S.A. (BAMER) separando los

activos y pasivos entre un balance de activos a vender a cambio de

asumir pasivos y un balance residual que podría ser liquidado

posteriormente por separado, cortado al 28 de Febrero 2001.

66

Page 67: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La Brecha entre activos y pasivos sería cubierta al Banco adquirente

con CENI, con vencimiento a 3 años en los montos necesarios,

emitidos por el Banco Central de Nicaragua, así como por los demás

CENI que se emitieran conforme las bases al banco que oferte el

menor rendimiento de CENI, a partir de la adjudicación el banco

adquirente y el BCN tendrían un plazo de 180 días prorrogables por 90

días más para evaluar conjuntamente la cartera y otros activos a ser

adquiridos.

Por la diferencia de criterios en la evaluación conjunta de la cartera se

recurriría al arbitraje.

El Banco Adquirente recibiría CENI también por cualquier provisión

adicional que se identifique en el proceso de evaluación, o por

aplicación de las normas prudenciales, dichos CENI se emitirían en los

mismos plazos relacionados.

En el proceso de evaluación de cartera (180 días) el Banco

adquirente tendría opción de devolver al BAMER intervenido la cartera

D y E recibiendo a cambio CENI del Banco Central de Nicaragua para

compensar el valor neto en libros de los activos.

Dentro del plazo de 90 días el Banco adquirente tendría la opción de

devolver al BAMER intervenido los Bienes de uso y bienes

adjudicados que no quiera, recibiendo a cambio CENI en las

condiciones ya mencionadas y por el correspondiente valor en libros.

Los activos del BAMER trasladados al Banco adquirente serían activos

“0” riesgo para lo de la adecuación de capital, con un plazo de 90 días

adicionales a los 180 días para readecuarse.

También el banco adquirente tendría un plazo de 6 meses, un encaje

legal de “0” % aplicable al incremento de los depósitos asumidos de

BAMER.

67

Page 68: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Así mismo el Banco Central de Nicaragua proporcionaría una línea de

liquidez al Banco adquirente durante un año para cubrir eventuales

retiros de depósitos provenientes del BAMER.

El acto de entrega de las bases se practicó el 3 de marzo del 2001

a las 3 de tarde en la sala de junta de la Superintendente de Bancos,

estando presente Don Luciano Astorga T. y Don Carlos Briceño

por BANCENTRO, Lic. Teresa Montiel por Banco Caley Dagnall,

Silvio Lanuza – BDF. Don Arturo Arana – BANPRO, Adolfo

Arguello- BANEXPO, Don Noel Sacasa Cruz, (SIB) Don Esteban

Duquestrada – Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Don

Mario Flores Loaisiga – Banco Central de Nicaragua y Karla Icaza

Intendente del Bancos, Don Piero Cohen (Padre), Piero Cohen

(Hijo) Accionistas del BAMER Don Vernon Guerrero, accionista

BAMER.

La Junta Administradora integrada por: Edgar Pereira Deshon,

(Presidente), Manuel Centeno Cantillano, (miembro) y Carlos

Bonilla López ( miembro), entregó las bases y convocaron a reunión

en la Superintendencia de Bancos a las 10:00 de la mañana del 4 de

Marzo 2001, para oir ofertas.

En el acto de venta el día 4 de marzo 2001, en la Sala de Juntas de la

Superintendencia de Bancos, participaron Don Arturo Arana Ubieta,

BANPRO, Don Julio Cárdenas Robleto BANCENTRO, Don Silvio

Lanuza BDF, Don Adolfo Arguello BANEXPO, los miembros de la

Junta Administradora del BAMER, el Dr. Noel Sacasa Cruz (SIB) los

accionistas Piero Cohen Padre, Piero Cohen Hijo.

El Presidente de la Junta Administradora del BAMER, Edgar Pereira

Deshon procedió a la entrega de las ofertas: BANPRO ofertó: 23% de

rendimiento, Banco de Finanzas S. A. (BDF) ofertó: 12.97% de

rendimiento, BANCENTRO S.A. ofertó: 7.93% de rendimiento,

68

Page 69: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

adjudicándose a BANCENTRO los activos a cambio de asumir pasivos

del BAMER.

Los Depósitos relacionados provenientes del BAMER sumaban

C$1,086,494,612.82. El total de préstamos de BAMER sumaban

C$706,114,875.77.

El equipo evaluador del BCN estuvo a cargo del Lic. Exides Navarro

Flores y el Lic. Carlos José Sánchez, (q.e.p.d) integrado por:

Mario José Sovalbarro Ramos, Flor de María Baca Baca, Lissette

del Socorro Tórrez Rodríguez, José de Calazán Calderón Ríos,

Marlene del Socorro Pastora Reyes, Rosa Argentina Silva Flores,

Edmundo Ramón Arguello Morales, Sonia del Carmen Estrella

Acevedo, Tupac Benjamín Cabrales, Gretha Lilliam Méndez

Gaitán, Sara Alaniz Ruiz, Marvin Venancio Miranda Corrales,

Ivonne Isabel Gabarrete Oporta.

El procedimiento utilizado fue idéntico al ya implementado en la

calificación de la cartera del BANCAFE, Don Exides Navarro Flores,

coordinaba en representación del Banco Central de Nicaragua la

operación apoyado por Carlos José Sánchez Robleto (q.e.p.d)ambas

personas de confianza del Lic. Mario Flores Loáisiga, Gerente

General del Banco Central de Nicaragua, los técnicos en base a las

normas prudenciales aplicadas a un banco en actividad establecieron

una calificación que posteriormente el Sr. Navarro Flores negociaba

en otras instancias del Banco Central de Nicaragua con funcionarios

del BANCENTRO para finalmente ser firmada por el Sr. Carlos Cerda

García Gerente Financiero del Banco Central de Nicaragua y el Sr.

Mario Flores Gerente General del Banco Central de Nicaragua, lo que

sirvió de soporte para emitir CENI en respaldo de BAMER a favor de

BANCENTRO hasta por US$40,750,079.18 sin incluir los intereses, lo

que equivale en córdobas a C$537,379,444.21 millones de córdobas

sin incluir intereses.

69

Page 70: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

El Bancentro devolvió en bienes adjudicados y Activo Fijo al BAMER,

C$170,633,835,56.

En BPI recibió C$160,994,166.00 Millones, rechazando una supuesta

sobre valuación por C$27,173,749.61.

BANCENTRO recibió C$706,111.9 millones, rechazó C$225.016.0

millones y aceptó C$481,098.9 millones, teniendo esta cartera

provisiones por C$104,506,190.26 que fue respaldada por CENI.

La cartera cafetalera de C$176.9 millones fue en su mayoría calificada

“C” que sumaban C$125.0 millones, cartera que fue rechazada por

BANCENTRO, que posteriormente fuero a comprar durante la

subasta.

El Banco Central de Nicaragua emitió CENI para respaldar Brecha

entre el balance BAMER, adquirido por BANCENTRO por

C$537,380,172,33 millones conforme a saldos al 3 de marzo 2001,

según comunicación de referencia GG-CBR-179-06 del 11 de julio del

2006 suscrita por el Gerente General del BANCENTRO Lic. Carlos

Alberto Briceño Ríos, dirigida a los Honorables Contralores.

Aparentemente la Junta Administradora al 15 de marzo 2002, tenía

recuperaciones por C$32,307.7 millones de córdobas, reflejando un

gasto por C$17,193,76 millones de córdobas, en el mismo período.

El 15 de marzo 2002 la Junta Administradora de BAMER relacionada,

es sustituida por una Junta liquidadora conforme Resolución SIB-

OIF-X-35-2002 del 15 de marzo 2002, nombrando liquidadores a:

Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Presidente, Dr. Carlos Marín

Arcia, Miembro y Edgar Pereira Deshon Miembro y anterior

presidente de la Junta Administradora BAMER, esta Junta

Liquidadora fungió del 15 de marzo 2002 al 31 de Julio 2004, pero su

70

Page 71: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

informe de gestión lo presentaron hasta el 5 de Noviembre 2004,

aunque los 6 meses de liquidación vencían el 18 de septiembre 2002.

Dicho informe se encuentra en custodia de la Superintendencia de

Bancos, el cual se encuentra a la fecha sin ser revisado ni aprobado.

Para 22 de diciembre 2002 la Junta Liquidadora de BAMER, integrada

por: Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Presidente, Dr. Carlos Marín

Arcia, Miembro y Edgar Pereira Deshon Miembro inició la entrega

del remanente de los activos residuales al BCN y no gozó de prórroga

de su período legal de gestión, por tanto su actuación fuera del

periodo legal, es putativa aunque continuaba sustentando la

representación legal de BAMER, sustituyendo sus órganos de

gobierno y de dirección.

Desde le 16 de marzo de 2002 al 31 de diciembre 2002 la Junta

Liquidadora recupera C$18.67 millones de córdobas, la venta de

activos fue mínima o nula, con una sola ronda de subasta, sin nivel de

retazas.

En octubre del 2003 la Contraloría General de la República inició

auditoria en BAMER sobre los Estados Financieros, el 7 de octubre

2003 el Sr. Haroldo Montealegre Lacayo interrumpió su desarrollo

como consecuencias de haber apelado la Resolución de intervención

de la Juez Quinto de Distrito de lo Civil de Managua.

Los costos por auditorias practicadas durante la Junta Liquidadora de

BAMER, suman US$69.15 miles de dólares y a noviembre 2004 no

presentaron sus propuestas finales, teniendo más de un año de

retrazo; estando pendiente la auditoría del Informe Final de Gestión de

la Junta Liquidadora y la del período 1 de Dic- 2003 / 31 julio 2004

cuyo costo se estima en US$31.25 miles de dólares.

En cuanto a la entrega de Activos remanentes del Bamer al BCN este

último fijo porcentajes para la recepción de activos en “Ayuda

71

Page 72: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Memoria” suscrita el 21 de Octubre 2002, cortando los saldos al 18 de

Septiembre 2002, con precios al 30 de noviembre 2002, cuyos

adeudos al BCN del BAMER fue por C$618.14 millones de córdobas,

conciliados los activos y pasivos trasladados al BCN, sujeto a la

ratificación del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, los

que quedaron sin firmar al 28 de abril 2003 al renunciar el Presidente

Ejecutivo de la Comisión Liquidadora de Cartera (CLC) Don Mariano

Buitrago.

Simultáneamente a la renuncia de Don Mariano Buitrago, se

confeccionó la Escritura No. 14 “Dación en pago” con fecha del 21

de octubre 2002, concretizándose la emisión de CENI a favor del

Bancentro para cubrir la supuesta brecha entre los pasivos y activos

adquiridos al BAMER.

Conforme al informe de la Junta Liquidadora del BAMER, del 5 de

Noviembre 2004, (punto 9.1) Transacciones BAMER – BCN, La

deuda inicial a cubrir ascendía a C$530.72 millones de córdobas, más

un incremento adicional de C$75.8 millones de córdobas, finalmente

se definió en C$570.71 millones de córdobas de principal y de

C$47.42 en intereses para un total de C$618.14 millones de córdobas.

Aunque oficialmente los CENI BANCENTRO-BAMER, se emitieron por

el monto de C$537,379,444.21 millones de córdobas de principal, más

C$127,906,555.79 millones de córdobas para un total de

C$665,286,000.00 millones de córdobas, que vencían el 16 de febrero

de 2004.

La cartera cafetalera valorada en C$89.81 millones de córdobas fue

entregada a un precio de transmisión por C$39.52 miles, con fecha del

12 y 13 Noviembre 2002. De C$38.45 millones de córdobas en cartera

administrativa, el BCN la reconoció por C$53.84 miles de córdobas, es

decir, al 1.83% de su monto nominal. En cuanto a sobregiros C$0.94

millones de córdobas, se asumieron por el BCN y en tarjetas de

72

Page 73: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

créditos el BCN Recepto un valor de “0”, la suma de C$2.38 millones

de córdobas en tarjeta de créditos.

El valor nominal de Bienes adjudicados suma C$90.78 millones de

córdobas, no se tiene clara relación del precio de transmisión asignado

a los activos residuales entregados al Banco Central de Nicaragua.

C$49.73 millones de córdobas, en bienes inmuebles el Banco Central

de Nicaragua los aceptó en C$23.23 millones de córdobas.

En obras de artes, sin precios individuales, con valor nominal de C$0.7

millones, fueron receptadas al 50% de su valor.

El monto total de activos traspasados en Escritura No. 14, el 18

Septiembre 2002 suman C$362.19 millones de córdobas, el BCN la

recepto en C$80.46 millones de córdobas al aplicar los supuestos

valores de transmisión de una cifra nominal total de C$425.48 millones

de córdobas y en los que BAMER reclama otros C$22.35 millones de

córdobas que le deben reconocer.

En el traspaso al BCN no se incluyeron las cuentas de BAMER

manejadas en BANPRO de cuyo saldo US$200.000.00 en BPI y el

Certificado a Plazo Fijo por US$220,000.00 que al 30 de noviembre

del 2002 existían junto con una cuenta de ahorro por US$129.17 miles

de dólares en BANPRO de la que se apodero el Sr. Haroldo

Montealegre, mediante sentencia judicial que se encuentra apelada.

No existe conciliación u acuerdo sobre el valor definitivo de los activos

traslados al BCN, y BAMER. El BCN tiene cifra por C$540.37 millones

de córdobas considerando sus propias valoraciones.

La situación de la Junta Liquidadora BAMER es totalmente irregular,

debe más de US$35.17 miles de dólares por auditorias, no tiene

auditado el período Dic 2003 – julio 2004, ni el informe de gestión final

73

Page 74: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

y tiene pendiente pagos al Bufete Palacios Molina y Asociados por

C$1.24 millones de dólares, mediando los efectos de la Resolución de

la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia donde dio lugar

al Recurso de Amparo de Haroldo Montealegre en contra de la

Resolución de Intervención del BAMER y de las Bases para el

concurso de ventas de activos a cambio de asumir Depósitos del

BAMER, acumulado a la apelación de la Sentencia del Juez Quinto

Civil del Distrito de Managua del 18 de Septiembre 2003 admitiendo

en un solo efecto el recurso de apelación interpuesto por Haroldo

Montealegre.

La Junta Liquidadora del BAMER y el personal del BAMER en

liquidación no recibe pago desde septiembre 2003 aduciendo que es

en deberle el BCN C$7.04 millones de córdobas, atribuyendo al BCN

ser los responsables de extender el proceso de liquidación

innecesariamente.

La Junta Liquidadora integrada por: Lic. Leopoldo Sánchez Amador,

Presidente, Dr. Carlos Marín Arcia, Miembro y Edgar Pereira

Deshon, Miembro el 17 de junio 2002 dejo constancia de reclamo al

BCN sobre la suma de C$73,8 millones de córdobas en activos lesivos

al BAMER, que por supuesto significaron CENI.

RELACION DE LOS HECHOS EN EL BANCO NICARAGUENSE DE

INDUSTRIA Y COMERCIO (BANIC), EN EL MARCO DEL

PROCESO DE DESINCORPORACION DE BANCOS.

