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REGMENES TRIBUTARIOS
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
Pueden acogerse a este Rgimen: Personas Naturales y
Sucesiones Indivisas:
Ingresos Brutos y monto de compras: no mayor aS/. 360,000.
Valor de los activos fijos: No mayor a S/. 70,000.
Realizar actividades en un solo establecimiento o
sede productiva.
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que:
Presten el servicio de transporte de carga de mercancas utilizando susvehculos que tengan una capacidad de carga mayor o igual a 2 TM.
Presten el servicio de transporte terrestre nacional o internacional depasajeros.
Efecten y/o tramiten algn rgimen, operacin o destino aduanero;excepto que se trate de contribuyentes:
Cuyo domicilio fiscal se encuentre en zona de frontera, que realicen importaciones definitivas que no
excedan de US$ 500 por mes, de acuerdo a lo sealado en el Reglamento; y/o.
Que efecten exportaciones de mercancas a travs de los destinos aduaneros especiales o de excepcin previstos
en los incisos b) y c) del artculo 83 de la Ley General de Aduanas, con sujecin a la normatividad especfica que
las regule; y/o.
Que realicen exportaciones definitivas de mercancas, a travs del despacho simplificado de exportacin, al amparo
de lo dispuesto en la normatividad aduanera.
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que:
Realicen venta de inmuebles.
Desarrollen actividades de comercializacin de combustibles
lquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos, de
acuerdo con el Reglamento para la Comercializacin de
Combustibles Lquidos y otros productos derivados de los
Hidrocarburos.
Entreguen bienes en consignacin.
Presten servicios de depsitos aduaneros y terminales
de almacenamiento. Realicen alguna de las operaciones gravadas con el Impuesto
Selectivo al Consumo.
Realicen operaciones afectas al Impuesto a la venta del Arroz Pilado
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
No pueden acogerse al Nuevo RUS, aquellos que:
Organicen cualquier tipo de espectculo pblico.
Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores;
agentes corredores de productos, de bolsa de valores y/uoperadores especiales que realizan actividades en la Bolsa de
Productos; agentes de aduana y los intermediarios de seguros.
Sean titulares de negocios de casinos, mquinas tragamonedas
y/u otros de naturaleza similar.
Sean titulares de agencias de viaje, propaganda y/o publicidad.
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
Tipo de Comprobantes a emitir:
1.Boletas de Venta
2. Tickets, maquinas registradora sin derecho al crdito fiscal
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NUEVO REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
TRIBUTOS A PAGAR:
Ingresos Compras Cuota por
Categora Hasta S/. Hasta S/. Pagar
1 5,000 5,000 20
2 8,000 8,000 50
3 13,000 13,000 2004 20,000 20,000 400
5 30,000 30,000 600
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QUINES SE ENCUENTRA EN LA CATEGORAESPECIAL DEL NUEVO RUS)?
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CUNDO SE DEBE CAMBIAR DE RGIMEN (SALIRDEL NUEVO RUS)?
El cambio del rgimen puede ser voluntario u obligatorio:
Voluntar io: Se puede dar en cualquier mes del ao. El contribuyente se podr incorporar al
RER o al RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.
Hidrocarburos.
Obligator io: Se produce si durante el ao, el contribuyente incumple con algunos de los
requisitos establecidos para el NUEVO RUS.
En este caso el contribuyente ingresar al REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA.
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QU ES EL RER RGIMEN ESPECIAL DELIMPUESTO A LA RENTA?
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REGIMEN ESPECIAL DE IMPUESTO A LARENTA
Pueden acogerse:
Personas Naturales
Sociedades Conyugales
Sucesiones Indivisas
Personas Jurdicas
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CULES SON LOS REQUISITOS PARA ACOGERSE ALRER?
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REGIMEN ESPECIAL DE IMPUESTO A LARENTA
No pueden acogerse aquellos que:
Realicen actividades que sean calificadas como contratos deconstruccin segn las normas del Impuesto General a lasVentas, aun cuando no se encuentren gravadas con referidoimpuesto.
Presten servicios de transporte de carga de mercancas, cuyacapacidad de carga sea mayor o igual a 2TM. (Dos toneladasmtricas)
Servicios de transporte terrestre nacional o internacional depasajeros.
Organicen cualquier tipo de espectculo publico
Sean notarios, martilleros, comisionistas y/o rematadores:agentes corredores de productor, de bolsa de valores y/uoperadores especiales que realizan actividades en la Bolsa deProductos; agente de aduanas y los intermediarios de seguros.
