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VICENTE NOGUERA MACIÁN. Ingeniero Técnico Agrícola Col: nº 2844 COITAVC.
INGENIEROS VIVER S.C.
Calle Duque de Calabria, nº 3, Pta. 1 12460 Viver (Castellón) Tel: 964141850 – 657482375 - 620288661
DOCUMENTO INICIAL DE
EVALUACIÓN AMBIENTAL Y
TERRITORIAL ESTRATÉGICA
PARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL
Nº 24 DE LAS NORMAS
SUBSIDIARIAS DE VIVER.
PETICIONARIO:
AYUNTAMIENTO DE VIVER.
SITUACIÓN:
TÉRMINO MUNICIPAL DE VIVER.
Noviembre de 2016
ITECA VIVER S.L. Ingenieros y Arquitectos Consultores y Proyectos. Calle Duque de Calabria nº 3-1 Viver.
Tel: 657482375 – 620288661 - 964141850.
ANEXO AL DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA PARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 24 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE VIVER
ÍNDICE. 1
DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA.
1. Los objetivos de la planificación y descripción de la problemática sobre la que actúa.
2. El alcance, ámbito y posible contenido de las alternativas del plan que se propone.
3. El desarrollo previsible del plan o programa.
4. Un diagnóstico de la situación del medio ambiente y del territorio antes de la
aplicación del plan en el ámbito afectado.
5. Sus efectos previsibles sobre el medio ambiente y sobre los elementos estratégicos
del territorio, tomando en consideración el cambio climático.
PLANOS.
2.01 LOCALIZACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES GANADERAS.
ITECA VIVER S.L. Ingenieros y Arquitectos Consultores y Proyectos. Calle Duque de Calabria nº 3-1 Viver.
Tel: 657482375 – 620288661 - 964141850.
DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA PARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 24 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE VIVER
MEMORIA.
ITECA VIVER S.L. Ingenieros y Arquitectos Consultores y Proyectos. Calle Duque de Calabria nº 3-1 Viver.
Tel: 657482375 – 620288661 - 964141850.
ANEXO AL DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA PARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 24 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE VIVER
MEMORIA. 1
DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA.
1. Los objetivos de la planificación y descripción de la problemática sobre la que actúa.
En el párrafo 6º del Apdo. 3. a) del Art. 112 de las NNSS, sobre las condiciones de
ubicación de las explotaciones ganaderas, se establece:
Las explotaciones ganaderas o cinegéticas cuya actividad resulte calificada como “Molesta”
de cualquier tipo, no podrán situarse a menos de 500 m. de distancia de las delimitaciones del
Suelo Urbano y del Apto para Urbanizar o de cualquiera de las viviendas que formen un núcleo de
población.
Esta distancia mínima de 500 m. fue establecida por una modificación puntual de
adecuación general de las ordenanzas urbanísticas de las NNSS, aprobada definitivamente en
fecha 24.09.2008, para su adaptación a la misma mínima distancia de 500 m. hasta un núcleo de
población, requerida por la entonces legislación vigente en materia de ganadería.
En la actual legislación estatal y autonómica de ganadería, la condición de la distancia
mínima de las explotaciones ganaderas ha sido expresamente suprimida, delegando en el propio
planeamiento municipal su determinación.
El objeto de la modificación propuesta es que las explotaciones ganaderas que actualmente
se encuentran en funcionamiento, pero tienen que legalizar las instalaciones mediante la
tramitación del instrumento ambiental que les corresponda y se encuentren a una distancia menor
de 500 m de cualquier núcleo de población, adoptando todas las medidas necesarias, y realizando
estudios de olores completos, de ruidos y paisajísticos, para demostrar que no ocasionan efectos
negativos significativos.
También debe ser una modificación que imponga una temporalidad para poder regular las
situaciones existentes sin demorarlas en el tiempo. Sin permitir que se puedan realizar
ampliaciones de las mismas.