Por Resolución: SIB-OIF-IX-69-2001, del Superintendente de Bancos

Dr. Noel Sacasa Cruz, del 4 de Agosto del 2001 de las 11:45 minutos

de la mañana, se INTERVINO el Banco Nicaragüense de Industria y

Comercio Sociedad Anónima, (BANIC S.A.), nombrando JUNTA

ADMINISTRADORA integrada por: Lic. Guillermo Lugo Alaniz,

Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel

74

Page 75: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Ángel Mendoza, Miembro, sustituyendo a todos los órganos de

soberanía; Junta General de Accionista, Junta Directiva y demás

autoridades, teniendo en consecuencia la representación legal de

BANIC Intervenido.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por:

Presidente, Noel Ramírez Sánchez. Miembros: Esteban

Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio

Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto

Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, el 4 de

Agosto 2001, a propuesta de su presidente Dr. Noel Ramírez

Sánchez , en resolución: CD-BCN-XXXV-1-01 , deciden, facultar a la

Administración del Banco Central de Nicaragua, para que en nombre

del Banco Central de Nicaragua y por solicitud del Gobierno de la

República ponga a disposición del sistema de garantías de depósitos

los recursos y garantías necesarios para el cumplimiento de la

garantía del Estado, sobre el cien por ciento de los depósitos del

público en BANIC.

Esta garantía fue solicitada por el Superintendente de Bancos Dr.

Noel Sacasa Cruz en carta DS-0660-08-2001 NSC.

En la misma resolución del BCN CD-BCN-XXXV-1-01 del 4 de agosto

2001, decide flexibilizar las normas de encaje legal y créditos de

liquidez a favor del Banco que resulte adjudicado en la subasta de

activos y depósitos del BANIC.

El mismo 4 de agosto 2001 la Junta Administradora del BANIC

integrada por: Lic. Guillermo Lugo Alaniz, Presidente; Lic.

Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza,

determina las Bases para el “Concurso de venta conjunta” de Activos y

Depósitos del BANIC, para proceder con el apoyo del gobierno a

través del Banco Central de Nicaragua para dar cumplimiento a la

garantía de depósitos del público señalado en la ley No. 371,

75

Page 76: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

colocando a la venta de dichos depósitos en conjunto con una

contraparte de activos.

Igualmente la Junta Administradora integrada por Lic. Guillermo

Lugo Alaniz, Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador,

Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza, separó los activos y pasivos

del BANIC con balance al 3 de Agosto 2001 en un balance a vender

en bloque y un balance residual que se liquidó posteriormente por

separado.

El Banco Central de Nicaragua por cuenta del Gobierno,

proporcionaría al banco adquirente, CENI con vencimiento a 3 años

por el monto necesario para cubrir la brecha entre los activos

adquiridos y los depósitos asumidos en el balance a vender en bloque.

El Banco Central de Nicaragua se subroga acreedor del Banco

intervenido, en lugar de los depositantes por el monto de dichos CENI,

así como de los demás CENI que tenga que emitir.

El Balance del BANIC sería adjudicado en concurso entre bancos

establecidos, al que oferte el menor rendimiento sobre CENI.

El Banco adquirente debía tomar control inmediato de la cartera de

Créditos con el fin de administrarla y cobrarla para minimizar su

deterioro.

Al 31 de Diciembre 2001 la cartera y otros activos serían evaluados

en conjunto con el Banco adquirente y el Banco Central de Nicaragua.

Al 15 de octubre de 2001 se debió haber concluido la evaluación y

formalizado la aceptación o rechazo de al menos el 50% de la cartera

del valor total en libros.

76

Page 77: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Se recurriría al arbitraje en caso de diferencias en el proceso de

evaluación conjunta de la cartera entre el banco adquirente y el Banco

Central de Nicaragua.

Al 31 de Diciembre 2001, la cartera no devuelta, ni sometida a arbitraje

se consideraría aceptada por el Banco adquirente, el Banco

adquirente recibiría CENI por cualquier provisión adicional que se

identifique en el proceso de evaluación conjunta de cartera, o por la

aplicación de normas prudenciales, dichos CENI se emitirían e los

mismos términos relacionados, es decir a (3 años de vencimiento),

Al 31 de diciembre 2001 el banco adquirente tendrá la opción de

devolver al banco intervenido la cartera D y E recibiendo CENI a

cambio en los mismos términos relacionados compensando el

correspondiente valor neto en libros.

Los activos traslados al banco adquirente al 31 de diciembre 2001

serían considerados cero riesgos para efecto de adecuación de

capital, además tendría 90 días plazo adicionales al 31 de diciembre

2001 para adecuación de capital y un período de 12 meses con cero

por ciento “0%” de encaje legal aplicable al incremento de depósitos.

El Banco Central de Nicaragua proporcionaría una línea especial de

liquidez al Banco adquirente por 12 meses para cubrir eventuales

retiros de depósitos.

El 5 de agosto del 2001 a las nueve de la mañana en la sala de juntas

de la Superintendencia de bancos los miembros de la Junta

Administradora integrada por: Lic. Guillermo Lugo Alaniz,

Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador, Miembro; Lic. Miguel

Ángel Mendoza, recibieron las ofertas de BANCENTRO: 12.0629%

tasa de rendimiento y BANPRO 11,4903% tasa de rendimiento;

adjudicándole los activos y asunción de pasivos del BANIC a

BANPRO, conforme las bases entregadas el 4 de Agosto del 2001.

77

Page 78: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

En el acto de la subasta del 5 de agosto 2001, estuvieron presente a

parte de los miembros de la Junta Administradora: Mario Flores

Loaisiga Gerente General de Banco Central de Nicaragua, Dr. Noel J.

Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos, Don Arturo Arana Ubieta,

BANPRO; Don Roberto Zamora BANCENTRO.

Esta Junta Administradora formada por: Guillermo Lugo Alaniz

(Presidente), Leopoldo Sánchez Amador (Miembro) y Miguel

Angel Mendoza (Miembro), permanecieron hasta el 20 de

Septiembre 2001 aproximadamente, siendo la directa responsable de

la venta del Balance del BANIC a BANPRO conforme las bases de

venta.

Aparentemente el BANIC presentaba al momento de la intervención

problemas de adecuación de capital por debajo del 10% requerido, 16

semanas de incumplimientos de encaje legal, una relación de liquidez

de depósitos por debajo del 20% e insuficiencias de provisiones por

C$168.7 millones.

En el BANIC el proceso de evaluación de la cartera recayó sobre el

equipo del Banco Central de Nicaragua conformado por Estelina

López Conde, Tania Jarquín Mirena, María Concepción Gutiérrez

Mena, Maria Eugenia King Sing, Elizabeth de los Ángeles García

Sánchez, Nideth Buitrago Peña, Xiomara Dominga Caballeros,

Kirsy Anielka Marín Cuaresma, Haydaline Britton Flores, Mirtha

Ligia Gutiérrez Guido, Giovanni César Valle Delgado, Patricia

Berríos López y Funcionarios de BANPRO, identificados como

Julio Ramírez (Gerente de Crédito) y Julio Reyes (Departamento

Legal).

El proceso de evaluación de cartera terminó estableciendo una Brecha

Final por la suma de US$61,343,527.64 millones de dólares sin incluir

intereses la que equivale C$829,352,224.96 millones de Córdobas

78

Page 79: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

que fue respaldada en CENI emitidos a favor del BANPRO para

mantener el equilibrio del Balance vendido.

La Junta Liquidadora del BANIC fue nombrada el 20 de Septiembre

2001 Resolución: SIB-OIF-IX-86-2001, firmada por el Superintendente

de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, formada por: Ing. Ottoniel Ruíz

Armijo, (Presidente) Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali

Molina Palacios (Miembro) quienes tomaron posesión de su cargo

ante el Juzgado Quinto Civil del Distrito de Managua, quien declaró el

estado de liquidación forzosa del BANIC el día 20 de septiembre 2001.

La Junta Liquidadora integrada por: Ing. Ottoniel Ruíz Armijo,

(Presidente) Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina

Palacios (Miembro) debía liquidar los activos residuales del BANIC, o

al menos un porcentaje significativo del mismo, durante este período

de liquidación se prosiguió con la evaluación conjunta de cartera

BANIC, y tuvo en su poder los activos residuales por más de dos años.

Aparentemente la brecha inicial en el BANIC era de US$11.2 millones,

la brecha final del proceso de calificación y negociación de cartera fue

de US$61.3 millones de dólares, es decir US$49.7 millones de

diferencia, a partir de la evaluación de la cartera.

La cartera de BANIC fue aceptada por BANPRO en un 37.2 % y

provisionada en un 9.9%, la cartera devuelta a la Junta Liquidadora

fue de US$30.6 millones de dólares, lo que al final exigió emitir CENI

del Banco Central de Nicaragua por US$61.3 millones de dólares, a

favor de BANPRO cuando la brecha inicial se había considerado en

US$11.7 millones.

El mandato de la Junta Administradora integrada por: Lic. Guillermo

Lugo Alaniz, Presidente; Lic. Leopoldo Sánchez Amador,

Miembro; Lic. Miguel Ángel Mendoza, en resolución SIB-OIF-IX-79-

79

Page 80: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

2001 se amplió por 15 días que vencieron el 19 de Septiembre de

2001.

La Junta Liquidadora integrada por Ing. Ottoniel Ruíz Armijo,

(Presidente) Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina

Palacios (Miembro) se realizó pagos de Honorarios por C$19,910.3

millones de Córdobas, pagándose en exceso a criterio de la

Superintendencia de Bancos C$3,047.4 millones y posteriormente

promovió un amparo ante el Tribunal de Apelaciones de Managua,

Sala Penal Uno, Expediente No. 240-04 en contra de la resolución

DS-0889-10-2001/NSC del 31 de octubre de 2001 “Valor de Bienes de

la Masa” y de la Resolución SIB-OIF-XII-034-2004 del

Superintendente de Bancos en funciones Alfonso Llanes Cardenal

del 16 de Abril del 2004, alegando objeciones al cálculo de la masa

liquidada hecha por el Superintendente de Bancos para calcular sus

honorarios, recurso que está pendiente de resolverse.

La Junta Liquidadora integrada por Ing. Ottoniel Ruíz Armijo,

(Presidente) Lic. Guillermo Lugo Alaniz (miembro) Dr. Yali Molina

Palacios (Miembro) inició su período el 21 de Septiembre 2001,

conforme toma de posesión ante el Juez Quinto del Distrito Civil de

Managua Resolución SIB-OIF-IX-86-2001 del 20 de Septiembre del

2001 prorrogado por 6 meses más Resolución SIB-OIF-X-048-2002

del 29 de Abril de 2002.

El informe final de gestión de la Junta Liquidadora tiene fecha del 17

de junio del 2003, y aun no ha sido aprobado por el Superintendente

de Bancos debido a la litis que tienen por diferencia en el cálculo de la

masa a liquidar.

Al momento de la intervención del BANIC ( Balance al 04 de agosto

2001) los activos totales netos eran de C$1,645.497,496.00. Los

pasivos totales netos eran C$1,488,719,798.00 millones, las

obligaciones con el público eran por C$1,380,872.118.00 millones.

80

Page 81: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Al momento que la Junta Liquidadora relacionada asumió como

consecuencia de la venta de los activos y pasivos del BANIC al

BANPRO efectuada por la Junta Administradora integrada por Lic.

Guillermo Lugo Alaniz , Leopoldo Sánchez Amador y Miguel

Angel Mendoza, la Junta Liquidadora nombrada integrada por Ing.

Otoniel Ruiz Armijo, Lic. Guillermo Lugo Alaniz y Dr. Yali Molina

Palacio encuentran que los activos netos al 21 de Septiembre 2001

eran de C$712,767,370.00 millones y los pasivos sumaban

C$565,493,910.00 millones.

Al 20 de Septiembre 2002, fecha de terminación del período legal de

liquidación, los activos netos eran de C$703,797,168.00 millones y los

pasivos totales eran de C$874,849,033.00 millones para un patrimonio

negativos de (-C$171,051,685.00) millones.

Las provisiones sobre la cartera sumaban C$330,837,248.00 millones

y las provisiones de bienes adjudicados sumaban C$202,048,905.00

millones, sumando en total de provisiones C$532,886,153,00 millones

de córdobas, que incluían C$90,519,448,32 provisiones que concedió

al Banco Central de Nicaragua a BANPRO.

Los activos entregados conforme Escritura No. 1, Dación en Pago

de las 6:00 de la tarde del 18 de octubre del 2002 firmada por

miembros de la Junta Liquidadora del BANIC y el Dr. Mario Alonso

Icabalceta por el Banco Central de Nicaragua, conforme al balance

General al 30 de septiembre 2002 suman C$734,249,687,74 millones

de córdobas, de los cuales dedujeron los activos líquidos (dinero

efectivo) un monto de C$83,327,928.00 millones, determinados por el

liquidador, de lo que surge la disputa sobre el exceso de pago de la

Junta Liquidadora, por lo que el valor real trasladado en activos

residuales suman C$659,642,964.00 millones conforme al valor

contable del Balance General al 30 de septiembre 2002.

81

Page 82: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Al 30 de septiembre de 2002, la Junta Liquidadora considera que

sobre la cifra de C$742,970,892,00 millones de córdobas por activos

dados en Dación en pago, quedaba un saldo insoluto por

C$76,693,339.94 millones de córdobas, cifra sumamente inferior a los

C$90,519,448.32 millones en provisiones que el Banco Central de

Nicaragua trasladó a BANPRO.

Como consecuencia del traslado y devolución de los activos de BANIC

al BANPRO al 30 de Septiembre 2002 la brecha se calculó en

C$828.326,629.00 millones de córdobas ya habían sido emitidos CENI

por C$157,512,400.00 millones de córdobas de brecha inicial y faltaba

por emitir C$670,824.229.00 millones, como consecuencia de los

traslados de activos y cartera de BANPRO a BANIC.

Las provisiones sobre cartera y bienes adjudicados del BANIC por la

superintendencia de Bancos fue de C$531.066,268.00 millones de

córdobas. La Junta Liquidadora relacionada del BANIC, durante el

período de liquidación y el período de hecho recuperaron la cantidad

de C$120,444,931.46 millones (Septiembre 2001 –Septiembre 2002.)

en concepto de cartera de crédito, venta de bienes adjudicados, y

venta de bienes de uso.

Los gastos efectuados de esta junta o gastos de liquidación fueron la

cantidad de C$79,400.040.00 por el período comprendido de

Septiembre 2001 al 31 de diciembre de 2003 en concepto de gastos

administrativos, gastos de infraestructura, gastos por servicios

externos, gastos de transporte y comunicación y gastos generales.

Todo el proceso de venta de los activos y pasivos del banco

desincorporado BANIC al martillo, en forma conjunta con el Banco de

la Producción, el Banco Central de Nicaragua lo finiquitó mediante un

balance general de cierre de fecha del 30 de junio 2003 monto en

dólares, legalizándolo a través de escritura pública No. 107, en el

domicilio de Managua a las 2:00 de la tarde del 12 de agosto de

82

Page 83: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

2003. Con dicho instrumento público se indicará la aprobación del

balance final de cierre de la operación de absorción de activos y

pasivos del Banco Nicaragüense de Industria y Comercio S.A por

parte del Banco de la Producción. S.A.