Sean titulares de negocios de casinos, tragamonedas y/u otrosde naturaleza similar.
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REGIMENESPECIAL DE IMPUESTO A LARENTA
No pueden acogerse:
Sean titulares de agencia de viajes, propaganda
y/o publicidad. Desarrollen actividades de comercializacin de
combustibles lquidos y otros productos derivados
de los hidrocarburos.
Realicen venta de inmuebles. Presten servicios de depsito aduaneros y
terminales de almacenamiento, gestin.
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REGIMEN ESPECIAL DE IMPUESTO A LARENTA
No pueden acogerse:
Actividades de mdicos y odontlogo
Actividades veterinarias
Actividades jurdicas
Actividades de contabilidad, teneduras de libros y
auditorias, asesoramiento en materia de impuestos.
Actividades de Arquitectura e Ingeniera y relacionadas con
el Asesoramiento Tcnico.
Actividades Informticas y Conexas.
Actividades de Asesoramiento Empresarial y en materia de
gestin.
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TRIBUTOS AFECTOS-RER
I.G.V.:
18 % del valor de venta, con deduccin del
crdito fiscal.
Impuesto a la Renta:
1.5% de sus ingresos netos mensuales.
El pago de esta cuota mensual es decarcter cancelatorio.
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CMO SE CALCULA EL IGV?
VENTAS COMPRAS
Valor de venta (+) Valor de compra (+)
Imp.Gr.Ventas Imp. Gr. Compras______________________________ _________________________________
Precio de Venta Precio de compra
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CMO ACOGERSE AL RER?
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REGIMEN ESPECIAL DE IMPUESTO A LARENTA
Libros y Registros Contables
Registro de Compras
Registro de Ventas
Tipo de Comprobantes a emitir
Facturas, boletas de venta, tickets emitidos por
maquinas registradoras que dan derecho alcrdito fiscal y tienen la opcin de la Factura
Electrnica a travs de SUNAT Virtual.
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CMO DECLARO Y PAGO MIS IMPUESTOS EN ESTERGIMEN?
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REGIMEN GENERAL DE IMPUESTO A LA
RENTA Impuesto que grava las utilidades: diferencia
entre ingresos y gastos aceptados.
Fuente generadora de renta: Capital yTrabajo.
Tiene que sustentar sus gastos.
Realiza pagos a cuenta mensuales por elImpuesto a la Renta.
Presenta Declaracin Anual.
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QUINES PUEDEN ACOGERSE ?
Personas Naturales.
Sucesiones Indivisas.
Asociaciones de Hecho de Profesionales.
Personas Jurdicas.
Sociedades irregulares.
Contratos asociativos que lleven contabilidad
independiente.
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ACTIVIDADES COMPRENDIDAS
Cualquier tipo de actividad econmica y/o
explotacin comercial.
Prestacin de servicios.
Contratos de construccin.
Notarios.
Agentes mediadores de comercio,
rematadores y martilleros.
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COMPROBANTES DE PAGO Y OTROS DOCUMENTOS QUEPUEDEN EMITIR
Facturas
Boletas de venta
Tickets Liquidacin de compra
Notas de crdito
Notas de dbito
Guas de remisin remitente
Guas de remisin transportista
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TRIBUTOS AFECTOS
I.G.V.:
18 % del valor de venta, con deduccin del
crdito fiscal.
Impuesto a la Renta:
30% sobre la renta neta
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DETERMINACION DE LOS PAGOS A CUENTA
Pagosa
CuentaArt. 85
Se aplica en los casos de no existir impuesto
calculado con el ejercicio anterior o en el
precedente al anterior
Coeficiente = IC ejercicio precedente al anterior
ENR-FEB IN ejercicio precedente al anterior
Coeficiente = IC ejercicio anterior
MZO-DIC IN ejercicio anterior
PAGOA
CUENTA
Ingresos
Netos del
mes
X Coeficiente
Inciso a)
PAGO A
CUENTA
Ingresos
Netos del
mes
X 1.5%
Inciso b)
MONTO
MAYOR
Notas:
IC: Impuesto Calculado
IN: Ingresos Netos
Coeficiente de la DJ Anual = IC ejercicio anterior
IN ejercicio anterior
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Libros y Registros Contables
Hasta 150 UIT deingresos brutos anuales:
Ingresos brutos anualesmayores a 150 UIT:
- Registro de Compras
- Registro de Ventas
- Libro Diario de Formato
Simplificado
Contabilidad Completa
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