2. El alcance, ámbito y posible contenido de las alternativas del plan que se propone.
No tiene más alcance dentro del planeamiento municipal que las explotaciones ganaderas
que actualmente se encuentran en funcionamiento, tengan el instrumento ambiental que les
corresponda y adopten las medidas ambientales necesarias para que no ocasionen efectos
negativos significativos sobre los núcleos de población las instalaciones pecuarias, con este
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Tel: 657482375 – 620288661 - 964141850.
ANEXO AL DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA PARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 24 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE VIVER
MEMORIA. 2
cambio se facilita la exigencia del cumplimiento de la Ley 6/2003, de Ganadería de la Comunidad
Valenciana sobre la necesidad de disponer en todas las explotaciones ganaderas de la preceptiva
autorización ambiental que les corresponda. Teniendo un peso importante dentro de la economía
del municipio.
3. El desarrollo previsible del plan o programa.
No hay desarrollo de plan o programa ya que la modificación puntual Nº 22, lo único que
hace es determinar las distancias de emplazamiento de la explotaciones pecuarias sin dejar que
se implanten nuevas explotaciones o ampliaciones de loas existentes con respecto al limite del
Suelo Urbano y del Apto para Urbanizar residencial o de cualquiera de las viviendas que formen un
núcleo de población.
4. Un diagnóstico de la situación del medio ambiente y del territorio antes de la
aplicación del plan en el ámbito afectado.
En la situación actual existen una serie de explotaciones como se marca en el plano 2.01
“Situación de las explotaciones ganaderas según las NNSS”, algunas de estas explotaciones
están más de 40 años funcionando.
Según la tabla siguiente están relacionadas todas las explotaciones existentes con registro
ganadero vigente.
CÓDIGO Nº ANIMALES ESPECIES DISTANCIA A NÚCLEO
URBANO O DE POBLACIÓN
COOR UTM
HUSO 30
1-Ovino-Caprino 450 Cabras 1.367 metros X: 701549 Y: 4425964
2-Ovino-Caprino 450 Ovejas 1.250 metros X:701730 Y:4425962
1-Avícola 38000 Pollos Broilers 985 metros X:702365 Y:4425955
3-Ovino-Caprino 250 Ovejas 0 metros X:702527 Y:4424945
2-Avícola 30000 Gallinas ponedoras 1.410 metros X:703643 Y:4423305
1-Peletera 50000 Visones 1.031 metros X:703960 Y:4423084
1-Porcina 420 Cerdas cría 450 metros X:704775 Y:4422718
2-Porcina 100 Cerdas reposición 219 metros X:704748 Y:4422405
3-Porcina 250 Cerdas cría 570 metros X:704965 Y:4422904
4-Porcina 200 Cerdas cría 568 metros X:706265 Y:4421818
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4-Ovino-Caprino 300 Ovejas 505 metros X:705343 Y:4420860
Fuente: Ayuntamiento de Viver.
Las explotaciones existentes no son unas explotaciones grandes con gran número de
animales, ya que en esta zona han predominado explotaciones familiares, donde solo trabajaba la
familia y en la actualidad se sigue con ese modelo de explotación.
En el medio ambiente no se aprecia ninguna alteración, ni ninguna afección. Las
explotaciones se han integrado en el medio rural ya que se encuentran rodeadas de parcelas de
cultivo.
Las zonas colindantes a las explotaciones no se encuentran antropizadas, como se puede
ver en las fotos que a continuación se muestran.
Foto 1: nº1=1-Ovino-Caprino; nº2=2-Ovino-Caprino; nº3=1-Avícola
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Foto 2: nº1=4-Ovino-Caprino
Foto 3: nº1=1-Porcina; nº2=3-Porcina; nº3=2-Porcina
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Foto 4: nº1=4-Porcina
Foto 5: nº1=2-Avícola; nº2=1-Peletera
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Foto 6: nº1=3-Ovino-Caprino
5. Sus efectos previsibles sobre el medio ambiente y sobre los elementos estratégicos
del territorio, tomando en consideración el cambio climático.
La modificación puntual nº 24, no tiene afecciones sobre el medio natural en el que se
actúa, ni sobre el clima y tampoco sobre ningún elemento estratégico del territorio.