Dicha escritura establece en la cláusula segunda otras obligaciones

por la cantidad U$1,347,935.99 millones de dólares, (deudas con

instituciones financieras) que no son depósitos del público que

formaron parte del pasivo y que se emitieron CENI en su respaldo.

En la misma escritura No. 107 relacionada se menciona que la suma

de dinero a pagarse al Banco de la Producción por el Banco Central

de Nicaragua con Títulos CENI asciende a U$61,344,667.89 dólares

sin incluir intereses que equivalen a C$829,352,224.96 millones de

córdobas.

Del 7 de agosto del 2000 que se produce la intervención del

INTERBANK, al 4 de Agosto del 2001, que se produce la intervención

del BANIC, se produce el proceso de intervenciones y liquidaciones

forzosas de los Bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER y BANIC en

su orden relacionado, situación que se prolonga hasta

aproximadamente 21 de abril 2002.

Mediante las intervenciones se nombran las Juntas Administradoras,

las que supuestamente preparan las “Bases” para ofertar en subasta

el correspondiente Banco: BANCAFE, BAMER y BANIC, ya que el

INTERBANK fue una adquisición directa. Con el nombramiento de la

Junta Administradora se inicia inmediatamente el proceso de

evaluación, reevaluación y negociación de cartera, realizado por

analistas del Banco Central de Nicaragua, funcionarios de los bancos

adquirentes y autoridades superiores del Banco Central de Nicaragua

sumamente relacionadas en el cuerpo de esta acusación.

83

Page 84: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

La elaboración de las “bases” para ofertar los balances de los bancos

BANCAFE, BAMER y BANIC se dio por el Superintendente de Bancos

Dr. Noel Sacasa Cruz, éste, las elaboró y se las entregó a cada junta

correspondiente las que las firmaron el mismo día que la dieron a

conocer y convocaron a subasta de forma inmediata, a escasa horas

de diferencia entre la entrega de las “bases”, que al momento de la

oferta hecha por la correspondiente Junta Administradora y/o

Liquidadora en su caso el Superintendente de Bancos Dr. Noel

Sacasa Cruz y el Ministro de Hacienda y Crédito Público Ing. Esteban

Duquestrada jugaron un papel protagónico en el sentido de que

explicaron la necesidad de que dicha subasta se practicara a lo

inmediato y en el menor tiempo posible.

Los procesos de calificación, recalificación y negociación de la cartera

de INTERBANK y BANIC, fue coordinado y dirigido por la Lic.

Estelina López Conde, quien fue llevada al INTERBANK por el Lic.

Mario Flores Loáisiga, y gozaba de toda su confianza.

El Lic. Exides Navarro Flores, coordinó y dirigió el proceso de

calificación, recalificación y negociación de la cartera de crédito en el

caso de BAMER y BANCAFE, y también parte de la cartera BANIC

que correspondía a cartera cafetalera.

Este proceso de recalificación de cartera se dio a través de los

equipos ya relacionados para cada banco, quienes fueron

conformados por Estelina López Conde y por Exides Navarro

Flores, con personal de su entera confianza y fueron los responsables

de establecer lo que se denominó (brecha final).

En el caso del INTERBANK la brecha inicial era el valor en córdobas

equivalente en dólares a US$10.3 millones de dólares,

estableciéndose una brecha final por el valor en córdobas equivalente

en dólares de US$152.7 millones de dólares sin incluir intereses.

84

Page 85: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Finalmente se emitieron CENI por el valor en córdobas equivalentes a

un monto de C$3,316,924.000.00 millones de córdobas valor facial,

equivalente en dólares a US$257,407,243.58 millones de dólares,

cuya fecha de registro contable, es decir, la fecha en que fueron

emitidos realmente, comprende los meses de noviembre 2001 a Julio

2002, que incluye valor precio y descuento (intereses) y su acreditado

en efectivo por C$3,151.36 córdobas.

Es decir, que el valor en córdobas equivalente en dólares a US$152.7

millones de dólares, en dos a tres años ganarían el valor en córdobas

equivalente en dólares a US$104,710,703.29 millones de dólares, de

intereses, para un total valor córdobas equivalente en dólar de

US$257,407,243.58. millones de dólares.

En el caso del BANCAFE la brecha inicial se estimó en el valor en

córdobas equivalente en dólares a US$40.5 millones de dólares y la

brecha final valor córdobas equivalente en dólares fue de US$77.4

millones de dólares. Por lo que se emitió CENI en concepto de brecha

final por C$1,324,984.000.00 millones de córdobas que equivalen en

dólares a U$102,005,528.28 millones de dólares, cuya fecha de

registro contable comprende Diciembre 2000 hasta julio 2003, que

incluye su valor facial e intereses y su diferencial en efectivo de

C$2,511.02. Es decir que el valor en córdobas equivalente en dólares

a US$77,398,033.21 millones, en dos a tres años ganarían intereses

por el valor en córdobas equivalente en dólares de US$24,607,494.99

millones, lo que suma el valor en córdobas equivalente en dólares de

U$102,005,528.28 millones de dólares.

Con respecto al BAMER, la brecha inicial se calculó el valor córdobas

equivalente en dólares a US$0.6 millones y la brecha final fue del valor

en córdobas equivalente en dólares a US$40.8 millones, por lo que se

emitió CENI en concepto de brecha final por C$665,286.000.00 de

córdobas, que incluía su valor precio e interés acreditado en efectivo

C$717.61, lo que da un total de córdobas equivalente en dólares a

85

Page 86: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

US$50,449.375.15 dólares, con fechas de registro contable a

diciembre 2001 y Enero 2003. Es decir que el valor en córdobas

equivalente en dólares a US$ 40,750.079.18 millones de dólares en

dos a tres años ganarían intereses del valor córdobas equivalente en

dólar por US$9,699,295,77 millones, lo que suma el valor córdoba

equivalente en dólares de US$50,449.375.15 millones de dólares.

En el caso de BANIC se emitió CENI en concepto de brecha final por

C$1,115,236,379.39 millones de córdobas equivalentes a

US$82,489.118.14 millones de dólares, que incluye el valor precio y el

interés cuya fechas de registro contable es entre el 5 de septiembre

2001 y el 20 de agosto 2003, acreditando en efectivo C$990.70. Es

decir que el valor córdobas equivalente en dólares a

US$61,343,527.64 millones en dos a tres años ganaría intereses por

el valor en córdobas equivalente en dólares de US$21,145,590.50

millones.

Los CENI emitidos por el Banco Central de Nicaragua por brechas de

INTERBANK correspondían a la adquisición directa de BANPRO de

los activos y pasivos del INTERBANK.

Los CENI emitidos por brechas de BANCAFE correspondieron a la

adjudicación de BDF.

Los CENI emitidos por brecha de BAMER correspondieron a la

adjudicación de BANCENTRO.

Los CENI emitidos por brecha de BANIC corresponden a la

adjudicación de BANPRO.

El total de CENI valor facial emitidos en córdobas fue por

C$6,422,430,379.39 millones de Córdobas equivalentes a

US$492,351,265.07 millones de dólares. Esto comprendía el valor

precio por C$4,339,733.738.93 millones de córdobas más en concepto

86

Page 87: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

de intereses de C$2,082,696,640.46 millones de córdobas, a pagarse

en un promedio de 2 a 3 años plazo máximo, teniendo como fecha

cierta y determinada de vencimiento el 18 de Septiembre 2004, como

plazo máximo y como plazo mínimo 27 de abril 2002.

Conforme relación de fechas de vencimientos señalan que la brecha

consolidada considerada como inicial por la desincorporacion de los

bancos relacionados sumaban la cantidad del valor en Córdobas

equivalente en dólares a U$63.1 millón de dólares y que producto de

la calificación y recalificación y negociación de cartera se emitieron

CENI en concepto de brecha final, del valor en córdobas equivalente

en dólares a U$269.1 millones de dólares, más de lo previsto

inicialmente, para un total de U$332,118,180.33 millones de dólares

que dos y tres años promedio ganarían intereses por más de

U$160,163.084.74 millones de dólares.

La brecha que se respalda con CENI del Banco Central de Nicaragua,

tuvo como fuentes de incrementos: 1.- El proceso de devolución de

carteras y activos por los bancos adquirentes. 2.- El tiempo que los

bancos adquirentes conservaron los activos incluyendo la cartera que

la desmejoró significativamente 3.- Las provisiones impuestas a la

cartera aceptada por los bancos adquirentes atribuyendo la desmejora

provocada por los bancos adquirentes a la situación de cada banco

antes de la intervención de cada uno. 4.- El proceso de calificación y

negociación de la cartera entre funcionarios del BCN Estelina López

Conde y Exides Navarro Flores y funcionarios del Banco adquirente

donde las juntas administradoras y liquidadoras dejaron en total

abandono omitiendo su representaciones, consintiendo y facilitando el

proceso de desmejora de los activos que incluyó la cartera que

después fue castigada como un banco en marcha y no un banco

intervenido o en liquidación consintiendo los actos a los

representantes de los bancos Arturo Arana Ubieta por BANPRO,

Silvio Lanuza por el BDF y Roberto Zamora Llanes y Julio

Cárdenas Robleto por BANCENTRO . 5.- Los altos rendimiento o

87

Page 88: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

intereses a pagarse a un corto e inmediato plazo, consentidos a los

representantes de los bancos Arturo Arana Ubieta por BANPRO,

Silvio Lanuza por el BDF y Roberto Zamora Llanes y Julio

Cárdenas Robleto por BANCENTRO aceptados por el presidente del

Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez y el Consejo

Directivo del BCN formado por: Presidente, Noel Ramírez Sánchez.

Miembro, Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez, que incluye también al Ministro de Hacienda y Crédito

Público Ing. Esteban Duquestrada, así como del Lic. Mario Flores

Loáisiga, Gerente General del Banco Central de Nicaragua, y el Lic.

Carlos Cerda García Gerente Financiero del BCN, Estelina López

Conde, y Exides Navarro Flores ambos subordinados a la Gerencia

Financiera del BCN quienes específicamente ejecutaron la

recalificación y negociación de la cartera a través de los equipos de

analistas de INTERBANK y BANIC formado por Estelina López

Conde, Tania Jarquín Mairena, María Concepción Gutiérrez Mena,

Maria Eugenia King Sing, Elizabeth de los Ángeles García

Sánchez, Nideth Buitrago Peña, Xiomara Dominga Caballeros,

Kirsy Anielka Marín Cuaresma, Haydaline Britton Flores, Mirtha

Ligia Gutiérrez Guido, Giovanni César Valle Delgado, Patricia

Berríos López y Funcionarios de BANPRO, identificados como Julio

Ramírez (Gerente de Crédito) y Julio Reyes (Departamento Legal),

quienes en ningún momento se opusieron ni objetaron en beneficio del

Banco Central de Nicaragua, y en el caso de BANCAFE, BAMER, fue

coordinado y ejecutado por Exides Enrique Navarro Flores,

principalmente y apoyado por Carlos José Sánchez Robleto,

(q.e.p.d) el resto de los evaluadores fueron Mario José Sobalvarro

Ramos, Flor de María Baca Baca, Lissette del Socorro Torrez

Rodríguez, José Calasan Calderón Ríos, Marlene del Socorro

Pastora Reyes, Rosa Argentina Silva Flores, Edmundo Ramón

Arguello Morales, Sonia del Carmen Estrella Acevedo, Tupac

Benjamín Cabrales, Gretha Lilliam Méndez Gaitán, Sara Alaniz

88

Page 89: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Ruiz, Marvin Venancio Miranda Corrales, e Ivonne Isabel

Gabarrete Oporta, dentro de otros, quienes en ningún momento se

opusieron ni objetaron en beneficio del Banco Central de Nicaragua.

La actitud omisiva, dolosa, permisiva, complaciente y calculada del

Superintendente de Bancos Dr. Noel Sacasa Cruz, del Presidente del

Banco Central de Nicaragua Dr. Noel Ramírez Sánchez, y del

Ministro de Hacienda y Crédito Público Ing. Esteban Duquestrada,

con la aprobación del Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua integrado por : Presidente, Noel Ramírez Sánchez.

Miembros: Esteban Duquestrada, Ministro de Hacienda y Crédito

Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas

Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales

Sánchez , a quienes atribuyo la ideación, maquinación y ejecución de

una compleja operación de la que siempre estuvieron claros en

alcanzar el propósito de que al desincorporar los bancos, significaba

ganancias para grupos financieros, y la circulación de una masa de

bienes de valor incalculable que por los privilegios del sistema

financiero y el acceso a la información privilegiada de forma directa y

anticipada iba a beneficiar a grupo financieros y particulares a como

los benefició en el caso de BANPRO, BANCENTRO, BDF, Y LA

AUDITORA GRAN THORTON, a como lo demostraré en su momento

en la etapa de prueba durante el juicio por los cargos que imputo en

esta acusación.

Los relacionados tuvieron información directa anticipada, oportuna

para modelar, idear, diseñar y ejecutar el proceso de

desincorporación de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y

BANIC y beneficiar a grupos y personas especificas por el uso de la

información privilegiada y acceso en que se compartió con los grupos

financieros todo los procesos de desincorporación, desde las

intervenciones hasta la subasta, que paso a paso fueron

acompañando y acechando el proceso de desincorporación

construyendo mediante actos aparentemente lícitos desde sus

89

Page 90: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

posiciones de funcionarios públicos y con la colaboración de los

miembros de las Juntas Administradoras y Liquidadoras

respectivamente y de funcionarios intermedios del Banco Central de

Nicaragua, con la participación de particulares, sentaron las bases

para favorecer económicamente a las entidades financieras, BANPRO,

BANCENTRO Y BDF, en perjuicio del erario público de la nación, sin

riesgo alguno ni inversión de capital.

A través de las junta Administradora de INTERBANK: Lic. Rodolfo

Delgado Cáceres, Presidente, Lic. Mario Flores Loásiga, (Gerente

General del Banco Central de Nicaragua), Miembro, quienes

intermediaron la oferta de los accionistas de BANPRO para adquirir el

INTERBANK. A través de las junta Liquidadora de INTERBANK:

integrada por Lic Rodolfo Delgado Cáceres , Fernando Rodríguez

Alaniz, y Juan José Rodríguez Gurdián. A través de las junta

Liquidadora de BANCAFE: Integrada por Roberto Sánchez Cordero,

Presidente, Juan José Icaza Martínez y Carlos Matus Tapia. A

través de las junta Administradora de BAMER: Integrada por Edgar

Pereira Deshon, Presidente, Manuel Centeno Cantillano, y Carlos

Bonilla López. A través de la junta Liquidadora de BAMER:

Leopodo Sánchez Amador, Presidente, Carlos Marín Arce, y

Edgard Pereira Deshon. A través de las junta Administradora de

BANIC: Guillermo Lugo Alaniz, Presidente, Leopoldo Sánchez

Amador, y Miguel Angel Mendoza. A través de las junta Liquidadora

de BANIC: Ing. Ottoniel Ruiz Armijo, Presidente, Guillermo Lugo

Alaniz y Yalí Molina Palacios.

