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Jesús Gabriel Avalos Jesús Gabriel Avalos Escalante Escalante Medios de defensa contra acciones Medios de defensa contra acciones de autoridades fiscales que realizan de autoridades fiscales que realizan revisiones en las entidades públicas revisiones en las entidades públicas

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Jesús Gabriel Avalos Jesús Gabriel Avalos EscalanteEscalante

Medios de defensa contra acciones Medios de defensa contra acciones de autoridades fiscales que realizan de autoridades fiscales que realizan revisiones en las entidades públicasrevisiones en las entidades públicas

MEDIOS DE DEFENSA E INSTANCIAS MEDIOS DE DEFENSA E INSTANCIAS PROCEDIMENTALESPROCEDIMENTALES

Recurso administrativo de revocaciónRecurso administrativo de revocación

Juicio de nulidad ante el tribunal federal Juicio de nulidad ante el tribunal federal de la federaciónde la federación

FUNDAMENTO LEGALFUNDAMENTO LEGAL

Ley federal de responsabilidades Ley federal de responsabilidades administrativas de los servidores públicosadministrativas de los servidores públicos

ARTICULO 25ARTICULO 25

los servidores públicos que resulten los servidores públicos que resulten responsables en los términos de las responsables en los términos de las resoluciones administrativas que se dicten resoluciones administrativas que se dicten conforme a lo dispuesto por la ley, podrán conforme a lo dispuesto por la ley, podrán optar entre interponer el recurso de optar entre interponer el recurso de revocación o impugnarlas directamente revocación o impugnarlas directamente ante el tribunal federal de justicia fiscal y ante el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa.administrativa.

PUNTOS A DESTACARPUNTOS A DESTACAR

Se puede acudir ante el superior Se puede acudir ante el superior jerárquico para interponer recurso de jerárquico para interponer recurso de revocación.revocación.

O ir directamente al juicio de nulidad ante O ir directamente al juicio de nulidad ante el tribunal federal de justicia fiscal y el tribunal federal de justicia fiscal y administrativa.administrativa.

ARTICULO 26ARTICULO 26

El recurso administrativo se deberá interponer El recurso administrativo se deberá interponer ante la propia autoridad sancionadora dentro de ante la propia autoridad sancionadora dentro de los 15 días siguientes a que surta efecto la los 15 días siguientes a que surta efecto la resolución en que se impone la sanción.resolución en que se impone la sanción.

La autoridad emitirá resolución dentro de los 30 La autoridad emitirá resolución dentro de los 30 días hábiles siguientes, notificándole al días hábiles siguientes, notificándole al interesado en un plazo no mayor de 72 horas.interesado en un plazo no mayor de 72 horas.

PROCEDIMIENTOPROCEDIMIENTO

Si acude primero al recurso de revocación Si acude primero al recurso de revocación debe esperar a que la autoridad debe esperar a que la autoridad administrativa resuelva el caso.administrativa resuelva el caso.

Si la resolución no le es favorable debe Si la resolución no le es favorable debe acudir al juicio de nulidad.acudir al juicio de nulidad.

RECURSO DE REVOCACIONRECURSO DE REVOCACION

Poco se logra con interponerlo pues la Poco se logra con interponerlo pues la autoridad sancionadora no suele revocar autoridad sancionadora no suele revocar o modificar su resolución, por el contrario o modificar su resolución, por el contrario la ratifica.la ratifica.

JUICIO DE NULIDADJUICIO DE NULIDAD

Cuando obtiene sentencias a favor Cuando obtiene sentencias a favor después de una larga espera sucede que después de una larga espera sucede que la restitución de sus derechos es muy la restitución de sus derechos es muy lenta toda vez que las sentencias del lenta toda vez que las sentencias del tribunal de justicia fiscal y administrativa tribunal de justicia fiscal y administrativa carecen de ejecutividad.carecen de ejecutividad.

CONCLUSIONCONCLUSION

Depende de la situación del servidor Depende de la situación del servidor publico la opción que escoja para publico la opción que escoja para defenderse, pues cada uno tiene sus defenderse, pues cada uno tiene sus ventajas y desventajas.ventajas y desventajas.

GRACIAS GRACIAS