En el estudio anexo, se puede apreciar el análisis del posible ruido producido en una
explotación con unos resultados concluyentes los cuales indican que a 50 metros ya no se
produciría molestia para las personas.
En cuanto al paisaje se pueden ubicar en unas zonas de visibilidad media o baja según los
observadores primarios y secundarios analizados. Por lo tanto no influirían ni alterarían el campo
visual de los observadores y los recursos paisajísticos no se ven afectados, aunque se
recomendaría que no se dejara edificar en las zonas de visibilidad alta de los recursos paisajísticos
para preservar las vista de los mismos.
Por parte del estudio odorífero realizado se demuestra que el olor no resulta molesto para
las personas a partir de 150 metros y realizando las siguientes medidas correctoras, se pueden
reducir las molestias por olor hasta un 80 %, para las explotaciones porcinas, estas medidas
serian:
a) Cubrimiento de las balsas de purines.
b) Instalación de extractores mecánicos o mejora de la ventilación natural con evacuación
dirigida hacia las direcciones E-NE.
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MEMORIA. 7
c) Instalación de una barrera vegetal cortavientos en las direcciones SE-SO.
Para las explotaciones ovinas-caprinas, avícolas y peleteras serán las siguientes medias:
a) Los estiércoles no se podrán almacenar en las explotaciones para que los depósitos no
causen olores.
Estas medidas tienen que recogerse en el instrumento ambiental que corresponda, para la
tramitación de la licencia de funcionamiento (licencia de actividad).
Esta modificación habilita que las explotaciones obtengan la licencia de funcionamiento que
les obliga a tener las Ley 6/2003, de 4 de marzo de ganadería de la Comunidad Valenciana. Que
con las actuales NNSS podrían regularizar su y adoptasen las medidas correctoras y los sistemas
de control de la explotación, que aseguran que no se van a producir molestias a los núcleos de
población.
6. Su incardinación en la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana y su incidencia
en otros instrumentos de la planificación territorial o sectorial.
La modificación puntual nº 24, no tiene incidencia sobre la Estrategia Territorial de la
Comunitat Valenciana otros instrumentos de la planificación territorial o sectorial ya que no
incorpora nada nuevo al planeamiento.
Noviembre de 2016.
El Ingeniero Técnico Agrícola
Vicente Noguera Macián
Colegiado Nº 2844 COITAVC
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Tel: 657482375 – 620288661 - 964141850.
DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y TERRITORIAL ESTRATÉGICA PARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL Nº 24 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DE VIVER
PLANOS.
Balsa de Tobet
Granja de Velarte
iglesia parroquial
molino
Casas de la Rebeca
Balsa del Molino
Masías de Herragudo
centro de salud
Masía Platera
Masía del Río
Corral de la Señorita
ayuntamiento
Ermita de Herragudo
Masadas Blancas
Ermita de San Miguel
Masadas Blancas
Venta de la Señera
Masías del Cristo
Casas del Parreta
C.P. Historiador Diago
Masías de Parrela
Casa del Hochino
Masía de la Chana
Corral de los Domingos
trf.
Casa de la Vereda
Corral del Herrero
Masía del Carril
trf.
trf.