Donde los miembros de las Juntas relacionados dejaron en total

abandono la cartera omitiendo sus representaciones consintiendo y

facilitando el proceso de desmejora de los activos de cada banco que

incluyó la cartera especifica que después fue castigada como un

banco en marcha y no como banco intervenido o en liquidación.

Todo ello originó un inmenso principal con rendimientos elevados y

plazos inmediatos de vencimiento, doloso e ilegítimo que a través de

90

Page 91: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

la tolerancia de los funcionarios y miembros de junta relacionados

comprometieron al gobierno de Nicaragua y le causaron un enorme e

incalculable perjuicio económico bajo el supuesto del salvataje al

Sistema Financiero Nacional producto de un riesgo sistémico que

ponía en supuesto peligro las finanzas del país, que significaron a

dos y tres años, C$6,422,430,379.39 millones de córdobas

equivalentes en dólares a US$492,351,265.07 millones de dólares.

Esta operación fraudulenta ha dejado un perjuicio al ante una de las

operaciones fraudulentas más oprobiosas del país, que permitió

adoptar decisiones y acuerdos abusivos en beneficio de terceros y en

perjuicio de la sociedad, alterando información financiera presentando

una situación distorsionada de forma idónea para causar perjuicio

económico a la sociedad, permitiendo que terceros se aprovecharan

con conocimiento de causa de tales decisiones y acuerdos abusivos,

practicados por al influencia ejercida en la adopción de decisiones en

beneficio de terceros y en detrimento del patrimonio del estado, misma

que ha dejado un perjuicio al menos de CIENTO VEINTE MILLONES

DE DÓLARES (US$120.000.000.00) por emisión de CENI, mas los

altos intereses que devengó a corto plazo, CIENTO SESENTA

MILLONES DE DÓLARES (US$160.000.000.00) entre los años 2002

al 2004, CIENTO ONCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL

DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON VEINTIOCHO CENTAVOS

DE DÓLARES (US$111,920.289.28) adicionales en intereses como

consecuencia de la recompra de CENI, si consideramos que la

obligación del Estado en la desincorporación de los bancos a

respaldar en caso que fuera legítimo hacerlo, era aproximadamente de

DOSCIENTOS DOCE MILLONES DE DÓLARES

(US$212.000.000.00). Así como TRES MIL CIENTOS SEIS

MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL DIECIOCHO

CÓRDOBAS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS

(C$3,106,748,518.44) por haber vendido los activos residuales de los

bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, a través de

subastas, a un precio menor a su valor en libros, aspecto último que

91

Page 92: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

relacionaré en el cuerpo de esta acusación cuando me refiera al hecho

de la subasta.

La otra parte de la operación la realizan las Juntas Liquidadoras

relacionadas del INTERBANK, formada por Rodolfo Delgado

Cáceres, Fernando Rodríguez Alaniz y Juan José Rodríguez

Gurdián, la Junta Liquidadora de BANCAFE formada por Roberto

Sánchez Cordero, Carlos Matus Tapia y Juan José Icaza Martínez,

La Junta Liquidadora de BAMER formada por Leopodo Sánchez

Amador, Carlos Marin Arcia, y Edgard Pereira Deshon y la Junta

Liquidadora de BANIC conformada por Ottoniel Ruiz Armijo,

Guillermo Lugo Alaniz, y Yalí Molina Palacio, quienes al quedarse

liquidando los activos residuales sin recuperaciones significativas en

su gestión, que conservaron los activos residuales por mas de dos

años y medio, lo que desmejoró su valor, pero que además el Banco

Central de Nicaragua aplicó lo que se llamó “valores de trasmisión de

activos” los que redujeron su valor de manera dramática de su valor en

libro y que se terminaron vendiendo de regalado en la subasta al

aplicar el famoso criterio “precios de mercado”.

Subasta en la que participan con información privilegiada grupos

económicos como BANPRO, FINANCO, INVERSIONES ZUM, que

significa ZAMORA, URCUYO, MONTEALEGRE y el Grupo auditor

GRANT THORTON CIA, este último auditor de las operaciones de

emisión de CENI, y de la gestión de Junta Administradora y

Liquidadora a través de KPMG la cual han representado

nacionalmente, lo que les permitió a cada grupo participar con ventaja

en las subastas al determinarse relaciones de conflictos de intereses

entre otros de la secretaria de actas del Consejo Directivo del Banco

Central de Nicaragua Claudia Valle Kinlock esposa del Sr. Alejandro

Arguello Baca, accionista de FINANCO S.A., que participa en la

compra de cartera por la cantidad de US$3,767,907.76 dólares, con un

precio contable de US$98,296,673.64 dólares, en donde su relación

directa con la Secretaria del Consejo Directivo del Banco Central de

92

Page 93: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Nicaragua Sra. Claudia Valle Kinlock, fue ventajosa, oportunista, y

privilegiada para apropiarse de cartera que le retornaría enorme

beneficios económicos. Así como de la Auditora GRANT THORTON

INTERNACIONAL S. A. REPRESENTADA POR HUMBERTO JOSÉ

HERNÁNDEZ AGUILAR, y/o TAMBIÉN REPRESENTANTE DE

GRANT THORTON HERNÁNDEZ Y ASOCIADOS S.A. TAMBIÉN

SIMPLEMENTE GRANT THORTON, en un juego de creación de

sociedades como un mismo nombre comercial que de forma

fraudulenta, tuvo tiempo manejando información privilegiada de

cartera para poder contactar a los dueños de los créditos, a través de

la contratación del Lic. Ronald Flores Lazo, quien se había

desempeñado como Asesor delegado a tiempo completo en el Banco

Central de Nicaragua que participaron en el control de activos

residuales de los bancos quebrados y sabía lo que estaba bueno o no

de los mismos y actualmente socio del Sr. Humberto Hernández

Aguilar, así como contrató a Deysi Cruz, analista de recuperación de

crédito del BAMER, Deysi Baltodano Espinoza, analista de

recuperación de crédito de BANIC, Toribio Reyes Gutiérrez, analista

de recuperación de crédito de INTERBANK, quienes junto con lo

abogados Jin del Socorro Madriz López y Julio César D`trinidad

Lechado, contactaron a los dueños de los créditos que no podían

comprar en subasta sus créditos, solicitándole un 10% de adelanto

sobre el total del crédito, más un 9% de comisión por la diferencia,

dinero con el cual sin invertir un centavo compraron en subasta por el

valor de US$280,780.72 dólares cartera con el valor contable de

US$27,767.638.60 millones de dólares, lo que les dejó una ganancia

espectacular de más de US$80,000.00 por la operación de compra de

cartera con dinero ajeno, y tres meses posteriores por el cobro de la

cartera comprada habían obtenido ganancias libres de más de

US$800,000.00 dólares a como lo demostraré con la pruebas que

acompaño en la presente acusación, que deja descubierto el tráfico de

influencia y la ventaja con que los grupos económicos participaron en

la subasta. BANPRO compró cartera de crédito por el valor de

US$769,804.41 dólares, con el precio contable de 93,774,782.68

93

Page 94: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

dólares y FINANCO S.A. compró cartera por US$3,767,907.76

dólares, con un precio contable de 98,296,673.64 dólares.

INVERSIONES ZUM adquiere en subasta el Hotel Lomas de

Guadalupe, ubicado en la ciudad de Matagalpa, No. Registral 61772,

Valor contable: C$9,991,142.92 adquirido en US$243,689.40

equivalente a esa fecha a C$3,690,042.37 que significa el 36% de su

valor contable.

ALCANCES DE LA PRETENCIÓN DE CREAR UN MARCO

JURÍDICO QUE LEGALIZARA LA EMISION DE CENI POR

US$492,351,265.07 MILLONES DE DÓLARES, EMITIDOS DE

MANERA DOLOSA Y FRAUDULENTA POR LA

DESINCORPORACIÓN DE LOS BANCOS INTERBANK, BANCAFE,

BAMER, Y BANIC, EN BENEFICIO DE LOS GRUPOS

ECONOMICOS BANPRO, BDF Y BANCENTRO.

El ACUERDO PRESIDENCIAL No. 479-2002 del 24 de septiembre del

2002, Gaceta No. 190 del 8 de Octubre 2002, el ex presidente de la

República Ing. Enrique Bolaños Geyer, autoriza al Ministro de

Hacienda y Crédito Público Lic. Eduardo Montealegre Rivas, para

que en representación del estado suscriba con el Banco Central de

Nicaragua un convenio interinstitucional, para que el estado

asuma la obligación del pagar al Banco Central de Nicaragua los

saldos deudores de los activos que la Junta Liquidadora

transfieran al Banco Central de Nicaragua en pago para asunción

de los compromisos financieros en garantía de los cuenta habientes

de cada uno de los bancos INTERBANK, BANCAFE, BANIC Y

BAMER.

El Acuerdo autoriza al Lic. Eduardo Montealegre Rivas convenir con

el Banco Central de Nicaragua el procedimiento de pago de cada

uno de los saldos deudores, conforme al informe de liquidación que

94

Page 95: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

debe de presentar el Banco Central de Nicaragua debidamente

auditado por una firma de prestigio.

En el convenio interinstitucional se debían relacionar los activos

residuales que habrían sido traslados al Banco Central de Nicaragua,

el valor de adquisición, el precio de venta y los gastos para su

administración y liquidación determinando el monto final del saldo

deudor total a cargo del estado, dichas cifra se incorporaría al

convenio interinstitucional mediante un adendum.

Para la liquidación de los activos conforme valores determinados

en el mercado se debía contratar una empresa de prestigio

internacional en el ramo mediante proceso de licitación pública.

Cumplidos los requisitos y procedimientos el Ministerio de Hacienda y

Crédito Público debía gestionar la inclusión en los ejercicios

presupuestarios de partidas destinadas a cancelar los saldos de cada

liquidación.

Con este acuerdo presidencial se sientan las bases para que el estado

asuma en carácter de deuda pública las consecuencias económicas

del proceso de desincorporación de los bancos INTERBANK,

BANCAFE, BAMER Y BANIC, supuestamente en respaldo y garantía

de los cuenta habientes de los bancos desincorporados.

El acuerdo presidencial fue desatendido por cuanto se presupuestó la

obligación originada de US$492,351,265.07 por emisión de CENI y no

el resultado del informe de liquidación que debía de presentar el

Banco Central de Nicaragua debidamente auditado, ni se cumplió con

el inventario de activos residuales, reflejando el valor de adquisición,

precio de venta, y los gastos de administración y liquidación para

determinar el saldo deudor.

95

Page 96: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

El acuerdo lo utilizaron para presupuestar los montos totales ya

emitidos en CENI por US$492,351,265.07 millones y no los saldos

deudores resultados de la conciliación de los procesos financieros.

Pero definitivamente el acuerdo No. 479-2000 de el ex presidente Ing.

Enrique Bolaños Gayer ordena el pago de los saldos deudores de la

Junta Liquidadora con el Banco Central de Nicaragua, que no es

propiamente el monto de CENI que se emitió en respaldo a la

desincorporación de los bancos.

Al mes septiembre 2002, el proceso de emisión de CENI en respaldo

de la brecha de los bancos desincorporados no se había culminado ni

existía base jurídica que de manera expresa señalara que el estado

asumiera como propia obligaciones del proceso de desincorporación

de bancos.

El 21 de noviembre del 2002, Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de

Hacienda y Crédito Público suscribe acuerdo interinstitucional

“Asunción de compromisos financieros por brecha de bancos

desincorporados” con el Sr. Mario Alonso Icabalceta, Presidente del

Banco Central de Nicaragua.

Dicho acuerdo Interinstitucional no cumplió con las disposiciones del

acuerdo presidencial No. 479-2002 ya que la parte nuclear del mismo

sería el informe de liquidación que debía presentar el Banco Central

de Nicaragua debidamente auditado, ni se relacionó el universo de

activos residuales que habían sido traslados al Banco Central de

Nicaragua por las Juntas Liquidadoras y sus gastos de administración

para determinar un saldo deudor final que debía de incorporarse al

convenio interinstitucional a través de un adendum.

96

Page 97: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

RELACION DE HECHOS EN LA RECOMPRA DE CENI PARA

ENCUBRIR EL DAÑO ECONOMICO CAUSADO AL ESTADO CON

EL PROCESO DE SUPUESTA RECOMPRA QUE TRAJO MAYOR

PERJUICIO ECONOMICO AL ERARIO PÚBLICO.

El 13 de Agosto del 2003, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua a propuesta de su presidente Dr. Mario Alonso

Icabalceta, e integrado por el Lic. Eduardo Montealegre, Ing.

Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing. Benjamín Lazas y el

Dr. Silvio Conrado dictan resolución No. CD-BCN-XXXVIII-1-03,

autorizando a la administración del Banco Central de Nicaragua

compra venta de CENI y reinversión de nuevos títulos con el BANPRO

redimiendo anticipadamente con fecha valor al 15 de julio 2003, los

títulos CENI emitidos para respaldar la brecha entre activos y pasivos

del INTERBANK que vencían en el año 2004 y que se encontraban en

poder de BANPRO.

En esta operación se redimieron a valor presente en forma anticipada

US$230,553,482.37 millones descontado del monto de

US$250,894,506,97 millones, que vencían el 21 de julio del 2004 y el

18 de septiembre 2004, a una tasa de 7.4999%, ordenando emitir

nuevos títulos estandarizados con fecha de emisión al 15 de Julio

2003, emisión de títulos por US$206,988,526.24 millones a una tasa

de rendimiento sobre saldo principal de 8.30% anual.

También ordenan en la resolución CD-BCN-XXXVIII-1-03, la emisión

de títulos por US$13,358,728.89 con tasa de rendimiento de 9.89%

anual, y la emisión de bono cupón “0” por US$5,103,113.62 a cinco

años equivalentes a US$7,745,070,78. y la emisión de Bonos cupón

“0” por US$5,103,113.62 a diez años plazo US$13,500,551,57.

Las fechas de vencimiento de dichos títulos en general se

programaron para los años 2011, 2012, 2013. En el caso de los bonos

cupón “0” conforme al anexo 1 tabla de amortización firmada por los

97

Page 98: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

miembros del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua los

bonos cupón “ 0” a 5 años se emitieron a una tasa de rendimiento

anual de 8.49%, y la de cupón “0” a 10 años a 9,95%.

El rendimiento se castigó con más plazo y mayor rendimiento contrario

a la lógica financiera común de este tipo de transacciones de disminuir

el rendimiento en relación a mayor plazo, pero además se pagaron

intereses más intereses en toda la operación de reingeniería de

manera dolosa.

El 10 de Octubre del 2003, el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua integrado por: Dr. Mario Alonso Icabalceta, e integrado

por el Lic. Eduardo Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic.

Ricardo Parrales, Ing. Benjamín Lazas y el Dr. Silvio Conrado a

propuesta del Presidente Dr. Mario Alonso Icabalceta, emitió

resolución CD-BCN-XLVIII-2-03 autorizando la compra venta de CENI

y reinversión de nuevos títulos con el BANCENTRO, redimiendo

anticipadamente con fecha del 30 de septiembre 2003, los CENI que

fueron emitidos en concepto de brecha por el BAMER que vencían en

el 16 de febrero del 2004 y que se encontraban en poder del

BANCENTRO, estos CENI fueron redimidos por la suma en córdobas

equivalentes en dólares a US$49,201,072.84, autorizando al Banco

Central de Nicaragua emitir títulos estandarizados con fecha de

emisión del 15 de octubre de 2003, pero entre el 30 de septiembre al

15 de octubre 2003 de forma particular se reconoció intereses anuales

de 7.934% en córdobas que equivalían al 15 de octubre de 2003 a

US$49,363,723.39 millones de dólares, a estos a su vez a partir del 15

de abril 2004 a plazo de 10 años, se emitirían títulos estandarizados a

una tasa de rendimiento de 8.30% anual y de forma particular del 30

de septiembre de 2003 al 16 de febrero 2004 la tasa de rendimiento

aprobada fue de 7.934%.

El 5 de noviembre 2003 el Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua integrado por Dr. Mario Alonso Icabalceta, e integrado

98

Page 99: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

por el Lic. Eduardo Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic.

Ricardo Parrales, Ing. Benjamín Lazas y el Dr. Silvio Conrado, a

propuesta de su presidente Dr. Mario Bernardo Alonso Icabalzeta,

Resolución CD-BCN-LII-2-03, autoriza a la administración del Banco

Central de Nicaragua comprar los CENI y reinvertir nuevos títulos con

el BDF, redimiendo anticipadamente al 15 de octubre de 2003, los

CENI que fueron emitidos para respaldar la brecha del BANCAFE que

vencían en diciembre 2003, y que se encontraban en poder del BDF

hasta por un monto en Córdobas equivalente en dólares a

US$40,230,990.00 millones, liquidados al 15 de octubre de 2003,

hasta por un monto en córdobas equivalente en dólares a

US$40,000,003.08 millones, y que vencían en diciembre 2003.

También autorizan nuevos títulos por la suma en córdobas equivalente

en dólares a US$20,000,001,54, a un año plazo a partir del 15 de

abril 2004, y una tasa de rendimiento de 7.35% serían emitidos en

títulos estandarizados.

También autoriza la emisión de títulos estandarizados por el valor en

córdobas equivalentes en dólares del US$20,000.000.00, a 3 años

plazo, a una tasa de rendimiento sobre saldo de principal de 7.5%

pero durante el período del 15 de octubre de 2003, al 12 de noviembre

2003, la tasa de rendimiento fue de 9.48%.

El Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua integrado por :

Dr. Mario Alonso Icabalceta, Lic. Eduardo Montealegre, Ing.

Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing. Benjamín Lazas y el

Dr. Silvio Conrado, el 22 de octubre del 2003 a propuesta del

presidente del Banco Central de Nicaragua Dr. Mario Bernardo Alonso

Icabalzeta, dicta resolución CD-BCN-L-1-03, que modifica la

resolución CD-BCN-XXXVIII-1-03 para que la emisión de los nuevos

títulos fuera el 15 de octubre de 2003, relacionándose una

modificación en los montos de los bonos estandarizados a emitir a

favor de BANPRO por INTERBANK y BANIC, aumentando el monto

99

Page 100: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

inicialmente acordado sin mayor fundamento en aproximadamente

mas de 4,000.000.00 de dólares.

El 24 de Noviembre del 2003 a propuesta del presidente del Banco

Central de Nicaragua Dr. Mario Alonso Icabalceta, Resolución CD-

BCN-LIV-1-03 el Consejo Directivo modifica la Resolución CD-BCN-

LII-2-03 del 5 de noviembre 2003, señalando que el monto en

córdobas a redimir en dólares al BDF al 15 de octubre del 2003, y que

vencía en noviembre 2003 sería de US$40,001.852.43 millones.

US$20,000,926.22 millones serían a 2 años plazo a partir del 15 de

enero de 2004 con una tasa de intereses anual del 7.35%. Y se

emitirían títulos estandarizados también por US$20,000,926.21

millones a 3 años plazo a partir de enero 2004, con una tasa anual de

rendimiento de 7.5%.

La decisión de la compra de CENI y reinversión de títulos

estandarizados con el BANPRO, BANCENTRO y BDF fue decisión del

Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua conformado

por el Dr. Mario Bernardo Alonso Icabalzeta, Lic. Eduardo

Montealegre, Ing. Gilberto Cuadra, Lic. Ricardo Parrales, Ing.

Benjamín Lanzas y el Dr. Silvio Conrado. La que no es respaldada

por ningún acuerdo presidencial y se le atribuye de manera absoluta

la decisión de este Consejo, la recompra de CENI en la que participan

de manera extraña en el caso de BANPRO aparentemente por

disposición del presidente Bolaños en la negociación de reingeniería el

Sr. Eduardo Montealegre Rivas, Sr. Alfonso Robelo Callejas,

Nicolás Marín y el Dr. Luis Rivas Anduray, protegido del Sr.

Eduardo Montealegre Rivas, quien igualmente había trabajado en el

Ministerio de Hacienda y Crédito Público y formó parte del equipo

negociador de la recompra de los CENI.

El proceso de emisión de CENI primario, al momento que se inicia la

llamada reingeniería y reinversión por título estandarizado, estaba en

100

Page 101: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

proceso de culminación. Al 20 de agosto 2003 el Banco Central de

Nicaragua todavía emitía CENI en respaldo de BANIC a favor de

BANPRO por C$6,629,379.39 Córdobas.

Igualmente los CENI ya emitidos a esa fecha que ganaban intereses

de forma retroactiva desde octubre del 2000, su plazo de vencimiento

eran próximos inmediatos, de manera que ni siquiera habían

terminado de emitir los CENI cuando ya se tenia que honrar la

obligación.

Esta situación lleva al Consejo Directivo del Banco Central de

Nicaragua, a decidir la compra de CENI y la reinversión en títulos

estandarizados con BANPRO por INTERBANK y BANIC, con

BANCENTRO por BAMER y con BDF por BANCAFE.

Bajo el supuesto de redimirlo anticipadamente capitaliza los intereses

sobre intereses de los CENI ya emitidos, reconoce rendimientos

particulares en periodos cortos entre los meses de Septiembre y

octubre de 2003, emiten bonos cupón Cero a favor de BANPRO

precisamente reconociéndole los intereses generados por los CENI al

momento de la anticipación del pago y le establecen nuevas tasa de

rendimientos a 10 años plazo de manera tal que la suma en córdobas

equivalente en dólares a US$319,919,058,19 millones, de acuerdo a la

renegociación al 15 de Abril 2013, el total a pagar aproximadamente

en córdobas sería equivalente en dólares a US$453,544,251.26

millones de dólares como consecuencia de capitalizar a la deuda

original sus intereses y calcular intereses sobre esta nueva deuda,

aplicando reglas financieras de castigo de mayor rendimiento en

menor plazo que favoreció a los bancos adquirentes.

Lo impagable de la deuda creada como consecuencia de la

evaluación, recalificación y negociación de la cartera al desamparo de

la Juntas Administradoras y Liquidadoras de los Banco INTERBANK,

BANCAFE, BAMER Y BANIC, y del Consejo Directivo del Banco

101

Page 102: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

Central de Nicaragua, efectuadas por funcionarios de el Banco Central

de Nicaragua dirigidos por Estelina López Conde y Exides Navarro

Flores, obligó al Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua

diseñar una supuesta reingeniería no para salvataje de la obligación

sino, para hacer posible el desenvolvimiento del flujo de pagos ya que

la emisión de CENI por la cantidad en Córdobas equivalentes en

dólares de US$492,351,335.07 millones a pagarse en el mes de julio

2004, puso en riesgo inminente la capacidad de pago del estado por

representar una enorme presión fiscal y monetaria para el gobierno y

estado de la republica de Nicaragua absorbiendo recursos destinados

a los programas de reducción de la pobreza.

Como consecuencia de la compra de CENI y emisión de títulos

estandarizados el incremento en córdobas equivalente en dólares a

US$111,920,289.28 lejos de significar alivio representó el costo

adicional que el estado pagaría a través del presupuesto de la

república en concepto de deuda publica interna por un flujo de pago

que oxigenara y diera la imagen de necesario cuando su objetivo

fundamental fue facilitar el pago de una obligación leonina y

fraudulenta diseñada para pagarse en corto plazo y con excesivas

tasa de interés.

Al momento de la renegociación el estado de Nicaragua había pagado

la suma de US$150,727,373.09 millones de dólares al año 2006.

Significa que al haber capitalizado los intereses los

US$492,351.335.07 millones de dólares a octubre 2013 significaran

US$604,271,624.35 millones de dólares, que se pagarían a los grupos

económicos de BANPRO, BDF y BANCENTRO, con la observación de

que los CENI y posteriormente lo títulos estandarizados siempre han

estado en poder de estos grupos por la ganancia especulativa que

representan y por que fueron emitidos para su beneficio.

102

Page 103: 1215642494_AcusacionCENIcompleta

PROCESO DE TRASLADO DE ACTIVOS DE LAS JUNTAS LIQUIDADORAS AL BCN Y SUBASTA DE ACTIVOS

I. Traslado de los activos residuales al BCN

El 25 de septiembre de 2002, el Consejo Directivo del BCN integrado por: : Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, mediante Resolución CD-BCN-XXX-1-2002, autoriza a la Administración del BCN para que dicha institución procediera a recibir de las Juntas Liquidadoras de los Bancos, la cartera de crédito y demás activos en concepto de dación en pago como abono por las obligaciones contraídas con el BCN por la emisión de CENI.

Para tal efecto el BCN mediante resolución CD-BCN-XXX-2-2002 del 25 de septiembre del 2002, resolvió ampliar las facultades de la comisión liquidadora de cartera (CLC) dirigida por: Don Mariano Buitrago, del BCN para que pudiera “negociar los precios de transferencias”, recibir, administrar, y recuperar las carteras de créditos y demás activos provenientes de los banco privados sometidos a liquidación forzosa.

Para tal efecto el BCN suscribió con las Juntas Liquidadoras del BANIC, BAMER, INTERBANK Y BANCAFE, Escrituras de Dación en Pago: Escritura No. 21 del 29 de octubre del 2000, del INTERBANK, Escritura Pública No. 24 de 31 de octubre del 2002, del BANCAFE, Escritura Pública No. 1, 18 de octubre del 2002, del BANIC, Escritura Pública No. 14, del 21 de octubre del 2002, del BAMER, como abono parcial a deuda, además establecieron para estos bienes precios de transmisión conforme a los cuales fueron recibidos por el BCN.

Estos precios de trasmisión fueron determinados a través de criterios que fueron autorizados por el Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, mediante resolución No. CD-BCN-IV-3-03 del 29 de enero de 2003.

El monto total de los activos transferidos por las Juntas Liquidadoras al BCN fue de C$5,531,920,869.53 (Cinco mil quinientos treinta y un millones novecientos veinte mil ochocientos sesenta y nueve córdobas con 53/100) y el precio de trasmisión fue de C$450,815,706.08 (Cuatrocientos cincuenta

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millones ochocientos quince mil setecientos seis córdobas con 08/100), conformados de la siguiente manera:

Origen Fecha de Corte Activos Transferidos Precio de Trasmisión

BANIC 30/09/2002 734,249,687.74 179,518,901.39BAMER 30/11/2002 362,190,000.00 65,829,744.35BANCAFE 30/11/2002 908,643,691.25 80,369,789.75INTERBANK 31/12/2002 3,526,837,490.54 125,097,270.59

Totales 5,531,920,869.53 450,815,706.08

II. Contratación de First Finanacial Network Inc (FFN)

En la Resolución del Consejo Directivo CD-BCN-XXX-1-2002, del 25 de septiembre del 2002, el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, integrado por: Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, autoriza a la Administración del BCN para que mediante el proceso de Licitación Pública adjudique y contrate la gestión de liquidación de la cartera de crédito y bienes adjudicados recibidos de las Juntas Liquidadoras.

El 26 de septiembre del 2002, el BCN emite la Resolución de Contratación No. GG-08-008-02-BCN firmada por los Srs. Mario Alonso Icabalceta y Mario J. Flores Loáisiga mediante la cual da inicio el proceso de Licitación Pública GAP-SGA-08-016-02-BCN y nombra al Comité de Licitación integrado por: Ing. Eduard Zeledón Guillén, Gerente de Administración y Personal, Dr. Juan José Rodríguez, Gerente de Asesoría Jurídica, Dr. Mariano Buitrago, Asesor Presidencia, Lic. Estelina López Conde, Apoyo Técnico Gerencia Financiera, Ing. Ulises Guerrero, Jefe del Departamento de Administración de Materiales. Este comité fue ratificado por el CD-BCN en resolución No. CD-BCN-XX-1-03 del 16 de Mayo del 2003.

El 06 de noviembre del 2002, el Comité de Licitación, mediante Acta No. 28-11-02 procedió a la apertura de las ofertas de las empresas:

First Financial Network, Inc., empresa Estadounidense, representada por Lucia Terán Sálomon representante de Allianz Societe, S.A., ofertó US$1,215,467.00 y una comisión de éxito de 7.7421% determinada aplicando el porcentaje establecido a la suma del valor efectivo de los contratos de enajenación de activos formalizados por el Banco y los inversores y un costo por mes adicional de US$180,739.94

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Operadora IBCE, S.A. de C.V. representada por el Lic. Fabricio Fusoni y Dr. José Evenor Tablada representante de la empresa Servicios Legales Especializados con una ofertó por US$2,000,000.00 y una comisión de éxito de 0.10%

Price Waterhouse Coopers, representada por el Lic. Oscar Antonio Cuadra Solano, ofertó el monto de US$950,000.00 y una comisión de éxito del 5%.

El 14 de noviembre del 2002, mediante acta No. 11-025-02-BCN el Comité de Licitación relacionado, procedió a evaluar las ofertas presentadas resolviendo recomendar a la Administración Superior del BCN la adjudicación de la Licitación Pública GAP-SGA-08-016-02-BCN, Contratación para la gestión de venta de activos, a la empresa First Financial Network, Inc.

El 04 de diciembre del 2002 mediante Resolución No. 12-27-02-BCN, el Dr. Mario Alonso Icabalceta, Presidente del BCN adjudica la Licitación Pública a la empresa First Financial Network (FFN)

El 23 de diciembre de 2002, el Lic. Mario Flores Loáisiga, Gerente General del BCN mediante Escritura Pública No. 81 formaliza la contratación de la empresa First Financial Network (FFN) como gestora para la liquidación de activos por el periodo de 5 meses a partir del 23 de diciembre del 2002 hasta el 22 de mayo del 2003, prorrogable de común acuerdo entre las partes hasta por 2 meses adicionales.

El 20 de mayo el BCN efectuó prorroga y modificación a la Escritura Pública Numero 81, en las que ambas partes acuerdan modificar el plazo de vigencia y ejecución del contrato para que la empresa FFN preste el servicio objeto de la licitación por dos meses adicionales a partir del 23 de mayo del 2003.