Estación de las Masadas Blancas
Caseta de la Górriz
Caseta del Niño
Caseta del Manco
Caseta de Cazuela
Riu Palància / Río Palancia
Barranco del H
urón
Barranco de Zalón
Barranco de la Chana
Bar
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Barranco del Regajo
Barranco de la H
oya del Agua
Barranco del Espino
Barranco de las Ramblillas
Barranco del Sabinar
Barranco de los Vallejos
Barranco de la Majada
Bar
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Barranco del Baladrar
Barranco de Milhombres
Barranco del Cañarejo
Riu P
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alancia
Barranco del H
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Riu Palància / Río Palancia
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Barranco de H
erragudo
Barranco del Hurón
Barranco del H
urón
Barranco del Hurón
Bar
ranc
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ón
Barranco del Hurón
Barranco del Espino
GR 7
Ver
eda
del C
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dor
Vereda de la Hoya de la C
ruz
Cañada de B
enabal
Colada de los Algezares
Colada de V
iver
Ferrocarril València-Zaragoza
Colada del Paso
Colada de Monleon
Colada del Mazorra
l
Vereda del Cerro Negro al Cerro Jaime / Vereda del
Colada del Corral del Calvo
Colada de la Masía del Río
Via Verde del ferrocarril de Ojos Negros
Ferrocarril València-Zaragoza
1-Peletera
2-Avícola
1-Avícola
1-Porcina
2-Avícola
1-Ovino-Caprino
4-Porcina
3-Porcina
2-Ovino-Caprino
2-Porcina
3-Ovino-Caprino
4-Ovino-Caprino
Tobé
Zalón
Zalón
Argadil
El CarrilEl Prado
Ceradilla
Pocopán
El Balsar
El Balsar
El Martes
El Espino
El Argadil
El Espejo
La Ermita
La Ermita
Almenara
La Torella
La Chana
La Tejería
La Badina
El Tosco
Peñarroya
La Zorrera
Herragudo
Herragudo
Fuensanta
El Hochino
El Hochino
La Cerrada
La Cerrada
I.E.S. Jérica - Viver
Los Vallejos
Los Vallejos
Los Infantes
La Cerradilla
La Rosana
El Campanar
La Morquitilla
Los Juncares
Los Juncares
Los Aljezares
La Mezquitilla
Las Quinchas
Las Quinchas
El Rodeno
Los Domingos
Las Ramblillas
La Pieza Roya
El Cerro Negro
El Cerro Negro
El Cerro Negro
La Cova Negra
Hoyica del Sordo
La Urraca
Los Ojos del Prado
Rincón de la Hurona
Los Clotes de Piquer
El Rincón de la Zorra
Las Masadas Blancas
El Alto de la Mezquitilla
La Hoya de la Noguera
La Fuente de Herragudo
La Revuelta de la Sartén
La Hoya Platera
El Canto
La Conca
Los Albares
$Pedrera
Peña Lisa
San Roque
La Peñuela
Cerro Grillo
Peñas Rubias
El Puntalico
Alto de Ramos
Hoya del Molar
El Cuarto Royo
Loma de Moragas
Alto de la Cruz
Alto del Carril
Cerro del Grillo
Hoya de la Torre
Cerro de Vicente
Alto del Torrejón
Alto del Mazorral
Alto del Catalino
Llano del Sabinar
Alto de Santa Cruz
Altos de Herragudo
Alto de las Quinchas
Alto de los Domingos
Alto de los Infantes
Peña de los Pajaritos
Alto de la Mezquitilla
La Clapiza de la Chana
Alto del Collado Blanco$Camino del Rincón de la Zorra
701000,000000
701000,000000
702000,000000
702000,000000
703000,000000
703000,000000
704000,000000
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705000,000000
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0000
04
42
70
00
,000
000
VICENTE NOGUERAMACIÁN
ING. TÉC. AGRÍCOLA.COL. 2844 COITAVC.
TÍTULO DOCUMENTO INICIAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y
TERRITORIAL ESTRATÉGICAPARA LA MODIFICACIÓN PUNTUAL
Nº 24DE LAS NORMAS SUBSIDIARIASDE VIVER
SITUACIÓN
T.M. DE VIVER (CASTELLÓN)
PLANO PETICIONARIO
LOCALIZACIÓN DE LAS EXPLOTACIONES GANADERAS
AYUNTAMIENTODE
VIVER
FECHA Nº PLANO ESCALA EXPEDIENTE
Nov- 2016 2.01 033-15 VAR1:10.000
.
LEYENDA
DISTANCIA
500 METROS
300 METROS
ITECA VIVER SC
LEYENDA
Avícola
Ovino-Caprino
Peletera
Porcina
LEYENDA
SU, Suelo Urbano
SAPU 2, Suelo Apto Para Urbanizar Residencial
SAPU 3, Suelo Apto Para Urbanizar Residencial
SAPU1, Suelo Apto Para Urbanizar Residencial
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