El Banco Central de Nicaragua pagó a la Firma Internacional First Financial Network la suma total de US$4,035,923.94 (Cuatro Millones Treinta y Cinco Mil Novecientos Veintitrés Dólares con 94/100) equivalente según el tipo oficial de cambio a las fechas de los pagos a C$61,123,982.25 (Sesenta y Uno Millones Ciento Veintitrés Mil Novecientos Ochenta y Dos Córdobas con 25/100), en concepto de gastos fijos y comisión de éxito estipulada en la Escritura Pública No. 81, Contratación de Sociedad para la Gestión de Activos, suscrita entre la FFN y el Banco Central de Nicaragua, comisión que fue fijada en 7.7421%, por la realización de las Subastas de los Activos Residuales de los Bancos Desincorporados durante el año 2003.

First Financial Network Inc., tenía que liquidar en cinco meses los activos residuales de los Bancos desincorporados que las Juntas Liquidadoras no pudieron hacer en más de dos años y medio. Esta

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liquidación de activos bajo el concepto de “precio de mercado” fue un manjar servido a grupo financieros que con información privilegiada participaron de la subasta adquiriendo activos a precio de regalado y dentro de una carrera desenfrenada del BCN por deshacerse de los activos en cinco meses máximo, mientras los grupos económicos esperaban al acecho las subastas porque conocían de antemano la información como consecuencia del tráfico de información y la relación de conflictos de intereses muy frecuente entre quienes dirigieron el proceso de subasta dentro de la desincorporaciòn de los Bancos y quienes terminaron adquiriendo estos activos.

Siguiendo con la lógica First Financial Network contrató personal que calificó, recalificó la cartera de los Bancos desincorporados, como es el caso de José de Calazan Calderòn Rìos que después de calificar la cartera de BAMER, BANCAFE y la cafetalera del BANIC fue contratado por First Financial Network, para elaborar los bloques de activos, en igual situación se encuentra Greta Liliam Méndez Gaitàn, la que también trabajó evaluando la cartera antes señalada.

SUBASTAS DE ACTIVOS RESIDUALES

El 16 de mayo del 2003, el Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, aprobó mediante Resolución CD-BCN-XX-2-03 el procedimiento propuesto por la empresa FFN para la subasta de cartera crediticia, bienes inmuebles y otros activos propiedad del BCN, proveniente de los bancos sometidos a liquidación. Así como los procedimientos para la subasta de bienes muebles, obras de arte, principalmente mediante el procedimiento de ventas al martillo.

El Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez. mediante resoluciones CD-BCN-XXIV-1-03 del 04 de junio del 2003, CD-BCN-XXXII-1-03 del 17 de julio de 2003 y CD-BCN-XLI-1-03 del 29 de agosto de 2003, aprobó los resultados del proceso de Subasta en Sobre Cerrado llevado a cabo los días 21 de mayo, 15 de julio y 25 de agosto de 2003, por la Firma Internacional FFN, para la venta de la Cartera de Créditos de los Bancos desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC cuyo saldo contable del principal de la Cartera de Créditos al momento de las Subastas, fue de C$2,720,263,618.65 (Dos Mil Setecientos Veinte Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Seiscientos Dieciocho

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Córdobas con 65/100) equivalentes a US$143,486,986.05 (Ciento Cuarenta y Tres Millones Cuatrocientos Ochenta y Seis Mil Novecientos Ochenta y Seis Dólares con 05/100), la cual fue vendida a BANPRO, FINANCO, GRANT THORTON y BANCENTRO por el monto de C$72,317,515.53 (Setenta y Dos Millones Trescientos Diecisiete Mil Quinientos Quince Córdobas con 53/100).

El Consejo Directivo del BCN integrado por: Presidente, Mario Alonso Icabalceta. Miembros: Eduardo Montealegre Rivas, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Silvio Enrique Conrado Gómez, Benjamín Ramón Lanzas Selva; Gilberto Isaías Cuadra Solórzano; Ricardo Parrales Sánchez, mediante resoluciones CD-BCN-XXIV-1-03 del 04 de junio del 2003, CD-BCN-XXXVI-1-03 del 06 de agosto de 2003 y CD-BCN-XLI-1-03 del 29 de agosto de 2003, aprobó los resultados de las subastas a sobre cerrado de Bienes Inmuebles provenientes de los Bancos Desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC, realizadas por la Firma First Financial Network (FFN), el 21 de mayo, 23 de julio y 25 de agosto del año 2003, respectivamente, el saldo contable de los Bienes Inmuebles a la fecha de las subastas ascendía a C$633,557,655.76 (Seiscientos Treinta y Tres Millones Quinientos Cincuenta y Siete Mil Seiscientos Cincuenta y Cinco Córdobas con 76/100); y que el precio de venta fue de US$15,355,983.71 (Quince Millones Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Novecientos Ochenta y Tres Dólares con 71/100) equivalentes de acuerdo al tipo de cambio oficial de la fecha de la transacción a C$226,216,532.04 (Doscientos Veintiséis Millones Doscientos Dieciséis Mil Quinientos Treinta y Dos Córdobas con 04/100). En esta subasta es donde se adjudica el edificio BANIC y los dos predios adyacentes ya relacionados a BANCENTRO de Nicaragua y que tres años después en una operación inusual en el año 2006 ya relacionada, rescinde la venta y se otorga nueva venta por funcionarios del Banco Central facilitando la operación inusual y las ventajas económicas alcanzadas a través de la operación en la que participa de manera directa el señor Jaime Chamorro Cardenal, en su doble rol de accionista de BANCENTRO Nicaragua y Corporación BANCENTRO Panamá.

La Junta Liquidadora de INTERBANK integrada por Ottoniel Ruiz Armijo, Yalí Molina Palacio, Guillermo Lugo Alaniz por Escritura No. 51 del 28 de marzo del 2003 de las 6 de la tarde ante Notario Danilo Gamaliel Gutiérrez Arriaza, otorgaron Dación en pago como abono parcial a deuda al Banco Central de Nicaragua representado por Carlos Antonio Cerda García, conforme poder especial de representación otorgado por el Dr. Mario Alonso Icabalceta en su calidad de presidente del Banco Central de Nicaragua, los inmuebles A) Lote de terreno urbano situado a la altura del Km 5 de la carretera a Masaya, banda oriental que mide 7,774.37mts2 con los siguientes linderos: Norte: calle 1 de la urbanización. Sur: Calle marginal Este de la carretera a Masaya y calle No. 2 de la urbanización. Este: Calle 2 de la urbanización. Oeste: calle marginal de la carrera a Masaya.

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Inscrita con No. 76,246; Tomo: 11 propiedad horizontal; Folio: 247; Asiento: 3ero. B) Inmueble urbano ubicado hacia el Suroeste de la ciudad de Managua, urbanización Monte Carlos, con superficie territorial de 3,879.834 mts2, con los linderos Norte: Lote cercado propiedad del Banco Nicaragüense. Sur: Parqueo del Banco Nicaragüense y Centro Financiero del Banic. Este: Centro Comercial San Francisco, Oeste: Gasolinera SHELL BELL – AIR y Lote No. 35 propiedad del Banic. Inscrita con el No. 126,222; Tomo: 1,951; Folios: 169,170,171. Asiento: 1ro. C) Inmueble situado hacia el sureste de Managua, urbanización Monte Carlos, Calle 2 y calle 4 con un área de 6,906.73 mts2; linderos. Norte: Calle No. 1. Sur: Calle No. 2. Este: Calle No. 3. y Oeste: Calle No. 4. Inscrita bajo el No. 68,978. Tomo: 1,162. Folio: 73, Asiento: 2do. Que fueron otorgados en Dación en pago al Banco Central de Nicaragua con todas sus mejoras anexos y conexos, usos y servidumbres por el precio de C$174,371.218.27 Córdobas equivalentes a US$11,721.331.66 millones de dólares al 28 de marzo de 2003, y a una tasa de cambio oficial de 14.8764. La propiedad No. 76,246 relacionada al momento de Cederse en Dación en Pago al Banco Central de Nicaragua pendía sobre ella un embargo preventivo por C$6,000.000.00 de córdobas a solicitud del Sr. Manuel López Gutiérrez, propiedades que fueron inscritas a favor del Banco Central de Nicaragua. Conforme registro No. 16,246 Tomo 11, Propiedad Horizontal, Folio 247, 264, 266,269, Asiento 4to. El 4 de julio del 2003 a las ocho y treinta y dos minutos de la mañana ante notario Juan Ramón Cruz García como consecuencia de la subasta efectuada el dia 21 de mayo del 2003 se le adjudica el Banco Centroamericano S.A. BANCENTRO los inmuebles relacionados, compareciendo en el acto el Sr. Mario José Flores Loáisiga en representación del Banco Central de Nicaragua y el Sr. Carlos Alberto Briceño Ríos en representación de BANCENTRO. Don Mario José Flores Loásiga comparece en su calidad de Gerente General del Banco Central de Nicaragua mediante poder General de Administración otorgado por el Dr. Noel Ramírez Sánchez en su calidad de Presidente del Banco Central de Nicaragua. Los inmuebles descritos y relacionados fueron vendidos a BANCENTRO por el precio de C$78,158,715.96 equivalentes a US$5,172.306.00 al cambio oficial de la fecha de 15.1110. Por Escritura No. 9 Rescisión de Escritura No. 73 Compra Venta de Inmueble de las nueve de la mañana del día nueve de mayo del 2006 ante notario Armando Alfredo Mora González, comparece el Lic. José de Jesús Rojas Rodríguez en representación del Banco Central de Nicaragua y el Sr. Carlos Briceño Ríos, rescinde la venta de los inmuebles efectuada por el Banco Central de Nicaragua al Banco de Crédito Centroamericano S.A. BANCENTRO. Relacionando en el cuerpo de la escritura No. 9 que la junta directiva ordinaria de BANCENTRO mediante acta No, 152 resolvió y autorizó ceder a corporación BANCENTRO S.A. persona jurídica distinta de Banco Centroamericano S.A. BANCENTRO (de Nicaragua) el derecho de adquirir el edificio financiero LAFISE y los terrenos adyacentes adjudicados de manera conjunta al BANCENTRO. La cesión

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autorizada a la Corporación BANCENTRO fue por US$15,000.000.00 de dólares por el edificio LA FISE y US$1,830,000.00 dólares por el estacionamiento y el campo deportivo, propiedades inscritas con los Nos. 76,246; 126.922 y 68,978. Por escritura publica No. 10 compra venta de inmuebles de las 11:00 am del 9 de mayo de 2006. ante Notario Armando Alfredo Mora González comparece José de Jesús Rojas Rodríguez, en representación del Banco Central de Nicaragua y Jaime Chamorro Cardenal, en nombre y representación de Corporación Bancentro y sociedad anónima (BANCENTRO S.A Panamá) aparece adquiriendo las propiedades ya relacionadas No. 76,246; 126.922 y 68,978, de parte del Banco Central de Nicaragua por el precio de C$78,158,715.96 equivalentes a US$5,172.306.00 al cambio oficial de la fecha de 15.1110. Propiedades mismas por las que Bancentro representado por el Sr. Jaime Chamorro Cardenal recibe US$16,830,000 dólares, distribuidos así: US$15,000.000.00 de dólares por el edificio LA FISE y US$1,830,000.00 dólares por el estacionamiento y el campo deportivo. De la venta efectuada por el Banco Central de Nicaragua al Bancentro de Nicaragua y posteriormente rescindida entre funcionarios del Banco Central de Nicaragua y funcionarios del Bancentro Nicaragua fue vendida nuevamente por funcionarios del Banco Central de Nicaragua a funcionarios de Corporación Bancentro Panamá encubriendo una operación inusual que contempló la compra de los inmuebles cedidos a un precio mayor en el que Corporación Bancentro de Panamá adquirido los tres inmuebles se obligaba también a revender a Bancentro Nicaragua los inmuebles adyacentes al edificio o sea Campo Deportivo y el Parqueo por un valor de US$1,830.000.00 dólares.

De la investigación encontramos evidencia que Don Jaime Chamorro Cardenal aparece participando en reunión de directiva de BANCENTRO Nicaragua haciendo gestiones ante el departamento legal del BCN Dr. Juan José Rodríguez Gurdián, mismo que formó parte de la Junta Liquidadora de INTERBANK, en su calidad de funcionario del Banco Central. El Dr. Juan José Rodríguez Gurdián dio opinión favorable para rescindir la venta, lo cual hizo José de Jesús Rojas Rodríguez, Gerente General del Banco Central de Nicaragua que también otorgó la nueva venta a Corporación BANCENTRO Panamá representada por Don Jaime Chamorro Cardenal, por la que en un acto encubierto, BANCENTRO Nicaragua también representada por el Sr. Jaime Chamorro Cardenal, en una operación no usual del BCN y de accionistas de BANCENTRO Nicaragua se ganan más de 10.000.000.00 (Diez millones de dólares) y simulan con Corporación BANCENTRO Panamá un arriendo del Edificio BANIC que permite capitalizar mas de diez millones de dólares, y elevar sus costos de operación en Nicaragua por un arriendo o renta que se paga supuestamente a corporación BANCENTRO Panamá, en un juego de actos que le ha permitido evadir impuestos de trasmisión y practicar operaciones inusuales a través de los Bancos que representan a lo que se prestaron los

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funcionarios del Banco Central relacionados y que evidencian la influencia y el privilegio con que han actuado estos grupos financieros y específicamente el Sr. Jaime Chamorro Cardenal ante los frágiles y complacientes funcionarios del Banco Central.

La Firma Internacional FFN efectuó en fechas 12 y 13 de junio de 2003 las Subastas al Martillo de Arte Contemporáneo y Obras Decorativas provenientes de los Bancos Desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC, cuyo valor contable a la fecha de la subasta ascendía a C$14,038,734.93 (Catorce Millones Treinta y Ocho Mil Setecientos Treinta y Cuatro Córdobas con 93/100) y la venta de las mismas fue por la suma total de C$14,071,707.61 (Catorce Millones Setenta y Un Mil Setecientos Siete Córdobas con 61/100).

El 14 de junio de 2003, la Firma Internacional First Financial Network (FFN) efectuó la Subasta al Martillo de Vehículos provenientes de los Bancos Desincorporados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC, cuyo valor contable a la fecha de la subasta ascendía a C$6,629,114.23 (Seis Millones Seiscientos Veintinueve Mil Ciento Catorce Córdobas con 23/100); y la venta de los mismos fue por la suma total de C$2,312,000.00 (Dos Millones Trescientos Doce Mil Córdobas Netos)

En fechas 31 de mayo y 28 de junio de 2003, la Firma Internacional FFN, efectuó la Subasta al Martillo de Bienes Muebles (Mobiliario y Equipos) provenientes de los Bancos Liquidados INTERBANK, BANCAFÉ, BAMER Y BANIC, cuyo valor contable a la fecha de la subasta ascendía a C$48,615,550.05 (Cuarenta y Ocho Millones Seiscientos Quince Mil Quinientos Cincuenta Córdobas con 05/100); y la venta de los mismos se realizó por la suma total de C$1,438,400.00 (Un Millón Cuatrocientos Treinta y Ocho Mil Cuatrocientos Córdobas Netos), que sumaron un total por recuperación de ventas efectuadas a través de la subasta del BCN de los activos residuales de los bancos desincorporados por C$316,356,155.18 millones de córdobas.

RELACION DE EVIDENCIA MATERIAL LEGAL PRE EXISTENTE EN LA INVESTIGACIÒN DE LOS HECHOS DELICTIVOS.

El Consejo Superior de la Contraloría General de la República dictó Resolución Administrativa RIA -567-07 a las 9:30 minutos de la mañana del 13 de Septiembre del 2007, misma que fue aprobada en sesión ordinaria No. 546 de las 9:00 de la mañana del 13 de septiembre de 2007, la que tuvo como soporte técnico el informe de auditoria especial de fecha 15 de agosto 2007 con código de referencia No. ARP-06-056-07 que contempla la revisión practicada al BCN sobre el proceso de emisión y renegociación de los CENI, subastas de activos provenientes de los bancos desincorporados y traslados de activos residuales de esos bancos desincorporados que

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esa entidad bancaria estatal efectuara al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Adicionalmente dicha auditoria comprendió la revisión practicada en la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, al proceso de intervención y/o declaración de liquidación forzosa del INTERBANK, BANCAFE, BAMER, y BANIC, hasta el traslado de los activos residuales entregados por las Juntas Liquidadoras de los referidos bancos desincorporados al BCN, sin perjuicio de ampliar la misma en los rubros que se consideren necesarios.

Que en su parte conducente, la precitada resolución administrativa del Consejo Superior de la Contraloría de la República dice:

A) Por el daño patrimonial causado de manera intencional al BANCO CENTRAL DE NICARAGUA, y por ende, al Estado de la Republica de Nicaragua, hasta par la cantidad de CIENTO ONCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE DOLARES ESTADOUNIDENSES CON 28/100 (US$ 111,920,289.28), derivado del pago adicional de la compra-venta v reinversión de los CENI no contemplados en la Ley, se Presume Responsabilidad penal a cargo de los ex-funcionarios de la entidad bancaria, señores: A) SILVIO ENRIQUE CONRADO GOMEZ, B) GILBERTO ISAIAS CUADRA SOLORZANO, C) BENJAMÍN RAMON LANZAS SELVA, D) RICARDO PARRALES SANCHEZ, E) MARIO BERNARDO ALONSO ICABALCETA y F) EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS, todos ellos en sus calidades de Ex-Miembros del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua; en consecuencia, remítanse las presentes diligencias de auditoria a1 Juez Penal competente, a la Procuraduría General de la Republica por ser la entidad que represente los intereses del Estado y a la Fiscalía General de la República para lo de su cargo.

B) Por el daño patrimonial causado de manera intencional al BANCO CENTRAL DE NICARAGUA, Y por ende, al Estado de la República de Nicaragua, hasta par la cantidad de TRES MIL CIENTO SEIS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CORDOBAS CON 44/100 (C$ 3,106,748,518.44) por haber vendido a través subasta los activos provenientes de los bancos desincorporados INTERBANK. BANCAFE. BAMER y BANIC a un precio menor a su valor en Libros se Presume Responsabilidad Penal a cargo de los ex-funcionarios de la entidad bancaria auditada: A) MARIO BERNARDO ALONSO ICABALCETA, B) SILVIO ENRIQUE CONRADO GÓMEZ, C) GILBERTO ISAIAS CUADRA SOLORZANO, D) BENJAMÍN RAMON LANZAS SELVA, E) RICARDO PARRALES SANCHEZ, Y F) EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS.

De igual manera se determinó responsabilidad administrativa a cada uno de los nominados señores por ser los promotores del perjuicio

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económico causado al Estado, transgrediendo los artos. 131 y 183 de la Constitución Política, los artos, 23, 54 y 58 de la Ley Orgánica del BCN; artos. 155, 156 y 166 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Paralelamente se estableció responsabilidad administrativa al Ingeniero Gilberto Cuadra Solórzano, por ser éste miembro de la Junta de Accionista del BANPRO y a la vez miembro del Consejo Directivo del BCN y en ésta ultima calidad es que participó en los actos administrativos que benefició a BANPRO, por lo que en este caso hubo por parte de este funcionario, intereses económicos, violentando con ello la Ley de Probidad y la Ley Orgánica del BCN.

En el caso de el Sr. Eduardo Montealegre Rivas fundador y accionista del Banco Centroamericano S.A. BANCENTRO se comprobó tráfico de influencia y el favorecimiento al grupo económico en que participa como accionista ya que aunque simuló la venta de sus acciones a Commercial View Corporation, representada por su amigo de infancia Roberto José Arguello Osorio mediante contrato privado del 7 de enero del año 2002, en realidad nunca dejó de recibir los dividendos de sus acciones.

En la investigación de los hechos determinamos que efectivamente el Sr. Eduardo Montealegre Rívas es fundador de BANCENTRO y accionista del mismo y que durante los años del 2002, 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 ha recibido dividendos de sus acciones en forma simulada a través de Roberto José Arguello Osorio ya que a simulado haber vendido sus acciones en BANCENTRO mediante un contrato que ha renovado constantemente en el transcurrir del tiempo y del que tenemos evidencia existen saldos proyectados a pagar el 30 de noviembre de 2011 mediante pagaré vigentes por Un millón doscientos un mil cero cuarenta y tres dólares US$ 1, 801, 043.03 y por US$ 2.000.000.00 (dos millones).

Igualmente obtuvimos evidencia de que Desarrollo ZUM, significa Zamora Urcuyo Montealegre, Sociedad Anónima a la que pertenece el Señor Eduardo Montealegre y que también participó con ventaja y con información privilegiada en la subasta de activos residuales de los Bancos INTERBANK, BANCAFE, BAMER y BANIC.

IV.- CALIFICACION LEGAL PROVISIONAL DEL DELITO:

Los hechos descritos y relacionados en el cuerpo de esta acusación por los que acuso constituyen los delitos contenidos en los Artos. 22 numeral 4, y adicionados al capítulo XII delitos contra la economía nacional, la industria y el comercio del Título IV delitos contra la propiedad libro II del Código Penal vigente, Artos 314 bis 1, inciso a), b) y c). Arto. 314 bis 2, numeral 1 y 2, y capítulo XI, Arto. 415 y 418, y Arto. 11 de la Ley 419, que deja vigente el Artículo 23 de la Ley No. 11 contenida en el Decreto 579. que tiene plena vigencia en la Ley de Reforma y Adición del Código Penal de la República de Nicaragua Ley

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No. 419 aprobada el 11 de Junio 2002, publicada en La Gaceta No. 121 del 28 de Junio del 2002, en perjuicio del Estado y la Sociedad Nicaragüense.

V.- ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE SUSTENTAN LA ACUSACION:

TESTIMONIALES:

1. Claudia Elena Arana Blanco, mayor de edad, casada, Auditora Encargada, Contraloría General de la República, Cedula Identidad 287-130569-0001D, Licenciada en Administración de Empresas, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

2. Felix García Lainez, mayor de edad, casado, Licenciado en Administración de Empresas, Cédula Identidad 001-200672-0039B, Auditor Encargado, Contraloría General de la República, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

3. Eveling Selva Corea, mayor de edad, soltera, Auditora Encargada, Contraloría General de la República, Cedula Identidad 561-181169-0002U, Licenciada en Economía, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

4. Stheffany Galeano Sotelo, mayor de edad, casada, Auditora Supervisora, Contraloría General de la República, Cedula Identidad 001-250378-0037H, Licenciada en Contabilidad Pública y Finanzas, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

5. Ing. José Ángel Rosales Zeas – Jefe del Departamento de Auditoria Sector Presupuesto, Inversiones y Recaudaciones del Estado, mayor de edad, Casado, cédula identidad 241-180855-0005P, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

6. Eliézer García Sequeira, Asesor Legal, Contraloría General de la República, mayor de edad, Casado, Abogado, Cédula Identidad 121-161277-0008H, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

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7. Dulce María Sálomon Somarriba, Asesora Legal, Contraloría General de la República mayor de edad, casada, cédula identidad 084-120972-0000E, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

8. Msc. Luis Rodríguez Jiménez, Coordinador Jurídico de la Dirección General de Auditoria, Contraloría General de la República, mayor de edad, soltero, cédula identidad 001-211262-0036T, con domicilio laboral en la Contraloría General de la República, que cita, Pista Juan Pablo II del BCN 300 mts al este, Managua.

9. Agustín Gonzalo Anaya Somarriba, mayor de edad, casado, Contador Público, Cédula de Identidad No. 001-010258-0024T, con domicilio en Residencial Los Robles, de Enacal 1c al Este, Casa No. 33 Managua.

10. Roberto José Arguello Osorio, mayor de edad, casado, Banquero, con Domicilio en la Ciudad de Miami, estado de Florida, Estados Unidos, Pasaporte No. 045220822, representante legal de la sociedad COMMERCIAL VIEW, COPORATION, de la ciudad de Panamá.

PIEZAS DE CONVICCIÓN:

RIA-567-07 aprobada en sesión ordinaria No. 546 de 13 de septiembre del año 2007.

Informe de Auditoria de fecha del 15 de agosto del 2007, Código No. ARP-06-056-07, del Departamento de Auditoria del Sector Presupuesto, Inversiones y Recuperaciones del Estado de la Contraloría General de la República relacionada con las Auditorias especiales practicadas en el Banco Central de Nicaragua sobre el procesos de emisión y renegociación de los Certificados Negociables de Inversión (CENI) Subasta de activos provenientes de los Bancos desincorporados y Traslados de los activos residuales de esos bancos, y Auditoria especial en la Superintendente de Bancos y otras Instituciones Financieras (SIBOIF) el proceso de intervención y liquidación forzosa del INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, hasta el traslado de sus activos residuales al Banco Central de Nicaragua. Auditoría Especial que tuvo su origen en credenciales del 28 de Junio del 2006 con referencias DASPIRE-JARZ-149-06-06 MCS-CGR-C-128-06-06 y DASPIRE-JARZ-150-06-06 CS-CGR-C-127-06-06, Aprobadas en sesión ordinaria No. 478 del 22 de junio del 2006,

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que comprende además los papeles de trabajo de la auditoria y las credenciales

Las credenciales aprobadas por el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, en sesión ordinaria No. 478 del 22 de junio del 2006. con referencias DASPIRE-JARZ-149-06-06 MCS-CGR-C-128-06-06 y DASPIRE-JARZ-150-06-06 CS-CGR-C-127-06-06.

Tres Tomos de Expedientes Administrativos de las Auditorias Especiales practicadas en el Banco Central de Nicaragua sobre el procesos de emisión y renegociación de los Certificados Negociables de Inversión (CENI) Subasta de activos provenientes de los Bancos desincorporados y Traslados de los activos residuales de esos bancos, y Auditoria especial en la Superintendente de Bancos y otras Instituciones Financieras (SIBOIF) el proceso de intervención y liquidación forzosa del INTERBANK, BANCAFE, BAMER Y BANIC, hasta el traslado de sus activos residuales al Banco Central de Nicaragua, Tomo I, II, III. que comprende del folio 1 al folio 1653. Comprendidos en VII, VIII y IX del expediente de investigación criminal del Ministerio Público No. 2950-06-JD.

PRUEBA DOCUMENTAL:

Resolución SIB-OIF-VIII-83-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras, autoriza intervenir el Banco Intercontinental, S.A. (INTERBANK).

Resolución CD-BCN-XXXIII-1-2000. El Consejo Directivo del BCN faculta al Dr. Noel Ramírez Sánchez, para tomar las acciones necesarias a fin de respaldar la liquidez del Sistema Financiero y garantizar los depósitos del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-VIII-91-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras, integra al Sr. Guillermo Lugo Alaniz, a la Junta Administradora del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-VIII-94-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras, integra al Lic. Rodolfo Delgado Cáceres a la Junta Administradora del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-VIII-95-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras,

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integra al Ing. Edgard José Pereira Deshon, a la Junta Administradora del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-VIII-97-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, nombra como Presidente de la Junta Administradora del INTERBANK al Lic. Rodolfo Delgado Cáceres.

SIB-OIF-VIII-98-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras, reduce la Junta Administradora del INTERBANK.

Informe Final sobre la Situación del INTERBANK. Los Miembros de la Junta Administradora del INTERBANK, presentan con fecha 6 de octubre de 2000, el referido Informe ante el Dr. Noel Sacasa Cruz.

Acuerdo de Compra Venta de INTERBANK, suscrito entre los Accionistas de BANPRO e INTERBANK. Documento presentado adjunto al Informe Final sobre la Situación de INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-VIII-111-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, decide mantener la intervención del INTERBANK.

Resolución CD-BCN-XXXV-1-00. El Consejo Directivo del BCN, faculta al Presidente del BCN a modificar la tasa de Encaje Legal y demás.

Resolución CD-BCN-XLIX-1-2000. El Consejo Directivo del BCN, reproduce los términos del acuerdo privado de compra de Activos y Pasivos del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-IX-40-2001. El Dr. Noel Sacasa Cruz, ordena proceder a la Liquidación Forzosa del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-IX-46-2001. El Dr. Noel Sacasa Cruz, resuelve solicitar la Declaración Forzosa del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-IX-49-2001. El Dr. Noel Sacasa Cruz, resuelve nombrar en la Junta Liquidadora del INTERBANK al Lic. Fernando Rodríguez Alaniz, en sustitución de la Lic. Stelina López Conde.

Resolución SIB-OIF-VIII-128-2000. Se procede a solicitar al Juez Civil de Distrito de Managua, declare la liquidación forzada del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-VIII-129-2000. El Dr. Noel Sacasa Cruz, nombra Junta Liquidadora del INTERBANK.

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Resolución CD-BCN-LIX-1-2000. El Consejo Directivo del BCN, autoriza a la administración del BCN a otorgar al BANCAFE Línea de Crédito Especial de Liquidez hasta un máximo de C$10,000.00. Tomo III del MP (Libro BCN), además en los Papeles de Trabajo de la SIBOIF.

Resolución CD-BCN-LX-1-2000. El Consejo Directivo del BCN, resuelve tomar acciones para facilitar el traspaso de activos sanos y depósitos del BANCAFE a la Institución o instituciones financieras que determine su Junta Liquidadora.

Resolución CD-BCN-LX-2-2000. El Consejo Directivo del BCN, aprueba línea de crédito especial para que el Sistema Financiero pueda solventar problemas de liquidez originado por la caída de depósitos.

Acta de Entrega de las BASES de Venta al Martillo de Activos y Depósitos del BANCAFE. Este documento evidencia la entrega de las referidas Bases.

Bases de Venta al Martillo de Activos y Depósitos del BANCAFE suscrita en fecha 24 de noviembre del año 2000. Dicho documento esta firmado por la Junta Liquidadora del BANCAFE y con las firmas de conocimiento del Gerente General del BCN y el Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras. A través de este documento se acredita que la venta al martillo de los depósitos del BANCAFÉ S.A., se realizo en conjunto con una contraparte de activos.

Balance a Vender en Bloque y Balance Residual del BANCAFE. Documentos preparados por la Junta Liquidadora del BANCAFE, previo a la Licitación del Bancafé

Acta de Venta al Martillo de Activos y Pasivos del Banco del Café de Nicaragua (BANCAFE). A través de este documento se recibieron las ofertas presentadas por las diferentes Instituciones Financieras interesas en adquirir a BANCAFE, y en el mismo se adjudicaron los activos y pasivos del BANCAFE al Banco de Finanzas (BDF).

Resolución SIB-OIF-IX-12-2001. El Dr. Noel Sacasa Cruz, resuelve intervenir al Banco Mercantil, S.A. (BAMER).

Resolución CD-BCN-XII-1-01. El Consejo Directivo del BCN, faculta al Presidente del BCN para que el BCN actúe como agente financiero del Gobierno.

Bases para Licitación de Activos del BAMER suscrita por los miembros de la Junta Administradora del BAMER S.A., el Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras y el

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Gerente General del BCN. Con dicho instrumento se acredita la venta de activos del BAMER S.A., a cambio de asumir los depósitos contabilizados en el pasivo de dicho banco.

Balances a Vender en Bloque y Balance Residual de activos del BAMER. Documentos preparados por la Junta Administradora del Bamer, previo a la Licitación de ese mismo banco.

Ayuda Memoria del Acto de Entrega de las BASES para Licitación de Activos del BAMER. Este documento evidencia la entrega de las referidas Bases.

Acta de Apertura de Ofertas en la Licitación de Activos, de Pasivos del Banco Mercantil, S.A. (BAMER). A través de este documento se recibieron las ofertas presentadas por las diferentes Instituciones Financieras interesas en adquirir a BAMER, y en el mismo acto se adjudicaron los activos y pasivos del BAMER al Banco Centroamericano (BANCENTRO).

Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del BAMER.

Resolución SIB-OIF-IX-69-2001. El Dr. Noel Sacasa Cruz, interviene al BANIC, y nombra su Junta Administradora.

Resolución CD-BCN-XXXV-1-01. El Consejo Directivo del BCN, faculta a la Administración del BCN para que este banco actúe como agente financiero del Gobierno y ponga a disposición del Sistema de Garantías de Depósitos los recursos y garantías sobre los depósitos del BANIC.

Bases para el Concurso de Venta Conjunta de Activos y Depósitos del BANIC. Documento suscrito por los miembros de la Junta Administradora del BANIC S.A., el Superintendente de Bancos y Otras Instituciones Financieras y el Gerente General del BCN. Con dicho instrumento se acredita que para la venta de los depósitos del público deberá procederse a la convocatoria de concurso de dichos depósitos en conjunto con una contraparte de activos.

Balance a Vender en Bloque y Balance Residual del BANIC. Documentos preparados por la Junta Administradora del Banic, previo a la Licitación de ese mismo banco.

Acta de Ofertas en la Licitación de Activos y Asunción de Pasivos del Banco Nicaragüense de Industria y Comercio, S.A. (BANIC) y Ofertas presentadas por los bancos. A través de este documento se recibieron las ofertas presentadas por las diferentes Instituciones Financieras interesas en adquirir

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a BANIC, y en el mismo se adjudicaron los activos y pasivos del BANIC al Banco de la Producción (BANPRO).

Declaratoria del Juez sobre la Liquidación Forzosa del BANIC.

Resolución SIB-OIF-IX-86-2001. Nombramiento de la Junta Liquidadora del BANIC S.A., integrada por los señores Ottoniel Ruiz Armijo, Presidente, Guillermo Lugo Alaniz, Miembro y Yalí Molina Palacios, Miembro.

Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del BANIC.

Informe de Auditoría Externa sobre la Gestión de la Junta Liquidadora del BANIC.

Escrituras de Finiquitos de los bancos adquirentes que formalizaron la compra venta de activos y pasivos de los Bancos desincorporados. A través de este documento se formalizaron las operaciones de adquisición de activos y Asunción de pasivos de parte de los bancos adquirentes.

Actas de Negociación de Cartera y Fichas de Evaluación de Créditos. Se evidencia la evaluación de cartera efectuada por el BCN a través de equipos de técnicos contratados para tal fin. Así mismo en las Actas, se evidencia la negociación final de la cartera de crédito con cada banco INTERBANK Y BANIC – BANPRO; BANCAFE – BDF y BANIC – BANPRO.

Ayudas Memorias que determinan precios (de transmisión) sobre activos a entregar en Dación en Pagos de los Bancos Desincorporados al BCN.

Resolución SIB-OIF-XII-138-A-2004. LA SIBOIF, aprueba el Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del INTERBANK.

Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del INTERBAK. Documento que indica el periodo de funcionamiento, así mismo refleja todas las operaciones efectuadas por la Junta Liquidadora en el proceso de Liquidación del INTERBANK.

Resolución SIB-OIF-056-2004. LA SIBOIF, aprueba el Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del BANCAFE.

Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del BANCAFE. Documento que indica el periodo de funcionamiento, así mismo refleja todas las operaciones efectuadas por la Junta Liquidadora en el proceso de Liquidación del BANCAFE.

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Cuadro de Emisión de CENI por Bancos Desincorporados, emitido por el BCN.

Listado de Evaluadores de Cartera de los Bancos Desincorporados. Este personal fue contratado por el Banco Central de Nicaragua para evaluar la cartera de crédito de los bancos desincorporados.

Escritura No. 21 de Dación en Pago suscrita por los Liquidadores del INTERBANK y Representantes del BCN.

Actas de Recepción de Activos del INTERBANK de parte del BCN.

Comunicaciones enviadas por la Junta Liquidadora del INTERBANK al BCN relacionadas con la recepción de Activos Residuales del INTERBANK.

Acuerdo Presidencial No. 529-2000, suscrito por el Dr. Arnoldo Alemán Lacayo.

Escritura No. 1 de Dación en Pago suscrita por los Miembros de la Junta Liquidadora del BANIC y el Dr. Mario Alonso Icabalceta, Presidente del BCN.

Testimonio de Escritura No. 39 del 20 de agosto de 1988.- Constitución de Sociedad Civil denominada Grant Thornton Internacional, S.A. Testimonio de Escritura No. 88 del 7 de noviembre de 2007.- Constitución de Sociedad Anónima denominada Grant Thornton Hernández y Asociados, Sociedad Anónima.

Acuerdo Presidencial No. 479-2002 suscrito por el Ing. Enrique Bolaños Géyer.

Resolución CD-BCN-XXX-1-2002. El Consejo Directivo del BCN autoriza a la administración del BCN a que reciba los activos de los bancos liquidados.

Resolución CD-BCN-XXX-2-2002. El Consejo Directivo del BCN amplia las facultades de la CLC para que reciba, administra y recupera la Cartera y demás activos provenientes de los bancos privados sometidos a liquidación forzosa.

Testimonios de Escrituras de Dación en Pago suscritas entre el BCN y las Juntas Liquidadoras de los Bancos desincorporados.

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Resolución CD-BCN-IV-3-03. El Consejo Directivo del BCN aprobó los criterios para determinar los precios de transmisión de los activos provenientes de los bancos liquidados.

Comunicación GG-08-008-02-BCN. Suscrita por los Señores Mario Alonso Icabalceta y Mario Flores Loásiga, dando inicio a la Licitación Pública de la contratación de Empresas Gestoras para la Venta de los Bienes provenientes de los Bancos Liquidados, y nombramiento del Comité de Licitación.

Resolución CD-BCN-XX-1-03. El Consejo Directivo del BCN ratifica el Comité de Licitación conformado para la contratación de Empresas Gestoras para la Venta de los Bienes provenientes de los Bancos Liquidados.

Acta No. 28-11-02. Formalización de la apertura de Ofertas.

Acta No. 11-025-02-BCN. Evaluación de las Ofertas.

Resolución 12-27-02-BCN. El Dr. Mario Alonso I., Presidente del BCN adjudica licitación pública a FFN.

Escritura Pública No. 81 Contrato con First Financial Network.

Resumen de Pagos efectuados por el BCN a First Financial Network.

Resolución CD-BCN-XX-2-03. Aprobación de procedimientos propuestos por FFN para la subastas de bienes.

Resolución CD-BCN-XXIV-1-03. Aprobación de los Resultados de Subasta del 21/05/2003.

Resolución CD-BCN-XXXII-1-03. Aprobación de los Resultados de Subasta del 15/07/2003.

Resolución CD-BCN-XLI-1-03. Aprobación de los Resultados de Subasta del 25/08/2003.

Resolución CD-BCN-XXXVI-1-03. Aprobación de los Resultados de Subasta del 23/07/2003.

Testimonio de Escritura Pública No. 73 del 4 de julio de 2004. Compraventa de Bienes Inmuebles.

Testimonio de Escritura No. 51 del 28 de marzo de 2003. Otorgaron Dación en Pago- Edificio BANIC.

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Testimonio de Escritura Pública No. 10 del 9 de mayo de 2006. Compraventa de Bienes Inmuebles.

Resumen de Subastas al Martillo de las Obras de Arte.

Resumen de Subastas de Vehículos.

Resumen de Subastas de Mobiliario y Equipo.

Escritura No. 9 del 29 de mayo de 2003. Rescisión de Escritura No. 73.

Contrato Privado del 7 de enero del año 2002. Venta de acciones del Sr. Eduardo Montealegre Rivas.

Escritura No. 1 Dación en Pago suscrita por Miembros de la Junta Liquidadora del BANIC y Presidente del Banco Central de Nicaragua.

Comunicación suscrita por el Dr. Noel Sacasa Cruz, Superintendente de Bancos, dirigida al Consejo Directivo del BCN. Solicita que el BCN intervenga como Agente Financiero del Gobierno, a fin de que ponga a disposición los recursos y garantías sobre los depósitos del BANIC.

Informe de Auditoría Externa, Junta Liquidadora del BANCAFE.

Resoluciones CD-BCN-XL-1-03 y CD-BCN-IX-1-04.

Comunicaciones enviadas por la Junta Liquidadora del BANCAFE al BCN relacionadas con la recepción de Activos Residuales del BANCAFE.

Actas de Entrega y Recibidos de Activos del BANCAFE del 27 de enero de 2003.

Escritura No. 24 de Dación en Pago.

Resolución SIB-OIF-X-35-2002. El Dr. Noel Sacasa Cruz, nombra Junta Liquidadora del BAMER. Papeles de Trabajo de la SIBOIF.

Comunicación de referencia DS-0660-08-2001-NSC, suscrita por el Superintendente de Bancos.

Comunicación de referencia VSIB-IB-0820.05.04-AJLLC suscrita por Alfonso LLanes, Superintendente de Bancos por la Ley.

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Resolución SIB-OIF-X-048-2002. Relacionada con el Informe Final de Gestión de la Junta Liquidadora del BANIC.

Acuerdo Interinstitucional suscrito entre el BCN y el MHCP.

Escritura No. 10 del 9 de mayo de 2006.

VI.- SOLICITUD DE TRÁMITE:

De conformidad con los Artículos 4 y 10 de la Ley Orgánica del

Ministerio Público, Artos 77, 135 y 268 del CPP, solicito se proceda al

examen de la acusación formulada, aceptando la misma y ordene su

señoría la apertura a juicio por los hechos acusados conforme al

procedimiento de tramitación compleja del Arto 135 del CPP por

tratarse de hechos que provienen de delitos bancarios, por lo que pido

que motivadamente declare la tramitación compleja.

VII.- PETICION DE MEDIDAS CAUTELARES:

De conformidad con los artos 4, 10 y 19 de la Ley Orgánica del

Ministerio Público, Artos 77 y 268 del CPP y de conformidad a los

Artos 166 y 167 del CPP solicito se decreten como medidas cautelares

en contra de los acusados las siguientes:

Arto 167 CPP, inciso a) Detención domiciliaria con la custodia

que su honorable autoridad ordene. inciso b) Impedimento de

salida del país. inciso d) Presentación periódica ante el tribunal

o autoridad que usted designe. Inciso g) En el caso del Sr.

Eduardo Montealegre Rivas, de forma particular de no

comunicarse con el testigo Roberto José Arguello Osorio, como

medidas cautelares personales. Ya que contra cada uno de los

acusados existen en su contra indicios racionales de

culpabilidad, y en los delitos por los que acuso no concurren una

causa de justificación o no punibilidad o de extinción de la acción

penal o de la pena que se considere puede ser impuesta.

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De conformidad al Artículo 266 CPP. Solicito su Señoría gire la

correspondiente citatoria a los acusados:

1. NOÉL JOSÉ SACASA CRUZ,

2. GUILLERMO LUGO ALANIZ

3. VICTOR RODOLFO DELGADO CÁCERES

4. MARIO FLORES LOÁISIGA

5. EDGARD JOSÉ PEREIRA DESHON

6. JUAN JOSÉ RODRÍGUEZ GURDIAN

7. FERNANDO ALCINO RODRÍGUEZ ALANIZ

8. NOEL ERNESTO RAMÍREZ SÁNCHEZ

9. ESTEBAN BENITO DUQUESTRADA SACASA

10. SILVIO ENRIQUE CONRADO GÓMEZ

11. BENJAMÍN RAMÓN LANZAS SELVA

12. GILBERTO ISAÍAS CUADRA SOLÓRZANO

13. RICARDO PARRALES SÁNCHEZ

14. ESTELINA LÓPEZ CONDE

15. ROBERTO ENRIQUE SÁNCHEZ CORDERO

16. CARLOS HUMBERTO MATUS TAPIA

17. JUAN JOSÉ ICAZA MARTÍNEZ

18. JUAN MANUEL CENTENO CANTILLANO

19. CARLOS BONILLA LÓPEZ

20. CARLOS MARÍN ARCIA

21. LEOPOLDO ANTONIO SÁNCHEZ AMADOR

22. MIGUEL ÁNGEL MENDOZA

23. OTTONIEL RUIZ ARMIJO

24. YALÍ BERNARDO MOLINA PALACIO

25. MARIO BERNARDO ALONSO ICABACETA

26. EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS

27. CARLOS ANTONIO CERDA GARCÍA

28. EXIDES ENRIQUE NAVARRO FLORES

29. ALFONSO ROBELO CALLEJAS

30. NICOLÁS MARÍN

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31. LUIS RIVAS ANDURAY

32. EDUARD ARCESIO ZELEDÓN GUILLÉN

33. MARIANO CARLOS BUITRAGO SOLÓRZANO

34. JAIME CHAMORRO CARDENAL

35. JOSÉ DE JESÚS ROJAS RODRÍGUEZ

36. HUBERTO JOSE HERNANDEZ AGUILAR

37. SILVIO RONALD FLORES LAZO

38. VILMA ROSA LEON YORK

39. ALFONSO JOSÉ LLANES CARDENAL

A fin de que se hagan presente para la celebración de la audiencia

inicial con características de preliminar, según designe su Señoría.

Señalo para oír notificaciones las oficinas de la Inspectoría General

del Ministerio Público, que cita en el Km 4 ½ Carretera a Masaya,

contiguo a Bancentro. Edificio central del Ministerio Público.

Managua, 04 de Julio de 2008.

Msc. Armando José Juárez LópezInspector General

Fiscal Especial – Credencial 00014

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